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GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA SECRETARÍA DE PESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE SONORA

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL CONVOCATORIA No. 6

De conformidad con lo que establece la normatividad Estatal en materia de Obras Públicas, se convoca a los interesados en participar en 1 I" ·1 . d , ' bl" 1 d . as IcI acIones e caracter pu Ica estala, e conformidad con lo siguiente:

Fecha límite 1 Acto de presentación y No. de Licitación Costo de las bases

Inscripción Visita a la obra Junta de aclaraciones apertura de proposiciones

LPO-926009991-027- $ 2,500 00 25 de sertiembre de 24 de septiembre de 25 el ,;, sepfie111bre de 1 0·1 de octubre dtl 201 8 ,, 201 8 2018 2018 a las 10:00 horas 20Hl a l,~s 10.00 horas las 10.00 horas

Capital contable Descripción general de la obra Plazo de eiecución mínimo requerido Inicio 1 termino

$800,000.00 C-00077/0132 AMPLIACION DE LA RED DE ALCANTARILLADO SANITARIO EN 08 de octubre de 1 15 do dic: iembw do SECTOR GASODUCTO AL NORTE DE SAN PEDRO EL SAUCITO. SAN PEDRO EL 2018 20·18

SAUCITO. HERMOSILLO

Fecha límite 1 Acto de presentación y No. de Licitación Costo de las bases

inscripción Visita a la obra Junta de aclaraciones apertura de oroooslclones

LPO-926009991-028- $ 2,500.00 25 de septiembre de 24 de septiembre de 25 de ser tiembre de 1 01 de octubre de 20 18 a 2018 2018 2018 a las 10:00 horas 2018 a las ·11 :00 horns las 12 :00 lloms

Capital contable Descripción general de la obra

Plazo de eiecuclón mínimo reauerldo Inicio 1 termino

$800,000.00 C-00077/0133 AMPLIACION DE RED DE ALCANTARILLADO rn BA.COBAMPO, 08 de ig\~He de 1 15 de dicíernbre de

BACOBAMPO. ETCHOJOA. 2018

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Fecha límite 1 Acto de presentación y No. de Licitación Costo de las bases Inscripción Visita a la obra Junta de aclaraciones apertura de

orooosiciones LPO-926009991-029- $ 2,500.00 25 de septiembre de 24 de septiembre de 25 de septifm1bre de 1 0·1 de or; tubre dil 201 8 ,~

2018 2018 20·1s a las 12:00 horas 2018 a las 12:00 horas l<ts 14:00 horas Capital contable Descripción general de la obra

Plazo de ejecución mínimo requerido Inicio 1 termino

$800,000.00 C-00075/0392 AMPLIAC ION DE VIVIEHDA EN VARIAS LOC,l\LIDADES DEL MUNICIPIO 08 de octubre de 1 15 de diciemhril de DE HERMOSILLO . HERMOSILLO 2018 20"18

1. Las bases de las lIcItacIones se encuentran dIsponIbles para consulta en Internet: www.compranet.sonora.gob,mx, o bien en: las oficinas de la Dirección General de Infraestructura Social de la Secretaría de Desarrollo Social ubicada en Boulevard Paseo Río Sonora# 76, Edificio La Gran Plaza, Local 210, colonia Proyecto Río Sonora, Hermosillo, Sonora, hasta el día 11 de septiembre de 2018; con el siguiente horario : de 08:00 a.m. a 03:00 p.m. , en días hábiles. 2. Deberá registrar su interés mediante el uso de la opción "participar" e imprimir pase a caja , documento necesario para realizar el pago de las bases, ya sea en las Agencias Fiscales del Estado de Sonora o en la Institución Bancaria BBVA Bancomer. 3. La Junta de Aclaraciones y el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevarán a cabo en la Sala de Juntas de la Secretaría de Desarrollo Social ubicada en Boulevard Paseo Río Sonora # 76, Edificio La Gran Plaza tercer Piso colonia Proyecto Río Sonora Hermosillo Sonora . 4. Se otorgará el 30% de anticipo. 5. Los recursos autorizados para la contratación de las presentes obras provienen del Oficio de Autorización No. SH-FISE-18-022, de fecha 10 de septiembre de 2018. 6. Los licitantes, a su elección , podrán presentar sus proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica. 7. NO se podrá subcontratar. REQUISITOS QUE DEBERAN CUBRIR LOS INTERESADOS y ENTREGARSE EN LA PRESENTE LICITACION. DICHA DOCUMENTACION SE DEBERA PRESENTAR DENTRO DEL SOBRE EL DIA Y HORA SEÑALADO PARA EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES ADEMAS PARA PODER PRESENTAR EL SOBRE ANTES MENCIONADO, DEBERAN ACREDITAR POR FUERA DEL MISMO EL RECIBO DE PAGO DE BASES EN CASO DE NO SER ASI, NO SE ACEPTARA LA PROPUESTA Y SE RECHAZARA EN EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES. Documentación Legal: a) .- Domicilio legal; b).- Articulo 63 y 118; c).- Capital contable mínimo requerido; d) .- Acreditación del licitante; e) .­Declaración de integridad ; f) .- Articulo 24-bis del código fiscal del estado de sonora; g).- Protocolo por la Transparencia en Materia de Contratación y Ejecución de Obra pública; h) Declaración de encontrarse inscrito en el Registro Estatal De Contribuyentes, artículo 33ter del Código Fiscal para el Estado De Sonora y lo correspondiente al Recibo por la compra de bases se entregara junto con la propuesta previo a la entrega del sobre . Cabe señalar que la descripción de cada uno de los requisitos señalados anteriormente, se encuentran en las bases de la licitación en comento , mismas que están a su disposición ta l y como se señala en la presente convocatoria. Criterios de adjudicación : Al finalizar la evaluación de las propuestas, "LA DEPENDENCIA O LA ENTIDAD", con base en sus propias evaluaciones y en el análisis comparativo de las proposiciones aceptadas deberá emitir un dictamen en el que se hagan constar los aspectos siguientes: Para determinar el licitante ganador al que se le adjudicará el contrato; "LA DEPENDENCIA O LA ENTIDAD" obtendrá previamente un presupuesto de referencia que será el que resulte del promedio de las proposiciones aceptadas, quedando descalificadas aquellas propuestas superiores al presupuesto de referencia y aquéllas cuyo monto sea inferior en más del diez por ciento con relación a dicho presupuesto de referencia. Invitados: Cualquier persona podrá asistir a los actos de presentación y apertura de proposiciones de licitación en calidad de observador, sin necesidad de adquirir bases de licitación, registrándose previamente. Dicho registro se efectuará cuando menos con 48 horas de antelación para cada uno de los actos señalados en el r dro de cada licitación , en: Dirección General de Infraestructura Social de la Secretaría de Desarrollo Social ubicada en Boulevar o Río Sonora # 76, Edificio La Gran Plaza, Local 210, colonia Proyecto Río Sonora, Hermosillo, Sonora . Además se invita a I aria de la Contraloría General y Secretaria de Hacienda para que participen en los actos de la licitación a las horas señaladas en los rec r de cada licitación.

Hermosillo, Sonora a 20 de septiembre del 2018

cial de la Secretaría de Desarrollo Social

Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018

Boletín Oficial 2

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. -,;"~ 1 Gobierno del 1 ~~~~!a ría de lnf raestructura ~~] 1 Estado de Sonora y Desarrollo Urbano -=-:;_____:____:___.

CONVOCATORIA No.18 LICITACIÓN PÚBLICA ESTATAL

Con fundamento en lo establecido por el Artículo 150 de la Constitución Política Local y a fin de dar cumplimiento a lo establecido por el Artículo 44 de la Ley de Obras Publicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Sonora, la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano convoca a los interesados en participar en la(s) Licitación(es) Pública(s) de carácter Estatal, para la adjudicación de Contrato de conformidad con lo siguiente:

$3,200.00

1. De acuerdo a lo establecido por el Artículo 42, Fracción I de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Sonora, solo podrán participar en estas Licitaciones las personas de nacionalidad mexicana, con domicilio fiscal dentro del territorio del Estado de Sonora.

2. La(s) licitación(es), será(n) basada(s) en el(os) oficio(s) No. 05.06-1262/2018 de fecha(s) 20 de agosto de 2018, emitido(s) por la Secretaria de Hacienda del Estado de Sonora.

3. Las bases en las que se establecen los requisitos que deberán acreditar los interesados, se encuentran a su disposición para consul.ta y descarga en Internet en la página de Compranet Sonora: http://compranet.sonora.gob.mx/sistema/portal o bien en las oficinas de la Dirección General de Costos, Licitaciones y Contratos, ubicadas en el 2do. piso del inmueble que ocupa la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, sito en Blvd. Hidalgo y Calle Comonfort No. 35, Col. Centenario, en Hermosillo, Son., en un horario de 8:00 a 15:00 hrs., de lunes a viernes, teléfono (01-662) 108-19-00 Ext. 60085.

4. La forma de pago para la compra de las bases será mediante el pase de caja que genere el mismo sistema de Compranet Sonora, una vez que el licitante registre su interés en participar, el pago se podrá realizar en cualquier Agencia Fiscal del Estado de Sonora o en cualquier sucursal de la institución bancaria BBVA Bancomer.

5. La(s) Visita(s) al Sitio se llevará(n) a cabo en el día y la hora indicada anteriormente, partiendo de las Oficinas de la Presidencia Municipal de Cajeme, Sonora.

6. La Junta de Aclaraciones, así como la Presentación y Apertura de Proposiciones se realizará en la Sala de Licitaciones de esta Secretaría, Ubicada en la planta baja del Edificio SIDUR, sito indicado en punto No. 3; en la fecha y hora señalada con anterioridad.

7. Se podrá subcontratar solo los trabajos especificados en las BASES de la presente Licitación. 8. Se otorgará un anticipo del 30% de la asignación presupuestaria aprobada para el Contrato en el ejercicio que se trate. Criterios de adjudicación: El contrato para esta licitación, se adjudicará a la persona física o moral, cuya proposición resulte solvente por reunir los criterios de evaluación especificados en las bases de licitación y de conformidad con lo establecido por el artículo 51 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas para el Estado de Sonora. Invitados: Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 44 Fracción VIII de la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las mismas para el Estado de Sonora, por este conducto se invita a la Secretaría de Hacienda del Estado y a la Secretaría de la Contraloría General para que participen en los actos de la referida licitación. Igualmente, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 44 Fracción IX del ordenamiento señalado en este párrafo, se hace una atenta invitación a la ciudadanía en general para que participe y se registre como observador en los actos de Presentación y Apertura de Proposiciones y Acto de Fallo, por lo menos hasta cuarenta y ocho horas antes de la hora de inicio de los mismos. En ausencia del Secretario del Ramo; y con fundamento en el artículo 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, publicado en el Boletín Oficial con fecha 18 de junio de 2007; firma el Subsecretario.

Hermosillo, Sonora, a 20 de eptiembre de 2018 EN AMEN E ¿__.

GARCÍA su S PÚBLICAS

osmás Blvd. Hidalgo y Comonfort. .No. 35. 3er piso. Gol. Centenario. C.P. 83260.

Teléfono: [662) 1081900. Hermositlo. Sonora/ www.sonora.gob.mx

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EDICTO

NOTIFICACIÓN A NAINARI 2000, S.A.DE C.V.

H. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO SINDICATURA MUNICIPAL

SE NOTIFICA A NAINARI 2000, S.A.DE CV Con fundamento en lo dispuesto en los artícuíos 115 de la Constitución Polít ica de los Estados Unidos Mexicanos; 61 fracción 1 inciso D), 64 y 65 fracción 11 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal: 1 fracción IV. 3 fracciones XVI , XVIII y XXV, 4 fracción X, 6 fracciones V y Vlíl, 11 fracciones I y 11 y XX, 47, 48 , 57 , 59, 61 . 65. 71, 72 , 74, 75 fracciones 111 , IX , X de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; 3 fracción VI, 6 íracción V, 9 fracción IX, y 65 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora ; me permito comunicar a usted que con fecha 07 de junio de 2018, fue publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora , la "Declaratoria de Destino de una superficie de de 7,449.89 metros cuadrados para la construcción de infraestructura vial y pluvial, y la Prolongación de la calle Los Ángeles, en el tramo ubicado entre el Bou/evard Francisco Serna y Boulevard Paseo Río Sonora, en el Centro de población de 1-iermosilto, Sonora "; emitida por la Presidenta Municipal de Hermosillo, para la conectividad vial del tej ido urbano.

Con fundamento en los artículos 42 fracción I inciso a), 44, 45 , 46 y 47 de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Sonora , se hace de su conocimiento vía notificación la Declaratoria antes citada , en virtud de que es poseedora de un inmueble identificado con clave catastral 08-535-001, dentro del cual se ubica una superficie aproximada de 7,449.89 metros cuadrados, misma que se encuentra comprendida en la Declaratoria en mención, para la construcción de infraestructura vial y pluvial con la cual se busca dar accesibilidad a la población y la interconexión de las vialidades de la zona. Lo anterior, ha efecto de iniciar las acciones de concertación que correspondan mediante la celebración de convenio, para que en su oportunidad , se otorguen las facilidades necesarias para la ejecución de las obras.

HERMOSILLO, SONORA A 11 DE JUNIO DE~&_, ,/~ ~-

LA SÍNDICO MUNICIPAL Y REPRESENTAN

A VEGA GRANILIC0

·~;¿~:i~~J ;:,T};~}{;;.:iL

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Convenio Autorización Núm. 10-865-2018

CONVENIO AUTORIZACIÓN PARA SUBROGACION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONVENIO AUTORIZACION No. 10-848-2017, DEL FRACCIONAMIENTO UNIFAMILIAR CONDOMINAL DENOMINADO "EL SECRETO", UBICADO POR EL BULEVAR HIPICO, AL PONIENTE DEL FRACCIONAMIENTO "RIVELLO RESIDENCIAL", AL PONIENTE DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, QUE OTORGA EL AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, A LA EMPRESA "CASAS PLATINO S.A. DE C.V.", COMO "FRACCIONADOR CEDENTE", Y LA EMPRESA "PROMOTORA DE CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", COMO "FRACCIONADOR CESIONARIO"

La Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, del H. Ayuntamiento de Hermosillo, a través de su Coordinador General, el C. LIC. MIGUEL ANGEL CORDOVA FLORES, con fundamento en los artículos 1, 5 fracción 111, 9 fracción X, 88 y 106 último párrafo de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora; 61 fracción I inciso C, 81, 82, 84 y 85 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; y 1, 16 Bis, 16 Bis 2, 17 fracción VIII , 32 y 33 fracción V y último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del H. Ayuntamiento de Hermosillo; otorga la presente AUTORIZACIÓN al tenor de los siguientes términos y condiciones:

TÉRMINOS

l. EL C. ERNESTO MONTAÑO NAVARRO, representante legal, y apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio de las empresas "CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", como FRACCIONADOR CEDENTE, y "PROMOTORA DE CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", como FRACCIONADOR CESIONARIO, con base en lo dispuesto en los artículos 94 y 102 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, con fecha 12 de Julio del 2018 solicitaron la autorización de la Subrogación de Derechos y Obligaciones del Convenio Autorización No. 10-848-2017, del Fraccionamiento Unifamiliar Condominal, denominado "EL SECRETO", ubicado por el Bulevar Hípico, al Poniente del fraccionamiento "Rivello Residencial" , al poniente de la ciudad de Hermosillo, Sonora.

