04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

78
REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 07 PROTOCOLO DE FIRMAS ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR: Héctor Palacios Superintendente de Suministros Eléctricos y Servicios Técnicos Alejandro Benavente Salgado Superintendente de Seguridad Ricardo González M. Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional (I) Ricardo González M. Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional (I) RO-GP-003 Página 1 de 78 TABLA DE CONTENIDOS 1. Responsabilidades 2. Definiciones 3. Descripción de la Actividad 4. Referencias 5. Anexos 6. Registro de Revisiones PROPÓSITO Y APLICACIÓN Cumplir lo establecido en el decreto supremo N°72 mod.132 en su capítulo quinto, artículo 407 establece sistemas de bloqueos y advertencia estandarizado para el control de fuentes de energía eléctrica, mecánica, neumática, potencial, etc. Para de esta manera garantizar durante la intervención de equipos, instalaciones y/o circuitos en las actividades de mantenimiento, reparación, limpieza, inspección, construcción, etc., la completa desenergización e inmovilización, a fin de evitar una eventual puesta en marcha de éstos. Este reglamento lo debe aplicar todo el personal de Minera Los Pelambres y el de las Empresas Colaboradoras, que intervengan equipos, instalaciones y/o circuitos.

description

Manual de bloqueo

Transcript of 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

Page 1: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003

REVISIÓN 07

PROTOCOLO DE FIRMAS ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

Héctor Palacios Superintendente de Suministros Eléctricos y Servicios Técnicos

Alejandro Benavente Salgado Superintendente de Seguridad

Ricardo González M. Gerente de Seguridad y Salud

Ocupacional (I)

Ricardo González M. Gerente de Seguridad y Salud

Ocupacional (I)

RO-GP-003 Página 1 de 78

TABLA DE CONTENIDOS 1. Responsabilidades 2. Definiciones 3. Descripción de la Actividad 4. Referencias 5. Anexos 6. Registro de Revisiones

PROPÓSITO Y APLICACIÓN

Cumplir lo establecido en el decreto supremo N°72 mod.132 en su capítulo quinto, artículo 407 establece sistemas de bloqueos y advertencia estandarizado para el control de fuentes de energía eléctrica, mecánica, neumática, potencial, etc. Para de esta manera garantizar durante la intervención de equipos, instalaciones y/o circuitos en las actividades de mantenimiento, reparación, limpieza, inspección, construcción, etc., la completa desenergización e inmovilización, a fin de evitar una eventual puesta en marcha de éstos.

Este reglamento lo debe aplicar todo el personal de Minera Los Pelambres y el de las Empresas Colaboradoras, que intervengan equipos, instalaciones y/o circuitos.

Page 2: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 2 de 78

1. RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES

1.1 Gerencias y Superintendencias Mina, Planta, Puerto, TFT y Servicios

• Poner en vigencia el presente reglamento otorgando los recursos necesarios para ello.

• Realizar las gestiones a fin de que el personal contratista haga uso del presente Reglamento, recibiendo cada persona autorizada para bloquear el curso de inducción correspondiente.

1.2 Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional

• Asesorar a la línea de mando en la aplicación del presente reglamento.

• Auditar anualmente según se acuerde con las gerencias, el grado de aplicación del presente reglamento.

• Revisar y actualizar si corresponde el presente reglamento, al menos una vez cada 2 años.

• Mantener al día el registro de control de la capacitación del Reglamento de Bloqueo y del personal autorizado para bloquear a través de los Asesores en Prevención de Riesgos de cada área.

1.3 Jefes y Supervisores de Área

• Solicitar la intervención del equipo al Jefe de Operaciones.

• Realizar las gestiones a fin de que todo el personal de la Gerencia respectiva (inclusive personal Colaborador), se encuentre capacitado en el curso de inducción del Reglamento de Bloqueo, el cual tiene una duración de dos años.

• Dotar a las áreas que lo requieran, de una caja porta candados, de primer bloqueo y pinzas de seguridad para uso exclusivo del personal autorizado.

• Autorizar al personal pertinente, conforme a sus competencias individuales, para intervenir circuitos y sistemas del tipo: eléctricos, mecánicos, neumáticos, instrumentación y operacionales.

• Mantener al día los listados del personal autorizado para desenergizar y energizar las fuentes de energía.

• Al generar OTs u OSTs debe velar porque todo el personal conozca y aplique el Reglamento de Bloqueo y cuente con los medios necesarios para ello.

Page 3: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 3 de 78

1.4 Jefes de Operaciones

• Determinan la entrega del o los equipos solicitados por los Jefes o Supervisores de Área.

• Designar al Coordinador de la Actividad.

• Mantener los candados para bloqueo, pinzas, tarjetas, fijadores de válvulas, cadenas u otros elementos autorizados, en buen estado y en la cantidad necesaria para el personal que está a su cargo. En el caso de las Salas Eléctricas, será el Jefe de Área el encargado de mantener los equipos de detección de tensión, guantes de alta tensión y pértigas de maniobras de puestas a tierra en perfectas condiciones de uso y en cantidades suficientes, además de velar por el adecuado almacenamiento de los equipos mencionados.

• Mantener el “Libro de Registro de Candados” y el “Libro de Registro de Bloqueo” (físico o electrónico) y a su vez definir quien(es) serán los responsables de revisar el buen uso de estos.

1.5 Coordinador de la Actividad

• A solicitud de los Encargados de Actividad debe indicarle a éstos últimos los puntos a bloquear que garanticen la desenergización total de los equipos a intervenir.

• Tiene la responsabilidad de detener los equipos solicitados.

• Solicita el 1er bloqueo al responsable de su ejecución.

• Debe asegurarse que todos los Encargados de la Actividad bloqueen los equipos requeridos y de la correcta ejecución de estos bloqueos.

• Coordina acciones de desenergización y/o energización con personal autorizado eléctrico, mecánico, instrumentista u Operaciones. Verifica, en coordinación con la Sala de Control, la Energía Cero de todos los puntos definidos.

• Participa como Responsable de Primer Bloqueo en aquellos casos en que los equipos a bloquear no involucran energía eléctrica ni son de instrumentación.

1.6 Responsable Primer Bloqueo

• Desenergizar/energizar el equipo indicado en la “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir” y autorizado por la firma del Jefe de Operaciones.

• Bloquear el equipo que corta la energía hacia el punto a intervenir instalando una pinza de la que puedan colgarse las personas que participarán en la actividad.

Page 4: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 4 de 78

• En el caso de los operadores de la sala eléctrica Nº1, comunicar efectivamente la apertura y desenergización del equipo y/o circuito a intervenir, al Coordinador que se encuentra en terreno (patio de 220kV, línea eléctrica aérea).

1.7 Encargado de la Actividad (Ejecutor)

• Tramitar las autorizaciones requeridas para intervenir los equipos con el Jefe de Operaciones que corresponda a través del formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir” (Ver anexo C).

• Bloquear en la pinza instalada por el responsable del Primer Bloqueo en el equipo a intervenir.

• Verificar que el personal que le acompaña en la actividad de intervención de equipos cumpla con lo establecido en el presente Reglamento.

• Verificar que el o los bloqueos han sido correctamente realizados, con el objeto de evitar error en el primer bloqueo. Recibir y entregar equipos conforme al presente procedimiento, estampando su firma en el formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir”.

• Asegurarse de la instalación por parte de todo el personal bajo su cargo de los dispositivos de bloqueo cada vez que se interviene un equipo y de su retiro cuando le sea solicitado para el movimiento o pruebas puntuales de este y cuando los trabajadores terminen su labor o se retiren del turno.

1.8 Personal que Interviene Equipos

• Todos y cada una de las personas que deban intervenir un equipo o ingresar en un sector con energías controladas mediante el presente reglamento (línea de mando y trabajadores), deben conocer el Reglamento de Bloqueo y haber recibido la inducción previa respectiva.

• Serán responsables de la instalación de su candado y tarjeta personal de advertencia de bloqueo en el punto que les designe el encargado de la actividad.

2. DEFINICIONES 2.1 GENERALES

a) Bloqueo Principal / Primer Bloqueo: Se refiere al bloqueo del equipo, instalación y/o circuito en la fuente de energía.

Page 5: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 5 de 78

El primer bloqueo es el realizado por personal autorizado por MLP. En el caso de primeros bloqueos eléctricos, el responsable debe estar registrado en un listado debidamente publicado en cada una de las salas eléctricas.

b) Bloqueo de Caja Grupal: Es un bloqueo masivo de todas las personas que intervienen en la tarea realizado en un punto común (la Caja Grupal). La persona que realice el bloqueo de Encargado de Actividad debe dejar las llaves y papeletas respectivas de todos los equipos cuya energía fue bloqueada para realizar la actividad dentro de en la Caja de Bloqueo Grupal, a la que posteriormente colgarán sus candados, pinzas y tarjetas personales todos quienes participen en las tareas. De la misma forma, el Encargado de Actividad debe bloquear con su tarjeta y candado personal dicha caja.

c) Bloqueo Operacional: Es un bloqueo que se realiza a los equipos que, por razones operacionales, se necesita que queden fuera de servicio por un periodo largo o indefinido sin que haya asociados trabajos que los involucren. Para este bloqueo puede ser necesaria la realización previa de un Primer Bloqueo del cual colgará el Bloqueo Operacional (por ejemplo, en el caso de equipos eléctricos). El Bloqueo Operacional lo realizarán el o los responsables MLP del área con la tarjeta de color azul correspondiente.

d) Energía Cero: Se define como la carencia total de fuentes de energía en un equipo, instalación y/o circuito, evidenciada mediante la comprobación de desenergización correspondiente.

e) Fuentes de Energía: Las fuentes de energía son aquellas que permiten el accionamiento o son parte de un equipo, instalación y/o circuito. Las fuentes de energía pueden ser eléctrica, mecánica, hidráulica, neumática, térmica, nuclear, gravitacional, etc.

f) Sala Eléctrica: Edificio donde se ubican los equipos eléctricos, tales como switchgear, CCM, transformadores, bancos de baterías y cargadores, UPS, variadores de frecuencia, tableros etc., y donde sólo personal debidamente autorizado puede ingresar.

2.2 INSTRUMENTOS

a) Cajas de Bloqueo Grupal: Son dispositivos para situaciones de bloqueo de grupo que involucran a un gran número de trabajadores y equipos. Las cajas de candados ofrecen la ventaja de que disminuyen el número de candado requeridos y el tiempo total requerido para bloquear.

Page 6: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 6 de 78

b) Pinzas de Seguridad Porta Candados o Multiplicadoras de Candado: Son dispositivos que permiten realizar varios bloqueos en un mismo punto multiplicando el número de perforaciones para candados disponibles en un mismo equipo. Generalmente tienen 6 orificios de 10 mm de diámetro c/u, que permiten contener hasta 6 candados con un grillete de 3/8” de diámetro máximo.

c) Tarjetas de Advertencia de Bloqueo (Desechables): Son sistemas visuales de identificación y señalización desechables, que tienen como propósito advertir el bloqueo o la inmovilización de un equipo, instalación y/o circuito. Normalmente están colocadas junto con el dispositivo de bloqueo, de tal manera que adviertan claramente la acción de bloqueo o aislación de este. Al momento de ser utilizadas, estas deben individualizarse con la información personal de quien la utilice.

d) Tarjetas de Advertencia de Bloqueo Personal (Permanente): Tarjetas de identificación que tienen la cualidad de ser reutilizables. Poseen fotografía e información de la persona tal como RUT, Nombre, Cargo, Especialidad y Empresa. Son plastificadas para evitar la agresión de agentes físicos externos. Las tarjetas de Advertencia de Bloqueo Personal son intransferibles y por ello sólo pueden ser utilizadas por la persona cuyos datos estén escritos en ella.

e) Tarjetas de Advertencia de Bloqueo Operacional: Tarjetas que deben ser utilizadas sólo por el personal de Operaciones identificado en ella. No son de carácter personalizado, dependiendo el listado de usuarios hábiles de utilizarlas del Jefe de Área de MLP. Tienen la cualidad de ser reutilizables, poseen fotografías e identifican candado y llave maestra del personal del área autorizado para utilizarlas y son plastificadas para evitar la agresión de agentes físicos externos.

Esta tarjeta es utilizada en los siguientes casos:

Cuando personal de Operaciones participa del bloqueo como Responsable de Primer Bloqueo (por ejemplo, cuando se quiere bloquear una válvula manual no actuada eléctricamente).

Cuando se necesita realizar un bloqueo operacional. En este caso, el Responsable de Primer Bloqueo puede usar esta tarjeta cuando la desenergización no corresponda a un equipo eléctrico.

Cuando se requiera mantener cerrada la Caja de Bloqueo Grupal (para asegurar su contenido), en cambios de turno donde de otro modo estaría mucho tiempo abierta.

Page 7: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 7 de 78

f) Tarjeta de Advertencia de Primer Bloqueo: Es aquella que corresponde a los Responsables de Primer Bloqueo. Tienen la cualidad de ser reutilizables y son plastificadas para evitar la agresión de agentes físicos externos.

En el caso de aquellos equipos donde el Responsable de Primer Bloqueo sea el Coordinador, los primeros bloqueos podrán ser implementados con una tarjeta de advertencia de Bloqueo Operacional.

g) Candados para Bloqueo: Elemento de uso personal con el cual se realiza el bloqueo del accionamiento de una fuente de energía. El candado de seguridad consta de una llave única que se asigna a cada trabajador. Cada trabajador deberá poseer la cantidad de candados de bloqueo necesarios de acuerdo a sus requerimientos. Los candados deben ser seriados de fábrica, pueden ser nacionales o importados, el diámetro del vástago del candado debe ser de 6 mm o ¼”. Se prohíbe el uso de candados con clave y aquellos de dudosa calidad.

h) Formulario de Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir: Documento obligatorio para solicitar un equipo a fin de intervenirlo. Ver formato en el Anexo E.

i) Interruptor Principal Eléctrico: Dispositivo de protección u operación eléctrica que generalmente tiene conectado uno o más circuitos de fuerza. Permite desconectar o conectar manualmente o en forma automática las fuentes de energía eléctrica.

j) Libro de Registro de Bloqueo: Libro destinado a llevar el control de los equipos que se bloquean para realizar un cierto trabajo. Los datos que debe contener el libro en cuestión, son los siguientes:

TAG de los equipos bloqueados

Nombre, RUT y firma de los Encargados de Bloqueo.

Nombre, RUT y firma del resto de los participantes de la actividad agrupados según Encargado de Actividad a cargo.

Motivo del bloqueo

Nombre y RUT de las personas que intervienen equipos

Fecha de Capacitación de bloqueo

N° de Serie de Candados cargo

El registro de bloqueo puede establecerse con una carpeta que contenga los siguientes documentos:

Page 8: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 8 de 78

Papeletas de Coordinador de los bloqueos

Registro de Capacitación de bloqueo de todas las personas que participen de la actividad.

Listado de entrega de candados de bloqueo.

En caso que varios bloqueos se hayan consolidado Cajas de Bloqueo Grupal debe existir una carpeta que funcione como libro de bloqueo por cada caja.

