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Ministerio del Ambiente "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria" INFORMENº i-\4..2013-0EFAJ DE-SOCA PARA ING. MARIELLA ROSSANA ATALA ALVAREZ Coordinadora de Calidad Atmosférica. ASUNTO Monitoreo de ruido ambiental en el distrito de El Agustino - Lima. REFERENCIA Plan Operativo Institucional 2013 San Isidro, 1 7 DI C. 10'3 FECHA Por medio del presente me dirijo a usted, a fin de informar sobre el monitoreo de ruido ambiental que se realizó en el distrito de El Agustino el día 28 de Noviembre y 03 de Diciembre del 2013. l. INTRODUCCIÓN La Dirección de Evaluación programó realizar el Plan de Monitoreo de Ruido Ambiental diurno en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, dentro de las actividades programadas para el año 2013. A través del oficio múltiple Nº002-2013-0EFA se les invitó a participar de un Taller en coordinación con las 43 Municipalidades de Lima Metropolitana y las 06 Municipalidades de la Provincia Constitucional del Callao a fin de dar a conocer el Plan de Monitoreo de Ruido Ambiental y la validación de los puntos propuestos de monitoreo, este se llevó a cabo el día 15 de octubre del 2013. . El monitoreo de ruido ambiental permitirá determinar los niveles de contaminación sonora de Y Ftsc-1- cada distrito, de esta manera cada municipalidad determinará las acciones para la prevención y 10 t 1 d . t . { ro en concor anc1a a sus campe enc1as . MBicNJt L GENERAL \ ':':> !f'f < . ...., 'OH t>.-"'· '' Realizar, analizar e interpretar los datos reg istrados en el monitoreo de ruido ambienta l, en el distri to de El Agustino. 111. OBJETIVO ESPECÍFICO Determinar el grado de contaminación sonora en diferentes puntos de muestreo del distrito de El Agustino. MARCO NORMATIVO Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM "Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido". Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades". Ley Nº 29325 - "Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, que otorga al OEFA, funciones de supervisión y fiscalización ambientar. Ley 28611 "Ley General del Ambiente", de fecha 13 de octubre de 2005. Decreto Legislativo Nº 1013, "Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente", de fecha 13 de mayo de 2008. Decreto Legislativo Nº 1039, "Decreto Legislativo que modifica las Disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1013", de fecha 25 de junio de 2008. Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1013, "Creación de Organismos Públicos Adscritos al Ministerio del Ambiente (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambienta/, y Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas)" Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, "Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambientar', de fecha 01 de diciembre 2009. www.oefa.gob.pe Página 1 Call e Manuel Gonzales Olaechea Nº 247 San Isidro - Lima, Perú. Teléf.: (51 1) 717-6070

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Ministerio del Ambiente

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la

Seguridad Alimentaria"

INFORMENº i-\4..2013-0EFAJ DE-SOCA

PARA ING. MARIELLA ROSSANA ATALA ALVAREZ Coordinadora de Calidad Atmosférica.

ASUNTO Monitoreo de ruido ambiental en el distrito de El Agustino - Lima.

REFERENCIA Plan Operativo Institucional 2013

San Isidro, 1 7 DIC. 10'3 FECHA

Por medio del presente me dirijo a usted , a fin de informar sobre el monitoreo de ruido ambiental que se realizó en el distrito de El Agustino el día 28 de Noviembre y 03 de Diciembre del 2013.

l. INTRODUCCIÓN

La Dirección de Evaluación programó realizar el Plan de Monitoreo de Ruido Ambiental diurno en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, dentro de las actividades programadas para el año 2013. A través del oficio múltiple Nº002-2013-0EFA se les invitó a participar de un Taller en coordinación con las 43 Municipalidades de Lima Metropolitana y las 06 Municipalidades de la Provincia Constitucional del Callao a fin de dar a conocer el Plan de Monitoreo de Ruido Ambiental y la validación de los puntos propuestos de monitoreo, este se llevó a cabo el día 15 de octubre del 2013.

