056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte...

5
San Isidro, 08 de Abril de 2016 VISTO: Las obstrucción al transito y a la vía publica generada por camiones de trasporte que diariamente realizan su actividad sobre la Av. Fondo de la Legua al 2200, en la localidad de Villa Adelina, partido de san isidro; y CONSIDERANDO: Que en dicho lugar se están llevando a cabo tareas de carga y descargar de los camiones que abastecen a las empresas Paper Bags y Molinos Río De La Plata SA, comúnmente llamada la empresa Matarazzo, ubicada en la calle Fondo de la Legua al 2200 en la Localidad de Villa Adelina, partido de San Isidro. Que los mencionados camiones realizan maniobras de ingreso y egresos de ambas empresas sobre la calle Fondo de la Legua por la que circula un gran caudal de vehículos, al ser una vía de acceso a la ruta Panamericana, además de encontrarse ubicado en el centro de comercialización de materiales para la construcción EASY, como así también las líneas de colectivo 707, 407 y 314 con destino a la localidad de Martínez, Munro y Villa Adelina respectivamente; hecho que complejiza el transito del lugar. Que en la Ordenanza N° 6591, Artículo 1 o establece la prohibición de "Prohíbese el estacionamiento de vehículos en las calles de doble sentido, donde circulen líneas de transporte público de pasajeros y cuyo ancho de calzada sea inferior o hasta siete (7) metros" Que los camiones obstruyen múltiples veces el total acceso sobre la Avenida Fondo de la Legua a las dos vías de circulación interrumpiendo así la libre circulación y generando caos de transito y un gran malestar en la comunidad.

Transcript of 056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte...

Page 1: 056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte sobre la Av. Fondo de la Legua al 2200

San Isidro, 08 de Abril de 2016

VISTO:

Las obstrucción al transito y a la vía publica generada por camiones de

trasporte que diariamente realizan su actividad sobre la Av. Fondo de la Legua al

2200, en la localidad de Villa Adelina, partido de san isidro; y

CONSIDERANDO:

Que en dicho lugar se están llevando a cabo tareas de carga y descargar

de los camiones que abastecen a las empresas Paper Bags y Molinos Río De La

Plata SA, comúnmente llamada la empresa Matarazzo, ubicada en la calle Fondo

de la Legua al 2200 en la Localidad de Villa Adelina, partido de San Isidro.

Que los mencionados camiones realizan maniobras de ingreso y egresos

de ambas empresas sobre la calle Fondo de la Legua por la que circula un gran

caudal de vehículos, al ser una vía de acceso a la ruta Panamericana, además de

encontrarse ubicado en el centro de comercialización de materiales para la

construcción EASY, como así también las líneas de colectivo 707, 407 y 314 con

destino a la localidad de Martínez, Munro y Villa Adelina respectivamente; hecho

que complejiza el transito del lugar.

Que en la Ordenanza N° 6591, Artículo 1o establece la prohibición de

"Prohíbese el estacionamiento de vehículos en las calles de doble sentido, donde

circulen líneas de transporte público de pasajeros y cuyo ancho de calzada sea

inferior o hasta siete (7) metros"

Que los camiones obstruyen múltiples veces el total acceso sobre la

Avenida Fondo de la Legua a las dos vías de circulación interrumpiendo así la libre

circulación y generando caos de transito y un gran malestar en la comunidad.

Page 2: 056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte sobre la Av. Fondo de la Legua al 2200

Que ello provoca, no sólo los inconvenientes lógicos derivados de la

saturación del tránsito, si no además una serie de perjuicios colaterales en lo que

hace a la seguridad ciudadana, teniendo en cuenta que de acuerdo a denuncias

de los vecinos se han detectado acciones delictivas contra las personas,

sustracción de las ruedas de los vehículos estacionados, así como también

utilizado como deposito transitorio de autos robados de las construcciones

erigidas en el área en cuestión.

Que en la localidad de Villa Adelina cotidianamente circulan por sus calles

en búsqueda del acceso de la ruta panamericana vehículos de gran porte que no

solo constituyen un obstáculo para la circulación del transito, sino que además

generan constantemente daños a las capas asfálticas debiendo ser reparadas a

costo del municipio.

Que se ha constatado el estacionamiento permanente en ambas aceras en

todo horario de camiones y/o sus respectivos acoplados o semi-cargas

interrumpiendo en determinados momentos del día obstruyendo la circulación de

transito generando un caos vehicular y los constantes reclamos de la comunidad

del lugar.

Que día a día nuestro municipio es objeto de un sensible aumento de su

población y, por consiguiente, de un incremento de actividades que incide en el

tránsito de vehículos.

Que el poder ejecutivo debería generar un espacio físico adecuado dentro

del radio urbano local, con vías ordenadas de ingreso y egreso, en el que se

permita el estacionamiento y la permanencia de los vehículos de gran porte que

no cuenten con lugares propios para ello o solicitarle a dichas empresas que

dispongan espacios de estacionamiento dentro de sus predios, a los fines de

evitar que dichas unidades se conviertan en un obstáculo y peligro de obstrucción

Page 3: 056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte sobre la Av. Fondo de la Legua al 2200

a la circulación del resto de los usuarios de la vía pública, así como el deterioro y

la destrucción de las restantes calles del Municipio.

Que el municipio teniendo pleno poder de policía a su disposición debería

concretar tareas de prevención y sanción a los fines de llevar a cabo un mayor

control y aplicación de las normas de tránsito.

Que por todo lo expuesto el Bloque Partido Justicialista - Frente para la

Victoria de San Isidro propone el tratamiento y sanción del siguiente proyecto de:

COMUNICACIÓN:

Articulo 1o.-El Honorable Concejo Deliberante de San Isidro solicita al

Departamento Ejecutivo tenga a bien hacer cumplimentar la normativa vigente, en

particular la Ordenanza N° 6591, llevando a cabo las medidas necesarias para

evitar, prevenir y sancionar con la multa correspondiente por la obstrucción del

transito generada por el ingreso y egreso, mal estacionamiento permanente, carga

y descarga llevado a cabo por camiones de trasporte por las empresa Paper Bags

y Molinos Río de la Plata SA, ubicada en la calle Fondo de la Legua al 2200, en la

localidad de Villa Adelina.

Artículo 2°.- Se solicita al D.E. encontrar con ambas empresas un espacio de

estacionamiento interno en las mismas ajustado a la normativa vigente en materia

de Habilitaciones e Inspecciones de acuerdo a la normativa vigente en materia de

habilitación.

\

Artículo 3º.- De forma.

Leandro j. Martin .

CONCEJAL

Page 4: 056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte sobre la Av. Fondo de la Legua al 2200

ANEXO I

Page 5: 056-HCD-2016 Proyecto Comunicación obstrucción al transito generada por camiones de trasporte sobre la Av. Fondo de la Legua al 2200

ANEXO II