11. Dicha solicitud que da origen a la presente Autorización , fue presentada por escrito ante 1~ Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, debidamente firmada y en lo términos de lo dispuesto por el artículo 100 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urban del Estado de Sonora y en congruencia con el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Població de Hermosillo, Sonora consistente en:

s

1) Acreditación de la personalidad del C. ERNESTO MONTAÑO NAVARRO, representante legal, / con poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio de la empresa f "CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", mediante Escritura Pública Número 34,050, Tomo 917, de / fecha 16 de Agosto del 2017, otorgada ante la fe del Lic. Carlos Alberto Ordoñez Vogel, Notario f' Público Número 28, con ejercicio y residencia en la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí, San Luis Potosi.

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2) Acta Constitutiva de la empresa "CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", otorgada mediante Escritura Pública número 4,059, Tomo 155, de fecha 06 de Enero del 2003, pasada ante la fe del Lic. Leopoldo de la Garza Marroquín, Notario Público Número 33, con ejercicio y residencia en la Ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosi, e inscrita en el Registro Público de San Luis Potosí, San Luis Potosí, bajo folio No. 2,035, con fecha 17 de Enero del 2003.

3) Acreditación de la personalidad del C. ERNESTO MONTAÑO NAVARRO, representante legal, con poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio de la empresa "PROMOTORA DE CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", mediante Escritura Pública Número 27,136 Tomo 774, de fecha 20 de Marzo del 2014, otorgada ante la fe del Lic. Carlos Alberto Ordoñez Vogel, Notario Público Número 28, con ejercicio y residencia en la Ciudad San Luis Potosí, San Luis Potosí, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de San Luis Potosí, bajo el folio mercantil No. 20041 *1 , con fecha 07 de Abril del 2014, y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones en Prolongación Nereo Rodríguez Barragán# 1200, piso 10 de la ciudad de San Luis Potosí, San Luis Potosí.

4) Acta Constitutiva de la empresa "PROMOTORA DE CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", otorgada mediante Escritura Pública Número 4,757, de fecha 29 de Julio del 2003, otorgada ante la fe del Lic. Leopoldo de la Garza Marroquín , Notario Público Número 33, con ejercicio y residencia en la Ciudad de San Luis Potosi, San Luis Potosí, e inscrita en el Registro Público de San Luis Potosi, San Luis Potosi, con fecha 22 Agosto 2003.

5) Declara el C. ERNESTO MONTAÑO NAVARRO, que con fecha 12 de Diciembre del 2017 y con fundamento en las disposiciones de la Ley 254 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, su representada celebró ante "EL H. AYUNTAMIENTO" el Convenio Autorización No. 10-848-2017 mediante el cual se autorizó el Fraccionamiento Habitacional Unifamiliar Condominal "EL SECRETO", publicado en el Boletín Oficial del Estado en el Número 6, Tomo CCI , Sección 1, de fecha 01 de Diciembre del 2017.

6) Escritura Pública número 54,616, Volumen 820, de fecha 02 de Marzo del 2018, otorgada ante la fe del Lic. Luis Fernando Ruibal Coker, Notario Público No. 68, inscrito en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el número 534,634, Volumen 47,012, de la Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno de fecha 23 de Marzo del 2018, relativa a Declaración Unilateral de Voluntad para efectuar la Lotificación del fraccionamiento "EL SECRETO".

111.- Declara "LA FRACCIONADORA CESIONARIA", tener pleno conocimiento del Convenio ~ Autorización No. 10-848-2017, así como el alcance y fuerza legal de la misma, y que para efectos de dar cumplimiento a los compromisos contraídos en ese instrumento, tiene interés en Subrogarse en todos y cada uno de los derechos y obligaciones que mediante el referido Convenio Autorización se pactaron a favor de "EL FRACCIONADOR CEDENTE", a fin de proceder legalmente a ejecutar las obras de urbanización, del Fraccionamiento autorizado, una vez que obtenga por parte de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, la Licencia de Urbanización respectiva .

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CONDICIONES

Capítulo 1

Del objeto de la autorización

Primera.- Las partes convienen en la Subrogación de los Derechos y Obligaciones del Convenio Autorización No. 10-848-2017, del Fraccionamiento "EL SECRETO", de la empresa "CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", con el carácter de "FRACCIONADOR CEDENTE", a la empresa "PROMOTORA DE CASAS PLATINO, S.A. DE C.V.", con el carácter de "FRACCIONADOR CESIONARIO", para la ejecución de las obras de urbanización del fraccionam iento "EL SECRETO" ubicado por el Bulevar Hípico, al Poniente del fraccionamiento "Rivello Residencial", al poniente de la ciudad de Hermosillo , Sonora.

Segunda.- "LA FRACCIONADORA CEDENTE" cede, transmite y traspasa a "LA FRACCIONADORA CESIONARIA", todas y cada una de las facultades y obligaciones establecidas en el Convenio Autorización No. 10-848-2017, por lo que respecta al Fraccionamiento "EL SECRETO" y pactadas con "EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO" mediante el Convenio Autorización citado; "LA FRACCIONADORA CESIONARIA" las acepta, recibe y adquiere de entera conformidad, obligándose a cumplir con el contenido del Convenio Autorización No. 10-848-2017, el cual se entiende por reproducidos en esta Condición como si se insertase a la letra, junto con todos sus anexos para todos los efectos legales a que haya lugar, "EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO" acepta que "LA FRACCIONADORA CESIONARIA" se Subroge en todas las facultades y obligaciones en lo que se refiere al Fraccionamiento que nos ocupa, pactadas con "EL FRACCIONADOR CEDENTE".

Tercera.- "EL H. AYUNTAMIENTO", "LA FRACCIONADORA CEDENTE" y "LA FRACCIONADORA CESIONARIA" convienen en Subrogar el Convenio Autorización No. 10-848-2017, del Fraccionamiento Habitacional Unifamiliar Condominal "EL SECRETO" descrito en el término 11, inciso 5, del presente Convenio de Subrogación, en base a los artículos 88 y 89 de la Ley No. 254 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, y el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal en su artículo 33 fracciones IV, V y XXV, que corresponde a la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, las facultades relativas a la autorización de fraccionamientos, condominios, fusiones, subdivisiones y relotificaciones; en base a lo anterior mediante el presente se autoriza la subrogación del Convenio Autorización No. 10-848-2017 del Fraccionamientu "EL SECRETO".

Cuarta.- De conformidad con lo que dispone el articulo 100 de la Ley de Ordenamiento Territorial Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL FRACCIONADOR CESIONARIO" deberá tramitar la Licencia de Urbanización para el fraccionamiento, en un plazo no mayor de UN MES, contados a partir de la expedición de la presente subrogación.

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Quinta.- Las partes convienen que en todo lo no establecido por este Convenio, se estará a lo pactado en el Convenio Autonzac1ón No 10-848-2017 que se Subroga , donde se incluye además lo establecido en la Condición Cuarta en lo relativo Acuerdo de Voluntades concerniente a la partic1pac1ón de las obras de liga celebrado entre las empresas Promotora de Hogares, S. A. de C V y Casas Platino S A. de C v.

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Sexta.- En cumplimiento a lo previsto en el ·articulo 109 de la Ley de Ordenamiento Territorial y ~ Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL FRACCIONADOR CESIONARIO" deberá incluir en la 1

publicidad y promoción para la venta de los lotes que conforman el fraccionamiento que se autoriza, el

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numero de esta autorización y precisarlo en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de los lotes.

Séptima.- Para cualquier tipo de edificación o demolición que "EL FRACCIONADOR CESIONARIO" pretenda realizar de manera previa o de preparación para el fraccionamiento, deberá obtener licencia de construcción en los términos de lo establecido en el artículo 127 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora.

Octava.- "EL FRACCIONADOR CESIONARIO" no deberá enajenar los lotes que se subrogan los derechos y obligaciones sin haber terminado la urbanización correspondiente a cada lote, incluyendo su liga con las áreas urbanizadas existentes, en los términos de las autorizaciones.

Novena.- Cualquier modificación que pretenda hacer "EL FRACCIONADOR CESIONARIO" al proyecto de fraccionamiento que se autoriza , deberá obtener autorización previa de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología.

Décima.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que el fraccionador requiera de otras autoridades para cumplir con el objeto de esta autorización.

Capítulo 11 De las obligaciones del fraccionador

Décima Primera.- "EL FRACCIONADOR CESIONARIO" tendrá las obligaciones siguientes:

1) Inscribir en el Registro Público de la Propiedad del distrito judicial correspondiente y publicar en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, el texto íntegro del Convenio de Subrogación y remitir constancia de lo anterior al Ayuntamiento.

2) Presentar solicitud a la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, para cualquier modificación que se pretenda realizar al proyecto originalmente autorizado para su evaluación y en su caso, su aprobación;

3) Precisar en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de lotes los gravámenes, garantías y atributos constituidos sobre éstos en las autorizaciones respectivas;

4) Cubrir el pago de los impuestos y derechos correspondientes; y Q 5) Las demás que se establezcan en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del

Estado de Sonora y sus reglamentos.

Capitulo 111 De la extinción

Décima Segunda.- La presente autorización se extingue por;

l. Revocación; y 11. Nulidad.

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Décima Tercera.- Serán causas de revocación del presente Convenio de Subrogación.

l. Dejar de cumplir con el fin o el objeto para el que fue otorgada la presente autorización; 11. Realizar modificaciones al proyecto original sin la previa autorización por escrito de la

Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología; 111. Por realizar obras no autorizadas; IV. Por resolución judicial o administrativa que incida con el objeto de la autorización; y V . Por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presente autorización .

Décima Cuarta.- Son causas de nulidad del presente Convenio de Subrogación.

l. Que la presente autorización se haya emitido por error o violencia en su emisión ; y 11. Que la presente autorización se haya expedido en contravención a lo dispuesto en la Ley de

Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y sus reglamentos.

Décima Quinta.- Cualquier otro aspecto no contemplado en la presente autorización, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Ordenamiento Territ · Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, Ley de Gobierno y Administración Municipal y de s dispos1 · nes legales aplicables.

Dada en la Dieciocho.

Firman de conformidad EL FRACCIONADOR CEDENTE

"CASAS PLATINO, S.A. DE C.V."

C.ERNEST~~ARRO

EL FRACCIONADOR CESIONARIO "PROMOTORA DE CASAS PLATINO, S.A. DE C.V."

Mil

~ ' . 1/ HOJA DE FIRMAS CORRESPON;IENTE AL CONVE NIO AUTORÍ2'iK<l[Q'li)l.<D)il:)\SU)3)1,li5~CION DE DERECHOS Y ' OBLIGACIONES No 10-865-2018, DEL FRACCIONAMIENTO "EL SECR!ftt>1r,~'11't¿l,4 ; '•.'CTUl'M.,

i)1ftrA~~LLe> un~-\Nl? Y ¡;cC>tJlt~t;\

Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018

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• • •

Autorización Número 10-871-2018

AUTORIZACIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO HABITACIONAL UNIFAMILIAR DENOMINADO "SALAMANCA RESIDENCIAL, UBICADO POR LA CALLE PEÑAFLOR, AL NORTE DE LA AVENIDA NAVOJOA, AL SUR DEL FRACCIONAMIENTO CALIFORNIA RESIDENCIAL, AL NORPONIENTE DE ESTA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, QUE OTORGA EL AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, A LA EMPRESA "MILENIUM CONSTRUCASA, S. A. DE C. V."

La Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, del H. Ayuntamiento de Hermosillo, a través de su Coordinador General, el C. LIC. MIGUEL ANGEL CORDOVA FLORES, con fundamento en los artículos 1, 7, 68, 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora; 61 fracción I inciso C, 81 , 82, 84 y 85 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; y 1, 16 Bis, 16 Bis 2, 17, 32 y 33 fracción V y último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del H. Ayuntamiento de Hermosillo; otorga la presente AUTORIZACIÓN al tenor de los siguientes términos y condiciones:

TÉRMINOS

l. El ING. ARMANDO BLOCH CORRAL, representante legal y apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio y facultades especiales para realizar donaciones, de la empresa "MILENIUM CONSTRUCASA, S.A. DE C.V.", con base en lo dispuesto en los artículos 68, 69 y 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, con fecha 1 O de Septiembre del 2018, solicitó la autorización de un Desarrollo Inmobiliario habitacional de clasificación unifamiliar, denominado "SALAMANCA RESIDENCIAL" , con una superficie de 60,781.164 m2, ubicado al sur del fraccionamiento "California" Residencial , al Norponiente de la Ciudad de Hermosillo , Sonora.

11. Dicha solicitud que dio origen a la presente Autorización, fue presentada por escrito ante la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología , debidamente firmada y en los términos de lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley 283 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y en congruencia con los Planes y Programas de Desarrollo Urbano respectivos; particularmente con el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Hermosillo, Sonora consistentes en:

1) Acreditación de la personalidad del ING. ARMANDO BLOCH CORRAL, Representante Legal de la empresa "Milenium Construcasa, S.A. de C.V.", con poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio mediante Escritura Pública numero 21,455 Volumen 348, de fecha 30 de Junio de 1999, otorgada ante la fe del Lic. Salvador A. Corral Martínez, Notario Público número 28, con ejercicio y residencia en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio de la Ciudad de Hermosillo, Sonora bajo el Número 17561, Volumen 390 Sección Comercio, Libro Uno, de fecha 07 de Julio de 1999.

2) Acta Constitutiva de la empresa "MILENIUM CONSTRUCASA, S.A. de C.V.", otorgada mediante Escritura Pública número 21,455 Volumen 348, de fecha 30 de Junio de 1999,

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otorgada ante la fe del Lic. Salvador A. Corral Martínez, Notario Público número 28, con ejercicio y residencia en la Ciudad de Hermosillo, Sonora, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo , Sonora, bajo el Folio Mercantil electrónico número 17,561, Volumen 390, de fecha 07 de Julio de 1999.

3) Título de Propiedad de dos inmuebles a fraccionar con Claves Catastrales 20-108-001 y 20-108-015, con superficies de 20,250.00 m2 y 40,531.164 m2, lo cual acredita mediante la Escritura Pública número 20,966 Volumen 319 con fecha 15 de Agosto del 2018, pasada ante la fe del Notario Público número 53, Lic. lván Flores Salazar, con ejercicio y residencia en la ciudad de Hermosillo, Sonora e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora, bajo los Nos. 541,493, Volumen 48366, Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, de fecha 05 de septiembre del 2018, y 541 ,494, Volumen 48366, Sección Registro Inmobiliario , Libro Uno, de fecha 05 de septiembre del 2018.