. El monitoreo de ruido ambiental permitirá determinar los niveles de contaminación sonora de ,...t~"'"c.ioN YFtsc-1- cada distrito, de esta manera cada municipalidad determinará las acciones para la prevención y

10 ~ t 1 d . t . { ~, s~~~~~~~~gN!icon ro en concor anc1a a sus campe enc1as.

~ '€;, MBicNJtL ~bBJETIVO GENERAL \ ':':> • !f'f < ,J'\~ . ...., 'OH t>. -"'·''

Realizar, analizar e interpretar los datos registrados en el monitoreo de ruido ambiental, en el distrito de El Agustino.

111. OBJETIVO ESPECÍFICO

Determinar el grado de contaminación sonora en diferentes puntos de muestreo del distrito de El Agustino.

MARCO NORMATIVO

• Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM "Reglamento de Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido".

• Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades". • Ley Nº 29325 - "Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, que

otorga al OEFA, funciones de supervisión y fiscalización ambientar . • Ley N° 28611 "Ley General del Ambiente", de fecha 13 de octubre de 2005. • Decreto Legislativo Nº 1013, "Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del

Ambiente", de fecha 13 de mayo de 2008. • Decreto Legislativo Nº 1039, "Decreto Legislativo que modifica las Disposiciones del

Decreto Legislativo Nº 1013", de fecha 25 de junio de 2008. • Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, "Creación de

Organismos Públicos Adscritos al Ministerio del Ambiente (Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambienta/, y Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas)"

• Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, "Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambientar' , de fecha 01 de diciembre 2009.

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4.1 Estándar Nacional de Calidad Ambiental para Ruido

En el año 2003, se aprobó el Reg lamento para los Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido, mediante el Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM. Es importante resaltar que dichos Estándares son aplicados según cuatro (04) zonas: protección especial , residencial , comercial e industrial tal como se muestra en la siguiente tabla:

Tabla Nº 01. Estándares Nacionales de Calidad Ambiental para Ruido

Valores Expresados Zonas de en LAenT

1

Aplicación Horario Diurno Horario Nocturno 07:01 a 22:00 22:01 a 07:00

Zona de Protección Especial 50 dB 40 dB

Zona Residencial 60 dB 50 dB

Zona Comercial 70 dB 60 dB

Zona Industrial 80 dB 70 dB Fuente: DS Nº 085-2003-PCM

Del artículo 3º se desprende las siguientes definiciones:

"Horario diurno: Período comprendido desde las 07:01 horas hasta las 22:00 horas". "Horario nocturno: Período comprendido desde las 22:01 horas hasta las 07:00 horas del día siguiente ". "Zona de Protección Especial: Es aquella de alta sensibilidad acústica, que comprende los sectores del territorio que requieren una protección especial contra el ruido donde se ubican establecimientos de salud, establecimientos educativos, asilos y orfanatos". "Zona Residencia/: Área autorizada por el gobierno local correspondiente para el uso identificado con viviendas o residencias, que permiten la presencia de altas, medias y bajas concentraciones poblaciona/es". "Zona Comercial: Área autorizada por el gobierno local correspondiente para la realización de actividades comerciales y de servicios". "Zona Industrial: Área autorizada por el gobierno local correspondiente para la realización de actividades industria/es". "Zonas Mixtas2

: Áreas donde colindan o se combinan en una misma manzana dos o más zonificaciones, es decir: Residencial - Comercial, Residencial - Industrial, Comercial -Industrial o Residencial - Comercial - Industrial. En los lugares donde existan zonas mixtas, el ECA que se aplicará será el que corresponde a la zona más exigente". "Zonas Críticas de Contaminación Sonora: Son aquellas zonas que sobrepasan un nivel de presión sonora continuo equivalente de 80 dBA".

1 LAeqT Nivel de presión sonora continúo equivalente con ponderación A. 2 Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM: ... "En los lugares donde existan zonas mixtas, el ECA se aplicará de la

siguiente manera: Donde exista zona mixta Residencial - Comercial, se aplicará el ECA de zona residencial; donde exista zona mixta Comercial - Industrial, se aplicará el ECA de zona comercial; donde exista zona mixta Industrial - Residencial, se aplicará el ECA de zona Residencia/; y donde exista zona mixta que involucre zona Residencial - Comercial - Industrial se aplicará el ECA de zona Residencial. Para lo que se tendrá en consideración la normativa sobre la zonificación. " ...

