- En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la...

516
Registro de la Nº 42 Propiedad Intelectual Nº 253.028 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES LEGISLATURA Acta de la 33 Sesión Ordinaria – 27 de noviembre Versión Taquigráfica Presidencia: del señor Diego César Santilli y del señor Juan Manuel Olmos Secretaría Parlamentaria: del señor Carlos S. Pérez Secretaría Administrativa: del señor Bruno G. Screnci Silva Diputados Presentes ABBAS, Néstor Aníbal (PRO) ABREVAYA, Sergio Fernando (C.Civ.) ALEGRE, Gabriela Patricia (DpBA) AMOROSO, Víctor Daniel (PRO) ARAUJO, Carlos (PRO) ASINELLI, Christian (FV-CP) BELLO, Alicia (FV-CP) BLASCO, Luciana (PRO) BORRELLI, Martín (PRO) CABANDIÉ, Juan (FV-CP) CANTERO, Fernando (AcIg) CENTANARO, Ivana Cecilia (FV-CP) CERRUTI, Gabriela Carla (FV.CP.) D'ANGELO, Julián (PS) DE ANCHORENA, Teresa (C.Cív.) DE ANDREIS, Fernando (PRO) DESTÉFANO, Roberto Aníbal (PRO) DI FILIPPO, Facundo Martín (C.Cív.) DI STEFANO, Patricio (PRO) EPSZTEYN, Eduardo Ezequiel (DpBA) FAILDE, Pablo (FV-CP) FERNÁNDEZ, Raúl Enrique (EP) GODOY, Marcelo Rafael (PRO) GÓMEZ, Verónica María (PS) GONZÁLEZ, Álvaro Gustavo (PRO) GRAMAJO, Sebastián Miguel (FV-CP) HOUREST, Martín (IS) IBARRA, Aníbal (DpBA) INGARAMO, Gerardo Luis (PRO) KRAVETZ, Diego Gabriel (FV-CP) LA RUFFA, Silvia (FV-CP) LUBERTINO, Mónica Alicia (PRO) MAFFÍA, Diana Elena (C.Civ.) MAJDALANI, Silvia Cristina (PRO) MARTÍNEZ BARRIOS, Diana (PRO) MORALES GORLERI, Victoria (PRO) MOSCARIELLO, Oscar A. (PRO) MOUZO, Dora Matilde (EvP) OLIVERA, Enrique José (C.Cív.) OLMOS, Juan Manuel (FV-CP)

Transcript of - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la...

Page 1: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

Registro de la Nº 42 Propiedad Intelectual Nº 253.028

CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRESLEGISLATURA

Acta de la 33 Sesión Ordinaria – 27 de noviembreVersión Taquigráfica

Presidencia: del señor Diego César Santilli y del señor Juan Manuel OlmosSecretaría Parlamentaria: del señor Carlos S. Pérez

Secretaría Administrativa: del señor Bruno G. Screnci Silva

Diputados Presentes

ABBAS, Néstor Aníbal (PRO)ABREVAYA, Sergio Fernando (C.Civ.)ALEGRE, Gabriela Patricia (DpBA)AMOROSO, Víctor Daniel (PRO)ARAUJO, Carlos (PRO)ASINELLI, Christian (FV-CP)BELLO, Alicia (FV-CP)BLASCO, Luciana (PRO)BORRELLI, Martín (PRO)CABANDIÉ, Juan (FV-CP)CANTERO, Fernando (AcIg)CENTANARO, Ivana Cecilia (FV-CP)CERRUTI, Gabriela Carla (FV.CP.)D'ANGELO, Julián (PS)DE ANCHORENA, Teresa (C.Cív.)DE ANDREIS, Fernando (PRO)DESTÉFANO, Roberto Aníbal (PRO)DI FILIPPO, Facundo Martín (C.Cív.)DI STEFANO, Patricio (PRO)EPSZTEYN, Eduardo Ezequiel (DpBA)FAILDE, Pablo (FV-CP)FERNÁNDEZ, Raúl Enrique (EP)GODOY, Marcelo Rafael (PRO)GÓMEZ, Verónica María (PS)GONZÁLEZ, Álvaro Gustavo (PRO)GRAMAJO, Sebastián Miguel (FV-CP)HOUREST, Martín (IS)IBARRA, Aníbal (DpBA)INGARAMO, Gerardo Luis (PRO)KRAVETZ, Diego Gabriel (FV-CP)LA RUFFA, Silvia (FV-CP)LUBERTINO, Mónica Alicia (PRO)MAFFÍA, Diana Elena (C.Civ.)

MAJDALANI, Silvia Cristina (PRO)MARTÍNEZ BARRIOS, Diana (PRO)MORALES GORLERI, Victoria (PRO)MOSCARIELLO, Oscar A. (PRO)MOUZO, Dora Matilde (EvP)OLIVERA, Enrique José (C.Cív.)OLMOS, Juan Manuel (FV-CP)PAGANI, Enzo Luis (PRO)PARADA, Liliana Beatriz (IS)PEDREIRA, Silvina Aurora (FV-CP)PUY, Raúl Alberto (DpBA)RABINOVICH, Alejandro Daniel (AcIg)RITONDO, Cristian Adrián (PRO)RODRÍGUEZ ARAYA, María (PRO)ROMAGNOLI, Gerardo José (AyL)RUANOVA, Gonzalo Roberto (DpBA)SANTILLI, Diego César (PRO)SAYA, Lidia Noemí (PRO)SMITH, Guillermo (C.Cív.)TAMARGO, Avelino (PRO)URDAPILLETA, Inés (FV-CP)VARELA, Marta Lucía (PRO)WALSH, Patricia (NI)ZAGO, Oscar Roberto (PRO)

Diputados Ausentes

GARAYALDE, Jorge Mario H. (PRO) (c/aviso)MEIS, Marcelo Fernando (PRO) (c/aviso)OCAMPO, Fernando Martín (PRO) (c/aviso)

Page 2: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

BLOQUES POLÍTICOS

Código: Denominación:AyL Autodeterminación y LibertadAcI Autonomía con IgualdadC.Civ Coalición CívicaDpBA Diálogo por Buenos AiresEP Encuentro ProgresistaEvP Eva PerónFV-CP Frente para la Victoria – Concertación PluralIS Igualdad SocialNI Nueva IzquierdaPS Partido SocialistaPRO Propuesta Republicana

Page 3: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 3 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

S U M A R I O

Page 4: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 4 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

INICIACIÓN DE LA SESIÓN 13

Izamiento de la Bandera 13

MANIFESTACIONES 13

Sobre acto convocado por docentes agrupados en la UTE 13

Sobre denuncia de ataque sufrido por dos jóvenes 14

Sobre limitación de demoliciones 15

Sobre el Día de la Diabetes 15

Sobre pedido de informes formulado por un diputado 16

ASUNTOS ENTRADOS 17

Boletín de Asuntos Entrados N° 35/2008 17

Jefe de Gobierno 17

Respuestas del Poder Ejecutivo 18

Diputados 20

Propuesta de modificación a los giros publicados 25

Solicitudes de pronto despacho acordadas 27

Pedidos de preferencias 27

ASUNTOS CONSIDERADOS 30

Despachos acordados para su tratamiento sin discusión 30

Despachos de Resolución o Declaración, sin disidencias ni observaciones, acordados para su aprobación 30

Despacho 841: Informes sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle en el barrio de Barracas. Texto Definitivo. Resolución 560/2008. (Expte. 2380-D-2008. Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud.) 31

Page 5: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 5 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Despacho 845: Informes sobre diversos puntos vinculados con el sistema de convivencia escolar. Resolución 561/2008. (Expte. 2211-D-2008. Educación, Ciencia y Tecnología.) 33

Despacho 846: Informes sobre establecimientos educativos que funcionan en inmuebles alquilados por el Gobierno de la Ciudad. Resolución 562/2008. (Expte. 2193-D-2008. Educación, Ciencia y Tecnología.) 34

Despacho 847: Declarar de Interés de la Legislatura la actividad de cartografía electrónica desarrollada en forma gratuita y comunitaria por el Proyecto Mapear. Texto Definitivo. Resolución 563/2008. (Expte. 1353-D-2008. Comunicación Social.) 37

Despacho 848: Informes sobre el paro de personal de la Ceamse del día 11 de agosto de 2008. Texto Definitivo. Resolución 564/2008. (Expte. 1819-D-2008. Ecología.) 38

Despacho 849: Informes sobre el Centro de Interpretación y Formación Ambiental. Texto Definitivo. Resolución 565/2008. (Expte. 2261-D-2008. Ecología.) 39

Despacho 850: Informes sobre la implementación de las Leyes 2033 y 2058 –Operatoria Financiamiento Compartido– del IVC. Texto Definitivo. Resolución 566/2008. (Expte. 1767-D-2008. Vivienda.) 41

Despacho 851: Informes sobre la Ley 624 – Adjudicación a parejas de la 3ª edad la planta baja de los edificios construidos por el IVC. Resolución 567/2008. (Expte. 2354-D-2008. vivienda.) 42

Despacho 852: Informes sobre el fondo para la Emergencia Habitacional creado en el Art. 3º de la Ley 1408. Texto Definitivo. Resolución 568/2008. (Expte. 2389-D-2008. Vivienda.) 43

Despacho 853: Informes sobre la asignación de recursos al IVC por la Ley 538. Resolución 569/2008. (Expte. 2390-D-2008. Vivienda.) 45

Despacho 881: Solicitud de cambio de jurisdicción patrimonial, en forma parcial, del predio ubicado en Chile al 1600, para la construcción de un Centro de Atención Primaria de Salud para atender a vecinos del Barrio de Montserrat. Declaración 546/2008. (Expte. 1801-D-2008. Salud.) 47

Despacho 893: Declaración de Interés cultural por el libro de cuentos infantiles Los Cuentos de la Tortuga.Declaración 547/2008.(Expte. 2765-D-2008. Cultura.) 48

Page 6: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 6 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Despacho acordado para su aprobación con la modificación propuesta en la respectiva observación 49

Despacho 788: Informes sobre diversos puntos referidos al Complejo Cultural 25 de Mayo. Texto Definitivo. Resolución 570/2008. (Expte. 1871-D-2008. Cultura.) 49

Despachos acordados para su unificación con texto consensuado 52

Despachos 819 y 824: Informes sobre diversos puntos referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas T. de Alvear. Texto Definitivo. Resolución 571/2008. (Exptes. 1807-D-2008 y 1992-D-2008. Salud.) 52

Despachos de leyes sin disidencias ni observaciones acordados para su tratamiento sin debate 60

Leyes cuya aprobación requiere mayoría simple 60

Despacho 843: Condonación de la deuda en concepto de ABL por el inmueble sito en Fernández de Enciso 4544, 8º “9”. Ley 2937. (Expte. 1259-P-2008. Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.) 60

Despacho 844: Condonar deuda por ABL al inmueble sito en Manuel Gallardo 1019. Ley 2938. (Expte. 1968-D-2008. Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.) 62

Despacho 854: Regulación de la asistencia y contención de los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado en las causas judiciales o investigaciones de crímenes de lesa humanidad. Ley 2939. (Expte. 333-D-2008. Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.) 65

Despacho 892: Modificación de la Ley 1353, “Programa Garrafa Social”. El expediente fue aprobado en general y queda reservado en Secretaría. 72

Despacho 894: Aceptación de donaciones para el acervo de un museo y centro de interpretación del paisaje Carlos Thays. Ley 2940. (Expte. 925-D-2008. Cultura.) 77

Despacho 895: Régimen para bienes muebles y útiles de las escuelas de la Ciudad. Ley 2941. (Expte. 2628-D-2008. Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.) 79

Leyes cuya aprobación requiere 31 votos 81

Page 7: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 7 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Despacho 889: Denominar “Hugo Ricardo Corradi” a la plaza delimitada por las calles Yerbal, Calderón de la Barca y la bajada de la autopista AU6. Ley 2942. Declaración 548/2008. (Expte. 756-D-2008. Cultura.) 83

Leyes cuya aprobación requiere 40 votos 84

Despacho 840: Desafectación y permuta de un inmueble para la implementación del Programa de Integración Sociolaboral para Adolescentes. La ley cuenta con aprobación inicial. (Expte. 2274-J-2007. Planeamiento Urbano y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.) 85

Despacho 842: Convalidar el uso de título precario y gratuito de un inmueble por parte de la Confederación Nacional de Beneficencia. La ley cuenta con aprobación inicial. (Expte. 751-J-2007. Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.) 91

Despacho 887: Creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos. La votación es posteriormente reconsiderada. (Expte. 1891-J-2007 y agreg. Obras y Servicios Públicos; de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, y de Tránsito y Transporte.) 95

Despacho 885: Creación del Sistema de Estacionamientos Subterráneos. Texto Definitivo. La ley cuenta con aprobación inicial. (Expte. 2014-J-2007 y agreg. Obras y Servicios Públicos, de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, y de Tránsito y Transporte.) 103

Despacho de Ley de mayoría simple, acordado para su aprobación con texto consensuado 109

Despacho 835: Establecer la “Semana del Agua” en el ámbito de la Ciudad. Texto Definitivo. Ley 2943. (Expte. 1941-D-2008. Ecología y de Educación, Ciencia y Tecnología.) 109

Despacho de ley, de 31 votos, con texto modificado conforme a la disidencia, acordado para su tratamiento sin debate 114

Despacho 855: Obligatoriedad de incorporar el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora en la publicidad de espectáculos públicos. Texto Definitivo. Ley 2944. (Expte. 31-D-2008. Políticas de Promoción e Integración Social; de Justicia y de Comunicación Social.) 114

Mociones sobre tablas acordadas sin discurso 118

Page 8: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 8 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Gestiones ante el Poder Ejecutivo Nacional, para la creación del programa de complementación alimentaria, para personas diagnosticadas con VIH en situación de vulnerabilidad. Se trata sobre tablas. Declaración 549/2008. (Expte. 2835-D-2008.) 121

Informe sobre subsidios a deportistas amateurs en el marco de las Leyes Nº 311 y 1624. Se trata sobre tablas. Resolución 572/2008. (Expte. 2815-D-2008.) 122

Declarar de interés el “1er Encuentro de trabajadores migratorios”. Se trata sobre tablas. Declaración 550/2008. (Expte. 2714-D-2008.) 124

Informes referidos a la habilitación del inmueble sito en la Av. Directorio Nº 4.769, en cuya fachada luce un cartel con la leyenda “Sanatorio Argentino”. Se trata sobre tablas. Resolución 573/2008. (Expte. 2341-D-2008.) 125

Despacho 919: Informes referidos al programa asignado al otorgamiento de subsidios alternativos a la institucionalización, creado por Decreto nº 211/07. Se trata sobre tablas. Resolución 574/2008. (Expte. 2591-D-2008.) 127

Informes referidos al premio “Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, Ley Nº 735. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 575/2008. (Expte. 2592-D-2008.) 129

Informes referidos a la remodelación de la feria artesanal Plazoleta Santa Fe. Se trata sobre tablas. Resolución 576/2008. (Expte. 2301-D-2008.) 130

Informes referidos a la Coordinación de prensa y comunicación institucional del Ministerio de Salud. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 577/2008. (Expte. 2740-D-2008.) 131

Declarar de Interés social el evento la primera barrileteada latinoamericana para la prevención de accidentes en el hogar. Se trata sobre tablas. Declaración 551/2008. (Expte. 2862-D-2008.) 133

Declarar de interés los libros Acoso sexual, Violencia laboral I y No a la violencia laboral II. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 552/2008. (Expte. 2562-D-2008.) 134

Abstención de intervenir en el espacio público en particular en el Barrio Segurola, Floresta. Se trata sobre tablas. Declaración 553/2008. (Expte. 2891-D-2008.) 135

Page 9: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 9 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Pedido de informes sobre la contribución municipal que facturan las empresas Edenor y Edesur. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 578/2008. (Expte. 2073-D-2008.) 136

Informes sobre predio ubicado en Av. Carrasco 625. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 579/2008. (Expte. 2803-D-2008.) 136

Informes referidos a la Campaña de Recolección de Pilas y Baterías Usadas. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 580/2008. (Expte. 2696-D-2008.) 138

Informes sobre aplicación de la Ley Nº 154 Residuos Patogénicos. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 581/2008. (Expte. 2804-D-2008.)139

Colocación de placa en homenaje al bombero voluntario Carlos Guevara fallecido el 1° de noviembre de 2008. Se trata sobre tablas. Resolución 582/2008. (Expte. 2869-D-2008.) 141

Otorgar un subsidio a los derechohabientes de los bomberos voluntarios, Carlos Guevara y José Ambrosio Nardulli. Se trata sobre tablas. Resolución 583/2008. (Expte. 2927-D-2008.) 142

Informes referidos a la implementación de la atención descentralizada de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 584/2008. (Expte. 2854-D-2008.) 143

Informes referidos a la entrega de viandas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 585/2008. (Expte. 2873-D-2008.) 145

Informes sobre casos de tuberculosis detectados en alumnos de escuelas de la ciudad. Se trata sobre tablas. Resolución 586/2008. (Expte. 2889-D-2008.) 148

Informes referidos al Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 587/2008. (Expte. 2523-D-2008.) 149

Informes referidos a los Tratados, Acuerdos y Convenios celebrados por el Jefe de Gobierno. Se trata sobre tablas. Resolución 588/2008. (Expte. 2248-D-2008.) 150

Informes referidos al servicio de subterráneos y premetro de la Ciudad. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 589/2008. (Expte. 2217-D-2008.) 152

Page 10: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 10 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Declarar de interés cultural el “Primer concurso nacional de cuentos de fútbol, Roberto Santoro”. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 554/2008. (Expte. 2899-D-2008.) 154

Informes referidos a la permanente situación de colapso eléctrico en las villas de la Ciudad. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 590/2008. (Expte. 1681-D-2008.) 155

Informes referidos a autorizaciones para la realización de festivales en diversos predios en la Ciudad. Se trata sobre tablas. Resolución 591/2008. (Expte. 2758-D-2008.) 157

Declarar de interés social y cultural las actividades de festejo por el “Día del Barrio de Liniers”. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 555/2008. (Expte. 2898-D-2008.) 159

Despacho 705: Informes referidos al programa “Retención escolar de alumnas embarazadas, madres y de alumnos padres en escuelas medias y técnicas de la Ciudad de Buenos Aires”. Se trata sobre tablas. Resolución 592/2008. (Expte. 1700-D-2008.) 161

Beneplácito al conmemorarse el 27º aniversario de la declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones. Se trata sobre tablas. Declaración 556/2008. (Expte. 2914-D-2008.) 162

Adhesión a la conmemoración del 20º aniversario de la fundación e inicio de actividades del Centro Cultural Lola Mora. Se trata sobre tablas. Declaración 557/2008. (Expte. 2905-D-2008.) 165

Beneplácito por la realización de las “1ª Jornadas de enfermería prehospitalarias”. Se trata sobre tablas. Declaración 558/2008. (Expte. 2695-D-2008.) 166

Declarar de interés la “Caminata abierta a la comunidad por la donación solidaria de órganos y tejidos para transplante”. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo.Declaración 559/2008. (Expte. 2868-D-2008.) 167

Declarar de interés deportivo los certámenes finales del “67º abierto argentino de pato”. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 560/2008. (Expte. 2906-D-2008.) 168

Page 11: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 11 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Beneplácito por la realización de la jornada “Día del paciente oncológico recuperado”. Se trata sobre tablas. Declaración 561/2008. (Expte. 2870-D-2008.) 169

Declarar huésped de honor al artista Andrew Loog Oldham. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 562/2008. (Expte. 2834-D-2008.) 170

Declarar de interés cultural la muestra pesebres navideños peruanos. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 563/2008. (Expte. 2888-D-2008.) 172

Declarar de interés la muestra “Qué hacemos los scouts”, organizada por el movimiento Scouts. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 564/2008. (Expte. 2736-D-2008.) 172

Declarar de interés social la actividad “Una navidad feliz en Piedrabuena”. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 593/2008. (Expte. 2915-D-2008.) 174

Modificación de la Ley Nº 2148 - Conducción Ecológica. Se trata sobre tablas. Declaración 565/2008. (Expte. 1754-D-2008.) 176

Declarar de “Interés cultural” el sitio en Internet “Calesitas Porteñas”. Se trata sobre tablas. Declaración 566/2008. (Expte. 2125-D-2008.) 177

Declarar de interés los festejos del 80º aniversario de la inauguración del Barrio Parque Los Andes. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 567/2008. (Expte. 2924-D-2008.) 178

Declarar de interés la encuesta de comparación salarial que se realiza a través de la pagina Web www.elsalario.com.ar. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 594/2008. (Expte. 2156-D-2008.) 179

Declarar de “Interés cultural” las actividades que realiza la escuela popular de percusión “La Chilinga”. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Declaración 568/2008. (Expte. 2872-D-2008.) 180

Informes sobre diversos puntos referidos a los nuevos planes de las carreras de los Institutos de Formación Docente. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 595/2008. (Expte. 2892-D-2008.) 182

Informes sobre diversos puntos referidos al Hospital de Agudos Dr. Ignacio Pirovano. Se trata sobre tablas. Resolución 596/2008. (Expte. 2931-D-2008.) 183

Page 12: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 12 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes referidos a los concursos y designaciones del personal de los Institutos de Formación Técnica Superior. Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Resolución 597/2008. (Expte. 2893-D-2008.) 185

Adhesión al “Día internacional de la lucha contra el SIDA”. Se trata sobre tablas. Declaración 569/2008. (Expte. 2884-D-2008.) 187

Prórroga de los mandatos de los miembros del Directorio del Ente Regulador de Servicios Públicos. Se trata sobre tablas. Resolución 598/2008. (Expte. 2938-D-2008.) 204

Repudio a los actos de violencia registrados frente a las plantas impresoras de los diarios La Nación y Clarín. Se trata sobre tablas. Declaración 570/2008. (Expte. 2937-D-2008.) 205

Iluminación de monumentos y de un edificio con motivo del Día Mundial de la Diabetes. Se trata sobre tablas. Resolución 599/2008. (Expte. 2934-D-2008.)207

Modificación de la Ley Nº 156 (Proteatro). Se trata sobre tablas. Texto Definitivo. Ley 2945. (Expte. 1912-D-2008). 210

Creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos (Continuación). Texto Definitivo. La ley cuenta con aprobación inicial. (Expte. 1891-J-2007 y agreg. Obras y Servicios Públicos; de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, y de Tránsito y Transporte.) 217

Declarar “Personalidad destacada de la cultura” a la cantautora Liliana Felipe. Se trata sobre tablas. Ley 2946. (Expte. 2933-D-2008.) 220

Preferencias con despacho 222

Despacho 890: Ley del personal de la Policía Metropolitana. Texto Definitivo. Ley 2947. (Expte. 2318-D-2008 y agreg. Seguridad y de Legislación General y del Trabajo.) 222

Finalización 327

APÉNDICES

I. Sobre crisis de la educación - Informes de UTE y ADEMYS

Page 13: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 13 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

II. Sobre denuncia de ataque sufrido a dos jóvenes

III. Sobre retiro de residuos generados por la actividad desarrollada en talleres de colegios técnicos de la Ciudad de Buenos Aires

SANCIONES

Primer y último número de

leyes: 2937 a 2947 (cuatro -4- cuentan con aprobación inicial conforme lo establecen los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad)

resoluciones: 560 a 599/2008

declaraciones: 546 a 570/2008

Page 14: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 14 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la Legislatura de la Ciudad Autónoma, a 27 días de noviembre de 2008, a la hora 18 y 38:

INICIACIÓN DE LA SESIÓN

Sr. Presidente (Santilli).- Con la presencia de 35 señoras diputadas y señores diputados, queda abierta la sesión ordinaria del día de la fecha.

Izamiento de la Bandera

Sr. Presidente (Santilli).- Invito a la diputada Centanaro y al diputado de Andreis a izar la Bandera Nacional.

- Puestos de pie las diputadas, los diputados y el público asistente, se procede a izar la Bandera Nacional en el mástil del recinto. (Aplausos)

MANIFESTACIONES

Sobre acto convocado por docentes agrupados en la UTE

Sra. Walsh.- Pido la palabra.Señor presidente: mientras sesionamos en este recinto, frente a la sede de la Jefatura

de Gobierno de la Ciudad se está desarrollando un acto convocado por las trabajadoras y trabajadores docentes agrupados en la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE).

Esas compañeras y compañeros docentes le van a entregar al Jefe de Gobierno, a la Vicejefa de Gobierno y al Ministro de Educación, tres boletines con sus calificaciones anuales. Obviamente, será una entrega simbólica. Estamos seguros de que las notas que contienen esos boletines no serán buenas, pero siempre es posible mejorar.

Hace pocos días, el Ministerio de Educación ha resuelto extender el ciclo lectivo con el pretexto de los días de clases perdidos, en razón de las medidas de fuerza, y ha asignado la responsabilidad de esa extensión en los directivos de las escuelas, muchos de los cuales también han cumplido los paros y se han negado a instrumentar las listas negras de docentes y de alumnos que les solicitó en su momento el señor Ministro. Si los chicos van en diciembre, por ejemplo, no tendrán comedores, y quienes deban preparar exámenes perderán las clases de apoyo.

Como siempre, me gustaría que mis colegas me escuchen.Hacemos nuestros los argumentos que señalan los comunicados de la UTE y

también del sindicato ADEMYS, en relación con el magro incremento salarial –y, además,

Page 15: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 15 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

en negro–, la falta de estabilidad de los casi tres mil docentes contratados, las deficiencias edilicias pendientes, la reducción de las viandas escolares y la larga lista de problemas no resueltos en nuestras escuelas.

Solicito la inserción de ambos textos –el de la UTE y el de la ADEMYS– en la versión taquigráfica.*

Señor presidente: si se han perdido días de clase no ha sido responsabilidad de las y de los docentes, sino por una gestión que no escuchó ni escucha los reclamos salariales, y que sigue demorando las respuestas que necesita la escuela pública de nuestra ciudad.

La mala nota de los boletines que se entregarán hoy está bien puesta. Incluso más, señor presidente: me animo a dejarles a mis colegas –si es que me escuchan– la siguiente inquietud. El Artículo 71 de la Constitución de la Ciudad dice que la Presidencia de esta Legislatura es ejercida por el Vicejefe o Vicejefa de Gobierno, y es quien conduce los debates, tiene iniciativa legislativa y vota en caso de empate. A lo largo de este año no hemos podido compartir experiencias de ningún modo con quien fue elegida para ello. Entonces, sugiero que contemplemos la posibilidad de recuperar los días perdidos para la institucionalización de esta ciudad y que la señora Vicejefa de Gobierno concurra a esta Casa y a este recinto todos los días jueves de enero y febrero, durante varias horas, para intentar recuperar todas las horas perdidas y mejorar su baja calificación.

- Murmullos en la sala. Sr. Presidente (Santilli).- Silencio, por favor.

Tiene la palabra el diputado Ritondo.

Sr. Ritondo.- Señor presidente: como no se encuentra presente el diputado que hizo un pedido de informes, y si hay alguien más anotado para hablar en esta etapa, me gustaría esperarlo para referirme a ello.

Sr. Presidente (Santilli).- Cómo no, diputado.

- Murmullos en la sala.

Sobre denuncia de ataque sufrido por dos jóvenes

Sr. Presidente (Santilli).- Les pido a los señores asesores que si quieren conversar, lo hagan fuera del recinto, porque los equipos de aire acondicionado están saturados.

Lo peor que nos puede pasar es no poder escuchar a los diputados. Entonces, pido que bajen el volumen y los escuchemos.

Tiene la palabra el diputado Romagnoli.

Sr. Romagnoli.- Señor presidente: me parece que la suya es una apreciación no compartida por todos.

Voy a ser muy breve. En el tramo Preferencias con Despachos vamos a tratar la Ley de Personal de la Policía Metropolitana. En este tramo de manifestaciones, quiero pedir que * Ver apéndice.

Page 16: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 16 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

se inserte en la versión taquigráfica la denuncia sobre el ataque que sufrieron el día martes 25 dos jóvenes de esta ciudad en el barrio de Palermo por parte de agentes de la Policía Federal, en algo que quiero dejar planteado como uno de los graves problemas de la seguridad ciudadana: me refiero a lo que se constituye como prácticas de los cuerpos policiales a lo largo y ancho de todo el país. *

Reitero: pido que se inserte en la versión taquigráfica esta denuncia.

Sr. Presidente (Santilli).- Así se hará, señor diputado.

Sobre limitación de demoliciones

Sr. Di Stefano.- Pido la palabra. Señor presidente: en los últimos días tuve la oportunidad de reunirme con vecinos

de diferentes barrios de la Ciudad de Buenos Aires, quienes reclaman por una modificación del Código de Planeamiento Urbano para que se limiten las demoliciones en esta ciudad.

Lo que ha ocurrido en algunos barrios de nuestra ciudad es gravísimo y toca directamente a esta Casa, ya que somos nosotros los responsables de reglamentar las construcciones en la Ciudad de Buenos Aires.

El patrimonio arquitectónico, que también es cultural, ha sido directamente devastado. Se han demolido manzanas enteras con edificios centenarios y en esos lugares, donde antes había barrios, hoy no hay nada.

Permitir que se destruya nuestra identidad como ciudad no es solamente inmoral, por tratarse de un recurso no renovable que hemos heredado de nuestras generaciones pasadas, un recurso que estamos destruyendo y que no van a poder ver nuestras generaciones futuras, sino porque además es antieconómico.

El valor del metro cuadrado en los barrios protegidos de nuestra ciudad duplica al de los barrios donde se construyó indiscriminadamente. Sin dudas, las torres y los edificios tienen que tener un lugar, ya que contribuyen al desarrollo económico de nuestra ciudad. Pero, teniendo una ciudad tan grande y con zonas tan postergadas, permitir que se construya exactamente arriba de los barrios históricos es insólito, además de no ocurrir en ninguna otra ciudad del mundo. Es difícil entender cómo en los últimos cincuenta años, mientras en el mundo entero se protegía mediante legislación sus edificios patrimoniales y sus barrios históricos, en Buenos Aires no hicimos prácticamente nada.

Ya es tarde para una infinidad de verdaderas obras de arte que han sido destruidas. Tengo la esperanza de que actuemos para proteger a las muy pocas que quedan.

Sobre el Día de la Diabetes

Sr. Cantero.- Pido la palabra.

* Ver Apéndice

Page 17: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 17 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señor presidente: cuando llegue el momento de las tablas voy a pedir el tratamiento de un pedido de informes, debido a que el 14 de noviembre de este año, cuando se conmemoró el Día de la Diabetes, en todas las ciudades del mundo se iluminaron los principales edificios y monumentos con una luz azul, bajo la consigna “Iluminemos a la Diabetes”.

Pero el problema es que en la Ciudad de Buenos Aires no sucedió lo mismo, por negligencia del Ministerio de Espacio Público. A pesar del pedido de la Federación de Diabetes, del INADI, y de varias organizaciones, no se alcanzó a iluminar los edificios del Congreso, y otros monumentos. Además, tampoco se cortaron las calles que debían cortarse para llevar adelante la “Diabecaminata”.

Por eso, señor presidente, cuando llegue el momento, voy a presentar sobre tablas un pedido de informes.

Sobre pedido de informes formulado por un diputado

Sr. Ritondo.- Pido la palabra.Señor presidente: lamento que no se encuentre presente el diputado Cabandié, quien

ha presentado un pedido de informes sobre algunas personas. Yo, por lo menos, quería contestarle.

Pregunta si el señor Raúl Rosa es contratado para formar parte del personal asesor del Ministerio de Seguridad. El señor Raúl Rosa es asesor del diputado Daniel Amoroso, desde que asumió, en cuestiones de seguridad.

También pregunta si Hernán Corach fue contratado para formar parte del personal asesor del Ministerio de Seguridad. Creo que, además, se equivoca, porque debe preguntar por “Maxi” Corach. Esto lo justifica en la defensa de los derechos humanos. Conozco a Hernán y a “Maxi”. En el caso de “Maxi”, quiero decir que ha sido secretario general de la 18, y compañero de muchos de los que provenimos del peronismo que estamos en estas bancas. Se lo vincula con la no defensa de los derechos humanos, pero con Maxi militamos en la Juventud Peronista y marchamos contra las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, y contra los indultos.

La pregunta 12 dice: “Quién fue el señor Pablo García Mithieux y si está contratado”. El señor García Mithieux es Director General de Seguridad y titular de Políticas Públicas de la Universidad de Tres de Febrero. Pero también tendría que saber que es adjunto en Políticas y Administración del señor Martín Grass, a quien él conoce. El señor Pablo García Mithieux, junto con Arslanián e Ignacio Vélez, trabajaron en la intervención de la Policía Bonaerense, es ex militante del PR, trabajó en la JUP, Regional 1, y fue el responsable en los primeros seis meses de la instrucción en la PSA, conducida por Marcelo Saín.

Cuando se le sopla al oído, un diputado debe tener la idea de que lo hace con la intención de sumarse a los medios y de manchar el nombre de una persona; por lo menos, debería conocerla un poco. El hecho de preguntar si está contratado, cuando está en la planta de la propia Legislatura, me parece desatinado.

También pregunta sobre una persona que es Agregado Jurídico en la Embajada de los Estados Unidos. Quería aclarar este tema.

Page 18: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 18 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- Señores asesores que están en el medio del recinto: les pido que retrocedan hasta la escalera de mármol que se encuentra detrás de las bancas de los diputados. Los diputados no se ven entre sí.

Sr. Asinelli.- Pido la palabra.Señor presidente: brevemente, por su intermedio, le quiero decir al diputado

Ritondo que el diputado Cabandié no se encuentra presente para defenderse. Si quiere, después les podemos armar una reunión a los diputados Cabandié y Ritondo, para que hablen los temas que tienen pendientes.

ASUNTOS ENTRADOS

Sr. Presidente (Santilli).- De acuerdo con el Plan de Labor, corresponde informar al Cuerpo sobre los expedientes ingresados publicados en el Boletín de Asuntos Entrados Nº 35.

Si no hay objeciones, se incluirá en la versión taquigráfica, así como las modificaciones acordadas en la Comisión de Labor Parlamentaria a los giros propuestos y que obran como anexo del Plan de Labor de la presente sesión.

Se retira de la nómina de los giros propuestos el expediente 2910-D-08, ya que el giro definitivo coincide con lo peticionado.

Boletín de Asuntos Entrados N° 35/2008

Jefe de Gobierno2874-J-2008 JEFE DE GOBIERNO Ley. Normativa urbanística especial para tres

inmuebles ubicados en zona de Puerto Madero.

A las comisiones de Planeamiento Urbano y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria

2875-J-2008 JEFE DE GOBIERNO Remite actuaciones. Donación de elementos en desuso, pertenecientes a la Escuela Nº 3, D.E. Nº 16, realizada a la Asociación Civil Emaús.

A la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2901-J-2008 JEFE DE GOBIERNO Ley. Apruébase el convenio de colaboración suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Instituto Vial Ibero-Americano.

A la Comisión de Relaciones Interjurisdiccionales.

2902-J-2008 JEFE DE GOBIERNO Remite actuaciones. Donación de bienes en desuso, pertenecientes a la Escuela Normal Superior Nº 10 a

Page 19: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 19 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

la Escuela Nº 133 de González Catán Provincia de Buenos Aires.

A la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Respuestas del Poder Ejecutivo232-D-2008 MOUZO Respuesta a la Resolución Nº 210/08. Incorpórase al

área de educación no formal de la Ciudad el estudio de lenguas extranjeras.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

853-D-2008 EPSZTEYN Respuesta a la Resolución Nº 271/08. Informes referidos a megaproyectos urbanos.

A la Comisión de Planeamiento Urbano.

1151-D-2008 BELLO Respuesta a la Resolución Nº 317/08. Informes en relación con la obra que se está llevando a cabo en el inmueble con frente a las calles Balcarce 569/571 y México 313/315. Expediente 2007-087793 MGEYA.

A la Comisión de Planeamiento Urbano.

1277-D-2008 y agreg.

CANTERO Respuesta a la Resolución Nº 420/08. Informes sobre diversos puntos vinculados con la contaminación de la cuenca tributaria del Riachuelo.

A la Comisión de Ecología.

1297-D-2008 RUANOVA Respuesta a la Resolución Nº 441/08. Informes referidos al programa organizado por la Subsecretaría de Modernización del Estado.

A la Comisión de Legislación General y del Trabajo.

1331-D-2008 EPSZTEYN Respuesta a la Resolución Nº 416/08. Informe sobre diversos puntos relacionados con el estado y mantenimiento del alumbrado público.

A la Comisión de Obras y Servicios Públicos.

1377-D-2008 OLIVERA Respuesta a la Resolución Nº 313/08. Informes referidos al predio donde realizan actividades físicas los alumnos de la Escuela Técnica Nº 1, Otto Krause.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

1425-D-2008 DI FILIPPO Respuesta a la Resolución Nº 372/08. Informes sobre diversos puntos relacionados con la creación del

Page 20: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 20 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Consejo Consultivo de Adultos Mayores.

A la Comisión de Políticas de Promoción e Integración Social.

1488-D-2008 CENTANARO Respuesta a la Resolución Nº 339/08. Informes referidos a la recepción de denuncias de los consumidores y usuarios en los centros de gestión y participación comunal.

A la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios.

1533-D-2008 FERNÁNDEZ Respuesta a la Resolución Nº 370/08. Informes sobre infraestructura deportiva de la Ciudad.

A la Comisión de Turismo y Deportes.

1668-D-2008 URDAPILLETA Respuesta a la Resolución Nº 386/08. Informe referidos al Jardín Japonés.

A la Comisión de Protección y Uso del Espacio Público.

1669-D-2008 URDAPILLETA Respuesta a la Resolución Nº 445/08. Informes sobre diversos puntos referidos al complejo golf-velódromo del Parque Tres de Febrero.

A la Comisión de Protección y Uso del Espacio Público.

1686-D-2008 OLIVERA y MAFFÍA Respuesta a la Resolución Nº 404/08. Informes sobre diversos puntos relacionados al concurso inscripción 2.006 llevado a cabo en el área artística.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

1770-D-2008 ASINELLI Respuesta a la Resolución Nº 413/08. Informes sobre el destino de los adoquines retirados de las calles para realizar el asfalto de las mismas.

A la Comisión de Obras y Servicios Públicos.

2547-D-2008 SANTILLI, KRAVETZ, MOSCARIELLO, OLIVERA y RABINOVICH

Respuesta a la Resolución Nº 475/08. Prorrógase el mandato de los actuales miembros del Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad.

A la Junta de Ética, Acuerdos y Organismos de Control.

Diputados2858-D-2008 PUY Ley. Institúyese el premio a la responsabilidad social

Page 21: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 21 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

empresaria.

A las comisiones de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo, y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2859-D-2008 MARTÍNEZ BARRIOS Ley. Centros de reconocimiento médico docente.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

2860-D-2008 MORALES GORLERI, GRAMAJO, MAJDALANI y MEIS

Ley. Otórgase un subsidio para la rehabilitación, restauración y puesta en valor de la Iglesia San Ignacio de Loyola.

A la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2861-D-2008 RODRÍGUEZ ARAYA Declaración. Declárase de interés educativo el libro Código procesal penal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A la Comisión de Justicia

2862-D-2008 MOUZO Declaración. Declárase de interés social el evento “La primera barrileteada latinoamericana para la prevención de accidentes en el hogar”.

A la Comisión de Salud.

2863-D-2008 RODRIGUEZ ARAYA, ALEGRE, EPSZTEYN, INGARAMO, LA RUFFA, LUBERTINO y PARADA

Ley. Créase la oficina contra la trata y explotación infantil en el marco de la Ley 2781.

A las comisiones de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud, y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria

2864-D-2008 RUANOVA Declaración. Adhesión a la declaración “Adolescencia: no es sinónimo de inseguridad”, emitida por el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia.

A la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud.

2865-D-2008 CABANDIÉ Resolución. Informes sobre diversos puntos referidos a la conformación de la Policía Metropolitana.

A la Comisión de Seguridad.

2866-D-2008 RABINOVICH y CENTANARO Ley. Determinación de daño directo.

A la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios.

Page 22: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 22 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

2867-D-2008 CANTERO Ley. Condónase la deuda de A.B.L. que el Centro de Jubilados y Pensionados de la ex Caja Nacional de Ahorro y Seguro mantiene por el inmueble sito en la calle Páez 1.813.

A la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2868-D-2008 RODRÍGUEZ ARAYA Declaración. Declárase de interés a la “Caminata abierta a la comunidad por la donación solidaria de órganos y tejidos para transplante”.

A la Comisión de Salud.

2869-D-2008 ASINELLI Resolución. Colocación de placa en homenaje al bombero voluntario Carlos Guevara fallecido el 1º de noviembre de 2.008.

A la Comisión de Seguridad.

2870-D-2008 MOSCARIELLO Declaración. Beneplácito por la realización de la jornada Día del Paciente Oncológico Recuperado.

A la Comisión de Salud.

2871-D-2008 PEDREIRA Resolución. Informes referidos a la obra en ejecución del inmueble sito en Rafael Hernández Nº 2.966, 2.972 y 2.982/84/88.

A la Comisión de Planeamiento Urbano.

2872-D-2008 CABANDIÉ Declaración. Decláranse de interés cultural las actividades que realiza la Escuela Popular de Percusión La Chilinga.

A la Comisión de Cultura.

2873-D-2008 FAILDE, CABANDIÉ y PARADA

Resolución. Informes referidos a la entrega de viandas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

2876-D-2008 CABANDIE Ley. Modificación de la Ley 1075 sobre subsidios para veteranos de la Guerra de Malvinas que hayan participado en acciones bélicas.

A la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación.

2877-D-2008 GODOY Ley. Modificación de la Ley 757 sobre procedimiento

Page 23: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 23 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

administrativo para la implementación de la defensa de consumidores y usuarios.

A la Comisión de Defensa de Consumidores y Usuarios.

2878-D-2008 GODOY Ley. Modificación de la Ley 189, Código Contencioso Administrativo y Tributario.

A la Comisión de Justicia.

2879-D-2008 ROMAGNOLI Resolución. Informes referidos a la proliferación de roedores en los barrios cercanos a la cuenca Matanza-Riachuelo.

A la Comisión de Ecología.

2880-D-2008 MAFFÍA Declaración. Gestiones para garantizar el derecho a la salud de los niños, niñas y adolescentes de esta Ciudad que consumen pasta base, de acuerdo con lo dispuesto por el fallo de la doctora Andrea Danas.

A la Comisión de Salud.

2881-D-2008 ASINELLI Ley. Otórgase un subsidio a la Fundación Asistencial Materno Infantil de Ayuda a Niños Carenciados y Discapacitados, “Fundamind”.

A la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2882-D-2008 DI FILIPPO Ley. Regulación de comicios para la elección de representantes internos de villas, núcleos habitacionales transitorios, barrios o sectores declarados en emergencia habitacional o social.

A las comisiones de Vivienda, de Asuntos Constitucionales, y de Descentralización y Participación Ciudadana.

2883-D-2008 ALEGRE Ley. Ley de promoción de la danza en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A las comisiones de Cultura y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2884-D-2008 RABINOVICH Declaración. Adhesión al Día Internacional de la Lucha contra el Sida.

A la Comisión de Salud.

2885-D-2008 RABINOVICH Resolución. Informes sobre diversos puntos referidos a las colonias de vacaciones.

Page 24: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 24 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

A la Comisión de Turismo y Deportes.

2886-D-2008 RABINOVICH Declaración. Conmemoración del aniversario de la aprobación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.

A la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud.

2887-D-2008 MORALES GORLERI Declaración. Profundo pesar por el fallecimiento del doctor en Filosofía, Víctor Massuh.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

2888-D-2008 MORALES GORLERI Declaración. Declárase de interés cultural la muestra Pesebres Navideños Peruanos.

A la Comisión de Cultura.

2889-D-2008 FAILDE Resolución. Informes sobre diversos puntos relacionados con los casos de tubercolosis detectados a comienzos de noviembre en alumnos de una escuela de la ciudad.

A la Comisión de Salud.

2890-D-2008 RODRIGUEZ ARAYA y MOSCARIELLO

Resolución. Acto homenaje a las tripulaciones de misiones aéreas en la Antártida.

A la Comisión de Cultura.

2891-D-2008 EPSZTEYN Declaración. Abstención de intervenir en el espacio público, en particular, en el barrio Segurola, Floresta.

A la Comisión de Obras y Servicios Públicos.

2892-D-2008 OLIVERA Resolución. Informes sobre diversos puntos referidos a los nuevos planes de las carreras de los institutos de formación docente.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

2893-D-2008 OLIVERA Resolución. Informes referidos a los concursos y designaciones del personal de los institutos de formación técnica superior.

A la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

2894-D-2008 DI FILIPPO Declaración. Preocupación por el veto presidencial

Page 25: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 25 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

sobre la Ley Nacional 26418, Ley de Presupuestos Mínimos Ambientales de Protección de los Glaciares y Ambiente Periglacial.

A las comisiones de Ecología y de Relaciones Interjurisdiccionales.

2895-D-2008 MAFFÍA Declaración. Gestiones para la reformulación del Decreto 1.172/2.008 a fin de que no se modifiquen las condiciones de acceso a subsidios para víctimas y familiares de los sucesos de República de Cromañón.

A la Comisión de Salud.

2896-D-2008 VARELA, AMOROSO, DE ANDREIS y MOSCARIELLO

Ley. Ley de arbolado público urbano.

A las comisiones de Ecología y de Justicia.

2897-D-2008 ABREVAYA Declaración. Preocupación por la paralización de las obras de ampliación de las líneas subterráneos A, B y H.

A la Comisión de Obras y Servicios Públicos.

2898-D-2008 ABREVAYA Declaración. Decláranse de interés social y cultural las actividades de festejo por el Día del Barrio de Liniers.

A la Comisión de Cultura.

2899-D-2008 DI FILIPPO Declaración. Declárase de interés cultural al Primer Concurso Nacional de Cuentos de Fútbol, Roberto Santero.

A la Comisión de Cultura.

2900-D-2008 BORRELLI Declaración. Declárase visitante ilustre al señor Oscar Ortiz, Presidente de la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la República de Bolivia.

A la Comisión de Cultura.

2903-D-2008 SANTILLI Resolución. Ratifícase el convenio de servicios médicos asistenciales celebrado entre el Servicio de Salud y Asistencia Social y Medicus S.A.

Considerado por el Cuerpo en la sesión del día 20 de noviembre de 2008. Resolución 559/08.

2904-D-2008 IBARRA Ley. Decláranse ciudadanos ilustres a los señores Néstor Echenique y Patricio Jiménez, integrantes del

Page 26: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 26 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Dúo Salteño.

A la Comisión de Cultura.

2905-D-2008 MEIS Declaración. Adhesión a la conmemoración del 20º aniversario de la fundación e inicio de actividades del Centro Cultural Lola Mora.

A la Comisión de Cultura.

2906-D-2008 DI STEFANO Declaración. Decláranse de interés deportivo los certámenes finales del 67º Abierto Argentino de Pato.

A la Comisión de Turismo y Deportes.

2907-D-2008 DI FILIPPO Ley. Horarios mínimos de apertura de los cercos perimetrales de los espacios verdes de la ciudad.

A la Comisión de Protección y Uso del Espacio Público.

2908-D-2008 DI FILIPPO Ley. Créase el Consejo Económico y Social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

A las comisiones de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo; de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, y de Legislación General y del Trabajo.

2909-D-2008 ABREVAYA Declaración. Gestiones para la realización de controles de tránsito, estacionamiento vehicular y señalización en la intersección de Larrea y Beruti en el barrio de Recoleta.

A la Comisión de Tránsito y Transporte.

2910-D-2008 ABREVAYA Declaración. Preocupación por las demoras en las obras de instalación del nuevo sistema de señalización de la Línea A de subterráneos.

A la Comisión de Obras y Servicios Públicos.

Propuesta de modificación a los giros publicados

2852-D-2008 AMOROSO y LUBERTINO Ley. Denomínase “Juan Pablo II” al futuro hospital que se construirá en el barrio de Villa Lugano.

A la Comisión de Salud.

Labor Parlamentaria acuerda el cambio de giro a la Comisión de Cultura.

Page 27: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 27 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

880-D-2007 MORANDO Ley. Concurso de murales ciudadanos.

A la Comisión de Cultura.

1965-D-2007 DI FILIPPO Ley. Creación de un Registro Comunal de Muralistas y un Registro Comunal de Inmuebles ofrecidos para Muralismo.

A las comisiones de Cultura; de Descentralización y Participación Ciudadana; de Planeamiento Urbano, y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

660-D-2008 TAMARGO Ley. Fomento del muralismo.

A las comisiones de Cultura y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Labor Parlamentaria acuerda unificar los giros de estos expedientes, en primer término, a la Comisión de Cultura; en segundo término, a la Comisión de Descentralización y Participación Ciudadana; y, en tercer término, a la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

2794-D-2008 RABINOVICH Ley. Ley de Acoso Escolar.

A las comisiones de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud, y de Educación, Ciencia y Tecnología.

Labor Parlamentaria acuerda el giro, en primer término, a la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología.

2454-J-2008 JEFE DE GOBIERNO Ley. Desaféctanse del dominio público y apruébase la venta en subasta pública de tres inmuebles de propiedad del Gobierno de la Ciudad.

A la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Labor Parlamentaria acuerda el giro adicional, en primer término, a la Comisión de Planeamiento Urbano.

2774-J-2008 JEFE DE GOBIERNO Ley. Otórgase la concesión de la obra pública de la red de autopistas y vías interconectadas de la Ciudad de Buenos Aires, y puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires a la empresa AUSA

A las comisiones de Obras y Servicios Públicos y de Planeamiento Urbano.

Labor Parlamentaria acuerda el giro adicional a la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Solicitudes de pronto despacho acordadas

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde comunicar al Cuerpo los pedidos de pronto despacho acordados en la reunión de Labor Parlamentaria.

Page 28: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 28 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Si no hay objeciones, se incorporarán en la Versión Taquigráfica y se girarán a las respectivas comisiones.

Exp. 2010-D-08, de Ley, declarar “Sitio histórico” al inmueble ubicado en la calle Bolívar Nº 1.368. (COALICIÓN CÍVICA)

Exp. 842-D-08, de Ley, declarar “Ciudadano ilustre” al escultor Ennio Francisco Girola Iommi (COALICIÓN CÍVICA)

Pedidos de preferencias

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde pasar a votar las preferencias solicitadas.

Para el 04/12/08:

Exp. 638-D-08, de Ley, catalogar con Nivel de Protección “Cautelar” el inmueble sito en Rodríguez Peña 252-254. (COALICIÓN CÍVICA)

Exp. 870-D-07, de Ley, creación de la figura del “Amicus Curiae”. (COALICIÓN CÍVICA)

Exp. 1605-D-07, de Ley, catalogar con Nivel de Protección “Cautelar” el inmueble ubicado en Montevideo 1244/50. (COALICIÓN CÍVICA)

Exp. 2663-D-08, de Ley, prórroga de la Ley 2548 - Procedimiento de promoción especial de protección patrimonial.- (COALICIÓN CÍVICA)

Exp. 450-D-08, de Ley, prevención y detección precoz del cáncer genito mamario. (NUEVA IZQUIERDA)

Exp. 2569-D-08, de Ley, desafectar de la Zonificación C3 al predio ubicado en la calle IndependenciaNº 4.246. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 2521-D-08, de Ley, regulación de servicios técnicos y de entrega de productos. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 790-D-08 y agreg., de Ley, régimen de “Concertación musical no oficial”. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 610-D-07, de Ley, creación del régimen de “Reconocimiento de la actividad literaria de la Ciudad”. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 566-D-08, de Declaración, declarar de “Interés cultural y social” las actividades desarrolladas por la Asamblea de Flores. (IGUALDAD SOCIAL)

Exp. 1873-D-08, de Resolución, informes relativos al seguimiento nutricional y odontológico de los niños, niñas y adolescentes que habitan en hogares convivenciales. (IGUALDAD SOCIAL)

Exp. 2510-D-08, de Declaración, gestiones para la suspensión del concurso para los 6 cargos docentes del Centro Educativo “Isauro Arancibia”. (IGUALDAD SOCIAL)

Exp. 2575-D-08, de Resolución, informes sobre diversos puntos referidos al Programa “Adultos 2.000”. (IGUALDAD SOCIAL)

Page 29: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 29 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Exp. 1769-D-07, de Ley, modificación del Artículo 16º de la Ordenanza 36432, Antigüedad del personal docente. (DIÁLOGO P/Bs. As.)

Exp. 1340-D-08, de Ley, otorgar a la Asociación Civil “Nueva estrella” el permiso de uso precario y gratuito de un predio del Gobierno de la Ciudad. (DIÁLOGO P/Bs. As.)

Exp. 2309-D-08, de Resolución, declarar “Sitio de Interés cultural” al café-bar El Tokio ubicado en la Avenida Álvarez Jonte 3550. (PRO)

Exp. 1776-D-08, de Ley, implementación de lactarios en las instituciones del sector público y privado. (PRO)

Despacho Nº 0768/08: Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación. Ley: garantizar el cumplimiento del derecho a ser diferente. (Expediente 836-D-08, Diputada Maffía). Tiene 3 observaciones de los Diputados Moscariello, Rabinovich y Varela y otros. (COALICIÓN CÍVICA)

Exp. 1312-D-08, de Ley, creación del “Plan de derechos y diversidad sexual” en el ámbito de la Subsecretaria de Derechos Humanos del Gobierno de la Ciudad. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 2230-D-08, de Ley, Ley de Educación al Consumidor. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 2825-D-08, de Ley, creación del Sistema Arbitral de Consumo de la Ciudad”. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 2855-D-08, de Ley, otorgar a los instrumentistas de la Orquesta Estudiantil de Buenos Aires una asignación estímulo destinada a cubrir viáticos. (PRO)

Exp. 1176-D-08, de Declaración, declarar “Sitio de interés cultural” el Museo Porteño “Lo de Gustavo”. (PRO)

Exp. 2332-J-08, de Ley, aprobar el llamado a licitación pública para concesionar los espacios denominados bajos de autopista, situados debajo de las autopistas 25 de Mayo (AU 1), Perito Moreno (AU 6) y Presidente Arturo Frondizi. (PRO)

Exp. 2880-D-08, de Declaración, gestiones para garantizar el derecho a la salud de los niños, niñas y adolescentes de esta Ciudad que consumen pasta base, de acuerdo con lo dispuesto por el fallo de la doctora Andrea Danas. (C. CÍVICA)

Exp. 2895-D-08, de Declaración, gestiones para la reformulación del Decreto Nº 1.172/2.008 a fin de que no se modifiquen las condiciones de acceso a subsidios para víctimas y familiares de los sucesos de “República de Cromagnon”. (C. CIVICA)

Despacho Nº 0888/08: Comisiones de Vivienda y de Presupuesto Hacienda Administración Financiera y Política Tributaria. Tiene dos despachos: uno de Resolución que propone el archivo y otro de Ley, Modificaciones al régimen del Instituto de la Vivienda de la Ciudad. (Exp. 575-J-08, Jefe de Gobierno) . Tiene dos observaciones de los diputados Walsh, y Gramajo y otros.

Despacho Nº 0891/08: Comisiones de Vivienda y de Presupuesto Hacienda Administración Financiera y Política Tributaria. Despacho de mayoría: modificaciones a la ley de emergencia habitacional declarada mediante Ley 1408. Despacho de minoría: Archivo. (Exp. 1758-D-07, Diputado Di Filippo)

Despacho Nº 0896/08: Comisiones de Desarrollo Económico, Mercosur y Políticas de Empleo, de Educación, Ciencia y Tecnología y de Presupuesto Hacienda Administración Financiera y Política Tributaria. Ley: Promoción de las empresas de tecnologías de la información y las comunicaciones. Tiene Despacho de mayoría y cuatro despachos de minoría: dos de ellos proponen una ley; otro una resolución de vuelta a comisión, y el último, una resolución de archivo. (Exp. 1332-J-08, Jefe de Gobierno)

Page 30: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 30 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Para el 11/12/08:

Exp. 2378-D-08, de Ley, modificación del Art. 9°, de la Ley 2340, Colegio Único de Corredores Inmobiliarios. (ENC. PROGRESISTA)

Exp. 1222-D-08, de Ley, modificación del Art. 1°, de la Ley 2665, Catalogación con Nivel de Protección Estructural al inmueble ubicado Av. Juan Bautista Alberdi 5751/53/55. (PRO)

Exp. 1078-D-07, de Ley, Ley de bolsas biodegradables. (PRO)

Exp. 640-D-08, de Ley, modificación de la Ley 451, Régimen de Faltas de la Ciudad (Publicidad engañosa). (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 2077-D-08, de Ley, obligación de entregar cartillas explicativas de la Ley 24240, de defensa del consumidor, en los colegios. (FTE. P/VICTORIA)

Exp. 2896-D-08, de Ley, Ley de Arbolado Público Urbano. (PRO)

Exp. 1982-D-08, de Ley, Catalogar con Nivel de Protección “Cautelar” el inmueble sito en San JuanNº 2.021, perteneciente al hospital Santa Lucía. (PRO)

Exp. 2774-J-08, de Ley, otorgar la concesión de la obra pública de la red de autopistas y vías interconectadas de la Ciudad, y puentes de conexión física con la Provincia de Buenos Aires a la empresa AUSA. (PRO)

Exp. 725-D-08 y 1492-D-08, de Ley, prioridad de atención para mayores de 65 años en organismos públicos y privados. (B. SOCIALISTA)

Sr. Moscariello.- Pido la palabra.Señor presidente: antes de votar las preferencias, quiero retirar el expediente 2332-J-

08, que en el Plan de Labor figura como una preferencia para el 4 de diciembre. Quiero pasar el Expediente 2332-J-08 como preferencia para el 11 de diciembre

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Estaba para el 4 de diciembre y usted plantea pasarlo para el 11?

Sr. Moscariello.- Sí, señor presidente.Por otro lado, la preferencia despachada para el día de hoy correspondiente al

Despacho 886 de 2008, quisiera pasarla para el 4 de diciembre.

Sr. Presidente (Santilli).- Se iba a tratar en el día de hoy, y el diputado solicita que se pase para el 4 de diciembre.

Se van a votar las solicitudes de tratamiento preferencial para los días 4 y 11 de diciembre que se detallan en el Plan de Labor, con las modificaciones planteadas por el diputado Moscariello.

- Se vota y resulta afirmativa. Sr. Presidente (Santilli).- Quedan otorgadas las preferencias.

Page 31: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 31 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sra. Walsh.- Pido la palabra. Señor presidente: quiero dejar constancia del voto negativo del bloque Nueva

Izquierda, para las preferencias del día 4 de diciembre, para los despachos 888 y 896-D-08 2008 y, para el 11 de diciembre, para los expedientes 2774-J-08 y 2332-J-08.

Sr. Presidente (Santilli).- Se deja constancia, diputada.

ASUNTOS CONSIDERADOS

Despachos acordados para su tratamiento sin discusión

Despachos de Resolución o Declaración, sin disidencias ni observaciones, acordados para su aprobación

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar los despachos acordados para su tratamiento sin discusión.

Sr. Secretario (Pérez).- Informamos que los mismos son puestos en consideración con las modificaciones formales que obran en las bancas.

DESPACHO 841Exp. 2380-D-08En el artículo 1° se suprime la expresión: “a esta Legislatura”.

DESPACHO 847Exp. 1353-D-08En el artículo 1° después de la palabra “interés” se incorpora la palabra “cultural”.

DESPACHO 848Exp. 1819-D-08En el artículo 1° se suprime la expresión: “a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

DESPACHO 849Exp. 2261-D-08En el artículo 1° se suprime la expresión: “a esta Legislatura”.

DESPACHO 850Exp. 1767-D-08En el artículo 1° se suprime la expresión: “a esta Legislatura”.

DESPACHO 852Exp. 2389-D-08En el artículo 1°, donde dice, “responderá a esta Legislatura”, debe decir: “informará”.

Carlos Serafín Pérez, Secretario Parlamentario de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Page 32: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 32 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En este segmento que corresponde a los despachos sin discusión, los diputados pueden acercar a la Dirección de Taquígrafos las inserciones que deseen hacer.

Informes sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle en el barrio de Barracas

DESPACHO 841

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 2380-D-2008, Proyecto de Resolución de autoría de la diputada Liliana Parada, quien solicita “Informes sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle en el barrio de Barracas”, y

Considerando:

Que la villa 21.24 del barrio de Barracas es escenario de una problemática que azota a muchos de los niños, niñas y adolescentes de nuestra ciudad: la vida en situación de calle. Basta con recorrer los pasillos de la villa para percibir que la situación de los niños/as y adolescentes en situación de calle se agudiza en este barrio. Razones que se encuentran frente a esta particularidad pueden ser la cercanía al consumo de drogas pero también se da a partir de la solidaridad de los vecinos y vecinas que estos niños encuentran con más frecuencia en la villa que en otros barrios de la Ciudad. Esta situación es observada con mucha preocupación por parte de los vecinos y vecinas, que sienten la impotencia de lidiar diariamente con esta injusticia.

Que ante esta situación de urgencia que atenta contra el derecho a la vida de estos niños y niñas, es fundamental contar con datos estadísticos ajustados y actualizados, en orden de conocer fehacientemente la situación en la que se encuentran y los causantes de la misma. Asimismo, el hecho de contar con información precisa permite mejorar la evaluación de las políticas públicas que se llevan adelante y de modificarlas, en el caso de ser necesario.

Que con respecto a las políticas públicas implementadas, la ley 114 establece en su Art. 60 el objeto y fines de las Defensorías Zonales, indicando que son estos organismos quienes “deben ejecutar las políticas públicas específicas, implementando acciones con criterios interdisciplinarios y participación de los actores sociales”.

Que en el caso de la villa 21.24 y la villa Zavaleta, la Defensoría Zonal que interviene es la Defensoría Zonal Boca-Barracas. Frente a la grave situación de niños y niñas en calle que se constata en estas villas, es imprescindible conocer cuáles son los mecanismos de intervención que en la actualidad se implementan y conocer si se cuenta con los recursos necesarios para hacer frente a esta difícil problemática.

Que tanto la existencia de niños, niñas y adolescentes en esta situación, y su incremento, nos obliga a revisar cuál es la política pública que se aplica para abordar esta problemática que vulnera directamente el ejercicio de los derechos humanos de esta población, afectando profundamente su desarrollo de manera estructural.

Page 33: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 33 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por todo lo expuesto esta Comisión de Mujer, Infancia Adolescencia, y Juventud, aconseja la aprobación de la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, los siguientes puntos relativos a niños, niñas y adolescentes en situación de calle en el barrio de Barracas:

a) Con relación a las competencias de la Dirección General de Niñez y Adolescencia:

1. Si se realizó algún tipo de censo o producción de información estadística en los últimos tres (3) meses sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle en la Villa 21.24 y en la Villa Zavaleta. En caso afirmativo, incluir los datos relevados detallando: cantidad de niños/as; edades; sexo y cualquier otro tipo de dato obtenido.

2. Respecto del “Equipo Móvil de chicos en situación de calle”, u otro programa, si se encuentra trabajando con la población referenciada en el Art. 1° de la presente resolución. En caso afirmativo, informe:

a) cantidad de móviles utilizados por los profesionales para el trabajo en calleb) días de concurrencia y frecuenciasc) especificar si se cuenta con móviles sanitarios.d) cantidad de operadores que trabajan en esa zonae) frecuencia de trabajo de los operadores según turnos y días de la semanaf) protocolos de intervención existentes, metodología de trabajo y objetivos del mismo g) articulación que realizan con otros efectores de la ciudad.

b) Con relación a las competencias del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes:

1. Indicar la cantidad de operadores que trabajan en la zona de la Defensoría Zonal “Boca-Barracas”. Especificar la frecuencia de trabajo según turnos y días de la semana.

2. Detallar el protocolo de intervención por el cual procede esa Defensoría Zonal, así como también el protocolo de urgencia.

3. Detallar cuáles son los recursos de emergencia con los que cuenta la Defensoría Zonal “Boca-Barracas”.

4. Describir las estrategias desarrolladas por esa Defensoría para generar demanda de intervención, indicando a su vez las estrategias de abordaje y superación de las situaciones planteadas.

5. Remitir copia de los dos últimos informes trimestrales del Equipo Técnico sobre el desarrollo de la Defensoría Zonal Boca-Barracas, según Art. 69 de la Ley 114.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 4 de noviembre de 2008. ALEGRE, Gabriela; MAFFÍA, Diana; BLASCO, Luciana y MARTÍNEZ BARRIOS, Diana.

Page 34: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 34 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes sobre diversos puntos vinculados con el sistema de convivencia escolar

DESPACHO 845

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El expediente N° 2211-D-2008, de Resolución, del diputado Ibarra, referido a solicitar informes sobre diversos puntos vinculados con el sistema de convivencia escolar, y

Considerando:

Que el Ministerio de Educación está realizando modificaciones en los equipos que brindan asistencia psicológica y socioeducativa en los distintos niveles de la enseñanza.

Que los Equipos de Orientación Escolar como el Área de Asistencia Socio-Educativa (ASE) prestan desde hace años importantes servicios a las instituciones educativas y a los propios alumnos de la ciudad.

Que, por otra parte el Ministerio de Educación se encuentra modificando la normativa vinculada con el sistema de convivencia escolar.

Que en este sentido las modificaciones establecen criterios específicos para los alumnos que se postulen para integrar los Consejos de Convivencia Escolares entre los que se establece que los consejeros estudiantiles deben tener sus materias aprobadas y no tener antecedentes desfavorables en su conducta.

Que sin lugar a dudas es deseable que los chicos, los padres y los docentes elijan a compañeros y compañeras que se destaquen por su comportamiento socialmente adecuado y comprometido con la institución, sin embargo podría resultar antidemocrático cercenar la capacidad de un adolescente a ser elegido como consejero para el sistema de convivencia por sus notas o concepto escolar.

Que esta decisión incluida en la reciente normativa ministerial –Resolución 998 del Ministerio de Educación del presente año publicada en el BO 2995– puede constituirse impugnable desde el punto de vista de la legislación que garantiza el acceso a los derechos de forma universal y, más allá de los aspectos jurídicos, constituye una regresión al período del sufragio restringido, selectivo, o calificado de los tiempos anteriores a la ley Sáenz Peña.

Que según información recogida de alumnos y docentes, hay poca difusión de la normativa de convivencia escolar y existe escasa conciencia de la importancia de establecer de manera colectiva las pautas disciplinarias, es decir las normas a las que todos deben ajustarse y respetar.

Que entendiendo que el sistema democrático implica un aprendizaje permanente de participación ciudadana, y que el régimen de convivencia escolar es una herramienta interesante para su difusión y puesta en marcha.

Por todo lo expuesto, esta Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología aconseja la sanción de la siguiente:

Page 35: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 35 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

RESOLUCIÓN 561/2008

Artículo 1º.- La legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder ejecutivo que informe, en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, respecto de las siguientes cuestiones vinculadas a las modificaciones realizadas por el Ministerio de Educación en el sistema de convivencia escolar así como en los equipos de orientación escolar (EOE) y asistencia socio educativa (ASE) que prestan servicios en el sistema educativo de la Ciudad:

l. Cantidad de personal que actualmente se desempeña en los distintos equipos que brindan asistencia socio-educativa y psicológica en todos los niveles de la enseñanza. Características generales de su funcionamiento.

2. Si se ha modificado el régimen laboral y la carga horaria del personal que revista en los mencionados equipos de orientación escolar y de asistencia socioeducativa. En caso afirmativo señalar los fundamentos.

3. Si se han tomado previsiones para la ampliación o reducción de los equipos integrantes de sistema de orientación escolar (EOE, ASE etc.). En caso afirmativo indicar la demanda de las instituciones educativas y los alcances de las propuestas de modificación.

4. Normativa que se utiliza para dar respuesta a las situaciones de vulneración de derechos de los alumnos y alumnas del sistema educativo; si existen procedimientos de articulación acordados para la intervención del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes como organismo de protección de la Ley 114 y los fundamentos de los cambios propuestos en el sistema de convivencia escolar establecidos en la Resolución 998/08

5. Si no se considera incurso en criterios contrarios a la Constitución y a la legislación no discriminatoria la reglamentación del sistema de elección de consejeros estudiantiles para el Consejo de Convivencia Escolar a los cuales se exige “…carecer de antecedentes disciplinarios desfavorables y acreditar un muy buen rendimiento académico.” Resolución 998/08, Boletín Oficial 2995/08. Explique los motivos.

6. Si antes de reformar el sistema de convivencia escolar se han efectuado consultas a la comunidad educativa, a los equipos educativos y auxiliares del propio sistema, gremios docentes y organizaciones académicas especializadas en el tema, o al propio organismo especializado en los derechos de niños, niñas y adolescentes. En caso afirmativo detallarlas.

7. Si se han previsto desarrollar instancias de consulta, de capacitación y reflexión de la comunidad educativa para avanzar y profundizar la convivencia escolar en las escuelas y difundir la legislación pertinente, en particular la Ley 223. En caso afirmativo detallarlas.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 4 de noviembre de 2008. OLIVERA, Enrique; DE ANDREIS, Fernando; MOSCARIELLO, Oscar; MARTÍNEZ BARRIOS, Diana; ALEGRE, Gabriela; MAFFÍA, Diana; GÓMEZ, Verónica y WALSH, Patricia.

Informes sobre establecimientos educativos que funcionan en inmuebles alquilados por el Gobierno de la Ciudad.

DESPACHO 846

Page 36: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 36 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente N° 2193-D-2008, de Resolución, de la diputada Alegre y agregado Expediente Nº 2395-D-08, de Resolución, de los/as diputados/as Olivera y Maffía, referidos a solicitar informes sobre establecimientos educativos que funcionan en inmuebles alquilados por el Gobierno de la Ciudad a crear el régimen de becas de inclusión escolar en las Escuelas de Nivel Medio de Gestión Estatal y,

Considerando:

Que esta iniciativa manifiesta la necesidad de contar con información detallada respecto a la cantidad de edificios alquilados por la Ciudad de Buenos Aires para destinar a sedes administrativas y establecimientos escolares del Ministerio de Educación; como también obtener información fidedigna acerca de la inversión de fondos realizada en infraestructura de dichos edificios.

Que cabe expresar que muchos de estos inmuebles se encuentran en locación desde larga data, y que las anteriores administraciones procuraron obrar en dos sentidos: por un lado, logrando acordar un precio justo a pagar por el Estado, que en muchos casos ha llevado a un punto controversial respecto a sus propietarios, al no acordar éstos con la tasación oficial expedida por el Banco Ciudad de Buenos Aires, obligando en muchos casos a prorrogar los contratos de locación; por el otro, a invertir fondos públicos en su compra, sea que tuvieran declaración de utilidad pública o por compra directa dado el carácter excepcional que posee el bien, en virtud de su uso y localización.

Que es importante remarcar que la mayoría de los edificios escolares alquilados por la Ciudad provienen de escuelas transferidas a la Ciudad durante los años 1978 y 1992.

Que sin dejar de reconocer los importantes avances realizados en años anteriores por la Escribanía General de la Ciudad de Buenos Aires tendientes a lograr descuentos en los valores de las locaciones celebradas por la Ciudad, estamos convencidos de la necesidad, la posibilidad y el deber de realizar mayores esfuerzos desde la administración para una solución al problema.

Que en esta lógica importa saber cuál es la política específica hacia estos inmuebles, dado que en cuanto se posponga su adquisición obliga a la manutención y limita el grado de intervención y adecuación.

Por todo lo expuesto, esta Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología aconseja la sanción de la siguiente:

RESOLUCIÓN 562/2008

Artículo 1°.- La legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, solicita al Poder Ejecutivo que informe en un plazo de 30 días de recibida la presente, acerca de los siguientes requerimientos vinculados a los contratos de alquileres vigentes en el Ministerio de Educación:

a) Monto total de erogaciones realizadas durante los años 2006, 2007 y 2008 por alquileres de edificios para cualquier tipo de destino.b) Monto total presupuestado para el año 2008 para alquileres de edificios para cualquier tipo de destino en el Ministerio de Educación.c) Monto ejecutado a la fecha del presente requerimiento para el año 2008.

Page 37: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 37 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

d) Listado completo de edificios alquilados por el Ministerio de Educación para cualquier tipo de destino con los siguientes datos:

1. Dirección del inmueble y Distrito Escolar que le corresponda.2. Destino dado al inmueble por el Ministerio. (Sede administrativa-– escuela – otros). Para el caso de escuela agregar C.U.E (Código Único de Establecimientos) y matrícula escolar.3. Antigüedad del inmueble.4. Tasación al momento de la firma del contrato de locación.5. Organismo tasador del inmueble en los casos que no haya intervenido el Banco Ciudad.6. Año de inicio de primer contrato de locación del inmueble.7. Monto mensual de la locación del inmueble.8. Fecha de inicio del actual contrato de locación.9. Fecha de finalización del actual contrato de locación.10. Locador.11. Domicilio legal del Locador.12. Situación edilicia del inmueble alquilado.13. Motivos de refacciones realizadas en dicho inmueble durante los ejercicios presupuestarios 2006, 2007 y 2008.14. Montos de las refacciones realizadas en dicho inmueble durante los ejercicios presupuestarios 2006, 2007 y 2008. 15. Si el locador ha iniciado algún tipo de juicio contra la Ciudad por cualquier motivo sobre la propiedad o no.

e) Nómina de edificios alquilados por el Ministerio de Educación para cualquier tipo de destino que tengan Declaración de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación por Ley de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la fecha de aprobación del presente pedido con los siguientes datos:

1. Fecha de aprobación de la Ley declarando de utilidad pública.2. Fecha de promulgación de dicha Ley.3. Dirección del inmueble4. Destino dado al inmueble por el Ministerio. (sede administrativa – escuela – otros).

5. Estado de ejecución del trámite de expropiación.6. Indicar si cuenta con informe técnico actualizado acerca de su estado de conservación y su valuación (tasación por parte del Banco de la Ciudad de Buenos Aires).7. Motivos del atraso y/o incumplimiento del trámite de expropiación para los casos que así lo demanden.8. Monto mensual de la locación del inmueble.9. Fecha de inicio del actual contrato de locación.10. Fecha de finalización del actual contrato de locación.11. Antigüedad del inmueble.12. Locador.13. Domicilio legal del Locador.14. Si tiene iniciado juicio de expropiación inversa o no.

f) Listado de edificios alquilados por el Ministerio de Educación para cualquier tipo de destino con contrato pendiente de renovación a la fecha de aprobación del presente pedido con los siguientes datos.

1. Dirección del inmueble y Distrito Escolar correspondiente2. Destino dado al inmueble por el Ministerio (sede administrativa – escuela – otros). Para el caso de Escuela agregar C.U.E,3. Fecha de inicio del último contrato de locación.4. Fecha de finalización del último contrato de locación.

Page 38: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 38 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

5. Antigüedad del inmueble.6. Locador.7. Domicilio legal del Locador.8. Motivo por el que todavía no se firmó la renovación de contrato de locación.

g) De cada uno de los inmuebles alquilados donde funcionan establecimientos educativos indicar:

1. Si se prevé la adquisición de los mismos u otros que los reemplacen. De ser afirmativo, detállese estado del trámite y si cuenta con partida presupuestaria.2. Indicar la inversión en obras de infraestructura realizadas o previstas durante el año 2008, indicando estado de avance y si las mismas son en el marco de la Ley 2565.3. Si se ha previsto una política o programa específico respecto de los mismos.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 4 de noviembre de 2008. OLIVERA, Enrique; DE ANDREIS, Fernando; MOSCARIELLO, Oscar; MARTÍNEZ BARRIOS, Diana; ALEGRE, Gabriela; ASINELLI, Christian; MAFFÍA, Diana; GÓMEZ, Verónica y WALSH, Patricia.

Declarar de Interés de la Legislatura la actividad de cartografía electrónica desarrollada en forma gratuita y

comunitaria por el Proyecto Mapear.

DESPACHO 847

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 1353-D-2008, de Resolución, de autoría del diputado Sergio Abrevaya, por el que se propone declarar de interés la página web cuyo dominio es “proyectomapear.com.ar”, y

Considerando:

Que el sitio web correspondiente al Proyecto Mapear (Mapas Electrónicos Argentinos) es un ámbito virtual que tiene como finalidad desarrollar y compartir cartografía en forma gratuita con todos los usuarios;

Que la cartografía volcada al uso de los navegadores satelitales y los GPS es una modalidad creciente en quienes emprenden viajes de diversos tramos, buscando optimizar las informaciones de servicios, rutas, caminos o trayectos;

Que el carácter gratuito de este sitio corona el acceso a mapas de nuestra Ciudad y de todo el país, donde los propios usuarios de esta comunidad virtual aportan material y así retroalimentan un proyecto de comunicación, divulgación y conocimiento sin restricciones o costo alguno;

Que este fomento de una práctica solidaria y comunitaria, que alienta compartir la información que cada uno posee para luego redistribuirla, de manera gratuita, con casi 60.000 mapas, datos

Page 39: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 39 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

georeferenciados de monumentos y sitios turísticos, se constituye en un emprendimiento que supera las prestaciones públicas y privadas, de similares características;

Que Buenos Aires no es sólo un destino turístico para visitantes extranjeros, miles de compatriotas llegan a nuestra Ciudad y gran cantidad de ellos lo hacen usando sus propios vehículos y accesos como éste a la información cartográfica sumada a los servicios, deben destacarse y reconocerse;

Que a su vez, es interesante analizar cómo estas comunidades virtuales se convierten en verdaderos grupos de interés particular y general, por usos de modalidades de servicios, sistemas tecnológicos u otros similares, y se torna mucho más interesante cuando varias decenas de miles de personas son usuarios registrados y aportan material para el uso de todos;

Que el avance tecnológico puesto al servicio de los usuarios y abierto a la consulta de todos se pone de manifiesto en los foros de debate y discusión y la posibilidad de descargar instructivos de uso de navegadores satelitales, cartografía y mapas de ciudades, que son algunas de las alternativas de uso de este dominio de la Red Global;

Que estas herramientas, el desarrollo de cartografía para navegadores y la facilidad de acceso para la información virtual, se constituyen en un avance para muchos usuarios, residentes o visitantes de nuestra Ciudad.

Por lo expuesto, esta Comisión de Comunicación Social aconseja la aprobación de la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- Declárase de interés de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad de cartografía electrónica desarrollada en forma gratuita y comunitaria por el Proyecto Mapear a través del sitio web “proyectomapear.com.ar”.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 5 de noviembre de 2008.GRAMAJO, Sebastián; MARTÍNEZ BARRIOS, Diana; DI STEFANO, Patricio; VARELA, Marta y MAFFÍA, Diana.

Informes sobre el paro de personal de la Ceamse del día 11 de agosto de 2008.

DESPACHO 848

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1819-D-2008, de autoría del diputado Gerardo Romagnoli, referido al pedido de informes sobre el paro del personal de la Ceamse del día 11 de agosto del corriente año, y

Considerando:

Page 40: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 40 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que la Coordinación Ecológica Área Metropolitana, Sociedad del Estado, (Ceamse) recibe los residuos sólidos urbanos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de parte del Conurbano Bonaerense.

Que con fecha 11 de agosto del corriente año, se realizó un paro del personal de la Ceamse, en reclamo de nuevos centros de disposición final, y plantas de transferencia, entre otras cosas.

Que si bien se solucionó el conflicto laboral, esta Legislatura debe estar informada oficialmente sobre lo acontecido dado que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires integra dicho Organismo.

Por lo expuesto, esta Comisión de Ecología aconseja la aprobación de la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, informará en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre los puntos que a continuación se detallan:

a- Indique resultados de las negociaciones llevadas a cabo en la reunión, entre los trabajadores de la Ceamse y los gobiernos de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad, que siguió al paro del día 11 de Agosto de este año. Remita actas oficiales.

b- Mencione el estado actual de las soluciones reclamadas por los trabajadores de la Ceamse en cuanto a: 

1.-  la problemática de la disposición final de residuos sólidos;

2.- la necesidad de una inmediata inversión en repavimentación y mejoras en el Camino Parque del Buen Ayre. 

c- Detalle medidas a implementar para la solución de la problemática planteada.

 

Art. 2.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 5 de noviembre de 2008.VARELA, Marta; FAILDE, Pablo; TAMARGO, Avelino; URDAPILLETA, Inés; ABREVAYA, Sergio; EPSZTEYN, Eduardo; D'ANGELO, Julián y de ANDREIS, Fernando.

Informes sobre el Centro de Interpretación y Formación Ambiental

DESPACHO 849

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2261-D-2008, de autoría del diputado Gonzalo Ruanova, referido al pedido de informes sobre el Centro de Interpretación y Formación Ambiental, y

Page 41: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 41 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Considerando:

Que hace más de tres años se inició el desarrollo de la instalación del Centro de Interpretación y Formación Ambiental (CIFA), en la zona sur de la Ciudad. El mismo tenía por objeto propiciar el análisis crítico de la realidad y la construcción de conocimientos ambientales todo ello en el marco y dando respuesta a las leyes de Educación Ambiental y de Información Ambiental.

Que por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción del establecimiento en diciembre del 2006, sobre un diseño de la Corporación Buenos Aires Sur que contemplaba sistemas de construcción y arquitectura ambientalmente sustentables.

Que en Agosto del año 2007, se anunció el final de la parte estructural de la obra, y la inmediata finalización de la misma con los detalles de revestimientos y equipamiento faltantes.

Que cabe señalar, que la instalación del Centro de Información y Formación Ambiental, resulta cada vez más necesaria, toda vez que el aspecto educativo frente a la problemática ambiental es de una importancia mayúscula en cualesquiera de las políticas que se lleven a cabo al respecto.

Por lo expuesto, esta Comisión de Ecología aconseja la aprobación de la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, a través de los organismos correspondientes y en un plazo no mayor de 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los puntos que a continuación se detallan, referidos al Centro de Interpretación y Formación Ambiental (CIFA):

a) Los avances en la obra, durante el corriente año, que se lleva a cabo en las calles Escalada y Castañares del Parque Indoamericano, ejecutada por la Corporación Buenos Aires Sur, para el funcionamiento del Centro de Interpretación y Formación Ambiental.

b) El porcentaje de la misma que reste ejecutar, y los plazos estimados para su puesta en funcionamiento conforme el destino de uso primigenio, de acuerdo las leyes 303 y 1687.

c) Bajo qué área de Gobierno se encuentra la planificación sobre el uso del CIFA, respecto de los programas de Educación e Información Ambiental a llevarse a cabo en dichas instalaciones.

d) Si el área de gobierno aludida, ha planificado conforme lo establecido por la normativa vigente y sus misiones y funciones, acciones a implementarse desde el CIFA. En el caso de que así sea, detallen las mismas y los plazos.

e) Detalle, si existiera, algún tipo de planificación conjunta en los términos del inciso que antecede, con los Centros comunales vecinos al edificio del CIFA localizado en el Parque Indoamericano.

En todos los casos se solicita la remisión de la documentación respaldatoria de lo informado.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 5 de noviembre de 2008.VARELA, Marta; FAILDE, Pablo; URDAPILLETA, Inés; ABREVAYA, Sergio; EPSZTEYN, Eduardo; D'ANGELO, Julián y de ANDREIS, Fernando.

Page 42: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 42 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes sobre la implementación de las Leyes 2033 y 2058 –Operatoria Financiamiento Compartido– del IVC.

DESPACHO 850

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1767-D-2008, iniciado por diputado Aníbal Ibarra, por el cual se solicita información acerca de la implementación de las Leyes 2033 y 2058, referidas a la Ley 1056 –Operatoria Financiamiento Compartido del IVC–, y

Considerando:

Que la Ley 1056 fue aprobada en el año 2003 en el marco de diversas iniciativas tendientes a regularizar las anormalidades que afectaban a los adquirentes de la Operatoria “Financiamiento Compartido” dirigido a cooperativas vinculadas con empresas constructoras incluidas en la Licitación Pública 17/93 ratificada por Resolución 128/SS/94 y por Acta de Directorio de la Comisión Municipal de la Vivienda Nº 1457.

Que mediante la Ley 2033 se creó un Registro en el Instituto de Vivienda de la Ciudad destinado a inscribir a los beneficiarios de la Ley 1056 que fueran aún deudores de las cooperativas de vivienda. La norma prescribía, asimismo, que el I.V.C. arbitre acciones destinadas a facilitar acuerdos para la cancelación de las deudas pendientes con las cooperativas.

Que la Ley 2258* facultó al Instituto de la Vivienda de la Ciudad a cancelar las deudas contraídas con las cooperativas de vivienda por los beneficiarios de la Ley 1056 e inscriptos en el registro creado por el Artículo 1º de la Ley 2033.

Que es la intención de este pedido de informes conocer la actual situación de los beneficiarios de la Ley 1056, ya que algunos de ellos han manifestado su preocupación sobre el futuro de sus viviendas ante el no cumplimiento de lo que establecen las normas citadas anteriormente.

Por lo expuesto, esta Comisión de Vivienda aconseja la aprobación de la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, a través de los organismos correspondientes y en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, sobre los puntos que a continuación se mencionan, en relación con la implementación de la Ley 2033 y de la Ley 2258, ambas referidas a los beneficiarios de la Ley 1056.

1) Con respecto a la Ley 2033 mediante la cual se creó un Registro de beneficiarios de la Ley 1056:

a) Cantidad de beneficiarios inscriptos en el registrob) Listado de beneficiarios con detalle de los importes adeudados a las

cooperativas y monto total adeudado.

* Ley 2258. Sanción: 14/12/2006. Vetada: Decreto Nº 107/007 del 17/01/2007. Publicación BOCBA N° 2609, del 22/01/2007. Insistida: Resolución Nº 93-LCABA, Publicación BOCBA Nº 2697, del 04/06/2007

Page 43: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 43 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

2) Con respecto a lo estipulado por la Ley 2258:

a) Detalle de las gestiones realizadas a la fecha para dar cumplimiento a lo establecido en la citada ley.

b) Aplicación del monto afectado por el Artículo 5º de la Leyc) Detalle de las deudas pendientes de cancelación, planificación prevista

para su ejecución y monto y partida asignada en el Presupuesto 2008.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 10 de noviembre de 2008.DI FILIPPO, Facundo; MEIS, Marcelo; RITONDO, Cristian; de ANDREIS, Fernando; EPSZTEYN, Eduardo; CABANDIÉ, Juan; PAGANI, Enzo y D´ANGELO, Julián.

Informes sobre la Ley 624 – Adjudicación a parejas de la 3ª edad la planta baja de los edificios construidos por el IVC.

DESPACHO 851

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 2354-D-2008, iniciado por el diputado Sergio Abrevaya, por el cual solicita informes referidos a la Ley 624, adjudicación a parejas de la 3ª edad la planta baja de los edificios construidos por la CMV, y

Considerando

Que el 19/09/2001 se publicó en el B.O. 1279/01 la Ley 624 que establece en su Artículo 1° que el 50% de las unidades funcionales construidas en Planta Baja o en su defecto en el piso inmediato superior, financiadas por la ex CMV o el IVC, sean otorgadas en comodato a personas mayores de 65 años, autoválidas, y que, en su Artículo 2º establece que la ex CMV o el IVC en coordinación con la entonces Dirección General de Tercera Edad, hoy Subsecretaría de Tercera Edad, implementará un registro de inscripción.

Que, el objetivo de este pedido de informes es el de obtener información de los avances de la norma, toda vez que el déficit habitacional golpea fuertemente los sectores más vulnerables de esta Ciudad y las personas mayores enmarcadas en la presente ley se encuentran dentro de este colectivo.

Que, considero que la norma en cuestión cobra carácter relevante a fin de paliar el déficit habitacional en este grupo etáreo, dar cumplimiento al Art. 41 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de garantizar estrategias de intervención que eviten la institucionalización de las personas de edad.

Por lo expuesto, esta Comisión de Vivienda aconseja la sanción de la presente:

RESOLUCIÓN 567/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad, a través de los organismos competentes, que en un plazo de treinta (30)

Page 44: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 44 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

días de recibido el presente, informe sobre los siguientes puntos referentes a la ley N° 624 (B.O. 1279 del 19/09/2001).

a) Describa en que etapa de cumplimiento se encuentra la presente ley.

b) Indique si se ha cumplido con los artículos 1° y 2° de la Ley N° 624.

c) Comunique que estrategias de difusión han implementado las áreas competentes a fin de cumplir con el Art. 2° de la presente norma.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 10 de noviembre de 2008.DI FILIPPO, Facundo; MEIS, Marcelo; RITONDO, Cristian; de ANDREIS, Fernando; EPSZTEYN, Eduardo; CABANDIÉ, Juan; PAGANI, Enzo y D´ANGELO, Julián.

Informes sobre el fondo para la Emergencia Habitacional creado en el Art. 3º de la Ley 1408.

DESPACHO 852

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 2389-D-2008, iniciado por el diputado Facundo Di Filippo, por el cual solicita informes referidos al fondo para la Emergencia Habitacional creado en el Art. 3º de la Ley 1408, y

Considerando

Que, la crisis habitacional que presenta la ciudad de Buenos Aires constituye uno de los problemas más graves de la metrópoli que requiere de un urgente diseño e implementación de políticas públicas definidas y consensuadas para solucionarlo.

Que, la voluntad del Legislador frente al problema habitacional se reflejó en la sanción de la Ley 1408, la que prevé la creación de un Fondo de Emergencia Habitacional para paliar esta emergencia cada día más acuciante en nuestra Ciudad.

Que, según un informe de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, el déficit habitacional se ha agravado en los últimos años. Si bien no se dispone de estadísticas oficiales que den cuenta de esta evolución, ya en los años 2001/2002 se estimaba que entre el 15 y el 20% de la población de la Ciudad se encontraba en una situación habitacional deficitaria*.

* “Los desalojos y la emergencia habitacional en la Ciudad de Buenos Aires”, Informe producido por el Área Derechos Sociales-Vivienda a cargo de la doctora Silvina Penella, Septiembre 2007, p.p.4.

Page 45: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 45 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que, hoy se estima que más de medio millón de personas* tienen problemas de vivienda en la ciudad, esto significa que, o habitan viviendas en malas condiciones, barrios informales y asentamientos, o directamente no acceden a ningún tipo de vivienda.

Que, la gravedad del tema fue oportunamente abordado por la Legislatura de la Ciudad, que ya en el año 2004 sancionó la Ley 1408 que declaró en estado de “Emergencia Habitacional” a la Ciudad de Buenos Aires por un plazo de tres años. La norma constituyó un Fondo de Emergencia Habitacional para asignar a los programas existentes o creados por ley específica que tengan por objeto las soluciones habitacionales transitorias o definitivas para los grupos familiares y/o personas en situación de emergencia1. En el año 2007 esta norma fue prorrogada tres años más por Ley 2472, es decir que al día de la fecha la Ciudad de Buenos Aires continúa con este estado de emergencia habitacional declarado por ley.

Que, asimismo, y a pesar de los vetos parciales que prosiguieron a la sanción de la Ley 1408, el Artículo 3º de dicha norma, que crea el Fondo de Emergencia Habitacional no fue vetado por el Poder Ejecutivo, por lo tanto continúa vigente y su constitución es una obligación que continúa siendo exigible al gobierno porteño.

Que, por su parte, desde el año 2007 y, en particular, desde comienzos de 2008 el ritmo de los desalojos en la Ciudad se ha acelerado de manera abrumadora llegando a producirse un promedio de dos desalojos diarios*, con una clara falta de respuesta estatal adecuada para abordar esta problemática.

Que, según una proyección de la Defensoría del Pueblo porteña* más de dos mil trescientas (2.300) familias han sido desalojadas durante 2008. Buenos Aires se perfila cada vez más como una ciudad para unos pocos, con una clara tendencia expulsora de todos los habitantes que no cumplan con los requisitos que el mercado inmobiliario impone.

Que, el Estado tiene la responsabilidad de diseñar e implementar políticas destinadas a las personas afectadas por la crisis habitacional y las respuestas estatales a esta situación de emergencia son centrales para determinar el nivel de cumplimiento de las esenciales obligaciones jurídicas a su cargo.

Por lo expuesto esta Comisión de Vivienda aconseja la sanción de la presente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, responderá a esta Legislatura dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos vinculados con el Fondo para la Emergencia Habitacional creado en el Artículo 3º de la Ley 1408, prorrogada por Ley 2472.