El registro de bloqueo también puede ser en formato digital y debe ser auditable. La responsabilidad de llevar el Libro de Bloqueo será del Coordinador.

k) Registro de Capacitación de Bloqueo: Registro destinado a llevar el control de la capacitación dirigida al personal que interviene equipos e instalaciones. Los datos mínimos que debe contener el registro, son los siguientes:

Nombre Persona

RUT

Fecha Inducción Reglamento de Bloqueo

Fecha Vencimiento Inducción Reglamento de Bloqueo (2 años)

Observaciones (infracciones acumuladas)

El Registro de Capacitación de Bloqueo debe llevarlo el Asesor en Prevención de Riesgos del área, a quien debe hacérselo llegar toda persona que lidere una charla de Capacitación de Bloqueo.

l) Registro de Candados: Libro o archivo destinado a llevar el control de los candados entregados. En él se deben registrar:

El nombre del trabajador a quien se le entregó el candado a cargo

La empresa a que pertenece

La fecha de entrega

El código numérico

El color del candado entregado (en caso que esté definido)

El Registro de Candados debe llevarlo el Asesor en Prevención de Riesgos del área.

Page 9: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 9 de 78

2.3 ACCIONES

a) Aterrizar: Acción de conectar una línea o equipo a tierra.

b) Bloqueo: Acción destinada a aislar mediante un elemento físico (candados para bloqueo, cadenas u otros), las diferentes fuentes de energía de los equipos, instalaciones y/o circuitos que se requiere intervenir. En cada acción de bloqueo se deberá verificar la existencia de energía cero.

c) Energización: Acción de energizar. Se refiere a dar continuidad al flujo de los diferentes tipos de energía hasta ese momento detenidos. En el caso de circuitos eléctricos se refiere a cerrar manual o automáticamente los equipos de maniobras tales como interruptores o desconectadores, lo cual no significa que un determinado equipo se pondrá en marcha inmediatamente.

d) Desenergización: Se refiere a la interrupción del flujo de los diferentes tipos de energía. En el caso de circuitos eléctricos, se refiere a la acción de abrir manual o automáticamente un equipo de maniobra.

e) Intervención: Acción de tomar contacto con todos o parte de los componentes de un equipo, accionamiento o circuito de proceso, por personas que van a realizar en él una actividad de mantención, reparación, limpieza, inspección, calibración, ajuste o cualquier otra que implique un mínimo contacto con él.

2.4 CARGOS

a) Encargado de Actividad: Persona(s) encargada(s) de liderar la intervención de un equipo, instalación y/o circuito y realizar en ella alguna actividad como mantenimiento, reparación, limpieza, inspección, construcción, etc., que de no ser bloqueadas las energías presentes se vería afectada por su presencia. Se identifica como tal en el Formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir” en el momento en que éste se emite.

b) Coordinador de la Actividad: Persona(s) encargada(s) de entregar los equipos, instalaciones y/o circuitos que van a ser intervenidos en condiciones de ser bloqueados. Debe además, con su experiencia y conocimiento del área, indicar los puntos a bloquear llevar a cero todas las energías que puedan afectar la actividad. Es nombrado por la jefatura pertinente e identificado en el “Formulario de Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir”.

En algunos casos el Coordinador podrá actuar como Responsable de Primer Bloqueo, lo que dependerá del tipo de energía a bloquear.

Page 10: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 10 de 78

En algunas áreas la función de Coordinador es realizada por personal de empresas colaboradoras por ser ellos los operadores de dichas áreas (ejemplos: Pta. de Pebles en la Concentradora, Repulpeo en Tranque, Planta FAD en el Puerto, Suministro Eléctrico, SCAPIE, otros).

2.5 GENERALES

a) Bloqueo Principal / Primer Bloqueo: Se refiere al bloqueo del equipo, instalación y/o circuito en la fuente de energía.

El primer bloqueo es el realizado por personal autorizado por MLP, en el caso de primeros bloqueos eléctricos, debe estar registrado en un listado debidamente publicado en cada una de las salas eléctricas.

b) Bloqueo de Caja Grupal: Es un bloqueo masivo de todas las personas que intervienen

en la tarea asociada a la intervención de equipos que se realiza con la colocación de los respectivos dispositivos de bloqueo, como pinzas, tarjetas y candados. La persona que realice el primer bloqueo deberá dejar la llave en la Caja de Bloqueo Grupal, y a su vez realizar un segundo bloqueo en dicha caja.

c) Bloqueo Operacional: Es un bloqueo que se realiza a los equipos que quedan fuera de

servicio por un periodo indefinido, la aplicación de un primer bloqueo debe ser realizado en la fuente de energía y un segundo bloqueo en el equipos o lugar físico de este, dicho bloqueo lo realiza el o los responsables del área de MLP, con tarjeta de bloqueo de color azul.

d) Energía Cero: Se define como la carencia total de fuentes de energía en un equipo,

instalación y/o circuito, evidenciada mediante la comprobación de desenergización correspondiente.

e) Fuentes de Energía: Las fuentes de energía son aquellas que permiten el

accionamiento o son parte de un equipo, instalación y/o circuito. Las fuentes de energía pueden ser eléctrica, mecánica, hidráulica, neumática, térmica, nuclear, gravitacional, etc.

f) Sala Eléctrica: Edificio donde se ubican los equipos eléctricos, tales como switchgear,

CCM, transformadores, bancos de baterías y cargadores, UPS, variadores de frecuencia, tableros etc., y donde sólo personal debidamente autorizado puede ingresar.

Page 11: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 11 de 78

2.6 INSTRUMENTOS

a) Cajas de Bloqueo Grupal: Son dispositivos para situaciones de bloqueo de grupo que involucran a un gran número de trabajadores y equipos. Las cajas de candados ofrecen la ventaja de que requieren pocos candados, por lo tanto existe menos peso en los dispositivos de aislamiento de energía. Los interruptores de circuitos permiten el fácil monitoreo del estatus de la actividad de bloqueo, lo que permite realizar varios bloqueos y a su vez agrupan los candados y las pinzas colocados en los equipos bloqueados. Las características son master lock o similar, modelo 503 red y/498 A, alto 32,4 cm x 8,9 cm de largo y ancho 16,2 cm / alto 15,25 cm, x 23,5 cm largo y ancho 9,5 cm, metálica color rojo.

b) Pinzas de Seguridad Porta Candados o Multiplicadoras de Candado: Son

dispositivos que permiten realizar varios bloqueos y a su vez multiplican el número de candados colocados en un mismo equipo. Generalmente tienen 6 orificios de 10 mm de diámetro c/u, que permiten contener hasta 6 candados con un grillete de 3/8” de diámetro máximo.

c) Tarjetas de Advertencia de Bloqueo (Desechables): Son sistemas visuales de

identificación y señalizaciones personales, desechables, que tienen como propósito advertir el bloqueo o la inmovilización de un equipo, instalación y/o circuito. Normalmente están colocadas junto con el dispositivo de bloqueo, de tal manera que adviertan claramente la acción de bloqueo o aislación de este.

d) Tarjetas de Advertencia de Bloqueo (Permanente): Tarjetas de identificación que tienen la cualidad de ser reutilizables, poseen fotografía e identificación de la persona, tal como RUT, Nombre, Cargo, Especialidad y Empresa. Son plastificadas para evitar la agresión de agentes físicos externos.

e) Tarjetas de Advertencia de Bloqueo Operacional: Tarjetas que deben ser utilizadas

solo por el personal identificado en la tarjeta, no son de carácter personalizado y dependen del Jefe de Área de MLP. Tienen la cualidad de ser reutilizables, poseen fotografías e identifica candado y llave maestra del personal autorizado del área y son plastificadas para evitar la agresión de agentes físicos externos.

Esta tarjeta es utilizada en aquellos equipos que quedan fuera de servicio por un periodo determinado el que debe ser explícito en el formulario de bloqueo.

f) Tarjeta de Advertencia de Primer Bloqueo: Es aquella que corresponde al primer

bloqueo y normalmente al responsable del equipo. Tienen la cualidad de ser reutilizables y son plastificadas para evitar la agresión de agentes físicos externos.

Page 12: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 12 de 78

g) Candados para Bloqueo: Elemento de “uso personal” con el cual se realiza el bloqueo del accionamiento de una fuente de energía. El candado de seguridad consta de una llave única que se asigna a cada trabajador. Cada trabajador deberá poseer la cantidad de candados de bloqueo necesarios de acuerdo a sus requerimientos. Los candados deben ser seriados de fábrica, pueden ser nacionales o importados, el diámetro del vástago del candado debe ser de 6 mm o ¼”. Se prohíbe el uso de candados con clave y aquellos de dudosa calidad.

h) Formulario de Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir: Documento obligatorio

para solicitar un equipo a fin de intervenirlo.

i) Interruptor Principal Eléctrico: Dispositivo de protección u operación eléctrica que generalmente tiene conectado uno o más circuitos de fuerza, permite desconectar o conectar manualmente o en forma automática las fuentes de energía eléctrica.

j) Registro de Bloqueo por Área: Libro destinado a llevar el control del personal que

bloquea en las áreas operativas. Los datos mínimos que debe contener el libro en cuestión, son los siguientes:

• Nombre Persona • RUT • Fecha Inducción • N° de Candados a Cargo • N° de Serie de Candado • N° de Pinzas a Cargo • N° de Serie de Pinzas • N° de Tarjetas de Bloqueo (Primer Bloqueo, Bloqueo Personal, Bloqueo

Operacional) • Observaciones

El registro de bloqueo puede ser en formato digital y debe ser auditable.

k) Registro de Capacitación de Bloqueo: Registro destinado a llevar el control de la capacitación dirigida al personal que interviene equipos e instalaciones. Los datos mínimos que debe contener el registro, son los siguientes:

• Nombre Persona • RUT • Fecha Inducción Reglamento de Bloqueo • Fecha Vencimiento Inducción Reglamento de Bloqueo (2 años) • Observaciones (infracciones acumuladas)

l) Registro de Candados: Libro o archivo destinado a llevar el control de los candados

entregados en el cual se deben registrar el nombre del trabajador a quien se le entregó el candado a cargo, la empresa a que pertenece, la fecha de entrega, el código numérico y color del candado entregado (en caso que este definido).

Page 13: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 13 de 78

2.7 ACCIONES

a) Aterrizar: Acción de conectar una línea o equipo a tierra.

b) Bloqueo: Acción destinada a aislar mediante un elemento físico (candados para bloqueo, cadenas u otros), las diferentes fuentes de energía de los equipos, instalaciones y/o circuitos que se requiere intervenir. En cada acción de bloqueo se deberá verificar la existencia de energía cero.

c) Energización: Acción de energizar. Se refiere a dar continuidad al flujo de los

diferentes tipos de energía. En el caso de circuitos eléctricos, se refiere a cerrar manual o automáticamente los equipos de maniobras, tales como Interruptores o desconectadores, lo cual no significa que un determinado equipo se pondrá en marcha inmediatamente.

d) Desenergización: Se refiere a la interrupción del flujo de los diferentes tipos de

energía. En el caso de circuitos eléctricos, se refiere a la acción de abrir manual o automáticamente un equipo de maniobra.

e) Intervención: Acción de tomar contacto con todos o parte de los componentes de un

equipo, accionamiento o circuito de proceso, por personas que van a realizar en él una actividad de mantención, reparación, limpieza, inspección, calibración, ajuste o cualquier otra que implique un mínimo contacto con él.

2.8 CARGOS

a) Encargado de Actividad: Persona designada para intervenir un equipo, instalación y/o circuito y realizar alguna actividad como mantención, reparación, limpieza, inspección, construcción, etc. Se identifica como tal en el Formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir” en el momento en que éste se emite. Su designación es responsabilidad de quien solicite el trabajo por parte de MLP. OBS: Esta responsabilidad no exime de la que le corresponde por ley a la supervisión correspondiente.

b) Coordinador de la Actividad: Persona encargada de entregar los equipos, instalaciones y /o circuitos que van a ser intervenidos, en condiciones de ser bloqueados. Es nombrado por la jefatura pertinente e identificado en el “Formulario de Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir”. Es el responsable de coordinar con uno o más encargados de la actividad como de solicitar el primer bloqueo, antes de intervenir también debe asegurar la descarga de energía residual y estática o inducción que pueda almacenar un equipo, instalación y/o circuito y verificar ausencia de energía por medio de la sala de control (DCS) en caso de ser necesario.

En algunas áreas, la función de coordinadores es realizada por personal de empresas colaboradoras, por ser ellos los operadores de dichas áreas de trabajo (ejemplos: Pta. de Pebbles en la Concentradora, Tranque, Planta FAD en el Puerto).

Page 14: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 14 de 78

3. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD El Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Minera los Pelambres, tiene como finalidad mantener bajo control todas las fuentes de energía cuando se intervengan equipos, instalaciones y/o circuitos, con ocasión de mantención, reparación, limpieza, inspección, construcción etc., que puedan afectar la integridad física de las personas o provocar daños ambientales y/o materiales afectando la continuidad del negocio. Por lo tanto, la aplicación de este Reglamento permite garantizar la inmovilización del equipo, instalaciones y/o circuitos mediante dispositivos especiales como candado, pértigas de puesta a tierra, fijadores de válvulas, cadenas con candados o en casos especiales solo uso de tarjetas o loros vivos, y a su vez advertir a terceros que un determinado equipo está siendo intervenido.

OBJETIVOS DEL PRESENTE REGLAMENTO Entregar a la organización un Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de equipos,

instalaciones, fluidos y/o circuitos a fin de controlar los riesgos operacionales de las energías asociadas que puedan afectar a las personas.

Implantar un sistema estandarizado de Bloqueo y Tarjeteo, para la intervención de

equipos, instalaciones y/o circuitos, en las actividades de mantenimiento, reparación, limpieza, inspección, construcción, etc., que garanticen la integridad física de las personas y la no-ocurrencia de incidentes con daños ambientales o materiales.

Establecer pautas de coordinación entre las personas que son responsables de las

tareas de mantenimiento y de reparación, las responsables del aislamiento y reposición de las fuentes de energía, y las responsables de la operación.

Cumplir con la normativa nacional vigente, DS N° 72 Seguridad Minera. 3.1 SECUENCIA DE BLOQUEO DE EQUIPOS

a) El Jefe de Área o Supervisor que puede corresponder a operaciones, mantención o servicios, solicita al jefe de operaciones el equipo a intervenir. (El supervisor solicitante del equipo, también podrá ser de una empresa colaboradora, si el Jefe de Área o Supervisor de MLP lo autorizan).

b) El o los Encargados de la Actividad presentarán cada uno el formulario “Solicitud

para Bloqueo de Equipos a Intervenir” al Jefe de Operaciones, quien si procede, autorizará el bloqueo y designará al Coordinador de la Actividad (habrá mas de un encargado de actividad en caso que el equipo a intervenir deba ser sometidos a trabajos mecánicos, eléctricos, instrumentación, piping, civiles, estructural, etc., aprovechando la misma detención).