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V. METODOLOGÍA Y EQUIPO DE MEDICIÓN UTILIZADA

Para el monitoreo de ruido ambiental se utilizó 02 sonómetros que integran y promedian, de propiedad del OEFA.

5.1. Sonómetro Integrador - Promediador Clase 11 (OEFA)

• Las mediciones se efectuaron con 02 sonómetros (Clase 11), el cual cumple con las exigencias establecidas en las normas de la Comisión Electrotécnica Internacional (lnternational Electrotechnical Commission, IEC Standard) , IEC 61672. Este sonómetro tiene la capacidad de poder calcular el nivel continuo equivalente Leq. Incorporando funciones para la transmisión de datos al ordenador, cálculo de percentiles, entre otros. Acorde con lo establecido mediante DS Nº 085-2003-PCM.

• El nivel empleado de ponderación de frecuencia fue "A", y la ponderación de respuesta o tiempo fue "FAST", cuyo comportamiento se asemeja a la respuesta del oído humano.

Fotografía Nº 1 Sonómetro Clase 11

5.2 Calibración en campo del Sonómetro Clase 11

• Previo al inicio del monitoreo, el sonómetro fue calibrado. Se ajustaron los valores con el patrón Calibrador Acústico de Campo a 94 dBA y a una frecuencia de 1 khz.

Fotografía Nº 2 Calibrador Acústico

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VI.

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Ministerio · del Ambiente

CONSIDERACIONES TÉCNICAS

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Seguridad Alimentaria"

• En todo momento se buscó colocar los sonómetros a una distancia libre mínima aproximada de 0.50 m del cuerpo del evaluador y a unos 3.5 metros o más de las paredes, construcciones u otras estructuras reflectantes.

• Mantener el sonómetro separado del cuerpo del operador para evitar el fenómeno de concentración de ondas (reverberación).

• Cada sonómetro fue colocado a una altura de 1,5 m del nivel del suelo y el ángulo formado entre el sonómetro y un plano inclinado paralelo al suelo fue entre 30 a 60 grados.

• El período de toma de data en cada uno de los puntos de monitoreo fue de una (1) hora. • Verificar nivel de energía de las baterías y calibración del instrumento.

VII. PLAN DE MONITOREO DE RUIDO AMBIENTAL

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El distrito de El Agustino es un distrito de la provincia de Lima situado en el área central de Lima Metropolitana. Limita con el distrito de San Juan de Lurigancho por el norte, con Ate y Santa Anita por el este, con La Victoria y San Luis por el sur, y con el Cercado de Lima por el oeste. Este distrito se inicia a partir de la crisis económica y de la migración del campo a la ciudad. La ubicación de los puntos de monitoreo se determinó en coordinación con los representantes de la Municipalidad del Agustino. En el anexo Nº 02 se adjunta el acta de monitoreo de ruido ambiental donde se describe la hora, fecha y ubicación de los puntos de monitoreo, es importante mencionar que se determinaron siete (07) puntos de medición en el referido distrito.

11 Ji CÓDIGO

11 DESCRIPCIÓN li I' 11 11

Av. Rivagüero altura de la Municipalidad de PAG-01 El Agustino.

PAG-02 Frontis del Hospital Hipólito Unanue.

PAG-03 Av. José Carlos Mariátegui con Calle 1ro de Mayo.

PAG-04 Av. Plácido Jiménez con Calle los Jardines.

PAG-05 Av. Ancash con Calle 3.

PAG-06 Av. El Parque con Calle 3.

PAG-07 Jr. Mariano Baldarrago Cuadra 3. (LE. Húsares de Junín)

Fuente: OEFA

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- -

COORDENADAS18L UTM ~ WGS 84 -

NORTE~ ESTE

8667339 0282229

8668225 0282949

8669308 0282290

8668818 0281382

8668136 0282191

8668481 0282106

8666941 0282449

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"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la

Seguridad Alimentaria"

Mapa Nº 01. UBICACIÓN DE LOS PUNTOS DE MONITOREO DE RUIDO AMBIENTAL.