1.- Informe si se ha cumplido con la constitución del Fondo para la Emergencia Habitacional creado en el Artículo 3º de la Ley 1408, prorrogada por Ley 2472:

* Según estadísticas no oficiales y estimaciones plasmadas en los medios de comunicación: “La crisis de vivienda duraría un siglo” diario La Nación http://www.lanacion.com.ar/nota.asp?nota_id=886582 Otros links relacionados: http://www.agenciacta.org.ar/article8145.html , http://www.inquilinos.org.ar/crisis.asp , http://ww2.prefeitura.sp.gov.br/rede7/buenos%20aires_es.htm 3 La Ley 1408 fue vetada parcialmente por el Poder Ejecutivo en sus artículos 7 y 10 (Decreto 1611/04 BOCBA 2018 y aceptada por Resolución Nº 462 BOCBA 2104)1

* Promedio establecido en base a consultas atendidas por la Comisión de Vivienda de la Legislatura.* Informe citado anteriormente.

Page 46: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 46 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

1.1.- En caso afirmativo:

a) Informe la fecha de constitución del Fondo y el monto de dinero que fue asignado al momento de la constitución.

b) Detalle la utilización del dinero del Fondo, indicando fecha y operatorias a las que ha sido asignado.

c) Informe el monto de dinero con el que cuenta el Fondo a la fecha de recibir la presente resolución.

d) Informe si existe una cuenta específica en el Banco Ciudad en la cual se puedan depositar los montos acumulados para la integración del Fondo para la Emergencia Habitacional.

1.2.- En caso negativo:

a) Informe las razones o los fundamentos por los cuales no se constituyó el Fondo creado por la Ley 1408 en su Artículo 3º.

b) Informe si se tiene prevista la creación del Fondo mencionado y, de ser afirmativa esta respuesta, remita los plazos para ello.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 10 de noviembre de 2008.DI FILIPPO, Facundo; MEIS, Marcelo; RITONDO, Cristian; de ANDREIS, Fernando; EPSZTEYN, Eduardo; CABANDIÉ, Juan; PAGANI, Enzo y D´ANGELO, Julián.

Informes sobre la asignación de recursos al IVC por la Ley 538

DESPACHO 853

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 2390-D-2008, iniciado por el diputado Facundo Di Filippo, por el cual solicita informes sobre la asignación de recursos al IVC en virtud de la Ley 538, y

Considerando

Que, en la Ley 1251 (Artículo 7º), de creación del Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC), se considera parte del patrimonio y los recursos de ese Instituto, el 70% de las utilidades establecidas en el Artículo 24 de la Ley 538*.

* Art. 24 Ley 538: El resultado económico de la explotación de los juegos de apuesta tiene afectación al financiamiento de programas de asistencia y desarrollo social.

Page 47: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 47 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que, hoy en día el Gobierno de la Ciudad recibe entre el 24% y el 26% de lo recaudado en los juegos de azar, que implica un ingreso anual de 150 millones de pesos, pese a que la Constitución local establece que la Ciudad debe tener el control total de esa área. En el año 2007 el monto de dinero apostado en el ámbito de la Ciudad se acercaba a los 15.000 millones de pesos.*

Que, según lo expresado en el diario La Nación, el presidente del Instituto de Juego de Apuestas de la ciudad, Néstor García Lira presentó un escrito reclamando a Lotería Nacional “el ciento por ciento de las utilidades de los juegos que se explotan en la Capital” *. De concretarse este acuerdo, la Ciudad tendría el total de las utilidades de los cinco bingos, de las máquinas tragamonedas, las agencias de apuestas y los dos casinos, entre otras casas de juego. El gobierno local cuadruplicaría sus ingresos: embolsaría una suma anual cercana a los 600 millones de pesos.

Que, de la suma que recaude la Ciudad por los juegos de azar, el 70% es patrimonio del Instituto de Vivienda, por lo que creo pertinente y necesario conocer con detalle cuál fue el monto asignado para los ejercicios 2007 y lo que va del 2008.

Que, en relación con las preguntas que surgen del presente proyecto, y considerando lo antedicho, es necesario tomar conocimiento de la cantidad de ingreso de dinero que se le asigna al IVC de conformidad a lo dispuesto por el Art. 24 de la Ley 538, y a su vez para conocer la utilización de los mismos en las operatorias del IVC. Los informes al respecto no son detallados suficientemente y no permiten conocer cabalmente los montos girados al mencionado instituto provenientes de esta actividad, y tampoco es clara la información para conocer cómo se ejecutan esos dineros en el ámbito del IVC.

Que, teniendo en cuenta que en la ciudad está declarada la emergencia habitacional por Ley 1408 (prorrogada hasta el 2010 por Ley 2472), y que existen aproximadamente 500.000 habitantes con problemas de vivienda, es de suma importancia conocer en detalle cuáles son los fondos con los que cuenta el Instituto de Vivienda de la Ciudad para hacer frente a este déficit.

Por lo expuesto esta Comisión de Vivienda aconseja la sanción de la presente:

RESOLUCIÓN 569/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, responderá a esta Legislatura dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre la asignación de recursos al Instituto de Vivienda de la Ciudad (IVC) por Ley Nº 538, a saber:

a) Indique los montos de dinero que ha recibido la Ciudad provenientes del resultado económico de la explotación de los juegos de apuestas y azar en el ámbito de la Ciudad en el año 2007 y en el 1er y 2do trimestre de 2008, desglosando la información e indicando cantidad de dinero de ese monto asignado al IVC para los ejercicios 2007 y 2008, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley 538.

b) Indique los programas u operatorias del IVC que se financian con los fondos asignados de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 24 de la Ley 538.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 10 de noviembre de 2008.

* Diario La Nación. Martes 2 de septiembre de 2008. “Macri reclama el total de ganancias que deja el juego”.

* Idem Nota 2.

Page 48: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 48 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

DI FILIPPO, Facundo; MEIS, Marcelo; EPSZTEYN, Eduardo; CABANDIÉ, Juan y D´ANGELO, Julián.

Se deja constancia de que la reunión de la comisión se llevó a cabo con quórum suficiente en el marco del Artículo 144 del Reglamento Interno.

MARANZANA, Albertina. Directora General de la Comisión de Vivienda

Solicitud de cambio de jurisdicción patrimonial, en forma parcial, del predio ubicado en Chile al 1600, para la

construcción de un Centro de Atención Primaria de Salud para atender a vecinos del Barrio de Montserrat

DESPACHO 881

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1801-D-2008, de autoría del diputado Guillermo Smith, en el que solicita se realicen gestiones para realizar el cambio de jurisdicción patrimonial del predio ubicado en la calle Chile al 1600 donde funcionaba la Escuela N ° 2, D.E. N° 3, y

Considerando:

Que la Asociación de Fomento Montserrat así como otras asociaciones e instituciones barriales, viene bregando por la construcción de un Centro de Salud, que atienda las necesidades propias de un importante conglomerado urbano que según el censo del año 2001 asciende a 40.498 personas correspondientes a ambos sexos.

Que Montserrat es uno de los barrios más antiguos de la Ciudad de Buenos Aires y está ubicado en un área urbana comprendida entre las calles Bernardino Rivadavia del Nº al Nº 1700, Avenida La Rábida, Avenida Ingeniero Huergo del Nº 1 al Nº 600, Chile del Nº 1 al Nº 700, Piedras al Nº 700, Independencia del Nº 800 al Nº 1.700 y Avenida Entre Ríos del Nº 1 al Nº 800.

Que los recursos de salud resultan insuficientes, más aún cuando hablamos de la vulnerabilidad social de la población que vive en hoteles, pensiones y en muchas casas ocupadas en forma precaria y que deben atenderse en los hospitales Argerich o Ramos Mejía, con la consecuente situación de saturación que presentan ambos nosocomios.

Que es importante señalar que en el predio cuya cesión se solicita está instalado un Jardín Maternal, quedando espacio suficiente para la instalación del Centro de Salud.

Que por Expediente 78.141/04 se solicitaba la implementación de dicho Centro; estas actuaciones se diligenciaron en la vía administrativa y al día 18/05/06 se informaba en la Dirección General de Recursos Físicos en Salud que se disponía de la partida presupuestaria correspondiente, pero que a tal finalidad era necesario contar con la autorización del Ministerio de Educación para el correspondiente cambio de jurisdicción patrimonial en forma parcial a favor del Ministerio de Salud, sin que ello obstaculice el normal funcionamiento del citado Jardín Maternal.

Page 49: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 49 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por lo expuesto, esta Comisión de Salud aconseja la aprobación de la siguiente:

DECLARACIÓN 546/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo, que a través de los organismos correspondientes, disponga el cambio de jurisdicción patrimonial en forma parcial del predio ubicado en la calle Chile al 1.600, donde funcionaba la Escuela Nº 2 del Distrito Escolar Nº 3 “Fray Cayetano Rodríguez”, perteneciente al Ministerio de Educación a favor del Ministerio de Salud, para la construcción de un Centro de Atención Primaria de Salud que asista a los vecinos del Barrio de Montserrat sin que ello obstaculice el normal funcionamiento del Jardín Maternal existente en dicho lugar.

Sala de la comisión: 12 de noviembre de 2008.SAYA, Lidia; RODRÍGUEZ ARAYA, María; MARTÍNEZ BARRIOS, Diana; LUBERTINO, Mónica; BELLO, Alicia; MAFFÍA, Diana y CANTERO, Fernando.

Declaración de Interés cultural por el libro de cuentos infantiles Los Cuentos de la Tortuga

DESPACHO 893

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2765-D-2008, iniciado por el diputado Zago, quien propicia se declare de interés cultural Los cuentos de la Tortuga, y

Considerando:

Que la Asociación Civil sin fines de lucro Circulo Virtuoso, dentro de su programa institucional de educación cultural denominado “Nenas y Nenes con Globos”, ha llevado adelante la producción general de un libro de cuentos infantiles denominado Los cuentos de la Tortuga.

Que este libro se produce a los efectos de poder interactuar con distintas organizaciones sociales y de bien público, para que todos aquellos niños que se encuentran en situación de vulnerabilidad puedan contar con este material didáctico y educativo, mejorando así su formación y por ende a su calidad de vida. Dicho libro se encuentra acompañado por un CD interactivo que permite acompañar el texto con un soporte informático audiovisual. A continuación se detallan los datos específicos respecto de esta producción educativa y cultural.

Que Los Cuentos de la Tortuga en versión texto, cuenta con una idea original y tratamiento digital de Juliana Consigli, su autora es la escritora Julia Rouge, las ilustraciones están a cargo de la actriz Nancy Dupláa, el diseño a cargo de Cristian Río y el asesoramiento pedagógico es de Cecilia Weimer. El CD interactivo cuenta con la programación de Fernando Pugnali, el asesoramiento pedagógico de Roxana Pagano, la voz de Pablo Echarri y los técnicos de sonido Fabián Abdala y Sebastián Consigli.

Que por su parte “La Canción de las Tortugas” es de autoría de Sergio Toloza e interpretado por Laura Conforte. El CD fue grabado en los estudios ABD Records y el libro fue impreso y es distribuido por la Editorial AZ Editora.

Page 50: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 50 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que cabe destacar que en el marco del programa institucional de esta Asociación uno de los destinos inmediatos de la tirada de ejemplares del libro acompañada del CD interactivo es el Hospital Garrahan, la Escuela Intrahospitalaria N° 2 y la Fundación Garrahan para ser entregados a los niños que pertenecen a esos establecimientos.

Por lo expuesto, esta Comisión de Cultura aconseja la aprobación de la siguiente:

DECLARACIÓN 547/2008

Declárase de Interés Cultural de la Ciudad de Buenos Aires el libro de Cuentos Infantiles denominado Los Cuentos de la Tortuga, realizado por la Asociación Civil sin fines de lucro Círculo Virtuoso en el marco de su programa institucional de educación cultural denominado “Nenas y Nenes con Globos”.

Sala de la comisión: 17 de noviembre de 2008.TAMARGO, Avelino; SAYA, Lidia; BLASCO, Luciana; MOSCARIELLO, Oscar; VARELA, Marta y ALEGRE, Gabriela.

Despacho acordado para su aprobación con la modificación propuesta en la respectiva observación

Informes sobre diversos puntos referidos al Complejo Cultural 25 de Mayo

DESPACHO 788

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1871-D-2008, iniciado por la diputada Parada, quien solicita informes sobre diversos punto referidos al Complejo Cultural 25 de Mayo, y

Considerando:

Que el Cine Teatro 25 de Mayo, hoy Complejo Cultural 25 de Mayo, fue inaugurado en la década del 20. Fue conocido como “Petit Colón”, por su semejanza acústica y arquitectónica con el Teatro Colón. Por su escenario pasaron importantes orquestas y compañías teatrales, así como dos de los máximos exponentes de nuestra música ciudadana como Carlos Gardel y Agustín Magaldi.

Que cerró sus puertas en 1982. Cuando parecía que su destino iba a ser convertirse en un bingo, la movilización de los vecinos lo impidió. Al calor de las jornadas de diciembre de 2001 el reclamo vecinal se potenció y la Asamblea de Vecinos Autoconvocados presentó al Gobierno de la Ciudad en 2002 un petitorio con miles de firmas solicitando la reapertura del teatro. Fue así que en 2003 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires dispuso su adquisición.

Page 51: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 51 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que del accionar de los vecinos surgió el grupo Vecinos por el 25 de Mayo, que elaboró un Proyecto Cultural Vecinal. Este grupo, en aras de la reapertura del Cine Teatro 25 de Mayo, realizó diversas acciones, movidas culturales, festivales y muestras artísticas.

Que en la 1ª Jornada Participativa que organizó Vecinos por el 25 de Mayo se debatieron formas alternativas de gestión cultural con la participación del vecino. Entre otras cosas se acordó la necesidad de que el Cine Teatro 25 de Mayo se convirtiera en un Complejo Cultural que contuviera además de Cine y Teatro, un Centro Cultural con talleres participativos para que los vecinos de la zona y aledaños pudieran desarrollar tareas creativas; se encontraran y compartieran momentos de interacción social, tal como se expresó en el decreto de autorización de compra del inmueble.

Que a fines de 2004 se firma un acta acuerdo entre Vecinos por el 25 de Mayo y el Gobierno de la Ciudad, por la que se aprobaron los planos del proyecto para la reapertura, definiendo el carácter público del Complejo Cultural 25 de Mayo.

Que a pesar de todo lo señalado precedentemente, los Vecinos de Villa Urquiza agrupados en “Vecinos por el 25 de Mayo” no fueron convocados cuando se dispuso la designación de la Dirección del Complejo Cultural Cine Teatro 25 de Mayo.

Que, según informan medios barriales, el pasado 18 de julio se realizó una reunión entre la directora del Complejo y “Vecinos por el 25 de Mayo”, donde éstos le presentaron una carpeta de proyecto de talleres con lista de inscripción de más de 220 vecinos. La respuesta fue que esos talleres no se podían realizar, entre otras cosas, por problemas edilicios del complejo.

Por lo expuesto, esta Comisión de Cultura aconseja la aprobación de la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, en el término de 30 (treinta) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, sobre los siguientes puntos vinculados con el Complejo Cultural 25 de mayo:

a) Si la señora Corina Cruciani es la actual Directora del Complejo. En caso afirmativo, si su nombramiento se hizo por concurso, de no haber sido así, qué criterio se utilizó.b) Si se encuentra habilitado para la realización de funciones teatrales.c) Cuáles y cuántas son las modalidades de producción con las que las actuales autoridades llevan adelante las actividades.d) Si existe algún vínculo comercial o artístico entre la autoridad del complejo y el autor de la obra La Paranoia, señor Rafael Spregelburd, recientemente exhibida. e) Si las obras de recuperación del complejo fueron completadas totalmente. En caso contrario informe los motivos de las demoras y cuándo estiman que las obras estarán concluidas.f) Si se registran quejas de los habitantes de las viviendas linderas por el funcionamiento del equipo de aire acondicionado.g) Cuál es la relación de las autoridades del complejo con la comunidad. Especificar acciones realizadas en ese sentido.h) Si las funciones son gratuitas. En caso contrario si las entradas que se venden tienen número correlativo y si indican que son del Complejo Cultural.i) Informe qué seguros cubren a los asistentes a los espectáculos.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 6 de octubre de 2008.URDAPILLETA, Inés; MOSCARIELLO, Oscar; VARELA, Marta; ALEGRE, Gabriela y WALSH, Patricia.

Page 52: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 52 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Se deja constancia de que la reunión de la comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144 del Reglamento Interno.

DELHEYE, Pedro. Director General de la Comisión de Cultura.

OBSERVACIÓN AL DESPACHO 788

Resolución por la cual solicita informes referidos al Complejo Cultural 25 de Mayo.

Entiendo que el despacho en análisis merece ser observado en tanto hace referencia sobre atribuciones y facultades exclusivas del Jefe de Gobierno, en el particular el nombramiento de los funcionarios y agentes de la administración, conforme lo dispuesto por el Artículo 104, inciso 9, de la Constitución de la Ciudad. En efecto, es el Poder Ejecutivo quien designa a los empleados de su dependencia y responde por ello.

Por lo expuesto se propone:

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará en el término de treinta (30) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, sobre los siguientes puntos vinculados con el Complejo Cultural 25 de Mayo:

a) Nombre de la actual autoridad del Complejo.

Los demás incisos no merecen observación alguna.

SANTILLI, Diego.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 570/2008

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará en el término de treinta (30) días de recibida la presente y a través de los organismos correspondientes, sobre los siguientes puntos vinculados con el Complejo Cultural 25 de Mayo:

a) Nombre de la actual autoridad del complejo.b) Si se encuentra habilitado para la realización de funciones teatrales.c) Cuáles y cuántas son las modalidades de producción con las que las actuales autoridades llevan adelante las actividades.d) Si existe algún vínculo comercial o artístico entre la autoridad del Complejo y el autor de la obra La Paranoia, señor Rafael Spregelburd, recientemente exhibida. e) Si las obras de recuperación del Complejo fueron completadas totalmente. En caso contrario informe los motivos de las demoras y cuándo estiman que las obras estarán concluidas.f) Si se registran quejas de los habitantes de las viviendas linderas por el funcionamiento del equipo de aire acondicionado.g) Cuál es la relación de las autoridades del Complejo con la comunidad. Especificar acciones realizadas en ese sentido.h) Si las funciones son gratuitas. En caso contrario si las entradas que se venden tienen número correlativo y si indican que son del Complejo Cultural.i) Informe qué seguros cubren a los asistentes a los espectáculos.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Page 53: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 53 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Despachos acordados para su unificación con texto consensuado

Informes sobre diversos puntos referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear

DESPACHO 819

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1807-D-2008, de autoría del diputado Juan Cabandié, en el que solicita informes sobre diversos puntos referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear, y

Considerando:

Que el día 24 de junio de 2008, se presentó una denuncia en la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación de esta Legislatura sobre presuntas irregularidades identificadas en el Hospital de Emergencias Psiquiátricas T. de Alvear.

Que la denuncia está relacionada con posibles pagos de módulos de enfermería efectuados en forma irregular e indebida.

Que resulta necesario conocer si existió la negativa de la conducción del hospital en nombrar a 13 enfermeros para los cuales estarían dispuestas las partidas desde hace 8 meses.

Que también resulta necesario conocer sobre las actividades de los docentes y el grado de capacitación de los mismos.

Por lo expuesto, esta Comisión de Salud aconseja la aprobación de la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda y dentro de un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, remita la información que a continuación se detalla, referida a la administración de los módulos de enfermería para horas extras en el Hospital de Emergencias Psiquiátricas “Torcuato de Alvear” sito en la Av. Warnes 2630 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

a) Listado de trabajadores detallando su nivel de capacitación, situación de revista, modalidad de los contratos, montos de la remuneración, plazo de la contratación (incluyendo su fecha de inicio), funciones asignadas e indicación del lugar de desempeño de las tareas. b) ¿Cuál es la normativa aplicable para cubrir actualmente los puestos de enfermería? ¿Las incorporaciones se efectúan por concurso? ¿Se contemplan criterios de transparencia, legitimidad y garantías de participación?c) ¿Existen partidas presupuestarias disponibles para crear nuevos puestos de trabajo para enfermeros? En caso afirmativo, ¿existen razones para la negativa o retardo en su nombramiento? ¿Cuáles son ellas?d) Copia de las planillas de elevación de módulos de enfermería para horas extras de los años 2007 y 2008.

Page 54: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 54 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

e) Detalle de las funciones asistenciales cumplidas por quienes percibieron módulos de enfermería durante los años 2007 y 2008.f) ¿Existen compensaciones de algún tipo para el personal de enfermería que está a cargo de la Escuela de Enfermería que funciona en el establecimiento? ¿En qué consisten?g) ¿Cuáles son los antecedentes profesionales y la capacitación que posee el personal que dirige la Escuela de Enfermería? ¿Poseen habilitación para el ejercicio de la docencia?h) Informe sobre la situación de revista de los agentes Ana Sofía Barreto y Leonardo Seijas y el cumplimiento del Decreto 583/05.i) ¿Existen vacantes en los cargos de conducción del hospital? En caso afirmativo, detalle las acciones que se han llevado a cabo para ocuparlos y las razones por las cuáles no se ha hecho efectivo el nombramiento.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.SAYA, Lidia; RODRÍGUEZ ARAYA, María; LUBERTINO, Mónica; DESTÉFANO, Roberto; BELLO, Alicia; OLIVERA, Enrique y MAFFÍA, Diana.

DESPACHO 824

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1992-D-2008, de autoría de la diputada Alicia Bello, en el que solicita informes referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear, y

Considerando:

Que resulta de vital importancia conocer las medidas adoptadas por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tendientes a cubrir las necesidades del Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear.

Que al respecto, es menester referir que las carencias del mencionado efector de salud en cuanto a personal de Médicos Psiquiatras, Médicos Clínicos, Psicólogos, Trabajadores Sociales, Médicos de Guardia además de las carencias en cuanto al servicio de enfermería y personal administrativos, tuvo tratamiento en sede judicial, por presentación de un amparo realizado por la Asesoría Tutelar ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad.

Que en el marco de dicha causa, se dispuso con fecha noviembre del 2006, que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires debía, entre otras cosas, “proceder en el plazo de 30 días a la designación de personal técnico y profesional necesario para cubrir adecuadamente las necesidades de servicio de cada una de las áreas de dicho establecimiento asistencial, teniendo en cuenta los requerimientos que surjan como consecuencia de la refuncionalización del establecimiento, de modo interino y hasta tanto se subsanen los mecanismos constitucionales y reglamentarios para su designación permanente…”

Que sumado a ello se ha tomado conocimiento que el hospital ha hecho explícita la necesidad de cubrir trece (13) cargos de enfermería, que resultan imprescindibles para el desarrollo y atención de la salud.

Page 55: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 55 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que dado el tiempo transcurrido, es menester tomar conocimiento sobre las medidas que han sido adoptadas como consecuencia de tal resolución.

Por lo expuesto, esta Comisión de Salud aconseja la aprobación de la siguiente:

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura a través de los organismos correspondientes y en un plazo máximo de treinta (30) días de recibida la presente sobre los puntos que se detallan a continuación referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear:

1. En relación a la Sentencia dictada en el marco de los autos caratulados “Asesoría Tutelar Justicia Contencioso Administrativo y Tributario c/ GCBA” con fecha 6 de noviembre de 2006 en cuanto dispone: “proceder en el plazo de 30 días a la designación de personal técnico y profesional necesario para cubrir adecuadamente las necesidades de servicio de cada una de las áreas de dicho establecimiento asistencial, teniendo en cuenta los requerimientos que surjan como consecuencia de la refuncionalización del establecimiento, de modo interino y hasta tanto se subsanen los mecanismos constitucionales y reglamentarios para su designación permanente”, y visto el tiempo transcurrido, informe:

a) Medidas que han sido adoptadas para dar cumplimiento a la resolución judicial referida, b) Si ha procedido a designar personal técnico y profesional. En su caso informe, cantidad de profesionales designados, cargos que han sido cubiertos, situación de revista de los mismos. c) Si ha procedido a llamar a concurso; en su caso indique los cargos, las diferentes especialidades médicas; asimismo informe el estado actual de/l el/ los proceso/s, con indicación de cantidad de postulantes, estado de la selección y demás detalles que den un conocimiento acabado del mismo. En su defecto informe los motivos del retraso o incumplimiento, y las medidas adoptadas para subsanar el /los inconvenientes y realizar la designación permanente del personal.

2. En relación a la demanda efectuada por el Hospital mediante Nota Nº 407 HEPTA-2008 en cuanto a necesidad de cubrir 13 cargos de enfermería, informe sobre las medidas adoptadas al respecto, cantidad de personal de enfermería designado a la fecha, situación de revista de los mismos.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.SAYA, Lidia; RODRÍGUEZ ARAYA, María; LUBERTINO, Mónica; DESTÉFANO, Roberto; BELLO, Alicia; OLIVERA, Enrique y MAFFÍA, Diana.

OBSERVACIÓN A LOS DESPACHOS 819 Y 824

Por los despachos de referencia la Comisión de Salud aconseja la sanción de un proyecto de resolución por el cual solicita informes sobre distintos puntos referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear.

Dado que ambos despachos solicitan informes sobre un mismo tema propongo subsumir la redacción en un solo texto.

Page 56: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 56 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

SANTILLI, Diego.

DESPACHO 824 y 819Texto consensuado

RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y en un plazo máximo de treinta (30) días de recibida la presente sobre los puntos que se detallan a continuación referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear:

1. En relación a la Sentencia dictada en el marco de los autos caratulados “Asesoría Tutelar Justicia Contencioso Administrativo y Tributario c/ GCBA” con fecha 6 de noviembre de 2006 en cuanto dispone: “proceder en el plazo de 30 días a la designación de personal técnico y profesional necesario para cubrir adecuadamente las necesidades de servicio de cada una de las áreas de dicho establecimiento asistencial, teniendo en cuenta los requerimientos que surjan como consecuencia de la refuncionalización del establecimiento, de modo interino y hasta tanto se subsanen los mecanismos constitucionales y reglamentarios para su designación permanente”, y visto el tiempo transcurrido, informe:

a) Medidas que han sido adoptadas para dar cumplimiento a la resolución judicial referida, b) Si ha procedido a designar personal técnico y profesional. En su caso informe, cantidad de profesionales designados, cargos que han sido cubiertos, situación de revista de los mismos. c) Si ha procedido a llamar a concurso, en su caso indique los cargos, las diferentes especialidades médicas, asimismo informe el estado actual de/l el/ los proceso/s, con indicación de cantidad de postulantes, estado de la selección, y demás detalles que den un conocimiento acabado del mismo. En su defecto informe los motivos del retraso o incumplimiento, y las medidas adoptadas para subsanar el /los inconvenientes y realizar la designación permanente del personal.

2. Asimismo, informará:

a) Listado de trabajadores detallando su nivel de capacitación, situación de revista, modalidad de los contratos, montos de la remuneración, plazo de la contratación (incluyendo su fecha de inicio), funciones asignadas e indicación del lugar de desempeño de las tareas. b) ¿Cuál es la normativa aplicable para cubrir actualmente los puestos de enfermería? ¿Las incorporaciones se efectúan por concurso? ¿Se contemplan criterios de transparencia, legitimidad y garantías de participación?c) ¿Existen partidas presupuestarias disponibles para crear nuevos puestos de trabajo para enfermeros? En caso afirmativo, ¿existen razones para la negativa o retardo en su nombramiento? ¿Cuáles son ellas?d) Copia de las planillas de elevación de módulos de enfermería para horas extras de los años 2007 y 2008.e) Detalle de las funciones asistenciales cumplidas por quienes percibieron módulos de enfermería durante los años 2007 y 2008.f) ¿Existen compensaciones de algún tipo para el personal de enfermería que está a cargo de la Escuela de Enfermería que funciona en el establecimiento? ¿En qué consisten?

Page 57: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 57 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

g) ¿Cuáles son los antecedentes profesionales y la capacitación que posee el personal que dirige la Escuela de Enfermería? ¿Poseen habilitación para el ejercicio de la docencia?h) Informe sobre la situación de revista de los agentes Ana Sofía Barreto y Leonardo Seijas y el cumplimiento del Decreto 583/05.i) ¿Existen vacantes en los cargos de conducción del hospital? En caso afirmativo, detalle las acciones que se han llevado a cabo para ocuparlos y las razones por las cuáles no se ha hecho efectivo el nombramiento.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 571/2008

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará a través de los organismos correspondientes y en un plazo máximo de treinta (30) días de recibida la presente sobre los puntos que se detallan a continuación referidos al Hospital de Emergencias Psiquiátricas Torcuato de Alvear:

1. En relación a la Sentencia dictada en el marco de los autos caratulados “Asesoría Tutelar Justicia Contencioso Administrativo y Tributario c/ GCBA” con fecha 6 de noviembre de 2006 en cuanto dispone: “proceder en el plazo de 30 días a la designación de personal técnico y profesional necesario para cubrir adecuadamente las necesidades de servicio de cada una de las áreas de dicho establecimiento asistencial, teniendo en cuenta los requerimientos que surjan como consecuencia de la refuncionalización del establecimiento, de modo interino y hasta tanto se subsanen los mecanismos constitucionales y reglamentarios para su designación permanente. … “, y visto el tiempo transcurrido, informe:

a) Medidas que han sido adoptadas para dar cumplimiento a la resolución judicial referida, b) Si ha procedido a designar personal técnico y profesional. En su caso informe, cantidad de profesionales designados, cargos que han sido cubiertos, situación de revista de los mismos. c) Si ha procedido a llamar a concurso, en su caso indique los cargos, las diferentes especialidades médicas, asimismo informe el estado actual de/l el/ los proceso/s, con indicación de cantidad de postulantes, estado de la selección, y demás detalles que den un conocimiento acabado del mismo. En su defecto informe los motivos del retraso o incumplimiento, y las medidas adoptadas para subsanar el /los inconvenientes y realizar la designación permanente del personal.

2. Asimismo, informará:

a) Listado de trabajadores detallando su nivel de capacitación, situación de revista, modalidad de los contratos, montos de la remuneración, plazo de la contratación (incluyendo su fecha de inicio), funciones asignadas e indicación del lugar de desempeño de las tareas. b) ¿Cuál es la normativa aplicable para cubrir actualmente los puestos de enfermería? ¿Las incorporaciones se efectúan por concurso? ¿Se contemplan criterios de transparencia, legitimidad y garantías de participación?c) ¿Existen partidas presupuestarias disponibles para crear nuevos puestos de trabajo para enfermeros? En caso afirmativo, ¿existen razones para la negativa o retardo en su nombramiento? ¿Cuáles son ellas?d) Copia de las planillas de elevación de módulos de enfermería para horas extras de los años 2007 y 2008.e) Detalle de las funciones asistenciales cumplidas por quienes percibieron módulos de enfermería durante los años 2007 y 2008.

Page 58: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 58 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

f) ¿Existen compensaciones de algún tipo para el personal de enfermería que está a cargo de la Escuela de Enfermería que funciona en el establecimiento? ¿En qué consisten?g) ¿Cuáles son los antecedentes profesionales y la capacitación que posee el personal que dirige la Escuela de Enfermería? ¿Poseen habilitación para el ejercicio de la docencia?h) Informe sobre la situación de revista de los agentes Ana Sofía Barreto y Leonardo Seijas y el cumplimiento del Decreto 583/05.i) ¿Existen vacantes en los cargos de conducción del hospital? En caso afirmativo, detalle las acciones que se han llevado a cabo para ocuparlos y las razones por las cuáles no se ha hecho efectivo el nombramiento.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Sr. Presidente (Santilli).- Se van a votar los proyectos de resolución y declaración enunciados.

- Sin observación se votan y aprueban en general y particular. Sr. Presidente (Santilli).- Quedan aprobadas las resoluciones y las declaraciones, respectivamente.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 560/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, los siguientes puntos relativos a niños, niñas y adolescentes en situación de calle en el barrio de Barracas:

a) Con relación a las competencias de la Dirección General de Niñez y Adolescencia:1. Si se realizó algún tipo de censo o producción de información estadística en los últimos tres (3) meses sobre niños, niñas y adolescentes en situación de calle en la Villa 21.24 y en la Villa Zavaleta. En el caso afirmativo, incluir los datos relevados detallando: cantidad de niños/as; edades; sexo y cualquier otro tipo de dato obtenido.2. Respecto del “Equipo Móvil de chicos en situación de calle”, u otro programa, si se encuentra trabajando con la población referenciada en el Artículo 1° de la presente resolución. En caso afirmativo, informe:a) Cantidad de móviles utilizados por los profesionales para el trabajo en calleb) Días de concurrencia y frecuencias.c) Especificar si se cuenta con móviles sanitarios.d) Cantidad de operadores que trabajan en esa zona.e) Frecuencia de trabajo de los operadores según turnos y días de la semana.f) Protocolos de intervención existentes, metodología de trabajo y objetivos del mismo.g) Articulación que realizan con otros efectores de la ciudad.

b) Con relación a las competencias del Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes:

1. Indicar la cantidad de operadores que trabajan en la zona de la Defensoría Zonal “Boca-Barracas”. Especificar la frecuencia de trabajo según turnos y días de la semana.

Page 59: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 59 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

2. Detallar el protocolo de intervención por el cual procede esa Defensoría Zonal, así como también el protocolo de urgencia. 3. Detallar cuáles son los recursos de emergencia con los que cuenta la Defensoría Zonal “Boca-Barracas”. 4. Describir las estrategias desarrolladas por esa Defensoría para generar demanda de intervención, indicando a su vez, las estrategias de abordaje y superación de las situaciones planteadas.5. Remitir copia de los dos últimos informes trimestrales del Equipo Técnico sobre el desarrollo de la Defensoría Zonal Boca-Barracas, según Artículo 69 de la Ley 114.

Art. 2º.- Comuníquese., etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 563/2008

Artículo 1°.- Declárase de interés cultural de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad de cartografía electrónica desarrollada en forma gratuita y comunitaria por el Proyecto Mapear a través del sitio web proyectomapear.com.ar.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 564/2008

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, informará en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente sobre los puntos que a continuación se detallan:

a) Indique resultados de las negociaciones llevadas a cabo en la reunión, entre los trabajadores del CEAMSE y los gobiernos de la Prov. de Buenos Aires y de la Ciudad, que siguió al paro del día 11 de Agosto de este año. Remita actas oficiales.b) Mencione el estado actual de las soluciones reclamadas por los trabajadores del CEAMSE en cuanto a:  1.- La problemática de la disposición final de residuos sólidos; 2.- La necesidad de una inmediata inversión en repavimentación y mejoras en el Camino Parque del Buen Ayre. c) Detalle medidas a implementar para la solución de la problemática planteada.

 Art. 2.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 565/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y en un plazo no mayor de 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los puntos que a continuación se detallan, referidos al Centro de Interpretación y Formación Ambiental (CIFA):

a) Los avances en la obra, durante el corriente año, que se lleva a cabo en las calles Escalada y Castañares del Parque Indoamericano, ejecutada por la Corporación Buenos Aires Sur, para el funcionamiento del Centro de Interpretación y Formación Ambiental.b) El porcentaje de la misma que reste ejecutar, y los plazos estimados para su puesta en funcionamiento conforme el destino de uso primigenio, de acuerdo las leyes 303 y 1687.c) Bajo qué área de Gobierno se encuentra la planificación sobre el uso del CIFA, respecto de los programas de Educación e Información Ambiental a llevarse a cabo en dichas instalaciones.

Page 60: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 60 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

d) Si el área de gobierno aludida, ha planificado conforme lo establecido por la normativa vigente y sus misiones y funciones, acciones a implementarse desde el CIFA. En el caso de que así sea, detallen las mismas y los plazos.e) Detalle, si existiera, algún tipo de planificación conjunta en los términos del inciso que antecede, con los Centros comunales vecinos al edificio del CIFA localizado en el Parque Indoamericano.

En todos los casos se solicita la remisión de la documentación respaldatoria de lo informado.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 566/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, sobre los puntos que a continuación se mencionan, en relación a la implementación de la Ley Nº 2033 y de la Ley Nº 2258, ambas referidas a los beneficiarios de la Ley Nº 1056.

1) Con respecto a la Ley Nº 2033 mediante la cual se creó un Registro de beneficiarios de la Ley Nº 1056: a) Cantidad de beneficiarios inscriptos en el registrob) Listado de beneficiarios con detalle de los importes adeudados a las cooperativas y monto total adeudado.

2) Con respecto a lo estipulado por la Ley Nº 2258:a) Detalle de las gestiones realizadas a la fecha para dar cumplimiento a lo establecido en la citada ley.b) Aplicación del monto afectado por el Artículo 5° de la Leyc) Detalle de las deudas pendientes de cancelación, planificación prevista para su ejecución y monto y partida asignada en el Presupuesto 2008.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 568/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, informará dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos vinculados con el Fondo para la Emergencia Habitacional creado en el Artículo 3º de la Ley 1408, prorrogada por Ley 2472.

1.- Informe si se ha cumplido con la constitución del Fondo para la Emergencia Habitacional creado en el artículo 3º de la Ley 1408, prorrogada por Ley 2472:1.1.- En caso afirmativo: a) Informe la fecha de constitución del Fondo y el monto de dinero que fue asignado al momento de la constitución.b) Detalle la utilización del dinero del Fondo, indicando fecha y operatorias a las que ha sido asignado.c) Informe el monto de dinero con el que cuenta el Fondo a la fecha de recibir la presente resolución.d) Informe si existe una cuenta específica en el Banco Ciudad en la cual se puedan depositar los montos acumulados para la integración del Fondo para la Emergencia Habitacional.1.2.- En caso negativo:

Page 61: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 61 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a) Informe las razones o los fundamentos por los cuales no se constituyó el Fondo creado por la Ley 1408 en su artículo 3º.b) Informe si se tiene prevista la creación del Fondo mencionado y, de ser afirmativa esta respuesta, remita los plazos para ello.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Despachos de leyes sin disidencias ni observaciones acordados para su tratamiento sin debate

Leyes cuya aprobación requiere mayoría simple

Condonación de la deuda en concepto de ABL por el inmueble sito en Fernández de Enciso 4544, 8º “9”

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 843.

DESPACHO 843

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1259-P-2008, tomado por el diputado Julián D'Angelo, solicitando la condonación de la deuda en concepto de ABL por la propiedad de la señora Gladys Etel Maga Bravo, y

Considerando:

Que a fs. 1 obra nota de la señora Maga Bravo dirigida a la señora presidenta de la Legislatura solicitando la condonación de la deuda por ABL, expresando que la misma se generó por insuficiencia económica para solventar los gastos que demanda el tratamiento de su salud.

Que a fs. 2 obra fotocopia de la Resolución Nº 835/MHGC/08, de fecha 29/04/08, por la que se desestima el pedido de condonación de deuda de $3.660,60.

Que a fs. 4/5 se adjunta copia de informe social elaborado por la Dirección General de Atención Inmediata del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, del que surge que la peticionante es soltera, de 66 años, vive sola, se encuentra desocupada desde el año 2004, recibe asistencia alimentaria del GCBA y tiene 3 hermanos, una de ellos es empleada doméstica por horas y los otros dos viven en Uruguay, donde nació la recurrente. Es beneficiaria del Plan Ciudadanía Porteña y realiza trabajos de lavado y planchado de ropa, o cuida animales domésticos, todo lo cual reporta exiguos e inestables ingresos. Personas de su amistad colaboran con su asistencia. Tendría importante deuda por expensas. El inmueble consta de un ambiente, con falta de mantenimiento, sin agua caliente, filtraciones. El profesional interviniente opina favorablemente al pedido de condonación.

Que a fs. 10/11 se agrega constancia de deuda emitida el 11/06/08 por Dirección General de Rentas, la que asciende a $ 3.805,98 por el período 1996/2008.

Page 62: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 62 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que a fs. 14 obra nota del diputado Julián D'Angelo haciendo propio el proyecto.

Que a fs. 16/22 obra informe del Registro de la Propiedad Inmueble, del que surge la titularidad del dominio cuya deuda se solicita condonar, a nombre de la señora Gladys Etel Maga Bravo.

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en el Artículo 80 asigna a la Legislatura de la Ciudad entre otras la atribución de legislar en materia: administrativa, fiscal y tributaria; asimismo el Artículo 81, inciso 9, del mismo plexo normativo establece que es facultad de la Legislatura imponer o modificar tributos. Por lo tanto, si es facultad de esta Legislatura legislar en materia tributaria y tiene potestad para imponer gravámenes, es facultad suya disponer la condonación de deudas de ese origen.

Que en consonancia con lo expresado en el párrafo precedente el profesor Giulani Fonrouge sostiene que: “Es indudable que el Poder Legislativo puede dictar leyes de condonación de tributos y sanciones fiscales y por cierto que en nuestro país se ha usado ampliamente esta facultad en numerosas oportunidades y con diversos alcances....”. (conf. Giuliani Fonrouge, Carlos N., Derecho Financiero Tomo I Editorial De Palma).

Que atento a la documentación obrante y detallada en estos considerandos se cumple con lo establecido en el Artículo 168 del Reglamento Interno de esta Legislatura.

Por lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria pone a consideración del Cuerpo la siguiente

LEY 2937

Articulo 1°.- Condónase la deuda que en concepto de contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley 23.514 mantiene con el Gobierno de la Ciudad el inmueble de la calle Fernández de Enciso 4544, Piso 8º “9”, Partida Nº 3062656, de la señora Gladys Etel Maga Bravo.

Art. 2º.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o repeticiones de suma alguna abonada.

Art. 3º.- Si existiera a la fecha reclamo judicial, el beneficiario de la presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.

Art. 4°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.GONZÁLEZ, Álvaro; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DE ANDREIS, Fernando; ZAGO, Oscar; IBARRA, Aníbal; RABINOVICH, Alejandro; D'ANGELO, Julián y MEIS, Marcelo.

Se deja constancia de que la reunión de la comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PALERMO, Vicente. Director de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar mediante el sistema electrónico.

Page 63: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 63 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Bello, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 37 votos emitidos; 37 a favor. Agregan su voto los diputados Ritondo, Abrevaya, Urdapilleta, Parada y De Anchorena.

Queda aprobado en general. En consideración en particular. Se van a votar los artículos 1 a 3. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Bello, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Pedreira, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 32 votos emitidos; 32 a favor. Agregan su voto el diputado de Andreis y las diputadas Saya y Varela.

Quedan aprobados los artículos 1º a 3º. El Artículo 4º es de forma. Queda sancionada la ley.

Condonar deuda por ABL al inmueble sito en Manuel Gallardo 1019

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el despacho 844. Se trata de un proyecto de ley.

DESPACHO 844

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1968-D-2008, de autoría del diputado Oscar Zago, por el cual se propicia condonar la deuda en concepto de ABL al inmueble sito en la calle Manuel Gallardo 1019, PB D.2, y

Considerando:

Que el señor Francisco Alfonzo solicita la condonación de ABL de su propiedad de Manuel Gallardo 1910 por la que se le reclaman pagos desde el 2002 a la fecha.

Page 64: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 64 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que el peticionante padece desde abril de 2002 discapacidad motriz producto de la amputación de su pierna derecha por padecer diabetes, motivo por el cual dejó de trabajar, teniendo su jubilación en trámite. Recibe cajas alimentarias y subsidio por parte del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad.

Que a fs. 5/6 obra copia de certificación de deuda emitida con fecha 4/09/08 por la Dirección General de Rentas, la que asciende a $ 48.053,15 por el período 1993/2008.

Que a fs. 7 se acompaña fotocopia de boleta de ABL.

Que a fs. 8 obra copia de certificado del Hospital de Rehabilitación Rocca, donde se atiende el señor Alfonzo.

Que a fs. 13/19 obra informe del Registro de la Propiedad Inmueble del que surge que el señor Alfonzo es propietario de ese inmueble.

Que a fs. 26/28 obra informe social, elaborado por la Dirección General Atención Inmediata, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, del que surge que el señor Alfonzo, de 69 años de edad, convive con su esposa en departamento tipo PH en regular estado de conservación. Tiene dos hijos no convivientes, empleados. El peticionante está tramitando su jubilación, contando como único ingreso el proveniente del trabajo de su pareja, de $500 mensuales, quien se desempeña cuidando a una persona anciana, y la ayuda de sus hermanas jubiladas y de uno de sus hijos. Recibía caja de alimentos del GCBA. Ambos reciben atención médica a través de hospitales de la Ciudad. A causa de su diabetes, el peticionante padece discapacidad motora por amputación de su pierna derecha, por lo que utiliza prótesis, próxima a ser reemplazada. La señora también presenta problemas de salud.

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires en el Artículo 80 asigna a la Legislatura de la Ciudad entre otras la atribución de legislar en materia: administrativa, fiscal y tributaria; asimismo el Artículo 81, inciso 9, del mismo plexo normativo establece que es facultad de la Legislatura imponer o modificar tributos. Por lo tanto, si es facultad de esta Legislatura legislar en materia tributaria y tiene potestad para imponer gravámenes, es facultad suya disponer la condonación de deudas de ese origen.

Que en consonancia con lo expresado en el párrafo precedente el profesor Giulani Fonrouge sostiene que: “Es indudable que el Poder Legislativo puede dictar leyes de condonación de tributos y sanciones fiscales y por cierto que en nuestro país se ha usado ampliamente esta facultad en numerosas oportunidades y con diversos alcances....”. (conf. Giuliani Fonrouge, Carlos N., Derecho Financiero, Tomo I Editorial De Palma).

Que atento a la documentación obrante y detallada en estos considerandos se cumple con lo establecido en el Artículo 168 del Reglamento Interno de esta Legislatura.

Por lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria pone a consideración del Cuerpo la sanción de la siguiente:

LEY 2938

Artículo 1°.- Condónase al señor Francisco Alfonzo la deuda que mantiene con el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en concepto de Contribuciones de Alumbrado, Barrido y Limpieza, Territorial y de Pavimentos y Aceras y Ley 23.514 correspondiente al inmueble sito en la calle Manuel Gallardo 1019, Planta Baja Dto. 2 - Partida N° 1.353.266.

Page 65: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 65 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 2º.- La existencia de eventuales pagos imputados a la cancelación de la deuda condonada no da lugar a reclamos, reintegros o peticiones de suma alguna abonada.

Art. 3º.- Si hubiera reclamo judicial por la deuda, el beneficiario de la presente norma se hará cargo de las costas y costos por el juicio iniciado.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.GONZÁLEZ, Álvaro; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DE ANDREIS, Fernando; ZAGO, Oscar; IBARRA, Aníbal; RABINOVICH, Alejandro; D'ANGELO, Julián y MEIS, Marcelo.

Se deja constancia de que la reunión de la Comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PALERMO, Vicente. Director de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general. Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Asinelli, Bello, Cantero, Centanaro, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Gómez, González, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Majdalani, Mouzo, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Urdapilleta, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 29 votos emitidos; 29 a favor. Agregan su voto las diputadas Maffía, Varela, Cerruti, Morales Gorleri y el diputado Abrevaya.

Queda aprobada en general. En consideración en particular los artículos 1º a 3º. Se van a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Asinelli, Bello, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Gómez, González, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 37 votos emitidos; 37 a favor.

Quedan aprobados los artículos 1º a 3º. El Artículo 4º es de forma. Queda sancionada la ley.

Page 66: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 66 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Regulación de la asistencia y contención de los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado en las causas

judiciales o investigaciones de crímenes de lesa humanidad

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el despacho 854. Se trata de un proyecto de ley.

DESPACHO 854

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El proyecto de ley presentado en el Expediente 333-D-08, por el diputado Raúl Fernández, y

Considerando:

La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires ya en el preámbulo establece como objeto de su sanción y promulgación el de “…promover el desarrollo humano en una democracia fundada en la libertad, la igualdad, la solidaridad, la justicia y los derechos humanos…” y establece a lo largo del Título Primero “Derechos y Garantías” del Libro Primero “Derechos, Garantías y Políticas Especiales” diversas disposiciones tendientes a tutelar los derechos humanos.

En este orden de ideas, esta Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ha sancionado una gran cantidad de normas de garantía y protección de los derechos humanos, entre las que se destaca la Ley 961, modificada por la Ley 1938 de Creación del Instituto “Espacio para la Memoria”, que establece como su misión y función “…el resguardo y transmisión de la memoria e historia de los hechos ocurridos durante el Terrorismo de Estado, de los años ´70 e inicios de los ´80 hasta la recuperación del Estado de Derecho, así como los antecedentes, etapas posteriores y consecuencias, con el objeto de promover la profundización del sistema democrático, la consolidación de los derechos humanos y la prevalencia de los valores de la vida, la libertad y la dignidad humana…”

En este sentido, entre las atribuciones del Instituto “Espacio para la Memoria” para el cumplimiento de su misión, se establece en el inciso b) del Artículo 3º el de “promover redes de información con otros centros, institutos o dependencias estatales o no, sean nacionales, provinciales o internacionales, académicas o sitios digitales que tuvieren intereses comunes o realizaran actividades complementarias con su misión y función en la Ciudad”, atribución que incluiría las disposiciones previstas en la ley que proponemos sancionar.

Asimismo, el 24 de marzo de 2004 la Ciudad de Buenos Aires suscribió el Convenio Nº 8/04 con el Estado Nacional por el que en el predio sito en Avenida del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 se establecería el “Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos”.

En función de lo expuesto, por Ley 1412 se ratificó dicho Convenio y posteriormente, por Ley 2599 se aprobó el de Creación del Ente Público Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos suscripto entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en fecha 20 de noviembre de 2007 y registrado con el número 46/07.

Page 67: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 67 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

La presente encuentra como antecedente una herramienta implementada por el Gobierno de la Ciudad a través de la Subsecretaría de Derechos Humanos que, con el objeto de coadyuvar en la búsqueda de justicia y promover la memoria histórica y ante el inminente inicio de diversos procesos de enjuiciamiento de represores integrantes de Grupos de Tareas que funcionaban en la Escuela de Mecánica de la Armada, dictó la Resolución Nº 337-SSDH-07. Por su intermedio, se creó un dispositivo a través del cual se conformó un Equipo Técnico-profesional que sirve de apoyo y presta colaboración para garantizar la contención de los testigos, víctimas y abogados que intervienen en las causas judiciales o investigaciones relativas a los delitos de lesa humanidad, así como a sus grupos familiares. Ello así, en el entendimiento de que las acciones de brindar testimonio constituyen un elemento central en el proceso general de recuperación de la memoria histórica y, consecuentemente, un paso ineludible para la reversión de las situaciones de impunidad que han caracterizado la historia argentina reciente.

La conformación del instrumento aludido preveía la articulación de acciones con el Plan de Acompañamiento y Asistencia a los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con el Programa Verdad y Justicia dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno Nacional, el primero de los cuales prestó amplia colaboración en las actividades de capacitación ya reseñadas.

Así, la puesta en marcha de la actividad implicó acciones permanentes de formación y evaluación llevadas a cabo por los trabajadores afectados, a los fines de mejorar sistemáticamente las estrategias de abordaje de la problemática planteada, removiendo obstáculos inherentes a la labor encomendada. En dicho marco, el grupo de trabajo participó de la “Reunión técnica de seguimiento de estrategias de asistencia integral a víctimas de crímenes de lesa humanidad en el ejercicio del derecho de acceso a la justicia” convocada por la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y CODESEDH, llevadas a cabo en el Salón Auditorio del Centro de Información de Naciones Unidas para Argentina y Uruguay el día 19 de noviembre de 2007.

En este orden de ideas, cabe destacar la opinión favorable que, respecto del instrumento creado y del desempeño de los trabajadores del mismo manifestaron diversos representantes de organizaciones defensoras de los derechos humanos y testigos mediante nota de fecha 22 de noviembre del 2007.

La herramienta anteriormente mencionada se puso en marcha en el marco del juicio contra el prefecto Febres en el mes de octubre próximo pasado.

Por otra parte, no es vano explicitar una vez más la importancia de la acción de testimonio llevada a cabo por las víctimas del terrorismo de Estado así como tampoco la complejidad que le es inherente y que motiva la sanción de la presente norma. Así pues, la decisión de testimoniar puede provocar, en lo inmediato, miedo y parálisis en quien testimonia, como resultado de la recreación de las situaciones traumáticas vividas; aun cuando en el largo plazo el ejercicio de este derecho, y la justicia una vez alcanzada, permitan al sujeto reescribir su historia y al mismo tiempo contribuir, como ejercicio ético, al desarrollo de una acción social reparadora.

En este orden de ideas es dable recordar que la desaparición de Jorge Julio López, acaecida en el año 2006, así como también las acciones de amedrentamiento a quienes debían testificar en diversos procesos de enjuiciamiento, han favorecido la reproducción de expresiones de temor por parte de algunos testigos, quienes, por lo demás, son convocados a declarar décadas más tarde de la ocurrencia del proceso represivo y, por otra parte, se ven compelidos a hacerlo en numerosas oportunidades, dada la modalidad fragmentada que ha asumido la tramitación de las causas judiciales vinculadas con el terrorismo de Estado.

Page 68: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 68 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

La trascendencia de la acción de testimonio, y la necesidad de brindar asistencia estatal en su transcurso, han sido abordadas en el marco de diversas publicaciones especializadas, como así también de foros, jornadas y seminarios como el Coloquio “Estrategias de Protección Integral de los derechos de Víctimas de Crímenes de Lesa Humanidad en contexto de acceso a la Justicia” que, realizadas en nuestra Ciudad en el mes de mayo próximo pasado –también organizada por la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y CODESEDH– destacó la necesidad de asistir a testigos y querellantes víctimas del terrorismo de Estado, antes, durante y después de los procesos judiciales, tal como prevé la presente ley.

La constitución de mecanismos de asistencia y contención a testigos se transforma entonces en un imperativo de toda política pública que se proponga reparar los efectos causados por el genocidio perpetrado por el terrorismo de Estado.

Asimismo, y a los fines de evitar la revictimización subjetiva de los testigos, las disposiciones propuestas por la presente ley contemplan el establecimiento de diversos niveles de intervención. En primer término, se busca el acompañamiento y contención de los testimoniantes en el transcurso de las audiencias, de modo tal de “habilitar un espacio de confiabilidad para que el testigo, a través de su testimonio, produzca un acto político en relación a la memoria, la verdad y la justicia”1, tal como reza la bibliografía especializada.

Por otra parte, se prevé una segunda instancia constituida por el recurso a los efectores de salud, para aquellos casos que fuere pertinente su intervención, situación que no fue contemplada por la Resolución aludida en los párrafos precedentes. De esta forma se busca ampliar los alcances de la herramienta que sirvió como antecedente para la esta iniciativa.

Con igual intención de garantizar la real contención del testimoniante resulta imperioso que el abordaje de la problemática expuesta sea efectuado por organismos especializados en la temática de los derechos humanos y la recuperación de la memoria histórica; es decir, de aquellos organismos estatales que, desde el retorno democrático, han permanecido alejados de las instituciones más emblemáticas del terrorismo de Estado. Ello, a los fines de lograr, por parte del testigo, el marco de confiabilidad precedentemente aludido.

En este sentido, entendemos que el establecimiento de los lineamientos relativos al abordaje de la problemática planteada que la presente ley propone permitirá rejerarquizar y enmarcar las herramientas de intervención existentes, dando la necesaria continuidad a las experiencias reseñadas y poniendo a tono a la Ciudad con los avances registrados en otras jurisdicciones.

Asimismo y con la convicción de que una ley de esta naturaleza honraría al mismo tiempo el espíritu expresado en la Carta Magna de nuestra Ciudad, así como también el ideario que orientó las políticas públicas que en materia de derechos humanos fueron llevadas a cabo localmente desde la consecución del nuevo status jurídico-institucional, es que esta Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación aconseja la sanción de la siguiente

LEY 2939

Artículo 1°.- La presente ley regula la asistencia y contención de los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado en las causas judiciales o investigaciones relativas a los

1 Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Documento sobre el Plan Nacional de Acompañamiento a Testigos, Buenos Aires.

Page 69: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 69 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

delitos resultantes de la comisión de crímenes de lesa humanidad, como así también a su grupo familiar.

Art. 2º.- La autoridad de aplicación de la presente ley debe garantizar a los sujetos establecidos en el Artículo 1º, de acuerdo a las especificaciones que establezca la reglamentación, lo siguiente:

a. El acompañamiento y contención durante las audiencias del juicio o en aquellas instancias relacionadas con él y su correspondiente traslado articulando con otras jurisdicciones conforme la resolución 337/07 – SSDH.b. La asistencia psicológica especializada en situaciones de urgencia que tengan lugar durante las audiencias mencionadas en el inciso a).c. La derivación a los distintos efectores de salud que cuenten con atención especializada, para aquellos casos que requieran atención psicológica anterior o posterior, derivadas del testimonio.

Art. 3º.- El equipo de trabajo que lleve adelante las acciones previstas en la presente ley, debe estar conformado por profesionales, técnicos y administrativos con antecedentes en la temática de la defensa y promoción de los derechos humanos y tiene a su cargo la realización de las actividades que se detallan a continuación:

a. Realizar un seguimiento integral del proceso de verdad y justicia vinculado con la investigación de los crímenes cometidos por el terrorismo de Estado que permita cumplir con los fines de asistencia y contención.b. Articular con los letrados, denunciantes y organismos de derechos humanos que, involucrados en los procesos de enjuiciamiento, demandasen su intervención.c. Coordinar acciones con los programas nacionales y/o provinciales relacionados con la temática objeto de la presente ley.d. Colaborar en forma directa con las autoridades judiciales y del Ministerio Público que lo requieran, cuando se trate de procesos judiciales por delitos perpetrados por el terrorismo de Estado. e. Organizar cursos de capacitación periódica para el personal del equipo y de las restantes áreas intervinientes de las distintas dependencias del sistema público de salud, conforme lo establezca la reglamentación de la presente.

Art. 4º.- El Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias a los efectos de articular con el Estado Nacional y los Estados Provinciales acciones conjuntas en el marco de lo dispuesto por la presente ley.

Art. 5º.- El Poder Ejecutivo debe arbitrar las medidas necesarias a los efectos de articular con el Poder Judicial de la Nación acciones conjuntas y la difusión de las disposiciones contenidas en la presente ley a querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado, como a su grupo familiar en las causas judiciales o investigaciones relativas a los delitos resultantes de la comisión de crímenes de lesa humanidad.

Art. 6º: La autoridad de aplicación debe sistematizar y mantener actualizada la información relativa a las causas judiciales o investigaciones relativas a los delitos resultantes del terrorismo de Estado, a los fines de programar las actividades de asistencia.

Art. 7°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley serán afectados al presupuesto en vigor.

Art. 8º.- El Poder Ejecutivo debe reglamentar la presente ley dentro de los 60 días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial.

Art. 9º.- Comuníquese, etc.

Page 70: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 70 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sala de la comisión: 2 de septiembre de 2008.CABANDIÉ, Juan DI FILIPPO, Facundo; MAFFÍA, Diana y BELLO, Alicia.

Se deja constancia de que la reunión de la Comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PISONI, Carlos. Director General de la Comisión de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación.

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 333-D-2008, de autoría del diputado Raúl Fernández, por el que se propicia regular la asistencia y contención de los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado en las causas judiciales o investigaciones relativas a los delitos resultantes de la comisión de crímenes de lesa humanidad, y

Considerando:

Que la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires establece la promoción del desarrollo humano en una democracia fundada en la libertad, la igualdad, la solidaridad, la justicia y los derechos humanos, como así también en el Título Primero “Derechos y Garantías” del Libro Primero “Derechos, Garantías y Políticas Especiales” diversas disposiciones tendientes a tutelar los derechos humanos.

Que siguiendo este precepto, esta Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires sancionó la Ley 961, modificada por la Ley 1938 de Creación del Instituto “Espacio para la Memoria”, que establece como su misión y función “…el resguardo y transmisión de la memoria e historia de los hechos ocurridos durante el Terrorismo de Estado, de los años ´70 e inicios de los ´80 hasta la recuperación del Estado de Derecho, así como los antecedentes, etapas posteriores y consecuencias, con el objeto de promover la profundización del sistema democrático, la consolidación de los derechos humanos y la prevalencia de los valores de la vida, la libertad y la dignidad humana…”

Que el 24 de marzo de 2004 la Ciudad de Buenos Aires suscribió el Convenio Nº 8/04 con el Estado Nacional por el que en el predio sito en Avenida del Libertador 8151/8209/8305/8401/8461 se establecería el “Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos”.

Que por Ley 1412 se ratificó dicho Convenio y posteriormente, por Ley 2599 se aprobó la Creación del Ente Público Espacio para la Memoria, la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos suscripto entre el Estado Nacional y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en fecha 20 de noviembre de 2007 y registrado con el Nº 46/07.

Que por Resolución Nº 337-SSDH-07 por la que se conformó un Equipo Técnico-profesional que sirve de apoyo y presta colaboración para garantizar la contención de los testigos, víctimas y abogados que intervienen en las causas judiciales o investigaciones relativas a los delitos de lesa humanidad, así como a sus grupos familiares. Ello así, en el entendimiento que las acciones de brindar testimonio constituyen un elemento central en el proceso general de recuperación de la memoria histórica y, consecuentemente, un paso ineludible para la reversión de las situaciones de impunidad que han caracterizado la historia argentina reciente.

Page 71: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 71 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que la conformación del instrumento aludido preveía la articulación de acciones con el Plan de Acompañamiento y Asistencia a los querellantes y testigos víctimas del terrorismo de Estado de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y con el Programa Verdad y Justicia dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros del Gobierno Nacional.

Que así, la puesta en marcha de la actividad implicó acciones permanentes de formación y evaluación llevadas a cabo por los trabajadores afectados, a los fines de mejorar sistemáticamente las estrategias de abordaje de la problemática planteada, removiendo obstáculos inherentes a la labor encomendada. En dicho marco, el grupo de trabajo participó de la “Reunión técnica de seguimiento de estrategias de asistencia integral a víctimas de crímenes de lesa humanidad en el ejercicio del derecho de acceso a la justicia” convocada por la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y CODESEDH, llevadas a cabo en el Salón Auditorio del Centro de Información de Naciones Unidas para Argentina y Uruguay el día 19 de noviembre de 2007.

Que en este orden de ideas, cabe destacar la opinión favorable que, respecto del instrumento creado y del desempeño de los trabajadores del mismo manifestaron diversos representantes de organizaciones defensoras de los derechos humanos y testigos mediante nota de fecha 22 de noviembre del 2007.

Que la herramienta anteriormente mencionada se puso en marcha en el marco del juicio contra el prefecto Febres en el mes de octubre próximo pasado.

Que por otra parte, no es vano explicitar una vez más la importancia de la acción de testimonio llevada a cabo por las víctimas del terrorismo de Estado como así tampoco la complejidad que le es inherente y que motiva la sanción de la presente norma. Así pues, la decisión de testimoniar puede provocar, en lo inmediato, miedo y parálisis en quien testimonia, como resultado de la recreación de las situaciones traumáticas vividas; aún cuando en el largo plazo el ejercicio de este derecho, y la justicia una vez alcanzada, permitan al sujeto reescribir su historia y al mismo tiempo contribuir, como ejercicio ético, al desarrollo de una acción social reparadora.

Que en este orden de ideas es dable recordar que la desaparición de Jorge Julio López, acaecida en el año 2006, como así también las acciones de amedrentamiento a quienes debían testificar en diversos procesos de enjuiciamiento, han favorecido la reproducción de expresiones de temor por parte de algunos testigos, quienes, por lo demás, son convocados a declarar décadas más tarde de la ocurrencia del proceso represivo y, por otra parte, se ven compelidos a hacerlo en numerosas oportunidades, dada la modalidad fragmentada que ha asumido la tramitación de las causas judiciales vinculadas al terrorismo de estado.

Que la trascendencia de la acción de testimonio, y la necesidad de brindar asistencia estatal en su transcurso, han sido abordadas en el marco de diversas publicaciones especializadas, como así como también de foros, jornadas y seminarios como el Coloquio “Estrategias de Protección Integral de los derechos de Víctimas de Crímenes de Lesa Humanidad en contexto de acceso a la Justicia” que, realizadas en nuestra Ciudad en el mes de mayo próximo pasado –también organizada por la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Secretaría de Derechos Humanos, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación y CODESEDH– destacó la necesidad de asistir a testigos y querellantes víctimas del terrorismo de Estado, antes, durante y después de los procesos judiciales, tal como prevé la presente ley.

Que la constitución de mecanismos de asistencia y contención a testigos se transforma entonces en un imperativo de toda política pública que se proponga reparar los efectos causados por el genocidio perpetrado por el terrorismo de Estado.

Page 72: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 72 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que asimismo, y a los fines de evitar la revictimización subjetiva de los testigos, las disposiciones propuestas por la presente ley contemplan el establecimiento de diversos niveles de intervención. En primer término, se busca el acompañamiento y contención de los testimoniantes en el transcurso de las audiencias, de modo tal de “habilitar un espacio de confiabilidad para que el testigo, a través de su testimonio, produzca un acto político en relación a la memoria, la verdad y la justicia”1, tal como reza la bibliografía especializada.

Que por otra parte, se prevé una segunda instancia constituida por el recurso a los efectores de salud, para aquellos casos que fuere pertinente su intervención, situación que no fue contemplada por la Resolución aludida en los párrafos precedentes. De esta forma se busca ampliar los alcances de la herramienta que sirvió como antecedente para la esta iniciativa.

Que con igual intención de garantizar la real contención del testimoniante resulta imperioso que el abordaje de la problemática expuesta sea efectuado por organismos especializados en la temática de los derechos humanos y la recuperación de la memoria histórica; es decir, de aquellos organismos estatales que, desde el retorno democrático, han permanecido alejados de las instituciones más emblemáticas del terrorismo de Estado. Ello, a los fines de lograr, por parte del testigo, el marco de confiabilidad precedentemente aludido.

Que en este sentido, entendemos que el establecimiento de los lineamientos relativos al abordaje de la problemática planteada que la presente ley propone permitirá rejerarquizar y enmarcar las herramientas de intervención existentes, dando la necesaria continuidad a las experiencias reseñadas y poniendo a tono a la Ciudad con los avances registrados en otras jurisdicciones.

Por todo lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria adhiere al dictamen de nuestra similar de Derechos Humanos, Garantías y Antidiscriminación.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.GONZÁLEZ, Álvaro; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DE ANDREIS, Fernando; ZAGO, Oscar; IBARRA, Aníbal; RABINOVICH, Alejandro; D'ANGELO, Julián y MEIS, Marcelo.

Se deja constancia de que la reunión de la Comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PALERMO, Vicente. Director de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general el proyecto de ley. Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Amoroso, Asinelli, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez

1 Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Documento sobre el Plan Nacional de Acompañamiento a Testigos, Buenos Aires.

Page 73: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 73 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Araya, Romagnoli, Santilli, Saya, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 44 votos emitidos, 44 a favor. Agregan su voto las diputadas Parada y Bello.

Queda aprobada en general. En consideración en particular los artículos 1º a 7º. Se van a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Romagnoli, Santilli, Saya, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 39 votos emitidos; 39 a favor.

Quedan aprobados los artículos 1º a 7º. El Artículo 8º es de forma. Queda sancionada la ley.

Modificación de la Ley 1353, “Programa Garrafa Social”

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el despacho 892. Se trata de un proyecto de ley.

DESPACHO 892

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

Que en el Expediente 2284-D-2008, proyecto de ley de autoría de la señora diputada Luciana Blasco, se solicita la modificación del Artículo 2º de la Ley 1353, “Programa Garrafa Social”, y

Considerando:

Que las modificaciones a la Ley 1353 que se proponen a través del presente proyecto de ley tienen por objeto actualizar algunos aspectos vinculados a la adquisición de garrafas de diez kilogramos (10 kgs.), de gas licuado de petróleo, por aquellas personas que residen en hogares que no cuentan con red de gas domiciliaria.

Que considerando que casi el cinco por ciento (4,93 %) de los hogares de la Ciudad utiliza garrafas, es preciso establecer en forma clara cuál es la población objetivo del programa. La misma se refiere a todos aquellos que residan en forma permanente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que carezcan de la provisión del servicio de gas natural por redes domiciliarias y acrediten un ingreso mensual por debajo de la línea de pobreza.

Page 74: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 74 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que en la actual redacción de la norma que se propicia modificar, se incluye a los beneficiarios del Plan Jefes y Jefas de hogar desocupados, implementado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Sin embargo habida cuenta de las modificaciones que ha sufrido el padrón de dichos beneficiarios y la falta de unificación de criterios entre el Ministerio y los beneficiarios del plan registrados en la Dirección General de Empleo y Capacitación de la Ciudad, creo conveniente ampliar la población objetivo tal y como se plantea en la modificación propuesta.

Que la modificación propuesta para el Artículo 4º intenta salvar uno de los inconvenientes que plantea la actual implementación del programa, referido al monto fijo establecido por la norma y a la necesidad de adquirir previamente la garrafa para luego hacerse acreedor al beneficio.

Que es preciso implementar un sistema por el cual las familias puedan adquirir las garrafas de gas licuado de petróleo, sin necesidad de contar con antelación con el dinero para su adquisición garantizándoles un porcentaje del 50% como mínimo del valor de la garrafa.

Que asimismo, el referido reintegro merece una observación adicional dado que el mismo se realiza mediante cheques cuyo cobro resulta difícil por parte de los beneficiarios y se exige presentar factura de compra, pero en la mayoría de los asentamientos y villas de emergencia dicha operatoria comercial, lamentablemente, es casi inexistente.

Por lo expuesto, esta Comisión de Políticas de Promoción e Integración Social aconseja la sanción de la siguiente:

LEY

Artículo 1°.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley 1353, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º.- Créase en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Social del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el programa denominado “garrafa social”, cuya finalidad será subsidiar la adquisición de garrafas de 10 kilos de gas licuado de petróleo.”

Art. 2°.- Modificase el artículo 2º de la ley Nº 1353, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 2º.- Son beneficiarios del Programa Garrafa Social:Los jefes y jefas de hogar con residencia permanente en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que carezcan de la provisión del servicio de gas natural por redes domiciliarias y no acrediten ingreso alguno o que posean un ingreso mensual que se ubique por debajo de la línea de pobreza, de conformidad con los criterios estipulados a tal efecto por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) o aquel que en un futuro lo reemplace.”

Art. 3º.- Modifícase el Artículo 4º de la Ley 1353, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Art. 4°.- El subsidio consiste en la entrega de un bono u otro documento que determine la Reglamentación de la presente Ley, para ser utilizado en la adquisición de garrafas de gas licuado de petróleo de 10 kilogramos, por parte de los beneficiarios del Programa debidamente inscriptos en el Registro habilitado para tal fin, según el artículo 3° de la presente Ley.

Page 75: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 75 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

La reglamentación establecerá el procedimiento de distribución y monto del subsidio, el cual deberá cubrir como mínimo el cincuenta por ciento (50%) del precio de referencia de la garrafa social de gas licuado de petróleo de 10 Kg., fijado por la Secretaría de Energía de la Nación u organismo que en el futuro lo remplace”.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 12 de noviembre de 2008.BLASCO, Luciana; ABBAS, Néstor; RODRÍGUEZ ARAYA, María; PARADA, Liliana; CANTERO, Fernando y DI FILIPPO, Facundo.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general. Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Parada, Pedreira, Puy, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 41 votos emitidos; 41 a favor.

Queda aprobada en general En consideración en particular los artículos 1º a 3º.

Sr. Di Filippo.- Pido la palabra.Señor presidente: propongo que avancemos artículo por artículo, porque queremos

hacer algunas modificaciones al despacho. Solicitamos que no se voten los tres artículos juntos.

Sr. Presidente (Santilli).- Bien, señor diputado. Vamos a considerar los artículos por separado; de a uno.

En consideración en particular el Artículo 1º. Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 45 votos emitidos; 45 a favor. Agrega su voto el diputado Tamargo.

Queda aprobado el Artículo 1º.

Page 76: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 76 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En consideración en particular el Artículo 2º. Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Alegre, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Majdalani, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 41 votos emitidos; 41 a favor.

Queda aprobado el Artículo 2º. En consideración en particular el Artículo 3º.

Sr. Di Filippo.- Pido la palabra.Señor presidente: nuestra propuesta consiste en crear un tercer artículo y luego

renumerar el resto del articulado. También queremos proponer el agregado de un artículo final.

En cuanto al Artículo 3º, proponemos que este programa abarque los complejos habitacionales que presentan problemas muy importantes relacionados con el gas, como es el caso del barrio Piedrabuena o el de Soldati, que según nos ha informado la gente del IVC se viene en breve, porque se trata de construcciones realizadas por el Estado desde hace muchísimo tiempo y que tienen cañerías que están fuera de la norma vigente. En consecuencia, Metrogás realiza los cortes y los vecinos pasan inviernos enteros sin calefacción. Por eso, queremos agregar en este programa un artículo tercero para crear un Artículo 2º bis de la Ley 1353.

El Artículo 3º quedaría redactado de la siguiente manera: “Incorpórase el siguiente texto como Artículo 2º bis de la Ley 1353: ‘Asimismo, serán beneficiarios del Programa Garrafa Social las familias habitantes de los complejos urbanos y de viviendas alcanzados por el Artículo 6º de la Ley 1251, que presenten dificultades en el acceso al servicio de gas de red por problemas de infraestructura de dichos complejos’ “. Ése sería el artículo que nosotros proponemos agregar.

En ese sentido, señor presidente, traté de comunicarme con el diputado Ocampo. Él presentó un proyecto que firmamos varios diputados, para solicitar al Gobierno Nacional alguna exención o beneficio para los habitantes del barrio Piedrabuena y de otros barrios, dada la problemática del gas, ya que pasaron el invierno sin el servicio de gas y calefaccionar o cocinar les implica cuatro veces más que el costo regular.

Por lo tanto, pensamos que correspondería incluir este beneficio en la normativa para los habitantes de los complejos.

Sra. Blasco.- Pido la palabra.

Page 77: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 77 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señor presidente: sinceramente, no tengo presente lo que establece la Ley 1251 a la que hizo referencia el diputado Di Filippo. Por lo tanto, solicito que me lo aclare, así tenemos en cuenta la observación.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Di Filippo.

Sr. Di Filippo.- Señor presidente: paso a leer el último párrafo del Artículo 6º de la Ley 1251, que es al que hacemos referencia: “Ejecutar políticas y acciones que permitan la puesta en valor, recuperación y mantenimiento edilicio de los complejos urbanos y de viviendas en barrios que se encuentren dentro de la órbita de administración del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, subsidiando, de corresponder, a propietarios, adjudicatarios o legítimos ocupantes de unidades habitacionales beneficiadas por estas acciones”.

Cuarto intermedio

Sr. Presidente (Santilli).- La Presidencia propone que realicemos un breve cuarto intermedio en las bancas.

Se va a votar.

- Se vota y resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Santilli).- El Cuerpo pasa a cuarto intermedio.

- Es la hora 19 y 8.- A la hora 19 y 12:

Reanudación de la sesión

Sra. Blasco.- Pido la palabra.Señor presidente: a raíz de la sugerencia del diputado Di Filippo, y a fin de

conseguir consenso para que la ley sea aprobada por unanimidad, le solicito que este despacho quede reservado en Secretaría durante una semana.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar la reserva en Secretaría.

- Se vota y resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Santilli).- El despacho queda reservado en Secretaría.

Aceptación de donaciones para el acervo de un museo y centro de interpretación del paisaje Carlos Thays

Page 78: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 78 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 894.

DESPACHO 894

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 925-D-2008, iniciado por la diputada Varela, quien propicia crearse el Museo y Centro de Interpretación del paisaje “Carlos Thays”, y

Considerando:

Que los descendientes de Charles Thays han tenido la inestimable iniciativa de donar a la Ciudad de Buenos Aires el valioso acervo documental del archivo que le perteneciera a este paisajista de extensa trayectoria en nuestro país y el extranjero y Director de Paseos de la Ciudad de Buenos Aires entre 1891 y 1914; y de Carlos León Thays, continuador de la obra de su padre y Director de Paseos entre 1922 y 1946.

Que ya en 1997 el paisajista Carlos J. Thays, la especialista en historia del paisajismo doctora Sonia Berjman y la Asociación de Amigos del Lago de Palermo presentaron con el apoyo de numerosas personalidades internacionales especialistas en la temática ante el entonces Concejo Deliberante un proyecto de creación de Museo de los Parques, cuyos fondos documentales se nutrirían principalmente del Archivo Thays. Pero no fue hasta el año 2000 que mediante un decreto se creó el Organismo Fuera de Nivel Museo de los Parques “Carlos Thays” (Decreto 1255/00 publicado en el Boletín Oficial Nº 1002 del 9/08/2000). Sin embargo, el mismo no fue concretado.

Que a través de un Museo o Centro de Interpretación y Difusión del Paisaje se posibilitará el acceso del público de este patrimonio único, sirviendo a un amplio espectro de la población de la Ciudad de Buenos Aires, del país y del extranjero: profesionales, estudiantes, escolares, vecinos, docentes, turistas internos y externos, funcionarios, etc., convirtiéndose en un ejemplo a seguir en otras ciudades de nuestro país que también cuentan con acervos patrimoniales importantes cuya reunión en instituciones similares a ésta sería muy beneficiosa.

Que existen en el mundo otros centros que –parcialmente– son antecedentes de esta propuesta, como, por ejemplo, Frederick Law Olmsted National Historic Site (Massachusetts, USA), Dumbarton Oaks Landscape Library (Washington D.C. USA), Direction des Promenades (París, Francia), Biblioteca y Archivo del Real Jardín Botánico de Madrid (España)

Por lo expuesto, esta Comisión de Cultura aconseja la sanción de la siguiente:

LEY 2940

Artículo 1°.- Acéptase la donación del fondo documental “Archivo Thays” ofrecida por la familia Thays, heredera del mismo, con el cargo de que pasen a integrar el acervo de un Museo o Centro de Interpretación del Paisaje “Carlos Thays” a crearse.

Art. 2º.- Acéptase la donación del archivo particular especializado en historia del paisajismo ofrecida por la doctora Sonia Berjman con el cargo de que pasen a integrar el acervo de un Museo o Centro de Interpretación del Paisaje “Carlos Thays” a crearse.

Page 79: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 79 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 3º.- Procédase a realizar el inventario de los documentos y material gráfico que componen las donaciones aceptadas por los artículos 1º y 2º de la presente ley.

Art. 4°.- El Museo o Centro de Interpretación del Paisaje “Carlos Thays” deberá:

a) Poner a disposición de los investigadores y público en general sus fondos documentales y bibliográficos especializados.b) Centralizar el rescate de los documentos y testimonios que evidencien los proyectos, creación y evolución de los diversos espacios verdes de la Ciudad de Buenos Aires (planos, fotos, pinturas, dibujos, maquetas, grabaciones, periódicos y revistas, folletos, películas, etc.) así como el equipamiento utilizado en diversas épocas. c) Conservar, previa restauración y catalogación, los documentos y testimonios rescatados.

Además será misión del Museo o Centro de Interpretación del Paisaje “Carlos Thays” las siguientes actividades (no taxativas):

d) Difundir e informar a la comunidad sobre rescate, conservación, exhibición e investigaciones realizadas o a realizarse.e) Difundir el valor y el estado de los parques, plazas, paseos, canteros, parques naturales, riberas naturales y reservas ecológicas, atendiendo a las diversas corrientes de diseño y mantenimiento de los espacios verdes urbanos. f) Investigar sobre los antecedentes, procesos de transformación, técnicas y gestión empleadas en los espacios verdes públicos de la ciudad. g) Intercambiar las experiencias, trabajos y programas de actividades con otras instituciones similares de otros países.h) Fomentar la creación de nuevos espacios verdes, áreas forestadas y parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica en distintos sectores de la ciudad. i) Estimular y difundir públicamente el buen uso y adecuado mantenimiento de los espacios verdes, revalorizar los recursos naturales locales (flora, fauna, y suelo) y premiar a los agentes destacados. j) Realizar el inventario de todos los espacios verdes de la ciudad y determinar cuáles son los espacios verdes históricos.

Art. 5°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 17 de noviembre de 2008.URDAPILLETA, Inés; TAMARGO, Avelino; SAYA, Lidia; BLASCO, Luciana; MOSCARIELLO, Oscar; VARELA, Marta; ALEGRE, Gabriela; DI FILIPPO, Facundo y WALSH, Patricia.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar por el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Araujo, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, Hourest, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Puy, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 31 votos, todos a favor. Se agregan los votos de los diputados Amoroso, Tamargo, Morales Gorleri, Pedreira

y González. En consideración en particular.

Page 80: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 80 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Se va a votar los artículos 1° al 4° por el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 37 votos, todos a favor. Agregan sus votos los diputados Asinelli, Hourest… y aquella diputada a quien no

reconozco por el cartel que hay en su banca: creo que es la diputada Parada… (Risas)

Sra. Parada.- Señor presidente: ¿cada vez que estamos en el recinto usted lee el cartel con mi nombre para poder reconocerme?

Sr. Presidente (Santilli).- Ese cartel me confunde. No sabía si era usted o no.

Sra. Parada.- Soy yo, y agrego mi voto positivo a la votación anterior.

Sr. Presidente (Santilli).- Muy bien. El Artículo 5° es de formaQueda sancionada la ley.

Régimen para bienes muebles y útiles de las escuelas de la Ciudad

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 895.

DESPACHO 895

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2628-D-2008, de autoría del diputado Fernando De Andreis, por el cual se propicia establecer un régimen para bienes muebles y útiles de las escuelas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y

Considerando:

Que la Ordenanza Nº 47.205 (BM Nº 19.763-14/04/1994) estableció oportunamente las pautas y procedimientos a seguir para otorgar a las Asociaciones Cooperadoras debidamente reconocidas, los bienes muebles, útiles y elementos de consumo que integran el patrimonio municipal, pertenecientes a los establecimientos educativos dependientes de la entonces

Page 81: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 81 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Secretaría de Educación y Cultura, cuya baja hubiera sido solicitada a la fecha de sanción de la misma o lo fueran en el futuro.

Que en ese mismo contexto, la Ordenanza Nº 35.514 (BM Nº 16.208-06/02/1980), que regula el registro, constitución y funcionamiento de las Asociaciones Cooperadoras escolares, faculta a las mismas a liquidar los bienes recibidos e invertir el producido en la realización de mejoras en los establecimientos en los que funcionan o en la adquisición de elementos con destino a los mismos.

Que los cambios producidos en la estructura organizativa de los Ministerios del Poder Ejecutivo, y especialmente, en el Ministerio de Educación, así como la necesidad de dar transparencia y ejecutoriedad al trámite de los bienes en desuso, tornan menester proceder a la adecuación y actualización de la normativa aplicable.

Que la Ley 2928, en el inciso b) de su Artículo 3º, define la categoría de “Rezago”: “Están comprendidos en esta clasificación todos aquellos elementos fuera de uso y/o servicio que no encuadren en la categoría anterior. Cuando partes integrantes de un elemento encuadrados en este grupo posibiliten ser separados a fin de una eventual utilización, la Comisión Clasificadora dejará expresa constancia en acta de tal determinación…”

Que el Artículo 12 de la misma norma excluye distintos elementos, a saber: a.- las ropas y elementos utilizados por los enfermos infectocontagiosos; b.- Los bienes útiles y elementos conforme lo establecido en la Ley 2807 (aparatos electrónicos en desuso); c.- los adoquines, conforme la Ordenanza Nº 20.110 (B.M. 12.512 AD 346.6); d.- Los bienes establecidos en la Ley 342; e.- Los bienes muebles, útiles y elementos conforme lo establecido en la Ordenanza Nº 47.205 (B.M. 19.763 –AD 346.10) y sus modificatorias.

Que el presente proyecto se basa en el entendimiento de que se trata de una medida necesaria para agilizar el procedimiento de disposición final de los bienes dados de baja y evitar las cuantiosas acumulaciones de elementos peligrosos, contaminantes o inutilizables y declarados como rezago, y dar a la norma mayor claridad y técnica en su redacción.

Por lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria pone a consideración del Cuerpo la sanción de la siguiente:

LEY 2941

Artículo 1°- Los bienes muebles, útiles y elementos de consumo que integran el patrimonio de la Ciudad, utilizado en escuelas dependientes del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de los cuales se haya solicitado su baja, podrán ser donados a las asociaciones cooperadoras de cada establecimiento.

Art. 2°- En los casos en que no existan asociaciones cooperadoras, o se trate de bienes existentes en los Distritos Escolares o depósitos de rezago, podrán ser donados a los establecimientos que se indican en el Artículo 6° de la presente.

Art. 3°- A los fines de la donación deberá formalizarse la solicitud de baja mediante los formularios respectivos, dando intervención al Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad y de la autoridad de supervisión del correspondiente Distrito Escolar, los que procederán a su clasificación y determinarán, en el caso correspondiente, las entidades beneficiarias.

Page 82: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 82 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 4°- Las Asociaciones Cooperadoras quedan autorizadas a proceder a liquidar los bienes recibidos dando cuenta del producido de éstos, de conformidad con las prescripciones de la Ordenanza N° 35.514 (AD 162.1/10 - B.M. N° 16.208).

Art. 5°- El producto obtenido por las Asociaciones Cooperadoras será destinado a la realización de mejoras o a la adquisición de elementos para los establecimientos donde funcionan.

Art. 6°- Cuando los bienes, por sus características y estado de conservación, no sean de utilidad a la respectiva Asociación Cooperadora pero por sus condiciones puedan ser utilizados por escuelas provinciales, de fronteras o establecimientos de bien público debidamente reconocidos, podrán ser donados a las mismas, debiendo el Poder Ejecutivo brindar a la Legislatura información documentada de toda donación así realizada.

Art. 7º- Los bienes que por sus condiciones particulares no puedan ser vendidos o donados a otros establecimientos o entidades, serán dados de baja y entregados a la Autoridad de Aplicación para su correcta disposición final.

Art. 8°- Los establecimientos educativos comprendidos en la presente ley quedan exceptuados del cumplimiento de lo establecido en la Ley 2928.

Art. 9°- Derógase la Ordenanza N° 47.205.

Art. 10°- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 20 de noviembre de 2008.GONZÁLEZ, Álvaro; ASINELLI, Christian; ABREVAYA, Sergio; DESTÉFANO, Roberto; DE ANDREIS, Fernando; ARAUJO, Carlos; ZAGO, Oscar; FERNÁNDEZ, Raúl; RABINOVICH, Alejandro; MEIS, Marcelo y D'ANGELO, Julián.

Sra. Walsh.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito autorización para que el bloque Nueva Izquierda pueda

abstenerse en esta votación.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar la autorización de abstención para aquellos que lo quieran hacer.

- Se vota y resulta afirmativa. Sr. Presidente (Santilli).- Queda otorgado el permiso de abstención.

En consideración en general.Se va a votar por el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Gómez, González, Kravetz, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Parada, Pedreira, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra la abstención de la diputada Walsh.

Page 83: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 83 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 34 votos: 33 a favor y una abstención. Agregan su voto los diputados Asinelli, Epszteyn y Mouzo.

Queda aprobado en general.En consideración en particular los artículos 1° a 9°. Se van a votar a través del

sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Epszteyn, Gómez, González, Kravetz, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra la abstención de la diputada Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 32 votos emitidos, 31 a favor y una abstención. Agregan su voto los diputados de Andreis, Cerruti, Failde y Di Stefano.

Quedan aprobados los artículo 1° a 9°.El Artículo 10 es de forma. Queda sancionada la ley.

Sr. de Andreis.- Pido la palabra.Señor presidente: en realidad, no quería agregar mi voto, sino solicitar la inserción

de mi discurso. Digo esto porque mi voto afirmativo apareció en la pantalla. Como decía, señor presidente, solicito autorización para insertar mi discurso en la

versión taquigráfica.* El diputado Moscariello me indica que solicite esto mismo para todos los que deseen hacerlo.

Además, brevemente, agradezco a los asesores y a los diputados que le dieron tan pronto tratamiento a esta ley, que necesitábamos con urgencia.

Sr. Presidente (Santilli).- Así se hará, señor diputado. Tienen autorización para insertar su discurso todos aquellos diputados que deseen

hacerlo.

Leyes cuya aprobación requiere 31 votos

Denominar “Hugo Ricardo Corradi” a la plaza delimitada por las calles Yerbal, Calderón de la Barca y la bajada de la

autopista AU6

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 889.

DESPACHO 889

* Ver Apéndice.

Page 84: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 84 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 756-D-2008, iniciado por el diputado Di Filippo, quien propicia la denominación de “Hugo Ricardo Corradi” para un espacio público, y

Considerando:

Que Hugo Ricardo Corradi nació en el Barrio de Villa Luro en 1924. En él vivió hasta su muerte, el 23 de agosto de 1995. Desarrolló allí su rica vida cultural y social. Durante 20 años fue director del Museo del Cabildo de la Ciudad de Buenos Aires. Autor del primer libro dedicado a los barrios alejados del Centro de la Ciudad titulado: Guía Antigua del Oeste Porteño editado por la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires (Colección Cuadernos de Buenos Aires Nº XXX). Anterior a esto y después de la edición del mismo en 1969, publicó precursores trabajos sobre la historia de nuestra Ciudad y en el orden barrial, desde 1990 colaboró incesantemente con los medios locales: El Gorrión de Villa Luro y Mirando al Oeste. En 1993, en conmemoración del Día del Vecino, la Municipalidad le otorgó el título del Vecino Ilustre de Villa Luro en un acto en el que fueron homenajeados los vecinos más notables de los barrios de Buenos Aires; en el mismo año Corradi fundó la Junta de Estudios Históricos de Villa Luro, comenzando para él una nueva etapa creativa, la última donde deja consolidada una institución barrial histórica. Gran coleccionista, amante del tango y del jazz, un lector empedernido, un investigador de constancia y rectitud. Anfitrión gentil, respetuoso de las personas y con una sencillez que mostraba su personalidad cálida y alejada de toda superficialidad.

Que Corradi fue también: Miembro Fundador del Museo de los Corrales; Miembro Fundador de la Junta Promotora de Estudios Históricos de los Barrios del Oeste; Miembro de Número de la Junta de Estudios Históricos de San José de Flores; Miembro del Instituto de Estudios Iberoamericanos; Subdirector Ejecutivo del Complejo Museo Histórico Nacional. A su vez, se desempeñó como profesor de Historia de Buenos Aires en la Escuela de Guías de Turismo Perito Moreno y en la Escuela Nacional de Museología.

Que por tratarse además de un vecino ocupado en registrar todos los momentos vividos en el barrio, la Junta de Estudios Históricos de Villa Luro ha considerado justo y adecuado realizar un acto de reconocimiento a su trayectoria. El mismo consistiría en bautizar con su nombre la plazoleta existente en la intersección de las calles Yerbal y Calderón de la Barca, a pocas cuadras de la casa en la que vivió hasta el día de su muerte, en Yerbal 5481.

Que comparten la inquietud de dicha Junta de Estudios Históricos las siguientes instituciones: Asociación Vecinal de Fomento Los Amigos de Villa Luro, Junta Central de Estudio Históricos de la Ciudad de Buenos Aires, Junta Promotora de Estudios Históricos de los Barrios del Oeste, Junta de Historia y Cultura de La Floresta, Junta de Estudios Históricos del barrio de Vélez Sársfield, Junta de Estudios Históricos del barrio de Liniers, Junta de Estudios Históricos del barrio de Versailles, Junta de Estudios Históricos del barrio de Mataderos, Junta de Estudios Históricos del barrio Parque Avellaneda, Museo de los Corrales, Club Stentor, Asociación Residentes del Ayuntamiento de Rodeiro en Buenos Aires, Centro de Jubilados Alfonsina Storni.

Que se ha expedido la Comisión Permanente de Nomenclatura Urbana, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley 83 y se ha cumplido con lo normado en los artículos 89, inciso 3, y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, realizándose la Audiencia Pública el

Page 85: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 85 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

30 de septiembre de 2008. En esta audiencia surge la inquietud de que en el cartel con el nombre de la plaza se explique la razón del nombre.