Page 15: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 15 de 78

c) El “Encargado de la Actividad”, ubicará al “Coordinador de la Actividad” de operaciones, quién verificará la autorización para entregar el equipo y estando ésta conforme, procederá a coordinar las maniobras de detención pertinentes y bloqueo.

d) Si el equipo a intervenir funciona con energía eléctrica, el “Coordinador” solicitará la

presencia de una persona autorizada para realizar el Primer Bloqueo, este desenergiza el equipo, constata que exista energía cero e instala los dispositivos de bloqueo, según el estándar operacional de las tarjetas de advertencia.

e) Si el equipo a intervenir funciona con otro tipo de energía (mecánica, hidráulica,

neumática, etc.), por lo que no requiere desenergización eléctrica, será responsabilidad y función del Coordinador de la Actividad, solicitar la presencia de una persona idónea y autorizada para realizar el Primer Bloqueo, instalando este los dispositivos de bloqueo.

f) El punto del primer bloqueo es el origen de la fuente de energía, la que puede ser

principal o secundaria. No se podrá bloquear en los sistemas o dispositivos de emergencia o control tales como pull cord, botoneras, etc.

g) A continuación, el Coordinador de la Actividad verificará la ubicación del primer bloqueo,

constatará la imposibilidad de poner en funcionamiento el equipo, tanto de modo local como remoto. Una vez corroborados todos estos puntos, firma la solicitud para Bloqueo de Equipo a intervenir.

h) El o los encargados de la actividad colocarán su pinza multiplicadora de candados en la

ya colocada por el “Responsable del Primer Bloqueo”, su candado y tarjeta personal, y registraran el hecho en el formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir”, que cada uno posea.

i) Inmediatamente el resto del personal que intervendrá el equipo, colocará sus

respectivos candados y tarjetas personales en la pinza multiplicadora de su encargado de la actividad.

j) Cuando el número de personas dependientes de un “Encargado de Actividad” sea

mayor al número de candados que se pueden colocar en una pinza multiplicadora de candados, el “Encargado de la Actividad” colocará las pinzas multiplicadoras adicionales que sean necesarias sobre la primera puesta por él, de manera que todos sus colaboradores también puedan colocar sus candados y Tarjeta de Advertencia de Bloqueo Personal.

k) Toda persona que se integre a un grupo de trabajo, deberá dar aviso al encargado de la

actividad, quien coordinará la firma en el libro de registros de bloqueo (en caso que exista) y le indicará el punto donde debe bloquear.

l) Sin perjuicio de la responsabilidad del “Encargado de la Actividad”, todo el personal que

interviene en el bloqueo, será responsable de asegurarse que el equipo es el correcto y además que la fuente de energía ha sido bloqueada.

Page 16: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 16 de 78

m) En aquellos casos en que se deben bloquear varias fuentes de energía o se encuentra involucrada gran cantidad de trabajadores, el primer bloqueo se realiza dentro de la Sala Eléctrica y el Encargado de la Actividad debe disponer de Cajas para Bloqueo Grupal.

n) Bajo este procedimiento, solo el Encargado de Actividad bloquea los puntos

determinados por el Coordinador, para posteriormente depositar la(s) llave(s) de los candados utilizados, al interior de la caja de bloqueo, para que todos y cada uno de los trabajadores presentes en la actividad cierren y bloqueen la caja mediante sus propios candados y tarjetas personales. El Encargado de la Actividad no puede retirar su bloqueo si no se han retirado todos los candados que bloquean la caja.

o) Toda persona que se retire de un grupo de trabajo, deberá informar de ello al encargado

de la actividad para posteriormente retirar sus dispositivos de bloqueo personales y registrar su salida en el libro de registro de bloqueo (en caso que exista).

p) Cuando uno o más trabajadores deban ser reemplazados por otros, éstos deberán

retirar y colocar respectivamente sus dispositivos de bloqueo conforme se ha descrito anteriormente y registrarse en el libro de registro de bloqueo (en caso que exista).

q) El formulario de Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir debe ser en triplicado

y autocopiativo, por lo que las tres principales personas involucradas en el bloqueo (Coordinador de La Actividad, Personal autorizado del 1er. bloqueo y Encargado de la Actividad) deben estar presentes durante todo este proceso y retirarán las respectivas copias del formulario de acuerdo al siguiente orden:

Original Blanco Coordinador de La Actividad

Copia 1 Amarilla Personal autorizado 1er. Bloqueo

Copia 2 Celeste Encargado de la actividad

r) El formulario original (Blanco) es mantenido por el Coordinador de La Actividad, mientras se desarrolle la intervención del equipo. La copia 1 (Amarilla) se deja en el gabinete de primeros bloqueos. La copia 2 (celeste) debe permanecer en poder del Encargado de la Actividad, mientras ésta se desarrolle.

s) Solo podrán ser intervenidos aquellos equipos indicados en el formulario de solicitud de

bloqueo, firmados y completos hasta la sección “Bloqueo de Equipos”

Page 17: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 17 de 78

3.2 SECUENCIA DE DESBLOQUEO DE EQUIPOS

a) La secuencia de desbloqueo se debe regir estrictamente por este reglamento. A medida que el personal concluye los trabajos asignados, se procede al retiro de los dispositivos de bloqueo personales. Solo el dueño del candado y tarjeta personal de advertencia puede retirar su bloqueo, sea de una caja de bloqueo grupal, como desde el punto de bloqueo del equipo.

b) Una vez retirados todos los candados del personal que intervino el equipo, el encargado

de la actividad, verifica la ausencia de personal y/o herramientas en el equipo. Posteriormente, solicita al Coordinador de la Actividad, realizar el desbloqueo para hacer entrega del equipo, en lo que corresponde a su especialidad.

Si procede, el Coordinador junto con el Encargado de la Actividad, desbloquean

todos los equipos auxiliares o asociados que no han requerido desenergización eléctrica

c) El Coordinador de la Actividad, debe verificar que el equipo se encuentre en

condiciones óptimas para su puesta en servicio y posteriormente solicitar la presencia de personal autorizado del primer bloqueo.

d) Al momento de solicitar un desbloqueo las tres principales personas involucradas en el

bloqueo, deben presentar sus respectivas copias del formulario Solicitud para bloqueo de equipos a intervenir.

e) Cada uno de los principales participantes encargado de la actividad que desbloquea el equipo; Coordinador de La Actividad y persona autorizada del 1er. bloqueo (que en esta etapa no necesariamente retiran su candado y tarjeta), se identifican (Nombre y Firma) en su respectiva casilla de la sección “Desbloqueo del Equipo” del formulario de “Solicitud para Bloqueo de Equipos a Intervenir” y anotan la fecha y hora en que se llevó a cabo el desbloqueo, del encargado que terminó su actividad.

f) El Encargado de la Actividad retira su bloqueo (Candado, Pinza y Tarjeta Personal de

Advertencia), guardando la copia celeste, para respaldo ante futuras auditorías.

g) A medida que los otros encargados terminen sus actividades, el Reglamento operará de manera similar a los puntos a o f, hasta que el equipo solo se encuentre bloqueado por el candado de primer bloqueo.

3.3 SECUENCIA DE ENERGIZACIÓN Y/O PUESTA EN OPERACIÓN DE EQUIPOS

a) Si se requiere energizar el equipo intervenido o retirar el 1er Bloqueo, el Coordinador de la Actividad solicitará la presencia de una persona autorizada para el retiro del Primer Bloqueo.

b) La persona autorizada para retirar el Primer Bloqueo saca el candado y la tarjeta de primer bloqueo y sólo procederá a energizar el equipo si el Coordinador de La Actividad se lo indica, quien tiene que solicitar previamente autorización al Jefe de Operaciones.

Page 18: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 18 de 78

c) El primer bloqueo eléctrico solo retirará su correspondiente candado y tarjeta, si este no se encuentra con trabajos pendientes (motor desconectado, equipo en reparación, etc.), lo cual se debe registrar en el formulario de bloqueo y en una tarjeta instalada en el alimentador correspondiente.

d) Posterior al retiro del primer bloqueo y/o energización del equipo, ambas personas llevan el formulario de “solicitud para bloqueo de equipos a intervenir” y se guardan para si las respectivas copias de este documento.

3.4 CONSIDERACIONES ESPECIALES

a) Si durante el desarrollo de la actividad, es necesario realizar pruebas de funcionamiento interrumpido o momentáneo, se debe completar el ítem “Movimiento o pruebas puntuales del equipo” en el formulario de Solicitud para bloqueo de equipo a intervenir. El encargado de la actividad tiene la responsabilidad de retirar todo su personal con anterioridad al desbloqueo y funcionamiento del equipo.

b) Además, este mismo ítem se puede utilizar en caso que el grupo de trabajo tenga la necesidad de ausentarse del área de trabajo por un lapso corto de tiempo, como por ejemplo en el horario de colación. La única justificación para que el equipo continúe bloqueado, es que éste no requiera ser desbloqueado durante esta ausencia. Para lo anterior, el encargado de la actividad deberá consultar y solicitar la autorización al Coordinador de la Actividad.

c) Los movimientos puntuales, prueba de equipos o de velocidad reducida deben ser informados por el Jefe de Operaciones de MLP, al Coordinador de la Actividad y a su vez a los Encargados de Actividad, a lo menos con quince minutos de anticipación para adoptar las medidas oportunas referente al desbloqueo de quipos.

d) El encargado de la actividad tiene la responsabilidad de retirar todo su personal con anterioridad al funcionamiento del equipo, lo que verifica detectando la ausencia de dispositivos de bloqueo ya sea en la caja de bloqueo grupal o en el interruptor principal del equipo.

e) Cuándo un equipo se encuentre bloqueado y no exista ninguna posibilidad de que este sea requerido por operaciones, el equipo podrá quedar bloqueado hasta la jornada siguiente, siempre que no exista una cuadrilla de reemplazo que retire el bloqueo por el propio.

f) Los Candados de bloqueo personal solo se deben entregar con una llave y las copias se deben destruir. El responsable de la administración y entrega de los candados debe mantener un registro con el personal que tienen asignado los candados, indicando el número de candado correspondiente.

g) En las Salas de Control o Salas Eléctricas se debe mantener un gabinete con los elementos de primer bloqueo.

Page 19: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 19 de 78

h) El personal de MLP, igualmente tiene la responsabilidad y obligación de colocar un candado de bloqueo y su respectiva Tarjeta personal de Advertencia en toda labor de inspección, control, medición u observación que requiera un equipo ya intervenido. Para este caso, no es necesario que cumpla con la solicitud del equipo mediante el formulario respectivo.

i) Cuando se requiera trabajar con equipos de brazo móvil (camiones de izamiento, grúas, camión bomba, etc.) o personal, cercano a líneas eléctricas energizadas, se deberá solicitar la asesoría de personal de Suministro Eléctrico, quienes determinarán la necesidad de desenergizar la línea. En este caso quienes sean los responsables de realizar el trabajo, deberán solicitar la autorización para realizar el corte de energía, al usuario correspondiente, deberán elaborar un procedimiento de trabajo seguro en donde se identifiquen los riesgos potenciales y se adopten las medidas de control según este procedimiento.

j) Las distancia de seguridad que deba adoptarse estará de acuerdo a la normativa

vigente (Reglamento Interno de Seguridad para el personal electricista RO-GS-002 - Minera Los Pelambres).

k) Con el propósito de minimizar riesgos de accidentes por equivocación en la ejecución

bloqueo y desbloqueo, en el equipo/instalación/componentes, cada vez que se ejecuten bloqueos a distancia se debe considerar que participe un mínimo de dos personas, el que realiza el primer bloqueo y un representante de la empresa que va a ejecutar el trabajo.

l) Todo dispositivo y/o accesorio de seguridad para el bloqueo que por razones de diseño

este incorporado en el equipo y/o instalación, no debe ser alterado o dejar fuera de servicio.

m) Previo a a la intervención de personal de mantención, los equipos de carguio, transporte

y perforación deben ser bloqueados por el operador de este.

n) Los TAG para tableros y equipos eléctricos deben estar bien identificados, de manera de minimizar el riego de incidentes por equivocación en la ejecución de bloqueos y desbloqueos, principalmente en equipos a distancia.

o) Se debe implementar el uso obligatorio de cuñas, para todo tipo de vehículos que

ingrese o circule en todas las dependencias de MLP.

p) Aquellas empresas que tengas sus propios procedimientos en materia de bloqueo, deben homologar estos con los estándares establecimos en le Reglamento de Bloqueo MLP.

q) MLP debe implementar un sistema de autorización para el personal que ejecuta y/o

participa en la implementación del Sistema de Bloqueo, consecuente con la verificación y acreditación de las competencias y entrenamiento que sea necesario.

Page 20: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 20 de 78

r) Se debe optimizar y regularizar en salas eléctricas y sub estaciones en lo que se refiere a la instalación de letreros según lo especifica el artículo 406 del DS N°72.

3.5 CASOS ESPECIALES A CONSIDERAR:

3.5.1 GERENCIA MINA - CHANCADO Y CORREAS 3.5.1.1 Solicitud de Intervención para Bloqueo a Distancia

a) Una solicitud de intervención a distancia, previo Permiso de Trabajo Seguro (PTS),

debe ser realizada por el supervisor de mantención responsable del trabajo en forma directa al encargado de la operación (MLP), es decir, Ingeniero de Control de Procesos u Operador Mantenedor.

b) El encargado de la operación (MLP) autoriza la intervención de bloqueo de las correas,

según el procedimiento que se detalla a continuación:

• Para la intervención de bloqueo a distancia, el supervisor de mantención debe designar a un encargado de grupo que se ubicará en el sector a ser intervenido.

c) El primer bloqueo de la operación será efectuado por personal de Suministro Eléctrico,

entiéndase 23 kV o en caso de 3.45 kV por personal autorizado por la Superintendencia de Chancado y Correas, los cuales utilizarán bloqueo con llave única, y posteriormente bloqueará el Operador del área con candado del bloqueo del operador con llave única, ubicados en la Sala Eléctrica.

• Las llaves de este primer bloqueo serán depositadas en una Caja Fija

claramente identificable ubicada en el área, (parte exterior de la Sala Eléctrica).

• En la caja fija, el Operador del área colocará un segundo candado de bloqueo, en este caso del tipo operacional.

d) Cuando el Ingeniero de Control de Procesos u Operador Mantenedor del área

intervengan directamente un equipo específico, utilizarán su candado personal de bloqueo.

e) La caja Fija será bloqueada respetando el siguiente orden:

• Personal de Suministro Eléctrico (Bloqueo operacional).

• Operador del área (bloqueo operacional).

• Encargados de actividad.

Page 21: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 21 de 78

• Todo personal que desarrolle actividades en el área y requiera que esta sea bloqueada.

• El objetivo principal de la caja Fija, es evitar el máximo de personas al interior de las Salas Eléctricas, como también es evitar la entrada de polvo y cambios bruscos de temperatura en estas. Aplica a trabajos en el interior de las diferentes áreas, ya sea el Chancado, Estación Motriz, Transferencia N°1, Transferencia N°2.

f) El operador y el encargado de la actividad deben verificar que el sensor nuclear, si existe, esté bloqueado. (Procedimiento de Bloqueo ON - OFF para equipos Radiactivos).

g) Todo trabajador de Empresa Colaboradora debe bloquear para intervenir el equipo,

debiendo bloquear con su candado personal y tarjeta en la caja fija, previa verificación de correspondencia, colillas, y punto físico del bloqueo.

h) Cuando se requiera el bloqueo a distancia para intervenir las correas CV-005; 006 y/o

007, y solamente para estos casos, el supervisor o encargado de la actividad debe solicitar al operador MLP del área una Caja Móvil para depositar la llave del bloqueo de la caja fija, la cual es única.

i) El Operador MLP del área será el encargado de controlar la Caja Móvil en el lugar y que

esta sea bloqueada por el encargado de la actividad y además de contar con las cajas móviles necesarias.

j) Una vez bloqueada la caja móvil, esta debe ser trasladada al lugar de trabajo, donde será bloqueada por cada uno de los integrantes de la actividad.

k) Todo trabajador debe bloquear para intervenir el equipo, con su candado personal y tarjeta en la caja móvil.

l) Para efectos de optimización del tiempo, el bloqueo en la caja móvil no se realizará por más de una Empresa, y en lo posible por cuadrillas.

