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  • SINDICATOS

    INTRODUCCIN

    En la actualidad las organizaciones se han vuelto ms competitivas, se vive la era de la calidad, de empresaseficientes, en todas ellas los trabajadores juegan un rol importantsimo, por lo que los sindicatos deben sermirados como un eslabn dentro de los procesos de Recursos Humanos.

    Los temas expuestos en el siguiente trabajo son de actualidad y su aplicacin se da en las organizaciones quehan puesto en prctica el Desarrollo Organizacional incorporando a los sindicatos como tal. Dejamos a criteriodel lector profundizar o complementar el tema para su enriquecimiento.

    DEFINICIONES

    ARISTOCRACIA OBRERA: Capa alta, relativamente pequea, de la clase obrera; est constituidapor obreros a menudo altamente calificados de los pases capitalistas, obreros a quienes laburguesa logra sobornar gracias a las superganancias de los monopolio. En la poca imperialista, secrea la base econmica para que en varios pases resulte posible sobornar a la capa alta de esta claseobrera, para lo cual se vale de diversos mtodos: eleva el salario a ciertos trabajadores, proporcionabuenos puestos a la aristocracia y a la burocracia obreras en el aparato estatal y en los sindicatos, lesda participacin en las ganancias, etc.

    SINDICALISMO: Movimiento o corriente de organizacin de diversas categorassocioprofesionales que, por lo general, tiene como principal objetivo, la defensa de los intereseseconmicos de sus miembros. El sindicalismo es fundamentalmente sindicalismo obrero, pero eltrmino se puede aplicar a todas las asociaciones profesionales, organizadas sobre el sistema desindicato. Tambin se designa con este trmino, la doctrina que atribuye a los sindicatosprofesionales, la funcin de conducir la revolucin y la tarea de dirigir la sociedad. El sindicalismo asentendido, ha perdido la importancia que tuvo en las dos primeras dcadas del siglo pasado.

    SINDICATO: Del griego sndicos, de sin "junto" y un derivado de dike "justicia". En su sentidoamplio, asociacin de personas morales o fsicas que tiene por objeto la representacin y la defensa desus intereses comunes. Sin embargo, en su acepcin corriente, se trata de las asociaciones de obrerosy de empleados, de una profesin (sindicato de oficio) o de una rama industrial (sindicato deindustria), que se agrupan con el propsito de defender sus derechos e intereses inmediatos: salarios,horarios, condiciones de trabajo, de seguridad, etc.

    LA ORGANIZACIN SINDICAL

    Los sindicatos son, efectivamente, instrumentos de incorporacin de los trabajadores en la lucha por ladefensa de sus intereses y la elevacin de sus condiciones de vida, al tiempo que ayudan a la formacin de unaclase obrera organizada y combativa. Estas luchas reivindicativas desde el aumento de salarios, pasando porlas demandas de reduccin de la jornada de trabajo, hasta la participacin en la ganancia y la cogestin sonel punto de partida para que la clase obrera asuma su papel protagnico en la lucha por la liberacin y llegue aun cierto grado de autonoma y organizacin, logrando una percepcin directa de su valor cuantitativo,especialmente en las luchas federativas y confederativas en el seno de las organizaciones sindicales. En eltexto que C. Marx prepar con relacin a los sindicatos y que fue ledo en la I Internacional, sealaba que"Los sindicatos, han formado inconscientemente hogares de organizacin para la clase obrera, como losMunicipios y Comunidades de la Edad Media lo hicieron para la burguesa. Si los Sindicatos, por su primercarcter, son rigurosamente necesarios para las luchas cotidianas entre el capital y el trabajo verdaderoscombates de guerrillas, por su segundo carcter, son mucho ms importantes an como vehculosorganizados para la supresin del salario y de la dominacin del capital".

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  • FINALIDAD DE LOS SINDICATOS

    Representar a los afiliados en las diversas instancias de la negociacin colectiva, suscribir losinstrumentos colectivos del trabajo que corresponda, velar por su cumplimiento y hacer valer losderechos que de que ellos nazcan.