Por lo expuesto, esta Comisión de Cultura, aconseja la sanción de la siguiente:

LEY 2942

Artículo 1°.- Denomínase “Hugo Ricardo Corradi” a la plaza delimitada por las calles Yerbal, Calderón de la Barca y la bajada de la Autopista AU6 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

DECLARACIÓN 548/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que en el cartel de señalización del nombre de la plaza Hugo Ricardo Corradi se especifique su razón de acuerdo a la siguiente leyenda: “Hugo Ricardo Corradi (1924-1959). Historiador y vecino del Barrio de Villa Luro y del oeste porteño”, dándose cumplimiento a la Ordenanza 51.495 (BO 232). Plan “Sepamos dónde vivimos”.

Sala de la comisión: 17 de noviembre de 2008.URDAPILLETA, Inés; TAMARGO, Avelino; SAYA, Lidia; BLASCO, Luciana; MOSCARIELLO, Oscar; VARELA, Marta; ALEGRE, Gabriela; OLMOS, Juan Manuel y DI FILIPPO, Facundo.

Sr. Secretario (Pérez).- En primer lugar, se votará una ley de segunda lectura –para la que se requieren 31 votos– y luego, una declaración.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración el proyecto de ley.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 41 votos emitidos, todos a favor.

Queda aprobado en general. En consideración en particular.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González,

Page 86: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 86 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Hourest, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 42 votos emitidos, todos a favor.

Queda aprobado el Artículo 1°. El Artículo 2° es de forma. Queda sancionada la ley.Se va votar el proyecto de declaración.

- Sin observación, se vota y aprueba en general y particular.

Sr. Presidente (Santilli).- Queda aprobada la declaración.

Leyes cuya aprobación requiere 40 votos

Desafectación y permuta de un inmueble para la implementación del Programa de Integración Sociolaboral

para Adolescentes Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 840.

Se trata de una ley de primera lectura y requiere 40 votos para su aprobación.

DESPACHO 840

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2274-J-2007, de iniciativa del señor Jefe de Gobierno, por el cual se propone la desafectación de un inmueble y la permuta del mismo con destino al Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, para la implementación del Programa de Integración Sociolaboral para Adolescentes, y

Considerando:

Que el mencionado proyecto de ley propicia la desafectación del inmueble ubicado en la Av. Independencia N° 1.376, Matrícula 12-3260, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11, del Dominio Público de la Ciudad, para su permuta por otro inmueble perteneciente al Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Cargas por Automotor, Servicios, Logística y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires, sito en la calle Ruy Díaz de Guzmán N° 171/73, entre Martín García y Gualeguay, Matrícula FR 3-2082, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 3, Sección 8, Manzana 27, Parcela 30, de esta Ciudad libre de toda restricción y/o gravamen.

Que en consecuencia, corresponde derogar la Ley 165, mediante la cual se afectó el inmueble sito en la Av. Independencia N° 1.376 al Ministerio de Salud, con destino al Hospital de Salud

Page 87: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 87 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, para la implementación del Programa de Integración Sociolaboral para Adolescentes.

Que es dable advertir que el terreno ofrecido por la entidad gremial mencionada posee ventajas considerables en cuanto a la ubicación geográfica y sus vías de acceso, resultando el entorno que lo rodea propicio para el desarrollo de las actividades inherentes al Programa citado.

Que conforme surge de las valuaciones efectuadas por el Banco Ciudad de Buenos Aires sobre las propiedades referidas, se desprende una diferencia a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de pesos ciento cincuenta y cinco mil ($155.000) aproximadamente, monto con el cual el Sindicato de marras efectuará las obras que resulten menester para la puesta en marcha del referido programa.

Que obran en los presentes actuados los Informes Técnicos elaborados por el Poder Ejecutivo, cumpliendo lo establecido en la normativa vigente.

Por lo expuesto, esta Comisión de Planeamiento Urbano aconseja la sanción de la siguiente:

LEY(Aprobación inicial conforme a lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de

la Ciudad)

Artículo 1°.- Deróguese la Ley 165 desafectándose el inmueble sito en la Av. Independencia N° 1.376, Matrícula 12-3260, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11 b del Dominio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a celebrar el Contrato de Permuta, que como Anexo forma parte integrante de la presente, respecto de los inmuebles ubicados en la Av. Independencia N° 1.376, Matrícula 12-3260, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11b, de esta Ciudad, perteneciente al Dominio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la calle Ruy Díaz de Guzmán N° 171/73, entre Martín García y Gualeguay, Matrícula FR 3-2082, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 3, Sección 8, Manzana 27, Parcela 30, de esta Ciudad, perteneciente al Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Cargas por Automotor, Servicios, Logística y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires, recibiendo las partes firmantes, en el mismo acto, el derecho real de dominio sobre el inmueble respectivo, libre de toda restricción y/o gravamen y/ o inhibición que pudieran pesar sobre el mismo, con medidas, linderos y demás circunstancias que surgen de sus antecedentes y planos.

Art. 3°.- Una vez celebrado el Contrato de Permuta, se procederá al otorgamiento de la escritura traslativa de dominio de los bienes indicados en el Artículo 2°, por intermedio de la Subsecretaría de Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, quedando todos los gastos, impuestos y honorarios que demanden dicha escritura a exclusivo cargo del Sindicato referido.

Art. 4°.- El inmueble que adquiere el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2° y 3º de la presente, será afectado al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con destino al Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil Dra. Carolina Tobar García, para el desarrollo de las actividades inherentes al Programa de Integración Socio-Laboral para Adolescentes.

Art. 5º.- El Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Cargas por Automotor, Servicios, Logística y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires, deberá efectuar las obras que resulten necesarias para la afectación del inmueble

Page 88: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 88 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

al Programa de Integración Socio-Laboral para Adolescentes, de acuerdo a los planos de obra que al efecto diseñe el Ministerio de Salud, por el monto equivalente a la diferencia resultante del mayor valor del bien que recibe en permuta, de acuerdo a la cotización del Banco Ciudad de Buenos Aires al momento de la celebración del Contrato de Permuta, o por un monto de pesos ciento cincuenta y cinco mil (155.000), si aquella resultare menor.

Art. 6°.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Sala de la comisión: 3 de junio 2008.PEDREIRA, Silvina; GONZÁLEZ, Álvaro; SANTILLI, Diego; MAJDALANI, Silvia; OCAMPO, Fernando; ARAUJO, Carlos y ASINELLI, Christian.

ANEXO I

CONTRATO DE PERMUTA

Entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el señor Jefe de Gobierno, señor JORGE TELERMAN, con domicilio legal en Bolívar 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “EL GOBIERNO”, por una parte, y por la otra EL SINDICATO DE CHOFERES DE CAMIONES, OBREROS Y EMPLEADOS DEL TRANSPORTE DE CARGAS POR AUTOMOTOR, SERVICIOS, LOGÍSTICA Y DISTRIBUCIÓN DE LA CIUDAD AUTONOMA Y PROVINCIA DE BUENOS AIRES, representado en este acto por su Secretario General, Don HUGO ANTONIO MOYANO, Documento Nacional de Identidad Nº ................................., con domicilio legal en la calle San José Nº 1775/81, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en adelante “EL SINDICATO”, acuerdan celebrar el presente Contrato de Permuta, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:-------------

PRIMERA: El presente tiene por objeto la permutación entre los firmantes de los bienes inmuebles sitos en Ruy Díaz de Guzmán Nº 171/3, entre Martín García y Gualeguay, y en la Avenida Independencia Nº 1376, ambos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo los mismos de propiedad de las partes.----------------------------------

SEGUNDA: “EL SINDICATO” se obliga con “EL GOBIERNO”, a transferir el inmueble de su propiedad, sito en la calle Ruy Díaz de Guzmán Nº 171/3, entre Martín García y Gualeguay, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Matrícula 3-2082, siendo su Nomenclatura Catastral: Circunscripción 3, Sección 8, Manzana 27, Parcela 30, cuyo valor de mercado asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000), conforme información suministrada con fecha 11 de abril de 2006 por la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires.-------------------

TERCERA: “EL GOBIERNO” se obliga con “EL SINDICATO”, a dar el inmueble sito en la Avenida Independencia Nº 1376, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, perteneciente al Dominio Público de la misma, Matricula 12-3260, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11b, cuyo valor de mercado asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 755.000), conforme información suministrada con fecha 6 de abril de 2006 por la Gerencia de Pignoraticio y Ventas del Banco Ciudad de Buenos Aires.----------------------

CUARTA: “EL SINDICATO” y “EL GOBIERNO” se obligan por el presente, y en virtud de las previsiones establecidas por el artículo 1485, siguientes y concordantes del Código Civil, a transferirse recíprocamente el Derecho Real de Dominio sobre los inmuebles, libres de toda

Page 89: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 89 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

restricción y /o gravamen y/ o inhibiciones que pudieran pesar sobre ellos al momento de perfeccionarse la presente Permuta.------------------------------

QUINTA: “EL GOBIERNO” destinará el inmueble citado en la CLAUSULA SEGUNDA del presente, al Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil “Carolina Tobar García”, dependiente de “EL GOBIERNO”, para el desarrollo del “Programa de Integración Sociolaboral para Adolescentes”, aprobado por Resolución Nº 757-SS-2002 (B. O. 1515), toda vez que el terreno ofrecido por “EL SINDICATO” posee ventajas considerables en cuanto a su ubicación geográfica y sus vías de acceso, siendo el entorno que lo rodea propicio para el desarrollo de las actividades inherentes al referido Programa.---------------------------------------------------------------------------------------------

SEXTA: El otorgamiento de las escrituras de permuta de los inmuebles y la entrega de las posesiones respectivas, se efectuará por ante la Escribanía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependiente de “EL GOBIERNO”, quedando a cargo de

“EL SINDICATO”, todos los gastos, impuestos, derechos y honorarios que la operación demande.----------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: “EL SINDICATO” y “EL GOBIERNO” se comprometen a no tomar la tenencia del inmueble que le haya sido permutado, hasta tanto se concrete la transferencia del mismo a través de las respectivas escrituras traslativas de dominio, las cuales se otorgarán en forma simultánea.----------------------------------------------------------

OCTAVA: “EL SINDICATO” se obliga a efectuar las obras que resulten necesarias para la afectación del inmueble al Programa de Integración Sociolaboral para Adolescentes, de acuerdo a los planos de obra que al efecto diseñe el Ministerio de Salud de “EL GOBIERNO”, por el monto equivalente a la diferencia resultante del mayor valor del bien que recibe en permuta, de acuerdo a la cotización del Banco Ciudad de Buenos Aires al momento de la celebración del presente Contrato de Permuta, o por un monto de PESOS CIENTO CINCUENTA Y CINCO MIL ($ 155.000.), si aquella resultare menor ----------------------------------------------------------------------------

NOVENA: En caso que surgieran controversias entre las partes respecto de la interpretación y / o implementación del presente contrato, las partes someterán las mismas a la competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo y Tributario con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con renuncia a cualquier otro Fuero o Jurisdicción que pudiere corresponderles, fijando sus domicilios en los señalados en el encabezamiento del presente. A los efectos de toda notificación judicial, el domicilio legal de “EL GOBIERNO” es el de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Departamento de Oficios Judiciales y Cédulas) sito en Uruguay 458, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo establecido por el Artículo Nº 20 de la Ley 1.218 (B. O. 1850) y la Resolución Nº 77/PG/2006 (B. O. 2.430).-------------------------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad, se firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los............ días del mes de.................................. de..................................

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

Page 90: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 90 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El Expediente 2274-J-2007, de iniciativa del señor Jefe de Gobierno, por el cual se propone derogar la Ley 165 y desafectar el inmueble ubicado en Av. Independencia 1376 para su posterior permuta por otro ubicado en Ruy Díaz de Guzmán 171/73 perteneciente al Sindicato de Choferes de Camiones de la Ciudad, y

Considerando:

Que el mencionado proyecto de ley propicia la desafectación del inmueble ubicado en la Av. Independencia N° 1.376, Matrícula 12-3260, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 12, Sección 14, Manzana 42, Parcela 11, del Dominio Público de la Ciudad, para su permuta por otro inmueble perteneciente al Sindicato de Choferes de Camiones, Obreros y Empleados del Transporte de Cargas por Automotor, Servicios, Logística y Distribución de la Ciudad Autónoma y Provincia de Buenos Aires, sito en la calle Ruy Díaz de Guzmán N° 171/73, entre Martín García y Gualeguay, Matrícula FR 3-2082, Nomenclatura Catastral: Circunscripción 3, Sección 8, Manzana 27, Parcela 30, de esta Ciudad, libre de toda restricción y/o gravamen.

Que en consecuencia, corresponde derogar la Ley Nº 165, mediante la cual se afectó el inmueble sito en la Av. Independencia N° 1.376 al Ministerio de Salud, con destino al Hospital de Salud Mental Infanto Juvenil “Dra. Carolina Tobar García”, para la implementación del Programa de Integración Sociolaboral para Adolescentes.

Que es dable advertir que el terreno ofrecido por la entidad gremial mencionada posee ventajas considerables en cuanto a la ubicación geográfica y sus vías de acceso, resultando el entorno que lo rodea propicio para el desarrollo de las actividades inherentes al Programa citado.

Que conforme surge de las valuaciones efectuadas por el Banco Ciudad de Buenos Aires sobre las propiedades referidas, se desprende una diferencia a favor del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de pesos ciento cincuenta y cinco mil ($155.000.-) aproximadamente, monto con el cual el Sindicato de marras efectuará las obras que resulten menester para la puesta en marcha del referido Programa.

Que atento a la documentación obrante y detallada en estos considerandos se cumple con lo establecido en el Art. 168º del Reglamento Interno de esta Legislatura.

Por lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria adhiere al dictamen de nuestra similar de Planeamiento Urbano.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.GONZÁLEZ, Álvaro; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DE ANDREIS, Fernando; ZAGO, Oscar; IBARRA, Aníbal; RABINOVICH, Alejandro; D'ANGELO, Julián y MEIS, Marcelo.

Se deja constancia de que la reunión de la Comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PALERMO, Vicente. Director de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro,

Page 91: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 91 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Kravetz, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 40 votos emitidos, todos a favor. Agrega su voto el diputado Ingaramo. Por lo tanto, son 41 los votos. Además, agrega su voto el diputado Pagani.

Queda aprobado en general.En consideración en particular los artículos 1º a 5º. Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Hourest, Ingaramo, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 38 votos emitidos, se registraron todos a favor. Se agregan los votos de la diputada Mouzo y del diputado Gramajo...

- Murmullos en las bancas.

Sr. Presidente (Santilli).- Hay 39 votos. La diputada Mouzo ya figura en la votación.

Sr. González.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito una reconsideración y que volvamos a votar.

Sr. Presidente (Santilli).- Hay una moción de reconsideración propuesta por el diputado González.

Se va a votar. Se requieren los dos tercios de los votos de los diputados presentes.

- Se vota y resulta afirmativa. Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en particular los artículos 1º a 5º.

Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy,

Page 92: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 92 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 47 votos emitidos, se registraron todos a favor. Quedan aprobados los artículos 1º a 5º.

La ley ha recibido aprobación inicial, de acuerdo con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.

Sra. Walsh.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito autorización para abstenerme de votar el próximo

despacho.

Sr. Presidente (Santilli).- Cómo no, diputada.Se va a votar la solicitud de abstención de todos aquellos que no quieran votar.

- Se vota y resulta afirmativa.

Convalidar el uso de título precario y gratuito de un inmueble por parte de la Confederación Nacional de Beneficencia

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 842.

DESPACHO 842

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 751-J-2007, iniciativa del señor Jefe de Gobierno, por el cual se propicia convalidar el uso a título precario y gratuito del inmueble ubicado en Paseo Colón 413 por parte de la Confederación Nacional de Beneficencia, y

Considerando:

Que el señor Jefe de Gobierno remite un proyecto de ley mediante el cual se convalida el uso a título precario y gratuito del inmueble de propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la avenida Paseo Colón Nº 413 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuado por la Confederación Nacional de Beneficencia, desde la fecha de extinción del permiso otorgado por la Ordenanza Nº 34.350 –es decir, desde el 3 de agosto de 1998– hasta la promulgación de la ley proyectada.

Que, además se otorga un permiso de uso a título precario y gratuito a la Confederación Nacional de Beneficencia sobre el inmueble precitado, por el plazo de veinte (20) años, a partir de la promulgación de la norma proyectada.

Que el inmueble en cuestión fue adquirido por la ex Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires en el año 1914 con destino a la vía pública.

Page 93: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 93 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que con posterioridad, a través de la Ordenanza Nº 8.996 promulgada en fecha 11/01/38 (B.M. 5.003), el uso del terreno fue cedido a la Confederación precitada para la construcción de su edificio social, mientras que, por medio de la Ordenanza Nº 34.350 de fecha 3/08/78 se concedió el uso precario y gratuito del inmueble de marras a la entidad aludida por el término de veinte (20) años, habiéndose extinguido dicha cesión en fecha 3 de agosto de 1998.

Que la entidad referida es una organización sin fines de lucro que promueve acciones de solidaridad en la comunidad.

Que a fs. 5 obra copia de la Ordenanza Nº 8996 del 21 de diciembre de 1937 por la cual se concede a la Confederación el uso del terreno para construir su edificio social.

Que a fs. 17/23 obra copia del Estatuto y Reglamento.

Que a fs. 24 obra copia del Certificado por el cual la Inspección General de Justicia la autoriza a funcionar con carácter de persona jurídica con fecha 8 de junio de 1921.

Que a fs. 26/70 obra copia de la Memoria y Balance de los años 2005 y 2006.

Que a fs. 76 se adjunta nómina de los integrantes del Consejo Superior de la Confederación.

Que a fs. 83 obra copia de la Ordenanza Nº 34.350 de fecha 3 de agosto de 1978, por la que se concedió el uso del predio por 20 años a la entidad.

Que a fs. 84/113 se adjuntan catálogos y reseña sobre las actividades que desarrolla la Asociación.

Que de conformidad con lo prescripto en el Artículo 82, inciso 5, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuanto establece que la Legislatura de la Ciudad “Aprueba toda concesión, permiso de uso o constitución de cualquier derecho sobre inmuebles del dominio público de la Ciudad, por más de cinco años”, se remiten las presentes actuaciones a los fines de su consideración, valiendo la ocasión para saludar a Usted con la consideración más distinguida.

Que la documentación agregada da marco al cumplimiento de lo establecido en el Artículo 168 del Reglamento Interno de esta Legislatura.

Por lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria pone a consideración del Cuerpo la sanción de la siguiente

LEY(Aprobación inicial conforme a lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de

la Ciudad)

Artículo 1º.- Convalídase el uso a título precario y gratuito del inmueble propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la Avenida Paseo Colón Nº 413, cuya nomenclatura catastral se identifica como Circunscripción 13; Sección 2; Manzana 58; Parcela 1°, efectuado por la Confederación Nacional de Beneficencia, con personería jurídica otorgada por Res. C619 de la Inspección General de Justicia, desde la fecha de extinción del permiso otorgado por la Ordenanza Nº 34.350, hecho ocurrido el 3 de agosto de l998 hasta la promulgación de la presente ley.

Page 94: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 94 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 2º.- Otórgase un permiso de uso a título precario y gratuito a la Confederación Nacional de Beneficencia sobre el inmueble precitado en el Artículo 1°, por el plazo de veinte (20) años a partir de la promulgación de la presente norma.

Art. 3°.- El predio mencionado sólo podrá ser utilizado, a los fines establecidos, a los objetivos generales plasmados en el estatuto de la entidad, tales como la instrucción permanente y activa de asistencia social y de cultura, concordar la obra benéfica con las ya existentes ejecutadas por la Nación, Municipalidad o instituciones particulares, la beneficencia en caso de enfermedad, vejez, infortunio, desocupación y otras causas incontroladas.

Art. 4°.- La entidad beneficiaria queda facultada para realizar las mejoras necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines, adecuadas al Código de Planeamiento Urbano y de Edificación vigentes al momento de su realización.

Art. 5°.- La afectación del predio a un destino distinto o el incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones establecidas en la presente, dará lugar a la revocación de la cesión otorgada, sin que ello genere derecho a indemnización alguna.

Art. 6º.- La entidad beneficiaria no podrá ceder ni alquilar todo o parte del inmueble, así como tampoco podrá cambiar el destino del inmueble. En caso de incumplimiento, el Gobierno de la Ciudad requerirá la entrega inmediata del inmueble otorgado.

Anualmente el Poder Ejecutivo realizará visitas a fin de constatar y evaluar el cumplimiento de la presente norma.

Art. 7º.- El Poder Ejecutivo puede celebrar convenios con la entidad para el uso gratuito de las instalaciones que pudieran complementar las acciones de ejecución de políticas de Estado vinculadas con el destino del predio.

Art. 8º.- Una vez finalizado el plazo por el que fue cedido el predio, o en caso de incumplimiento de las obligaciones establecidas en la presente ley, la entidad beneficiaria deberá restituir el predio al Gobierno de las Ciudad Aires dentro de los treinta (30) días de notificada. La restitución incluirá todas las construcciones y mejoras que se hubiesen realizado en el predio, quedando las mismas a favor del Gobierno de la Ciudad, sin que esto genere reclamo alguno de compensación o indemnización por parte de la asociación beneficiaria.

Art. 9º.- Cuando la Ciudad, por razones de necesidad fundada, debiera solicitar la restitución del terreno antes de cumplido el plazo establecido en el artículo 1º, deberá notificar de tal situación a la beneficiaria, quien dentro de los sesenta (60) días deberá entregar el predio sin que esta restitución genere gastos o indemnizaciones por parte del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 10º.- El pago de las tasas, tributos o tarifas de los servicios públicos que correspondan al usufructo del predio están a cargo de la beneficiaria.

Art. 11º.- Publíquese y cúmplase con lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

Sala de la comisión: 29 de octubre de 2008.GONZÁLEZ, Álvaro; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DE ANDREIS, Fernando; ZAGO, Oscar; IBARRA, Aníbal; RABINOVICH, Alejandro; D'ANGELO, Julián y MEIS, Marcelo.

Page 95: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 95 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Se deja constancia de que la reunión de la Comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PALERMO, Vicente. Director de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sr. Secretario (Pérez).- Es una ley de primera lectura y se requieren 40 votos.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Gómez, González, Gramajo, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Varela y Zago.

- Se registra la siguiente abstención: Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 40 votos emitidos, se registraron 39 a favor y una abstención. Se agrega el voto del diputado Tamargo. Queda aprobado en general.

En consideración en particular los artículos 1º al 10.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Alegre, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Gómez, González, Gramajo, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra la siguiente abstención: Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 40 votos emitidos, se registraron 39 a favor y una abstención. Se agregan los votos de los diputados Araujo y Borrelli y de la diputada Saya. Quedan aprobados los artículos 1º al 10.

La ley ha recibido aprobación inicial conforme lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.

Creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos

Page 96: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 96 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 887.

DESPACHO 887

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1891-J-2007, propiciado por el señor Jefe de Gobierno, y su agregado Nº 2465-D-2008, autoría del señor diputado Sergio Abrevaya, por intermedio del cual establece la creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos (SEV) y,

Considerando:

Que el mencionado expediente fuera enviado al Poder Ejecutivo en fecha 8 de julio de 2008 en cumplimiento del Artículo 159 del Reglamento Interno del Cuerpo.

Que el 9 de septiembre de 2008 fuera recibido en esta Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el respectivo informe técnico.

Que el citado informe técnico trata sobre distintos aspectos de la creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos (SEV) de esta Ciudad Autónoma.

Que el informe que envía el Poder Ejecutivo hace consideraciones sobre: interferencia con trazas de subtes, interferencia permanente por accesos y egresos de playas subterráneas, la interferencia transitoria durante las obras de un estacionamiento subterráneo y un análisis sobre cada una de las locaciones seleccionadas y que se describen en el Anexo I de la presente Ley.

Que la construcción de estacionamientos subterráneos interfiere con obras aledañas que requieran el uso de ese espacio, como la posibilidad de construcción de una línea de subterráneos.

Que el G.C.B.A. debe aportar solución a la necesidad de estacionamientos en distintos barrios de la ciudad donde existe concentración de edificios de viviendas, sin la previsión de espacio para los automóviles de sus habitantes. Lo descrito genera también congestionamiento en el tránsito.

Que el uso del subsuelo de nuestros espacios verdes es una alternativa que se ha considerado válida para ofrecer espacios de estacionamiento, en una urbe que recibe casi 1.500.000 automóviles por día.

Que aliviar estas problemáticas contribuirá a una mejor calidad de vida del conjunto de los vecinos y una menor erogación para las tareas de control y mantenimiento.

Que los niveles de inversión pública o las alternativas de inversión privada sujetas a la planificación estatal, merecen equilibrarse en todo el territorio de la Ciudad; no sólo porque los ingresos o los accesos a nuestra ciudad son variados y extendidos, sino porque las inversiones de obra de infraestructura generan sinergia en las zonas elegidas y plantean alternativas para trasladarse y movilizarse en todo nuestro territorio.

Que en el caso de las intersecciones de las Avenidas Acoyte y Rivadavia y José María Moreno y Rivadavia, si bien tanto el impacto que se genere en las arterias, como las interferencias que

Page 97: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 97 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

se encuentren en el subsuelo son relevantes; el beneficio que reportará a la población será de mayor envergadura.

Que dadas las dificultades que encontrará el Poder Ejecutivo para la construcción de este servicio es necesario darle potestad para que lo ubique definitivamente en el lugar más conveniente.

Por lo expuesto, estas Comisiones de Obras y Servicios Públicos y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, puestas al estudio de los presentes actuados aconsejan la sanción de la siguiente:

LEY

Artículo 1º.- Créase el Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos (SEV), en la Ciudad de Buenos Aires, destinado a regular la construcción y gestión de playas subterráneas de estacionamiento para el uso de vecinos de las zonas en que las mismas se instalen.

Art. 2º.- Permítase la disposición del subsuelo de la vía pública de las arterias e intersecciones descriptas en el Anexo I, parte integrante de la presente Ley, para la implementación del sistema de estacionamiento subterráneo que se crea.

Art. 3º.- Autorízase la construcción de los estacionamientos establecidos en el Artículo 1º mediante Concesión de Obra Pública de acuerdo a la Ley 17520 y sus modificatorias aplicable a la Ciudad de Buenos Aires conforme la cláusula transitoria tercera de la Ley Nº 70 (B.O.C.B.A. Nº 539) y su explotación por un plazo de hasta veinte (20) años.

Art. 4º.- Los estacionamientos deberán ser construidos exclusivamente a cielo cerrado y estará a cargo del concesionario/operador la resolución de todas las interferencias, debiendo contemplarse en las bases de las Licitaciones Públicas que se convocarán a tales fines el mantenimiento de un equilibrio razonable entre la inversión a realizar y su recupero.

Art. 5º.- El SEV se aplicará en una primera etapa a los estacionamientos cuya construcción se autoriza, en las arterias e intersecciones que se indican en el Anexo I, que forma parte de la presente.

Art. 6º.- El Poder Ejecutivo podrá ubicar definitivamente las Locaciones de Estacionamiento Subterráneo que integran el SEV en un radio de 500 m de las ubicaciones determinadas en el Anexo I de la presente en razón de mayor conveniencia técnica.

Art. 7º.- La Obra Pública que se realice en cumplimiento de la presente Ley deberá dar cumplimiento a las normas contenidas en los Códigos de Edificación y de Planeamiento Urbano y demás normativas vigentes que le fueran aplicables.

Art. 8º.- De la capacidad total de las playas subterráneas de estacionamiento cuya construcción dispone la presente ley, el setenta por ciento (70%) de sus plazas, como mínimo, serán otorgadas mediante una concesión de uso onerosa a favor de los vecinos que acrediten residencia efectiva en una unidad de vivienda y/o profesional, en un edificio uni o multifamiliar, dentro de un radio de 400 metros de la boca de acceso a la playa y que no posea cocheras, en primer término, que posean sólo una cochera, en segundo término o que no posean las cocheras que necesitan, en tercer término, en ese orden de prelación. El treinta por ciento (30%) restante, podrá explotarse en alquiler mensual, diario u horario directamente por el concesionario de la obra pública.

Page 98: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 98 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 9º.- Queda expresamente prohibido adjudicar más de una cochera a cada unidad, por lo que de verificarse tal situación, el vecino infractor perderá el derecho a la concesión de uso de la unidad respectiva.

Art.10.- Podrán Incorporarse al presente régimen las Playas de Estacionamiento Subterráneo aprobadas por la Ley Nº 469, que no tuvieren viabilidad económica como tales.

Art. 11.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, en caso de detectar similares necesidades en otras zonas de la Ciudad, incremente hasta un 30% la cantidad de playas de estacionamientos que como Anexo I forman parte integrante de la presente Ley.

Art. 12.- Sólo podrán transferirse las cocheras otorgadas mediante concesión de uso, en caso de venta, locación u otro medio de transferencia de la unidad uni o multifamiliar destinada a vivienda y/o profesional a la cual se relacione aquélla y a la persona beneficiaria de dicha transferencia. En caso de inobservancia de tal disposición, se dispondrá la caducidad automática de la concesión de uso sin perjuicio del pago por su titular al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de los daños y perjuicios que tal conducta pudiera ocasionar.

Art. 13. -El Poder Ejecutivo dispondrá el llamado a licitación pública fijando las bases y condiciones conforme lo establecido en la Ley Nº 17.520, declarada aplicable por la Ley Nº 70 (BOCBA Nº 539) y de acuerdo a los lineamientos generales contenidos en la presente Ley, como así también adjudicará su ejecución al oferente cuya propuesta considere más conveniente.

Art. 14.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley determinando las condiciones que contendrá el contrato de concesión de uso de las cocheras correspondientes al Servicio de Estacionamiento Vecinal en cada caso particular, disponiendo el lugar y forma en que el vecino beneficiario abonará el canon fijado. Asimismo, controlará su correcto uso, el pago del canon y la transferencia de las cocheras correspondientes al Servicio de Estacionamiento Vecinal. La falta de pago del canon que se fije, en las condiciones que establezca la reglamentación, dará lugar a la caducidad de la concesión de uso.

Art. 15.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires

ANEXO I

- Avenida Las Heras, en su intersección con.AyacuchoAvenida Pueyrredón (Bajo la avenida o bajo la plaza)AustriaAvenida Coronel DíazAvenida Scalabrini Ortiz

- Avenida Coronel Díaz, en su intersección con:JuncalAvenida Santa FeHonduras/Soler

- Avenida Crámer y José Hernández

- Avenida Luis María Campos, en sus intersecciones:Desde Virrey del Pino hasta Maure

Page 99: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 99 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Avenida Juramento: En proximidades de la estación de Belgrano C del FFCC Línea Mitre.En su intersección con la calle O´Higgins

- Avenida Córdoba, en su intersección con:Avenida PueyrredónGallo

- Avenida Acoyte y Avenida Rivadavia

- Avenida José María Moreno y Avenida Rivadavia

- Avenida Donato Álvarez y Avenida Avellaneda

- Parque Leonardo Pereyra (Avenida Vélez Sársfield, California, Luzuriaga, Avenida General Iriarte)

- Plaza Matheu (Magallanes, Hernandarias, Aráoz de Lamadrid, Irala)

- Plaza Colombia (Avenida Montes de Oca, Pinzón, Isabel la Católica, Brandsen)

- Plaza Garay (Av. Juan de Garay, Solís, Pavón, Luis S. Peña)

Sala de las Comisiones: 12 de noviembre de 2008.RITONDO, Cristian; MOSCARIELLO, Oscar; OCAMPO, Martín; ARAUJO, Carlos; CERRUTI, Gabriela; PEDREIRA, Silvina; SANTILLI, Diego.GONZÁLEZ, Álvaro; ASINELLI, Christian; ABREVAYA, Sergio; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DESTÉFANO, Roberto; DE ANDREIS, Fernando; ARAUJO, Carlos; ZAGO, Oscar; CERRUTI, Gabriela; DI FILIPPO, Facundo; RABINOVICH, Alejandro.

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1891-J-2007, de autoría del Jefe de Gobierno, y su agregado Nº 2465-D-2008, de autoría del diputado Sergio Abrevaya, relacionados con la Creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos, y

Considerando:

Que esta Comisión de Tránsito y Transporte comparte el criterio, no teniendo objeciones que formular, se adhiere al despacho producido por sus similares de Obras y Servicios Públicos y Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sala de la comisión: 18 de noviembre de 2008.AMOROSO, Víctor; MAJDALANI, Silvia; MEIS, Marcelo; DESTÉFANO, Roberto; FAILDE, Pablo y ABREVAYA, Sergio.

Sr. Secretario (Pérez).- Es una ley de primera lectura que requiere 40 votos.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar a través del sistema electrónico.

Page 100: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 100 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ingaramo, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra el siguiente voto negativo: Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 41 votos emitidos, se han registrado 40 votos a favor y 1 voto en contra. Agregan su voto los diputados Kravetz, Cantero y Rabinovich.

Queda aprobado en general.En consideración en particular.

Sr. Moscariello.- Pido la palabra.Señor presidente: con respecto al Despacho 885 que está en este momento en las

preferencias, deberíamos aceptar primero la observación que realizó la diputada La Ruffa sobre dicho despacho y retirar de su Anexo I, para que pasen a figurar en el Despacho 887, las plazas Ejército de los Andes, Monseñor Angelelli y Boulevard Chenault y Clay. Como decía antes, en el Anexo I del Despacho 885 figuran estas plazas, pero deberían figurar en el Anexo I del Despacho 887.

Por lo tanto, deberíamos pasar el Despacho 885 a este segmento, para votarlo sin ningún tipo de interferencia.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputado Moscariello: entendí lo que usted dijo, pero, para que quede claro, dígame cuáles son las tres plazas que se van a incorporar.

Sr. Moscariello.- Las tres plazas que figuran en el Anexo I son Ejército de los Andes, Monseñor Angelelli y Boulevard Chenault y Clay.

Sr. Epszteyn.- Pido la palabra.Señor presidente: en realidad, voy a confiar en las palabras de los colegas que dicen

que está todo bien. De modo que no voy a hacer ninguna manifestación.

Sr. D’Angelo.- Pido la palabra.Señor presidente: quiero saber si puedo hacer algunos planteos en particular con

respecto a algunos artículos.

Sr. Presidente (Santilli).- Sí, señor diputado.

Sr. D’Angelo.- Señor presidente: algunas modificaciones son de forma.

Page 101: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 101 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En el Artículo 4° del Despacho 885 y en el Artículo 3º del Despacho 887, donde dice: “…y su explotación…”, habría que agregar: “conservación y mantenimiento”; de lo contrario, le estamos dando la explotación, pero no sabemos en qué estado después lo va a entregar el concesionario.

En cuanto al Artículo 7° del Despacho 887, después de: “planeamiento urbano”, debería agregarse la frase: “…garantizando que las obras no afecten la vegetación ni las estructuras existentes al momento de iniciarse las mismas”. Luego continúa igual: “y demás normativas vigentes que le fueran aplicables”.

Con respecto al Artículo 8°, tengo una mejor redacción. Queremos proponer que diga: “de la capacidad total de cada una de las playas subterráneas de estacionamiento” y no del total, por lo que se agregaría: “de cada una”, cuya construcción dispone la presente ley, el 70 por ciento de sus plazas, como mínimo, serán otorgadas mediante una concesión de uso onerosa a favor de la persona física…”. Es decir, en lugar de “vecinos”, porque el término “vecinos” no aclara si se refiere a personas física o jurídica. Por eso, propongo utilizar el término “persona física” en lugar de “vecinos”.

Luego, proponemos “…que acrediten residencia efectiva en una unidad de vivienda y/o profesional, en un edificio uni o multifamiliar, dentro de un radio de 400 metros de los límites del estacionamiento…” en lugar de “la boca de acceso”; porque si contamos la boca de acceso se puede alterar lo que se establece en 400 metros.

Sr. Ritondo.- Pido la palabra.Señor presidente: la segunda propuesta la escuché perfectamente, ¿podría repetir la

primera?

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado D’Angelo.

Sr. D'Angelo.- Señor presidente: respecto del Artículo 8°, luego de “De la capacidad total…” proponemos agregar “de cada una de las playas”. Luego reemplazar “vecinos” por “persona física”. Por último, en lugar de que sea “…400 metros de la boca de acceso a la playa…”, que diga “…dentro de un radio de 400 metros desde los límites del estacionamiento…”. Porque de acuerdo con dónde esté ubicada la boca de acceso se podría distorsionar el sentido. Éstas son las modificaciones de forma.

Con respecto del Artículo 12, tenemos una visión distinta. En todo caso, pediríamos permiso para abstenernos, porque pensamos que la cochera, en el caso en que el propietario venda el departamento, no debería estar atada a esa venta. No estamos de acuerdo con la transferencia. Tenemos una redacción alternativa que, en el caso de que no sea aceptada, pediríamos permiso para abstenernos.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿En qué artículo?

Sr. D'Angelo.- En el Artículo 12.En el Artículo 13 también proponemos una modificación de forma, porque la Ley

17.520 permite que el Estado pueda subsidiar o subvencionar al concesionario. Planteamos que se agregue al final de este artículo “En ningún caso el Poder Ejecutivo podrá subvencionar la concesión de la construcción ni la gestión de los estacionamientos”.

Page 102: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 102 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Ritondo.- Pido la palabra.Señor presidente: en este caso son vecinales, por lo tanto podría ocurrir que en algún

momento necesite –o no– ser subsidiado el costo de la playa. Aceptamos las modificaciones expresadas al Artículo 8°, al igual que las propuestas

formales.

Sr. D'Angelo.- Pido la palabra.Señor presidente: ¿están aceptadas las modificaciones a los artículos 3°, 7° y 8°?

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Ritondo.

Sr. Ritondo.- Sí, señor presidente.

Sr. Presidente (Santilli).- En conclusión, son aceptadas las modificaciones formales planteadas por el diputado D’Angelo.

Sr. Ritondo.- Exactamente.

Sr. Presidente (Santilli).- A los artículos 3° y 7°. ¿Y al 8° también?

Sr. Ritondo.- Sí, señor presidente.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Y el Artículo 12?

Sr. Ritondo.- No, no aceptamos las modificaciones al Artículo 12.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar en particular desde el Artículo 1° al 11 a través del sistema electrónico, con las modificaciones planteadas por los diputados Moscariello y D'Angelo.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Godoy, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Ritondo, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra el siguiente voto negativo: Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han registrado 40 votos: 39 a favor y 1 en contra. Se agrega el voto de la diputada Rodríguez Araya y de los diputados Rabinovich y Kravetz.

Quedan aprobados los artículos 1° a 11.Se va a votar, en primer lugar, la solicitud de abstenciones para todos aquellos

diputados y diputadas que deseen hacerlo.

Page 103: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 103 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se vota y aprueba.

Sr. Presidente (Santilli).- Quedan otorgados los pedidos de abstenciones.En consideración en particular el Artículo 12.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Cerruti, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Godoy, González, Gramajo, Ibarra, Ingaramo, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Pagani, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo y Zago.

- Se registra el siguiente voto negativo: Walsh.

- Se registran las siguientes abstenciones: D'Angelo y Gómez.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 35 votos emitidos, se registran 32 a favor, 1 en contra y 2 abstenciones. Agregan los votos los diputados y diputadas De Anchorena, Abbas, Varela, Mouzo, Kravetz, Rabinovich, Di Filippo y Maffía.

Hay 40 votos por la afirmativa. Queda aprobado el Artículo 12.En consideración en particular los artículos 13 y 14.Se van a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Godoy, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra el siguiente voto negativo: Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 42 votos emitidos, se registran 41 a favor y uno en contra. Agrega el voto la diputada De Anchorena.

Quedan aprobados los artículos 13 y 14.El Artículo 15 es forma.La ley ha recibido aprobación inicial de acuerdo con lo establecido por los artículos

89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.

Creación del Sistema de Estacionamientos Subterráneos

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 885.

La votación es posteriormente reconsiderada.

Page 104: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 104 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

DESPACHO 885

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2014-J-2007, propiciado por el Jefe de Gobierno, y su agregado Nº 2458-D-2008, de autoría del señor diputado Sergio Abrevaya, por intermedio del cual establece la creación del sistema de estacionamientos subterráneos, y

Considerando:

Que el mencionado expediente fuera enviado al Poder Ejecutivo en fecha 8 de julio de 2008 en cumplimiento del Artículo 159 del Reglamento Interno del Cuerpo.

Que el 9 de septiembre de 2008 fuera recibido en esta Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con el respectivo informe técnico.

Que el citado informe técnico trata sobre distintos aspectos de la Creación del Sistema de Estacionamiento Subterráneo Disuasorio del ingreso de vehículos al área central de la ciudad.

Que el informe analiza los criterios para determinar la localización de las playas de disuasión, las interferencias con trazas de líneas de subtes, la interferencia permanente por accesos y egresos de playas subterráneas, como así también la interferencia transitoria durante las obras de un estacionamiento subterráneo y un detalle sobre cada uno de los sitios seleccionados.

Que los extremos analizados describen las condiciones necesarias para que el emprendimiento logre el objetivo de funcionar como una estación de transferencia, en la que el automovilista decida por conveniencia dejar el medio de transporte particular en el estacionamiento y continúe su recorrido hasta el centro de la ciudad en transporte público.

Que esta Comisión reconoce la necesidad de construcción de nuevas playas de estacionamiento de estas características que se sumen a las ya determinadas en el texto de la presente norma.

Que del estudio del Expediente 2465-D-2008, que se encuentra agregado al 1891-J-2007, surge que algunas solicitudes de playas de estacionamiento subterráneas, por su localización, son de carácter disuasorio; motivo por el cual se incluyen en el presente.

Por lo expuesto, estas Comisiones de Obras y Servicios Públicos y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, puestas al estudio de los presentes actuados aconsejan la sanción de la siguiente

LEY

Artículo 1º.- Créase el Sistema de Estacionamientos Subterráneos de carácter disuasorio, destinado a regular el ingreso de automóviles particulares al área central de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2º.- Autorízase la disposición del subsuelo de la vía pública de las arterias e intersecciones detalladas en el Anexo I, que a todos los efectos forma parte de la presente ley, para el desarrollo del sistema establecido en el Artículo 1º.

Page 105: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 105 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 3º.- Establécese que el sistema creado por el Artículo 1° de la presente ley, deberá operar en función de una tarifa para el usuario que incentive su utilización, conforme a la finalidad tenida en miras para su implementación. En el marco antes fijado, el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá implementar un mecanismo conforme al cual, la tarifa del estacionamiento se vincule con la adquisición del pasaje del modo de transporte público que en cada caso ofrezca la mejor alternativa de conexión entre dicho punto y el centro de la Ciudad.

Art. 4º.- Autorízase la construcción de los estacionamientos establecidos en el Artículo 1º mediante el sistema de Concesión de Obra Pública, de acuerdo a la Ley 17520 y sus modificatorias aplicables a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la Cláusula Transitoria Tercera de la Ley 70 (B.O.C.B.A. Nº 539), y su explotación por un plazo de hasta veinte (20) años. Asimismo, también podrá preverse la prestación de servicios complementarios que contribuyan al financiamiento del sistema.

Art. 5º.- Los estacionamientos deberán ser construidos en la secuencia constructiva que menor interferencia provoque al tránsito vehicular, garantizando que las obras no afecten la vegetación ni las estructuras existentes al momento de iniciarse las mismas, estando a cargo del concesionario la resolución de todas las interferencias que las obras impliquen.

Art. 6º.- El Poder Ejecutivo podrá ubicar definitivamente las playas de estacionamiento que integran el presente sistema en un radio de 200 m de distancia del eje de las trazas de las distintas vías de transporte público que afecten las locaciones determinadas en el Anexo I de la presente.

Art. 7º.- Toda Obra que se realice en cumplimiento de la presente Ley deberá efectuarse de conformidad con las normas contenidas en los Códigos de Edificación y de Planeamiento Urbano, y demás disposiciones vigentes que le fuera aplicable.

Art. 8º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, en caso de detectar similares necesidades en otras zonas de la Ciudad, incremente hasta un 30% la cantidad de playas de estacionamiento que como Anexo I forman parte integrante de la presente Ley

Art. 9º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, estableciendo las condiciones para la explotación de los estacionamientos y dispondrá el llamado a Licitación Pública para la construcción y concesión de cada una de las playas de estacionamiento detalladas en el Anexo I, fijando las bases y condiciones conforme lo establecido en la Ley Nº 17.520, declarada aplicable por la Ley Nº 70, y de acuerdo a los lineamientos generales contenidos en la presente Ley. El Poder Ejecutivo podrá agrupar las propuestas garantizando la pluralidad de adjudicatarios.

Art. 10.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO 1

- Avenida Cabildo y Manuela Pedraza

- Avenida Chorroarín y Avenida Triunvirato

- Avenida Franklin D. Roosevelt y Avenida Triunvirato

- Avenida Del Libertador y Olleros

- Avenida 9 de Julio y Avenida San Juan

Page 106: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 106 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Avenida Rivadavia y Nazca

- Avenida Sáenz y Vías del FFCC Belgrano Sur

- Área Facultad de Derecho

- Bulevar Chenault y Clay (Las Cañitas)

- Avenida Santa Fe y Godoy Cruz

- Plaza General Agustín P. Justo (Avenida Belgrano, Azopardo, Moreno, Avenida Paseo Colón)

- Plaza Monseñor Angelelli (Ferré, Berón de Astrada, Matanza y Erezcano)

- Parque España (Avenida Caseros, Baigorri, San Lucar de Barrameda, Avenida Amancio Alcorta)

- Parque de los Patricios (Avenida Caseros, Monteagudo, Uspallata, Almafuerte)

- Plaza Martín Fierro (La Rioja, Barcala, General Urquiza, Constitución)

- Plaza La Vuelta de Obligado (Avenida Juan de Garay, Pichincha, Avenida Brasil, Combate de los Pozos)

- Plaza Ejército de los Andes (Avenida Rivadavia, Albariño, Ramón L. Falcón, Corvalán)

Sala de las Comisiones: 12 de noviembre de 2008.RITONDO, Cristian; MOSCARIELLO, Oscar; OCAMPO, Martín; ARAUJO, Carlos; CERRUTI, Gabriela; PEDREIRA, Silvina; SANTILLI, Diego.GONZÁLEZ, Álvaro; ASINELLI, Christian; ABREVAYA, Sergio; SANTILLI, Diego; AMOROSO, Víctor; DESTÉFANO, Roberto; DE ANDREIS, Fernando; ARAUJO, Carlos; ZAGO, Oscar; CERRUTI, Gabriela; DI FILIPPO, Facundo y RABINOVICH, Alejandro.

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2014-J-2007 y su agregado Nº 2458-D-2008, de autoría del Jefe de Gobierno y del diputado Sergio Abrevaya respectivamente, relacionados con la creación del Sistema de Estacionamientos subterráneos, y

Considerando:

Que esta Comisión de Tránsito y Transporte comparte el criterio, no teniendo objeciones que formular, se adhiere al despacho producido por sus similares de Obras y Servicios Públicos y Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sala de la comisión: 18 de noviembre de 2008.

Page 107: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 107 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

AMOROSO, Víctor; MAJDALANI, Silvia; MEIS, Marcelo; DESTÉFANO, Roberto; FAILDE, Pablo y ABREVAYA, Sergio.

OBSERVACIÓN AL DESPACHO 885

Conforme a lo establecido en el Artículo 169 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Resolución 13-JIR-998, se presenta la siguiente observación al Despacho N° 885 de las Comisiones de Obras y Servicios Públicos y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria, y

Considerando:

Que por este despacho se propone crear el Sistema de Estacionamiento Subterráneos de carácter disuasorio y autorizar la construcción de estacionamientos en determinadas arterias de la Ciudad.

Que compartimos el objetivo de esta iniciativa, que concuerda con las propuestas planteadas en el Plan Urbano Ambiental, en el que se manifiesta la necesidad de “definir y promover la instalación de playas de estacionamiento disuasorio del transporte privado como alimentadoras del sistema ferroviario de superficie y subterráneo”.

Que en el Artículo 3° del despacho, se propone que la tarifa debe incentivar la utilización de este sistema, pero no se contempla la participación del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos en la fijación de la tarifa de este servicio.

Que, al respecto, cabe mencionar que la Ley 210 incluye en la definición de servicio público al “control de estacionamiento por concesión” y establece entre las funciones del Ente “analizar las bases de cálculo de los regímenes tarifarios”.

Que en tal sentido, consideramos que el sistema que se propone crear tiene el carácter de servicio público y, por ende, el Estado debe controlar y resguardar su calidad a través de las instituciones y mecanismos que la Constitución prevé.

Que la participación del Ente tiene por objeto garantizar una tarifa acorde que efectivamente incentive la utilización de los estacionamientos para disuadir el uso de los medios de transporte particulares.

Que por lo expuesto proponemos modificar el artículo 3° del citado despacho:

“Artículo 3°.- Establécese que el sistema creado por el Artículo 1° de la presente ley, deberá operar en función de una tarifa para el usuario que incentive su utilización, conforme a la finalidad tenida en miras para su implementación. En el marco antes fijado, el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá implementar un mecanismo conforme al cual, la tarifa del estacionamiento se vincule con la adquisición del pasaje del modo de transporte público que en cada caso ofrezca la mejor alternativa de conexión entre dicho punto y el centro de la Ciudad. El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos analizará la base de cálculo del sistema tarifario, según lo estipula la Ley 210 y modificatorias.”

LA RUFFA, Silvia.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general la ley.Se va a votar a través del sistema electrónico.

Page 108: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 108 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Godoy, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 41 votos emitidos, todos a favor. Agregan los votos los diputados Kravetz y Rabinovich, y el voto negativo de la diputada Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en particular.

Sr. D’Angelo.- Pido la palabra.Señor presidente: en el mismo sentido de la propuesta que hice para el despacho

anterior, quiero proponer una incorporación en el Artículo 4°, donde luego de la expresión “…y su explotación”, debe decir “…conservación y mantenimiento”.

Además, deseo formular una pregunta.

- Murmullos en la sala.

Sr. Presidente (Santilli).- Continúe, diputado D’Angelo.

Sr. D’Angelo.- Reitero: en el mismo sentido de la propuesta que hice en el anterior despacho, quiero proponer incorporar en el Artículo 4°, luego de la expresión “…y su explotación”, debe decir “…conservación y mantenimiento”.

Dado que estamos hablando de los estacionamientos que no son vecinales, proponemos incorporar en el Artículo 9°, “… en ningún caso el Poder Ejecutivo podrá subvencionar la concesión de la construcción, ni de la gestión de los estacionamientos”.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Ritondo.

Sr. Ritondo.- Señor presidente: en este caso, por lo mismo que justifica que los otros puedan ser subvencionados, estoy de acuerdo con el diputado D’Angelo.

Sr. Presidente (Santilli).- Entonces, acepta las modificaciones planteadas por el diputado D'Angelo.

Se van a votar en particular, por medio del sistema electrónico, los artículos 1° a 9°, con las modificaciones planteadas por el diputado D'Angelo.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, Cerruti, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Godoy, Gómez, González, Hourest, Ibarra,

Page 109: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 109 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registra el siguiente voto negativo: Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: de 41 votos emitidos, hubo 40 afirmativos y 1 negativo.

Agrega su voto el diputado Olmos.Quedan aprobados en particular los artículos 1° a 9°.Ha recibido aprobación inicial la ley, de acuerdo con lo establecido en los artículos

89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.

Sr. Abrevaya.- Pido la palabra.Señor presidente: quiero que quede claro, ya que el diputado Moscariello lo había

mencionado al comienzo del Despacho 885, que del anexo salen las playas Ejército de los Andes, Monseñor Angelelli y Boulevar Chenault y Clay, que pasan al otro proyecto.

Sr. Presidente (Santilli).- Está hecho en el Despacho 887, y por eso no lo volvimos a mencionar en éste. Sin embargo, usted tiene razón, y sirve para ratificarlo en la versión taquigráfica.

Texto definitivoLEY

(Aprobación inicial conforme a lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad)

Artículo 1º.- Créase el Sistema de Estacionamientos Subterráneos de carácter disuasorio, destinado a regular el ingreso de automóviles particulares al área central de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Art. 2º.- Autorízase la disposición del subsuelo de la vía pública de las arterias e intersecciones detalladas en el Anexo I, que a todos los efectos forma parte de la presente ley, para el desarrollo del sistema establecido en el Artículo 1º.

Art. 3°.- Establécese que el sistema creado por el Artículo 1° de la presente ley, deberá operar en función de una tarifa para el usuario que incentive su utilización, conforme a la finalidad tenida en miras para su implementación. En el marco antes fijado, el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá implementar un mecanismo conforme al cual, la tarifa del estacionamiento se vincule con la adquisición del pasaje del modo de transporte público que en cada caso ofrezca la mejor alternativa de conexión entre dicho punto y el centro de la Ciudad. El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos analizará la base de cálculo del sistema tarifario, según lo estipula la Ley N° 210 y modificatorias.

Art. 4º.- Autorízase la construcción de los estacionamientos establecidos en el artículo 1º mediante el sistema de Concesión de Obra Pública, de acuerdo a la Ley 17.520 y sus modificatorias aplicables a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme la cláusula transitoria tercera de la Ley 70 (B.O.C.B.A. Nº 539), y su explotación, conservación y mantenimiento por un plazo de hasta veinte (20) años. Asimismo, también podrá preverse la prestación de servicios complementarios que contribuyan al financiamiento del sistema.

Page 110: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 110 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 5º.- Los estacionamientos deberán ser construidos en la secuencia constructiva que menor interferencia provoque al tránsito vehicular, garantizando que las obras no afecten la vegetación ni las estructuras existentes al momento de iniciarse las mismas, estando a cargo del concesionario la resolución de todas las interferencias que las obras impliquen.

Art. 6º.- El Poder Ejecutivo podrá ubicar definitivamente las playas de estacionamiento que integran el presente sistema en un radio de 200 m de distancia del eje de las trazas de las distintas vías de transporte público que afecten las locaciones determinadas en el Anexo I de la presente.

Art. 7º.- Toda obra que se realice en cumplimiento de la presente Ley deberá efectuarse de conformidad con las normas contenidas en los Códigos de Edificación y de Planeamiento Urbano, y demás disposiciones vigentes que le fuera aplicable.

Art. 8º.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, en caso de detectar similares necesidades en otras zonas de la Ciudad, incremente hasta un 30% la cantidad de playas de estacionamiento que como Anexo I forman parte integrante de la presente Ley

Art. 9º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley, estableciendo las condiciones para la explotación de los estacionamientos y dispondrá el llamado a Licitación Pública para la construcción y concesión de cada una de las playas de estacionamiento detalladas en el Anexo I, fijando las bases y condiciones conforme lo establecido en la Ley 17520, declarada aplicable por la Ley 70, y de acuerdo a los lineamientos generales contenidos en la presente Ley. El Poder Ejecutivo podrá agrupar las propuestas garantizando la pluralidad de adjudicatarios. En ningún caso el Poder Ejecutivo podrá subvencionar la concesión de la construcción, ni de la gestión de los estacionamientos.

Art. 10.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89º y 90º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ANEXO 1

- Av. Cabildo y Manuela Pedraza - Av. Chorroarín y Av. Triunvirato

- Av. Franklin D. Roosevelt y Av. Triunvirato- Av. Del Libertador y Olleros - Av. 9 de Julio y Av. San Juan- Av. Rivadavia y Nazca- Av. Sáenz y Vías del FFCC Belgrano Sur- Área Facultad de Derecho- Av. Santa Fe y Godoy Cruz- Plaza Gral. Agustín P. Justo (Av. Belgrano, Azopardo, Moreno, Av. Paseo Colón)- Parque España (Av. Caseros, Baigorri, San Lucar de Barrameda, Av. Amancio Alcorta)- Parque de los Patricios (Av. Caseros, Monteagudo, Uspallata, Almafuerte)- Plaza Martín Fierro (La Rioja, Barcala, Gral. Urquiza, Constitución)- Plaza La Vuelta de Obligado (Av. Juan de Garay, Pichincha, Av. Brasil, Combate de los Pozos)

Page 111: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 111 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Despacho de Ley de mayoría simple, acordado para su aprobación con texto consensuado

Establecer la “Semana del Agua” en el ámbito de la Ciudad

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 835. Se trata de un proyecto de ley de mayoría simple. Cuenta con una observación. Se vota con el texto que obra en las bancas.

DESPACHO 835

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1941-D-08, de autoría de la diputada Marta Lucía Varela, referido a establecer en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Semana del Agua, y

Considerando:

Que desde 1949, nuestro país dedica un día a poner énfasis en la importancia del cuidado del agua. Ese año se instituyó el 14 de febrero como Día Nacional del Agua y la Energía Eléctrica.

Que más tarde el Decreto Nacional Nº 2481, publicado en el Boletín Oficial el 22/06/1973, estableció que cada 31 de marzo se celebre con exclusividad el Día Nacional del Agua, con el objetivo de estimular en todos los argentinos la responsabilidad en el uso de los recursos hídricos del país, así como un mayor conocimiento y la conservación a conciencia de los mismos.

Que varias provincias argentinas, como Córdoba, Mendoza, Chubut, y La Pampa, han incluido la conmemoración de esta fecha en su calendario escolar.

Que asimismo la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó el 22 de diciembre de 1992 la resolución A/RES/47/193 por la que el 22 de marzo de cada año sea declarado Día Mundial del Agua, a celebrarse a partir de 1993, en conformidad con las recomendaciones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo contenidas en el Capítulo 18 (Recursos de Agua Dulce) de la Agenda 21. En dicha oportunidad, se invitó a los diferentes Estados a consagrar ese día y realizar actividades concretas de concientización.

Que además de los países miembros de la ONU, varias ONGs que promueven el agua limpia y hábitats acuáticos sustentables han utilizado el Día Mundial del Agua para llamar la atención del público hacia el crítico tema del agua en nuestra era. Por ejemplo, desde 1997 el Consejo Mundial del Agua convoca cada tres años al Foro Mundial del Agua durante la semana del Día Mundial del Agua.

Que dada la importancia del tema, y en atención a que ambas fechas conmemorativas son cercanas en el calendario, es que se propone instituir la Semana del Agua, no en su sentido literal, sino simbólico, entre los días 22 y 31 de marzo de cada año.

Que resultan necesarios los 10 días para tal conmemoración, principalmente para que pueda realizarse desde el Gobierno una amplia gama de actividades, campañas y difusión, así como

Page 112: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 112 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

actos educativos tanto públicos como privados, congresos, jornadas, seminarios, mesas redondas, exposiciones y toda otra forma educativa que haga referencia a la importancia de la preservación del agua y que concientice a la población sobre su escasez en el mundo.

Que desde el momento en que la Ciudad de Buenos Aires se ha convertido en Ciudad Autónoma, tiene el mandato constitucional de preservar y restaurar los procesos ecológicos esenciales que en él se desarrollan, así como de proteger, sanear, y controlar la contaminación de las cuencas hídricas y los acuíferos que existan en su jurisdicción.

Que la contaminación de las aguas es un problema relevante en toda el área de la Ciudad de Buenos Aires y en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA). El Río de la Plata recibe, a la altura de la Ciudad, las aguas de las cuencas de los arroyos entubados que la surcan, como el Medrano, Vega, Maldonado y White y del Riachuelo. Todos estos cursos se encuentran altamente contaminados por descargas de efluentes sin tratamiento previo provenientes tanto de fuentes domésticas como industriales. Por otra parte, el Río de la Plata trae también a nuestras costas su cuota de contaminantes por aportes recibidos aguas arriba de la Ciudad, como el río Reconquista.

Que es por ello necesario tomar un tiempo para reflexionar y motivar cambios de conducta respecto de un recurso esencial para la vida.

Por lo expuesto, esta Comisión de Ecología aconseja la sanción de la siguiente:

LEY

Articulo 1º.- Establécese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la “Semana del Agua” entre los días 22 y 31 de marzo, en coincidencia con el Día Mundial del Agua y el Día Nacional del Agua, respectivamente.

Art. 2º.- Anualmente y en la fecha citada, el Gobierno de la Ciudad organizará y desarrollará una campaña especial de difusión sobre la importancia de la conservación y protección del agua.

Art. 3º.- En todos los establecimientos educacionales, se dictarán clases tendientes a concientizar sobre el uso responsable de tan vital recurso.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 17 de septiembre de 2008.VARELA, Marta; GONZÁLEZ, Álvaro; URDAPILLETA, Inés; ABREVAYA, Sergio; EPSZTEYN, Eduardo y DE ANDREIS, Fernando.

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1941-D-2008, de ley, de la diputada Varela, referido a establecer en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la “Semana del Agua”, esta Comisión de Educación Ciencia y Tecnología adhiere al dictamen de la Comisión de Ecología.

Sala de la comisión: 21 de octubre de 2008.OLIVERA, Enrique; DE ANDREIS, Fernando; MORALES GORLERI, Victoria; LUBERTINO, Mónica; MOSCARIELLO, Oscar; MARTÍNEZ BARRIOS, Diana; MAFFÍA, Diana y GODOY, Marcelo.

Page 113: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 113 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

OBSERVACIÓN AL DESPACHO 835

Conforme a lo establecido en el Artículo 169 del Reglamento Interno de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Resolución 13-JIR-998, se presenta la siguiente observación al Despacho 835 de las Comisiones de Ecología y de Educación, Ciencia y Tecnología, y

Considerando:

Que compartimos la importancia de concientizar a los niños, niñas y adolescentes que concurren a establecimientos educativos de esta Ciudad sobre el cuidado del agua.

Que entendemos que es imprescindible que la escuela sea un ámbito de reflexión para cambiar conductas que impliquen tomar conciencia sobre el uso racional de este recurso.

Que, no obstante, no estamos de acuerdo con establecer la “Semana del Agua” entre los días 22 al 31 de marzo, tal como se propone en el despacho de referencia.

Que esta semana, coincide con el 24 de marzo, fecha en la cual se establece por Ley 25633 el Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia en conmemoración de quienes resultaron víctimas de la dictadura iniciada en esa fecha del año 1976.

Que consideramos que en los días cercanos a esa fecha en las aulas de la Ciudad se debe trabajar en todo lo vinculado a la memoria por los crímenes cometidos por el Terrorismo de Estado y la reflexión en torno a la democracia y los valores relacionados con ella.

Que por eso, consideramos que debe modificarse la fecha propuesta para la “Semana del Agua”, de modo tal de no sobrecargar el calendario escolar y dar prioridad a recordar y repensar nuestro pasado reciente.

Que por tanto, consideramos que es necesario discutir nuevamente en el ámbito de la comisión la semana más indicada para la concientización del cuidado de este recurso.

Por todo lo expuesto se sugiere la vuelta a comisión del expediente 1941-D-2008.

LA RUFFA, Silvia.

TEXTO CONSENSUADO DESPACHO 835(diputada Varela, autora; diputada La Ruffa, observadora; diputado Olivera, comisión)

LEY

Artículo 1º.- Establécese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la “Semana del Agua”, entre los días 25 y 31 de marzo, coincidiendo esta última fecha con el Día Nacional del Agua.

Art. 2º.- Anualmente y en la fecha citada, el Gobierno de la Ciudad organizará y desarrollará una campaña especial de difusión sobre la importancia de la conservación y protección del agua.

Page 114: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 114 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 3º.- En todos los establecimientos educacionales, se dictarán clases tendientes a concientizar sobre el uso responsable de tan vital recurso.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración.

Sr. Alegre.- Pido la palabra.Señor presidente: no sé con quiénes consensuaron el Despacho 835, pero es

evidente que con mi bloque no lo hicieron. Nosotros vamos a votar en contra de este proyecto, porque coincide con la Semana

de la Memoria del 24 de marzo, y las actividades en las escuelas deben estar centradas en ese hecho tan trágico e importante que sucedió en el país. No me opongo a que se conmemore “El Día del Agua”, pero hubiera preferido que fuese sólo un día.

Sr. Kravetz.- Pido la palabra.Señor presidente: en rigor, las observaciones, en general, se consensúan entre el

autor del proyecto y el observante; no entre todos los miembros de la comisión, ni mucho menos. Este caso no es la excepción: se consensuó entre las diputadas Varela y La Ruffa.

Por otro lado, la Semana del Agua empezaría el 25 y no el 24 de marzo. Me parece que está zanjada la discusión con relación a la fecha. Por eso, nosotros vamos a acompañar el proyecto de resolución.

Sr. Alegre.- Pido la palabra.Señor presidente: entiendo que el despacho es el de la Comisión de Educación, al

que varios diputados nos opusimos. Además, los acuerdos son entre los presidentes de bloque.

Propongo que sea a partir de la semana del 31 de marzo, así no coincide con la semana del 24. De ninguna manera me parece que el 25 marzo se deje de hablar de lo que sucedió el 24 marzo en nuestro país; además, el 24 es un día feriado.

En consecuencia, propongo modificar la fecha a partir del 31 de marzo.

Sra. Maffía.- Pido la palabra.Señor presidente: sólo quiero agregar un detalle a la entropía universal. El 25 de

marzo, por ley del entonces presidente Menem, es el Día del Naciturus, el Día del Niño por Nacer. Esto lo comento porque, si se habla de coincidencias, ahí también hay una.

Sra. Varela.- Pido la palabra.Señor presidente: a partir de la propuesta que han hecho, podríamos cambiar la

semana al 31, dado que ese día es el Día Internacional del Agua. No tengo problemas en aceptar que sea desde el 31 en adelante. El 31 es el Día Nacional del Agua. Entonces, la Semana del Agua comenzaría el 31 de marzo, teniendo en cuenta lo que han planteado las diputadas Alegre y Maffía.

Sr. Kravetz.- Pido la palabra.

Page 115: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 115 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Estamos de acuerdo con pasar la semana para la fecha que se planteó. Me parece bien; está todo el mundo conforme. El hecho de que el 31 de marzo sea el Día Nacional del Agua permite que todos estemos un poco más entusiasmados con la propuesta.

Por lo tanto, vamos a acompañarla.

Sr. Presidente (Santilli).- Entonces, la Semana del Agua sería del 31 de marzo al 6 de abril, modificando el texto original: donde decía “…última fecha…”, debe decir “…primera fecha…”

Se va a votar en general, mediante el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Godoy, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Varela y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 43 votos emitidos; 43 a favor. Agrega su voto el diputado Zago.

Queda aprobado en general.En consideración en particular los artículos 1º, 2º y 3º.Se van a votar mediante el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Failde, Godoy, Gómez, González, Hourest, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Parada, Pedreira, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Varela y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 38 votos emitidos; 38 a favor. Agregan su voto los diputados Ibarra, Epszteyn, Alegre y Puy.

Quedan aprobados los artículos 1º, 2º y 3º.El Artículo 4º es de forma.Queda sancionada la ley.

Texto definitivoLEY 2943

Artículo 1º.- Establécese en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la “Semana del Agua”, entre los días 31 de marzo y 6 de abril, coincidiendo esta primera fecha con el Día Nacional del Agua.

Art. 2º.- Anualmente y en la fecha citada, el Gobierno de la Ciudad organizará y desarrollará una campaña especial de difusión sobre la importancia de la conservación y protección del agua.

Page 116: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 116 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 3º.- En todos los establecimientos educacionales, se dictarán clases tendientes a concientizar sobre el uso responsable de tan vital recurso.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

Despacho de ley, de 31 votos, con texto modificado conforme a la disidencia, acordado para su tratamiento sin debate

Obligatoriedad de incorporar el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora en la

publicidad de espectáculos públicos

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 855 del Orden del Día.

DESPACHO 855

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

Que en el Expediente 31-D-2008, de autoría del señor diputado Alejandro Rabinovich, se propone la obligatoriedad de incorporar el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora en la publicidad de espectáculos públicos, y

Considerando:

Que la Constitución de la Ciudad en su Artículo 42 establece: “La Ciudad garantiza a las personas con necesidades especiales el derecho a su plena integración, a la información y a la equiparación de oportunidades. Ejecuta políticas de promoción y protección integral, tendientes a la prevención, rehabilitación, capacitación, educación e inserción social y laboral. Prevé el desarrollo de un hábitat libre de barreras naturales, culturales, lingüísticas, comunicacionales, sociales, educacionales, arquitectónicas, urbanísticas, del transporte y de cualquier otro tipo, y la eliminación de las existentes”.

Que el Artículo 22 de la Ley Nacional 22431 reglamentada por el Decreto 498/83 modificado por la Ley 24314 se refiere al acceso a edificios públicos, dimensión mínima de las puertas de entrada, ubicación de manijas, rampas de acceso, sus pendientes máximas y anchos mínimos, casos en que corresponden descansos, servicios sanitarios bárrales metálicos, grifería, etc.

La Ordenanza Nº 39.892 establece “con carácter obligatorio la construcción de vados o rampas en las aceras, destinadas a facilitar la transitabilidad de personas con distinto grado de discapacidad, en todo el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires”. Según esta Ordenanza dicha construcción deberá realizarse en accesos a edificios públicos, comisarías, correos, estaciones terminales e intermedias de transporte de media y larga distancia, subterráneos, cines, teatros, museos, centros de salud, educación, bancos, bibliotecas, plazas y todos aquellos paseos previstos como acceso al público.

Page 117: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 117 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que la Ley 962, sancionada el día 5 de diciembre de 2002 y publicada en el BOCBA N° 1607 del 13/01/2003, modifica el Código de la Edificación de la Ciudad de Buenos Aires en cuanto a las condiciones de la accesibilidad física para todos.

Que de acuerdo a lo normado por dicha ley, el Código de la Edificación en su artículo 4.7.6.7 establece las condiciones de accesibilidad en lugares de espectáculos públicos así como la obligatoriedad de señalizar el acceso principal o alternativo y los locales de uso accesible con el pictograma aprobado por la norma IRAM 3 722, “Símbolo de Acceso para Personas con Discapacidad Motora”.

Que, de acuerdo con todo ello, el presente proyecto de ley incorpora un nuevo concepto: allanar el acceso a la información incorporando a la publicidad de los espectáculos públicos el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora en los medios gráficos y, cuando se trate de publicidad radial o televisiva, una frase aclaratoria para que las personas con movilidad reducida sepan con anticipación si el sitio al que piensan asistir se encuentra o no adaptado a sus posibilidades.

Por lo expuesto, esta Comisión de Políticas de Promoción e Integración Social aconseja la sanción de la siguiente:

LEY

Artículo 1°.- Todo anuncio que difunda o publicite espectáculos públicos por cualquier medio de comunicación deberá informar si el lugar donde se lleva a cabo el espectáculo está debidamente acondicionado para el acceso y permanencia de personas con discapacidad motora.

Las publicidades gráficas deberán llevar impreso el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora.

La publicidad radial o televisiva deberá insertar el siguiente texto: “El evento garantiza el acceso y permanencia de personas con discapacidad motora”.

Art. 2 °.- Modifícase el punto 5.1.6. - CONDICIONES DE INGRESO, del CAPÍTULO I- Derechos del consumidor-, de la Sección 5ª del LIBRO II- De las faltas en particular-, del ANEXO I-RÉGIMEN DE FALTAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, de la Ley Nº 451, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“5.1.6 -CONDICIONES DE INGRESO. El/la titular o responsable de un establecimiento de espectáculos, audición, baile, o diversión pública que no exhiba en el frente de la boletería o lugar de acceso, en forma visible, los requisitos exigidos para el ingreso, es sancionado/a con multa de $ 500 a $ 5.000 y/o clausura.

El organizador de un espectáculo público que no informe a través de la publicidad que emplee para la difusión del mismo, sobre las condiciones de accesibilidad y permanencia de personas con discapacidad motora, será sancionado con multa de $ 500 a $ 5.000.”

Art. 3º.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 16 de julio de 2008.BLASCO, Luciana; PEDREIRA, Silvina; MAJDALANI, Silvia; RODRÍGUEZ ARAYA, María; PARADA, Liliana y DI FILIPPO, Facundo.DI STÉFANO, Patricio, en disidencia parcial

Page 118: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 118 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 31-D-2008, proyecto de Ley de autoría del diputado Alejandro Rabinovich sobre “Obligatoriedad de Incorporar el Símbolo Internacional de Acceso para Personas con Discapacidad Motora en la Publicidad de Espectáculos Públicos” y puesto a consideración el dictamen de la Comisión de Políticas de Promoción e Integración Social , Comunicación Social”, especialmente en lo inherente a la modificación del artículo 5.1.6 Condiciones de Ingreso, del Capítulo I Derechos del Consumidor, de la Sección 5, del Libro II, de la Ley 451, esta Comisión de Justicia adhiere a lo expresado en el mencionado dictamen de fecha 16 de Julio de 2008.

Sala de la comisión: 10 de septiembre de 2008.BORRELLI, Martín; CENTANARO Ivana; RITONDO, Cristian; OCAMPO, Martín; MEIS, Marcelo; SMITH, Guillermo; RABINOVICH, Alejandro; PARADA, Liliana y GARAYALDE, Jorge.

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente Nº 31-D-2008, de Ley, de autoría del diputado Alejandro Rabinovich, por el que se propicia la obligatoriedad de incorporar el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora en la publicidad de los espectáculos públicos, y

Habiendo considerado los dictámenes producidos por sus similares de Políticas de Promoción e Integración Social y de Justicia, esta Comisión de Comunicación Social adhiere a aquellos.

Sala de la comisión: 5 de noviembre de 2008.GRAMAJO, Sebastián; VARELA, Marta y MAFFÍA, Diana.MARTÍNEZ BARRIOS, Diana y DI STÉFANO, Patricio; en disidencia Parcial.

Sr. Secretario (Pérez).- Se trata de una ley que requiere 31votos, y se considera de acuerdo con el texto modificado con las disidencias.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Cuáles son las disidencias?Tiene la palabra el diputado Di Stefano.

Sr. Di Stefano.- El texto propuesto con las disidencias fue acercado oportunamente a la Comisión.

Sr. Rabinovich.- Pido la palabra. Señor presidente: en realidad, corresponde, de acuerdo con la técnica parlamentaria,

que la persona que plantea la disidencia y el autor del proyecto, si lo observan, explique el motivo de la disidencia en el recinto.

Sin embargo, tengo una copia de la disidencia que presentó el diputado Di Stefano, que plantea elevar los montos que tienen que ver con las multas, y donde dice “5 mil pesos”, pasa a decir “50 mil”.

Page 119: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 119 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Di Stefano.- Señor presidente: esa es la disidencia. El motivo es que la multa mínima propuesta en el proyecto del diputado Rabinovich es acorde con los espectáculos mínimos; sin embargo, la multa máxima no era acorde con los espectáculos máximos, teniendo en cuenta la dimensión de algunos de los que se realizan en la Ciudad de Buenos Aires. Entonces, se planteó esa disidencia, que fue aceptada por el diputado Rabinovich.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputado: para la versión taquigráfica, necesito que usted aclare cuál es la disidencia para incorporarla, porque no está en el expediente.

Sr. Di Stefano.- Donde dice 5.000, debería decir 50.000. Ésa es la disidencia.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Acepta la disidencia, diputado Rabinovich?

Sr. Rabinovich.- La acepto, señor presidente.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general el proyecto de ley. Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Rabinovich, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 43 votos emitidos, 43 a favor.

Queda aprobada en general. En consideración en particular los artículos 1º y 2º, con la aceptación de la

disidencia planteada por el diputado Di Stefano al Artículo 2º, Apartado 5.1.6. Donde dice 5.000, debe decir 50.000. Requiere 31 votos.

Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Failde, Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Pagani, Pedreira, Puy, Rabinovich, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 41 votos emitidos; 41 a favor. Agrega su voto el diputado Ritondo.

Quedan aprobados los artículos 1º y 2º. El Artículo 3º es de forma.Queda sancionada la ley.

Page 120: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 120 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Texto definitivoLEY 2944

Artículo 1°.- Todo anuncio que difunda o publicite espectáculos públicos por cualquier medio de comunicación deberá informar si el lugar donde se lleva a cabo el espectáculo está debidamente acondicionado para el acceso y permanencia de personas con discapacidad motora.

Las publicidades gráficas deberán llevar impreso el símbolo internacional de acceso para personas con discapacidad motora.

La publicidad radial o televisiva deberá insertar el siguiente texto: “El evento garantiza el acceso y permanencia de personas con discapacidad motora”.

Art. 2°.- Modifícase el punto 5.1.6. - CONDICIONES DE INGRESO, del CAPÍTULO I- Derechos del consumidor-, de la Sección 5ª del LIBRO II- De las faltas en particular-, del ANEXO I-RÉGIMEN DE FALTAS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, de la Ley Nº 451, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“5.1.6 -CONDICIONES DE INGRESO. El/la titular o responsable de un establecimiento de espectáculos, audición, baile, o diversión pública que no exhiba en el frente de la boletería o lugar de acceso, en forma visible, los requisitos exigidos para el ingreso, es sancionado/a con multa de $ 500 a $ 5.000 y/o clausura.

El organizador de un espectáculo público que no informe a través de la publicidad que emplee para la difusión del mismo, sobre las condiciones de accesibilidad y permanencia de personas con discapacidad motora, será sancionado con multa de $ 500 a $ 50.000.”

Art. 3º.- Comuníquese, etc.

Mociones sobre tablas acordadas sin discurso

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar las mociones sobre tablas acordadas sin discurso.

TABLA N° 6Exp. 2592-D-08En el Artículo 1°, donde dice, “Solicítase al Poder Ejecutivo”, debe decir: “La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo”.

TABLA N° 10Exp. 2562-D-08Donde dice, “de interés para la promoción y defensa de los derechos humanos”, debe decir: “Declárase de interés para la promoción y defensa de los derechos humanos de la Ciudad de Buenos Aires”.

TABLA N° 12Exp. 2073-D-08

Page 121: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 121 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En el Artículo 1° se suprime la expresión “a esta Legislatura” y, donde dice, “15 días de recibida la presente”, debe decir: “treinta (30) días de recibida la presente”.

TABLA N° 13Exp. 2803-D-08En el Artículo 1°, donde dice, “Dirigirse al Poder Ejecutivo para que”, debe decir: “La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que”.

TABLA N° 14Exp. 2696-D-08En el Artículo 1°, donde dice, “Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires para que”, debe decir: “La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que”.Donde dice, “dentro del plazo de veinte (20) días de recibida la presente”, debe decir: “Dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente”.

TABLA N° 15Exp. 2804-D-08En el Artículo 1°, donde dice, “Dirigirse al Poder Ejecutivo para que”, debe decir: “La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que”.

TABLA N° 18Exp. 2854-D-08En el Artículo 1°, donde dice, “aprobada”, debe decir: “recibida”.

TABLA N° 19Exp. 2873-D-08En el Artículo 1° se suprime la expresión: “a esta Legislatura”.

TABLA N° 23Exp. 2217-D-08En el Artículo 1° se suprime la expresión: “a esta Legislatura”.

TABLA N° 24Exp. 2899-D-08Donde dice, “La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés cultural de la Ciudad”, debe decir: “Declárase de interés cultural de la Ciudad de Buenos Aires”.

TABLA N° 25Exp. 1681-D-08En el Artículo 1° se suprime la expresión “a esta Legislatura”.

TABLA N° 27Exp. 2898-D-08Donde dice, “La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés social y cultural de la ciudad”, debe decir: “Declárase de interés social y cultural de la Ciudad de Buenos Aires”.

TABLA N° 33Exp. 2868-D-08Donde dice, “Declárese de interés de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires”, debe decir: “Declárase de interés sanitario de la Ciudad de Buenos Aires”.

TABLA N° 36Exp. 2834-D-08

Page 122: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 122 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Se vota el siguiente texto: “Declárase Huésped de Honor de la Ciudad de Buenos Aires al artista Andrew Loog Oldham”.

TABLA N° 37Exp. 2888-D-08Después de la palabra “cultural” se incorpora: “de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

TABLA N° 38Exp. 2736-D-08Después de la palabra “interés”, se incorpora la palabra “social”.

TABLA N° 39Exp. 2915-D-08Donde dice, “La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés social”, debe decir: “Declárase de interés social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

TABLA N° 42Exp. 2924-D-08Después de la palabra “interés” se incorpora la palabra “cultural”.

TABLA N° 43Exp. 2156-D-08Después de la palabra “interés” se incorpora la palabra “social”.

TABLA N° 44Exp. 2872-D-08Donde dice, “La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés cultural”, debe decir: “Declárase de interés cultural de la Ciudad de Buenos Aires”.

TABLA N° 45Exp. 2892-D-08En el Artículo 1°, después de la expresión: “no mayor a 30 días”, se incorpora: “de recibida la presente”.En el inciso h) del Artículo 1° se suprime la expresión: “a esta Legislatura”.

TABLA N° 47Exp. 2893-D-08En el Artículo 1°, después de la expresión “no mayor a 30 días”, se incorpora: “de recibida la presente”.

Carlos Serafín Pérez, Secretario Parlamentario de la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires.

Sr. Secretario (Pérez).- En virtud de su cantidad, las tablas constan en las bancas. Solamente informamos que serán puestas en consideración incorporando las modificaciones formales que obran en ellas, con las siguientes modificaciones.

Se considerarán en conjunto las tablas 1 a 48, eliminando la tabla número 29. Con respecto a la tabla número 5, se considerará el despacho 919/08. Tabla número 8, Expediente 2740. Se considerará el texto acordado que obra en las bancas. Tabla Número 20, se considerará el expediente 2889. Tabla número 21: se considerará el texto acordado que obra en las bancas. Tabla número 28: se considerará el despacho 705. Tabla número

Page 123: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 123 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

32: cuenta con dictamen de la Comisión de Salud, que es el que se considerará. Tabla número 34: en particular, debe decir: “Los días 14 y 20 de diciembre de 2008”. Tabla número 40: se considerará el dictamen de la Comisión de Tránsito, que propone una declaración.

Gestiones ante el Poder Ejecutivo Nacional, para la creación del programa de complementación alimentaria, para personas

diagnosticadas con VIH en situación de vulnerabilidad

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional en el marco regulatorio de la Ley Nacional 23.798 contemplara la creación del Programa de Complementación Alimentaria para las personas diagnosticadas con VIH en situación de vulnerabilidad.

ALEGRE, Gabriela.

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

La ley Nacional de SIDA N° 23798, en su artículo primero, declara de interés nacional a la lucha contra el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, entendiéndose por tal la detección e investigación de sus agentes causales, el diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, su prevención, asistencia y rehabilitación, incluyendo la de sus patologías derivadas, así como también las medidas tendientes a evitar su propagación.

La ley también expresa en el Artículo 4°, inciso 1), que las autoridades sanitarias deberán: “Desarrollar programas destinados al cumplimiento de las acciones descritas en el Art. 1°, gestionando los recursos para su financiación y ejecución”.

En este marco, la Red Argentina de Personas Viviendo con VIH/ SIDA (REDAR+) solicitó al Gobierno Nacional la creación de un programa de complementación alimentaria para personas viviendo con VIH/SIDA que asegure su asistencia y rehabilitación.

La creación de este Programa de Complementación Alimentaria tendrá como objeto atender las necesidades básicas insatisfechas de las personas que aun teniendo los tratamientos antirretrovirales, no tienen acceso a una alimentación adecuada, dado el estigma y la discriminación que sufren. En este sentido, es importante recordar que más del 60% de las personas que reciben tratamiento antirretroviral son desocupadas o no tienen un trabajo formal.

En informe elaborado conjuntamente por el programa Mundial de Alimentos, la Organización Mundial de la Salud y el Programa de VIH-SIDA de la ONU, señala que la inseguridad alimentaria acelera el avance del VIH-SIDA, afecta la adherencia de la terapia antirretroviral, reduce la capacidad y productividad en el trabajo y compromete la sustentabilidad económica del hogar.

Es importante tener en cuenta que los adultos con VIH requieren entre 10 y 30 por ciento más de energía que los que no viven con el virus. En el caso de los niños y las niñas que viven con el virus, necesitan entre el 50 y 100 por ciento más de energía que el resto de los/as niños/as.

Page 124: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 124 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sólo de esta manera los nutrientes pueden dotar al cuerpo de las defensas necesarias para resistir las infecciones oportunistas.

Paralelamente, la Asamblea General de la Naciones Unidas (2001), así como la Declaración de la Comisión de VIH-SIDA del año 2006, reconocieron que la seguridad alimentaria está fuertemente relacionada con la epidemia. La seguridad alimentaría y la nutrición son factores importantes y principales para evitar el deterioro del sistema inmunológico, pues éste exacerba los efectos del virus y propicia la aparición de enfermedades oportunistas, como la tuberculosis y otras, que provocan una rápida progresión hacia el SIDA y la muerte.

Por eso, proponemos que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires acompañe la iniciativa de la Red Argentina de Personas Viviendo con VIH/SIDA (REDAR+), para que en el marco de la legislación vigente y teniendo en cuenta la evidencia disponible, se adopten medidas para garantizar el derecho a la alimentación de las personas diagnosticadas con VIH.

El derecho a la salud, entendido no sólo como la ausencia de enfermedades, sino como un completo estado de bienestar bio-psico-social –o, como plantea nuestra Constitución, el derecho a la salud integral– nos impulsa a sumarnos a esta propuesta de la sociedad civil e instarla desde este ámbito legislativo.

Por todo lo expuesto, se solicita la aprobación del presente proyecto de declaración.

Informe sobre subsidios a deportistas amateurs en el marco de las Leyes Nº 311 y 1624

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad que, a través de los organismos correspondientes en un plazo de 30 (treinta) días de recibido el presente, en cumplimiento con lo dispuesto en el inciso 4) del Artículo 83º y en el inciso 4) del Artículo 105º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informe sobre los siguientes puntos referidos a subsidios a Deportistas Amateurs en el marco de la Ley Nº 311 y la Ley Nº 1624:

a. Cantidad de solicitudes de subsidios recibidas durante el presente año o que, habiéndose recibido durante el año anterior, corresponda a eventos a desarrollarse en el año 2008.

b. Detalle de información de cada solicitud correspondiente al Anexo II del decreto Nº 896/07 reglamentario de la Ley 311.

c. Criterios de evaluación de las propuestas y área de la dependencia que toma la tarea que, por ley, le corresponde al Consejo Asesor creado por Ley 1624.

d. Si existieran solicitudes denegadas, detalle el fundamento para tal determinación, así como el medio de notificación al interesado.

e. Monto presupuestado para el ejercicio 2008 destinado a subsidios.

Page 125: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 125 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

f. Número de subsidios aprobados, otorgados y efectivizados o no, con sus montos correspondientes.

g. Informe si existe un Plan Estratégico general del área a su cargo en el que se encuadre el otorgamiento de subsidios. Si la respuesta fuera afirmativa, presente una copia del mismo.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

PUY, Raúl

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

La Ley 311 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada el 17 de enero de 2000 y reglamentada el 29 de junio de 2007 mediante Decreto Nº 896/07, regula el otorgamiento de subsidios a deportistas amateurs que, a nivel individual o de equipo, participen en competencias nacionales o internacionales, representando a la Ciudad de Buenos Aires, estableciendo los requisitos que determinan su correspondencia.

En el citado decreto reglamentario se establece el mecanismo administrativo necesario para tramitar dicha solicitud.

A su vez la Ley 1624, promulgada el 17 de enero de 2005 y reglamentada el 10 de octubre de 2007 por Decreto 1416/07, crea, en su Artículo 13, el Consejo Asesor del Deporte, órgano democrático donde los distintos sectores vinculados con el deporte deben estar representados.

Las atribuciones que se le dan a este cuerpo colegiado, junto con las características de su composición, buscan dar la mayor transparencia posible para, entre otras funciones, otorgar dinero en carácter de subsidio.

Desde su promulgación y posterior reglamentación, dicho Consejo Asesor no ha sido convocado. Esto marca en primera instancia el incumplimiento de la norma por parte del funcionario responsable.

Pero tomando como fundamentación para dicho incumplimiento la propia respuesta que dicho funcionario da a la Resolución Nº 270/08 del 17 de julio de 2008, consistente en un pedido de informes al respecto, el análisis de la actitud tomada por el mismo parece denotar poco aprecio por las organizaciones intermedias del deporte y sus representantes.

Esto permitiría inferir que –al querer avanzar durante la gestión con acciones que por ley son propias al Consejo Asesor– el funcionario no sólo estaría incurriendo en una falta a la norma, sino que le resultaría difícil evitar la discrecionalidad al momento de tomar decisiones.

No obstante que lo citado constituye en sí mismo motivo más que suficiente para iniciar un pedido de informes al Poder Ejecutivo, profundizando lo ya solicitado mediante la Resolución antes citada, tenemos inquietudes que, por más específicas, no pasan a ser menos importantes y de seguro serán más aclaratorias respecto de la metodología aplicada.

Mediante las resoluciónes Nº 49, 53 y 54 de la Subsecretaría de Deportes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires se da nota del otorgamiento de subsidios a deportistas y bajo lo normado en la Ley 311.

Page 126: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 126 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En su primer artículo, la ley establece que los deportistas que deseen ser acreedores del subsidio deberán representar a la Ciudad en el evento en cuestión.

Cabe aclarar que, para que un deportista pueda ser considerado “Representante de la Ciudad”, como exige la ley, no es suficiente que haya nacido o esté entrenando en esta Ciudad, sino que tiene que haber sido designado como tal por un organismo reconocido. La ley es clara cuando impone esa condición: debe representar a la ciudad. Y eso no admite interpretaciones.

Asimismo, y no en menor grado de importancia, cabe señalar que aún en caso de cumplir con todas la condiciones establecidas en la normativa, la ausencia del Consejo Asesor nos impide conocer –ante la falta de informes periódicos a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires– el criterio utilizado para otorgar los subsidios, las prioridades, las necesidades producto de las solicitudes de deportistas, etcétera.

Sin ánimo de personalizar en la figura de los deportistas citados en las resoluciones Nº 49, 53 y 54, nos es necesario tomarlos como ejemplo para poder direccionar el presente pedido.

Por todo lo citado, solicitamos la aprobación del presente proyecto.

Declarar de interés el “1° Encuentro de trabajadores migratorios”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Declárese de Interés Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires el I Encuentro de Trabajadores Migratorios a llevarse a cabo los días 13 y 14 de diciembre del presente año en la Ciudad de Buenos Aires.

PUY, Raúl

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Desde hace varios años varios migrantes y organizaciones han coincidido en actividades compartidas en las cuales intercambian conocimientos, experiencias y realizan proyectos en común.

Participaron de la formación de dos redes de nivel continental, en el año 2005 en la Quiaca, Jujuy, donde se dio inicio a Miredes, capítulo Argentina. Y en el 2007, durante la Pre Cumbre de Comunidades Latinoamericanas, en Buenos Aires, y la posterior I Cumbre de Comunidades Migrantes Latinoamericanas, realizado en Morelia-Michoacán, México, donde comenzó a gestarse otra red continental de migrantes.

Continuamente concurren a seminarios, talleres, foros, encuentros, coloquios, actividades culturales, deportivas, sociales y otros eventos a nivel local, nacional e internacional ampliando sus conocimientos y obteniendo una visión amplia de la problemática migrante que incluye a todas las colectividades.

Page 127: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 127 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El último proyecto iniciado en común es la creación de un Foro de Migrantes en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Este Foro fue presentado como proyecto de ley y a la fecha cuenta con dictamen favorable de la Comisión de Derechos Humanos.

Durante mucho tiempo vienen proyectando estrategias para alcanzar la organización de todos los migrantes en búsqueda de obtener capacidad de incidencia en los lugares donde se toman decisiones sobre las políticas públicas. Ésta es la base de todas las propuestas que plantearan en dicho Encuentro: la unión de los migrantes y la participación en las decisiones que marcan nuestro futuro.

Se han considerado cuatro elementos para tomar la decisión de realizar el Encuentro: la falta de políticas públicas claras respecto de las migraciones, el importante número que constituyen en Argentina, la tendencia actual de los migrantes a unirse y la ratificación por parte del Estado argentino, de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus familiares.

La contradicción entre las legislaciones y prácticas administrativas con los Tratados Internacionales, de status Constitucional según el Artículo 77, inciso 22) de la Carta Magna, indican claramente la necesidad de intensificar las políticas migratorias. Podríamos demostrar esta situación mediante infinidad de ejemplos, pero escapan a la función del presente documento y constituyen un buen tema para ser tratado en el Encuentro.

Los migrantes en Argentina constituyen el 7,5% de la población, según cifras oficiales. Este número está constituido por quienes tienen su situación migratoria regularizada, lo cual nos indica que si consideráramos a quienes no la tienen, a los trabajadores fronterizos, los de temporada y los itinerantes, el número es bastante mayor.