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VIII. RESULTADOS

Las mediciones de ruido ambiental se realizaron el día 28 de noviembre y 03 de diciembre del 2013, considerando 02 puntos de monitoreo de ruido ambiental en zona de protección especial presentado en la tabla Nº 03 y gráfica N° 01 , 02 puntos en zona residencial presentado en la tabla Nº 04 y gráfica Nº 02 y 03 puntos en zona comercial presentado en la tabla Nº 05 y gráfica Nº 03. Los puntos de monitoreo de ruido ambiental fueron identificados en el "Reajuste Integral de la Zonificación de los usos de suelos de Lima Metropolitana" establecido en la Ordenanza Nº 620-2004-MML y actualizado según "El plano de Zonificación del Distrito de El Agustino Área de Tratamiento Normativo /"con la Ordenanza Nº 1025-2007-MML publicada el 27 de junio del 2007.

Tabla Nº 03. Resultados del monitoreo en el distrito de El Agustino en zona de protección especial.

-· -

D.S. Nº 085-2003-PCM

CÓDIGO DESCRIPCIÓN RESULTADOS ZONA (LAeqT) PROTECCION

~ - - - ~ - - ESPECIAL.3

PAG-02 Frontis del Hospital Hipólito

79.5 Unanue.

50 PAG-07 Jr. Mariano Baldarrago Cuadra 3. 63.1

(l.E. Húsares de Junín) Fuente: OEFA

Gráfica Nº 01

Resultados del Monitoreo de Ruido Ambiental en el distrito de El Agustino en horario diurno

90

79.5 C> 80 e: o

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"" 63.1 CI

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10

o ... PAG-02 PAG-07 1

J=LAeqT{dBA) 1 79.5 63.1 1

1- Zona de Protección Especia l 50 50 1

Fuente: OEFA

3 Para el análisis de Ja zonificación de cada punto de monitoreo de ruido ambiental se consideró el Plano de zonificación de El Agustino en: "www.munlima.gob.pe/imp/Descarga!Zonificacion%20Aprobada%20al%202007/E/%20Agustino.pdf'

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Seguridad Al imentaria"

En la gráfica Nº 01 , los resultados reportados durante el monitoreo de ruido ambiental , en el distrito de El Agustino con un total de 02 puntos para la zona de protección especial, los cuales fueron PAG-02 y PAG-07 que tuvieron como resultado 79.5 y 63.1 dBA respectivamente. Los niveles de ruido obtenidos durante el monitoreo de ruido ambiental en los dos (02) puntos, se encuentran entre un nivel mínimo de 63.1 dBA y un máximo de 79.5 dBA. Los resultados superan el Estándar Nacional de Calidad Ambiental para Ruido Ambiental establecido para una zona de Protección Especial (50 dBA) en horario diurno. Estos valores se deben a la influencia del congestionamiento vehicular de transporte públ ico y privado.

Tabla Nº 04. Resultados del monitoreo en el distrito de El Agustino en zona residencial.

D.S. Nº 085-2003-

CÓDIGO DESCRIPCIÓN RESULTADOS PCM

(LAeqT) ZONA RESIDENCIAL 4

PAG-04 Av. Plácido Jiménez con Calle los

73.5 Jardines. 60

PAG-06 Av. El Parque con calle 3. 58.5

Fuente: OEFA

Gráfica Nº 02 Resultados del Monitoreo de Ruido Ambiental en el dist rito de El Agustino en

horario diurno

80 73.5

.s 70 i:::: C)

-¡;; z Zona Residencial 60 dBA 58.5 ::: 60 -e-o ..

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o. o 20 "t:l . -o :> z 10 . .

11

' o .. ....