3.5.1.2 BLOQUEO DE FEEDERS

El bloqueo de los feeders se realizará de acuerdo al siguiente esquema:

a) El Operador del área será el único autorizado para realizar dicho bloqueo, para lo cual

utilizará los candados de operación con llave única.

b) Deberá bloquear en cada feeders lo siguiente:

• Alimentadores • Electroimán

Page 22: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 22 de 78

• Carro del Electroimán

c) Las llaves de bloqueo de los componentes de los feeders las depositará en la Caja Fija claramente identificada al exterior de la Sala Eléctrica BT de la Estación Motriz.

d) Una vez depositadas las llaves del primer bloqueo de los feeders en la caja fija el Operador del área deberá instalar un bloqueo operacional.

e) El encargado de la actividad bloqueará también la caja fija, colocando esta llave en la caja móvil y el personal bajo su cargo, podrá bloquear en la caja móvil.

Page 23: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 23 de 78

3.5.1.3 FLUJOGRAMA PARA BLOQUEO EN SECTOR DE “CHANCADO Y CORREAS”

FEEDER

BLOQUEA EL OPERADOR DEL AREA (llave única)

FEEDER, ELECTROIMÁN, CARRO DEL ELECTROIMÁN

SE INSTALA PRIMER BLOQUEO EN INTERRUPTOR 23 Kv,

LLAVE ÚNICA

LLAVE ÚNICA VA AL INTERIOR DE CAJA FIJA

CORREAS

BLOQUEAN CAJA FIJA

* ENCARGADO DE LA ACTIVIDAD.

NO

NO

SI

SI

BLOQUEA EL OPERADOR DEL ÁREA CON LLAVE ÚNICA

SUPERVISOR DE MANTENCIÓN DESIGNA A ENCARGADO DE ACTIV. QUE TRABAJARÁ EN EL ÁREA A INTERVENIR

ENCARGADO DE ACTIV. BLOQUEA CAJA FIJA Y DEPOSITA LLAVE EN CAJA

SE TRASLADA CAJA MÓVIL AL LUGAR DE TRABAJO

BLOQUEA TODO EL PERSONAL QUE INGRESA A TRABAJAR

SI

NO

SUPERVISOR DE MANTENCIÓN, RESPONSABLE DEL TRABAJO

SOLICITA EL EQUIPO AL ENCARGADO DE LA OPERACIÓN

23 kV

ENCARGADO DE LA OPERACIÓN AVISA A

SUMINISTRO ELÉCRICO

SE INSTALA BLOQUEO OPERACIONAL EN CAJA FIJA

LA CAJA MÓVIL ES BLOQUEADA POR EL ENCARGADO DE LA ACTIVIDAD.

Page 24: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 24 de 78

3.5.2 GERENCIA PLANTAS 3.5.2.1 MANTENCIONES MAYORES PROGRAMADAS

3.5.2.1.1 ALCANCES

El presente punto establece la metodología para solicitar, autorizar, desenergizar y bloquear equipo(s) que se requiere(n) intervenir en ocasión de mantención mayor programada o mantención de equipo principal que se programe ejecución por más de 12 horas, define también el cómo operar posterior a la actividad programada para desbloquear y energizar dicho(s) equipo(s).

Todo el personal de la Gerencia Plantas de MLP, sea este la dotación propia o de empresas colaboradoras, como al personal esporádico o permanente tiene el deber de conocer y hacer cumplir integralmente este anexo en caso de recurrir a su aplicación.

3.5.2.1.2 RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES DURANTE EL DESARROLLO DE LA

MANTENCION MAYOR

a) JEFES DE OPERACIONES MLP GERENCIA PLANTAS Autoriza la detención y desenergización de los equipos solicitados por el Jefe de Área

FLS. Verifica que los puntos a bloquear, aseguran la completa desenergización del equipo a

intervenir. Determina al Coordinador de la actividad por parte de Operaciones Planta. Verifica la disponibilidad de AST asociados a la actividad Coordina la entrega del o los equipos solicitados por los jefes o supervisores de área.

b) JEFE DE AREA FLS

De acuerdo a las intervenciones de mantenimiento programadas, solicita autorización

para intervenir equipos. Define a los Encargados de Mantenimiento quienes realizaran las actividades de

desenergización con todo el personal involucrado. Determina los puntos de bloqueo requeridos para asegurar desenergización del o los

equipos a intervenir. Registra todos los datos anteriores en el formulario de bloqueo. Revisa y aprueba los AST asociados a las actividades que asigna.

Page 25: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 25 de 78

c) COORDINADOR DE LA ACTIVIDAD Operador de MLP definido por el Jefe de Operaciones MLP que tiene la función de

coordinar la detención y desenergización de equipos. Para equipos energizados eléctricamente, coordina Primer bloqueo con eléctrico de

planta autorizado. Para equipos que se deban desconectar sistemas de control, dispositivos de

instrumentación o equipos radiactivos, coordina primer bloqueo por personal de instrumentación autorizado.

Verifica el correcto llenado del formulario y ubicación de dispositivos de bloqueo. Realiza de forma remota o local la comprobación de energía cero de los equipos

bloqueados. Tiene la responsabilidad de detener los equipos solicitados y entregarlos al encargado

de la actividad / mantenimiento. Solicita el 1er bloqueo. Se debe preocupar que todos los Encargados de la Actividad bloqueen los equipos

principales. Coordina acciones de desenergización y/o energización con personal autorizado

eléctrico, mecánico, instrumentista u operaciones.

d) ENCARGADO DE MANTENIMIENTO (EJECUTOR) Mantenedor de la dotación permanente de FLS, incluido personal de subcontratos

directos (Eléctrico e Instrumentación) que realiza las labores de bloqueo y desbloqueo de cada punto determinado en el Formulario de General de Desenergización (Ver anexo H).

Realiza AST asociado a la actividad encomendada con todo el personal que participa de la actividad.

Dispone de candados y tarjetas de primer bloqueo de mantenimiento suficientes para instalar posterior a cada primer bloqueo.

Solicita posterior a la ubicación de sus dispositivos de bloqueo la comprobación de energía cero.

Mantiene registro de los bloqueos realizados. Solicita el bloqueo personal de cada persona que interviene el equipo que ha

bloqueado. Coordina las labores de desbloqueo de equipos que interviene Tramitar las autorizaciones requeridas para intervenir un equipo, al jefe de operaciones

que corresponda, a través del Formulario General de desenergización, bloqueo y Desbloqueo de Equipos (Ver anexo H).

Verificar que el personal que le acompaña en la actividad de intervenir un equipo cumpla con lo establecido en el presente Reglamento.

Verificar que los bloqueos han sido correctamente realizados. El Encargado de mantenimiento es responsable de la instalación por parte de todo el

personal bajo su cargo, de los dispositivos de bloqueo cada vez que interviene un equipo y su retiro cuando le sea solicitado para el movimiento o pruebas puntuales del equipo y cuando los trabajadores terminen su labor o se retiren del turno.

Page 26: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 26 de 78

3.5.2.1.3 SECUENCIA DE BLOQUEO DE EQUIPOS

El Jefe de Área mantención FLS, solicita al Jefe de Operaciones MLP el o los equipos a intervenir. El Jefe de Área de mantención FLS, debe registrar en el Formulario General de desenergización, bloqueo y Desbloqueo de Equipos (Ver anexo H), al Encargado de Mantención día y otro para la noche. El o los Encargados de Mantenimiento presentarán el Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo de Equipos al Jefe de Operaciones, quien si procede, autorizará los bloqueos y designará al Coordinador de la Actividad (podrá haber más de un encargado de actividad en caso que el equipo a intervenir deba ser sometidos a trabajos mecánicos, eléctricos, instrumentación, piping, civiles, estructural, etc., aprovechando la misma detención).

El “Encargado de mantención”, ubicará al “Coordinador de la Actividad” de operaciones, quién verificará la autorización para entregar el equipo y estando ésta conforme, procederá a coordinar las maniobras de detención pertinentes y bloqueo.

Si el equipo a intervenir funciona con energía eléctrica, el “Coordinador” solicitará la presencia de una persona autorizada para realizar el Primer Bloqueo, este desenergiza el equipo, constata que exista energía cero e instala los dispositivos de bloqueo, según el estándar operacional de las tarjetas de advertencia de primer Bloqueo.

En sistemas de fluidos, que no requieren desenergización eléctrica, serán los Coordinadores de la Actividad quienes ubiquen el primer bloqueo.

Se deben bloquear todas las fuentes de suministro de energía a un equipo o instalación determinada, como válvulas, bombas, flanges entre otros. Se debe drenar el contenido de la línea y liberar presiones contenidas durante el proceso de cerrado. Si la intervención presume la presencia de materiales peligrosos se debe descontaminar y dejar ventilar, previo al bloqueo. En el caso particular de las tuberías, se debe bloquear de la siguiente forma: Válvulas; con cadenas o discos de bloqueo Flanges; con flanges ciegos o paletas de bloqueo.

Si el equipo a intervenir funciona con otro tipo de energía (mecánica, hidráulica, neumática, etc.), por lo que no requiere desenergización eléctrica, será responsabilidad y función del Coordinador de la Actividad, solicitar la presencia de una persona idónea y autorizada para realizar el Primer Bloqueo, instalando este los dispositivos de bloqueo.

Page 27: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 27 de 78

Para el bloqueo de equipos que contengan fuentes radioactivas, el primer bloqueo de éstas debe ser efectuado por operadores autorizados de equipos radiactivos. Los que deberán cumplir con todas las disposiciones establecidas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear y las internas de Minera Los Pelambres para estos casos. El punto del primer bloqueo es el origen de la fuente de energía, la que puede ser principal o secundaria. No se podrá bloquear en los sistemas o dispositivos de emergencia o control tales como pull cord, botoneras, etc.

A continuación, el Coordinador de la Actividad verificará la ubicación del primer bloqueo, constatará la imposibilidad de poner en funcionamiento el equipo, tanto de modo local como remoto. Una vez corroborados todos estos puntos, firma el Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo.

El o los encargados de Mantenimiento colocarán su candado y Tarjetas de Bloqueo Especial Mantención Mayor (Ver Anexo J), y registraran el hecho en el “Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo.

Inmediatamente el Encargado de Mantenimiento depositará la o las llaves en caja departamental grupal (fija o móvil) que se encuentra en terreno, el resto del personal que intervendrá el equipo, colocará sus respectivos candados y Tarjetas de Bloqueo Especial Mantención Mayor en la caja departamental de bloqueo. El Encargado de la Actividad no puede retirar su bloqueo si no se han retirado todos los candados que bloquean la caja. Toda persona que se integre a un grupo de trabajo, deberá dar aviso al encargado de Mantenimiento o a su Supervisor, quien coordinará la firma en el libro de registros de bloqueo (en caso que exista) y le indicará el punto donde debe bloquear.

Sin perjuicio de la responsabilidad del “Encargado de la Mantenimiento”, todo el personal que interviene en el bloqueo, será responsable de asegurarse que el equipo es el correcto y además que la fuente de energía ha sido bloqueada.

Toda persona que se retire de un grupo de trabajo, deberá informar de ello al encargado de Mantenimiento o su Supervisor para posteriormente retirar sus dispositivos de bloqueo personales y registrar su salida en el libro de registro de bloqueo (en caso que exista).

Cuando uno o más trabajadores deban ser reemplazados por otros, éstos deberán retirar y colocar respectivamente sus dispositivos de bloqueo conforme se ha descrito anteriormente y registrarse en el libro de registro de bloqueo (en caso que exista).

El formulario de Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo debe ser un original y tres copias autocopiativas, por lo que las tres principales personas involucradas en el bloqueo (Coordinador de La Actividad, Personal autorizado del 1er. Bloqueo eléctrico, Personal autorizado del 1er. Bloqueo Instrumentación y Encargado de mantenimiento) deben estar presentes durante todo este proceso (cuando se requiera según el tipo de fuente de energía) y retirarán las respectivas copias del formulario de acuerdo al siguiente orden:

Page 28: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 28 de 78

Original Blanco Coordinador de La Actividad

Copia 1 Amarilla Personal autorizado 1er. Bloqueo Eléctrico

Copia 2 Rosada Personal autorizado 1er. Bloqueo Instrumentación

Copia 3 Celeste Encargado de Mantenimiento El formulario original (Blanco) es mantenido por el Coordinador de La Actividad, mientras se desarrolle la intervención del equipo. La copia 1 (Amarilla) se deja en el gabinete de primeros bloqueos. La copia 2 (Rosada) es mantenida por persona de instrumentación. La copia 3 (celeste) debe permanecer en poder del Encargado de Mantenimiento, mientras éste se desarrolle. Solo podrán ser intervenidos aquellos equipos indicados en el formulario de solicitud de bloqueo, firmados y completos hasta la sección Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo.

3.5.2.1.4 Anexos de Mantenciones Mayores

Anexo 1. FORMULARIO GENERAL DE DESENERGIZACIÓN, BLOQUEO Y

DESBLOQUEO DE EQUIPOS Anexo 2. LISTADO DE BLOQUEOS POR EQUIPOS A INTERVENIR Anexo 3. TARJETA DE BLOQUEO ESPECIAL MANTENCIÓN MAYOR

Page 29: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 29 de 78

Anexo 1. FORMULARIO GENERAL DE DESENERGIZACIÓN, BLOQUEO Y DESBLOQUEO DE EQUIPOS

Page 30: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 30 de 78

Anexo 2. Listado de Bloqueos por Equipos a Intervenir

PLANTA DE PEBBLES BLOQUEO DE EQUIPOS A INTERVENIR

EQUIPO BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO

ELECTRICO

correa 125 cambio de correa 125 310CV125 SS EE 2 polines, cinta, tambor compuerta alim correa 310HV0800 de cola cabeza, raspadores compuerta alim correa 310HV0810 correa 126 cambio de correa 125 310CV125 SS EE 2 polines, cinta, tambor correa 126 310CV126 SS EE 2 de cola cabeza, raspadores correa 127 cambio de correa 126 310CV126 SS EE 2 polines, cinta, tambor correa 127 310CV127 SS EE 2 de cola , raspadores correa 128 cambio de correa 127 310CV127 SS EE 2 tambor de cabeza correa 128 310CV128 SS EE 2 tambor de cabeza correa 129 cambio de correa 129 310CV129 SS EE 2 polines, cinta, tambor de cola cabeza, raspadores correa 130 cambio de correa 130 310CV130 SS EE 2 polines, cinta, tambor de cola cabeza, raspadores correa 131 cambio de correa 131 310CV131 SS EE 2 polines, cinta, tambor de cola cabeza, raspadores correa 132 cambio de correa 132 310CV132 SS EE 2 polines, cinta, tambor de cola cabeza, raspadores correa 134 cambio de correa 134 310CV134 SS EE 2 polines, cinta, tambor compuerta alim correa 310HV0710 de cola cabeza, raspadores correa 135 cambio de correa 135 310CV135 SS EE 2 polines, cinta, tambor compuerta alim correa 310HV0700 de cola cabeza, raspadores correa 134 310CV134 SS EE 2 correa 136 cambio de correa 136 310CV136 SS EE 4 polines, cinta, tambor correa 135 310CV135 SS EE 2 de cola cabeza, raspadores chancador 003 chancador 003 310CR011 SS EE 5 cambio revestimiento feeder 057 310FE057 SS EE 2 sistema lubricación 310CR003-002A SS EE 2

