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Boletín Oficial de la provincia de Sevilla Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Miércoles 14 de marzo de 2012 Número 61 JUNTAS ELECTORALES DE ZONA: Marchena: Atribución de los lugares y locales públicos para la campaña a los partidos políticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Obras Públicas y Vivienda: Delegación Provincial de Sevilla: Expediente de pago de subvenciones autonómicas . . . . . . . . . . 3 Expedientes sobre subsidiación de préstamos para viviendas protegidas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Consejería de Empleo: Delegación Provincial de Sevilla: Depósito de estatutos de la organización profesional «Asocia- ción de Comerciantes Huerta Santa Teresa-San Pablo» . . . . . . 4 NOTARÍAS: Notaría de don Juan Butiña Agustí: Expediente de venta extrajudicial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 7: autos 191/10 y 80/11; número 8: autos 11/12; número 9: autos 11/11 y 175/10; número 10: autos 524/11, 170/11, 101/11, 861/11, 205/10 y 19/11; número 11: autos 31/12, 883/10, 37/12 y 240/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Huelva.—Número 3: autos 255/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Jaén.—Número 2: autos 285/11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Madrid.—Número 36: autos 266/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Juzgados de Primera Instancia: Sevilla.—Número 9: autos 1929/10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Cazalla de la Sierra.—Único: autos 512/10. . . . . . . . . . . . . . . . 14 Estepa.—Número 1: autos 640/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 S u m a r i o

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Boletín

O f i c i a lde la provincia de Sevilla

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Miércoles 14 de marzo de 2012 Número 61

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA:

— Marchena: Atribución de los lugares y locales públicos para la campaña a los partidos políticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

JUNTA DE ANDALUCÍA:

— Consejería de Obras Públicas y Vivienda: Delegación Provincial de Sevilla: Expediente de pago de subvenciones autonómicas . . . . . . . . . . 3 Expedientes sobre subsidiación de préstamos para viviendas protegidas. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3— Consejería de Empleo: Delegación Provincial de Sevilla: Depósito de estatutos de la organización profesional «Asocia- ción de Comerciantes Huerta Santa Teresa-San Pablo» . . . . . . 4

NOTARÍAS:

— Notaría de don Juan Butiña Agustí: Expediente de venta extrajudicial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

— Juzgados de lo Social: Sevilla.—Número 7: autos 191/10 y 80/11; número 8: autos

11/12; número 9: autos 11/11 y 175/10; número 10: autos524/11, 170/11, 101/11, 861/11, 205/10 y 19/11; número 11:

autos 31/12, 883/10, 37/12 y 240/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Huelva.—Número 3: autos 255/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Jaén.—Número 2: autos 285/11. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13 Madrid.—Número 36: autos 266/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 13— Juzgados de Primera Instancia: Sevilla.—Número 9: autos 1929/10 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14 Cazalla de la Sierra.—Único: autos 512/10. . . . . . . . . . . . . . . . 14 Estepa.—Número 1: autos 640/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14

S u m a r i o

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AYUNTAMIENTOS:

— Sevilla: Convocatorias para la provisión de cincuenta y cincoplazas de Bombero y de veinticuatro plazas de Bombero-

Conductor . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15 Gerencia de Urbanismo: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . 16— Aznalcázar: Anuncio de adjudicación de contrato. . . . . . . . . . . 19— La Campana: Expediente de modificación de créditos . . . . . . . 20 Plantilla de personal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20— Carmona: Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22— Castilleja de la Cuesta: Expediente de crédito extraordinario/ suplemento de crédito . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22— Coria del Río: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22— Dos Hermanas: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23— Écija: Anuncios de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 25— Gelves: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26— Gines: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 26— Lantejuela: Presupuesto general ejercicio 2012 . . . . . . . . . . . . 27 Ordenanza fiscal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 28— Lebrija: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 29— Mairena del Alcor: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . 29— Mairena del Aljarafe: Notificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 33— Osuna: Padrones y matrículas fiscales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34— Paradas: Notificación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 34— La Puebla de Cazalla: Padrones fiscales . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35 Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 35— San Nicolás del Puerto: Ordenanzas municipales y fiscales . . . 35— Utrera: Cumplimiento de sentencia . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 36 Convocatoria para la provisión de una plaza de Ingeniero Téc- nico Industrial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 39— El Viso del Alcor: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habi- tantes . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 46

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Número 61

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla

JUNTAS ELECTORALES DE ZONA-———

MARCHENA

Adjunto remito acta de fecha 12 de marzo de 2012 de laJunta Electoral de Zona de Marchena en la que se acuerda laatribución de los lugares y locales públicos para la campaña alos partidos políticos a los efectos de su comunicación y, alobjeto de que se proceda a su publicación en el BOP, según loestablecido en el art. 57.3 de la LOREG.

En Marchena a 12 de marzo de 2012.—El Presidente de laJunta Electoral

Junta Electotal de Zona de MarchenaActa junta ElectoralAsistentes:Presidente don Manuel Ruiz de LaraVocal Judicial: Doña Rocío Villarrubia SánchezVocal no Judicial:Don Jesús Marín Fernández y don José

Manuel Gallego AguilarSecretaria: Doña Araceli Gómez Blanco.En Marchena a 12 de marzo de 2012.Siendo las 10.00 horas, con la asistencia de los arriba rese-

ñados, se constituye la Junta Electoral a fin de proceder a atri-buir, de conformidad con lo dispuesto en el art. 57.3 LOREG,a los diferentes partidos, coaliciones y federaciones, los loca-les oficiales y lugares públicos que se reservan para la realiza-ción gratuita de actos de Campaña Electoral, que fueron publi-cados en el «Boletín Oficial» de la provincia. Dicho reparto oatribución se hará en función de las solicitudes, y cuandovarias sean coincidentes, se atenderá al criterio de igualdad deoportunidades y, subsidiariamente, a las preferencias de lospartidos, federaciones o coaliciones con mayor número devotos en las últimas elecciones equivalente en la misma cir-cunscripción.

Asignación de locales para la realización de actos electorales:ARAHAL:Izquierda Unida Los Verdes Convocatoria por Andalucía:El día 14 de marzo de 2012, desde las 19.00 horas a las

22.00 horas en la Casa de la Cultura.Partido Socialista Obrero Español, PSOE de Andalucía:El día 15 de marzo de 2012, desde las 18.00 horas a las

23.59 horas en La Corredera.El día 16 de marzo de 2012, desde las 18.00 horas a las

23.59 horas en La Corredera.No es posible acceder a la solicitud del día 20 de marzo de

2012 por cuanto que el partido Izquierda Unida Los VerdesConvocatoria por Andalucía, presentó una solicitud en fecha 2de marzo de 2012 y fue concedida por esta Junta Electoral esemismo día, para la celebración de un acto desde las 19.00horas hasta las 22.00 horas en plaza de la Corredera, y en casode lluvia en la Casa de la Cultura.

MARCHENA:Partido Andalucista:El día 16 de marzo de 2012, desde las 20.00 horas a las

23.00 horas en el Salón de Actos del Ayuntamiento.Pónganse el presente acuerdo en conocimiento de los

Ayuntamientos de Arahal, Marchena y Paradas y de los repre-sentantes de los partidos políticos solicitantes.

Se acuerda la publicación en el BOP.Y no habiendo más asuntos que tratar se da por finalizada

la presente reunión firmando los presentes este acta en pruebade conformidad con la misma.

En Marchena a 12 de marzo de 2012.—El Presidente de laJunta Electoral, Manuel Ruiz de Lara.

253W-3227

JUNTA DE ANDALUCÍA———

Consejería de Obras Públicas y Vivienda

———

Delegación Provincial de Sevilla

«Resolución del expediente n.º 3724/08 , de pagos de sub-venciones autonómicas, a instancias de don Juan RamírezSerrano, por el que se resuelve la inadmisión del mismo. Con-tra la presente resolución, que no pone fin a la vía administra-tiva, se podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Sra.Consejera de Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mescontado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar sunotificación, de conformidad con lo establecido en los artículos114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13de enero».

Sevilla a 7 de febrero 2012.—La Delegada Provincial,Salud Santana Dabrio.

6W-1971

———

Delegación Provincial de Sevilla

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, al intentarse la notificación y no poderse practicar, seprocede mediante este acto, a notificar la resolución de fecha16 de enero de 2012, de la Delegación Provincial de Sevilla dela Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta deAndalucía, dictada en el expediente 41-AP-G-00-2776/04 ainstancia de don Fernando Clemente López que resuelve inad-mitir la solicitud para la prórroga de la subsidiación de intere-ses de préstamo cualificado de vivienda protegida, al presen-tarla fuera del plazo legal establecido. Previa acreditación desu identidad podrá comparecer en las dependencias del Servi-cio de Vivienda de la citada Delegación Provincial, sita enplaza de San Andrés 2, Sevilla, para la notificación del textoíntegro. Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante laExcma. Sra. Consejera de Obras Públicas y Vivienda, en elplazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel enque tenga lugar su notificación, de conformidad con lo esta-blecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla a 10 de febrero de 2012.—La Delegada Provincial,Salud Santana Dabrio.

4W-2642

———

Delegación Provincial de Sevilla

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de laLey 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, al intentarse la notificación y no poderse practicar, seprocede mediante este acto, a notificar la resolución de fecha13 de enero de 2012, de la Delegación Provincial de Sevilla dela Consejería de Obras Públicas y Vivienda de la Junta deAndalucía, dictada en el expediente 41-AP-G-00-2190/06, queresuelve reconocer a doña Marina Cadena Bo, el derecho a laprórroga de la subsidiación. Previa acreditación de su identi-dad podrá comparecer en las dependencias del Servicio deVivienda, Sección Vivienda Protegida, de la citada DelegaciónProvincial, sita en plaza de San Andrés 2, Sevilla, para la noti-ficación del texto íntegro. Contra la presente resolución, queno pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso

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4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Obras Públicas yVivienda, en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de confor-midad con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común».

Sevilla a 6 de febrero de 2012.—La Delegada Provincial,Salud Santana Dabrio.

4W-2643———

Consejería de Empleo

———

Delegación Provincial de Sevilla

CMAC. Depósito de Estatutos.LJMB/grjExpte: 41/891.En cumplimiento de lo establecido en el artículo 4 del

Decreto 873/77, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutosde las organizaciones constituidas al amparo de la Ley19/1977, reguladora del Derecho de Asociación Sindical, y alos efectos previstos en el mismo, se hace público que hansido depositados en este centro el día 16 de febrero de 2012, elacta de constitución y los estatutos de la organización profe-sional denominada «Asociación de Comerciantes Huerta SantaTeresa-San Pablo», cuyos ámbitos territorial y profesional sonlocal (Sevilla) y comerciantes, respectivamente, siendo los fir-mantes del acta de constitución don Cristóbal Morales Albala-dejo y otros.

Sevilla a 17 de febrero de 2012.—El Jefe del Departa-mento CMAC, Luis Javier Moreno Bernal.

4W-2745

NOTARÍAS———

NOTARíA DE DON JUAN BUTIñA AGUSTí

Yo, Juan Butiña Agustí, Notario del Ilustre Colegio de An-dalucía, con residencia en Sevilla.

Hago saber: Que se han iniciado ante mí, los trámites parala venta extrajudicial por medio de subasta, a instancia de la en-tidad Banco Español de Crédito, S.A., contra don ClementeRubio Jiménez de la siguiente finca hipotecada:

Urbana. Piso número tres que ocupa la parte izquierda de laplanta segunda de la casa número nueve, hoy número cuatro,tipo A-cuatro, de la calle Las Leandras, en el polígono Amate,de esta ciudad. Consta de vestíbulo, estar-comedor, cocina, te-rraza, tendedero, baño, aseo y cuatro dormitorios. Tiene una su-perficie construida de noventa y un metros y sesenta y ocho de-címetros cuadrados, y la útil de setenta y seis metros y ochentay seis decímetros cuadrados. Linda, por la izquierda y fondo,con los mismos del edificio, y derecha caja de escalera y pisonúmero cuatro. Su cuota es de doce enteros, cincuenta centési-mas por ciento.

Inscripción: En el Registro de la Propiedad 16 de Sevilla,al tomo 3279, libro 814, folio 180, finca 36.408, (antes 3392del registro 9).

Las bases de la subasta son las siguientes:1. La subasta tendrá lugar en la Notaría del Notario que

suscribe, sita en calle Julio César, 3, 1º D - 41.001 (Sevilla).2. La primera subasta se celebrará el día 18 de abril de

2012, a las 10.00 horas, al tipo del precio tasado en la escriturade constitución de la hipoteca, que es la cantidad de ciento se-

senta mil ochocientos setenta y cinco euros (160.875,00 €);la segunda subasta se celebrará, en su caso, el día 18 de mayode 2012, a las 10.00 horas, al tipo del setenta y cinco por ciento(75%) del correspondiente a la primera y la tercera subasta secelebrará, en su caso, el día 18 de junio de 2012, a las 10.00horas, en cuya subasta regirán los límites de los artículos 670 y671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en su redacción vigenteen cada momento; y si hubiere pluralidad de mejoras en la ter-cera subasta, la licitación entre mejorantes y mejor postor, eldía 25 de junio de 2012, a las 10.00 horas.

3. Para tomar parte en la subasta los postores deberán con-signar, una cantidad equivalente al treinta por ciento (30%) deltipo que corresponda a la primera o segunda subasta; en la ter-cera subasta, el depósito consistirá en un veinte por ciento(20%) del tipo de la segunda, debiendo presentar el resguardode haber efectuado el depósito en la cuenta corriente número2106.0975.89.2258811227, de la entidad Banca Cívica, sita enSevilla, calle Julio César número 14.

4. La documentación y certificación registral a que se refie-ren los artículos 236 a) y 236 b) del Reglamento Hipotecarioestán de manifiesto en la Notaría de lunes a viernes, de las 10.00a las 14.00 horas, entendiéndose que todo licitador, por el solohecho de participar en la subasta, admite y acepta como bastantela titulación existente y que las cargas o gravámenes anterioresy los preferentes, si los hubiere, al crédito del actor continuaránsubsistentes, quedando subrogado en la responsabilidad deriva-da de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

5. La subasta se efectuará en la forma que determine el ar-tículo 236 del Reglamento Hipotecario.

En Sevilla a 6 de marzo de 2012.—El Notario, Juan ButiñaAgustí.

8D-3042-P

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Juzgados de lo Social

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas,Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete deSevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número de ejecución 191/2010, a instancia de la parteactora don José Manuel Olmedo López, contra Seagriper, S.L.,sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado decreto defecha 9 de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva es deltenor literal siguiente:

«Acuerdo: Declarar a la ejecutada, Seagreaper, S.L. ensituación de insolvencia con carácter provisional por importede 7.040,29 euros de principal, más 1.500 euros que provisio-nalmente se presupuestan para intereses legales y costas delprocedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma cabrá interponer ante S.Sª, recursodirecto de revisión, sin efecto suspensivo, en el plazo de los 5días siguientes al de su notificación, debiendo citarse la infrac-ción en que la resolución hubiera incurrido, no admitiéndoseel recurso si no se cumplieran ambos requisitos.

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de9 de julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el«Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 5

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma la señoraSecretaría del Juzgado de lo Social número siete de Sevilla, doñaMaría Concepción Llorens Gómez de las Cortinas. Doy fe.»

Y para que sirva de notificación al demandado, Seagriper,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 9 de noviembre de 2011.—La Secretaria Judi-cial, María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas.

40-1150

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7

Doña María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas,Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número siete deSevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 80/2011, a instancia de la parte actora, donFrancisco Vargas Rincón y José Manuel Gutierrez León, con-tra Comercial Andaluza de Portajes, S.L., sobre ejecución detítulos judiciales, se ha dictado auto de fecha 18 de mayo de2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Dispongo: Dar orden general de ejecución, contraComercial Andaluza de Portajes, S.L., a instancias de Fran-cisco Vargas Rincón y José Manuel Gutiérrez León, porimporte de 13.967,30 euros en concepto de principal, más lade 2.793,46 euros, presupuestados provisionalmente en con-cepto de intereses y costas.

Se autoriza la consulta a las bases de Datos de la AEAT,DGT y Catastro, instaladas en este Juzgado a fin de conocerbienes de la empresa ejecutada sobre los que trabar embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en laforma y plazo a que se refiere el fundamento quinto de estaresolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Asimismo se ha dictado decreto de igual fecha que con-tiene un particular del tenor literal siguiente:

«Acuerdo: Procédase, sin previo requerimiento de pago, alembargo de bienes, derechos y acciones de la propiedad de lademandada, Comercial Andaluza de Portajes, S.L., en cantidadsuficiente a cubrir la suma de 13.967,30 euros de principal,más la suma de 2.793,46 euros presupuestados provisional-mente para intereses y costas, debiéndose guardar en la dili-gencia, el orden establecido en la Ley de Enjuiciamiento Civil,advirtiéndose al ejecutado, administrador, representante,encargado o tercero, en cuyo poder se encuentren los bienes,de las obligaciones y responsabilidades derivadas del depósitoque le incumbirán hasta que se nombre depositario, a cuyoefecto líbrese exhorto al Juzgado decano de Dos Hermanas,sirviendo la presente resolución de mandamiento en forma alAgente Judicial de dicho Juzgado, para que, asistido de Secre-tario o funcionario habilitado para ello, se lleven a efecto lasdiligencias acordadas, así como para solicitar el auxilio de lafuerza pública, si fuese necesario.

Sin perjuicio de lo cual, líbrense oficios al Servicio deíndices en Madrid y habiéndose llevado a cabo la averiguaciónpatrimonial, se decreta el embargo de los siguientes bienes dela ejecutada:

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que existaen cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros,fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cual-quiera otros productos bancarios que el demandado mantengao pueda contratar con las entidades, Cajasol y Cajaronda, hastacubrir el principal e intereses y costas, a tal efecto líbrese ofi-cio a dicha entidad. Debiendo proceder a dicha retención ypuesta a disposición, aun cuando en el momento de recibirdicho oficio no existiese cantidad alguna disponible, si con

posterioridad a ello existiesen saldos o productos bancariosrealizables. En el caso de que la retención ordenada afecte asalario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones, se lesaplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley deEnjuiciamiento Civil.

Se acuerda el embargo de las cantidades por las queresulte acreedora la parte demandada, Comercial Andaluza dePortajes, S.L., frente a AEAT, Hércules Patrimonial, Carpinte-ría Pérez & FUE, Plataforma Femar, S.L., Toquemos MaderaLa Rail, Pepe Feliz, S.L., por cualquier concepto, en cuantíasuficiente a cubrir las cantidades reclamadas en la presenteejecución, para cuya efectividad se librarán los despachosoportunos.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo esta-blecido en el artículo 155.5 de la LEC, si cambiasen su domi-cilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónicoo similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizadoscomo instrumentos de comunicación con la oficina judicialdurante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmedia-tamente a la misma.

Notifíquese esta resolución a los ejecutados, junto con elauto de orden general de ejecución, con entrega de copia de lademanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sincitación ni emplazamiento para que, en cualquier momento,puedan personarse en la ejecución.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe inter-poner recurso directo de revisión, que deberá interponerse enel plazo de cinco días mediante escrito en el que deberácitarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido(art. 454 bis LEC). El recurso deberá interponerse por escritoen el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguientede la notificación, con expresión de la infracción cometida ajuicio del recurrente y, deberá constituir y acreditar al tiempode la interposición, el depósito para recurrir de veinticincoeuros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignacionesnúm. 4026000064008011, del Juzgado de lo Social númerosiete de Sevilla, salvo que el recurrente sea: beneficiario dejusticia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, ComunidadAutónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, ytodo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y con-cordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta dela LOPJ.

Y para que sirva de notificación al demandado, ComercialAndaluza de Portajes, S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo 1a que deban revestirla forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 24 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,María Concepción Llorens Gómez de las Cortinas.

40-1247

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 8

Doña María del Carmen Peche Rubio, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 11/2012, a instancia de la parte actora, donFrancisco Javier Martín Bravo, contra Obras y Mantenimien-tos Obryman, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se hadictado resolución de fecha 26 de enero de 2012, del tenorliteral siguiente:

Parte dispositiva:

Que apreciando un error material en el auto de 13 de enerode 2012, debo proceder y procedo a su corrección en lossiguientes términos:

En el hecho primero se sustituye la redacción del hechoprimero por la siguiente: «El día 19 de abril de 2010, recayósentencia con el siguiente fallo: Que estimando como estimo

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6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

la demanda formulada por don Francisco Javier Martín Bravocontra la entidad Obras y Mantenimientos Obryman, S.L., enreclamación de despido, debo declarar y declaro el mismoimprocedente, condenando a la empresa demandada a estar ypasar por tal declaración, así como a que, a su elección, quedeberá verificar en el plazo de cinco días desde la notificaciónde esta sentencia, o bien readmita al actor en supuesto de tra-bajo en las mismas condiciones que tenía antes de producirseel despido, o bien le indemnice en las cantidad de diez mildoscientos setenta y cuatro euros con un céntimo (10.274,01)más en todo caso, a que le abone los salarios dejados de perci-bir desde la fecha del despido (30 de noviembre de 2009),hasta la de notificación de la presente resolución».

En los razonamientos jurídicos se sustituye la redaccióndel razonamiento jurídico sexto por la siguiente: «El artículo280 de la Ley 36/2011 establece que, instada la ejecución delfallo en cuanto a la condena de readmisión, por el Juez compe-tente se dictará auto despachando la ejecución por la vía deincidente de no readmisión y seguidamente, el Secretario seña-lará la vista del incidente dentro de los cinco días siguientes,citando de comparecencia a los interesados. El día de la com-parecencia, si los interesados hubieran sido citados en forma yno asistiese el trabajador o persona que lo represente, se le ten-drá por desistido de su solicitud; si no comparece el empresa-rio o su representante, se celebrará el acto sin su presencia. Elartículo 281 de la misma ley establece que, celebrado el inci-dente al que las partes habrán de concurrir con los medios deprueba que estimen oportunos, el Juez dictará auto en el que,acreditada la falta de readmisión, declarará extinguida la rela-ción laboral fijando el importe de la indemnización y salariosde tramitación a favor del trabajador».

En la parte dispositiva, donde pone: «Procédase a la ejecu-ción de sentencia por la suma de 10.247,01 euros de principal,más 614,82 euros de intereses y 1.024,70 euros para costas,calculados provisionalmente sin perjuicio de ulterior liquida-ción»; debe poner: «Procédase a la ejecución de sentencia acuyo efecto convóquese a las partes a incidente sobre no read-misión».

Se mantiene el resto de la sentencia en sus propios términos.Notifíquese esta resolución a todas las partes.Contra esta resolución no cabe recurso alguno (artículo

214.4 de la Ley resolución Enjuiciamiento Civil), sin perjuiciode los recursos que procedan contra la resolución aclarada.

Así lo acuerda, manda y firma S.Sª doña M. CarmenDurán de Porras, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Socialocho de Sevilla.

Parte dispositiva:Que apreciando un error material en el decreto de 13 de

enero de 2012, debo proceder y procedo a su corrección en lossiguientes términos:

En el hecho primero se sustituye la redacción del hechoprimero por la siguiente: «El día 19 de abril de 2010, recayósentencia con el siguiente fallo: Que estimando como estimola demanda formulada por don Francisco Javier MartínBravo contra la entidad, Obras y Mantenimientos Obryman,S.L., en reclamación de despido, debo declarar y declaro elmismo improcedente, condenando a la empresa demandada aestar y pasar por tal declaración, así como a que, a su elec-ción, que deberá verificar en el plazo de cinco días desde lanotificación de esta sentencia, o bien readmita al actor en supuesto de trabajo en las mismas condiciones que tenía antesde producirse el despido, o bien le indemnice en las cantidadde diez mil doscientos setenta y cuatro euros con un céntimo(10.274,01) más en todo caso, a que le abone los salariosdejados de percibir desde la fecha del despido (30 denoviembre de 2009) hasta la de notificación de la presenteresolución».

En los razonamientos jurídicos se sustituye la redaccióndel razonamiento jurídico por la siguiente: «El artículo 280 dela Ley 36/2011 establece que, instada la ejecución del fallo encuanto a la condena de readmisión, por el juez competente sedictará auto despachando la ejecución por la vía de incidente

de no readmisión, y seguidamente, el Secretario señalará lavista del incidente dentro de los cinco días siguientes, citandode comparecencia a los interesados. El día de la comparecen-cia, si los interesados hubieran sido citados en forma y no asis-tiese el trabajador o persona que lo represente, se le tendrá pordesistido de su solicitud; si no comparece el empresario o surepresentante, se celebrará el acto sin su presencia. El artículo281 de la misma ley establece, que celebrado el incidente, alque las partes habrán de concurrir con los medios de pruebaque estimen oportunos, el Juez dictará auto en el que, acredi-tada la falta de readmisión, declarará extinguida la relaciónlaboral fijando el importe de la indemnización y salarios detramitación a favor del trabajador».

En la parte dispositiva donde pone: «Dar audiencia alFondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que enquince días puedan designar la existencia de nuevos bienessusceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se pro-cederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la pre-sente ejecución»; debe poner: «Citar a las partes a compare-cencia que tendrá lugar en la Sala de Vistas de este Juzgadosita en Avda. de la Buhaira num. 26 edificio NOGA primeraplanta de esta Capital, el próximo día 21 de marzo de 2012 alas 11,45 horas de la mañana, previniendo a las mismas quedeberán concurrir con todos los medios de prueba de queintenten valerse y puedan practicarse en el acto, advirtiéndosea la parte actora que de no comparecer por sí o persona que larepresente, se la tendrá por decaída de su petición y que de nohacerlo la demandada por sí o representante legal, se celebraráel acto sin su presencia»

Notifíquese la presente resolución a las partes.Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe

interponer recurso de revisión directo por escrito en el plazode tres días hábiles contados desde el siguiente de la notifica-ción, con expresión de la infracción cometida a juicio del recu-rrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, haciendo saber quede dicho deposito queda exento todo litigante que sea trabaja-dor o beneficiario de la Seguridad Social, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado número 4027 0000 00, abierta enBanesto utilizando para ello el modelo oficial y concretandoademás el número y año del procedimiento, indicando en elcampo «Concepto», que se trata de un recurso seguido delcódigo «30» y «Social-Reposición», de conformidad con loestablecido en la Disposición adicional Decimoquinta de laL.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de lossupuestos de exclusión previstos en la misma. Si el ingreso seefectuare por transferencia bancaria habrá de hacerse en lacuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando elbeneficiario, Juzgado de lo Social número ocho de Sevilla, yen «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de lacuenta 4027 0000 00, más el número y el año del procedi-miento, indicando después de estos 16 dígitos separados porun espacio el código «30» y «Social-Reposición».—La Secre-taria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Obras yMantenimientos Obryman, S.L., actualmente en paradero des-conocido, expido el presente para su publicación en el «Bole-tín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que en lassiguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las quedeban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla-zamientos.

En Sevilla a 26 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,María del Carmen Peche Rubio.

40-1262

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9

Doña Rosa María Adame Barbeta, Secretaria Judicial delJuzgado de lo Social número nueve de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 11/2011, a instancia de la parte actora, doña

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 7

Vanesa Fernández Gavira, contra Eduardo Guillén Tablada,María José Sevilla Bautista, Fondo de Garantía Salarial yGrupo Edumar, S.C.. sobre ejecución de títulos judiciales, seha dictado resolución de fecha 2 de febrero de 2011, cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto núm. 23/2012.En Sevilla a 31 de enero de 2012.

Parte dispositiva:S.Sª la Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve

de Sevilla, doña Rosa M.ª Adame Barbeta, acuerda:Declarar al ejecutado, Eduardo Guillén Tablada, María

José Sevilla Bautista y Grupo Edumar, S.C., en situación deinsolvencia con carácter provisional por importe de 1.132,44euros, más 181,19 euros que provisionalmente se presupuestanpara intereses legales y costas del procedimiento, y archivarlas actuaciones una vez firme la presente resolución, previapublicación en el «Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso de reposición ante la Secretaria Judicial Juzgadode lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acor-dado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo detres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación,con expresión de la infracción cometida a juicio del recu-rrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma la Sra.Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve de Sevilla.

Y para que sirva de notificación al demandado, EduardoGuillén Tablada actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo las que deban reves-tir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 31 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Rosa María Adame Barbeta.

40-1596

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9Doña Rosa María Adame Barbeta, Secretaria Judicial del

Juzgado de lo Social número nueve de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 175/2010, a instancia de la parte actora donManuel Jiménez Maestre, contra Fondo de Garantía Salarial yComercial Puertas Dicoran, S.L., sobre ejecución de títulosjudiciales, se ha dictado resolución de fecha 9 de febrero de2011, del tenor literal siguiente:

Decreto núm. 27/12:En Sevilla a 31 de enero de 2012.

Parte dispositiva:S.Sª la Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve

de Sevilla, doña Rosa María Adame Barbeta, acuerda:Declarar al ejecutado, Comercial Puertas Dicoran, S.L., en

situación de insolvencia con carácter provisional por importede 40.240,22 euros, más 6.438,43 euros que provisionalmentese presupuestan para intereses legales y costas del procedi-miento, y archivar las actuaciones, una vez firme la presenteresolución, previa publicación en el «Boletín Oficial» delRegistro Mercantil.

Notifíquese la presente resolución a la actora a través decorreo certificado y a la demandada, mediante edicto que sepublicará en el BOP de la provincia de Sevilla, y al Fondo deGarantía Salarial, haciéndoles saber que contra la misma caberecurso de reposición ante la Secretaria Judicial, Juzgado de loSocial, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. Elrecurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres díashábiles contados desde el siguiente de la notificación, conexpresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma la Sra.Secretaria del Juzgado de lo Social número nueve de Sevi-lla.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, ComercialPuertas Dicoran, S.L. actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 31 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Rosa María Adame Barbeta.

40-1601

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número diez de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 524/2011, a instancia de la parte actora doñaLilia Murcia López contra FOGASA y Proyecto para Vivir,S.L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resoluciónde fecha 26 de septiembre de 2011, cuyo encabezamiento yfallo son del tenor literal siguiente:

Juzgado de lo Social número diez.

Autos núm. 524/11.

Asunto: Despido.

Sentencia núm. 379/11.—En Sevilla a 26 de septiembre de2011. Doña Carmen Lucendo González, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número diez de Sevilla y su provincia,tras haber visto los presentes autos sobre despido, seguidosentre doña Lilia Murcia López, como parte demandante, y laempresa Proyectos para Vivir, S.L., como demandada,habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial, en nombredel Rey, ha pronunciado la siguiente

Sentencia:

Fallo: Con estimación de la demanda interpuesta por doñaLilia Murcia López, contra la empresa Proyectos para Vivir,S.L., habiendo sido citado el Fondo de Garantía Salarial,declaro la improcedencia del despido operado por la mercantildemandada respecto de la actora, condenando a la empresa areadmitir a la trabajadora en las mismas condiciones queregían antes de producirse el despido o bien a abonarle unaindemnización por importe de 2.228,65 euros, así como, enambos supuestos, al pago de los salarios de tramitación deven-gados desde la fecha del despido -inclusive- hasta la de lareadmisión o notificación de la sentencia a la empresa conde-nada, en otro caso -exclusive-. La empleadora podrá optarentre la readmisión o la indemnización, por escrito o compare-cencia ante la Secretaría del Juzgado, en el plazo de cinco díasa contar desde el siguiente a la notificación de la presenteresolución, entendiéndose si no se formulara opción, que sedecanta por la readmisión.

Contra dicha resolución y de conformidad con el artículo189.1 de la Ley de Procedimiento Laboral, cabe interponerrecurso de suplicación ante la Sala de lo Social del TribunalSuperior de Justicia de Andalucía en Sevilla, anunciándoloante este Juzgado en los cinco días hábiles siguientes a la noti-ficación de la sentencia.

Advirtiéndose a la empresa condenada que, si recurre,deberá acreditar al anunciar el recurso, mediante la presenta-ción del oportuno resguardo, el ingreso conforme establecenlos arts. 228 y 227 de la L.P.L., de la cantidad a la que se lecondena -indemnización del despido disciplinario calculadaconforme a los parámetros de antigüedad y salario que se indi-can y salarios que, en su caso, se devenguen hasta la notifica-ción de la sentencia- en la cuenta número4029/0000/68/0524/11, abierta a nombre de este Juzgado enbanesto, sucursal C/ José Recuerda Rubio número 4 de Sevilla,entidad 0030, sucursal 4325, pudiendo sustituirse dicha consig-nación por aval bancario suficiente que habrá de presentarse

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8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

junto con el mencionado escrito de anuncio de recurso. Ade-más, deberá la condenada depositar la cantidad de 150,25 eurosen la cuenta de consignación número 4029/000/65/0524/11, dela misma Entidad 0030 y Sucursal 4325.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Publicación.—La extiendo yo, la Secretaria, para hacer

constar que en el día 27 de septiembre de 2011, se me haceentrega de la sentencia en las presentes actuaciones para supublicación y depósito en la Oficina Judicial, por lo que seprocederá a su notificación a las partes, dándose la publicidaden la forma permitida y ordenada en la Constitución o en lasLeyes. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Proyectopara Vivir, S.L., actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 30 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-1498

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-

gado de lo Social número diez de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 170/2011, a instancia de la parte actora, doñaNerida Isabel Pérez Moyano, contra FOGASA y Vigilancia ySeguridad Danger, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales,se ha dictado resolución de fecha 25 de enero de 2012, deltenor literal siguiente:

Auto: En Sevilla a 23 de enero del 2012.

Parte dispositiva:Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral

que ligaba a la actora y la empresa demandada, Vigilancia ySeguridad Danger, S.L., condenando a la demandada (Vigilan-cia y Seguridad Danger, S.L.), a que abone en concepto deindemnización a doña Nerida Isabel Pérez Moyano, la sumade 2.149,78 euros. Asimismo, debo condenar y condeno a queabone a la actora los salarios dejados de percibir, que ascien-den a la suma de 15.746,64 euros, declarando igualmente laresponsabilidad subsidiaria del FOGASA.

Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles deque contra la presente cabe recurso de reposición en el plazode tres días ante este Juzgado de lo Social, para cuya admisióndeberá previamente constituirse depósito en cuantía de 25euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este órgano judicialabierta en Banesto núm. 4029/0000/65/0086/10, utilizandopara ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo«Concepto» que se trata de un recurso seguido del código«30» y «Social-Reposición», de conformidad con lo estable-cido en la Disposición Adicional Decimoquinta de la L.O.6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestosde exclusión previstos en la misma y quienes tengan recono-cido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Y una vez firme esta resolución, archívense las presentesactuaciones.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña Yolanda Molina Grande, Magistrada-Juez del Juzgado delo Social número diez de Sevilla. Doy fe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria.

Y para que sirva de notificación al demandado, Vigilanciay Seguridad Danger, S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestirla forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 26 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-1531

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-

gado de lo Social número diez de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 101/2011, a instancia de la parte actora donAlejandro Armayones Medina contra Daluzan, S.L., y Milaed,S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolu-ción de fecha 31 de enero de 2012, del tenor literal siguiente:

Auto: En Sevilla a 31 de enero de 2012.Dada cuenta y;

Parte dispositiva:Acuerdo despachar ejecución contra los bienes y derechos

propiedad de la demandada, Daluzan, S.L., y Milaed, S.L., porla cuantía de 6.024,08 euros de principal y de 1.205 euros enque provisionalmente se presupuesten los intereses y costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso dereposición por escrito presentado dentro los tres días hábilessiguientes a su notificación.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña María del Carmen Lucendo González, Magistrada-Juezdel Juzgado de lo Social número diez de Sevilla. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria.

Decreto:Secretaria Judicial, doña Carmen Álvarez Tripero.En Sevilla a 31 de enero de 2012.

Parte dispositiva:S.Sª la Secretaria del Juzgado de lo Social número diez de

Sevilla, doña Carmen Álvarez Tripero.Acuerda: Procédase a la ejecución del auto por la suma de

6.024,08 euros en concepto de principal, más la de 1.205 euroscalculadas para intereses y gastos, y habiendo sido declaradala ejecutada en insolvencia provisional, dese audiencia a laparte actora y al Fondo de Garantía Salarial, a fin de que en elplazo de quince días insten la práctica de la diligencia que a suderecho interese o designen bienes, derechos o acciones deldeudor que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese el presente junto con el auto de ejecución a laspartes, previniéndoles que contra esta resolución cabe interpo-ner recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante elMagistrado-Juez que dictó la orden general de ejecución.

El recurso se interpondrá por escrito dentro de los tres díashábiles siguientes a su notificación, citando la disposición queesta resolución hubiese infringido.

La parte que no gozara del beneficio de la justicia gratuita,deberá constituir depósito de 25 euros en la cuenta de Banesto0030-1846-42-0005001274, Concepto 4029-0000-00 (númerode expediente y año).

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma S.Sª laSecretaria del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Daluzan,S.L., y Milaed, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 31 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-1532

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-

gado de lo Social número diez de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 861/2011, a instancia de la parte actora donJosé María Barrios Vallejo, contra Egea Impresores, S.L.,sobre despidos/ceses, en general, se ha dictado resolución defecha 23 de noviembre de 2012, del tenor literal siguiente:

Page 9: 061-BOP Maquetación 1 - dipusevilla.es · 2021. 6. 8. · Boletín Oficial de la provincia deSevilla Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Miércoles

Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 9

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por JoséMaría Barrios Vallejo, contra Egea Impresores, S.L., en recla-mación por despido objetivo, debo declarar y declaro elmismo como improcedente, condenando a la demandada aestar y pasar por esta declaración así como, decretando laextinción de la relación laboral desde la fecha de la presenteresolución y condenando a la demandada a indemnizar al actoren las cantidades que se especificarán más abajo paro los dis-tintos actores, más en todo caso a que le abone los salariosdejados de percibir desde el día del despido hasta la notifica-ción de esta sentencia, y sin efectuar pronunciamiento algunorespecto del Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de suresponsabilidad subsidiaria en los casos en que legalmenteprocediere, que indemnice al actor en la cantidad de 21.466,23euros, más en todo caso a que le abone los salarios dejados depercibir desde el día del despido hasta la notificación de estasentencia.

Asimismo, no procede hacer por el momento expresadeclaración de responsabilidades respecto del Fondo deGarantía Salarial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, previniéndoles quecontra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de loSocial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevi-lla, anunciándolo ante este Juzgado en los cinco días hábilessiguientes a la notificación de la sentencia.

Advirtiéndose a la empresa condenada que si recurre,deberá acreditar al anunciar el recurso, mediante la presenta-ción del oportuno resguardo, el ingreso conforme establecenlos arts. 229 y 230 de la L.R.J.S., de la cantidad a la que se lecondena en la cuenta número 4029/0000/68/0861/11, abierta anombre de este Juzgado en Banesto, sucursal C/ JoséRecuerda Rubio número 4 de Sevilla, Entidad 0030, Sucursal4325, pudiendo sustituirse dicha consignación por aval banca-rio suficiente que habrá de presentarse junto con el mencio-nado escrito de anuncio de recurso. Además, deberá la conde-nada depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta deconsignación número 4029/000/65/0861/11, de la misma Enti-dad 0030 y Sucursal 4325.

Así, por esta mi sentencia, juzgando definitivamente enúnica instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, EgeaImpresores, S.L., actualmente en paradero desconocido,expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi-caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 25 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-1543

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-

gado de lo Social número diez de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 205/2010, a instancia de la parte actora donLucio Rodríguez Camacho, contra Rafael López Gómez, sobreejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución defecha 29 de noviembre de 2011, del tenor literal siguiente:

Decreto:Secretaria Judicial, doña Carmen Álvarez Tripero.En Sevilla a 29 de noviembre de 2011.

Parte dispositiva:La Secretaria del Juzgado de lo Social número diez de

Sevilla, doña Carmen Álvarez Tripero, acuerda:Declarar al ejecutado, Rafael López Gómez, en situación

de insolvencia con carácter provisional por importe de8.778,82 euros de principal, más 1.756 euros que provisional-mente se presupuestan para intereses legales y costas del pro-cedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, noobstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recursodeberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábi-les contados desde el siguiente de la notificación, con expre-sión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto núm.4029.0000.30.0205.10, utilizando para ello el modelo oficial,indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recursoseguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformi-dad con lo establecido en la Disposición adicional Decimo-quinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurren-cia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria,habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 420005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Socialnúmero diez de Sevilla, y en «Observaciones» se consigna-rán 4029.0000.30.0205.10, indicando después de estos 16dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

Si no manifiestan alegación alguna, se procederá alarchivo provisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de9 de julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el«Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma S.Sª, laSecretaria del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, RafaelLópez Gómez, actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia, con la advertencia de que las siguientes notificacio-nes se harán en estrados, salvo las que deban revestir la formade auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 3 de febrero de 2012.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-1685

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 10

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número diez de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 19/2011, a instancia de la parte actora donAntonio Rodríguez Jiménez, contra Caroconst, S.L., sobre eje-cución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha13 de octubre de 2011, del tenor literal siguiente:

Decreto:

Secretaria Judicial, doña Carmen Álvarez Tripero.

En Sevilla a 13 de octubre de 2011.

Parte dispositiva:

La Secretaria del Juzgado de lo Social número diez deSevilla, doña Carmen Álvarez Tripero, acuerda:

Declarar al ejecutado, Caroconst, S.L., en situación deinsolvencia con carácter provisional por importe de 5.498,58euros de principal, más 1.100 euros que provisionalmente sepresupuestan para intereses legales y costas del procedimiento,sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial, haciéndoles saber que contra la mismacabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, noobstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recursodeberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábi-les contados desde el siguiente de la notificación, con expre-

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10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

sión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sincuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu-ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarloen la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número4029.0000.30.0019.11, utilizando para ello el modelo oficial,indicando en elcampo «Concepto» que se trata de un recursoseguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformi-dad con lo establecido en la Disposición adicional Decimo-quinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurren-cia de los supuestos de exclusión previstos en la misma.

Si el ingreso se efectuase por transferencia bancaria,habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 420005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Socialnúmero diez de Sevilla, y en «Observaciones» se consigna-rán 4029.000030.0019.11, indicando después de estos 16dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Reposición».

Si no manifiestan alegación alguna se procederá al archivoprovisional de las actuaciones.

De conformidad con el artículo 274.5 de la Ley de Proce-dimiento Laboral, en la redacción dada por la Ley 22/2003, de9 de julio, Concursal, remítase edicto para su publicación en el«Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Así por este decreto, lo acuerda, manda y firma S.Sª laSecretaria del Juzgado de lo Social número diez de Sevilla.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Caroconst,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 3 de febrero de 2012.—La Secretaria Judicial,Carmen Álvarez Tripero.

40-1687

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11Doña Concepción Díaz de Noriega Selles, Secretaria Judi-

cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado

bajo el número 31/2012, a instancia de la parte actora donJuan Antonio Villaécija Osuna, contra Aprosan Córdoba, S.L.,sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado resolucio-nes de fecha 25 de enero de 2012, del tenor literal siguiente:

Auto:

Parte dispositiva:Acuerdo: despachar ejecución contra los bienes y derechos

propiedad de la demandada, Aprosan Córdoba, S.L., por lacuantía de 4.883,88 euros de principal y de 781,42 euros enque provisionalmente se presupuesten los intereses y costas.

Contra la presente resolución, cabe interponer recurso dereposición por escrito, presentado dentro los tres días hábilessiguientes a su notificación.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña Adelaida Maroto Márquez, Magistrada-Juez del Juzgadode lo Social número once de Sevilla. Doy fe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria.

Decreto:

Parte dispositiva:Primero.—Se acuerda el embargo de los saldos favorables

de cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros,fondos de inversión, obligaciones, valores en general o cuales-quiera otros productos bancarios, incluidas las amortizacionesde préstamos de las que aparece como titular la demandada enCaja AH, y MP Zaragoza, BBK Cajasur, Bancaja, Caja Madridy Caja Rural de Córdoba, y para su efectividad se librarán losoportunos oficios, y se librará oficio a la AEAT para que pro-

ceda a la retención de las cantidades de las que resulte acree-dora la demandada

Segundo.—Se librará oficio al Servicio de índices enMadrid, para obtener información patrimonial sobre bienesinmuebles, y se obtendrá de la DGT la información sobre losvehículos que consten de titularidad de la ejecutada.

Notifíquese el presente junto con el auto de ejecución a laspartes, previniéndoles que contra esta resolución cabe interpo-ner recurso directo de revisión, sin efecto suspensivo, ante elMagistrado-Juez que dictó la orden general de ejecución.

El recurso se interpondrá por escrito dentro de los tres díashábiles siguientes a su notificación, citando la disposición queesta resolución hubiese infringido.

La parte que no gozara del beneficio de la justicia gratuitadeberá constituir depósito de 25 euros en la cuenta de Banesto0030-1846-42-0005001274, Concepto 4071-0000-00 (númerode expediente y año).

Así lo decreta y firma doña Concepción Díaz de NoriegaSelles, Secretaria del Juzgado de lo Social número once deSevilla. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, AprosanCórdoba, S.L., actualmente en paradero desconocido, expidoel presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia.

En Sevilla a 25 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Concepción Díaz de Noriega Selles.

40-1208

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SEVILLA,—JUZGADO NÚM. 11

Doña Concepción Díaz de Noriega Selles, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 883/2010, a instancia de la parte actora donRoberto Jiménez González Nandin, contra José Luis NolascoBernal y Autoescuela Ceda El Paso, sobre Social Ordinario, seha dictado sentencia de fecha 28 de octubre de 2011, cuyofallo es:

Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por donRoberto Jiménez González Nandin, contra la empresa JoséLuis Nolasco Bernal, debo condenar y condeno a ésta a queabone a la actora la suma de 4.778,27 euros.

Todo ello sin hacer expreso pronunciamiento, por ahora,respecto del Fondo de Garantía Salarial, pero sin perjuicio desu responsabilidad subsidiaria en los casos en que fuera legal-mente procedente, de acuerdo con lo establecido en el funda-mento jurídico segundo de esta resolución.

Notifíquese a las partes con la advertencia que contra lapresente resolución cabe recurso de suplicación para ante laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalu-cía, a anunciar ante este Juzgado, bastando para ello manifes-tación de la parte, de su abogado o representante, en elmomento de hacerle la notificación, o ulteriormente en elplazo de 5 días a la misma por comparecencia o por escrito.

También se advierte a la empresa condenada que, si recu-rre, deberá acreditar al anunciar el recurso, el ingreso delimporte de su condena en la cuenta de Depósitos y Consigna-ciones 4071-0000-00-0883-10, abierta a nombre de este Juz-gado en el Banesto, oficina 4325, mediante la presentación enla Secretaría del oportuno resguardo, pudiendo sustituirsedicha consignación por aval bancario suficiente que habrá depresentarse junto con el mencionado escrito de anuncio delrecurso.

Al interponer el recurso, deberá acreditar además, elingreso del depósito de 150 euros en la cuenta citada.

En el caso de que el ingreso se efectúe por transferenciabancaria, deberá realizarse en la cuenta 0030-1846-42-00050012-74, poniendo en «concepto» la cuenta del Juzgado4071 y número de procedimiento.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 11

Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado, José LuisNolasco Bernal y Autoescuela Ceda El Paso, actualmente enparadero desconocido, expido el presente para su publicaciónen el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia deque las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo lasque deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate deemplazamientos.

En Sevilla a 24 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Concepción Díaz de Noriega Selles.

40-1209

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

Doña Concepción Díaz de Noriega Selles, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número once de Sevlla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 37/2012, a instancia de la parte actora doñaMaría Leonor Domínguez Carrasco y Almudena del Carmende los Reyes Calderón, contra Horus Magnum Hoteles Club,S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se han dictado reso-luciones de fecha 1 de febrero de 2012, del tenor literalsiguiente:

Auto:

Parte dispositiva:

Acuerdo: despachar ejecución contra los bienes y derechospropiedad de la entidad demandada, Horus Magnum HotelesClub, S.L., por la cuantía de 1.306,68 euros de principal más209,06 euros calculados para intereses y costas.

Así por este auto, lo acuerdo mando y firma la Ilma. Sra.doña Adelaida Maroto Márquez, Magistrada-Juez del Juzgadode lo Social número once de Sevilla. Doy fe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria Judicial.

Decreto:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y ala parte actora para que en quince días puedan designar laexistencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndo-les que de no ser así, se procederá a dictar decreto de insolven-cia provisional en la presente ejecución.

Proceder al embargo de créditos que la demandada puedaostentar frente a la Agencia Tributaria, por cualquier concepto,a cuyo fin se librará el oportuno oficio.

Notifíquese la presente resolución tanto a la parte actoracomo a la parte demandada.

Modo de impugnación: Mediante recurso de reposición ainterponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tresdías hábiles siguientes a su notificación con expresión de lainfracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sinque la interposición del recurso tenga efectos suspensivos conrespecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación al demandado HorusMagnum Hoteles Club, S.L., actualmente en paradero desco-nocido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia.

En Sevilla a 1 de febrero de 2012.—La Secretaria Judicial,Concepción Díaz de Noriega Selles.

40-1698

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SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

Doña Concepción Díaz de Noriega Selles, Secretaria Judi-cial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 240/2011, a instancia de la parte actora doñaMaría Reyes Adorna Rodríguez, contra Servicios Suncofee,S.L., Sevillana de Hostelería del Sur, S.L., Servicios Hostele-ros Tierra de Alfareros, S.L., y Fondo de Garantía Salarial,

sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado auto defecha 27 de enero de 2012, del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

En atención a lo expuesto:

Acuerdo: Declarar extinguida la relación laboral que man-tenía el trabajador y la empresa a fecha 27 de enero de 2012,debiendo abonar, en forma solidaria, Servicios Suncoffee,S.L., Sevillana de Hostelería del Sur, S.L., y Servicios Hoste-leros Tierra de Alfareros, S.L., en reclamación por despido adoña María de los Reyes Adorna Rodríguez, la suma de6.664,68 euros en concepto de indemnización por despido y de7.698,96 euros en concepto de salarios.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, con laadvertencia que contra el mismo cabe recurso de reposición entres días.

Para la admisión del recurso de la empresa deberá previa-mente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abiertaen Banesto número 4071, utilizando para ello el modelo ofi-cial, debiendo indicar en el campo «Concepto» que se trata deun recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», deconformidad con lo establecido en la Disposición adicionalDecimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo con-currencia de los supuestos de exclusión previstos en la mismay quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídicagratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habráde hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274,debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número... indique número de Juzgado .... de .... indique ciudad..., y en«Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuentaque componen la cuenta-expediente judicial, indicando des-pués de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código«30» y «Social-Reposición».

Una vez firme la presente resolución, procédase al archivode las actuaciones.

Así lo acuerda, manda y firma la Ilma. Sra. doña AdelaidaMaroto Márquez, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Socialnúmero once de Sevilla.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, ServiciosSuncoffee, S.L., y Servicios Hosteleros Tierra de Alfareros,S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presentepara su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia,con la advertencia de que las siguientes notificaciones se haránen estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sen-tencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 27 de enero de 2012.—La Secrearia Judicial,Concepción Díaz de Noriega Selles.

40-1699

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HUELVA.—JUZGADO NÚM. 3

Doña María del Carmen Bellón Zurita, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número tres de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 255/2011, a instancia de la parte actora donBartolomé Rodríguez González, contra Grupo ChavalierDimarco, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dic-tado resolución de fecha 28 de julio de 2011, del tenor literalsiguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Embargar los siguientes bienes como de propie-dad del ejecutado, Grupo Chavalier Dimarco, S.L., para cubrirla suma de 13.140,71 euros de principal, intereses ordinarios ymoratorios vencidos, más otros 2.600 euros en concepto deintereses, gastos y costas.

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12 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

— Los saldos en cuentas corrientes, a plazo de crédito,libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valoresen general o cualquiera otros productos bancarios, incluidaslas amortizaciones de préstamos, que la ejecutada Grupo Cha-valier Dimarco, S.L., pueda encontrar con las entidades banca-rias Cajasol, Caja Rural del Sur, Banco Santander, BancoEspañol de Crédido, cubrir la suma de 13.140,71 euros deprincipal, intereses ordinarios y moratorios vencidos más otros2.600 euros en concepto de intereses, gastos y costas.

— Sobre el derecho de crédito por facturas pendientes deabonar, que ostenta a la ejecutada, Grupo Chavalier Dimarco,S.L., frente a las Entidades Mercantiles Empresa ConstructoraEjuca, S.A., Profasan, S.A., Isolux Ingeniería, S.A., hastacubrir la suma de 13.140,71 euros de principal más 2.600euros en concepto de intereses, gastos y costas.

A tal efecto líbrese oficio a dichas entidades, debiendoproceder a dicha retención y puesta a disposición transfiriendodicho importe a la cuenta número 1932 0000 64 0255 11 deBanesto, oficina principal en Calle Marina, número 2 deHuelva, aun cuando en el momento de recibir dicho oficio noexistiese cantidad alguna disponible, si con posterioridad aello existiesen saldos o productos banciarios realizables, en elcaso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos,pensiones, jornales o retribuciones, se les aplicará los límitesprevistos en el artículo 607 de la Ley de EnjuiciamientoCivil.—La Secretario Judicial»

Y para que sirva de notificación al demandado, GrupoChavalier Dimarco, S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de Sevilla, con la advertencia de que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo las que deban reves-tir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva a 19 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,María del Carmen Bellón Zurita.

40-1138

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HUELVA.—JUZGADO NÚM. 3

Doña María del Carmen Bellón Zurita, Secretaria Judicialdel Juzgado de lo Social número tres de Huelva.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 255/2011, a instancia de la parte actora donBartolomé Rodríguez González, contra Grupo ChavalierDimarco, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dic-tado resolución de fecha 28 de diciembre de 2011, del tenorliteral siguiente:

«Auto: En Huelva a 28 de diciembre de 2011.

Dada cuenta y;

Hechos:

Primero.—En los autos de referencia, seguidos a instanciade don Bartolomé Rodríguez González, contra Grupo Chava-lier Dimarco, S.L., se dictó resolución judicial en fecha 14 deabril de 2011, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por donBartolomé Rodríguez González, contra Grupo ChavalierDimarco, S.L., declaro improcedente el despido del actorhabido el día 23 de noviembre de 2010, condenando a lademandada a que, a su elección, readmita al trabajador en supuesto de trabajo en las mismas condiciones que antes del des-pido, o lo indemnice con la suma de ciento setenta y cincoeuros con noventa y cinco céntimos (175,95 euros); y, en todocaso, al abono de los salarios dejados de percibir desde lafecha del despido hasta la notificación de la sentencia, a razónde cuarenta y seis euros con noventa y dos céntimos diarios(46,92 euros/día), si bien los correspondientes a los días 26, 29y 30 de noviembre, y los que se devenguen a partir del 7 dediciembre de 2010 ascenderán, mientras el trabajador hayacontinuado en alta con la mercantil «Atlas Servicios Empresa-riales, S.A.» a veintidós euros con sesenta y tres céntimos dia-rios (22,63 euros/día) hasta el 31 de diciembre de 2010, y a

veintidós euros con treinta y dos céntimos diarios (22,32euros/día), desde el 1 de enero de 2011.

Se advierte a la condenada que la opción entre la readmi-sión o la indemnización, deberá ejercitarla dentro de los cincodías siguientes a su notificación, y que de no verificarlo endicho plazo, se entenderá que optan por la readmisión.

No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo deGarantía Salarial, a salvo lo dispuesto en el artículo 33 delTRET.

Notifíquese esta sentencia a las partes y se les advierteque contra ella cabe recurso de suplicación ante la Sala de loSocial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anun-ciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notifi-cación, por escrito o comparecencia, o mediante simple mani-festación al notificarle la presente, ante este Juzgado de loSocial.

También se advierte a la empresa condenada que, si recu-rre, deberá acreditar al anunciar el recurso, el ingreso delimporte de su condena en la cuenta de Depósitos y Consigna-ciones número 1932000065010011, abierta a nombre de esteJuzgado en Banesto, mediante la presentación en la Secretaríadel oportuno resguardo, pudiendo sustituirse dicha consigna-ción, por el aseguramiento mediante aval bancario, en el quedeberá hacerse consta la responsabilidad solidaria del avalista,en cuyo caso deberá aportar el documento de aseguramiento.Y al interponer el recurso, demostrará el ingreso de 150,25euros en dicha cuenta, mediante entrega del resguardo acredi-tativo en la Secretaría de este Juzgado de lo Social.

Así por ésta mi sentencia, definitivamente juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.»

Segundo.—Con fecha 27 de julio de 2011, se presentóescrito por la parte actora en el que se solicitaba que, previacelebración de comparecencia, se dictase auto declarandoextinción de la relación laboral que unía a las partes.

Tercero. Que con fecha 19 de octubre de 2011, se dictóauto extinguiéndose la relación laboral entre las partes, fiján-dose las indemnizaciones que constan en el mismo.

Cuarto.—Que con fecha 28 de diciembre de 2011, se pre-sentó escrito por la representación del actor instando la ejecu-ción del anterior auto.

Sexto.—Se han observado las prescripciones legales.

Razonamientos jurídicos:

Primero.—Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional,juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de proce-sos, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunalesdeterminados por las Leyes, según las normas de competenciay procedimiento que las mismas establezcan, de conformidadcon lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Espa-ñola y artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segundo.—Que de conformidad con lo dispuesto en losartículos 235 de la LPL, 549 y concordantes de la Ley deEnjuiciamiento Civil, siempre que sea firme una sentencia seprocederá a su ejecución, transcurrido el plazo de espera delart. 548 de la LEC, únicamente a instancia de parte por elMagistrado que hubiere conocido del asunto en primera ins-tancia y, una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sustrámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesariosen virtud del art. 237 de la LOPJ, asimismo lo acordado enconciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conci-liación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes,sin necesidad de ratificación ante el Juzgado de lo Social; ten-drá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juz-gado (art. 84.4 de la LPL).

Tercero.—Si la sentencia condenare al pago de cantidaddeterminada y líquida, se procederá siempre, y sin necesidadde previo requerimiento personal al condenado, al embargo desus bienes en la forma y por el orden prevenido en el art. 592de la LEC, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 584 delmismo cuerpo legal, asimismo el ejecutado está obligado a

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 13

efectuar, a requerimiento del órgano judicial, manifestaciónsobre sus bienes o derechos, con la precisión necesaria paragarantizar sus responsabilidades, indicando a su vez las perso-nas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre susbienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremosde éste que puedan interesar a la ejecución, todo ello de con-formidad con el artículo 247.1 de la LPL.

Cuarto.—De conformidad con los artículos 583 y 585 de laLEC, el ejecutado podrá evitar el embargo pagando o consig-nando la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución.

Parte dispositiva:

S.Sª Ilma. dijo: Procédase al despacho de la ejecución con-tra Grupo Chavalier Dimarco, S.L., sin previo requerimientode pago, al embargo de bienes, derechos y acciones de la pro-piedad de la demandada, en cantidad suficiente a cubrir lasuma de 13.140,71 euros en concepto de principal, más la de2.600 euros calculadas para intereses, costas y gastos, debién-dose guardar en la diligencia, el orden establecido en la Ley deEnjuiciamiento Civil, advirtiéndose al ejecutado, administra-dor, representante, encargado o tercero, en cuyo poder seencuentren los bienes, de las obligaciones y responsabilidadesderivadas del depósito que le incumbirán hasta que se nombredepositario.

— Líbrese ofico a la Delegación de Hacienda de Huelva,para que proceda a la retención de devoluciones que por IVA,Renta u otros conceptos, puedan corresponder al ejecutado.

— Líbrese oficio al Registro Central de Madrid, Serviciode índices, al objeto de que informen sobre bienes inmueblespropiedad del ejecutado.

Teniendo en cuenta el importe del principal adeudado,requiérase al ejecutante para que en el plazo de diez díasseñale bienes, derechos o acciones propiedad de la parte ejecu-tada que puedan ser objeto de embargo.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndolessaber que contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjui-cio del derecho del ejecutado a oponerse a lo resuelto en laforma y plazo a que se refiere el fundamento cuarto de estaresolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.doña María Auxiliadora Salvago Sanz, Magistrada-Juez delJuzgado de lo Social número tres de Huelva. Doy fe.—LaMagistrada-Juez.—La Secretaria».

Y para que sirva de notificación al demandado, GrupoChavalier Dimarco, S.L., actualmente en paradero descono-cido, expido el presente para su publicación en el «BoletínOficial» de Sevilla, con la advertencia de que las siguientesnotificaciones se harán en estrados, salvo las que deban reves-tir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Huelva a 28 de diciembre de 2011.—La SecretariaJudicial, María del Carmen Bellón Zurita.

40-1152

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JAÉN.—JUZGADO NÚM. 2

Doña Violeta Jurado Aranda, Secretaria Judicial del Juz-gado de lo Social número dos de Jaén.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgadobajo el número 285/2011, a instancia de la parte actora donJosé Manuel Sola Villar, contra Banzagrat Habitat, S.L., sobreSocial Ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 3 de octubrede 2011, cuyo fallo tiene el tenor literal siguiente:

«Estimando la demanda promovida por don José ManuelSola Villar contra la empresa Banzabra Hábitat, S.L., debocondenar a la citada empresa a que abone al actor 5.063,89euros, más el diez por ciento de interés de mora.

Publíquese esta sentencia y notifíquese a las partes, con laadvertencia de que contra la misma cabe interponer recurso desuplicación ante este Juzgado, en plazo de cinco días a contara partir del siguiente a la notificación de la presente, para ante

la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Anda-lucía, con sede en Granada, haciendo saber a la parte conde-nada que, caso de recurrir, habrá de consignar en la cuentacorriente que este Juzgado tiene abierta en el Banesto de estacapital, el importe total de la condena, cc 2046 0000 65 028511, y la suma de 150 euros como depósito especial para recu-rrir, cc 2046 0000 67 0285 11.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lapronuncio, mando y firmo.»

Y para que sirva de notificación al demandado, BanzagratHabitat, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido elpresente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla, con la advertencia de que las siguientes noti-ficaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir laforma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Jaén a 25 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial,Violeta Jurado Aranda.

40-1324

———

MADRID.—JUZGADO NÚM. 36

Don Manuel López Jara, Secretario Judicial del Juzgadode lo Social número treinta y seis de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento ejecución 266/2011,de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de don JoséLuis Sierra Losada, contra la empresa Foproin Inversiones,S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución,cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

«Dispongo:

En atención a lo expuesto, se acuerda:

a) Declarar al ejecutado Foproin Inversiones, S.L., ensituación de insolvencia total por importe de 58.784,16 euros,insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provi-sional.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el Librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

De conformidad con el art. 276-5 de la Ley de la Jurisdic-ción Social, remítase testimonio de esta resolución al «BoletínOficial» del registro Mercantil a efectos de publicación de suparte dispositiva.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondode Garantía Salarial advirtiéndose que contra la misma cabeinterponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro delplazo de tres días hábiles a contar desde su notificación. Y unavez firme, hágase entrega de certificación a la parte ejecutantepara que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Se hace saber que para la interposición de recurso de repo-sición contra la presente resolución, será precisa la consigna-ción de la Cuenta de Consignaciones y Depósitos de este Juz-gado en el Banco Banesto, sucursal 1143, cuenta número lacantidad de veinticinco euros (25 euros), y ello de conformi-dad con la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, complementariade la Ley de Reforma de la legislación procesal para laimplantación de la nueva oficina judicial, por la que se modi-fica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial.

Se hace constar que con la presentación del escrito deinterposición del recurso deberá acompañarse resguardo ban-cario acreditativo de la consignación y, en su defecto, no seadmitirá a trámite.

Sólo estarán exentos del pago de depósito necesario parala interposición de recursos, aquellas personas que se leshubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita(art. 6 párrafo 5 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asisten-cia jurídica gratuita).—El Secretario Judicial.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a FoproinInversiones, S.L., en ignorado paradero, expido la presentepara su inserción en el «Boletín Oficial» de la provincia.

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14 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas ala mencionada parte se harán fijando copia de la resolución enel tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistanforma de auto, sentencia o se trate de emplazamiento.

En Madrid a 30 de enero de 2012.—El Secretario Judicial,Manuel López Jara.

40-1542———

Juzgados de Primera Instancia

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 9 En el presente procedimiento ordinario 1929/2010,

seguido a instancia de Metropol, S.C., frente a Fundación ClubLos Leones, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es elsiguiente: Sentencia número 21/12. Juez que la dicta: Ilmo señor don Manuel Julio HermosillaSierra. Lugar: Sevilla. Fecha: 20 de enero de 2012. Parte demandante: Metropol, S.C. Abogado: Don Alfonso Fernández Machuca. Procuradora: Doña María Quecedo Luque. Parte demandada: Fundación Club Los Leones. Objeto del juicio: Resolución de contrato. Fallo. Que estimando sustancialmente la demanda interpuestapor la Procuradora señora doña María Quecedo Luque, ennombre y representación de Metropol, S.C., contra FundaciónClub Los Leones, declaro resuelto el contrato de Patrocinio yParticipación suscrito por las partes en litigio en fecha 16 deoctubre de 2006, unido como documento núm. 1 del escrito dedemanda, con condena a la demandada de restituir a la actoralas sumas percibidas como precio pactado, por un total de83.161'46 euros, devengando la expresada suma el interéslegal desde la fecha del emplazamiento, y siendo abonadas lascostas procesales causadas, por la parte demandada. Contra esta resolución cabe Recurso de Apelación ante laAudiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 L.E.C.). Elrecurso se preparará por medio de escrito presentado en esteJuzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde eldía siguiente de la notificación, limitado a citar la resoluciónapelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresiónde los pronunciamientos que impugna. Para la admisión a trámite del recurso previamente deberáefectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros,debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banestonúm. 40530000 04192910, indicando en las observaciones deldocumento de ingreso que se trata de un recurso de apelaciónseguido del código '02', de conformidad en lo establecido en laDisposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 delPoder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclu-sión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comu-nidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autóno-mos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistenciajurídica gratuita. Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Y encontrándose dicho demandado, Fundación Club LosLeones, en paradero desconocido, se expide el presente a finque sirva de notificación en forma al mismo. En Sevilla a 20 de enero de 2012.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible.) 258-2300-P

———CAZALLA DE LA SIERRA.—JUZGADO ÚNICO

En virtud de lo acordado por el Sr. Juez de Primera Instan-cia de Cazalla de la Sierra en resolución de fecha 21 de juliode 2011, dictada en el Expediente de Dominio núm. 512/10,

seguido ante este Juzgado a instancia de doña Matilde de laTorre Martínez, don Andrés de la Torre Martínez, don Salva-dor de la Torre Martínez, doña Manuela Arteaga Martínez,doña Mercedes Arteaga Martínez, doña Antonia Arteaga Mar-tínez y doña Luisa Reyes Jiménez para la rectificación de lacabida de las siguientes fincas:

Rústica: Finca registral n.° 6824 de Constantina. Corral alsitio llamado «Cerro de los Frailes» en el término de Constan-tina con una cabida de treinta y siete áreas y setenta y dos cen-tiáreas, que linda al norte, este y oeste, separado por una paredde piedra, con el cerro llamado de «Los Reyes» que es terrenocomunal del Ayuntamiento de Constantina (Polígono 34, par-cela 9014) y por el sur con corral de finca urbana de estamisma testamentaria que después se describe, separada poruna vereda de 1,25 mts. de ancho que es parte del citadocorral. Es la parcela n.° 159 del polígono n.° 34.