    Representar a los trabajadores en el ejercicio de los derechos emanados de los contratos individualesde trabajo, cuando sean requeridos por los asociados. No ser necesario requerimiento de losafectados para que los representen en el ejercicio de los derechos emanados de los instrumentoscolectivos de trabajo y cuando se reclame de las infracciones legales que afecten a la generalidad desus socios. En ningn caso podrn percibir las remuneraciones de sus afiliados.

    Velar por el cumplimiento de las leyes del trabajo o de la seguridad social, denunciar sus infraccionesante la s autoridades administrativas o judiciales, actuar como parte en los juicios o reclamaciones aque den lugar las la aplicacin de multas u otras sanciones.

    Actuar como parte en los juicios o reclamaciones, de carcter judicial o administrativo, que tenganpor objeto denunciar prcticas desleales, en general asumir la representacin del inters socialcomprometido por la inobservancia de las leyes de proteccin establecidas en de sus afiliados,conjunta o separadamente de los servicios estatales respectivos.

    Prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperacin mutua entre los mismos, estimular suconvivencia humana e integral y proporcionarles recreacin.

    Promover la educacin gremial, tcnica y general de sus asociados. Canalizar inquietudes y necesidades de integracin respecto de la empresa y de su trabajo. Propender al mejoramiento de sistemas de prevencin de riesgos de accidentes del trabajo yenfermedades profesionales, sin perjuicio de la competencia de los Comits Paritarios de Higiene ySeguridad, pudiendo adems, formular planteamientos y peticiones ante estos y exigir supronunciamiento.

    Constituir, concurrir a la constitucin o asociarse a mutualidades, fondos u otros servicios y participaren ellos. Estos servicios pueden consistir en asesoras tcnicas, jurdicas, educacionales, culturales, depromocin socioeconmicos y otras.

    Constituir, concurrir a la constitucin o asociarse a instituciones de carcter provisional o de salud,cualquiera sea su naturaleza jurdica y participar en ellas.

    Propender al mejoramiento del nivel de empleo y participar en funciones de colocacin detrabajadores.

    Realizar todas aquellas actividades contempladas en los estatutos y que no estuvieren prohibidas porley.

    La finalidad fundamental de los sindicatos es la de representacin de sus afiliados y de proteccin yresguardo de los trabajadores, pueden desarrollar actividades que les reportan ingresos, siempre queestas se encuentren contemplados en los estatutos, que no estn prohibidas por ley, y que el productode dichas actividades sea destinado a fines sindicales o incremento de su patrimonio.

    En el aspecto de relaciones humanas, al sindicato tambin le corresponde un rol que cumplir. Almargen de prestar ayuda a sus asociados y promover la cooperacin mutua entre los mismos, lasorganizaciones sindicales deben estimular su convivencia humana e integral y proporcionarlesrecreacin. Asimismo, estn facultados para promover la educacin gremial, tcnica y general de susasociados. Adems tiene atribuciones para canalizar inquietudes y necesidades de integracin respectode la empresa y sus trabajadores.

    TIPOS DE SINDICATOS

    SINDICATO DE EMPRESAS: es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa.

    SINDICATO NTER EMPRESA: es aquel que agrupa a trabajadores de dos o ms empleadoresdistintos.

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  • SINDICATO DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES: es aquel que agrupa a trabajadores queno dependen de empleador alguno.

    SINDICATO DE TRABAJADORES EVENTUALES O TRANSITORIOS: es aquel constituidopor trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinacin en perodos cclicos ointermitentes.

    SINDICATO DE INDUSTRIA: Agrupacin en un solo sindicato de trabajadores pertenecientes auna industria determinada, sin considerar profesin, oficio o especialidad.

    SINDICATO DE OFICIO: Agrupacin en un solo sindicato de trabajadores de una mismaprofesin, oficio o especialidad, sin consideracin de industria o empresa.

    CONSTITUCIN DEL SINDICATO

    La constitucin de un sindicato necesariamente debe respetar la siguiente tramitacin:

    El acuerdo para la constitucin de un sindicato debe ser adoptado en asamblea especialmente convocadapara tal efecto.