Page 31: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 31 de 78

/ 310CR003-002B

sistema hidráulico 310CR003-01A SS EE 2 feeder 057 feeder 057 310FE057 SS EE 2

cambio guarderas, placas, Polines, poleas. harnero 002 harnero 002 310SC002 SS EE 2 cambio módulos, limpieza compuerta alimentación 310HV0840 Cambio motor. agua lavado harnero válvula manual harnero 003 harnero 003 310SC003 SS EE 2 cambio módulos, limpieza compuerta alimentación 310Hv0842 Cambio motor. agua lavado harnero válvula manual cinta electroimán 006 cinta 310MA006 SS EE 2

cambio de cinta y limpieza electroimán 310MA006 SS EE 2 cinta electroimán 007 cinta 310MA007 SS EE 2 cambio de cinta y limpieza electroimán 310MA007 SS EE 2 cinta electroimán 008 cinta 310MA008 SS EE 2 cambio de cinta y limpieza electroimán 310MA008 SS EE 2 cinta electroimán 009 cinta 310MA009 SS EE 2 cambio de cinta y limpieza electroimán 310MA009 SS EE 2 BIN 025 harnero 002 310SC002 SS EE 2 reparaciones y limpieza harnero 003 310SC003 SS EE 2 correa 129 310CV129 SS EE 2 BIN 026 correa 131 310CV131 SS EE 2 reparaciones y limpieza correa 132 310CV132 SS EE 2 correa 136 310CV136 SS EE 4 correa 130 310CV130 SS EE 2 compuerta alimentación

bin 310ZM065 SS EE 2

BIN 027 correa 129 310CV129 SS EE 2 reparaciones y limpieza feeder 057 310FE057 SS EE 2

Page 32: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 32 de 78

AREA 280

BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

unidad hidráulica 280FE015A SS EE 2 ventilador 280FE015B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE016A SS EE 2 ventilador 280FE016B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE017A SS EE 2 ventilador 280FE017B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE018A SS EE 2 ventilador 280FE018B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE019A SS EE 2 ventilador 280FE019B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE020A SS EE 2 ventilador 280FE020B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE021A SS EE 2 ventilador 280FE021B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE022A SS EE 2 ventilador 280FE022B SS EE 2 sensor nuclear Radiológico unid hidráulica 280FE015A SS EE 2 correa 280CV020 SS EE 2 unid hidráulica 280FE016A SS EE 2 correa 280CV020 SS EE 2 unid hidráulica 280FE017A SS EE 2 correa 280CV020 SS EE 2 unid hidráulica 280FE018A SS EE 2 correa 280CV020 SS EE 2 unid hidráulica 280FE019A SS EE 2 correa 280CV021 SS EE 2 unid hidráulica 280FE020A SS EE 2 correa 280CV021 SS EE 2 unid hidráulica 280FE021A SS EE 2 correa 280CV021 SS EE 2 unid hidráulica 280FE022A SS EE 2 correa 280CV021 SS EE 2

Page 33: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 33 de 78

MOLIENDA

BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

molino 320ML001 al lado de molino correa 280CV020 SS EE 2 cal alim molino válvula manual alim cal

ML001 manual ( posición

cerrada) agua alim molino válvula manual alim agua

ML001 manual ( posición

cerrada) agua lavado tromell válvula manual lavado

tromell ML001 manual ( posición

cerrada) molino 320ML002 al lado de molino correa 280CV021 SS EE 2 cal alim molino válvula manual alim cal

ML002 manual ( posición

cerrada) agua alim molino válvula manual alim agua

ML002 manual ( posición

cerrada) agua lavado tromell válvula manual lavado

tromell ML002 manual ( posición

cerrada) molino 320ML004 SS EE 4 bba de alta 320PP2A y 320PP2B SS EE 3 bba de baja 320PP3A y320PP3B SS EE 3 cal alim molino válvula manual alim cal

ML004 manual ( posición

cerrada) agua alim molino under flow

válvula manual alim agua ML004

manual ( posición cerrada)

compuerta alim bolas 3" compuerta alim bolas 3" ML005

manual ( posición cerrada)

inching drive inching drive ML004 SS EE 3 drenaje psm drenaje psm ML004 manual ( posición

cerrada) bomba 001 320PP001 SS EE 4 bamba 101 320PP101 SS EE 4 molino 320ML005 SS EE 4 bba de alta 320PP2A y 320PP2B SS EE 3 bba de baja 320PP3A y320PP3B SS EE 3 cal alim molino válvula manual alim cal

ML005 manual ( posición

cerrada) agua alim molino under flow

válvula manual alim agua ML005

manual ( posición cerrada)

compuerta alim bolas 3" compuerta alim bolas 3" manual ( posición

Page 34: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 34 de 78

ML005 cerrada) inching drive inching drive ML005 SS EE 3 by pass de batería 3 batería 3 ciclón 09 manual ( posición

cerrada) by pass de batería 4 batería 3 ciclón 06 drenaje psm drenaje psm ML005 manual ( posición

cerrada) bomba 002 320PP002 SS EE 4 bamba 102 320PP102 SS EE 4 molino 320ML006 SS EE 4 bba de alta 320PP2A y 320PP2B SS EE 3 bba de baja 320PP3A y320PP3B SS EE 3 cal alim molino válvula manual alim cal

ML006 manual ( posición

cerrada) agua alim molino under flow

válvula manual alim agua ML006

manual ( posición cerrada)

inching drive inching drive ML006 SS EE 3 compuerta alim bolas 3" compuerta alim bolas 3"

ML006 manual ( posición

cerrada) by pass de batería 1 batería 2 ciclón 003 manual ( posición

cerrada) by pass de batería 2 batería 2 ciclón 001 manual ( posición

cerrada) drenaje psm drenaje psm ML006 manual ( posición

cerrada) bomba 003 320PP003 SS EE 4 bamba 103 320PP103 SS EE 4 molino 320ML007 SS EE 4 bba de alta 320PP2A y 320PP2B SS EE 3 bba de baja 320PP3A y 320PP3B SS EE 3 cal alim molino válvula manual alim cal

ML007 manual ( posición

cerrada) agua alim molino under flow

válvula manual alim agua ML007

manual ( posición cerrada)

compuerta alim bolas 3" compuerta alim bolas 3" ML007

manual ( posición cerrada)

inching drive inching drive ML007 SS EE 3 drenaje psm drenaje psm ML007 manual ( posición

cerrada) bomba 004 320PP004 SS EE 4 bomba 104 320PP104 SS EE 4

Page 35: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 35 de 78

Tk 44 y 45 ST 151 y 152

BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO

ELECTRICO OPERACIONAL molino 320ML001 al lado de molino

bomba 023 PP-023 SS EE 3

bomba 024 PP-024 SS EE 3

molino 320ML002 al lado de molino

tapón dardo 320HV 1321 SS EE 3 Manual (posición cerrada)

agua dilución válvula dilución TK44 lado A

Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP001

320 HV 1306 Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP101

320 HV 1316 Manual (posición cerrada)

bomba 001 320 PP001 SS EE 4

bomba 101 320PP101 SS EE 4

inching drive(si está instalado)

inching drive ML004 SS EE 3

tapón dardo 320 HV 1521 SS EE 3 Manual (posición cerrada)

agua dilución válvula dilución TK44 lado B

Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP002

320HV1502 Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP103

320HV1516 Manual (posición cerrada)

bomba 002 321 PP002 SS EE 4

bomba 102 320PP102 SS EE 4

inching drive(si está instalado)

inching drive ML005 SS EE 3

tapón dardo 320 HV 2302 SS EE 3 Manual (posición cerrada)

agua dilución válvula dilución TK44 lado B

Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP003

320HV2306 Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP103

320HV2316 Manual (posición cerrada)

Page 36: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 36 de 78

bomba 003 322 PP003 SS EE 4

bomba 103 320PP103 SS EE 4

inching drive(si está instalado)

inching drive ML006 SS EE 3

tapón dardo 320 HV 2502 SS EE 3 Manual (posición cerrada)

agua dilución válvula dilución TK44 lado B

Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP004

320HV2506 Manual (posición cerrada)

agua lavado succión PP104

320HV2516 Manual (posición cerrada)

bomba 004 322 PP004 SS EE 4

bomba 104 320PP104 SS EE 4

inching drive(si está instalado)

inching drive ML006 SS EE 3

CICLONES

TAG 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

320PP101 SS EE 4

320PP001 SS EE 4

válvula alim ciclón batería 1 Manual (posición cerrada)

320PP102 SS EE 4

320PP002 SS EE 4

válvula alim ciclón batería 2 Manual (posición cerrada)

320PP103 SS EE 4

320PP003 SS EE 4

válvula alim ciclón batería 3 Manual (posición cerrada)

320PP104 SS EE 4

320PP004 SS EE 4

válvula alim ciclón batería 4 Manual (posición cerrada)

Page 37: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 37 de 78

320PP101 SS EE 4

320PP001 SS EE 4

PSM BATERÍA 1 eléctrico

320PP102 SS EE 4

320PP002 SS EE 4

PSM BATERÍA 2 eléctrico

320PP103 SS EE 4

320PP003 SS EE 4

PSM BATERÍA 3 eléctrico

320PP104 SS EE 4

320PP004 SS EE 4

PSM BATERÍA 4 eléctrico

320PP101 SS EE 4

320PP001 SS EE 4

válvula manual alim cal ML004 Manual (posición cerrada)

válvula manual alim agua ML004 Manual (posición cerrada)

320PP102 SS EE 4

320PP002 SS EE 4

válvula manual alim cal ML004 Manual (posición cerrada)

válvula manual alim agua ML004 Manual (posición cerrada)

batería 3 ciclón 009 Manual (posición cerrada)

batería 4 ciclón 006 Manual (posición cerrada)

320PP103 SS EE 4

320PP003 SS EE 4

válvula manual alim cal ML004 Manual (posición cerrada)

Page 38: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 38 de 78

válvula manual alim agua ML004 Manual (posición cerrada)

batería 1 ciclón 003 Manual (posición cerrada)

batería 2 ciclón 001 Manual (posición cerrada)

320PP104 SS EE 4

320PP004 SS EE 4

válvula manual alim cal ML004 Manual (posición cerrada)

válvula manual alim agua ML004 Manual (posición cerrada)

Bombas Alimentación Ciclones

BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

bomba 001 320PP001 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP001HV1309 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP001HV1313 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP001HV1307 Manual (posición cerrada)

bomba 002 320PP002 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP002HV1509 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP002HV1513 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP002HV1507 Manual (posición cerrada)

bomba 003 320PP003 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP003HV2309 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP003HV2313 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP003HV2307 Manual (posición cerrada)

bomba 004 320PP004 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP004HV2509 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP004HV2513 Manual (posición cerrada)

Page 39: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 39 de 78

válvula agua de lavado bba 320PP004HV2507 Manual (posición cerrada)

bomba 101 320PP101 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP101HV1319 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP101HV1323 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP101HV1317 Manual (posición cerrada)

bomba 102 320PP102 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP102HV1519 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP102HV1523 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP102HV1517 Manual (posición cerrada)

bomba 103 320PP103 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP103HV2319 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP103HV2323 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP103HV2317 Manual (posición cerrada)

bomba 104 320PP104 SS EE 4 válvula hidráulica lado alim 320PP104HV2519 Manual (posición

cerrada) válvula hidráulica lado descarga

320PP104HV2523 Manual (posición cerrada)

válvula agua de lavado bba 320PP104HV2517 Manual (posición cerrada)

Page 40: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 40 de 78

PLANTA DE GRAVILLA

EQUIPO BLOQUEO TAG

1er BLOQUEO

ELECTRICO OPERACIONAL correa 112 cambio de correa 113 310CV113 SS EE 3

polines, cinta, tambor compuerta 310ZM063 SS EE 3 (posición cerrada)

de cola cabeza, raspadores

correa 113 cambio de electroimán 310MA-04 SS EE 3

polines, cinta, tambor correa 113 310CV113 CCM sala control gravilla

de cola cabeza, raspadores

correa 114 cambio de electroimán 310MA-05 SS EE 3

polines, cinta, tambor correa 114 310CV014 CCM sala control gravilla

de cola , raspadores

correa 115 cambio de correa 115 310CV115 CCM sala control gravilla

tambor de cabeza chancador 011 310CR011 SS EE 5

tambor de cabeza chancador 012 310CR012 SS EE 5

correa 116 cambio de correa 115 310CV115 SS EE 3

polines, cinta, tambor correa 116 310CV116 SS EE 3

de cola cabeza, raspadores

correa 117 cambio de correa 116 310CV116 SS EE 3

polines, cinta, tambor correa 117 310CV117 SS EE 3

de cola cabeza, raspadores

correa 118 cambio de correa 117 310CV117 SS EE 3

polines, cinta, tambor correa 118 310CV118 SS EE 3

de cola cabeza, raspadores

Page 41: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 41 de 78

correa 119 cambio de correa 119 310CV119 SS EE 3

polines, cinta, tambor compuerta alim correa

310HP014 SS EE 3 (posición cerrada)

de cola cabeza, raspadores

chancador 011 chancador 011 310CR011 SS EE 5

cambio revestimiento correa 113 310CV113 CCM sala control gravilla

sistema lubricación

310CR011LP01A CCM sala control gravilla

sistema hidráulico

310CR011UH01A CCM sala control gravilla (liberar presiones)

chancador 012 chancador 012 310CR012 SS EE 5

cambio revestimiento correa 114 310CV014 CCM sala control gravilla

sistema lubricación

310CR012LP01B CCM sala control gravilla

sistema hidráulico

310CR012UH01A CCM sala control gravilla (liberar presiones)

harnero 001 correa 112 310CV112 SS EE 3

cambio módulos, limpieza

harnero SC001 CCM sala control gravilla

Cambio motor.

cinta electroimán 004 cinta 310MA004 CCM sala control gravilla

cambio de cinta y limpieza

electroimán 310MA005 CCM sala control gravilla

cinta electroimán 005 cinta 310MA005 CCM sala control gravilla

cambio de cinta y limpieza

electroimán 310MA005 CCM sala control gravilla

bin 011 harnero 001 310SC001 CCM sala control gravilla reparaciones y limpieza correa 113 310CV113 CCM sala control gravilla correa 114 310CV114 CCM sala control gravilla

Page 42: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 42 de 78

PLANTA DE CAL

BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

Molino vertical 390-ML-020 SALA Nº-10 Tornillo alimentación cal 390-FE-040 SALA Nº-10 Bomba de recirculación molino 390-PP-101 SALA Nº-10 Bomba de lubricación 390-ML-020-B SALA Nº-10 Válvula general alimentación agua p

TERRENO

Molino vertical 390-ML-021 SALA Nº-10 Tornillo alimentación cal 390-FE-040 SALA Nº-10 Bomba de recirculación molino 390-PP-102 SALA Nº-10 Bomba de lubricación 390-ML-021-B SALA Nº-10 Válvula general alimentación agua p

TERRENO

Tornillo alimentación cal 390-FE-040 Y 390-FE-041

SALA Nº-10

Válvulas descarga silos TERRENO

Bomba recirculación molinos 390PP101 SALA Nº-10 Válvula manual de alimentación TERRENO Válvula manual de descarga TERRENO Bomba recirculación molinos 390PP102 SALA Nº-10 Válvula manual de alimentación TERRENO Válvula manual de descarga TERRENO Bomba alimentación almacenadores

390 PP104 Y 390 PP105

SALA Nº-10

Válvulas de alimentación TERRENO

Bomba distribución lechada de cal 390PP107 SALA Nº-10 Válvula manual de alimentación TERRENO Válvula automática de descarga HV 4070 INSTRUMENTACION Bomba distribución lechada de cal 390PP108 SALA Nº-10 Válvula manual de alimentación TERRENO Válvula automática de descarga HV 4065 INSTRUMENTACION Agitador 390AG005 SALA Nº-10 Agitador 390AG006 SALA Nº-11