PAG-04 PAG-06 i= LAeqT (dBA ) 73.5 58.5 1- Zona Residencial 60 60

Fuente: OEFA

En la gráfica Nº 02, los resultados reportados durante el monitoreo de ruido ambiental, en el distrito de El Agustino , con un total de 02 puntos para la zona residencial , los cuales fueron PAG- \j 04 y PAG-06 que tuvieron como resultado 73.5 y 58.5 dBA respectivamente. Los niveles de ru ido obtenidos durante el monitoreo de ru ido ambiental en los dos (02) puntos, se encuentran entre un nivel mínimo de 58.5 dBA y un máximo de 73.5 dBA.

4 Para el análisis de la zonificación de cada punto de monitoreo de ruido ambiental se consideró el Plano de zonificación de El Agustino en: "www.munlima.gob.pe/ imp!Descarga/Zonificacion%20Aprobada%20al%202007/Ef%20Agustino.pdf '

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Seguridad Alimentaria"

El resultado del punto PAG-04 supera el Estándar Nacional de Calidad Ambiental para Ruido Ambiental establecido para una zona Residencial (60 dBA) en horario diurno.

Tabla Nº 05. Resultados del monitoreo en el distrito de El Agustino en zona comercial.

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D.S. Nº 085-2003-PCM CÓDIGO DliSCRIPCIÓN RliSULTADOS

(LAegT) ZONA - - CQMERCIAL.,5

PAG-01 Av. Rivagüero altura de la 81 .6 Municipalidad de El Agustino.

PAG-03 Av. José Carlos Mariátegui con Calle

79.9 70 1r0 de Mayo.

PAG-05 Av. Ancash con Calle 3. 73.8

Fuente. OEFA

Gráfica Nº 03 Resultados del Monitoreo de Ruido Ambiental en el distrito de El Agustino en

horario diurno

90

81.6 79.9 80 ,.

~ 73.8

C> 70

1

Zona ( omercial 70 kJ BA "¡;; > ·:;

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I • I•

o PAG-01 PAG-03 PAG-05

l=LAeqT(dBA) 1 81 .6 79.9 73.8

[- Zona Comercial 70 70 70

Fuente: OEFA

En la gráfica Nº 03, los resultados reportados durante el monitoreo de ruido ambiental, en el distrito de El Agustino con un total de 03 puntos para la zona comercial , los cuales fueron PAG-01, PAG-03 y PAG-05 que tuvieron como resultado 81 .6, 79.9 y 73.8 dBA respect_i\/CilTien_t~ .. Los niveles de ruido obtenidos durante el monitoreo de ruido ambiental en los tres (03)-púntos, se encuentran entre un nivel mín imo de 73.8 dBA y un máximo de 81 .6 dBA. Los resultados superan el Estándar Nacional de Calidad Ambiental para Ruido Ambiental establecido para una zona Comercial (70 dBA) en horario diurno. Estos valores se deben a la influencia del congestionamiento vehicular de transporte público y privado.

5 Para el análisis de la zonificación de cada punto de monitoreo de ruido ambiental se consideró el Plano de zonificación de El Agustino en: "www.munlima.gob.pe/imp!Oescarga/Z.onificacion%20Aprobada%20al%202007/El%20Agustino.pdf'

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IX. CONCLUSIONES

C f~~:p~~~~ Organismo de.Evaluacílín y'I! Fiscalízáción Arí\bíeñrai"' OE~A l ~~ ~

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la

Seguridad Alimentaria"

• Los resultados del monitoreo de ruido ambiental superaron en todos los puntos el Estándar de Calidad Ambiental para Ruido (D.S. Nº 085-2003-PCM) para las zonas de protección especial, residencial y comercial a excepción del punto PAG-06 que no superó el Estándar de Calidad Ambiental para Ruido ubicado en zona residencial.

X. RECOMENDACIONES

• Remitir una copia del presente Informe a la Coordinación de Entidades Públicas de la Dirección de Supervisión para los fines pertinentes.

• Remitir una copia del presente Informe a la Municipalidad de El Agustino para los fines pertinentes.

Siendo todo, cuanto tengo que informarle a usted.

