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Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 REGLAMENTO DE USO TEMPORAL DE LAS INSTALACIONES FÍSICO- DEPORTIVAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL DEPORTE Y LA EDUCACIÓN FÍSICA – INEFGALICIA ABERTO (Aprobado Xunta de Facultade 27.11.2008) INSTALACIONES FÍSICO-DEPORTIVAS Se consideran instalaciones físico-deportivas de la FCDEF aquellos espacios y edificios destinados a la práctica de actividades deportivas y que se encuentran en las diferentes dependencias de la Facultad. Son las siguientes: Sala de Usos Múltiples, piscina, Sala de Danza, Tatami, Pabellón I, Pabellón II, Campo de hierba artificial, Campo de hierba natural, Pistas de Atletismo, Sala Multiusos, Rocódromo exterior (o Boulder). La administración y gestión de estas instalaciones deportivas le corresponde a la FCDEF, y en último caso a la Universidad de A Coruña. Una vez autorizado el acceso, los usuarios deberán regirse por las normas generales de uso y las específicas de cada instalación. En todo caso, los usuarios deberán respetar la señalización, atender a las indicaciones de los responsables de las mismas y guardar las normas elementales de comportamiento deportivo. USUARIOS Podrán usar las instalaciones deportivas todas aquellos estudiantes, personas, entidades, clubes, instituciones, etc. autorizadas por la FCDEF. La autorización de uso de las instalaciones deportivas se subordinará, por este orden, a las necesidades de docencia e investigación y a otras propias del funcionamiento de la Facultad. Excepcionalmente, y por motivos suficientemente justificados (ocasionar una grave alteración en la actividad del solicitante), el centro podrá modificar este orden de autorización, si ya había sido cedida la instalación con anterioridad. La autorización de de uso de las instalaciones deportivas siempre será ocasional. En ningún caso se podrán solicitar por parte de clubes o entidades las instalaciones como lugar de entrenamiento permanente a lo largo de una temporada deportiva, excepto convenios específicos que se justifiquen. En el horario de cada instalación físico-deportiva, se reservarán semanalmente hasta un máximo de 6 horas para trabajo de prácticas docentes de los alumnos de la Facultad. Los cursos, seminarios, campus y cualquier otra actividad que se celebre en estas instalaciones deberá hacer constar en los folletos informativos la colaboración de la Facultad, y aquellas que sean de pago realizar, además, un descuento del 25 % en el precio a alumnos, profesores y PAS de la UDC. La solicitud se hará personalmente en la Conserjería de la Facultad, con diez días de antelación para miembros de la comunidad no universitaria, y con cinco días de antelación para el colectivo universitario.

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1. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 REGLAMENTO DE USO TEMPORAL DE LAS INSTALACIONES FSICO- DEPORTIVAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS DEL DEPORTE Y LA EDUCACIN FSICA INEFGALICIA ABERTO (Aprobado Xunta de Facultade 27.11.2008) INSTALACIONES FSICO-DEPORTIVAS Se consideran instalaciones fsico-deportivas de la FCDEF aquellos espacios y edificios destinados a la prctica de actividades deportivas y que se encuentran en las diferentes dependencias de la Facultad. Son las siguientes: Sala de Usos Mltiples, piscina, Sala de Danza, Tatami, Pabelln I, Pabelln II, Campo de hierba artificial, Campo de hierba natural, Pistas de Atletismo, Sala Multiusos, Rocdromo exterior (o Boulder). La administracin y gestin de estas instalaciones deportivas le corresponde a la FCDEF, y en ltimo caso a la Universidad de A Corua. Una vez autorizado el acceso, los usuarios debern regirse por las normas generales de uso y las especficas de cada instalacin. En todo caso, los usuarios debern respetar la sealizacin, atender a las indicaciones de los responsables de las mismas y guardar las normas elementales de comportamiento deportivo. USUARIOS Podrn usar las instalaciones deportivas todas aquellos estudiantes, personas, entidades, clubes, instituciones, etc. autorizadas por la FCDEF. La autorizacin de uso de las instalaciones deportivas se subordinar, por este orden, a las necesidades