041-ACREDITACION
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Fecha: dd mes año N° radicado: Tipo de identificación: CC NIT
Nombre o razón social: Número de identificación:
Los cuadros sombreados indican que el requisito de la fila aplica para el tipo de empresa señalada en la columna.
SI NOConsultor
Asesor
Investigador
Guía o
instructor
canino
1Documentos encarpetados y
foliados
2 Formulario
3 Hoja de vida
4 Copia documento de identidad
5 Extracto hoja de vida
Identificación del solicitante, mediante copia del documento de identidad. Resolución 2852 de 2006 Artículo 77
Extracto de la hoja de vida militar, Policía o DAS, según el caso. Decreto 2885 de 2009 Artículo 3
Acreditar uno de los siguientes requisitos:
Decreto 2885 de 2009 Artículo 36
Consultor:
- Ser oficial superior de la Fuerza Pública en retiro y postgrado en áreas
de la seguridad o la defensa.
- Título de formación universitaria o ser oficial Superior de la Fuerza
Pública en retiro y dos (2) años de experiencia en cargos administrativos
u operativos en seguridad privada.
- Título de formación universitaria y postgrado en áreas de seguridad
privada o seguridad integral.
- Experiencia específica o relacionada con el manejo de servicios de
vigilancia y seguridad privada, en calidad de Jefe de Operaciones o
Director de Seguridad por un tiempo no inferior a siete (7) años.
- Los ex funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS
que hubieren ejercido cargos por un periodo no inferior a tres (3) años
como Director, Subdirector, Secretario General, Director General de
Inteligencia, Director General Operativo y Subdirectores, Directores
Seccionales y Subdirectores Seccionales y Director Técnico de Academia y
Jefe de Oficina de Protección Especial.
- Las personas que acrediten título universitario como administrador
policial conforme a la ley 1249 de 2008 y demás normas que la
desarrollen o reglamenten.
Organizar los documentos en carpeta de manera cronológica ascendente,
debidamente foliados y alineados en la parte superior.Resolución 1364 Artículo 3
Formulario de solicitud de acreditación diligenciado, el cual esta publicado
en la página web:
www.supervigilancia.gov.co/manualdelusuario/formularios
Decreto 356 de 1994 Artículo 62
Decreto 2885 de 2009 Artículo 3
Resolución 2852 de 2006 Artículo 79
Hoja de vida del solicitante con certificaciones academicas y laborales. Resolución 2852 de 2006 Artículo 77
Extracto hoja de vida
ACREDITACIÓN COMO CONSULTOR, ASESOR, INVESTIGADOR Y
GUIA O INSTRUCTOR CANINO EN SEGURIDAD PRIVADA
SISTEMA GESTIÓN DE CALIDAD
Código: FOR-PE-1100-041
Aprobación:08/05/2013
Versión: 02
CHEQUEO ACREDITACIÓN
No. REQUISITO SOPORTE NORMA
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SI NOConsultor
Asesor
Investigador
Guía o
instructor
canino
7 Certificado o diploma
NORMA
6
Asesor:
- Título de formación universitaria o ser oficial Superior de la Fuerza
Pública en retiro y un (1) año de experiencia en cargos administrativos u
operativos en seguridad privada.
- Postgrado en áreas de seguridad privada o seguridad integral.
- Diplomado en áreas de vigilancia y seguridad privada y tres (3) años de
experiencia específica o relacionada con el manejo de servicios de
vigilancia y seguridad privada, en calidad de Jefe de Operaciones o
Director de Seguridad Privada.
- Cinco (5) años de experiencia específica o relacionada en el manejo de
servicios de vigilancia y seguridad privada en calidad de Jefe de
Operaciones o Director de Seguridad Privada.
-Los exfuncionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS,
que hubieren ocupado por un periodo no inferior a tres (3) años como
profesional operativo, criminalística especializado, subdirector de
Academia o ejercido como Coordinadores en la Oficina de Protección
Especial.
- Miembros de la Fuerza Publica en retiro, que se hubiesen desempeñado
como oficiales, mandos medios o suboficiales, por un periodo no inferior a
tres (3) años y postgrado en áreas de seguridad privada o seguridad
integral.
-Cumplir con cualquiera de los requisitos establecidos en el literal a) del
Certificaciones académicas y
laboralesDecreto 2885 de 2009 Artículo 3
Investigador:
- Diplomado en áreas de vigilancia y seguridad privada, un (1) año de
experiencia específica o relacionada con el manejo de servicios de
vigilancia y seguridad privada, en calidad de Jefe de Operaciones o
Director de Seguridad Privada.
- Tres (3) años de experiencia específica o relacionada en el manejo de
servicios de vigilancia y seguridad privada en calidad de Jefe de
Operaciones o Director de Seguridad Privada.
- Los ex funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad DAS
que hubieren ejercido cargos por un periodo no inferior a tres (3) años
como Detectives o empleos del área operativa.
- Miembros de la Fuerza Publica en retiro, que se hubiesen desempeñado
como oficiales o suboficiales, por un periodo no inferior a un (1) año.
-Cumplir con cualquiera de los requisitos para ser Consultor y/o Asesor de
los establecidos en el literal a) y b) respectivamente del artículo 3 del
Decreto 2885 del 2009.
ACREDITACIÓN
No.
Resolución 2852 de 2006 Artículo 85
REQUISITO SOPORTE
Demostrar la idoneidad como guía o instructor canino, mediante copia del
certificado o diploma que lo acredite como Guía o Instructor, expedido por
la Escuela de Formación de Guías y Adiestramiento de Perros de la Policía
Nacional, el Centro de Adiestramiento Canino del Ejército Nacional o por
Escuelas y Departamentos de Capacitación en el Área Canina, autorizados
por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
Fotocopias de los títulos otorgados en otros países, debidamente
consularizados, que acrediten capacitación idónea.
CHEQUEO
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Firma
Nombre
Documento
NOTAS:
* Cuando se trate de certificaciones académicas de estudios realizados en el exterior, estos títulos de formación deben ser homologados ante la autoridad competente y las certificaciones
laborales deben estar legalizadas o apostilladas según el país de origen.
* Cuando la revisión de documentos arroje que los requisitos establecidos para cada trámite se encuentran incompletos o ilegibles, los funcionarios competentes deberán, inadmitir la solicitud
respectiva, sin que la misma quede radicada en la Entidad, procediendo a devolverlos de inmediato al solicitante indicando la razón.
Observaciones:
Solicitante Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada
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