Otro elemento a tener en cuenta es que el 7,5% de la población, que ronda los 3,5 millones de migrantes, en el sector de los trabajadores es mucho mayor, y esto es de destacar considerando que la edad promedio de los migrantes se encuentra en la franja de los 30 a 40 años, lo cual implica que son personas laboralmente activas.

Por otro lado se observa el surgimiento permanente de distintos tipos de organizaciones que dan pauta a la tendencia a unirse para alcanzar distintos objetivos o defender sus derechos. Esta tendencia forma parte importante de la decisión de impulsar el presente proyecto.

El último elemento considerado es la ratificación de instrumentos internacionales que, en un marco general de no discriminación como otros, aborda la problemática del trabajo migratorio estableciendo definiciones y derechos.

Consideramos entonces que es el tiempo necesario para la organización, dada la crisis económica mundial que se profundiza, y es probable la pérdida de fuentes de trabajo. La xenofobia, lamentablemente, aunque minoritaria, también está presente y la vemos aumentar en forma preocupante en la Comunidad Europea. Por parte de la población y los Estados se expande y continuará haciéndolo a medida que los problemas aumenten. Seguramente la unidad de los migrantes les dará fortaleza e incidencia para defender sus derechos y a sus familias de los abusos que ocasionalmente puedan ocurrir.

Entre los objetivos generales figuran sentar las bases para la organización de los trabajadores migratorios encolumnados en reivindicaciones que les son comunes a todos a fin de incidir, plantear y demandar propuestas políticas nacionales y regionales frente a la problemática de movilidad humana, el sector del trabajo migrante e impulsar acuerdos internacionales entre los países generadores y receptores de migrantes, desplazados y refugiados.

Page 128: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 128 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Entre los objetivos específicos se destacan:

- Analizar la coyuntura nacional e internacional en los ámbitos político, económico, social y cultural (Globalización, Mercosur, organismos y Organizaciones Internacionales).- Desarrollar un análisis consensuado sobre la problemática del trabajador migratorio y su familia que siente las bases para el lanzamiento de acciones de corto, mediano y largo plazo.- Propiciar el encuentro de migratorios y de asociaciones de migrantes a nivel zonal o barrial para trazar propuestas organizativas de base.- Fijar estrategias a seguir para plantear las propuestas de los trabajadores a los gobiernos local, nacional y a nivel internacional.

En el convencimiento, señor presidente, de que la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires no puede permanecer ajena a tan magno evento, considero que debe prestar todo su apoyo al mismo, que se realiza con la participación amplia de los trabajadores migrantes de todo el país, pues se trata de propiciar el surgimiento de propuestas tendientes a generar un interés participativo, así como establecer reivindicaciones y líneas generales de acción conjunta tendientes a consolidar bases organizativas, motivando positivamente a ONGs e instituciones que trabajan en la temática migratoria hacia el apoyo y fortalecimiento de este proceso.

Por todo lo expuesto, solicito el pronto tratamiento y aprobación del presente proyecto de declaración.

Informes referidos a la habilitación del inmueble sito en la Av. Directorio Nº 4769, en cuya fachada luce un cartel con la

leyenda “Sanatorio Argentino”

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, dentro de los treinta (30) día de recibida la presente, en relación con la habilitación del inmueble sito en la avenida Directorio 4769, en cuya fachada luce un cartel con la leyenda Sanatorio Argentino, lo siguiente:

a) Si el lugar cuenta con la habilitación correspondiente.b) Si está claramente identificado el acceso de ambulancias y si es independiente del acceso al público en general y pacientes ambulatorios.c) Si cuenta con rampa de acceso para personas con problemas de movilidad, y si la pendiente es la correspondiented) Si el acceso de pacientes ambulatorios es independiente del de ambulancias.e) Si las puertas de acceso tienen las dimensiones establecidas y cuentan con sistema antipánico.f) Si cuenta con laboratorio de análisis clínicos y si el mismo se encuentra en funcionamiento.g) Si cuenta con plano de evacuación de acuerdo con lo establecido por la normativa vigente.

Artículo 2°.- De acuerdo con lo solicitado en el Artículo 1º, describa cuántas inspecciones se han realizado en los períodos 2007 y 2008, y en el caso de haber detectado irregularidades, detalle las mismas.

Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

Page 129: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 129 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

ASINELLI, Christian

Señora Presidenta:

Ante una visita circunstancial al establecimiento mencionado, en la parte dispositiva del presente proyecto hemos notado, con asombro, que éste cuenta con una sola entrada para el acceso de ambulancias, del público en general, de pacientes ambulatorios y con movilidad reducida, o con tubos de oxígeno.

Que por ese lugar también egresan los óbitos. En el caso de haber una ambulancia estacionada en la rampa, no pueden acceder o ingresar ni camillas ni sillas de ruedas, pues no queda espacio para hacerlo.

El establecimiento no contaría con laboratorio de análisis clínicos o con el personal especializado, o no estaría habilitado para realizarlos, pues los pacientes son derivados a la clínica que se encuentra enfrente, que pertenecería al gremio de Asimra, cruzando la avenida Directorio. Así, todos quienes concuerdan en forma ambulatoria, y siempre y cuando puedan movilizase, deben cruzar la avenida, con el riesgo adicional a que esto implica a los que acuden con alguna dolencia. En caso contrario, se pueden observar a las empleadas del laboratorio cruzar la avenida con un maletín plástico, con los elementos para realizar distintas prácticas.

A este lugar concurren gran cantidad de nuestros adultos mayores, pues el “sanatorio” que les corresponde a quienes viven en la zona Sur, o sea Villa Lugano, Villa Riachuelo, Barrio General Savio o Lugano I y II, Barrio Mascias, Barrio Piedrabuena, y gran parte de de la zona de Mataderos.

La Constitución de la Ciudad, en el Artículo 22, establece que: “La Ciudad ejerce su función indelegable de autoridad sanitaria”.

En este sentido, el mismo plexo normativo establece, en los lineamientos que debe seguir la Legislatura para la sanción de la Ley Básica de Salud, en el Artículo 21, inciso 1), lo siguiente: “La Ciudad conduce, controla y regula el sistema de salud”.

Por lo expresado en los párrafos anteriores, es que solicitamos la sanción del presente pedido de informes, en el convencimiento de que es una responsabilidad de quienes ejercen el Poder Ejecutivo velar por la salud de nuestros conciudadanos.

Informes referidos al programa asignado al otorgamiento de subsidios alternativos a la institucionalización, creado por

Decreto Nº 211/07

DESPACHO 919

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

Que en el Expediente Nº 2591-D-2008, de autoría del señor diputado Christian Asinelli, se solicitan informes referidos al programa asignado al “Otorgamiento de Subsidios Alternativos a la Institucionalización” creado por Decreto 211/07, y

Page 130: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 130 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Considerando:

Que el Programa de Otorgamiento de Subsidios Alternativos a la Institucionalización para los adultos mayores de la Ciudad, creado mediante el Decreto 211/07 (BOCBA Nº 2626), contempla la posibilidad de que aquellas personas mayores de sesenta (60) años, sin ingresos económicos o con ingresos insuficientes y en condiciones de vivir por cuenta propia, reciban un subsidio que facilite la procuración o el mantenimiento de la vivienda. El objetivo final de esta iniciativa es, además de favorecer la estabilidad en el alojamiento, evitar que las personas ingresen a hogares de residencia permanente y así promover su actividad y permanencia dentro la comunidad.

Que dicha prestación consta de dos pilares: por un lado, el otorgamiento de un subsidio, con un monto variable según las necesidades de cada persona y con un máximo fijado en pesos quinientos ($500); y por otro, la obligación a formar parte de la red de servicios del Gobierno de la Ciudad (salud, alimentación, servicio odontológico, hogares de día, atención domiciliaria, participación en organizaciones barriales y comunitarias, etc.) a fines de promover el incremento progresivo de su calidad de vida. Cabe destacar que la duración del subsidio es de dos años, renovable en caso de que los postulantes continúen reuniendo los criterios de adjudicación del mismo.

Que, según refiere el autor del presente proyecto, en el área de Tercera Edad de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad, se han registrado más de cincuenta denuncias por demoras, falta de pago e interrupción en la admisión de nuevas postulaciones al subsidio.

Que, de lo expuesto surge la necesidad de conocer acerca de los detalles esenciales sobre la implementación y cumplimiento del programa y la asignación presupuestaria prevista para el próximo ejercicio para asegurar su continuidad.

Por lo expuesto, esta Comisión de Políticas de Promoción e Integración Social aconseja la aprobación de la siguiente

RESOLUCIÓN 574/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al programa de “Subsidios Alternativos a la Institucionalización”:

a) Asignación presupuestaria para el ejercicio 2008 y su ejecución a la fecha, con la correspondiente discriminación por inciso y partidas principales;b) Cuántas personas se han incorporado al programa, como beneficiarios, durante el ejercicio 2008;c) Cuál será su asignación presupuestaria en el Presupuesto del Ejercicio 2009 para el Programa mencionado, informando el detalle de las partidas principales por inciso.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 12 de noviembre de 2008.BLASCO, Luciana; ABBAS, Néstor; RODRÍGUEZ ARAYA, María; PARADA, Liliana; CANTERO, Fernando y DI FILIPPO, Facundo.

Page 131: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 131 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes referidos al premio “Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, Ley 735

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- Solicítase al Poder Ejecutivo que en un plazo no mayor a treinta (30) días corridos de recibida la presente, informe:

a. Cuál es la asignación presupuestaria para el ejercicio 2008 y ejecución a la fecha del premio “Ciudad Autónoma de Buenos Aires” que se otorga anualmente al mejor alumno de cada uno de los distritos escolares de séptimo grado del nivel primario en las condiciones establecidas de acuerdo a la Ley 735;b. Cuál es la nómina total de los alumnos beneficiarios del premio y el monto percibido por cada uno de ellos, discriminados por ciclo lectivo.c. Cuáles han sido los plazos en los que se han hecho efectivos los pagos correspondientes.d. En caso de no haberse efectuado los pagos enunciados en el inciso anterior, detalle las razones y los montos adeudados para cada beneficiario, como así también, la fecha en la cual considera regularizar dicha situación.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

ASINELLI, Christian

Señora Presidenta:

Desde 2002, la Ciudad otorga el premio “Ciudad Autónoma de Buenos Aires” a los mejores alumnos de cada distrito escolar de séptimo grado del nivel primario de las escuelas públicas, a instancias de la Ley 375.

Dicho premio consta de un diploma que acredita la condición de mejor alumno y una beca, que contribuye a afrontar las necesidades materiales que acompañan a cualquier proceso de escolarización en el Nivel Secundario. De acuerdo con la norma citada, el Gobierno de la Ciudad debe pagar al alumno beneficiado de manera anual, al iniciar el ciclo lectivo y sin cargo de rendir cuenta de su inversión, un importe equivalente a la remuneración mensual de un Jefe de Departamento.

Lamentablemente, y de acuerdo con las denuncias efectuadas por los padres de los alumnos, este premio que los chicos han alcanzado en función de su esfuerzo y desempeño, no ha sido otorgado de manera regular, no sólo al inicio de este ciclo lectivo sino tampoco en años anteriores.

Ahora bien, cómo explicar que un Gobierno decida premiar el mérito y el rendimiento, generando expectativas en jóvenes que muchas veces al carecer de recursos deben efectuar un esfuerzo extraordinario para poder permanecer dentro del sistema educativo, y que a la hora de la adjudicación se resuelva de manera unilateral no hacerlo. Resulta al menos paradójico, que desde el Estado se decida premiar el compromiso de los alumnos con el proceso de aprendizaje y cuando les llega el momento a las instituciones públicas de demostrar el compromiso que asumieron, aquellas que son las que deberían dar el ejemplo, no lo hacen.

Por último, cabe agregar que luego de inagotables quejas por parte de los familiares de los alumnos premiados, la Defensoría del Pueblo ha dictado una resolución requiriendo el pago del premio en los términos de la Ley 375 y la actualización del monto de la beca según consta en el Artículo 3º de la citada ley.

Page 132: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 132 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.

Informes referidos a la remodelación de la feria artesanal Plazoleta Santa Fe

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que correspondan, en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, remita la documentación e información referida a la remodelación de la Feria Artesanal Plazoleta Santa Fe, en adelante “la obra”, que a continuación se detalla:

1.- Informe sobre el mecanismo de contratación mediante el cual se adjudicó la obra y en su caso remita plano de final de la misma.

2.- Cuál fue el motivo por el cual la denominada “Acta Compromiso – Plazoleta Santa Fé”, de fecha 22 de febrero de 2008, no fue suscripta por los delegados e integrantes de la Comisión Técnica de la Feria proclamados mediante Disposición Nº 152- DGPCUL-07; asimismo, indique la forma en que el área correspondiente realiza, en caso de ser necesarias, las notificaciones de eventuales convocatorias a los delegados y en caso de existir remita copia de las citaciones que se hubieran cursado en oportunidad previa al comienzo de la obra.

3.- Informe si se ha cumplido con la integración de la Autoridad de Aplicación, con un funcionario del área de Cultura según lo previsto por el Art. 10º de la Ordenanza 46.075-GCVA-02 y en atención a lo prescripto en el Art. 1º del mismo texto legal. Para el caso en que el Departamento Ejecutivo determine como Autoridad de Aplicación un área diversa a Cultura, indique sobre quién ha recaído dicha designación.

4.- Informen sobre la situación legal, ubicación física y curso de acción, en relación con los 68 puestos antiguos, que según el Acta Compromiso referida se encuentran en guarda temporaria en dependencias del Gobierno de la Ciudad.

5.- Explicite el motivo por el cual en el Acta Compromiso se hace referencia a 110 puestos nuevos, cuando la Disposición 23/2003, de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), Ferias de la Ciudad, establece para la Feria Plazoleta Santa Fe, la cantidad de 140 puestos.

6.- Indique la fecha y condiciones en que se efectuará la restitución a los permisionarios del emplazamiento histórico de la Feria Artesanal Plazoleta Santa Fe, actualmente ubicada en forma transitoria en Plaza Italia.

 Art. 2º.- Comuníquese, etc.

BELLO, Alicia

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

Page 133: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 133 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El presente proyecto de resolución, está motivado en la inquietud de los artesanos del sistema de Ferias Artesanales, regulado por la Ordenanza 46.075, en relación con la situación actual y las definiciones que adoptará el Poder Ejecutivo respecto a la Feria Artesanal Plazoleta Santa Fe, toda vez que del contenido de la llamada “Acta compromiso”, suscripta por algunos permisionarios, sin la rúbrica de los delegados de la feria, no surge la definición de los puntos cuyo informe aquí se solicita. Asimismo, existe una inconsistencia entre el número de puestos nuevos (110) que se detallan en el Acta Compromiso con la cantidad de 140 puestos previstos para la Feria Plazoleta Santa Fe, en la Disposición de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), Ferias de la Ciudad N° 23-03.

Por otra parte, en atención a que el Artículo 10 de la ordenanza referida en el párrafo precedente, en consonancia con el Artículo 32 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que menciona a la actividad artesanal, entre aquellas actividades creadoras a ser promovidas por la Ciudad, dispone que “El Departamento Ejecutivo determinará cuál será la autoridad de aplicación de las normas de esta ordenanza. Si tal determinación recayese en un área ajena a la Secretaría de Educación y Cultura, a los fines de todo lo aquí normado deberá integrarse además con un representante de la misma”, resulta necesario conocer si se ha dado cumplimiento con esta norma que se incluye en la ordenanza de marras como una consecuencia lógica de lo dispuesto en su Artículo 1°, el cual al declarar de interés municipal la actividad artesanal en la Ciudad de Buenos Aires, prescribe que el Departamento Ejecutivo deberá considerar tal circunstancia al elaborar sus políticas culturales.

En razón de las consideraciones expuestas, solicitamos la aprobación del presente proyecto.

Informes referidos a la Coordinación de prensa y comunicación institucional del Ministerio de Salud

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, informe respecto de la Coordinación de Prensa y Comunicación Institucional del Ministerio de Salud, lo siguiente:

a.- Qué contenidos de la última edición de la Revista Desde el Centro elaborada por la Comisión de Publicaciones del Comité de Docencia e Investigación del Centro de Salud Mental N° 3 han sido objetados y por qué.

b.- Quién es el funcionario encargado de revisar y evaluar los contenidos y el diseño de las publicaciones recibidas y en función de qué normativa y criterios realiza dicha tarea.

c.- Si la evaluación realizada por el funcionario al que hace referencia el inciso anterior es vinculante.

d.- Detalle de todas las publicaciones que han sido objetadas durante el presente año indicando en cada una de ellas el contenido y los fundamentos de la impugnación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

BELLO, Alicia

FUNDAMENTOS

Page 134: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 134 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señor Presidente:

Representantes del Centro de Salud Mental N° 3 se han acercado a nosotros manifestando su preocupación por la censura de la que había sido objeto la última edición de la revista Desde el Centro, elaborada por la Comisión de Publicaciones del Comité de Docencia e Investigación de dicho establecimiento. Concretamente, personal del área de Prensa y Comunicación del Ministerio de Salud les informó por correo electrónico que la imagen elegida para la tapa (una fotografía de la guardia de un hospital público en que se muestra una persona durmiendo en el piso) no había sido aceptada “por las características negativas de la misma”, instándolos a evaluar otra opción.

Resulta preocupante que un agente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tenga la potestad de evaluar y condicionar la impresión de publicaciones que, como la revista Desde el Centro, tienen varios años de trayectoria y que constituyen una importante fuente de difusión de las ideas, la política y la labor de la institución.

No podemos desde ningún punto de vista permitir actos que censuren la libertad de expresión y es por eso que solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, informe respecto de la Coordinación de Prensa y Comunicación Institucional del Ministerio de Salud, lo siguiente:

a.- Si de la edición de octubre/08 de la revista Desde el Centro, elaborada por la Comisión de Publicaciones del Comité de Docencia e Investigación del Centro de Salud Mental N° 3, se han objetado contenidos. En caso de respuesta afirmativa cuáles y por qué.

b.- Quién es el funcionario encargado de revisar y evaluar los contenidos y el diseño de las publicaciones recibidas y en función de qué normativa y criterios realiza dicha tarea.

c.- Si la evaluación realizada por el funcionario al que hace referencia el inciso anterior es vinculante.

d.- Detalle de todas las publicaciones que han sido objetadas durante el presente año, indicando en cada una de ellas el contenido y los fundamentos de la impugnación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Declarar de interés social al evento “La primera barrileteada latinoamericana para la prevención de accidentes en el hogar”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Page 135: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 135 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Declárase de interés social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el evento correspondiente a “La primera barrileteada Latinoamericana para la prevención de Accidentes en el Hogar”, a realizarse el 30 de noviembre del corriente año, frente al Hospital Garrahan. La misma ha sido convocada por el doctor Rubén Sosa, médico pediatra de dicho hospital cuyo objeto es concientizar a la sociedad sobre los peligros de los accidentes hogareños, principal causa de muerte pediátrica.

MOUZO, Dora.

FUNDAMENTOS

La presentación de declarar de interés Social de la Ciudad de Buenos Aires a la “Primera Barrileteada Latinoamericana para la prevención de accidentes en el Hogar” surge ante la necesidad de concientizar a la población de que es en nuestros hogares donde pasamos gran parte de nuestro tiempo, por lo tanto las probabilidades de sufrir algún accidente son altas. Pero no todos los integrantes de la familia tienen similares posibilidades de sufrir un accidente; los niños y los ancianos son los más vulnerables debido a diferentes características que tiene esta franja etaria, entre las que podemos citar debilidad, despreocupación, ignorancia, pérdida de memoria, etcétera.

Los accidentes domésticos adolecen de no haber sido tratados adecuadamente en las campañas preventivas, y este ámbito de convocatoria participativa, familiar y social, es propicio para la difusión de esta problemática cuyos principales destinatarios son los niños y niñas, ya que es en el ámbito familiar donde se producen las causas más frecuentes de muerte pediátrica.

Esta iniciativa es promovida por el doctor Rubén Sosa, medico pediatra e infectólogo del Hospital Pedro de Elizalde, que hace 25 años que viene implementando fuera del ámbito académico diferentes proyectos sociales con acciones centradas en la reunión de los niños con sus familias alrededor de un barrilete, cuyo objeto es la difusión de hábitos para una vida saludable. En otras oportunidades ha trabajado temas como la donación de órganos, defensa del sistema de salud pública, HIV, tabaquismo, prevención de la drogadicción, etcétera.

La barrileteada se llevará a cabo el 25 de noviembre, simultáneamente, desde México hasta Ushuaia y convocará a profesionales de la salud y diferentes instituciones internacionales que adhieren esta campaña preventiva.

Dentro de un marco familiar donde padres e hijos compartirán un espacio lúdico, se distribuirá un texto sobre prevención de accidentes en el hogar y a cada niño/niña se le entregará un instructivo para armar un barrilete y un diploma de participación (al finalizar el evento).

Concientizar a los adultos sobre el cuidado de los niños no es un tema menor y éste debe ser realizado por los padres u otro adulto responsable, quienes deben conocer y aplicar todas las medidas de seguridad disponibles y que no deben dejarlos solos o al cuidado de otros niños.

Es importante aclarar que todas las iniciativas sociales del doctor Sosa carecen de interés económico, político u otra instancia que atente contra los principios éticos y desinteresados que movilizan estas acciones a favor de la salud de la comunidad en su conjunto.

Por todo lo expuesto solicito se apruebe la presente declaración.

Page 136: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 136 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Declarar de interés los libros Acoso sexual - Violencia laboral I y No a la violencia laboral II

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés para la promocion y defensa de los derechos humanos los libros Acoso Sexual - Violencia laboral I, I.S.B.N: 987-96324-0-0 y No a la Violencia laboral II I.S.B.N.-10: 987-22456-2-2 I.S.N.B -13:978-987-22456-2-7 de la Organización Sindical Unión Personal Civil de la Nación; Coordinadora Zunilda Valenziano.

MOUZO, Dora

Señor Presidente:

Estas publicaciones y el trabajo permanente de Unión Personal Civil de la Nación tienen el objetivo permanente de implementar políticas antidiscriminatorias y de defensa de los derechos humanos, ha manifestado su secretario general, Compañero Andrés Rodríguez en instancias de la presentación del libro Acoso Sexual Violencia Laboral y No a la Violencia Laboral.

La secretaria de Igualdad de Oportunidades y de Trato de la Unión Personal Civil de la Nación la Compañera Zunilda Valenziano, quien además de ser miembro del Consejo Directivo Nacional de la Unión de Personal Civil de la Nación y secretaria adjunta del Instituto de la Mujer de la Confederación General del Trabajo (CGT), ha realizado una tarea notable y desinteresada junto a las compañeras trabajadoras, quienes en forma exhaustiva y meticulosa han trabajado para instaurar en la sociedad en su conjunto y de los/las trabajadores/ras en particular, la problemática de la violencia laboral en sus múltiples y diferentes modalidades en todos los sectores de la actividad pública y privada, para que desde la información y el conocimiento se puedan reconocer aquellas situaciones que puedan ser de peligro para el trabajador/ra y de este modo se está en condiciones de actuar en consecuencia.

Este equipo de trabajo cuenta con un observatorio de igualdad de oportunidades que funciona en todas las provincias para detectar cuáles son las desigualdades más comunes en el ámbito del empleo público en cada provincia para conformar un mapa nacional actualizado.

Muchos estudios coinciden ampliamente en destacar que la violencia laboral, en particular, llamada “la plaga del siglo XXI”, es una de las expresiones más preocupantes, en primer lugar en lo que atañe a la problemática de la salud en el sentido más amplio.

En muchos lugares se abusa del poder; el acoso sexual es ante todo un abuso de poder, acosa el que tiene poder. Las mujeres son las que menos cuotas de poder tienen, por eso se da menos acoso de mujeres hacia varones, al menos en la administración pública. Pero se están registrando casos en el que los denunciantes son hombres y las victimarias las mujeres. Se maltrata a la gente, no se respeta lo que está establecido en estatutos o leyes de empleo público, también se minimizan las capacidades de algunos trabajadores; se los subocupa, se los margina, y a veces tienen sobrecarga de trabajo, vulnerándose sus derechos individuales y humanos. Los ámbitos donde más casos se detectan son el de la salud pública, y la educación en segundo lugar. La violencia existe en todas partes, empezando desde lo familiar hasta lo institucional; negar que hay violencia laboral es como negar la vida misma.

Page 137: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 137 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Lo que debemos cambiar son las conductas, que no haya ni violencia vertical ni violencia horizontal, o sea la que viene de la autoridad o entre pares.

El proyecto de la Unión Civil de la Nación apunta a elevar la calidad de empleo de los trabajadores para producir cambios de conducta y de pautas culturales que hacen a la dignidad de las personas y a los derechos humanos.

Por todo lo expuesto solicito se apruebe la presente declaración.

Abstención de intervenir en el espacio público en particular en el Barrio Segurola, Floresta

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, vería con agrado que el Poder Ejecutivo se abstenga de realizar cualquier intervención en el espacio público –en particular, el proyecto de igualación de los niveles de acera y calzada–, en el barrio Segurola, Floresta, área circunscripta por las calles Segurola, Camarones, Mercedes y César Díaz, hasta que se llegue a un acuerdo con los vecinos, fruto de un encuentro a convocarse en el Centro de Gestión y Participación Comunal correspondiente.

EPSZTEYN, Eduardo

Señora Presidenta:

En los primeros días de noviembre, los vecinos del Barrio Segurola se sorprendieron, al enterarse de que el Poder Ejecutivo había resuelto –en forma inconsulta– intervenir en la zona, con un proyecto por el que se pretende igualar los niveles de aceras y calzadas.

Una vez tomado conocimiento de los detalles del proyecto, se vieron los riesgos de intervenir elevando el nivel de las calzadas, en una zona de reconocidas características históricas y patrimoniales, que podría llevar a generar –por el desborde de las aguas de lluvia– áreas anegadas.

La reacción de los vecinos no se hizo esperar. Luego de numerosas reuniones se convocó a funcionarios del área de Desarrollo Urbano, y en un encuentro realizado el día 12 de noviembre pasado –donde concurrieron representantes de la Dirección General de Coordinación Institucional y Comunitaria, y de la Dirección General de Proyectos Urbanos y Arquitectura del Ministerio de Desarrollo Urbano–, más de 250 vecinos hicieron saber su rechazo al proyecto.

Atendiendo la negativa mayoritaria, los funcionarios del Gobierno aseguraron por escrito la paralización del proyecto de referencia.

Por todo lo expuesto, solicitamos que, ante cualquier iniciativa en este sentido del Gobierno de la Ciudad, se realice la consulta a los vecinos en el C.G.P.C. correspondiente.

Pedido de informes sobre la contribución municipal que facturan las empresas Edenor y Edesur

Page 138: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 138 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, a través de los organismos correspondientes y en un plazo máximo de 15 días de recibida la presente, sobre la contribución municipal que facturan las empresas Edenor y Edesur a los usuarios de los servicios de electricidad, que a continuación se detallan:

1. Explique por qué las citadas empresas facturan, como contribución municipal, el 6,3830 % del consumo, siendo que la Ley Tarifaria fija sólo el 6%.

2. Aclare que ítems componen el subtotal “A” de la factura, que es el valor al que se le calcula el citado porcentaje del 6,3830, y con qué norma sustenta dicha inclusión.

Artículo 2°.- Comuníquese, etcétera.

PUY, Raúl

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

La Ley Tarifaria fija los valores correspondientes al cobro de Ingresos Brutos. El Artículo 67 dice, “Fíjase en el 6% de los ingresos brutos la contribución que deben abonar las compañías de electricidad en cumplimiento de lo establecido por el Artículo 312 del Código Fiscal”.

Sin embargo, cualquier ciudadano puede observar que, en su factura de electricidad, el valor cobrado como Contribución Municipal, es el 6,3830 %, en lugar del 6 %.

Dado que si este modo de calcular fuera erróneo, se estaría afectando a una enorme cantidad personas, solicitamos la pronta aprobación del presente proyecto de Resolución.

* Se adjuntan facturas.

Informes sobre predio ubicado en Av. Carrasco 625

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo que corresponda y dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los puntos que a continuación se detallan con relación a la situación del predio ubicado en la calle Av. Carrasco 625, entre la Av. Gaona y Morón:

1. Titular de dominio vigente del Registro de la Propiedad Inmueble.2. Especificar si el lugar cuenta con habilitación y, en caso afirmativo, para qué actividad. 3. Situación actual del predio en cuanto a su uso y ocupación.4. Si actualmente se desarrolla en el mismo algún tipo de actividad comercial.5. Si se han realizado inspecciones y, en caso afirmativo, copia de los informes o actas labradas.

Page 139: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 139 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

6. Si existe un litigio judicial en relación con la posesión del mismo, informe el estado de la causa. 7. Si se prevé algún destino para el mismo por parte de algún organismo público.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

D' ANGELO, Julián y GÓMEZ, Verónica.

FUNDAMENTOS:

Señora Presidenta:

El presente proyecto tiene por objeto tomar conocimiento de la situación actual del predio que se encuentra ubicado en la calle Carrasco 625, entre la Av. Gaona y Morón. Dicho predio pasó al dominio del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires luego de una expropiación realizada hace ya varios años, y fue en su momento utilizado como Centro de Abastecimiento Municipal.

Estando ya desocupado, en el año 2002 la Subsecretaría de Producción de la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno de la Ciudad, le otorgó un permiso gratuito provisorio del mismo al Centro de Industriales Panaderos de Buenos Aires, mediante el Decreto Nº 313 (B.O. 1419), publicado el 8 de Abril de 2002.

En ese momento el contrato de “permiso precario de uso” fue firmado por los señores Domingo José Álvarez y Juan Rodolfo Camargo, en carácter de Presidente y Vicepresidente del Centro de Panaderos, respectivamente, con el objeto de acopio y venta al por mayor de harinas y de otros productos utilizados como insumos en panadería, con un precio inferior al vigente en el mercado, sujeto a control y verificación de las autoridades competentes. Dicho permiso fue otorgado por el término de cuatro años.

De acuerdo con lo denunciado por vecinos y dirigentes sociales, el contrato se cumplió correctamente sólo los primeros dos años y, a sólo dos meses del vencimiento del plazo otorgado, los poseedores del inmueble lo habrían subalquilado.

Los testimonios afirman que en el predio donde se llevaban a cabo las actividades, ya sin contrato, se produjo un conflicto entre la empresa que subalquilaba y el Centro de Industriales Panaderos, derivando la intervención de la justicia.

A partir del 2007 se han venido sucediendo ocupaciones y restituciones administrativas y judiciales sobre el citado predio, no habiendo llegado a una solución definitiva, de acuerdo con la información con la que contamos al día de la fecha con referencia a la posesión del mismo.

Por otro lado, en octubre de este año la Legislatura de la Ciudad aprobó la Declaración Nº 444/08 mediante la cual se le solicita al Poder Ejecutivo que realice gestiones a los efectos de instalar una Fiscalía Contravencional en el citado predio.

Por todo ello, señora presidenta, el objetivo de este proyecto es poder conocer de manera fidedigna la situación actual del predio ubicado en la calle Carrasco 625 del barrio de Floresta, sobre cuyo destino existe una importante preocupación por parte de los vecinos y organizaciones sociales de Floresta, y por todo ello solicito el pronto tratamiento y aprobación del presente pedido de informes.

Page 140: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 140 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes referidos a la Campaña de Recolección de Pilas y Baterías Usadas

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- Dirigirse al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires para que a través del organismo que corresponda y dentro del plazo de veinte (20) días de recibida la presente, informe sobre los siguientes puntos en referencia a la campaña de recolección de pilas y baterías usadas:

1. Cuáles son las metas y objetivos de la recolección y acopio de pilas y baterías en los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales (CGPC).2. De qué manera se va a realizar esta recolección y clasificación de pilas y baterías.3. Cuáles son las medidas ambientales y de seguridad establecidas en cada uno de los F/N CGPC para esta recolección y sistema de acopio.4. Cuál es el plazo de permanencia de este material, en los F/N CGPC. 5. Qué Organismo y mediante qué procedimientos va a realizar la manipulación, traslado, procesamiento, reciclado y disposición final de este material de manera ambientalmente adecuada y controlada.6. Qué estudios de impacto ambiental se han realizado para la recolección, acopio, clasificación y disposición final de las pilas y baterías.7. Si está prevista la realización de un programa de educación ambiental en el marco de la campaña de recolección de pilas y baterías.8. Quiénes son los encargados de la ejecución de cada una de las etapas de esta campaña.9. Cuáles son los controles ambientales y de que manera se va a medir y controlar el resultado de esta recolección.10. Mediante qué procedimiento y con qué regulación le exigirá a las empresas la disposición final de pilas y baterías, o en su defecto como se va a instrumentar la exportación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

D' ANGELO, Julián y GÓMEZ, Verónica.

FUNDAMENTOS

Señora presidenta:

El 16 de octubre del corriente año fue publicado en diversos medios el lanzamiento de una campaña de recolección de pilas y baterías usadas en los Centros de Gestión y Participación Comunal. La noticia plantea que a partir de mediados de noviembre, los habitantes de la ciudad se podrán deshacer de sus pilas y baterías usadas de cualquier tipo en los 15 Centros de Gestión y Participación Comunales.

Esta iniciativa podría ser considerada positiva, ya que tanto pilas como baterías son claramente visualizados por la opinión pública como materiales peligrosos por el alto grado de contaminación que producen, y en este sentido se le estaría ofreciendo a los ciudadanos la posibilidad de desecharlos en un ambiente controlado.

Pero ante este hecho lo que nos causa preocupación es la escasa información suministrada con respecto a la implementación práctica de la mencionada campaña que se refiere a una problemática de una extremada sensibilidad ambiental. Según las declaraciones de Graciela Gerola, presidenta de la Agencia de Control Ambiental, se lanza una campaña de recolección

Page 141: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 141 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

masiva de pilas y baterías que expresa en el diario Clarín del día 16 de octubre de la siguiente manera: “Estamos evaluando si irán a un relleno de seguridad, a su incineración en condiciones controladas o a un calentamiento indirecto para recuperar metales”.

Somos conscientes que la ciudad tiene que aplicar la Ley N° 1854, que en su Artículo 16, establece que es la autoridad de aplicación quien debe implementar gradualmente y de conformidad con la necesidad y características de cada área la modalidad de disposición apropiada, entre otros residuos, de las pilas y baterías finalizada su vida útil. Por ello el manejo de estos residuos especiales deben sujetarse a programas y planes de manejo específicos con el propósito de seleccionarlos, acopiarlos, transportarlos, valorizarlos, o sujetarlos a tratamientos o disposición final de manera ambientalmente adecuada y controlada.

Lo que nos preocupa es que se lance esta campaña aparentemente cuando ni siquiera está definido el destino del material recolectado. Lo que nos preocupa es saber cuál es el procedimiento mediante el cual se va a desarrollar y de qué manera se va a manipular, trasladar, disponer y reciclar este material.

Asimismo, son preocupantes las expresiones manifestadas también por la mencionada funcionaria en el sentido de que las pilas “comunes” puedan tirarse a la basura como cualquier otro residuo. Ya que si bien algunas pilas y baterías tienen mayores niveles peligrosos de metales tóxicos que otras, la disposición final en un relleno sanitario de un excesivo número de las pilas con menor toxicidad terminaría contaminando las napas subterráneas de igual modo.

Por todo lo expuesto, señora presidenta, es que solicitamos la pronta aprobación de la presente resolución.

Informes sobre aplicación de la Ley 154 -Residuos Patogénicos

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo que corresponda y dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los puntos que a continuación se detallan con relación a la aplicación de la Ley Nº 154 de Residuos Patogénicos y su decreto reglamentario:

a) Si los locales de acopio o almacenamiento de residuos patogénicos de los treinta y tres (33) hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires cumplen con las características estipuladas en los artículos 23, 24 y 25 del Decreto Nº 1.886/001 (BOCBA 1328 Publ. 28/11/2001) que reglamenta la Ley Nº 154.b) Si actualmente se transportan residuos patogénicos hospitalarios a plantas de tratamiento y de disposición final. En caso negativo, indicar cuándo se realizaron los últimos transportes, en qué cantidad, a dónde se realizaron y las causas que impiden su actual recolección.c) Qué partidas presupuestarias se proyectan destinar durante el ejercicio 2009 para la aplicación de la Ley Nº 154 en cuanto a la generación, manipulación, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos.d) Si se cuenta con información referida a la cantidad de litros de residuos patogénicos líquidos actualmente acumulados en los hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires. En caso afirmativo, detallar cuántos litros, en qué hospitales se encuentran y si cumplen con las condiciones y tiempo de acopio establecidas en la Ley 154 y su decreto reglamentario.

Page 142: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 142 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

e) Si han existido derrames de residuos patogénicos líquidos, en qué condiciones ocurrieron y si estaban ubicados en los lugares de acopio adecuados establecidos en la Ley 154 y su decreto reglamentario.

Art. 2º - Comuníquese, etc.

D' ANGELO, Julián y GÓMEZ, Verónica.

FUNDAMENTOS

Señora presidenta:

La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en su Capítulo Cuarto de Ambiente, Artículo 27, inciso 12, promueve: “Minimizar volúmenes y peligrosidad en la generación, transporte, tratamiento, recuperación y disposición de residuos”. Sin embargo, ha llegado al conocimiento público de que en algunos de los 33 hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires se acumulan residuos patogénicos que no son recolectados y que se van acumulando en espacios inadecuados, con riesgo para los pacientes y para el personal hospitalario. Esta cuestión aparentemente se originó hace algunos meses y demandaría una pronta solución.

Las versiones que circulan plantean que se han cerrado las plantas que, en la Provincia de Buenos Aires, recibían estos residuos. A ello pareciera que se agregó un recorte de las partidas previstas para tal fin. Esta situación posiblemente desencadenó que se dejaran sin efecto dos licitaciones con empresas dedicadas a la eliminación de los residuos.

El Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha presentado ante las autoridades del Ministerio de Salud de la Ciudad, en marzo último, un informe técnico en el cual se consignan, entre otros, los siguientes datos: en total, se han acumulado más de 70.000 litros de residuos líquidos en el conjunto de los Hospitales de la Ciudad de Buenos Aires. Entre ellos se encuentran los hospitales Pedro Elizalde y Ricardo Gutiérrez, la Maternidad Ramón Sardá, Bernardino Rivadavia y Francisco Muñiz. Los residuos patogénicos provienen de quirófanos, intervenciones anatomopatológicas, hemoterapia y radiología.

Un aspecto que agravaría la situación es que los bidones en los que se habrían volcado los residuos líquidos no se hallan guardados en lugares que aseguren su aislamiento y, puesto que las salas de acopio están superadas, se habrían distribuido en lugares inapropiados, en algunos casos próximos al contacto con pacientes o bien mezclados con residuos patogénicos, como gasas, algodones, drogas y restos orgánicos.

Asimismo se habría señalado, en algunos casos, la inconveniente colocación de esos bidones en áreas de estacionamiento. De seguir ocupándose de los residuos patogénicos de esta manera, podrían ocurrir lamentables derrames de líquidos tóxicos con el consecuente perjuicio para la población circundante.

Los artículos 23, 24 y 25 de la Ley Nº 154 de Residuos Patogénicos establecen pautas claras sobre las características que deben tener los locales de acopio y sobre el tiempo recomendable de acopio. El Decreto Nº 1.886/001 (BOCBA 1328, publicado el 28/11/2001), que reglamenta dicha ley, estipula en los artículos 23, 24 y 25 medidas específicas para un adecuado acopio y almacenamiento de los residuos patogénicos.

Es deber del Poder Ejecutivo aplicar correctamente la presente ley y sancionar a aquellos que no la cumplan como lo establece el Artículo 9º de la Ley Nº 154.

Page 143: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 143 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Creemos que una fuerte inversión en la Salud Pública es prioritaria para la Ciudad de Buenos Aires. El adecuado acopio, recolección, tratamiento y disposición de los residuos patogénicos debe ser una cuestión jerárquica que no admita postergaciones por los riesgos que involucra.

Por todos estos motivos, señora presidenta, es que solicitamos la aprobación de la presente resolución.

Colocación de placa en homenaje al bombero voluntario Carlos Guevara, fallecido el 1° de noviembre de 2008

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Articulo 1º.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rendirá homenaje al bombero voluntario Carlos Guevara fallecido, el 1° de noviembre de 2008.

Art. 2º.- Se realizará un acto en su homenaje con la presencia de familiares, autoridades, vecinos y compañeros del cuartel de Vuelta de Rocha del barrio de la Boca.

Art. 3º.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires colocará una placa en el cuartel de Vuelta de Rocha, sito en calle Garibaldi 2042 del barrio de la Boca de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde Carlos Guevara se desempeñara como bombero voluntario con el siguiente texto:

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesrinde homenaje por su valentía en el cumplimiento del deber

al bombero voluntario del cuartel de Vuelta de RochaCARLOS GUEVARA

1965-2008

Articulo 4°.- Comuníquese, etc.

ASINELLI, Christian

Señora Presidenta:

Carlos Guevara, bombero voluntario del Cuartel Vuelta de Rocha, falleció el pasado 1° de noviembre a los 43 años de edad, cuando estaba heroicamente cumpliendo con su vocación de servir a la comunidad.

El suceso ocurrió con motivo de un incendio que se originó en el depósito de gomas ubicado en las calles Benito Quinquela Martín y Hernandarias, del barrio porteño de La Boca. Las explosiones en el lugar produjeron derrumbes en sus paredes, a consecuencia de ello tres bomberos resultaron heridos. Guevara fue trasladado al Hospital Penna donde finalmente falleció.

Para Carlos ser bombero era una actitud de vida, una responsabilidad y un deber. Esa imperiosa necesidad íntima de acudir y contribuir en auxilio del prójimo, con la certeza de que su presencia era fundamental, y sin dudar ponía en riesgo el bien más preciado que todo hombre posee, su vida. En cumplimiento de su deber falleció Carlos.

Page 144: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 144 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El cuartel no había pasado por algo igual desde sus orígenes. Así lo expresó uno de sus compañeros en la despedida de los restos: “Es el primero de los compañeros que nos toca despedir tras haber muerto en servicio”.

Sin embargo la pena de haber perdido a un compañero y la impotencia de no poderle doblar la mano al destino, no debe opacar el orgullo que seguramente sintió Carlos, al igual que todos los bomberos que visten el uniforme que hace 70 años luce con rigor este cuartel. Sentimiento que recordarán por siempre su hijo y su esposa.

Por todo lo expuesto, queremos rendirle homenaje a Carlos Guevara, y expresar nuestras condolencias a la familia y bomberos del cuartel, por lo que solicitamos se apruebe el presente proyecto.

Otorgar un subsidio a los derechohabientes de los bomberos voluntarios, Carlos Guevara y José Ambrosio Nardulli

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo procederá a otorgar de conformidad con lo previsto por la Ley N° 2.458 (BOCBA N° 2819), un subsidio a los derechohabientes del bombero voluntario Carlos Guevara, fallecido el 1 de noviembre de 2008 cumpliendo heroicamente con su vocación de servir a la comunidad y al bombero voluntario José Ambrosio Nardulli, gravemente herido en el mismo siniestro, ambos pertenecientes al Cuartel de Bomberos Voluntarios de Vuelta de Rocha.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

LA RUFFA, Silvia.

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

Carlos Guevara de 43 años de edad y un hijo de 7 años, bombero voluntario, prestaba servicio en el Cuartel de Vuelta de Rocha, falleció el 1° de noviembre de 2008, cuando estaba cumpliendo su deber de servir a la comunidad, en ocasión del siniestro que se originó en el depósito de neumáticos ubicado en las calles Benito Quinquela Martín y Hernandarias, del barrio de la Boca.

En esa oportunidad, a raíz de una explosión en el lugar se produce el derrumbe de la fachada del edificio, hiriendo a cuatro bomberos que trabajaban en la extinción del incendio, uno de ellos Carlos Guevara, quien fue trasladado al Hospital Penna, donde fallece a raíz de las graves heridas recibidas.

En una muestra más de la vocación de servicio de estos héroes anónimos que sin recibir nada a cambio solo la satisfacción del deber cumplido, es que en este caso solicito que como Estado defendamos los derechos que asisten a todo vecino de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que es el derecho a la educación de nuestros hijos. El bombero Guevara sólo puede velar desde su lugar en la eternidad como padre, nosotros velemos desde nuestro lugar de Legisladores para

Page 145: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 145 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

que este niño, durante toda su vida sepa que su padre dio su vida por los vecinos de nuestra Ciudad y veló por su vida presente y futura.

Asimismo no debemos de olvidar el sacrificio del bombero José Ambrosio Nardulli compañero de Guevara quien también sufrió graves heridas.

Hoy lucha por su vida en terapia intensiva del Hospital Argerich. Le toca combatir el incendio más difícil, esta vez con la ayuda de los médicos y la protección de Dios, como reza la carta al lector del diario La Nación escrita por su sobrina, Dra. Marcela Andrea Navarro.

Por todo lo expuesto, como un modo de reconocimiento de la Ciudad, es que se solicita se apruebe el presente proyecto de Resolución.

Informes referidos a la implementación de la atención descentralizada de la Dirección General de Defensa y

Protección al Consumidor

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el término de treinta (30) días de aprobada la presente sobre los siguientes puntos:

a) Qué difusión pública tuvo la medida adoptada por el Gobierno de la C.A.B.A con fecha 1º de noviembre de 2008 en relación a la descentralización del servicio de atención, toma de denuncias y celebración de audiencias de la Dirección General de Defensa y Protección del Consumidor producida a los distintos Centros de Gestión y Participación Comunal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y con qué antelación fue difundida.

b) Cuál es el sistema de coordinación entre los Centros de Gestión y Participación Comunal y la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.

c) Si con la implementación de la descentralización de atención de los conflictos derivados de la relación de consumo, se previó el incremento de tiempo en la tramitación de denuncias, de ser así cuál sería dicho tiempo.

d) Cuáles son los horarios de atención al público para reclamos derivados de las relaciones de consumo en cada uno de los Centros de Gestión y Participación Comunal.

e) Si se ha realizado alguna campaña de difusión de los derechos incorporados por la Ley Nacional 26361.

f) Especifique cómo son las instalaciones con que cada uno de los C.G.P.C. cuenta para desarrollar las tareas de Defensa de los Consumidores y Usuarios. Acerca de cada uno de los C.G.P.C. indique, si para cada trámite, cuenta con espacio adecuado para llevar a cabo los mismos.

g) Cómo se coordina la fijación de las audiencias, en particular aquellas en que los denunciados son empresas de servicios ampliamente extendidas, las cuales podrían superponerse y generar perjuicio tanto a los consumidores como a las empresas al no poder concurrir a las mismas.

Page 146: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 146 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

h) Qué medidas se dispusieron a partir del 1º de noviembre de 2008 para el cumplimiento de lo establecido en la ley 2696, cuáles fueron los resultados y qué criterio se adoptó en relación al cartel obligatorio.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

CENTANARO, Ivana y RABINOVICH, Alejandro.

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

Atento sus facultades constitucionales, la Defensoría del Pueblo inició de oficio la Actuación N° 5713/08, que tuvo como objeto analizar e investigar el alcance de las implicancias de las medidas adoptadas por el G.C.B.A por las cuales se dispuso descentralizar el servicio de atención, toma de denuncia y celebración de audiencias de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor en los distintos Centros de Gestión y Participación Comunal (C.G.P.C) del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Es importante poner de relieve que la Ley 757, que tiene por objeto establecer el procedimiento administrativo para la efectiva implementación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los derechos de los consumidores y usuarios, prevé un capítulo destinado a los Consumidores y Usuarios en el ámbito de las Comunas, en un texto que armoniza con lo dispuesto en la Ley 1777 (Orgánica de Comunas) que establece los principios generales para la gestión pública descentralizada, instruyendo la descentralización territorial de la ejecución de los programas presupuestarios que tengan impacto local específico en materia de desarrollo social, cultura, deportes y defensa de consumidores y usuarios, entre otros.

Si bien la descentralización en principio es un beneficio para los vecinos de la Ciudad, atento a que ven facilitada la accesibilidad al órgano administrativo encargado de la tutela de los mentados derechos, la misma no puede realizarse en forma intempestiva, sin planificación, en relación a la infraestructura, los recursos humanos y el procedimiento.

Así las cosas, es por esta actuación 5713/08 que la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, dictó la Resolución 4490/08, que fue puesta en conocimiento del Señor Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, de la Señora Subsecretaria de Atención Ciudadana, del Señor Director General de Defensa y Protección al Consumidor, de la Presidenta de la Comisión de Defensa de los Consumidores y Usuarios de la Legislatura y de las distintas Asociaciones de Defensa del Consumidor, en donde se realizaron las siguientes observaciones:

-Falta de difusión pública e información.-Inexistencia de un sistema de coordinación.-Condiciones inadecuadas de labor.-Demoras en la tramitación de las denuncias.-Reducción y disparidad de los horarios de atención.-Falta de instrucciones en la implementación de los derechos de la Ley de Defensa del Consumidor.

Por todo lo expuesto, señora Presidenta, se solicita al Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, informe sobre la implementación de la descentralización en la atención de

Page 147: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 147 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

reclamos en las relaciones de consumo, a través de la aprobación por parte del Cuerpo del presente proyecto.

Informes referidos a la entrega de viandas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

 Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, a través de los organismos técnicos correspondientes, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos a la entrega de viandas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

 a) Indique cuál es el contenido actual de las viandas que son entregadas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la CABA, detallando los contenidos nutricionales de los mismos.

b) Indique desde qué fecha se está repartiendo esta nueva composición de las viandas.

 c) Qué cantidad de raciones son entregadas en total, y por escuela y por hospital con pacientes pediátricos.

 d) Cómo se adjudicaron las concesiones de los comedores escolares. Adjunte el modelo del contrato y lista de los concesionarios por escuela.

 e) Informe si se procedió a la suspensión en la provisión de viandas con contenido de soja, o mezcla de soja y trigo. En caso de que la respuesta sea afirmativa, indique el modo en el que se comunicó a los concesionarios de los comedores escolares sobre la suspensión de la provisión de estos alimentos, y fecha de la misma.

 f) Indique si se realizaron estudios con anterioridad a la modificación de los contenidos nutricionales de las viandas, que avalaran el cambio, y en su caso, qué organismo los realizó. Indique a su vez, en caso de corresponder, qué motivó su posterior suspensión. Remita documentación existente.

 g) Adjunte un cuadro comparativo entre la composición de las viandas anteriores y las actuales, detallando su calidad nutricional, su contenido proteico y todo otro dato de interés nutricional.

 h) Indique qué monto se asignó en el presupuesto 2008 para lo contratación del servicio de viandas, discriminando por costo individual y total.

 i) Indique monto previsto en el presupuesto 2009 para la contratación del servicio de viandas, discriminando por costo individual y total.

 Art. 2°.- Comuníquese, etc.

 FAILDE, Pablo; CABANDIÉ, Juan y PARADA, Liliana

FUNDAMENTOS

Page 148: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 148 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

  Sra. Presidenta:

 Es de público conocimiento que los chicos/as de las escuelas de gestión publica de la Ciudad de Buenos Aires, han estado recibiendo en los últimos meses, viandas en sus almuerzos y meriendas con productos que contienen soja o mezcla de soja y trigo.

En este contexto, para los padres, los directivos y los maestros de las escuelas públicas este tema es central, y a nosotros, los diputados de la Ciudad, nos resulta preocupante como órgano de contralor de las políticas de gobierno.

La fundamentación de nuestra preocupación, radica en las dudas alrededor de los “supuestos” beneficios que contendrían los productos con soja, cuando muchos estudios plantean lo contrario, sobre todo para aquellos niños menores de 5 años, en cuyo caso, se plantea que la ingesta de estos productos sería hasta peligrosa.

Según un informe del INTI, por ejemplo, la soja ‘no debe usarse nunca como sustituto de la carne’, si bien puede cubrir las necesidades proteicas cuando se la complemente adecuadamente con cereales, el hierro que puede aportar es inferior en cantidad y en capacidad de absorción al hierro de las carnes. Asimismo, existen factores negativos de la soja en la alimentación infantil, por los cuales ‘no se recomienda su utilización antes de los cinco años’. Además ‘la bebida de soja no debe usarse nunca como sustituto de la leche’.

Asimismo, muchos otros estudios, han planteado las hipótesis de que la soja en niños provoca cambio hormonales en el período de desarrollo físico.

En la Argentina de la crisis de 2002, la campaña Soja Solidaria –de la que participaron cámaras y empresas– buscó utilizar el cultivo más promocionado del país para solucionar el hambre. Cientos de toneladas de soja se repartieron en comedores y se mezclaron en los guisos de las familias que no podían conseguir por las suyas un plato de comida. Pero pronto se alzaron las primeras voces en desacuerdo con el plan.

En ese momento, el Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales convocó al Foro Nacional para un Plan de Alimentación y Nutrición, con el auspicio de UNICEF, del que participaron la Sociedad Argentina de Pediatría (SAP), el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), la Sociedad Argentina de Nutricionistas y otras agrupaciones vinculadas al tema. Las conclusiones fueron tajantes. Dieron por tierra con el plan sojero contra el hambre.

Hasta hoy la SAP sigue las recomendaciones nutricionales que se acordaron en ese informe. “La soja no reúne condiciones adecuadas para niños menores de dos años, que deberían abstenerse de consumirla, y no es recomendable para menores de cinco. Los jugos a base de soja no reemplazan jamás a la leche. Igual que otros jugos industriales, pueden generar caries o provocar algún tipo de trastorno nutricional si quitan el apetito o se consumen en exceso”, explicó Jorge Nasanovsky, pediatra de la SAP y director de zonapediatrica.com.

La imposición de la soja en los segmentos más vulnerables de la población está creando una suerte de segregación nutricional. Mientras las clases acomodadas de la Ciudad pueden enviar a sus chicos a colegios privados, con comedores que cuentan con variedad en sus alimentos, los niños de los sectores menos beneficiados de la Ciudad, o de aquellos que creyendo en la educación pública optan por enviarlos a las escuelas de gestión pública en la CABA, tuvieron que sufrir durante varias semanas “alimentos para pobres”, que ni siquiera están homologados por estudios sobre la salud de aquellos que los consumen.

Page 149: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 149 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En general, para sostener la bondad del consumo de soja se suele repetir que los asiáticos la consumen diariamente. Pero ¿exactamente cuánta soja comen los asiáticos? Una encuesta de 1998 descubrió que la cantidad diaria promedio de proteína de soja consumida en Japón era como de ocho gramos para los hombres y siete para las mujeres –menos de dos cucharaditas. Excepto en tiempos de hambruna, los asiáticos consumen productos de soja sólo en pequeñas cantidades, como condimento y no como reemplazo de alimentos animales.

La sociedad argentina ha experimentado en los últimos años la crisis socio-económica más profunda desde los orígenes de la Nación.

El ámbito educativo fue atravesado por esta situación, quizás, como ningún otro. El deterioro de las condiciones sociales de la población impacta directamente en las condiciones de aprendizaje, debido a que el sistema educativo no puede ser pensado solamente como un conjunto de instancias pedagógicas.

El sistema educativo debe ser pensado y ejecutado desde una mirada integral que además de elaborar políticas pedagógicas, debe elaborar políticas edilicias, alimentarias, recreativas y solidarias.

La política de comedores se enmarca en esta idea. El Estado, aquel que vela por el bien general, es el que debe garantizar que las condiciones para desarrollar los procesos educativos sean apropiadas en todas sus aspectos. El objetivo principal del mismo es contribuir a la creación de condiciones favorables para desarrollar el proceso educativo mediante la provisión de alimentos durante el horario escolar.

Estas viandas tienen alcance masivo y de ejecución continuada, incluyendo no sólo el año lectivo sino también jardines maternales de funcionamiento permanente y programas especiales de vacaciones de verano e invierno, así como hospitales con pacientes pediátricos.

Según tenemos entendido, los servicios fueron prestados por 25 concesionarios y algunas cooperadoras que administran sus propios comedores. La Licitación 964/2005 es la que reguló los servicios y su vigencia se extendió hasta febrero del año 2008. Sin embargo, es necesario que contemos con información precisa, y detallada acerca de los contenidos de las viandas, de los valores nutricionales, y de los costos actuales, y de aquellos que se prevén para el presupuesto 2009.

El derecho a la alimentación se incluyó originalmente en el Artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, promulgada en 1948, y se recoge de forma más expresa en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), aprobado en 1966 y vigente desde 1976. En el Artículo 11 del mismo se reconoce el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluida la alimentación.

Teniendo en cuenta que la alimentación ha sido establecida como un derecho humano fundamental que sustenta “el derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona” (Declaración Universal de los Derechos humanos -DUDH-, artículo 3º) y considerando que los niños han sido reconocidos como sujetos privilegiados de este derecho humano y que este derecho es aún más importante en los casos de los infantes que viven en condiciones de vulnerabilidad y marginación surge con absoluta nitidez que debe prestarse especial atención a la actividad desarrollada por los comedores escolares y, especialmente, sobre el rol del Estado en su relación con los mismos.

Por todo lo expuesto solicitamos nos acompañen con la aprobación de este proyecto de resolución.

Page 150: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 150 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

 

Informes sobre casos de tuberculosis detectados en alumnos de escuelas de la ciudad

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1.- El Poder Ejecutivo informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el plazo de (30) días de recibida la presente sobre los siguientes puntos relacionados con los casos de tuberculosis detectados a comienzos de noviembre en alumnos de una escuela de la Ciudad de Buenos Aires.

1) Cuál era el estado de salud de los jóvenes afectados al llegar a los respectivos hospitales y cuál ha sido su evolución hasta el momento.

2) Si se han detectado durante 2008 otros casos de tuberculosis en los establecimientos educativos además de los anunciados por el Gobierno de la ciudad de Buenos Aires a comienzos de noviembre.

3) Si existe un registro detallado de las personas afectadas por esta enfermedad.

4) Cuáles han sido las medidas tomadas para la prevención de futuros casos en el establecimiento educativo en cuestión.

5) Si se han tomado medidas a fin de prevenir futuros casos en los colegios. En caso afirmativo, detalle cuáles son.

6) Con qué plan de prevención sanitaria cuenta la ciudad para enfrentar esta problemática.

FAILDE, Pablo.

FUNDAMENTOS

Sra. Presidenta:

A comienzos de noviembre se registraron dos casos de tuberculosis en la ciudad de Buenos Aires: dos jóvenes del barrio de Balvanera, de 14 y 15 años, fueron internados con síntomas de esa enfermedad en el Hospital Ramos Mejía y en el Hospital Durand. Dicha información fue confirmada por el Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad, a través de su Departamento de Epidemiología.

Se trata de una situación preocupante dado que la tuberculosis es una endemia que además genera casos fatales. Según datos del Ministerio de Salud existen cerca de 11 mil casos de tuberculosis en Argentina por año y más del 50 por ciento de ellos ocurren en la Ciudad de Buenos Aires y en el Conurbano bonaerense. En la Ciudad de Buenos Aires, la tuberculosis afecta a 42,9 personas por cada 100 mil habitantes. Según el doctor Vicente Donato, Director Médico de la Liga Argentina Contra la Tuberculosis, la expansión de esta enfermedad se debe a “la forma en la que se vive en muchas áreas como el hacinamiento y la precariedad de las condiciones de vida”, sin embargo, el virus puede afectar a cualquier persona.

Por lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.

Page 151: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 151 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes referidos al Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas “Juan Ramón Fernández”

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes y en un plazo no mayor de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los siguientes puntos del Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández:

a) Motivo de la Intervención impuesta por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Asociación Cooperadora del Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández. Indicando particularmente porque no se ha realizado al momento del cese y normalización del organismo, un traspaso ordenado y transparente relacionado con: 1) resolución y cobertura de juicios y demandas previos a la asunción de la nueva Comisión Directiva, 2) faltante de libros de actas, libros contables y documentación en general y 3) hechos que comprometen el normal desarrollo de la actual gestión a cargo de la Asociación Cooperadora.b) Cuáles son las acciones de infraestructura edilicia previstas por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, destinadas a resolver los graves problemas que en dicha área atraviesa el edificio escolar.c) Cuál es el motivo por el que las autoridades del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires han retirado el servicio de seguridad del establecimiento a la finalización de la intervención. Especificar las causas que determinaron tal decisión y cuál es el plazo previsto para la restitución de dicho servicio.d) Qué previsiones ha tomado el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación con la higiene del edificio, qué cantidad de personas integran la dotación de personal de limpieza y qué superficie deben atender. Detallar además, iniciativas tendientes a resolver el problema de la proliferación de ratas en el mismo.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

KRAVETZ, Diego

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

Han llegado a mi despacho miembros de la Comisión Directiva de la Asociación Cooperadora del Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández, recientemente constituida luego del cese de la intervención promovida desde el Gobierno de la Ciudad en el mes de mayo de 2007, quienes han manifestado su profunda preocupación en relación con la situación crítica por la que atraviesa el organismo que representan y algunos aspectos centrales de la institución, tales como infraestructura edilicia, limpieza del establecimiento y seguridad del mismo.

Sobre el particular, los representantes de la Cooperadora han hecho hincapié en las dificultades que encuentran a partir del irregular proceso de traspaso de la Intervención a la nueva Comisión Directiva y la necesidad de dar pronta respuesta a aspectos fundamentales como la falta de

Page 152: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 152 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

resolución y cobertura de costos de juicios y demandas realizadas durante la Intervención, temas que injustamente recaen sobre la actual gestión al frente de la Cooperadora.

La falta de documentación y libros contables también constituye una seria preocupación de los Sres. /Sras. Cooperadores/as por lo que necesitan que se normalice en el corto plazo la situación planteada.

Destacan asimismo los miembros de la Comisión Directiva de la Asociación Cooperadora el retiro que el Gobierno de la Ciudad dispuso del personal que cumplía funciones de seguridad en la escuela y la necesidad de su inmediata restitución.

Del mismo modo refieren las dificultades en la higiene del edificio, cono consecuencia de la falta de personal de limpieza, tema que el Ministerio de Educación de la Ciudad no resuelve y que genera un notable crecimiento de la población de roedores (ratas), configurando de este modo un panorama lamentable.

Por todo lo expuesto y en la convicción de que es necesario resolver rápidamente los problemas planteados, es que solicito la aprobación del presente

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos correspondientes y en un plazo no mayor de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los siguientes puntos:

a) Si es factible que al finalizar en sus funciones, la Intervención impuesta por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Asociación Cooperadora del Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández, haya procedido irregularmente al transferir la administración del organismo a la nueva Comisión Directiva. En caso afirmativo, enumerar las causas de tal anomalía y las acciones previstas a fin de normalizar la situación. b) En qué estado se encuentran la cobertura de gastos por juicios y demandas, los libros de actas y los libros contables de la Asociación Cooperadora de la institución. Detallar caso por caso.c) Qué acciones de infraestructura edilicia tiene previstas el Ministerio de Educación a fin de resolver los problemas existentes en el establecimiento. d) Por qué motivo las autoridades del Ministerio de Educación han retirado de la mencionada institución, el servicio de seguridad. Especificar las causas que determinaron tal decisión y cuál es el plazo previsto para la restitución de dicho servicio.e) Qué previsiones se han tomado en relación con la higiene del edificio, qué cantidad de personas integran la dotación de personal de limpieza y qué superficie deben atender. Detallar, además, iniciativas tendientes a resolver el problema de la proliferación de roedores.

Informes referidos a los Tratados, Acuerdos y Convenios celebrados por el Jefe de Gobierno

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Page 153: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 153 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará dentro de los treinta (30) días de recibida la presente respecto de los tratados, acuerdos y convenios celebrados por el Jefe de Gobierno, lo siguiente:

1. Cuál es el área encargada de analizar los tratados, acuerdos y convenios celebrados a fin de determinar si corresponde o no remitirlos a la Legislatura de la Ciudad para su aprobación o rechazo;2. Cuáles son los criterios a partir de los cuales se determina qué tratados, acuerdos y convenios son remitidos a la Legislatura de la Ciudad para su aprobación o rechazo;3. Si los criterios a los que hace referencia el inciso anterior son los mismos que los aplicados por los gobiernos anteriores. En caso negativo, qué criterios han variado y por qué.4. Si la Ciudad de Buenos Aires ha sido demandada en alguna oportunidad por vicios en la celebración de algún tratado, acuerdo o convenio por no haber sido el mismo remitido a la Legislatura de la Ciudad para su aprobación o rechazo. En tal caso, remita copia de las actuaciones.

Art. 2°.- De forma.

BELLO, Alicia

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La Constitución de la Ciudad establece en su Artículo 80, inciso 8, que la Legislatura de la Ciudad “aprueba o rechaza los tratados, convenios y acuerdos celebrados por el Gobernador”.

A simple vista puede verse que esta facultad del Poder Legislativo ha sido reconocida constitucionalmente sin ningún tipo de limitación. Sin embargo, el devenir de los años ha puesto en evidencia que no todos los acuerdos, convenios y tratados celebrados por el Poder Ejecutivo han sido remitidos a la Legislatura para su ratificación.

Muchos han interpretado la facultad que la Constitución otorga a la Legislatura en forma restrictiva, vinculándola con la facultad que el Artículo 104, inciso 3, confiere al Jefe de Gobierno y han sostenido que sólo corresponde enviar los convenios allí enumerados. Dicha interpretación, no obstante, carece de sustento en el debate de la convención constituyente y ha quedado refutada por el propio accionar del Poder Ejecutivo que ha remitido para su aprobación convenios suscriptos con asociaciones civiles, fundaciones, sindicatos, empresas, etc.

En otras palabras, las múltiples interpretaciones y la falta de reglamentación de la norma constitucional han generado una situación en la que resulta sumamente difícil saber a ciencia cierta qué convenios celebrados por el Poder Ejecutivo serán remitidos al Legislativo y cuáles no, lo cual resta transparencia y previsibilidad a los actos de gobierno.

El presente pedido de informes tiene por objetivo dilucidar estas cuestiones para poder luego elaborar una norma legal que establezca pautas claras para la aprobación de los tratados, acuerdos y convenios celebrados por el Jefe de Gobierno.

Es por ello, Señor Presidente, que solicito la aprobación de la presente Resolución.

Page 154: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 154 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Informes referidos al servicio de subterráneos y premetro de la Ciudad

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informará a esta Legislatura, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos respecto del servicio de Subterráneos y Premetro de la Ciudad:

1) Si SBASE lleva registro de la cantidad de interrupciones, servicios restringidos, demoras u otras irregularidades en la prestación del servicio de Subterráneos y Premetro de la Ciudad. En caso afirmativo proporcione la información correspondiente a los meses transcurridos durante el año 2008, especificando en cada caso: el tipo de irregularidad; la fecha y hora de comienzo y fin de la misma; la línea afectada; el número de las formaciones; las estaciones alcanzadas; y la causa de la irregularidad. En caso deque no se cuente con esta información, indique las razones.2) Las razones por las cuales el servicio de la Línea D se encuentra con demoras e interrupciones de servicio desde 2007 en manera intermitente, y “servicio con demoras” con carácter permanente desde la primera semana de julio a septiembre del año 2008. Perspectivas de continuidad de esta situación. 3) Informe si SBASE impulsa alguna acción tendiente a informar adecuadamente a los usuarios del servicio ante irregularidades en la prestación del servicio del tipo de las mencionadas ut supra.4) Informe sobre el mecanismo de procesamiento de reclamos por parte de los usuarios, e indique la cantidad de reclamos de usuarios recibidos durante el presente año y la respuesta brindada en cada caso

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

DI FILIPPO, Facundo

FUNDAMENTOS

Sra. Presidenta:

Creo conveniente a fin de iniciar el presente fundamento transcribir de la Pagina Web de SBASE, la intervención de la misma con respecto a la concesión del servicio de subterráneos, por su claridad, y su pertinencia, con respecto al presente proyecto. La misma reza:

“Los servicios de Subterráneos de la Ciudad de Buenos Aires fueron concesionados por el Estado Nacional a la empresa Metrovias S.A. 1/01/1994. Juntamente con los servicios locales del ex ferrocarril Urquiza. (sic)

“En tal contexto, la fiscalización y el control del contrato quedó en manos del Estado Nacional y hoy es ejercida por la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT).

“El Artículo 4º del Decreto PEN Nº 393/99, que aprobó la Addenda al Contrato de Concesión, previó la instrumentación de la transferencia del control de los servicios subterráneos y premetro comprendiendo tal transferencia el ejercicio de la fiscalización y control por la ciudad de Buenos Aires. Aunque por Ley 373 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Gobierno de la Ciudad adhirió al decreto nacional mencionado, el efectivo traspaso de dichas funciones nunca se materializó.

Page 155: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 155 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

“A pesar de que dichas funciones no fueron transferidas a la Ciudad, esta Sociedad en su estructura, realiza un seguimiento de los aspectos técnicos y de calidad del servicio prestado a los usuarios. Como así también el control de la situación patrimonial tanto de los bienes propios como de los otorgados en la concesión

“En tal contexto, SBASE efectúa: un seguimiento de las frecuencias de servicio, realiza relevamientos con el objeto de verificar el funcionamiento de escaleras mecánicas, ascensores y otras instalaciones. Asimismo monitorea variables que puedan incidir sobre la contaminación ambiental en el ámbito del subterráneo, como lo es la medición y el registro de ruidos y vibraciones. Además se atienden los reclamos de los usuarios que llegan a esta Sociedad en forma directa, o a través de diferentes organismos de la Ciudad, además de iniciativas originadas en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.”

Aclarando que esta enunciación de acciones efectuadas por SBASE no es taxativa, cabe agregar que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no efectuó las acciones judiciales correspondientes para obtener el efectivo traspaso del control y fiscalización de la concesión, y quien suscribe inició una acción de amparo al respecto, la cual fue desestimada porque el tribunal en cuestión consideró que no me encontraba legitimado para accionar en mi calidad de diputado de la Ciudad.

Asimismo, es de público conocimiento que durante el año se han verificado varios episodios de interrupción y demoras del servicio en varias Líneas, y particularmente en la Línea D.

En la mencionada Línea se verificaron demoras e interrupciones del servicio durante el 2007, agravada en los primeros meses del 2008, y el permanente estado de “Servicio con Demoras” verificado desde la segunda semana de julio del corriente año, sin haber brindado información pública al respecto, ni Mertrovías, ni SBASE.

Este problema trae consecuencias gravísimas para los usuarios. A saber, por las complicaciones mencionadas, el día 12 de agosto de 2008, a las 17 horas, aproximadamente, se interrumpió el servicio de la línea D entre estación S. Ortiz y estación Bulnes en dirección a Catedral por varios minutos, hasta que retrocedió la formación hasta S. Ortiz, con frenos intempestivos y avances bruscos que afectan la salud de los pasajeros. Ante el descontento de los usuarios intervino la Policía y hubo forcejeos.

No son condiciones a las que deben estar expuestos los ciudadanos y usuarios de la Ciudad de Buenos Aires y, como el caso concreto planteado, se verifican otros en cantidad. Asimismo se verifica en las estaciones Catedral y Callao, de la línea en cuestión, filtraciones de agua sobre los pasillos y luminarias, por lo cual es pertinente contar con la información, no sólo de estos casos sino también de toda la red.

Por lo expuesto es que consideramos que este cuerpo debe contar con la información requerida, por lo que solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto.

Declarar de interés cultural el “Primer concurso nacional de cuentos de fútbol, Roberto Santoro”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés cultural de la Ciudad al “Primer Concurso Nacional de Cuentos de Fútbol, Roberto Santoro”, organizado por

Page 156: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 156 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Ediciones Al Arco, primera editorial argentina e independiente de literatura deportiva, que se lanzará el día 27 de noviembre de 2008.

DI FILIPPO, Facundo.

FUNDAMENTOS

Sra. Presidenta:

En el marco del quinto aniversario Ediciones Al Arco, referenciada como el sello argentino de la “literatura deportiva”, lanza el “Primer Concurso Nacional de Cuentos de Fútbol”, el que tiene como premio para los diez cuentos ganadores la publicación de los mismos en una antología prevista para marzo de 2009.

El concurso organizado llevará el nombre de Roberto Santoro, periodista y escritor desaparecido por la dictadura en 1977.

La idea del concurso es la de crear un espacio para la literatura deportiva y, al mismo tiempo, generar un lugar en el que puedan expresarse los autores jóvenes siendo ésta una nueva posibilidad de publicación para autores jóvenes, inéditos y generalmente sin espacio en las editoriales tradicionales.

En estos cinco años, así, el sello ha permitido la publicación de más de 30 libros, muchos de ellos de escritores inéditos. Entre ellos el prestigioso periodista Horacio Pagani; y también de otras firmas reconocidas, como la del propio Juan Sasturain.

La cantidad de originales que recibe la editorial también impulsó el proyecto: sin capacidad financiera para la publicación “masiva” de escritores nuevos, el concurso permitirá al menos la difusión del material de al menos diez autores. La exigencia del jurado, en este sentido, garantizará la calidad de las obras seleccionadas.

Desde la aparición en 2003 de De Puntín, una antología de cuentos inéditos, la Editorial Al Arco sostuvo su ritmo de publicaciones, destacando entre muchos otros títulos: Picado Grueso, de Juan Sasturain (junto con Roberto Fontanarrosa y Osvaldo Soriano, un emblema de la literatura “futbolera”), El fútbol que le gusta a la gente, y Ópera prima de Horacio Pagani.

Además, y a través de prólogos, textos de contratapa o ilustraciones, la editorial también sumó a Eduardo Galeano, Jorge Valdano, el propio Fontanarrosa, Fernando Niembro, Víctor Hugo Morales, Alejandro Dolina, Juan Pablo Varsky, Alejandro Apo, Ezequiel Fernández Moores, Roberto Perfumo, Diego “Chavo” Fucks, César Luis Menotti, Jorge Gottling, Juan María Traverso, Diego Bonadeo, Manuel Pellegrini, Tomás Sanz, Fabián Casas, REP, Daniel Paz, Augusto Costhanzo y más.

En su historial, la Editorial contó con el apoyo de la Secretaría de Deportes de la Nación y la Dirección de Deportes de la Ciudad de Buenos Aires, las que declararon de interés el libro Deportes, Desaparecidos y Dictadura, de Gustavo Veiga. También la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, declaró de interés cultural la Semana Al Arco, una serie de jornadas multidisciplinarias (presentación de libros y cortometrajes de fútbol, mesas redondas, exhibición de coleccionistas y fotografías), realizadas en la bodega del legendario Café Tortoni a fines del año 2005.

Page 157: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 157 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Al Arco participó con cuatro cuentos en la campaña de lectura “Leer también es una pasión”, organizada por el Ministerio de Educación y Cultura de la Nación en diferentes estadios de fútbol del país, y recibió el premio Estímulo de Tea/DeporTEA.

Continuando con su tarea cultural esta Editorial lanza el Primer Concurso Nacional de Cuentos de Fútbol.

Por lo expuesto es que solicito la aprobación de la presente declaración.

Informes referidos a la permanente situación de colapso eléctrico en las villas de la Ciudad

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través de los organismos correspondientes, responderá a esta Legislatura dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos vinculados con la permanente situación de colapso eléctrico en las villas de la Ciudad, a saber:

1. Indique cuál es el organismo dependiente del Gobierno de la Ciudad que en la actualidad se encarga de resolver el problema de riesgo eléctrico en las villas de la Ciudad.2. Indique si existe un sistema de atención de urgencias para afrontar las problemáticas del suministro eléctrico en villas. En caso afirmativo, especifique en qué consiste dicho sistema.3. Indique si se ha implementado el “Plan de Tendido Eléctrico” para la Villa 31 bis.4. Indique qué medidas se están implementando para atender la emergencia eléctrica en el Asentamiento Rodrigo Bueno.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

DI FILIPPO, Facundo

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

El servicio eléctrico en las villas de emergencia de la Ciudad es uno de los tantos servicios públicos que se prestan de manera deficitaria. A diferencia de otros barrios de la ciudad, se provee de energía a los barrios más pobres de la Ciudad mediante un sistema particular.

El sistema de distribución de energía es organizado de forma tal que las empresas privatizadas sólo proveen el servicio en la periferia de las villas sin encargarse de su provisión al interior de los barrios. Entonces el Gobierno porteño es el encargado de establecer redes provisorias de distribución que permitan la llegada de luz a las viviendas.

Estas conexiones suelen ser informales y precarias, características que continuamente exponen a los habitantes de estos barrios a situaciones de riesgo para su vida.

En el interior de las viviendas, las conexiones individuales las realiza cada vecino, razón por la cual, en muchos casos carecen de las cualidades técnicas mínimas indispensables, y por lo tanto son sumamente reiterados los incendios en villas y asentamientos provocados por estas

Page 158: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 158 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

instalaciones deficientes. Las sobrecargas se producen especialmente en invierno, dado que por el excesivo precio de las garrafas se utilizan calefactores eléctricos, y éstos muchas veces provocan cortocircuitos.

En numerosas oportunidades, los barrios más pobres de la ciudad han sufrido incendios debido a irregularidades en la prestación e instalación de este servicio. En sucesivas visitas a las villas y de habitantes que se han acercado a la Comisión de Vivienda, se acumularon múltiples relatos de vecinos que sufrieron o presenciaron algún siniestro. Delegados, representantes y vecinos refieren que ante situaciones de urgencia no cuentan con un servicio de emergencias al cual acudir, y si éste existe, no lo conocen, ya que no se difunde adecuadamente.

Los hechos descriptos han ocasionado accidentes que, en muchos casos, han sido reflejados por los medios de comunicación. Se repiten las noticias que dan cuenta de incendios en diversas villas la ciudad de Buenos Aires, a veces con saldos de muertos o heridos, muchas veces ocasionados por desperfectos eléctricos y/o cortocircuitos producidos por la precariedad de las instalaciones *.

En este sentido, la Defensoría del Pueblo de esta Ciudad aprobó una serie de resoluciones sobre el servicio de electricidad en las villas. Con respecto al caso del asentamiento denominado “Villa Costanera Sur - Rodrigo Bueno”, en la resolución Nº 3922/05*, sostiene haber recibido denuncias de vecinos respecto a que “el sistema de conexiones individuales y la existencia de un medidor colectivo, provoca que ante la interrupción del servicio o una baja de tensión los vecinos no tengan a quién reclamar”.

En la actualidad, las manzanas 7, 8, 9, 11, 12, 13, 14, 103 y 104 de la Villa 31 bis se encuentran en permanente riesgo de colapso eléctrico y de incendio, dado que las fases se encuentran sobrecargadas y las conexiones eléctricas son sumamente precarias. Empeoran la situación varios postes quebrados apoyados sobre las viviendas, cables en mal estado tendidos sobre techos de madera y conexiones que con alta frecuencia entran en cortocircuito*.

Estos relatos puntuales son sólo la muestra de una situación estructural que se repite en todas las villas y asentamientos de la ciudad, que requiere para su solución una intervención estatal urgente.

Por lo expuesto es que solicito la aprobación del presente pedido de informes.

Informes referidos a autorizaciones para la realización de festivales en diversos predios en la Ciudad

*Diario La Nación, “Crecen los asentamientos paralelos a las vías” http://www.lanacion.com.ar/herramientas/SoloTexto/Nota.asp?nota_id=883443Diario La Nación, “Incendio en la villa 31 de Retiro”, 27 de junio de 2006 http://www.lanacion.com.ar/archivo/nota.asp?nota_id=818382&origen=acumulado&acumulado_idDiario Clarín, “Incendio en villa 31” 2 de enero de 2004 http://www.clarin.com/diario/2004/01/02/h-04003.htmDiario Página/12, “Incendio” http://www.pagina12.com.ar/diario/sociedad/3-77253-2006-12-05.htmlDiario La Nación “Cortan por dos horas los accesos a Retiro” 1 de junio de 2007 http://www.lanacion.com.ar/913538“Reclamo y colapso frente a la villa 31”. Diario Clarín, 11/07/08, página 39.* http://www.defensoria.org.ar/institucional/resoluciones/r3922-05.doc

* Denuncia realizada por ACIJ dirigida al Presidente del IVC, Ing. Roberto Apelbaum, sobre la situación de grave riesgo eléctrico. Abril de 2008.

Page 159: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 159 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, que proceda a informar, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre las siguientes cuestiones:

1) Detalle y acompañe habilitación del Gobierno de la Ciudad para la realización de los eventos denominados “Pepsi Music 2008”, desarrollado durante los meses de septiembre y octubre de 2008 en el predio del Club Ciudad de Buenos Aires, sito en la Av. Libertador 7501.2) Detalle y acompañe habilitación del Gobierno de la Ciudad para la realización del evento denominado “Personal Fest”, desarrollado durante el 31 de octubre y 1° de noviembre de 2008 en el predio del Club Ciudad de Buenos Aires sito en la Av. Libertador 7501.3) Detalle y acompañe habilitación del Gobierno de la Ciudad para la instalación de los carteles publicitarios en el frente del Club Ciudad de Buenos Aires sito en la Av. Libertador 7501 y en el Club de Gimnasia y Esgrima (GEBA).4) Detalle habilitación para la realización del recital de la cantante Kylie Minogue, a desarrollarse el 15 de noviembre de 2008 en el Club de Gimnasia y Esgrima (GEBA), Sede Jorge Newbery, sito en la Av. Figueroa Alcorta 5575.5) Desarrolle la compatibilidad entre las actividades e instalaciones detalladas en los incisos anteriores y las siguientes normas:a) Ordenanza 33.919 (Normas Urbanísticas para los Clubes).b) Ley 449 (en lo referente a la declaración de Área de Protección Histórica -APH del Parque 3 de Febrero y Urbanización Parque, UP).c) Ordenanza 47677 (Concesiones en Espacios Verdes)6) Detalle si se ha realizado el procedimiento previsto en la Ley 123, de Evaluación de Impacto Ambiental, para la realización de los eventos y acciones detallados, principalmente sobre el evento a realizarse en el club GEBA, atento su evidente impacto sobre el Parque 3 de Febrero. En caso afirmativo acompañe copia de los respectivos expedientes.7) Detalle el encuadre de la tributación fiscal de la ciudad y los tributos, impuestos o tasas percibidos por el Gobierno de la Ciudad por la realización de tales eventos, incluyendo los servicios de alimentación. En cuanto a este último punto detalle acciones del Gobierno de la Ciudad en relación a la verificación de las normas sanitarias.8) Detalle en relación a la operación de venta de la Ciudad de Buenos Aires al Club Ciudad de Buenos Aires del predio que actualmente ocupa dicho entidad deportiva:a) Si existe cláusula de condición resolutoria. En caso afirmativo, acompañe la misma y detalle las acciones realizadas por la Ciudad para el cumplimiento de la misma. Detalle la compatibilidad de dicha cláusula resolutoria con la realización de los eventos detallados en el presente pedido de informes. b) Detalle si dicha operación de compraventa fue formalizada mediante escritura pública. En caso negativo explique motivos de dicha omisión y si el Gobierno de la Ciudad asume el pago de algún servicio o impuesto.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

DI FILIPPO, Facundo

FUNDAMENTOS

Sra. Presidenta:

Page 160: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 160 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Resulta conocido que dentro de los Clubes señalados se realizan eventos masivos. Así, entre otros, dentro del Club Ciudad de Buenos Aires se ha realizado en días sucesivos el denominado PEPSI MUSIC. También se anuncian para el mes de noviembre la realización de recitales dentro del Club de Gimnasia y Esgrima.

El objeto del presente pedido de informes, además de obtener copia de los expedientes administrativos que habilitan la realización de tales eventos, es conocer la compatibilidad y aplicación de las Ordenanzas 33919, 47677 y la Ley 449, Código de Planeamiento Urbano.

Por su parte, la Ordenanza 33919 fija normas urbanísticas para los clubes deportivos con instalaciones al aire libre como los mencionados. La misma dispone que los terrenos deben ser destinados exclusivamente a actividades culturales, recreativas, sociales y deportivas, y sólo se admiten actividades comerciales complementarias de servicio para los socios del club; también establece pautas respecto del FOT y FOS máximo permisible, retiros y alturas máximas de edificación, tratamiento paisajístico, la prohibición de todo tipo de publicidad y la obligatoriedad de que toda obra de construcción o modificación en los clubes debe contar con la aprobación del Consejo de Planificación Urbana. 

Por su parte, el Parque 3 de Febrero es Distrito Urbanización Parque (UP), está protegido por la Ley Nacional 24257 y además, es Área de Protección Histórica. Todo esto significa que tiene un nivel de protección que merece una especial atención.

El fuerte impacto ambiental negativo de eventos masivos como los mencionados, unido al tránsito de vehículos, es evidente a simple vista.

También resulta pertinente conocer si la operación de compraventa por parte de la Ciudad al Club Ciudad de Buenos Aires tenía una cláusula de condición resolutoria, los términos de la misma, la compatibilidad de dicha cláusula con las actividades desarrolladas en dicha entidad deportiva y las acciones de la Ciudad para verificar el cumplimiento de la misma.

Por todo ello, sumado a que los eventos se realizan en Distrito Urbanización Parque, es que solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.

Declarar de interés social y cultural las actividades de festejo por el “Día del Barrio de Liniers”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés social y cultural de la ciudad las actividades de festejo por el “Día del barrio de Liniers”, que se realizan el día 18 de diciembre de cada año.

ABREVAYA, Sergio

FUNDAMENTOS

Sra. Presidente:

La Ley 309, sancionada el 2/12/1999, de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dice: Institúyese el día 18 de diciembre de cada año como “Día Del Barrio De Liniers”.

Page 161: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 161 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Lo que es hoy el barrio de Liniers estaba integrado por diversas estancias y chacras que rodeaban la ciudad y que con posterioridad fueron anexadas al inmenso partido de San José de Flores.

El 29 de agosto de 1957 se realizó el viaje ferroviario inaugural en nuestro país. La estación de cabecera, denominada Del Parque, se alzaba donde se encuentra emplazado el Teatro Colón y luego de un trayecto de algo menos de diez kilómetros se llegaba a la estación La Floresta. Prosiguió el tendido de rieles hacia el oeste llegando a la actual estación Ramos Mejía en 1858.

A comienzos de 1872, más precisamente el 19 de enero, por Acta del Directorio de la Empresa ferroviaria se otorga al peticionante Francisco Sosa la pertinente autorización para instalar una pequeña estación. El 18 de diciembre del mismo año se convino en que la misma fuera denominada Liniers. Las Hermanas de la Casa de Ejercicios sugirieron que la estación llevara el nombre del héroe de las Invasiones Inglesas por haber sido éste un benefactor de la Congregación.

En su etapa inicial el barrio suponía un damero de proporciones mínimas en torno de la estación ferroviaria, cuya extensión rumbo al Norte no sobrepasaba el camino de “Gauna”. El extenso sector ubicado con rumbo Sur de la actual Avenida Rivadavia ofrecía una visión pastoril, matizada por dilatadas quintas y escasos pobladores.

El 30 de setiembre de 1875 se inauguró la primitiva capilla de San Cayetano, en ceremonia presidida por el arzobispo de la Provincia de Buenos Aires, en un predio donado a las Religiosas de la Sociedad del Divino Pastor, quienes también asumieron la construcción del colegio. La devoción a San Cayetano, patrono del pan y del trabajo, ha cundido con sincero fervor entre los feligreses y al celebrarse su festividad el 7 de agosto de cada año, una multitudinaria procesión se realiza por las calles vecinas al templo.

A comienzos de este siglo la Empresa de Ferrocarril del Oeste comenzó a erigir los numerosos edificios y demás instalaciones de los talleres ubicados en las adyacencias de la estación. Tales actividades significaron un paulatino incremento de la construcción de viviendas como así también el afincamiento de apreciable número de pobladores.

La frecuente subdivisión de las antiguas quintas y otras extensas fracciones se acentuó durante la segunda década. Según lo expuesto, cabe deducir que la etapa de formación de Liniers comenzó en ese entonces y continuó sin pausa, hasta transformarse en el populoso barrio que es actualmente y en el que se desarrolla una importante actividad comercial y cultural, que no podemos dejar de destacar.

El barrio de Liniers cumple este mes de diciembre 136 años. Todos los años se realizan festejos que comienzan a las 18hs, contemplando una misa en el Santuario San Cayetano, y se extienden hasta las 21. Se entregan menciones de reconocimiento a vecinos participativos, funcionarios, representantes de la cultura y fuerzas vivas, por el aporte diario que realizan a favor del crecimiento, desarrollo y convivencia del barrio, estando presentes instituciones, colegios y centros de jubilados de la zona. El festejo incluye murgas, un festival artístico y se recibe la tan esperada visita de Papá Noel, quien es trasladado en Autobomba y escoltado por la Policía Federal Motorizada.

Entendemos que los festejos que todos los años se repiten en la ciudad en ocasión del día de cada barrio son eventos de vital importancia para el desarrollo de identidad barrial y una más oportunidad más para la participación y refuerzo de vínculos sociales entre los habitantes. Organizados por vecinos y asociaciones con tiempo y recursos propios, merecen dichos festejos el reconocimiento que proponemos.

Page 162: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 162 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por lo expuesto solicito la aprobación de la presente declaración.

Informes referidos al programa “Retención escolar de alumnas embarazadas, madres y de alumnos padres en

escuelas medias y técnicas de la Ciudad de Buenos Aires”

DESPACHO 705

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El expediente 1700-D-2008, de resolución, de la diputada Maffía, referido a solicitar informe sobre el Programa “Retención Escolar de Alumnas Embarazadas, Madres y de Alumnos padres en Escuelas Medias y Técnicas de la Ciudad de Buenos Aires”, y

Considerando:

Que el Programa “Retención escolar de alumnas embarazadas, madres y de alumnos padres en Escuelas Medias y Técnicas de la Ciudad de Buenos Aires” comenzó a funcionar en 1999 en escuelas medias y técnicas de Villa Lugano, Villa Soldati, La Boca y Barracas en el marco del Programa ZAP.

Que a partir del ciclo lectivo 2001 el programa pasó a depender jerárquicamente de la Dirección de Área de Educación Media y Técnica (Resolución 670/03). En la actualidad depende de la Coordinación de Inclusión Social.

Que son sus objetivos generales:

- Integrar e inscribir un lugar en la escuela media para el abordaje de esta temática: embarazo y maternidad/paternidad adolescente, fortaleciendo y acompañando de este modo el derecho a la educación de estos/as alumnos/as.- Implementar estrategias institucionales que permitan la inscripción de la diversidad en la escuela y que impidan acciones y discursos de expulsión y segregación hacia los alumnos. - Difundir el reconocimiento de los adolescentes como sujetos de derecho y a la escuela como una institución que tiene la responsabilidad de garantizar el derecho a la educación.

Que en la actualidad, cuenta con la participación de 372 alumnas embarazadas, 883 alumnas madres y 225 alumnos padres, sumando un total de 1480 alumnos participantes del programa en 118 establecimientos de Educación Media y Técnica, Escuelas Normales y Educación Artística.

Que el apoyo y fortalecimiento de políticas públicas como ésta nos permiten pensar en un proyecto educativo inclusivo, que garantice el derecho a la educación de todas y todos los ciudadanos, asegurando su calidad y excelencia.

Que en este sentido, cualquier iniciativa que atente contra su continuidad, pone en riesgo no sólo el ejercicio de un Derecho Humano fundamental, sino también una de las herramientas indispensables para potenciar el desarrollo de la ciudad, como lo es la formación y capacitación de sus recursos humanos.

Page 163: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 163 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por todo lo expuesto, esta Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología aconseja la sanción de la siguiente:

RESOLUCIÓN 592/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad, que a través del organismo que corresponda, informe en un plazo de 30 (treinta) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos referidos al Programa “Retención Escolar de Alumnas Embarazadas, Madres y de Alumnos padres en Escuelas Medias y Técnicas de la Ciudad de Buenos Aires”:

a) Informe si por Resolución 4830/MEGC/2007 sólo se dispuso, a la actualidad, de 4320 horas cátedras de las 6000 que el Decreto 1451/07 establece para la implementación del Programa “Retención escolar de alumnas embarazadas, madres y de alumnos padres en Escuelas Medias y Técnicas de la Ciudad de Buenos Aires”. De ser así explique las medidas.b) Si se procedió a la contratación por medio de la modalidad “locación de servicios” del personal que, desde el mes de marzo del corriente año, desarrollan tareas en el citado programa, y que por Decreto 1451/07 deberían designarse mediante la disposición de horas cátedras.c) Motivo por el cual no fueron abonados al personal citado los salarios correspondientes al mes de ingreso (marzo de 2008). Asimismo informe, de corresponder, plazo en que se saldará dicha deuda.