Page 43: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 43 de 78

REACTIVOS

BLOQUEO TAG 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

PARADA EMERGENCIA ZM003A SS EE 8 HV-5547, DCS cambio

PO-PAD PARADA EMERGENCIA ZM003B SS EE 8 ZM-003A PARADA EMERGENCIA SS EE 8 HISAC 4559, DCS

Cambio PO PAD BLOQUERA, VALVULA MANUAL HISAC 4551 PARADA EMERGENCIA SS EE 8 HISAC 4568, DCS

Cambio PO PAD HISAC 4559B PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvula de entrada y

salida, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvula de entrada y salida, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvula de entrada y salida, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 LV 4970 de lavado, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 HISAC 4201, DCS

Cambio PO PAD Válvulas manuales de

agua PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvulas manuales de

agua TK 035/036, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvulas manuales de agua TK 035/037, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 FY 4208 dilución, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 DCS Cambio PO PAD

Page 44: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 44 de 78

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 HISAC 4601, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvulas manuales, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Válvulas manuales, DCS Cambio PO PAD

PARADA EMERGENCIA SS EE 8 Cerrar válvulas manuales, DCS Cambio PO PAD

FLOTACION COLECTIVA

BLOQUEO DCS 1er BLOQUEO ELECTRICO OPERACIONAL

Motores de Celdas TAPON ALIMENTACION SS EE 4 VALVULA AGUA DILUCION VALVULA REACTIVOS Motores de Celdas TAPON ALIMENTACION SS EE 4 VALVULA AGUA DILUCION VALVULA REACTIVOS Motores de Celdas TAPON ALIMENTACION SS EE 4 VALVULA AGUA DILUCION VALVULA REACTIVOS Motores de Celdas TAPON ALIMENTACION SS EE 4 VALVULA AGUA DILUCION VALVULA REACTIVOS Motores de Celdas TAPON ALIMENTACION SS EE 4 VALVULA AGUA DILUCION Motores de Celdas TAPON ALIMENTACION SS EE 4 VALVULA AGUA DILUCION SALA Nº 5 SALA Nº 5 SALA Nº 5 MODO MANTENCION VALVULA PASO AIRE MODO LOCAL SALA Nº 5 BOMBAS PP096 Y PP097 SALA Nº 5 TAPON ALIMENTACION

Page 45: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 45 de 78

MODO MANTENCION VALVULA PASO AIRE MODO LOCAL SALA Nº 5 BOMBA PP080 SALA Nº 5 SALA Nº 5 SALA Nº 5 SALA Nº 5 SALA Nº 5

Anexo 3.TARJETA DE BLOQUEO ESPECIAL MANTENCIÓN MAYOR

Equipo bloqueado por: MANTENIMIENTO

1. PLANTAS La manipulación de este dispositivo debe realizarlo únicamente personal autorizado de Mantenimiento Plantas

Equipo bloqueado

NO RETIRAR SIN AUTORIZACION

EL RETIRO NO AUTORIZADO PUEDE PROVOCAR LESIONES GRAVES A PERSONAS, YA QUE UN EQUIPO PUEDE OPERAR AUTOMATICAMENTE

Page 46: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 46 de 78

5.3 SUPERINTENDENCIAS PLANTAS – CHANCADO Y CORREAS 3.5.3.1 BLOQUEO Y DESBLOQUEO CV-07 Y SHUTTLE

3.5.3.1.1 ALCANCES

El presente punto establece la metodología para solicitar, la autorización del bloqueo de los equipo(s) que se requiere(n) neutralizar para operar con los Bulldozer en el stock-pile con seguridad. Todo el personal de la Gerencia Plantas de MLP, sea este la dotación propia o de empresas colaboradoras (Movitec), como al personal esporádico o permanente tiene el deber de conocer y hacer cumplir integralmente este anexo en caso de recurrir a su aplicación.

3.5.3.1.2 RESPONSABILIDADES Y/O FUNCIONES DURANTE EL BLOQUEO EL

DESARROLLO DE LA MANTENCIÓN MAYOR a) JEFE DE OPERACIONES MLP CHANCADO Y CORREAS

Autoriza la solicitud de bloqueo. Determina al Coordinador de la actividad por parte de Operaciones Chancado y

Correas. Verifica la disponibilidad de AST asociados a la actividad.

b) COORDINADOR DE LA ACTIVIDAD

Operador MLP definido por el jefe operaciones Chancado y Correas, tiene la función de

coordinar la desenergización de equipos. Para equipos energizados eléctricamente, coordinar Primer Bloqueo con eléctrico de

Conafe autorizado. Verificar el correcto llenado del formulario y ubicación de dispositivos de Bloqueo. Solicitar el Primer Bloqueo. Comprueba energía cero. Se debe preocupar que el encargado de la actividad Bloquee los equipos solicitados. Coordinar acciones de desenergización y/o energización con personal eléctrico

autorizado (Conafe).

c) ENCARGADO DE LA ACTIVIDAD

Encargado de la actividad (Operador de Servicio Planta), realiza las labores de Bloqueo y Desbloqueo en TP2 para CV-007 y MCC-138 Carro Shuttle.

Realiza AST asociada a la actividad encomendada con el personal que participa de la actividad.

Dispone de candados y tarjetas de Bloqueo Departamental (Tarjeta Verde), para instalar posterior a cada primer Bloqueo.

Page 47: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 47 de 78

Solicita a Coordinador, posterior a la ubicación de sus dispositivos de Bloqueo la comprobación de energía cero.

Coordina las labores de Bloqueo y Desbloqueo de equipos requeridos. Tramita las autorizaciones requeridas para el bloqueo con jefe operaciones chancado y

correas, utilizando el Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo de Equipos.

Verifica que los Bloqueos han sido correctamente realizados. El encargado de la actividad es responsable de la instalación por parte del personal de

Movitec de sus Bloqueos en caja departamental y del retiro de los mismos cuando sea solicitado para el movimiento o pruebas puntuales de equipos o se retiren del turno.

3.5.3.1.3 SECUENCIA DE BLOQUEO DE EQUIPOS

El operador de servicio solicita al Jefe Operaciones Chancado y Correas los equipos a Bloquear para que los Bulldozer operen en stock-pile.

El encargado de la actividad presentara el Formulario General de Desenergización, Bloqueo y Desbloqueo de Equipos al Jefe Operaciones Chancado y Correas, quien si procede, autorizará los Bloqueos y designara al Coordinador de la Actividad.

El Encargado de la Actividad ubicara al Coordinador de la Actividad quién verificara la autorización para entregar el o los equipos según corresponda y estando ésta conforme, procederá a coordinar el bloqueo de los equipos requeridos. Solicitando la presencia del eléctrico de Conafe o si ya se encuentran Bloqueados ubicar el Primer Bloqueo y proceder a efectuar el Bloqueo respectivo.

Se aplicará Bloqueo Departamental (Tarjeta Verde). Ver Anexo K. El operador de Servicio deberá Bloquear la CV-07 en TP2, instalando la Tarjeta Verde,

realizado el bloqueo solicita al coordinador comprobar energía “CERO”, comprobada energía “CERO”, eléctrico de Primer Bloqueo, Coordinador y encargado de la Actividad (Operador de Servicio) se trasladan a sector de stock-pile para el Bloqueo del Carro Shuttle. Realizado el Primer Bloqueo en el MCC-138 o si ya se encontraba bloqueado, Encargado de la Actividad (Operador de Servicio Planta), procederá a Bloquear Carro Shuttle.

Con la llave de Bloqueo de la CV-07 y la llave de Bloqueo del Carro Shuttel, encargado de la actividad deposita ambas llaves al interior de la caja de Bloqueo ubicada en el stock-pile. En esta caja Bloquearan los operadores de los Bulldozer.

El Encargado de la Actividad (Operador de Servicio Planta) también Bloqueara esta caja con el objetivo de poder realizar el cambio de turno sin problema, manteniendo la continuidad en la operación de los Bulldozer en el stock-pile.

La CV-07 y el Carro Shuttel sólo se desbloqueara a petición de chancado, y es en éste momento cuando el o los operadores de los Bulldozer retiraran los Bloqueos de la caja ubicada en el stock-pile; a modo de liberar la llave del Bloqueo Departamental que tiene a su vez Bloqueada la CV-07 y el Carro Shuttel.

Liberadas las llaves en el stock-pile, el Operador de Servicio Planta procede con el Desbloqueo de Carro Shuttel ubicado en el mismo stock-pile (MCC-138), una vez Desbloqueado el Carro Shuttel se dirige a TP2 para Desbloquear la CV-07, retirando el Bloqueo Departamental correspondiente a Operaciones Planta.

Page 48: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 48 de 78

3.5.3.1.4 ANEXOS BLOQUEO Y DESBLOQUEO DE CV 007 Y SHUTTLE

Anexo 1. Tarjeta de Bloqueo Departamental (Tarjeta Verde)

Page 49: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 49 de 78

3.5.4 GERENCIA TFT

I. Bloqueo de Equipos asociados al Sistema de Repulpeo de Estación Disipadora del STR

Dado que existe un contrato con una empresa externa para las actividades de operación y mantenimiento de las instalaciones del Repulpeo (en adelante el Operador de Repulpeo), las siguientes regulaciones rigen respecto del bloqueo de los equipos a cargo del citado Operador:

El Operador de Repulpeo debe elaborar y administrar un documento controlado tipo

Instructivo para la realización de los bloqueos en la mencionada área en conformidad al presente Reglamento (IT-TF-EECCSTR-001).

Dicho Instructivo de Bloqueo para las Áreas Repulpeo debe replicar en su esencia lo indicado en el presente Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo explicitando responsables, responsabilidades y límites de batería de su aplicación cuando estos no coincidan con lo indicado en este Reglamento.

El mencionado Instructivo de Bloqueo para las Áreas Repulpeo debe estar sujeto a la revisión y aprobación de Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional y de la Superintendencia de Transporte de Fluidos.

Toda vez que un equipo requiera de un 1er Bloqueo Eléctrico en el área de Repulpeo, ésta intervención deberá ser ejecutada por personal eléctrico del servicio de mantenimiento de la Gerencia TFT.

En cuanto al contenido particular del Instructivo de Bloqueo para las Áreas Repulpeo, este debe indicar al menos lo siguiente:

Equipos y zonas en las que aplica el instructivo, detallando los puntos de bloqueo

requeridos para la intervención de cada equipo del área y el tipo de energía a bloquear.

Responsabilidades del Operador de Repulpeo y su personal en la ejecución de las distintas tareas de bloqueo al interior del área de Repulpeo.

Alcance de los trabajos de mantenimiento, inspección u otros dentro del área de Repulpeo que correspondan al Operador de Repulpeo y que requieran aplicar el mencionado Instructivo.

Alcance de los trabajos de mantenimiento, inspección u otros al interior del área de Repulpeo que no correspondan al Operador de Repulpeo y que requieran aplicar el mencionado instructivo.

Estructura de comunicaciones de la solicitud, implementación y retiro de bloqueos al interior de las Áreas Repulpeo. Especial mención deben tener las comunicaciones entre el Operador de Repulpeo y el Jefe de Operaciones MLP.

El Instructivo de Bloqueo para las Áreas Repulpeo y toda la documentación asociada debe ser confeccionado según el formato de procedimientos que ocupa MLP para tales fines.

Page 50: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 50 de 78

II. Bloqueo de Equipos a Distancia Geográfica

En el caso de mantenimientos/inspecciones a equipos que se ubiquen fuera del límite de la faena definido por la garita de Portones y que requieran para su ejecución bloqueos al interior de dicho límite se podrá llevar a cabo un Bloqueo de Equipos a Distancia Geográfica que tendrá las siguientes características:

Permitirá disminuir los tiempos de bloqueo/desbloqueo requeridos por la actividad al eliminar los tiempos de viaje desde el punto de desenergización hasta la ubicación de la Caja de Bloqueo Grupal a utilizar.

Mantendrá los resguardos de seguridad a las personas y las instalaciones que tiene un bloqueo normal.

Las siguientes definiciones de responsabilidad aplican para el procedimiento de Bloqueo a Distancia Geográfica: Juez de Garantía Bloqueo a Distancia Geográfica: A través de la información que reciba la Sala de Control y de lo que se indique desde terreno es el responsable de dar fe de la ejecución de los bloqueos requeridos y de autorizar el ingreso de personal a intervenir en los respectivos puntos. Punto intervención a distancia geográfica: Lugar fuera de los límites de la garita Portones donde se encuentra el equipo a intervenir. Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica: Es la persona autorizada por el Jefe de Operaciones para implementar un Bloqueo a Distancia Geográfica en el punto de desenergización de un equipo o en la Caja de Bloqueo Grupal que corresponda para realizar un trabajo fuera de los límites de la garita Portones y que requiera bloqueos al interior de dicho límite. Acta de Equipos para Bloqueo a Distancia Geográfica: Documento elaborado por el Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica donde se indica el listado de equipos que necesariamente deben ser bloqueados para implementar el Bloqueo a Distancia Geográfica. Debe ser emitido en duplicado y firmado en ambas copias por el Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica. Una copia debe ser entregada al Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica y la otra debe ser entregada al Encargado de Actividad. Tarjeta de Advertencia de Bloqueo a Distancia Geográfica: Sistema visual de identificación y señalización que advierte el bloqueo o la inmovilización de un equipo, instalación y/o circuito por parte de un Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica y que da cuenta de la existencia de que dicha actividad se está llevando a cabo. El listado de personas que están autorizados a bloquear y desbloquear con esta tarjeta debe indicarse en la cubierta de ésta y además debe haber sido visado previamente por el Asesor CASS de la Gerencia.

Page 51: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 51 de 78

El alcance de esta metodología de bloqueo se acota a las siguientes instalaciones: STC:

Estación de Válvulas km 22 Estación de Monitoreo km 39 Estación de Monitoreo km 60 Estación Booster km 80 Estación de Monitoreo km 93 Estación Disipadora km 120

STR:

Estación de Monitoreo km 10.9 Estación de Monitoreo km 15 Estación de Monitoreo km 20 Punto Bajo Quelén km 27.7 Punto Alto La Guardia km 34.1 Punto Bajo Camisas km 41.6 Estación Disipadora km 49

Para realizar el Bloqueo de Equipos a Distancia Geográfica se debe llevar a cabo la siguiente secuencia de pasos:

a) Cuando el Jefe de Área o Supervisor a Cargo de esta reciba como parte del procedimiento de bloqueo la solicitud de bloquear equipos que requieran Bloqueo a Distancia Geográfica, debe comunicárselo así al Encargado de Actividad y al Jefe de Operaciones.

b) Al recibir el formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipos a Intervenir” como parte del procedimiento rutinario de bloqueo, el Jefe de Operaciones identificará aquellos equipos que forman parte de un Bloqueo a Distancia Geográfica y se lo comunicará así al Coordinador de Bloqueo y al Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica, a quienes designará en el momento. Autorizará a través de su firma del formulario “Solicitud para Bloqueo de Equipos a Intervenir” tal como lo haría normalmente según este Reglamento Maestro.

c) El Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica elaborará un Acta de Equipos para Bloqueo a Distancia Geográfica, registrará la fecha y plazo que demandará dicho bloqueo y la entregará firmada al Encargado de Actividad.

d) El Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica, como parte del procedimiento rutinario de bloqueo, participará como Encargado de Bloqueo en todas las actividades correspondientes a esa responsabilidad. Al momento de bloquear lo hará con el candado y tarjeta de advertencia de Bloqueo a Distancia Geográfica.