    Esta asamblea de trabajadores deber celebrarse con los qurum mnimos exigidos por la ley, segn elsindicato a formar.

    En esta asamblea, deben aprobarse los estatutos y proceder a la eleccin del directorio, todo lo cual quedarregistrado en una acta correspondiente.

    Se requiere necesariamente la presencia de un ministro de fe, quienes se encuentran sealados en el articulo218 del cdigo del trabajo; Inspector del Trabajo, Notario pblico, Oficial de Registro Civil y losfuncionarios de Estado que sean designados en calidad de tal por la Direccin del Trabajo.

    Las votaciones sern siempre secretas y personales.

    QURUM Y PORCENTAJE DE CONSTITUCIN DE LOS SINDICATOS

    EMPRESAS CON MS DE 50 TRABAJADORES: Se requiere un mnimo de 25 trabajadores quecorrespondan, a lo menos, el 10% del total de trabajadores que presten servicios en la empresa.

    EMPRESAS CON MS DE 50 TRABAJADORES: donde no existe sindicato vigente. En estos casos, elsindicato podr constituirse con un mnimo de 8 trabajadores, prescindiendo del porcentaje que representendel total de trabajadores de la empresa.

    EMPRESAS CON 50 O MENOS TRABAJADORES: Para constituir un sindicato en estas empresas serequerir solamente con un mnimo de 8 trabajadores, sin exigir que representen un porcentaje de lostrabajadores de la empresa.

    EMPRESAS CON ESTABLECIMIENTOS: En cada establecimiento podr constituirse un sindicato conun mnimo de 25 trabajadores que representen, a lo menos el 30% de los trabajadores del establecimiento.

    SINDICATOS CON 250 O MS SOCIOS: Estos sindicatos podrn constituirse, cualquiera sea elporcentaje de trabajadores de la empresa que representen.

    OTROS SINDICATOS: Para constituir un sindicato que no sea de los mencionados en las letrasanteriores, se requiere de un mnimo de 25 trabajadores.

    OTRAS CONSIDERACIONES EN LA CONSTITUCIN DE UN SINDICATO

    El sindicato se puede formar en una empresa, cualquiera sea el tiempo que lleve funcionado. No se exigeuna antigedad determinada de esta.

    Todo trabajador que concurra a la constitucin de un sindicato, de los enunciados, se encuentra amparadopor fuero laboral.

    PRINCIPIOS DEL SINDICALISMO

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  • Existen 9 principios fundamentales que todo sindicato y sindicalista deben respetar. Podemos enunciarlos dela siguiente manera:

    Libre Independiente Democrtico Participativo Unitario Responsable Realista Solidario LIBRE DETERMINACIN POR CLASES: Los sindicatos pueden ser de empleadores, de trabajadoreso de personas que ejercen independientemente una profesin u oficio. Los sindicatos de trabajadorespueden ser de empleados, de obreros o mixtos.

    EDAD: El nico lmite para el ingreso a un sindicato lo da la ley. Desde que un menor de edad ingresa altrabajo tiene derechos que defender, lo cual es una buena razn para sindicalizarse.

    SEXO: En los centros de trabajo donde laboran hombres y mujeres, el sindicato se integra con afiliadosmasculinos como femeninos y procura abrir los caminos propicios para los cargos directivos en manos demujeres. Esto es muy importante, pues, a la vez que se rompen viejos prejuicios burgueses se cuenta concompaeras que hagan posible la igualdad de derechos econmicos y polticos del hombre y la mujer.

    RAZA: En el sindicato caben negros, blancos, mestizos, niseis, tusangs, indios, porque tiene igualesderechos que defender en el trabajo.

    RELIGIN: En un sindicato caben todas las religiones, inclusive la falta de ella, como ateos, catlicos,protestantes, mahometanos, pues ninguna de las creencias o religiones es materia de discusin sindical.

    PROHIBICIONES A LOS SINDICATOS

    Los Sindicatos no podrn ejecutar actos tendientes a menoscabar derechos constitucionales y legales,especialmente los de la libertad individual y de la libertad de trabajo.

    Realizar acciones que atenten contra la libertad sindical o entorpezcan la negociacin colectiva y suprocedimiento, lo que se considera prctica desleal.