Art. 2 °.- Comuníquese, etc.

Sala de la comisión: 16 de septiembre de 2008. OLIVERA, Enrique; ALEGRE, Gabriela; MAFFÍA, Diana; WALSH, Patricia DE ANDREIS, Fernando; LUBERTINO, Mónica; MOSCARIELLO, Oscar y MARTÍNEZ BARRIOS, Diana, en disidencia parcial.

Beneplácito al conmemorarse el 27º aniversario de la declaración sobre la eliminación de todas las formas de

intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su beneplácito al conmemorarse el 27º aniversario de la “Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones”, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981.

MORALES GORLERI, Victoria.

Señora Presidenta:

Me dirijo a Usted, y por su intermedio, al Cuerpo Legislativo que preside a fin de considerar la siguiente iniciativa.

Page 164: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 164 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El 25 de noviembre de 1981 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre la eliminación de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión y las convicciones.

La importancia reside en que ésta declaración explicita los contenidos de la libertad de religión y de convicción que proclamara la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 y el Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles de 1966, Artículo 18º.

La Resolución 36/55, de la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, es el instrumento internacional que más específica y enfáticamente ha proclamado el derecho fundamental a la libertad religiosa, explicitando los distintos derechos que tanto para los individuos como para las comunidades religiosas, derivan del mismo.

En su considerando, se destaca “que la religión o las convicciones, para quien las profesa, constituyen uno de los elementos fundamentales de su concepción de la vida y que, por tanto, la libertad de religión o de convicciones debe ser íntegramente respetada y garantizada”, y “que el desprecio y la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular el derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de cualesquiera convicciones, han causado directa o indirectamente guerras y grandes sufrimientos a la humanidad…”.

La noción religión, de acuerdo a lo que señala Gentile, “… responde a la tradición judeo cristiana occidental, es decir, un conjunto más o menos coherente de creencias relativas a un ser supremo, al que se rinde culto, las cuales comportan una particular concepción del mundo y del hombre y correlativamente, ciertas exigencias éticas para el individuo. La libertad religiosa implica la protección de este derecho humano a creer y actuar, como también el derecho a no creer ni pertenecer a ninguna religión”. (Por qué una Ley de Libertad Religiosa, Jorge Horacio Gentile, CALIR; 2003).

La Declaración de la ONU es heredera de la mejor doctrina pastoral en la materia, como es la “Declaración sobre la Libertad Religiosa” del Concilio Vaticano II, promulgada el 7 de diciembre de 1965 bajo el nombre “Dignitatis Humanae” y expresión universal de la mejor doctrina filosófica, jurídica y constitucional de nuestro país, que alcanzó su consagración 153 años atrás con la sanción de nuestra Constitución Nacional, que en su Artículo 14 garantizó la libertad de culto.

Más allá de su sentido permanente, la Declaración de las Naciones Unidas cobra vigencia inapelable a la luz de la grave inestabilidad política mundial que vivimos hoy en día, fruto de la creciente violencia derivada de las diferencias religiosas y culturales entre pueblos y naciones, etapa que creíamos superada algunos años atrás, pero que castiga con fuerza a buena parte de la humanidad, con su secuela de odio, muerte y destrucción. 

Nuestro país, si bien alejado de los centros mundiales de conflicto, no fue inmune a los reflujos del fanatismo y su expansión internacional y sufrió en carne propia las consecuencias del odio racial y religioso con los ataques a la Embajada de Israel y a la sede de la AMIA. Esto no ha hecho más que demostrar que la paz no está ganada por su simple declamación sino que se construye todos los días, con acciones y conductas dirigidas a formar conciencias y sembrar virtudes. Y en la Argentina, a pesar de su rica tradición interreligiosa, aún resta mucho por hacer.

En ese sentido, la armónica convivencia entre los fieles de todos los credos y el paulatino pero incesante acercamiento de las dirigencias eclesiásticas, es la que posibilitó que en los últimos

Page 165: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 165 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

años prosperaran importantes emprendimientos ecuménicos o interreligiosos, entre los cuales, merece un lugar destacado la creación del Consejo Asesor Para la Libertad Religiosa (CALIR).

En mayo de 2000, la Secretaría de Culto de la Nación convocó a un grupo asesor integrado por juristas y personas de reconocida trayectoria en temas referidos a la libertad religiosa pertenecientes a distintas confesiones y tradiciones religiosas, aunque sin representarlas institucionalmente. Finalizada su tarea y ya desde el ámbito privado, sus integrantes decidieron, en forma unánime, constituir el Consejo Argentino para la Libertad Religiosa con el propósito de seguir trabajando en la difusión de estos valores.

Como resultado de dicho empeño, vio a la luz, en noviembre de 2003, el libro La Libertad Religiosa en la Argentina. Aportes para una legislación, (1ª Ed. Buenos Aires, Konrad Adenauer, 2003), publicación de Calir que desarrolla a lo largo de 11 capítulos, distintos aspectos de la cuestión.

Escriben allí Pedro J. Frías sobre “La libertad religiosa en occidente”, Ángel M. Centeno sobre “La convivencia religiosa en la Argentina contemporánea”, Norberto Padilla sobre “Ciento Cincuenta Años después”, Jorge Horacio Gentille sobre “Por qué una ley de libertad religiosa”, Roberto Bosca sobre “La libertad religiosa en el Magisterio de la Iglesia Católica”, Raúl Scialabba sobre “Los bautistas y la libertad religiosa”, Susana El Kadri de Hallar sobre “El Islam y el orden jurídico”, Mario Ringler sobre “Historia y Memoria de un judío argentino”, Hilario Wynarczyk sobre “Los evangelios en la sociedad argentina, la libertad de cultos y la igualdad. Dilemas de una modernidad tardía”, Ricardo Docampo sobre “La personería jurídica de las iglesias y comunidades religiosas en el Anteproyecto de Ley de Libertad Religiosa. La igualdad religiosa” y Juan G. Navarro Floria sobre “Una nueva Ley de Cultos para la Argentina”. 

En oportunidad del atentado terrorista a las Torres Gemelas de la ciudad de New York en los Estados Unidos, el 11 de septiembre de 2001, se celebró una multitudinaria ceremonia al día siguiente en la Plaza de la República, al pie del Obelisco. El motivo principal fue orar por la paz en el Mundo; las invocaciones estuvieron a cargo de sacerdotes católicos, rabinos, ministros musulmanes, budistas, hinduistas, evangélicos, cristianos ortodoxos, anglicanos y pastores armenios, entre otros.

Como reciente ejemplo de ello debemos mencionar lo ocurrido en la Plaza de Mayo de esta Ciudad de Buenos Aires el 27 de abril de 2006, cuando la Iglesia Católica, la Evangélica, el Centro Islámico y el rabino Daniel Goldman participaron junto con miles de alumnos de sus respectivos colegios de una invocación a Dios para el fortalecimiento y extensión de la labor educativa.

Nuestro país, y particularmente nuestra ciudad, dan al mundo ejemplos claros de convivencia y diálogo interreligioso. Esta actitud arraigada en nuestra cultura ha consolidado la conducta moral que enriqueció la identidad de nuestra Nación.

La Ley 2140 de nuestra ciudad instituyó el 25 de noviembre como el Día de la Libertad Religiosa, marcando un hito en la protección de las libertades proclamadas en estas tierras desde hace casi dos siglos y por las naciones del mundo. Recordarlas y que las celebremos en su nombre, nos llevará a forjar mejores hombres para el futuro.

Por lo anteriormente expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto de Resolución.

Page 166: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 166 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Adhesión a la conmemoración del 20º aniversario de la fundación e inicio de actividades del Centro Cultural Lola

Mora

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la conmemoración del Vigésimo Aniversario de la Fundación e inicio de actividades del Centro Cultural Lola Mora, el día veintinueve de noviembre del corriente.

MEIS, Marcelo

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

En el año 1988 surge el Centro Cultural Lola Mora de acuerdo a la iniciativa y pedido de los vecinos que –hasta ese momento– concurrían al Centro Cultural Alfonsina Storni, ubicado en el barrio porteño de Caballito. Si bien su consumación se produce primero como un anexo de este último, es tal el auge que al año siguiente, en 1989, adquiere autonomía propia

Como parte de la identificación barrial que el Centro Cultural Lola Mora ofrece, es propósito revalorizar por su intermedio al rostro anónimo que día a día artistas, bailarines, músicos, artesanos, poetas, historiadores y vecinos tratan de impulsar, desde una concepción que ubica, entiende, y concibe al barrio como célula primaria del tejido social de la ciudad, y este tipo de instituciones como verdadera meta que redunda en la vigencia de un ámbito propicio para canalizar las inquietudes del vecino y su inconmensurable poder de creación.

El “Lola” en el 2008, cumple 20 años. Más allá de los cambios que se fueron manifestando a lo largo de sus años de existencia, vale reconocer que aquellos propósitos fundacionales siguen igualmente vigentes, cambiando, o adecuándose a las circunstancias impuestas por las modificaciones que se fueron dando en la Ciudad.

El Centro Cultural Lola Mora, al igual que tantos emprendimientos culturales y sociales distribuidos en toda la Capital Federal, procura que el vecino vivencie y entienda el propio espacio de interacción como un ámbito común de reunión y actividades compartidas con y desde el barrio, así como también como una instancia desde donde resulta posible canalizar las propuestas que surjan de las diferentes actividades. El trabajo es intenso; mediante el esfuerzo altruista y colectivo se desarrolla un permanente trabajo en red cuyo objeto es la racionalización y optimización de los recursos escasos, así como la generación de información de la que luego abrevan diferentes establecimientos escolares, o unidades académicas. Dicho de otro modo: el Centro Cultural cumple con un valioso objetivo desde lo estrictamente humano, al reunir a la familia y estimular su necesaria vigencia.

Más allá de que la danza sea una de las disciplinas con mayor desarrollo y despliegue, también lo es la comunicación y la expresión artística en sus diferentes expresiones; con más de 50 talleres que reúnen niños desde los 6 años, adolescentes, jóvenes, adultos, o adultos mayores. Incluso para este último segmento social el Centro, como alternativa real frente a la soledad, representa un verdadero segundo hogar.

Asimismo se llevan a cabo diversas y permanentes actividades gratuitas durante los fines de semana y feriados, donde se destaca el lugar de la “Milonga del Lola”, integrado

Page 167: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 167 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

merecidamente en el circuito tanguero, a partir de la cita que convoca y reúne, los primeros sábados de cada mes, a vecinos de diferentes barrios para disfrutar de la tangueada, sin dejar de incluir también a una gran concurrencia de extranjeros que asisten con el objeto de conocer un circuito no tradicional.

Otras de las particularidades del Centro son los Murales que surgen de la labor plástica, tratando de reflejar la historia, enriquecer y embellecer los muros ciudadanos a través de temáticas como la historia del tranvía, el barrio en los años 40, y tantos otras, como las que se pueden encontrar en la intersección de las avenidas Directorio y Emilio Mitre, o en la esquina de José Bonifacio y Emilio Mitre.

Señor presidente, es por todo lo expuesto que solicito la aprobación del presente Proyecto de Declaración.

Beneplácito por la realización de las “1ª Jornadas de enfermería prehospitalarias”

DESPACHO

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 2695-D-2008, de autoría de la diputada María Eugenia Rodríguez Araya, por el que solicita se declare de interés la realización de las Jornadas de Enfermería Prehospitalarias, y

Considerando:

Que dado el continuo crecimiento de las distintas situaciones de urgencias y emergencias que se viven dentro de la ciudad, el SAME se ve en la obligación de rediseñar una nueva estructura con un perfil acorde a estos cambios que contemple la distribución de bases operativas prehospitalarias adaptándolas a las distintas condiciones diarias, con el fin de cubrir las expectativas de la población y mantener los parámetros internacionales de salud.

Que con este concepto y una nueva apuesta a la mejor calidad de atención, se agregó un tercer agente de salud en nuestras ambulancias, que en el caso de nuestra ciudad es el “Enfermero de Atención Prehospitalario”.

Que a través de la Ley 1883, Ley de Gestión de Emergencias Médicas del 2006, se incorpora a los enfermeros en los móviles y bases extrahospitalarias (Cap. 3º; Art 12; inc. B), fijando exigencias específicas de capacitación (Art. 13; inc. C), reafirmando la dotación de los móviles comprendidos por médicos, enfermeros y chóferes. En función de cumplir la misma y desde las perspectivas del ejercicio profesional, la participación de la enfermería en el prehospitalario está amparada por la Ley 298 de la CABA y la Ley Nacional 24.004 del 2006.

Que el objetivo de estas jornadas que se realizarán en el Auditorio del Teatro General San Martín, es resaltar el rol y el perfil del enfermero en el prehospitalario brindando un mejor soporte en la atención crítica del paciente, la familia y la comunidad, en busca de una más segura, eficaz y rápida actuación de quienes puedan intervenir en una emergencia o urgencia.

Page 168: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 168 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que las Jornadas son sin costo de inscripción, y contemplan dentro de su programa aspectos relacionados con Atención Prehospitalaria, Adversidades en la Escena, Respuesta frente a Víctimas Múltiples Articulación con el Área Crítica, Bioética, Aspectos Legales, etc.

Por lo expuesto, esta Comisión de Salud aconseja la aprobación de la siguiente

DECLARACIÓN 558/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su beneplácito por la realización de las “1º Jornadas de Enfermería Prehospitalarias” organizadas en forma conjunta por el grupo de enfermeros afectados al Sistema de Atención Medica de Emergencia (SAME) de la CABA y la Dirección General Adjunta de Enfermería de la CABA, a efectuarse en el Teatro General San Martín el 29 de noviembre del corriente año.

Sala de la comisión: 19 de noviembre de 2008.SAYA, Lidia; RODRÍGUEZ ARAYA, María; LUBERTINO, Mónica; BELLO, Alicia; OLIVERA, Enrique; MAFFÍA, Diana y ALEGRE, Gabriela.

Declarar de interés la “Caminata abierta a la comunidad por la donación solidaria de órganos y tejidos para transplante”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Declárese de Interés de la Legislatura de La Ciudad de Buenos Aires la “Caminata Abierta a la Comunidad por la Donación Solidaria de Órganos y Tejidos para Trasplante”, organizada por la Asociación de Deportistas Trasplantados de la República Argentina (Adetra) que se realizará el 30 de noviembre en el Parque Sarmiento, de la CABA.

RODRIGUEZ ARAYA, María

FUNDAMENTOS

Sra. Presidenta:

Con el objetivo de brindar un mensaje especial a la comunidad sobre la importancia de la Donación de Órganos y Tejidos para Trasplante y en el marco de cierre de los “VII Juegos Argentinos y IV Juegos Latinoamericanos para Deportistas Trasplantados”, Adetra organiza una Caminata Abierta a la Comunidad por la Donación Solidaria de Órganos y Tejidos para Trasplante, el 30 de noviembre por la mañana en el Parque Sarmiento.

La actividad implica realizar una prueba aeróbica dirigida a toda la familia, de 3km en el circuito del Parque Sarmiento. El objetivo es llegar, caminando o trotando, pero fundamentalmente participar, compartir y disfrutar.

Después del trasplante, una persona a la que se le trasplanta un órgano desarrolla una vida normal y plena, pueden realizar actividad física como cualquier persona, sin impedimentos para hacerlo, y a través de este evento lo van a demostrar.

Page 169: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 169 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

A través del deporte se demuestra la calidad de vida de que puede gozar una persona que ha recibido un trasplante.

Colaborar en la promoción de la actividad deportiva para trasplantados brinda a los pacientes, el estímulo que representa para aquellos que están en lista de espera y la imagen que trasmite a la sociedad respecto del valor de la donación de órganos. En definitiva, a través del deporte se demuestra la calidad de vida que puede gozar una persona que ha recibido un trasplante.

La Asociación de Deportistas Trasplantados de la República Argentina (Adetra) es una organización no gubernamental sin fines de lucro, que desde 1996 promueve la participación de las personas trasplantadas a realizar deporte. Su misión se orienta a alentar las prácticas deportivas de las personas trasplantadas y a transmitir la calidad de vida lograda gracias a los trasplantes. En la actualidad, cuenta con 200 miembros activos en todo el país, cada dos años organiza los Juegos Argentinos y Latinoamericanos para Deportistas Trasplantados y participaron en 6 Juegos Mundiales para Trasplantados donde conquistaron un total de 137 medallas. Este logro posiciona a la delegación argentina entre las mejores del mundo.

La inscripción al evento es libre y gratuita, sin límites de edad para participar, pero los menores de 18 años deberán estar autorizados por sus padres o tutores. Dado el carácter recreativo de la prueba no se realizará clasificación general ni tampoco por categoría de edades.

Asimismo en el lugar se ubicará una mesa de Donación e Información donde se brindarán materiales ilustrativos de difusión y la posibilidad de manifestar la voluntad de ser donantes a todas aquellas personas que así lo deseen.

Es por lo expuesto, sra. Presidenta, que solicito la aprobación del presente proyecto.

Declarar de interés deportivo los certámenes finales del “67º abierto argentino de pato”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Decláranse de Interés Deportivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los certámenes finales del “67º Abierto Argentino de pato” organizado por la Federación Argentina de Pato, a desarrollarse los días 7 y 13 de diciembre de 2008 en el Campo Argentino de Polo.

DI STEFANO, Patricio

FUNDAMENTOS

Señora presidenta:

La Federación Argentina de Pato, asociación sin fines de lucro creada en 1941, tiene por finalidad fomentar, dirigir, y difundir el juego de pato, organizar los torneos y velar por la aplicación de los reglamentos, a la vez que orienta y promueve la crianza del tipo de caballo más apto para este propósito.

El pato es conocido como el entretenimiento más popular practicado al aire libre en la República Argentina desde el siglo XVIII. Obtuvo su reglamentación en 1938, año en el cual se

Page 170: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 170 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

llevó a cabo la primera exhibición pública de pato en la cancha de la Asociación Ameghino, en la ciudad de Luján.

En el año 1953, en mérito a sus tradiciones y arraigo el pato fue declarado Deporte Nacional.

La Federación Argentina de Pato realiza y promueve importantes torneos de baja, media y alta ventaja que culminan con el Campeonato Argentino Abierto, máximo acontecimiento de este deporte. Habitualmente los certámenes finales tienen lugar en el Campo Argentino de Polo.

Resulta de interés destacar la importancia del 67º Abierto Argentino de Pato porque la promoción y práctica de dicho deporte suponen el resguardo de nuestras tradiciones y el reconocimiento de nuestra identidad como argentinos.

Por los motivos expuestos, propongo el presente proyecto de Declaración para su aprobación.

Beneplácito por la realización de la jornada “Día del paciente oncológico recuperado”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su beneplácito por la realización de la Jornada “Día del Paciente Oncológico Recuperado” que se realiza el día 11 de diciembre de cada año en el Servicio de Oncología del Hospital Bernardino Rivadavia.

MOSCARIELLO, Oscar.

Señora Presidenta:

Motiva la presentación del siguiente proyecto declarar de interés Sanitario y Social el “Día del Paciente Oncológico Recuperado”, iniciativa instaurada desde hace varios años por el Jefe de Servicio de Oncología del Hospital Bernardino Rivadavia, Doctor Daniel Eduardo Levy. La misma es respaldada por la Asociación Civil Juntos Somos Más, y por la Asociación Civil Sostén, Organizaciones destinadas a la asistencia integral de los pacientes oncológicos, a la difusión de la prevención del Cáncer en sus múltiples manifestaciones, y a la investigación de la enfermedad. Ambas entidades cuentan con una amplia trayectoria desarrollando estas actividades en la Ciudad de Buenos Aires.

Durante dicha jornada concurren al Servicio de Oncología del Hospital, pacientes, familiares, médicos, directores y autoridades para compartir un momento altruista de alegría y satisfacción que vincula tanto a aquellos que ya han padecido la enfermedad y se han recuperado como a aquellos que están en plena lucha por sanarse, generándose allí una motivadora interrelación entre profesionales y pacientes que pone de manifiesto que el compartir tales experiencias posibilita no sólo una mayor toma de conciencia sobre la enfermedad sino que también promueve a que los pacientes lleven a cabo un mejor y efectivo tratamiento para la sanación de muchas de las afecciones oncológicas.

El doctor Daniel Eduardo Levy, especialista en Oncología Clínica, es un prolífico y abnegado Médico Argentino con más de 30 años de trayectoria, que ha realizado innumerables trabajos científicos en la Argentina y en el exterior relacionados con el tratamiento y la cirugía oncológica y general. Ha recibido gran cantidad de premios y becas, y en 1982 fue galardonado

Page 171: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 171 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

por la Sociedad Argentina de Mastología por el trabajo: Orientación Diagnóstica y Terapéutica en cáncer de mama, basada en la investigación de receptores estrogénitos; en 1987 recibió el premio Accesit, Séptimas Jornadas Nacionales de la Sociedad Argentina de Mastología, por el trabajo: Metástasis viscerales en cáncer de mama; entre 1978 y 1979 se desempeñó como Médico Becario de la Secretaria de Estado de Salud Pública de la Nación en el Nacional Cáncer Center de Tokio. También ha desempeñado una extensa y reconocida actividad docente, es miembro fundador de la Red oncológica municipal, designado por la Secretaria de Salud Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires; miembro de la Comisión Directiva de Ética Médica; miembro titular de la Sociedad de Cancerología; y fue miembro del Comité Científico de la Escuela Europea de Ontología, año 2000.

Desde 1985, el doctor Levy es Jefe del Servicio de Oncología del Hospital Bernardino Rivadavia y ha instaurado el “Día del Paciente oncológico recuperado” como una manera de aunar conciencias en la prevención y en el tratamiento de estas graves dolencias acompañando no sólo clínicamente a los pacientes sino también anímica y espiritualmente, motivándolos a recuperar una calidad de vida saludable haciéndoles ver que toda meta es posible cuando los miedos dejan lugar a la voluntad de superación y al afán de vencer todas las adversidades que nos presenta la vida. Que este día sea reconocido por toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como una manera de difundir y promover la prevención y el tratamiento de las enfermedades oncológicas entre todos nuestros ciudadanos.

Señora presidenta: por lo expuesto precedentemente, solicito la aprobación del presente proyecto de declaración para que este día sea reconocido por toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como una manera de difundir y promover la prevención y el tratamiento de las enfermedades oncológicas entre todos nuestros ciudadanos.

Declarar huésped de honor al artista Andrew Loog Oldham

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Artículo 1°.- Declárese Huésped de Honor de la Ciudad de Buenos Aires al artista Andrew Loog Oldham.

Art. 2º.- Distíngaselo de acuerdo al Artículo 4° de la Ley 578/01. En caso del diploma, el texto deberá decir:

A ANDREW LOOG OLDHAM

Por su permanente aporte a la cultura mundial

DECLARADO HUÉSPED DE HONOR POR

LA LEGISLATURA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

Año 2008”

Art. 3º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Declaración, serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.

Art. 4º.- Comuníquese, etc.

ZAGO, Oscar

Page 172: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 172 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señora presidente:

Me dirijo al Cuerpo Legislativo que usted preside, con el objeto de remitir adjunto el proyecto de Declaración para su tratamiento y consideración, mediante el cual se declara Huésped de Honor de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al artista Andrew Loog Oldham.

Andrew Loog Oldham, nacido en enero de 1944, es uno de los más virtuosos productores discográficos, empresario y autor inglés; se lo recuerda fundamentalmente entre otras cosas por ser el primer manager de la banda británica de rock and roll “Rolling Stones” en los albores de los años '60. Responsable de la imagen de “chicos malos” de los Stones en contraposición a la imagen de otra de las mayores bandas de música, “The Beatles”, es además quien los impulsó en el desarrollo musical y compositivo de los primeros años de la banda. Ha participado activamente en la difusión de la música rock en Inglaterra produciendo, representando y trabajando en la imagen de bandas y músicos tan variados como por ejemplo Little Richards, Sam Cooke, Chris Montez, Bob Dylan, The Small Faces, Rod Stewart, Eric Clapton, Jimmy Page y Fleetwood Mac para citar, entre otros, músicos que inspiraron con su letra y sus melodías a generaciones de jóvenes argentinos que rápidamente adoptaron el rock and roll como gusto musical.

Produjo para los Rolling Stones canciones como “Satisfaction”, “Play with Fire”, “Paint it Black”, y “Ruby Tuesday” entre otros clásicos del Rock and Roll. En 1965 forma la Oldham Inmediate Records, el primer sello discográfico independiente del Reino Unido. En el año 1969 Oldham comienza una itinerancia mundial que lo lleva a vivir en diversos paises, estableciéndose en Bogotá, Colombia, en 1983. Trabajó en Colombia y en nuestro país de 1986 a 1996, produciendo discos para los “Ratones Paranoicos” y Charly García; para los primeros produjo los discos “Fieras Lunáticas” y “Hecho en Memphis” y para el segundo, el disco “Kill Gil”.

Andrew Oldham además escribió dos libros de suma importancia para la cultura rock de estos tiempos, ambos sendos relatos autobiográficos, Stoned (1998) y 2Stoned (2001). Actualmente con 64 años de edad nos visita nuevamente en el país para producir un nuevo disco de los “Ratones Paranoicos” y adelantar sus próximos proyectos, un libro editado integramente en español y una película sobre su vida.

Pieza lateral de la escena musical internacional, pero sumamente importante dentro de la historia del Rock and Roll, Oldham entendió rápidamente el cambio cultural que el rock traería primero a la cultura occidental para luego extenderse al resto del mundo. Cultura occidental entre los cuales se encuentra la Argentina; es innegable el aporte y los cambios que la “cultura rock” produjo a los jóvenes y no tan jóvenes argentinos.

(fuente: Wikipedia, Google y otros sitios de internet).

Atento a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Legislatura de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo al Art. 80 inc. 2) apart. b) de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se eleva el presente proyecto a los fines de ser aprobado por el cuerpo que Usted preside.

Declarar de interés cultural la muestra pesebres navideños peruanos

Page 173: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 173 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Declárase de interés cultural la “Muestra Pesebres Navideños Peruanos”, organizada por el Centro Cultural Peruano Argentino que se realizará del 1º al 15 de diciembre de 2008 en el Museo Histórico Sarmiento.

MORALES GORLERI, Victoria

Señora Presidenta:

El Nacimiento del Niño Jesús ha adoptado en el Perú una variedad de matices locales que lo han convertido en una verdadera muestra de la creatividad del artesano.

La exposición de pesebres peruanos permite acercar una parte de la cultura peruana al pueblo argentino, representando a las familias de las diferentes regiones de ese país.

El Centro Cultural Peruano, fue fundado en 1979 y es la primera institución peruana en nuestro país. Sus miembros organizan charlas, conversatorios, conferencias, cursos sobre las culturas mesoamericanas, peruanas-pre Inca e Inca Colonial y Perú Republicano. Brindan a los estudiantes material bibliográfico y videos sobre Perú, promueven eventos deportivos, realizan actividades asistenciales en situaciones de emergencia como la epidemia del cólera en Perú entre otras, y ayuda en casos de internación en hospitales públicos o atención en consultorios privados de profesionales peruanos socios del Centro Cultural.

En esta oportunidad, organiza esta muestra que consiste en la presentación de aproximadamente 30 pesebres de diferentes regiones del Perú y elaborados con una gran diversidad de elementos, desde cerámica, hasta madera tallada, papel maché o, lana, entre otros. Asimismo se presenta una colección de ángeles y adornos tejidos para el árbol navideño.

En cada inauguración, se ofrecen bailes típicos del Perú y un brindis con pisco Sauer.

En años anteriores se ha realizado la muestra en el Museo Larreta (2000); Embajada del Perú (2002 y 2003); Asociación Cultural Pestalozzi (2004); Museo de Arte Decorativo (2005); Pontificia Universidad Católica Argentina (2006) y Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires (2007).

Este año es en el Museo Sarmiento donde se convoca desde el 1º al 15 de diciembre a compartir esta muestra que refleja la diversidad cultural regional de Perú.

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.

Declarar de interés la muestra “Qué hacemos los scouts”, organizada por el movimiento Scouts

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Declárase de Interés de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la muestra “Qué hacemos los Scouts”. La misma es organizada por el Movimiento Scouts, entre los días 27 de noviembre y 1º de diciembre de 2008.

Page 174: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 174 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

INGARAMO, Gerardo.

Señora Presidenta:

Me dirijo a Usted, y por su intermedio, al Cuerpo Legislativo que preside a fin de considerar la siguiente iniciativa.

El Movimiento Scout es una Asociación Civil sin fines de lucro que lleva en el país casi 100 años de presencia. En la actualidad cuenta con 50.000 adherentes en Argentina y con 29 millones alrededor de todo el mundo. Su principal misión es la educación no formal de niños, adolescentes y jóvenes de entre 7 y 21 años.

Durante la muestra a realizar entre los días 27 de noviembre y 1 de diciembre de 2008, con el nombre de “Qué hacemos los Scouts”, se proponen dar a conocer a la población en general las distintas tareas llevadas adelante por los grupos.

Las actividades a desarrollar serían las siguientes:

- Por medio de gráfica con fotos, pinturas y dibujos, distribuidos en distintos paneles y por medio de distintos contenidos, ilustrar al público participante de temas importantes del quehacer scout: Método Educativo, Estructura y Organización, Comisión de Pastoral de las distintas religiones, Contenido del Programa de Actividades Scout (entre los 7 y los 21 años), Contenido de la Formación de Adultos, Ubicación de los distintos Grupos Scouts del país, Actividades y Eventos Internacionales (2008 – 2009), Eventos nacionales (2008 – 2009), Muestra con fotos, publicaciones y testimonios de todos los servicios a la comunidad realizados por cada uno de los Grupos, Distritos y Zonas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.- Con la participación de niños y jóvenes pertenecientes a cada grupo etario, llevan a cabo distintas Actividades, Demostraciones, Talleres y Exposición de todo aquello que los mismos realizan cotidianamente y por medio de los cuales el Movimiento Scout pone en práctica la educación no formal que lo caracteriza.- Realización de actividades, juegos y habilidades que, adaptándolos a aquellas que realizan los scouts, se le brindan al público asistente con el fin de que disfruten de los mismos como lo hacen nuestros beneficiarios.- Para los padres asistentes: taller “Cómo organizar un acampe familiar”- Para los dirigentes de organizaciones juveniles: “Cómo organizar un acampe con los jóvenes”- Talleres para los beneficiarios y público asistente de: circo, show, teatro y murga, con la colaboración de profesionales de cada uno de los rubros.- Stand de muestras de Artesanías, pintura y esculturas realizadas por los beneficiarios, escritos y poemas, maquetas de realizaciones de los propios Grupos Scout.- Stands para que, Organizaciones no Gubernamentales que tengan coincidencia con la propuesta scout, expongan sus actividades para el conocimiento del público asistente.- El Fogón, típica actividad scout con la participación de aquellos que, organizados y adecuados con la colaboración de artistas relacionados con el Movimiento, ofrecerían al público asistente un show especial.- Presentación de conjuntos musicales.- También se invitarán a diferentes empresas que comercialicen productos de vida al aire libre y campamentos.

Page 175: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 175 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Es de destacar este tipo de iniciativas, que tienen por objeto inculcar buenas prácticas a nuestros jóvenes.

Por lo anteriormente expuesto, solicito a mis pares, la aprobación del presente Proyecto.

Declarar de interés social la actividad “Una navidad feliz en Piedrabuena”

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés social la actividad “Una Navidad Feliz en Piedrabuena” realizada por la Asociación Civil “Colores Primarios”, para la reinserción social de los niños en condiciones más desfavorables a través del arte en sus distintas expresiones.

INGARAMO, Gerardo y ARAUJO, Carlos.

Fundamentos

Señora Presidenta:

Nos dirigimos a Vd., y por su intermedio al Cuerpo Legislativo que preside, a fin de considerar la siguiente iniciativa.

Colores Primarios es una asociación civil destinada a promover la inclusión social de niños y jóvenes en situaciones desfavorables a través del desarrollo de diferentes actividades artísticas y culturales.

El objetivo fundamental de la Asociación consiste en lograr la reinserción social de niños y adolescentes a través del desarrollo de diferentes proyectos artísticos y culturales. El arte como método pedagógico funciona como vehículo de expresión de emociones, al tiempo que favorece la construcción de un pensamiento crítico. Por otro lado además de ser un espacio de expresión emocional, es un lugar de capacitación y aprendizaje en pos del crecimiento personal y donde los niños desarrollan sus capacidades artísticas.

Entre los valores que promueve la Asociación se encuentran: fomentar el derecho a la libre expresión, el compañerismo, la solidaridad, el trabajo en equipo y el incentivo de la capacidad creadora.

La esencia de este trabajo versa sobre principios relacionados con la pedagogía artística infantil entre los que se pueden enumerar los siguientes:

• La pedagogía del arte infantil se propone apoyar la necesidad natural de expresión del ser humano, ofreciendo múltiples posibilidades de dar cauce a la percepción e interpretación de la realidad por parte del niño.

• Acepta los sentimientos del niño volcados en sus actividades artísticas y entendidas también en el contexto de la etapa de desarrollo en que se encuentra.

Page 176: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 176 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

• Incluye como uno de sus propósitos fundamentales el desarrollo de la capacidad creadora, estimulando el pensamiento divergente y valorando la originalidad y las respuestas de independencia intelectual.

• Por lo tanto, la pedagogía del arte infantil acepta y promueve las diferencias en los niños procurando inculcar sentimientos de confianza y seguridad en ellos.

• Aquí, la libertad es un valor altamente estimado, enmarcada dentro de límites que ubican a los niños en el ámbito social y les brindan la seguridad de ser respetados y de respetar a los demás.

• Se propicia la cooperación entre los niños como “artistas natos”, animando en todo momento sus facultades creativas.

• El valor principal se encuentra en el proceso de la actividad artística y no en el producto.

• El programa artístico se encuentra centrado en el niño, lo cual significa que está planteado para el nivel de edad y de habilidad de los niños que en él participan.

• Busca un desarrollo estético, propiciando experiencias que lleven al niño a madurar sus propias formas de expresión y a captar la belleza que existe en la naturaleza y que puede surgir de sí mismo, en los colores, las formas, los movimientos, los sonidos, inmersos en un ritmo y en un equilibrio que proporcionan placer estético y serenidad al espíritu.

• La pedagogía artística infantil promueve el desarrollo de una imagen positiva de sí mismos en los niños, alentando su confianza en los propios medios de expresión.

El proyecto que está desarrollando actualmente Colores Primarios se llama “Una Navidad Feliz en Piedrabuena”. El mismo se realizará en el barrio de Piedrabuena de Villa Lugano, durante el mes de diciembre y está destinado a aquellos chicos y adolescentes emparentados con la Parroquia del barrio. El proyecto tiene dos objetivos centrales: por un lado, atender las necesidades más inmediatas entregándoles comida y juguetes; por el otro lado y apuntando a la misión de la Asociación Civil, será realizar un pequeño trabajo artístico. Este último consistirá en que cada uno de los chicos decore un adorno con forma de árbol navideño el cual posteriormente llevarán a sus hogares.

Con este proyecto se intenta cubrir aquellas necesidades que demanda el grupo social al cual está dirigido el proyecto. Los resultados obtenidos servirán como indicadores de un proyecto de mayor envergadura a realizarse durante el 2009.

“Una Navidad Feliz en Piedrabuena”

-Se implementará los días sábados del mes de diciembre de 2008.-6 de diciembre: se trabajará en el adorno navideño.-13 de diciembre: se realizaran actividades recreativas con el objetivo de fomentar la cooperación y el trabajo en equipo, entre los chicos y a su vez con el equipo de voluntarios de Colores Primarios. Los juegos introducen a los chicos en el mundo simbólico siendo una forma por la cual canalizan sus emociones. A su vez, promueven la relación social con los demás, agudizan los sentidos, desarrollan la memoria visual y auditiva y la capacidad de observación. Desde la perspectiva de la Pedagogía Activa, el Juego cumple los requisitos de participación activa y consciente, promueve la experimentación y el razonamiento, y provoca situaciones de comunicación entre los miembros del grupo. Otro punto a su favor son el interés y motivación espontánea que produce su ejecución entre los niños y niñas. Algunos de los juegos a implementar son:

Page 177: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 177 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

carreras con sistema de postas, fútbol, dígalo con mímica, adivinar palabras, pies quietos, tela voladora, rompecabezas, rodillos inflados, etc. -20 de diciembre: entrega de juguetes y comida, justo antes de la Navidad.

Por último, quiero resaltar que “Colores Primarios” es una Asociación sin fines de lucro, que entiende la gravedad de la situación en la que se encuentran sumergidas muchas familias en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires, y las consecuencias que trae aparejada la marginalidad de estas personas, especialmente los niños. Por lo tanto, creo conveniente promover la reinserción social de aquellos niños y jóvenes, que se encuentran en condiciones desfavorables y de vulnerabilidad, apoyando y enfocando nuestra atención al trabajo realizado por aquellas instituciones que ayudan a combatir esta realidad.

Por lo anteriormente expuesto, solicito la aprobación de este proyecto de Resolución.

Modificación de la Ley Nº 2148 - Conducción Ecológica

DESPACHO

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1754-D-2008, autoría del diputado Julián D’Angelo y la diputada Verónica Gómez, relacionado con la modificación de la Ley 2148 en lo referido a la conducción ecológica, y

Considerando:

Que en la actualidad se están impulsando en muchos países del mundo proyectos y programas relativos a la Eficiencia Energética y al Transporte Eficiente como medidas tendientes a disminuir las emisiones de dióxido de carbono (CO2) y de esta manera coadyuvar a mitigar los efectos del cambio climático.

Que dentro de estos programas se destacan las técnicas de conducción ecológica, racional o ecodriving, como se lo denomina en otros países, que consiste en una serie de recomendaciones tendientes a emitir menos gases que contribuyan con el efecto invernadero.

Que desde hace quince años Alemania, Holanda, Suiza, España y Finlandia vienen desarrollando programas de conducción económica “ecodriving” que la Comisión Europea pretende extender a todos los países miembros.

Que a partir de septiembre de 2007 nueve estados miembros de la Unión Europea implementaron programas de difusión de las prácticas de conducción ecológica con la idea de avanzar a la inclusión de estas medidas en la enseñanza para obtener el permiso de conducir y sensibilizar a los conductores, iniciativa dirigida a conductores y autoescuelas.

Que por otro lado se promueve el dictado de cursos para empresas y organizaciones que disponen de grandes flotas e incluso son los clubes de automovilistas y las propias empresas automotrices, como Renault, Ford, Hyundai y Fiat quienes dictan estos cursos.

Page 178: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 178 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que consideramos que una de las mejores maneras de difundir y concientizar a la población de nuestra Ciudad sobre la importancia de conducir responsablemente, no sólo en lo referente a la prevención de accidentes viales sino también con nuestro medio ambiente, es a través de la educación vial que se realiza desde el Ejecutivo para la obtención o renovación de la licencia de conductor.

Por ello, esta Comisión de Tránsito y Transporte aconseja para su aprobación la siguiente:

DECLARACIÓN 565/2008

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo incluir en los cursos obligatorios para la obtención y renovación de licencias para conducir, temas referidos a la necesidad de conducir de manera ecológica, es decir, de tal manera de generar la menor contaminación ambiental, tal como se lo considera en el Manual del Conductor de la Ciudad de Buenos Aires recientemente publicado. Asimismo se hace imprescindible la difusión de una campaña en tal sentido con el objeto de fortalecer tal conducta.

Sala de la comisión: 21 de octubre de 2008.AMOROSO, Víctor; MAJDALANI, Silvia; ZAGO, Oscar; MEIS, Marcelo; DESTÉFANO, Roberto; FAILDE, Pablo; ABREVAYA, Sergio y CANTERO, Fernando.

Declarar de “Interés cultural” al sitio en Internet “Calesitas Porteñas”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Declárase de Interés Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el sitio en Internet “Calesitas Porteñas”, bajo la dirección url www.lascalesitas.com.ar.

OCAMPO, Martín y ZAGO, Oscar.

FUNDAMENTOS

Señora. Presidenta:

En el año 2003 la Legislatura sancionó la Ley 1227 donde estableció el marco legal para preservar los bienes e inmuebles ubicados en la Ciudad, con la creación del Patrimonio Cultural de la Ciudad de Buenos Aires (PCCABA).

El año 2007 se sancionó la Ley 2554, donde se incorporó el inciso h) de la Ley 1227, como integrante del Patrimonio Cultural a las calesitas y carruseles.

Desde su llegada al país, y a la Plaza Lavalle en la Ciudad de Buenos Aires, en 1867, las calesitas han sido incorporadas al paisaje de la capital argentina y poseen valor histórico y cultual; forman parte de la infancia de todos los niños y a pesar de las nuevas tecnologías de entretenimiento, mantienen su vigencia con cada generación.

Page 179: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 179 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por su naturaleza, las calesitas operan como un elemento integrador entre padres e hijos en un paseo compartido y saludable. A lo largo de sus 141 años de historia, la calesita se convirtió en un ícono en sí mismo de la Ciudad de Buenos Aires. Ha sido, sin embargo, la difusión a través de un sitio en Internet, lo que ha posibilitado la toma de conciencia de su importante función social, concentrando la información acerca de todas las calesitas de nuestra ciudad, con el nombre de Calesitas porteñas.

El vecino que busque información sobre ubicación, historia, horarios y estado de cada una de las calesitas de la Ciudad, encontrará respuesta en este sitio gratuito de notable utilidad y servicio a la comunidad.

Por todo lo expuesto solicito al cuerpo la aprobación del presente proyecto.

Declarar de interés los festejos del 80º aniversario de la inauguración del Barrio Parque Los Andes

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Decláranse de interés de la Ciudad de Buenos Aires los festejos del 80° aniversario de la inauguración del barrio Parque Los Andes, que comenzarán el 28 de noviembre y se extenderán, durante los fines de semana, hasta el 14 de diciembre.

ASINELLI, Christian.

Señora Presidenta:

El Barrio Parque Los Andes es una obra emblemática de la arquitectura de la Ciudad de Buenos Aires, del arquitecto Fermín de Bereterbide. Ubicada en Concepción Arenal 4202, fue inaugurada en el año 1928. La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires llamó a concurso para proyectar tres conjuntos similares entre los años 1924 y 1925. Los tres fueron ganados por el arquitecto Bereterbide con propuestas distintas adecuándolas a los barrios de Chacarita, Palermo y Flores. El único construido fue el que nos ocupa.

La construcción de esta obra fue a su manera una conquista de esta zona que era una especie de orilla urbana, zona semirural apenas ganada a la ciudad. Lindaba con una planta incineradora de basura y frente a una enorme plaza. Bereterbide realiza un planteo urbano que respeta el trazado en damero de la ciudad. Para ello retoma la línea municipal y materializa cuatro ochavas.

Se distingue por el tratamiento de los espacios comunes y su construcción en una escala apropiada para el barrio. Introduce a la vez elementos inéditos, como los tres grandes espacios abiertos en el centro de la manzana, con abundante vegetación, pérgolas, fuentes y equipamiento comunitario. Su arquitecto no descuidó los aspectos decorativos, como los coloridos frisos de figuras geométricas en los aleros.

Lo rodea un paredón y se ingresa por diez entradas. Doce edificios con planta baja y tres pisos, en total ciento treinta departamentos, rodean un gran parque, con tilos y jacarandaes. Así resulta un conjunto de viviendas en torno a un parque, con pequeñas calles interiores donde todo lo edificado se integra con la vegetación.

Page 180: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 180 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por su gran valor arquitectónico, por su valor histórico en cuanto es un primer intento de combinar la comodidad, el diseño y la construcción económica, es que entendemos que la Ciudad debe adherir a los festejos del 80º aniversario de su fundación. Es una fiesta que dura varios días. El programa incluye cine, choriceada, cuentos, radio abierta, murga, juegos, actividades artísticas, una muestra fotográfica, proyección de películas, y un Congreso donde se debatirán con vecinos e invitados temas de interés para la comunidad.

Por lo expuesto es que solicitamos la aprobación del presente proyecto.

Declarar de interés la encuesta de comparación salarial que se realiza a través de la página Web www.elsalario.com.ar

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- Declárase de interés de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos la encuesta de comparación salarial que se realiza a través de la página web www.elsalario.com.ar.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

LA RUFFA, Silvia

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

Desde el año 2006 se está llevando a cabo en Argentina la encuesta internacional de comparación salarial enmarcada en la red “wage indicador” originada en el Reino de los Países Bajos.

La forma a través de la cual se aplica es mediante el ingreso de los asalariados a la página web www.elsalario.com.ar, quienes pueden completar allí una encuesta. También se realiza por intermedio de los sindicatos que se comprometen a replicar el cuestionario entre sus empleados y enviar los formularios.

La Fundación del Indicador Salarial de Holanda desarrolló la primera página web de comparación salarial. La iniciativa se extendió luego hacia otros países europeos (Bélgica, Dinamarca, Reino Unido, Alemania, Italia, Hungría, Finlandia, Polonia y España), Estados Unidos, India, Sudáfrica, Brasil, Corea del Sur y México.

En la Argentina se implementa a través del Centro de Estudios de la Nueva Economía (CENE) de la Universidad de Belgrano. Asimismo, esta institución se encarga de coordinar la comparación con otros países de América Latina como Paraguay, Chile, Colombia y Guatemala; y se espera poder coordinar al resto de los países del subcontinente.

La primera experiencia tuvo lugar en 2001. La página holandesa www.wageIndicator.org se creó en un primer momento con la finalidad de conocer mejor los determinantes de los salarios de las mujeres. La idea tuvo éxito y muy pronto se desarrolló una familia completa de indicadores salariales similares: un indicador global, el ya citado para las mujeres, uno para los hombres, uno para los mayores de 40, uno para los adolescentes e incluso uno específico para el sector de la salud.

Page 181: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 181 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En esencia todos los indicadores salariales se basan en el mismo concepto. El cuestionario principal, idéntico, permite la comparación internacional de los datos. De esta manera, la página es básicamente un “comparador salarial” en Internet. Permite conocer si un empleado está bien pago en relación con otros trabajadores, mediante una base de datos construida a partir de la encuesta que responden los propios visitantes de la web.

En otras palabras, éste significa que cualquier trabajador individual podrá contrastar su propia retribución comparándola con las de otros trabajadores que previamente han sido agrupadas y almacenadas en la base de datos. Y brinda como servicio la descripción de la composición de los salarios para hacerlos comprensibles para los trabajadores.

Esta medición tiene como principales beneficios:

•Que las organizaciones sindicales podrán contar con información fidedigna respecto a los salarios realmente pagados en cada rama de actividad y condiciones de trabajo, discriminada por tipo de ocupación, tamaño del establecimiento, nivel de educación y años de experiencia.

•Mejorar la transparencia en el mercado laboral posibilitando a los trabajadores conocer los niveles salariales dentro del país y también en el exterior.

También es importante mencionar que en 2004 la encuesta salarial ha sido respaldada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Por todo lo expuesto solicito al Cuerpo la aprobación del presente proyecto de Resolución.

Declarar de “Interés cultural” las actividades que realiza la escuela popular de percusión “La Chilinga”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés cultural las actividades que realiza la escuela popular de percusión “La Chilinga”.

CABANDIÉ, Juan

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

La Chilinga es una escuela popular de percusión que, desde 1995, se dedica al estudio, a la investigación y a la ejecución de diferentes ritmos afroamericanos, como el samba enredo y el samba-reggae de Brasil; el candombe uruguayo y argentino, la marcha camión y la murga, el malambo y la chacarera de Argentina; la rumba, el abakuá, el candomblé, Son, Iyesá y Makuta de Cuba, entre otros ritmos afro-latinos.

Es así que ya han editado cuatro discos y actualmente se encuentran terminando su último trabajo, Raíces.

La Chilinga promueve el desarrollo de nuestra cultura popular a través de los tambores y la danza, brindando a sus alumnos la posibilidad de desarrollarse como artistas estudiando tanto

Page 182: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 182 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

en forma grupal como individual. Realiza actividades educativas, como la enseñanza de nuestra música, la preparación de docentes y la enseñanza del armado de instrumentos de percusión. En la escuela se dictan clases de Batucada, Danzas afro, Candombe, Samba, Pagode, Rumba, Tango, Folklore, Tambores Yoruba y un taller destinado específicamente a niños con capacidades especiales.

La Escuela es dirigida por el reconocido baterista y percusionista Daniel Buira y cuenta con un numeroso estudiantado en cada una de sus sedes; ubicadas en Martín Coronado, Florencio Varela y Saavedra, además de sus anexos en el Centro Cultural Sabato, Centro Cultural del Sur en la Plata y la Universidad de Lanús, entre otros.

Mediante un importante trabajo sociocultural, brinda clases gratuitas en los penales de Ezeiza, mediante el programa “Los años cuentan”, el cual consiste en que cuatro docentes mayores de cincuenta años, transmitan su experiencia artística a alumnos de los penales y brinden clases de dibujo, pintura, carpintería, narración y encuadernación. Estos talleres actualmente se encuentran en funcionamiento en el Instituto de Menores Almafuerte (La Plata), en la Unidad Penitenciaria Provincial N° 48 (José León Suárez), en la Fundación Padre Miguel (Hogar Guadalupe), en el Programa Por Nosotros, Becas a adolescentes, Club Albariños (Villa Lugano), en el Anfiteatro Piedrabuena (Villa Lugano, Villa 31), en el Proyecto CLIP (Bernal Oeste) y en el Centro Integral Comunitario (Moreno, Pcia. de Buenos Aires).

Cabe destacar la calidad y la dedicación con que la escuela, mediante el programa social La Chilinga, genera y promueve actividades gratuitas que fomentan la participación barrial. De esta manera se destacan tanto la organización de festivales callejeros, como la presencia permanente en actividades socio-culturales organizadas por entidades gubernamentales y no gubernamentales de los barrios donde se encuentran.

Entre las actividades de variadas dimensiones desarrolladas por la La Chilinga se puede mencionar que promueven la integración a sus actividades de los sectores de la población menos favorecidos a través de programas de becas, la creación permanente de fuentes de trabajo, la cooperación desde su accionar y sus objetivos con diferentes actores barriales tanto a través de sus talleres como brindando espectáculos de percusión en forma gratuita o a muy bajo costo, dando la posibilidad de acceso a los mismos a los diferentes sectores de la población.

Por otra parte, la escuela de percusión está ubicada dentro de la concepción no formal y de este modo brinda nuevas concepciones sobre la educación comprendiendo que ésta debe ser participativa y requiere una intensa actividad para incluir a los sectores menos favorecidos en el acceso a la educación, transmitiendo los valores culturales y sociales a través de nuestra música, nuestro folklore, nuestra historia y nuestras raíces, posibilitando el acceso a la cultura, capacitando, difundiendo y promoviendo la producción de bienes culturales en sus distintas especialidades, tanto en forma grupal como individual, a través de los tambores y la danza, la preparación de docentes para percusión o danza y la enseñanza del armado de instrumentos para tales fines.

Es por los motivos expuestos que consideramos que merecen un reconocimiento de la ciudad para impulsar el arduo trabajo que vienen realizando hace mucho tiempo y es por eso, señora presidenta, que solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.

Informes sobre diversos puntos referidos a los nuevos planes de las carreras de los Institutos de Formación Docente

Page 183: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 183 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º-. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo, que por intermedio del Ministerio de Educación, y en un plazo no mayor a (30) días, informe sobre los siguientes puntos con relación a los nuevos planes de las carreras de los Institutos de Formación Docente:

a) Si el Ministerio de Educación tiene en su agenda la aplicación de nuevos planes para la formación docente en la Ciudad de Buenos Aires. De ser así, indicar los procedimientos utilizados a la fecha y los fundamentos de la reforma o transformación.b) Si los lineamientos para la elaboración de nuevos planes fue pautada por el Ministerio de Educación de la Nación, indicar cuáles fueron los documentos de apoyo.c) Indicar la política de la jurisdicción para la transformación del nivel, y las estrategias de difusión de los mismos. d) Si el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires ha tenido en consideración en la difusión de los lineamientos propuestos por el Instituto Nacional de Formación Docente la necesidad de determinar la política de la Ciudad, y construir con los docentes de los institutos sus propuestas curriculares. De ser afirmativa la respuesta señale cuál es el cronograma. En caso negativo, explique los motivos de no haber concretado la acción.e) Cuáles fueron las estrategias utilizadas para asegurar la participación de los actores involucrados en la modificación de los planes de estudio y las instituciones que comparten la experiencia.f) Si el Ministerio de Educación tiene prevista la fecha de implementación de los nuevos planes de estudio, cuál es, e informar si las instituciones están en condiciones y comparten esta implementación. g) Si es de conocimiento del Ministerio de Educación la opinión que tienen diferentes actores del sector sobre el tema. En caso afirmativo, describir las acciones realizadas.h) Remitir a esta Legislatura los nuevos planes y la opinión de los equipos de conducción y los Consejos asesores/ académicos, acerca de su implementación.

Art. 2º-. Comuníquese, etc.

OLIVERA, Enrique.

FUNDAMENTOS

Señora presidente:

Los Institutos de Formación docente de gestión estatal, tienen una vasta y reconocida trayectoria en la Ciudad de Buenos Aires.

La formación profesional y académica que brindan a sus alumnos es considerada de calidad y pertinente por otras instituciones nacionales e internacionales.

Durante décadas, jóvenes profesionales han obtenido sus títulos docentes que los habilitaron para desempeñarse en diferentes instituciones de la Ciudad y de todo el país.

La promulgación de normas nacionales que no respetaron su identidad y estructura, los sometieron a complejos procesos para obtener su reconocimiento y acreditación.

Page 184: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 184 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

La creación del Instituto Nacional de Formación Docente representa nuevos desafíos para la Ciudad de Buenos Aires y sus instituciones formadoras.

Seguramente las nuevas propuestas deben propiciar la participación de las comunidades educativas y respetar la identidad y trayectoria de las instituciones.

La experiencia y los trayectos recorridos en el período 1998-2001 muestran que los cambios son posibles si los actores están involucrados y no vivencian las modificaciones como imposiciones externas, muchas veces desvinculadas de la realidad, y aspiraciones de los que día a día protagonizan el proceso de formar a formadores.

Señora presidenta, vivimos en una sociedad acosada por múltiples pobrezas: pobreza estructural, pobreza educativa y pobreza de participación. Sería alentador que los múltiples procesos educativos que tiene como desafíos la Ciudad no se encuentren teñidos por esas pobrezas.

Por todo lo expuesto es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.

Informes sobre diversos puntos referidos al hospital de agudos Dr. Ignacio Pirovano

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que a través de los organismos que correspondan, informe en el plazo de treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con el Hospital de Agudos Doctor Ignacio Pirovano:

1°.- Estado actual del edificio, planes de mantenimiento y mejoras que pudieren existir, con sus correspondientes plazos de ejecución.

2°.- Qué medidas están previstas para poner en perfectas condiciones de higiene y bioseguridad la guardia médica, a fin de evitar infecciones intrahospitalarias y la contaminación para la comunidad que concurre a la misma en la emergencia y para el personal de la salud que desempeña allí sus funciones.

3°.- Qué medidas se prevén para que los pacientes que concurren tengan una situación digna de atención y privacidad durante su permanencia en la misma.

4°.- En caso de producirse una catástrofe, indicar si existe un plan de manejo de la misma; en tal caso informar si dicha guardia dispone de espacio suficiente para la atención masiva de los damnificados, cantidad de boxes, de insumos y de personal disponible para afectar al operativo de emergencia. En tal caso enviar una copia del mismo.

5°.- Características y estado actual del equipo de rayos y emplazamiento dentro de la guardia.

6°.- Con qué medios de diagnóstico por imágenes cuenta actualmente el Hospital. Estado de los mismos y características.

Page 185: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 185 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

7°.- Ubicación del pabellón para descanso de los ambulancieros.

8°.- Cantidad de casos atendidos por guardia mensualmente, en el primer semestre del corriente año. Presentación de estadísticas por cantidad de personas atendidas, patologías por las cuales concurrieron y lugar de procedencia de los pacientes. Estado de facturación a las obras sociales y/o prepagas de los pacientes que fueron atendidos en el Hospital.

9°.- Cantidad de pacientes internados en el primer semestre del 2008 ordenado por especialidad, lugar de procedencia, y estadísticas de infecciones intrahospitalarias producidas, indicando cuáles fueron los agentes patógenos que las causaron.

10°.- Cantidad de quirófanos con los que cuenta el Hospital.

11.-Estado de avance de la nueva guardia; si está de acuerdo con el plan de trabajo. Si no es así, motivo de su no cumplimiento y fecha estimada de habilitación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

SMITH, Guillermo.

FUNDAMENTOS

Señora Presidenta:

El Hospital de Agudos Doctor Ignacio Pirovano fue fundado el 28 de julio de 1896.

En el censo de Capital Federal del 18 de septiembre de 1908 el Hospital Pirovano, juntamente con el Fernández y el Álvarez, eran considerados de segunda, en razón de su capacidad de atención, no difiriendo en absoluto en desarrollo técnico y funcionamiento administrativo de aquellos considerados de primera línea, como el San Roque o el Rawson.

Hacia 1910 el hospital contaba con 180 camas y un acrecentado prestigio, merced a la atención que brindaba a su amplio y extendido sector de la población de la zona norte y de los barrios de Belgrano, Coghlan, Urquiza, Colegiales, Villa Ortúzar, Núñez y Saavedra.

Actualmente, el área programática o zona de influencia del nosocomio es muy extensa. Abarca los barrios de Coghlan, Villa Urquiza, Saavedra, Villa Pueyrredón, Núñez, Colegiales, un pequeño sector de Palermo y el Barrio River. Se trata de una zona muy populosa, donde reside cerca de medio millón de personas, un quince por ciento de la población total de la Ciudad de Buenos Aires. La característica de esta franja es que carece de espacios abiertos y está totalmente urbanizada. Sus habitantes son básicamente de clase media y, en algunos sitios, de media alta. Concurriendo asimismo para su atención no sólo por la guardia sino también por consultorios externos, personas de las provincias.

Frente a esta importante población que atiende el Hospital es modelo en todos sus aspectos, desde el edilicio, pasando por la aparatología y el equipamiento, lo que hoy está lejos de cumplirse, no obstante contar con profesionales de la salud idóneos y con vocación de servicio.

En efecto, el Hospital tiene deficiencias edilicias tales como pisos y cielo rasos en mal estado, no percibiéndose en su gran mayoría el cumplimiento de normas hospitalarias de construcción en lo que se refiere a higiene y bioseguridad hospitalaria.

Una guardia médica donde en situación de atención normal y debido a la falta de boxes, los pacientes se encuentran en camillas en los pasillos en medio de corrientes de aire, expuestos al

Page 186: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 186 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

paso de otras personas, sin poder mantener su dignidad, y si bien la atención de los mismos trata de hacerse como corresponde, no están dadas las condiciones a pesar del esfuerzo del personal para realizarlas.

Los boxes que hay son pequeños y en un estado imposible de describir.

Cabe consignar que la infraestructura se encuentra en pésimas condiciones: paredes en mal estado, donde no se respetan las medidas de construcción para una correcta higiene sanitaria. Valga como ejemplo el office de enfermería, que presenta su mobiliario con el aglomerado expuesto, sitio ideal para el cultivo de gérmenes. Difícil en estas condiciones mantener medidas de bioseguridad, salvo las primarias como el uso de guantes, jeringas descartables y otras que con gran determinación y esfuerzo realiza el personal.

La guardia médica consta de un solo aparato de Rayos X antiguo con un emplazamiento nada adecuado.

Con respecto al pabellón para los ambulancieros, su infraestructura hecha por los mismos, con los materiales que fueron consiguiendo, la mayoría de alta combustibilidad, con un calefón en malas condiciones, calefacción infrarroja, sin ventilación adecuada. Conviven en su interior con elementos de ambulancias, lo que genera malas condiciones de asepsia.

El hecho de contar con las estadísticas así como los planes y plazos de entrega de lo arriba solicitado, servirá para tener una evaluación del funcionamiento del hospital.

Llama la atención el tiempo transcurrido desde el inicio de las obras de la nueva guardia, no viéndose avances significativos en la obra, dando la impresión de que la misma está parada cuando es tan necesaria para una mejor prestación del servicio, sobre todo cuando la actual se encuentra en pésimas condiciones según lo expuesto ut supra.

Dada la importancia del Hospital Pirovano, y el derecho que tienen los ciudadanos a recibir una atención de calidad, es que solicitamos la aprobación del presente Proyecto de Resolución.

Informes referidos a los concursos y designaciones del personal de los Institutos de Formación Técnica Superior

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Articulo 1º-. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo, que por intermedio del Ministerio de Educación, y en un plazo no mayor a (30) días, informe sobre los siguientes puntos con relación a los concursos y designaciones del personal de los Institutos de Formación Técnica Superior:

a) Si es de conocimiento de la Dirección del Área de Formación Técnica, la preocupación manifestada por el personal de conducción de los diferentes IFTS respecto de la necesidad de reforma del Reglamento Orgánico, aprobado por la anterior administración. En caso afirmativo indicar las acciones efectuadas.b) ¿Cuáles fueron los motivos que impulsan a dicha dirección a no completar el proceso de titularización establecido en la Ley 2269?c) ¿Si se ha evaluado en la Dirección del Área de Formación Técnica, el impacto de la implementación del Nuevo Reglamento Orgánico, en los IFTS? En caso afirmativo, ¿Qué parámetros utilizó para tal evaluación?

Page 187: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 187 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

d) Si para la conformación del Consejo Consultivo que impulsa la Dirección del Área, se han tenido en cuenta las normas vigentes, incluyendo la Resolución 582.e) ¿Cómo prevé la Dirección implementar la denominada Gestión por Resultados, en el ámbito de los IFTS?f) ¿Qué características tendrán los cursos ofrecidos por dicha dirección respecto de los eventuales concursos impulsados para el personal de conducción de los IFTS?g) Si han habido demoras en la designación de personal docente en el presente año, ¿cuáles fueron los motivos de dichas demoras y qué recaudos ha tomado la Dirección del Área para solucionarlos?

Art. 2º-. Comuníquese, etc.

OLIVERA, Enrique.

FUNDAMENTOS

Señora presidente:

Los Institutos de Formación Técnica Superior, dependientes del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen una reconocida y vasta trayectoria en la formación de técnicos superiores en las diferentes especialidades.

Creados en la jurisdicción nacional en el año 1983, fueron transferidos a la Ciudad de Buenos Aires en el año 1992 en el marco de transferencia de los servicios educativos de la Nación a las distintas jurisdicciones del país.

A partir del año 2002, por decisión del secretario de Educación licenciado Daniel Filmus, fueron transferidos de la Dirección del Adulto y del Adolescente a la Dirección de Formación Técnica de la Dirección General de Educación Superior.

Como consecuencia de la supresión de la Dirección de Educación Superior, en la gestión del ministro Mariano Narodwosky, los institutos mencionados dependen de la Dirección de Formación Técnica Superior de la Dirección General de Educación.

Ante la Disposición Nº 5-DFTS-08 de fecha 26-09-08, que convoca a elecciones para integrar los Consejos Consultivos, y posterior realización de concursos para la “regularización del área”, se plantean varios interrogantes.

a) ¿Cuáles son los parámetros tenidos en cuenta por la Dirección del Área para el llamado al concurso, antes de la culminación de las titularizaciones dispuestas por la Ley 2269/06, que confirma en carácter de titular a los docentes interinos en horas y cargos de base? Ello por cuanto el artículo 10 de esta norma dispone que “las horas o cargos que permanezcan vacantes con posterioridad a esta titularización deberán ser incluidos en las siguientes convocatorias a concurso de conformidad con la normativa vigente”, lo que implica que hasta tanto no se termine esa titularización no se pueda llamar a concurso.b) ¿Cuáles son los procedimientos que se utilizan para la cobertura de cargos interinos y suplentes, durante el tiempo de transición que medie entre la confirmación en carácter de titular de los docentes según la Ley 2269 y la sustanciación de los concursos para la cobertura de los cargos que permanezcan vacantes?c) ¿Qué derechos le son reconocidos al personal transferido por la Ley 24049, así como también a aquellos que ingresaron con posterioridad a la transferencia y con posterioridad a la Ley 2185 que incorpora a los IFTS a la Ordenanza 40593?

Page 188: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 188 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

d) ¿Cuándo adquieren la estabilidad en los cargos dichos docentes, según la Ley nacional 24049 y las leyes de la Ciudad 471, 2185 y 2269?

Señora presidente, a las múltiples y complejas situaciones planteadas, se suman quejas por la falta de comunicación a las diferentes instancias, desconocimiento de jerarquías estatutarias del sistema, decisiones que incumplirían las normas vigentes y que como consecuencia afectarían los derechos de los docentes. Es por todo lo expuesto que solicitamos la aprobación del presente pedido de informe.

Adhesión al “Día internacional de la lucha contra el SIDA”

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al Día Internacional de la lucha contra el SIDA que se conmemora el 1º de diciembre de cada año.

 RABINOVICH, Alejandro.

FUNDAMENTOS

 Señora Presidenta:

En 1988, la Asamblea General de las Naciones Unidas manifestó su profunda preocupación por la propagación del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA) y decidió establecer un día para que el mundo tomara conciencia de esta grave enfermedad y de la necesidad de un plan de lucha.

El Día Mundial del Sida ha llegado a ser un acontecimiento anual en la mayor parte de los países. Aunque se ha fijado el 1º de diciembre como fecha, en muchas colectividades se organizan actividades en los días precedentes y posteriores a la conmemoración oficial, proporcionando una oportunidad importante para despertar el interés por el HIV y por el Sida en el público. Hoy, millones de personas en todo el mundo celebran el XX Día Mundial del Sida. Para algunos, éste puede ser el único día del año en que piensen en el sida. Para muchos, sin embargo, el sida forma parte de su vida cotidiana. Desde el primer Día Mundial del Sida en 1988, cuando la Organización Mundial de la Salud hizo un llamamiento a todos para «Unirse al esfuerzo mundial», el sida se ha convertido en una de las cuestiones definitorias de nuestro tiempo.

La epidemia se ha globalizado, y feminizado. En 1988, la mayoría de los casos registrados de VIH todavía se localizaba en los Estados Unidos, y la mayoría correspondía a hombres. Hoy, el VIH está presente en todos los países del mundo, y la mitad de las personas que viven con el virus son mujeres. La respuesta también se ha globalizado. El pasado año, los Estados Miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a una ampliación progresiva hacia el Acceso Universal a la prevención, tratamiento, atención y apoyo relacionados con el VIH. Más de 2,5 millones de personas en los países en desarrollo están recibiendo actualmente fármacos que prolongan su vida. Las infecciones por el VIH, en muchos países, están disminuyendo.

El reto ahora es sostener este liderazgo, mantener el sida entre las prioridades de los planes mundiales y acelerar la acción a nivel nacional y local. Cualquier negligencia en el liderazgo resultaría fatal. La epidemia alcanzó proporciones mundiales precisamente porque el mundo tardó demasiado tiempo en actuar. Y aunque estamos empezando a realizar progresos, queda un

Page 189: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 189 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

largo camino por recorrer. Todavía hay un grave déficit de recursos para el sida, y el estigma y la discriminación en torno al VIH siguen siendo importantes.

Sostener el liderazgo y acelerar la acción sobre el sida no es algo que corresponda exclusivamente a los políticos. Concierne a líderes religiosos, comunidades, líderes juveniles y municipales, altos ejecutivos y líderes sindicales. Concierne a las personas que viven con el VIH, y a sus familias y amigos. Es responsabilidad suya, mía –de todos y cada uno de nosotros–asumir el liderazgo para eliminar el estigma y la discriminación y exigir más recursos para luchar contra el sida. Y esto nos obliga a todos a centrarnos en el sida cada día del año. Sólo entonces podremos esperar la consecución del objetivo mundial de Acceso Universal a la prevención, tratamiento, atención y apoyo relacionados con el VIH.

Es por ello que solicito la aprobación del presente proyecto de declaración.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar si se tratan sobre tablas las tablas 1 a 48, excepto la 29. Se requieren los votos de los dos tercios de los diputados presentes.

- Se vota y resulta afirmativa. Sr. Presidente (Santilli).- Quedan habilitadas las tablas enunciadas.

En consideración en general los proyectos de resolución y de declaración con las modificaciones leídas por Secretaría.

Se van a votar.

- Se votan y aprueban.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en particular. Se van a votar.

- Se votan y aprueban.

Sr. Presidente (Santilli).- Quedan aprobadas las normas respectivas.

DECLARACIÓN 549/2008

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, en el marco regulatorio de la Ley Nacional 23798, contemplara la creación del Programa de Complementación Alimentaria para las personas diagnosticadas con VIH en situación de vulnerabilidad.

RESOLUCIÓN 572/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad que, a través de los organismos correspondientes en un plazo de 30 (treinta) días de recibido el presente, en cumplimiento con lo dispuesto en el inciso 4) del Artículo 83 y en el inciso 4) del Artículo 105º de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, informe sobre los siguientes puntos referidos a subsidios a Deportistas Amateurs en el marco de la Ley Nº 311 y la Ley Nº 1624:

Page 190: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 190 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a. Cantidad de solicitudes de subsidios recibidas durante el presente año o que, habiéndose recibido durante el año anterior, corresponda a eventos a desarrollarse en el año 2008.

b. Detalle de información de cada solicitud correspondiente al Anexo II del decreto Nº 896/07 reglamentario de la Ley 311.

c. Criterios de evaluación de las propuestas y área de la dependencia que toma la tarea que, por ley, le corresponde al Consejo Asesor creado por Ley 1624.

d. Si existieran solicitudes denegadas, detalle el fundamento para tal determinación, así como el medio de notificación al interesado.

e. Monto presupuestado para el ejercicio 2008 destinado a subsidios.

f. Número de subsidios aprobados, otorgados y efectivizados o no, con sus montos correspondientes.

g. Informe si existe un Plan Estratégico general del área a su cargo en el que se encuadre el otorgamiento de subsidios. Si la respuesta fuera afirmativa, presente una copia del mismo.

Artículo 2°.- Comuníquese, etc.

DECLARACIÓN 550/2008

Declárese de Interés Legislativo de la Ciudad de Buenos Aires el Primer Encuentro de Trabajadores Migratorios, a llevarse a cabo los días 13 y 14 de diciembre del presente año en la Ciudad de Buenos Aires.

RESOLUCIÓN 573/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará dentro de los treinta (30) día de recibida la presente en relación a la habilitación del inmueble sito en la avenida Directorio 4769, en cuya fachada luce un cartel con la leyenda Sanatorio Argentino, lo siguiente:

a) Si el lugar cuenta con la habilitación correspondiente.b) Si está claramente identificado el acceso de ambulancias y si es independiente del acceso al público en general y pacientes ambulatorios.c) Si cuenta con rampa de acceso para personas con problemas de movilidad, y si la pendiente es la correspondiented) Si el acceso de pacientes ambulatorios es independiente del de ambulancias.e) Si las puertas de acceso tienen las dimensiones establecidas y cuentan con sistema antipánico.f) Si cuenta con laboratorio de análisis clínicos y si el mismo se encuentra en funcionamiento.g) Si cuenta con plano de evacuación de acuerdo a lo establecido por la normativa vigente.

Art. °.- De acuerdo a lo solicitado en el artículo 1º, describa cuántas inspecciones se han realizado en los periodos 2007 y 2008; en el caso de haber detectado irregularidades, detalle las mismas.

Page 191: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 191 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 3°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 575/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que en un plazo no mayor a treinta (30) días corridos de recibida la presente, informe:

a. Cuál es la asignación presupuestaria para el ejercicio 2008 y ejecución a la fecha del premio “Ciudad Autónoma de Buenos Aires” que se otorga anualmente al mejor alumno de cada uno de los distritos escolares de séptimo grado del nivel primario en las condiciones establecidas de acuerdo a la Ley Nº 735;b. Cuál es la nómina total de los alumnos beneficiarios del premio y el monto percibido por cada uno de ellos, discriminados por ciclo lectivo.c. Cuáles han sido los plazos en los que se han hecho efectivos los pagos correspondientes.d. En caso de no haberse efectuado los pagos enunciados en el inciso anterior, detalle las razones y los montos adeudados para cada beneficiario, como así también, la fecha en la cual considera regularizar dicha situación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 576/2008

 Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Bs. As., solicita al Poder Ejecutivo que, a través de los organismos que correspondan, en un plazo de treinta (30) días de recibida la presente, remita la documentación e información referida a la remodelación de la Feria Artesanal Plazoleta Santa Fe, en adelante “la obra”, que a continuación se detalla:

1.- Informe sobre el mecanismo de contratación mediante el cual se adjudicó la obra y en su caso remita plano de final de la misma.

2.- Cuál fue el motivo por el cual la denominada “Acta Compromiso – Plazoleta Santa Fe”, de fecha 22 de febrero de 2008, no fue suscripta por los delegados e integrantes de la Comisión Técnica de la Feria proclamados mediante Disposición Nº 152-DGPCUL-07; asimismo, indique la forma en que el área correspondiente realiza, en caso de ser necesarias, las notificaciones de eventuales convocatorias a los delegados y en caso de existir remita copia de las citaciones que se hubieran cursado en oportunidad previa al comienzo de la obra.

3.- Informe si se ha cumplido con la integración de la Autoridad de Aplicación, con un funcionario del área de Cultura según lo previsto por el Art. 10º de la Ordenanza 46075-GCVA-02 y en atención a lo prescripto en el Art. 1º del mismo texto legal, para el caso que el Departamento Ejecutivo determine como Autoridad de Aplicación un área diversa a Cultura, indique sobre quién ha recaído dicha designación.

4.- Informe sobre la situación legal, ubicación física y curso de acción, en relación con los 68 puestos antiguos, que según el Acta Compromiso referida se encuentran en guarda temporaria en dependencias del Gobierno de la Ciudad.

5.- Explicite el motivo por el cual en el Acta Compromiso se hace referencia a 110 puestos nuevos, cuando la Disposición 23/2003, de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE), Ferias de la Ciudad, establece para la Feria Plazoleta Santa Fe la cantidad de 140 puestos.

6.- Indique la fecha y condiciones en que se efectuará la restitución a los permisionarios del emplazamiento histórico de la Feria Artesanal Plazoleta Santa Fe, actualmente ubicada en forma transitoria en Plaza Italia.

Page 192: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 192 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

 Art.2º Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 577/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, informe respecto de la Coordinación de Prensa y Comunicación Institucional del Ministerio de Salud, lo siguiente:

a.- Si de la edición de octubre/08 de la Revista “Desde el Centro”, elaborada por la Comisión de Publicaciones del Comité de Docencia e Investigación del Centro de Salud Mental N°3, se han objetado contenidos. En caso de respuesta afirmativa cuáles y por qué.

b.- Quién es el funcionario encargado de revisar y evaluar los contenidos y el diseño de las publicaciones recibidas y en función de qué normativa y criterios realiza dicha tarea.

c.- Si la evaluación realizada por el funcionario al que hace referencia el inciso anterior es vinculante.

d.- Detalle de todas las publicaciones que han sido objetadas durante el presente año, indicando en cada una de ellas el contenido y los fundamentos de la impugnación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

DECLARACIÓN 551/2008

Declárase de Interés Social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el evento correspondiente a “La primera barrileteada Latinoamericana para la prevención de Accidentes en el Hogar”, a realizarse el 30 de noviembre del corriente año, frente al Hospital Garrahan. La misma ha sido convocada por el doctor Rubén Sosa, medico pediatra de dicho hospital, cuyo objeto es concientizar a la sociedad sobre los peligros de los accidentes hogareños, principal causa de muerte pediátrica.

Texto definitivoDECLARACIÓN 552/2008

Declárase de interés para la promoción y defensa de los derechos humanos de la Ciudad de Buenos Aires los libros “Acoso Sexual –Violencia laboral I “– I.S.B.N.:987-96324-0-0 y “No a la Violencia laboral II “ I.S.B.N.-10: 987-22456-2-2 I.S.N.B -13:978-987-22456-2-7 de la Organización Sindical Unión Personal Civil de la Nación; Coordinadora Zunilda Valenziano

DECLARACIÓN 553/2008

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, vería con agrado que el Poder Ejecutivo se abstenga de realizar cualquier intervención en el espacio público –en particular el proyecto de igualación de los niveles de acera y calzada–, en el barrio Segurola, Floresta, área circunscripta por las calles Segurola, Camarones, Mercedes y César Díaz, hasta que se llegue a un acuerdo

Page 193: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 193 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

con los vecinos, fruto de un encuentro a convocarse en el Centro de Gestión y Participación Comunal correspondiente.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 578/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes y en un plazo máximo de treinta (30) días de recibida la presente, sobre la contribución municipal que facturan las empresas Edenor y Edesur a los usuarios de los servicios de electricidad, que a continuación se detallan:

1. Explique por qué las citadas empresas facturan, como contribución municipal, el 6,3830 % del consumo, siendo que la Ley Tarifaria fija sólo el 6%.

2. Aclare que ítems componen el subtotal “A” de la factura, que es el valor al que se le calcula el citado porcentaje del 6,3830, y con qué norma sustenta dicha inclusión.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 579/2008

Artículo 1º.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo para que, a través del organismo que corresponda y dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los puntos que a continuación se detallan con relación a la situación del predio ubicado en la calle Av. Carrasco 625, entre la Av. Gaona y Morón:

1. Titular de dominio vigente del Registro de la Propiedad Inmueble.2. Especificar si el lugar cuenta con habilitación y, en caso afirmativo, para qué actividad. 3. Situación actual del predio en cuanto a su uso y ocupación.4. Si actualmente se desarrolla en el mismo algún tipo de actividad comercial.5. Si se han realizado inspecciones y, en caso afirmativo, copia de los informes o actas labradas. 6. Si existe un litigio judicial en relación a la posesión del mismo, informe el estado de la causa. 7. Si se prevé algún destino para el mismo por parte de algún organismo público.

Art. 2º - Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 580/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda y dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los siguientes puntos en referencia a la campaña de recolección de pilas y baterías usadas:

1. Cuáles son las metas y objetivos de la recolección y acopio de pilas y baterías en los F/N Centros de Gestión y Participación Comunales (CGPC).

Page 194: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 194 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

2. De qué manera se va a realizar esta recolección y clasificación de pilas y baterías.

3. Cuáles son las medidas ambientales y de seguridad establecidas en cada uno de los F/N CGPC para esta recolección y sistema de acopio.

4. Cuál es el plazo de permanencia de este material, en los F/N CGPC.

5. Qué Organismo y mediante qué procedimientos va a realizar la manipulación, traslado, procesamiento, reciclado y disposición final de este material de manera ambientalmente adecuada y controlada.

6. Qué estudios de impacto ambiental se han realizado para la recolección, acopio, clasificación y disposición final de las pilas y baterías.

7. Si está prevista la realización de un programa de educación ambiental en el marco de la campaña de recolección de pilas y baterías.

8. Quiénes son los encargados de la ejecución de cada una de las etapas de esta campaña.

9. Cuáles son los controles ambientales y de qué manera se va a medir y controlar el resultado de esta recolección.

10. Mediante qué procedimiento y con qué regulación le exigirá a las empresas la disposición final de pilas y baterías, o en su defecto cómo se va a instrumentar la exportación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 581/2008

Artículo 1º.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, a través del organismo que corresponda y dentro del plazo de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los puntos que a continuación se detallan con relación a la aplicación de la Ley Nº 154 de Residuos Patogénicos y su decreto reglamentario:

a) Si los locales de acopio o almacenamiento de residuos patogénicos de los treinta y tres (33) hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires cumplen con las características estipuladas en los artículos 23, 24 y 25 del Decreto Nº 1.886/001 (BOCBA 1328 Publ. 28/11/2001) que reglamenta la Ley Nº 154.b) Si actualmente se transportan residuos patogénicos hospitalarios a plantas de tratamiento y de disposición final. En caso negativo, indicar cuándo se realizaron los últimos transportes, en qué cantidad, dónde se realizaron y las causas que impiden su actual recolección.c) Qué partidas presupuestarias se proyectan destinar durante el ejercicio 2009 para la aplicación de la Ley Nº 154 en cuanto a la generación, manipulación, almacenamiento, recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos patogénicos.d) Si se cuenta con información referida a la cantidad de litros de residuos patogénicos líquidos actualmente acumulados en los Hospitales públicos de la Ciudad de Buenos Aires. En caso afirmativo detallar cuántos litros, en qué

Page 195: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 195 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

hospitales se encuentran y si cumplen con las condiciones y tiempo de acopio establecidas en la Ley Nº 154 y su decreto reglamentario.e) Si han existido derrames de residuos patogénicos líquidos, en qué condiciones ocurrieron y si estaban ubicados en los lugares de acopio adecuados establecidos en la Ley Nº 154 y su decreto reglamentario.

Art. 2º - Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 582/2008

Artículo 1º.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires rendirá homenaje al bombero voluntario Carlos Guevara fallecido el 1º de noviembre de 2008.

Art. 2º.- Se realizará un acto en su homenaje con la presencia de familiares, autoridades, vecinos y compañeros del cuartel de Vuelta de Rocha del barrio de la Boca.

Art. 3º.- La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires colocará una placa en el cuartel de Vuelta de Rocha sito en calle Garibaldi 2042 del barrio de la Boca de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde Carlos Guevara se desempeñara como bombero voluntario con el siguiente texto:

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Airesrinde homenaje por su valentía en el cumplimiento del deber

al bombero voluntario del cuartel de Vuelta de RochaCARLOS GUEVARA

1965-2008

Art. 4°.- Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 583/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo procederá a otorgar de conformidad con lo previsto por la Ley N° 2458 (BOCBA N° 2819), un subsidio a los derechohabientes del bombero voluntario Carlos Guevara, fallecido el 1º de noviembre de 2008 cumpliendo heroicamente con su vocación de servir a la comunidad, y al bombero voluntario José Ambrosio Nardulli, gravemente herido en el mismo siniestro, ambos pertenecientes al Cuartel de Bomberos Voluntarios de Vuelta de Rocha.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 584/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo, a través del organismo que corresponda, informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el término de treinta (30) días de recibida la presente sobre los siguientes puntos:

a) Qué difusión pública tuvo la medida adoptada por el Gobierno de la C.A.B.A con fecha 1º de noviembre de 2008 en relación a la descentralización del servicio de atención, toma de denuncias y celebración de audiencias de la Dirección General de Defensa y Protección del

Page 196: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 196 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Consumidor producida a los distintos Centros de Gestión y Participación Comunal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; y con qué antelación fue difundida.

b) Cuál es el sistema de coordinación entre los Centros de Gestión y Participación Comunal y la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor.

c) Si con la implementación de la descentralización de atención de los conflictos derivados de la relación de consumo, se previó el incremento de tiempo en la tramitación de denuncias; de ser así, cuál sería dicho tiempo.

d) Cuáles son los horarios de atención al público para reclamos derivados de las relaciones de consumo en cada uno de los Centros de Gestión y Participación Comunal.

e) Si se ha realizado alguna campaña de difusión de los derechos incorporados por la Ley Nacional 26.361.

f) Especifique cómo son las instalaciones con que cada uno de los C.G.P.C. cuenta para desarrollar las tareas de Defensa de los Consumidores y Usuarios. Acerca de cada uno de los C.G.P.C. indique, si para cada trámite, cuenta con espacio adecuado para llevar a cabo los mismos.

g) Cómo se coordina la fijación de las audiencias, en particular aquellas en que los denunciados son empresas de servicios ampliamente extendidas, las cuales podrían superponerse y generar perjuicio tanto a los consumidores como a las empresas al no poder concurrir a las mismas.

h) Qué medidas se dispusieron a partir del 1º de noviembre de 2008 para el cumplimiento de lo establecido en la ley 2696, cuáles fueron los resultados y qué criterio se adoptó en relación al cartel obligatorio.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 585/2008

 Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos técnicos correspondientes, dentro de los treinta (30) días de recibida a presente, sobre los siguientes puntos referidos a la entrega de viandas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires:

 a) Indique cuál es el contenido actual de las viandas que son entregadas en escuelas públicas y hospitales pediátricos de la CABA, detallando asimismo los contenidos nutricionales de los mismos.

b) Indique desde qué fecha se está repartiendo esta nueva composición de las viandas.

 c) Qué cantidad de raciones son entregadas en total, y por escuela y por hospital con pacientes pediátricos.

 d) Cómo se adjudicaron las concesiones de los comedores escolares. Adjunte el modelo del contrato y lista de los concesionarios por escuela.

Page 197: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 197 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

 e) Informe si se procedió a la suspensión en la provisión de viandas con contenido de soja, o mezcla de soja y trigo. En caso de que la respuesta sea afirmativa, indique el modo en el que se comunicó a los concesionarios de los comedores escolares sobre la suspensión de la provisión de estos alimentos, y fecha de la misma.

 f) Indique si se realizaron estudios con anterioridad a la modificación de los contenidos nutricionales de las viandas, que avalaran el cambio, y en su caso, qué organismo los realizó. Indique a su vez, en caso de corresponder, qué motivó su posterior suspensión. Remita documentación existente.

 g) Adjunte un cuadro comparativo entre la composición de las viandas anteriores y las actuales, detallando su calidad nutricional, su contenido proteico y todo otro dato de interés nutricional.

 h) Indique qué monto se asignó en el presupuesto 2008 para lo contratación del servicio de viandas, discriminando por costo individual y total.

 i) Indique monto previsto en el presupuesto 2009 para la contratación del servicio de viandas, discriminando por costo individual y total.

 

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 586/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el plazo de (30) días de recibida la presente sobre los siguientes puntos relacionados con los casos de tuberculosis detectados a comienzos de noviembre en alumnos de una escuela de la Ciudad de Buenos Aires.

1) Cuál era el estado de salud de los jóvenes afectados al llegar a los respectivos hospitales y cuál ha sido su evolución hasta el momento.

2) Si se han detectado durante 2008 otros casos de tuberculosis en los establecimientos educativos además de los anunciados por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a comienzos de noviembre.

3) Si existe un registro detallado de las personas afectadas por esta enfermedad.

4) Cuáles han sido las medidas tomadas para la prevención de futuros casos en el establecimiento educativo en cuestión.

5) Si se han tomado medidas a fin de prevenir futuros casos en los colegios. En caso afirmativo detalle cuáles son.

6) Con qué plan de prevención sanitaria cuenta la ciudad para enfrentar esta problemática.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 587/2008

Page 198: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 198 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Artículo 1º.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que a través de los organismos correspondientes y en un plazo no mayor de treinta (30) días de recibida la presente, informe sobre los siguientes puntos:

a) Si es factible que al finalizar en sus funciones, la Intervención impuesta por el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a la Asociación Cooperadora del Instituto de Enseñanza Superior en Lenguas Vivas Juan Ramón Fernández, haya procedido irregularmente al transferir la administración del organismo a la nueva Comisión Directiva. En caso afirmativo, enumerar las causas de tal anomalía y las acciones previstas a fin de normalizar la situación. b) En qué estado se encuentran la cobertura de gastos por juicios y demandas, los libros de actas y los libros contables de la Asociación Cooperadora de la institución. Detallar caso por caso.c) Qué acciones de infraestructura edilicia tiene previstas el Ministerio de Educación a fin de resolver los problemas existentes en el establecimiento. d) Por qué motivo las autoridades del Ministerio de Educación han retirado de la mencionada institución, el servicio de seguridad. Especificar las causas que determinaron tal decisión y cuál es el plazo previsto para la restitución de dicho servicio.e) Qué previsiones se han tomado en relación con la higiene del edificio, qué cantidad de personas integran la dotación de personal de limpieza y qué superficie deben atender. Detallar, además, iniciativas tendientes a resolver el problema de la proliferación de roedores.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 588/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará dentro de los treinta (30) días de recibida la presente respecto de los tratados, acuerdos y convenios celebrados por el Jefe de Gobierno, lo siguiente:

1. Cuál es el área encargada de analizar los tratados, acuerdos y convenios celebrados a fin de determinar si corresponde o no remitirlos a la Legislatura de la Ciudad para su aprobación o rechazo;2. Cuáles son los criterios a partir de los cuales se determina qué tratados, acuerdos y convenios son remitidos a la Legislatura de la Ciudad para su aprobación o rechazo;3. Si los criterios a los que hace referencia el inciso anterior son los mismos que los aplicados por los gobiernos anteriores. En caso negativo, qué criterios han variado y por qué.4. Si la Ciudad de Buenos Aires ha sido demandada en alguna oportunidad por vicios en la celebración de algún tratado, acuerdo o convenio por no haber sido el mismo remitido a la Legislatura de la Ciudad para su aprobación o rechazo. En tal caso, remita copia de las actuaciones.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 589/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires informará, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos respecto del servicio de Subterráneos y Premetro de la Ciudad:

Page 199: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 199 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

1) Si SBASE lleva registro de la cantidad de interrupciones, servicios restringidos, demoras u otras irregularidades en la prestación del servicio de Subterráneos y Premetro de la Ciudad. En caso afirmativo proporcione la información correspondiente a los meses transcurridos durante el año 2008, especificando en cada caso: el tipo de irregularidad; la fecha y hora de comienzo y fin de la misma; la línea afectada; el número de las formaciones; las estaciones alcanzadas; y la causa de la irregularidad. En caso de que no se cuente con esta información, indique las razones.2) Las razones por las cuales el servicio de la Línea D se encuentra con demoras e interrupciones de servicio desde 2007 en manera intermitente, y “servicio con demoras” con carácter permanente desde la primera semana de julio a septiembre del año 2008. Perspectivas de continuidad de esta situación. 3) Informe si SBASE impulsa alguna acción tendiente a informar adecuadamente a los usuarios del servicio ante irregularidades en la prestación del servicio del tipo de las mencionadas ut supra.4) Informe sobre el mecanismo de procesamiento de reclamos por parte de los usuarios, e indique la cantidad de reclamos de usuarios recibidos durante el presente año y la respuesta brindada en cada caso

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoDECLARACIÓN 554/2008

Declárase de interés cultural de la Ciudad de Buenos Aires el Primer Concurso Nacional de Cuentos de Fútbol, Roberto Santoro, organizado por Ediciones Al Arco, primera editorial argentina e independiente de literatura deportiva, que se lanzará el día 27 de noviembre de 2008.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 590/2008

Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará, a través de los organismos correspondientes, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos vinculados a la permanente situación de colapso eléctrico en las villas de la Ciudad, a saber:

1. Indique cuál es el organismo dependiente del Gobierno de la Ciudad que en la actualidad se encarga de resolver el problema de riesgo eléctrico en las villas de la Ciudad.2. Indique si existe un sistema de atención de urgencias para afrontar las problemáticas del suministro eléctrico en villas. En caso afirmativo, especifique en qué consiste dicho sistema.3. Indique si se ha implementado el “Plan de Tendido Eléctrico” para la Villa 31 bis.4. Indique qué medidas se están implementando para atender la emergencia eléctrica en el Asentamiento Rodrigo Bueno.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 591/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, que proceda a informar dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, sobre las siguientes cuestiones:

Page 200: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 200 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

1) Detalle y acompañe habilitación del Gobierno de la Ciudad para la realización de los eventos denominados “PEPSI MUSIC 2008”, desarrollado durante los meses de Septiembre y Octubre de 2008 en el predio del Club Ciudad de Buenos Aires sito en la Av. Libertador 7501.2) Detalle y acompañe habilitación del Gobierno de la Ciudad para la realización del evento denominado “PERSONAL FEST”, desarrollado durante el 31 de octubre y 1° de noviembre de 2008 en el predio del Club Ciudad de Buenos Aires sito en la Av. Libertador 7501.3) Detalle y acompañe habilitación del Gobierno de la Ciudad para la instalación de los carteles publicitarios en el frente del Club Ciudad de Buenos Aires sito en la Av. Libertador 7501 y en el Club de Gimnasia y Esgrima (GEBA).4) Detalle habilitación para la realización del recital de la cantante Kylie Minogue, a desarrollarse el 15 de noviembre de 2008 en el Club de Gimnasia y Esgrima (GEBA), Sede Jorge Newbery, sito en la Av. Figueroa Alcorta 5575.5) Desarrolle la compatibilidad entre las actividades e instalaciones detalladas en los incisos anteriores y las siguientes normas:a) Ordenanza 33.919 (Normas Urbanísticas para los Clubes).b) Ley 449 (en lo referente a la declaración de Área de Protección Histórica -APH del Parque 3 de Febrero y Urbanización Parque -UP-).c) Ordenanza 47.677 (Concesiones en Espacios Verdes)6) Detalle si se ha realizado el procedimiento previsto en la Ley 123, de Evaluación de Impacto Ambiental, para la realización de los eventos y acciones detallados, principalmente sobre el evento a realizarse en el club GEBA, atento su evidente impacto sobre el Parque 3 de Febrero. En caso afirmativo acompañe copia de los respectivos expedientes.7) Detalle el encuadre de la tributación fiscal de la ciudad y los tributos, impuestos o tasas percibidos por el Gobierno de la Ciudad por la realización de tales eventos, incluyendo los servicios de alimentación. En cuanto a este último punto detalle acciones del Gobierno de la Ciudad en relación a la verificación de las normas sanitarias.8) Detalle en relación a la operación de venta de la Ciudad de Buenos Aires al Club Ciudad de Buenos Aires del predio que actualmente ocupa dicho entidad deportiva:a) Si existe cláusula de condición resolutoria. En caso afirmativo, acompañe la misma y detalle las acciones realizadas por la Ciudad para el cumplimiento de la misma. Detalle la compatibilidad de dicha cláusula resolutoria con la realización de los eventos detallados en el presente pedido de informes. b) Detalle si dicha operación de compraventa fue formalizada mediante escritura pública. En caso negativo explique motivos de dicha omisión y si el Gobierno de la Ciudad asume el pago de algún servicio o impuesto.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoDECLARACIÓN 555/2008

Decláranse de interés social y cultural de la Ciudad de Buenos Aires las actividades de festejo por el “Día del barrio de Liniers” que se realizan el día 18 de diciembre de cada año.