Page 52: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 52 de 78

e) El Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica enviará un correo electrónico al Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica copiando al menos al Jefe de Operaciones y al Coordinador e indicando que se ha implementado el Bloqueo a Distancia Geográfica de los equipos acordados. Incluirá en dicho correo fotografías de todas las papeletas que representen los bloqueos del Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica que se han debido establecer para la actividad.

f) El Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica verificará mediante las indicaciones de la Sala de Control y de lo que le indiquen los operadores de terreno que los equipos cuya desenergización es requerida por la actividad están con energía cero o con bloqueo mecánico en caso de no poder verificarse lo primero. Procederá entonces a avisar al Encargado de Actividad, mediante correo electrónico copiado al menos al Jefe de Operaciones, Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica y al Coordinador, que puede proceder con los bloqueos en el sitio de la intervención. Adjuntará en dicho correo las fotografías de las papeletas de bloqueo del Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica. El Encargado de Actividad confirmará la recepción del correo.

g) Una vez recibida la indicación del Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica, el Encargado de Actividad introducirá en una Caja de Bloqueo Grupal en el punto a intervenir una copia del Acta de Equipos para Bloqueo a Distancia Geográfica. Procederá además a explicar a todos los participantes en de la actividad en terreno en qué ha consistido el procedimiento de bloqueo y cuáles fueron los equipos bloqueados. Posteriormente todos los trabajadores colgarán sus candados de dicha caja y con ello podrán comenzar la intervención.

Para realizar el desbloqueo de los equipos que tengan un Bloqueo a Distancia Geográfica se realizará la siguiente secuencia de pasos:

a) Una vez terminada la actividad de mantenimiento/inspección todo el personal retirará sus bloqueos personales de la Caja de Bloqueo Grupal en el punto de intervención.

b) El Encargado de Actividad, en el punto de intervención, enviará mediante correo electrónico al Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica la confirmación de que todos los bloqueos personales involucrados en el procedimiento de Bloqueo a Distancia Geográfica han sido retirados de la Caja de Bloqueo Grupal. Copiará dicho correo al Jefe de Operaciones y al Coordinador.

c) El Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica, una vez que haya verificado que el retiro del candado de Bloqueo a Distancia Geográfica no implica riesgos para las personas o las instalaciones, solicitará dicho desbloqueo mediante correo electrónico dirigido al Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica. Dicho correo deberá copiarlo al menos al Coordinador, al Jefe de Operaciones y al Encargado de Actividad.

d) Sólo una vez que el Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica ha recibido la confirmación por correo electrónico del Juez de Garantía de Bloqueo a Distancia Geográfica procederá a retirar el bloqueo correspondiente siguiendo el mismo procedimiento establecido en este Reglamento Maestro en cuanto a los bloqueos de Encargado de Actividad.

Comentarios al procedimiento de Bloqueo a Distancia:

Page 53: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 53 de 78

El procedimiento de Bloqueo a Distancia Geográfica no exime al Responsable de la Actividad de su deber de bloquear todas las fuentes de energía no cubiertas por dicho procedimiento y en particular todas aquellas que se encuentran en las inmediaciones del punto a intervenir, para cuyo caso debe aplicarse el procedimiento de bloqueo estándar de MLP según lo indica este Reglamento Maestro.

El Encargado de Bloqueo a Distancia Geográfica podrá implementar su candado en una Caja de Bloqueo Grupal que se establezca para actividades de mantenimiento al interior de la Garita Portones siempre y cuando: Obtenga autorización expresa para ello por parte del Jefe de Operaciones en su

copia del Acta de Equipos para Bloqueo a Distancia Geográfica. En la Caja de Bloqueo Grupal a utilizar se encuentran las llaves de al menos los

mismo equipos involucrados en el Bloqueo a Distancia Geográfica, lo que debe ser visado por el Coordinación mediante firma de la copia del Acta de Equipos para Bloqueo a Distancia Geográfica

III. Bloqueo con Encargados de Actividad Múltiples

El Bloqueo con Encargados de Actividad Múltiples busca evitar la pérdida innecesaria de tiempo que significa renovar con cada cambio de turno la papeleta de bloqueo sin afectar con ello la seguridad a las personas ni a las instalaciones. La siguiente secuencia de pasos debe cumplirse para implementar este tipo de bloqueo:

a) El Administrador de Contrato de EECC o su representante deben solicitar al Asesor CASS MLP la autorización para usar tarjetas de advertencia de Bloqueo de Encargados múltiples, las que diferirán de la tarjeta de bloqueo de Encargado de Actividad normal sólo en que en la primera se incluirá la lista de todas las personas que pueden participar como Encargado de Actividad en un bloqueo usando la misma tarjeta.

b) Será decisión exclusiva del Asesor CASS MLP el autorizar el uso de la tarjeta de Bloqueo de Encargados Múltiples, quien de aprobar dicho uso firmará la(s) tarjeta(s) a utilizar indicando además al solicitante su deber de plastificarla.

c) El Encargado de Actividad que utilice la tarjeta al momento de bloquear seguirá para ello el procedimiento tradicional de bloqueo descrito en este Reglamento Maestro.

d) Si para este tipo de bloqueo se implementa una Caja de Bloqueo Grupal, el Coordinador debe bloquear con candado y tarjeta Operacional dicha Caja de Bloqueo Grupal para evitar que, en cambios de turno donde no coincidan los Encargados de Actividad, alguien ajeno a los trabajos pudiera tener acceso a las llaves y papeletas del bloqueo. Este bloqueo operacional no requerirá solicitudes ni documentos adicionales, sólo debe indicarse en el Libro de Bloqueo.

e) Cada vez que se establezca un bloqueo usando la tarjeta de advertencia de Encargado de Actividad Múltiple el Encargado de Actividad que la utilice debe firmar el Libro de Bloqueo indicando que, mientras dure su turno, los bloqueos establecidos están a su cargo.

Page 54: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 54 de 78

f) Cada vez que se genere un cambio de turno el Encargado de Actividad entrante debe firmar el Libro de Bloqueo indicando que, mientras dure su turno, los bloqueos establecidos están a su cargo.

Comentarios al procedimiento de Bloqueo con Encargado de Actividad Múltiples:

No es necesario renovar la papeleta de bloqueo con el cambio de turno mientras se mantenga la tarjeta de advertencia de bloqueo de Encargado de Actividad Múltiple en los equipos bloqueados.

Para realizar desbloqueos o pruebas puntuales el procedimiento es el mismo descrito en este Reglamento Maestro que para las situaciones regulares. La única diferencia radica en que cualquier persona cuyo nombre esté indicado en la tarjeta de advertencia de Encargado de Actividad Múltiple puede participar como Encargado de Actividad mientras haya firmado el Libro de Bloqueo.

El Encargado de Actividad siembre debe bloquear con su tarjeta y candado personal antes de intervenir equipos o inspeccionar instalaciones que para ello deben bloquearse. Esto es independientemente de que se haya establecido o no un Bloqueo con Encargado de Actividad Múltiple previamente.

3.5.5 GERENCIA PUERTO

a) En caso excepcional, cuando el Jefe de Operaciones se encuentre en el Shiploader, delegará en el Operador de la Sala de Control la autorización para validar la intervención del equipo requerido, indicado en el momento, el que firmará el Formulario “Solicitud para bloqueo de equipo a intervenir”. La persona que asume cómo equivalente del Jefe de Operaciones deberá designar y comunicar al “Coordinador de La Actividad” por parte de Operaciones de la actividad a realizar, e informar posteriormente al Jefe de Operaciones.

b) Al término de la actividad es el Coordinador de ésta quien recepciona los distintos

formularios de la “Solicitud para bloqueo de equipos a intervenir” (Blanco, Celeste y Amarillo), quedando archivados en la Sala de Control. Independiente de lo anterior, cada sala eléctrica tiene un Libro de Registros de Bloqueos.

c) Los Coordinadores de bloqueo podrán ser cualquier empleado de MLP.

d) Los Electromecánicos MLP están habilitados y autorizados para efectuar primeros

bloqueos eléctricos y además podrán ejercer el cargo de coordinador de bloqueo. Lo anterior permite que cumplan las dos funciones simultáneamente.

e) Excepcionalmente, para bloqueos realizados en la Sala 18 (Shiploader), el original del

formulario de la “Solicitud para bloqueo de equipo a intervenir” (hoja blanca), quedará archivado en la sala eléctrica durante la ejecución de la tarea para que cualquier Coordinador pueda participar de las distintas etapas del procedimiento, sin tener que ir a la Sala de Control a buscar dicho formulario.

Page 55: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 55 de 78

f) El personal mantenedor de la especialidad de Instrumentación, también estará habilitado y autorizado para efectuar los primeros bloqueos eléctricos.

g) En Puerto y TFT los bloqueos en 23 kV. en condiciones de mantenimiento

programados, serán realizados por personal Suministro eléctrico (Gerencia Servicios) previa coordinación entre las áreas involucradas. Por lo tanto, la desenergización y primer bloqueo corresponde a éste personal.

h) Personal electricista de mantenimiento de la gerencia Puerto y TFT, solo estará

autorizado para realizar aperturas y bloqueos de equipos de 23 kV. bajo condiciones operacionales de emergencias y autorizadas (sala eléctrica 1) por suministro eléctrico vía teléfono, para cada caso particular.

3.5.6 GERENCIA DE SERVICIOS

a) En la Sala Eléctrica N°1 del área de Suministro Eléctrico en 23 kV, se cuenta con

cuatro operadores electricistas, uno por cada turno día y noche. Ante la solicitud de bloqueo de los interruptores de poder en 23 kV, el primer bloqueo lo colocará el operador de sala con una tarjeta de identificación que tiene impreso los nombres de las cuatro personas responsables de la sala eléctrica y su foto correspondiente, esto facilita la operación ante los cambios de turno. Esta tarjeta no le exime de colocar su tarjeta personal en caso que trabaje en el equipo o circuitos aguas abajo del interruptor intervenido.

b) Las personas que trabajan en líneas aéreas y/o subterráneas, y en general equipos

eléctricos (transformadores, switchgear y otros) solicitarán la desconexión vía radio o teléfono, previo llenado de “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir”, de los alimentadores correspondientes al encargado de maniobras de suministro eléctrico y una vez comunicada la desconexión chequearán presencia de tensión en la línea o equipo eléctrico a intervenir, luego pondrán puestas a tierra provisoria en cada una de las fases de los alimentadores a intervenir antes y después del punto de intervención en el lugar mismo de trabajo.

c) Cuando la comunicación no sea clara, se debe repetir la instrucción hasta aclarar, de lo

contrario no se realiza la maniobra. Este es el proceder único ante este tipo de trabajo y ejecutado de acuerdo al procedimiento de trabajo en líneas de media tensión 23 kV.

d) Cuando se solicite al operador de la Sala Eléctrica N°1 la desenergización y primer

bloqueo de un equipo de la Planta, el formulario “Solicitud para bloqueo de equipo a intervenir”, debe obligatoriamente estar firmado por personal de operaciones MLP.

e) Los operadores de la sala eléctrica Nº1 para los bloqueos de los interruptores de 23 kV, serán responsables para efectos de registros en el formulario ANEXO C: “Solicitud para Bloqueo de Equipo a Intervenir”, bloquear con un candado y una tarjeta operacional como Coordinador de La Actividad y 1er Bloqueo.

Page 56: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 56 de 78

f) Personal del área Suministro Eléctrico y/o personal autorizado por ésta área, serán los encargados de desenergizar / bloquear y de desbloquear / energizar los sistemas de distribución en 220 / 23kV en las diferentes instalaciones en la minera (Patio de maniobras 220 kV, Sala eléctrica Nº1, Mina, Chancado y Correas, Plantas y Puerto), Asumiendo el rol de coordinador de actividad y de primer bloqueo.

g) El formulario original (blanco) y la primera copia (amarillo) durante la actividad, permanecen a cargo del Operador en la sala Eléctrica Nº1, y la segunda copia (celeste) la debe portar el Encargado de la actividad mientras ésta se encuentre en ejecución.

3.6 CONSIDERACIONES GENERALES PARA EL BLOQUEO DE SISTEMAS HIDRÁULICOS, NEUMÁTICOS Y DE FLUIDOS

Los sistemas de tuberías o equipos que generan movimiento de fluidos, son también un factor a considerar en los procedimientos de Bloqueo y Tarjeteo de equipos. No controlar estos riesgos tiene el potencial de generar lesiones, inclusive, pueden causar la muerte por exposición a sustancias tóxicas, liberadas a alta presión o incompatibles con equipos usados en el área. Además de inflamaciones, explosiones u otros daños a equipos o procesos. Por lo anterior, es necesario considerar los siguientes aspectos:

a) Solo el Coordinador de La Actividad (Operaciones) podrá desenergizar y realizar el 1er

bloqueo de líneas y válvulas de proceso.

b) Los sistemas hidráulicos, neumáticos y de fluidos, deberán ser bloqueados de acuerdo con este procedimiento y en casos muy complejos se deberá generar un procedimiento especifico basado en éste.

c) En estos sistemas, que no requieren desenergización eléctrica, serán los Coordinadores

de la Actividad quienes ubiquen el primer bloqueo.

d) Se deben bloquear todas las fuentes de suministro de energía a un equipo o instalación determinada, como válvulas, bombas, flanges entre otros.

e) Se debe drenar el contenido de la línea y liberar presiones contenidas durante el

proceso de cerrado. Si la intervención presume la presencia de materiales peligrosos se debe descontaminar y dejar ventilar, previo al bloqueo.

f) En el caso particular de las tuberías, se debe bloquear de la siguiente forma:

• Válvulas; con cadenas o discos de bloqueo • Flanges; con flanges ciegos o paletas de bloqueo.

g) Se debe considerar que las paletas o flanges ciegos utilizados en este proceso, deben ser resistentes a los productos que potencialmente contendrán, por ejemplo, para ácidos en general, estas deben ser resistentes a la corrosión y de materiales que no sean incompatibles.

Page 57: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 57 de 78

h) Para el bloqueo de equipos que contengan fuentes radioactivas, el primer bloqueo de

éstas debe ser efectuado por operadores autorizados de equipos radiactivos. Los que deberán cumplir con todas las disposiciones establecidas por la Comisión Chilena de Energía Nuclear y las internas de Minera Los Pelambres para estos casos.

3.7 CONTINGENCIAS 3.7.1 AUSENCIA DEL PROPIETARIO DEL CANDADO Ante esta situación, se deberá buscar a la persona en los lugares que se indican a continuación y en el mismo orden:

• Área donde se encontraba trabajando. • Faena (campamento). • Fuera del Puerto Punta Chungo (En caso del Puerto).

Si el trabajador no es ubicable, se levantará un acta dirigida por el Jefe de Operaciones y apoyado por los Encargados de Actividad para verificar el término del trabajo que se estaba ejecutando y luego proceder al corte del candado. La ausencia del propietario del candado, deberá quedar registrado por medio del reporte de incidentes SICGR. 3.7.2 PÉRDIDA DE UNA LLAVE DE CANDADO Toda pérdida de la llave del candado de seguridad por parte de un trabajador deberá ser declarada por escrito en un reporte de incidente, además se deberá romper el candado correspondiente a esa llave en presencia del propietario y ser reemplazado por un nuevo candado con llave. 3.7.3 PÉRDIDA DE UNA COPIA DEL FORMULARIO DE SOLICITUD DE BLOQUEO Ante esta situación, el encargado de actividad debe regularizar solicitando al Jefe de Operaciones a través del formulario de solicitud de bloqueo la intervención del equipo, generando los registros correspondientes a la secuencia de bloqueo y desbloqueo.

3.8 PROHIBICIONES Cada uno de los puntos siguientes, resultarán en la aplicación de sanciones disciplinarias. a) Ningún candado o “Tarjeta de Advertencia de Bloqueo” podrá ser retirado, excepto por

la persona que los tiene asignados y se encuentra trabajando en el equipo.

b) El olvido u omisión de retiro del candado de seguridad o de la “Tarjeta de Advertencia de Bloqueo”.