    Las organizaciones sindicales pueden desarrollar actividades lucrativas, siempre que stas seencuentren contempladas en los estatutos, que no estn prohibidas por la ley, y que el producto dedichas actividades sea destinado a fines sindicales o a incrementar el Patrimonio de la organizacin.Bajo ninguna circunstancia el producto de dichas actividades podr repartirse entre los socios.

    HISTORIA DE LOS SINDICATOS

    Los sindicatos surgieron como respuesta de los trabajadores a los efectos ms perniciosos de la RevolucinIndustrial. Los primeros sindicatos se crearon en Europa occidental y en Estados Unidos a finales del sigloXVIII y principios del XIX, como reaccin ante el desarrollo del capitalismo. A medida que se ibadesarrollando el sistema industrial, numerosas personas abandonaban el campo para buscar los escasospuestos de trabajo de los grandes centros urbanos. Este exceso de oferta de mano de obra aument ladependencia de la clase trabajadora. Para reducir esta dependencia se crearon los primeros sindicatos, sobretodo entre los artesanos, que vean amenazada su actividad laboral, y que ya contaban con cierta tradicin deunidad en los gremios. Estos grupos tuvieron que enfrentarse a la oposicin de gobiernos y patronos, que losconsideraban asociaciones ilegales o conspiradores que pretendan restringir el desarrollo econmico. Duranteel siglo XIX se fueron eliminando estas barreras legales gracias a resoluciones judiciales y a la promulgacinde leyes favorables a la sindicacin, pero los primeros sindicatos no lograron superar las grandes depresioneseconmicas de la primera mitad del siglo XIX y desaparecieron.

    Tanto en los pases democrticos como en los no democrticos los sindicatos se oponan al sistema capitalista

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  • decimonnico, defendiendo otros modelos alternativos como el socialismo, el anarquismo o el sindicalismo y,tras la Revolucin rusa de 1917, el comunismo. A principios del siglo XIX los trabajadores de las minas, lospuertos y los transportes constituan la base de los sindicatos de la poca. En Amrica Latina los sindicatosaparecieron a finales del siglo XIX, primero en Argentina y Uruguay y algo ms tarde en Chile y otros pasescomo Venezuela. La influencia de los trabajadores espaoles e italianos emigrados a Sudamrica resultdecisiva en el proceso de formacin del sindicalismo.

    SINDICATOS DE LATINOAMRICA

    Los primeros movimientos sindicales organizados aparecieron en Amrica latina a mediados del siglo XIX.En 1847 se crearon en Chile las primeras Sociedades de Socorro Mutuo que entre 1850 y 1860 convocaranlas primeras huelgas de trabajadores. Argentina inici sus relaciones con la Asociacin Internacional deTrabajadores (AIT) en 1870. En Uruguay se cre en 1876 la Federacin Regional de Montevideo que diolugar a la Federacin Obrera Local Uruguaya de 1885. En 1901 surgi la Federacin Obrera Argentina,antecedente de la socialista Unin General de Trabajadores (UGT) argentina (1903), y sociedades similaresaparecieron en Paraguay (1906), Bolivia (1908) y Mxico (1912). En la actualidad los sindicatos msdestacados de la regin son: la Confederacin de Trabajadores de Chile (CTCH), creada en 1936, y que en1952 se convirti en la Central Unificada de Trabajadores Chilenos (CUTCH); la Confederacin deTrabajadores de Mxico (CTM), en cuya fundacin (1936) destacaron Vicente Lombardo Toledano (suprincipal organizador y primer secretario general) y Fidel Velsquez (que la dirigi desde 1941 hasta 1997), yque forma parte de la estructura orgnica del Partido Revolucionario Institucional (PRI); la Confederacin deTrabajadores de Venezuela (CTV), disuelta tras el golpe de Estado de 1948, y reorganizada en 1959; laConfederacin General del Trabajo de Argentina (CGTA) creada en 1943 y la Unin General de Trabajadores(UGT) de Argentina (1903). A escala interregional funcion la Confederacin de Trabajadores de AmricaLatina (CTAL), organizacin sindical (cuyo primer presidente fue tambin Lombardo Toledano) fundada enMxico en 1938 a la cual se afiliaron la mayora de las organizaciones sindicales de los paseslatinoamericanos y que en la dcada de 1950 daba a conocer la cifra de ocho millones de afiliados, en elmomento de mayor apoyo a las polticas sindicales de la rbita comunista, razn de su constante decadenciaen los aos siguientes. Ms importancia tuvo, a partir de 1951, la conversin de la ConfederacinLatinoamericana de Trabajadores (CLT) en la ms amplia y democrtica Organizacin RegionalInteramericana de Trabajadores (ORIT), rama latinoamericana de la Confederacin Internacional deOrganizaciones Sindicales Libres (CIOSL), que se haba creado en Londres en 1949 y cuya sede en Mxico seestableci en 1952. Desde sus inicios mantuvo excelentes relaciones con los sindicatos democrticos delmundo occidental.