DECLARACIÓN 556/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su beneplácito al conmemorarse el 27º aniversario de la “Declaración sobre la eliminación de todas las formas de

Page 201: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 201 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones”, aprobada por la Organización de las Naciones Unidas el 25 de noviembre de 1981.

DECLARACIÓN 557/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere a la conmemoración del Vigésimo Aniversario de la Fundación e inicio de actividades del Centro Cultural Lola Mora, el día veintinueve de noviembre del corriente.

Texto definitivoDECLARACIÓN 559/2008

Declárese de interés sanitario de la Ciudad de Buenos Aires a la “Caminata Abierta a la Comunidad por la Donación Solidaria de Órganos y Tejidos para Trasplante”, organizada por la Asociación de Deportistas Trasplantados de la República Argentina (ADETRA) que se realizará el 30 de noviembre en el Parque Sarmiento, de la CABA.

Texto definitivoDECLARACIÓN 560/2008

Decláranse de Interés Deportivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los certámenes finales del “67º Abierto Argentino de pato” organizado por la Federación Argentina de Pato, a desarrollarse los días 14 y 20 de diciembre de 2008 en el Campo Argentino de Polo.

DECLARACIÓN 561/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su beneplácito por la realización de la Jornada “Día del Paciente Oncológico Recuperado” que se realiza el día 11 de diciembre de cada año en el Servicio de Oncología del Hospital Bernardino Rivadavia.

Texto definitivoDECLARACIÓN 562/2008

Declárese Huésped de Honor de la Ciudad de Buenos Aires al artista Andrew Loog Oldham.

Texto definitivoDECLARACIÓN 563/2008

Declarase de interés cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la “Muestra Pesebres Navideños Peruanos”, organizada por el Centro Cultural Peruano Argentino que se realizará del 1º al 15 de diciembre de 2008 en el Museo Histórico Sarmiento.

Texto definitivoDECLARACIÓN 564/2008

Page 202: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 202 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Declárase de interés social de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la muestra “Qué hacemos los Scouts”. La misma es organizada por el Movimiento Scouts, entre los días 27 de noviembre y 1º de diciembre de 2008.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 593/2008

Artículo 1º.- Declárase de interés social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la actividad “Una Navidad Feliz en Piedrabuena”, realizada por la Asociación Civil “Colores Primarios”, para la reinserción social de los niños en condiciones más desfavorables a través del Arte en sus distintas expresiones.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

DECLARACIÓN 566/2008

Declárase de Interés Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al sitio en internet “Calesitas Porteñas”, bajo la dirección url www.lascalesitas.com.ar.

Texto definitivoDECLARACIÓN 567/2008

Decláranse de interés cultural de la Ciudad de Buenos Aires los festejos del 80° aniversario de la inauguración del barrio Parque Los Andes que comenzarán el 28 de noviembre y se extenderán, durante los fines de semana, hasta el 14 de diciembre.

Texto definitivoRESOLUCIÓN 594/2008

Artículo 1º.- Declárase de interés social de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos la encuesta de comparación salarial que se realiza a través de la página web www.elsalario.com.ar.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoDECLARACIÓN 568/2008

Decláranse de interés cultural de la Ciudad de Buenos Aires las actividades que realiza la escuela popular de percusión “La Chilinga”.

Texto definitivoResolución 595/2008

Artículo 1º-. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que, por intermedio del Ministerio de Educación, y en un plazo no mayor a (30) días de recibida

Page 203: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 203 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

la presente, informe sobre los siguientes puntos con relación a los nuevos planes de las carreras de los Institutos de Formación Docente:

a) Si el Ministerio de Educación tiene en su agenda la aplicación de nuevos planes para la formación docente en la Ciudad de Buenos Aires. De ser así, indicar los procedimientos utilizados a la fecha, y los fundamentos de la reforma o transformación.b) Si los lineamientos para la elaboración de nuevos planes fue pautada por el Ministerio de Educación de la Nación, indicar cuáles fueron los documentos de apoyo.c) Indicar la política de la jurisdicción para la transformación del nivel, y las estrategias de difusión de los mismos. d) Si el Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires ha tenido en consideración en la difusión de los lineamientos propuestos por el Instituto Nacional de Formación Docente la necesidad de determinar la política de la Ciudad, y construir con los docentes de los institutos sus propuestas curriculares. De ser afirmativa la respuesta señale cuál es cronograma. En caso negativo, explique los motivos de no haber concretado la acción.e) Cuáles fueron las estrategias utilizadas para asegurar la participación de los actores involucrados en la modificación de los planes de estudio y las instituciones que comparten la experiencia.f) Si el Ministerio de Educación tiene prevista la fecha de implementación de los nuevos planes de estudio, cuál es, e informar si las instituciones están en condiciones y comparten esta implementación. g) Si es de conocimiento del Ministerio de Educación la opinión que tienen diferentes actores del sector sobre el tema. En caso afirmativo, describir las acciones realizadas.h) Remitir los nuevos planes y la opinión de los equipos de conducción y los Consejos asesores/ académicos, acerca de su implementación.

Artículo 2º-. Comuníquese, etc.

RESOLUCIÓN 596/2008

Artículo 1°.- La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo que a través de los organismos que correspondan, informe en el plazo de treinta (30) días de recibida la presente, sobre los siguientes puntos relacionados con el Hospital de Agudos “Doctor Ignacio Pirovano”:

1°.- Estado actual del edificio, planes de mantenimiento y mejoras que pudieren existir, con sus correspondientes plazos de ejecución.

2°.- Qué medidas están previstas para poner en perfectas condiciones de higiene y bioseguridad la guardia médica, a fin de evitar infecciones intrahospitalarias y la contaminación para la comunidad que concurre a la misma en la emergencia y para el personal de la salud que desempeña allí sus funciones.

3°.- Qué medidas se prevén para que los pacientes que concurren tengan una situación digna de atención y privacidad durante su permanencia en la misma.

4°.- En caso de producirse una catástrofe, indicar si existe un plan de manejo de la misma; en tal caso informar si dicha guardia dispone de espacio suficiente para la atención masiva de los damnificados, cantidad de boxes, de insumos y de personal disponible para afectar al operativo de emergencia. En tal caso enviar una copia del mismo.

5°.- Características y estado actual del equipo de rayos y emplazamiento dentro de la guardia.

Page 204: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 204 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

6°.- Con qué medios de diagnóstico por imágenes cuenta actualmente el Hospital. Estado de los mismos y características.

7°.- Ubicación del pabellón para descanso de los ambulancieros.

8°.- Cantidad de casos atendidos por guardia mensualmente, en el primer semestre del corriente año. Presentación de estadísticas por cantidad de personas atendidas, patologías por las cuales concurrieron y lugar de procedencia de los pacientes. Estado de facturación a las obras sociales y/o prepagas de los pacientes que fueron atendidos en el Hospital.

9°.- Cantidad de pacientes internados en el primer semestre del 2008 ordenado por especialidad, lugar de procedencia, y estadísticas de infecciones intrahospitalarias producidas, indicando cuáles fueron los agentes patógenos que las causaron.

10°.- Cantidad de quirófanos con los que cuenta el Hospital.

11.- Estado de avance de la nueva guardia, si está de acuerdo con el plan de trabajo. Si no es así motivo de su no cumplimiento y fecha estimada de habilitación.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Texto definitivoResolución 597/2008

Articulo 1º-. La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicita al Poder Ejecutivo, que por intermedio del Ministerio de Educación, y en un plazo no mayor a (30) días de recibida la presente, informe sobre los siguientes puntos con relación a los concursos y designaciones del personal de los Institutos de Formación Técnica Superior:

a) Si es de conocimiento de la Dirección del Área de Formación Técnica, la preocupación manifestada por el personal de conducción de los diferentes IFTS, respecto de la necesidad de reforma del Reglamento Orgánico, aprobado por la anterior administración. En caso afirmativo indicar las acciones efectuadas.b) ¿Cuáles fueron los motivos que impulsan a dicha Dirección, a no completar el proceso de titularización establecido en la Ley 2269?c) ¿Si se ha evaluado en la Dirección del Área de Formación Técnica, el impacto de la implementación del Nuevo Reglamento Orgánico, en los IFTS? En caso afirmativo, ¿qué parámetros utilizó para tal evaluación?d) Si para la conformación del Consejo Consultivo que impulsa la Dirección del Área, se han tenido en cuenta las normas vigentes, incluyendo la resolución 582.e) ¿Cómo prevé la Dirección, implementar la denominada Gestión por Resultados, en el ámbito de los IFTS?f) ¿Qué características tendrán los cursos ofrecidos por dicha Dirección, respecto a los eventuales concursos impulsados para el personal de conducción de los IFTS?g) Si han habido demoras en la designación de personal docente en el presente año. ¿Cuáles fueron los motivos de dichas demoras y qué recaudos ha tomado la Dirección del Área para solucionarlos?

Art. 2º-. Comuníquese, etc.

DECLARACIÓN 569/2008

Page 205: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 205 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al Día Internacional de la lucha contra el SIDA que se conmemora el 1º de diciembre de cada año.

Sra. Walsh.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito nos permita abstenernos en la votación que ya se realizó,

en relación con las tablas 31 y 32.

Sr. Presidente (Santilli).- Así constará en la versión taquigráfica, señora diputada.

Sr. D’Angelo.- Pido la palabra.Señor presidente: quiero pedir que se inserte mi discurso en referencia a la tabla

número 40, proyecto de declaración sobre conducción ecológica.*

Sr. Presidente (Santilli).- Así se hará, señor diputado. Todos aquellos que quieran insertar su discurso, lo podrán hacer.

Prórroga de los mandatos de los miembros del Directorio del Ente Regulador de Servicios Públicos

Sr. Moscariello.- Pido la palabra.Señor presidente: quiero solicitar la incorporación de un proyecto de resolución

como tabla. Es el expediente 2938-D-08. Dice: “Artículo 1º: se prorrogan los mandatos de los actuales miembros del Directorio del Ente Único Regulador de Servicios Públicos, hasta que sean designados los nuevos integrantes”.

El Artículo 2º es de forma.

Sr. Presidente (Santilli).- Es un proyecto de resolución.Se va a votar si se trata sobre tablas. Se requiere el voto de los dos tercios de los

diputados y diputadas presentes.

- Se vota y resulta afirmativa.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- Se prorrogan los mandatos de los actuales miembros del directorio del Ente Único Regulador de Servicios Públicos hasta que sean designados los nuevos integrantes.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

SANTILLI, Diego

FUNDAMENTOS

Señora Presidente:

* Ver apéndice.

Page 206: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 206 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Los miembros del Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme lo establecido por el artículo 139º de la Constitución de la Ciudad deben ser designados por la Legislatura de la Ciudad reflejando proporcionalmente la representación política de los bloques que la componen.

Su mandato dura cuatro años, y conforme los plazos de designación de los actuales miembros en funciones, sus mandatos, prorrogados por Resolución 475/2008, sancionada el día 16 de octubre de 2008 vencen el día 30 de noviembre.

Dado el escaso tiempo que queda, es nuestro deber como diputados de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, prorrogar los mandados de los actuales miembros del directorio ya que, y a pesar de haber iniciado al procedimiento de propuesta y designación de los miembros del Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos (Res. Nº 92-JEAOC-2008) que reemplacen a los actuales resulta materialmente imposible cumplir en término en razón de los requisitos de procedimiento que deben ser cumplidos para la designación de los mismos.

Es por ello que elevo el presente proyecto de resolución para su aprobación y consideración.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración.Se va a votar.

- Sin observación, se vota y aprueba. Sr. Presidente (Santilli).- Queda aprobada la resolución.

RESOLUCIÓN 598/2008

Artículo 1º.- Se prorrogan los mandatos de los actuales miembros del directorio del Ente Único Regulador de Servicios Públicos hasta que sean designados los nuevos integrantes.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Repudio a los actos de violencia registrados frente a las plantas impresoras de los diarios La Nación y Clarín

Sr. de Andreis.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito que se trate sobre tablas el Expediente 2937.

Sr. Presidente (Santilli).- Lea el proyecto, diputado.

Sr. de Andreis.- La declaración quedaría redactado de la siguiente manera: “La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su repudio a los actos de violencia registrados el día martes 25 del corriente mes, en que fueron bloqueadas las salidas de las

Page 207: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 207 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

plantas impresoras de los diarios La Nación y Clarín, impidiéndose la normal circulación de tales publicaciones en un claro atentado a la libertad de prensa”.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar si se trata sobre tablas. Se requiere el voto de los dos tercios de los diputados y diputadas presentes.

- Se vota y resulta afirmativa.

PROYECTO DE DECLARACIÓN

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su repudio a los actos de violencia registrados el día martes 25 del corriente mes, en que fueron bloqueadas las salidas de las plantas impresoras de los diarios La Nación y Clarín, impidiéndose la normal circulación de tales publicaciones, en un claro atentado a la libertad de prensa.

DE ANDREIS, Fernando.

Señor Presidente:

Con este proyecto expresamos nuestro enérgico repudio al accionar violento y autoritario que el día martes 25 de noviembre del corriente año sufrieran las plantas impresoras de los diarios Clarín y La Nación, en el cual fueron bloqueadas sus puertas, impidiéndose la circulación de sus respectivas tiradas.

Este modo de protesta vulnera uno de los derechos más importantes de la persona, que es la Libertad de Expresión, consagrada tanto en la Constitución Nacional, como en los Tratados Internacionales de Jerarquía Constitucional de Derechos Humanos.

Es de esperar que este tipo de hechos no vuelvan a reiterarse, y que el uso de la intimidación como modo de censurar o cercenar la libertad de expresión, nos ponga en alerta para que como sociedad no permitamos que estas prácticas se tornen corrientes.

Por eso nos sumamos al repudio general ya puesto de manifiesto por un amplio frente de sectores políticos, colegios públicos, asociaciones civiles, cámaras empresariales y periodistas, entre otros.

Por todo lo expuesto, es que le solicito se apruebe el presente proyecto.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general la declaración.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: en verdad, me hubiera gustado dar el debate para la apertura, pero,

ya que se habilitó el tratamiento sobre tablas de este expediente, deseo manifestar que el diputado autor de la iniciativa me había acercado el proyecto para que lo acompañara con mi firma, pero le dije que no.

Me gustaría que quedara constancia en la versión taquigráfica de mi posición, que seguramente va a ser la del bloque Frente para la Victoria.

Señor presidente: considero que los hechos ocurridos frente a algunos medios gráficos de comunicación fueron sindicales. Los trabajadores de los medios de prensa tienen los mismos derechos que el resto de los hombres y mujeres que se dedican a otras

Page 208: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 208 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

actividades comerciales, productivas y financieras. Por lo tanto, coartarles la posibilidad de realizar algunas de las medidas de fuerza incluidas dentro de nuestro derecho laboral para que los trabajadores sindicalizados puedan hacer propios algunos reclamos, me parece realmente exagerado.

De ninguna manera entiendo que ese reclamo haya tenido que ver con coartar la libertad de prensa. Es un reclamo sindical vinculado con el encuadramiento de trabajadores de la actividad gráfica. En ese sentido, no firmé la iniciativa, no voté a favor de la habilitación de la temática y tampoco vamos a acompañar su aprobación, porque creemos que se está haciendo una utilización política de un hecho sindical, para minar la legitimidad de las acciones iniciadas por los sindicatos.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar en general la declaración.

- Se vota y aprueba. Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en particular la declaración.

Se va a votar.

- Sin observación, se vota y aprueba. Sr. Presidente (Santilli).- Queda aprobada la declaración.

DECLARACIÓN 570/2008

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires manifiesta su repudio a los actos de violencia registrados el día martes 25 del corriente mes, en que fueron bloqueadas las salidas de las plantas impresoras de los diarios La Nación y Clarín, impidiéndose la normal circulación de tales publicaciones, en un claro atentado a la libertad de prensa.

Iluminación de monumentos y de un edificio con motivo del Día Mundial de la Diabetes

Sr. Cantero.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito que se trate sobre tablas el Expediente 2934-D-08. Se trata

de un pedido de informes debido a que el permiso que pidió la Liga Argentina de Protección al Diabético, en relación con que tenían que iluminarse de azul tres monumentos y el edificio de los Dos Congresos de la Ciudad de Buenos Aires –como se iluminaban los principales monumentos y edificios en otras ciudades del mundo–, no fue realizado por el Ministerio de Espacio Público.

Paso a leer el pedido de informes: “Artículo 1°.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, dentro de los treinta días de recibida la presente, respecto de los puntos detallados abajo, referidos a los actos programados para el 14 de noviembre de 2008, con motivo del Día Mundial de la Diabetes. a) Si la Asociación Liga Argentina de Protección al Diabético manifestó formalmente, solicitando los permisos correspondientes ante el Poder

Page 209: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 209 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Ejecutivo, su intención de iluminar varios edificios públicos en ocasión del Día Mundial de la Diabetes. De ser afirmativo, cuál fue la respuesta dada, cuáles las gestiones realizadas y sus resultados. b) Si en particular se solicitó la iluminación del Monumento al General San Martín. Caso afirmativo, informe cuáles fueron las gestiones realizadas y sus resultados.

c) Informe si con motivo del Diabecaminata del 15 de noviembre de 2008 se realizó el corte de la Avenida 9 de Julio y de la Avenida Belgrano. En caso negativo, informe las causas. Indique también si se realizaron las gestiones pertinentes para proveer de seguridad policial a esta actividad.

d) Informe si se realizaron gestiones ante organismos del Estado nacional para iluminar monumentos sujetos a su jurisdicción.

Artículo 2º.- Comuníquese, etc.”.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar si se trata sobre tablas. Se necesitan los votos de los dos tercios de los diputados presentes.

- Se vota y resulta afirmativa.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, respecto de los puntos detallados abajo, referidos a los actos programados para el 14 de noviembre de 2008, con motivo del Día Mundial de la Diabetes.

a) Si la Asociación LAPDI (Liga Argentina de Protección al Diabético) manifestó formalmente, solicitando los permisos correspondientes ante el Poder Ejecutivo, su intención de iluminar varios edificios públicos en ocasión del Día Mundial de la Diabetes. De ser afirmativo, cuál fue la respuesta dada, cuáles las gestiones realizadas y sus resultados.b) Si en particular se solicitó la iluminación del Monumento al General San Martín. Caso afirmativo informe cuáles fueron las gestiones realizadas y sus resultados.c) Informe si con motivo de la Diabecaminata del 15 de noviembre de 2008 se realizó el corte de la Av. 9 de Julio y de la Av. Belgrano En caso negativo informe las causas. Indique también si se realizaron las gestiones pertinentes para proveer de seguridad policial a esta actividad.d) Informe si se realizaron gestiones ante organismos del estado nacional para iluminar monumentos sujetos a su jurisdicción.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

CANTERO, Fernando.

Señora presidenta:

En el mes de noviembre de 2008, la Legislatura aprobó la Declaración 535/08 con el siguiente texto:

“La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara de interés sanitario al acto central del Día Mundial de la Diabetes, a realizarse el 14 de noviembre de 2008 a las 18 y 30 horas en la Plaza San Martín; y a la diabecaminata que se llevará a cabo el 15 de noviembre a las 9 y 30 horas, con partida en la Av. 9 de Julio y Av. Belgrano.”

Page 210: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 210 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

LAPDI nos hace llegar la siguiente preocupación. La Ciudad de Buenos Aires fue el único que demostró expreso desinterés en la Campaña Mundial de la Diabetes. Más de cien edificios y monumentos del país fueron iluminados de azul el día 14 en concordancia con el lema de la Federación Internacional de Diabetes: “Iluminemos la Diabetes”, con más de 800 monumentos y edificios emblemáticos del mundo involucrados en la iluminación (ver www.worlddiabetesdayorg, www.unitefordiabetes.org,, www.idf.org). A pesar de haber comenzado con la gestión de los permisos en el área correspondiente, ésta no prestó nunca colaboración, dejando muy mal parada a la Argentina (siendo que Buenos Aires es la capital de la República) ante los entes referentes mundiales de diabetes (IDF, ALAD, OMS). El mismo 14 el gobierno de la ciudad nos comunica que si queríamos iluminar de azul el monumento al Gral. San Martín debíamos comprar los filtros nosotros y llamar a la empresa de alumbrado público por nuestra cuenta para que lo coloquen a minutos de que hablaran el presidente de la Sociedad Argentina de Diabetes, de la Federación Argentina de Diabetes, del Ministerio de Salud de la Nación, la presidenta del INADI, la presidente de LAPDI y otras autoridades, ante la presencia de más de 500 personas. Por supuesto que tampoco estuvieron iluminados los otros monumentos comprometidos (el de los dos congresos, la torre Fuerza Aérea Argentina, el monumento a los españoles, el monumento a Urquiza y el Planetario). Absoluta oscuridad para la diabetes en Buenos Aires. Un verdadero papelón ante la prensa, cuyos fotógrafos nos iban informando que a su paso por los monumentos para registrar el acontecimiento, nos decían que no era así. La Diabecaminata tampoco estuvo a la altura de este acto cuando no se implementó el corte de la avenida y la seguridad policial.

Es preocupante el desinterés por la actividad mencionada, puesto que la misma está destinada a que se tome conciencia de este verdadero estrago, pandemia mundial, que significa la diabetes, patología que afecta a todos los sectores y edades.

Por lo expuesto solicito la aprobación del presente proyecto de resolución.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar.

- Sin observación, se vota y aprueba. Sr. Presidente (Santilli).- Queda aprobado en general.

En consideración en particular.Se va a votar.

- Se vota y aprueba Sr. Presidente (Santilli).- Queda aprobada la resolución.

RESOLUCIÓN 599/2008

Artículo 1º.- El Poder Ejecutivo informará a esta Legislatura, dentro de los treinta (30) días de recibida la presente, respecto de los puntos detallados abajo, referidos a los actos programados para el 14 de noviembre de 2008, con motivo del Día Mundial de la Diabetes.

a) Si la Asociación LAPDI (Liga Argentina de Protección al Diabético) manifestó formalmente, solicitando los permisos correspondientes ante el Poder Ejecutivo, su intención de iluminar varios edificios públicos en ocasión del día mundial de la diabetes.

Page 211: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 211 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

De ser afirmativo cual fue la respuesta dada, cuáles las gestiones realizadas y sus resultados.b) Si en particular se solicitó la iluminación del Monumento al General San Martín. Caso afirmativo informe cuáles fueron las gestiones realizadas y sus resultados.c) Informe si con motivo de la Diabecaminata del 15 de noviembre de 2008 se realizó el corte de la Av. 9 de Julio y de la Av. Belgrano En caso negativo informe las causas. Indique también si se realizaron las gestiones pertinentes para proveer de seguridad policial a esta actividad.d) Informe si se realizaron gestiones ante organismos del Estado nacional para iluminar monumentos sujetos a su jurisdicción.

Art. 2º.- Comuníquese, etc.

Modificación de la Ley Nº 156 (Proteatro)

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Expediente 1912-D-08, que cuenta con dictamen de las comisiones de Cultura y de Presupuesto.

DESPACHO

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1912-D-2008, iniciado por la diputada Luciana Blasco, quien propicia la modificación de la Ley 156 (ProTeatro), y

Considerando:

Que en marzo de 2009 se cumplirán diez (10) años de la promulgación de la Ley que creó el Régimen de Concertación para la Actividad Teatral no Oficial, a través del cual, la Ciudad de Buenos Aires ha colaborado en forma extraordinaria a la producción teatral y al mantenimiento de las salas en las que se desarrolla dicha producción.

Que hoy sigue siendo una herramienta inestimable para sostener y perfeccionar los recursos disponibles con que cuenta el teatro de la ciudad. Así lo entendieron las sucesivas administraciones, las que no sólo mantuvieron el régimen, sino que además lo fortalecieron otorgándole un presupuesto muy superior al mínimo establecido en la ley.

Que el Decreto 845/2000, reglamentario de la referida Ley 156, creó el Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral no Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Proteatro), el cual se encuentra conducido por un Directorio en el que tienen representación los teatros independientes, la Asociación Argentina de Empresarios Teatrales (AADET) y es integrado por actores, directores, escritores, personalidades de la investigación y de otras actividades del quehacer teatral seleccionados por concurso dicho Directorio es el que evalúa los proyectos y selecciona los que posteriormente se constituyen en beneficiarios del Régimen de Concertación.

Que durante los ocho años de gestión que lleva cumplidos, Proteatro ha acumulado una experiencia a través de la cual se ha llegado a coincidir en la necesidad de introducir pequeños

Page 212: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 212 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

cambios a la ley, tendientes a remover determinados obstáculos con los que se han topado a lo largo de su vida institucional.

Que uno de ellos, es que en numerosas ocasiones se ha visto frustrada la posibilidad de promover el teatro de la Ciudad de Buenos Aires, colaborando con los elencos que viajan a otras jurisdicciones en representación del teatro no oficial de la ciudad, debido a la forma en que se encuentra redactado el Artículo 1º de la Ley, la expresión “en la Ciudad de Buenos Aires”, resulta sumamente rígida cuando aparecen importantes proyectos de realización teatral fuera de los límites geográficos de nuestra ciudad.

Que por otra parte, la forma en que se encuentra redactado el inciso b) del Artículo 5º, deja fuera a los grupos teatrales eventuales que producen un espectáculo unipersonal, por lo que en el presente proyecto se introduce una modificación tendiente a contar con la posibilidad de subsidiar obras que adopten esta modalidad.

Que también se propone habilitar la posibilidad de realizar concertaciones con personas físicas o jurídicas de carácter privado que no conforman elencos o grupos teatrales ni salas teatrales no oficiales, toda vez que suelen perderse importantes oportunidades para la promoción del teatro, debido a la limitación impuesta en la actualidad. No obstante, se considera prudente establecer una limitación presupuestaria para éste tipo de concertación, de manera tal de impedir la eventual tergiversación del espíritu que inspiró la norma.

Que durante la vigencia del Régimen de Concertación, tanto para el caso de los grupos de teatro estables como para el caso de los eventuales o no estables, previstos en los incisos a) y b) del Art. 5º, se ha verificado la conveniencia de liquidar el sesenta por ciento (60 %) de las contribuciones acordadas en los respectivos convenios, dentro de los treinta (30) días de presentada una serie de documentos requeridos a fin de avalar la solidez del proyecto, y posteriormente, liquidar el cuarenta por ciento (40 %) restante dentro de los treinta (30) días posteriores al estreno fehacientemente comprobado de la obra. Dicha práctica se ha establecido a través del Decreto Nº 763/ 2.005, que modificó el Decreto Nº 845/ 2.000, reglamentario de la Ley 156.

Que teniendo en cuenta que la afectación presupuestaria del estado se realiza durante la ejecución de ejercicios anuales, es necesario establecer la obligatoriedad de estrenar las obras subsidiadas, antes del quince (15) de diciembre del año correspondiente a la suscripción del acuerdo previsto en el Régimen de Concertación, modificando el inciso a) del Art. 6º y el Art. 7º, a los efectos de poder afrontar las obligaciones contraídas.

Que también se ha considerado conveniente sustituir el Artículo 9º, por cuanto resulta necesario establecer el requisito indispensable para que los potenciales beneficiarios que se constituyan en tales, a partir de la inclusión del inciso d) en el Artículo 5º, puedan realizar su solicitud y, teniendo en cuenta además, que la norma actualmente contenida en ese artículo se revela prescindible, por contener una aclaración que no es necesaria, de esta manera, se evita el corrimiento del articulado sucesivo.

Que resulta oportuno incluir en la modificación de la ley, la actualización del monto mínimo establecido en el Artículo 11, mejorando a su vez la redacción de dicho artículo, teniendo en cuenta que en la actualidad el presupuesto asignado al régimen de concertación lo supera en forma holgada.

Que por último, la experiencia obtenida a lo largo de la gestión de Proteatro ha puesto en evidencia que cuando se producen inobservancias de las obligaciones contractuales, ya sean éstas de carácter técnico o artístico, resultan administrativamente impracticables las quitas

Page 213: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 213 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

porcentuales aludidas originariamente en el Artículo 15, dado que en la mayoría de los casos, al momento de la verificación del incumplimiento, el beneficiario ha percibido la totalidad de las contribuciones, por lo que se propone una modificación también en la forma en que se establecen las sanciones.

Por lo expuesto, esta Comisión de Cultura aconseja la sanción de la siguiente:

LEY

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Créase el Régimen de Concertación para la Actividad Teatral no Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y fomentar el teatro de la Ciudad de Buenos Aires”.

Art. 2º.- Modifícase el inciso b) del Artículo 5º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Grupos de teatro eventuales o no estables conformados para la realización de un único espectáculo teatral, incluyendo los espectáculos unipersonales”.

Art. 3º.- Modifícase el Artículo 5º de la Ley 156 agregando al final del mismo el siguiente texto: “d) Personas físicas o jurídicas de carácter privado, que realicen actividades de promoción del teatro no oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo afectarse a este tipo de acuerdos hasta el veinte por ciento (20 %) del presupuesto asignado al presente régimen”.

Art. 4º.- Modifícase el inciso a) del Artículo 6º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Presentar una propuesta de espectáculo, con el compromiso de estrenarlo antes del quince (15) de diciembre del año en que se realiza la correspondiente concertación, incluyendo con preferencia, la representación de autores nacionales o extranjeros con no menos de cinco años de residencia continua en el país”.

Art. 5º.- Modifícase el Artículo 7º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Para acceder a los beneficios de la presente ley, los grupos o elencos eventuales mencionados en el Artículo 5º inciso b) deben presentar una propuesta de espectáculo, con el compromiso de estrenarlo antes del quince (15) de diciembre del año en que se realiza la correspondiente concertación y de efectuar un mínimo de doce (12) funciones durante el plazo máximo de un (1) año desde la fecha de estreno”.

Art. 6º.- Sustitúyase el Artículo 9º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Para acceder a los beneficios de la presente ley, las personas físicas o jurídicas mencionadas en el Artículo 5º inciso d) deben presentar un proyecto consistente en promover la actividad teatral, a ejecutarse durante el plazo máximo de un año a partir de que se haga efectivo el beneficio”

Art. 7º.- Modifícase el Artículo 11 de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “para ejecutar las actividades previstas en la presente ley, la autoridad de aplicación dispondrá de un presupuesto anual no inferior al .021% del presupuesto total de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Los gastos administrativos y de personal que demande la implementación de la presente ley no podrán superar el 10% de la partida presupuestaria correspondiente”

Art. 8º.- Modifícase el Artículo 15 de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “El incumplimiento de las obligaciones emergentes de los acuerdos celebrados o las normas que se dicten en virtud de la presente ley, dará lugar, atendiendo a las circunstancias del caso y sin perjuicio de otras sanciones que se establezcan en la reglamentación correspondiente, a la aplicación indistinta o conjunta de las siguientes sanciones:

a) Pérdida o suspensión de los montos pendientes de acreditación.

Page 214: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 214 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

b) Inhabilitación transitoria para acogerse a los beneficios del Régimen de Concertación.c) Remisión de los antecedentes a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a fin de iniciar las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder”.

Art. 9º.- Comuníquese etc.

Sala de la comisión: 17 de noviembre de 2008URDAPILLETA, Inés; TAMARGO, Avelino; SAYA, Lidia; BLASCO, Luciana; MOSCARIELLO, Oscar; VARELA, Marta; ALEGRE, Gabriela; DI FILIPPO, Facundo y WALSH, Patricia.

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

El Expediente 1912-D-2008, de autoría de la diputada Luciana Blasco, por el cual se propicia la modificación de la Ley 156 (Proteatro), y

Considerando:

Que en marzo de 2.009 se cumplirán diez (10) años de la promulgación de la ley que creó el Régimen de Concertación para la Actividad Teatral no Oficial, a través del cual, la Ciudad de Buenos Aires ha colaborado en forma extraordinaria a la producción teatral y al mantenimiento de las salas en las que se desarrolla dicha producción.

Que hoy sigue siendo una herramienta inestimable para sostener y perfeccionar los recursos disponibles con que cuenta el teatro de la ciudad. Así lo entendieron las sucesivas administraciones, las que no sólo mantuvieron el régimen, sino que además lo fortalecieron otorgándole un presupuesto muy superior al mínimo establecido en la ley.

Que el Decreto 845/2.000, reglamentario de la referida Ley 156, creó el Instituto para la Protección y Fomento de la Actividad Teatral no Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Proteatro), el cual se encuentra conducido por un Directorio en el que tienen representación los teatros independientes, la Asociación Argentina de Empresarios Teatrales (AADET) y es integrado por actores, directores, escritores, personalidades de la investigación y de otras actividades del quehacer teatral seleccionados por concurso, dicho Directorio es el que evalúa los proyectos y selecciona los que posteriormente se constituyen en beneficiarios del Régimen de Concertación.

Que por otra parte, la forma en que se encuentra redactado el inciso b) del Artículo 5º, deja fuera a los grupos teatrales eventuales que producen un espectáculo unipersonal, por lo que en el presente proyecto se introduce una modificación tendiente a contar con la posibilidad de subsidiar obras que adopten esta modalidad.

Que también se propone habilitar la posibilidad de realizar concertaciones con personas físicas o jurídicas de carácter privado que no conforman elencos o grupos teatrales ni salas teatrales no oficiales, toda vez que suelen perderse importantes oportunidades para la promoción del teatro, debido a la limitación impuesta en la actualidad. No obstante, se considera prudente establecer una limitación presupuestaria para éste tipo de concertación, de manera tal de impedir la eventual tergiversación del espíritu que inspiró la norma.

Page 215: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 215 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que durante la vigencia del Régimen de Concertación, tanto para el caso de los grupos de teatro estables como para el caso de los eventuales o no estables, previstos en los incisos a) y b) del Artículo 5º, se ha verificado la conveniencia de liquidar el sesenta por ciento (60 %) de las contribuciones acordadas en los respectivos convenios, dentro de los treinta (30) días de presentada una serie de documentos requeridos a fin de avalar la solidez del proyecto, y posteriormente, liquidar el cuarenta por ciento (40 %) restante dentro de los treinta (30) días posteriores al estreno fehacientemente comprobado de la obra. Dicha práctica se ha establecido a través del Decreto Nº 763/ 2.005, que modificó el Decreto Nº 845/ 2.000, reglamentario de la Ley 156.

Que teniendo en cuenta que la afectación presupuestaria del estado se realiza durante la ejecución de ejercicios anuales, es necesario establecer la obligatoriedad de estrenar las obras subsidiadas, antes del quince (15) de diciembre del año correspondiente a la suscripción del acuerdo previsto en el Régimen de Concertación, modificando el inciso a) del Artículo 6º y el Artículo 7º, a los efectos de poder afrontar las obligaciones contraídas.

Que también se ha considerado conveniente sustituir el Artículo 9º, por cuanto resulta necesario establecer el requisito indispensable para que los potenciales beneficiarios que se constituyan en tales, a partir de la inclusión del inciso d) en el Artículo 5º, puedan realizar su solicitud y, teniendo en cuenta además, que la norma actualmente contenida en ese artículo se revela prescindible, por contener una aclaración que no es necesaria, de esta manera, se evita el corrimiento del articulado sucesivo.

Que la autora propone además incluir en la modificación de la ley, la actualización del monto mínimo establecido en el Artículo 11, mejorando a su vez la redacción de dicho artículo, teniendo en cuenta que en la actualidad el presupuesto asignado al régimen de concertación lo supera en forma holgada.

Que por último, la experiencia obtenida a lo largo de la gestión de Proteatro ha puesto en evidencia que cuando se producen inobservancias de las obligaciones contractuales, ya sean éstas de carácter técnico o artístico, resultan administrativamente impracticables las quitas porcentuales aludidas originariamente en el Artículo 15, dado que en la mayoría de los casos, al momento de la verificación del incumplimiento, el beneficiario ha percibido la totalidad de las contribuciones, por lo que se propone una modificación también en la forma en que se establecen las sanciones.

Por lo expuesto, esta Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria adhiere al dictamen nuestra similar de Cultura.

Sala de la comisión: 26 de noviembre de 2008.GONZÁLEZ, Alvaro; ASINELLI, Christian; SANTILLI, Diego; DESTÉFANO, Roberto; DE ANDREIS, Fernando; ARAUJO, Carlos; IBARRA, Aníbal; DI FILIPPO, Facundo y MEIS, Marcelo.

Se deja constancia que la reunión de la Comisión se llevó a cabo con quórum suficiente, en el marco del Artículo 144, del Reglamento Interno.

PALERMO, Vicente. Director de la Comisión de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.Se va a votar por el sistema electrónico.

Page 216: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 216 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Blasco, Borrelli, Cantero, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Fernández, Gómez, González, Hourest, Ibarra, Ingaramo, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Pagani, Pedreira, Puy, Rodríguez Araya, Santilli, Smith, Tamargo, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 37 votos, todos a favor. Agregan sus votos la diputada Parada y el diputado Olmos. Queda aprobado en general. En consideración en particular.

Sra. Blasco.- Pido la palabra. Señor presidente: propongo una modificación al Artículo 7º del despacho, a raíz de

un aporte que hizo el presidente de la Comisión de Presupuesto, y que ha sido tomado por la presidenta de la Comisión de Cultura, quien había sugerido la redacción del artículo tal cual figura en el despacho.

El nuevo artículo diría lo siguiente: “Artículo 7º.- Modifícase el Artículo 11 de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: ‘Para ejecutar las actividades previstas en la presente ley, la autoridad de aplicación dispondrá de un presupuesto anual no inferior a tres millones (3.000.000) de unidades fijas, cuyo valor quedará establecido en la Ley de Presupuesto para el respectivo ejercicio. Los gastos administrativos y de personal que demande la implementación de la presente ley no podrán superar el 10 por ciento de la partida presupuestaria correspondiente”.

Sr. Presidente (Santilli).- Con la modificación propuesta por la diputada Blasco, se van a votar los artículos 1º al 8º por el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, Epszteyn, Fernández, Gómez, González, Ibarra, Ingaramo, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Tamargo, Urdapilleta, Varela, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 41 votos, todos a favor.Agregan sus votos la diputada Parada y el diputado Hourest. El Artículo 9º es de forma. Queda sancionada la ley.

Texto definitivoLEY 2945

Page 217: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 217 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 1º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Créase el Régimen de Concertación para la Actividad Teatral no Oficial, con el objeto de proteger, propiciar y fomentar el teatro de la Ciudad de Buenos Aires”.

Art. 2º.- Modifícase el inciso b) del Artículo 5º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Grupos de teatro eventuales o no estables conformados para la realización de un único espectáculo teatral, incluyendo los espectáculos unipersonales”.

Art. 3º.- Modifícase el Artículo 5º de la Ley 156 agregando al final del mismo el siguiente texto: “d) Personas físicas o jurídicas de carácter privado, que realicen actividades de promoción del teatro no oficial de la Ciudad de Buenos Aires, pudiendo afectarse a este tipo de acuerdos hasta el veinte por ciento (20 %) del presupuesto asignado al presente régimen”.

Art. 4º.- Modifícase el inciso a) del Artículo 6º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Presentar una propuesta de espectáculo, con el compromiso de estrenarlo antes del quince (15) de diciembre del año en que se realiza la correspondiente concertación, incluyendo con preferencia, la representación de autores nacionales o extranjeros con no menos de cinco años de residencia continua en el país”.

Art. 5º.- Modifícase el Artículo 7º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Para acceder a los beneficios de la presente ley, los grupos o elencos eventuales mencionados en el Artículo 5º inciso b) deben presentar una propuesta de espectáculo, con el compromiso de estrenarlo antes del quince (15) de diciembre del año en que se realiza la correspondiente concertación y de efectuar un mínimo de doce (12) funciones durante el plazo máximo de un (1) año desde la fecha de estreno”.

Art. 6º.- Sustitúyase el Artículo 9º de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “Para acceder a los beneficios de la presente ley, las personas físicas o jurídicas mencionadas en el Artículo 5º inciso d) deben presentar un proyecto consistente en promover la actividad teatral, a ejecutarse durante el plazo máximo de un año a partir de que se haga efectivo el beneficio”

Art. 7º.- Modifícase el Artículo 11 de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “para ejecutar las actividades previstas en la presente ley, la autoridad de aplicación dispondrá de un presupuesto anual no inferior a tres millones (3.000.000) de unidades fijas, cuyo valor quedará establecido en la Ley de Presupuesto para el respectivo ejercicio. Los gastos administrativos y de personal que demande la implementación de la presente Ley no podrán superar el 10% de la partida presupuestaria correspondiente”.

Art. 8º.- Modifícase el Artículo 15 de la Ley 156, el que queda redactado de la siguiente manera: “El incumplimiento de las obligaciones emergentes de los acuerdos celebrados o las normas que se dicten en virtud de la presente Ley, dará lugar, atendiendo a las circunstancias del caso y sin perjuicio de otras sanciones que se establezcan en la reglamentación correspondiente, a la aplicación indistinta o conjunta de las siguientes sanciones:

a) Pérdida o suspensión de los montos pendientes de acreditación. b) Inhabilitación transitoria para acogerse a los beneficios del Régimen de Concertación.c) Remisión de los antecedentes a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires a fin de iniciar las acciones civiles y/o penales que puedan corresponder”.

Art. 9º.- Comuníquese etc.

Sra. Blasco.- Pido la palabra.

Page 218: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 218 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señor presidente: simplemente, agradezco a los miembros de la Comisión de Cultura por haber acompañado la modificación de la Ley 156. En particular, agradezco al diputado Álvaro González, presidente de la Comisión de Presupuesto, por su aporte.

Reconsideración de votación

Sr. Ritondo.- Pido la palabra. Señor presidente: solicito la reconsideración de la votación del Despacho 885, a fin

de agregar en el Anexo I: “Avenida Juan Bautista Alberdi y Larrazábal”. Es un punto más.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Usted pide la reconsideración de la votación del Despacho 885 para hacer un agregado?

Sr. Ritondo.- Sí, para agregar un lugar en el Anexo, que sería “Avenida Juan Bautista Alberdi y Larrazábal”.

Sr. Abrevaya.-Pido la palabra. Señor presidente: ahora me doy cuenta de que, en realidad, deberíamos reconsiderar

la votación del Despacho 887 para hacer el agregado en el “vecinal”.

Sr. Ritondo.-Sí.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar la reconsideración del Despacho 887. Se requieren los votos de los dos tercios de los diputados presentes.

- Se vota y resulta afirmativa.

Creación del Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos (Continuación)

Sr. Presidente (Santilli).- Queda habilitada la reconsideración del despacho mencionado.Diputado Ritondo: ¿podría leer el texto que propone?

Sr. Ritondo.- En el Anexo I se agregaría un punto que diría lo siguiente: “Juan Bautista Alberdi y Larrazábal”.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: como el diputado Ritondo, la diputada Gómez y yo conocemos

esa zona, debo decir que la parte ancha tendría que ser de Larrazábal hacia Pieres, entre Larrazábal y Murguiondo.

Sr. Ritondo.- Tiene razón el diputado Juan Manuel Olmos.

Page 219: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 219 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- De acuerdo con la modificación planteada por el diputado Juan Manuel Olmos, aceptada por el diputado Kravetz –y me imagino que por la diputada Gómez, que es vecina, así como también la diputada Pedreira–, se va a votar el agregado propuesto.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Pagani, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registra el voto negativo de la diputada Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 36 votos emitidos, 35 a favor y 1 en contra. Agregan su voto los diputados Godoy, Olmos, Gómez, D'Angelo, Pedreira, Mouzo, Epszteyn e Ibarra. Se han obtenido 43 votos. Por lo tanto, con esta modificación ha recibido aprobación inicial la ley que corresponde al Despacho 887, de acuerdo con lo establecido por los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad.

Texto definitivoLEY

(Aprobación inicial conforme a lo establecido en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad)

Artículo 1º.- Créase el Sistema de Estacionamientos Vecinales Subterráneos (SEV), en la Ciudad de Buenos Aires, destinado a regular la construcción y gestión de playas subterráneas de estacionamiento para el uso de vecinos de las zonas en que las mismas se instalen.

Art. 2º.- Permítase la disposición del subsuelo de la vía pública de las arterias e intersecciones descriptas en el Anexo I, parte integrante de la presente Ley, para la implementación del sistema de estacionamiento subterráneo que se crea.

Art. 3º.- Autorízase la construcción de los estacionamientos establecidos en el Artículo 1º mediante Concesión de Obra Pública de acuerdo a la Ley 17520 y sus modificatorias aplicable a la Ciudad de Buenos Aires conforme la cláusula transitoria tercera de la Ley Nº 70 (B.O.C.B.A. Nº 539) y su explotación, conservación y mantenimiento por un plazo de hasta veinte (20) años.

Art. 4º.- Los estacionamientos deberán ser construidos exclusivamente a cielo cerrado y estará a cargo del concesionario/operador la resolución de todas las interferencias, debiendo contemplarse en las bases de las Licitaciones Públicas que se convocarán a tales fines, el mantenimiento de un equilibrio razonable entre la inversión a realizar y su recupero.

Art. 5º.- El SEV se aplicará en una primera etapa a los estacionamientos cuya construcción se autoriza, en las arterias e intersecciones que se indican en el Anexo I, que forma parte de la presente.

Page 220: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 220 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 6º.- El Poder Ejecutivo podrá ubicar definitivamente las Locaciones de Estacionamiento Subterráneo que integran el SEV en un radio de 500 m. de las ubicaciones determinadas en el Anexo I de la presente en razón de mayor conveniencia técnica.

Art. 7º.- La Obra Pública que se realice en cumplimiento de la presente ley deberá dar cumplimiento a las normas contenidas en los Códigos de Edificación y de Planeamiento Urbano, garantizando que las obras no afecten la vegetación ni las estructuras existentes al momento de iniciarse las mismas, y demás normativas vigentes que le fueran aplicables.

Art. 8º.- De la capacidad total de cada una de las playas subterráneas de estacionamiento cuya construcción dispone la presente ley, el setenta por ciento (70%) de sus plazas, como mínimo, serán otorgadas mediante una concesión de uso onerosa a favor de las personas físicas que acrediten residencia efectiva en una unidad de vivienda y/o profesional, en un edificio uni o multifamiliar, dentro de un radio de 400 metros desde los límites del estacionamiento y que no posea cocheras, en primer término; que posean sólo una cochera, en segundo término, o que no posean las cocheras que necesitan, en tercer término, en ese orden de prelación. El treinta por ciento (30%) restante, podrá explotarse en alquiler mensual, diario u horario directamente por el concesionario de la obra pública.

Art. 9º.- Queda expresamente prohibido adjudicar más de una cochera a cada unidad, por lo que de verificarse tal situación, el vecino infractor perderá el derecho a la concesión de uso de la unidad respectiva.

Art. 10º.- Podrán Incorporarse al presente régimen las Playas de Estacionamiento Subterráneo aprobadas por la Ley 469, que no tuvieren viabilidad económica como tales.

Art. 11.- Facúltase al Poder Ejecutivo para que, en caso de detectar similares necesidades en otras zonas de la Ciudad, incremente hasta un 30% de la cantidad de playas de estacionamientos que como Anexo I forman parte integrante de la presente ley.

Art. 12.- Sólo podrán transferirse las cocheras otorgadas mediante concesión de uso, en caso de venta, locación u otro medio de transferencia de la unidad uni o multifamiliar destinada a vivienda y/o profesional a la cual se relacione aquella y a la persona beneficiaria de dicha transferencia. En caso de inobservancia de tal disposición, se dispondrá la caducidad automática de la concesión de uso sin perjuicio del pago por su titular al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires de los daños y perjuicios que tal conducta pudiera ocasionar.

Art. 13. -El Poder Ejecutivo dispondrá el llamado a licitación pública fijando las bases y condiciones conforme lo establecido en la Ley 17.520, declarada aplicable por la Ley 70 (BOCBA Nº 539) y de acuerdo a los lineamientos generales contenidos en la presente Ley, como así también adjudicará su ejecución al oferente cuya propuesta considere más conveniente.

Art. 14.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley determinando las condiciones que contendrá el contrato de concesión de uso de las cocheras correspondientes al Servicio de Estacionamiento Vecinal en cada caso particular, disponiendo el lugar y forma en que el vecino beneficiario abonará el canon fijado. Asimismo, controlará su correcto uso, el pago del canon y la transferencia de las cocheras correspondientes al Servicio de Estacionamiento Vecinal. La falta de pago del canon que se fije, en las condiciones que establezca la reglamentación, dará lugar a la caducidad de la concesión de uso.

Art. 15.- Publíquese y cúmplase con lo dispuesto en los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.

Page 221: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 221 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

ANEXO I

- Avda Las Heras, en su intersección con:AyacuchoAvda. Pueyrredón (Bajo la avenida o bajo la plaza)AustriaAvda. Coronel DíazAvda. Scalabrini Ortiz- Avda. Coronel Díaz, en su intersección con:JuncalAvda. Santa FeHonduras/Soler- Avda. Crámer y José Hernández- Avda. Luis María Campos, en sus intersecciones:Desde Virrey del Pino hasta Maure.- Avda. Juramento: En proximidades de la estación de Belgrano C del FFCC Línea Mitre.En su intersección con la calle O´Higgins- Avda. Córdoba, en su intersección con:Avda. PueyrredónGallo- Avda. Acoyte y Av. Rivadavia- Avda. José María Moreno y Av. Rivadavia- Avda. Donato Álvarez y Avda. Avellaneda- Parque Leonardo Pereyra (Av. Vélez Sársfield, California, Luzuriaga, Av. Gral. Iriarte)- Plaza Matheu (Magallanes, Hernandarias, Aráoz de Lamadrid, Irala)- Plaza Colombia (Av. Montes de Oca, Pinzón, Isabel la Católica, Brandsen)- Plaza Garay (Av. Juan de Garay, Solís, Pavón, Luis S. Peña)- Plaza Ejército de los Andes (Av. Rivadavia, Albariño, Ramón L. Falcón, Corvalán)- Plaza Monseñor Angelelli (Ferré, Berón de Astrada, Matanza y Erezcano)- Bulevar Chenault y Clay (Las Cañitas)- Av. Juan Bautista Alberdi, entre Larrazábal y Murguiondo

Declarar “Personalidad destacada de la cultura” a la cantautora Liliana Felipe

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el expediente 2933-D-08.

PROYECTO DE LEY

Artículo 1°.- Declárese Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Cultura a la artista Liliana Felipe.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

MAFFÍA, Diana.

FUNDAMENTOS

Señora presidenta:

Page 222: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 222 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Liliana Felipe es cantante, pianista, compositora, actriz, performer y activista social. Nació en la ciudad de Villa María, provincia de Córdoba en la década de 1950. En 1976, año del comienzo de la última dictadura militar en Argentina, se exilió en México.

En sus comienzos como intérprete, Liliana Felipe recorrió México cantando en pueblos y ciudades. Más tarde, empezó a cantar tangos en la librería “Gandhi”, de la ciudad de México y pronto la convocaron a otros escenarios de esa ciudad. En el año 1980, junto a Jesusa Rodríguez –su compañera actriz, directora, dramaturga y escenógrafa– abrieron su primer espacio cultural, “El Fracaso”, que luego se transformó en “El cuervo”. En 1990, Liliana Felipe y Jesusa Rodríguez inauguraron “El Hábito/La Capilla” un ámbito independiente de creación y experimentación donde se pusieron en escena obras muy influyentes. En este cabaret se montaron espectáculos de varieté, en los cuales se ejercían variaciones de la crítica política y del señalamiento de la subordinación de las mujeres y de otros colectivos.

En el año 2000 se casó simbólicamente con Jesusa Rodríguez, a fin de producir una intervención pública a favor de la Ley de Sociedad de Convivencia que varios movimientos sociales, entre ellos el feminismo y el movimiento de la diversidad sexual, reclamaban para la ciudad de México. Ese mismo año recibió junto a su compañera el premio Obie Award otorgado por el periódico Village Voice de Nueva York.

En el año 2001, se presentó en la ciudad de Buenos Aires en las salas La Trastienda y Fundación PROA, y en el Teatro Real de la ciudad de Córdoba. En los años 2000 y 2002, realizó funciones a beneficio de las agrupaciones H.I.J.O.S. y Familiares de Detenidos y Desaparecidos por Razones Políticas, en la ciudad de Córdoba. En 2008 actuó en el Centro Cultural Haroldo Conti (ex-ESMA). Su hermana, Esther, y su cuñado, Luis Mónaco, continúan desaparecidos desde el año 1976.

Liliana Felipe es una compositora prolífica que utilizó su formación clásica para darle forma a distintos estilos musicales como el tango, el danzón y el corrido. Sus letras están cargadas de ironía, humor y de una aguda crítica social y política. Algunos de los temas preponderantes en sus obras son la subordinación femenina en el marco de una sociedad patriarcal, la violencia contra las mujeres y los estereotipos respecto de las identidades femeninas y masculinas.

Entre sus discos se destacan “Lilith, el segundo fracaso de Dios”, “Las Horas de Belén”, “Vacas sagradas”, “Trucho” y “Tangachos”. En este último, la compositora realiza una interpretación muy personal de tangos rioplatenses clásicos.

Por todo lo expuesto, solicito la aprobación del presente proyecto.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar si se trata sobre tablas. Se requieren los votos de los dos tercios de los diputados presentes.

- Se vota y resulta afirmativa. Sr. Presidente (Santilli).- Queda habilitado el tratamiento sobre tablas.

En consideración en general el proyecto de ley.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Filippo, Di Stefano,

Page 223: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 223 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Gómez, González, Gramajo, Hourest, Ingaramo, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Moscariello, Mouzo, Olmos, Parada, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 33 votos emitidos, se registraron todos a favor. Se agregan los votos de los diputados Saya, Abbas, Pagani, Epszteyn, Ibarra, Alegre, Kravetz, Urdapilleta y Morales Gorleri. Queda aprobado en general.

En consideración en particular el Artículo 1º. Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Alegre, Amoroso, Araujo, Asinelli, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, D'Angelo, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Epszteyn, Fernández, Gómez, González, Ibarra, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Mouzo, Olmos, Pagani, Parada, Pedreira, Puy, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Urdapilleta, Walsh y Zago.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 41 votos emitidos, se registraron todos a favor. Se agrega el voto del diputado Hourest. Queda aprobado el Artículo 1º. El Artículo 2º es de forma.

Queda sancionada la ley.

LEY 2946

Artículo 1°.- Declárese Personalidad Destacada de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Cultura a la artista Liliana Felipe.

Art. 2°.- Comuníquese, etc.

Preferencias con despacho

Ley del personal de la Policía Metropolitana

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde considerar el Despacho 890.

DESPACHO 890

DESPACHO DE MAYORIA

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

Los Expedientes 2318-D-2008, de autoría del diputado Martín Borrelli, y 2444-D-2008, iniciado por la diputada Silvia La Ruffa, y

Page 224: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 224 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Considerando:

Que las presentes iniciativas tienen por objeto dar forma al Estatuto del personal civil con y sin estado policial de la Policía Metropolitana.

Que el ejercicio del monopolio de la fuerza pública es uno de los indicadores claves de la existencia de un Estado; su gestión moderna, ágil, concebida como un servicio a la comunidad y desde un punto de vista de la preservación y el resguardo de los derechos de los habitantes, indican una mirada progresista y desprejuiciada de esta misión.

Que los proyectos de Estatuto del Personal de la Policía que aquí se presentan, son parte fundamental de la estructura normativa ya que contempla los parámetros básicos de la organización del personal de la institución.

Que así en esta ley se contempla ítems tan sensibles como los deberes, derechos prohibiciones, el régimen de la carrera profesional, los distintos estados de situación de revista, los sueldos y regímenes disciplinarios.

Que, en este sentido, los/as oficiales de la Policía Metropolitana, estarán obligados a una formación y perfeccionamiento profesional permanentes y a presentar anualmente sus declaraciones juradas patrimoniales.

Que también la confidencialidad de la información a la que en función de sus tareas acceda, aún después de pasar a retiro será obligatoria en resguardo de los derechos de los ciudadanos.

Que como depositario de la fuerza pública del Estado, estos servidores públicos tendrán muchas y severas obligaciones: no serán de menor calificación y envergadura sus derechos.

Que sueldos, servicios asistenciales, retiros y pensiones son elementos que se asegurarán en función de dar tranquilidad y seguridad tanto a los miembros de la fuerza como a sus familias.

Que la propiedad de la jerarquía al que accedan, el uso del título correspondiente, el desempeño de cargos según la jerarquía alcanzada y las aptitudes demostradas; el acceso a una variada oferta de cursos de capacitación y formación y la estabilidad en el cargo serán la columna vertebral de un sistema tendiente a hacer de nuestra policía un lugar en donde el deber de servicio esté altamente recompensado.

Que de un repaso de leyes provinciales que se abocan a este tema, como las de la Provincia de Córdoba, Neuquén, La Pampa por citar sólo algunas, y de la Ley Nacional 21965 –Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina– se aprecia congruencia y homogeneidad en el tratamiento de este tema y también se observa que los deberes y derechos que se sustentan en el presente, son comunes a los sostenidos en otras jurisdicciones.

Que, asimismo, en línea con lo plasmado en la Ley de Seguridad Pública presenta una norma moderna y útil bajo la concepción fundamental de que la labor policial constituye un servicio público tendiente a la promoción de las libertades y derechos de las personas, y en ese marco, a la protección de éstas ante hechos lesivos de dichas libertades y derechos.

Que la labor policial va, de esta forma, de la mano de un nuevo tipo de profesionalismo, que de status y prestigio al personal civil con estado policial, como resultado del sistema de valores que orienta la práctica y la importancia funcional de los roles encuadrados en la estructura ocupacional pública de la sociedad.

Page 225: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 225 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Que el régimen profesional está basado en la conformación de un cuadro de personal estructurado sobre una oficialidad única que rompa y supere la tradicional diferenciación entre oficiales y suboficiales, propia de los regímenes castrenses, pero poco funcional a las necesidades de una institución civil.

Que esta cuestión da la oportunidad de diseñar una carrera profesional única, organizada sobre la base de dos especialidades, seguridad e investigaciones atadas a las labores que desempeñe el personal civil con estado policial, que debe ser el resultado de la opción vocacional de los oficiales y de la formación y capacitación que reciban.

Que se establece un sistema jerárquico diferenciado, compuesto por cuatro cuadros de oficiales, articulados en función de las tareas que se desempeñen dentro de la estructura operacional de la institución.

Que uno de los puntos de mayor trascendencia es el sistema de promociones y ascensos. El nuevo diseño no está basado exclusivamente en los antecedentes funcionales y disciplinarios ni tampoco se sustenta en la antigüedad del personal civil con estado policial sino que se estructura sobre la base de la aptitud profesional asentada en función del desempeño y la capacitación profesional.

Que además se establece un régimen de haberes que compense las responsabilidades inherentes al grado jerárquico, al desempeño del cargo orgánico y al cumplimiento efectivo de tareas asignadas y que sea suficiente para que el personal civil con estado policial tenga dedicación exclusiva y un sistema de licencias que asegure el descanso anual obligatorio y demás contingencias que hacen a la tarea policial.

Que asimismo esta nueva concepción instituye acciones concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida en su consecuencia entre hombres y mujeres y también fomenta la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control, respetando el régimen de carrera y el plan de ascensos establecidos al efecto.

Que la propuesta busca ser uno de los pilares que garanticen la estructuración de una institución civil, jerárquica y de carácter profesional, moderna y adecuada para el desempeño de las funciones de prevención y conjuración del delito y la violencia en nuestra Ciudad.

Por lo expuesto, las comisiones de Seguridad y, de Legislación General y del Trabajo aconsejan la sanción de la siguiente

LEY

ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA POLICIA METROPOLITANA

Título IGeneralidades

Capítulo Único

Disposiciones generales

Artículo 1°.- La presente Ley establece el Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana.

Título IIPersonal con estado policial

Capítulo I

Page 226: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 226 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Estado policial

Art. 2°.- El personal de la Policía Metropolitana que cumpla funciones de seguridad e investigaciones tendrá estado policial y queda comprendido en las disposiciones de la presente ley, cuenta con los derechos que ella garantiza y se sujeta a las obligaciones que ella impone, sin perjuicio de las restantes disposiciones legales aplicables.

Art. 3°.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana no puede desarrollar las funciones propias de la gestión administrativa, la dirección de los recursos humanos, la gestión económica, contable, presupuestaria y patrimonial, la gerencia logística e infraestructural no-operacional, la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, las relaciones institucionales y cualquier otra función de carácter no policial.

Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que el personal con estado policial presente una disminución permanente de su capacidad laboral, se podrá autorizar el cambio de situación de revista, con la finalidad de desarrollar las funciones indicadas en el párrafo anterior.

Art. 4°.- El/la Ministro/a de Justicia y Seguridad otorga el correspondiente estado policial a los/as oficiales egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Capítulo IIDerechos, deberes y prohibiciones

Art. 5°.- Son derechos esenciales para el personal de la Policía Metropolitana:

a) La percepción de los sueldos, suplementos y demás asignaciones, que las disposiciones legales determinen para cada grado, cargo y situación de revista.b) La propiedad de la jerarquía y el uso del grado correspondiente.c) El uso del armamento provisto por la Institución, del uniforme, insignias, atributos y distintivos propios del grado, antigüedad, especialidad y función de acuerdo a las disposiciones reglamentarias pertinentes.d) La capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales.e) La estabilidad en el empleo de acuerdo a lo establecido en este Estatuto y sus normas reglamentarias.f) El desarrollo de la carrera profesional en igualdad de oportunidades.g) La asistencia psicológica permanente y gratuita, no sólo para sí mismo sino también para su grupo familiar, en los casos que se originen en y por actos de servicio.h) La adopción de las medidas de higiene y seguridad laboral que lo protejan de los riesgos propios de cada tarea.i) La presentación de recursos y/o reclamos conforme se reglamente.j) El goce y uso de las licencias que le correspondieren. k) Los ascensos, conforme a las normas de la reglamentación correspondiente.l) Los cambios de destinos, sujetos a los recaudos que se establezcan para su solicitud, tendientes al perfeccionamiento profesional.m) La notificación escrita de las causales que dieran lugar a la denegación de ascensos, uso de licencias reglamentarias u otros derechos determinados por esta ley y demás reglamentaciones.n) El servicio médico-asistencial y social para sí, y los familiares a cargo, conforme a las normas legales vigentes.o) La percepción del haber de retiro para sí y de pensión para sus derechohabientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia.

Art. 6°.- Son deberes esenciales para el personal de la Policía Metropolitana:

Page 227: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 227 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a) Desempeñar su función de acuerdo con las leyes y reglamentaciones vigentes.b) Prestar eficientemente el servicio policial en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente.c) Obedecer toda disposición u orden emanada del superior jerárquico competente, que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de servicio, con los límites establecidos en la Ley de Seguridad Pública.d) Aceptar el grado, distinciones o títulos concedidos por autoridad competente y de acuerdo con las disposiciones vigentes. e) Ejercer las facultades de mando y disciplinarias que para el grado y cargo establece la reglamentación correspondiente. f) Presentar y actualizar anualmente, la declaración jurada de sus bienes y las modificaciones que se produzcan en su situación patrimonial y de las de su cónyuge, si lo tuviera. g) Desempeñar los cargos, funciones y comisiones del servicio, ordenado por la superioridad y/o autoridad competente.h) Asistir a las actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y/o especialización que establezca el Plan de Educación Institucional.i) Guardar secreto, aún después del retiro o baja de la Institución en todo cuanto se relacione con los asuntos del servicio que por su naturaleza, o en virtud de disposiciones especiales, impongan esa conducta, salvo requerimiento judicial.j) En caso de baja voluntaria, seguir desempeñando las funciones correspondientes, hasta el término de treinta (30) días, si antes no fuera reemplazado o aceptada su dimisión.k) Someterse a la realización de los estudios y exámenes psicofísicos establecidos en la reglamentación correspondiente.l) Cuidar y mantener en buen estado de uso y aprovechamiento los bienes provistos para el desempeño de la labor policial.m) Cumplir con el régimen disciplinario previsto en la presente ley y su reglamentación, cualesquiera fuere su situación de revista.

Art. 7°.- El personal con estado policial tiene las siguientes prohibiciones:

a) Participar en actividades políticas, partidarias, gremiales o sectoriales, o el desempeño de cargos electivos, mientras se encuentre en actividad.b) Patrocinar trámites y gestiones administrativas o judiciales referentes a asuntos de terceros vinculados con la institución.c) Desempeñar otros cargos, funciones o empleos, en el ámbito público o privado, remunerados o no, excepto el ejercicio de la docencia en la forma que lo establezca la reglamentación, mientras permanezca en el servicio activo.

Capítulo IIIEstabilidad

Art. 8°.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana adquiere estabilidad en el empleo después de transcurridos doce (12) meses de efectiva prestación de servicios y una vez que hubiere aprobado las evaluaciones de rendimiento y aptitud que determine la reglamentación.

Durante el tiempo que el personal carezca de estabilidad, tiene todos los derechos y deberes previstos en esta ley y dicho lapso debe ser computado para la antigüedad en la carrera profesional del personal.

Art. 9°.- La estabilidad en el empleo no comprende a la estabilidad en el cargo o función, ni da derecho a continuar gozando de los suplementos especiales inherentes al mismo

Page 228: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 228 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 10°.- La estabilidad en el empleo del personal con estado policial sólo se pierde por la baja justificada por las causales establecidas en la presente ley, las normas reglamentarias, y previo sumario administrativo correspondiente.

Capítulo IVCarrera profesional

Art. 11.- El régimen de carrera profesional del personal con estado policial se basa en los principios de profesionalización, eficiencia funcional, y capacitación, atendiendo a la satisfacción plena de las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad pública.

Art. 12.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana reviste en un escalafón único que se denominará “Escalafón General Policial” y que cuenta con dos especialidades básicas:

a) Seguridad. b) Investigaciones.

Art. 13.- La especialidad Seguridad está conformada por el personal civil con estado policial abocado exclusivamente al desarrollo de las actividades y acciones propias de las funciones de seguridad.

Art. 14.- La especialidad Investigaciones está conformada por el personal con estado policial abocado exclusivamente al desarrollo de las actividades y acciones propias de las funciones de investigación.

Art. 15.- Los requisitos y exigencias profesionales para que el personal con estado policial de la Policía Metropolitana se incorpore a cada especialidad son establecidos en la norma reglamentaria.

Art. 16.- El personal con estado policial tiene una carrera profesional única organizada sobre la base de las especialidades establecidas en el presente capítulo.

La incorporación y el desarrollo de la carrera profesional del personal en cada especialidad debe resultar de la opción vocacional de los efectivos así como también de la formación y capacitación que reciban, del desempeño profesional durante el ejercicio de sus funciones y las necesidades de la institución policial.

Capítulo VJerarquías

Art. 17.- El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con las siguientes jerarquías en orden creciente:

a) Oficial.b) Oficial Mayor.c) Subinspector.d) Inspector.e) Teniente.f) Capitán.g) Comisionado.h) Comisionado General.

El cuadro de Oficiales Operativos está integrado por el personal con estado policial que alcance las jerarquías de Oficial y Oficial Mayor.

Page 229: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 229 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal con estado policial que alcance las jerarquías de Subinspector e Inspector.

El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal con estado policial que alcance las jerarquías de Teniente y Capitán.

El cuadro de Oficiales de Conducción está integrado por el personal con estado policial que alcance las jerarquías de Comisionado y Comisionado General.

Art. 18.- Cada jerarquía está comprendida por las fracciones que determine la reglamentación. Las distintas fracciones están conformadas por las especialidades adquiridas, los conocimientos alcanzados, el desarrollo de las aptitudes y la eficiencia acreditada en el desempeño de la función que, en su conjunto y a los efectos de esta ley, se denominarán competencias.

El acceso a las distintas fracciones se obtendrá mediante la acreditación de las competencias requeridas para cada uno de ellos.

Capítulo VIDesignación de cargos

Art. 19.- La ocupación de los cargos orgánicos de la Policía Metropolitana, será resuelta de acuerdo con el mérito y los antecedentes de los/as candidatos/as y siguiendo los mecanismos de selección que se implementen a través de la reglamentación, los cuales deben regirse por los siguientes criterios:

a) La formación y capacitación profesional.b) El desempeño de la carrera profesional.c) Los antecedentes funcionales y disciplinarios.

La reglamentación determina las jerarquías, el perfil profesional y/o las destrezas o formación profesionales para la ocupación de cada cargo orgánico de la Policía Metropolitana.

Capítulo VIIAscensos y promociones

Art. 20.- Los ascensos y promociones del personal con estado policial correspondientes al cuadro de oficiales de conducción son decretados por el/la Jefe/a de Gobierno, aquellos correspondientes al cuadro de oficiales de dirección son resueltos por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad y los de los cuadros de oficiales supervisores y operativos son dispuestos por el/la Jefe/a de Policía Metropolitana.

A tales efectos la reglamentación establecerá el régimen de calificaciones del personal con estado policial, los tiempos mínimos de permanencia en la jerarquía y el régimen de promociones, con determinación de las condiciones de aptitud y formalidades para los ascensos y promociones.

Art. 21.- La reglamentación establece los mecanismos de la promoción y ascenso a una jerarquía superior dentro de la carrera profesional, la que debe ajustarse a los siguientes requisitos:

a) La disponibilidad de vacantes en la jerarquía al que se aspira.b) La acreditación de los conocimientos profesionales requeridos para el desempeño de las funciones o los cargos orgánicos correspondientes a la jerarquía a cubrir.c) La aprobación de los cursos de ascenso o nivelación que determine la reglamentación.d) La declaración de aptitud profesional establecida por un comité de evaluación conformado según la reglamentación.

Page 230: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 230 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

e) El tiempo mínimo de permanencia en la jerarquíaf) La acreditación de las condiciones psicofísicas necesarias.

Art. 22.- Sin perjuicio de las promociones y ascensos ordinarios, pueden determinarse promociones y ascensos del personal con estado policial que se distinguiese en actos de servicios debidamente acreditados, o falleciera a consecuencia de éstos, conforme lo establezca la reglamentación.

Art. 23.- Sin perjuicio de lo que se establezca en la reglamentación respectiva serán causales de inhabilitación para el ascenso y promoción:

a) Hallarse bajo sumario judicial con auto de procesamiento.b) Hallarse bajo sumario administrativo por falta grave hasta su resolución.c) No contar con la antigüedad mínima requerida en el grado conforme lo determine la reglamentación respectiva.d) No aprobar los cursos de capacitación o perfeccionamiento policial requeridos para el ascenso al grado superior inmediato.e) No reunir las condiciones psicofísicas necesarias para el ascenso.

Capítulo VIIISuperioridad

Art. 24.- El ejercicio de la superioridad en el ámbito de la Policía Metropolitana consiste en el ejercicio del mando a través de la emisión de una orden de servicio legal y legítima de parte de un superior y el cumplimiento estricto de la misma de parte de un subordinado, durante el desarrollo de las funciones propias del servicio y de acuerdo con las prescripciones y los límites establecidos por la presente ley y por las normas reglamentarias.

En el ámbito de la Policía Metropolitana el ejercicio de la superioridad puede tener tres modalidades diferenciadas:

a) La superioridad jerárquica, que es la que se ejerce sobre otro como consecuencia de la posesión de una jerarquía superior o, a igualdad de jerarquía, por la antigüedad en la misma y, a igualdad de antigüedad, por la fecha de ascenso al grado inmediato anterior y así sucesivamente, hasta el promedio de egreso del Instituto Superior de Seguridad Pública.b) La superioridad orgánica, que es la que se ejerce sobre otro como consecuencia de la ocupación de un cargo de la estructura orgánica de la Policía Metropolitana con funciones de dirección o conducción, independientemente de su jerarquía.c) La superioridad funcional, que es la que se ejerce sobre otro durante el desarrollo de una misión, operación o actividad concreta y específica, ordenada por un superior y en la que se asigna responsabilidades y atribuciones precisas de mando a un efectivo que tiene una jerarquía y/o un cargo inferior al de los demás integrantes de la misión, operación o actividad, siempre que medien razones de servicio que así lo justifiquen.

Capítulo IXSituaciones de revista

Art. 25.- Las situaciones de revista del personal con estado policial son:

a) Actividad: Es aquella que impone la obligación de desempeñar funciones policiales, en el destino o comisión que disponga la superioridad. Este personal forma el cuadro permanente de la Institución.

Page 231: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 231 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

b) Retiro: Es aquella en la cual, sin perder su grado ni estado policial, el personal proveniente del cuadro permanente cesa en el cumplimiento de funciones con carácter obligatorio por acceder al beneficio provisional, excepto en la situación prevista en el Artículo 52.

Art. 26.- El personal con estado policial que revista en actividad, puede hallarse en las siguientes situaciones:

a) Servicio efectivo.b) Disponibilidad.c) Pasiva.

Art. 27.- El personal con estado policial revista en situación de servicio efectivo cuando ejerza ordinariamente las funciones y tareas propias de su cargo.

Art. 28.- El personal con estado policial revista en situación de disponibilidad cuando permanece separado de las funciones y tareas ordinarias que le corresponderían por su jerarquía, por el lapso que se fije en la reglamentación y/o hasta la resolución de la causa que motivó su cambio de situación de revista.

Art. 29.- El personal con estado policial revista en situación de pasiva cuando, por las causas que se determinen en la reglamentación, no desempeña cargo o función alguna.

Art. 30.- El personal con estado policial usará obligatoriamente el uniforme reglamentario y su debida identificación en todos los actos de servicio, salvo en los casos de excepción, que por autorización expresa realice la superioridad y/u orden emanada de autoridad judicial.

Capítulo XILicencias

Art. 31.- El personal civil con estado policial tiene el derecho al uso de las siguientes licencias:

a) Licencia anual ordinariab) Licencias especialesc) Licencias extraordinarias

Art. 32.- La licencia anual ordinaria tiene por finalidad permitir el descanso periódico del personal con estado policial y, en todos los casos, es de utilización obligatoria y con goce de haberes, de acuerdo a la siguiente escala:

a) Hasta cinco (5) años de antigüedad, corresponden quince (15) días hábiles.b) Hasta diez (10) años de antigüedad, corresponden veintiún (21) días hábiles.c) Más de diez (10) años de antigüedad, corresponden treinta (30) días hábiles.

El personal ingresante o reingresante hará uso de la licencia siempre que con anterioridad a la iniciación del período haya prestado servicios por un lapso no inferior a tres (3) meses, en cuyo supuesto le corresponderá una licencia proporcional al tiempo trabajado.

Cuando se trate de oficiales casados, o unidos civilmente de acuerdo a la Ley 1004 y ambos revisten en la Policía Metropolitana, les será otorgada en forma simultánea, siempre que razones de servicio lo permitan.

Por razones del servicio, se podrá disponer su fraccionamiento, interrupción y transferencia íntegra o parcial al año siguiente.

Esta licencia podrá interrumpirse por afecciones o lesiones para cuya atención la autoridad sanitaria de la institución hubiere acordado más de cinco (5) días de licencia, o bien por maternidad, paternidad, adopción o fallecimiento.

Page 232: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 232 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 33.- Las licencias especiales tienen por finalidad atender la inhabilitación temporaria para el desempeño de las funciones del personal con estado policial, a saber:

a) Licencia por enfermedad de tratamiento breveb) Licencia por enfermedad de tratamiento prolongadoc) Licencia por enfermedad profesional o accidente de trabajod) Licencia por maternidade) Licencia por paternidadf) Licencia por pérdida de gestacióng) Licencia por adopciónh) Licencia por hijo/a discapacitado/ai) Licencia por matrimonioj) Licencia por unión civil de acuerdo a la Ley 1004.

Art. 34.- La licencia por enfermedad de tratamiento breve tiene por finalidad atender la incapacidad temporaria para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades o accidentes sufridos por causas ajenas al mismo, de corto tratamiento, incluidas las intervenciones quirúrgicas menores.

Se concede hasta cuarenta y cinco (45) días corridos por año calendario, en forma continua o discontinua, período durante el cual el personal con estado policial que haga uso de la misma tendrá goce de haberes.

Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, cualquier otra licencia por enfermedad de tratamiento breve que sea necesario otorgar al personal con estado policial durante el curso del año por las causales enunciadas, será revistando en disponibilidad sin goce de haberes.

Art. 35.- La licencia por enfermedad de tratamiento prolongado tiene por finalidad atender la incapacidad prolongada para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades graves, intervenciones quirúrgicas, excepto la cirugía menor, o accidentes graves sufridos por causas ajenas al mismo.

La licencia por enfermedad de tratamiento prolongado se concederá hasta doce (12) meses, en forma continua o discontinua, para una misma o distinta enfermedad o accidente grave, período durante el cual el personal civil con estado policial que haga uso de la misma revistará en situación de servicio efectivo con goce de haberes.

Agotado dicho término, previo dictamen médico laboral de la autoridad sanitaria de la institución, la misma podrá prorrogarse hasta doce (12) meses más, en forma continua o discontinua, para una misma o distinta enfermedad o accidente grave, período durante el cual el personal con estado policial que haga uso de la misma revistará en situación de disponibilidad y con goce del setenta y cinco (75%) de los haberes. Si, cumplido dicho término, el personal con estado policial no se hubiere recuperado, se revistará en situación de pasiva durante doce (12) meses más, percibiendo el cincuenta (50%) de los haberes.

Cuando el personal con estado policial que haga uso de la licencia por enfermedad de tratamiento prolongado no goce de estabilidad, el período de duración de la misma no quedará comprendido dentro del período condicional, debiendo continuarse con el cómputo de dicho lapso hasta su agotamiento a partir de la fecha en que aquél se reintegre al servicio.

Art. 36.- La licencia por enfermedad profesional o accidente de trabajo tiene por finalidad atender la incapacidad temporaria para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo y se regirá por lo previsto en la Ley Nacional 24.557 o por la norma que la sustituya.

Page 233: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 233 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 37.- La licencia por maternidad se concederá por cien (100) días corridos, quedando prohibido el trabajo del personal femenino durante los treinta (30) días anteriores al parto y hasta setenta (70) días corridos después del mismo, con goce de haberes. En caso de nacimiento múltiple el lapso previsto para el período de post-parto se extenderá por el término de quince (15) días corridos por cada hijo/a nacido después del primero.

Art. 38.- La licencia por paternidad se concederá por nacimiento de hijo para el personal masculino y será de diez (10) días corridos a partir de la fecha del nacimiento, con goce de haberes.

Art. 39.- La licencia por pérdida de gestación no inferior a tres (3) meses o de nacimiento sin vida de la criatura, se concederá por setenta (70) días corridos con goce de haberes.

Art. 40.- La licencia por adopción se concederá por sesenta (60) días corridos con goce de haberes, a contar a partir del primer día hábil de tener al niño, al personal que acredite la guarda con fines de adopción.

Art. 41.- La licencia por hijo/a discapacitado/a se concederá por tres (3) meses desde la fecha de vencimiento del período de licencia por maternidad o desde que se presente la patología, con goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia, el personal deberá presentar el Certificado Único de Discapacidad, según lo establecido en los artículos 2º y 3º de la Ley Nacional 22431. Cuando la madre y el padre se desempeñaren en la institución, deberán optar por quien la gozará o solicitar cada uno la mitad de la licencia en forma sucesiva.

Art. 42.- La licencia por matrimonio o unión civil será de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del matrimonio civil, o de la inscripción prevista en el artículo 2° inciso a) de la Ley 1004, con goce de haberes.

Art. 43.- El personal con estado policial puede usufructuar, bajo los términos y condiciones establecidas en el presente artículo, de las siguientes licencias extraordinarias:

a) Licencia por asuntos particulares no vinculados con la institución, hasta seis (6) días por año, con un máximo de dos (2) por mes, con goce de haberes.b) Licencia por exámenes en el sistema de enseñanza oficial, hasta veintiocho (28) días hábiles por año, fraccionables en tantos días como sean necesarios pero ninguno superior a cinco (5) días hábiles corridos, con goce de haberes.c) Licencia por estudios o investigaciones científicas, técnicas o culturales incluidos el usufructo de becas y la participación en conferencias, congresos o eventos académicos, tanto en el país como en el extranjero, tendientes a mejorar su preparación técnica, académica o profesional, se concederá por un período de hasta un (1) año.

Si la actividad en cuestión, a criterio del Instituto Superior de Seguridad Pública, estuviese relacionada con la función que desempeña el personal que la solicite, la licencia se concederá con goce de haberes. De lo contrario, se concederá sin goce de haberes y siempre que no obstara razones de servicio o de conveniencia institucional.

d) Licencia por matrimonio o unión civil de hijo/a, será de dos (2) días hábiles, con goce de haberes.e) Licencia por fallecimiento de familiar tal como conviviente, cónyuge, hijos, padres o hermanos, será de cuatro (4) días hábiles corridos a partir, a opción del personal, del fallecimiento, de la toma de conocimiento del mismo en situaciones justificadas o de las exequias, con goce de haberes.f) Licencia por fallecimiento de abuelos, nietos, suegros o cuñados será de hasta dos (2) días hábiles corridos a partir, a opción del personal, del fallecimiento, de la toma de conocimiento del mismo en situaciones justificadas o de las exequias, con goce de haberes.

Page 234: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 234 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

g) Licencia por enfermedad de un familiar a cargo, conviviente o persona a cargo será de hasta diez (10) días hábiles por año, en forma continua o discontinua, con goce de haberes. Este plazo podrá prorrogarse sin goce de haberes hasta un máximo de sesenta (60) días corridos más.h) Licencia por donación de sangre será por el día de la donación, con goce de haberes, debiendo presentar el certificado de autoridad competente que la certifique.

Art. 44.- La autoridad de conducción y/o administración superior de la institución está facultada para conceder al personal con estado policial permisos y franquicias en el cumplimiento de la jornada de trabajo, de acuerdo con los plazos, naturaleza de la relación de empleo y demás condiciones que se establecen en la reglamentación del presente Estatuto.

Capítulo XIIExtinción de la relación de empleo

Art. 45.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana cesa en sus funciones por las siguientes causas:

a) Baja voluntariab) Baja obligatoriac) Retiro

Art. 46.- La baja voluntaria es el derecho del personal a concluir la relación de empleo con la Policía Metropolitana a solicitud del interesado/a, pudiendo solicitar su reingreso a la Institución, con igual jerarquía y antigüedad, hasta tanto no hubieren transcurridos 2 años de hecha efectiva dicha baja.

Art. 47.- La baja obligatoria importa la exclusión definitiva del personal y la consecuente pérdida de su estado policial.

La baja obligatoria será dispuesta en los siguientes casos:

a) Fallecimiento.b) Cesantía o exoneración, cualquiera fuese la antigüedad del personal. c) Enfermedad o lesión no causadas en actos de servicio, luego de agotadas las licencias para el tratamiento de la salud, cuando no pudiere acogerse a los beneficios previsionales.d) Cuando en los exámenes psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las aptitudes profesionales y personales que le impidan el normal ejercicio de la función policial que le compete, y no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los beneficios previsionales.e) Cuando el promedio de las calificaciones durante tres (3) años consecutivos no supere el puntaje que determine la reglamentación.

Art. 48.- El retiro obligatorio del personal es para aquellos que alcancen los treinta (30) años de servicio, salvo que el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad o quien lo/a reemplace considere oportuno la continuidad del servicio por el término máximo de diez (10) más.

Art. 49.- La reglamentación fijará plazos mínimos de servicio o, en su caso indemnización, para el personal que luego de haber recibido capacitación solicite su baja voluntaria.

Art. 50.- El retiro voluntario puede ser solicitado por el personal que reúna la totalidad de los requisitos previstos en el régimen previsional para obtener el retiro o jubilación ordinaria.

Page 235: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 235 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 51.- El personal en retiro tiene los deberes y derechos propios del personal en actividad, y estará sometido al mismo régimen disciplinario, con las limitaciones propias de su situación que establezca la reglamentación.

Art. 52.- El personal retirado podrá ser convocado a prestar servicio activo por resolución fundada del Ministro de Justicia y Seguridad, cuando situaciones excepcionales lo ameriten. La reglamentación establecerá los recaudos y alcances que deberá contener el llamado. En todos los casos, la convocatoria revestirá el carácter de obligatoria para quien fuere llamado.

Capítulo XIIISueldos y asignaciones

Art. 53.- El personal de la Policía Metropolitana en actividad gozará del sueldo, bonificaciones, suplementos generales y particulares, viáticos, compensaciones e indemnizaciones que para cada caso determine la normativa que en el futuro se dicten al respecto. La suma que percibe el funcionario por los conceptos señalados precedentemente, excepto las indemnizaciones, se denominará haber mensual.

Art. 54.- El personal con estado policial que reviste en disponibilidad, percibirá el ciento (100) por ciento del haber mensual que le pudiera corresponder, más las asignaciones familiares.

Art. 55.- El personal con estado policial que reviste en situación de pasiva, percibirá el cincuenta (50) por ciento del haber mensual que le pudieran corresponder, más las asignaciones familiares.

Capítulo XIVPolíticas de género

Art. 56.- El personal de la Policía Metropolitana se integra de forma proporcional según lo dispuesto en el Artículo 36 de la Constitución de la Ciudad y guarda una estricta representación de ambos géneros, favoreciendo la incorporación, participación y promoción de aquel que se encuentre más relegado, ya sea para el acceso efectivo a cargos de conducción, como así también en todos los niveles y áreas.

Art. 57.- A los efectos de dar cumplimiento a la totalidad del Capítulo IX de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se promoverá a través de la reglamentación de la presente, la modificación de los patrones socioculturales estereotipados, con el objeto de eliminar prácticas basadas en el principio de superioridad de cualquiera de los géneros dentro de la Policía Metropolitana

Art. 58.- La reglamentación de la presente ley contemplará las siguientes cuestiones inherentes a favorecer y preservar las condiciones igualitarias entre ambos géneros:

a) Fomenta la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control respetando el régimen de carrera y el plan de ascensos establecidos a tal efecto.b) Instituye y fomenta las acciones y disposiciones legales concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida en su consecuencia, entre hombres y mujeres.c) Prohibirá todas las prácticas que impliquen cualquier forma de segregación y discriminación por estado civil o maternidad.

Capítulo XVRégimen disciplinario

Art. 59.- El personal integrante de la Policía Metropolitana, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que los Códigos y Leyes Especiales determinan en su carácter de funcionarios públicos, para el caso de la violación a los deberes policiales establecidos en esta ley, demás

Page 236: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 236 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

decretos, resoluciones y disposiciones aplicables, será pasible de las siguientes sanciones disciplinarias:

a) Apercibimiento escrito.b) Suspensión de empleo.c) Cesantíad) Exoneración

Art. 60.- Toda sanción disciplinaria deberá tener por fundamento la transgresión a una norma vigente con anterioridad a la aplicación de la misma. Ningún acto u omisión es punible, administrativamente, sin una prohibición u orden anterior que se le opongan.

Art. 61.- Toda sanción disciplinaria debe ser impuesta en relación a la naturaleza y gravedad de la falta cometida y la circunstancia del lugar, tiempo, medio empleado y modo de ejecución. Para la graduación de las sanciones, se analizará también la personalidad y antecedentes del responsable.

Art. 62.- El apercibimiento consiste en el llamado de atención que se hará al/la responsable de la falta u omisión, el cual se podrá adelantar en forma verbal y se ratificará por escrito dentro de las veinticuatro (24) horas, a los efectos administrativos pertinentes.

Art. 63.- La sanción de suspensión de empleo consiste en la privación temporal del ejercicio de las funciones y la pérdida proporcional de la retribución que le corresponde.

Art. 64.- Las sanciones disciplinarias de cesantía y exoneración, constituyen medidas expulsivas que importan la separación de la Policía Metropolitana, con la pérdida del estado policial.

La cesantía implica la inhabilitación para el reingreso a la institución y no importa la pérdida del derecho al haber del retiro que pudiera corresponder al/la sancionado/a.

La exoneración implica la perdida del empleo, los derechos inherentes al mismo, el haber de retiro que correspondiere y la inhabilitación para el reingreso a la institución. Los derechohabientes conservan el derecho a percibir la pensión que les hubiere correspondido en caso de haber fallecido el/la causante a la fecha de la sanción.

Art. 65.- Todo personal de la Policía Metropolitana a quien se le hubiere impuesto una sanción disciplinaria que considere arbitraria, o excesiva en relación a la falta cometida, o ser el resultado de un error, puede elevar un formal recurso, solicitando se modifique o se deje sin efecto la sanción.

Art. 66.- Las sanciones de cesantía y exoneración son resueltas por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad a propuesta de la Auditoría Externa Policial previa instrucción del sumario administrativo correspondiente. En el caso de las sanciones de apercibimiento y suspensión de empleo son aplicadas conforme se reglamente al efecto.

Art. 67.- A los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones de la presente ley, se reglamenta el procedimiento para la instrucción de los sumarios administrativos, las faltas administrativas y el procedimiento para su aplicación.

Art. 68.- En todo lo que respecta a recursos y sus procedimientos se aplican las disposiciones del Decreto Nº 1510/GCABA/1997 (BOCBA Nº 310).

Capítulo XVI

Page 237: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 237 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Régimen previsional

Art. 69.- El personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana está sujeto al régimen previsional que se establece en la presente ley.

Las contingencias cubiertas por este régimen son la vejez, la incapacidad y el fallecimiento.

Art. 70.- Para obtener el derecho a los beneficios previsionales por vejez establecidos, el personal debe computar un mínimo de:

a) Veinte (20) años de servicios inmediatamente anteriores al período de retiro.b) Treinta (30) años de servicios continuos o discontinuos prestados en la Policía Metropolitana.

Art. 71.- A los efectos de determinar el haber de retiro móvil que corresponda, se computan todas remuneraciones sujetas a aportes que perciba el/la oficial al momento de acogerse al beneficio.

Art. 72.- El haber de retiro será proporcional al tiempo de servicio de acuerdo con la siguiente escala:

Años de servicio

Porcentaje

20 65

21 69

22 73

23 77

24 81

25 85

26 88

27 91

28 94

29 97

Page 238: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 238 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

30 100

A los efectos del haber de retiro, la fracción superior a seis (6) meses, se computa como año entero, siempre que el/la oficial hubiere alcanzado el tiempo mínimo para el retiro voluntario.

Art. 73.- Los haberes de retiro o pensión serán móviles, y la movilidad es de aplicación numérica y regulada por las remuneraciones con aportes que, por todo concepto, correspondan al personal en actividad.

Art. 74.- Los servicios correspondientes a otros regímenes previsionales se acreditan de acuerdo a los procedimientos que sean de aplicación en el régimen de reciprocidad vigente y se computan cuando el peticionante alcance los plazos mínimos establecidos en el artículo 72° de la presente ley.