de docencia e investigacin y a otras propias del funcionamiento de la Facultad. Excepcionalmente, y por motivos suficientemente justificados (ocasionar una grave alteracin en la actividad del solicitante), el centro podr modificar este orden de autorizacin, si ya haba sido cedida la instalacin con anterioridad. La autorizacin de de uso de las instalaciones deportivas siempre ser ocasional. En ningn caso se podrn solicitar por parte de clubes o entidades las instalaciones como lugar de entrenamiento permanente a lo largo de una temporada deportiva, excepto convenios especficos que se justifiquen. En el horario de cada instalacin fsico-deportiva, se reservarn semanalmente hasta un mximo de 6 horas para trabajo de prcticas docentes de los alumnos de la Facultad. Los cursos, seminarios, campus y cualquier otra actividad que se celebre en estas instalaciones deber hacer constar en los folletos informativos la colaboracin de la Facultad, y aquellas que sean de pago realizar, adems, un descuento del 25 % en el precio a alumnos, profesores y PAS de la UDC. La solicitud se har personalmente en la Conserjera de la Facultad, con diez das de antelacin para miembros de la comunidad no universitaria, y con cinco das de antelacin para el colectivo universitario. 2. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 Slo en casos excepcionales, algn tipo de eventos deportivos, campeonatos, pruebas de valoracin, etc., no ser necesario respetar este plazo, pudiendo reservarse la instalacin con la anterioridad que sea necesaria, o previamente conveniada. El procedimiento de solicitud de uso de las instalaciones es el siguiente: La solicitud de uso de las instalaciones deportivas se realizar en la Conserjera de la Facultad mediante el impreso correspondiente (anexo). La entidad solicitante se preocupar de confirmar si su solicitud ha sido atendida. La FCDEF no se har responsable de los accidentes o lesiones que puedan acontecer durante la prctica de actividades y estancia en sus instalaciones, as como de los robos que puedan tener lugar dentro de sus instalaciones. La FCDEF no se responsabilizar de los accidentes o lesiones derivadas de la prctica de actividades y/o estancia en las instalaciones, que puedan sufrir las personas pertenecientes a colectivos no universitarios. El acceso a estas instalaciones deportivas supone aceptar las normas contenidas en este reglamento. DERECHOS DE LOS USUARIOS Los usuarios tendrn los siguientes derechos: Usar las instalaciones en los trminos previstos en el presente reglamento. Usar los vestuarios. Anular la reserva concedida. Esta anulacin se deber hacer con dos das de antelacin al uso de la instalacin. DEBERES DE LOS USUARIOS Son deberes de los usuarios: Regirse por las normas generales de uso y las especficas de cada instalacin. Colaborar con el personal de las instalaciones (conserjes, auxiliares de servicios, controladores, socorristas, etc.) en el respeto a las normas de uso, atendiendo a sus indicaciones. Este personal tendr potestad para interrumpir la actividad y proceder a la expulsin de la instalacin en el caso de: o No obedecer sus indicaciones. o No respetar las normas generales del presente reglamento. o No respetar las normas especficas de cada instalacin deportiva. o Atentar contra los bienes de la Facultad, utilizando indebida, peligrosa o destructivamente las instalaciones, equipamiento o material deportivo. o Comportamientos o usos indebidos que hagan peligrar la integridad fsica de los usuarios. o Cualquier otro comportamiento que perturbe el correcto funcionamiento de las actividades programadas. Respetar en todo momento el equipamiento deportivo situado en las instalaciones. 3. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 Respetar el tramo horario concedido para el aprovechamiento de las instalaciones. En ningn caso el horario de cierre podr exceder de las 21.30 h. Los horarios de fin de semana estarn comprendidos: o Sbado: de 10 a 14 h. y de 15 a 19 h. o Domingo: de 10 a 14 h. Avisar, con dos das de antelacin, si no se va a utilizar la instalacin en los horarios concedidos. Usar la vestimenta deportiva as como el calzado deportivo que corresponda a la instalacin especfica y de acuerdo con la superficie de juego. No est permitido, bajo ningn concepto, realizar marcaciones en las pistas de juego con cintas adhesivas u otros materiales por parte de los solicitantes. No est permitido comer ni fumar en los recintos deportivos. No est permitido el acceso a las instalaciones deportivas con bebidas alcohlicas o estupefacientes, objetos contundentes y todos aquellos materiales que puedan considerarse como peligrosos para el resto de los usuarios, o puedan causar destrozos en las instalaciones o en su equipamiento. Todo lo que no se ajuste a la presente normativa requerir la autorizacin o supervisin expresa del personal responsable de las instalaciones deportivas. NORMATIVA DE USO ESPECFICO DE CADA UNA DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Pabellones polideportivos I y II El tiempo mximo de solicitud ser de 1 - 2 horas El nmero mximo de deportistas ser de 24 en cada una de los pabellones No se permitir el acceso a los pabellones con calzado de suela negra o que deje marcas en la pista No se permitir el uso de productos (resinas, adhesivos, etc) que manchen y/o alteren la superficie de juego. El pblico en el interior del pabelln I est limitado a la zona de las gradas, no pudiendo ocupar la zona de vestuarios y de bancos. Las personas acompaantes de los deportistas permanecern en el exterior de la instalacin correspondiente o en los lugares reservados para el pblico en general. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas ajenas a la actividad prctica. Pistas de atletismo Los usuarios deportistas debern identificarse adecuadamente para el acceso a la instalacin, pudiendo solicitrsele su licencia federativa o carn universitario. Los usuarios debern utilizar la vestimenta deportiva as como el calzado deportivo que corresponda a la modalidad deportiva que vayan a practicar. En el caso de utilizar zapatillas de clavos no podrn tener ms de 4 mm. Para realizar test o pruebas de valoracin, los responsables solicitarn permisos especficos. Para el acceso a los vestuarios (localizados en Usos Mltiples), ser obligatorio que el calzado est limpio, con el fin de mantener el resto de las instalaciones en 4. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 las mejores condiciones posibles. ste se podr limpiar en las zonas habilitadas para ello en el recinto del campo y pistas de atletismo. Est terminante prohibido limpiar el calzado contra paredes y puertas. Material: o Para el uso de material se solicitar autorizacin por escrito en el impreso de solicitud. o Los solicitantes se harn responsables del material usado as como de los daos (fsico o materiales) que puedan causar. Carreras: o La direccin de la carrera en la pista ser obligatoriamente dejando la cuerda de la pista a la izquierda. o Las calles 1 y 2 slo se utilizarn en las competiciones oficiales y actividades docentes, nunca en entrenamientos. o Las series cortas se harn en la contrarrecta. Asimismo, para las series de ms de 400 m. se utilizarn las calles exteriores, pudiendo ser determinadas por los responsables de la instalacin, empleando los valores de compensacin, nunca las calles 1 y 2. o El uso de bloques de salida (velocidad y vallas) ser autorizado por los responsables de la instalacin. Vallas: o Las vallas disponibles podrn emplearse para carreras, o bien para cualquier tipo de multisaltos. o Para los multisaltos se podrn utilizar ambas medias lunas y el pasillo de saltos exterior. Saltos de longitud y triple o Los entrenamientos de saltos de longitud y triple salto se realizarn en los fosos destinados a tal efecto, pudiendo ser determinados de forma alternativa por los responsables de la instalacin. Salto de altura: o Los entrenamientos se realizarn en la media luna en la que se encuentren instaladas las colchonetas para esta prueba. Podrn realizarse con/sin zapatillas de clavos (medida autorizada). o Los atletas debern acreditar su experiencia en el salto de altura, hacindose responsables de los daos que puedan causarse (fsicos, materiales y de responsabilidad civil). Salto con prtiga: o Los entrenamientos se realizarn en la media luna en la que se encuentren instaladas las colchonetas para esta prueba. Podrn realizarse con/sin zapatillas de clavos. o Los atletas debern acreditar su experiencia en el salto con prtiga, hacindose responsables de los daos que puedan causarse (tanto fsicos como materiales). Lanzamiento de peso: o Los lanzamientos de peso se efectuarn exclusivamente en la zona habilitada para tal efecto en el permetro exterior. o Los atletas debern acreditar su experiencia en el lanzamiento de peso, hacindose responsables de los daos que puedan causarse (tanto fsicos como materiales). Lanzamientos de jabalina, disco y martillo: 5. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 o Para el lanzamiento de jabalina, disco o martillo, las entidades solicitantes o federaciones debern solicitar permiso especial por escrito a los responsables de la instalacin que, en todo caso, se autorizara en uso exclusivo de la instalacin. o Los lanzamientos de disco o martillo slo se podrn realizar en la jaula cuando sta tenga las redes levantadas. o Los atletas debern acreditar su experiencia en estos lanzamientos, hacindose responsables de los daos que puedan causarse (fsicos, materiales y de responsabilidad civil). Sala Multiusos (Pistas de atletismo) La autorizacin de uso de la Sala Multiusos se subordinar, por este orden, a las necesidades de docencia e investigacin y a otras propias del funcionamiento de la Facultad. Debido a las caractersticas de esta sala, tan slo se conceder el uso de la misma a grupos especficos para el desarrollo de aquellas actividades que sean solicitadas por administraciones pblicas o federaciones y que, dada su importancia, as se consideren dentro del plan de uso de la instalacin. Los usuarios debern identificarse adecuadamente para el acceso a la instalacin. Ser obligatorio el uso de vestimenta y calzado deportivo adecuado a la modalidad que vaya a realizar y a la superficie de la instalacin. Slo se podrn utilizar zapatillas de clavos (4 mm.) en casos autorizados explcitamente. Los usuarios slo podrn hacer uso del material especfico de la modalidad que vayan a practicar. Al trmino de la sesin, el material deportivo debe quedar recogido y colocado en los lugares destinados para ello. Para el acceso a los vestuarios (localizados en Usos Mltiples), ser obligatorio que el calzado est limpio, con el fin de mantener el resto de las instalaciones en las mejores condiciones posibles. ste se podr limpiar en las zonas habilitadas para ello en el recinto del campo y pistas de atletismo. Las personas acompaantes de los deportistas permanecern en el exterior de la instalacin correspondiente o en los lugares reservados para el pblico en general. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas no practicantes. Queda prohibida la entrada a la sala a personas ajenas a la actividad Campo de hierba natural La autorizacin para el uso del campo de hierba natural se subordinar, en todo caso y por este orden, al estado de conservacin del terreno de juego, a las necesidades de los responsables de la instalacin, y a las necesidades de docencia propias del funcionamiento de la Facultad. Debido a las caractersticas de conservacin del terreno de juego, tan slo se conceder el uso del campo a grupos especficos para el desarrollo de aquellas actividades que sean solicitadas por administraciones pblicas o federaciones y que, dada su importancia (competiciones oficiales, etc.), as se consideren dentro del plan de uso de la instalacin. En cualquier caso, el nmero total de horas de uso del campo nunca podr exceder de 2 horas diarias, hasta un total de 8 horas semanales, incluidas las actividades docentes. 6. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 El nmero mximo de deportistas realizando actividades prcticas no podr exceder de 45. No se pisar la pista de atletismo con las botas de tacos. Para el acceso a los vestuarios (localizados en Usos Mltiples), ser obligatorio quitarse las botas, con el fin de mantener el resto de las instalaciones en las mejores condiciones posibles. stas se podrn limpiar en las zonas habilitadas para ello en el recinto del campo. Est terminante prohibido limpiar las botas contra paredes y puertas. Los jugadores reservas y pblico permanecern en el lugar correspondiente, el banquillo o las gradas respectivamente. Queda prohibida la entrada a las pistas y al campo a personas que no sean practicantes. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas no practicantes. Campo de hierba artificial La autorizacin para el uso del campo de hierba artificial se subordinar, en todo caso y por este orden, al estado de conservacin del terreno de juego, a las necesidades de los responsables de la instalacin, y a las necesidades de docencia propias del funcionamiento de la Facultad. El nmero mximo de deportistas realizando actividades prcticas no podr exceder de 32. Para el acceso a los vestuarios (localizados en el Pabelln I), ser obligatorio quitarse las botas, con el fin de mantener el resto de las instalaciones en las mejores condiciones posibles. stas se podrn limpiar en las zonas habilitadas para ello en el recinto del campo. Est terminante prohibido limpiar las botas contra paredes y puertas. Las personas acompaantes de los jugadores permanecern en el exterior de la instalacin correspondiente o en los lugares reservados para el pblico en general. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas no practicantes. Queda prohibida la entrada al campo a personas ajenas al juego. Piscina La instalacin contar con personal propio en todo momento que est abierta (con la titulacin de socorrista vigente). Tendrn la representacin de los responsables de la instalacin y sern los controladores del correcto funcionamiento de: o Las instalaciones y servicios. o Distribucin de calles en funcin de horario y nmero de usuarios en ese momento. El aforo mximo de la piscina es de 142 usuarios, 17 usuarios por calle como mximo. Hay obligatoriedad de ducharse antes de la inmersin en el agua del vaso. Hay obligatoriedad de uso de chancletas o calzado de bao personal en las zonas de pies descalzos (playa). Uso de patucos, slo excepcional. Est prohibido el uso de calzado de calle en la zona de bao. Est prohibida la entrada de animales en la piscina, excepto el perro gua autorizado. Est prohibido comer, beber o fumar en la zona de la playa reservada a los baistas, as como en las gradas. Hay obligatoriedad de uso del gorro de bao. 7. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 El material fuera del horario de clase slo podr ser utilizado por alumnos del centro. Ser el que deje el profesor de cada asignatura asignado para su prstamo, previamente autorizado por los responsables de la instalacin. La preferencia del uso de la instalacin fuera del horario lectivo ser, principalmente docente. Los alumnos y personal del centro tendrn al menos una calle en horario de tarde, que se aumentar a dos, en funcin del nmero de nadadores. A partir de doce tendrn una calle ms, sin excepciones. Slo podrn hacer uso del botiqun los socorristas, mdicos o personal autorizado por el centro. Las personas acompaantes de los nadadores permanecern en el exterior de la instalacin correspondiente o en los lugares reservados para el pblico en general. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas ajenas a la actividad. Usos Mltiples Los usuarios deportistas debern identificarse adecuadamente para el acceso a la instalacin, presentando su carn universitario o licencia federativa perteneciente a algn club de gimnasia. Ser obligatorio el uso de vestimenta y calzado deportivo adecuado a la modalidad que vaya a realizar y a la superficie de la instalacin o material de gimnasia. Los usuarios deportistas slo podrn hacer uso del material especfico de la modalidad que vayan a practicar. Al trmino de la sesin, el material deportivo debe quedar recogido y colocado en los lugares especficos destinados para ello. Los deportistas y/o tcnicos debern acreditar su experiencia y capacitacin (titulaciones deportivas) en la utilizacin del material gimnstico acrobtico (trampolines, minitramps, foso de seguridad, tumbling, etc.), hacindose responsables de los daos que puedan causarse (tanto fsicos como materiales). Las personas acompaantes de los deportistas permanecern en el exterior de la instalacin correspondiente o en los lugares reservados para el pblico en general. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas ajenas a la actividad. Tatami / Sala de Danza Los usuarios debern identificarse adecuadamente para el acceso a la instalacin, presentando su carn universitario o licencia federativa. Ser obligatorio el uso de vestimenta y calzado adecuado a la modalidad que vaya a realizar y a la superficie de la instalacin. Al trmino de la sesin, el material debe quedar recogido y colocado en los lugares destinados para ello. Las personas acompaantes de los deportistas permanecern en el exterior de la instalacin correspondiente o en los lugares reservados para el pblico en general. Queda prohibida la entrada a los vestuarios a personas ajenas a la actividad. Queda prohibida la entrada al tatami/sala de danza a personas ajenas a la actividad. 8. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 Rocdromo exterior (o Boulder) Los usuarios deportistas debern identificarse adecuadamente para el acceso a la instalacin, presentando su carn universitario o licencia federativa. La autorizacin de uso del rocdromo se subordinar a las necesidades de docencia y a las necesidades propias del funcionamiento de la Facultad. El Boulder, como entorno de prctica de la escalada, se considera un espacio para la prctica de la escalada sin altura, por lo tanto sin la necesidad de material de ascenso y aseguramiento en altura. No obstante, es obligatorio el uso de una colchoneta de amortiguacin de cadas, material aportado por el usuario. Ser obligatorio el uso de vestimenta y calzado deportivo adecuado a la modalidad que vaya a realizar. Los deportistas y/o tcnicos debern acreditar su experiencia y capacitacin (titulaciones deportivas) en la utilizacin del material especfico de esta modalidad deportiva, hacindose responsables de los daos que puedan causarse (tanto fsicos como materiales). Aulas de las instalaciones deportivas El uso de las aulas de los pabellones y usos mltiples se restringir a actividades de carcter lectivo relacionadas con las actividades de prcticas. La autorizacin de uso de estas aulas se subordinar a las necesidades de docencia propias del funcionamiento de la facultad. Aparcamientos Las instalaciones fsico-deportivas tienen dos espacios destinados al estacionamiento de vehculos (coches, motos, bicicletas, etc.): aparcamiento zona Bastiagueiro, aparcamiento zona Santa Cruz. Los usuarios de las instalaciones podrn estacionar sus vehculos en las zonas destinadas a este uso. Queda prohibido el aparcamiento en otros espacios como son: o Delante de las barreras o Zonas de acceso a los aparcamiento o Zonas instalaciones docentes y deportivas o Encima de las aceras Una vez advertido el usuario, el incumplimiento de esta normativa conllevar el aviso a las autoridades (policia) para la retirada del vehculo. Queda prohibido el estacionamiento permanente de vehculos. En el caso de permanecer el vehculo despus de la hora de cierre de las instalaciones (21.30), o fin de semana, se deber informar a los responsables (conserjes, controladores, vigilantes de seguridad) y solicitar el permiso oportuno. Queda totalmente prohibido circular, para dejar o recoger usuarios, dentro del recinto de las instalaciones. La FCDEF no se har responsable de los accidentes o lesiones que puedan suceder por incumplir las normas anteriores, hacindose responsable el usuario de los daos que puedan causarse (fsicos, materiales y de responsabilidad civil). Vestuarios profesorado Por la especificidad de los estudios de Ciencias de la Actividad Fsica y del Deporte existen diversos vestuarios de uso exclusivo de profesoras y de profesores. En estos 9. Aprobado Xunta de Facultade 27.11.08 vestuarios no se podr dejar indumentaria personal; en caso de dejar algunas piezas de uso cotidiano(camiseta, pantaln, toalla, zapatillas de ducha, baador), estas debern de estar en completas condiciones de limpieza e higiene, siempre dentro de taquillas. El suelo y los bancos quedarn libres de objetos (por ejemplo, bolsas o calzado) y ropa tras la actividad realizada. CONSIDERACIONES DISCIPLINARIAS La Facultad de Ciencias del Deporte y la Educacin Fsica velar para que se tengan en cuenta las normas contenidas en el presente documento y adoptar medidas para favorecer la prctica deportiva y el uso de las instalaciones que ofrece. As, el personal responsable de la Facultad podr expulsar o denegar el acceso a las instalaciones a aquellas personas que no respeten alguna de las normas contenidas en este reglamento o que sean causantes de acciones que pongan en peligro la prctica deportiva.