Atentamente,

San Isidro,

:i. "t LJ Visto el INFORME Nº ' -2013-0EFA/ DE-SOCA y estando conforme con su contenido, PÓNGASE a consideración de la Subdirección de Calidad Ambiental para los fines correspondientes.

Atentamente,

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Ministe;io .. ~ · .•. '

del Ambiente

San Isidro, 2 7 D\C, 2013

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y Ja

Seguridad Alimentaria"

Vi~to el INFORME Nº '.:t ll.j -2013-0EFN DE-SOCA y estando conforme con su contenido, PONGASE a consideración de la Dirección de Evaluación para los fines correspondientes.

Atentamente,

San Isidro, 2 7 DIC. 2013 De conformidad con el Informe que antecede y estando de acuerdo con su contenido APRUÉBESE el INFORMENº :}-Ly -2013-0EFN DE-SOCA.

Atentamente,

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ANEXOS

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ANEXOS Nº 01

• Recuento de fotos.

Fotografía PAG-01 Fotografía PAG-02 ~~~~~~~~

Fuente: OEFA Fuente: OEFA

Fotografía PAG-03 Fotografía PAG-04

Fuente: OEFA Fuente: OEFA

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Page 15: 1 7 DIC. 10'3

~

·oecenio de riis Pori>on~s coll Diecapncld :id ~ 11 el Perú'" '/li\o do la lrwe;•ión p~ra el Dc~anollo Rur.al y I ~ S•1uurldad Alim~ni\1 rta' ~~ """ ;

~

ACTA DE PUNTOS DE MONITOREO ~VALUAICIÓN DE RUIDO AMBIENTAL EN LIMA METROPOLITANA Y !..A PROVINCIA CONSTITUCIONIA·L DEL CALLAO

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN

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COORDENADAS UBICACIÓN DEL PUNTO HORADE MORA DE

DESCRIPCIÓN DEL PUNrO OBSERVACION ES INICIO TÉHMINlO

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S&ilHEl!k. In&. CALIBRATION LABORATORY

ISO 17025: 2005, ANSl/NCSL Z540:1994Part1 ACCREDITED by NVLAP (an ILAC MRA signatory)

NVLAP Lab Code: 200625-0

Calibration Certificate No.29887 fnstrument: Model: Manufacturer: Serial number: Tested with:

Type (class): Customer:

Tel/Fax:

Sound Level Meter Sound Track LXT2

Larson Davis

0002329

Microphone 375A02 s/n 010319 Preamplifier PRMLxT2 s/n 016072 2 Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) 919-933-9569 / 919-928-5173

Date Calibrated:l0/23/2013 Cal Due: Status: Received Sent

In tolerance: X X

Out of toleran ce: See comments: Contains non-accredited tests: _Yes 1L No Calibration service: Basic 1L Standard Address: Calle Manuel Gonzales Olaechea

247, San Isidro - Lima, Peru

Tested in accordance with the following procedures and standards: Calibration of Sound Level Meters, Scantek lnc., Rev. 6/22/2012

SLM & Dosimeters -Acoustical Tests, Scantek lnc., Rev. 7 /6/2011

lnstrumentation used for calibration: Nor-1504 Norsonic Test System :

lnstrument - Manufacturer Description S/N Cal. Date Traceability evidence

Cal. Lab / Accreditation Cal. Due

4838-Norsonic SME Cal Unit 31052 Oct7, 2013 Scantek, Jnc./ NVLAP Oct7, 2014

05-360-SRS Function Generator 33584 Sep30, 2013 ACR Env./ A2LA Sep 30, 2015

34401A-Agilent Technologies Digita 1 Voltmeter US36120731 Sep 30, 2013 ACR Env. / A2LA Sep30, 2014

HM30-Thommen Meteo Station 1040170/39633 Sep 30,2013 ACR Env./ A2LA Sep 30, 2014

PC Program 1019 Norsonic Calibration software v.5.2 Validated Mar

5cantek, lnc. 2011

-1251-Norsonic Calibrator 30878 Dec 14, 2012 Scantek, lnc./ NVLAP Dec14, 2013

4226-Brüel&Kja:?r Multifunction calibrator 2305103 Jul 26, 2013 Scantek, lnc./ NVLAP Jul 26, 2014

lnstrumentation and test results are traceable to SI (lnternational System of Units) through standards mairitained by NIST (USA) and NPL (UK).