Urbana: Finca n.° 6820. Casa sita en Constantina (Sevilla),calle Lorenzo Irisarri n.° 44. Con una superficie de suelo de352 metros cuadrados, de los que están construidos 178metros. Consta de varias habitaciones en planta baja con unasuperficie de 51 metros cuadrados; comedor, dos dormitorios,cocina y baño en planta alta con una superficie de 72 metroscuadrados; almacén de 55 metros cuadrados en la mismaplanta alta a la altura del patio y el resto, con una superficie de174 metros cuadrados, está destinado a patio y corral.

Por el presente se cita a los posibles herederos del transmi-tente don Andrés Reyes Jiménez y del colindante don Victo-riano Amaya Ávila, así como a cuantas personas ignoradaspueda afectar este expediente y perjudicar la inscripción quese solicita, a fin de que en término de diez días, a partir de lapublicación de este edicto, puedan comparecer en dicho expe-diente para alegar cuanto a su derecho convenga, en orden a lapretensión formulada.

Conforme a lo dispuesto en el art. 201, regla tercera, de laLey Hipotecaria, y en cumplimiento de lo ordenado en dicharesolución, se hace público a los oportunos efectos.

En Cazalla de la Sierra a 16 de diciembre de 2011.—LaSecretaria, Isabel Esteban Uceda.

4W-52-P———

ESTEPA.—JUZGADO NÚM. 1 Doña María Molina García, Secretaria del Juzgado de Pri-

mera Instancia número uno de esta ciudad. Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimientoexpediente dominio para la reanudación tracto sucesivo yexceso de cabida con el número 640/2011, a instancia de Alca-bala Servicios Inmobiliarios, S.L. de la siguiente finca: Urbana: Corralón cercado con fachada a calle Cuartelnúm. 32 de gobierno, de la villa de Herrera, que mide 659metros cuadrados y linda: al frente, al norte, con la calle Cuar-tel y con los inmuebles de don José Benjumea Arteaga, doñaIsabel Suárez Rojas, don Gregorio Granado Muñoz, don Ceci-lio Álvarez Suárez, doña Rosalía Bernet Álvarez y don Fran-cisco Cejudo Suárez; al fondo, al sur, con resto de la fincamatriz, Sociedad Alcabala, don José Mª. Cabañas Reyes, donAntonio Haro García, don Pablo y don Antonio Suárez Reyes,don Alejandro Ríos Suárez y doña Felisa Sánchez López;derecha entrando, al oeste, con don Marcos Jurado Jurado ydoña Isabel Suárez Rojas, y resto de la finca matriz, eizquierda entrando, al este, con Sociedad Alcabala, don JoséReyes Vergel y Ayuntamiento de Herrera. Por el presente y en virtud de lo acordado en providenciade esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente alegando lo que a suderecho convenga. En Estepa a 6 de febrero de 2012.—La Secretaria, MaríaMolina García.

258-2166-P

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 15

AYUNTAMIENTOS———

SEVILLA

El Director General de Recursos Humanos, por resoluciónde fecha 23 de febrero de 2012, ha dispuesto lo que sigue:

«Publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidosa las pruebas selectivas convocadas para proveer 55 plazas deBombero de este Excelentísimo Ayuntamiento, así como lacomposición del Tribunal Calificador, en el «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla número 13 de fecha 18 de enero de2012, y visto el informe emitido por el Jefe de la Sección deSelección, en virtud de la competencia atribuida por delega-ción de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla, medianteacuerdos de 27 de junio y 8 de julio de 2011, Vengo en Adop-tar la siguiente resolución:

Primero.—Fijar como fechas del primer ejercicio (pruebasfísicas) de la presente convocatoria, las de los días que másadelante se indican, para los grupos que se mencionan, y enlos horarios que igualmente se determinan, advirtiéndose queel Tribunal Calificador de estas pruebas, en sesión del día 16de febrero del presente año, decidió que las pruebas físicas delprimer ejercicio de la presente convocatoria, las cuales sonobligatorias y cada una de ellas eliminatorias para poder pasara realizar la siguiente, se efectuaran en el orden siguiente y dela forma que se indica:

En horario de mañana las tres primeras que se especifican:

Primera: Velocidad (50 metros).Segunda: Potencia del tren inferior (Salto de longitud).Tercera: Potencia del tren superior (Flexiones en barra).

En horario de tarde las tres segundas que se especifican:

Cuarta: Trepa de cuerda.Quinta: Arrastre de víctima.Sexta: Resistencia (1.500 metros).

Última prueba: Natación.

Para la realización del primer ejercicio de la presente con-vocatoria, los opositores deberán entregar al Tribunal Califica-dor certificado médico oficial en el que haga constar que elaspirante reúne las condiciones físicas precisas para sometersea las pruebas deportivas, el cual solamente será válido si nohan transcurrido tres meses desde la fecha de expedición que-dando dicho certificado en poder del Tribunal.

Las referidas pruebas físicas, se efectuarán en el ComplejoDeportivo San Pablo, sito en Avenida Kansas City s/n. de estaciudad por los grupos de aspirantes que a continuación se indi-can, en los días y horarios que para cada uno de ellos se deter-mina:

Grupo 1: Desde Jaén Becerra, Marco Antonio hasta Man-rique Zamora, Alejandro (ambos inclusive). Realizarán las tresprimeras pruebas el día 21 de mayo de 2012, a las 8.30 horas,y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día22 de mayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán eldía 17 de junio de 2012, a las 8.00 horas de la mañana en lapiscina del citado Centro Deportivo, debiendo para dichaprueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 2: Desde Mansilla Cortés, Diego hasta MoldesGarcía, Ángel (ambos inclusive). Realizarán las tres primeraspruebas el día 22 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, y las tressegundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 23 demayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 17de junio de 2012, a las 8.00 horas de la mañana en la piscinadel citado Centro Deportivo, debiendo para dicha prueba irprovistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 3: Desde Molero del Valle, Cristian hasta OrtegaRecio, Juan Manuel (ambos inclusive). Realizarán las tres pri-meras pruebas el día 23 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, ylas tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 24de mayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día17 de junio de 2012, a las 11.00 horas de la mañana en la pis-

cina del citado Centro Deportivo, debiendo para dicha pruebair provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 4: Desde Ortega Sánchez, Pedro hasta RabadánIllescas, Óscar (ambos inclusive). Realizarán las tres primeraspruebas el día 24 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, y las tressegundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 25 demayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 17de junio de 2012, a las 11.00 horas de la mañana en la piscinadel citado Centro Deportivo, debiendo para dicha prueba irprovistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 5: Desde Raggio Pérez, Óscar hasta Romero Mén-dez, Rubén (ambos inclusive). Realizarán las tres primeraspruebas el día 28 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, y las tressegundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 29 demayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 17de junio de 2012, a las 11.00 horas de la mañana en la piscinadel citado Centro Deportivo, debiendo para dicha prueba irprovistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 6: Desde Romero Muñoz, Antonio hasta SeguraRodríguez, Antonio Jesús (ambos inclusive). Realizarán lastres primeras pruebas el día 29 de mayo de 2012, a las 8.30horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horasdel día 31 de mayo de 2012. La prueba de natación la efectua-rán el día 17 de junio de 2012, a las 16.30 horas de la tarde enla piscina del citado Centro Deportivo, debiendo para dichaprueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 7: Desde Seijas Fernández, Joaquín hasta VillarejoOrden, Alfonso (ambos inclusive). Realizarán las tres primeraspruebas el día 31 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, y las tressegundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 1 de juniode 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 17 de juniode 2012, a las 16.30 horas de la tarde en la piscina del citadoCentro Deportivo, debiendo para dicha prueba ir provistos dezapatillas y gorro de baño.

Grupo 8: Desde Villegas Burguera, Emilio hasta AzpeitiaSantander, Jesús (ambos inclusive). Realizarán las tres prime-ras pruebas el día 4 de junio de 2012, a las 8.30 horas, y lastres segundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 5 dejunio de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 24 dejunio de 2012, a las 8.00 horas de la mañana en la piscina delcitado Centro Deportivo, debiendo para dicha prueba ir provis-tos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 9: Desde Azuaga Peña, Bonifacio hasta CanoCrespo, Javier (ambos inclusive). Realizarán las tres primeraspruebas el día 5 de junio de 2012, a las 8.30 horas, y las tressegundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 6 de juniode 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 24 de juniode 2012, a las 8.00 horas de la mañana en la piscina del citadoCentro Deportivo, debiendo para dicha prueba ir provistos dezapatillas y gorro de baño.

Grupo 10: Desde Cano Gómez, Ángel Alfonso hastaDevesa Marco, Andrés (ambos inclusive). Realizarán las tresprimeras pruebas el día 6 de junio de 2012, a las 8.30 horas, ylas tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día8 de junio de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día24 de junio de 2012, a las 11.00 horas de la mañana en la pis-cina del citado Centro Deportivo, debiendo para dicha pruebair provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 11: Desde Diago Hernández, Manuel Alejandrohasta Gálvez Muriano, José María (ambos inclusive). Realiza-rán las tres primeras pruebas el día 11 de junio de 2012, a las8.30 horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30horas del día 12 de junio de 2012. La prueba de natación laefectuarán el día 24 de junio de 2012, a las 11.00 horas de lamañana en la piscina del citado Centro Deportivo, debiendopara dicha prueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 12: Desde Gálvez Pacheco, Manuel Alejandrohasta González Romero, Iván (ambos inclusive). Realizaránlas tres primeras pruebas el día 12 de junio de 2012, a las 8.30horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horasdel día 13 de junio de 2012. La prueba de natación la efectua-

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16 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

rán el día 24 de junio de 2012, a las 16.30 horas de la tarde enla piscina del citado Centro Deportivo, debiendo para dichaprueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 13: Desde González Romero, Ricardo hastaIzquierdo Cervera, Francisco Manuel (ambos inclusive). Rea-lizarán las tres primeras pruebas el día 13 de junio de 2012, alas 8.30 horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30horas del día 14 de junio de 2012. La prueba de natación laefectuarán el día 24 de junio de 2012, a las 16.30 horas de latarde en la piscina del citado Centro Deportivo, debiendo paradicha prueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Todos los aspirantes deberán comparecer a las referidaspruebas físicas provistos del Documento Nacional de Identidad.

Segundo: Publicar la presente resolución en el «BoletínOficial» de la provincia de Sevilla».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla a 24 de febrero de 2012.—El Secretario General,Luis Enrique Flores Domínguez.

4W-2930

———

SEVILLA

El Director General de Recursos Humanos, por resoluciónde fecha 23 de febrero de 2012, ha dispuesto lo que sigue:

«Publicadas las listas definitivas de admitidos y excluidosa las pruebas selectivas convocadas para proveer 24 plazas deBombero-Conductor de este Excelentísimo Ayuntamiento, asícomo la composición del Tribunal Calificador, en el «BoletínOficial» de la provincia de Sevilla número 20, de fecha 26 deenero de 2012, y visto el informe emitido por el Jefe de la Sec-ción de Selección, en virtud de la competencia atribuida pordelegación de la Junta de Gobierno de la ciudad de Sevilla,mediante acuerdos de 27 de junio y 8 de julio de 2011, Vengoen Adoptar la siguiente resolución:

Primero.—Fijar como fechas del primer ejercicio (pruebasfísicas) de la presente convocatoria, las de los días que másadelante se indican, para los grupos que se mencionan, y enlos horarios que igualmente se determinan, advirtiéndose queel Tribunal Calificador de estas pruebas, en sesión del día 16de febrero del presente año, decidió que las pruebas físicas delprimer ejercicio de la presente convocatoria, las cuales sonobligatorias y cada una de ellas eliminatorias para poder pasara realizar la siguiente, se efectuaran en el orden siguiente y dela forma que se indica:

En horario de mañana las tres primeras que se especifican:

Primera: Velocidad (50 metros).Segunda: Potencia del tren inferior (Salto de longitud).Tercera: Potencia del tren superior (Flexiones en barra).

En horario de tarde las tres segundas que se especifican:

Cuarta: Trepa de cuerda.Quinta: Arrastre de víctima.Sexta: Resistencia (1.500 metros).

Última prueba: Natación.

Para la realización del primer ejercicio de la presente con-vocatoria, los opositores deberán entregar al Tribunal Califica-dor certificado médico oficial en el que haga constar que elaspirante reúne las condiciones físicas precisas para sometersea las pruebas deportivas, el cual solamente será válido si nohan transcurrido tres meses desde la fecha de expedición que-dando dicho certificado en poder del Tribunal.

Las referidas pruebas físicas, se efectuarán en el ComplejoDeportivo San Pablo, sito en Avenida Kansas City s/n. de estaciudad por los grupos de aspirantes que a continuación se indi-can, en los días y horarios que para cada uno de ellos se deter-mina:

Grupo 1: Desde Jaén Becerra, Marco Antonio hasta Mon-tesinos Utrera, Alejandro (ambos inclusive). Realizarán lastres primeras pruebas el día 7 de mayo de 2012, a las 8.30

horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horasdel día 8 de mayo de 2012. La prueba de natación la efectua-rán el día 20 de mayo de 2012, a las 8.00 horas de la mañanaen la piscina del citado Centro Deportivo debiendo para dichaprueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 2: Desde Montiel Murcia, Francisco Javier hastaReinoso Pizarro, Miguel Ángel (ambos inclusive). Realizaránlas tres primeras pruebas el día 8 de mayo de 2012, a las 8.30horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horasdel día 9 de mayo de 2012. La prueba de natación la efectua-rán el día 20 de mayo de 2012, a las 8.00 horas de la mañanaen la piscina del citado Centro Deportivo debiendo para dichaprueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 3: Desde Renilla Gallardo, Sergio hasta TorresSantos, Tomás (ambos inclusive). Realizarán las tres primeraspruebas el día 9 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, y las tressegundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 10 demayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 20de mayo de 2012, a las 11.00 horas de la mañana en la piscinadel citado Centro Deportivo debiendo para dicha prueba irprovistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 4: Desde Travieso Sosa, Felipe hasta Borrallo Her-nández, Manuel (ambos inclusive). Realizarán las tres prime-ras pruebas el día 10 de mayo de 2012, a las 8.30 horas, y lastres segundas pruebas a partir de las 16.30 horas del día 11 demayo de 2012. La prueba de natación la efectuarán el día 20de mayo de 2012, a las 11.00 horas de la mañana en la piscinadel citado Centro Deportivo debiendo para dicha prueba irprovistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 5: Desde Borrego González, Roberto hasta Fer-nández Molina, Juan Francisco (ambos inclusive). Realizaránlas tres primeras pruebas el día 14 de mayo de 2012, a las 8.30horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30 horasdel día 15 de mayo de 2012. La prueba de natación la efectua-rán el día 20 de mayo de 2012, a las 16.30 horas de la tarde enla piscina del citado Centro Deportivo, debiendo para dichaprueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Grupo 6: Desde Fernández Nieto, Luis Fidel hastaIzquierdo Cervera, Francisco Manuel (ambos inclusive). Rea-lizarán las tres primeras pruebas el día 15 de mayo de 2012, alas 8.30 horas, y las tres segundas pruebas a partir de las 16.30horas del día 16 de mayo de 2012. La prueba de natación laefectuarán el día 20 de mayo de 2012, a las 16.30 horas de latarde en la piscina del citado Centro Deportivo, debiendo paradicha prueba ir provistos de zapatillas y gorro de baño.

Todos los aspirantes deberán comparecer a las referidaspruebas físicas provistos del Documento Nacional de Iden -tidad.

Segundo.—Publicar la presente resolución en el «BoletínOficial» de la provincia de Sevilla».

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla a 24 de febrero de 2012.—El Secretario General,Luis Enrique Flores Domínguez.

4W-2931

———

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de laGerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de estacapital.

Expte.: 13/11 O.S.; C/. Pacheco y Núñez del Prado, 22.En fecha 24 de marzo de 2011, se ha resuelto conceder trá-

mite de audiencia relativo a las obras ejecutadas subsidiaria-mente en la finca sita en la C/. Pacheco y Núñez del Prado n.º22, de esta capital, a doña Antonia Susana Anarte Vázquez,como propietario de la misma, así como restantes titulares delcitado inmueble, por un plazo de diez días, durante los cualespodrán examinar el expediente, alegar y presentar los docu-

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 17

mentos y justificaciones que estime pertinentes, y ello comotrámite previo al requerimiento del pago del coste de dichasobras ejecutadas subsidiariamente.

Todo lo anterior se publica para que sirva de notificación alos efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún, tras haber resultado fallidos los intentos de notificaciónpersonal al propietario o los propietarios de los inmuebles en losdomicilios conocidos por esta Administración Municipal.

Sevilla a 9 de febrero de 2012.—El Secretario de laGerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

6W-2081

———

SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de laGerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

Hace saber: Que intentada por dos ocasiones la notifica-ción a los interesados de deudas con la Gerencia de Urba-nismo de Sevilla, conforme el artículo 59 de la Ley de Régi-men Jurídico de las Administraciones Públicas y delProcedimiento Común, y no habiendo sido posible por causasno imputables a esta Gerencia, se publica para que sirva denotificación, a los efectos previstos en el apartado 5 del men-cionado artículo, las resoluciones que a continuación se rela-cionan aprobadas por la Comisión Ejecutiva de la Gerencia deUrbanismo.

Expte 37/11 G.I (Sesión de 5 de octubre de 2011).

«Por el Servicio de Alumbrado Público se informa que conmotivo de los trabajos realizados por INABENSA para laempresa TUSSAM, de remodelación y desplazamiento depuntos de luz en la Avda. de la Constitución esquina a PlazaSan Francisco, ha sido necesario trabajos de reparación depuntos de luz apagados (17-16-15-14-13) cuyo importe haascendido a 526,27 €.

La actuación expresada, que ha consistido en la realiza-ción de los calos necesarios, e instalación de línea 4x10 mm.2

hasta el punto n.º 17, es consecuencia de la obligación quepesa sobre la Administración Municipal de restaurar la reali-dad alterada por los particulares y proteger el dominio públicolocal, conforme a lo dispuesto en el Título I, Capítulo III, Sec-ción 3.ª del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales yen el artículo 24 del texto refundido de la Ley reguladora delas Haciendas Locales.

A fin de determinar al responsable se ha instruido el opor-tuno expediente por este Servicio, en el cual se ha dado vista aInabensa y TUSSAM.

Con el acto de trámite por el que se concedía audiencia alas partes interesadas, se ha dado traslado a las mismas delparte de inspección formulado en su día por el Servicio deAlumbrado Público, certificación formulada por la empresaconservadora por la cuantía de 526,27 € , junto con la relaciónvalorada en la que se describen unidades de obra y sus preciosunitarios, así como croquis de situación y documentación foto-gráfica. Durante dicho trámite de audiencia tanto la empresaInabensa como TUSSAM han presentado alegaciones:

-Inabensa- Por don Miguel Alegre Marrades, en nombre yrepresentación de Instalaciones Inabensa, S.A., se presentanalegaciones con fecha de entrada en correos de 14/05/2011,fundamentadas en:

· No existe prueba de vinculación entre tales daños y laempresa Inabensa, recayendo sobre la Administración Públicala carga de la prueba.

· No se tiene constancia de tales daños.

Al mismo tiempo, don Carlos Arizaga de Pablo- Blanco ennombre y representación de TUSSAM, presenta escrito confecha 29 de junio de 2011 donde realiza las siguientes alega-ciones:

· La actuación realizada por TUSSAM es muy anterior a lafecha de la avería, siendo esta cercana a actuaciones realizadaspor el Ayuntamiento en la zona.

Sobre este particular el Servicio de Alumbrado Públicoemite informe al respecto, con fecha 13 de septiembre de2011, cuyo tenor literal es el siguiente:

«Asunto: daños a la instalación de alumbrado público deplaza de San Francisco en la confluencia con la Avda. de laConstitución (C.E. 38N/10). Expte.: 37/11 G.I. Con motivo delas obras de cambio de sustentación de las catenarias delMetrocentro, promovidas por TUSSAM, el contratista laempresa Inabensa, instaló nueva farola, desmontando la anti-gua y modificando el circuito de alimentación eléctrica reali-zando derivación de los conductores con empalmes antirregla-mentarios en contacto con el terreno y faltos de aislamientocomo se aprecia en la prueba fotográfica.

La derivación realizada por defecto de aislamiento en losconductores, causó la avería en el circuito quedando apagadaslas farolas Fernandinas de la Plaza de San Francisco. Para res-tablecer el Servicio fue necesaria la reparación inmediata porel equipo de conservación, por motivos de seguridad.

Cuando se produjo esta avería la instalación modificadapor la obra no estaba recibida en inventario de alumbradopúblico, debido a los defectos en la ejecución del alumbrado yla instalación eléctrica se encontraba sin legalizar por la admi-nistración autonómica, siendo responsable el contratista delfuncionamiento de la instalación hasta su recepción. En lamayoría de las farolas renovadas y desplazadas por esta obra,la empresa Inabensa ha modificado los circuitos prolongandolas líneas de manera antirreglamentaria, de forma similar a laafección de la farola que nos ocupa, siendo motivo de averíasy apagones en la Avda. de la Constitución.

La citada empresa contratista ha reparado las líneas defec-tuosas en el resto de los casos, a su cargo, subcontratando lostrabajos a la empresa instaladora Imesapi, S.A., para que pue-dan ser recepcionadas las instalaciones de alumbrado reforma-das por las obras de cambio de catenarias del Metrocentro.»

Desde una perspectiva jurídica, han de añadirse lassiguientes consideraciones:- Es evidente que en el presentecaso la carga de la prueba pesa sobre quien afirma haber pade-cido el daño, la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento deSevilla.

A tal efecto, al expediente se ha incorporado un conjuntoprobatorio compuesto por fotografías, relación valorada de lostrabajos de reparación e informes técnicos, sin que la intere-sada, que se limita a negar sin más su responsabilidad adu-ciendo desconocer la existencia y circunstancias del siniestro,haya desplegado el menor esfuerzo por acceder a la vista deaquél en el trámite de audiencia. Tampoco despliega en elescrito recurso otra argumentación que la inexistencia de vin-culación de Inabensa con los mencionados daños.

Tal como declaró el Tribunal Supremo en sentencia de19/06/1997 (RJ 5361), recaída en un caso que guardaba sensi-ble semejanza con el presente, «frente a estas imputacionesconcretas y pormenorizadas la parte actora se ha limitado anegar genéricamente ser la autora de los daños, y a afirmarque la Administración no ha probado la relación de causalidadentre éstos y una posible conducta de la entidad demandante.Pero eso no es suficiente, porque lo que ésta no negó es que,en realidad, fue adjudicataria de las obras que la Administra-ción menciona, ni negó haber realizado éstas…»

Establece en este sentido el texto refundido de la Leyreguladora de las Haciendas Locales, en su artículo 24, que«cuando la utilización privativa o el aprovechamiento especiallleve aparejada la destrucción o deterioro del dominio público,el beneficiario estará obligado al reintegro del coste total delos respectivos gastos de reconstrucción o reparación y aldepósito previo del importe», lo que no implica que cuandodicho depósito no haya podido exigirse por la urgencia conque ha debido efectuarse la reparación, la Administraciónpública pierda la potestad de autotutela.

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18 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

Por su parte, conforme a lo dispuesto en el artículo 1902del Código Civil, «el que por acción u omisión causa daño aotro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a repararel daño causado».

Asimismo, según lo expuesto por el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo n.º 3 de Sevilla, en su sentencia de 31 demarzo de 2.004 (676/03-2B), «es inequívoco el sentido delartículo 3.3 del texto refundido de la Ley reguladora de lasHaciendas Locales: En ningún caso tendrán la consideraciónde ingresos de derecho privado los que procedan, por cual-quier concepto, de los bienes de dominio público».

Por acuerdo del Consejo de Gerencia, adoptado en sesióncelebrada el 5 de julio de 2011, se delegó en la Comisión Eje-cutiva la competencia en orden a la reclamación por daños enelementos o mobiliario urbano.

Por todo ello, el firmante viene en formular la siguiente:Propuesta.Primero.— Aprobar la liquidación por trabajos de repara-

ción de puntos de luz apagados (17-16-15-14-13) en la Plazade San Francisco en la confluencia con la Avda. de la Consti-tución, por importe de 526,27 €, resultante de la certificaciónde los trabajos de reparación efectuados por la empresa adjudi-cataria de la conservación de las instalaciones y relación valo-rada de los mismos, de los que se dio traslado a los interesadosdentro del trámite de audiencia.

Segundo.— Declarar a Instalaciones Inabensa, S.A., CIF:A41694266, responsable de dichos daños, y exigirle el reinte-gro de 526,27 €, a que asciende la liquidación de los gastos dereparación.

Tercero.— Conceder a Instalaciones Inabensa, S.A., CIF:A41694266, como plazo de ingreso el previsto en el artículo62.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciem-bre, que es el que sigue:

1.— Notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 decada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

2.— Notificaciones efectuadas entre los días 16 y últimode cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta elinmediato hábil siguiente.»

Conceder como plazo de ingreso el previsto en el artículo62.2 de la Ley General Tributaria 58/2003, de 17 de diciem-bre, que es el que sigue:

1.— Notificaciones efectuadas entre los días 1 y 15 decada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 delmes siguiente o el inmediato hábil posterior.

2.— Notificaciones efectuadas entre los días 16 y últimode cada mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta elinmediato hábil siguiente.

Si no hubiese satisfecho el importe en los plazos legal-mente señalados, se iniciará automáticamente el período eje-cutivo, que producirá el devengo de los siguientes recargosincompatibles entre sí:

1.— Recargo ejecutivo del 5%, que se aplicará cuando sesatisfaga la totalidad de la deuda no ingresada en períodovoluntario antes de la notificación de la providencia de apre-mio. Cuando resulte exigible este recargo, no se exigirán inte-reses de demora.

2.— Recargo de apremio reducido del 10%, que será apli-cado cuando se satisfaga la totalidad de la deuda no ingresadaen período voluntario y el propio recargo antes de la finaliza-ción del plazo de ingreso previsto en el artículo 62.5 de la LeyGeneral Tributaria para las deudas apremiadas. Cuando resulteexigible este recargo, no se exigirán intereses de demora.

3.— Recargo de apremio ordinario del 20%, que será apli-cable cuando no concurran las circunstancias referidas en lospuntos 1 y 2 anteriores. Este último recargo es compatible conel devengo de intereses de demora a partir de la finalizacióndel plazo voluntario de ingreso.

Lugar de pago:

Conforme a lo preceptuado en el artículo 41 de la Orde-nanza Fiscal General, el pago de la deuda podrá realizarsemediante documento cobratorio que se adjunta, en cualquierade las oficinas de las entidades colaboradoras de Cajasol yBanco Bilbao Vizcaya-Argentaria.

Podrá obtener información sobre los pagos en el teléfono955.476.819.

Recursos:

Contra la transcrita resolución podrá interponer el recursode reposición previsto en el artículo 108 de la Ley 7/1985, de2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, ante elConsejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo, de confor-midad con lo preceptuado en el artículo 14.2 del texto refun-dido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobadapor Real Decreto Legislativo 2/2004, en el plazo de un mescontado desde la notificación de la presente.

Contra la resolución expresa del Consejo de Gobierno, queagota la vía administrativa, podrá plantear recurso conten-cioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Admi-nistrativo de Sevilla en plazo de dos meses.

Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición delrecurso de reposición sin que recaiga resolución, se podráentender desestimado y quedará expedita la vía contencioso-administrativa, en cuyo caso el plazo de interposición derecurso contencioso-administrativo será de seis meses, a con-tar desde el día siguiente a aquél en que se produzca el actopresunto, según dispone el artículo 46 de la Ley 29/1998, de13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,todo ello sin perjuicio de la obligación de resolver expresa-mente el recurso que pesa sobre la Administración municipal.

Los expedientes anunciados se encuentran a disposiciónde los interesados en la sede de esta Gerencia de Urbanismo,sita en Isla de la Cartuja, Avda. de Carlos III s/n., edificio n.º3, Servicio de Gestión Financiera y Tesorería.

Sevilla a 7 de febrero de 2012.—El Secretario de laGerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

6W-2082

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SEVILLA

Gerencia de Urbanismo

Don Luis Enrique Flores Domínguez, Secretario de laGerencia de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla.

Hace saber: Que intentada por dos ocasiones la notifica-ción al interesado de deuda con la Gerencia de Urbanismo deSevilla, conforme el artículo 59 de la Ley de Régimen Jurídicode las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común,y no habiendo sido posible por causas no imputables a estaGerencia, se publica para que sirva de notificación, a los efec-tos previstos en el apartado 5 del mencionado artículo, la reso-lución que a continuación se relaciona aprobada por el Sr.Tesorero de la Gerencia de Urbanismo, estimando la solicitudde suspensión del procedimiento recaudatorio.

Expte 235/09 REC (Resolución núm. 217 de fecha 7 denoviembre de 2011).

«Mediante resolución del señor Tesorero n.º 201 de 11 deoctubre de 2011, se acordó:

Primero: Anular a todos los efectos la resolución del señorTesorero n.º 112 de 13 de abril de 2010.

Segundo: Ejecutar la sentencia del Tribunal económico-administrativo de 18 de marzo de 2011, por la que desestimael recurso económico-administrativo interpuesto por Eotinor,S.L. contra resolución del señor Tesorero n.º 197 de 18 de sep-tiembre de 2009.

Tercero: Levantar la suspensión del procedimiento recau-datorio de la deuda liquidada a Eotinor, S.L., por importe de27.006,56 €, n.º 200601533378, como saldo resultante del pro-

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 19

yecto de reparcelación PERI-TO-1, y en concepto de propieta-rio de la parcela resultante 47-2 (finca registral n.º 20.804),junto con los intereses de demora generados por la suspensióndel procedimiento recaudatorio liquidados, mediante resolu-ción n.º 197 de 18 de septiembre de 2009, por importe de698,47 €.

Cuarto: Liquidar a Eotinor, S.L., los intereses de demorapor importe de 2.049,41 € generados por las anteriores deudasdurante el tiempo en que los procedimientos recaudatorios hanpermanecido suspendidos, en tanto se resolvía reclamacióneconómica-administrativa.

Quinto: Requerir a Eotinor, S.L., al pago de estas deudasconcediéndole como período voluntario de pago el establecidoen el artículo 62.2 de la Ley 58/2003.

Sexto: Una vez abonada la deuda total, devolver el avalbancario constituido en la Tesorería de la Gerencia de Urba-nismo de la entidad Banco Pastor n.º 210194 y por importe de33.758,20 €.

Séptimo: Apercibir al avalista que en caso de impago delavalado, se procederá a ejecutar el aval.

Octavo: Dar traslado del presente acuerdo a Eotinor, S.L.,al Banco Pastor, al Tribunal Económico-Administrativo y a laSección de Tesorería y Recaudación.».

Al mismo tiempo, el 18 de octubre de 2011, tiene entradaen este Servicio auto de suspensión enmarcado en el recursocontencioso-administrativo interpuesto por Eotinor, S.L., con-tra el acuerdo de 18 de marzo de 2011, del Tribunal Econó-mico Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla, que deses-tima el recurso interpuesto contra la resolución del Sr.Tesorero n.º 197 de 18 de septiembre de 2009, por la que seacuerda el levantamiento de la suspensión del procedimientorecaudatorio de la deuda liquidada a Eotinor, S.L., por importede 27.006,56 €, n.º 200601533378, como saldo resultante delproyecto de reparcelación PERI-TO-1, y en concepto de pro-pietario de la parcela resultante 47-2 (finca registral n.º20.804), liquidándole los intereses de demora generados por lasuspensión del procedimiento recaudatorio por importe de698,47 € y contra la resolución del señor Tesorero n.º 112 de13 de abril de 2010, por la que se acuerda ejecutar el aval ban-cario constituido para la suspensión del procedimiento recau-datorio, requiriendo al Banco Pastor al pago de las anterioresdeudas.

A la vista de los hechos expuestos, y en el ejercicio de lasfacultades conferidas en el artículo 5 del R.D. 1174/87, por elque se regula el Régimen jurídico de los Funcionarios deAdministración Local con habilitación de carácter nacional.

Vengo en disponer.— Primero: Anular la resolución del Sr.Tesorero n.º 201 de 11 de octubre de 2011, a excepción delapartado 1 por la que se anula a todos los efectos la resolucióndel Sr. Tesorero n.º 112 de 13 de abril de 2010, en la que seejecutaba aval bancario.

Segundo: Mantener la suspensión, dando cumplimiento alauto de suspensión acordado por el Juzgado de lo Conten-cioso-Administrativo n.º 4, del procedimiento recaudatorio dela deuda liquidada a Eotinor, S.L., por importe de 27.006,56 €,n.º 200601533378, como saldo resultante del proyecto dereparcelación PERI-TO-1, y en concepto de propietario de laparcela resultante 47-2 (finca registral n.º 20.804).

Tercero: Dar traslado del presente acuerdo a Eotinor, S.L.,y al Servicio de Asesoría Jurídica.

Recursos:

Contra la expresada liquidación, podrá interponer reclama-ción económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo del Ayuntamiento de Sevilla, en el plazo de unmes a partir del día siguiente a la recepción de la notificación.No obstante, y en idéntico plazo, podrá interponer, con carác-ter previo y potestativo, recurso de reposición ante el Sr. Teso-rero, y posteriormente, en su caso, reclamación económico-administrativa en el plazo de un mes contado a partir del díasiguiente a la notificación de la resolución expresa del recurso

de reposición o, en su defecto, desde el día siguiente a la fina-lización del plazo de un mes de que dispone la Administraciónpara resolver el recurso de reposición, en que se podrá consi-derar desestimado por silencio negativo a estos efectos.

Las Reclamaciones Económico-Administrativas y elRecurso de Reposición podrán presentarse en cualquiera de lasoficinas del registro del Ayuntamiento de Sevilla de Sevilla yen los lugares señalados al efecto en el artículo 38.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común. El Registro de la Gerencia de Urbanismo deSevilla, sito en Avda. Carlos III, Edificio 3, de la Isla de laCartuja, horario de 9.00 a 13.30 horas.