Art. 75.- Tiene derecho al haber de retiro ordinario o extraordinario:

a) El personal que solicita el retiro ordinario, cuando tenga computados o computables veinte (20) años de servicio como mínimo.b) El personal que fuera declarado en situación de incapacidad total y permanente, en la forma que disponga la reglamentación.c) El personal que fuera separado por cesantía, cuando tenga computados o computables veinte (20) años de servicio como mínimo o por disposición fundada de la propia institución.d) En caso de fallecimiento del personal incluido en el presente régimen, sus derechohabientes tendrán derecho a los beneficios que éste otorga, cualquiera fuere la antigüedad en la Policía Metropolitana.

Art. 76.- Los porcentajes de aporte para el personal en actividad y de contribución patronal serán los que rijan en el régimen general del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones para el personal que se desempeña en relación de dependencia.

Art. 77.- El haber de la pensión es equivalente al setenta y cinco (75) por ciento del haber de retiro de que gozaba el/la causante o en caso de encontrarse en actividad, de la última remuneración sujeta a aportes y contribuciones. Los haberes de pensión se mantendrán actualizados respecto de los haberes en cuya relación se encuentran establecidos.

Art. 78.- En relación al régimen previsional son de aplicación supletoria aquellas disposiciones que surjan de los convenios respectivos que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar.

Art. 79.- Los beneficios emergentes de la presente ley son liquidados y abonados por el ente que establezca el convenio respectivo que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar. Supletoriamente, serán liquidados y abonados por el Ministerio de Justicia y Seguridad.

Art. 80.- Los aportes y contribuciones a que se refiere el Artículo 76 de la presente ley son retenidos y depositados en el ente al que hace mención el artículo precedente y afectados al pago de beneficios comprendidos en esta norma.

Título IIIPersonal sin estado policial

Page 239: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 239 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Capítulo IEspecialidades

Art. 81.- El personal sin estado policial de la Policía Metropolitana cumple tareas de apoyo al accionar del personal con estado policial, según las distintas actividades y funciones que la reglamentación determine para cada especialidad.

Capítulo IIIngreso

Art. 82.- Además de las condiciones generales de ingreso a la Policía Metropolitana establecidas en la Ley de Seguridad Pública, la reglamentación establece las condiciones particulares que se requieran para cada especialidad.

Capítulo IIINombramientos y cese de funciones

Art. 83.- El/la Ministro/a de Justicia y Seguridad designa al personal sin estado policial de las distintas especialidades a través de la realización de concursos público de oposición y antecedentes que al efecto se establezcan. En caso de necesidad fundada, el Ministro podrá designar personal transitorio.

Art. 84.- El personal sin estado policial cesa en sus funciones:

a) Por renuncia.b) Por jubilación.c) Por cesantía o exoneración.d) Por fallecimiento.

Art. 85.- Al personal que cesa en sus funciones por renuncia, se le podrá requerir, por razones de servicio, permanecer en el cargo por el término de treinta (30) días si antes no fuera reemplazado o aceptada su dimisión o autorizado a cesar en sus funciones.

Art. 86.- La reglamentación fijará plazos mínimos de servicio o, en su caso, indemnización, para el personal que luego de haber recibido capacitación solicite su baja voluntaria.

Capítulo IVEstabilidad

Art. 87.- Respecto de la estabilidad del personal sin estado policial de la Policía Metropolitana, el mismo adquiere estabilidad trascurridos los seis (6) meses de efectiva prestación de servicios. Por lo demás son aplicables las disposiciones establecidas en el Capítulo III de la presente ley.

Capítulo VDerechos, deberes y prohibiciones

Art. 88.- El personal sin estado policial goza de los mismos derechos y tiene los mismos deberes y prohibiciones que en esta ley se determinan para el personal con estado policial, salvo aquellos que devienen necesariamente de la posesión del estado policial según se establezca en la reglamentación respectiva.

Capítulo VILicencias

Page 240: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 240 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 89.- El personal sin estado policial tiene el derecho al uso de las mismas licencias que tiene el persona con estado policial según lo establecido en el Título II, Capítulo XI de la presente ley.

Capítulo VIIRetribuciones

Art. 90.- El personal en situación de actividad gozará del sueldo mensual, suplementos y asignaciones que para cada caso determine la reglamentación correspondiente.

Capítulo VIIIRégimen Disciplinario

Art. 91.- El personal sin estado policial de la Policía Metropolitana está sujeto a las disposiciones contenidas en la presente ley en todo lo que refiere al régimen disciplinario, como a las reglamentaciones que al efecto se dicten.

Capítulo IXRégimen Previsional

Art. 92.- El personal sin estado policial de la Policía Metropolitana se encuentra alcanzado por las previsiones determinadas en la Ley Nacional 24.241.

Art. 93.- Comuníquese, etc.

Sala de las Comisiones: 18 de noviembre de 2008.MEIS, Marcelo; LUBERTINO, Mónica; GONZÁLEZ, Álvaro; GARAYALDE, Jorge y ABBAS, Néstor.RODRÍGUEZ ARAYA, María; AMOROSO, Víctor; RITONDO, Cristian; BORRELLI, Martín y ABBAS, Néstor.RUANOVA, Gonzalo, en disidencia parcial.

DESPACHO DE MINORÍA

Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Visto:

Los Expedientes 2318-D-2008, de autoría del diputado Martín Borrelli, y 2444-D-2008, iniciado por la diputada Silvia La Ruffa, y

Considerando:

Que el debate legislativo sobre la creación de una policía nueva para la Ciudad que se desprende de la sanción de la Ley de Seguridad Pública, nos pone frente a la necesidad de trabajar en todo lo que sea oportuno para darle forma a la institución que nos convoca.

Que en este marco, estamos proponiendo la sanción de esta iniciativa con el objeto de regular el régimen profesional al que estará sujeto el personal civil con y sin estado policial de la Policía Metropolitana.

Que en línea con lo plasmado en el dictamen y debate sobre la Ley de Seguridad Pública, venimos a sustentar una norma moderna y útil bajo la concepción fundamental de que la labor policial constituye un servicio público tendiente a la promoción de las libertades y derechos de

Page 241: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 241 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

las personas, y en ese marco, a la protección de éstas ante hechos lesivos de dichas libertades y derechos.

Que resulta necesario revalorizar al personal de la institución, buscando la profesionalización del servicio policial y su especialización en cada uno de los agrupamientos que se establezcan.

Que así podremos dejar atrás la idea de un policía multifunción, apto para todo servicios, por la institucionalización de un sistema basado en la capacitación permanente sobre la base de las funciones propias de cada especialidad.

Que la labor policial va, de esta forma, de la mano de un nuevo tipo de profesionalismo, que otorgue status y prestigio al personal de la institución, como resultado del sistema de valores que orienta la práctica y la importancia funcional de los roles encuadrados en la estructura ocupacional pública de la sociedad.

Que el régimen profesional está basado en la conformación de un Escalafón General Policial para el personal con estado policial que cumpla las funciones inscriptas en la seguridad preventiva comunitaria y la seguridad compleja, estructurado sobre una oficialidad única que rompa y supere la tradicional diferenciación entre oficiales y suboficiales, propia de los regímenes castrenses, pero poco funcional a las necesidades de una institución civil.

Que esto nos da la oportunidad de diseñar una carrera profesional única, organizada sobre la base de dos agrupamientos básicos, seguridad preventiva comunitaria y seguridad compleja con sus respectivas especialidades atadas a las labores que desempeñe el personal civil con estado policial, que debe ser el resultado de la opción vocacional de los oficiales y de la formación y capacitación que reciban.

Que se establece un sistema jerárquico diferenciado, compuesto por cuatro cuadros de oficiales, articulados en función de las tareas que se desempeñen dentro de la estructura operacional de la institución.

Que para el personal civil sin estado policial también se establecen cuatro agrupamientos que determinan las especialidades y funciones básicas de apoyo al accionar policial que este personal va a cumplir.

Que en esta ley se contemplan ítems tan sensibles como los deberes, derechos y prohibiciones, el régimen de la carrera profesional, los distintos estados de situación de revista y regímenes disciplinarios.

Que en el mismo sentido en que fuera rechazado el principio de obediencia debida, proponemos un nuevo régimen de ejercicio de la superioridad asentado exclusivamente en la ejecución del mando a través de la emisión de una orden de servicio legal y legítima de parte de un superior y el cumplimiento estricto de ésta de parte de un subordinado durante el desarrollo de las funciones propias del servicio policial.

Que uno de los puntos de mayor trascendencia es el sistema de promociones y ascensos. El nuevo diseño no está basado exclusivamente en los antecedentes funcionales y disciplinarios ni tampoco se sustenta en la antigüedad del personal civil con estado policial sino que se estructura sobre la base de la aptitud profesional asentada en función del desempeño y la capacitación profesional.

Que al mismo tiempo se garantiza la publicidad y el acceso a la información de los actos administrativos que dispongan ascensos y promociones y se establece un procedimiento

Page 242: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 242 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

especial no vinculante de consulta y participación de la sociedad civil para el caso de las autoridades superiores.

Que asimismo se ha establecido que para acceder al cuadro de oficiales supervisores es necesario contar con una tecnicatura superior mientras que para llegar a las jerarquías de Comisionado General y Superintendente es requisito ineludible poseer título universitario acorde con las funciones.

Que de esta forma buscamos reforzar la civilidad de la institución policial, romper con las tradiciones que fundaban sistemas endógenos e introspectivos y el orden cerrado y crear las condiciones para una mayor y mejor formación académica-profesional del personal.

Que en orden a los cambios propuestos, se establece un régimen de haberes que compense las responsabilidades inherentes a la jerarquía, al desempeño del cargo orgánico y al cumplimiento efectivo de tareas asignadas y que sea suficiente para que el personal tenga dedicación exclusiva, junto a un sistema de licencias que asegure el descanso anual obligatorio y demás contingencias.

Que asimismo esta nueva concepción instituye accione concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida en su consecuencia entre hombres y mujeres y también fomenta la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control, respetando el régimen de carrera y el plan de ascensos establecidos al efecto.

Que la propuesta busca ser uno de los pilares que garanticen la estructuración de una institución civil, jerárquica y de carácter profesional, moderna y adecuada para el desempeño de las funciones de prevención y conjuración del delito y la violencia en nuestra Ciudad.

Por lo expuesto, las Comisiones de Seguridad y, de Legislación General y del Trabajo aconsejan la sanción de la siguiente

LEY

ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA POLICÍA METROPOLITANA

Título IGeneralidades

Capítulo ÚnicoDisposiciones generales

Artículo 1°.- La presente ley establece el Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana.

Art. 2°.- Este Estatuto es aplicable a todo el personal civil con y sin estado policial de la Policía Metropolitana.

Art. 3°.- En todo lo no previsto en la presente ley es de aplicación supletoria la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (BOCBA N° 1026).

Título IIPersonal civil con estado policial

Capítulo IEstado policial

Page 243: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 243 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 4°.- El personal civil de la Policía Metropolitana que cumpla las funciones inscriptas en la seguridad preventiva comunitaria y la seguridad compleja tendrá estado policial y queda comprendido por las disposiciones de la presente ley, contando con los derechos que ella garantice y sujetándose a las obligaciones que ella impone, sin perjuicio de las restantes disposiciones legales aplicables.

Art. 5°.- El personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana no puede desarrollar las funciones propias de la gestión administrativa, la dirección de los recursos humanos, la gestión económica, contable, presupuestaria y patrimonial, la gerencia logística e infraestructural no-operacional, la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, las relaciones institucionales y cualquier otra función no policial.

Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que el personal civil con estado policial presente una disminución permanente de su capacidad laborativa, se reglamentará el cambio de situación de revista, pudiendo de esta manera desarrollar las funciones indicadas en el párrafo anterior.

Art. 6°.- El/la Ministro/a de Justicia y Seguridad o quien lo reemplace en el futuro, otorga el correspondiente estado policial a los/as oficiales egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Capítulo IIDerechos, deberes y prohibiciones

Art. 7°.- El personal civil con estado policial tiene los siguientes derechos:

a) La percepción de los sueldos, suplementos y demás asignaciones, que las disposiciones legales determinen para cada jerarquía, cargo y situación de revistab) La propiedad de la jerarquía y el uso del título correspondiente.c) El uso del armamento provisto por la institución, del uniforme, insignias, atributos y distintivos propios de la jerarquía, antigüedad, especialidad y función de acuerdo a las disposiciones reglamentarias pertinentes.d) La capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales.e) La estabilidad en el empleo de acuerdo a lo establecido en este Estatuto y sus normas reglamentarias.f) El desarrollo de la carrera profesional en igualdad de oportunidades.g) La asistencia psicológica permanente y gratuita, no solo para el personal sino también para el grupo familiar por la afección que le pudiere haber ocasionado el servicio público de policía.h) La adopción de las medidas de higiene y seguridad laboral que lo protejan de los riesgos propios de cada tarea.i) La presentación de recursos y/o reclamos conforme se reglamente.j) El goce y uso de las licencias que le correspondieren. k) Los ascensos, conforme a las normas de la reglamentación correspondiente.l) Los cambios de destinos, que no causen perjuicio al servicio, solicitados para adquirir nuevas experiencias policiales, tendientes al perfeccionamiento profesional.m) La notificación escrita de las causas que dieran lugar a la negación de ascensos, uso de licencias reglamentarias u otros derechos determinados por esta ley y demás reglamentaciones.n) El servicio médico-asistencial y social para sí, y los familiares a cargo, conforme a las normas legales vigentes.o) La percepción del haber de retiro para sí y la pensión para sus derechohabientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia

Art. 8°.- El personal civil con estado policial tiene los siguientes deberes:

Page 244: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 244 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a) Desempeñar su función de acuerdo con las leyes y reglamentaciones vigentes.b) Prestar eficientemente el servicio policial en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente.c) Obedecer toda disposición u orden emanada del superior jerárquico competente, que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de servicio, con los límites establecidos en la Ley de Seguridad Públicad) Aceptar la jerarquía, distinciones o títulos concedidos por autoridad com-petente de acuerdo con las disposiciones vigentes. e) Ejercer las facultades de mando y disciplinarias que para la jerarquía y cargo establece la reglamentación correspondiente. f) Presentar y actualizar anualmente, la declaración jurada de sus bienes y las modificaciones que se produzcan en su situación patrimonial y de las de su cónyuge, si lo tuviera. g) Desempeñar los cargos, funciones y comisiones del servicio, ordenado por la superioridad y/o autoridad competente.h) Mantener el decoro que corresponde en su condición de funcionarios públicos.i) Asistir a las actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y/o especialización que establezca el Instituto Superior de Seguridad Pública.j) Guardar secreto, aún después del retiro o baja de la institución en cuanto se relacione con los asuntos del servicio que por su naturaleza, o en virtud de disposiciones especiales, impongan esa conducta, salvo requerimiento judicial.k) En caso de baja voluntaria, seguir desempeñando las funciones correspondientes, hasta el término de treinta (30) días, si antes no fuera reemplazado o aceptada su dimisión.l) Someterse a la realización de los estudios y exámenes psicofísicos establecidos en la reglamentación correspondiente.m) Cuidar y mantener en buen estado de uso y aprovechamiento los bienes provistos para el desempeño de la labor policial.n) Cumplir con el régimen disciplinario previsto en la presente ley y su reglamentación, cualesquiera fuere su situación de revista.o) Peticionar y realizar las tramitaciones pertinentes siguiendo la vía jerárquica correspondiente.p) Comparecer en las actuaciones o sumarios administrativos en carácter de testigo.q) El uso del uniforme policial reglamentario y su debida identificación en todos los actos de servicio, salvo autorización expresa de la superioridad.

Art. 9°.- El personal civil con estado policial tiene las siguientes prohibiciones:

a) Arrogarse atribuciones que no le correspondan de conformidad a la normativa vigente.b) Ser, directa o indirectamente, proveedor o contratista habitual u ocasional de la Administración Pública, asociado o representante de alguno de ellos.c) Desarrollar toda acción u omisión que suponga discriminación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo.d) Utilizar informaciones o antecedentes logrados en el servicio policial para algún fin ajeno al mismo o para prestar servicios societariamente o de consultoría.e) Usar indebidamente los bienes patrimoniales que se encuentran asignados a su cargo o bajo su custodia.

Page 245: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 245 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

f) Patrocinar trámites y gestiones administrativas o judiciales referentes a asuntos de terceros que se encuentren o no oficialmente a su cargo, vinculados con la institución.g) Desempeñar otros cargos, funciones o empleos, en el ámbito público o privado, remunerados o no, excepto el ejercicio de la docencia en la forma que lo establezca la reglamentación, mientras permanezca en el servicio activo.h) Aceptar dádivas, obsequios u obtener ventajas de cualquier índole con motivo u ocasión del desempeño de sus funciones.i) Ejercer de manera directa o indirecta facultades o prerrogativas, o administrar elementos asignados e inherentes a sus funciones, para el logro de fines ajenos a las mismas o para la realización de coacción de cualquier naturaleza.

Capítulo IIIEstabilidad

Art. 10°.- El personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana adquiere estabilidad en el empleo después de transcurridos doce (12) meses de efectiva prestación de servicios y una vez que hubiere aprobado las evaluaciones de rendimiento y aptitud que determine la reglamentación.

Durante el tiempo que el personal carezca de estabilidad, tiene todos los derechos y deberes previstos en esta ley y dicho lapso debe ser computado para la antigüedad en la carrera profesional del personal.

Art. 11.- La estabilidad en el empleo no comprende a la estabilidad en el cargo o función, ni da derecho a continuar gozando de los suplementos especiales inherentes al mismo

Art. 12.- La estabilidad en el empleo del personal civil con estado policial sólo se perderá por cesantía o exoneración, previo sumario administrativo o condena penal que importe privación de libertad y/o la inhabilitación para ejercer cargos públicos o la inhabilitación para ejercer el cargo de acuerdo con las prescripciones establecidas en la presente ley o cuando se hubiere dispuesto la baja del efectivo o su retiro obligatorio por alguna de las causales previstas en esta ley o en las normas reglamentarias.

Capítulo IVCarrera profesional

Art. 13.- El régimen profesional del personal civil con estado policial se basa en los principios de profesionalización, idoneidad y eficiencia funcional, atendiendo a la satisfacción plena de las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad pública.

Art. 14.- El personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana reviste en un escalafón único que se denominará “Escalafón General Policial” y que cuenta con dos agrupamientos básicos:

a) Seguridad Preventiva Comunitaria.b) Seguridad Compleja.

Art. 15.- El Agrupamiento Seguridad Preventiva Comunitaria está conformado por el personal civil con estado policial abocado exclusivamente al desarrollo de las actividades y acciones propias de la misión y funciones inscritas de seguridad preventiva comunitaria.

Page 246: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 246 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 16.- El Agrupamiento Seguridad Compleja está conformado por el personal civil con estado policial abocado exclusivamente al desarrollo de las actividades y acciones propias de la misión y funciones inscritas en la seguridad compleja.

Art. 17.- Las especialidades de los agrupamientos del Escalafón General Policial se establecen en la norma reglamentaria.

Art. 18.- Los requisitos y exigencias profesionales para que el personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana se incorpore a los agrupamientos o especialidades son establecidos en la norma reglamentaria.

Art. 19.- El personal civil con estado policial tiene una carrera profesional única organizada sobre la base de los siguientes perfiles:

a) El perfil de Seguridad Preventiva Comunitaria.b) El perfil de Seguridad Compleja.

La incorporación y el desarrollo de la carrera profesional del personal en cada perfil debe resultar de la opción vocacional de los efectivos así como también de la formación y capacitación que reciban y del desempeño profesional durante el ejercicio de sus funciones.

Art. 20.- La carrera profesional del personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana se desarrolla sobre la base de la capacitación permanente, el desempeño de sus labores, la aptitud profesional para la jerarquía o cargo orgánico a cubrir y la evaluación previa a cada ascenso jerárquico.

La carrera profesional está regida por los principios de profesionalización y especialización. En tal sentido, debe priorizarse la especialización del personal y evitarse los cambios de agrupamiento y/o especialidad.

Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el personal civil con estado policial que cumpliere servicios en uno de los agrupamientos previstos en la presente ley puede continuar su carrera profesional en el otro agrupamiento, siempre que reúna los requisitos exigidos para ello y cumpla con las condiciones de aptitud y evaluación exigidas, de acuerdo con la reglamentación.

El cambio de especialidades dentro de un mismo agrupamiento básico puede ejercerse siempre que se reúnan los requisitos exigidos para ello y el personal cumpla con las condiciones de aptitud y evaluación exigidas, conforme lo establezca la reglamentación.

Capítulo VJerarquías

Art. 21.- El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única de oficiales que cuenta con las siguientes jerarquías:

a) Oficial.b) Oficial Mayor.c) Subinspector.d) Inspector.e) Comisionado.f) Comisionado Mayor.g) Comisionado General.h) Superintendente.

Page 247: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 247 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El cuadro de Oficiales Operativos está integrado por el personal civil con estado policial que alcance las jerarquías de Oficial y Oficial Mayor.

El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal civil con estado policial que alcance las jerarquías de Subinspector e Inspector.

El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal civil con estado policial que alcance las jerarquías de Comisionado y Comisionado Mayor.

El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción está integrado por el personal civil con estado policial que alcance las jerarquías de Comisionado General y Superintendente.

Art. 22.- Cada jerarquía está comprendida por las fracciones que determine la reglamentación. Las distintas fracciones están conformadas por las especialidades adquiridas, los conocimientos alcanzados, el desarrollo de las aptitudes y la eficiencia acreditada en el desempeño de la función que, en su conjunto y a los efectos de esta ley, se denominarán competencias.

El acceso a las distintas fracciones se obtendrá mediante la acreditación de las competencias requeridas para cada uno de ellos.

Capítulo VICargos orgánicos

Art. 23.- La ocupación de los cargos orgánicos de conducción de la Policía Metropolitana es resuelta por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad, o quien lo/la reemplace en el futuro, de acuerdo con el mérito y los antecedentes de los/as candidatos/as y siguiendo los mecanismos de selección que se implementen a través de la reglamentación, los cuales deben regirse por los siguientes criterios:

a) La formación y capacitación profesional.b) El desempeño a lo largo de la carrera profesional.c) Los antecedentes funcionales y disciplinarios.

La reglamentación determina las jerarquías, el perfil profesional y/o las destrezas o formación profesionales para la ocupación de cada cargo orgánico de la Policía Metropolitana.

Capítulo VIIAscensos y promociones

Art. 24.- Los ascensos y promociones del personal civil con estado policial correspondientes al cuadro de oficiales superiores de conducción son decretados por el/la Jefe/a de Gobierno, aquellos correspondientes al cuadro de oficiales de dirección son resueltos por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad y los de los cuadros de oficiales supervisores y operativos son dispuestos por el/la Jefe/a de Policía Metropolitana.

A tales efectos se reglamenta el régimen de calificaciones del personal civil con estado policial, los tiempos mínimos de permanencia en la jerarquía y el régimen de ascensos y promociones, con determinación de las condiciones y formalidades para cada caso.

Asimismo la reglamentación debe prever mecanismos que habiliten la publicidad y el acceso a la información de los actos administrativos que dispongan los ascensos y promociones en la institución.

Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, el ascenso al cuadro de oficiales superiores de conducción está sujeto a un procedimiento previo no vinculante de consultas y participación de la sociedad civil.

Page 248: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 248 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El/la Jefe/a de Gobierno debe presentar sus candidatos/as para el ascenso al cuadro de oficiales superiores publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad, en por lo menos dos (2) medios gráficos que garanticen una amplia difusión y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad, durante tres (3) días, el/las nombre/s, los antecedentes curriculares de la o las personas propuestas y el plan de gestión que los/as candidatos/as proponen para la institución.

Los/as ciudadanos/as en general, las organizaciones no gubernamentales y de derechos humanos podrán presentar, en el plazo de quince (15) días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, ante el Ministerio de Justicia y Seguridad o el organismo que en un futuro lo reemplace, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto a la/s personas propuesta/s.

Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el/la Jefe/a de Gobierno procede a dictar el decreto correspondiente.

Art. 25.- La reglamentación establece los mecanismos de la promoción y ascenso a una jerarquía superior dentro de la carrera profesional, la que debe ajustarse a los siguientes requisitos:

a) La disponibilidad de vacantes en la jerarquía al que se aspira.b) La acreditación de los conocimientos profesionales requeridos para el desempeño de las funciones o los cargos orgánicos correspondientes a la jerarquía a cubrir.c) La aprobación de los cursos de ascenso o nivelación que determine la reglamentación.d) La declaración de aptitud profesional establecida por un comité de evaluación conformado según la reglamentación.e) El tiempo mínimo de permanencia en la jerarquía.

Art. 26.- La prioridad para el ascenso entre dos o más candidatos/as a una misma jerarquía superior está dada por los parámetros que se indican a continuación y en el siguiente orden:

a) El mayor puntaje obtenido en los cursos de ascenso o nivelación, teniendo especial consideración el título universitario o terciario obtenido que estuviera relacionado con dichas funciones o cargos.b) La mejor calificación de aptitud profesional establecida por el comité de evaluación.c) La mayor antigüedad en la jerarquía.

Sin perjuicio de las promociones y ascensos ordinarios, pueden determinarse promociones y ascensos para el personal civil con estado policial que se distinguiese en actos de servicios debidamente acreditados, o falleciera a consecuencia de éstos, conforme lo establezca la reglamentación.

Art. 27.- A los efectos de acceder al cuadro de oficiales supervisores se requiere poseer título terciario superior, en tanto que para acceder a las dos últimas jerarquías de la carrera profesional o a los cargos orgánicos correspondientes es requisito ineludible poseer título universitario acorde con las funciones.

Capítulo VIIIFormación y capacitación

Art. 28.- La formación y capacitación del personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana debe garantizar:

Page 249: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 249 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a) El desarrollo de las aptitudes y valores necesarios para el ejercicio responsable de las funciones y labores asignadas, con conciencia ética, solidaria, reflexiva y crítica.b) La propensión a un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales existentes y asignados.c) El incremento y diversificación de las oportunidades de actualización y perfeccionamiento del personal civil con estado policial.d) El logro de la formación y capacitación especializada, científica y técnica general, procurando siempre el contenido humanístico, sociológico y ético de la misma.

Capítulo IXSuperioridad

Art. 29.- El ejercicio de la superioridad en el ámbito de la Policía Metropolitana consiste en el ejercicio del mando a través de la emisión de una orden de servicio legal y legítima de parte de un superior y el cumplimiento estricto de la misma de parte de un subordinado, durante el desarrollo de las funciones propias del servicio y de acuerdo con las prescripciones y los límites establecidos por la presente ley y por las normas reglamentarias.

En el ámbito de la Policía Metropolitana el ejercicio de la superioridad puede tener tres modalidades diferenciadas:

a) La superioridad jerárquica, que es la que un efectivo ejerce sobre otro como consecuencia de la posesión de una jerarquía superior o, a igualdad de jerarquía, por la antigüedad en la misma y, a igualdad de antigüedad, por la fecha de ascenso al grado inmediato anterior y así sucesivamente, hasta el promedio de egreso del Instituto Superior de Seguridad Pública.b) La superioridad orgánica, que es la que un efectivo ejerce sobre otro como consecuencia de la ocupación de un cargo de la estructura orgánica de la Policía Metropolitana con funciones de dirección o conducción, independientemente de su jerarquía.c) La superioridad funcional, que es la que un efectivo ejerce sobre otro durante el desarrollo de una misión, operación o actividad concreta y específica, ordenada por un superior y en la que se asigna responsabilidades y atribuciones precisas de mando a un efectivo que tiene una jerarquía y/o un cargo inferior al de los demás integrantes de la misión, operación o actividad, siempre que medien razones de servicio que así lo justifiquen.

Capítulo XSituaciones de revista

Art. 30.- El personal civil con estado policial, puede hallarse en algunas de las situaciones siguientes:

a) Actividad: En la cual debe desempeñar funciones policiales, en el destino o comisión que disponga la superioridad.b) Retiro: En la cual, sin perder su grado ni estado policial, cesan las obligaciones y derechos propios de la situación de actividad, conforme lo dispone la reglamentación.

Art. 31.- El personal civil con estado policial que revista en actividad, puede hallarse en:

a) Servicio efectivo.b) Disponibilidad.c) Pasiva.

Page 250: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 250 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 32.- El personal civil con estado policial revista en situación de servicio efectivo cuando ejerza ordinariamente las funciones y tareas propias de su cargo.

Art. 33.- El personal civil con estado policial revista en situación de disponibilidad cuando permanece separado de las funciones y tareas ordinarias que le corresponderían por su jerarquía, por el lapso que se fije en la reglamentación y/o hasta la resolución de la causa que motivó su cambio de situación de revista.

Art. 34.- El personal civil con estado policial revista en situación de pasiva cuando, por las causas que se determinen en la reglamentación, no desempeña cargo o función alguna.

Capítulo XILicencias

Art. 35.- El personal civil con estado policial tiene el derecho al uso de las siguientes licencias:

a) Licencia anual ordinariab) Licencias especialesc) Licencias extraordinarias

Art. 36.- La licencia anual ordinaria tiene por finalidad permitir el descanso periódico del personal civil con estado policial y, en todos los casos, es de utilización obligatoria y con goce de haberes, de acuerdo a la siguiente escala:

a) Hasta cinco (5) años de antigüedad, corresponden quince (15) días hábiles.b) Hasta diez (10) años de antigüedad, corresponden veintiún (21) días hábiles.c) Más de diez (10) años de antigüedad, corresponden treinta (30) días hábiles.

El personal ingresante o reingresante hará uso de la licencia siempre que con anterioridad a la iniciación del período haya prestado servicios por un lapso no inferior a tres (3) meses, en cuyo supuesto le corresponderá una licencia proporcional al tiempo trabajado.

Cuando se trate de oficiales casados, convivientes o bajo unión civil y ambos revisten en la Policía Metropolitana, les será otorgada en forma simultánea, siempre que razones de servicio lo permitan.

Por razones del servicio, se podrá disponer su fraccionamiento, interrupción y transferencia íntegra o parcial al año siguiente. El personal deberá hacer uso de los días que restarán indefectiblemente en el período subsiguiente.

Esta licencia podrá interrumpirse por afecciones o lesiones para cuya atención la autoridad sanitaria de la institución hubiere acordado más de cinco (5) días de licencia, o bien por maternidad, paternidad, adopción, fallecimiento o atención de hijos menores de dicho personal. En estos supuestos, el personal deberá continuar el uso de la licencia anual ordinaria en forma inmediata a la finalización del período abarcado por la interrupción.

Art. 37.- Las licencias especiales tienen por finalidad atender la inhabilitación temporaria para el desempeño de las funciones del personal civil con estado policial, a saber:

a) Licencia por enfermedad de tratamiento breveb) Licencia por enfermedad de tratamiento prolongadoc) Licencia por enfermedad profesional o accidente de trabajod) Licencia por maternidade) Licencia por paternidadf) Licencia por pérdida de gestacióng) Licencia por adopciónh) Licencia por hijo/a discapacitado/a

Page 251: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 251 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

i) Licencia por matrimonio o unión civil

Art. 38.- La licencia por enfermedad de tratamiento breve tiene por finalidad atender la incapacidad temporaria para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades o accidentes sufridos por causas ajenas al mismo, de corto tratamiento, incluidas las intervenciones quirúrgicas menores.

Se concede hasta cuarenta y cinco (45) días corridos por año calendario, en forma continua o discontinua, período durante el cual el personal civil con estado policial que haga uso de la misma tendrá goce de haberes.

Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, cualquier otra licencia por enfermedad de tratamiento breve que sea necesario otorgar al personal civil con estado policial durante el curso del año por las causales enunciadas, será revistando en disponibilidad sin goce de haberes.

Art. 39.- La licencia por enfermedad de tratamiento prolongado tiene por finalidad atender la incapacidad prolongada para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades graves, intervenciones quirúrgicas, excepto la cirugía menor, o accidentes graves sufridos por causas ajenas al mismo.

La licencia por enfermedad de tratamiento prolongado se concederá hasta doce (12) meses, en forma continua o discontinua, para una misma o distinta enfermedad o accidente grave, período durante el cual el personal civil con estado policial que haga uso de la misma revistará en situación de servicio efectivo con goce de haberes.

Agotado dicho término, previo dictamen médico laboral de la autoridad sanitaria de la institución, la misma podrá prorrogarse hasta doce (12) meses más, en forma continua o discontinua, para una misma o distinta enfermedad o accidente grave, período durante el cual el personal civil con estado policial que haga uso de la misma revistará en situación de disponibilidad y con goce del setenta y cinco (75) por ciento de los haberes. Si, cumplido dicho término, el personal civil con estado policial no se hubiere recuperado, se revistará en situación de pasiva durante doce (12) meses más, percibiendo el cincuenta (50) por ciento de los haberes.

Cuando el personal civil con estado policial que haga uso de la licencia por enfermedad de tratamiento prolongado no goce de estabilidad, el período de duración de la misma no quedará comprendido dentro del período condicional, debiendo continuarse con el cómputo de dicho lapso hasta su agotamiento a partir de la fecha en que aquél se reintegre al servicio.

Art. 40.- La licencia por enfermedad profesional o accidente de trabajo tiene por finalidad atender la incapacidad temporaria para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo y se regirá por lo previsto en la Ley Nacional Nº 24.557 o por la norma que la sustituya.

Art. 41.- La licencia por maternidad se concederá por cien (100) días corridos, quedando prohibido el trabajo del personal femenino durante los treinta (30) días anteriores al parto y hasta setenta (70) días corridos después del mismo, con goce de haberes.

En caso de nacimiento múltiple el lapso previsto para el período de post-parto se extenderá por el término de quince (15) días corridos por cada hijo/a nacido después del primero.

Vencido el lapso previsto para el período de post-parto, el personal podrá optar por extender su licencia hasta ciento veinte (120) días corridos más, sin percepción de haberes.

Page 252: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 252 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 42.- La licencia por paternidad se concederá por nacimiento de hijo para el personal masculino y será de diez (10) días corridos a partir de la fecha del nacimiento, con goce de haberes.

Art. 43.- La licencia por pérdida de gestación no inferior a tres (3) meses o de nacimiento sin vida de la criatura, se concederá por setenta (70) días corridos con goce de haberes.

Art. 44.- La licencia por adopción se concederá por noventa (90) días corridos con goce de haberes, a contar a partir del primer día hábil de tener al niño, al personal que acredite la guarda con fines de adopción.

Art. 45.- La licencia por hijo/a discapacitado/a se concederá por tres (3) meses desde la fecha de vencimiento del período de licencia por maternidad o desde que se presente la patología, con goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia, el personal deberá presentar el Certificado Único de Discapacidad, según lo establecido en los artículos 2º y 3º de la Ley Nacional Nº 22.431. Cuando la madre y el padre se desempeñaren en la institución, deberán optar por quien la gozará o solicitar cada uno la mitad de la licencia en forma sucesiva.

Art. 46.- La licencia por matrimonio o unión civil será de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del matrimonio civil, con goce de haberes.

Art. 47.- El personal civil con estado policial puede usufructuar, bajo los términos y condiciones establecidas en el presente artículo, de las siguientes licencias extraordinarias:

a) Licencia por asuntos particulares no vinculados con la institución, hasta seis (6) días por año, con un máximo de dos (2) por mes, con goce de haberes.b) Licencia por exámenes en el sistema de enseñanza oficial, hasta veintiocho (28) días hábiles por año, fraccionables en tantos días como sean necesarios pero ninguno superior a cinco (5) días hábiles corridos, con goce de haberes.c) Licencia por estudios o investigaciones científicas, técnicas o culturales incluidos el usufructo de becas y la participación en conferencias, congresos o eventos académicos, tanto en el país como en el extranjero, tendientes a mejorar su preparación técnica, académica o profesional, se concederá por un período de hasta un (1) año.

Si la actividad en cuestión, a criterio del Instituto Superior de Seguridad Pública, estuviese relacionada con la función que desempeña el personal que la solicite, la licencia se concederá con goce de haberes. De lo contrario, se concederá sin goce de haberes y siempre que no obstaran razones de servicio o de conveniencia institucional.

a) Licencia por matrimonio o unión civil de hijo/a, será de dos (2) días hábiles, con goce de haberes.b) Licencia por fallecimiento de familiar tal como conviviente, cónyuge, hijos, padres o hermanos, será de cuatro (4) días hábiles corridos a partir, a opción del personal, del fallecimiento, de la toma de conocimiento del mismo en situaciones justificadas o de las exequias, con goce de haberes.c) Licencia por fallecimiento de abuelos, nietos, suegros o cuñados será de hasta dos (2) días hábiles corridos a partir, a opción del personal, del fallecimiento, de la toma de conocimiento del mismo en situaciones justificadas o de las exequias, con goce de haberes.d) Licencia por enfermedad de un familiar a cargo, conviviente o persona a cargo será de hasta diez (10) días hábiles por año, en forma continua o discontinua, con goce de haberes. Este plazo podrá prorrogarse sin goce de haberes hasta un máximo de sesenta (60) días corridos más.

Page 253: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 253 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

e) Licencia por donación de sangre será por el día de la donación, con goce de haberes, debiendo presentar el certificado de autoridad competente que la certifique.

Art. 48.- La autoridad de conducción y/o administración superior de la institución está facultada para conceder al personal civil con estado policial permisos y franquicias en el cumplimiento de la jornada de trabajo, de acuerdo con los plazos, naturaleza de la relación de empleo y demás condiciones que se establecen en la reglamentación del presente Estatuto.

Capítulo XIIExtinción de la relación de empleo

Art. 49.- El personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana cesa en sus funciones por las siguientes causas:

a) Baja voluntaria.b) Baja obligatoria.c) Retiro.

Art. 50.- La baja voluntaria es el derecho del personal a concluir la relación de empleo con la Policía Metropolitana a solicitud del interesado/a. Sin perjuicio de ello, el personal que hubiere hecho uso de este derecho puede reingresar a la institución en las condiciones que determine la reglamentación.

Art. 51.- La baja obligatoria importa la exclusión definitiva del personal y la consecuente pérdida de su estado policial.

La baja obligatoria será dispuesta en los siguientes casos:

a) Fallecimiento.b) Cesantía o exoneración, cualquiera fuese la antigüedad del personal. c) Enfermedad o lesión no causadas en actos de servicio, luego de agotadas las licencias para el tratamiento de la salud, cuando no pudiere acogerse a los beneficios previsionales.d) Cuando en los exámenes psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las aptitudes profesionales y personales que le impidan el normal ejercicio de la función policial que le compete, y no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los beneficios previsionales.e) Cuando el promedio de las calificaciones durante tres (3) años consecutivos no supere el puntaje que determine la reglamentación.

Art. 52.- El retiro del personal civil con estado policial se produce cuando dicho personal, sin perder su estado policial y jerarquía, cesa en las obligaciones que impone la situación de servicio efectivo.

Art. 53.- El retiro obligatorio del personal es para aquellos que alcancen los treinta (30) años de servicio, salvo que el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad o quien lo/a reemplace considere oportuno la continuidad del servicio por el término máximo de diez (10) más.

Art. 54.- El retiro voluntario puede ser solicitado por el personal que reúna la totalidad de los requisitos previstos en el régimen previsional para obtener el retiro o jubilación ordinaria. 

Art. 55.- El personal en retiro tiene los deberes y derechos propios del personal en actividad, y estará sometido al mismo régimen disciplinario, con las limitaciones propias de su situación que establezca la reglamentación.

Capítulo XIIISueldos y asignaciones

Page 254: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 254 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 56.- La remuneración debe compensar la responsabilidad inherente a la jerarquía, al desempeño del cargo, la mayor atribución de competencias y el rendimiento efectivo en la tarea asignada, para lo cual la reglamentación podrá establecer un segmento de remuneración fija y otro variable.

 Art. 57.- La remuneración del personal comprende los siguientes conceptos:

a) Sueldo básico: es la asignación mensual correspondiente para cada grado.b) Suplemento por antigüedad: es la asignación que el personal percibirá por cada año de servicio prestado en la institución.c) Suplemento por capacitación superior: es la asignación para el personal que cuente con título reconocido oficialmente otorgado por institutos o universidades nacionales, provinciales o extranjeras, públicas o privadas y que se reconozcan como necesarios para el desempeño de su función.d) Suplemento por actividad riesgosa: es la asignación percibida en razón del desarrollo en forma permanente de labores o tareas que impliquen un riesgo específico y directo.e) Suplemento por cargo: es la asignación que retribuye el efectivo desempeño de determinado cargo con relación al nivel de responsabilidad o complejidad.f) Suplemento por desempeño destacado: es un adicional no permanente mediante el cual se premia el mérito en actos de servicio excepcionales.

Art. 58.- El personal tiene derecho a ser compensado como consecuencia de los gastos en que incurra por órdenes de servicio y que no estén contemplados en los rubros retributivos, conforme se establezca en la reglamentación.

Art. 59.- El personal civil con estado policial que reviste en disponibilidad, percibirá el setenta y cinco (75) por ciento del haber mensual que le pudiera corresponder, más las asignaciones familiares.

Art. 60.- El personal civil con estado policial que reviste en situación de pasiva, percibirá el cincuenta (50) por ciento del haber mensual que le pudiera corresponder, más las asignaciones familiares.

Capítulo XIVPolíticas de género

Art. 61.- El personal de la Policía Metropolitana se integra de forma proporcional según lo dispuesto en el artículo 36º de la Constitución de la Ciudad y guarda una estricta representación de ambos géneros, favoreciendo la incorporación, participación y promoción de aquel que se encuentre más relegado, ya sea para el acceso efectivo a cargos de conducción, como así también en todos los niveles y áreas.

Art. 62.- A los efectos de dar cumplimiento a la totalidad del Capítulo IX de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se promoverá a través de la reglamentación de la presente, la modificación de los patrones socioculturales estereotipados, con el objeto de eliminar prácticas basadas en el principio de superioridad de cualquiera de los géneros dentro de la Policía Metropolitana

Art. 63.- La reglamentación de la presente ley contemplará las siguientes cuestiones inherentes a favorecer y preservar las condiciones igualitarias entre ambos géneros:

a) Fomenta la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control respetando el régimen de carrera y el plan de ascensos establecidos a tal efecto.

Page 255: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 255 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

b) Instituye y fomenta las acciones y disposiciones legales concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida en su consecuencia, entre hombres y mujeres.c) Prohibirá todas las prácticas que impliquen cualquier forma de segregación y discriminación por estado civil o maternidad.

Capítulo XVRégimen disciplinario

Art. 64.- El personal civil con estado policial, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que los Códigos y Leyes Especiales determinan en su carácter de funcionarios públicos, para el caso de la violación a los deberes policiales establecidos en esta ley, demás decretos, resoluciones y disposiciones aplicables, será pasible de las siguientes sanciones disciplinarias:

a) Apercibimiento escrito.b) Suspensión de empleo.c) Cesantíad) Exoneración

Art. 65.- Las faltas que cometa el personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana son clasificadas como leves, graves y muy graves según la reglamentación y pueden afectar:

a) La disciplina.b) La operatividad en el servicio.c) La imagen pública y/o el prestigio de la institución.d) La ética y honestidad del personal.e) Los principios básicos de actuación policial.

Art. 66.- Toda sanción disciplinaria deberá tener por fundamento la transgresión a una norma vigente con anterioridad a la aplicación de la misma. Ningún acto u omisión es punible, administrativamente, sin una prohibición u orden anterior que se le opongan.

Art. 67.- Toda sanción disciplinaria debe ser impuesta en relación a la naturaleza y gravedad de la falta cometida y la circunstancia del lugar, tiempo, medio empleado y modo de ejecución. Para la graduación de las sanciones, se analizará también la personalidad y antecedentes del responsable.

Art. 68.- El apercibimiento consiste en el llamado de atención que se hará al/la responsable de la falta u omisión, el cual se podrá adelantar en forma verbal y se ratificará por escrito dentro de las veinticuatro (24) horas, a los efectos administrativos pertinentes.

Art. 69.- La sanción de suspensión de empleo consiste en la privación temporal del ejercicio de las funciones y la pérdida proporcional de la retribución que le corresponde.

Art. 70.- Las sanciones disciplinarias de cesantía y exoneración, constituyen medidas expulsivas que importan la separación de la Policía Metropolitana, con la pérdida del estado policial.

La cesantía implica la inhabilitación para el reingreso a la institución y no importa la pérdida del derecho al haber del retiro que pudiera corresponder al/la sancionado/a.

La exoneración implica la pérdida del empleo, los derechos inherentes al mismo, el haber de retiro que correspondiere y la inhabilitación para el reingreso a la institución. Los derechohabientes conservan el derecho a percibir la pensión que les hubiere correspondido en caso de haber fallecido el/la causante a la fecha de la sanción.

Page 256: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 256 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 71.- Todo personal de la Policía Metropolitana a quien se le hubiere impuesto una sanción disciplinaria que considere arbitraria, o excesiva en relación a la falta cometida, o ser el resultado de un error, puede elevar un formal recurso, solicitando se modifique o se deje sin efecto la sanción.

Art. 72.- Las sanciones de cesantía y exoneración son resueltas por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad a propuesta de la Auditoría Externa Policial previa instrucción del sumario administrativo correspondiente. En el caso de las sanciones de apercibimiento y suspensión de empleo son aplicadas conforme se reglamente al efecto.

Art. 73.- A los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones de la presente ley, se reglamenta el procedimiento para la instrucción de los sumarios administrativos, las faltas administrativas y el procedimiento para su aplicación.

Art. 74.- En todo lo que respecta a recursos y sus procedimientos se aplican las disposiciones del Decreto Nº 1510/GCABA/1997 (BOCBA Nº 310).

Capítulo XVIRégimen previsional

Art. 75.- El personal civil con estado policial de la Policía Metropolitana está sujeto al régimen previsional que se establece en la presente ley.

Las contingencias cubiertas por este régimen son la vejez, la incapacidad y el fallecimiento.

Art. 76.- Para obtener el derecho a los beneficios previsionales por vejez establecidos, el personal debe computar un mínimo de:

a) Veinte (20) años de servicios inmediatamente anteriores al período de retiro; b) Treinta (30) años de servicios continuos o discontinuos prestados en la Policía Metropolitana.

Art. 77.- A los efectos de determinar el haber de retiro móvil que corresponda, se computan todas remuneraciones sujetas a aportes que perciba el/la oficial al momento de acogerse al beneficio.

Art. 78.- El haber de retiro será proporcional al tiempo de servicio de acuerdo con la siguiente escala:

Años de servicio

Porcentaje

20 65

21 69

22 73

Page 257: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 257 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

23 77

24 81

25 85

26 88

27 91

28 94

29 97

30 100

A los efectos del haber de retiro, la fracción superior a seis (6) meses, se computa como año entero, siempre que el/la oficial hubiere alcanzado el tiempo mínimo para el retiro voluntario.

Art. 79.- Los haberes de retiro o pensión serán móviles, y la movilidad es de aplicación numérica y regulada por las remuneraciones con aportes que, por todo concepto, correspondan al personal en actividad.

Art. 80.- Los servicios correspondientes a otros regímenes previsionales se acreditan de acuerdo a los procedimientos que sean de aplicación en el régimen de reciprocidad vigente y se computan cuando el peticionante alcance los plazos mínimos establecidos en el artículo 78° de la presente ley.

Art. 81.- Tiene derecho al haber de retiro ordinario o extraordinario, con sujeción a lo previsto en el artículo 78° de la presente ley:

a) El personal que solicita el retiro ordinario, cuando tenga computados o computables veinte (20) años de servicio como mínimo.b) El personal que fuera declarado en situación de incapacidad total y permanente, en la forma que disponga la reglamentación.c) El personal que fuera separado por cesantía, cuando tenga computados o computables veinte (20) años de servicio como mínimo o por disposición fundada de la propia institución. d) En caso de fallecimiento del personal incluido en el presente régimen, sus derechohabientes tendrán derecho a los beneficios que éste otorga, cualquiera fuere la antigüedad en la Policía Metropolitana.

Art. 82.- Los porcentajes de aporte para el personal en actividad y de contribución patronal serán los que rijan en el régimen general del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones para el personal que se desempeña en relación de dependencia. Los beneficiarios aportarán en igual proporción que los activos.

Page 258: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 258 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 83.- El haber de la pensión es equivalente al setenta y cinco (75) por ciento del haber de retiro de que gozaba el/la causante o en caso de encontrarse en actividad, de la última remuneración sujeta a aportes y contribuciones. Los haberes de pensión se mantendrán actualizados respecto de los haberes en cuya relación se encuentran establecidos.

Art. 84.- En relación al régimen previsional son de aplicación supletoria aquellas disposiciones que surjan de los convenios respectivos que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar.

Art. 85.- Los beneficios emergentes de la presente ley son liquidados y abonados por el ente que establezca el convenio respectivo que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar.

Art. 86.- Los aportes y contribuciones a que se refiere el artículo 81° de la presente ley son retenidos y depositados en el ente al que hace mención el artículo precedente y afectados al pago de beneficios comprendidos en esta norma.

Título III

Personal civil sin estado policial

Capítulo IAgrupamientos

Art. 87.- El personal civil de la Policía Metropolitana que cumpla tareas de apoyo al accionar policial según las distintas actividades y funciones que la reglamentación determine, no tendrá estado policial y desarrollará su carrera en algunos de los siguientes agrupamientos:

a) Profesional: integrado por el personal que cuente con título universitario reconocido y desempeñe tareas propias de su especialidad.b) Técnico: comprende al personal con certificación de estudios de carácter técnico y/o acreditación de saberes teórico-prácticos que cumpla funciones inherentes técnicas específicas.c) Administrativo: comprende que realice tareas de elaboración, ordenamiento, organización, control y supervisión de información, en distintas diversificaciones, importancia y responsabilidad, necesaria para el funcionamiento de la Policía Metropolitana.d) Servicios Generales: comprende al personal que cuente con estudios, conocimientos, saberes, habilidades o experiencias suficientes para el desempeño de un oficio, artesanía o tarea particular.

Capítulo IIIngreso

Art. 88.- Además de las condiciones generales de ingreso a la Policía Metropolitana establecidas en la Ley de Seguridad Pública, la reglamentación establece las condiciones particulares que se requieran para cada especialidad.

Capítulo IIINombramientos y cese de funciones

Art. 89.- El/la Ministro/a de Justicia y Seguridad designa al personal civil sin estado policial de las distintas especialidades a través de la realización de concursos público de oposición y antecedentes que al efecto se establezcan.

Art. 90.- El personal civil sin estado policial cesa en sus funciones:

a) Por renuncia.

Page 259: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 259 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

b) Por jubilación.c) Por cesantía o exoneración.d) Por fallecimiento.

Art. 91.- Al personal que cesa en sus funciones por renuncia, se le podrá requerir, por razones de servicio, permanecer en el cargo por el término de treinta (30) días si antes no fuera reemplazado o aceptada su dimisión o autorizado a cesar en sus funciones.

Capítulo IVEstabilidad

Art. 92.- Respecto de la estabilidad del personal civil sin estado policial de la Policía Metropolitana, el mismo adquiere estabilidad trascurridos los seis (6) meses de efectiva prestación de servicios. Por lo demás son aplicables las disposiciones establecidas en el Capítulo III de la presente ley.

Capítulo VDerechos, deberes y prohibiciones

Art. 93.- El personal civil sin estado policial goza de los mismos derechos y tiene los mismos deberes y prohibiciones que en esta ley se determinan para el personal civil con estado policial, salvo aquellos que devienen necesariamente de la posesión del estado policial según se establezca en la reglamentación respectiva.

Capítulo VILicencias

Art. 94.- El personal civil sin estado policial tiene el derecho al uso de las mismas licencias que tiene el personal civil con estado policial según lo establecido en el Título II, Capítulo XI de la presente ley.

Capítulo VIIRetribuciones

Art. 95.- El personal en situación de actividad gozará del sueldo mensual, suplementos y asignaciones que para cada caso determine la reglamentación correspondiente.

Capítulo VIIIRégimen Disciplinario

Art. 96.- El personal civil sin estado policial de la Policía Metropolitana está sujeto a las disposiciones contenidas en la presente ley en todo lo que refiere al régimen disciplinario, como a las reglamentaciones que al efecto se dicten.

Capítulo IXRégimen Previsional

Art. 97.- El personal civil sin estado policial de la Policía Metropolitana se encuentra alcanzado por las previsiones determinadas en la Ley Nacional N° 24.241.

Art. 98.- Comuníquese, etc.

Sala de las Comisiones: 18 de noviembre de 2008.

ASINELLI, Christian.

LA RUFFA, Silvia; FAILDE, Pablo y GRAMAJO, Sebastián.

Page 260: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 260 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en general.

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: entiendo que algún integrante de la mayoría debería informar el despacho…

- Murmullos en la sala.

Sr. Presidente (Santilli).- Solicito silencio en la sala, por favor. Diputado Borrelli: me parece que le corresponde informar el despacho de

mayoría…

Sr. Borrelli.- Señor presidente: no sabía que mi palabra era tan requerida. Muchas gracias a todos.

En primer lugar, quiero señalar que el despacho que venimos a considerar cierra el círculo de las leyes que hemos votado en esta Legislatura, para dar creación a la Policía Metropolitana y, en su momento, también para dotar al sistema de seguridad pública de un instituto superior de formación. Ahora damos la última puntada con esta ley, que viene a regular la relación laboral de empleo del personal civil con y sin estado policial que va a formar parte de este nuevo cuerpo de seguridad.

- Murmullos en la sala.

Sr. Presidente (Santilli).- Espere un segundo, diputado.Señores asesores que están en el centro de la escena del recinto, tomando café: les

pido que conversen más arriba, o fuera del recinto, ya que no se puede sesionar de esta manera. No escucho a los diputados, porque ustedes están a los gritos. No se puede funcionar así. Les pido silencio, por favor.

Continúe, diputado Borrelli.

Sr. Borrelli.- En segundo lugar, quiero señalar brevemente que existen dos despachos a consideración: uno, es el despacho por la mayoría, suscripto por los diputados del bloque del PRO y por otros bloques, para el cual vamos a pedir apoyo. Básicamente, consiste en legislar una ley especial de empleo en el entendimiento de que la Policía Metropolitana debe tener un régimen laboral propio y distinto al que rige en la Ciudad de Buenos Aires para el resto del empleo público.

En esta ley se están regulando los deberes, derechos y obligaciones de los futuros agentes, del futuro personal, así como también las prohibiciones para desempeñar los distintos cargos. En todos los casos hemos establecido un sistema bastante estricto y riguroso, tanto para que puedan acceder como también para que, en caso de que corresponda, sean separados de la función.

Asimismo, hemos incorporado un régimen previsional propio para los empleados de la Policía Metropolitana, que les garantice un régimen de retiro adecuado.

También vale decir, señor presidente, que con relación al despacho de minoría, las diferencias no son muchas; es más, son pocas. En algunos casos, las hemos discutido y

Page 261: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 261 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

analizado hasta hace un rato, antes de que comenzara la sesión, y seguramente en el curso del debate se vean reflejadas algunas correcciones a las que hemos arribado para conseguir que esta ley reciba el mayor apoyo posible.

Por último, quiero agradecer especialmente el trabajo de las comisiones de Seguridad y de Legislación General, que le dieron a estos proyectos de ley un tratamiento profundo y expedito para que pudiéramos perfeccionar el sistema de leyes de seguridad pública y, además, dotar de las herramientas legales necesarias al reclutamiento que está haciendo el Poder Ejecutivo.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra la diputada Walsh.

Sra. Walsh.- Señor presidente: parece que no hay mucho entusiasmo por hacer uso de la palabra, así que me toca a mí, que tengo para hacer una observación.

El refrán popular dice: “A confesión de parte, relevo de pruebas”. Cuando el legislador preopinante dice que entre los dictámenes de mayoría y minoría no hay muchas diferencias, la verdad es que coincido, porque es así. Realmente, podrían haber firmado un solo despacho, porque pienso que acuerdan prácticamente en todo, salvo en algunos detalles. Otra vez el matrimonio político, señor presidente.

Este proyecto de ley es complementario de las leyes de creación de la Policía Metropolitana y del Instituto Superior de Formación Policial. Desde el bloque Nueva Izquierda nos opusimos a la aprobación de estas dos leyes, porque no atacan las causas estructurales del delito; implica superponer dos cuerpos armados en la Ciudad, y no existe, porque no se incluyó de ningún modo, el control vecinal ni de los organismos de derechos humanos con relación a la nueva formación policial como sobre el control de su accionar.

En este sentido, consideramos que estas dos leyes, y la tercera que ahora se nos propone, este verdadero “combo”, no ayudarán a resolver el grave problema de la falta de seguridad pública sino que, lamentablemente, significan la creación de una nueva fuerza de carácter represivo. No obstante este cuestionamiento global –en ese contexto de estas dos leyes anteriores incluimos el proyecto de ley que hoy analizamos–, el proyecto de Estatuto Policial que hoy se nos propone aprobar suma nuevos problemas adicionales.

El bloque Nueva Izquierda vota en contra…

- Murmullos en la sala.

Sr. Presidente (Santilli).- Silencio, por favor.Continúa en el uso de la palabra la diputada Walsh.

Sra. Walsh.- Señor presidente: como decía, el bloque Nueva Izquierda vota en contra, y ahora explicaré las razones de nuestro voto negativo.

En este régimen se establece para el nuevo personal policial derechos distintos, por ejemplo en cuanto al régimen de licencias que goza el conjunto de los trabajadores del Estado de la Ciudad. Asimismo, se reiteran limitaciones y prohibiciones que apuntan a mantener separados de la sociedad civil a los agentes policiales. Esto reitera una vieja concepción destinada a garantizar una fuerza esencialmente represiva. Es así que el inciso a) del Artículo 7° expresamente prohíbe al personal policial “participar” –entre comillas– en actividades políticas, partidarias, gremiales o sectoriales o el desempeño de cargos

Page 262: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 262 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

electivos mientras se encuentre en actividad”. Esta prohibición resulta inconstitucional y violenta derechos civiles y políticos consagrados en la Constitución Nacional y de la Ciudad.

Si bien el tema de la sindicalización de las fuerzas policiales es materia de debate a nivel internacional y nacional, es innegable que muchos países lo permiten –España, Italia, Francia, Bélgica, Alemania, Estados Unidos, Canadá, Brasil, Venezuela y Uruguay, por citar sólo algunos– y dicha experiencia significa la posibilidad de que puedan defender sus derechos laborales, sin por ello comprometer su funcionalidad.

Asimismo, establecer la ilegalidad respecto de la participación política del personal policial, incluida la expresa prohibición de presentarse a cargos electivos –obviamente, licencia laboral de por medio–, implica una grosera vulneración de garantías de orden constitucional.

Está claro que los efectivos de las fuerzas policiales y de esta nueva fuerza creada participan en política; por supuesto, que lo hacen. Lo hacen y lo harán. Es deseable que lo hagan en el marco de una ley que lo permita y no a expensas de una ley que plantea la inconstitucionalidad de no habilitarlo.

En lo que respecta a los ascensos y promociones, se repite un criterio verticalista ya expuesto en la Ley de Creación de la Policía Metropolitana. Los cuadros superiores, tanto de conducción como de dirección, son elegidos por el Jefe de Gobierno y el Ministro de Seguridad, sin aval alguno de la Legislatura ni participación de la sociedad civil. Por el contrario, creemos que es imprescindible que dichas designaciones, así como también la del Jefe/a de policía, prevean no sólo la publicidad previa de las y los candidatos para que la sociedad pueda realizar las oposiciones y denuncias que pudiesen corresponder, sino también la aprobación de la propia Legislatura.

A su vez, creemos que se debería eliminar o limitar adecuadamente el Artículo 22, toda vez que constituya un atajo al régimen de ascensos previstos por la misma ley –en el caso de aprobarse–, generando la posibilidad de decisiones arbitrarias en nombre de los llamados –entre comillas– “actos de servicio”. En la historia de las instituciones policiales en nuestro país, estos “actos de servicio” –entre comillas– muchas veces incluyeron violaciones gravísimas de la legislación vigente, y la verdad es que tendríamos que recordarlo.

El régimen de las licencias que se propone presenta varias incongruencias y, en muchos casos, empeora las condiciones laborales respecto del régimen actualmente vigente para los trabajadores municipales establecido por la Ley 471. Consideramos que, más allá de la particularidad de la actividad y del rol represivo de esta nueva institución, los nuevos agentes serán trabajadores públicos y deberían gozar de iguales derechos que el conjunto del personal dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Esto ocurre así en los siguientes puntos. Respecto de la licencia por enfermedad de largo tratamiento, la Ley 471 prevé una licencia de dos años con el 100 por ciento del salario y un tercer año con una percepción del 75 por ciento. Sin embargo, al futuro agente policial de la Ciudad, cuya actividad siempre implica riesgo, se le impone un régimen mucho más desfavorable: un solo año de licencia al 100 por ciento, un segundo año al 75 por ciento y un tercer año al 50 por ciento. Esto resulta incoherente y discriminador.

En cuanto a la licencia por maternidad, la Ley 471 establece un régimen de 45 días previos al parto y 60 días posteriores. El presente proyecto de Estatuto Policial cercena el

Page 263: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 263 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

derecho de las mujeres, ya que reduce esta licencia a cien días. ¿Cuál sería el argumento para que sean 100 y no 105 días?

En relación con la licencia por adopción, la Ley 471 lo fija en 90 días, y este Estatuto Policial lo reduce a 60 días.

Respecto de la licencia anual para la realización de exámenes de prevención de cáncer, ¿recuerdan, colegas, cuando aprobamos esa ley en esta Legislatura este año? ¿No era importante hacerse los estudios para la prevención del cáncer? ¿No era importante para los hombres el tema del cáncer de próstata? ¿Para las mujeres el cáncer de mamas, el cáncer de cuello de útero? Parece que no. No se incluye, a pesar de haber sido debatida y aprobada este año en la Legislatura la Ley 2718.

Rechazamos también la posibilidad de que por supuestas “razones de servicios” se le pueda fraccionar, interrumpir y hasta suprimir al personal hasta el año siguiente la licencia por vacaciones, cuando el objetivo es que la persona descanse adecuadamente, y especialmente si porta armas. Ya lo dijo el diputado Romagnoli hace un rato largo, en el sentido de lo que puede pasar si el que porta armas no sabe lo que hace.

En otros casos, como la licencia por estudios y la licencia por matrimonio o unión civil de las hijas o hijos, se otorgan períodos no contemplados para el personal de la Ciudad. Muchas de cal, algunas de arena; no tienen ninguna coherencia. Entonces, deberíamos pensar al personal de la ciudad y hacer extensivo sus derechos. Así lo plantearemos oportunamente.

- Ocupa la Presidencia el Vicepresidente Segundo, diputado Juan Manuel Olmos.

Sra. Walsh.- Tampoco compartimos la propuesta de generar un régimen previsional especial, exclusivo para la fuerza policial. No hay argumento alguno y sí muchísimo en contra que convalide su creación y justifique la separación del régimen jubilatorio nacional. La reciente derogación de la Ley CASSABA debería servir de experiencia suficiente. Deberíamos recordar esos largos debates. Es un verdadero privilegio lo previsto en el Artículo 48, de otorgar la jubilación a un agente con solamente 48 años de edad. Es posible que la edad de retiro deba ser menor a la del régimen nacional vigente, pero nunca llegando a tal extremo, como se está diciendo, de 48 años de edad.

Lo mismo en cuanto a la garantía del ciento por ciento de movilidad, cuando la legislación nacional asigna, y precariamente, el 82 por ciento. Si bien el personal sin estado policial está incluido en el régimen previsional nacional de la Ley 24.241, es otra notable incongruencia de este proyecto tener en la misma institución una parte del personal con movilidad jubilatoria del 82 por ciento y otra parte del personal con el ciento por ciento. ¿Así empezamos?

Por las razones expuestas, señor presidente, el Bloque de Nueva Izquierda va a votar en contra. Muchas gracias.

Sr. Presidente (Olmos).- Tiene la palabra la diputada La Ruffa.

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: como señalaron los dos diputados preopinantes, hoy venimos a discutir una ley que se desprende de la Ley de Seguridad Pública, que votó esta Legislatura hace casi un mes, en la que, además de referir al resto de las herramientas que

Page 264: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 264 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

tiene el Jefe de Gobierno, esta Legislatura y el Poder Judicial para hacer frente a las situaciones de inseguridad, herramientas como la participación comunitaria, la prevención social del delito, la planificación estratégica en base a diagnóstico certero, la utilización de tecnología, también se propició la creación de la Policía Metropolitana.

Entendiendo que una vez que la tan mentada Ley Cafiero había sido reformada en su Artículo 7°, la Ciudad….

- Murmullos en la sala.

Sr. Presidente (Olmos).- Pido, silencio, por favor.Continúe, diputada La Ruffa.

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: entendiendo que una vez que se había modificado el Artículo 7° de la Ley Cafiero, la Ciudad estaba en condiciones de cumplir con el Artículo 34 de la Constitución de la Ciudad, que establece que esta Ciudad va a tener un cuerpo de policía propio conducido por el Jefe o Jefa de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en ese sentido, aquella Ley de Seguridad Pública, si bien tenía grandes lineamientos generales sobre el modelo de Policía Metropolitana, dejaba, porque así lo expresaba específicamente en uno de sus artículos, una enorme cantidad de definiciones que tenían que ser cubiertas por este Estatuto. Por eso, estamos discutiendo sobre la fuerza que va a ejercer el monopolio legítimo del uso de la fuerza en nombre del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y no estamos discutiendo otras leyes.

En este sentido, disiento un poco con lo que dijo el diputado Borrelli en el inicio de su presentación, cuando señalaba que esta ley va a cerrar el círculo de la cantidad de leyes que venimos votando en materia de seguridad. La verdad es que, como dije el día de la sanción de la Ley de Seguridad, todavía nos quedan muchas tareas por delante, porque tenemos la ley de los foros de seguridad pública y, seguramente, otras leyes vinculadas con la política de reinserción social de los condenados en el Servicio Penitenciario.

Ya votamos las leyes de la Policía Judicial y del Instituto de Seguridad Pública; pero, obviamente, ésta es una ley vinculada con la Policía Metropolitana, no con el resto de las estrategias de prevención que tiene un gobierno para hacerse cargo de la cuestión de seguridad.

La verdad es que la diputada preopinante señaló como “pequeños detalles” algunos que para nosotros son diferencias importantes. Por eso, creímos necesario plasmar esas diferencias en un despacho alternativo. Obviamente, los despachos tienen un montón de puntos en común, porque no se firmaron un día que la comisión fue convocada a tratar este tema y cada uno fue con su dictamen y lo presentó: hubo un trabajo entre las dos comisiones que fueron acercando algunas posiciones. Recuerdo, por ejemplo, que ni el proyecto presentado por el diputado Borrelli ni el presentado por esta diputada incluía la cuestión del personal civil sin estado policial, ni el régimen previsional. Pero de la Ley marco de Seguridad Pública surgió que estas dos cuestiones debían ser contempladas y, por lo tanto, en la comisión se trabajó en ese sentido.

A pesar de eso, para nosotros hay diferencias importantes. La diputada mencionó el inciso a) del Artículo 7°, que se refiere a la sindicalización. Si bien ésa es una discusión

Page 265: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 265 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

que se dio fundamentalmente a propuesta del Bloque Socialista y que este Cuerpo no acompañó, nosotros no lo tenemos en nuestro dictamen.

Además, ella señaló la convicción de que esta Legislatura aprobara el nombramiento del jefe y del subjefe de la policía o promoviera la participación de la sociedad civil. Entendemos que uno de los artículos que tenemos en nuestro dictamen va en ese sentido, al obligar a la Jefa o al Jefe de Gobierno a publicar en el Boletín Oficial los nombres de los candidatos y a abrir un período para que la sociedad civil pueda manifestarse, limitando la potestad del Jefe o de la Jefa de Gobierno para hacer esas designaciones. Es probable que no sea suficiente y que haya mecanismos más amplios. Nosotros no encontramos otros que pudieran hacerlo ni se nos acercaron a la comisión.

Creo que estas cuestiones, que para algunos son pequeños detalles, para nosotros marcan realmente un modelo policial diferente. Me parece que algunas de las observaciones que estamos haciendo el bloque de la mayoría las va a aceptar en particular, pero mantenemos nuestro dictamen porque entendemos que esos pequeños detalles hacen a un modelo policial distinto.

Como punto central de la diferencia, nosotros sostenemos que el dictamen de la mayoría, tal cual está planteado, relaja el concepto de una institución civil armada profesional. La necesidad de que contásemos con una institución con cuadros medios y superiores con título terciario y universitario nos parecía, realmente, relevante. En ese sentido, vamos a tratar de que en la discusión en particular ella pueda ser incorporada.

Luego de releer las diferentes investigaciones que existen con relación a esta temática, en La Ley encontré un artículo publicado en febrero 2002 por el doctor Alberto Montbrun, profesor del Instituto Universitario de Seguridad Pública, denominado “Policía y Seguridad Pública: modelos en marcha”. Después de hacer algunas consideraciones generales, y de analizar la seguridad pública en la sociedad industrial; de relatar la emergencia de modelos alternativos donde pondera la instrumentación de la policía comunitaria o de proximidad como modelo organizacional para las policías en las grandes ciudades, y de describir cuáles son los componentes centrales de esta policía comunitaria, hace un apartado con relación a las principales diferencias que hay entre este nuevo modelo denominado “policía comunitaria” y el viejo modelo de policía tradicional.

Entre otras cosas, dice: “En primer lugar, la característica reactiva de la policía de los modelos tradicionales. Se trata de una policía a la espera de la llamada de denuncia de delito o desorden y, mientras tanto, ocupada en las tareas de prevención que están limitadas al patrullaje preventivo al azar”.

- Murmullos en la sala. Sra. La Ruffa.- Señor presidente: me parece que no es un tema menor, como para que no presten un poco de atención.

Sr. Presidente (Olmos).- Vuelvo a pedir silencio. Además, el lado derecho del recinto está bastante vacío, por si pretende que la

escuchen.Continúa en el uso de la palabra la diputada La Ruffa.

Page 266: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 266 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: es difícil que quienes tengan la responsabilidad no presten atención.

Decía que este artículo refiere al modelo tradicional, planteando que aquella policía reactiva se limita al patrullaje preventivo al azar en auto, caballo o bicicleta; la parada fija, el rondín y el control de disturbios y desórdenes y el apoyo a la investigación de delitos.

El modelo tradicional es fuertemente centralizado y con una organización vertical que reproduce la de las Fuerzas Armadas. Las nuevas modalidades son, dice el autor, básicamente proactivas, en el sentido de que el policía o la policía, como profesional de la seguridad, es un estudioso de las circunstancias sociales que generan la emergencia del desorden, el delito y el temor al delito. El policía conoce, mapea, estudia y diagnostica una situación social en un barrio, una comunidad, un grupo étnico o un grupo mafioso. Y una vez que comprende los procesos que están teniendo lugar construye, con los sectores interesados de la comunidad, soluciones permanentes que involucran a las agencias del Gobierno, a la propia comunidad y a los medios.

Esto, obviamente, entraña una nueva policía, con otras capacidades y habilidades y mucho más parecida a un médico –operando y previniendo en las patologías del cuerpo social– que a un sargento del ejército.

Por eso insistimos fuertemente en aquellos componentes que entendemos que alejan a la policía del tradicional modelo centralizado, militarizado y alejado de la sociedad civil y a insistir con la profesionalización de la fuerza.

Porque este policía, señor presidente, no va a ascender solamente porque pase una cantidad de años y entonces tenga derecho a ejercer el cargo superior siguiente, sino que además de los años de antigüedad que se exija para el cargo se va a hacer una evaluación de desempeño. Entonces, vamos a insistir en que, además, para los cuadros de supervisión y de conducción se exija título terciario y universitario, respectivamente.

Señor presidente: aunque en este caso no vamos a acompañar el dictamen de la mayoría por estas diferencias que he señalado, que entiendo que son de concepción del modelo policial, sí quiero decir que ésta era una discusión pendiente sobre la cuestión de la policía. En este momento no es pertinente discutir otras cuestiones, como la participación comunitaria, la prevención social o la institucionalización del delito.

Y así como le reclamamos permanentemente al Jefe de Gobierno, y muchas veces al Ministro de Justicia y Seguridad, que entiendan que la policía de seguridad no puede ser sólo la policía, quiero decir que no hay una política de seguridad sin policía, y que lo que estamos tratando de dejar de lado es un modelo policial que hasta ahora no dio la respuesta que los vecinos están esperando. Con eso no queremos decir que necesariamente todo lo que han hecho hasta este momento la Policía Federal, la Gendarmería y la Prefectura, en el territorio de la Ciudad de Buenos Aires haya sido malo, pero el reclamo de los vecinos en los barrios nos muestra que hay que pensar una policía más presente, cercana al vecino, profesionalizada y con una conducción política que marque los lineamientos estratégicos generales. (Aplausos).

Sra. Gómez.- Pido la palabra.Señor presidente: seré muy breve.

Page 267: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 267 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Voy a hacer un llamamiento, antes de empezar a hablar, para que venga el bloque del oficialismo a sentarse en sus bancas, porque me parece que si hay algún bloque al que le interesa esta ley es al bloque del PRO.

Sr. Presidente (Olmos).- No parece.Diputada Gómez: el diputado Borrelli le solicita una interrupción. ¿Se la concede?

Sra. Gómez.- Sí, señor presidente.

Sr. Presidente (Olmos).- Para una interrupción, tiene la palabra el diputado Borrelli.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: creo que esta ley, como las que hemos votado en la ocasión anterior, dándole vida a la Policía Metropolitana, no son normas jurídicas que solamente importen a un espacio político particular. Me parece que son leyes que hacen a la definitiva consolidación del régimen autonómico de nuestra ciudad, y tienen que ver con un viejo y permanente reclamo de los vecinos de ella. Con lo cual creo que es una ley que nos compete todos y, como sé que también la diputada Gómez en su momento ha trabajado mucho en la ley de creación de la Policía Metropolitana, estoy seguro de que va a coincidir conmigo en esta opinión.

Sr. Presidente (Olmos).- Continúa en el uso de la palabra la diputada Gómez.

Sra. Gómez.- En primer lugar, si la ley es efectivamente tan importante como el diputado que fundamentó el despacho de la mayoría dice que es, con más razón sería oportuno que los diputados del bloque del PRO, que han impulsado el despacho de la mayoría, estuvieran sentados en sus bancas para sostener el proyecto.

En segundo lugar, justamente, teniendo en cuenta la importancia que tiene la ley, quería lamentar profundamente que el Gobierno de la Ciudad haya lanzado la convocatoria a los futuros agentes sin que esta ley esté aprobada. Digo esto porque hay una gran defensa discursiva de la institucionalidad y el respeto a las instituciones, pero lo concreto es que se convocó a gente y hubo personas que se anotaron para adecuarse a un estatuto que todavía no está votado. Esto es, por lo menos, una gran desprolijidad.

En abril de este año, el Jefe de Gobierno, mandó un proyecto para crear la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Proyecto que, desde nuestro punto de vista, era muy general y dejaba un montón de aspectos librados a cuestiones reglamentarias, a decretos reglamentarios. Entre esos aspectos, se dejaba sujeto a un decreto reglamentario el estatuto de la policía.

Me parece que ha sido un avance la ley que creó la policía, y que avanzó junto con otras normas que ya ha aprobado esta Legislatura, y con otras que va a aprobar en el futuro en un marco normativo general para la seguridad pública de la Ciudad de Buenos Aires; y pienso que es un paso importante que el estatuto, el régimen de personal de la policía, de los agentes de la Policía Metropolitana, también se apruebe mediante una ley de esta Legislatura.

Ahora, en cuanto al contenido del despacho de la mayoría, nos sigue dejando dudas y nos parece que hay cuestiones importantes que siguen quedando en cabeza de la reglamentación y, por eso, vamos a acompañar el despacho de minoría presentado por la

Page 268: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 268 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

diputada La Ruffa. Me voy a referir muy sintéticamente a las cuestiones por las cuales nos parece que este despacho es mejor, porque entiendo que, en su defensa, la diputada que preside la Comisión de Seguridad ya dejó asentadas las principales cuestiones.

Simplemente, quiero decir que creemos que son más convenientes los nombres que se plantean en relación con los funcionarios y con los agrupamientos que va a tener la fuerza.

Entendemos que los requisitos de publicidad, designación y nombramiento de los oficiales superiores –que en el despacho de la mayoría no aparecen– son positivos y necesarios. Asimismo, creemos que es oportuno insistir en la formación y capacitación del personal de la fuerza.

En cuanto a las licencias, remuneraciones y régimen disciplinario, consideramos que se avanza en muchísimas más precisiones. Finalmente –y ésta es la razón más importante–, el Artículo 3º del despacho de la minoría establece la aplicación supletoria de la Ley 471, en el entendimiento de que el personal de la Policía Metropolitana debe acceder, como mínimo, y en todo lo que no esté regulado en este Estatuto, a los mismos derechos que el resto de los trabajadores y trabajadoras de la Ciudad de Buenos Aires.

Sr. Presidente (Olmos).- Diputados y diputadas: tendríamos que votar la prórroga del horario de la sesión, pero me parece que no hay 31 legisladores presentes. De todos modos, lo voy a poner en consideración cuando algún diputado lo solicite.

Sr. Moscariello.- Pido la palabra.Señor presidente: antes de pedir la extensión horaria, solicitamos a los bloques que

llamen a los diputados, porque en este momento estamos con cierta dificultad en cuanto al quórum: tenemos quórum para sesionar, pero no hay 31 diputados presentes para votar.

Dado que los diputados se encuentran muy cerca del recinto, agradecería que usted tuviera la amabilidad de esperar unos segundos. Veo que se está acercando el diputado Ritondo, quien había pedido la palabra para hablar sobre este tema. Mientras tanto, los diputados podrán ir recuperando sus lugares.

Sr. Presidente (Olmos).- Tiene la palabra el diputado Ritondo, que estaba anotado en la lista.

Diputado: le pido que, antes de que pasen diez minutos, solicite la prórroga del horario de la sesión. Espero que para ese momento haya 31 diputados presentes.

Antes de que comience su exposición, le solicita una interrupción la diputada Parada. ¿Se la concede?

Sr. Ritondo.- Sí, señor presidente.

Sr. Presidente (Olmos).- Para una interrupción, tiene la palabra la diputada Parada.

Sra. Parada.- Señor presidente: quisiera formular una pregunta para que usted me conteste. ¿Cuál es el quórum necesario para sesionar?

Page 269: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 269 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Olmos).- Son necesarios 20 diputados para que se pueda hacer uso de la palabra, y 31 para poder votar.

Sra. Parada.- Muchísimas gracias, señor presidente.

Sr. Presidente (Olmos).- De nada, diputada.Continúa en el uso de la palabra el diputado Ritondo.

Sr. Ritondo.- Señor presidente: los diputados preopinantes han dicho mucho sobre el tema. Sin duda, lo que estamos considerando hoy es una parte fundamental de la estructura normativa.

En realidad, hoy estamos a punto de sancionar una ley importante, que es el Estatuto de la Policía. Evidentemente, se trata de una parte fundamental de la estructura normativa, que contempla los parámetros básicos que debe tener la organización del personal de la institución. En este sentido, es realmente importante, porque le da previsibilidad al armado de esta Policía.

Los sueldos, los servicios asistenciales, los retiros y las pensiones son elementos que aseguran la función y dan tranquilidad y seguridad tanto a los miembros de la fuerza como a sus familias. Realmente, es bueno saber que los convocados para esta nueva fuerza van a contar con un estatuto que les dé esa garantía, con elementos de gran importancia.

El trabajo realizado por distintos legisladores sobre el tema –es el caso de la presidenta de la comisión, Silvia La Ruffa, y del diputado Martín Borrelli– dio a este proyecto una real importancia. Después de haber dado el paso trascendental que fue haber votado la creación de la Policía, hoy esta ley queda como una norma realmente moderna, que le da una movilidad totalmente distinta a la Policía y a su personal civil.

Además, establece un régimen de haberes que compensa la responsabilidad inherente al grado jerárquico, al desempeño del cargo orgánico y al cumplimiento efectivo de tareas asignadas que es el suficiente para que el personal civil con estado policial tenga la dedicación exclusiva y un sistema de licencias que asegure el descanso anual obligatorio y demás contingencias que hacen a la tarea policial.

Asimismo, esta nueva concepción instituye acciones concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida entre hombres y mujeres. También fomenta la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control, respetando el régimen de carrera y el plan de ascenso establecido a tal efecto.

Sin duda, uno de los puntos de mayor trascendencia en el sistema de promociones y ascensos es que el nuevo diseño no está basado exclusivamente en los antecedentes funcionales y disciplinarios, ni tampoco se sustenta en la antigüedad del personal civil con estado policial, sino que se estructura sobre la base de la aptitud profesional, asentada en el desempeño y la capacidad profesional.

Lo propuesto busca ser uno de los pilares que garantice la estructuración de la institución civil, jerárquica y de carácter profesional, moderna y adecuada para el desempeño de las funciones de prevención y…

- Murmullos en las bancas.

Page 270: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 270 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Olmos).- Solicito silencio, que escuchen al orador y que los diputados se sienten en sus bancas.

Prórroga del horario de sesión

Sr. Ritondo.- Señor presidente: ¿puedo solicitar la extensión horaria?

Sr. Presidente (Olmos).- Sí, diputado.

Sr. Ritondo.- Solicito la prórroga del horario de la sesión.

Sr. Presidente (Olmos).- Se va a votar la extensión horaria. Les recuerdo que se requieren 31 votos.

- Se vota y resulta afirmativa.

Sr. Presidente (Olmos).- Continúa en el uso de la palabra el diputado Ritondo.

Sr. Ritondo.- Con la Ley de Seguridad Pública, con la Ley Marco, con la creación de la Policía y con el Estatuto culmina la etapa legislativa y de marco legal, para encontrarnos con una realidad que será la nueva Policía.

Más allá de que en algunas cosas no estamos de acuerdo, no quiero dejar de agradecer el trabajo de la presidenta de la Comisión, Silvia La Ruffa; del diputado Ruanova –que ha trabajado mucho en el tema–, y de los diputados Abrevaya y Verónica Gómez, quienes trabajaron en la creación y en la fundamentación de esta nueva Policía que todos los porteños esperamos que empiece a dar sus frutos el año que viene.

Sr. Romagnoli.- Pido la palabra.Señor presidente: salí del recinto porque la verdad es que no dan ganas de votar

esto. Salir es un modo de expresarlo, así como también con las palabras y las explicaciones. A veces, el cuerpo dice más que las palabras, sobre todo en los lugares en los que no se escucha…

- Murmullos en las bancas. Sr. Presidente (Olmos).- Solicito silencio, por favor.

Continúa en el uso de la palabra el diputado Romagnoli.

Sr. Romagnoli.- Desde ya, hay una cuestión desagradable y llamativa, por lo menos para mí. Votar algo para después votar cómo debe funcionar, para luego votar cómo se va a controlar, para más tarde votar cómo se va a formar, es como mínimo dudoso. Obtenida la primera votación, que es la creación del objeto, todas las votaciones subsiguientes son sucedáneas y secundarias. En un país que tiene la trágica historia del accionar de

Page 271: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 271 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

instituciones como las policías, me parece que –como mínimo– sería coherente, serio e importante haber discutido y votado en forma conjunta la creación, el funcionamiento, el ordenamiento, el control y el objeto de la policía.

Esta parcialización de la discusión y de las votaciones ayuda lo que se está consiguiendo: que algunos voten con alguna justificación ciertos elementos que contendría el funcionamiento de este nuevo cuerpo, que aún no existen. Por ejemplo, suena raro decir en el tratamiento de la creación de la policía que “vamos a acompañarla porque se van a otorgar derechos que les corresponden a todos y a cada uno de los trabajadores y asalariados”, cuando eso no figura en los proyectos y en los despachos que se presentan. Esto suena muy raro.

Personalmente, considero indiscutible que cualquier asalariado tenga derecho a organizarse como asalariado. Parece ridículo, pero es así. Y hoy estamos aquí y vamos a avanzar en algo, en la construcción de una fuerza armada civil –no castrense– de asalariados, que no van a tener derecho de organización sindical.

De todos modos –y defendiendo ese derecho–, debo decir que ello, en sí, no soluciona los grandes problemas que se viven aquí, en la actualidad, por el actuar de los cuerpos policiales, ni tampoco los que se han vivido en la historia de este país.

El tratamiento de la creación de un estatuto para el funcionamiento de la policía consagra, para mí, dos cosas fundamentales a rechazar como bloque Autodeterminación y Libertad. En primer lugar, bajo la figura de mantener el orden público, los cuerpos policiales han aplicado, sostenida y sistemáticamente, la represión a determinados procesos de ejercicio de derechos de sectores populares, como luchas y reinvindicaciones. No existió en la votación sobre la creación del cuerpo policial ni en ésta, relacionada con su funcionamiento –considero que esto debería ser parte de la adquisición de la experiencia política–, la prohibición a todo cuerpo policial de actuar en la represión del ejercicio de los derechos y de las luchas populares reinvindicativos. Este cuerpo policial perfectamente puede ser usado como complemento, como ariete o como fuerza de represión fundamental en contra de todo tipo de lucha que ejerzan sectores populares. No hay una prohibición expresa para hacerlo, así como tampoco aparece el derecho de los integrantes de esa fuerza a no acatar órdenes reñidas con los derechos del resto de la población cuando ejerce sus derechos y los expresa.

No se puede justificar, con párrafos que hablan de la sujeción a la Constitución, o a determinados artículos de ella, el carácter supuestamente democrático o novedoso que tendría este Cuerpo.

Tomando gran parte de los dichos de la diputada Walsh, quiero señalar que, para mí, este cuerpo que ustedes han votado positivamente –y que hoy, seguramente, también van a votar de esta manera– nace enfermo de cáncer. Este cáncer es la habilitación para ser utilizado en la represión de la lucha de los derechos populares, sin que en la ciudad se haya avanzado verdaderamente un paso para combatir las causas y no los efectos de la llamada inseguridad.

Por otra parte, quiero señalar que tampoco están incorporados –y quedan en un horizonte futuro– elementos de riguroso y cierto control ciudadano, participación efectiva, ejercicio democrático de la elección de los mandos y, sobre todo, control de lo que puede tener que ver con el avasallamiento de los derechos de la ciudadanía, llevados adelante por la propia ciudadanía, sobre lo que debería ser un verdadero cuerpo civil armado, mandatado por los vecinos de la ciudad.

Page 272: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 272 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Por éstas y otras razones que pediré que se inserten en la versión taquigráfica, desde el bloque de Autodeterminación y Libertad vamos a votar en contra de los dos dictámenes.*

Sr. Smith.- Pido la palabra.Señor presidente: como este Cuerpo recordará, cuando se trató la creación de la

Policía Metropolitana nuestra posición fue muy clara en el sentido de que condicionábamos el apoyo a ese proyecto de ley a la inserción de dos cláusulas transitorias; es decir, a dos cuestiones que, para nosotros, eran sustanciales y fundamentales en esta materia. Lamentablemente, estas cláusulas que nosotros proponíamos no fueron aceptadas por la mayoría de este Cuerpo, y hoy nos encontramos ante ese nuevo despacho que establece el régimen que va a regular las relaciones de estos funcionarios públicos, de este cuerpo que se creara hace poco tiempo en esta Legislatura. Como vamos a apoyar en general el despacho de la mayoría, creo que es preciso que dejemos muy clara esta cuestión que, para nosotros, es fundamental.

Con relación al tema de la inseguridad, que afecta y que es una de las mayores preocupaciones de los vecinos de Buenos Aires, para nosotros existe una muy clara agresión de parte del Poder Ejecutivo Nacional hacia el Gobierno de esta ciudad y sus habitantes. Nosotros creemos que constitucional y legalmente corresponde que el Poder Ejecutivo le transfiera a esta ciudad la parte pertinente a la Policía Federal, con sus correspondientes recursos. Vamos a insistir en esto, porque es lo que corresponde constitucional y legalmente, y vamos a hacer todas las manifestaciones políticas necesarias para advertirles a los vecinos de Buenos Aires que es el Poder Ejecutivo Nacional el que agrava la situación de inseguridad en la ciudad. Queremos dejar esto muy claro.

Entendíamos que la posición del Gobierno de la Ciudad, al crear la Policía Metropolitana, era inconveniente, y por eso pedíamos también la discriminación en temas de delimitar competencias, para no crearle conflictos a esta policía que creábamos en la ciudad con la Policía Federal; porque, en definitiva, le hemos dado a la policía de la ciudad las mismas competencias que hoy tiene la Policía Federal.

Advertíamos sobre estas cuestiones y les pedíamos que delimitáramos estas competencias. Creemos que el camino que ha elegido el Gobierno de la Ciudad no es el conveniente en esta materia. Pero ya que lo han elegido y han seguido ese camino, no podemos privarlos de la herramienta que sigue, que sería este nuevo despacho que tiende a regular este cuerpo, porque no le queremos poner trabas.

En buena hora sería que este camino que ha elegido el Gobierno de la Ciudad los conduzca, como ellos creen, al objetivo que han trazado, que es lograr tener realmente un cuerpo de seguridad policial, que resuelva los problemas de seguridad de la Ciudad de Buenos Aires. Nosotros creemos que ése no es el camino; pensamos que es un camino largo, que va a traer una serie de conflictos. Tal como lo hemos dicho y lo reiteramos hasta el cansancio, entendemos que hay otros mecanismos, así que tenemos que apelar ante la Corte Suprema de Justicia para que realmente haga cumplir la Constitución al Poder Ejecutivo Nacional.

Que quede claro: vamos a apoyar el despacho de la mayoría dentro de nuestra concepción. Además, porque hemos propuesto algunas modificaciones que el bloque de la

* Ver Apéndice

Page 273: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 273 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

mayoría nos ha aceptado. En tal sentido, adelantamos que vamos votar, en general, a favor del despacho de la mayoría.

Sr. Presidente (Olmos).- Tiene la palabra la diputada Parada.

Sra. Parada.- La verdad es que una vez que fue creada esta Policía Metropolitana nos pusimos a pensar en un Estatuto que, probablemente –tal como decía el diputado preopinante–, sea una herramienta que no se pueda negar.

Pero existen varios problemas; yo, al menos, encontré diez. El primero es una cuestión de forma pero, a veces, la forma es una cuestión de

fondo. Y en esta Legislatura, desde hace rato, la forma es una cuestión de fondo. El diputado informante le agradece a las comisiones lo rápido que trabajan. La verdad es que en determinados temas se trabaja muy rápido, pero, por otro lado, estamos suponiendo mil y pico de personas armadas en la calle, cuando este tema sólo pasó por una comisión.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: pido la palabra para una interrupción.

Sra. Parada.- Señor presidente: no voy a conceder interrupciones.En algún momento, este tema estaba en asesores y tratábamos de encontrar la vuelta

para llegar a un Estatuto que mejorase en algo la situación; recién íbamos por el Artículo 30, cuando de repente ya hubo despacho de comisión para firmar.

No coincido para nada con la diputada preopinante que explicó que habíamos votado una ley de seguridad; en realidad, no la votamos. Y de acuerdo con lo que leo en los medios, la diputada preopinante opina igual.

Entonces, una cosa es lo que pasa dentro de este recinto y otra, cuando salen a los medios como oposición. La verdad es que es muy gracioso porque acá votamos, acompañamos, estamos de acuerdo, no se ponen palos en la rueda, así que anda todo fenómeno. Pero después salen ante las cámaras y son oposición.

Nosotros, que pretendemos hacer una oposición responsable y que queríamos votar una ley de seguridad pública, expusimos todas las razones por las cuales la ley marco de seguridad no tenía que ser una ley de policía.

Es cierto que para ciertas cosas hay que agradecer a las comisiones lo rápido que trabajan; pero para otras no lo creo así –no sé cuál sería el antónimo, pero agradecimiento seguro que no–, ya que hay proyectos de pedidos de informes que pasan hasta por cuatro comisiones, como es usual últimamente también en esta Legislatura.

Luego de esta razón de forma –que como dije es de fondo, porque lo que votamos es sumamente importante–, quiero decir que el voto del bloque va a ser en contra, porque queremos que vuelva a comisión. Es decir, hay una moción de orden de vuelta a comisión para que su tratamiento sea el adecuado.

