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Grupo MunicipalCiudadanos-C's. Partido de la Ciudadanía ^^

AYUNTAMIENTO IW.

Roquetas de Mar

ENMIENDAS

PARA SU INCLUSIÓN TEXTO "ORDENANZA MUNICIPAL DE

MERCADO DE ABASTOS Y MINORISTAS

Da Lourdes García Garzón, Concejal-Portavoz Suplente del Grupo Municipal de

Ciudadanos Partido de la Ciudadanía, en el Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de

Mar, en nombre y representación del mismo, de conformidad con lo establecido en el

artículo 91.5 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba

el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades

Locales, ante el Pleno de la Corporación comparecen al objeto formular la siguiente

ENMIENDAS AL DICTAMEN:

PROPUESTA PARA LA APROBACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPALREGULADORA DE MERCADO DE ABASTOS Y MINORITAS.

1a) Enmienda Sustitución Art. 7.

"Dado que el número de puestos del mercado es limitado no podrá haber más

concesiones administrativas que puestos existentes. La convocatoria de licitación, de

puestos vacantes, se producirá en un plazo no superior a tres meses, una vez

producida la vacante, con la finalidad de optimizar recursos".

2a) Enmienda Adición. Disposición Transitoria.

Los titulares de puestos en el Mercado Municipal, con carácter previo a la

remodelación del Mercado Municipal de Abastos, mantendrán los puestos ya

adjudicados en su día. Debiendo, estos, ajustar su actividad a las condiciones

establecidas en la presente Ordenanza.

Por todo esto, se presenta al Pleno del Ayuntamiento las siguientes ENMIENDAS AL

DICTAMEN:AYUNTAMIENTO DE

Roquetas de MarDelegación de AtenciónCiudadana, NTIC,Estadística y Documentación

REGISTRO GENERAL DE ENTRADA

Fecha: 11/01/2017 9:22:00

Atiento: 2017/435

Grupo MunicipalCiudadanos-C's. Partido de la Ciudadanía

AYUNTAMIENTO ni;

Roquetas de Mar

Instar la adopción de las enmiendas realizadas y recogidas en el presente escrito a la

"Propuesta para la aprobación de la ordenanza municipal reguladora de mercado de

abastos y minoritas".

Roquetas de Mar, Miércoles, 11 de Enero de 2017

La Portavoz Suplente del Grupo Municipal

C's -lanos

Grupo Munición! Roquetas deMor^F: VOA821633 Pte «fe K> Ci^Wm*» S/*«Wllfl 22

04740. Roquetasd&Mw: lu.t '.73 I4Z0 B3,„,„,, ,,„,., i, «adur.o^aytotw^c^

Fdo. Lourdes García

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AYUNTAMIENTO DE

Roquetas de MarDelegación de Atención Ciudadana, NTICEstadística y Documentación

REGISTRO GENERAL DE ENTRADAGrupo Municipal *»<"»•• 10/01/201714:15:00Ciudadanos-C's. Partido d Mmo: 2017/399 ^J^^Ta^

O QUETAS DE MAR

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ENMIENDAS

PARA SU INCLUSIÓN TEXTO "ORDENANZA MUNICIPAL DEMERCADO DE ABASTOS Y MINORISTAS

Da Lourdes García Garzón, Concejal-Portavoz Suplente del Grupo Municipal de

Ciudadanos Partido de la Ciudadanía, en el Excmo. Ayuntamiento de Roquetas de

Mar, en nombre y representación del mismo, de conformidad con lo establecido en el

artículo 91.5 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba

e¡ Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades

Locales, ante el Pleno de la Corporación comparecen al objeto formular la siguiente

ENMIENDA AL DICTAMEN:

PROPUESTA PARA LA APROBACIÓN DE LA ORDENANZA MUNICIPALREGULADORA DE MERCADO DE ABASTOS Y MINORITAS.

1a) Enmienda adición Art. 9. En cuanto a la limitación del número de puestos,

1°.- Ningún vendedor y su cónyuge e hijos que convivan con sus padres, podrán

poseer más de dos puestos.

2°.- En el supuesto de que hijos mayores de edad, de vendedores que no convivan

con sus padres adquieran, con posterioridad a estos, concesiones de otros puestos

del mercado, estas licencias no se computarán a los efectos de limitación del número

anterior.

2a) Enmienda adición. Inclusión nuevo artículo que establezca,

"El órgano municipal competente para la adjudicación de los puestos de venta del

Mercado de Abastos, será el Pleno Municipal u órgano delegado. Una vez

adjudicada, la concesión habrá de formalizarse en documento administrativo, en el

plazo máximo de dos meses desde dicha adjudicación. La puesta en marcha efectiva

Grupo MunicipalCiudadanos-C's. Partido de la Ciudadanía RoouetaTde°Mar

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por parte del adjudicatario se llevará a cabo en el plazo de un mes, salvo motivos

justificados.

3a) Enmienda Sustitución Art. 6.

"El procedimiento de concesión administrativa de los puestos vacantes será en

régimen de pública concurrencia por procedimiento abierto, en el cual toda persona

interesada podrá presentar una solicitud. Se utilizarán criterios objetivos para la

adjudicación de las concesiones, que deberán figurar en el correspondiente pliego de

cláusulas administrativas particulares que rija la licitación. No obstante, se podrá

utilizar la fórmula del sorteo cuando, con la finalidad de promover la ocupación de los

puestos de venta, no se considere oportuno fijar un tipo económico de licitación al

alza ni existan circunstancias objetivas que permitan diferenciar entre los posibles

lidiadores."

Por todo esto, se presenta al Pleno del Ayuntamiento la siguiente ENMIENDA AL

DICTAMEN:

Instar la adopción de las enmiendas realizadas y recogidas en el presente escrito a la

"Propuesta para la aprobación de la ordenanza municipal reguladora de mercado de

abastos y minoritas".

Roquetas de Mar, Miércoles, 11 de Enero de 2017

La Po ente del Grupo Municipal

facíanos

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Fdo. Lourdes García Garzón