En cualquier caso es preceptiva la reclamación econó-mico-administrativa para agotar la vía administrativa y contrala resolución que ponga fin a la misma podrá interponerrecurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de loContencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dosmeses contados desde el día siguiente a la notificación de laresolución expresa del Órgano Económico-AdministrativoMunicipal o, en su defecto, en el plazo de seis meses desde eldía siguiente a la finalización del plazo de un año (si le corres-ponde el procedimiento ordinario) o de seis meses (si lecorresponde el procedimiento abreviado ante el órgano uniper-sonal designado) que tiene dicho órgano para resolver la recla-mación, en que se podrá considerar desestimada por silencionegativo a estos efectos.

Todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 14 deltexto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado porReal Derecho Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como enel Capítulo IV del Título V de la Ley 58/2003, de 17 dediciembre, General Tributaria y en el Reglamento General deDesarrollo de la Ley 58/2003, en Materia de Revisión en VíaAdministrativa, en relación al artículo 137 de la Ley 57/2003,de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización delGobierno Local así como al Reglamento del Órgano para laResolución de Reclamaciones Económico-Administrativas delAyuntamiento de Sevilla, aprobado por el Excmo. Ayunta-miento Pleno el 13 de julio de 2006; y por otra parte conformeal artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, de la Jurisdic-ción Contencioso-Administrativa).

Lo que comunico a usted para su conocimiento y efectosoportunos.

Sevilla a 7 de febrero de 2012.—El Secretario de laGerencia, Luis Enrique Flores Domínguez.

6W-2084———

AZNALCÁZAR

Por resolución de Alcaldía de fecha 20 de febrero de 2012,se adjudicó el contrato de escuela infantil en urbanización Co-rredor Verde, publicándose su formalización a los efectos delartículo 138 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratosdel Sector Público.

1. Entidad adjudicadora:

a) Organismo. Ayuntamiento de Aznalcázar.b) Dependencia que tramita el expediente. Secretaría.c) Número de expediente. PAN/6/2011.d) Dirección de Internet del perfil del contratante.

www.dipusevilla.es.

2. Objeto del contrato:

a) Tipo. Obra.b) Descripción. Escuela infantil en urbanización Corre-

dor Verde.c) CPV 45210000 – Trabajos de construcción de inmue-

blesd) Medio de publicación del anuncio de licitación. BOP

y Perfil del Contratante.e) Fecha de publicación del anuncio de licitación. 27 de

diciembre de 2011.

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20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación. Negociación con publicidad.b) Procedimiento. Urgente.

4. Valor estimado del contrato: 269.535,94 euros.

5. Presupuesto base de licitación. Importe neto:228.420,29 euros. Importe total: 269.535,94 euros.

6. Formalización del contrato:

a) Fecha de adjudicación. 30 de enero de 2012.b) Fecha de formalización del contrato. 20 de febrero de

2012.c) Contratista. Construcciones Jemacón, S.L.d) Importe de adjudicación. Importe neto: 214.700,00

euros. Importe total: 253.346,00 euros.

e) Ventajas de la oferta adjudicataria.

• 8 meses de ejecución.• 34 meses de garantía.• Contratación de 8 personas durante 8 meses com-

pletos, a personas inicialmente desempleadas conun mínimo de antigüedad de demandante de em-pleo de 2 meses.

• Instalación y suministro de solería de caucho de1,00 x 50 x 4, en patio de juegos con una valora-ción de 4.000,00 euros.

En Aznalcázar a 21 de febrero de 2012.—La Alcaldesa,Dolores Escalona Sánchez.

8W-2484

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LA CAMPANA

Don Antonio Díaz Badillo, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de La Campana, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de febrero de2012, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos número 01/2012, del Presupuesto en vigor en la moda-lidad de crédito extraordinario, financiado mediante anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones del Presupuesto vigente nocomprometidas, cuyas dotaciones se estiman reducibles sin perturbación del respectivo, con el siguiente resumen por capítulos:

Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación Presupuestaria Descripción Euros

341 489.07 Subv. Club Deportivo Promesas 2.000,00 €

Total gastos 2.000,00 €

Bajas o anulaciones en aplicaciones de gastos

Aplicación Presupuestaria Descripción Euros

341 226.99 Promoción del Deporte-Gastos Diversos 2.000,00 €

Total bajas por anulación 2.000,00 €

Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1, por remisión del artículo 177.2 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a exposición públicapor el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia de Sevilla, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

En La Campana a 29 de febrero de 2012.—El Alcalde, Antonio Díaz Badillo.

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Don Antonio Díaz Badillo, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que transcurrido el plazo de exposición pública para examinar y presentar reclamaciones a la aprobación inicial dela plantilla de personal del Excmo. Ayuntamiento de La Campana para el año 2012, acuerdo de aprobación adoptado por el Pleno de laCorporación Municipal en sesión extraordinaria celebrada el día 29 de diciembre de 2011, y habiéndose formulado una reclamación alprecitado acuerdo plenario, el Pleno de la Corporación, en sesión extraordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2012, ha procedido aresolver la reclamación presentada y a la aprobación definitiva de la plantilla de personal para el año 2012 en los siguientes términos:

PLANTILLA MUNICIPAL 2012

Funcionarios de carrera

Denominación Plaza Vacante Ext. Grupo 2ª Activ. Escala Subescala Clase

Secretario 1 1 0 A1 Hab. Estatal Secretaría EntradaInterventor 1 1 0 A1 Hab. Estatal Inter. Tesorería EntradaTécnico Sup. Interven. 1 1 0 A1 Admón. GeneralTesorero 1 1 0 C1 Admón. GeneralAdministrativo 4 0 0 C1 Admón. General AdministrativaAuxiliar Adm. 1 0 0 C2 Admón. General AuxiliarArquitecto 1 1 A1 Admón. Especial Técnica Técnico superiorArquitecto Técnico 1 1 A2 Admón. Especial Técnica Técnico medioPolicía Local 7 1 0 C1 2 Admón. Especial Serv. especiales Policía LocalElectricista 1 0 0 Agrup. Prof. Admón. Especial Serv. especiales Personal de oficiosJardinero 3 1 0 2 C2/ Admón. Especial Serv. especiales Personal de oficios

1Agrup. Prof.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 21

Personal laboral fijo

Denominación Plazas Vacante Situación laboral indefinida Ext. Jornada Titulación

Directora de Guardería 1 1 1 Completa Diplomatura MagisterioEducadora Guardería 3 3 3 Completa Diplomatura Magisterio o técnico superior o

especialista en jardín de infancia oeducación infantil

Cocinera Guardería 1 1 1 CompletaAuxiliar Adm. 1 0 Completa Graduado EscolarAuxiliar de ayuda a domicilio 3 3 3 Completa FP I o equivalenteLimpiadoras 4 2 1 CompletaSepulturero-Operario servicios generales 1 1 1 CompletaMantenimiento colegios 1 0 CompletaEncargado biblioteca 1 0 Completa Bachiller, FP II o equivalenteConserje Ayuntamiento 1 0 Completa Graduado escolarConserje Casa de la Cultura 1 1 Graduado escolarTrabajador Social 1 0 Completa Diplomado en SSEducador Social 1 1 1 Completa Diplomado en SSConductor vehículos municipales 1 0 Completa Graduado escolarOperario vías públicas 2 2 2 CompletaMantenimiento Informático 1 1 CompletaConductor Camión Basura 1 1 1 Completa

Personal laboral indefinido

Denominación Plazas Jornada

ALPE 1 Completa

Personal laboral temporal

Denominación Plazas Jornada

Piscina Taquillero 1 CompletaPiscina encargada vestuarios 1 CompletaPiscina, socorristas 5 CompletaMonitor deportivo 1 ParcialEncargado Pabellón Deportivo 1 ParcialLimpieza Vía Pública 1 CompletaCoordinador programa Ribete 1 ParcialMonitor ciudades contra la droga 1 ParcialMonitora ribete 1 ParcialAgente de Dinamización Juvenil 1 CompletaMonitor de cultura 1 CompletaLimpiadora 1 CompletaMonitor Escuela de verano 3 ParcialMonitor Guadalinfo 1 CompletaAuxiliar de Ayuda a Domicilio 24 CompletaOperario Punto Limpio 1 ParcialAuxiliar Mantenimiento Equipo Técnico 1 CompletaAuxiliar administrativo Centro Servicios Sociales 1 CompletaAuxiliar de Guardería 1 CompletaMonitor Educación 1 CompletaNotificador 1 ParcialOperario Recogedor Basura 2 Parcial

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición po-testativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Pleno de este Ayuntamientode La Campana, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidadcon el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recursode reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se hayaproducido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En La Campana a 1 de marzo de 2012.—El Alcalde, Antonio Díaz Badillo.

8D-3082

CARMONA

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 deenero de 2012, acordó admitir a trámite el Proyecto de Actua-ción de Interés Público en suelo no urbanizable cuyos datos serelacionan a continuación:

— Solicitante: Arcos Ambiental, S.L.U..— Ámbito: Polígono catastral 13, parcela 74.— Actividad: Planta de fabricación de compostaje a par-

tir de lodos de depuradoras y residuos orgánicos.

Durante un plazo de veinte días hábiles a contar desde el si-guiente a la publicación del presente anuncio, cualquier perso-

na física o jurídica que lo desee podrá examinar el expedientey formular las alegaciones que estime convenientes.

El expediente se encuentra expuesto al público de lunes aviernes, desde las 10.00 hasta las 13.00 horas, en las dependen-cias del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Carmona,calle El Salvador número 2.

Lo que se hace público para general conocimiento en cum-plimiento de lo previsto en el artículo 43.1.c) de la Ley 7/2002,de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

En Carmona a 20 de febrero de 2012.—El Alcalde, Juan M.Ávila Gutiérrez.

8W-2754-P

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22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

CARMONADe conformidad con lo dispuesto en los arts. 59.4 y 61 de

la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, se hacen públicas la resolución de la Alcaldía,por la que se resuelve el requerimiento del expediente admi-nistrativo sancionador por infracción de la Ley 7/99, de 29 deseptiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía,que se encuentra tramitándose por el Ayuntamiento de Car-mona, respecto al siguiente interesado:

1. Diego Benítez Bermúdez con DNI n.º 34.037.654-Tdomicilio en calle José Roldán Vergara, 33. El Viso del Alcor(Sevilla). Expte 3/11. Art. Infra. 72.1 B.E.L Andalucía. «dañoa mobiliario urbano con el vehículo matrícula SE-6828-CN enAvda. Ronda Norte de Carmona. Matrícula: SE-6828-CN.Fecha: 18 de junio de 2011. Importe: 191,49 euros.

Ya que habiéndose intentado la notificación en el últimodomicilio conocido, por dos ocasiones, a distinta hora, ésta nose ha podido practicar.

El correspondiente expediente obra en la Oficina de Mul-tas y Responsabilidad Patrimonial del Excelentísimo Ayunta-miento de Carmona, ante el cual le asiste el derecho a alegarpor escrito lo que en su defensa estime conveniente y a presen-tar los documentos e informaciones que estime pertinentes,dentro del plazo de quince días hábiles a contar desde el díasiguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia o presentar los recursos que estime conveniente para ladefensa de sus derechos.

Carmona a 22 de febrero de 2012.—El Alcalde, Juan M.Ávila Gutiérrez.

4W-2659

———

CASTILLEJA DE LA CUESTA Don Manuel Benítez Ortiz, Alcalde-Presidente del Ayunta-

miento de esta villa.Hace saber: Que contra el acuerdo plenario adoptado el día

30 de enero de 2012, por el que se aprobó inicialmente el expe-diente de concesión de créditos extraordinarios/suplemento decréditos núm. CESC-01/12, no se ha presentado reclamaciónalguna dentro del plazo de exposición pública, por lo que, atenor de lo dispuesto en los artículos 177.2 y 169.1 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que seaprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de lasHaciendas Locales y 20.1 del Real Decreto 500/1990, de 20 deabril, se considera dicho expediente definitivamente aprobado.

El resumen por capítulos del citado expediente es elsiguiente:

Cap. Denominación Importe

AltasA) Suplemento de créditos:

2 Gastos en bienes corrientes y servicios . 80.000,00 9 Pasivos Financieros . . . . . . . . . . . . . . . . 120.000,00 Total altas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000,00

Financiación

A) Bajas por anulación de partidas: 2 Gastos en bienes corrientes y servicios . 200.000,00 Total financiación . . . . . . . . . . . . . . . . . . 200.000,00

Contra la aprobación definitiva del expediente, podráinterponerse directamente recurso contencioso-administrativoen la forma y plazos que establecen las normas de dicha juris-dicción.

Lo que se hace saber para general conocimiento.En Castilleja de la Cuesta a 5 de marzo de 2012.—El

Alcalde-Presidente, Manuel Benítez Ortiz

4W-3101

CORIA DEL RíO

Don José Vicente Franco Palencia, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de esta villa.

Hace saber: De conformidad con el punto 4 de la Resolu-ción de 28 de abril de 2005, de la Presidenta del InstitutoNacional de Estadística y, del Director General de Coopera-ción Local por la que se dictan instrucciones técnicas a losAyuntamientos sobre el procedimiento para acordar la caduci-dad de las inscripciones padronales de los extranjeros nocomunitarios sin autorización de residencia permanente que nosean renovadas cada dos años.

Se comunica a las personas a continuación relacionadas,que en el plazo de diez días deberán, en el Negociado de Esta-dística de este Ayuntamiento, efectuar declaración de conti-nuar viviendo en España y su voluntad de renovar la inscrip-ción en el Padrón Municipal de Habitantes. De lo contrario sino comparecen se acordará la baja por caducidad en dichoPadrón.

Relación de bajas de oficio del Padrón municipal de habi-tantes correspondientes a bajas por caducidad de extranjerosdel año 2008 (bajas de inscripciones de más de 2 años).

Nombre Primer apellido Segundo apellido

CLAUDIA MORÓN PERALTALAIMEN GARRIDO AYALAJOSÉ LUIS BURGOS CAYURIRITA REBOLLO ALDANAGUIDO LÓPEZ ZAMBRANASEGUNDO JOSELO BULLA ESTRADAEDWIN GRANDÓN MARQUINAIVÁN FLORES MARQUINAALEX FLORES MARQUINAAGIM QORRAJ JORGE CONDE TERCEROSRENÉ EDUARDO SAUCEDO SALVATIERRAMARINETY PEREIRA DA SILVAANTONIO JOSÉ DE MENDOZA VALERIA FELICIANO DAIANA ELIZABETH PACHECO ALTAMIRANOLURDES BLANCA FELICIANO RAMíREZROSMERY FELICIANO RAMíREZENZO TAPIA FELICIANOLUCY ALDY RAMOS CESARICARLOS ALBERTO PAILLALEF VILLANUEVADELINA GONZÁLES HERRERAJAVIER POCOTA LAURAMARíA ARISPE ORELLANATEODORO GONZÁLES ESPINOZAGARY GONZÁLES CÉSPEDESANA ROXANA LOZA GUZMÁNLUCíA GISELLE MAMANI LOZAJULIO FLORES MEDINAWILMA MORÓN PERALTAMARITZA VALVERDE VALVERDEMARCELO TERRAZAS BECERRAJULIO CABRERA CORDOVALUZ HILDA INÉS CALDERÓN JOSELíN MANCILLA BARRIENTOSDIALLO MALICK YOHANY SAUCEDO SAAVEDRAMARíA DANITZA SAUCEDO SAAVEDRAJAVIER HEREDIA ZAMBRANABRANDON BREIDY ARGOTE BALDELOMARNATALIA VALVERDE CHÁVEZSILVIA VICTORINA LAFUENTE TORRICOEMILY ZOTO ECHALARROBERTO SUÁREZ JUSTINIANOGLADYS MARLENE FERRUFINO CÓRDOBAJOSÉ AGUILERA VACAROSA FABIOLA PICHISACA GONZÁLEZLAILA HARMOUCH MARíA EUGENIA ARTAJO GUZMÁNSHENG LIN ARTAJORUTH RODAS ESPADAFLORENCIO UGARTE GÓMEZHANA BACHIR BOUZIDMAURICIO ANDRÉS ALANES GARCíAIBBE OULD MOHAMED ALíALVINO SOCOMPY LAURAWILMA PERALTA BARRIENTOSMBARKA HSSAIñA

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 23

ALí SALEM MOHAMED SALEMCARLOS SALAZAR GUZMÁNFERNANDO VACA PALMAJOSÉ CARLOS VACA PALMAMARíA SANDRA COCA TERCEROSBRANDON MOISÉS ANDIA COCALIMBERG LÓPEZ FLORESVIVIAN JURADO VARGASMARLENE GARCíA MEDRANOVíCTOR HUGO VILLARROEL GÓMEZBERTHA BUSTAMANTE CABRERAROBERTO PÉREZ PONCEMARíA ERLÉN LOLA JUSTINIANOLUíS ALBERTO POZO MERCADOANDRÉS CUÉLLAR TERRAZASLEDY LAURA ÁLVAREZ RODRíGUEZDIANA POPA MARíA ROSA MERCADO SOTOEMILIANA IGNASIO FLORESPABLO AGUILERA MERCADOVIRGINIA ORELLANA OVANDOANDREA NINA TAPIABORIS IVÁN MONTAñO MENDOZAREYKO LÓPEZ VIVANCOSANA PATRICIA MIRANDA NÚñEZROSARIO ELENA ARMIJO MIRANDASOFíA MACARENA ARMIJO MIRANDAMAGDALENA IGNACIA ARMIJO MIRANDABOUCHRA HALLAT NIEVES IBARRA OROSCOFRANCISCO ÁLVAREZ ÁLVAREZMABEL VIVIANA LÓPEZ BARBALOULID MOHAMED PAULA CONSUELO MORÓN GONZÁLEZREBECA DEL CARMEN VILCAPOMA SOLíSLIMBERT MEJíA ANTELOANGELITA MEJíA AGUILERATASHAN AINARA VACA VIRUEZLHUAN VACA VIRUEZJOSÉ LUIS CÁRDENAS GUTIÉRREZHUGO ANTONIO VEISAGA MENDIVILJAIME MOLINA ARTEAGACARLA DENISSE MOLINA URQUIZAALAEDDIN NACIR ROLY RODRíGUEZ AQUINOMARíA ESTHER SUEIRO RODRíGUEZFIDEL BARRIENTOS FLORESJINES CLAURE ROCHADANIEL VILLARROEL REBOLLOBLANCA FABIOLA OCHOA VILLALUCíA MORÓN PERALTAVICTORIA MÉNDEZ MONTEROSANDY MARIELA ALGARAñAZ TARIFAANTONIO APAZA ADUVIRISHIRLEY ARTEAGA MONTEROSARAY CARO LARASARA FERNANDA MOLINA TELLEZMARTINA LAURA SOCOMPIRUBÉN GUANACOMA GUARIBANAINGRID CAMACONI CAUMOLROSA SANJINÉS ANTEZANAAQUILES ALFREDO CUÉLLAR SANJINÉSROSA ANAHIZ CUÉLLAR SANJINÉSSELVA GUADALUPE CUÉLLAR SANJINÉSCLAUDIO ALEJANDRO BOBADILLA ISABEL CRUZ PLAZAYULING WANG AHMED NACIR ZOHRA EL BAKKALI BADREDDINE NACIR CARLOS YONY SOSA PARADANANCY PANIAGUA TORRICOFILIMÓN GUTIÉRREZ SABALAGAROCíO SOLIZ JUSTINIANOGHIZLANE EL ACHAR ABDERRAHMAN BARRARI SANDRA MARICELA ZABALA SALAZARLUCIANO PEñA MELENDRESKAMYLLA REZENDE FEUSERALEXANDRA REZENDE FEUSERBRUNA REZENDE FEUSERASHLEY GUANACOMA CAMACONIENRRIQUE SALGUERO ORELLANAKELLY LAURICE BURKE ALLISON EMERY LOEB

FÉLIX ANIBAL SOLIZ ALMANZAJOHN ROGER PEñA CÉSPEDESSONIA JUSTINIANO ALVAJAVIER PEñARANDA MARTíNEZFERNANDO MOLINA TELLEZLUIS JOSUE REYNAGA QUIROZMARIO DELGADO AGUILARMARIELA FERREL LIMÓNRONALD ALBERTO ANDRADE VIDESSANDRA GARCíA CRESPOCARMEN ARTAJO GUZMÁNANGELO CARLOS M. RíOS CAMACHOMARCELA ROXANA LAZCANO CARRIZOJAMILA EL HALIMI ENMA SOSA NÚñEZJUAN CARLOS NÚñEZ GÁLVEZAURA YAJAIRA SIMANCAS QUIñONESJORGE LUIS COTUFFO SIMANCASLUíS OSWALDO COTUFFO SIMANCASELIZABET AGUILERA FLORESLUíS ENRRIQUE PARADA MELGARGRACIELA MENESES COCAPÁNFILA VILLALBA ORELLANAROGER ENRIQUE PEñA CARTAGENANORMA CÉSPEDES SOTONANCY SÁNCHEZ VELASCOREYNA GRACIELA VEGA ÁLBAREZVIRGINIA VACA ARAUZBRAULIO MÉNDEZ MÉNDEZWILSON PABLO ROA HERASMEMARLON ALEXIS OCHOA ÁLVAREZNIXON LUCIANO OCHOA ÁLVAREZJULIANO OLIVEIRA DA SILVAEMILIO TAPIA MENDIETATEÓFILA SILES GARCíAROLANDO GARCíA SILESMAGALI KARINA AGUILAR MEDRANOPERCY REYNALDO AGUILAR MEDRANORENILDA RIBEIRO DA SILVAELIZABETH FRíAS VACAJOHNNY ALBERTO CUBERO DURÁNJESUSA NANCY GUZMÁN MEJíAZULMA KARYNETH ANTEZANA RODRíGUEZEDUARDO JOSÉ TEOS JOSÉ JUAN NOGUERA MENDOZACARMELA ISABEL TOT MORAMBER VILLARROEL RODRíGUEZFERNANDO HENRIQUE OLIVEIRA CAMPELOSAULO VITAL OLIVEIRA

En Coria del Río a 3 de febrero de 2012.—El Alcalde-Pre-sidente, José Vicente Franco Palencia.

6W-1995

———

DOS HERMANAS

Don Francisco Toscano Sánchez, Alcalde-Presidente delExcmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que por acuerdo de este Excmo. Ayunta-miento Pleno, en sesión ordinaria del día diez de febrero de2012, ha sido aprobada la siguiente Ordenanza Municipal:

— Ordenanza municipal sobre ejecución alternativa desanciones económicas mediante trabajos en beneficio de lacomunidad.

Se somete a información pública el expresado expedientedurante el plazo de treinta días a fin de que pueda ser consul-tado por cuantas personas lo deseen y presentar, en idénticoplazo, las reclamaciones que estimen oportunas.

Transcurrido el plazo, sin haberse presentado reclamacio-nes, dicho acuerdo quedará elevado a definitivo, caso contra-rio, el Ayuntamiento Pleno resolverá a la vista de las mismas,de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985,Reguladora de Bases de Régimen Local.

Lo que se informa para general conocimiento.

Dos Hermanas a 13 de febrero de 2012.—El Alcalde,Francisco Toscano Sánchez.

Nombre Primer apellido Segundo apellido Nombre Primer apellido Segundo apellido

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24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE EJECUCIÓN ALTERNATIVA DE

SANCIONES ECONÓMICAS MEDIANTE TRABAJOS EN BENEFICIO

DE LA COMUNIDAD

El Ayuntamiento de Dos Hermanas, en el ejercicio de lapotestad sancionadora reconocida en el artículo 139 de laactual Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases deRégimen Local, tiene la posibilidad legal de sustituir la san-ción pecuniaria impuesta en vía administrativa por la ejecu-ción o desarrollo de trabajos en beneficio de la comunidad.

La Administración Local incorpora así el mismo objetivoperseguido por el Código Penal, que regula la posibilidad desustitución de las penas por trabajos en beneficio de la comu-nidad en la Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, demodificación parcial del Código Penal, desarrollada por RealDecreto 840/2011, de 17 de junio, por el que se establecen lascircunstancias de ejecución de las penas mediante trabajo enbeneficio de la Comunidad.

En este marco jurídico, la Ordenanza de Policía, BuenGobierno y Convivencia prevé en el artículo 77.2 supuestos deaplicación de este sistema alternativo de cumplir sanciones.

Además del cumplimiento de los trabajos en sustitución dela sanción económica, el Ayuntamiento podrá reclamar a lapersona responsable de la infracción el importe de los dañosocasionados por las actividades infractoras, si los hubiere,conforme a la valoración justificativa que se haya realizado eincorporado en el correspondiente expediente sancionador.

Artículo 1.— Objeto.

El objeto de la presente Ordenanza es ofrecer una alterna-tiva, a la ejecución de las sanciones económicas, y con losrequisitos que más adelante se detallan, mediante la prestaciónde trabajos en beneficio de la comunidad.

Artículo 2.— Concepto.

Se considera trabajo en beneficio de la Comunidad la pres-tación de la cooperación personal no retribuida en determina-das actividades de utilidad pública, con interés social y valoreducativo, tendente a servir de reparación para la comunidadperjudicada por el ilícito administrativo y no supeditada allogro de intereses económicos. A modo orientativo, y sin quesuponga en ningún caso una lista de actividades cerrada, sepodrá desarrollar en alguna de las siguientes áreas o servicios:

a) Áreas de Medio Ambiente, Deportes, BienestarSocial, Juventud, Cultura.

b) Servicios Municipales de limpieza pública, manteni-miento y reparación del mobiliario urbano, señalización.

c) Cualquier otra actividad análoga a las citadas ante-riormente.

Artículo 3.— Ámbito de aplicación.

La presente Ordenanza sólo será de aplicación en el tér-mino municipal de Dos Hermanas con respecto de aquellaspersonas físicas - menores de edad o mayores en situaciónlegal de desempleo que lo acrediten fehacientemente en elmomento de solicitar la conmutación de la sanción pecuniaria- que sean declaradas como autoras de una infracción adminis-trativa y siempre que acepten expresamente, por si mismas oen el caso de ser menores de edad por sus representantes lega-les, esta forma de ejecución subsidiaria de la sanción econó-mica dimanante de la incoación de un expediente administra-tivo sancionador por infracción de las Ordenanzasmunicipales, dictada al amparo de lo dispuesto en el artículo139 de la Ley de Bases de Régimen Local.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de la presenteOrdenanza:

a) Las sanciones tributarias, las urbanísticas, y las de trá-fico consideradas como graves o muy graves por el artículo65, apartados 4, 5 y 6 del Real Decreto Legislativo 339/1990,de 2 de marzo por el que se aprueba el texto articulado de laLey sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguri-dad Vial, en su redacción dada por la Ley 18/2009, de 23 denoviembre.

b) Las sanciones impuestas a personas jurídicas, salvoque se declare la responsabilidad de sus administradores, yaquellas acrediten su insolvencia.

c) Los reincidentes en la comisión de infraccionesadministrativas, en los doce meses anteriores a la fecha de lainfracción para la que solicitan la sustitución de la sanciónpecuniaria.

Asimismo, y previo consentimiento de su padre, madre oresponsables legales, el o la menor podrá asistir a los cursos,jornadas o actividades de información o educación vial, cívicao de otro tipo relacionadas con la naturaleza de la infraccióncometida que se organicen por el Ayuntamiento u otras entida-des en la localidad, descontándose la asistencia efectiva de lashoras de trabajo a prestar en beneficio de la Comunidad.

Artículo 4.— Carácter voluntario.

Los trabajos en beneficio de la comunidad tendrán caráctervoluntario y alternativo, y no podrán imponerse sin la confor-midad expresa de la persona sancionada, previa presentaciónde solicitud y con el consentimiento del padre, madre o res-ponsables legales en el caso de menores de edad.

Artículo 5.— Procedimiento.

El procedimiento a seguir para acogerse a la presenteOrdenanza será el siguiente:

1. En el plazo de quince días hábiles a contar desde lafecha de notificación de la resolución sancionadora, la per-sona sancionada, con el consentimiento del padre, madre oresponsables legales en caso de menores de edad, podrá ele-var instancia a la Alcaldía donde manifestará su consenti-miento de cumplir la sanción que corresponda mediante larealización de trabajos en beneficio de la comunidad,haciendo constar en dicha instancia número de expedientesancionador y su referencia.

Si iniciado el procedimiento sancionador, la personainfractora reconoce explícitamente su responsabilidad y soli-cita la sustitución de la sanción por trabajos en beneficio de lacomunidad, se podrá dictar Resolución con determinación dedichos trabajos si reúne los requisitos del Art. 3 de la presenteOrdenanza.

Asimismo, el padre, madre o responsables legales, en elcaso de menores, harán una declaración asumiendo las respon-sabilidades de cualquier índole derivadas de la forma en que elsancionado desarrolle los servicios a la comunidad, quedandoexento el Ayuntamiento de cualquier tipo de responsabilidad oreclamación de indemnización o compensación de daños.

2. La instancia será revisada por los Servicios competentescomprobando que se cumplen los requisitos y con su informese remitirá a los Servicios Sociales Municipales para que seemita propuesta no vinculante de ejecución de trabajos en elÁrea de Servicios municipales que se estime más convenientepara el cumplimiento de la sanción, valorando las circunstan-cias de la persona sancionada y el tipo de infracción cometida.

La Alcaldía dictará Resolución resolviendo el expediente,que se notificará a la persona interesada especificando laadmisión o no de lo solicitado y, caso afirmativo, el lugardonde se cumplirá el trabajo que se encomiende, la duraciónde la medida de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 deestas Ordenanzas, la persona responsable de su control yseguimiento y la fecha de incorporación, así como las conse-cuencias que se puedan derivar en el caso de la no incorpora-ción en el periodo indicado o el no cumplimiento del servicioasignado, que no será otra que la ejecución subsidiaria de lasanción económica.

3. Los Servicios Municipales encargados del seguimientoy control del cumplimiento de la sanción alternativa, elevaráninforme al respecto al Departamento que hubiese instruido elexpediente administrativo sancionador dando cuenta del cum-plimiento satisfactorio de la medida propuesta.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 25

4. Si la persona hubiese ejecutado los trabajos en beneficiode la Comunidad de conformidad con lo resuelto se dictaráResolución declarando cumplida la sanción y archivando elexpediente de la sanción pecuniaria.

5. Si la persona sancionada no hubiere ejecutado los traba-jos conforme a lo ordenado se dictará Resolución motivadaque así lo declare y se ordenará la continuación del trámitepara el cobro de la sanción pecuniaria en forma reglamentaria.

6. En ningún caso la ejecución de los trabajos sustitutoriossupondrá relación laboral alguna con el Ayuntamiento.

7. El Ayuntamiento suscribirá una póliza de seguro deaccidentes para la eventual atención de las personas que des-arrollen los trabajos objeto de esta Ordenanza y que cubra losriesgos procedentes de su cumplimiento.

8. Durante el desempeño de la actividad en beneficio de lacomunidad la persona que la desarrolle estará amparada por elcumplimiento de la normativa en materia de prevención deriesgos laborales.

Artículo 6.— Valoración.

1. Cada veinte euros de sanción corresponderá a una jor-nada de trabajo en beneficio de la comunidad, siendo dichacuantía revisable anualmente conforme al IPC o indicador quelo sustituya.

2. La reparación económica de los daños materiales oca-sionados será compatible con la sanción económica y podráser compensada igualmente por jornadas de servicios a lacomunidad a juicio del órgano sancionador.

Artículo 7.— Jornada de trabajo.

1. La duración de las jornadas de realización de los traba-jos sustitutorios, tendrá en cuenta la diferenciación entremayores de 16 años y el resto de menores de edad, con arre-glo al artículo 20 del Reglamento de la Ley Orgánica 5/2000,de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de losy las menores, aplicable por analogía, a cuyo tenor cada jor-nada de prestaciones no podrá exceder de cuatro horas diariassi el o la menor no alcanza los 16 años, ni de ocho horas si esmayor de dicha edad, actualizándose automáticamente esterégimen horario con arreglo a las modificaciones que esta-blezca la norma.

2. Para el cumplimiento de las jornadas se tendrá encuenta en lo posible la situación personal y familiar de la per-sona sancionada.

3. La ejecución de los trabajos sustitutorios de la sancióneconómica se realizará en un plazo no superior a tres mesesdesde la aceptación, por parte de los servicios municipalescompetentes, de la sustitución de la misma.

4. La realización de los trabajos en beneficio de la comu-nidad en ningún caso será retribuida ya que supone la compen-sación sustitutoria de la sanción pecuniaria.

Artículo 8.— Seguimiento y control.

Durante el cumplimiento de los trabajos en beneficio de lacomunidad la persona sancionada deberá seguir las instruccio-nes que reciba de las autoridades municipales, así como de lapersona designada por aquéllas para dirigir la ejecución de laactividad. El incumplimiento de tales instrucciones, además delas consecuencias previstas en el artículo 5, conllevará laimposibilidad de acogerse en el futuro, caso de ser nueva-mente sancionada pecuniariamente, a las medidas previstas enla presente Ordenanza.

Artículo 9.— Interpretación.

Las dudas que pudieran plantearse en la interpretación yaplicación de esta Ordenanza serán resueltas por la Alcaldía oConcejal en quien delegue, cuya decisión será recurrible segúnlas normas aplicables en el procedimiento administrativocomún

Disposición adicional.

En lo no contemplado por esta Ordenanza, y siempre quesea posible su aplicación analógica, regirá el Real Decreto840/2011, de 17 de junio y disposiciones que lo desarrollen,complementen o sustituyan.

Disposición final.

La presente Ordenanza entrará en vigor en la forma pre-vista en el artículo. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, deBases de Régimen Local.