    IMPORTANCIA DE LOS SINDICATOS

    Cuando los sindicatos han tenido suficiente fuerza y poder como para amenazar el proceso de produccin, suaccin y sus presiones ha permitido mejorar el nivel de vida, no slo de sus miembros, sino de toda lapoblacin. Sin embargo, el xito de su accin depende de la capacidad del empresario y de la sociedad parahacerse cargo de los costes econmicos que permiten cumplir con las exigencias sindicales. Por ejemplo, enlos pases democrticos los sindicatos han logrado mejoras econmicas durante los periodos de expansineconmica; sin embargo, durante las recesiones han acudido a los gobiernos para exigir ayudas econmicaspara los trabajadores, puestos de trabajo y otras demandas. El poder de los sindicatos en los pases nodemocrticos es mucho ms limitado.

    LA ORGANIZACIN SINDICAL EN VENEZUELA

    La Ley del Trabajo en su artculo 400 establece: tanto los trabajadores como los patronos tienen el derecho deasociarse libremente en sindicatos y estos, a su vez, el de constituir, federaciones y confederaciones.

    La ley del trabajo en su artculo 401 establece: Nadie podr ser obligado ni constreido directa o

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  • indirectamente a formar parte o no de un sindicato.

    Los sindicatos tienen derecho a redactar sus propios estatutos y reglamentos y a elegir libremente a losintegrantes de su junta directiva; a programar y organizar su administracin y a establecer pautas para realizarsu accin sindical.

    Los estatutos de los sindicatos determinarn el mbito local regional o nacional de sus actividades.

    CONCLUSIN

    El movimiento sindical frecuentemente practica la poltica de conciliacin de clases. Por lo tanto, se puedeafirmar que existe una vinculacin entre dicho movimiento y los partidos polticos a la cual quedansubordinados los intereses de la clase obrera, ahora llamada clase trabajadora, expresin sta que implica unadistorsin conceptual, puesto que se generaliza, la condicin del trabajo hacia todas aqullas personas quepueden ser fuente de produccin, pero no asalariado. Hasta ahora hemos podido constatar que los dirigentesobreros conservan el viejo lenguaje de la defensa de los "intereses de la clase obrera". De manera que en elseno del movimiento sindical persiste la concepcin relacionada con que el movimiento sindical debe servir alos intereses de la clase obrera". Sin embargo, a lo largo de la historia del movimiento sindical podemosapreciar que la defensa de los intereses de la clase obrera son puramente econmicos y muy restringidos,practicando de tal manera, una poltica de conciliacin de clases, puesto que creen que la conciliacin declases es el fundamento mejor de la democracia y evita los riesgos inherentes al sistema democrtico.

    BIBLIOGRAFA

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    Borisov/Zhamin/Makarova. Diccionario de Economa Poltica. Akal Editor, 1975.

    Diccionario Rioduero. Sociologa. Ediciones Rioduero, 1980

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    Quintero, Rodolfo. Clase obrera y revolucin. Viloria y Cruz Editores. Caracas, 1970. 141 pp.

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    Consultas en Internet a las siguientes pginas:

    httpp//:Monogracia.com

    httpp//:Geogle.com

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