Environmental conditions:

Temperature (ºC) Barometric pressure (kPa) Relative Humidity (%)

24.0 ºC 99.060 kPa 36.8 %RH

Calibrated by: ,, Lydon Dawkin,s Authorized signatory: Mariana Buzduga Signa tu re Y: J. f 'L /JJ, I Signature ~,,¡~

Date Ío/23 /.J.o¡ 3 Date lc{2..1t (?o r3

Calibration Certificates ar Test Reports shall not be reproduced, except in ful!, without written approval ofthe Jaboratory. This Calibration Certificate orTest Reports shall not be used to claim product certification, approval or endorsement by NVLAP, Nl5T, or any agency ofthe federal government. Document stored Z:\Calibration Lab\SLM 2013\LDLXT2_0002329_M1.doc Page 1of2

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S&1nrek. In&. CALIBRATION LABORATORY

ISO 17025: 2005, ANSl/NCSL Z540:1994Part1 ACCREDITED by NVLAP (an ILAC MRA signatory)

NVLAP Lab Cede: 200625-0

Calibration Certificate No.29888

Jnstrument: Model: Manufacturer: Serial number: Class (IEC 60942): Barometer type: Barometer s/n: Customer:

Tel/Fax:

Acoustical Calibrator Cal150

Larson Davis

4433 2

Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental (OEFA) 919-933-9569 / 919-928-5173

Date Calibrated: 10/23/2013 Cal Due: Status: Received Sent

In tolerance: X X

Out of tolerance: See comments: X

~~~~~~'--~~~~-

Con ta in s non-accredited tests: _Yes .lL No

Address: Calle Manuel Gonzales Olaechea 247, San Isidro - Lima, Peru

Tested in accordance with the following procedures and standards: Calibration of Acoustical Calibrators, Scantek lnc., Rev. 10/1/2010

lnstrumentation used for calibration: Nor-1504 Norsonic Test System :

lnstrument - Manufacturer Description S/N Cal. Date Traceability evidence

Cal. Due Cal. Lab / Accreditation

483B-Norsonic SME Cal Unit 31052 Oct7, 2013 Scantek, lnc./ NVLAP Oct7, 2014

DS-360-SRS Function Generator 33584 Sep 30, 2013 ACR Env./ A2LA Sep 30, 2015

34401A-Agilent Technologies Digital Voltmeter US36120731 Sep 30, 2013 ACR Env. / A2LA Sep 30, 2014

HM30-Thommen Meteo Station 1040170/39633 Sep30,2013 ACR Env./ A2LA Sep 30, 2014

8903-HP Audio Analyzer 2514A05691 Dec 1, 2010 ACR Env. / A2LA Dec 1, 2013

PC Program 1018 Norsonic Calibration software v.5.2 Validated

Scantek, lnc. March 2011

-4134-Brüel&Kj<er Microphone 173368 Dec 17, 2012 Scantek, lnc. / NVLAP Dec 17, 2013

1203-Norsonic Preamplifier 14052 Jul 15, 2013 Scantek, lnc./ NVLAP Jul 15, 2014

lnstrumentation and test results are traceable to SI (lnternational System of Units) t hrough standards maintained by NIST (USA) and NPL (UK)

Calibrated by: • Lydon Dawkins Authorized signatory: Mariana Buzduga

Signature •:.4!-:# - / L /h. ( Signa tu re ) . • j. __

Date Íol 23/ 2.&/ 3 Date P.. rof?..."3f 2ot 3

Calibration Certificates or Test Reports shall not be reproduced, except in full, without written approval of the laboratory. This Calibration Certificate or Test Reports shall not be used to claim product certification, approval or endorsement by NVLAP, NIST, or any agency of the federal government. Document stored as: Z:\Calibration Lab\Cal 2013\LDCALlSO_ 4433_Ml.doc Page 1of2

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