4) Certificados de Libertad de Gravamen de los predios descritos en el inciso anterior.

5) Oficio número AH/SM/8326/2018 con fecha del 05 de Abril del 2018, por medio del cual sindicatura Municipal del H. Ayuntamiento de Hermosillo acepta y recibe, por concepto donación anticipada para Equipamiento Urbano del presente desarrollo, un predio con superficie de 14,903.00 m2, con Clave Catastral 28-957-001 localizado en el Fraccionamiento "Puerta Real Residencial IX Etapa"; del predio descrito, la superficie correspondiente al desarrollo "Salamanca" Residencial, le corresponde una superficie de 7,513.21 m2 de los cuales, se tomará para la presente autorización, una superficie de 3,167.96 m2, quedando 4,345.25 m2 para futuras etapas del desarrollo "Salamanca" Residencial.

6) Licencias Ambientales Integrales expedidas por el Instituto Municipal de Ecología del H. Ayuntamiento de Hermosillo mediante oficios Nos. IME/SRF/3514/2018 y IME/SRF/3517/2018 de fecha 07 de Septiembre del 2018.

7) Licencias de Uso de Suelo expedidas por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, mediante oficios números CIDUE/MACF/01362/2018, CIDUE/MACF/01363/2018, ambas de fecha 11 de Noviembre del 2016 y oficio número CIDUE/MACF/01365/2018 de fecha 10 de Noviembre del 2016.

1

} 1

8) Dictamen de Urbanización expedido por el Instituto Municipal de Planeación Urbana de ~ Hermosillo, mediante oficio de Número IMPLAN/5902/2018, de fecha del 13 de Julio del 2018.

9) Aprobación de Modificación de Anteproyecto del fraccionamiento, expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología mediante oficio número CIDUE/MACF/09014/2018 de fecha 27 de Julio del 2018 ; incluyendo plano de (

' localización, Poligonal, Manzanero, y plano de lotificación con cuadros de uso de suelo.

1 O) Apróbación del estudio del drenaje pluvial respecto de la zona donde se ubica el fraccionamiento , incluyendo los planos de Rasantes y Drenaje Pluvial, según oficio aúmern DPPIEDR/1594/2018, de le,cha 14 de Ag=lo del2018 1f \, Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018

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11) Oficio del Consejo de Nomenclatura Municipal referente al nombre del fraccionamiento y de la nomenclatura de las vialidades, según oficio número Of. Nom. 217-17 con fecha 07 de Junio del 2017.

12) Oficios números DOl-0844/2018, DOl-0854/2018, DOl-0855/2018 y DOl-0858/2018, todos de fecha 01 de Agosto del 2018, expedido por Agua de Hermosillo, donde se acredita la Prefactibilidad de Servicios, para el suministro de agua potable y desalojo de aguas negras por sistema de drenaje sanitario.

13) Oficio número PL-1930/2017 de fecha 19 de Junio del 2017 expedido por la Comisión Federal de Electricidad, División Noroeste , donde se acredita la factibilidad para el suministro de energía eléctrica.

CONDICIONES Capítulo 1

Del objeto de la autorización Primera.- El presente instrumento tiene por objeto el autorizar el Desarrollo Inmobiliario habitacional denominado "SALAMANCA RESIDENCIAL", a la empresa "MILENIUM CONSTRUCASA, S.A. DE C.V." en su carácter de "DESARROLLADOR" sobre una superficie de 60,781.164 m2, ubicado al sur del fraccionamiento "California" Residencial, al norponiente de la Ciudad de Hermosillo, Sonora; y el uso de los lotes que lo conforman de acuerdo al proyecto presentado para su evaluación.

Segunda.- De acuerdo a lo previsto por la Ley 283 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, y conforme al proyecto presentado por "EL DESARROLLADOR" consistente en 169 lotes unifamiliares, 91 lotes bajo régimen condominal con usos de suelo habitacional y 2 de Área Verde, de acuerdo a los siguientes cuadros:

RELA CION MANZANA, LOTES Y AREAS LOTIFICACION SALAMANCA RESIDENCIAL No.,

Del, lt~t~ot• Afea'V~ncúbi'e{m'2) ¡ t'i :.; Areadé 0o'ílaciórf°(rri2) al·Lote No. ~ / " ~es~;~• •

Eqüipani iénto .gt(J¿t/~ Mi.,U Lote ' ¡ ,.Habit~~ional . Sº,';;}~r,c,i1l urbano . .,.,,. ,.., ;a:¡,

"' e'

001 001 1 216,000 216,000

290 002 010 9 126.000 1.134,000

011 011 1 1.652,120 1.652, 120

291 001 008 8 126,000 1.008,000

001 004 4 126,000 504,000

292 005 006 2 180,000 360.000

007 008 2 126,000 252,000

293 001 001 1 180,000 180,000

002 009 8 126,000 1.008,000

294 001 001 1 508,390 508,390

002 002 1 703,420 703,420

, 001 001 1 162,000 162,000

002 005 4 126,000 504.000

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RELACION MANZANA, LOTES Y AREAS LOT/FICACJON SALAMANCA RESIDENCIAL

No.''

1°'-' Are a Ver\dible (m2) Area de Donación (m2) "-

Area Lote

Mza'.' 'Lºt;\ al Lote No. Lote

\~.2) ; ,e,tcial -~·· Equiparr,iento

' Habitacional

·- 1 Urbai10 , y~r~e

295 006 006A 2 75,000 ·• t50,000 ., 006B; 006C 2 ;:¡, 75,000 , 150,000 : '< ··•• t: r ,,, ,:' ' 0060 oo6E 2 75,000 ::, '150,000 . . 007 007 ·1 144,000 144,000

001 001 1 116,250 116,250

002 002A ., 2 .. ,. 75,000 :,.150,000 - •.' -" .,.,_ .• 296

' 002B ooas c.: , 1 75,000 ' ,7.5,0QO .. :~ ,, :¡ !! • i " -··

¡

003 005 3 126,000 378,000

297 001 010 10 126,000 1.260,000

001 001 1 128,340 128,340

002 002 1 128.130 128,130

003 003 1 127,920 127,920

004 004 1 127,680 127,680

298 005 005 1 127,420 127,420

006 006 1 127,220 127,220

007 0 07 1 126,980 126,980

008 008 1 126,730 126,730

009 009 1 126,520 126,520

010 010 1 216.360 216.360

001 001A 2 75,000 150,000 1

001B 001C 2 75,o'oo 150,000 ·¡ ,_

002 002A 2 75,000 150,000 ; H . 0026-1 002C 2 •· 75,oóo ' •• 150,000 ' \.-

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003 003A 2 ' 75,000 150,000

003B " 003C 2 75,000 150,000•

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004B 004C ' 2 75.000 150,000

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006 , 006A 2 .75;000 150,000\ :, 006B 006B 1 75,000 75,000, ·• , ..•.

' do6é 006C 1 88,480\ 88,480 , ;;¡ ; •-- ' : i;;i ,. ·!' ''i •':Tii' ,,

001 004 4 126,000 504 ,000

305 005 006 2 124,870 249,740

007 008 2 126,000 252,000

001 002 2 124,870 249,740

003 015 13 126,000 1.638,000

016 017 2 124.870 249, 740

018 018 1 126.000 126,000

- 4 -

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• • •

No. De

Mza.

306

307

308

309

RELACION MANZANA , LOTES Y AREAS LOT/FICACION SALAMANCA RESIDENCIAL

Del IArea Lote Lote No

Lote l(m2) .. 019 019A. 2 75.000 •

019B 019C 2 75.000

019D 019D 1 ' 75.000

020 020A 2 75.000 .

0206 azoe 2 ,, 75.0QO

020D 020D 1 .,. ,, 75,000

. 021 021A 2i ,, '; 75,000

'021B 021C ,. ' 2 '' 75,000

001 001 1 180,000 002 •.' ,oo2A': N,,,2 ' 'V ,, 87,000

003 003 1 196,030

004 004 1 282,120

005 005 1 274,210

006 006 1 261,890

007 007 1 127,510

008 008 1 127,160

009 009 1 126,630

010 010 1 126.110

011 01 1 1 125,900

012 012 1 126.070

013 013 1 126,280

014 014 1 126,450

015 01 5 1 126.740

016 016 1 126,980

017 017 1 127,090

018 018 1 126,980

019 019 1 126,740

020 020 1 126.490

021 021 1 126.280

022 022 1 126,040

023 023 1 158,590

001 015 15 126,000

016 017 2 124,870

018 030 13 126,000

001 004 4 126,000

Are a Vendible (m2) ' Habitaciona1 C6mercial · Rese r'va

150.000 .,. '

150,000

75,000 ' 150.000 ,'

150;000 . ;'¡ "' 75,000

' 150,000 ! ,¿ ( !

150,000 ce,?' d ,, , . ······ ,, '

180,000

: ; · 114,600 ,, ·•"';:' ,,-!i.,,• ,,. 196,030

282, 120

274,21 0

261,890

127,510

127, 160

126,630

126.110

125,900

126,070

126.280

126.450

126,740

126,980

127,090

126,980

126,740

126,490

126,280

126,040

158,590

1.890,000

249,740

1.638 ,000

504,000

Area de Donación (m2) EqlJipamiento

Urbano

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Are a Verde

' . .,, ., '

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RELACION MANZANA, LOTES Y AREAS LOTIFICAC/ON SALAMANCA RESIDENCIAL No.

Del Area Vendible (m2) Area de Donación (m2) Area Lote De

Lote al Lote No. Lote

(m2) Equipamiento

Habitacional Comercial Reserva Area Verde Mza. Urbano

001 001 1 126,000 126,000

002 002A 2 75,000 150,000

002B 002C 2 75,000 150,000

003 003A 2 75,000 150,000

003B 003C . 2 75,000 150,000

310 004 004A 2 75,000 150,000 ,·

004B 004C 2 75,000 150,000

005 005A ' 2 75,000 150,000 , ,,, 005B 005C 2 75,000 150,000 . i

' i

006 006 1 162,000 162,000

007 020 14 126,000 1.764,000

311 001 001 1 781,330 781,330

• 001 001 A !¡ 2 75;000 150,000 i· ' ' 0016 001C 2 75,000 150,000 ;

' '• . ,,

002 002A 2 75,000 150,000

0026 · ' 002C 2 75,000 150,000

003 003A 2 75,000 150,000 ,, , .. ,,.

003B 003C 2 75,000 •150,000 . ,¡

312 , 004 004A 2 75,000 j5Q,OOO u ; i;i . ' 004B 004C 2 75,000 '· ., 150,000 , ... , \' !, '•L 005 005A · 2 . ,, 75,000 150,000 ,,

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0 006 , 006A 2 :75,000 150,000 . ... 'ii . . " , 0066 006C · 2 75,000 150,000 ' º"' [ ·" '· , i " , ,e ," .. ,,,,

007 007 1 200,730 200,730

001 001 1 159,610 159,610

313 002 002A 2 75,000 .150,000

003 003 1 112,100 112,100

TOTALES 166 22.043,24 1.652,120 0,000 1.289,720

TOTAL LOTES

CONDOMINALES 91 6.862,48

"Fi!a·s,·re!lenas d:e•~olor gris pertenCéíl a áreas privativas d'eª10tes en regirren de coni;ioniílio, se adjunta por separado-tabla de

áreas Corrunes.

- 6. (

v

15 Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018

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RELACION MANZANA, LOTES Y AREAS COMUNES, LOTIF/CAC/ON SALAMANCA -REGIMEN DE CONDOMINIO

No . De Are a Vendible (m2) Mza. No. Lotes de Are a Común Cantidad de lotes Area Lote (m2) TOTAL M2

295 0060 1 198,000 198,00

296 002R 1 107,060 107,06

001 H, 002H, 003H, 004H, 005H 5 132,000 660,00 299

006R 1 137,930 137,93

019G, 020G 2 165,000 330,00 306

021H 1 132,000 132,00

307 002J 1 66,000 66,00

310 002H, 003H, 004H, 005H 4 132,000 528,00

312 001 H, 002H, 003H, 004H, 005H, 006H 6 132,000 792,00

313 002L 1 66,000 66,00

TOTALES 23 3,016,990

RELAC/ON MANZANA, LOTES Y SUPERF/CE DE AREAS JARO/NADAS-LOTIFICACION SALAMANCA

No. De Mza. Lote Are a Vendible (m2)

No. Lotes Are a Lqte (m2) TOTAL M2

291 AREA JARDINADA 1 144,000 144,00

293 AREA JARDINADA 1 194,620 194,62

AREA JARDINADA 1 18,000 18,00 296

A REA JA RDINA DA 1 162.000 162,00

299 AREA JARDINADA 1 52, 110 52,11

307 AREA JARDINADA 1 75,400 75,40

309 AREA JARDINADA 1 280,440 280,44

310 AREA JARDINADA 1 102,050 102,05

312 AREA JARDINADA 1 131,290 131 ,29

TOTALES 9 1.159,910

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• • •

CUADRO DE USO DE SUELO GENERAL F~Arií'ICII\IA~fflC:NTO "C:,1\1 i\&nJ\Ní'A"

AREA VENDIBLE

i-V,BITACIONAL 22.043,240 M2

1-V,BITACIONAL CONDOMINAL 9.879,470 M2

RESERVA 703.420 M2

COMEROAL 1.652,120 M2

AREA TOTAL VENDIBLE 34,278,250 M2

AREA DE DONACION

EQUIP. URBANO 0,000 M2

AREA VERDE 1.289,720 M2

VIALIDADES 25.906,634 M2

AREA TOTAL DE OONACION 27.196,354 M2

SUP. TOTAL A DESARROLLAR 60,781,164 M2

No. DE LOTES 166

No, DE LOTES PRIVADOS CONDOMINALES 91

No. DE LOTES COMUNES CONOOMINALES 23

Tercera.- En cumplimiento a lo establecido en los artículos 79 fracción 1, 80 y 81 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, se aprueba y recibe para su incorporación a los bienes del dominio público municipal del Ayuntamiento de Hermosillo, en los términos propuestos por "EL DESARROLLADOR", el lote 1 de la manzana 294 con superficie de 508.39 m2 y el lote 001 de la manzana 311 con superficie de 781.33 m2 que serán destinadas para Área Verde, que representan el 3.76% de la superficie total vendible; así como las áreas de vialidades consideradas para este Desarrollo Inmobiliario con superficie de 25,906.634 m2; y para cumplir con el 9% del área vendible destinada para área de Equipamiento Urbano equivalente a 3,085.04 m2, "EL DESARROLLADOR" en base a lo establecido en el Oficio No. AH­SM/8326/2018 con fecha del 05 de Abril del 2018, donó el predio con superficie de 14,903.00 m2, con Clave Catastral 28-957-001 localizado en el Fraccionamiento "Puerta Real Residencial IX Etapa"; del predio descrito, la superficie correspondiente al desarrollo "Salamanca" Residencial, le~ corresponde una superficie de 7,513.21 m2 de los cuales, se tomará para la presente autorización, una superficie de 3,085.04 m2, quedando 4,428.17 m2 para futuras etapas del desarrollo "Salamanca Residencial

Cuarta.- De conformidad con lo que dispone el articulo 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL DESARROLLADOR" deberá tramitar la Licencia de Urbanización para el Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, en un plazo no mayor de CUATRO MESES contados a partir de la expedición de la presente autorizaolón.