Dos Hermanas a 5 de febrero de 2012.—El Alcalde, Fran-cisco Toscano Sánchez.

Diligencia.— La presente Ordenanza fue aprobada ensesión plenaria de 10 de febrero de 2012.

Dos Hermanas a 13 de febrero de 2012.—El Secretarioacctal., Pedro Sánchez Núñez.

6W-2053———

ÉCIJA

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 18 deenero de 2012, acordó la aprobación del expediente de contra-tación para la concesión administrativa relativa a explotaciónde kiosco permanente en la Avda. del Genil (delante de lospisos de Montaño) de esta ciudad mediante el procedimientoabierto y con más de un criterio de adjudicación.

1. Entidad adjudicadora:

Excmo. Ayuntamiento de Écija, Área de Economía, Ha-cienda, Urbanismo, Obras Públicas y Vivienda.

2. Objeto y plazo del contrato:

Contratación para la concesión administrativa relativa a ex-plotación de kiosco permanente en la Avda. del Genil, delantede los pisos de Montaño de esta ciudad.

Plazo de la concesión: Cuatro años.

3. Tramitación y procedimiento:

Procedimiento abierto y con más de un criterio de adjudi-cación.

4. Garantía provisional:

2% del valor del domino público a ocupar.

6. Obtención, documentación e información:

Excmo. Ayuntamiento de Écija.Área de Economía, Hacienda, Urbanismo, Obras Pú-

blicas y Vivienda.Domicilio: Avda. Blas Infante núm. 6, 1ª planta. Edifi-

cio Puerta del Sol.Localidad: Écija C.P. 41400Teléfono: 590 5690. Fax: 590 5185.

7. Criterios de valoración de solicitudes:

Los especificados en el Pliego de Cláusulas.

8. Forma de presentación de las solicitudes de participa-ción:

A) Fecha límite: Diez días naturales a partir del siguientea la publicación de este anuncio.

B) Documentación a presentar: La requerida en el Pliegode Cláusulas.

c) Lugar de presentación: Registro Municipal Auxiliar delÁrea de Urbanismo.

d) Domicilio: Avda. Blas Infante núm. 6, 1ª plantae) Localidad: Écija.

9. Apertura de solicitudes de participación:

a) Ayuntamiento de Écija en Avda. Blas Infante núm. 6, 1ªplanta.

10. Gastos de anuncios:

Por cuenta del contratista.

Page 26: 061-BOP Maquetación 1 - dipusevilla.es · 2021. 6. 8. · Boletín Oficial de la provincia deSevilla Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Miércoles

26 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

11. Perfil de contratante.

www.ecija.es donde podrán obtener información y obten-ción de los Pliegos.

En Écija a 23 de enero de 2012.—El Alcalde, P.D. El Con-cejal (Decreto 23-12-2011), Rafael Serrano Pedraza.

253W-1330-P———

ÉCIJA

La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 18 deenero de 2012, acordó la aprobación del expediente de contra-tación para la concesión administrativa relativa a explotaciónde kiosco permanente en la calle Pepe Luis Vargas de esta ciu-dad mediante el procedimiento abierto y con más de un criteriode adjudicación.

1. Entidad adjudicadora:

Excmo. Ayuntamiento de Écija, Área de Economía, Ha-cienda, Urbanismo, Obras Públicas y Vivienda.

2. Objeto y plazo del contrato:

Contratación para la concesión administrativa relativa a ex-plotación de kiosco permanente en la calle Pepe Luis Vargas deesta ciudad.

Plazo de la concesión: Cuatro años.

3. Tramitación y procedimiento:

Procedimiento abierto y con más de un criterio de adjudi-cación.

4. Garantía provisional:

2% del valor del domino público a ocupar.

6. Obtención, documentación e información:

Excmo. Ayuntamiento de Écija.Area de Economía, Hacienda, Urbanismo, Obras Públi-

cas y Vivienda.Domicilio: Avda. Blas Infante núm. 6, 1ª planta. Edifi-

cio Puerta del Sol. Localidad: Écija C.P. 41400Teléfono: 590 5690. Fax: 590 5185

7. Criterios de valoración de solicitudes:

Los especificados en el Pliego de Cláusulas.

8. Forma de presentación de las solicitudes de participa-ción:

A) Fecha límite: Diez días naturales a partir del siguientea la publicación de este anuncio..

B) Documentación a presentar: La requerida en el Pliegode Cláusulas.

c) Lugar de presentación: Registro Municipal Auxiliar delÁrea de Urbanismo.

d) Domicilio: Avda. Blas Infante núm. 6, 1ª plantae) Localidad: Écija.

9. Apertura de solicitudes de participación:

a) Ayuntamiento de Écija en Avda. Blas Infante núm. 6, 1ªPlanta.

10.Gastos de anuncios:

Por cuenta del contratista.

11. Perfil de contratante.

www.ecija.es donde podrán obtener información y obten-ción de los Pliegos.

En Écija a 23 de enero de 2012.—El Alcalde, P.D. El Con-cejal (Decreto 23-12- 2011), Rafael Serrano Pedraza.

253W-1331-P

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GELVES

Por este Ayuntamiento, se ha intentado la notificación delas resoluciones de los recursos de reposición, que se haninterpuesto por los interesados que constan en la relación

anexa, en relación con los procedimientos sancionadores enmateria de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguri-dad vial, lo cual se notifica a través del presente edicto, encumplimiento de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, LRJAP y PAC, en su redacción dada por la Ley4/99, de 13 de enero, por haber resultado infructuosos losintentos de notificación personal domiciliaria.

Firmeza y pago de la sanción: La sanción adquiriere fir-meza en vía administrativa con la notificación de la resoluciónsancionadora, debiendo ingresar el importe de la multa en elplazo de los quince días naturales siguientes a su notificación,salvo que expresamente se hubiera notificado resolución por laque se suspende la ejecución del acto y de la sanción.

El vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntariosin haber hecho efectivo su importe determina el inicio delperiodo ejecutivo, con la exigencia de los intereses de demora;los recargos del periodo ejecutivo del 5%, 10% y 20% y en sucaso, de las costas del procedimiento de apremio, en los térmi-nos y condiciones establecidos en los artículos 26, 28 y 161 dela Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

De no haber abonado el importe de la multa durante elprocedimiento, podrá solicitar el documento de pago en cual-quiera de las oficinas del OPAEF, en horario de atención alpúblico. Podrá consultar la relación de Oficinas del OPAEF yel horario de atención al público en www.dgt.es (OficinasCentrales en Sevilla: Servicio de Inspección-Unidad de Mul-tas, Calle Alejo Fernández 13, teléfono centralita 954 550300).

Suspensión: La ejecutividad de este acuerdo sólo se sus-penderá, según los casos, en los supuestos y con las condicio-nes reguladas en los artículos 165 y 224 de la Ley 58/2003, de17 de diciembre, General Tributaria y 14 del Texto Refundidode la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Expte: 603/2011.Sancionado: Juan José Mateos Cabello.NIF/CIF: 27277338M.Boletín: 03877.Normativa: 94.2E 5X.Lugar hechos: C/. Matías Vela.Fecha: 23/08/11.Nº Agente: 5493.Puntos: —.Importe: 200 euros.

En Gelves a 9 de febrero de 2012.—El Concejal Delegadode Seguridad y Movilidad, Juan Ramón García Domínguez.

6W-2048

———

GINES

Ante la imposibilidad de poder practicar la notificaciónpor algún medio a don Benito Sánchez Moreno, en el expe-diente de aprobación provisional del PGOU de esta localidad,y de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de laLey 30/1992, de Régimen Jurídico de Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común, dispongo lapublicación de la notificación del tenor literal siguiente:

«El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 30 denoviembre de 2011, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Primero.— Inadmitir por extemporáneas las siguientesalegaciones:

a) Don José Luis Blasco Caetano, como representante deHotel Gines, S.L., con fecha 28 de julio de 2011.

b) Don Martín Talaverón Román, con fecha 29 de julio de2011.

Segundo.— Estimar totalmente las siguientes alegaciones,de conformidad con el informe del Arquitecto Municipal defecha 15 de noviembre de 2011.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 27

Don Andrés Moreno Salado.

Don Benito Sánchez Moreno con entrada en este RegistroMunicipal el 3 de 3 de febrero de 2011.

Doña Magdalena Leiva Pastor.

Don Miguel Ángel Estrella Pérez, en nombre propio yrepresentación de sus hermanas doña Inmaculada e Irene y dela mercantil Nereima, S.L.

Don Juan Manuel García Prieto, en calidad de Presidentede la entidad Huerta Santa Ana, Sociedad Cooperativa Anda-luza.

Don Ramón Hernández Blanco y otros.

Don José Luis Pérez Montiel.

Don Tomás Garrido Gilabert, en nombre propio y repre-sentación de sus hermanos don José Antonio y doña Isabel M.ª.

Doña M.ª Rosa Bermúdez Méndez.

Don Luis Baena Peñuelas.

Don Juan Ramírez Núñez.

Don Luis Patricio Pérez Camino.

Doña Ana M.ª Pérez Camino.

Don José Ignacio Camino Hurtado, de fecha 14 de febrerode 2011, con núm. de registro 901 y 915.

Don Félix Hurtado Palomar.

Don Rafael Calvo Chamorro y Don Eduardo FelipeMoreno Vicente.

Don Antonio M.ª Hurtado Rodríguez.

Tercero.— Estimar parcialmente las siguientes alegacio-nes, de conformidad con el informe del Arquitecto Municipalde fecha 15 de noviembre de 2011.

a) Don Manuel Cabrera Ramírez, en nombre y representa-ción del Grupo Municipal Popular.

b) Don Benito Sánchez Moreno, con fecha de entrada 14de febrero de 2011.

c) Doña Luisa Hurtado Costales, con fecha 14 de febrerode 2011.

d) Don José Ignacio Camino Hurtado con fecha de entradaen este Registro Municipal el 14 de febrero de 2011 y númerode registro 903.

e) Doña Ana M.ª Molina Gaviño.

f) Asociación en Defensa del Territorio del Aljarafe,(ADTA).

g) Don José Carlos Calasanz Fernández.

h) Don Francisco Pumar López.

i) Don Álvaro Salinas Milá, en nombre propio, y comomandatario verbal de doña M.ª Asunción Milá Sagnier, yotros.

Cuarto.— Desestimar las siguientes alegaciones de confor-midad con el informe del Arquitecto Municipal de fecha 15 denoviembre de 2011:

Doña Elena Sánchez Mensaque.

Don José Isaías Rodríguez García-Caro.

Doña Trinidad Rodríguez García.

Don Víctor Fabre Domínguez, en nombre y representaciónde Banzagra Habitat, S.L.

Don José Fernández Redondo.

Don Jorge Gallego Barrero.

Quinto.— Aprobar de nuevo provisionalmente el PlanGeneral de Ordenación Urbanística, que recoge las alegacio-nes al mismo estimadas total y parcialmente, en virtud deinforme del Arquitecto Municipal, y cuyas modificaciones noafectan sustancialmente a determinaciones pertenecientes a la

ordenación estructural, así como el Estudio de ImpactoAmbiental del municipio de Gines.

Sexto.— Requerir a los órganos y entidades administrati-vas gestores de intereses públicos afectados, que hayan emi-tido los informes, dictámenes y otro tipo de pronunciamiento,para que a la vista del nuevo documento verifiquen o adapten,si procede, el contenido de los mismos.

Séptimo.— Remitir el expediente completo del PlanGeneral de Ordenación Urbanística de Gines, a la Consejeríacompetente en materia de urbanismo, para su aprobacióndefinitiva.

Contra esta Resolución no cabe recurso alguno al tratarsede un acto de trámite, en virtud de lo establecido en el artículo107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-dico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoAdministrativo Común, sin perjuicio a la oposición que pue-dan alegar los interesados a la misma para su consideración enla resolución que ponga fin al procedimiento. Gines, 9 dediciembre de 2011. La Secretaria.»

Gines a 6 de febrero de 2012.—El Alcalde, ManuelCamino Payán.

6W-2065

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LANTEJUELA

Don Juan Lora Martín, Alcalde del Ayuntamiento deesta villa.

Hace saber: Que el Pleno del Ayuntamiento de Lantejuela(Sevilla) en sesión ordinaria celebrada el día 30 de diciembrede 2011, aprobó inicialmente el Presupuesto Económico deeste Ayuntamiento para el Ejercicio 2012. Tras la preceptivainformación pública («Boletín Oficial» de la provincia número18, de fecha 24 de enero de 2012), no se han presentado recla-maciones contra el mismo dentro del plazo de quince díasexpresamente tasado por el art. 169.1 del TRLRHL, por lo quequeda definitivamente aprobado, de conformidad con lo dis-puesto en el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refun-dido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.3 delcitado Texto Refundido, se hace público el mismo resumidopor Capítulos:

Presupuesto Económico Ejercicio 2012

Cap. Denominación Euros

Gastos

1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.173.159,77 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 510.505,88 3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19.507,14 4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52.714,63 6 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 203.313,63 8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 900,00 9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 114.998,00

Total Gastos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.075.099,05

Ingresos

1 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 534.320,30 2 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 15.000,00 3 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 276.082,10 4 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.228.996,65 5 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 12.800,00 8 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 900,00 9 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 7.000,00

Total ingresos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2.075.099,05

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28 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

Igualmente se publica la Plantilla de Personal del Ayunta-miento aprobada (artículo 127 del Real Decreto Legislativo781/1986, que aprueba el Texto Refundido de las Disposicio-nes Legales Vigentes en Materia de Régimen Local).

Plantilla de Personal del Ayuntamiento de Lantejuela

A) Personal Funcionario. Gru- Nivel Puesto po C.D. Situación

1 Secretaría Intervención . . . .A .30 Func. Carrera.4 Administrativo . . . . . . . . . .C .22 Func. Carrera.1 Administrativo . . . . . . . . . .C .22 Vacante (Exc. Voluntaria prest. Serv.

en otra Admón.)1 Administrativo . . . . . . . . . .C .22 Vacante (Invalidez).3 Aux Administrativo . . . . . .D .18 Func. Carrera.1 Cabo Policía Local . . . . . . .C .22 Vacante.3 Policias locales . . . . . . . . . .C .22 Func. Carrera.2 Policias Locales . . . . . . . . .C .22 Vacantes.1 Policia Local . . . . . . . . . . . .C .22 Vacante (Comisión servicios en otra Admón).1 Arquitecto Técnico . . . . . .A2 .26 Func. Carrera.1 Cocinera Guardería . . . . . . .D .18 Vacante.3 Monitoras Guardería . . . . . .D .18 Vacante.

B) Laboral Fijo.

Puesto Situación

1 Limpiadora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Indefinido. 1 Guarda Polideportivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Indefinido 2 Jardineros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacantes. 1 Limpiadora . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Oficial 1.ª . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante 3 Oficial 1.ª Conductores. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Oficial 1.ª Mantenimiento . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Peón Jardinero . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Peón Polivalente . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Guarda C.P. Primaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Notificador. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Trabajadora Social. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante. 1 Educador Social.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Vacante.

C) Laboral Temporal.

Puesto Situación

1 Arquitecto Superior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 3 Administrativos. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Asesor Publicidad e Imagen . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Auxiliar de Consultorio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Guarda Centro de Enseñanza Primaria. . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Jardinero servicios generales. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Peón Mantenimiento servicios generales. . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Oficial 1.ª Conductor de Máquina Retro. . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Oficial 1.ª Conductor Camión de Basura . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Oficial 1.ª Conductor Camión de Basura . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Directora Guardería Municipal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 3 Monitoras Guardería Municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Auxiliar de Guardería . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Cocinero/a Guardería Municipal. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 3 Auxiliares de Ayuda a Domicilio . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Monitor Deportivo.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Monitor Cultural . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal. 1 Agente de Dinamización Juvenil.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Laboral Temporal.

Según lo dispuesto en el art. 171.1 del Texto Refundido2/2004, de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podráinterponerse directamente recurso contencioso-administrativo,por los legitimados del art. 170.1 del Texto Refundido 2/2004,con arreglo a los motivos de su número 2, en el plazo de dosmeses a contar desde la publicación de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

En Lantejuela a 15 de febrero de 2012.—El Alcalde, JuanLora Martín.

4W-2287

LANTEJUELA

Don Juan Lora Martín Alcalde del Ayuntamiento de estavilla.

Hace saber: Al no haberse presentado reclamaciones duran-te el plazo de exposición al público, queda automáticamenteelevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de fecha 30 dediciembre de 2011, aprobatorio de la Ordenanza municipal re-guladora de tasa por la tenencia de animales potencialmente pe-ligrosos, cuyo texto íntegro se hace público, para su general co-nocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo17.4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA PARA LA TENENCIA

DE ANIMALES POTENCIALMENTE PELIGROSOS.

Artículo 1. Fundamento jurídico.

Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas enel artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora delas Bases de Régimen Local, y los artículos 15.1 y 20 del RealDecreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprue-ba el texto refundido de la Ley Reguladora de las HaciendasLocales, establece la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa porotorgamiento de la Licencia para tenencia de animales poten-cialmente peligrosos.

Artículo 2. Hecho imponible.

El hecho imponible de la tasa municipal es el procedimien-to que se lleva a cabo por el Ayuntamiento que conduce a veri-ficar el cumplimiento de todas las condiciones que se regulanen la Ley 50/1999, de 23 de diciembre.

Artículo 3. Sujeto pasivo.

«Son sujetos pasivos de esta tasas, todas las personas físi-cas o jurídicas, y las entidades «las herencias yacentes, comu-nidades de bienes y demás entidades que, carentes de persona-lidad jurídica, constituyen una unidad económica o un patrimo-nio separado, susceptibles de imposición (artículo 33 de la LeyGeneral Tributaria)», que solicitan la licencia o la renovaciónde la licencia.»

Artículo 4. Responsable.

Responderán solidariamente de las obligaciones tributariastodas las personas que sean causantes o colaboren en la realiza-ción de la infracción tributaria y en los supuestos de declara-ción consolidada, todas las sociedades integrantes del gruposerán responsables solidarias de las infracciones cometidas eneste régimen de tributación.

Los copartícipes o cotitulares de las Entidades jurídicas oeconómicas a que se refiere el artículo 33 de la Ley GeneralTributaria (las herencias yacentes, comunidades de bienes ydemás Entidades que, carentes de personalidad jurídica, consti-tuyen una unidad económica o un patrimonio separado, suscep-tibles de imposición) responderán solidariamente, y en propor-ción a sus respectivas participaciones, de las obligaciones tri-butarias de dichas Entidades.

Artículo 5. Devengo.

La tasa se devenga desde el momento en que se comienzaa prestar los servicios que origina su exacción, que coincidecon la presentación de la solicitud que inicie la tramitación dela concesión o renovación de la licencia.

Artículo 6. Cuota tributaria.

La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tribu-taria, se obtendrá por aplicación de la siguiente tarifa:

Concesión de la licencia: 50 euros.Renovación de la licencia: 25 euros.Inscripción en el Registro Municipal: 15 euros.

Artículo 7. Ingreso de la cuota tributaria.

Los interesados en la obtención o renovación de la licenciade tenencia de animales potencialmente peligrosos deberán in-gresar con carácter previo a la concesión o a la renovación elimporte de la cuota, en régimen de autoliquidación.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 29

Artículo 8. Infracciones y sanciones.

En todo lo referente a infracciones y sanciones, deberá deentenderse remitido a la Ley General Tributaria, en concreto alartículo 77 y siguientes, y a todas las disposiciones que des-arrollen dicha regulación.

Disposición final

Esta Ordenanza fiscal entrará en vigor al día siguiente de supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla,hasta que se acuerde su modificación o derogación.

Lantejuela a 19 de diciembre de 2011.—El Alcalde, JuanLora Martín.

En Lantejuela a 1 de marzo de 2012.—El Alcalde, JuanLora Martín.

8W-2924———

LEBRIJA

Doña Mª José Fernández Muñoz, Alcaldesa-Presidenta delIlmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que habiéndose intentado por el Departamentode Obras del Ayuntamiento de Lebrija, las notificaciones deOrden de Ejecución de fecha 4 de noviembre de 2011 con De-creto núm. 0003924, contra Promociones la Cuba y Macenas,S.L., al no haber realizado la limpieza de los solares sita encalle Hijas de la Caridad núm. 2, Criba del 54 al 72 y calle So-leta del 53 al 65 y no recoger la notificación por estar ausenteen el domicilio o desconocido el mismo, por medio del presen-te edicto se hace pública la notificación de la misma conformea lo dispuesto en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Ju-rídico de las Administraciones Públicas y el ProcedimientosAdministrativo Común.

En Lebrija a 23 de febrero de 2012.—La Alcaldesa-Presi-denta, Mª José Fernández Muñoz.

253W-2802

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MAIRENA DEL ALCOR

Don Ricardo A. Sánchez Antúnez, Alcalde-Presidente delAyuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el Pleno de este Ayuntamiento, en susesión extraordinaria de 23 de noviembre de 2011, al punto 2ºdel orden del día, adoptó acuerdo de Aprobación inicial de laOrdenanza municipal reguladora de las Prestaciones SocialesComplementarias del Ayuntamiento de Mairena del Alcor.

Que dicho acuerdo se expuso a información pública yaudiencia de los interesados en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia número 294, de 22 de diciembre de 2011, concediendoun plazo de treinta días hábiles a contar desde el siguiente alde publicación para que los interesados pudieran examinar elprocedimiento y presentar las alegaciones que estimaran perti-nentes.

Que de conformidad con la disposición 2ª del acuerdoadoptado al punto 2º de la sesión extraordinaria de 23 denoviembre de 2011, ha de considerarse aprobado definitiva-mente dicho Reglamento, procede en consecuencia, en aplica-ción de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/85, de 2 deabril, Reguladora de la Bases del Régimen Local, la publica-ción íntegra del mismo en el «Boletín Oficial» de la provincia,entrando en vigor una vez transcurrido el plazo previsto en elartículo 65.2 de la citada norma.

Contra la aprobación definitiva de la presente Ordenanzacabe interponer directamente recurso contencioso-administra-tivo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribu-nal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dosmeses contados desde el día siguiente al de la fecha en que seproduzca la publicación de este anuncio en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia de Sevilla, de conformidad con lo pre-visto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Regu-ladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS PRESTACIONES

SOCIALES COMPLEMENTARIAS DEL AYUNTAMIENTO

DE MAIRENA DEL ALCOR.

Fundamentación.Los Servicios Sociales Comunitarios representan la estruc-

tura básica de atención a las necesidades sociales, constitu-yendo un instrumento indispensable para el eficaz funciona-miento de este sistema, así como de otros dispositivos deprotección social y, en definitiva, para la satisfacción de losderechos de contenido social reconocidos en la Constitución.

Es por ello, que los Servicios Sociales Comunitarios seconstituyen como la red básica de protección social que afectaa toda la población, suponiendo el nivel primario del SistemaPúblico de Servicios Sociales en Andalucía, al que corres-ponde la canalización y atención de las necesidades y deman-das sociales de este ámbito.

De este modo, El Ayuntamiento de Mairena del Alcor parafacilitar la promoción y el desarrollo pleno y libre de los dere-chos de todas las personas y grupos que garantice su igualdaddentro de la sociedad atenderá las diversas necesidades de laspersonas, de forma que todo ciudadano tenga los mismos dere-chos ante las mismas situaciones de necesidad.

A través de esta Ordenanza se regula la concesión de pres-taciones sociales de carácter económico para situaciones deespecial necesidad individual y familiar, adaptada a los cam-bios sociales que ha experimentado la sociedad y suponiendoun instrumento para la intervención social en sus diferentesniveles de Prevención, Tratamiento y Reinserción Social.

Marco legal.La Constitución Española en el desarrollo del Capítulo III

del Título I señala los principios rectores de la política social yeconómica.

Los poderes públicos aseguran la protección social, econó-mica y jurídica de las personas en situación de necesidad, des-amparo, circunstancias graves o de urgente necesidad porcarencias económicas ó dificultades socio-familiares.

El artículo 148.1 faculta a las Comunidades Autónomas aasumir las competencias en materia de asistencia social.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía Ley Orgánica2/2007, de 19 de marzo, establece en su Título I sobre Dere-chos Sociales, Deberes y Políticas Públicas, en su artículo 23sobre Prestaciones Sociales:

«Se garantiza el derecho a todos a acceder en condicionesde igualdad a las prestaciones del Sistema Público de Servi-cios Sociales».

«Asimismo confiere competencia exclusiva en materia deservicios sociales (artículo 61 servicios sociales, voluntariado,menores y familia) que en todo caso incluye:

a) La regulación, ordenación y gestión de los serviciossociales, las prestaciones técnicas y las prestaciones económi-cas con finalidad asistencial o complementarias de otros siste-mas de protección pública.

b) La regulación y la aprobación de planes y programasespecíficos dirigidos a personas y colectivos en situación denecesidad social.

c) Instituciones Públicas de protección y tutela de personasnecesitadas de protección especial, incluida la creación de cen-tros de ayuda, reinserción y rehabilitación.»

La Ley de Bases de Régimen Local, en sus artículos 25 y26 (Ley 7/85, de 2 de abril) atribuye a las CorporacionesLocales competencias en materia de prestación de ServiciosSociales, de promoción y de reinserción social, estableciendocon carácter obligatorio dicha prestación en los municipioscon población superior a 20.000 habitantes.

Ley 2/88, de 4 de abril de Servicios Sociales de Andalucía,regula y garantiza un sistema público de Servicios Sociales ypone a disposición de las personas recursos para la preven-ción, tratamiento y eliminación de las causas que conducen ala marginación.

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30 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

El artículo 19.2.c establece que es competencia de losayuntamientos la ejecución y gestión de programas y presta-ciones económicas que pudiera encomendarle el Consejo deGobierno.

El Plan Concertado, suscrito el 5 de mayo de 1.988 entrela Administración del Estado y la Administración de la Comu-nidad Autónoma de Andalucía, permite una actuación coordi-nada en esta materia para todas las Administraciones Públicas.

El Decreto 11/1992, de 28 de enero, desarrolló los Servi-cios Sociales Comunitarios, a fin de homogeneizar su aplica-ción en todo el territorio andaluz. Tiene consideración de inter-venciones de carácter comunitario aquellas que desarrollen lossiguientes servicios y prestaciones, reguladas por el Decreto11/1992, de 28 de enero:

— Información, valoración, orientación y asesoramiento.— Ayuda a domicilio.— Convivencia y Reinserción Social.— Cooperación Social.— Prestaciones complementarias de las anteriores, entre

las que se incluye las ayudas de emergencia social y las ayu-das económicas familiares.

Titulo I: Naturaleza de las ayudas.

Artículo 1.º— Definición.

Las Prestaciones Sociales Complementarias se definencomo ayudas dirigidas a personas individuales o unidadesfamiliares que presentan situaciones de carencia de medioseconómicos en las que concurran circunstancias que puedansuponer riesgo de exclusión social.

Artículo 2.º— Objeto.

Las Prestaciones Sociales Complementarias son un instru-mento dentro de la intervención social, por lo que tienen queestar necesariamente incardinadas en un proceso de interven-ción social, que incluya un análisis de la situación individual yfamiliar.

Artículo 3.º— Temporalidad de las ayudas.

Las Prestaciones Sociales Complementarias tendrán uncarácter temporal, pudiéndose prorrogar en caso de subsistirlas causas que motivaron la concesión de la prestación aten-diendo a disponibilidad presupuestaria y valoración técnica,especificándose la temporalidad concreta para cada una de lasayudas en el artículo 5.

Artículo 4.º— Criterios generales para la concesión deayudas.

Para la concesión de las Prestaciones Sociales Comple-mentarias se habrán de cumplir los siguientes criterios genera-les:

—Situación acreditada de necesidad.—Que la necesidad objeto de la ayuda esté valorada por

los profesionales del Centro de Servicios Sociales Comunita-rios del Ayuntamiento de Mairena del Alcor.

Artículo 5.º— Tipología, cuantía y duración de las ayudas.

Las Prestaciones Sociales Complementarias contempladasen este documento se clasifican en:

5.1.— Ayudas por situación de especial necesidad.

Son ayudas económicas o en especie de carácter puntual operiódico que se destinan a los gastos esenciales de la propiapersona o de su unidad familiar de convivencia, que no seande urgente necesidad y deban ser atendidas con absoluta inme-diatez. Se consideran gastos subvencionables los siguientes:

5.1.1.— Gastos de manutención y derivados del uso delhogar.

· Concepto: Se incluye en este concepto la alimentación,salud, vestido, higiene y aspectos educativos no escolares oescolares fuera del plazo establecido en el punto 5.1.2, asícomo los suministros de energía eléctrica, agua y gas. Al tra-tarse de una tipología tan amplia y variada deberá concertarseen el documento técnico a suscribir con el beneficiario de laayuda económica que necesidades debe cubrir ésta.

· Duración: Las ayudas tendrán carácter periódico conce-diéndose trimestralmente. El abono de las mismas será men-sual. Se podrá conceder una prórroga única por otro trimestresiempre y cuando continúe cumpliendo los requisitos estable-cidos, acreditándolos previamente y con la justificación de losabonos anteriores.

· Cuantía: La cuantía de las ayudas estará en relación alnúmero de miembros de la unidad familiar y a los ingresos conlos que cuenten una vez descontados los gastos tal y comorecoge el artículo 9.8.

Nº Miembros cuantía Ayuda

1 90€ 2 120€ 3 160€ 4 200€ 5 o más 220€

5.1.2.— Gastos derivados de la incorporación de los/ashijos/as al nuevo curso escolar.

· Concepto: Son ayudas con la finalidad de apoyar las uni-dades familiares en la adquisición de libros y material escolarcon motivo del inicio del curso escolar por parte de los/ashijos/as que se encuentren matriculados en centros públicos dela localidad.

· Duración: Las ayudas serán de carácter puntual y sólo sepodrán solicitar del 1 al 15 de septiembre de cada año, siem-pre que no exista otra Convocatoria específica con la mismafinalidad.

· Cuantía: La cuantía será la resultante de la suma de lasayudas contempladas por cada menor perteneciente a dichaunidad familiar, según el nivel de escolarización en que seencuentre, a razón de las siguientes cantidades:

Nivel de escolarización Cuantía ayuda

1º Ciclo de Educación Infantil 50€2º Ciclo de Educación Infantil 120€Educación Obligatoria 50€Educación Secundaria no obligatoria 120€

5.1.3.— Gastos derivados del arrendamiento o préstamohipotecario de la vivienda en uso.

· Concepto: Son ayudas cuyo objetivo es evitar el desahu-cio judicial en casos de acumulación de débitos de la renta dealquiler, por circunstancias coyunturales.

· Duración: Las ayudas serán de carácter puntual y sólo sepodrán volver a solicitar hasta transcurridos doce meses desdela última concesión.

· Cuantía: La cuantía máxima a conceder será de 750€ ysegún los ingresos medios de la unidad económica de convi-vencia:

Ingresos familiares Ayuda a conceder

0-75% Limite ingreso aplicable/mes 75% del débito76-100% Limite ingreso aplicable/mes 50% del débito

5.1.4.— Gastos derivados del acondicionamiento o dearreglos menores de vivienda y adquisición de mobiliarios yenseres básicos.

· Concepto: Son ayudas cuyo objeto es acondicionar o aco-meter pequeños arreglos de la vivienda habitual que venganexigidos por motivos de seguridad o salubridad de ésta, asícomo adquirir mobiliario y enseres básicos.

· Duración: Las ayudas serán de carácter puntual y sólo sepodrán volver a solicitar una vez transcurrido doce mesesdesde la última concesión.

· Cuantía: La cuantía máxima a conceder será de 600 € enun pago único y según los ingresos medios de la unidad eco-nómica de convivencia.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 31

La cuantía máxima a conceder será: Ingresos familiares Porcentaje del presupuesto

0-75% Limite ingreso aplicable/mes 75%76-100% Limite ingreso aplicable/mes 50%

5.1.5.— Gastos de desplazamientos en transporte público.· Concepto: Se podrán facilitar ayudas cuando el desplaza-

miento tenga como finalidad:— Motivos de salud.— Motivos laborales o formativos.— Tramitación de documentación.— Gestiones en organismos públicos.— Asistencia a Servicios Profesionales.— Otros desplazamientos debidamente justificados.· Duración: Las ayudas tendrán carácter puntual, y solo se

podrán volver a solicitar desde la última concesión:— Gasto inferior a 5 € - cada vez que surja la necesidad y

a criterio del Equipo Técnico.— Gasto superior a 5 € - una vez transcurridos seis meses

desde la última concesión.· Cuantía: La cuantía máxima a conceder será de 120€ en

función de los ingresos de la unidad económica de conviven-cia. Ingresos familiares Ayuda a conceder

100% Limite ingreso aplicable/mes 100 % del presupuesto

5.1.6.— Gastos derivados de la participación en activida-des lúdicas y/o socioeducativas

· Concepto: Son ayudas destinadas a sufragar gastos deri-vados de matriculación y/o tasas mensuales para la participa-ción en actividades socioeducativas, lúdicas, formativas, cultu-rales, etc; organizadas por las distintas DelegacionesMunicipales.

· Duración: Las ayudas tendrán carácter periódico, conce-diéndose trimestralmente. El abono de las mismas será men-sual. Se podrán conceder tantas prórrogas como determine lacomisión de valoración.

· Cuantía: La cuantía estará supeditada a la OrdenanzaMunicipal reguladora de la actividad.

5.2.— Ayudas de emergencia social.Son ayudas económicas o en especie de carácter puntual,

destinadas a paliar situaciones extraordinarias, imprevistas ode excepcional necesidad (catástrofes, incendios, falleci-miento, accidentes, enfermedad grave,...) que alteran la vidade las personas en cuanto a la cobertura de las necesidadesbásicas y que deben ser atendidas con inmediatez, considerán-dose conceptos subvencionables:

5.2.1.— Acceso a una nueva vivienda. · Concepto: Las ayudas a conceder tendrán como objeto

acceder a una nueva vivienda en régimen de alquiler en casode que concurra alguna/s de las situaciones siguientes:

— Desahucio Judicial firme.— Insuficientes condiciones de habitabilidad o seguridad.— Problemas que dificulten gravemente la convivencia

familiar.— Por enfermedad de algún miembro de la unidad fami-

liar que justifique la necesidad de acceder a una nuevavivienda.