Page 58: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 58 de 78

c) No se podrá traspasar la llave de un candado a otra persona.

d) No se podrá Solicitar a otra persona la responsabilidad de colocar o retirar candados y/o

tarjetas de advertencia de bloqueo.

e) No se podrán utilizar los candados de bloqueo para otros fines que los dispuestos en este procedimiento.

f) El incumplimiento de cualquiera de las prohibiciones antes descritas dará origen a un reporte de incidente de carácter grave, el cual deberá ser investigado y sancionado por una comisión a designar por la jefatura correspondiente.

4 REFERENCIAS 4.1 DISPOSICIONES Y NORMATIVAS LEGALES RELEVANTES DEL DS N° 72,

ASOCIADAS AL REGLAMENTO DE BLOQUEO Artículo 52 Previo a efectuar la mantención y reparación de maquinarias o equipos se deben colocar los dispositivos de bloqueos y advertencia, que serán retirados solo por el personal a cargo de la mantención o reparación, en el momento que ésta haya terminado. Antes de que sean puestos nuevamente en servicio, deberán colocarse todas sus protecciones y dispositivos de seguridad y someterse a pruebas de funcionamiento que garanticen el perfecto cumplimiento de su función. Artículo 55 Solo se permitirá el acceso de personal al interior de las tolvas, silos de almacenamiento, chancadores, molinos, chutes de traspaso o recintos similares, si se han tomado las siguientes medidas de control:

a) Poseer un procedimiento de trabajo seguro para ejecutar dicha actividad. b) Contar con supervisión directa, entretanto se ejecutan estas tareas. c) Evitar, por todos los medios, la alimentación o la caída de material u objetos al interior de estas instalaciones. d) Proveer las defensas pertinentes y los Elementos de Protección Personal, como arnés y doble cuerda de seguridad. e) Verificar que no existen gases nocivos ni polvo en concentraciones sobre los límites máximos permisibles ni deficiencias de oxígeno. En su defecto contar con los elementos de protección adecuados. f) Cuidar que mientras se encuentre personal dentro de estos recintos o instalaciones no exista posibilidad de que terceras personas accionen el movimiento de los sistemas.

El personal que labore sobre parrillas de piques o tolvas en la reducción de colpas o bolones, deberá estar provisto de cinturón o arnés y cuerda de seguridad, previo bloqueo del vaciado de material, mientras se realizan estas tareas.

Page 59: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 59 de 78

Artículo 93 Cada vez que por estrictas razones de operación el personal deba transitar o trabajar sobre mineral o material de relleno en caserones, piques, tolvas u otros se deberán adoptar las medidas de seguridad pertinentes para evitar que éstos sean succionados por un eventual hundimiento del piso, tales como, cables vida, instalación de plataformas, tapados o pasarelas con sujeción independiente del material contenido en ellos. Por ningún motivo se permitirá extraer material cuando exista personal parado sobre él. Se deberá bloquear el acceso y dispositivo que controla la extracción del relleno o mineral, quedando el bloqueo bajo control del personal involucrado. Artículo 376 En la instalación y operación de equipos y máquinas-herramientas en las áreas de talleres, deberán considerarse los siguientes aspectos básicos:

a) Definición de áreas específicas de trabajo y pasillos de tránsito debidamente demarcados. b) Sistemas de ventilación, iluminación, ergonómicos y de control, de acuerdo a normas nacionales reconocidas y aprobadas. c) Instalación de defensas y protecciones de partes móviles susceptibles de generar accidentes. d) Instalación de dispositivos de bloqueo y parada de emergencia. e) Uso de elementos de protección personal.

Artículo 379 La instalación y operación de compresores de aire debe cumplir con lo siguiente:

a) Contar con ventilación e iluminación que permitan el correcto funcionamiento de los equipos. b) Mantener acceso restringido al lugar. c) Control y registros actualizados de las mantenciones y reparaciones. d) Mantener un estricto orden y limpieza del área, como de todo componente del sistema. e) Utilizar líneas de transmisión, coplas y uniones diseñadas y aprobadas para tales fines. f ) Operar los equipos con personal capacitado y autorizado por la Administración de la faena. g) Efectuar toda mantención o reparación bajo estricto procedimiento de bloqueo y sin energía residual en el equipo.

Artículo 397: en cada faena minera que utilice energía eléctrica se deberán mantener en las oficinas que corresponda, disponibles al Servicio:

- Registros de Inspecciones, Control y Mantenimiento de las instalaciones y Equipos Principales; y

- Registros del personal autorizado para operar equipo eléctrico.

Artículo 407: Se establece como norma permanente y obligatoria el uso de sistemas de bloqueo y advertencia para la intervención de equipos y sistemas; lo que deberá estar regularizado por procedimientos internos.

Page 60: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 60 de 78

Artículo 409 Las personas encargadas de la operación de equipos móviles o de máquinas portátiles eléctricas u otras similares, deberán:

a) Desenergizar y/o desconectar el equipo cada vez que deban abandonarlo. b) En caso de desperfectos, dejar la información pertinente en el equipo y comunicar de ello a la supervisión respectiva. c) Por ningún motivo operar o utilizar equipos que estén con sistema de bloqueo y advertencia colocados, en tanto no sean expresamente autorizados por la supervisión; previa verificación de su estado y de cerciorarse que tal acción no involucra riesgo para la integridad de las personas, equipos e instalaciones.

Artículo 448 Las operaciones de reparación, conexión o desconexión, o cualquier intervención que se efectúe en los cables portátiles, como los utilizados en perforadoras, palas y equipos de levante, deben hacerse con la energía desconectada y los sistemas de bloqueo colocados.

ANEXOS 5

Anexo A1 TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL (PERMANENTE)

Anexo A2 TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL (DESECHABLE)

Anexo A3 TARJETA DE ADVERTENCIA PRIMER DE BLOQUEO

Anexo A4 TARJETA DE ADVERTENCIA BLOQUEO OPERACIONAL

Anexo B DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL BLOQUEO DE EQUIPOS (PUERTO)

Anexo B1 DIAGRAMA DE FLUJO PARA EL BLOQUEO DE EQUIPOS SUMINISTRO

ELÉCTRICO.

Anexo C REGISTRO DE BLOQUEO POR AREA

Anexo D REGISTRO DE CAPACITACIÓN DE BLOQUEO POR AREA

Anexo E REGISTRO DE CONTROL DE ENTREGA DE CANDADOS DE BLOQUEO

Anexo F FORMULARIO “SOLICITUD PARA BLOQUEOS DE EQUIPOS A INTERVENIR”.

Anexo G FORMULARIO DESCONEXIÓN CIRCUITO 1 Y 2 LÍNEA 220 KV QUILLOTA -

PIUQUENES.

Page 61: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 61 de 78

ANEXO A1: TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL PERMANENTE

CARA PRINCIPAL Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). No intervenir “equipo bloqueado”: Letras negras, centradas con la leyenda “NO INTERVENIR” y letras rojas con la leyenda “equipo bloqueado”. Fotografía: Fotografía del titular en colores actualizada. Solo la cara. RUT: Colocar N° de RUT al pie de la fotografía. Tarjeta Personal: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color rojo. Mi vida depende de esta tarjeta: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color negro, debajo de la frase “Tarjeta Personal”. Antecedentes personales: Código de barra con RUT y Nombre: Nombre Cargo - Grcia. / Dependencia - Empresa: Especificar claramente los antecedentes solicitados. OBS: TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL PERMANENTE E INSTRANSFERIBLE

CARA POSTERIOR Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). No Retire Esta Tarjeta: Letras negras, centradas con la leyenda “NO RETIRE ESTA TARJETA”. Dentro de un recuadro de color blanco. Instructivo Bloqueo Personal: Ver página anterior. Color de Fondo: El color de fondo de las Tarjetas de Advertencia de Bloqueo, es blanco.

Page 62: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 62 de 78

TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL PERMANENTE

Page 63: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 63 de 78

ANEXO A2: TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL DESECHABLE CARA PRINCIPAL

Encabezado: TAG N°: Corresponde a un número de identificación del equipo. Interesa que dicho N° se escriba en esta posición y debajo del prepicado, EJ: 740XF001, 120CV005, 320ML001, etc. No operar: Letras negras, centradas con la leyenda “NO OPERAR”. Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). Equipo Bloqueado/ Leyenda Parte Central: Bajo la palabra PELIGRO, se encuentra la leyenda “EQUIPO BLOQUEADO” en color negro. Antecedentes del Equipo Bloqueado y del (los) Responsable (s): Bajo la leyenda equipo bloqueado, deberán indicarse los siguiente antecedentes: EQUIPO: Corresponde a una descripción del equipo tal como molino SAG, molino de bolas, motor de celda de flotación, correa N° --, Interruptor, contactor, celda de Switchgear, desconectador, UPS, cargador de baterías, tableros, línea de agua, línea de aire, etc., esta información también debe ir en la parte bajo el prepicado. UBICACIÓN: Identifica el área, sala eléctrica o instalación en particular a la cual pertenece el equipo a intervenir, por ej: Concentradora, flotación, molibdeno, planta de cal, sala eléctrica N° __, correa N° __, Mina, stock pile, transferencia N°__, patio de 220 kV, filtros de armónicos, chancado, etc. BLOQUEADO POR: Identifica a la persona que instalará el candado de bloqueo. EMPRESA: Identifica la empresa a que pertenece el trabajador que bloqueará el equipo. También es una información que se debe colocar debajo del prepicado. ENTREGADO POR: Nombre de la persona que entregó el equipo (“Coordinador”, dueño o representante del dueño) ENCARGADO DE LA ACTIVIDAD: Nombre de la persona que está encargada o responsable de la actividad de bloqueo. Dicha información debe ser repetida bajo el prepicado. FECHA: Corresponde a la fecha en que se realiza el bloqueo. Color de Fondo: El color de fondo de las Tarjetas de Advertencia de Bloqueo, es rojo. Zona Bajo Prepicado: Es la parte inferior de la tarjeta, que contiene parte de la información de zona superior, cuyo propósito es que el trabajador la retire al momento del bloqueo y la mantenga en su poder hasta que termine la intervención en el equipo. Al momento de

Page 64: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 64 de 78

desbloquear el “Encargado de la Actividad”, deberá chequear previamente la correlación entre ambas partes y enseguida autorizar el desbloqueo al personal participante.

CARA POSTERIOR Encabezado: Tarjeta N°: Esta información se repite bajo el prepicado. NO operar: Letras negras, centradas con la leyenda “NO OPERAR”. Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). Equipo Bloqueado / Leyenda Parte Central: Bajo la palabra PELIGRO, se ubica la leyenda “EQUIPO BLOQUEADO” en color negro. No remover esta tarjeta. ¡Mi vida depende de ella!: Bajo las palabras EQUIPO BLOQUEADO, se ubicará la leyenda en letras negras “NO REMOVER ESTA TARJETA, ¡MI VIDA DEPENDE DE ELLA!.” Observaciones: Colocar otros antecedentes que se consideren relevantes o de interés. Color de Fondo: El color de fondo de las Tarjetas de Advertencia de Bloqueo, es rojo.

Page 65: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 65 de 78

TARJETA DE ADVERTENCIA DE BLOQUEO PERSONAL DESECHABLE

Page 66: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 66 de 78

ANEXO A3: TARJETA DE ADVERTENCIA PRIMER BLOQUEO

CARA PRINCIPAL

Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). No intervenir “equipo bloqueado”: Letras negras, centradas con la leyenda “NO INTERVENIR” y con letras rojas la leyenda “Equipo Bloqueado”. Grcia. / Suptcia.: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color negro EECC: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color negro Tarjeta de primer bloqueo: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color rojo debajo de la frase NO INTERVENIR, “EQUIPO BLOQUEADO”. Mi vida depende de esta tarjeta: Leyenda escrita de un recuadro de color blanco con letras negras, debajo de la palabra “Tarjeta de Primer Bloqueo” Fotografía(s): En este espacio se ubicara la o las fotografías de las personas autorizadas a utilizar esta tarjeta para bloqueo, según la necesidad de cada área tendrá las personas correspondientes, las cuales pueden ser una, dos, cuatro, seis, etc. Bajo las fotografías se colocara el nombre y RUT de las personas autorizadas en primer bloqueo Obs: Tarjeta de advertencia de primer bloqueo en la fuente de energía.

CARA POSTERIOR Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). Instructivo Primer Bloqueo: Ver página anterior Color de fondo de la tarjeta: El color de fondo de la tarjeta por ambos lados es de franjas blancas y amarillas.

Page 67: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 67 de 78

TARJETA DE ADVERTENCIA PRIMER BLOQUEO

Page 68: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 68 de 78

ANEXO A4: TARJETA ADVERTENCIA DE BLOQUEO OPERACIONAL CARA PRINCIPAL

Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). No intervenir “equipo bloqueado”: Letras negras, centradas con la leyenda “NO INTERVENIR” y con letras rojas la leyenda “Equipo Bloqueado”. Grcia. / Suptcia.: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color negro Tarjeta de bloqueo operacional: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color rojo “Tarjeta de Bloqueo Operacional”. Mi vida depende de esta tarjeta: Leyenda escrita de un recuadro de color blanco con letras negras, debajo de la palabra “Tarjeta de Bloqueo Operacional”. Obs: 1.- Tarjeta de Advertencia de Bloqueo operacional, 2.- Este bloqueo se identifica a través de tarjeta con tramas azules y la leyenda “Bloqueo operacional”

CARA POSTERIOR Peligro: En un óvalo rojo con contorno blanco, dentro de un rectángulo negro, se ubica la palabra “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo). No retire esta tarjeta: Leyenda escrita dentro de un recuadro de color blanco y escrito con letras de color negro. Instructivo Primer Bloqueo: Ver página anterior Color de fondo de la tarjeta: El color de fondo de la tarjeta por ambos lados es de franjas blancas y azules. “PELIGRO” en color blanco (dentro del ovalo rojo).

Page 69: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 69 de 78

TARJETA ADVERTENCIA DE BLOQUEO OPERACIONAL

Page 70: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 70 de 78

ANEXO B: FLUJOGRAMA PARA SOLICITUD DE BLOQUEO DE EQUIPOS (EJEMPLO PUERTO)

Page 71: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 71 de 78

ANEXO B1: FLUJOGRAMA PARA SOLICITUD DE BLOQUEO DE EQUIPOS SUMINISTRO ELÉCTRICO

Page 72: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 72 de 78

ANEXO C: REGISTRO DE BLOQUEO POR AREA

Page 73: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 73 de 78

ANEXO D: REGISTRO DE CAPACITACIÓN DE BLOQUEO POR ÁREA

Page 74: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 74 de 78

ANEXO E: REGISTRO CONTROL DE ENTREGA DE CANDADOS DE BLOQUEO

Page 75: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 75 de 78

ANEXO F: SOLICITUD PARA BLOQUEO DE EQUIPO A INTERVENIR

Page 76: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 76 de 78

ANEXO G: FORMULARIO DESCONEXIÓN CIRCUITO 1 Y 2 LÍNEA 220 KV QUILLOTA - PIUQUENES

Page 77: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 77 de 78

Page 78: 04 RO-GP-003 Reglamento Maestro de Bloqueo y Tarjeteo de Equipos

REGLAMENTO MAESTRO DE BLOQUEO Y TARJETEO DE EQUIPOS

REGLAMENTO RO-GP-003 REVISIÓN 7

RO-GP-003 Página 78 de 78

7. REGISTRO DE REVISIONES

REGISTRO DE REVISIONES Revisión Fecha Descripción del Cambio

07 Agosto-2013 Actualización revisores, aprobadores y modificación numeral 3.5.4 “I”