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• • •

Quinta.- La ejecución del Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, se llevará a cabo en una (1) etapa de acuerdo al proyecto presentado y cuyos plazos para la terminación de las obras de urbanización se establecerán en la licencia de Urbanización respectiva.

Sexta.- En cumplimiento a lo previsto en el artículo 87 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL DESARROLLADOR" deberá incluir en la publicidad y promoción para la venta de los lotes que conforman el Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, el número de esta autorización y precisarlo en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de los lotes.

Séptima.- Para cualquier tipo de edificación o demolición que "EL DESARROLLADOR" pretenda realizar de manera previa o de preparación para el Desarrollo Inmobiliario, deberá obtener licencia de construcción en los términos de lo establecido en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora.

Octava.- De conformidad con lo que dispone el artículo 83 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora "EL DESARROLLADOR" para proceder a la enajenación de lotes, ya sea en su totalidad o por etapas, el desarrollador deberá haber concluido las obras de urbanización correspondientes, incluyendo su liga con las áreas urbanizadas existentes, en los términos de las autorizaciones y la licencia de urbanización correspondiente.

Novena.- En cumplimiento a lo previsto en el artículo 84 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, se requerirá autorización de venta emitida por la autoridad municipal, cuando el desarrollador pretenda realizar enajenaciones de lotes previo al inicio de las obras de urbanización, o bien durante el proceso de las mismas, siempre y cuando otorgue fianza que ampare las obras de urbanización faltantes conforme a la vigencia de la licencia respectiva.

Decima.- Cualquier modificación que pretenda hacer "EL DESARROLLADOR" al proyecto del Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, deberá obtener autorización previa de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología.

Décima Primera.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que "EL DESARROLLADOR" requiera obtener de otras autoridades para cumplir con ~ el objeto de esta autorización.

Capítulo 11 De las obligaciones del Desarrollador

Décima Segunda.- "EL DESARROLLADOR" tendrá las obligaciones siguientes:

1) Inscribir en el Registro Público de la Propiedad del distrito judicial correspondiente y( publicar en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, el texto íntegro de la Autorización del . Desarrollo Inmobiliario y remitir constancia de lo anterior al Ayuntamiento, así como a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano para efecto del registro en el Sistema Estatal de Información para el Ordenamiento Territorial, en un término de 60 ~entados

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• • •

a partir de su notificación y previamente a cualquier acto de traslación de dominio que tenga como objeto algún Lote, Manzana, Etapa o la totalidad de los Lotes del Desarrollo Inmobiliario materia de la presente autorización;

2) Presentar solicitud a la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, para cualquier modificación que se pretenda realizar al proyecto originalmente autorizado para su evaluación y en su caso, su aprobación;

3) Precisar en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de lotes los gravámenes, garantías y atributos constituidos sobre éstos en las autorizaciones respectivas;

4) Cubrir el pago de los impuestos y derechos correspondientes; y

5) Las demás que se establezcan en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y sus reglamentos.

Capítulo 111 De la extinción

Décima Tercera.- La presente autorización se extingue por;

l. Revocación; y 11. Nulidad.

Décima Cuarta.- Serán causas de revocación de la presente Autorización de Desarrollo Inmobiliario:

l. Dejar de cumplir con el fin o el objeto para el que fue otorgada la presente autorización; 11. Realizar modificaciones al proyecto original sin la previa autorización por escrito de la

Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología; 111. Por realizar obras no autorizadas; IV. Por resolución judicial o administrativa que incida con el objeto de la autorización; y V. Por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presente autorización.

Décima Quinta.- Son causas de nulidad de la presente Autorización de Desarrollo Inmobiliario:

l. Que la presente autorización se haya emitido por error o violencia en su emisión; y 11. Que la presente autorización se haya expedido en contravención a lo dispuesto en la Ley

de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano y sus reglamentos. '

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• • •

Décima Sexta.• Cualquier otro aspecto no contemplado en la presente autorización, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora , Ley de Gobierno y Administración Municipal y demás disposiciones legales aplicables.

Dada en la ciudad de Hermosillo, Sonora , a los 12 dias del mes de Septiembre del año 2018.

FIRMA DE CONFORMIDAD POR "EL DESARROLLADOR"

"MILENIUM CONSTRUCASA, S.A. DE C.V."

~...,C_O_R_R_A_~_

HOJA DE FIRMAS CORRESPONDIENTE A "SALAMANCA RESIDENCIAL" ..

10-871-2018, DEL DESARROLLO INMOBILIARIO(

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• • •

Autorización Número 10-874-2018

AUTORIZACIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, BAJO REGIMEN EN CONDOMINIO DENOMINADO "LA GRAN RESERVA", UBICADO POR EL BULEVAR PASEO DE LOS ALAMOS AL NORTE DEL DESARROLLO INMOBILIARIO "LAGO ESCONDIDO", QUE OTORGA EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, A LA EMPRESA "RESIDENCIAL LOS LAGOS DESON, S.A. DE C.V.

La Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, del H. Ayuntamiento de Hermosillo, a través de su Coordinador General, el C. LIC. MIGUEL ANGEL CORDOVA FLORES, con fundamento en los artículos 1, 7, 68, 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora; 61 fracción I inciso C, 81, 82, 84 y 85 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal ; y 1, 16 Bis, 16 Bis 2, 17, 32 y 33 fracción V y último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del H. Ayuntamiento-de Hermosillo; otorga la presente AUTORIZACIÓN al tenor de los siguientes términos y condiciones:

TÉRMINOS

l. Los C.C. MAGNOLIA DE GUADALUPE MENDOZA LARIOS y MANUEL HUMBERTO PEDROZA ANDRADE, representantes legales y apoderados generales para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio y facultades especiales para realizar donaciones, de la empresa "RESIDENCIAL LOS LAGOS DESON, S.A. DE C.V.", con base en lo dispuesto en los artículos 68, 69 y 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, con fecha 27 de Julio del 2018, solicitó la autorización de un Desarrollo Inmobiliario habitacional de clasificación unifamiliar, bajo el régimen en condominio denominado "LA GRAN RESERVA", con una superficie de 36,631 .79 m2, ubicado por el Bulevar Paseo de los Alamos al Norte del Desarrollo Inmobiliario "Lago Escondido", al Poniente de la ciudad de Hermosillo, Sonora.

11. Dicha solicitud que dio origen a la presente Autorización, fue presentada por escrito ante la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, debidamente firmada y en los términos de lo dispuesto por el artículo 74 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y en congruencia con los Planes y Programas de Desarrollo Urbano respectivos; particularmente con el programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Hermosillo, Sonora, consistente en:

1) Acreditación de la personalidad de los C.C. LIC. MAGNOLIA DE GUADALUPE MENDOfX LARIOS y C.P. MANUEL HUMBERTO PEDROZA ANDRADE, como representantes legales e la empresa "RESIDENCIAL LOS LAGOS DESON, S.A. DE C.V.", mediante escritura públi número 8,174 Volumen 081 expedida ante la fe del Lic. Francisco Javier Cabrera Fernández, Titular de la Notaría Pública Número 11, con ejercicio en esta Demarcación Notarial de Hermosil lo, Sonora.

2) Acta Constitutiva de la empresa "RESIDENCIAL LO& LAGOS DESON, S.A. DE C.V.", otorgada mediante Escritura Pública número 4,591 volumen 047 de fecha 05 de Octubre de 2011, ante la fe del Lic. Francisco Javier Cabrera Fernández, .Notario Público Número 11, con ejercicio y residencia en Hermosillo Sonora, inscrita en el Registro Público de la Propiedad de I

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• • •

Hermosillo Sonora, bajo folio mercantil número 39930*7 con fecha de registro 14 de Octubre del 2011 .

3) Título de Propiedad de un inmueble a fraccionar con Clave Catastral 08-468-003, con superficie de 36,631.79 m2, lo cual acredita mediante la Escritura Pública número 38,570 Volumen 1,093 con fecha 09 de Agosto del 2013, pasada ante la fe del Notario Público número 51, Lic. Hector Guillermo Monteverde Mosqueira, con ejercícío y residencia en la ciudad de Hermosillo, Sonora e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora, bajo el No. 461 ,200, Volumen 33,723, Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, de fecha 10 de Octubre del 2013.

4) Certificado de Libertad de Gravamen con Folio no. 1797454 para el predio con Clave Catastral 3600 08 468 003 y superficie de 36,631.79 m2.

5) Licencia Ambiental Integral expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, mediante oficios IME/SRF/3151/2018 con fecha 17 de Abri l del 2018.

6) Licencia de uso de suelo expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, mediante oficio número CIDUE/MENM/06843/2013, de fecha 17 de Septiembre del 2013.

7) Dictamen de Urbanización emitido por el Instituto Municipal de Planeación Urbana mediante Oficio No. lMPLAN/5575/2017 de fecha 11 de Diciembre del 2017.

8) Aprobación del anteproyecto de lotificación del Desarrollo Inmobiliario , expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología mediante oficio número CIDUE/MACF/08298/2018 de fecha 15 de Mayo del 2018; incluyendo los planos de Localización, Poligonal, Topográfico, Manzanero, Plano Lotificación con cuadros de Uso de Suelo, y Plano de Asignación de Claves Catastrales.

9) Aprobación del estudio del drenaje pluvial respecto de la zona donde se ubica el Desarrollo Inmobiliario, incluyendo el plano de Rasantes, según oficio número DPP/EDR/1543/2018, de fecha 09 de Julio del 2018.

10) Oficios del Consejo de Nomenclatura Municipal referente al nombre del Desarrollo lnmobiliarirx y de la nomenclatura de las vialidades, según oficios números Of. Nom. 260-18 de fecha 13 d Junio del 2018.

11) Dictamen de Factibilidad de Servicios de suministro de agua potable y desalojo de drenaj sanitario expedido por Agua de Hermosillo mediante Oficio No. DO1-0899/2018 con fecha del 09 de Agosto del 2018.

12) Oficio número PL-2359/2017 de fecha 26 de Julio del 2017, expedido por la Comisión Federal de Electricidad, División Noroeste, donde se acredita la factibilidad para el suministro de energ ía eléctrica. ~

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• • •

CONDICIONES

Capítulo 1

Del objeto de la autorización

Primera.- El presente instrumento tiene por objeto el autorizar el Desarrollo Inmobiliario habitacional unifamiliar bajo Régimen en Condominio denominado "LA GRAN RESERVA", sobre una superficie de 36,631.79 m2, ubicado por el Bulevar Paseo de los Álamos al Norte del Desarrollo Inmobiliario "Lago Escondido", al Poniente de la ciudad de Hermosillo, Sonora; y el uso de los lotes que lo conforman de acuerdo al proyecto presentado para su evaluación.

Segunda.- De acuerdo a lo previsto por la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, y conforme al proyecto presentado por "EL DESARROLLADOR" consistente en 53 lotes habitacionales, y 1 Lote de Área Verde, de acuerdo a la siguiente relación de lotes y áreas y los cuadros de uso de suelo de cada sección correspondiente:

1 RELACION DE LOTES, AREAS Y USOS f DESARROLLO INMOBILIARIO "LA GRAN RESERVA"

MANZANA. LOTE AREA DE LOTE. . .. AREA I AREA VERDE 1 001 1001.43 1001.43 -~~

002 624.71 624.71 - -~ 003 607.00 607.00 004 684.34 684.34 005 688.42 688.42

682.22 682.22 738.85 738.85

460 f--C0=06c...+-~=~--+-~=--t------l 007 1 ---- - · 008 807.96 807.96 009 81149 811.49 010 807.33 807.33 ---~-·-- -~ 011 802.93 802.93 001 368.26 368.26

1 002 1 503.50 503.50 ! 1

461 003 381.88 1 381.88 004 367.05 367.05

005 365.92 365.92 -7 006 427.04 427.04 1 1 1,787.83 L ___ !

3 I 23

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• • •

RELACION DE LOTES, AREAS Y USOS DESARROLLO INMOBILIARIO "LA GRAN RESERVA"

