02 resumen tema 1
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TEMA 1. LAS NECESIDADES
EDUCATIVAS ESPECIALES: DE
ACCESO Y MODIFICACIÓN
CURRICULAR.
Fernández Martínez, Alba
García Sánchez, Cristina
Martínez Martos, Vanesa
Sánchez Oliver, Nuria
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Índice
1. EVALUACIÓN DEL ALUMNADO CON NEE. ................ 2
2. DERECHOS DE LAS FAMILIAS. ................................... 3
3. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN LA
EVALUACIÓN. .................................................................... 3
4. BIBLIOGRAFÍA. ............................................................. 4
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1. EVALUACIÓN DEL ALUMNADO CON NEE.
La evaluación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo
está basada en el principio de inclusión, con ello nos aseguramos de que sufra
la menor discriminación posible y de que existe igualdad tanto en el acceso
como la permanencia en el sistema educativo. A la hora de la evaluación, el
equipo docente, se encarga de adaptar todo el material de evaluación,
guiándonos por las diferentes necesidades que puedan tener nuestros alumnos
y alumnas.
Todo el proceso de evaluación de los alumnos/as con necesidades específicas
de apoyo educativo le corresponde al equipo docente, junto con la ayuda del
equipo de orientación del centro y bajo la coordinación del tutor/a del
alumnado. Entre todos, llevan a cabo las modificaciones y adaptaciones
curriculares que sean necesarias. A su vez, se recogerá información sobre las
áreas adaptadas tanto en los documentos oficiales de evaluación como en las
comunicaciones que se tengan con la familia.
Los alumnos que necesiten una adaptación curricular significativa tendrán que
tener una competencia curricular que sea inferior al menos en dos curso
respecto al curso al que esté asistiendo. Para que esa adaptación sea posible
el alumno tiene que ser evaluado por un psicopedagogo/a, que se encargará
de realizar un informe de evaluación en el quede plasmado la propuesta de
aplicación de la adaptación.
Si se da una adaptación curricular significativa, la hora de la evaluación nos
guiaremos por los objetivos y criterios fijados para esas adaptaciones, dejando
claro que aquellos méritos conseguidos son referentes a la adaptación llevada
a cabo y no al curso académico en el que se encuentren dichos alumnos/as.
Además, aquellos docentes especialistas participarán en los sistemas de
evaluación del alumnado con necesidades específicas y a su vez contarán con
tutoría compartida.
Por último, deben recibir una atención específica aquellos alumnos/as que se
incorporen a los centros más tarde y tengan dificultad a la hora de comprender
y hablar el idioma español. Si estos alumnos/as están matriculados en un curso
inferior al que le corresponde por estas dificultades, una vez que las hayan
superado y haya finalizado el segundo trimestre podrán matricularse en el
curso que les corresponde.
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2. DERECHOS DE LAS FAMILIAS.
En cuanto a las familias de los alumnos con NEE cuentan con una serie de
derechos en lo que a la evaluación de los menores se refiere.
Al comienzo del curso los maestros/as tutores deben de mostrar tanto a las
familias como al alumnado los objetivos de cada área presentes en el currículo,
las competencias clave, los criterios seguidos para la evaluación, calificación y
promoción de este alumnado, así como los procedimientos de los que disponen
las familias para reclamar y que tendrán que estar recogidos en el proyecto
educativo del centro. Por otro lado, las familias también tienen que estar
informadas acerca de las medidas de apoyo educativo y las adaptaciones
curriculares que sean necesarias llevar a cabo según las necesidades que
tenga el alumno/a.
Los maestros/as tutores de estos alumnos/as deberán de ser los responsables
de informar a los padres o tutores legales de cómo es su progreso educativo.
Deberán de estar informados tanto de los objetivos fijados en el currículo como
de los avances y dificultades que se detecten a la hora de adquirir las
competencias necesarias y de superar los diferentes objetivos de cada área.
Esta información tiene que ser dada a las familias al menos tres veces durante
el curso escolar.
Al final de curso las familias o tutores legales tienen que ser informadas por
escrito de la evaluación final del alumno/a, en la cual deberá aparecer al menos
las calificaciones obtenidas en las diferentes áreas y el nivel de competencias
que el alumno/a haya alcanzado al final de cada ciclo. Por último, serán
informados de la promoción del alumno/a al siguiente curso y, si es necesario,
de las medidas adoptadas para que el alumnado alcance las competencias
clave y los objetivos de cada área curricular.
3. PARTICIPACIÓN DE LAS FAMILIAS EN LA EVALUACIÓN.
En lo que respecta a la participación de las familias en la evaluación, éstas
tendrán no solo que participar si no también apoyar la evolución del progreso
escolar de los alumnos. Deberán de tener acceso a los documentos oficiales de
evaluación, así como a los exámenes y documentos de evaluación de los
alumnos. Además, tendrán que conocer la evaluación y promoción de los
mismos, y colaborar en las medidas de apoyo o refuerzo que se adopten para
facilitar el progreso educativo del alumno/a.
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Por último, cabe decir que los centros tendrán que tener en su proyecto
educativo de centro los procedimientos necesarios para hacer más fácil esta
participación de las familias, así como su colaboración.
Si la familia no estuviera de acuerdo con la evaluación o promoción del
alumno/a puede solicitar las aclaraciones que crean convenientes. Si no
quedan conformes, podrán presentar una reclamación y corresponderá al
centro la resolución de tales disconformidades.
4. BIBLIOGRAFÍA.
- Orden 4 de noviembre de 2015, evaluación del proceso de aprendizaje
del alumnado de Educación Primaria en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.