· Duración: Serán de carácter puntual y de pago único.· Cuantía: La cuantía máxima a conceder será hasta un

máximo de 750€, y dependiendo de los ingresos de la unidadeconómica de convivencia: Ingresos familiares Ayuda a conceder

0-75% Limite ingreso aplicable/mes 75% del presupuesto76-100% Limite ingreso aplicable/mes 50% del presupuesto

5.2.2.— Gastos de reparación de la vivienda habitual.

· Concepto: Las ayudas a conceder tendrán como objetoacondicionar o acometer arreglos de la vivienda habitual así

como adquirir mobiliario y enseres básicos cuando se densituaciones extraordinarias, imprevistas o de excepcional nece-sidad, que deban ser atendidas con inmediatez.

· Duración: La ayuda será de carácter puntual y de pagoúnico.

· Cuantía: La cuantía máxima a conceder serán 750 €, ydependerá de los ingresos de la unidad económica de convi-vencia: Ingresos familiares Ayuda a conceder

0–75% Limite ingreso aplicable/mes 75% del presupuesto76%-100% Limite ingreso aplicable/mes 50% del presupuesto

5.2.3.— Alojamiento temporal, sólo en casos de emergen-cia social y si no existiese otra alternativa en el entorno socialo familiar en establecimientos hoteleros hasta un máximo de15 días improrrogables.

El coste del mismo correrá a cargo del Ayuntamiento deMairena del Alcor «Servicios Sociales».

5.2.4.— Gastos de manutención.

· Concepto: Se incluyen en este concepto la alimentación,vestido, higiene, salud y educación en situaciones de emergen-cia social.

· Duración: Las ayudas tendrán un carácter puntual y elmodo de prestarla (económico o en especie) se acordará en lareunión del Equipo Técnico de Servicios Sociales, ya queestará supeditada a la situación de emergencia que lo ha pro-vocado.

· Cuantía: La cuantía de la ayuda en la modalidad econó-mica estará en función del número de miembros de la unidadfamiliar y de los ingresos con los que cuenten una vez descon-tados los gastos, tal y como recoge el artículo 9.8:

N.º Miembros Cuantía ayuda

1 90€2 120€3 160€4 200€

5 o más 220€

5.2.5.— Gastos de abono de Servicios Funerarios en elmunicipio.

· Concepto: La ayuda tendrá como objeto atender los gas-tos de sepelio cuando concurran las siguientes circunstanciasrespecto a la persona fallecida:

— Carecer de seguro de deceso.

— Inexistencia de familiares obligados al pago de los gas-tos en los términos establecidos en el Código Civil o bieninexistencia de recursos económicos suficientes por parte delos mismos para correr con los gastos del sepelio.

· Duración: Las ayudas tendrán un carácter puntual y depago único.

· Cuantía: La cuantía de la ayuda será el total del presu-puesto más económico disponible.

5.3.— Otras ayudas para situaciones de especial necesi-dad.

De forma excepcional, se podrán proponer por el Serviciocorrespondiente otras ayudas para situaciones de especialnecesidad cuando su concesión facilite la intervención social.

Artículo 6.º— Criterio de preferencia en la concesión.

La concesión de las ayudas contempladas en este Pro-grama estarán supeditadas a la existencia de disponibilidadpresupuestaria, ya que la familia no esta recibiendo otras ayu-das por el mismo concepto teniendo preferencia para ser bene-ficiarios de éstas aquellas unidades familiares que en igualdadde condiciones no hayan obtenido ningún tipo de ayudas delas contempladas en el presente programa durante el tiempo devigencia del mismo, con respecto a los que se le hayan otor-gado las mismas, o que haya recibido un numero menor deayudas.

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32 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

Titulo II: Beneficiarios/as.

Artículo 7.º— Beneficiarios/as.

Serán beneficiarios de estas ayudas las personas físicas ylas unidades familiares que reúnan los requisitos que se rela-cionan en el artículo siguiente a excepción de transeúntes.

Artículo 8.º— Requisitos de los/as beneficiarios/as.

1. Ser mayor de edad ó menor emancipado.

2. Estar empadronado en el municipio con una antigüedadmínima de 6 meses a la fecha de la petición. Este requisitopodrá eximirse en situaciones debidamente justificadas, comoson, existencia de situación de riesgo en menores, acreditaciónde violencia doméstica y en personas emigrantes retornadas.

3. Acreditar la situación de necesidad.

4. Aportar la documentación exigida en cada caso.

5. Aceptación expresa por parte del usuario de las condi-ciones que figuren en el Acuerdo-Compromiso diseñado porel/losa técnicos que correspondan con la colaboración de losusuarios.

6. Figurar como demandantes de empleo todos los miem-bros de la unidad de convivencia con capacidad y edad laboralque estén desempleados.

7. Estar escolarizados los menores de 16 años.

8. Que los recursos económicos mensuales o recursos eco-nómicos disponibles (1) de la unidad de convivencia (2) seaninferiores, una vez descontados los gastos derivados del alqui-ler o préstamos hipotecarios de la vivienda habitual (3), a lacuantía que se especifica a continuación en relación al Indica-dor Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) vigente::

N.º Miembros Límite de ingresos aplicable

1 1 IPREM 2 1.25 IPREM 3 1.50 IPREM 4 1.75 IPREM 5 ó más 2 IPREM

(1) Se consideran recursos económicos mensuales; cual-quier tipo de ingresos acreditados por la unidad familiar ó deconvivencia, provenientes del trabajo, pensiones, subsidios,rentas o ingresos que en cualquier concepto perciban.

Para su cálculo se hallarán los ingresos medios del semes-tre anterior al momento de solicitud teniendo con referencia lafecha del registro de entrada de dicha solicitud en el Ayunta-miento de Mairena del Alcor.

(2) La unidad familiar incluye a la persona solicitante y, ensu caso, a las personas que convivan con ésta unidas por rela-ción conyugal o análoga relación de afectividad o de consan-guinidad hasta segundo grado y por afinidad hasta el primero.

(3) Se descontarán los gastos derivados del alquiler o delpréstamo hipotecario realizados en los últimos seis meses conun importe máximo de 600 €/mes.

Titulo III: Gestión y procedimiento de las ayudas.

Artículo 9.º— Iniciación del procedimiento.

El procedimiento se iniciara con la presentación por partede la persona interesada de la solicitud (Modelo Oficial) en elRegistro General del Ayuntamiento de Mairena del Alcor,acompañada de la siguiente documentación:

1. Fotocopia del DNI/NIE de todos los miembros de laUnidad Familiar mayores de 14 años.

2. Fotocopia del Libro de Familia.

3. Certificado de empadronamiento, donde se acredite laantigüedad en el municipio de al menos seis meses, así comola convivencia.

4. Certificados acreditativos de ingresos de la UnidadFamiliar.

5. Vida laboral de todos los miembros de la Unidad Fami-liar en edad de trabajar.

6. Certificado de escolarización y asistencia regular de losmenores al centro escolar.

7. Autorización, en los casos en que se precise para que elproveedor del servicio pueda cobrar directamente por el Ayun-tamiento la ayuda concedida.

Con carácter específico: Dependiendo del tipo de ayudasolicitada se requerirá documentación acreditativa así comocualquier otra que se valore como necesaria por parte del Téc-nico correspondiente del Centro de Servicios Sociales Comu-nitarios.

A continuación los técnicos del Centro de Servicios Socia-les Comunitarios procederán a comprobar que la unidad fami-liar reúne los requisitos exigidos (artículo8).

En el caso de que la solicitud no reuniese los requisitosestablecidos o no acompañase la documentación exigida, serequerirá al interesado para que en un plazo de 10 días subsanelas faltas o acompañe los documentos perceptivos, indicándo-les que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido en su peti-ción archivándose mediante la correspondiente resolución(artículo 71 L.R.J. P.A.C.).

A la vista de la documentación presentada y de la aplica-ción de los baremos correspondientes a cada tipo de ayuda, serealizará un Informe propuesta de concesión de la Ayuda Eco-nómica (Anexo I) en el que figuren los datos del beneficiario,el tipo y la cuantía total de la ayuda.

Artículo 10.º— Tramitación del expediente.

Una vez cumplimentado el expediente en el que constarála documentación exigida e informes técnicos se elevará a laJunta de Gobierno Local para su aprobación, notificándose alinteresado la resolución del expediente de acuerdo con lo esta-blecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de RégimenJurídico de las Administraciones Públicas y ProcedimientoAdministrativo Común.

La concesión de la ayuda conlleva la suscripción previapor la persona beneficiaria del documento de Acuerdo-Com-promiso de Aceptación de la intervención social (Anexo II) enel que asume las obligaciones que en el mismo se determinenen relación con la finalidad para la que se concede la ayuda.

Artículo 11.º— Gestión presupuestaria.

La gestión presupuestaria de las ayudas recogidas en lapresente ordenanza corresponderá al Centro de ServiciosSociales Comunitarios con cargo a sus respectivas partidaspresupuestarias con el límite de créditos consignados a tal fin.

Las ayudas podrán ser concebidas en cuantía única o deforma fraccionada, mediante vales de transportes, vales decompras, o cualquier otro documento que se diseñe para hacerefectivo el derecho del ciudadano. De forma excepcional sematerializará en efectivo cuando así lo requieran las caracte-rísticas de la persona o unidad familiar.

Artículo 12.º— Justificación de las ayudas.

Las ayudas se justificarán en los términos establecidos enel acuerdo-compromiso formalizado entre beneficiario/s-pro-fesional/es con la correspondiente factura original, el plazopara justificación en cualquiera de los conceptos que se con-templan será de 7 días máximo a partir de la percepción de laayuda, salvo casos en los que por razones ajenas a la voluntaddel usuario precisara de un plazo diferente, siempre previoinforme al respecto del responsable del programa y no pudién-dose prorrogar el plazo por más de 1 mes.

El incumplimiento dará lugar a la apertura de un expe-diente administrativo de reclamación y reintegro de la canti-dad percibida.

Las causas de reintegro de la ayuda concedida se articularáde acuerdo con lo previsto en la Ley 47/2003, de 26 deNoviembre, General Presupuestaria («BOE» 27 de noviembre).

Artículo 13.º— Extinción de la ayuda.

La extinción de la ayuda tendrá lugar por los siguientesmotivos:

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 33

—Incumplimiento del documento de aceptación de laintervención social

—Falseamiento u ocultación de datos—Traslado del domicilio fuera de la localidad—Fallecimiento del beneficiario, en el caso de unidades

familiares unipersonales—Desaparición de las circunstancias que dieron origen a

su concesión—Renuncia del beneficiario—Cumplimiento del plazo de duración de la prestación

económica—No utilizar la prestación para el fin para el que fue con-

cedida—Otras causas de carácter grave imputables al beneficia-

rio no contempladas en los apartados anteriores.Disposición adicional.Se faculta al Centro de Servicios Sociales Comunitarios

para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo yejecución de esta Ordenanza y dictar las instrucciones de apli-cación de criterios de valoración de concesión de ayudas.

Disposición final.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 70.2 de la

Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de RégimenLocal, la presente Ordenanza entrará en vigor una vez se hayapublicado en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla yhaya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de lacitada Ley, teniendo vigencia mientras que no se proceda a suderogación expresa..

En Mairena del Alcor a 6 de febrero de 2012.—El Alcalde,Ricardo A. Sánchez Antúnez.

Anexo IInforme propuesta sobre prestación social complementaria

Emitido por: Centro de Servicios Sociales Comunitarios.Dirigido a: Junta de Gobierno Local.Fecha: —.Motivo: Propuesta de concesión de Prestación Social

Complementaria.Según datos obrantes en el Centro de Servicios Sociales

Comunitarios D/Dª. ... con DNI n.º ... reúne los requisitos esta-blecidos en la Ordenanza reguladora de las PrestacionesSociales Complementarias del Ayuntamiento de Mairena delAlcor, para la concesión de la Prestación Social Complemen-taria ... correspondiéndole el importe de ... de acuerdo a lacitada Ordenanza.

Vº Bº La Coordinadora de Dinamización Social EquipoTécnico.

Anexo IIAcuerdo-compromiso sobre prestación social complementaria

Los miembros de la familia solicitante de la PrestaciónSocial Complementaria ... :

D/D.ª ... con D.N.I. n.º ... D/D.ª ... con D.N.I. n.º ... Se compromete/n y acepta/n el cumplimiento de las

siguientes condiciones enmarcadas en el Programa de Presta-ciones Sociales Complementarias de 20 ... :

— Destinar la ayuda económica a los fines acordados conel Equipo Técnico de Servicios Sociales, en concreto a:

...

...

... — Comunicar a los Servicios sociales cualquier cambio en

la situación económica familiar, sanitaria, escolar,..., así comoel cambio de domicilio, que afecte a los requisitos que motiva-ron la concesión de la ayuda.

— Colaborar con los Servicios Sociales en los siguientesaspectos (los que se subrayan).

a) Acudir a las citas que se requieren desde ServiciosSociales.

b) Aceptar las visitas domiciliarias que se estimen necesa-ria.

c) Seguir las orientaciones que desde los Servicios Socia-les se le marquen en relación a la superación de sus dificulta-des en el marco del Proyecto de Intervención Social:

· Cumplir el tratamiento médico prescrito para los miem-bros de la familia.

· Escolarizar y garantizar la asistencia a clase de los meno-res.

· Realizar acciones orientadas al acceso al empleo y elmantenimiento del puesto de trabajo.

· Otros(Especificar) .... ...

— Justificar mediante el documento acreditativo que se lerequiera, que la ayuda ha sido destinada al fin para el que fueconcedida.

Este documento tendrá vigencia desde la fecha en que seaconcedida la Prestación Social Complementaria, si procede, yhasta su extinción, que tendrá lugar por cualquiera de las cau-sas que se especifican a continuación, pudiendo ser prorrogadode acuerdo a lo establecido en la Ordenanza reguladora:

— El incumplimiento de los compromisos acordados en elpresente documento.

— El falseamiento u ocultación de datos.— El traslado del domicilio fuera de la localidad.—El fallecimiento del beneficiario, en el caso de unidades

familiares unipersonales.—Desaparición de las circunstancias que dieron origen a

la concesión de la prestación.— Renuncia del/la beneficiario/a.— Cumplimiento del plazo de duración de la prestación.—Utilización de la prestación para otros fines distintos al

fin para el que fue concedida.—Otras causas de carácter grave imputables al/la benefi-

ciario/a no relacionadas en los apartados anteriores.

Mairena del Alcor a ... de ... de 20 ... .—Fdo: ... Fdo: ...El/Los Interesados

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Mairena del Alcor a 6 de febrero de 2012.—El Alcalde,Ricardo A. Sánchez Antúnez.

6W-2144

———

MAIRENA DEL ALJARAFE

La Jefa de Negociado de Recaudación.

Hace saber: Que no ha sido posible practicar la notifica-ción de la valoración de bienes de fecha 7-11-2011, a conti-nuación indicada; la misma se intentó el 22-11-2011 y el 23-11-2011, y se devuelven por el personal de reparto de losmotivos «ausente» y «ausente», según queda acreditado en sucorrespondiente expediente. Se procede a publicar el presenteedicto en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y en eltablón de anuncios del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe,con el fin de citar al deudor que más adelante se detalla, o a surepresentante, para ser notificado por comparecencia pormedio del presente anuncio, tal y como establecen los artícu-los 112 y 170 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria, y en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992,de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administra-ciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común(modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero). Debe compa-recer en la oficina de «Solgest», S.L., Gestión TributariaMunicipal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, sita enavenida de las Américas, s/n, en horario de 8.00 a 15.00, dedías laborales, de lunes a viernes, en el plazo máximo dequince días, contados desde el siguiente a la publicación delpresente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia, conel fin de efectuar la notificación de la diligencia de embargode bienes inmuebles, que le afecta, con la advertencia de que

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34 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

si transcurrido dicho plazo no comparece, la notificación seentenderá practicada, a todos los efectos legales, desde el díasiguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Diligencia:

Expediente n.º: 2009 2097.Notificación n.º: 29041.Datos del destinatario: Rodríguez Triano, Crispín.NIF: 38.533.706-N.Calle Pimentón, 17. 41927-Mairena del Aljarafe (Sevilla).

En el expediente administrativo de apremio que se sigueen esta Unidad de Recaudación contra el deudor a la HaciendaMunicipal Rodríguez Triano, Crispín, NIF 38.533.706-N,domiciliado en calle Pimentón, 17, han sido embargados lossiguientes bienes propiedad del deudor.

En fecha, han sido valorados dichos bienes en la cantidadde 232.155,98 euros, por los débitos 2009 I.B.I. (URB)-2009I.V.T.M. La valoración se efectuó con referencia a precios demercado y de acuerdo con los criterios habituales, según sejustifica en informe técnico, del que se adjunta copia. Todo locual se le notifica en cumplimiento de lo dispuesto en el ar-tículo 97 del Reglamento General de Recaudación, aprobadopor Real Decreto 939/2005, de 29 de julio («BOE» 2-9-2005,n.º 210), como trámite previo a la subasta de los siguientesbienes:

Relación de bienes:

Calle Pimentón, 17.Ref. catastral: 9962202QB5396S0001HF.

Asimismo, se le comunica que, en caso de discrepanciacon la tasación efectuada, podrá presentar valoración contra-dictoria en el plazo de quince días.

Contra el acto notificado cabe recurso de reposición, en elplazo de un mes, a contar del día de la recepción de la presentenotificación ante el Tesorero del Ayuntamiento, de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 14 R.D. Leg. 2/2004, de 5de marzo, Reguladora de las Haciendas Locales, sin perjuiciode que pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso queestime procedente.

El procedimiento de apremio no se suspenderá sino en loscasos y condiciones señalados en el artículo 73 del Regla-mento General de Recaudación.

Mairena del Aljarafe a 7 de febrero de 2012.—La Jefa dela Unidad de Recaudación, María Francisca Otero Candelera.

7W-2396———

OSUNA

Doña Rosario Andújar Torrejón, Alcaldesa-Presidenta delIlustre Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que habiéndose elaborado por el Departamen-to de Hacienda Municipal el Padrón del Impuesto sobre GastosSuntuarios referente al aprovechamiento de los Cotos Privadosde Caza, para el ejercicio de 2011, queda expuesto al públicoen el Departamento de Hacienda Municipal, durante el plazo dequince días hábiles, para su examen por los particulares y for-mular reclamaciones si procede.

El plazo se computará a partir del día siguiente al de la pu-blicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Osuna a 8 de marzo de 2012.—La Alcaldesa-Presiden-ta, Rosario Andújar Torrejón.

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Doña Rosario Andújar Torrejón, Alcaldesa-Presidenta delIlustre Ayuntamiento de esta villa

Hace saber: Que habiéndose elaborado por la Administra-ción Tributaria del Estado, la Matrícula del Impuesto sobre Ac-tividades Económicas, para el ejercicio de 2012, y de confor-

midad con lo establecido en el artículo 3º del Real Decreto243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para lagestión del Impuesto sobre Actividades Económicas, que dero-ga el Real Decreto 1.172/1991, de 26 de julio, dicha matrículaquedará expuesta al público en el Departamento de HaciendaMunicipal (Rentas), de este Ayuntamiento desde el día 1 al 15de abril de 2012, para su examen por los particulares, los cualespodrán interponer de conformidad con el artículo 4º del RealDecreto 243/1995, de 17 de febrero, recurso de reposición po-testativo ante el Administrador de Osuna de la Agencia Estatalde Administración Tributaria, en el plazo de un mes a contardesde el día inmediato siguiente al del término del período deexposición pública, o reclamación ante el Tribunal EconómicoAdministrativo Regional en el mismo plazo, sin que puedan in-terponerse simultáneamente ambos recursos, así como cuales-quiera otros que a su derecho interesen.

La interposición del recurso de reposición o reclamacióneconómico-administrativa no originará la suspensión de losactos liquidatorios subsiguientes, salvo que así lo acuerde ex-presamente el órgano administrativo o el Tribunal Económico-Administrativo competente, de conformidad con el artículo 111de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Osuna a 8 de marzo de 2012.—La Alcaldesa-Presiden-ta, Rosario Andújar Torrejón.

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Doña Rosario Andújar Torrejón, Alcaldesa-Presidenta delIlustre Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que habiéndose elaborado por el Departamen-to de Hacienda Municipal los Padrones relativos al Impuestosobre Vehículos de Tracción Mecánica y las Tasas de BasuraDoméstica, Basura Industrial y Entrada de Vehículos, para elejercicio 2012, quedan expuestos al público en el Departamen-to de Hacienda Municipal, durante el plazo de quince dias,para su examen por los particulares y formular reclamacionessi procede.

El plazo se computará a partir del día siguiente al de la pu-blicación de este edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Lo que se publica para general conocimiento.

En Osuna a 8 de marzo de 2012.—La Alcaldesa-Presiden-ta, Rosario Andújar Torrejón.

253D-3161

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PARADAS

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 5 y 61de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administracio-nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, yhabiendo sido intentada notificación individual sin que hayasido posible practicarla, se hace público lo siguiente:

Que por Resolución de la Alcaldía número 078/12, defecha 8 de febrero de 2012, se ha declarado concluso el proce-dimiento abierto núm. 228/11, al amparo de lo preceptuado enlos artículos 85 y 86 del texto articulado de la Ley sobre Trá-fico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, apro-bado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo,para la declaración de abandono, a los efectos de su trata-miento como residuo sólido urbano, en consecuencia con lodispuesto por la Ley 22/2011, de 28 de julio de Residuos ysuelos contaminados, del vehículo que a continuación se des-cribe, al haberse emitido nuevo informe por la Policía Localdonde se hace constar que el citado vehículo ha sido retiradodel lugar donde permanecía estacionado con signos evidentesde abandono, y habiendo intentado su notificación al quefigura como propietario en la base de datos de la Jefatura Pro-vincial de Tráfico, y que se relaciona a continuación, se pro-cede a notificar mediante edicto.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 35

Se hace público para conocimiento del interesado, advir-tiéndole que el expediente obra en las dependencias municipa-les de la Secretaría (Ayuntamiento, C/. Larga, n.º 2).

N.º Exp.: 228/2011.Titular: El Forqani Abdallah.Marca-Modelo: Mercedes 250 TD.Clase: Turismo.Matrícula: 9505-GGX.

Paradas a 14 de febrero de 2012.—El Alcalde-Presidente,Rafael Cobano Navarrete.

6W-2060

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LA PUEBLA DE CAZALLA

Don Antonio Martín Melero, Alcalde-Presidente del Ayun-tamiento de esta villa.

Hace saber: Que ha sido aprobado por Resolución de laAlcaldía de fecha 8 de febrero de 2012, el Padrón Fiscal porlos conceptos de Tasa por Recogida de Basuras, Tasa porDepuradora de Vertidos de Aguas Residuales y Tasa por expe-dición de documentos correspondientes al cuarto trimestre delejercicio de 2011.

Asimismo, se hace saber que, durante el plazo de exposi-ción pública de quince días a contar desde el siguiente al de supublicación en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla,los Padrones están a disposición de los interesados en las ofi-cinas centrales del Ayuntamiento, sita en plaza del Cabildo n.º1. Esta exposición, por un período de quince días a partir de lacorrespondiente publicación servirá de notificación colectivade todos los contribuyentes, en los términos establecidos en elartículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, GeneralTributaria.

Contra las liquidaciones incorporadas a los Padrones res-pectivos podrán los interesados interponer recurso de reposi-ción, ante esta Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 14.2 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba eltexto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Loca-les; dentro del plazo de un mes contado desde el día siguientea la finalización del periodo de exposición al público de losPadrones Fiscales. La interposición del recurso no suspende laeficacia de las liquidaciones correspondientes, salvo en casode aportación por el contribuyente de algunas de las garantíasestablecidas en el apartado i) del artículo anterior.

Contra la desestimación del recurso de reposición podráinterponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribu-nal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dosmeses a partir de la notificación desestimatoria del recurso oseis meses desde que se produzca la desestimación presunta.También se interponer cualquier otro recurso que se considereoportuno.

El plazo de pago voluntario será el comprendido entre el15 de febrero de 2012, hasta el 15 de abril de 2012.

Transcurrido el plazo señalado para el periodo voluntariose iniciará el periodo ejecutivo que determina el derecho acobrar el recargo de apremio y los intereses de demora, deconformidad con lo dispuesto en el artículo 28 de la LeyGeneral Tributaria; se satisfará un recargo del 5% si se abonala deuda tributaria antes de la notificación de la providencia deapremio, sin intereses de demora; el recargo será del 10%cuando se liquide la deuda tributaria con posterioridad a lanotificación de la providencia de apremio y dentro del plazoestablecida en ésta, sin intereses de demora; finalmente elrecargo de apremio será del 20% cuando no se haya ingresadola totalidad de la deuda tributaria con posterioridad al plazoconcedido en la providencia de apremio y deberán satisfacerselos intereses de demora, que corresponda, desde el inicio delperiodo ejecutivo.

La Puebla de Cazalla a 8 de febrero de 2012.—El Alcalde,Antonio Martín Melero.

6W-2076

LA PUEBLA DE CAZALLA

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de laLey 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, yhabiéndose intentado la notificación al interesado o su repre-sentante una vez, y consta como desconocido, o por dos vecessin que haya sido posible practicarla por causas no imputablesa este Ayuntamiento, se pone de manifiesto, mediante el pre-sente anuncio, que se encuentran pendientes de notificar losactos cuyo interesado, número de expediente y procedimientose especifican a continuación:

Matrícula: SE-12423.Contribuyente: Luis Fernando Torrado Guerrero.NIF/CIF: 27300308K.Notificación: Impuesto sobre Cotos Privados de Caza

Menor - Liquidación 2011.

Matrícula: SE-10776.Contribuyente: Eumelio García López.NIF/CIF: 27628314R.Notificación: Impuesto sobre Cotos Privados de Caza

Menor - Liquidación 2011.

En virtud de lo anterior dispongo que el sujeto pasivo,obligados tributarios indicados anteriormente, o sus represen-tantes debidamente acreditados, deberán comparecer en elplazo de quince días naturales, contados desde el siguiente alde la publicación de la presente relación en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia de Sevilla, de lunes a viernes, en horariode nueve a catorce, en las oficinas de la Tesorería Municipal,sitas en la plaza del Cabildo, número 1, de La Puebla de Caza-lla, al efecto de practicar la notificación del citado acto.

Asimismo, se advierte a los interesados que de no compa-recer en el citado plazo, la notificación se entenderá producidaa todos los efectos legales desde el día siguiente al del venci-miento del plazo señalado para comparecer.

La Puebla de Cazalla a 9 de febrero de 2012.—El Alcalde,Antonio Martín Melero.

6W-2075

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SAN NICOLÁS DEL PUERTO

El Pleno Municipal en sesión celebrada el 29 de febrero de2012, acordó con carácter provisional la modificación de lasOrdenanzas de licencias, cementerio, ocupaciones y reservasde la vía pública, suministro de agua potable, alcantarillado,utilización de bienes municipales, expedición de documentos ytramitación de expedientes e impuesto sobre la circulación devehículos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49-b) y 17.1de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los anteriores acuerdos provi-sionales, se expondrá al público en el tablón de anuncios deeste Ayuntamiento por espacio de treinta (30) días hábiles, con-tados a partir del día siguiente hábil en que el presente se pu-blique en el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, a finde que los interesados puedan examinar el expediente y presen-tar las reclamaciones que se consideren oportunas.

Transcurrido el plazo de exposición pública de los acuerdosprovisionales de modificación de tasas e impuesto, sin que sehayan presentado reclamaciones, de acuerdo con el artículo17.3 de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, se entenderán de-finitivos, sin necesidad de otro acuerdo posterior.

Los acuerdos definitivos y, en su caso, el texto integro desu Ordenanza fiscal reguladora se publicarán en el «BoletínOficial» de provincia de Sevilla y se aplicarán a partir de lafecha que señala la Disposición Final de la Ordenanza.

En San Nicolás del Puerto a 1 de marzo de 2012.—El Al-calde, Francisco Rodríguez Galán.

8D-3081

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36 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

UTRERA

En el «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla número145, de fecha 25 de junio de 2010, se publicó el ConvenioColectivo del personal laboral del Excmo. Ayuntamiento deUtrera 2008-2011. Recaída sentencia por el Juzgado de loSocial número 9 de Sevilla contra dicho Convenio Colectivo,con fecha 1 de julio de 2011 se publicó en el «Boletín Oficial»de la provincia de Sevilla el texto literal de la sentencia de pri-mera instancia. Con fecha 11 de enero de 2012 se falla por laSala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalu-cía, sentencia que revoca parcialmente la primera sentencia.En consecuencia, y en base a lo dispuesto en el artículo 164del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el quese aprueba el Texto Refundido de la Ley de ProcedimientoLaboral, y del artículo 166 de la Ley 36/2011, Reguladora dela Jurisdicción Social, se hace público el contenido de lamisma.

Sentencia n.º 25/2012En el recurso de suplicación interpuesto por el Excmo.

Ayuntamiento de Utrera contra la sentencia del Juzgado de loSocial número 9 de los de Sevilla, autos n.° 1023/10, ha sidoPonente la Ilma. señora doña Ana María Orellana Cano,Magistrada Especialista del Orden Jurisdiccional Social.

Antecedentes de hechoPrimero: Según consta en autos, se presentó demanda por

la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalu-cía (CC.OO.) y por don Juan Garrido Expósito, contra elExmo. Ayuntamiento de Utrera, el Comité de Empresa delAyuntamiento de Utrera, la Sección Sindical de UGT en elAyuntamiento de Utrera y con la intervención del MinisterioFiscal, sobre impugnación de Convenio Colectivo, se celebróel juicio y se dictó sentencia el día 8 de marzo de 2011 por elJuzgado de referencia, en la que se estimó parcialmente lademanda.

Segundo: En la citada sentencia y como hechos probadosse declararon los siguientes:

«Primero.—En fecha de 25-06-10 se publicó en el «Bole-tín Oficial» de la provincia de Sevilla el Convenio Colectivopara el personal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Utrera2008-2011, cuyo ámbito de aplicación subjetivo acoge a todoslos trabajadores de régimen laboral del referido ente local, y suvigencia temporal abarca del 1/01/08 al 31/12/11.

Segundo.—El Capítulo Tercero del citado Convenio llevala rúbrica de «Condiciones económicas», estableciéndose en elartículo 14 el derecho de todo empleado, una vez adquirida lacondición de trabajador fijo, a que se le reconozca a efectos deantigüedad el tiempo trabajado como contratado por la Admi-nistración Pública, estableciéndose en función del grupo pro-fesional la cuantía mensual del referido complemento.

Asimismo, los artículos 16 y 17 regulan, respectivamente,el complemento de destino y el complemento específico, remi-tiéndose respecto de los trabajadores incluidos en la Relaciónde Puestos de Trabajo (en adelante RPT) a la categoría, nivel ycuantía que venga regulada en dicha relación, y establecién-dose para los trabajadores no incluidos en la RPT unas cuan-tías diversas para tales complementos.

Tercero.—El Capítulo Cuarto del Convenio, bajo la men-ción «Jornadas, horarios, descansos y vacaciones», estableceen su artículo 25 que las vacaciones anuales se fijan en 22 díashábiles por año completo de servicio, y a estos efectos lossábados no serán considerados días hábiles, salvo que en loshorarios especiales se establezca otra cosa. Las vacaciones,sigue diciendo el citado artículo, se disfrutarán de forma obli-gatoria dentro del año natural y excepcionalmente hasta el 15de febrero del año siguiente, si bien, si durante el períodovacacional el trabajador cursase enfermedad o accidente queimplicasen hospitalización, las vacaciones dejarán de sercomputadas hasta el posterior alta de enfermedad o accidente,y respecto a otras situaciones de incapacidad temporal quepudieran darse, serán objeto de estudio por parte de la empresa

y los representantes de los trabajadores. Asimismo, las vaca-ciones se fijarán con arreglo a la planificación que se efectúepor parte de la dirección de cada departamento, previa con-sulta con los representantes de los trabajadores.

Cuarto.—El Capítulo Quinto del Convenio, titulado «Con-diciones Sociales», establece en su artículo 26 un comple-mento por incapacidad temporal consistente en la diferenciaque exista entre el total del salario real fijo del trabajador y laprestación que le corresponda por tal contingencia de la Segu-ridad Social, y en el supuesto de que se suscitaran dudas sobreun posible abuso en la situación de incapacidad temporal porparte de algún trabajador, el Ayuntamiento, previo estudio conla representación de los trabajadores legalmente constituida enel mismo, podrá abonar al trabajador afectado lo estipulado enla legislación vigente.

El artículo 29, bajo la rúbrica «Ropa de Trabajo», esta-blece que a todo el personal que ocupe puestos en la RPT, asícomo para el personal con contrato temporal superior a tresmeses, y que conforme a su puesto sea necesario, el Ayunta-miento le suministrará cada año los uniformes pertinentes, ycon independencia de ello, a los trabajadores del Ayunta-miento se les suministrarán los uniformes pertinentes que seacuerden en la Comisión de Vestuario. Asimismo, todas aque-llas personas que necesiten ropa de trabajo, y no estén refleja-das en el Anexo II (referido a tipos de prendas ofertados), laComisión de ropa estimará el vestuario que se precise, una vezestudiado y acordado si procede.

El artículo 31 establece el derecho de los empleados queocupen puestos incluidos en la RPT a percibir anticipos reinte-grables sobre el sueldo, así como el derecho de cada trabajadora solicitar la percepción mensual de un anticipo a cuenta de lanómina del mes en curso, que solicitará antes del día 10 delmismo mes.