MANZANA ¡ LOTE AREA DE LOTE_J _ __-6~- __ AREA VERDE

462

463

464

~ __ TOTALES

001 393.65 393.65 1 002 447.87 _ _ 447.87 1 003 399.43 1 399.43

004 399.43 . ·¡ 399.43 _ _ _ _JI

005 399.43 399.43

~~~ ;~~ :; . 1 -~·~-~~.~:;- -+--- ---, l-"0"'08'----'-_ _ 4:cé2'-'7.c.::14c____;_I - -'4'=-27"-.1"'-4--+--- __ ____, f--'º"'º9'---__ 4'"2-"-'6.-'-'13'.____;_i _ _ 4:=_?6:c.1._.,3_-1--- --- ---: _JUQ 359.01 359.01

011 360.93 360.93 - - ~--

1

012 , 358.05 1 358.05

. 013 i 35gsf- :-+----'-35=9=_97'-----+---- -1 014 1 359.01 1 359.01 ~-

015-- 359.01 , 359.01 001 401.91 1 401.91

f----'0=0=-2 ___,_ _ _.,_37'-"8'-'-.10,.__--+: _ _ ,3::7-"'8.-'-'10'----+-- - -·--003 '. 360.93 I 360.93 i

1,787.83

CUADRO DE USOS DE SUELO CONDOMINIO LA GRAN RESERVA SUPERFICIE M2 TOTAL % VENDIBLE

AREA VENDIBLE HABITACIONAL 24.351.96 100%

RESERVA 0.000 0.00% TOTAL AREA VENDIBLE 24,351 .96 100%

AREACOMUN 1

AREA VERDE 1,787.83 7.34% FRANJA DE SERVICIOS 1.658.20 0.00%

VIALIDAD 1 7,302.71 1

BANQUETA 1,531 .10 AREA COMUN VIALIDAD Y 12,279.84

TOTAL POLIGONO 1 36.631.79 i !

TOTAL LOTES HABITACIONALES 53

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• • •

Tercera.- Por lo que respecta al área para Equipamiento Urbano "EL DESARROLLADOR" efectuó pago ante Tesorería Municipal por la cantidad de $1.474.425.00. correspondiente a una superficie de 1,179.54 m2, del fraccionamiento motivo del presente convenio, lo cual se acredita mediante recibo de pago No. 5998976, esto en base a boleta de liquidación de derechos de folio No. 759 emitida por Sindicatura Municipal. En cumplimiento a lo establecido en los artículos 79 fracción 1, 80 y 81 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, el "Desarrollador" destina para área verde el lote de uso común de la manzana 461 con superficie de 1,787.83 m2 que formara parte de las Áreas de Uso Común propiedad de los condóminos.

Cuarta.- De conformidad con lo que dispone el artículo 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL DESARROLLADOR" deberá tramitar la Licencia de Urbanización para el Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, en un plazo no mayor de TRES MESES contados a partir de la expedición de la presente autorización.

Quinta,- "EL DESARROLLADOR" se obliga a elaborar un reglamento interno para el mantenimiento, conservación y operación de las áreas de uso común y de servicios, tales como alumbrado público, agua potable y alcantarillado, recolección de basura, Área Verde, etc, considerados dentro del Condominio Habitacional que se autoriza, a través de una administración que quedará integrada por los adquirientes de los Lotes que lo conforman.

Por otra parte, dicho reglamento interno estará regulado por lo dispuesto en la Ley No. 101 de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Sonora, mismo que fue publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora, ejemplar No. 49, sección IV, de fecha 19 de diciembre de 2016.

Sexta.- La ejecución del Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, se llevará a cabo en Una Etapa de acuerdo al proyecto presentado y cuyos plazos para la terminación de las obras de urbanización se establecerán en la licencia respectiva.

Séptima.- En cumplimiento a lo previsto en el artículo 87 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL DESARROLLADOR" deberá incluir en la publicidad y promoción para la venta de los lotes que conforman el Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, el número de esta autorización y precisarlo en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de los lotes.

Octava.- Para cualquier tipo de edificación o demolición que "EL DESARROLLADOR" pretenda ~ realizar de manera previa o de preparación para el Desarrollo Inmobiliario , deberá obtener licencia de construcción en los términos de lo establecido en el artículo 127 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora.

Novena.- De conformidad con lo que dispone el artículo 83 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora "EL DESARROLLADOR" para proceder a la enajenación de lotes, ya sea en su totalidad o por etapas, el desarrollador deberá haber concluido las obras de urbanización correspondientes, incluyendo su liga con las áreas urbanizadas existentes, en los términos de las autorizaciones y la licencia de urbanización correspondiente .

' •. Décima.- En cumplimiento a lo previsto en el articulo 84 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, se requerirá autorización de venta emitida por la autoridad municipal , cuando el desarrollador pretenda realizar enajenaciones de lotes previo al inicio de la·s obras de urbanización, o

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• • •

bien durante el proceso de las mismas, siempre y cuando otorgue fianza que ampare las obras de urbanización faltantes conforme a la vigencia de la licencia respectiva.

Decima Primera.- Cualquier modificación que pretenda hacer "EL DESARROLLADOR" al proyecto del Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, deberá obtener autorización previa de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología.

Décima Segunda.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que "EL DESARROLLADOR" requiera obtener de otras autoridades para cumplir con el objeto de esta autorización.

Capítulo 11

De las obligaciones del Desarrollador

Décima Tercera .- "EL DESARROLLADOR" tendrá las obligaciones siguientes:

1) Inscribir en el Registro Público de la Propiedad del distrito judicial correspondiente y publicar en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, el texto integro de la presente Autorización y remitir constancia de lo anterior al Ayuntamiento, así como a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano para efecto del registro en el Sistema Estatal de Información para el Ordenamiento Territorial, en un término de 60 días contados a partir de su notificación y previamente a cualquier acto de traslación de dominio que tenga como objeto algún lote materia de la presente autorización;

2) Presentar solicitud a la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, para cualquier modificación que se pretenda realizar al proyecto originalmente autorizado para su evaluación y en su caso, su aprobación;

3) Precisar en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de lotes los gravámenes, garantías y atributos constituidos sobre éstos en las autorizaciones respectivas;

4) Cubrir el pago de los impuestos y derechos correspondientes; y

5) Las demás que se establezcan en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del 0 Estado de Sonora y sus reglamentos

Décima Cuarta.- Serán causas de revocación de la presente Autonzación:

l. Dejar de cumplir con el fin o el obJeto para el que fue otorgada la presente autorización , 11. Realizar modificaciones al proyecto original sin la previa autorización por escrito de la

Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología; 111. Por realizar obras no autorizadas; IV. Por resolución judicial o administrativa que incida con el objeto de la autorización; y V. ~or el incumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presenta autorización.

6 (

V

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• • •

Décima Quinta.- Son causas de nulidad de la presente Autorización: l. Que la presente autorización se haya emitido por error o violencia en su emisión; y

11. Que la presente autorización se haya expedido en contravención a lo dispuesto en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y sus reglamentos.

Décima Sexta.- Cualquier otro aspecto no contemplado en la presente autorización, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, Ley de Gobierno y Administración Municipal ás disposiciones legales aplicables.

FIRMA DE CONFORMIDAD POR "EL DESARROLLADOR"

RESIDENCIAL LOS LAGOS DESON, S.A. DE C.V.

HOJA DE FIRMAS CORRESPONDIENTE A LA AUTORIZACION CONDOMINAL UNIFAMILIAR "LA GRAN RESERVA".

DEL DESARROLLO INMOBILIARIO HABITACIONAL

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• • •

Autorización Número 10-866-2018

AUTORIZACIÓN DE DESARROLLO INMOBILIARIO HABITACIONAL UNIFAMILIAR, BAJO REGIMEN EN CONDOMINIO DENOMINADO "VISTA AZUL", UBICADO DENTRO DEL DESARROLLO INMOBILIARIO BANUS, AL NORTE DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO SONORA, QUE OTORGA EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, A LA EMPRESA "ASISTENCIA ADMINISTRATIVA DE SONORA, S.A. DE C.V.".

La Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, del H. Ayuntamiento de Hermosillo, a través de su Coordinador General, el C. LIC. MIGUEL ANGEL CORDOVA FLORES, con fundamento en los artículos 1, 7, 68, 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora; 61 fracción I inciso C, 81, 82, 84 y 85 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; y 1, 16 Bis, 16 Bis 2, 17, 32 y 33 fracción V y último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del H. Ayuntamiento de Hermosillo; otorga la presente AUTORIZACIÓN al tenor de los siguientes términos y condiciones:

TÉRMINOS

l. La LIC. MAGNOLIA DE GUADALUPE MENDOZA LARIOS, y C.P. MANUEL HUMBERTO PEDROZA ANDRADE, representantes legales y apoderados generales¡ para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio y facultades especiales para realizar donaciones, de la empresa "ASISTENCIA ADMINISTRATIVA DE SONORA, S.A. DE C.V.", con base en lo dispuesto en los artículos 68, 69 y 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, con fecha 27 de Julio del 2018, solicitó la autorización de un Desarrollo Inmobiliario habitacional de clasificación unifamiliar, bajo Régimen en Condominio denominado "VISTA AZUL", con una superficie de 29,342.69 m2, ubicado dentro del Desarrollo Inmobiliario Banus, al norte de la Ciudad de Hermosillo, Sonora.

11. Dicha solicitud que dio origen a la presente Autorización, fue presentada por escrito ante la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, debidamente firmada y en los términos de lo dispuesto por el artículo 7 4 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y en congruencia con los Planes y Programas de Desarrollo Urbano respectivos; particularmente con el programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Hermosillo, SonorrY consistente en:

1) Acreditación de la personalidad de los C. C. LIC. MAGNOLIA DE GUADALUPE MENDOZ LARIOS, y C.P. MANUEL HUMBERTO PEDROZA ANDRADE, como representante legal, y apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio y con facultades especiales para realizar donaciones de la empresa "ASISTENCIA ADMINISTRATIVA DE SONORA, S.A. DE C.V.", mediante Escritura Pública número 10,570, Volumen 107, expedida ante la fe del Lic. Francisco Javier Cabrera Fernández, Titular de la Notaria Pública Número 11, con ejercicio en esta Demarcación Notarial de Hermosillo, Sonora.

2) Acta Constitutiva de la empresa "ASISTENCIA ADMISTRATIVA DE SONORA, S.A. DE C.V.", otorgada mediante Escritura Pública número 2,321 volumen 96 de fecha 19 de Febrero de 1999, ante la fe del Lic. Héctor Guillermo Monteverde Mosqueira, Notario Público Número 51, con ejercicio y residencia en Hermosillo Sonora, inscrita en el Registro Público de

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• • •

Propiedad de Hermosillo Sonora, bajo número 16,940, sección comercio Volumen 353, de fecha 26 de Febrero de 1999.

3) Título de Propiedad de un inmueble a fraccionar con Clave Catastral 15-956-062, con superficie de 32,913.42 m2, lo cual acredita mediante la Escritura Pública número 39,831 Volumen 1,128 con fecha 11 de Abril del 2014, pasada ante la fe del Notario Público número 51, Lic. Hector Guillermo Monteverde Mosqueira, con ejercicio y residencia en la ciudad de Hermosillo, Sonora e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora , bajo el No. 477752, Volumen 36695, Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, de fecha 02 de Octubre del 2014.

4) Oficio No. CIDUE/DGDU/FECG/1884/2018, de fecha 10 de Septiembre del 2018, mediante el cual se autorizó la Subdivisión del predio con superficie de 32,913.42 m2, descrito en el inciso 3 (tres), para quedar en dos porciones con superficies de 29,342.69 m2 y 3,570.73 m2.

5) Certificado de libertad de gravamen No. 1797 450 expedido por el registrador de la oficina jurisdiccional de servicios registrales en este distrito judicial.

6) Licencia Ambiental Integral expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, mediante oficios IME/SRF/3147/2018 con fecha 17 de Abril del 2018.

7) Licencia de uso de suelo expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, mediante oficio número CIDUE/MACF/08139/2018, de fecha 03 de Mayo del 2018.

8) Dictamen de Urbanización emitido por el Instituto Municipal de Planeación Urbana mediante Oficio No. IMPLAN/5726/2018 de fecha 04 de Abril del 2018.

9) Aprobación del anteproyecto de lotificación del Desarrollo Inmobiliario, expedida por la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología mediante oficio número CIDUE/MACF/08462/2018 de fecha 11 de Junio del 2018; incluyendo los planos de Localización, Poligonal, Topográfico, Manzanero, Plano Lotificación con cuadros de Uso de Suelo, y Plano de Asignación de Claves Catastrales.

10) Aprobación del estudio del drenaje pluvial respecto de la zona donde se ubica el Desarroll(X Inmobiliario, incluyendo el plano de Rasantes, según oficio número DPP/EDR/1544/2018, d fecha 09 de Julio del 2018.

11) Oficios del Consejo de Nomenclatura Municipal referente al nombre del Desarrollo Inmobiliario y de la nomenclatura de las vialidades, según oficios números Of. Nom. 271-18 de fecha 03 de Julio del 2018.

12) Dictamen de Factibilidad de Servicios de suministro de agua potable y desalojo de drenaje sanitario expedido por Agua de Hermosillo mediante Oficio No. 001-0900/2018 con fecha del 09 de Agosto del 2018.

13) Oficio número DIS/HER/PLAN-0384/2018 de fecha 09 de Febrero del 2018, expedido por la Com1s1ón Federal de Electricidad, [)1v1s1ón Noroeste, donde se acredita la fact1b1l1dad para el/

suministro de energía eléctrica. \ ~ ) 2

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• • •

CONDICIONES

Capítulo 1

Del objeto de la autorización

Primera.- El presente instrumento tiene por objeto el autorizar el Desarrollo Inmobiliario Habitacional Unifamiliar bajo Régimen en Condominio denominado "VISTA AZUL", a la empresa "ASISTENCIA ADMINISTRATIVA DE SONORA, S.A. DE C.V.", sobre una superficie de 29,342.69 m2, ubicado dentro del Desarrollo Inmobiliario "Banus", al Norte de la Ciudad de Hermosillo, Sonora; y el uso de los lotes que lo conforman de acuerdo al proyecto presentado para su evaluación.

Segunda.- De acuerdo a lo previsto por la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, y conforme al proyecto presentado por "EL DESARROLLADOR" consistente en 48 lotes habitacionales, y 2 de Área Verde, de acuerdo a la siguiente relación de lotes y áreas y los cuadro de uso de suelo correspondiente:

Tomo CCII

- ---

RELACION DE LOTES, AREAS Y USOS DESARROLLO INMOBILIARIO "VISTA AZUL"

_MAjZANAJ LOTE , AREA DE LOTE I AR~-- AREA VERDE , _0_01 219.00 . . 002 163.35

003 189.29 ~ !~ m~~r_·_-__ _

005 , 203.ZL 1

579

008 001 002 003

_004 005

------1

~(16 195.75 ------+-------+--- ----j '---ººZ ... . 242~.55~---+-~-----+----I_ 008 __ 11_67o3_._91_31_--,-----c~---,----__ 009 . 010 167.89

L_D11 169.64 012 232.05

3

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• • •31

RELACION DE LOTES, AREAS Y USOS MANZANA LOTE I AREA DE LOTE ' AREA AREA VERDE

001 002 003 004 005 006 007

580 008

---·--011 012

1 013 014 AC

001 002 003

i 004 005 006

581 007 008 009 010

! 011 012

1 TOTALES ¡

013 014 50 i

153.86 154.30 163.73 166.39 148.89 155.18 148.85 153.21 177.96 171 79 146.81 144.55 142.83 224.80

146.70 159.83 159.77 154.70 147.46 147.81 149.25 150.13 150.42 149.52 148.74 161.63 165.24 318.83

153.86 154.30 163.73 166.39 148.89 155.18 148.85 153.21

+---17_7._96 _ _ L_ 171 79

·- --146.81

1 1

144.55 142.83 224.80

146.70 159.83 1

1 159.77 154.70 14746 !

147.81 1 ! 149.25

150.13 150.42 149.52 148.74 161.63 165.24 1

318.83

' 8,457.22 r

--- ------------- --

~ -----j 648.85 _~

--~

-

683.48

CUADRO DE USOS DE SUELO CONDOMINIO VISTA AZUL SUPERFICIE

M2 TOTAL % VENDIBLE AREA VENDIBLE

HAB!TACIONAL 8,457.22 100.00% RESERVA 0.000 0.00%

TOTAL AREA VENDIBLE 8,457.22 100.00%

AREACOMUN AREACOMUN 648.85 8.08%

EQUIPAMIENTO 0.00 0.00% VIALIDAD 4,552.23

BANQUETA 2,099.94 AREA DE CONSERVACION 13,549.82

AREA COMUN \(IALIDAD Y BANQUETA 20,885.47 TOTAL POLIGONQ ¡ 29,342.69 :

TOTAL LOTES HABITACIONALES 48

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• • •

Tercera .• En cumplimiento a lo establecido en los artículos 79 fracción 1, 80 y 81 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, y en relación al área de donación correspondiente al Equipamiento Urbano para el presente Fraccionamiento y que equivale a una superficie de 761.149 m2 ( 9.00 % del Area Vendible), ambas partes acuerdan conmutar la donación de dicha superficie, por una aportación en efectivo de $ 548,027.28 (Quinientos cuarenta y ocho mil veintisiete pesos 28/100 M.N., esto según boleta de liquidación de derechos de folio No. /760 emitido por Sindicatura Municipal, y con recibo de pago No. 5998977 de fecha 13 de Septiembre del 2018, que quedará depositada en la cuenta especial para adquisición de reserva territorial ante la Tesorería Municipal. Por lo que respecta al 3% de la superficie total vendible para área verde se destina el predio de área común con superficie de 648.85 m2.

Cuarta.- De conformidad con lo que dispone el artículo 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL DESARROLLADOR" deberá tramitar la Licencia de Urbanización para el Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, en un plazo no mayor de TRES MESES contados a partir de la expedición de la presente autorización.

Quinta.- "EL DESARROLLADOR" se obliga a elaborar un reglamento interno para el mantenimiento, conservación y operación de las áreas de uso común y de servicios, tales como alumbrado público, agua potable y alcantarillado, recolección de basura, Área Verde, etc, considerados dentro del Condominio Habitacional que se autoriza, a través de una administración que quedará integrada por los adquirientes de los Lotes que lo conforman.

Por otra parte, dicho reglamento interno estará regulado por lo dispuesto en la Ley No. 101 de Propiedad en Condominio de Inmuebles para el Estado de Sonora, mismo que fue publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora, ejemplar No. 49, sección IV, de fecha 19 de diciembre de 2016.

Sexta.- La ejecución del Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, se llevará a cabo en Una Etapa de acuerdo al proyecto presentado y cuyos plazos para la terminación de las obras de urbanización stx1 establecerán en la licencia respectiva.

Séptima.- En cumplimiento a lo previsto en el artículo 87 de la Ley de Ordenamiento Territorial Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, "EL DESARROLLADOR" deberá incluir en la publicidad promoción para la venta de los lotes que conforman el Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, el número de esta autorización y precisarlo en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de los lotes.

Octava.- Para cualquier tipo de edificación o demolición que "EL DESARROLLADOR" pretenda realizar de manera previa o de preparación para el Desarrollo Inmobiliario, deberá obtener licencia de construcción en los términos de lo establecido en el artículo 127 de l&Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora.

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• • •

Novena.- De conformidad con lo que dispone el artículo 83 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora "EL DESARROLLADOR" para proceder a la enajenación de lotes, ya sea en su totalidad o por etapas, el desarrollador deberá haber concluido las obras de urbanización correspondientes, incluyendo su liga con las áreas urbanizadas existentes, en los términos de las autorizaciones y la licencia de urbanización correspondiente.

Decima.- En cumplimiento a lo previsto en el artículo 84 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, se requerirá autorización de venta emitida por la autoridad municipal, cuando el desarrollador pretenda realizar enajenaciones de lotes previo al inicio de las obras de urbanización , o bien durante el proceso de las mismas, siempre y cuando otorgue fianza que ampare las obras de urbanización faltantes conforme a la vigencia de la licencia respectiva.

Decima Primera.- Cualquier modificación que pretenda hacer "EL DESARROLLADOR" al proyecto del Desarrollo Inmobiliario que se autoriza, deberá obtener autorización previa de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología.

Décima Segunda.- La presente autorización se otorga sin perjuicio de las autorizaciones, licencias o permisos que "EL DESARROLLADOR" requiera obtener de otras autoridades para cumplir con el objeto de esta autorización.

Capítulo 11

De las obligaciones del DESARROLLADOR

Décima Tercera.- "EL DESARROLLADOR" tendrá las obligaciones siguientes:

1) Inscribir en el Registro Público de la Propiedad del distrito judicial correspondiente y publicar en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, el texto íntegro de la presente Autorización y remitir constancia de lo anterior al Ayuntamiento, así como a la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano para efecto del registro en el Sistema Estatal de Información para el Ordenamiento Territorial, en un término de 60 días contados a partir de su notificación y previamente a cualquier acto de traslación de dominio que tenga como objeto algún lote materia de la presente autorización;

2) Presentar solicitud a la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano (\ Ecología, para cualquier modificación que se pretenda realizar al proyecto originalment autorizado para su evaluación y en su caso, su aprobación;

3) Precisar en los actos o contratos que celebre con los adquirentes de lotes los gravámenes, garantías y atributos constituidos sobre éstos en las autorizaciones respectivas;

4) Cubrir el pago de los impuestos y derechos correspondientes; y

5) Las demás que se establezcan en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y sus reglamentos.

Décima Cuarta.- Serán causas de revocación de la presente Autorización:

l. Dejar de cumplir con el fin o el objeto para el que fue otorgada la presente autorización; w6 ~-✓-

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• • •

11. Realizar modificaciones al proyecto original sin la previa autorización por escrito de la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología;

111. Por realizar obras no autorizadas; IV. Por resolución judicial o administrativa que incida con el objeto de la autorización; y V. Por el incumplimiento de cualquiera de las condiciones de la presente autorización.

Décima Quinta.- Son causas de nulidad de la presente Autorización :

l. Que la presente autorización se haya emitido por error o violencia en su emisión; y 11. Que la presente autorización se haya expedido en contravención a lo dispuesto en la Ley de

Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y sus reglamentos.

Décima Sexta.- Cualquier otro aspecto no contemplado en la presente autorización, se regirá por lo dispuesto en la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, Ley de Gobierno y Administración Municipal ·sposiciones legales aplicables.

Dada en la ciudad de Herma Diez y Ocho.

L DE INFRAESTRUCTURA ANO Y ECOLOGÍA

FIRMA DE CONFORMIDAD POR "EL DESARROLLADOR"

ASISTENCIA ADMINISTRATIVA DE SONORA, S.A. DE C.V.

\t()®~ C. LIC. MAGNOLIA Dii uADALUPE MENDOZA LARIOS

\ \

~A) ,, -. C. C.P. MANUEL HUMBERffi@7p5pgq'tl\1ANDRADE

;l., t! )'? '1! HOJA DE FIRMAS CORRESPONDIENTE AL CONVENIO AUTORIZAQÍ<?N,•·•+i,¿ 10-íÍ~6-2018 DEL

HABITACIONAL CONDOMINAL UNIFAMILIAR "VISTA AZUL". ,;:i!~~~~j¡}~i:[(i~f1t y~)LOG\A

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CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

CONVENIO AUTORIZACIÓN NO. 020518-07 del FRACCIONAMIENTO "RESIDENCIAL LOS NOGALES" ubicado en Ciudad Obregón, Sonora, Municipio de Cajeme; que ce lebran por una parte El Presidente Municipal C. FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ, El Secretario del H. Ayuntamiento C. LIC. MARCELO CALDERONI OBREGÓN, La Sindico Municipal C. LIC. CARMEN AIDA LACY VALENZUELA y La titular de La Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas C. ING. SILVIA LORENA JAIME SERRANO, a quienes en lo sucesivo se les denominará "EL H. AYUNTAMIENTO", y po r otra parte C. HÉCTOR JAVIER BARNETCHE VALDEZ, C. RENE OCTAVIO OLEA RUIZ Y C. ADRIÁN RAMOS BOURS, Representantes Legales de DESARROLLOS OBR, S.A.P.I. DE C.V., a quien en lo sucesivo se le denominará "LA FRACCIONADORA". Ambas partes se sujetan al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.

DECLARACIONES ., ' '[\'(

PRIMERA.- Ambas partes, convienen para el beneficio de este instrumento, se hagan las !,\ abreviaturas: a la Secretaría de Desarrol lo Urbano y Obras Públicas se le denominará "LA SECRETAR "7 Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantari llado y Saneamiento de Cajeme se le denom1J7 / "OOMAPASC". '• i,i): ~:";:-;ií:i<o/'

'<-,~~ SEGUNDA.- Ambas partes declaran, que el presente instrumento lo celebran con fundamento en la Ley 254 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, a la que en lo sucesivo se le denominará "LA LEY".

TERCERA: "EL H. AYUNTAMIENTO", Declara que las personas que lo representan se encuentran debidamente facultadas para celebrar el presente convenio, de conformidad a lo previsto en los artículos 65, fracción V y 81 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, y articulo 9 fracción XXI de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarro llo Urbano del Estado de Sonora, asimismo acreditan la personalidad con la que se ostentan, el C. FAUSTINO FÉLIX CHÁVEZ, Presidente Municipal De Cajeme, y la sindica Municipal C. LIC . CARMEN AIDA LACY VALENZUELA, con Actas de Cabildo No. 1 y 2 de fechas 16 de Septiembre del 2015; el C. LIC. MARCELO CALDERONI OBREGÓN, Secretario Del Ayuntam iento de Cajeme mediante acta de cabildo No.58, Acuerdo 299, de fecha 23 de marzo de 2018 y; por su parte la C. ING. SILVIA LORENA JAIME SERRANO, Secreta ria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, mediante nombramiento oficial de fecha 16 de Septiembre de 2015.

CUARTA.- Declara DESARROLLOS OBR, S.A.P .1. DE C.V. , que es una empresa legalmente constitu ida bajo las leyes mexicanas y lo demuestra con la presentación de la Escritura Pública Número 15,391 Volumen No. 286 pasada ante la Fé del Notario Público No. 40, Lic. Roberto Rubio Romero, con ejercicio y residencia en Ciudad Obregón, Sonora, con fecha 1 O de noviembre de 2015, que se encuentra debidamente inscrita bajo el Folio Mercantil Electrónico No. 43683'4 , el día 13 de Noviembre de 2015 en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de Cd. Obregón, Sonora.

QUINTA.- "LA FRACCtONADORA" declara que los C. HÉCTOR JAVIER BARNETCHE VALDEZ, C. RENE OCTAVIO OLEA RUIZ (en su carácter de secretario del consejo de administración) Y C. ADRIÁN RAMOS BOURS (en su carácter de tesorero del consejo de administración), son representantes legales de la negociación mercantil denominada DESARROLLOS OBR, S.A.P.I. DE C.V., mediante Escritura Número 15,391 Volumen No. 286, descrita en la declaración inmediata anterior, misma estipula la cláusula vigésima cuarta, inciso H.

SEXTA.- Manifiesta "LA FRACCIONADORA" ser propietario de un predio, segun escrituras ~

Número 15,951 Volumen 286 de fecha 20 de noviembre de 2015, predio localizado en la Porción Centra~ Noroeste de la Parcela Número 22 Z-1 P1/8 del EJ1do Prov1denc1a, del Munic1p10 de CaJeme, con superfic1 de 6-77-97 696 Has.; Escritura pasada ante la Fe del Notario Publico No 40, Lic. Roberto Rubio Romero, con res1denc1a en esta Ciudad, que contiene contrato de COMPRA VENTA RESPECTO DE UN PREDIO RUSTICO CON RESERVA DE DOMINIO, misma que ha sido debidamente 1nscnta en el Registro Publico ~ de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, Secc1on Registro lnmob1l1ario, Libro Uno, Numero de Inscripción 242654 del Volumen 17326,respecto a la compraventa , y Secc1on Reg istro lnmob1hario, Libro Dos, Número 288014 del Volumen 3261, respecto a la reserva de dominio, ambos con fecha del 18 de { marzo de 2016.

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• • •

CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

Número 5,886, Volumen 86 de fecha 11 de enero de 20 16, pasada ante la fe del Lic. Horacio Alberto Olea Rod ríguez, titular de la Notaria Pública no. 31, donde se otorga CANCELACIÓN DE RESERVA DE DOMINIO, respecto al predio descrito en el párrafo anterior; escritura inscrita en el Reg is tro Público de la Propiedad y del Comercio de esta Ciudad, Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, Número de Inscripción 242654 del Volumen 17326,respecto a la compraventa ; y Sección Registro Inmobi liario, Libro Dos, Número 288014 del Volumen 3261 , respecto a la reserva de dominio, ambos con fecha del 11 de agosto de 2017. Número 6,725, Volumen 98con fecha 23 de agosto de 2017, ante la fe del Notario Público No. 31, Lic. Horacio Alberto Olea Ruiz, con ejercicio en esta demarcación , otorgando Declaración Unilateral de Voluntad de subdivisión, respecto al predio rustico conocido como Porción Central Noroeste de la Parcela Número 22 Z-1 P1/8 del Ejido Providencia, del Municipio de Cajeme, con superficie de 6-77-97.696 Has., para quedar de la siguiente manera:

Tomo CCII

o Porción "A" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de CaJeme, Sonora, con superficie de 2,653.358 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 121.295 m. con propiedad particular. Al Sureste en 121.383 m. con la porción "B" de la fracción oeste de la misma 22 Z-1 P1 /6 . Al Noreste en 21. 77 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma p 22 Z-1 P1 /6. Al Suroeste en 21.96m.con propiedad particular.

o Porción "B" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Provi Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,666 .591 m2, con las sigu ientes medid' colindancias:

Al Noroeste en 121.383 m. con la porción "A" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6 . Al Sureste en 121.4 72 m. con la po rción "C" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6 . Al Noreste en 21.96 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular.