El artículo 33 del Convenio regula la ayuda por hijos dis-capacitados, estableciéndola respecto de los trabajadores queocupen un puesto de trabajo incluido en la RPT.

Quinto.—El Capítulo Séptimo del Convenio se dedica a«Jubilación, Seguro de Vida», regulando el artículo 37 el dere-cho de los trabajadores laborales fijos que lleguen a la edad dejubilación al percibo de una determinada cantidad económica,e incluyendo el artículo 39 a las personas designadas en elartículo 163 de la LGSS, en caso de fallecimiento de trabaja-dores que ocupen puestos incluidos en la RPT, entre las bene-ficiarias de una póliza suscrita por el Ayuntamiento a talesefectos.

Sexto.—El Capítulo Octavo del Convenio regula «Ingre-sos, promoción interna y traslados», estableciendo el artículo41.1.e), como exigencia de acceso, no haber sido separadomediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera delas Administraciones Públicas o de los órganos constituciona-les o estatutarios de las Comunidades Autónomas.

Séptimo.—El Capítulo Noveno del Convenio, bajo la rúbrica«Provisión de puestos de trabajo», establece en el artículo 53que el trabajador fijo tendrá derecho a la asistencia a las clasessin menoscabo de su remuneración si éstas coinciden con sujornada laboral.

Octavo.—El Capítulo Décimo del Convenio, dedicado al«Régimen disciplinario», establece en el artículo 54.2.e),como falta grave, la «desobediencia a sus superiores y autori-dades en acto de servicio».

Noveno.—El Capítulo Undécimo del Convenio, bajo lamención «Derechos sindicales», excluye en el artículo 56.2.d)de la obligatoriedad de la negociación colectiva a «los poderesde dirección y control propios de la relación jerárquica».

Tercero: Contra dicha sentencia se interpuso recurso desuplicación por la parte demandada el Excmo. Ayuntamientode Utrera, que fue impugnado por la demandante la Confede-ración Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía(CC.OO.).

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 37

Fundamentos jurídicos

Primero: En la presente demanda de impugnación delConvenio Colectivo para el personal laboral del Excmo. Ayun-tamiento de Utrera con vigencia desde el año 2008 al 2011, laparte actora solicita que se declare la nulidad de los siguientespreceptos: de los artículos 14, 16, 17, 29, 31, 33, 37, 39 a) y53, por considerarlos discriminatorios, y de los artículos 25,26, 41.1 e), 54.2 e) y 56.2 d). La sentencia recurrida estimaparcialmente la demanda y declara la nulidad de los artículos16, 17, 33, 39 a), 14, 37, 53, 25 y 41.1 e) del reseñado Conve-nio Colectivo. Frente a la misma se alza en suplicación elAyuntamiento demandado. La parte recurrente denuncia, comoúnico motivo de suplicación, con adecuado amparo procesal,en primer lugar, la infracción del artículo 14 de la Constitu-ción, del artículo 15.6 del Estatuto de los Trabajadores y de lajurisprudencia que indica, en relación con la nulidad de lospreceptos que afectan a los derechos retributivos, concreta-mente, de los artículos 16, 17 y 14 del Convenio Colectivo.Los artículos 16 y 17 del Convenio Colectivo de aplicaciónregulan, respectivamente, el complemento de destino y elcomplemento específico del personal laboral que preste servi-cios para el Ayuntamiento demandado, distinguiendo segúnque el puesto de trabajo esté o no incluido en la Relación dePuestos de Trabajo. Y, precisamente, la parte actora, con uncriterio que mantiene la sentencia recurrida, considera que estadistinción vulnera el derecho fundamental de igualdad y de nodiscriminación del artículo 14 de la Constitución. Concreta-mente, establece el artículo 16 del Convenio Colectivo que elcomplemento de destino «viene a retribuir al trabajador enfunción de la categoría que ostenta y de conformidad con elnivel que se le asigne en la Relación de Puestos de Trabajo(RPT) a cada una de estas Categorías y dentro del intervaloseñalado en el artículo 9». Y, a continuación, reseña la normaconvencional las cuantías del complemento de destino paratodas las categorías del personal no incluido en la Relación dePuestos de Trabajo, distinguiendo dentro de los diferentes gru-pos de clasificación, los niveles A1, A2, C1 y C2. El artículo 8del Convenio Colectivo dispone, con carácter general, que«los trabajadores al servicio del Ayuntamiento de Utrera reali-zarán las funciones propias de su profesión y categoría delpuesto que ocupen en la Relación de Puestos de Trabajo(R.P.T.)». Y, en el artículo 9 del citado Convenio, después dedeclarar que «los puestos de trabajo se clasifican en 30 nivelesy que, a cada nivel corresponde un Complemento de Destino yun Complemento Específico, estipula que «los intervalos quecorresponden a cada Grupo de clasificación son los siguientes:A1, del 20 al 30, ambos inclusive; A2, del 16 al 26, ambosinclusive; C1, del 11 al 22, ambos inclusive, y C2, del 9 al 18,ambos inclusive». Por su parte, el artículo 17 del ConvenioColectivo, que regula el complemento específico, dispone que«este complemento está destinado a retribuir las condicionesparticulares de los puestos de trabajo, en atención a su especialdificultad, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad,penosidad, toxicidad y otros. La cuantía será la que se esta-blezca para el puesto en la correspondiente Relación de Puestode Trabajo, y su percepción dependerá exclusivamente delejercicio de su actividad profesional en el puesto correspon-diente, por lo que este complemento no tiene carácter consoli-dable. El complemento específico anual se percibirá en 14pagas, de las que 12 serán iguales y de percibo mensual y las 2restantes, que se percibirán en los meses de junio y diciembre,conforme al criterio que se establezca para los restantesempleados públicos por la Ley de Presupuestos Generales delEstado para este concepto. Las cuantías del complementoespecífico del personal laboral contratado y no incluido en larelación de puestos de trabajo serán mensualmente, las que seestablecen a continuación» y, reseña el precepto las cuantíasque por este concepto habrán de percibir los trabajadores noincluidos en la Relación de Puestos de Trabajo, de acuerdo conlos niveles A1, A2, C1 y C2. El artículo 14 de la Constituciónse compone de dos partes claramente diferenciadas por la doc-trina del Tribunal Constitucional (SSTC 108/1989, de 8 dejunio y 28/1992, de 9 de marzo), a saber, el principio de igual-dad de todos ante la Ley, que es un imperativo dirigido a los

poderes públicos y, el derecho a la no discriminación que des-pliega su eficacia en el ámbito de las relaciones privadas. Ade-más declara el Tribunal Constitucional en la Sentencia103/2002, de 6 de mayo, citada a su vez por la STC 104/2004,de 28 de junio que «el principio de igualdad no implica entodos los casos un tratamiento legal igual con abstracción decualquier elemento diferenciador de relevancia Jurídica, demanera que no toda desigualdad de trato normativo respecto ala regulación de una determinada materia supone una infrac-ción del mandato contenido en el art. 14 CE f sino tan sólo lasque introduzcan una diferencia entre situaciones que puedanconsiderarse iguales, sin que se ofrezca y posea una justifica-ción objetiva y razonable para ello». En este sentido, se hapronunciado la sentencia de la Sala de lo Social del TribunalSupremo, dictada en el recurso de casación para la unificaciónde doctrina 2789/2010, de 28 de marzo de 2011. En materiaretributiva, rige el principio general «a igual trabajo, igualsalario», recogido en la Declaración Universal de Derechosdel Hombre de 10 de diciembre de 1948, en el Pacto Interna-cional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 19de diciembre de 1966, y en el Tratado Constitutivo de laComunidad Europea de 25 de marzo de 1957. Sin embargo,como declara la sentencia de la Sala de lo Social del TribunalSupremo, dictada en el recurso de casación para la unificaciónde doctrina 964/2010, de 24 de enero de 2011, a pesar de queel artículo 14 de la Constitución despliega su eficacia sobre lascondiciones de trabajo en general y sobre las económicas enparticular, tanto en el ámbito laboral como en el funcionarial(STC 57/1990, de 25 de marzo y STC 110/2004, de 30 dejunio), «el legislador cuenta con un amplio margen de discre-cionalidad a la hora de configurar el status del personal quepresta sus servicios en las Administraciones públicas {SSTC7/1984, 99/1984, 148/1986, 57/1990, de 25/marzo, FJ 2],gozando de un amplio margen de actuación a la hora de conso-lidar, modificar o completar sus estructuras y de configurar oconcretar organizativamente el status del personal a su servicio(SSTC 57/1990; y 293/1993, de 18/octubre, FJ 3. STS10/02/10 –rcud 1542/09–). Por lo que la existencia de unaregulación diferenciada entre funcionarios públicos y trabaja-dores, de carácter administrativo la de los primeros y de natu-raleza laboral la de los segundos» comporta diversidad quejustifica un distinto tratamiento retributivo [SSTC 57/1982, de27/julio, y 90/1984, de 5/octubre] (SSTS 19/02/09 –rcud425/08–; 27/02/09 –rcud 955/08–; 03/06/09 –rcud 989/08–;30/06/09 –rcud 2544/08–, y 22/09/09 –rcud 3895/08–), pues«... como recuerda el ATC 319/1996, de 29 de octubre (FJ 4),"es necesario resaltar que no basta con que las tareas asignadasa dos categorías distintas ... sean idénticas o análogas paraestimar discriminatoria la diferencia retributiva denunciada,pues no es el único criterio objetivo que el legislador o laAdministración pueden ponderar a efectos de las retribucionesde las distintas categorías de funcionarios, sino que tambiénpueden contemplar otros factores de diferenciación objetivos ygenerales, como son, las exigencias de preparación o el corres-pondiente sistema de acceso / SSTC 29/1987, 77/1990; AATC139/1983, 741/1984]"» (AATC 3/julio/2008 n.° 201 y 202.STS 27/02/09 –rcud 955/08–). En el caso de autos, los artícu-los 16 y 17 del Convenio Colectivo del personal laboral alservicio del Ayuntamiento de Utrera, distinguen el importe delcomplemento de destino y del complemento específico, aten-diendo a que el puesto de trabajo esté contemplado en la RPTo no y, ello –según la doctrina constitucional y la jurispruden-cia expuesta–, no es discriminatorio, pues no ha de olvidarseque el sistema de acceso a los puestos recogidos en la RPT esdiferente, que el acceso a los puestos de trabajo no recogidosen la citada relación, lo que justifica una diferencia retributiva.Por lo tanto, se ha de estimar esta parte del motivo del recursoy revocar la sentencia recurrida que declaró la nulidad deambos preceptos convencionales, declarando su validez. En elmismo sentido, se ha pronunciado la sentencia de la Sala de loSocial del Tribunal Supremo, dictada en el recurso de casaciónpara la unificación de doctrina 3895/2008, de 22 de septiem-bre de 2009.

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38 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

Segundo: En relación con el artículo 14 del ConvenioColectivo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamientode Utrera, que también ha sido declarado nulo por la sentenciarecurrida, invoca la parte recurrente que no constituye una dis-criminación el distinto trato otorgado a los trabajadores fijos ya los temporales. El reseñado artículo 14 del Convenio Colec-tivo regula el abono del complemento de antigüedad y disponeque a «todo empleado, una vez adquirida la condición de tra-bajador fijo, se le reconocerá a efectos de antigüedad el tiempotrabajado como contratado en la Administración Pública».

Desfavorable acogida merece seguir esta pretensión de laparte recurrente, ya que se trata de una norma discriminatoria,pues no existe una justificación objetiva y razonable para estetrato diferente entre los trabajadores fijos y los temporales. Eneste sentido, se ha pronunciado la sentencia de la Sala de loSocial del Tribunal Supremo, dictada en el recurso de casaciónpara la unificación de doctrina 4358/2007, de 5 de noviembrede 2009.

Tercero: Impugna a continuación la parte recurrente, en elmismo motivo de recurso, la nulidad declarada por la senten-cia recurrida de los preceptos que afectan a derecho no retribu-tivos. El artículo 33 del Convenio Colectivo regula la ayudapor hijos discapacitados y establece que «los empleados queocupen un puesto de trabajo incluido en la RPT y tengan hijoscon discapacidad física, psíquica o sensorial, debidamenteacreditada y que no se encuentren trabajando, tendrán derechoa 110 euros mensuales en concepto de ayuda social. Dichacantidad se elevará en 2009 a 125 euros mensuales, incremen-tándose anualmente en el porcentaje fijado por la Ley de Pre-supuestos del Estado para las retribuciones de los empleadospúblicos». El artículo 39 del citado Convenio Colectivo con-templa una mejora voluntaria para el caso de fallecimiento porcualquier causa de un trabajador que ocupe un puesto de tra-bajo incluido en la Relación de Puestos de Trabajo, frente a lamejora que se regula para los que no están incluidos en laRPT, que sólo se abonará en el caso de fallecimiento derivadode accidente de trabajo. El artículo 37 del Convenio Colectivodispone que «los trabajadores laborales fijos que lleguen a laedad de jubilación obligatoria con una antigüedad mínima dequince años en este Ayuntamiento tendrán derecho a que se lesliquide con su última nómina» las cantidades que establece acontinuación. Pues bien, tanto en el artículo 33 como en el 37y en el 39 del Convenio Colectivo se establecen mejorasvoluntarias. Las mejoras voluntarias pueden constituirse sólo afavor de un determinado colectivo de trabajadores, por lo quela limitación de su ámbito subjetivo, no supone un trato de dis-criminación, ni por lo tanto, vulnera el articulo 14 de la Cons-titución. Así lo ha declarado, entre otras, la sentencia de laSala de lo Social del Tribunal Supremo, dictada en el recursode casación para la unificación de doctrina 421/2009, de 8 demarzo de 2011. Por consiguiente, debe estimarse la pretensiónde la parte recurrente y dejar sin efecto la sentencia recurridaque declaró la nulidad de los artículos 33 y 39 del ConvenioColectivo.

Cuarto: La sentencia de instancia declaró también la nuli-dad del artículo 53 del Convenio Colectivo que regula la pro-moción y la formación profesional. Y establece que «la Dele-gación de Recursos Humanos, consciente de la importancia dela formación profesional, potenciará la misma a través de pla-nes de estudios y de formación en colaboración con el Comitéde Empresa у/o Secciones Sindicales. El trabajador fijo tendráderecho a la asistencia a las clases sin menoscabo de su remu-neración si éstas coinciden con su jornada laboral. Cuando elcurso deba realizarse en régimen de plena dedicación, y elloresulte más conveniente para la realización del trabajo, laDelegación de Recursos Humanos concederá un permiso deformación y perfeccionamiento por el tiempo que haya dedurar el curso. Los planes de formación serán expuestos en eltablón de anuncios durante quince días, transcurridos los cua-les, comenzará el plazo de inscripción, que nunca deberá serinferior a veinte días. En caso de cursos de perfeccionamientoprofesional no organizados por el Ayuntamiento, el trabajador

fijo, previa autorización de la Dirección, podrá acudir a losmismos con derecho a la reducción indispensable de la jornadalaboral sin merma alguna de los haberes. Igualmente, la Dele-gación de Recursos Humanos proveerá las ayudas necesarias(becas de estudios, matrículas gratuitas, dietas de viajes... )siempre que redunden en beneficio del servicio. Para estosfines se aprobará por el Ayuntamiento, previo acuerdo con losrepresentantes de los trabajadores, un Reglamento reguladorde la Formación del personal del Excmo. Ayuntamiento y loscriterios relativos a asistencia a los cursos, necesidades forma-tivas y cuantos aspectos relacionados con dichos temas seacuerden. Suerte estimatoria merece seguir también esta pre-tensión de la parte recurrente, pues la norma convencional, enmodo alguno, niega el derecho a la formación de los trabaja-dores no fijos, sino que regula concretamente el régimen de laasistencia a los cursos de los trabajadores fijos, en el sentidode que cuando coincidan con la jornada laboral no supondrámerma de sus retribuciones y, la concesión de permisos paraasistir a cursos de perfeccionamiento profesional no organiza-dos por el Ayuntamiento, con derecho a la reducción indispen-sable de la jornada laboral sin reducción alguna de los haberes.Y, ello no supone un trato discriminatorio respecto de los tra-bajadores vinculados a la entidad con un contrato temporal,pues este trato diferente tiene una justificación objetiva y razo-nable. Por lo tanto, se ha de estimar la pretensión de la parterecurrente y dejar sin efecto la nulidad del artículo 53 del Con-venio Colectivo declarada por la sentencia recurrida.

Quinto: La parte recurrente denuncia la infracción delartículo 38 del Estatuto de los Trabajadores, al haber declaradola sentencia de instancia la nulidad del artículo 25 del Conve-nio Colectivo. El artículo 25 del Convenio Colectivo disponeque las vacaciones reglamentarias anuales se fijan en veintidósdías hábiles por año completo de servicio, o en forma propor-cional al tiempo de servicio efectivo, y se disfrutarán de formaobligatoria dentro del año natural y, excepcionalmente, hastael 15 de febrero del año siguiente, preferentemente en el perí-odo comprendido entre el 15 de junio y el 15 de septiembre,en períodos mínimos de cinco días hábiles consecutivos, conarreglo a la planificación que se efectúe por parte de la direc-ción de cada departamento, previa consulta con los represen-tantes de los trabajadores, salvo aquellos empleados que esténsujetos a un período distinto, que deberán hacer coincidir elperíodo mínimo con los días hábiles correspondiente a unturno completo y que estén incluidos en los servicios queregula en Anexo I. A estos efectos, los sábados no serán consi-derados días hábiles, salvo que en los horarios especiales seestablezca otra cosa». La parte actora solicitó la nulidad deesta norma convencional –que declaró la sentencia recurrida–,por tres razones. En primer lugar, se considera que la fijaciónde las vacaciones en 22 días hábiles, no siendo hábil los sába-dos, salvo que en los horarios especiales se disponga otra cosa,puede vulnerar el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores,al no garantizarse un mínimo anual de treinta días naturales.Desfavorable acogida merece seguir la pretensión de la recu-rrente, pues los 22 días hábiles deben garantizar un mínimo detreinta días naturales, siendo el artículo 38 del Estatuto de losTrabajadores un mínimo de derecho necesario que deberá sertenido en cuenta en las jornadas especiales en las que se com-pute como hábil, a efectos de vacaciones, los sábados, sin quese disponga nada al respecto en la redacción del artículo 25 delConvenio Colectivo, por lo que se comparte su declaración denulidad. En segundo lugar, se solicitó la nulidad de la normaen relación con la limitación para el disfrute de las vacacionesque no pudieran disfrutarse en el año natural, hasta el 15 defebrero del año siguiente. Y, efectivamente, esta limitaciónconstituye una vulneración del artículo 38 del Estatuto de losTrabajadores, por lo que fue ajustada a derecho la sentenciarecurrida que declaró la nulidad de la misma. Y, en tercerlugar, se declaró la nulidad de la norma, en cuanto que, enrelación con la fijación de las fechas concretas de las vacacio-nes establece que se hará «con arreglo a la planificación que se

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efectúe por parte de la dirección de cada departamento, previaconsulta con los representantes de los trabajadores». Deacuerdo con el artículo 38.2 del Estatuto de los Trabajadores,«el período o períodos de su disfrute se fijará de comúnacuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidadcon lo establecido en su caso en los Convenios Colectivossobre planificación anual de las vacaciones. En caso de des-acuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará lafecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irre-currible». Por lo tanto, fue ajustada a derecho la nulidad decla-rada por la sentencia recurrida del artículo 25 del ConvenioColectivo, desestimándose la pretensión de la parte recurrente.

Sexto: Y, por último, denuncia la parte recurrente lainfracción del artículo 23.2 de la Constitución, por la declara-ción de nulidad del artículo 41.1 e) del Convenio Colectivo.Esta norma convencional exige para ser admitido a las pruebaspara el acceso a la plantilla del personal laboral, «no habersido separado mediante expediente disciplinario del serviciode cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órga-nos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autó-nomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial paraempleos o cargos públicos por resolución judicial, para elacceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funcio-nes similares a las que desempeñaban en el caso del personallaboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En elcaso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado oen situación equivalente ni haber sido sometido a sanción dis-ciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mis-mos términos el acceso al empleo público». Favorable acogidaha de tener esta pretensión de la parte recurrente porque elrequisito de acceso es idéntico al que se contiene en el artículo56.1 d) del Estatuto Básico del Empleado Público para la par-ticipación en los procesos selectivos de la Administración, porlo que no procede la nulidad del artículo 41.1 e) del ConvenioColectivo. Procede, en consecuencia, con estimación parcialdel recurso de suplicación, la revocación parcial de la senten-cia recurrida, que se mantiene en todos sus pronunciamientos,excepto en la declaración de nulidad –que se deja sin efecto–de los artículos 16, 17, 33, 39, 53 y 41.1 e) del ConvenioColectivo para el personal laboral del Excmo. Ayuntamientode Utrera.

Fallamos:

Que estimando parcialmente el recurso de suplicación for-mulado por el Excmo. Ayuntamiento de Utrera debemos revo-car y revocamos parcialmente la sentencia recurrida, que semantiene en todos sus pronunciamientos, excepto en la decla-ración de nulidad –que se deja sin efecto– de los artículos 16,17, 33, 39, 53 y 41.1 e) del Convenio Colectivo para el perso-nal laboral del Excmo. Ayuntamiento de Utrera.

Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. señorFiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, frente a esta senten-cia, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina,que podrá ser preparado dentro de los diez días hábilessiguientes a la notificación de la misma, mediante escrito diri-gido a esta Sala, así como que, transcurrido el término indi-cado, sin prepararse recurso, la presente sentencia será firme.

Una vez firme esta sentencia, devuélvanse los autos al Juz-gado de lo Social de referencia, con certificación de esta reso-lución, diligencia de su firmeza y, en su caso, certificación otestimonio de la posterior resolución que recaiga.

Únase el original de esta sentencia al libro de su razón yuna certificación de la misma al presente rollo, que se archi-vará en esta Sala.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, manda-mos y firmamos.

Lo que comunico a los efectos oportunos.

En Utrera a 21 de febrero de 2012.—El Secretario Gene-ral, Juan Borrego López.

7W-2403

UTRERA

Vistas las plazas vacantes que en la actualidad existen enla plantilla de este Ayuntamiento y elaboradas las bases gene-rales de selección de personal y sus anexos correspondientes.

Teniendo en cuenta el Decreto de 28 de octubre de 2009,por el que se aprueba el Acuerdo de la Mesa General de Nego-ciación sobre selecciones y de conformidad con lo previsto enel art. 21.1 g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de lasBases de Régimen Local, vengo en resolver:

Aprobar las Bases Generales y sus correspondientes ane-xos, que regirán la provisión de las plazas que se citan en losmismos, y que a continuación se transcriben:

BASES GENERALES POR LAS QUE HABRÁN DE REGIRSE LAS CON-VOCATORIAS DE LAS PLAZAS DE PERSONAL FUNCIONARIO QUE

FIGURAN EN EL ANEXO

I. Objeto.

Primera: Se convocan para cubrir en propiedad las plazasde personal funcionario de este Ayuntamiento que figuran enel Anexo de estas bases generales.

Con objeto de evitar que la utilización de modos de expre-sión no sexista ocasione una dificultad perturbadora añadidapara la lectura y comprensión del presente texto, se hace cons-tar expresamente que cualquier término genérico referente apersonas, como opositor, aspirante, funcionario, etc., debeentenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.

Estas plazas pertenecen a la escala, subescala, clase o cate-goría que se indican en el correspondiente anexo y están dota-das de los haberes correspondientes al grupo que igualmentese especifica.

De ellas se reservan a promoción interna de personal fun-cionario de la propia Corporación el número de plazas que seindica en los anexos respectivos.

El aspirante que obtenga plaza quedará sometido al sis-tema de incompatibilidad actualmente vigente.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específi-cas de cada convocatoria que figuran en Anexos cuando con-tengan previsiones diferentes a las reguladas en estas BasesGenerales.

Segunda: El número, características y modos de realiza-ción de los ejercicios se regirán por lo previsto en las presentesbases y sus anexos correspondientes y, en su defecto, por loestablecido en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 deabril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposi-ciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del EmpleadoPúblico; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para laReforma de la Función Pública, y el Real Decreto 896/1991,de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y losProgramas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento deselección de los funcionarios de Administración Local, ysupletoriamente el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso delPersonal al servicio de la Administración General del Estado yProvisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional delos Funcionarios Civiles de la Administración General delEstado y por cualesquiera otras disposiciones aplicables.

II. Requisitos de los aspirantes.

Tercera: Para ser admitidos a la realización de las pruebasselectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

A) Ser español o estar incurso en alguno de los supuestosprevistos en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12de abril.

B) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder,en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

C) Poseer la capacidad funcional para el desempeño delas tareas.

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40 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 Miércoles 14 de marzo de 2012

D) No haber sido separado, mediante expediente discipli-nario, del servicio de cualquiera de las Administracio-nes Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejerciciode las funciones públicas.

E) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títu-los exigidos para el ingreso en los grupos, escalas,subescalas y clases correspondientes y que se especi-fican en los anexos de esta convocatoria.

F) Aquellos que, independientemente de los anteriores,se establezcan en los anexos correspondientes.

Cuarta: Los requisitos establecidos en la base anterior, asícomo aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos res-pectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presen-tación de solicitudes.

III. Solicitudes.

Quinta: Quienes deseen tomar parte en estas pruebasselectivas deberán hacerlo constar en instancia que les seráfacilitada en el Servicio de Atención al Ciudadano (S.A.C.) delAyuntamiento de Utrera (plaza de Gibaxa n.º 1), dirigida alseñor Alcalde-Presidente y haciendo constar en la misma quereúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la con-vocatoria, referidos siempre a la fecha de expiración del plazode presentación de instancias. Las solicitudes deberán ser pre-sentadas en la citada oficina, acompañadas del original deljustificante de ingreso de los derechos de examen fijados enlos correspondientes anexos de la convocatoria, y cuando en laconvocatoria haya fase de concurso se acompañarán, además,los documentos que hayan que valorarse en dicha fase.

Las solicitudes también podrán formularse en los términosestablecidos en el artículo 70 de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los derechos de examen deberán ser ingresados en lacuenta que este Ayuntamiento mantiene en la sucursal enUtrera de la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid,número 2038-9838-07-6000054414, o bien, podrán ser abona-dos mediante tarjeta de crédito en el Servicio de Atención alCiudadano (S.A.C.) en el mismo momento de presentación dela solicitud de participación.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte díashábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación delextracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Las solicitudes presentadas a través de las oficinas deCorreos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y sella-das por el funcionario de dicho organismo antes de ser certifi-cadas.

También podrán presentarse en la forma que determina elartículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Regula-dora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

Los requisitos establecidos en las bases anteriores, asícomo aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos res-pectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presen-tación de solicitudes.

IV. Admisión de candidatos.

Sexta: Terminado el plazo de presentación de instancias ycomprobado el pago de los derechos de examen, la Presiden-cia de la Corporación dictará resolución aprobatoria de la listaprovisional de aspirantes admitidos y excluidos, en la que seconstatará el nombre y apellidos de los candidatos y el Docu-mento Nacional de Identidad y, en su caso, la causa de exclu-sión, la cual se hará pública en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia y en el tablón de anuncios de la Corporación a efectosde que puedan presentarse cuantas reclamaciones se estimenoportunas, dentro del plazo de diez días hábiles, a partir delsiguiente a aquel en que sea publicada dicha lista provisionalen el citado Boletín. En caso de no presentarse reclamaciones,las listas serán elevadas a definitivas.

Séptima: Los errores de hecho podrán subsanarse en cual-quier momento, de oficio o a petición del interesado; en todocaso, la resolución anterior establecerá un plazo de diez díaspara subsanación de errores, de conformidad con lo dispuestopor el art. 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Regula-dora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

Octava: Transcurrido el plazo de subsanación de errores,serán resueltas las reclamaciones que se hayan producido con-tra las listas provisionales por la Alcaldía-Presidencia en lamisma resolución por la que se apruebe la relación definitivade aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en eltablón de anuncios y en el «Boletín Oficial» de la provincia.Contra esta resolución podrá interponerse, potestativamente,por los interesados recurso de reposición ante el mismo órganoque dictó el acto, en el plazo de un mes a partir de la publica-ción de la misma, o bien, interponer directamente recurso con-tencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, a partir de la citadapublicación.

Aquellos aspirantes que resulten definitivamente excluidostendrán derecho, previa solicitud por escrito dirigida al señorAlcalde-Presidente, presentada en los quince días siguientes ala publicación de la lista definitiva de admitidos, a la devolu-ción del importe ingresado en concepto de derechos de examen.

V. Tribunales.

Novena: Los Tribunales Calificadores de los méritos delos aspirantes y de los ejercicios a que se contraen las distintaspruebas de acceso se compondrán conforme a lo previsto en elReal Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se regulan lasreglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse elprocedimiento de selección de los funcionarios de la Adminis-tración Local, y por la Ley 7/2007 del Estatuto Básico delEmpleado Público. Dicha composición será la siguiente:

Presidente: Un funcionario de carrera perteneciente algrupo A.

Vocales:

— Dos Técnicos Municipales designados por el señorAlcalde.

— Un Técnico designado por la Junta de Personal.— Un Técnico designado por la Delegación del

Gobierno de la Junta de Andalucía.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quiendelegue, con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal habrán de poseer titulaciónacadémica igual o superior a la exigida en la convocatoria, asícomo la idoneidad necesaria para enjuiciar los conocimientosy aptitudes exigidos.

Todos los miembros intervendrán siempre en el Tribunal atítulo individual y se tenderá a la paridad entre hombre ymujer en su composición.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados pararesolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de lasbases, para decidir respecto a lo no contemplado en las mis-mas, así como para incorporar especialistas en aquellas prue-bas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de losmismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.

Décima: La designación de los miembros del Tribunal sehará conforme a lo previsto en el Real Decreto 896/91,debiendo abstenerse de intervenir las personas designadas quepuedan incurrir en alguna de las situaciones recogidas en elartículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Regula-dora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, notificándolo a laautoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarloscuando concurra alguna de las circunstancias previstas en elartículo 29 del mismo Cuerpo legal.

Undécima: El Tribunal se constituirá de acuerdo con loestablecido en el artículo 26 de la Ley de Procedimiento

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Administrativo, y las decisiones se adoptarán por mayoría delos votos presentes, resolviendo en caso de empate el voto delque actúe como Presidente, siendo secretos sus acuerdos ydeliberaciones.

Asimismo, cuando un Vocal no pueda asistir a algunasesión, deberá comunicárselo a su suplente con la suficienteantelación con objeto de que asista a la misma.

VI. Desarrollo de los ejercicios.

Duodécima: La fecha, lugar y hora de comienzo del pri-mer ejercicio, en los casos de oposición, así como la composi-ción del Tribunal Calificador, se anunciará, al menos, concinco días de antelación, en el «Boletín Oficial» de la provin-cia y tablón de anuncios de la Corporación, a ser posible, juntocon la lista de admitidos y excluidos.

En los casos de concurso-oposición, se publicará en dichoBoletín la fecha de comienzo de la fase de concurso, a serposible, conjuntamente con la lista de aspirantes admitidos yexcluidos. También se publicará en el citado Boletín la fecha,hora y lugar de comienzo del primer ejercicio de la fase deoposición.

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los ejer-cicios en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debi-damente justificada y apreciada libremente por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a losopositores para que acrediten tanto su personalidad como quereúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebasselectivas.

Cuando sea necesaria la exposición oral de los temas, o lalectura de los ejercicios escritos por el aspirante, el TribunalCalificador, transcurridos diez minutos de exposición, podrádecidir que el aspirante abandone la prueba por estimar suactuación notoriamente insuficiente.

Los Tribunales Calificadores podrán permitir, en los ejer-cicios de carácter práctico, si los hubiere, el uso de textos lega-les y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provis-tos los opositores, así como de aquellos otros materiales queconsideren necesarios para el mejor desarrollo del ejercicio.Igualmente decidirán el tiempo de duración de los ejerciciosque no esté determinado expresamente en los anexos corres-pondientes.

El orden de actuación de los aspirantes, en los casos enque sea necesario, se realizará de conformidad con el últimosorteo publicado en el «BOE» y realizado por la SecretaríaGeneral para la Administración Pública para todas las pruebasselectivas de ingreso que se celebren durante el año, de con-formidad con lo estipulado en el art. 17 del Real Decreto364/1995, por el que se aprueba el Reglamento General deIngreso del Personal al Servicio de la Administración Generaldel Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la AdministraciónGeneral del Estado. Una vez establecido un orden de actua-ción, se mantendrá el mismo para todas las pruebas de laselección en que sea necesario aplicarlo.

1) Fase de concurso:

Esta fase será previa a la de la oposición, en su caso. Notendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta parasuperar las pruebas de la fase de oposición (art. 4.c, párrafo3.º, del R.D. 896/1991).

El valor de la fase de concurso será del 30% de la puntua-ción asignada a la fase de oposición.

Durante el plazo de presentación de instancias se adjuntaráa las mismas justificantes de los méritos por parte de los soli-citantes, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados, aquellos,que aún alegados, fueran aportados o justificados con posterio-ridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar ala instancia resguardo acreditativo de haber solicitado las cer-tificaciones correspondientes o el informe de vida laboral de la

Seguridad Social, siempre y cuando se presente dicha docu-mentación antes del inicio de la fase de concurso.

Los justificantes de los méritos deberán aportarsemediante documento original acreditativo de los mismos ocopia debidamente compulsada, sin que se proceda a la valora-ción de aquellos que no se presenten en esta forma.

El Tribunal, una vez constituido, examinará los documen-tos aportados por cada aspirante y determinará la puntuacióncorrespondiente a la fase de concurso, exponiéndola en eltablón de anuncios.