o Porción "C" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superfi cie de 2,668.549 m2, con las siguientes medidas y coli ndancias:

o

Al Noroeste en 121.4 72 m. con la porción "B" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 121.472 m. con la porción "D" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6 . Al Noreste en 21.96 m. con la porción K de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular.

Porción "D" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia , Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,670.506 m2, con las sigu ientes medidas y

colindancias: ~ Al Noroeste en 121.581 m. con la porción "C" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. ~ Al Sureste en 121.651 m. con la porción "E" de la fracción oeste de la misma parcela . . 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 21.96 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular.

o Porción "E" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,672.463 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 121.561 m. con la porción "D" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

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Hermosillo, Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018

Boletin Oficial 36

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• • •37

CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

Al Sureste en 121.651 m. con la porción 'F' de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z- 1 P1/6. Al Noreste en 21.96 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particu lar.

o Porción "F" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,674.42 m2, con las siguientes medidas y col indancias:

Al Noroeste en 121 .740 m. con la porción "E" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6 . Al Sureste en 121 .828 m. con la porción "G" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Noreste en 21.96 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular.

o Porción "G" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ej ido Pro Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,676.378 m2, con las siguientes '

o

col indancias: Al Noroeste en 121.828 m. con la porción "F" de la fracción oeste de la mis .! 22 Z-1 P1 /6. Al Sureste en 121.919 m. con la porción "H" de la fracción oeste de la misma ~1;! .,,1 22 Z-1 P1/6. "<....,,,,~,,-· """ Al Noreste en 21 .96 m, con la porción K de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6, Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular.

Porción "H" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, - ·--"'j Municipio de Ca¡eme, Sonora, con superficie de 2,678.335 m2, con las siguientes medidas y c ·--·-

co lindancl~s~oroeste en 121.918 m. con la porción "G" de la fracción oeste de la misma :;,,.~e parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 122.007 m. con la porción "I" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 21.96 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

• Al Suroeste en 21 .96 m. con propiedad particula r. ~-.

Porción 'T' De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1 /6 del Ejido Providencia, ' Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,680.292 m2, con la.s siguientes medidas y · colindanc1as:

• Al Noroeste en 122.007 m. con la porción "H" de la fracción oeste de la misma , parce la 22 Z-1 P1/6. " Al Sureste en 122.096 m. con la porción "J" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Noreste en 21 .96 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela w ,, 22 Z-1 P1/6 . i::\" \'i,, Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular. ~ "-il,

Porción "J" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municip io de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,682.073 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 122,096 m con la porción I" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 122.184 m. con propiedad particular. Al Noreste en 21 96 m. con la porc1on K de la fracc1on oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6, Al Suroeste en 21.96 m. con propiedad particular.

Tomo CCII Hermosillo_ Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018

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• • •

CONVENIO AUTORIZAC IÓN 020518-07

o Porción "K" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 8,044,26 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 30,00 m, con propiedad particular, Al Sureste en 30,098 m, con propiedad particular, Al Noreste en 267,97 m, con las porciones de la "L" a la "W' de la fracción oeste de la parcela 22 Z-1 P1 /6, Al Suroeste en 219.41 m, con las porciones de la "A" a la "J" de la fracción oeste de la parcela 22 Z-1 P1/6 y en 48 ,679 m, con propiedad particular,

o Porción "L" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejído Providencia, Municipio de Ca jeme, Sonora, con superficie de 2,748.496 m2, con las siguientes medidas y colindancías:

Al Noroeste en 126,045 m. con propiedad particular. Al Sureste en 125.615 m. con la porción "M" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 22.49 m. con propiedad particular. Al Suroeste en 22.19 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6 .

o Porción "M" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Provide Municipio de Cajeme, Sonora , con superficie de 2,803.517 m2, con las siguientes me

o

o

colindancias: Al Noroeste en 125.615 m. con la porción "L" de la fracción oeste de la misma pa 22 Z-1 P1 /6. Al Sureste en 125.170 m. con la porción "N" de la fracción oeste de la misma parce! 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

Porción "N" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1 l6 del Ejido Providencia~-:=: .JeJ· Murncipio_de Cajeme, Sonora , con superficie de 2,793.567 m2, con las siguientes medidas y ~ ­cohndanc1as : --·-··'--

• Al Noroeste en 125.170 m. con la porción "M" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6 . Al Sureste en 125.725 m. con la porción' O" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. í~--.,,, Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela ~ , 22 Z-1 P1/6.

Porción "O" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1 /6 del Ejido Providencia , Municipio de CaJeme, Sonora , con superficie de 2,783.617 m2, con las siguientes medidas y co lindancias:

Al Noroeste en 124 725 m con la porc1on "N' de la fracc1on oeste de la misma

parcela 22 Z-1 P1/6 ~ Al Sureste en 124.280 m con la porc1on "P ' de la fracc1on oeste de la misma parcela ~ 22Z-1 P1/6 Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particula r I("~ Al Suroeste en 22 36 m. con la porc1on 'K' de la fracc1on oeste de la misma parcela '--5 22 Z-1 P1 /6

o Porción "P" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,773.667 m2, con las siguien tes medidas y colindancias:

Tomo CCII

Al Noroeste en 124.280 m. con la porción "O" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 123.835 m. con la porción "Q" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular.

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CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

o Porción "Q" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1 /6 del Ej ido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,763.717 m2, con las sigu ientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 123.835 m. con la porción "P" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Sureste en 123.390 m. con la porción "R" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. A l Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcel a 22 Z-1 P1/6.

o Porción "R" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1 /6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,753.766 m2, con las siguientes medidas y

o

o

o

colindancias: A l Noroeste en 123.390 m. con la porción "Q" de la fracción oeste de la mis parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 122.945 m. con la porción "S" de la fracción oeste de la misma pa 22 Z-1 P1 /6 . Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. \ Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma par 22 Z-1 P1/6 .

Porción "S" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia, Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,743.816 m2, con las siguientes med idas y colindancias:

Al Noroeste en 122.945 m. con la porción "R" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

~i ~~\e~tfii.n 122.499 m. con la porción 'T' de la fracción oeste de la misma parcela -:=:J~ Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. = Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela :;::;..T /) 22 Z-1 P1 /6 . (-.

Porción 'T' De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z- 1 P1 /6 del Ejido Providencia , Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,733.866 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 122.499 m. con la porción "S" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 122.954 m. con la porción "U" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcel a 22 Z-1 P1/6.

Porc1on "U" De la fracc1on oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del E¡1do Prov1denc1a, ~ Mun1c1p10 de Ca¡eme. Sonora con superf1c1e de 2,723 916 m2 con las s1gu1entes medidas y col1ndanc1as

• Al Noroeste en 122 054 m. con la porc1on ' T" de la fracc1on oeste de la misma parcela~ 22 Z-1 P1/6 Al Sureste en 121.609 m. con la porc1on "V' de la fracc1on oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad pa rticular. Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parce la 22 Z- 1 P1/6. ~

Porción "V" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1 /6 del E¡1do Prov1denc1a, Munrc1p10 de Ca¡eme, Sonora , con superf1c1e de 2,713.965 m2, con las s1gu1entes medidas y colindancias: JI/

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CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

Al Noroeste en 121.609 m. con la porción "U" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 121 .164 m. con la porción "W'' de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1 /6. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracc ión oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

Porción "W" De la fracción oeste de la Parcela Numero 22 Z-1 P1/6 del Ejido Providencia , Municipio de Cajeme, Sonora, con superficie de 2,694.759 m2, con las siguientes medidas y colindancias:

Al Noroeste en 121.164 m. con la porción "V" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6. Al Sureste en 120 .719 m. con propiedad particular. Al Noreste en 22.36 m. con propiedad particular. Al Suroeste en 22.36 m. con la porción "K" de la fracción oeste de la misma parcela 22 Z-1 P1/6.

fina lmente indica que, son objeto del presente instrumento, todas las fracciones de la '1A" a la "W" de fracción oeste de la Parcela Número 22 Z-1 P1/6, con superficie total de 6-77-97.696 Has. , al 9 corresponden las siguientes medidas y colindancias ,

AL NOROESTE: AL SURESTE:

AL NORESTE AL SUROESTE:

277.340 m. con propiedad particular; Linea quebrada de Oriente a Poniente en 150.817 m. y 122.184 m. con Particular; En 267.484 m. con Propiedad Particular; y Linea quebrada de Norte a Sur en 219.600 m. y 48.682 m. con Propiedad Particular.

y obedece al siguiente cuad ro de construcción

C UAD RO DE CONSTRUCCION LADO

RUMBO DISTANCIA V COORDENADAS

EST PV X y

7 7 605 ,517.429 3,046, 174.033 7 8 S 89º47'33"W 150.817 8 605 ,366 .613 3,046,1 73.487 8 5 N 00"10'01" W 48.682 5 605,366.471 3,046,222.169 5 6 S89'57'13"W 122.184 6 605,244.287 3,046 ,222.070 6 3019 N 00'02'52" W 219.600 3019 605 ,244.104 3,046 ,441.670

3019 2 S 89"57'46" E 277.340 2 605,521.444 3,046,441.487 2 7 S 00"51 '36" W 267.484 7 605,517.429 3,046,174.033

SÉPTIMA. - Declara "LA FRACCIONADORA" que el predio mencionado en la declaratoria SEXTA, se encuentra actualmente libre de todo gravamen, según se acredita con certificado de libertad de gravamen expedido por la Autondad Registra! competente según folio 863550.

OCTAVA. - Declara "LA FRACCIONADORA" que se dirigió por escrito a " EL H. AYUNTAMIENTO" a través 4/. de la Dirección de Desarrollo Urbano, so licitando pre-factibilidad de uso de suelo para un terreno localizado al Norte de esta Ciudad, a dicha solicitud correspondió una contestación med iante Ofi cio No. DDU/308/18, con fecha 26 de marzo de 2018, firmado por el Arq. Ramón E. Méndez Sainz, Director de la citada Dependencia, donde concede factibilidad de uso de suelo habitacional para FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL UNIFAMILIAR TIPO RESIDENCIAL CON DENSIDAD BAJA-MEDIA para el predios motivo de este convenio.

NOVENA. - Declara "LA FRACCIONAOORA", que en cumpli miento a las disposiciones exigidas por "OOMAPASC" , se dirig ió mediante oficio a esa Dependencia, solicitando y obteniendo la Pre-Factibilidad de los servicios de Agu a Potable y Alcantarillado Sanitario, mediante Oficio OOM-DT-140/18 de fecha 16 de abril de 2018 , firmado por el Director Técnico de dicho Organismo, el Lic. Juan Carlos Parra Gallegos. Documento que se anexa al presente convenio.

DÉCIMA.- Sigue declarando "LA FRACCIONAOORA" , que tiene la Factibi lidad de Electrificación del predio descrito en la declaración SEXTA por parte de la COMISIÓN FEDERAL DE ELECTRICIDAD, según consta en

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CONVEN IO AUTORIZACIÓN 020518-07

el Oficio No. P0476l2017 de fecha 10 de abril de 2017 que fue firmado por el lng. Ernesto Yozgat Medrana Chávez, Jefe del Departamento de Planeación. Dicho documento, se anexa al presente convenio.

DÉCIMA PRIMERA.- Continúa declarando "LA FRACCIONADORA", que solicitó ante la Dirección de Ecología y Protección a! Medio Ambiente, la Licencia Ambiental Municipal para preparación del sitio y construcción del proyecto a desarrollar dentro de los polígonos mencionados en la cláusu la sexta, obteniendo respuesta aprobatoria según lo muestra el Oficio No. LAM-552118, del dia 16 de abri l de 2018 el cual fue firmado por el M.V.Z. Heliodoro Encinas Navarro, Director de Gestión Ambienta l.

DÉCIMA SEGUNDA.- "LA FRACCIONADORA" manifiesta que solicitó la autorización del Diagnóstico de Riesgo del Proyecto del fraccionamiento que nos ocupa, a la cual procedió una contestación favorable expresada en el oficio No. UMPC-REV-003-2018, con fecha 15 de marzo de 2018, firmado por la Lic. Maria Luisa Zamorano Rodríguez, Coord inadora de la mencionada Unidad Municipal.

DÉCIMA TERCERA.- "LA FRACCIONADORA" manifiesta que solicitó ante "EL H. AYUNTAMIENTO" por medio de la Dirección de Desarrollo Urbano, la aprobación del anteproyecto de lotificación del fraccionam iento que nos ocupa, a la cual procedió una contestación favorable expresada en el Oficio No. DDU/309/18 del cua l se anexa copia, que con fecha 27 de marzo de 2018 expidió la propia dependencia por conducto del Arq. Ramón E. Méndez Sainz, titular de la mencionada Dirección, aprobando en él la distribución urbana para manzanas y_,,. lotes que comprenden el citado fraccionamiento. ~

DÉCIMA CUARTA.- Declara "LA FRACCIONADORA" que habiendo obtenido la aprobación del proy 1

solicito a "LA SECRETARIA", a través de la Dirección de Desarrollo Urbano, la expedición de la LI CEN DE USO DE SUELO, misma que le fue otorgada mediante oficio DDU/434/18, FOLIO 171988, de fecha 20 abril de 2018, fi rmada por el Arq. Ramón E. Méndez Sainz, titular de la mencionada Dirección, la cua l se anexa.e-, al presente convenio. -......::<,_,,. DÉCIMA QUINTA.- Ambas partes declaran que habiendo factibilidad pa ra efectuar el fraccionamiento de predio a que se refiere la declaración sexta; y no habiendo ningún impedimento lega l para ello, se pusieron de acuerdo para celebrar el presente convenio, acordando obligarse conforme al contenido de las siguientes: -J 1.- Por medio del presente instrumento, ,,;L ~-:Y~N:A~IELN;O'~autoriza a "LA FRACCIONADORA", para ~ - l que ésta lleve a cabo el fraccionamiento del predio a que se refiere la declaración SEXTA, misma que se tiene e por reproducida en esta cláusula para todos los efectos legales .

2.- El fraccionamiento que se autoriza será Habitacional Unifamiliar con Densidad Baja al cual se le '~ denominará FRACCIONAMIENTO "RESIDENCIAL LOS NOGALES" , el uso de sus lotes será única y exclusivamente para el objeto que se describe , excepto los lotes 1, 11, 35 y. 36 de la manzana 1, lote 1 de la manzana 2, lotes 1, 12, 21 , 43 , 52 y 62 de la manzana 3 y lote 1 de la manzana 4 que serán uti lizados como Área Verde y área verde (prados) , además de los lotes 2 de la manzana 1 y lote 2 de la manzana 3 que serán utilizados como área de reserva. El uso de suelo asignado fue deb idamente aprobado por " EL H. ' AYUNTAMIENTO"; se anexan también al presente convenio para que formen parte del mismo los siguientes

documentos: ~ 1) Copia de l.a Escritura Pública y Tit.ulo de Propiedad debidamente certificados que amparan las~. .

propiedades de los predios referidos. 11 ) Copia certificada del Acta Constitutiva de la Empresa y Representación Legal. 111) Certificados de Libertad de Gravamen de los Inmuebles. IV) Factibilidad y Licencia de Uso de Suelo. V) Aprobación de Anteproyecto. VI) Plano de Localización del predio dentro de la ciudad, Plano de construcción del Polígono, Plano

VII )

VIII) IX)

de Curvas de Nivel , Plano Manzanero, Plano de la Lotificación, Plano del Proyecto de Vialidad, Estudio de Drenaje Pluvia l. Pre-Factibil idad de suministro de Agua Potable y Alcantarillado y Factibilidad de suministro de Energía Eléctrica. Resolución de la Manifestación de Impacto Ambienta l. Dictamen de Diagnostico de Riesgo en materia de Protección Civil.

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MANZ

1

1

1

1

1 -·

1

1

1

1

1

1 -•-··

1

1 ~

1

1 ~ ..

1

2

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

3.• De acuerdo a lo previsto en el Articulo 100, de "LA LEY" el proyecto presentado por "LA FRACCIONADORA" que consta en el plano de lotificación de este convenio, consistirá en la partición del predio mencionado en la declaración SEXTA en manzanas, lotes y calles; en el que todos los lotes tendrán acceso a la vía pública y de acuerdo a !as necesidades del propio proyecto éstos tendrán una superficie variab le, asentándose a continuación los datos numéricos de manzanas, número total de lotes y cuad ro general de uso del suelo.

TABLAS DE LOTIFICACIÓN

MEDIDAS No. DE CANTIDAD No. DE ÁREAS ÁREAS TOTALES POR USO (M2) TOTAL POR UNITARIAS

DE LOTE S LOTES DE LOTES VIVIENDAS M2 HABITA- A. VER DE ÁR EA RESERVA MANZANA

GIONAL (PRADOS) VERDE (M2)

IRREGULAR 1 1 101.244 101.244

IRREGULAR 2 1 154.433 154.433

12.500X35.000 3 a l 9 7 7 437.500 3,062.500

• IRREGULAR 10 1 1 443.038 443.038

IRREGULAR 11 1 1-- ?_9.202 ·--· 79.202 _ ·----·--

IRREGULAR 12 1 1 525.915 525.915

12.500X35.000 13 al 23 11 11 437.500 4,812.500

IRREGULAR 24 1 1 602.391 602.391 . IRREGULAR 25 1 32,088 32 .088

IRREGULAR 26 1 1 497.847 497.847

IRREGULAR 27 1 1 421.854 421 .854

12.500X35.000 28 al 32 5 5 437.500 2, 187.500 --u IRREGULAR 33 1 1 421 128 421. 128

IRREGULAR 34 1 1 498.761 498.76 1

IRREGULAR 35 1 32.093 32.093

IRREGULAR 36 1 2,719.246 2,719.246 16,591.740

~ IRREGULAR 1 1 1,903.872 1.903.872 1,903.872

IRREGULAR 1 1 46.487 46.487

IRREGU LAR 2 1 137.727 137.727 · -IRREGULAR 3 1 1 388.173 388.173

IRREGULAR 4 1 1 389.486 389 .486

·~ IRREGULAR 5 1 1 390.799 390.799

IRREG ULAR 6 1 1 392.11 2 392.1 12

IRREGULAR 7 1 1 393.424 393.424 '2, IRREGULAR 8 1 1 394 .7 37 394.737

-IRREGULAR 9 1 1 396.050 396.050

\ IRREG ULAR 10 1 1 393.661 393. 661

IRREGULAR 11 1 1 552.054 552.054

IRREG ULAR 12 1 32.147 32.147

IRREGULAR 13 1 1 458.670 458.670

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Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 24 Secc. 1 Jueves 20 de Septiembre del 2018 42

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• • •

CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

MEDlDAS No. DE CANTIDAD No. DE ÁR EAS ÁREAS TOTALES POR USO (M2) TOTAL POR UNITARIAS

MANZ -DE LOTES LOTES DE LOTES VIVI ENDAS M2 HABITA- A. VERDE ÁREA RESERVA

MANZANA

CIONAL (PRADOS} VERDE (M2)

3 20.000x20.000 14 y 15 2 2 400.000 800.000

3 IRREGULAR 16 y 17 2 2 399 .5 17 799 .034

1---·-- -

3 20.000x20.000 18 y 19 2 2 400.000

800.000 1

3 IRREGULAR 20 1 1 458.406 458.406

3 IRREGU LAR 21 1 32 .147 32. 147 f---

3 IRREGU LAR 22 1 1 416 .743

41 6.743

• 3 IRREGULAR 23 1 1

377.224 377.224

3 IRREGULAR 24 1 1 395.865

395.865 - 1--.---

3 IRREGU LAR 25 1 1 393.519 393.519

/.

3 IRREGULAR 26 1 1 391 .173 391.173

3 IRREGULAR 27 1 1 388.828

388.828 --·-- --- - -----

3 IRREGU LAR 28 1 1 386 .482

386.482

3 IRREGULAR 29 1 1 384.137 384. 137

3 IRREGULAR 30 1 1 381.791

38 1.791

3 IRREGULAR 31 1 1 379.445

379.445

3 IRREGULAR 32 1 1 377 .100

377.100

3 IRREGULAR 33 1 1 374,754 374,754

3 IRREGULAR 34 1 1 372 .408

372.408

3 IRREGULAR 35 1 1 370.063 370.063

3 IRREGULAR 36 1 1 367.717

367 .717 Í' --

3 IRREGU LAR 37 1 1 365 .372

365.372

3 IRREGULAR 38 1 1 363.026 363 .026

3 IRREGULAR 39 1 1 360 .680 360.680

3 IRREGULAR 40 1 1 358.335

358 .335

3 IRREGULAR 41 1 1 343.321

343.321

~ 3 IRREGULAR 42 1 1 411.782

411,782 ,. _,__ __

3 IRREGULAR 43 1 32408 32.408

3 IRREGULAR 44 1 1 454 .110

454.1 10 --

3 20 .000x20 .000 45 y 46 2 2 400.000

800 .000 - - -·-

3 IRREGULAR 47 y48 2 2 399.517

799.034

3 20.000x20.000 49y 50 2 2 400.000 800.000

3 IRREGULAR 51 1 1 455 .558

455.558

3 IRREG ULAR 52 1 32.408 32.408

3 IRREGULAR 53 1 1 51 1.632

511.632

3 IRREGULA R 54 1 1 370.472

370.472

3 IRREGULAR 55 1 1 375.804

375.804

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MANZ

3

3

3

3

3

3

3

4

NÚMERO DE LOTES

100

CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

MEDIDAS No. DE CANTIDAD No. DE ÁREAS ÁREAS TOTALES POR USO (M2) TOTAL POR

UNITARIAS

DE LOTES LOTES DE LOTES VIVIENDAS M2 HABITA- A. VERDE ÁREA RESERVA MANZANA

CIONAL (PRADOS) VERDE (M2)

IRREGULAR 56 1 1 377.117

377.117 ,. ~-,~-.;~- "¡•·~:-:j'

IRREGULAR 57 1 1 378.430

378.430 ,'(111 IRREGULAR 58 1 1 379.743

379.743 !i?f! ~ IRREGULAR 59 1 1

381 .056 381.056 '~Xl

1

()}~,.,_i~(. / IRREGULAR 60 1 1 382.368 382.368

IRREGULAR 61 1 1 383.154 383.154 " -:.:J}9 ~.tf>/

IRREGULAR 62 1 73.882 73.882 22,202.055

IRREGULAR 1 1 2,640.854

2,640.854 2,640.854

100 85 35,288.283 494.106 7,263.972 292.160 43,338.521

TABLA DE RESUMEN SUPERFICIE M2

NÚMERO DE ÁREA ÁREA TOTAL VIVIENDAS HABITACIONAL RESERVA PARQUE ÁREA VERDE VIAL M2

LINEAL VERDE (PRADOS)

85 35,288.283 292.160 485.831 7,263.972 494.106 23,973.344

CUADRO DE USOS DEL SUELO

PORCENTAJE PORCENTAJE RESUMEN: DE DE

ÁREA VENDIBLE ÁREA TOTAL

ÁREA VENDIBLE: ÁREA HABIT ACIONAL: 35,288.283 m2 99.179 52.049

AREA DE RESERVA: 292.160 m2 0.821 0.431

ÁREA VENDIBLE TOTAL: 35,580.443 m2 100.000 52.480

ÁREAS DE DONACIÓN PARQUE LINEAL: 485.831 m2 1.365 0.717

ÁREA VERDE DE PROYECTO: 7,263.972 m2 20.416 10.714

ÁREA DE PRADOS: 494.106 m2 1.389 0.729 ÁREA VERDE TOTAL: 7,758.078 m2 21 .804 11.443 ÁREA DE DONACIÓN: 8,243.909 m2 23.170 12.160

VIALIDADES: 23,973.344 m2 35.360 ÁREA TOTAL DE PROYECTO: 67,797.696 m2 100.000

NÚMERO DE LOTES : 100

NÚMERO DE VIVIENDAS : 85

DENSIDAD DE VIVIENDA: 13 VIV/HA

4.- "LA FRACCIONADORA" se obliga a respetar los datos mencionados en la cláusula anterior, los que sólo podrán ser modificados previa autorización de "EL H. AYUNTAMIENTO", otorgada conforme a lo dispuesto por las normas jurídicas en vigor.

5.- En cumplimiento a lo ordenado por el artículo 96 de "LA LEY", "LA FRACCIONADORA" se obliga a dotar de infraestructura básica al fraccionamiento que se autoriza, para lo cual será necesario que presente la documentación , que para tal efecto señala el Artículo 101 de "LA LEY".

67,797.696

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CONVENIO AUTORIZACIÓN 020518-07

6.- En cumplimiento a lo establecido por la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos del Ayuntamiento del Municipio de Cajeme, Sonora, para el Ejercicio Fiscal de 2018, "LA FRACCIONADORA" se obliga a pagar a la TESORERÍA MUNICIPAL DE CAJEME la cantidad de $49,757.10 (Son: Cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y siete pesos 10/100 M.N.), como consta en la forma de pago No.172270, por concepto de revisión de documentos, subdivisión inicial del predio en lotes y autorización de fraccionamiento, de acuerdo al siguiente cu adro de liquidación:

CONCEPTO CANTIDAD UNIDAD TARIFA IMPORTE

SUBDIV. EN LOTES Y MANZ. 100 LOTE $172.48 $ 15,868.16

REV. DE DOCUMENTACIÓN $16,171,251.50 PPTO. URB. 0 .535 al millar $ 8 ,651 .62

AUTORIZACIÓN DEL FRACC. $16,171 ,251 .50 PPTO. URB. 0.535 al millar $ 8,651 .62

SUBTOTAL $ 33,171.40

IMPUESTO ADICIONAL DEL 50%, DESGLOSADO EN LA FORMA DE PAGO $ 16,585.70

TOTAL DEL MONTO DE PAGO $ 49,757.10

7.- "LA FRACCIONADORA", cede a "EL H. AYUNTAMIENTO" las áreas que ocupan las calles y avenidas, junto con el mobiliario urbano con que vaya dotado. Las partes urbanizadas deberán conservarse de acuerd

9.- Con fundamento en lo establecido en los artículos 96,102 y 103 de "LA LEY", "LA FRACCIONADORA" cede a "EL H. AYUNTAMIENTO" una superficie total de 8,243.909 m2, que representa el 23.170% del área vendible , de los cuales el 485.831 m2 (1.365 % del área vendible) serán destinadas a parque lineal; 7,263.972 ~e) m2 (20.416% del área vendible) se destinará a área verde; 494.106 m2 serán áreas verdes (pardos); todos -- --~. . localizados dentro del fraccionamiento que se autoriza, dichos lotes se localizan de acuerdo a lo indicado en la _ Cláusula 3 del presente instrumento. _·::::::a= Respecto al área que le corresponde donar como equipamiento urbano, el cual representa el 10% del área vendible, "LA FRACCIONADORA" manifiesta que, de común acuerdo y por así convenir a ambas partes, realizó el pago proporcional al valor de la superficie a donar, mediante folio 171991 , para la adquisición de' reservas territoriales del Municipio.

10.- Para que "LA FRACCIONADORA" pueda proceder a la traslación de Dominio de los lotes del • fraccionamiento que nos ocupa deberá haber terminado la urbanización correspondiente a cada lote, incluyendo la solución de la liga con las áreas urbanizadas existentes, en los términos de la autorización y la licencia de urbanización correspondientes. Háblese en específico de la Calle 5 de Febrero.

11.- "LA FRACCIONADORA" se obliga a insertar en los contratos traslativos de dominio que celebre con respecto a los lotes del fracc1onam1ento que se autorizan, una cláusula en la que el adquiriente se obligue a ' mantener 1nd1v1s1ble la totalidad de la superf1c1e del lote adquirido y a utilizarlo conforme a los usos que se~ mencionan en la cláusula 3 del presente Convenio Autorización, así mismo deberá incluir una cláusula donde se indique que queda proh1b1da la apertura de bardas al exterior del fracc1onam1ento, en el entendido que la ~ v1olac1ón a lo dispuesto en la presente cláusula causará los efectos que dictan los Artículos 149 y 150 de "LA · LEY"

12.- "LA FRACCIONADORA" se obliga a insertar en los contratos traslativos de domino que celebre con ~ respecto a los lotes del fraccionamiento que se autoriza, una cláusula en la que indique los gravámenes, garantías y atributos sobre éstos en las autorizaciones respectivas. j 13.- En cumplimiento a las prevenciones contenidas en el Artículo 102, de "LA LEY", "LA FRACCIONADORA" se obliga a ordenar, por su cuenta, la publicación del presente Convenio en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora e inscribirlo en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio del distrito judicial de Ciudad Obregón, Sonora a fin de que surtan plenamente sus efectos en cuanto a la traslación de dominio de las superficies mencionadas en la cláusula 3 del presente convenio. Así mismo se conviene que "LA

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CONVENIO AUTORIZACI ÓN 020518-07

FRACCIONADORA" deberá acudir a "LA SECRETARIA" a entregar un ejemplar de dicho boletín una vez que ha sido publicado e inscrito, asi mismo deberá entregar un ejemplar a la Secretaría de Infraestructura y Desa rrollo Urbano para efecto del reg istro en el Sistema Estata l de Información para el Ordenamiento territorial.

14.- En caso de que "LA FRACCIONADORA" incumpla con una o más obligaciones establecidas a su cargo en el presente instrumento o derivadas de "LA LEY", "EL H. AYUNTAMIENTO" podrá declarar la rescisión del presente instrumento de forma un ilateral y administrativamente, ejerciendo las facultades que le confieren las leyes en vigor sobre la materia.

15.- En el caso de inconformidad por parte de "LA FRACCIONADORA" con la rescisión declarada en los términos de la cláusula inmediata anterior, " EL H. AYUNTAMIENTO" y "LA FRACCIONADORA" se someterán en forma voluntaria a la competencia y jurisdicción del TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL ESTADO DE SONORA, quién con plenitud en Jurisdicción podrá resolver las controversias aplicando en lo conducente las disposiciones del capitulo 11 de "LA LEY" .

Leido que fue el presente Convenio, y enterados del alcance y fuerza legal del mismo, ambas partes lo ratifican y firman en Ciudad Obregón , Sonora a los 02 días del mes de mayo del 2018.

POR EL H. AYUNTAMIENTO:

- (

C, LIC.

POR LA FRACCIONADORA:

¡ ' u EVALDEZ

REPRESENTANTE LEGA DE DESARROLLOS OBR, S.A.P.1/ DE C.V.

C.RENE REPRESENTANTE LEGAL DE

DESARROLLOS OBR, S. A.P. I. DE C.V.

Tomo CCII

REPRESENTANTE LEGAL DE DESARROLLOS OBR, S.A.P.I. DE C.V.

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Boletín Oficial 46

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA MIXTO DISTRITO JUDICIAL DE CANANEA, SONORA

EDICTOS

JUICIO SUCESORIO INTESTAMENTARIO A BIENES DE MIGUEL ANSELMO SALAZAR.

Convocase a quienes se consideren con derecho a herencia y acreedores a

deducirlo en juicio. Junta de herederos y nombram iento de albacea a ce lebrarse en este

Juzgado, el día CUATRO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a las

NUEVE HORAS dentro del expediente 396/2018 .

NOTA: Para su publicación por dos veces de diez en diez días en el Boletín Oficial del Estado y diarios "El Imparcial", que se editan en la ciudad de Hermosillo, Sonora. , ~ ---"~

d ,..;;i,-c\l'.J<t,-.p1iº4l'31o-fC"-

1mP\~ . f'\.l~\eJ-~ concwto -~~ cananea. son ., . . )

El p..gente Fiscal IJM,cC-~i

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Boletin Oficial

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