La valoración del concurso se realizará atendiendo alsiguiente baremo, salvo que en el anexo correspondiente sedisponga otra cosa:

a) Experiencia profesional (máximo 1,5 puntos): Los ser-vicios prestados se acreditarán mediante contrato de trabajo ycertificado de empresa, cuando no se aporte certificado deempresa deberá aportarse informe de vida laboral actualizadoexpedido por la Seguridad Social, sin que se proceda a la valo-ración de aquellos que no se presenten en esta forma. Los ser-vicios prestados en Administración Pública también podrán seracreditados mediante certificado expedido por dicha Adminis-tración siempre que figuren los datos imprescindibles parapoder valorarlos, debiendo incluir, obligatoriamente en el casode la promoción interna, referencia expresa a la relación entrelos méritos aportados y la plaza convocada.

a1) Experiencia para concursos promoción interna:0,0104 punto por mes de experiencia al servicio de laAdministración Pública en el desempeño de puestospertenecientes al mismo área funcional o sectorial aque corresponda la plaza convocada y siempre queexista relación entre el contenido técnico y especiali-zación de los puestos ocupados por los candidatos conla plaza ofertada.

a2) Experiencia para concursos libres: 0,025 punto pormes de experiencia en la Administración Pública, enpuesto de trabajo igual o similar al que le correspondaa la plaza a la que opta y 0,0104 punto por mes deexperiencia en la empresa privada con las mismascondiciones.

b) Formación (máximo 1,20 puntos): Los cursos, semina-rios, masters y becas se acreditarán mediante títulos o certifi-cados de realización o impartición de los mismos en los quefiguren el número de horas de que han constado. Aquellos enlos que no aparezcan el número de horas, no se valorarán. Úni-camente se valorarán los que estén debidamente homologadoso bien impartidos por centros oficiales o instituciones públicasy siempre que tengan relación directa con las actividades adesarrollar en la plaza solicitada y supongan una mejor prepa-ración para el desempeño de los puestos de trabajo adscritos ala misma, debiendo ponderarse en este caso tanto la materiatratada como su vigencia. En los casos de participación endocencia sólo se valorarán los cursos impartidos por una solavez, aunque se repita su impartición.

— Por cada hora de curso con certificado de asistencia:0,0008 punto.

— Por cada hora de curso con certificado de aprovecha-miento: 0,0016 punto.

— Por cada hora de impartición de cursos: 0,0024 punto.

c) Títulos (máximo 0,30 punto): Por poseer título acadé-mico relacionado con la plaza a la que se opta, aparte del exi-gido para participar en la convocatoria:

— Educación Primaria o equivalente: 0,015 punto.— Graduado en E.S.O. o equivalente: 0,045 punto.— Bachillerato, Técnico Grado Medio F.P. o equivalente:

0,075 punto.— Técnico Superior Formación Profesional o equiva-

lente (*): 0,15 punto.— Diplomado: 0,21 punto.— Licenciado: 0,27 punto.— Doctor: 0,30 punto.

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A efectos de equivalencia de titulaciones, sólo se admiti-rán las establecidas por el Ministerio de Educación con carác-ter general y válidas a todos los efectos. (*) Tener en cuentalas equivalencias a efectos académicos y profesionales de lostítulos de Técnico Especialista con los de Técnico Superiorrecogidas en el artículo 10 y en el Anexo III del R.D.777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determina-dos aspectos de la ordenación de la formación profesional enel ámbito del sistema educativo.

No se valorarán como méritos aquellos títulos académicosimprescindibles para la obtención de otros de nivel superiorque se aleguen.

La calificación de la fase de concurso será la suma de lapuntuación obtenida en cada uno de los apartados de dichafase.

2) Fase de oposición.

Comprenderá los siguientes ejercicios, salvo que en elanexo correspondiente se disponga otra cosa:

Primer ejercicio: Eliminatorio.

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipotest, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellasla correcta. Las preguntas comunes a todos los aspirantes ver-sarán sobre el programa de materias contenido en el Anexo dela convocatoria. El tiempo concedido para la realización dedicho ejercicio, así como el número de preguntas, vendrádeterminado en el Anexo de la convocatoria.

Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, debiendoobtener los aspirantes un mínimo de 5 puntos para superarlo,salvo que en el Anexo correspondiente se disponga otra cosa.

Segundo ejercicio: Eliminatorio.

Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos teó-rico-prácticos relativo a las funciones propias del puesto ysobre el programa de materias contenido en el Anexo de laconvocatoria, en el tiempo que determine el Tribunal.

Este ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, debiendoobtener los aspirantes un mínimo de 5 puntos para superarlo,salvo que en el Anexo correspondiente se disponga otra cosa.

La calificación final de la fase de oposición se obtendráhallando la media de las puntuaciones obtenidas en cada unode los ejercicios de que se componga dicha fase.

3) Puntuación definitiva.

La calificación final será la suma de la puntuación obte-nida en la fase de concurso y en la fase de oposición.

VII. Sistema de calificación.

Decimotercera: Los ejercicios eliminatorios de las distin-tas pruebas selectivas se calificarán según lo establecido en elAnexo correspondiente y, en su defecto, según lo establecidoen estas bases generales.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en eltablón de anuncios de la Corporación.

VIII. Puntuación y propuesta de selección.

Decimocuarta: Concluidas las pruebas, el Tribunal publi-cará en el tablón de anuncios de la Corporación la relación deaspirantes aprobados, por orden de puntuación. El número decandidatos propuestos para su nombramiento no podrá rebasarel número de plazas convocadas. Dicha propuesta se elevará ala Alcaldía-Presidencia.

IX. Presentación de documentos y nombramiento.

Decimoquinta: El aspirante o aspirantes propuestos apor-tarán ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días natu-rales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados,

los documentos acreditativos de las condiciones de capacidady requisitos exigidos en las bases tercera y cuarta de la convo-catoria, y los que se exijan, en su caso, en cada uno de los ane-xos, así como declaración jurada de no hallarse incurso en nin-guno de los supuestos de incompatibilidad previstos en lalegislación vigente. El cumplimiento del requisito C) de labase tercera habrá de acreditarse a través de la InspecciónMédica de esta Corporación, o bien, a través de certificadomédico oficial, según se determine.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza,alguno de los aspirantes propuestos no presentara la documen-tación o no reuniera los requisitos exigidos para ocupar laplaza no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas susactuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubierapodido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomarparte en la selección.

En este caso, la Presidencia de la Corporación resolverá elnombramiento en favor del aspirante que, habiendo aprobadotodos los ejercicios de la oposición, figurara en el puestoinmediato inferior en el orden de calificación.

Los que tuvieran la condición de empleados públicos esta-rán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acredi-tados para obtener su anterior nombramiento, debiendo pre-sentar únicamente certificación de la Administración Públicade quien dependa, acreditando la condición y demás circuns-tancias que consten en su expediente personal.

Una vez resuelta la selección por la Presidencia de la Cor-poración, los opositores seleccionados habrán de tomar pose-sión en el plazo de treinta días naturales, contados a partir dela notificación de la resolución.

X. Bolsa de Trabajo.

Decimosexta: Los aspirantes que hubiesen aprobadoalguno de los ejercicios de los que consta la fase de oposición,y no resulten seleccionados, pasarán a formar parte de unaBolsa de Trabajo para poder ser contratados, por rigurosoorden de puntuación, según las necesidades de este Excmo.Ayuntamiento a través de las distintas modalidades de contra-tación recogidas en la legislación vigente.

Ante la necesidad de cobertura de cualquier plaza comointerino, se procederá a ofrecer la interinidad al primer clasifi-cado de la Bolsa prevista que aún no estuviera nombrado inte-rino. En el caso de las contrataciones temporales, el tiempomáximo de contratación por regla general será de 6 meses,ampliables hasta un máximo de 1 año, si la necesidad delpuesto a cubrir así lo requiriera, y de acuerdo con lo estable-cido en el Convenio Colectivo. Si por tratarse de una obra oservicio determinado o por otro motivo, se prevé que la con-tratación temporal pudiera superar el máximo establecido parala gestión de la Bolsa o permitido por el Convenio Colectivoen más de un 50%, será necesario ofrecer dicha contratación alprimer clasificado de la Bolsa que no hubiese tenido acceso aun contrato de esta duración.

Los integrantes de las bolsas de trabajo podrán estar en lasituación de disponible, no disponible o excluido. Por defecto,todos los integrantes de las bolsas de trabajo estarán en situa-ción de disponible. La situación de no disponibilidad se decla-rará por alguno de estos supuestos: por estar prestando sus ser-vicios como interino o contratado en el Ayuntamiento deUtrera, por estar en situación de baja por la contingencia deriesgo de embarazo, descanso por maternidad o paternidad obaja por incapacidad temporal (en este último caso, siempreque esté debidamente acreditada la baja por su gravedad yduración), por haber alcanzado el período máximo de contrata-ción previsto en la Bolsa, por haber rechazado un ofrecimientode contratación dentro de la Bolsa, por no haber sido locali-zado el candidato en los llamamientos realizados para dos con-tratos distintos. La situación de excluido se declarará cuandoel integrante de la Bolsa rechace dos contrataciones ofrecidaspor el Ayuntamiento dentro de la Bolsa.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 43

Surgida una necesidad de contratación temporal, se ofre-cerá al primer integrante de la Bolsa correspondiente que estéen situación de disponible, realizándose hasta dos llamamien-tos en dos momentos distintos. El medio preferente de con-tacto será el teléfono móvil del interesado que figure en susolicitud de participación, pudiendo modificar el mismomediante comunicación escrita al Departamento de RecursosHumanos. Si el aspirante rechaza el ofrecimiento, saltará suturno en la Bolsa hasta que le vuelva a tocar en el turnosiguiente. En el supuesto de un segundo rechazo se procederáa su exclusión definitiva de la Bolsa de Trabajo. Si el aspiranteno fuera localizado quedará en situación de disponibilidadhasta un segundo llamamiento conforme al método fijado. Enel supuesto de no ser localizado, por segunda vez, saltará suturno en la Bolsa hasta que le vuelva a tocar en el turnosiguiente. A los efectos de gestión de la Bolsa, los integrantesde la misma, una vez que hayan finalizado su relación contrac-tual con el Ayuntamiento pasarán a estar en situación de dispo-nibilidad, siempre que la suma del tiempo prestado y el ofre-cido no supere el máximo fijado en el Convenio Colectivo oprevisto para la gestión de la Bolsa.

En el supuesto que el integrante de una Bolsa esté en elmomento del llamamiento unido mediante cualquier modali-dad contractual o de nombramiento al Excmo. Ayuntamientode Utrera por otra Bolsa distinta, no se procederá a ofrecerdicho nuevo contrato (salvo en el supuesto del ofrecimiento deun nombramiento como interino), quedando en situación dedisponibilidad para un nuevo llamamiento en cuanto termineel contrato o nombramiento actual.

En los supuestos de baja por la contingencia de riesgo deembarazo, descanso por maternidad o paternidad o baja porincapacidad temporal (en este último caso siempre que estédebidamente acreditada la baja por su gravedad y duración),no se considerará como renuncia la no aceptación del ofreci-miento efectuado y pasarán a estar en la situación de no dispo-nible en la Bolsa mientras dure este supuesto. En este caso elaspirante deberá acreditar ante el Departamento de RecursosHumanos la fecha de disponibilidad, a partir de la cual pasarána estar en situación de disponible.

Los criterios de gestión de Bolsas de Trabajo aquí recogi-dos se aplicarán siempre que sea posible teniendo en cuenta elrespeto a la normativa vigente en cuanto a la duración máximade la contratación temporal que, en todo caso, no podrá supe-rar los 12 meses en los últimos 18, siempre de acuerdo con loestablecido en el Convenio Colectivo del Ayuntamiento deUtrera.

Decimoséptima: Contra las presentes bases generales y suconvocatoria, que ponen fin a la vía administrativa, podráinterponerse por los interesados con carácter potestativorecurso de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes, odirectamente recurso contencioso-administrativo ante el Juz-gado de lo Contencioso-Administrativo competente de los deSevilla, en el plazo de dos meses, en ambos casos a partir deldía siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia o «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», con-forme a lo dispuesto en el art. 109.c) de la Ley 30/92, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dispo-sición adicional 14 de la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, deReforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que modificael artículo 8 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de laJurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrán uti-lizarse, no obstante, otros recursos, si lo estimasen oportuno.

ANEXO

— Denominación de la plaza: Ingeniero Técnico Industrial.

— Oferta Empleo Público: 2006.

— Escala, subescala, clase y categoría: AdministraciónEspecial, subescala Técnica, clase Medio.

— Grupo de clasificación:A2.

— N.º de plazas: 1.

— Sistema de selección: Concurso-oposición libre.

— Titulación exigida: Título de Ingeniero Técnico Indus-trial o equivalente.

— Requisitos de los aspirantes: Estar en posesión del Per-miso de Conducción clase B.

— Fase de oposición: Conforme a lo establecido en lasBases Generales.

El primer ejercicio consistirá en un test de 100 pregun-tas, más las de reserva que determine el Tribunal, paracuya realización los aspirantes dispondrán de 90 minu-tos.

El Tribunal Calificador decidirá la posibilidad de quepenalicen las preguntas contestadas erróneamente enlos ejercicios tipo test.

— Fase de concurso: Conforme a lo establecido en lasBases Generales.

— Derechos de examen: 30,00 euros.

Temario común

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura ycontenido esencial. La reforma constitucional.

Tema 2. El Régimen Local: significado y evolución histó-rica. La Administración Local en la Constitución. El principiode Autonomía Local: Significado, contenido y límites. Lascompetencias municipales.

Tema 3. El municipio: Concepto y elementos. El términomunicipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones detérminos municipales. Legislación básica y legislación autonó-mica. La población municipal. El Padrón de Habitantes. Elestatuto de los vecinos. Derechos de los extranjeros.

Tema 4. El personal al servicio de las Entidades Locales:Concepto. La función pública local: Organización, selección ysituaciones administrativas de los funcionarios. El personallaboral. El acuerdo sobre las condiciones de trabajo del perso-nal funcionario al servicio del Excmo. Ayuntamiento deUtrera. El Convenio Colectivo del personal laboral al serviciodel Excmo. Ayuntamiento de Utrera.

Tema 5. El Gobierno en el sistema constitucional español.El Presidente del Gobierno. La Ley del Gobierno. El controlparlamentario del Gobierno.

Tema 6. El Estatuto de Autonomía para Andalucía de2007. Antecedentes. Estructura y contenido esencial. Derechossociales, deberes y políticas públicas. Competencias y organi-zación territorial de la Comunidad Autónoma. La reforma delEstatuto.

Tema 7. Los recursos de las Haciendas locales en elmarco del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Regula-dora de las Haciendas Locales: de los municipios, de las pro-vincias y otras entidades locales. Regímenes especiales. Losingresos de derecho privado. Las subvenciones y otros ingre-sos de derecho público.

Tema 8. Los Presupuestos Locales: Concepto y regula-ción. Estructura: Estado de Gastos. Estado de Ingresos. Basesde ejecución. Formación del Presupuesto. Aprobación del Pre-supuesto. Reclamaciones y Recursos. Régimen jurídico delgasto público local: Concepto y Ejecución.

Tema 9. El acto administrativo. Concepto. Elementos.Clases. Requisitos: la motivación y forma. La eficacia de losactos administrativos: el principio de autotutela declarativa.Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. Lanotificación defectuosa. La publicación. La aprobación porotra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad depleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación delacto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por lapropia Administración: supuestos. La acción de nulidad, pro-

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cedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revoca-ción de actos. La rectificación de errores materiales o dehecho.

Tema 10. Disposiciones generales sobre los procedimien-tos administrativos y normas reguladoras de los distintos pro-cedimientos. Clases de interesados en el procedimiento. Dere-cho de los administrados. La iniciación del procedimiento:clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación desolicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros adminis-trativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramita-ción de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de losinteresados, prueba e informes. Terminación del procedi-miento. La obligación de resolver. Contenido de la resoluciónexpresa: principio de congruencia y de no agravación de lasituación inicial. La terminación convencional. La falta deresolución expresa: el régimen del silencio administrativo. Eldesistimiento y la renuncia. La caducidad.

Tema 11. Recursos administrativos: Principios generales.Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generalesde tramitación de los recursos administrativos. Clases derecursos. Las reclamaciones administrativas previas al ejerci-cio de acciones civiles y laborales. Procedimientos sustitutivosde los recursos administrativos: Conciliación, mediación yarbitraje.

Tema 12. Los contratos administrativos en la esfera local:Legislación reguladora. Elementos y clases de contratos loca-les. Selección del contratista. Procedimientos y formas deadjudicación. Perfeccionamiento, formalización y extinción delos contratos.

Temario específico

Tema 13. Fines y principios de la gestión integrada de lacalidad ambiental en Andalucía. Instrumentos de prevención ycontrol ambiental. La autorización ambiental integrada. Laautorización ambiental unificada. La evaluación de planes yprogramas. La calificación ambiental. Las autorizaciones decontrol de la contaminación ambiental. La Ley de GestiónIntegral de la Calidad Ambiental

Tema 14. Calidad ambiental. Competencias municipalesen materia de control del medio ambiente atmosférico, hídricoy del suelo. Competencias municipales en materia de residuos.

Tema 15. Vigilancia, inspección y control ambientalmunicipal. Potestad sancionadora municipal. Infracciones ysanciones en materia de calificación ambiental. Infraccionesen materia de contaminación atmosférica y acústica. Procedi-miento sancionador.

Tema 16. Reglamento de calificación ambiental. Disposi-ciones generales. Procedimiento de puesta en marcha. Inspec-ción y vigilancia. La evaluación de impacto ambiental

Tema 17. Competencia municipal en materia de espectá-culos públicos y actividades recreativas en Andalucía. Condi-ciones de los establecimientos. Nomenclátor de espectáculospúblicos y actividades recreativas. Horarios de apertura y cie-rre de establecimientos públicos. Facultades municipales enmateria de horarios. Regulación del derecho de admisión enlos establecimientos públicos. Obligación de dotación del ser-vicio de vigilancia.

Tema 18. Inspección y control de espectáculos públicos yactividades recreativas. Competencia inspectora. Funciones depolicía. Medidas administrativas no sancionadoras de restable-cimiento o aseguramiento de la calidad. Procedimiento y actasde inspección.

Tema 19. Actividades recreativas de carácter ocasional yextraordinario. Competencia municipal. Requisitos mínimos.Contenido mínimo de las autorizaciones. Requisitos de loscontratos de R.C. en materia de espectáculos públicos ocasio-nales. Potestad administrativa en determinadas actividades deocio en los espectáculos públicos abiertos del municipio.

Tema 20. Áreas de sensibilidad acústica. Zonas acústica-mente saturadas en Utrera. Niveles de inmisión acústicas enedificios. Niveles de emisión acústica al exterior.

Tema 21. Normas para accesibilidad en las infraestructu-ras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía.

Tema 22. Condiciones generales de la edificación de lasnormas urbanísticas del P.G.O.U de Utrera.

Tema 23. Condiciones generales de los usos de las normasurbanísticas del P.G.O.U de Utrera. Las actuaciones de interéspúblico en el suelo no urbanizable y urbanizable.

Tema 24. Normas de urbanización de las Normas Urba-nísticas del PGOU de Utrera.

Tema 25. La disciplina urbanística en la actividad munici-pal. La inspección urbanística, la protección de la legalidadurbanística y el restablecimiento del orden perturbado.

Tema 26. Ordenanza municipal sobre Instalaciones deAire y obras complementarias.

Tema 27. Compartimentación en sectores de incendios.Locales y zonas de riesgo especial. Espacios ocultos. Paso deinstalaciones a través de elementos de compartimentación deincendios. Reacción al fuego de elementos constructivos,decorativos y de mobiliario.

Tema 28. Compatibilidad de los elementos de evacuación.Calculo de la ocupación. Numero de salidas y longitud de losrecorridos de evacuación. Dimensionado de los medios deevacuación. Protección de escaleras. Puertas situadas en reco-rridos de evacuación. Señalización de los medios de evacuación.

Tema 29. Dotación de instalaciones de protección contraincendios. Señalización de las instalaciones manuales de pro-tección contra incendios.

Tema 30. Caracterización de establecimientos industrialesfrente al fuego. Requisitos constructivos de los establecimien-tos industriales según su configuración, ubicación y nivel deriesgo intrínseco. Requisitos de las instalaciones de proteccióncontra incendios de los establecimientos industriales.

Tema 31. Requisitos de las instalaciones de proteccióncontraincendios de los establecimientos industriales.

Tema 32. Instalaciones de detección de incendios y extin-ción de incendios. Calculo y diseño. Instalación y manteni-miento.

Tema 33. Ordenanza municipal de telecomunicaciones.

Tema 34. Diseño de redes estructuradas. Sistema decableado de datos en edificios y redes Wimax.

Tema 35. Instalaciones de riego. Cálculo y diseño.

Tema 36. Criterios técnicos de diseño para la iluminaciónde zonas verdes.

Tema 37. Documentación y puesta en servicio de las ins-talaciones eléctricas. Verificaciones e inspecciones.

Tema 38. Ordenanza municipal de alumbrado público.

Tema 39. RBT- ITC-BT-09 Instalaciones de alumbradoexterior.

Tema 40. Diseño de instalaciones de alumbrado exterior.Niveles de iluminación.

Tema 41. Componentes de la instalación. Sistemas deahorro en las instalaciones de alumbrado público.

Tema 42. Urbanizaciones. Informes previos. Recepciónde las instalaciones eléctricas y de alumbrado. Previsión decargas para los suministros en baja tensión.

Tema 43. Instalaciones eléctricas en locales de publicaconcurrencia.

Tema 44. Puesta a tierra. Objeto y definición. Partes quecomprende. Naturaleza y secciones. Revisiones.

Tema 45. Instalaciones eléctricas de distribución en bajatensión aéreas y subterráneas.

Tema 46. Instalaciones eléctricas con fines especiales.Ferias y stands. Instrucción de 31 de marzo de 2004. Procedi-miento de puesta en servicio, materiales y equipos a utilizar eninstalaciones temporales de ferias y manifestaciones análogas.

Tema 47. Sistemas de protección contra el rayo.

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Miércoles 14 de marzo de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 61 45

Tema 48. Líneas eléctricas de alta tensión. Clasificación ytipos. Descripción. Protecciones. Distancias y volúmenes deseguridad respecto a edificaciones. Paralelismos y cruzamientos.

Tema 49. Eficiencia energética en instalaciones de ilumi-nación. Caracterización y cuantificación. Sistemas de control yregulación. Cálculo. Productos de construcción. Manteni-miento y conservación.

Tema 50. Climatización. Sistemas de climatización. Clasi-ficación de equipos. Clasificación de las instalaciones. Ele-mentos y características. Optimización.

Tema 51. Calderas. Clasificación y tipos. Elementos ycaracterísticas. Rendimientos y optimización. Aplicaciones.Mantenimiento. Seguridad.

Tema 52. Instalaciones de aire comprimido. Diseño deuna red de aire. Criterios generales. Dispositivos y materialesempleados.

Tema 53. Calidad del aire interior en los edificios. Gene-ralidades. Caracterización y cuantificación de las exigencias.Diseño y dimensionado. Construcción. Productos de construc-ción mantenimiento y conservación.

Tema 54. Condiciones Generales de servicio del Consor-cio de Aguas del Huesna. Acometidas, redes, abastecimientode agua potable. Suministro de agua.

Tema 55. Suministro de agua. Caracterización y cuantifi-cación de las exigencias. Diseño. Dimensionado. Construcción.Productos de construcción mantenimiento y conservación.

Tema 56. Ordenanza de vertidos del Consorcio de Aguasdel Huesna.

Tema 57. Evacuación de aguas. Generalidades. Caracteri-zación y cuantificación de exigencias. Diseño y dimensionado.Construcción. Productos de construcción mantenimiento yconservación.

Tema 58. Calicatas. Procedimiento y tramitación. Diseñoy ejecución.

Tema 59. Reglamento sanitario de piscinas. Condicionesde accesibilidad a piscinas de uso colectivo. Criterios higié-nico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

Tema 60. Los derechos constitucionales de los empleadospúblicos. Políticas de promoción de la paridad de género enlas Administraciones Públicas. La prevención de riesgos labo-rales en el puesto.

Lo que se hace público para general conocimiento, enUtrera a 21 de febrero de 2012.—El Secretario General, JuanBorrego López.

7W-2408———

EL VISO DEL ALCOR

Don Manuel García Benítez, Alcalde-Presidente del Excmo.Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que habiéndose intentado la notificación sinque ésta se haya podido practicar, por medio del presente anun-cio, y a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto en el ar-tículo 59.5 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún, se notifica a doña Leocadia Ruiz Carmona, con DNI75.315.193-Z, que el Alcalde-Presidente Accidental ha dictadoel siguiente Decreto:

«En El Viso del Alcor a 10 de octubre de 2011.

Vista la denuncia (DE-SE 217/10 paraje Tío de las Barbas)formulada el día 17-3-2011 por el Agente U.T. Alcor Vega-Alta, de la Delegación Provincial de la Consejería de MedioAmbiente, contra los titulares del suelo correspondiente a lascoordenadas U.T.M. 30S 0259026-4142279, por consentir lacreación de un vertedero incontrolado.

Considerando que «el abandono, almacenamiento, vertidoo eliminación incontrolados de cualquier tipo de residuos no

peligrosos, sin que se haya producido un daño o deterioro gravepara el medio ambiente o se haya puesto en peligro grave lasalud de las personas» es una infracción grave, conforme a lodispuesto en el artículo 147.d de la Ley 7/2001, de 9 de julio,de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, sancionable enbase al punto 2 del mismo artículo con una multa desde 603hasta 30.051 euros.

En virtud de las atribuciones que legalmente me están con-feridas he resuelto:

Primero.—Iniciar expediente sancionador por los hechosdenunciados contra los titulares que se relacionan:

— Don Juan María Jiménez Sánchez, con DNI28.524.013-B y con domicilio en calle Bejar número8, Pl. 2, Pta. I, 41011-Sevilla.

— Herederos de M.ª Dolores Peinado García, con DNI27.764.269-A y con domicilio en calle Zaragoza nú-mero 6, Sevilla-41001.

— Don Álvaro Rosa Peinado, con DNI 45.655.357-N ycon domicilio en avenida Universidad de Salamanca,11, Pl. 3, Pta. A, 41930-Bormujos.

— Azavi, S.L., con DNI B41168956 y con domicilio enPoliviso calle E Parc. 13, El Viso del Alcor.

— Don Indalecio Falcón Ruiz, con DNI 34.041.005-Q ycon domicilio en calle Greco número 13, Pl. 2, Pta. B,El Viso del Alcor.

— Doña M.ª Dolores Rosa Peinado, con DNI 45.660.238-V y con domicilio en calle Sánchez Reciente, 2, Pl. 3,Pta. D, 41009-Sevilla.

— Don Juan Gómez Castañeda, con DNI 75.376.054-V ycon domicilio en avenida Andalucía número 19, ElViso del Alcor.

— Don Manuel Palma Guerrero, con DNI 28.447.379-J ycon domicilio en calle Corredera número 265, El Visodel Alcor.

— Don Hermenegildo Santos Muñoz, con DNI75.315.276-M y con domicilio en calle Murillo núme-ro 3, El Viso del Alcor.

— Don Leocadia Ruiz Carmona, con DNI 75.315.193-Zy con domicilio en calle Fraternidad número 18, ElViso del Alcor.

— Don José Falcón Ruiz, con DNI 75.398.106-N y condomicilio en calle Greco número 20, El Viso del Alcor.

— Don Manuel Roldán Sánchez, con DNI 28.432.139-Ey con domicilio en calle Manuel Jiménez León núme-ro 36, El Viso del Alcor.

— Doña María Carmen León Vergara, con DNI75.365.267-V y con domicilio en calle Manuel Jimé-nez León, 36, El Viso del Alcor.

Segundo.—Nombrar Instructor y Secretario del procedi-miento a don José Antonio Díaz Díaz y a don David RoldánSánchez respectivamente, a los cuales podrá el inculpado recu-sar y éstos abstenerse de intervenir, conforme a lo dispuesto enlos artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común.

Tercero.—Comunicar a los presuntos responsables que elórgano competente para la resolución del presente expedientees la Alcaldía-Presidencia accidental, por avocación, conformea lo dispuesto en el Decreto de Alcaldía de 22 de junio de 2011,y que tienen la posibilidad de reconocer voluntariamente suresponsabilidad en los hechos denunciados, en cuyo caso sepodrá resolver el procedimiento con la imposición de la san-ción en su grado mínimo por importe de 12,2409 euros (la partealicuota que le corresponda de 603 euros, según su porcentajede propiedad). A estos efectos el pago voluntario en su cuantíamínima podrá realizarse en cualquier momento anterior a la im-posición de la sanción.

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Diputación Provincial - Imprenta

TASAS CORRESPONDIENTES AL«BOLETÍN OFICIAL» DE LA PROVINCIA DE SEVILLA

Las solicitudes de inserción de anuncios, así como la correspondencia de tipo administrativo y económico, se dirigiránal «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, avenida Menéndez y Pelayo, 32. 41071-Sevilla.

———

Dirección del «Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla: Ctra. Isla Menor, s/n. (Bellavista), 41014-Sevilla.Teléfonos: 954 554 133 - 34 - 35 - 39. Faxes: 954 693 857 - 954 680 649. Correo electrónico: [email protected]

Inserción anuncio, línea ordinaria . . . . . . . . . . 2,10Inserción anuncio, línea urgente . . . . . . . . . . . . 3,25

Importe mínimo de inserción . . . . . . . . . . . . . . 18,41Venta de CD’s publicaciones anuales . . . . . . . 5,72

Cuarto.—Comunicar a los denunciados que tienen derechoa presentar alegaciones contra esta denuncia, en el plazo de los15 días siguientes a la notificación de la presente resolución,así como a consultar el expediente que se encuentra a su dispo-sición en la Delegación de Medio Ambiente sita en plaza Sa-cristán Guerrero número 7, de esta localidad. Igualmente tendráderecho a un trámite de Audiencia antes de dictar resolución ypor plazo de quince (15) días (artículo 13 del Real Decreto1398/1993). Durante el plazo de alegaciones podrán aportarcuantos documentos o informaciones estimen convenientes yen su caso proponer pruebas, concretando los medios de quepretenden valerse.

Quinto.—Advertir a los presuntos inculpados que, en casode no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciacióndel procedimiento en el plazo que se le señala, la iniciaciónpodrá ser considerada propuesta de resolución.

Sexto.—Comunicar a los presuntos inculpados que el plazopara resolver el presente expediente es de un año a contar desdela fecha de su iniciación. A partir de esa fecha sin que hubiese re-caído resolución expresa se iniciará el cómputo del plazo de ca-ducidad conforme al artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1933,de 4 de agosto.

Séptimo.—Notifíquese a los presuntos inculpados, al ins-tructor del procedimiento y a los Agentes de Medio Ambiente.

Octavo.—Contra la presente resolución, por ser un acto detrámite, no cabe recurso alguno.

Dese cumplimiento a este Decreto. Lo manda y firma el Sr.Alcalde-Presidente accidental, Manuel Francisco DomínguezJiménez, ante mi, el Secretario General accidental de la Corpo-ración, que doy fe en el lugar y fecha al principio consignados.»

En El Viso del Alcor a 10 de enero de 2012.—El Alcalde-Presidente, Manuel García Benítez.

8W-2852———

EL VISO DEL ALCOR

Doña Marina Martín Martín Concejala Delegada de Orga-nización del Ilmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que la Concejala Delegada de Organización hadictado la siguiente resolución:

En El Viso del Alcor a 10 de febrero de 2012.

De conformidad con lo establecido en el art. 72 del R. D.1690/86, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,

se ha tramitado expediente de baja de oficio de inscripción enel Padrón Municpal de Habitantes de este municipio de las per-sonas que se reseñan a continuación.

Al no haberse podido practicar notificación a los afectadospor la baja, se procedió a publicar la incoación del expedienteen el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el «BoletinOficial» de la provincia número 92, de 23 de abril de 2011,dando a los interesados trámite de audiencia.

Al no manifestar los afectados expresamente su conformi-dad con la baja de oficio, se solicitó el informe preceptivo delConsejo de Empadronamiento. Sección Provincial de Sevilla,el cual emitió informe favorable.

Por todo lo anterior, en ejercicio de las competencias queme han sido conferidas en virtud de la delegación efectuada porla Alcaldía de este Ayuntamiento, mediante Decreto de fecha22 de junio de 2011 y en uso de las facultades que me confiereel art. 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Basesdel Régimen Local, se ha tenido a bien dictar Decreto con lassiguientes disposiciones:

Primero.—Declarar la baja de oficio en el Padrón Munici-pal de Habitantes de este municipio, de las siguientes personas:

Expediente DNI/Pasaporte/T. Res. Nombre/apellidos Último domicilio

22011 09116801 Minetu Moh Fahdih Ahmed C/ Murillo núm. 26.22011 25612386T Ali Barka Salek C/ Murillo núm. 26.

Segundo.—Recordar a las personas a las que se le declarala baja de oficio, que deben proceder a inscribirse en el Padrónde Habitantes del municipio donde residan habitualmente,según el artículo 15 de la Ley Reguladora de bases de RégimenLocal, y la modificación dispuesta en el Ley 4/1996.

Tercero.—Notificar el presente Decreto a los interesadosmediante edicto en el «Boletín Oficial» de la provincia y tablónde anuncios de este Ayuntamiento a los efectos prevenidos enel art. 59.5 de la Ley 30/92.

Lo mandó y firma la Concejala Delegada de Organizacióndoña Marina Martín Martín, ante mí la Secretaria General quedoy fe en lugar y fecha arriba indicados.

Lo que se hace público para su conocimiento y efectosoportunos.

En El Viso del Alcor a 10 de febrero de 2012.—La Conce-jala Delegada de Organización, Marina Martín Martín.

253W-2212