Considero totalmente que el tratamiento no es el adecuado: terminar a cualquier hora –tal como sucede acá–, cuando no sé ni cómo razonan, ni cómo se llegan a hacer las leyes, ni si se piensa en qué pasa al otro día con la gente de Parlamentaria cuando un artículo ha sido modificado diez veces, ni qué es lo que sale publicado. Y tratándose de leyes tan importantes, a mi juicio es realmente vergonzoso.

En segundo lugar –y ya entramos en el proyecto del Estatuto–, el proyecto se desarrolla básicamente con normas declarativas y no precisa ni define qué es el Estado

Page 274: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 274 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

policial, ni en qué se diferencia del personal civil. Así comenzamos. Tampoco define –y no es un tema menor– el uso de la fuerza. Debería definirlo, porque si arrancamos con las 9 milímetros y el gatillo fácil, arrancamos mal. Parece que ésta es la preocupación de este bloque y no la de los demás. Los funcionarios deberían poder hacer uso de la fuerza sólo cuando se encuentre en riesgo su integridad física o la de terceros, y como última instancia. Esto no está definido.

Tercero, se limitan sus actuaciones a la función policial; pero ante la disminución permanente de la capacidad laboral, se admitirían funciones propias de la gestión administrativa.

Cuarto, no surge de los proyectos la participación de la ciudadanía en materia de ascensos y promociones.

Quinto, no se establecen, a los fines de las cesantías o exoneraciones, las condiciones o calidad de las faltas que lleven a generar la baja. Esto también lo libran a la reglamentación.

Coincido plenamente con la observación realizada por la diputada Walsh. Quiero recalcar la inconstitucionalidad de prohibir la participación en actividades políticas. Esto es claramente inconstitucional. Además, el régimen laboral es absolutamente discriminatorio y no equitativo respecto de los empleados del Gobierno de la Ciudad.

Por último –y sería gracioso, realmente, si no dolieran tanto las cosas que pasan acá–, el tema del régimen previsional especial. Si querían un régimen previsional especial, ¿por qué no se lo preguntaron a los nuevos policías? Si les hubiesen preguntado a los abogados que ganaron en el Colegio de Abogados en esta última ocasión si querían una Caja, no hubiesen tenido que disolver la que ya estaba creada. ¿Por qué no esperan a crear una Policía y le preguntan si quieren un régimen especial? Cuando comience la policía y nos manifieste que no le conviene, o cuando gane alguien –igual, no tienen participación: no van a poder elegir a nadie; simplemente protestar–, en ese caso, ¿vamos a disolver la Caja que estamos creando ahora?

En realidad, parece gracioso, pero es la forma en la que se está conduciendo últimamente esta Legislatura.

Por estas razones, solicito que el proyecto vuelva a comisión, para que tenga el tratamiento que debe tener una ley de estas características.

Sr. Presidente (Olmos).- Hay una moción de orden propuesta por la diputada Parada, de vuelta del expediente en tratamiento a comisión.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.

Sr. Presidente (Olmos).- Hay una moción de orden, que se tiene que votar. Se encuentran anotados para hacer uso de la palabra los diputados Failde y Borrelli, y la diputada La Ruffa.

Se va a votar la vuelta a comisión del expediente.

- Se vota y resulta negativa.

Sr. Presidente (Olmos).- Queda rechazada la moción.

Page 275: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 275 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Tiene la palabra el diputado Failde.

Sr. Failde.- Señor presidente: me parece que en el debate de esta ley estamos mezclando distintos planos y situaciones. Considero que es válido, necesario y útil hacer un poco de historia para clarificarlo.

Es cierto que todos hemos pedido que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tuviera una policía propia. Esa defensa se manifestó a lo largo de varios años por parte de todos los legisladores de todas las posiciones políticas y los partidos que los avalan.

Finalmente, el Congreso de la Nación, al modificar la Ley Cafiero, habilitó esa posibilidad. Recuerdo que, para el tratamiento de la Ley de Seguridad en este recinto, me fijé en el Diario de Sesiones del Congreso Nacional, en la versión taquigráfica de cuando se debatía la modificación de la Ley Cafiero; me fijé qué decían los diputados de los distintos bloques. Sorprendentemente, encontré que muchos diputados provinciales no alineados directamente con el gobierno nacional, ni con la oposición –diputados provinciales que tienen su propia estructura y política–, cuestionaron duramente la posibilidad, a que hacía referencia el diputado Smith, en tanto entregar la policía con los hombres y con los fondos, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Pero más: algunos diputados plantearon cuestiones que tenían que ver con el siglo XIX, con guerras civiles, con el tema del puerto, con el tema de la Ciudad de Buenos Aires y la riqueza.

Es decir, no es que alguien desde el Gobierno Nacional, desde el Poder Ejecutivo –me parece que los diputados preopinantes saben que hay un Poder Ejecutivo, un Poder Legislativo y un Poder Judicial–, impulsa esa negativa. Lo que sí sucedió en el Congreso de la Nación fue que hubo una fuerte resistencia de las provincias; además, una fuerte resistencia “transversal” en relación con la posibilidad de otorgar esa situación a la Ciudad de Buenos Aires.

Bien, hasta aquí, un poco de historia. La política se define a partir de lo que sucede y no de lo que debería ser. Me parece y quisiera entenderlo así. Nosotros tenemos responsabilidad de dar respuestas, no de hacer discursos sobre la imaginación.

También recuerdo que el diputado preopinante, el amigo Smith, cuando estábamos avalando la candidatura de Jorge Telerman a Jefe de Gobierno, participó junto con otros diputados y con quien habla en un evento en donde estábamos planteando la creación de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires. Recuerdo que Gorgal tenía los uniformes, los diseños, nos pasaron un power point, y muchos miembros del bloque al que yo pertenecía estuvieron presentes. Con lo cual, el debate en sí, o el debate en torno a la creación de la policía, me parece que tendría que haber quedado saldado por historia, por coherencia política y por trayectoria.

Soy un firme convencido de que la Ciudad de Buenos Aires debe tener su propia policía en las condiciones que la política, la historia y las circunstancias nos obligan a actuar. Quiero, y he defendido, que esa policía sea de proximidad, que esa policía sea una policía democrática. Por eso, hemos hecho todas las modificaciones al proyecto original que vino del Poder Ejecutivo, que no tiene nada que ver con lo que votamos hace un mes, ni tiene nada que ver con lo que estaríamos votando hoy. Nosotros tenemos, en este caso, un dictamen de minoría. Porque, si no, parecería como que es un gran paquete acordado, armado con el moñito puesto por el Jefe de Gobierno y por el bloque mayoritario, y no es así.

Page 276: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 276 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Ocupa la presidencia el Vicepresidente I de la Legislatura, diputado Santilli.

Sr. Failde.- No me gusta que se generaren sospechas, o interrogantes, que se hable de matrimonios mal habidos, cuando no es así. Soy un firme convencido de que la Ciudad de Buenos Aires debe tener su policía y soy un firme convencido de que la policía debe actuar en el marco de una ley de seguridad. Soy un firme convencido de que además debe estar formada en un instituto que le dé las materias y la currícula correspondientes para que sea más democrática, para que tenga vínculos con la sociedad civil.

Más aún, me animo a decir en este recinto y ahora –no lo pude discutir en mi bloque, ni siquiera imponerme políticamente–, que estoy de acuerdo con el diputado Romagnoli en cuanto a que sería útil y necesaria la sindicalización de la policía. Pero ése es un debate que me parece que excede; es un debate que generaría una serie de conflictos. Me parece que en algún momento, como un derecho de los trabajadores, tendría que ser planteado.

No obstante, debo decir que las circunstancias nos obligan a actuar con responsabilidad en el contexto, en el momento y en la historia que tenemos que evaluar y decidir.

Nosotros, como bloque, apuntamos básicamente a que el antiguo paradigma de la seguridad, que tiene que ver con una estructura vertical, con una estructura mirada siempre hacia adentro, con un pensamiento militarizado, en definitiva, la estructura de las viejas fuerzas armadas represoras y perseguidoras de los trabajadores en toda la década del ’70, no se hubieran representado en esta nueva policía.

Creo que hemos avanzado muchísimo para tener ciertas garantías –no todas– para que esta nueva fuerza policial cumpla con los principios de la democracia: respeto a la sociedad civil, contacto con los vecinos y que responda a la Constitución, a las leyes y a los derechos humanos.

En esta lógica, en el Artículo 20 nosotros habíamos planteado una diferencia. ¿Por qué? Porque creemos, además, que la Policía debe estar profesionalizada en este proyecto de estatuto que hoy se está discutiendo.

Yo estuve viviendo en España y antes de que se presentara este debate en la Argentina, en marzo, tuve la oportunidad de recorrer varias ciudades y de ver cómo funcionaban las policías que son ejemplo. Y la profesionalización es fundamental. ¿Por qué? Porque no es lo mismo utilizar a la Policía para una contravención; no es lo mismo utilizarla para actuar frente a una manifestación popular en la vía pública; frente a situaciones de investigación más sofisticada; y, más aún, frente al control del tránsito, en caso de que sea necesaria la utilización de la fuerza pública. Estamos convencidos de que la profesionalización tiene que estar explicitada en este Estatuto.

Cito a mi amigo y compañero de facultad Marcelo Saín, cuando dice: “Se asignó a la institución” –me estoy refiriendo a la Policía– “una gama diversa y variada de funciones públicas. El mantenimiento del 'orden y seguridad públicas' no se limitaba a la prevención de delito y a la persecución de criminales y sospechosos, sino que también suponía la administración de ciertas instancias judiciales, el cobro del impuestazo, alumbrado público, el aseo y limpieza de la Ciudad, el mantenimiento de los cementerios, el desempeño de

Page 277: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 277 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

labores de bomberos” –mi compañera de bancada, la diputada Silvia La Ruffa señaló que tenemos otras leyes pendientes–, “la realización de censos, la aprehensión de vagos, de ebrios y la elaboración de cuadros de situación sobre la inmigración y las costumbres de la población en general, en todo lo referido a la 'moralidad pública'“.

En resumen, una organización que tenía que hacerlo todo. Seguramente, no hacía nada bien y actuaba, en el mejor de los casos, con una lógica corrupta y, en el peor de los casos, desde mi manera de ver, con una lógica altamente represiva y fascistoide. Lejos de eso está la norma que hemos votado, y lejos está esta norma, con las diferencias que nosotros tenemos y que planteamos en el dictamen de minoría.

También debo preguntar si la contratación de asesores que ha hecho el ingeniero Macri, que tienen demasiados anclajes en el pasado, de alguna manera tiene que ver con algunas cuestiones que estamos planteando acá y que son una marcha atrás.

Sería bueno que el proyecto de la mayoría incorporara lo que nosotros pensamos, para garantizar que las fantasías que uno siempre tiene –porque es paranoico y siempre piensa mal y en el pasado– no se vean reflejadas en algunos personajes.

También planteamos otra cuestión, que no es menor y que fue señalada claramente por la diputada Silvia La Ruffa. Me refiero al título universitario. La capacitación de la Policía y de los cuadros superiores nos da una garantía. Se trata de un contacto con la sociedad civil y es una manera de ver al otro diferente. ¿Por qué es una manera de ver al otro diferente? Porque las policías fueron creadas en un contexto, como si fueran un perro rottweiller, al que se lo prepara para salir a dar una batalla. Y la Policía no tiene que dar una batalla, sino que debe estar codo a codo con la sociedad civil y proteger integralmente la seguridad del ciudadano porteño.

Otra cuestión que nosotros habíamos expresado, que me parece muy importante, tiene que ver con el planteo que hizo un diputado preopinante. Me refiero a la publicidad de los ascensos. Nos parece que eso es importante y necesario. De esta forma habrá una serie de controles, que necesariamente debemos tener.

Señor presidente: con el proyecto que presentó el oficialismo existen algunas diferencias más. Reconozco que no son tantas. Ahora bien, el hecho de reconocer que no son tantas no significa que estemos de acuerdo con el despacho de la mayoría y que esto es un nuevo “noviazgo” o “matrimonio”. Sería, de nuevo, un concepto que me parece limitado, gastado y que hoy por hoy suena más a slogan político de campaña política que a la realidad, por lo menos de este bloque.

Además, me preocupa que la conducción de esta futura fuerza policial y las más altas jerarquías políticas estén imbuidas de un espíritu moderno, de un espíritu democrático, de un espíritu de derechos en toda su extensión y que estén lejos de los viejos paradigmas que ya han perimido. Las mejores leyes, señor presidente, pueden terminar por fracasar si, en definitiva, los hombres que las tienen que hacer cumplir no están imbuidos en este espíritu.

Por eso, me parece que estamos avanzando; me parece que esto que estamos haciendo es útil y, en ese sentido, soy progresista, en cuanto pretendo ir avanzando respondiendo a los intereses de la sociedad de la mejor manera, de la manera más democrática y en el contexto político-histórico que me permita hacerlo.

Gracias, señor presidente. (Aplausos).

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Borrelli.

Page 278: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 278 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Borrelli.- Señor presidente: quiero referirme a algunas cuestiones que se dijeron en el debate en general de esta ley.

En primer lugar, no es cierto que el tratamiento de este régimen de empleo o estatuto –como quieran llamarlo– de la Policía es algo que se haya tratado durante poco tiempo o en forma liviana. Voy a decir por qué. En rigor de verdad, muchas de las disposiciones que terminaron siendo reflejadas en estos proyectos de ley y finalmente en este despacho, habían sido incorporadas –incluso capítulos enteros– en el proyecto de ley orgánica de la Policía Metropolitana. Con lo cual, en la comisión de Seguridad y en las que intervinieron posteriormente, ya se había tenido la oportunidad de analizar muchas de estas disposiciones. Allí, justamente, fue donde se dispuso que formarían parte de una ley separada y de una ley especial. De manera que todo esto viene siendo motivo de análisis desde hace ya varios meses.

En segundo lugar, deseo celebrar el acompañamiento en general de este despacho expresado por el diputado Guillermo Smith, por quien tengo respeto profesional y afecto personal. Sinceramente, en su momento lamenté mucho que no nos acompañara en la ley de creación de la policía. Y, además, por su intermedio quiero decirle, para su tranquilidad, que todo lo que tiene que ver con el reclamo de las transferencias con las partidas presupuestarias correspondientes es algo que aún se mantiene vigente. No hay ningún plazo precluido, ni ningún acto que sea irreversible que le impida al Estado de la Ciudad de Buenos Aires efectuar las reclamaciones que sean pertinentes para el cumplimiento del inciso 2) del Artículo 75 de la Constitución Nacional y de los artículos correspondientes de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. Por tal motivo, creo que todo lo que se plantea y que ha venido sosteniendo con buen criterio hace mucho tiempo, van a ser cuestiones que quedarán supeditadas a las oportunidad, al mérito, a la conveniencia que establezca el poder político para hacer ese reclamo.

Pero queda claro a todas luces que lo que no podemos hacer bajo ningún punto de vista es quedarnos de brazos cruzados, más en la coyuntura que estamos viviendo. También quiero decir, respecto de algunas referencias que se han hecho a períodos de licencias, que tal vez disientan o que sean diferentes a las contenidas en la Ley 471 del Régimen de Empleo Público, que estamos dispuestos a aceptar lo que tiene que ver con la licencia por maternidad y el día anual para hacerse exámenes de cáncer.

A su vez, nuevamente con relación al planteo del diputado Smith, quiero adelantar que vamos a receptar esta pretensión de que los mandos superiores tengan título universitario; y lo vamos a hacer en una cláusula transitoria.

Respecto del régimen de ascensos y promociones, que también fuera planteado por el diputado Smith, y que también figura en el despacho de la minoría, vamos, oportunamente, a leer una propuesta alternativa, para ver si este recinto la acompaña.

Por todo lo expuesto, señor presidente, solicito que pasemos a votar.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: una diputada preopinante intentó no aludirme, pero no lo logró,

aunque no haya mencionado mi apellido.

Page 279: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 279 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

La verdad, señor presidente es que estoy convencida de que la Ley 2894 es una ley de seguridad pública. Lo dije el día que la debatimos, y lo voy a sostener en cada una de las tribunas en que tenga la oportunidad.

Pero también tengo la convicción, y sé que lo saben en el bloque del PRO y también el ministro de Justicia y Seguridad –quien, tan amablemente, nos acompaña en esta sesión–, que Mauricio Macri no va a hacer uso de todas las herramientas que la Ley de Seguridad Pública le da para enfrentar la cuestión de la inseguridad.

Pero también sé que los ciudadanos lo eligieron a él y a la Vicejefa de Gobierno para ejecutar políticas. Y que a nosotros nos votaron para sancionar leyes. Y, como dije aquel día, muchas veces sentí la presión de no poder trabajar en relación con una ley de seguridad pública que me parece perfectible pero necesaria para la ciudad, simplemente porque existe la mirada mezquina de que, como somos la oposición, nos tenemos que oponer a todo.

No lo voy a hacer. No creo en esa forma de trabajar. Estoy segura de que la falta de seguridad es el principal reclamo de los vecinos, aunque, a veces, la percepción de inseguridad los haga sentir que están en peores condiciones de las que realmente están, comparando con otras ciudades del país y de la región. Pero sé que es un reclamo. Y, por eso, quiero trabajar en ese sentido.

Por eso, la Ley de Seguridad Pública, aunque perfectible, me parece excelente. Se le han incorporado un montón de las indicaciones que nos hicieron las organizaciones de la sociedad civil, los expertos y las universidades. Simplemente, basta revisarla.

Hay que saber que el primer proyecto marco general de seguridad lo presentó la doctora Alicia Pierini como Defensora del Pueblo de la Ciudad, una vez que se había iniciado el proceso de consultas en relación con la creación de la Policía Metropolitana. Por esa razón, también la ley de seguridad tiene un capítulo de creación de la policía. Porque el bloque de la mayoría, por primera vez, mostró voluntad política por sancionar una ley que crea la policía de la ciudad, y la oposición le puso como condición la sanción de un marco general. Ante esas dos voluntades políticas se construyó una única norma, que no es de creación de la Policía Metropolitana: es un marco integral de seguridad que pone en cabeza del Jefe de Gobierno la responsabilidad política institucional de coordinar todo el sistema, que pone en cabeza del ministro de Justicia y Seguridad un montón de responsabilidades y va a quedar en cada gestión que sea legítimamente votada por los vecinos decidir a cuáles echan mano y a cuáles no.

La verdad es que yo siento que hemos cumplido como legisladores. Y ahora nos toca controlar. Y cuando vea que están por nombrar a un jefe o jefa de la policía que viene de otra fuerza, probablemente me vaya a oponer, aunque haya votado la ley. El macrismo lo sabe, el Ministro lo sabe y, probablemente, el ingeniero Macri, si lee los diarios, también lo sepa; entonces, cuando vaya a nombrar a un jefe de la policía que venga de otra policía, va a recibir críticas de este bloque y, fundamentalmente, de la presidenta de la Comisión de Seguridad.

La verdad es que me hubiera gustado que algunos diputados hicieran lo mismo que sus referentes en el Congreso Nacional cuando se debatió la modificación de la Ley de AFJP. Porque un diputado que no está con el Gobierno, y por el cual tengo respeto, aunque muchas veces no comparto sus posiciones, dijo que acompañaba esta iniciativa porque los gobiernos pasan pero el Estado queda; y la Ley de Seguridad Pública va a quedar. (Aplausos).

Page 280: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 280 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Smith.- Pido la palabra.Señor presidente: pedí la palabra porque fui aludido dos veces por dos colegas

preopinantes. En primer lugar, agradezco las palabras del diputado Borrelli. En segundo lugar, el diputado Failde salió en defensa de lo que manifiesto como

violación de la Constitución por el Poder Ejecutivo Nacional. Como ha salido en defensa de esa violación, le quiero contestar algunas cuestiones.

En primer lugar, hay algo que tengo muy claro: él hablaba de que hay que hacer lo que se puede y no lo que se debería. En realidad, hay que hacer lo que se debería, de acuerdo con la Constitución. Esto es lo que quiero manifestar, porque hay que decirlo.

En segundo término, creo que todos estuvimos de acuerdo con que la Ley Cafiero cercenaba la autonomía de la Ciudad. Está claro que la Constitución nos otorga autonomía; de hecho, su Artículo 6° señala la responsabilidad que tenemos las autoridades constituidas de la Ciudad para agotar todas las acciones legales, políticas y judiciales en torno a lograr la plena autonomía de la Ciudad.

Esto es lo que debería hacerse: cumplir con lo establecido en la Constitución, que es lo que no hace el Poder Ejecutivo Nacional. Es cierto que algunos diputados provinciales tienen algunos inconvenientes con el traspaso de los fondos; pero también viene bien que lo haya dicho el diputado Failde, porque es un tema que necesita clarificación por parte de quienes defendemos los intereses de la Ciudad de Buenos Aires.

La confusión viene un poco trabada por la historia de aquella lucha entre unitarios y federales. De ahí viene la cuestión: cuando no se avizora que, en realidad, la versión del federalismo que establece nuestra Constitución debe ser ejercida por el Poder Ejecutivo Nacional.

Hay un libro muy interesante titulado Historia de los argentinos, de Floria y García Belsunce, en el que se mencionan los debates entre Alem y Alberdi respecto de la capitalización de la Ciudad de Buenos Aires. Dichos autores señalan cómo se había equivocado el genio de Alberdi, que creía que con la capitalización de Buenos Aires solucionaba los problemas entre unitarios y federales; cómo se había equivocado en no ver que esta Ciudad, el puerto, iba a volver unitarios a algunos gobiernos, aunque vinieran de las provincias. Todo esto sucedió en el país.

Hoy contamos con un sistema unitario, porque tenemos un Gobierno Nacional que realmente viola el sistema federal. Entonces, quiero decir lo siguiente: cuando los diputados provinciales comprendan que, al defender la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires, estamos defendiendo la autonomía de nuestras provincias hermanas, van a entender este discurso. Que quede claro.

El diputado Failde mencionaba su posición con respecto a lo que había manifestado en torno a la campaña Telerman-Olivera, y eso quedó claro.

Con respecto a la policía metropolitana, muy bien dijimos que queríamos la creación de una policía propia, y mantenemos la coherencia. A la par de eso, dijimos que necesitábamos ratificar los derechos de la Ciudad de Buenos Aires en cuanto al reclamo y que también necesitábamos delimitar las competencias, hasta que no se cumpliera la plena autonomía que buscábamos.

Page 281: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 281 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Ibarra.- Pido la palabra.Señor presidente: como sabemos, este bloque votó en contra de la conformación de

la policía metropolitana, de acuerdo con los fundamentos que dimos en aquel momento, porque entendimos que se avanzaba sin un marco de diálogo, de acuerdo y de relación institucional siquiera con el Gobierno Nacional, superponiendo dos cuerpos armados a un mismo territorio y con las mismas competencias.

Para nosotros, eso generaba una situación altamente conflictiva y la seguridad en la Ciudad de Buenos Aires no debía manejarse de esa manera. No se trataba de dos empresas que colocaban baldosas y se superponían en una vereda, sino que tenía que ver con superponer dos cuerpos de seguridad armados para las mismas competencias en la Ciudad de Buenos Aires.

Dicho esto, ahora se nos plantea la conformación de un estatuto y debemos decir que, una vez sancionada la Ley de Creación de la Policía en la Ciudad de Buenos Aires –a pesar de nuestro voto negativo–, evidentemente se necesita un estatuto, y el mejor, para su funcionamiento.

En tal sentido, el diputado Ruanova firmó en disidencia el despacho, en el entendimiento y la coincidencia de que debíamos tener un estatuto, a pesar de las diferencias que teníamos con su contenido. La realización de este debate nos abrió interrogantes vinculados con varias cuestiones que fueron y que no fueron tratadas en el despacho.

Coincidimos con la propuesta de la diputada Parada acerca de la necesidad de la vuelta a comisión del proyecto. A pesar de haber perdido la moción de orden de vuelta a comisión, entendemos que es necesario un análisis más reflexivo sobre el Estatuto que debe tener el Cuerpo Policial de la Ciudad de Buenos Aires.

Por tales argumentos y varios otros que se vertieron allí, y dado que no se aceptó la vuelta a comisión del proyecto, vamos a votar en contra.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado el diputado Kravetz.

Sr. Kravetz.- Señor presidente: en realidad, solicité una interrupción, porque seré muy breve.

Cuando alguien tiene dudas sobre un tema, trata de plantearlas para zanjarlas entre todos. Me llama poderosamente la atención que, a pesar de haber firmado el bloque ibarrista el despacho de mayoría –en definitiva, firmó con el macrismo–, ahora plantee interrogantes respecto del tema, a la luz de un debate que no tuvo tantas aristas como para que, de repente, se pida la vuelta a comisión para su discusión.

Si conociéramos las dudas, podríamos zanjarlas entre todos y tal vez encontraríamos puntos de coincidencia y, sobre todo, de esclarecimiento que pueden servir para que esta noche estemos más tranquilos al momento de votar.

Sr. Ibarra.- Pido la palabra.Señor presidente: agradezco profundamente la preocupación del diputado Kravetz

por la posición de nuestro bloque y porque estemos nerviosos o tranquilos al momento de votar. Lo libero de esos sentimientos; que él vote como desee y que no se preocupe por nuestro bloque.

Page 282: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 282 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Como entendemos que varios de estos temas merecen una discusión más profunda, acompañamos la vuelta a comisión. Si esto no satisface al diputado Kravetz, lo lamento; no es problema nuestro. Ésta es la decisión del bloque.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar en general el proyecto de mayoría por el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Blasco, Borrelli, Cantero, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Lubertino, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Asinelli, Bello, Cabandié, Centanaro, D'Angelo, Failde, Gómez, Gramajo, Hourest, Ibarra, Kravetz, La Ruffa, Olmos, Parada, Pedreira, Romagnoli, Urdapilleta y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 49 votos: 30 a favor y 19 en contra. Queda aprobado en general. Para votar en particular, podemos agrupar por capítulos.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: si vamos a votar por capítulos, solicito la incorporación del

Artículo 3° de nuestro despacho, que diría lo siguiente: “En todo lo no previsto en la presente ley, es de aplicación supletoria la Ley 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Boletín Oficial 1026)”.

Sé que probablemente el bloque de la mayoría no va a acompañar este agregado, pero si la Administración se encuentra con lagunas, le va a costar encontrar el marco normativo.

Quiero decir, para tranquilidad del bloque de la mayoría y para contestar algunas cuestiones sobre la inconstitucionalidad de la sindicalización –que acompañé en el debate de la Ley 2894; estoy a favor y me hubiese encantado que en aquella sesión hubiéramos tenido el número suficiente–, que el Título II de la Ley 471 sobre Negociación Colectiva de los Trabajadores del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires –ley que no votó esta Legislatura con mayoría macrista ni con los “matrimonios”, así como tampoco con los nuevos matrimonios–, en el inciso e) del Artículo 76, “Funcionarios excluidos de la negociación colectiva”, establece lo siguiente: “Los miembros de las fuerzas que ejerzan funciones de policía de seguridad local”. Esto quiere decir que esta Ciudad tuvo tangencialmente este debate. Desgraciadamente, en aquel momento y con la discusión de la Ley 2894, también se resolvió que esto no aparezca. Pero si la administración teme que las fuerzas puedan sindicalizarse, aclaro que la Ley 47 también lo excluye.

Por eso, solicito la incorporación de este nuevo Artículo 2º, que era el 3º de nuestro despacho.

Page 283: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 283 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- Diputada: ¿su propuesta es agregar lo que usted planteó en el Capítulo Único “Disposiciones Generales”?

Sra. La Ruffa.- Propongo su incorporación…

Sr. Hourest.- Pido la palabra.Señor presidente: quería hacer uso de la palabra con anterioridad a la intervención

de la diputada La Ruffa, porque no terminé de entender lo que dijo el diputado Kravetz. Como vi que el diputado votó en contra del despacho de la mayoría y que el bloque Diálogo por Buenos Aires también lo hizo, no sé si él estaba esperando otro resultado y “se comió un amague” o si en realidad había hecho declaraciones en torno de algún resultado de la votación que no se verificó, y eso lo puso mal. Digo esto porque, según interpreto, él estaba conforme con la votación final y me parece que estaba incitando a otro bloque a que no vote como él. Por lo general, cuando uno vota algo está conforme y llama a los demás a que voten como uno, y no los reta si no votan como uno.

Es por eso que no entendía la intervención del diputado Kravetz.

Sr. Kravetz.- Pido la palabra.Señor presidente: honestamente, me perdí la mitad de la alocución del diputado

Hourest. Si no entendió lo que dije, se lo repito: hoy, un diputado del bloque ibarrista firmó el despacho de la mayoría juntamente con el macrismo, y a eso me refería. No hay que volverse loco. No dije que había un nuevo matrimonio ni que los matrimonios recién se pueden divorciar a los dos años y no a los cinco minutos, como sucedió en esta sesión. No dije nada de eso.

Ahora bien, si quieren que lo diga, lo digo: hay un matrimonio nuevo que se divorció a los cinco minutos. Si quieren, comenzamos esa discusión.

Sr. Presidente (Santilli).- No van a alcanzar los registros civiles con tantos matrimonios. (Risas)

Sr. Ibarra.- Pido la palabra.Señor presidente: en psicología, eso se llama proyección.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Borrelli, para hablar de la modificación del Artículo 1°. “Disposiciones Generales”.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: en realidad, lo que planteó la diputada La Ruffa no se trata de una modificación al Artículo 1°, sino de un agregado, como Artículo 2°, al Capítulo Único “Disposiciones Generales”. Al respecto, quiero decirle a la diputada que nosotros no vamos a aceptar esa incorporación, con lo cual votaríamos el único artículo –el 1°– del Capítulo Único.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración el Artículo 1° del despacho de la mayoría.Se va a votar a través del sistema electrónico.

Page 284: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 284 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Cantero, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, D'Angelo, Failde, Gómez, Hourest, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 45 votos emitidos, 37 a favor y 8 en contra.

Queda aprobado el Artículo 1°.En consideración el Capítulo I del Título II, que incluye los artículos 2°, 3° y 4°.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Failde, Gómez, Hourest, Ibarra y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 39 votos emitidos, 33 a favor y 6 en contra.

Quedan aprobados los artículos 2°, 3° y 4°.En consideración el Capítulo II del Título II, que incluye los artículos 5°, 6° y 7°.

Sra. Parada.- Pido la palabra.Señor presidente: les recuerdo a los diputados que se ha votado el estado policial sin

definirlo. Se han ayudado en las modificaciones, pero se olvidaron de este pequeño detalle.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: no tengo presente el número del artículo que corresponde, pero la

Ley 2894, después de los incisos donde se habla del Estatuto, establece lo siguiente: “El Estado policial es la situación jurídica resultante del conjunto de derechos, deberes y obligaciones del personal, tanto en actividad como en situación de retiro, de la Policía Metropolitana, establecidos por esta ley y por las demás normas que en su consecuencia se dicten”.

Quería solicitarle al bloque de la mayoría que, en el Artículo 6º, incorpore dos incisos nuevos, que son los siguientes: “n) Peticionar y realizar las tramitaciones

Page 285: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 285 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

pertinentes siguiendo la vía jerárquica correspondiente” y “o) Comparecer en las actuaciones o sumarios administrativos en carácter de testigo”.

Creo que me adelanté un artículo. Perdóneme, señor presidente.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: respecto de las dos incorporaciones que planteó la diputada La

Ruffa, estamos de acuerdo.

Sr. Smith.- Pido la palabra.Señor presidente: como nuestra propuesta con relación al inciso a) del Artículo 7º

no ha sido recepcionada, vamos a dejar constancia de que no vamos a acompañar este inciso.

Sra. Parada.- Pido la palabra.Señor presidente: como precisamente lo que acaba de leer la diputada La Ruffa dice

que también serán las leyes que en su consecuencia se dicten –y ésta sería una–, sería bueno que se pudiera definir el estado policial como el deber de garantizar por parte del funcionario, por ejemplo, la libertad de dignidad de todos los habitantes de la Ciudad de Buenos Aires, el acatamiento a las reglas establecidas en el Artículo 13 de la Constitución y el deber de responder a las reglas éticas para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, establecidas por la Organización de las Naciones Unidas.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: sólo me queda adherir a lo que había señalado la presidenta de la

Comisión de Seguridad en cuanto a que esta preocupación de la diputada preopinante está contemplada en la Ley de Seguridad Pública que votó esta Legislatura.

Sr. Presidente (Santilli).- Si les parece, de acuerdo con el planteo del diputado Smith, si no me equivoco, vamos a votar los artículos 5º y 6º y, después, el 7º.

Se van a votar a través del sistema electrónico los artículos 5º y 6º, con la modificación planteada por la diputada La Ruffa y aceptada por el diputado Borrelli.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Cantero, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Gómez, Hourest, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 47 votos emitidos, se registraron 41 a favor y 6 en contra. Quedan aprobados los artículos 5º y 6º.

Page 286: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 286 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sra. Alegre.- Pido la palabra.Señor presidente: solicito que se agregue mi voto en contra.

Sr. Presidente (Santilli).- Se agrega el voto negativo de la diputada Alegre.En consideración en particular el Artículo 7º. Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Blasco, Borrelli, Cantero, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Ingaramo, Lubertino, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Asinelli, Bello, Cabandié, Centanaro, D'Angelo, De Anchorena, Failde, Gómez, Gramajo, Hourest, Ibarra, Kravetz, La Ruffa, Maffía, Olmos, Parada, Pedreira, Smith y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 46 votos emitidos, se registraron 27 a favor y 19 en contra. Se modifica el voto positivo del diputado Abrevaya a negativo. Queda aprobado el Artículo 7º.

En consideración en particular el Capítulo III, artículos 8º, 9º y 10.Se van a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cantero, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Saya, Smith, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, D'Angelo, Gómez, Hourest, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 45 votos emitidos, se registraron 38 a favor y 7 en contra. Quedan aprobados los artículos 8º, 9º y 10.

En consideración en particular el Capítulo IV, artículos 11, 12, 13, 14, 15 y 16.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: quiero proponer una modificación al Artículo 16. En realidad,

propongo incorporar tres párrafos, que son el segundo, el tercero y el cuarto del Artículo 20 de nuestro dictamen, que dice lo siguiente: “La carrera profesional está regida por los principios de profesionalización y especialización. En tal sentido, debe priorizarse la especialización del personal y evitarse los cambios de agrupamiento y/o especialidad.

Page 287: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 287 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

”Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el personal civil con estado policial que cumpliere servicios en uno de los agrupamientos previstos en la presente ley puede continuar su carrera profesional en el otro agrupamiento, siempre que reúna los requisitos exigidos para ello y cumpla con las condiciones de aptitud y evaluación exigidas, de acuerdo con la reglamentación.

”El cambio de especialidad dentro de un mismo agrupamiento básico puede ejercerse siempre que se reúnan los requisitos exigidos para ello y el personal cumpla con las condiciones de aptitud y evaluación exigidas, conforme lo establezca la reglamentación”.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: en principio, estamos de acuerdo con lo que propone la diputada La Ruffa. Ahora, me pregunto si, en realidad, para seguir la terminología del despacho de mayoría, no debiéramos cambiar “agrupamiento” por “especialidad”. Es decir, en todas las oportunidades en que dice “agrupamiento”, en realidad, debería decir “especialidad”. Con esta modificación, estamos de acuerdo con la incorporación que propone la diputada La Ruffa.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputada La Ruffa: ¿está de acuerdo?

Sra. La Ruffa.- Sí, señor presidente.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar a través del sistema electrónico el Capítulo IV, artículos 11, 12, 13, 14, 15 y 16, con la modificación planteada por la diputada La Ruffa y aceptada por el diputado Borrelli, y la remodificación del diputado Borrelli y aceptada por la diputada La Ruffa.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Cantero, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, D'Angelo, Gómez, Hourest, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 47 votos emitidos, se han registrado 40 votos a favor y 7 en contra.

Quedan aprobados los artículos 11, 12, 13, 14, 15 y 16.En consideración el Capítulo V, artículos 17 y 18.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: por una cuestión de forma, anteriormente, al referirnos a la carrera

profesional, hemos hablado de “grado” y no de “jerarquías”. Por lo tanto, este Capítulo V,

Page 288: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 288 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

que aparece en el despacho de mayoría como “Jerarquías”, en realidad debería decir “Grados”.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: le solicito al bloque de la mayoría un cambio de terminología que

se refleja en el dictamen que presentamos. Si ven el proyecto, la verdad es que quizás cometimos un error, o no prestamos atención a algo que me señaló la doctora Alicia Pierini, Defensora del Pueblo, con relación a que la terminología no refiera a nada castrense. Por esa razón, solicitamos que se modifiquen los incisos e) y f), que dicen “Teniente” y “Capitán” y proponemos una nueva terminología, que sería: “Oficial, Oficial Mayor, Subinspector, Inspector, Comisionado, Comisionado Mayor, Comisionado General y Superintendente”. Obviamente, que los párrafos que siguen debieran ser modificados en ese mismo sentido, respetando la nueva denominación.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: antes de referirme a la propuesta de la diputada La Ruffa, y en el mismo sentido que anteriormente propuse que se cambie “grados” por “jerarquías”, sugiero que en todas las oportunidades en que dice “jerarquías” a lo largo de la ley –y veo que el Secretario Parlamentario asiente– se corrija por “grados”.

Con respecto a la propuesta de la diputada La Ruffa, y sin perjuicio de que la observación que hace la Defensoría del Pueblo sobre este punto es discutible y, además, en otras fuerzas de seguridad del país los grados están determinados tal como están establecidos en el despacho de mayoría, sé que hay voluntad y una corriente de opinión importante en los bloques de la oposición para favorecer la postura que expone la diputada La Ruffa, con lo cual este bloque no tendría inconveniente en aceptar la modificación.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputada La Ruffa: ¿puede leer cómo quedarían redactados los incisos?

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: si me permite, voy a leer todo el artículo para que no haya dudas.

Sr. Presidente (Santilli).- También hay que corregirlo gramaticalmente, porque el “las” de las jerarquías tendría que cambiarse por el “los” de los grados.

Sra. La Ruffa.- “Artículo 17.- El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con los siguientes grados en orden creciente: a) Oficial; b) Oficial Mayor; c) Subinspector; d) Inspector; e) Comisionado; f) Comisionado Mayor; g) Comisionado General; h) Superintendente. El cuadro de Oficiales Operativos está integrado por el personal civil con estado policial que alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor. El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal civil con estado policial que alcance los grados de Subinspector y de Inspector. El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal civil con estado policial que alcance los grados de Comisionado y Comisionado Mayor. El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción está integrado por el personal civil con estado policial que alcance los grados de Comisionado General y de Superintendente”.

Page 289: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 289 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: aquí también debiéramos cuidar la terminología, y que sea la

misma en toda la ley.En todas las oportunidades, la diputada La Ruffa dijo “personal civil con estado

policial”, tal como está redactado en el despacho de minoría. En realidad, hay que seguir la terminología que tienen los artículos que hemos votado hasta ahora, dado que prescinden del término “civil” por considerarlo innecesario. Por lo tanto, debe decir solamente “personal con estado policial”.

Sr. Presidente (Santilli).- Es lo que figura en el despacho de mayoría.En conclusión, en lugar de “personal civil” debería decir “personal con estado

policial que alcance los grados de…”.En el Artículo 18 ocurre lo mismo, debería decir: “Cada grado está comprendido

por las fracciones…”, y continúa.Se van a votar los artículos 17 y 18 a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Hourest, Ibarra y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han registrado 44 votos: 40 a favor y 4 en contra. Se agrega el voto negativo de la diputada Parada y el voto positivo del diputado Cantero.

Quedan aprobados los artículos 17 y 18.En consideración el Capítulo VI, que conforma el Artículo 19.Se va a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Gómez, Hourest, Ibarra y Parada.

Sr. Presidente (Santilli).- Se han emitido 41 votos: 36 a favor y 5 en contra. Se agrega el voto del diputado Abbas y el voto negativo de la diputada Walsh.

Page 290: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 290 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En consideración el Capítulo VII, que incluye los artículos 20 a 23.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra. Señor presidente: quería proponer incorporar en el Artículo 20, los párrafos tercero,

cuarto, quinto, sexto y séptimo del Artículo 24 del despacho que firmamos, que tiene que ver con la participación de la sociedad civil en la designación.

Proponemos que se incluyan los siguientes párrafos. “Asimismo, la reglamentación debe prever mecanismos que habiliten la publicidad y el acceso a la información de los actos administrativos que dispongan los ascensos y promociones en la institución.

”Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, el ascenso al cuadro de oficiales superiores de conducción está sujeto a un procedimiento previo no vinculante de consultas y participación de la sociedad civil.

”El/la Jefe/a de Gobierno debe presentar su candidato/as para el ascenso al cuadro de oficiales superiores publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad, en por lo menos dos medios gráficos que garanticen una amplia difusión y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad, durante tres días, el/las nombre/s, los antecedentes curriculares de la o las personas propuestas y el plan de gestión que los/as candidatos/as proponen para la institución.

”Los/as ciudadanos/as en general, las organizaciones no gubernamentales y de derechos humanos podrán presentar, en el plazo de quince días a contar desde la última publicación en el Boletín Oficial, ante el Ministerio de Justicia y Seguridad o el organismo que en un futuro lo reemplace, por escrito y de modo fundado y documentado, las posturas, observaciones y circunstancias que consideren de interés expresar respecto a la/s personas propuesta/s.

”Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el/la Jefe/a de Gobierno procede a dictar el decreto correspondiente”.

Como estamos en el tratamiento de capítulo por capítulo, y yo sé que éste es un tema central, de cualquier manera, me gustaría poder hacer otra propuesta del capítulo. En el Artículo 21, me gustaría incorporar el inciso f), o sea que entre los requisitos para la promoción en ascenso se encuentre “La acreditación de las condiciones psicofísicas necesarias”.

Sr. Presidente (Santilli).- Creo que se refiere al Artículo 21, inciso f), del despacho de mayoría.

Sr. Borrelli.- Se lo concedemos.

Sr. Presidente (Santilli).- El diputado Borrelli dice que se lo concede.

Sra. La Ruffa.- Entonces, ya que la Comisión de Justicia está tan amable en el día hoy, quisiéramos incorporar un nuevo Artículo 22 –que figura en el despacho de mayoría como Artículo 22 y es el Artículo 26 de nuestro despacho–: “La prioridad para el ascenso entre dos o más candidatos/as a una misma jerarquía superior está dada por los parámetros que se indican a continuación y en el siguiente orden: a) el mayor puntaje obtenido en los cursos

Page 291: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 291 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

de ascensos o nivelación, teniendo especial consideración el título universitario o terciario obtenido que estuviera relacionado con dichas funciones o cargos; b) la mejor calificación de aptitud profesional establecida por el Comité de Evaluación; c) la mayor antigüedad en el grado”.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Borrelli.

Sr. Borrelli.- Gracias, señor presidente.Uno les da la mano y se toman el codo. Hay que tener cuidado en la discusión en

particular.Volvamos entonces al Artículo 20 del despacho de mayoría respecto del que la

diputada Silvia La Ruffa pretende agregar algunos párrafos contenidos en el Artículo 24 del despacho de minoría.

No sé si leer de vuelta los párrafos, o identificar el número de párrafo y luego decir a cuál sí, o a cuál no. Lo que usted me sugiera, señor presidente, porque creo que va a ser más prolijo por economía procesal.

Sr. Presidente (Santilli).- Sí, señor diputado.

Sr. Borrelli.- El primer párrafo que desea incorporar la diputada La Ruffa es el tercer párrafo del Artículo 24 del despacho de minoría, que comienza con la palabra “Asimismo…”. Estamos de acuerdo con incorporar ese párrafo.

No estamos de acuerdo con incorporar el siguiente, que es el cuarto párrafo del Artículo 24 del despacho de minoría, que comienza con la expresión “Sin perjuicio…”:

En el quinto párrafo del Artículo 24 del despacho de minoría, vamos a receptar solamente una parte de la propuesta de la diputada La Ruffa. Por lo tanto, voy a proceder a leer cómo quedaría la redacción definitiva de ese párrafo. Diría lo siguiente: “El/la Jefe/a de Gobierno debe presentar sus candidatos/as para el ascenso al cuadro de oficiales superiores, publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad durante 10 días el/los nombre/s y los antecedentes curriculares de la o las personas propuestas”.

La diputada La Ruffa también propuso incorporar el sexto párrafo del Artículo 24 del despacho de minoría, que comienza con la expresión “Los/as ciudadanos/as en general…”. Nosotros no estamos de acuerdo con esa incorporación.

Y, por último, el séptimo párrafo del Artículo 24 del despacho de minoría dice: “Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el/la Jefe/a de Gobierno procede a dictar el decreto correspondiente”. Estamos de acuerdo con incorporarlo al Artículo 20 del despacho de mayoría.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿El plazo de diez días es el mencionado en el párrafo quinto?

Sr. Borrelli.- Señor presidente: el despacho de mayoría dice tres días, pero aceptamos incrementar el plazo y llevarlo a diez días.

Sr. Presidente (Santilli).- Está bien, diputado.

Page 292: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 292 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

¿Y respecto de los artículos 21, 22 y 23?

Sr. Borrelli.- Señor presidente: la diputada La Ruffa propuso la incorporación de un nuevo artículo, que es el 26 del despacho de minoría. Nosotros no vamos a conceder esa incorporación.

Aprovecho para solicitar, una vez más, que todas las veces que diga “jerarquía” se remplace por “grado”.

Sr. Presidente (Santilli).- Entonces, donde dice “jerarquía” debe decir “grado”, y se corrige gramaticalmente.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: el diputado Borrelli tiene razón. Tengo que hacerle una nueva solicitud, además de pedirle que votemos artículo por

artículo. Se trata de la incorporación de un nuevo Artículo 24…

Sr. Presidente (Santilli).- Diputada: usted propuso que votemos artículo por artículo. Si terminamos con el Artículo 20, ¿por qué no lo votamos? Si ya fueron cerrados los artículos 20, 21, 22 y 23, dejemos el 24 para después.

Sra. La Ruffa.- Entonces, votemos artículo por artículo.

Sr. Smith.- Pido la palabra.Señor presidente: simplemente, quiero decir que, atento a las modificaciones

introducidas por el diputado Borrelli en el Artículo 20, vamos a votarlo favorablemente.

Sr. Presidente (Santilli).- Vamos a votar artículo por artículo. Se va a votar en particular, a través del sistema electrónico, el Artículo 20, con las

modificaciones planteadas por la diputada La Ruffa y aceptadas por el diputado Borrelli.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Santilli, Saya, Smith, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Hourest, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: de 40 votos emitidos, hubo 37 afirmativos y 3 negativos. El diputado Cantero agrega su voto afirmativo.

En consideración en particular el Artículo 21. Se va a votar a través del sistema electrónico.

Page 293: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 293 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Borrelli, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Santilli, Saya, Smith, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Failde, Gómez y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: de 38 votos emitidos, hubo 34 afirmativos y 4 negativos.

Se agregan el voto afirmativo del diputado Cantero, y el voto negativo de los diputados Parada y Hourest.

Se va a votar el Artículo 22, mediante el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Santilli, Saya, Smith, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Gómez, Hourest, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 42 votos emitidos; 37 a favor y 5 en contra.

Queda aprobado el Artículo 22.En consideración el Artículo 23.Se va a votar mediante el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Blasco, Borrelli, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Santilli, Smith, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Gómez, Hourest y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 37 votos emitidos, 33 a favor y 4 en contra.

Queda aprobado el Artículo 23.En consideración el Artículo 24.

Page 294: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 294 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: éste es el artículo sobre el que tanto énfasis puse en la discusión

en general, y que se relaciona con la profesionalización de la Policía Metropolitana.El nuevo artículo quedaría redactado de la siguiente manera: “A los efectos de

acceder al cuadro de oficiales supervisores, se requiere poseer título terciario superior, en tanto que para acceder a los dos últimos cargos de la carrera profesional, o a los cargos orgánicos correspondientes, es requisito ineludible poseer título universitario, acorde con las funciones”.

Sr. Presidente (Santilli).- Entonces, sería un nuevo Artículo 24.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: por su intermedio, le solicito a la diputada La Ruffa que lea

nuevamente el artículo.

Sra. La Ruffa.- “Artículo 24: A los efectos de acceder al cuadro de oficiales supervisores, se requiere poseer título terciario superior, en tanto que para acceder a los dos últimos cargos de la carrera profesional, o a los cargos orgánicos correspondientes, es requisito ineludible poseer título universitario acorde con las funciones”.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Borrelli.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: me pareció haber escuchado algo con lo que no concordamos.

En realidad, de la redacción que plantea la diputada La Ruffa hay una parte en la que podemos acordar, pero no en todo.

Voy a leer el texto definitivo del artículo, de acuerdo con la propuesta de nuestro bloque: “A los efectos de acceder a los dos últimos grados de la carrera profesional o a los cargos orgánicos correspondientes, es requisito ineludible poseer título universitario acorde con las funciones”.

Esto incluye, al final de la ley, el agregado de una cláusula transitoria que oportunamente vamos a plantear.

Sr. Presidente (Santilli).- Entonces, se va a votar mediante el sistema electrónico el Artículo 24 del Capítulo VII, de acuerdo con la redacción del diputado Borrelli.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Ingaramo, Lubertino, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Pagani, Ritondo, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Cabandié, Centanaro, D'Angelo, Failde, Fernández, Gómez, Hourest, Kravetz, La Ruffa, Olmos, Parada, Pedreira y Walsh.

Page 295: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 295 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 41 votos emitidos; 28 a favor y 13 en contra. Agregan su voto positivo los diputados Cantero, Abbas y Rodríguez Araya. Y su voto negativo, los diputados Bello y Asinelli.

Queda aprobado el nuevo Artículo 24, del Capítulo VII.En consideración el Capítulo VIII. Se van a renumerar los artículos. Por lo tanto,

corresponde considerar el Artículo 25.Tiene la palabra la diputada La Ruffa.

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: por algo presentamos un dictamen de minoría. Encima, quiero proponer la incorporación de un nuevo capítulo con un solo artículo

que figuraba en nuestro dictamen de la Ley de Seguridad Pública y que después “se perdió”. Tampoco estuvo en la ley del Instituto de Seguridad Pública, y creo que sería correcto que lo tenga este estatuto. Sería un nuevo capítulo que, entiendo, sería el octavo, Artículo 25. Para que lo puedan seguir, les comento que era el Artículo 28 de nuestro dictamen: “La formación y capacitación del personal con estado policial de la Policía Metropolitana debe garantizar: a) El desarrollo de las aptitudes y valores necesarios para el ejercicio responsable de las funciones y labores asignadas, con conciencia ética, solidaria, reflexiva y crítica. b) La propensión a un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales existentes y asignados. c) El incremento y diversificación de las oportunidades de actualización y perfeccionamiento del personal con estado policial. d) El logro de la formación y capacitación especializada, científica y técnica general, procurando siempre el contenido humanístico, sociológico y ético de la misma”.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: estamos de acuerdo.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración el nuevo Capítulo 8, con el nuevo Artículo 25 renumerado, con las modificaciones planteadas por la diputada La Ruffa, y aceptadas por el diputado Borrelli. Después renumeramos porque, si no, va a ser complicado.

Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Ibarra, Parada, Urdapilleta y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 42 votos emitidos; 38 a favor y 4 en contra. Agrega el voto el diputado Cantero.

Queda aprobado el nuevo Capítulo 8 y el nuevo Artículo 25.

Page 296: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 296 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En consideración el Capítulo 9, Artículo 26, que es el viejo 24. Es el Artículo 24 del despacho de mayoría.

Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, de Andreis, Di Stefano, Failde, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 35 votos emitidos; 32 a favor y 3 en contra.

Queda aprobado el Artículo 26, Capítulo 9.En consideración el Capítulo 10º, que era el 9º del despacho de mayoría. Artículos

renumerados 27 a 32.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: ¿se puede renumerar después por Secretaría Parlamentaria, y

seguimos trabajando con el orden que tenemos sobre la banca?

Sr. Presidente (Santilli).- Bien. Entonces, en consideración artículos 25 a 30 del despacho de mayoría.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: simplemente, quiero dejar constancia de que el Artículo 30 del

despacho de mayoría fue, en su momento, una construcción conjunta que hicimos con el diputado Ruanova.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración los artículos 25 a 30. Luego serán renumerados por Secretaría.

Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Cantero, Centanaro, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: D'Angelo, Gómez y Walsh.

Page 297: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 297 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 42 votos emitidos; 39 a favor y 3 en contra. Agregan su voto negativo la diputada Parada y el diputado Ibarra.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración en particular los viejos artículos 31 al 44.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: ya que estamos tan exquisitos con la técnica parlamentaria, en el

mismo sentido de lo planteado anteriormente, en el Artículo 37, donde dice “personal civil con estado policial”, debo decir que es redundante la palabra “civil”.

Asimismo, donde dice “licencia por maternidad del personal femenino”, habría que suprimir “del personal femenino”, por tratarse de una frase redundante, ya que sólo las mujeres pueden ser madres.

En el mismo sentido, en el Artículo 38, donde dice “licencias por paternidad para el personal masculino”, habría que eliminar la frase “para el personal masculino”, puesto que la paternidad corresponde a los hombres.

En el Artículo 41, no me parece feliz la palabra “gozará” utilizada en el caso de las licencias por hijo discapacitado, sino que debería decir “utilizará”.

Ésas son las tres modificaciones que solicito en particular.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Borrelli.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: adelanto que vamos a aceptar las modificaciones propuestas por el diputado Olmos.

Además, vamos a plantear otras modificaciones.Propongo que se agregue un inciso al Artículo 33 –usted me dirá, señor presidente,

cuál es la letra que corresponde al inciso–, que dice: “Licencia especial para controles de prevención del cáncer génito-mamario o del Antígeno Prostático Específico –PSA–, según el género”.

Sr. Presidente (Santilli).- Se trata del inciso k).

Sr. Borrelli.- Señor presidente: teniendo en cuenta algunas opiniones vertidas en el debate en general y que estaban correctamente dirigidas a unificar o asimilar este sistema de licencias que rige en la Ley 471, en el Artículo 37, donde dice “se concederá por cien días”, debe decir “se concederá por ciento cinco días”. En el renglón siguiente, donde dice “treinta”, debe decir “treinta y cinco”. Y en el Artículo 40, donde dice “60 días corridos”, deberá decir “90 días corridos”.

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra la diputada La Ruffa.

Sra. La Ruffa.- Señor presidente: estoy de acuerdo con lo planteado por el diputado Borrelli, pero quisiera solicitar en ese mismo Artículo 37 la incorporación de dos párrafos que teníamos en nuestro dictamen, en el Artículo 41, párrafos segundo y tercero.

Paso a leer el primer párrafo: “En caso de nacimiento múltiple, el lapso previsto para el período de posparto se extenderá por el término de quince días corridos por cada hijo o hija nacido después del primero.”

Page 298: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 298 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El segundo párrafo sería el siguiente: “Vencido el lapso previsto para el período de posparto, el personal podrá optar por extender su licencia hasta ciento veinte días corridos más, sin percepción de haberes”.

En el Artículo 42 propongo una corrección más bien de forma. Donde dice “La licencia por matrimonio o unión civil será de diez días hábiles a partir de la fecha del matrimonio civil…”. Perdón, me dicen que eso ya está.

Sra. Maffía.- Pido la palabra.Señor presidente: el diputado Borrelli propuso agregar la licencia para análisis de

prevención del cáncer genito mamario y antígeno prostático, lo cual nos parece muy bien. Sin embargo, dijo “según el género”. Diputado: debería decir “según el sexo”, porque el género afecta la valorización que hagamos o la identidad que tengamos, pero no afecta la próstata.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputado Borrelli: ¿Qué contesta al planteo de la diputada La Ruffa?

Sr. Borrelli.- Sin perjuicio de que lo que dice la diputada Maffía puede ser correcto, la Ley 2718 hace alusión al género. Lo estamos agregando sólo porque estamos tratando de ser consecuentes con algunas leyes vigentes en la materia. No tenemos inconveniente en poner “sexo”.

Por otro lado, aceptamos los dos párrafos que propone la diputada La Ruffa.

Sr. Presidente (Santilli).- El diputado Olmos también planteó una modificación.

Sr. Borrelli.- Son varias las modificaciones que me están solicitando. Si no entendí mal, son los párrafos del Artículo 4° del despacho de la minoría. ¿No

es cierto?Me corrijo: estamos de acuerdo con la incorporación del primer párrafo, pero no con

la del segundo. Para ser más claro, voy a leer el párrafo con el que estamos de acuerdo: “En caso de nacimiento múltiple, el lapso previsto para el período de posparto se extenderá por el término de quince (15) días corridos por cada hijo o hija nacido después del primero”.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.En realidad, eso lo acepta porque ya está en el proyecto. ¿Cuántos son los días de licencia que establece la Ley 471? ¿Son 105 ó 110? El

diputado dijo 105 días corridos y 35 días anteriores.

- Hablan varios diputados a la vez. Sr. Olmos.- Está bien.

Sra. Walsh.- Pido la palabra.Señor presidente: hace varias horas que vengo teniendo mucha paciencia con este

debate, pero no puedo dejar de decir que me causa una impresión muy negativa que

Page 299: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 299 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

estemos discutiendo, a último momento –es decir, cuando estamos tratando de redactar el artículo–, cuál es la mejor licencia por maternidad. Digo esto porque hay una historia de la legislación laboral que parece que no recordamos.

El bloque de la mayoría intenta mejorar la ley, que creo que es pésima, haciendo lo mejor posible en términos de los derechos laborales. Les pido que también repiensen el derecho a la licencia por enfermedad de largo tratamiento porque, si no, van a arreglar algunas cosas y otras no; aunque pienso que esta ley no tiene arreglo.

Cuando hablamos de licencia por maternidad no estamos hablando solamente de la posibilidad de 100 ó 105 días. Hace un rato se planteaban 100 días, y ahora en la posibilidad de llegar a 105. Además, debemos saber que en la Ley 471 se establecen 45 días previos al parto y 60 días posteriores, lo cual tiene una lógica para el agente femenino.

La verdad es que me sorprende que alguien intervenga para discutir lo femenino, porque lo más complicado es otorgar menos días de licencia por maternidad, y no que sobre una palabra.

Sugiero que al menos tomen en cuenta el texto de la Ley 471 sobre la licencia por maternidad y piensen, durante los minutos que todavía faltan, en lo justo que sería incluir un punto respecto de la licencia por enfermedad de largo tratamiento, de acuerdo con lo que plantea dicha ley.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: por su intermedio le pregunto a la diputada Walsh si propone

modificar el segundo párrafo del Artículo 35. ¿Es un régimen diferente al que está previsto acá?

Sra. Walsh.- Con el ánimo de arreglar esta ley que es pésima y que voy a votar en contra, la respuesta es sí, diputado Olmos.

Sr. Olmos.- ¿Cuántos días figuran en la Ley 471? Le hago esta pregunta porque no la sé de memoria.

Sra. Walsh.- Pido la palabra. Señor presidente: la Ley 471 prevé una licencia de dos años con el ciento por ciento

y un tercer año con una percepción del 75 por ciento. Es esto.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: en realidad, desde el primer momento sostuvimos que esta era una ley especial, pensada justamente para una actividad especial, como es la policía. Por eso, nos encontramos con que había que generar algunas normativas y disposiciones que, a veces, se alejan o apartan del texto preexistente, que pueden ser asimilables –como en este caso– al régimen de empleo público. Esto, señor presidente y señores diputados, lo van a ver en otras disposiciones de la ley.

Por lo tanto, vamos a mantener la redacción del despacho de mayoría, según obra en las bancas.

Sra. Walsh.- Pido la palabra. Señor presidente: la verdad es que me resulta absolutamente insólito que quienes

redactan estos textos piensen en asistencia psicológica para todo el grupo familiar –lo cual

Page 300: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 300 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

está bien– y no piensen en lo que se puede necesitar en una enfermedad de largo tratamiento en una profesión como la que significa integrar un cuerpo de seguridad. La verdad es que me sorprende.

Sr. Presidente (Santilli).- Corresponde que pasemos a votar lo que era el Capítulo XI en el despacho de mayoría –que corresponde a los artículos 31 a 44–, con las modificaciones planteadas por el diputado Olmos y la diputada Maffía –que fueron aceptadas por el diputado Borrelli–, las planteadas por la diputada La Ruffa –aceptadas casi en su totalidad por el diputado Borrelli, salvo un párrafo– y las leídas por el diputado Borrelli.

Se van a votar a través del sistema electrónico los artículos mencionados.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, La Ruffa, Lubertino, Majdalani, Martínez Barrios, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Ibarra, Parada, Pedreira, Rodríguez Araya, Urdapilleta y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 38 votos emitidos, se registraron 31 a favor y 7 en contra. Se agrega el voto positivo del diputado Cantero. El voto de la diputada Rodríguez Araya no es negativo, sino positivo. También se agrega el voto de la diputada Morales Gorleri. Quedan aprobados los artículos 31 al 44.

En consideración en particular el Capítulo XII del despacho de mayoría, artículos 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51 y 52.

Se van a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, La Ruffa, Lubertino, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 37 votos emitidos, se registraron 3 a favor y 4 en contra. Se agregan los votos de los diputados Cantero y Kravetz.

En consideración en particular el Capítulo XIII del despacho de mayoría, artículos 53, 54 y 55.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.

Page 301: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 301 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señor presidente: quisiera solicitar la incorporación de un nuevo artículo. Para mí, debiera ser el último artículo de este capítulo, que es el 56 de nuestro despacho, y dice lo siguiente: “La remuneración debe compensar la responsabilidad inherente a la jerarquía, al desempeño del cargo, la mayor atribución de competencias y al rendimiento efectivo en la tarea asignada, para lo cual la reglamentación podrá establecer un segmento de remuneración fija y otro variable”.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: sin perjuicio de que esta modificación y algunas otras que se han

propuesto parecen más propias del decreto reglamentario de la ley, no tenemos objeciones a la incorporación que propone la diputada La Ruffa.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿En dónde se incorpora ese artículo que usted plantea, diputada?

Sra. La Ruffa.- Yo planteo que sea un nuevo Artículo 56, de acuerdo con la vieja numeración.

Sr. Presidente (Santilli).- Perfecto. A los artículos 53, 54 y 55, se agrega el 56.¿Usted que contesta, diputado Borrelli?

Sr. Borrelli.- Dije que sí, señor presidente.

Sr. Presidente (Santilli).- Se van a votar a través del sistema electrónico los artículos 53, 54, 55 y el nuevo Artículo 56, planteado por la diputada La Ruffa y aceptado por el diputado Borrelli.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Godoy, González, Ingaramo, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Olivera, Olmos, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 36 votos emitidos, se registraron 33 a favor y 3 en contra. Se agrega el voto positivo del diputado Moscariello. Quedan aprobados los artículos 53, 54, 55 y 56.

En consideración en particular el Capítulo XIV del despacho de mayoría, artículos 56, 57 y 58, que después serán reenumerados.

Se van a votar a través del sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Di Stefano, Failde, Godoy, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri,

Page 302: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 302 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Smith, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación ha sido el siguiente: sobre 33 votos emitidos, se registraron 31 a favor y 2 en contra. Se agregan los votos de los diputados Saya, Destéfano e Ingaramo. Se agrega el voto negativo del diputado Ibarra y el voto positivo de los diputados Cantero y Araujo. Quedan aprobados los artículos 56, 57 y 58.

En consideración en particular el Capítulo XV del despacho de mayoría, artículos 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 66, 67 y 68.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: después del Artículo 59, solicito que se incorpore el Artículo 65

del despacho de Frente para la Victoria, que dice lo siguiente: “Las faltas que cometa el personal con estado policial de la Policía Metropolitana son clasificadas como leves, graves y muy graves, según la reglamentación y pueden afectar: a) la disciplina, b) la operatividad en el servicio, c) la imagen pública y/o el prestigio de la institución, d) la ética y honestidad del personal, e) los principios básicos de actuación policial”.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: estamos de acuerdo con la propuesta de la diputada La Ruffa.

Sr. Presidente (Santilli).- Se va a votar a través del sistema electrónico desde el Artículo 59 hasta el Artículo 68, con el nuevo Artículo 60, del Capítulo XV del despacho de mayoría. Luego, la Secretaría Parlamentaria renumerará los artículos.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Centanaro, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: sobre 38 votos emitidos, se han registrado 35 votos a favor y 3 votos en contra. Agregan su voto positivo los diputados Cantero y Kravetz.

Quedan aprobados los artículos 59 a 68, con la incorporación propuesta por la diputada La Ruffa y aceptada por el diputado Borrelli.

En consideración el Capítulo XVI, artículos 69, 70, 71, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 78, 79 y 80.

Page 303: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 303 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Olivera.- Pido la palabra.Señor presidente: advierto que este artículo requiere una mayoría de 31 votos.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputado Olivera: ¿a qué artículo se refiere?

Sr. Olivera.- Señor presidente: me refiero al Capítulo XVI. Dado que estamos creando un régimen previsional, de acuerdo con el Artículo 81 de la Constitución, inciso 5), este Capítulo debería contar con 31 votos.

Sr. Presidente (Santilli).- Sí, es verdad.

Sr. Borrelli.- Pero no se crea un organismo…

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: tal como lo planteó la diputada Parada, le quiero pedir al bloque

macrista que, antes de votar este Capítulo, reflexione bien, así después no lo derogan como CASSABA.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: simplemente, quiero contestarle al diputado Olivera que no

estamos creando ningún organismo de Seguridad Social, como sería el caso de la creación de la Caja de la Policía que ya hemos discutido y que todos acordamos que, en principio, no corresponde. Esto es el régimen previsional. Incluso, la diputada Walsh planteó en el tratamiento en general que no estaba de acuerdo con que hubiese un régimen especial.

La verdad es que acompañamos la decisión de que sea un régimen especial, porque la mayoría de las policías nacionales y provinciales, por la actividad propia que significa, tienen un régimen especial; pero no es un organismo de seguridad social. De hecho, en la Ley 2894 facultamos al Poder Ejecutivo a realizar convenios con la Caja de la Policía Federal u otra que estime conveniente.

Sr. Hourest.- Pido la palabra.Señor presidente: en línea con la observación que planteó recién la diputada La

Ruffa, quiero decir que el sendero que están tomando es extremadamente delgado y complejo.

En primer lugar, no se sabe si el régimen de compatibilidades e incompatibilidades y los movimientos de acumulación de años de servicio con porcentajes de salario al cese son compatibles con otra jurisdicción. Si no fuera así, el régimen de penalidades, por ejemplo, el establecido en el Artículo 75, inciso c), que se refiere al personal que fuera separado por cesantía cuando tenga computados equis años, también presentaría otro problema.

Me parece que, por más que queramos estirar los tantos, no hay formas de discernir qué mecanismo es el correcto, que no sea el decir: “Créase la Caja que, a partir de hoy, va a tener todos los aportes”. Con este Estatuto, cualquier trabajador, por más que la Caja no esté creada, va a decir que tiene derechos previsionales que deben ser honrados por el Estado de la Ciudad. No hay duda, y esto debe ser creado con 31 votos.

Page 304: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 304 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

En segundo lugar, le pregunto al bloque de la mayoría si en función de cómo están planteando la lógica de incorporación del personal a la Policía, una lógica secuencial de baja intensidad, este modelo de previsión social que tiene insito este artículo, si no es que lo van a pagar sólo con el presupuesto público a lo largo de toda su carrera, funciona sobre una gran base contributiva y una baja tasa de salida. Esto no es lo que se está planteando aquí. Si el primer año están incorporando 400, 500 ó 600 trabajadores, y a partir de allí quieren ir formando el fondo de ahorro para financiar en el año 30 de servicios de esos trabajadores el 100 por ciento de su salario, teniendo una tasa de siniestralidad alta como tiene la Caja de Policía, me parece razonable, si lo han pensado, que lo expliquen; porque lo va a terminar pagando el Gobierno de la Ciudad. Entonces, para ello, discutamos otro sistema previsional.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: en el mismo sentido que el diputado preopinante –porque desde

las bancadas me hacían señas de que no era una Caja–: si no es una Caja, ¿quién responde? Al crear un régimen previsional estamos estableciendo derechos. ¿El Ansés se va a hacer cargo de estos derechos que estamos creando, o va responder el Gobierno de la Ciudad con sus erogaciones? ¿Podemos hacer esto?

Sr. Olivera.- Pido la palabra.Señor presidente: regresando a la metáfora de la línea demasiado delgada, el

Artículo 80 establece un ente, que puede surgir de acuerdos que se realizan. De cualquier manera, sea un ente surgido de acuerdos o como sean, implica estar incursos en las previsiones del Artículo 81 de la Constitución.

Señor presidente: casualmente, como es una línea muy delgada –según decíamos–, en un sentido práctico le propongo que trate de juntar 31 votos.

Sr. Presidente (Santilli).- Es lo que iba a intentar hacer, diputado.

Sr. Olivera.- Desde ya, le aclaro que vamos a votar a favor, pero tenemos la idea de que se necesitan 31 votos.

Sr. Ritondo.- Pido la palabra.Señor presidente: en el Artículo 43 de la Ley de Creación de la Policía –y en la que

determinamos que el Estatuto lo íbamos a crear por ley– planteamos que se podrían suscribir convenios de adhesión a la Caja de Retiro, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina y otras existentes. No hay por qué creer que no va a ser así y que quienes se adhieran a esta fuerza no podrán firmar convenios porque, en general, va a ser una parte sustantiva de aquel que quiera pasar de una fuerza a la otra a la hora de transferirse: es decir, saber cuál es su posibilidad y su estabilidad al momento de jubilarse. Por lo tanto, desde el momento en que se está trabajando se lo está haciendo con las adhesiones a las distintas cajas.

Lógicamente, para hacer esto necesitamos el Estatuto, y es un requisito que pide cualquier Caja para firmar un convenio.

Page 305: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 305 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: no me evacua las dudas que me provoca que un convenio debe ser

firmado por dos partes. El diputado preopinante presupone que va a haber una aceptación de la otra parte. Si no la hubiera, ¿responde el Gobierno de la Ciudad?

Acá dice que será abonado y liquidado por el Ministerio de Justicia y Seguridad, por lo tanto estamos creando una Caja.

Sr. Ritondo.- Ya fue creada en el Artículo 43 de la ley anterior. Ahora, estamos dando el régimen.

Sr. Olmos.- Acaba de decir que hay un convenio a celebrar en el Artículo 43. Digo esto porque comencé haciendo una chanza con el tema de Cassaba, pero estoy viendo que hay que crear un ente que se encargue de administrar y en el tiempo sostener las inversiones de ese conjunto de aportes que dentro de 20 años comenzarán a hacerse cargo. Esto se hace creando una Caja, no desde el Ministerio. ¿Lo va a hacer el Ministro?

Sr. Presidente (Santilli).- Tiene la palabra el diputado Ritondo.

Sr. Ritondo.- Señor presidente: por su intermedio, le contesto al diputado Olmos. El Artículo 43 habla de los convenios de adhesión con la caja de retiro, jubilación y pensión de la Policía Federal Argentina u otras existentes. No habla de la creación sino de un régimen que pueda adherir al otro.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: usted sabe que la pelea por la autonomía es una pelea que se va

dando paso a paso, y todos en este recinto estamos comprometidos en eso. El problema es el siguiente, y traigo como ejemplo el régimen jubilatorio de los jueces de la Ciudad de Buenos Aires: tienen diez años de antigüedad y tuvieron que esperar hasta este momento, porque hace dos semanas se dictó una resolución para equipararlos al régimen nacional. Ellos no tenían régimen, y eso fue durante diez años.

Usted lo que está proponiendo es que lo que se quería hacer con la justicia, que era adherir, y que se tardó diez años, suceda en este caso con los agentes de la policía metropolitana; con lo cual, crea una inseguridad jurídica previsional para esos agentes, o se va a hacer cargo el Poder Ejecutivo con recursos del Tesoro.

Creo que hay que decir las cosas claras porque estamos hablando del régimen provisional; no es una cuestión de terminología, ni de forma; estamos hablando del régimen previsional de los agentes que se van a incorporar a la fuerza de policía. Y, como la ciudad hace rato que no tiene más el Instituto de Previsión Municipal, me parece que creamos uno, o mientras tanto se adhiera, o se adhiere hasta que entre en vigencia el régimen, o no se aplica la ley hasta que se adhiera al régimen previsional nacional.

Sr. Hourest.- Pido la palabra.Señor presidente: no quisiera generar más confusión. Supongamos que a partir de mañana, o en seis meses, hay que empezar a retener

aportes. Pregunto: ¿en qué caja, o en qué lugar se depositarían? ¿En qué cuenta? ¿Con qué sistema de asiento, registro, decisión de inversiones? Y, en el caso de que fuese transferido

Page 306: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 306 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a la caja de la Policía Federal, sería una cosa muy interesante que los que no transfieren la fuerza le permitan financiar, con los aportes de la policía, estas futuras jubilaciones.

¡Por favor! Tratemos de pensar en esto por un minuto. Hay equis cantidad de pasivos en el sistema previsional de la policía, y equis cantidad de activos. Tomando en cuenta que el salario de cese de la policía que está aportando es mayor que el salario que perciben los jubilados, con los salarios de los policías en actividad de la Federal, nosotros planteamos que paguemos los siniestros y las pasividades de la policía que no nos van a transferir pero en realidad es la que nosotros creamos. Creo en la buena voluntad de todo el mundo, pero ningún sistema provisional funciona de este modo.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: recién el diputado Hourest dijo algo correcto. Para empezar a

retener faltan por lo menos diez meses, porque los que están siendo convocados, según versa la Ley 2894, entran al Instituto Superior de Seguridad Pública como becarios y no tienen estado policial.

En el tiempo que transcurra hasta ese momento que le den la graduación del Instituto de Seguridad, el Poder Ejecutivo está facultado a intentar firmar un convenio con la Caja de la Policía Federal, u otras –se menciona en particular a la de dicha institución–, porque muchas otras fuerzas convenian. En este sentido, no estamos pidiendo que nos traspasen, porque la Policía Federal va a existir siempre para las cuestiones de índole federal; con lo cual, dicha caja va a existir siempre.

En la creación de la ley nacional de la Policía de Seguridad Aeroportuaria –PSA–también tiene un capítulo de régimen previsional y también se le autoriza por ley –ocurre que ahí era nacional, entonces, operaba directamente– que va a ser Policía Federal la que se ocupe de la administración de esos fondos.

Si el gobierno de Mauricio Macri, por inoperancia, o porque el Gobierno Nacional no quiere o no puede conveniar, y ve que le está llegando el momento, ahí sí va a venir a esta Legislatura a pedirle la creación de la caja. La verdad es que crear hoy la caja, con los gastos administrativos que ello implica, cuando entre las cosas que tiene la Policía Federal y todo el mundo reconoce está lo bien que funciona, está la caja de retirados, jubilados y pensionados, la verdad es que lo discutimos en la comisión y cuando algunos diputados del oficialismo propusieron la creación de la caja, este bloque dijo que no. Y dijo que no porque es un gasto innecesario para una institución embrionaria.

De ninguna manera vamos a financiar a los pasivos y a la transferencia. Obviamente, ese ingreso original puede ser un incentivo para que la Policía Federal firme el convenio. Por eso, todos entendemos que va a ser bastante probable, tanto que se firme el convenio con la Obra Social de la Policía Federal, como que se firme el convenio con la Caja de la Policía Federal Argentina.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Hay alguna propuesta?

Sra. Parada.- Pido la palabra.Señor presidente: la propuesta es que eliminen esto, porque la verdad es que es un

mamarracho.

Page 307: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 307 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Manifestaciones en las bancas.

Sra. Parada.- Es un verdadero mamarracho. Me encanta la defensa que acaba de hacer la diputada La Ruffa; parecía que,

directamente, estaba en el otro lugar…

Sr. Presidente (Santilli).- Diríjase a la Presidencia, diputada.

Sra. Parada.- Ésta es una publicidad engañosa. La gente ingresa porque se le ofrece un régimen previsional que no se puede cumplir. Después, que no venga a llorar el ingeniero que porque no tuvo el convenio, no puede cumplir con la policía. Llora porque el Foiso no se lo ubicaron. La verdad es que lo que están haciendo es una cosa de locos. Pero continúen...

Sr. Kravetz.- Pido la palabra.Señor presidente: lamento la adjetivación que utilizó la diputada para fundamentar

un tema que, realmente, es serio. Cuando leí el articulado a mí también me generó dudas. Luego de las explicaciones

que se hicieron durante el debate, me quedó claro algo, que no es menor. Hay un tiempo prudencial para firmar un convenio con una caja, que puede ser la de la Policía Federal u otra. En caso de no hacerlo, sin duda, por ley va a haber que crear una caja previsional de la policía local. Esto es así; no es tan complicado.

No estamos creando una caja, sino dejando en claro que esta Legislatura primero prefiere que se vaya por el convenio; en caso de no lograrlo, el Poder Ejecutivo nos mandará el proyecto de creación de la caja. No es un mamarracho, un disparate ni un dislate. Se trata, simplemente, de una posición política: entendemos que ahora es mejor no crear una caja, sino ver si se puede conveniar. Si, supletoriamente, esto no es así, el Jefe de Gobierno –que es un llorón, en eso coincido, porque se queja de todo– nos mandará un proyecto de ley de creación de una caja de la policía.

Sr. Olmos.- Pido la palabra.Señor presidente: mi intención no es que se elimine, como dijo la diputada Parada.

Lo único que digo es que se debe tener claro que mientras no haya convenio, el Poder Ejecutivo va a responder. Debería quedar claro que si un agente entra a la fuerza y a los diez días tiene una pensión por discapacidad, el que responda va a ser el Poder Ejecutivo, que está creando este beneficio. Esto debe quedar claro.

Por otro lado, tengo entendido –me puedo equivocar– que la magnífica o la buena administración que se le atribuye a la Caja de la Policía se debe a que, cada vez que es desfinanciada, recibe aportes del Presupuesto. Si vamos a incorporar agentes, no vaya a ser que nos pidan aportes extraordinarios del Presupuesto de todos los porteños para esa caja. No es que la administración de los fondos de la caja de la policía sea extraordinaria. El Presupuesto Nacional tiene partidas para compensar cuando se producen déficit en el sistema previsional que administra. Debe quedar claro que de esto se hace cargo el Poder Ejecutivo.

Sr. Hourest.- Pido la palabra.

Page 308: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 308 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Señor presidente: quiero dejar asentado en la versión taquigráfica que, seguramente, el diputado Ritondo y quien habla, en algún momento de nuestro paso por el Ministerio del Interior, habremos recibido la visita de las autoridades de la Caja, solicitando que se agilizaran los trámites, porque la Caja estaba permanentemente en estado de desfinanciamiento. El diputado Olmos no está realizando una hipótesis, sino que eso formó parte de las amables “tertulias sociales”: en mi época, el comisario Pinto –no recuerdo quién era en la época del diputado Ritondo– venía permanentemente a solicitar que en la Ansés activáramos la compensación de una caja que estaba claramente desfinanciada.

Sr. Presidente (Santilli).- Se van a votar en particular, por medio del sistema electrónico, los artículos 69 a 80.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Majdalani, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Hourest, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 37 votos emitidos; 32 a favor y 5 en contra.

Sr. Olmos.- Quiero dejar constancia de mi abstención.

Sr. Presidente (Santilli).- Así se hará, diputado.Se agrega el voto positivo de los diputados Cantero y Araujo.En consideración el Título III, Capítulo I, Artículo 81.Se va a votar mediante el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, de Andreis, Di Stefano, Failde, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Morales Gorleri, Moscariello, Olmos, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Hourest, Ibarra y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 36 votos emitidos; 31 a favor y 5 en contra.

Agregan su voto positivo los diputados: Destéfano, Martínez Barrios, Cantero y Pagani y su voto negativo la diputada Parada.

En consideración el Capítulo III, Artículo 82.

Page 309: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 309 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Diputados: ¿en los próximos artículos se prevé alguna modificación?

Sr. Olivera.- Pido la palabra.Señor presidente: en el Artículo 92, se hace referencia a la Ley Nacional 24241, que

entiendo ha sido o está siendo derogada. No sé si se publicó la resolución. Habría que incorporar la norma que la reemplace.

Sr. Presidente (Santilli).- Diputado Borrelli: ¿cómo sería el texto?

Sr. Borrelli.- Señor presidente: para salvar la situación, bastaría con agregar: “…y sus modificatorias”.

Sr. Presidente (Santilli).- Entonces, se van a votar mediante el sistema electrónico los artículos 82, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90, 91 y 92, con la modificación planteada por el diputado Olivera, leída por el diputado Borrelli y aceptada por ambos.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Abrevaya, Amoroso, Araujo, Asinelli, Bello, Blasco, Borrelli, Cabandié, Centanaro, De Anchorena, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Failde, Fernández, Godoy, González, Gramajo, Ingaramo, Kravetz, La Ruffa, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Olivera, Olmos, Pagani, Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Smith, Tamargo, Urdapilleta, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Hourest, Ibarra, Parada y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 46 votos emitidos; 41 a favor y 5 en contra.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: tal como lo habíamos dicho al principio en el debate en general,

vamos a proponer la incorporación de dos cláusulas transitorias. La primera establece lo siguiente: “Para el caso del personal proveniente de otras

fuerzas de seguridad nacionales o provinciales que se incorporen a la Policía Metropolitana hasta diciembre de 2011 y que no cumplan con lo establecido en el inciso c) del Artículo 46 de la Ley 2894, la reglamentación establecerá plazos para que dicha exigencia sea cumplimentada”.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración la cláusula transitoria primera.Se va a votar mediante el sistema electrónico.

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Araujo, Blasco, Borrelli, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Ingaramo, Lubertino, Maffía, Majdalani, Martínez Barrios, Morales Gorleri, Moscariello, Pagani,

Page 310: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 310 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Pedreira, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Alegre, Asinelli, Bello, Cabandié, Centanaro, Gramajo, Hourest, Kravetz, La Ruffa, Olmos, Parada, Urdapilleta y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 39 votos emitidos; 26 a favor y 13 en contra. Se agrega el voto positivo del diputado Cantero y el negativo del diputado Ibarra.

En consideración la cláusula transitoria segunda.Tiene la palabra el diputado Borrelli.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: la cláusula transitoria segunda quedaría redactada de la siguiente manera: “El requisito exigido en el Artículo 25 no será operativo hasta tanto la primera promoción de oficiales egresados del Instituto de Seguridad Pública estén en condiciones de acceder a los dos últimos grados de la carrera profesional”.

Sr. Presidente (Santilli).- Recordemos que se trata del Artículo 25 del despacho de la mayoría.

Sr. Borrelli.- Señor presidente: en un momento del debate se hizo una reenumeración y después volvimos a la numeración original. Entiendo que se trata del Artículo 25 del despacho.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿Dijo Artículo 25 de la nueva numeración?Es para que los taquígrafos puedan anotarlo correctamente.

Sra. La Ruffa.- Pido la palabra.Señor presidente: es un artículo que incorporamos de mi dictamen. Creo que se trata

del Artículo 26. No es el del dictamen de la mayoría.

Sr. Presidente (Santilli).- ¿No es el nuevo Artículo 24 que usted incorporó?No, tiene razón. Es el nuevo Artículo 25 que usted incorporó de su despacho.

Sr. Borrelli.- Pido la palabra.Señor presidente: es correcto, tiene razón. El texto, en su momento, incluso, lo leí

yo; creo que quedó incorporado como nuevo Artículo 25, en la lectura que hice oportunamente.

Sr. Presidente (Santilli).- En consideración la Cláusula Transitoria II, leída por el diputado Borrelli.

Se va a votar. Se utilizará el sistema electrónico de votación.

En la renumeración definitiva resulta ser el Art. 24.

Page 311: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 311 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

- Se registran los siguientes votos positivos: Abbas, Amoroso, Araujo, Blasco, Borrelli, de Andreis, Destéfano, Di Stefano, Godoy, González, Ingaramo, Lubertino, Majdalani, Morales Gorleri, Moscariello, Pagani, Ritondo, Rodríguez Araya, Santilli, Saya, Tamargo, Varela y Zago.

- Se registran los siguientes votos negativos: Asinelli, Cabandié, Cantero, Gramajo, Hourest, Kravetz, La Ruffa, Olmos, Parada, Pedreira y Walsh.

Sr. Presidente (Santilli).- El resultado de la votación es el siguiente: 34 votos emitidos, 23 a favor y 11 en contra. Agregan sus votos positivos el diputado Cantero y la diputada Martínez Barrios.

El Artículo 93 es de forma. Queda sancionada la ley. (Aplausos).

Texto definitivoLEY 2947

ESTATUTO DEL PERSONAL DE LA POLICIA METROPOLITANA

Título IGeneralidades

Capítulo ÚnicoDisposiciones generales

Artículo 1°.- La presente ley establece el Estatuto del Personal de la Policía Metropolitana.

Título IIPersonal con estado policial

Capítulo IEstado policial

Art. 2°.- El personal de la Policía Metropolitana que cumpla funciones de seguridad e investigaciones tendrá estado policial y queda comprendido en las disposiciones de la presente ley, cuenta con los derechos que ella garantiza y se sujeta a las obligaciones que ella impone, sin perjuicio de las restantes disposiciones legales aplicables.

Art. 3°.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana no puede desarrollar las funciones propias de la gestión administrativa, la dirección de los recursos humanos, la gestión económica, contable, presupuestaria y patrimonial, la gerencia logística e infraestructural no-operacional, la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, las relaciones institucionales y cualquier otra función de carácter no policial.

Page 312: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 312 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Sin perjuicio de ello, en aquellos casos en que el personal con estado policial presente una disminución permanente de su capacidad laboral, se podrá autorizar el cambio de situación de revista, con la finalidad de desarrollar las funciones indicadas en el párrafo anterior.

Art. 4°.- El/la Ministro/a de Justicia y Seguridad otorga el correspondiente estado policial a los/as oficiales egresados del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Capítulo IIDerechos, deberes y prohibiciones

Art. 5°.- Son derechos esenciales para el personal de la Policía Metropolitana:

a) La percepción de los sueldos, suplementos y demás asignaciones, que las disposiciones legales determinen para cada grado, cargo y situación de revistab) La propiedad de la jerarquía y el uso del grado correspondiente.c) El uso del armamento provisto por la Institución, del uniforme, insignias, atributos y distintivos propios del grado, antigüedad, especialidad y función de acuerdo a las disposiciones reglamentarias pertinentesd) La capacitación permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales.e) La estabilidad en el empleo de acuerdo a lo establecido en este Estatuto y sus normas reglamentarias.f) El desarrollo de la carrera profesional en igualdad de oportunidades.g) La asistencia psicológica permanente y gratuita, no sólo para sí mismo sino también para su grupo familiar, en los casos que se originen en y por actos de servicio.h) La adopción de las medidas de higiene y seguridad laboral que lo protejan de los riesgos propios de cada tarea.i) La presentación de recursos y/o reclamos conforme se reglamente.j) El goce y uso de las licencias que le correspondieren. k) Los ascensos, conforme a las normas de la reglamentación correspondiente.l) Los cambios de destinos, sujetos a los recaudos que se establezcan para su solicitud, tendientes al perfeccionamiento profesional.m) La notificación escrita de las causales que dieran lugar a la denegación de ascensos, uso de licencias reglamentarias u otros derechos determinados por esta ley y demás reglamentaciones.n) El servicio médico-asistencial y social para sí, y los familiares a cargo, conforme a las normas legales vigentes.o) La percepción del haber de retiro para sí y de pensión para sus derechohabientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia

Art. 6°.- Son deberes esenciales para el personal de la Policía Metropolitana:

a) Desempeñar su función de acuerdo con las leyes y reglamentaciones vigentes.b) Prestar eficientemente el servicio policial en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente.c) Obedecer toda disposición u orden emanada del superior jerárquico competente, que reúna las formalidades del caso y tenga por objeto la realización de actos de servicio, con los límites establecidos en la Ley de Seguridad Públicad) Aceptar el grado, distinciones o títulos concedidos por autoridad competente y de acuerdo con las disposiciones vigentes. e) Ejercer las facultades de mando y disciplinarias que para el grado y cargo establece la reglamentación correspondiente. f) Presentar y actualizar anualmente, la declaración jurada de sus bienes y las modificaciones que se produzcan en su situación patrimonial y de las de su cónyuge, si lo tuviera.

Page 313: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 313 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

g) Desempeñar los cargos, funciones y comisiones del servicio, ordenado por la superioridad y/o autoridad competente.h) Asistir a las actividades de capacitación, actualización, entrenamiento y/o especialización que establezca el Plan de Educación Institucional.i) Guardar secreto, aún después del retiro o baja de la Institución en todo cuanto se relacione con los asuntos del servicio que por su naturaleza, o en virtud de disposiciones especiales, impongan esa conducta, salvo requerimiento judicial.j) En caso de baja voluntaria, seguir desempeñando las funciones correspon-dientes, hasta el término de treinta (30) días, si antes no fuera reemplazado o aceptada su dimisión.k) Someterse a la realización de los estudios y exámenes psicofísicos establecidos en la reglamentación correspondiente.l) Cuidar y mantener en buen estado de uso y aprovechamiento los bienes provistos para el desempeño de la labor policial.m) Cumplir con el régimen disciplinario previsto en la presente ley y su reglamentación, cualesquiera fuere su situación de revista.n) Peticionar y realizar las tramitaciones pertinentes siguiendo la vía jerárquica correspondiente.o) Comparecer en las actuaciones o sumarios administrativos en carácter de testigo.

Art. 7°.- El personal con estado policial tiene las siguientes prohibiciones:

a) Participar en actividades políticas, partidarias, gremiales o sectoriales, o el desempeño de cargos electivos, mientras se encuentre en actividad.b) Patrocinar trámites y gestiones administrativas o judiciales referentes a asuntos de terceros vinculados con la institución.c) Desempeñar otros cargos, funciones o empleos, en el ámbito público o privado, remunerados o no, excepto el ejercicio de la docencia en la forma que lo establezca la reglamentación, mientras permanezca en el servicio activo.

Capítulo IIIEstabilidad

Art. 8°.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana adquiere estabilidad en el empleo después de transcurridos doce (12) meses de efectiva prestación de servicios y una vez que hubiere aprobado las evaluaciones de rendimiento y aptitud que determine la reglamentación.

Durante el tiempo que el personal carezca de estabilidad, tiene todos los derechos y deberes previstos en esta ley y dicho lapso debe ser computado para la antigüedad en la carrera profesional del personal.

Art. 9°.- La estabilidad en el empleo no comprende a la estabilidad en el cargo o función, ni da derecho a continuar gozando de los suplementos especiales inherentes al mismo

Art. 10°.- La estabilidad en el empleo del personal con estado policial sólo se pierde por la baja justificada por las causales establecidas en la presente Ley, las normas reglamentarias, y previo sumario administrativo correspondiente.

Capítulo IVCarrera profesional

Art. 11.- El régimen de carrera profesional del personal con estado policial se basa en los principios de profesionalización, eficiencia funcional, y capacitación, atendiendo a la satisfacción plena de las acciones tendientes a resguardar y garantizar la seguridad pública.

Page 314: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 314 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 12.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana reviste en un escalafón único que se denominará “Escalafón General Policial” y que cuenta con dos especialidades básicas:

a) Seguridad b) Investigaciones.

Art. 13.- La especialidad Seguridad está conformada por el personal con estado policial abocado exclusivamente al desarrollo de las actividades y acciones propias de las funciones de seguridad.

Art. 14.- La especialidad Investigaciones está conformada por el personal con estado policial abocado exclusivamente al desarrollo de las actividades y acciones propias de las funciones de investigación.

Art. 15.- Los requisitos y exigencias profesionales para que el personal con estado policial de la Policía Metropolitana se incorpore a cada especialidad son establecidos en la norma reglamentaria.

Art. 16.- El personal con estado policial tiene una carrera profesional única organizada sobre la base de las especialidades establecidas en el presente capítulo.

La incorporación y el desarrollo de la carrera profesional del personal en cada especialidad debe resultar de la opción vocacional de los efectivos así como también de la formación y capacitación que reciban, del desempeño profesional durante el ejercicio de sus funciones y las necesidades de la institución policial.

La carrera profesional está regida por los principios de profesionalización y especialización. En tal sentido, debe priorizarse la especialización del personal y evitarse los cambios de especialidad.

Sin perjuicio de lo expuesto precedentemente, el personal con estado policial que cumpliere servicios en una de las especialidades previstas en la presente Ley puede continuar su carrera profesional en la otra especialidad, siempre que reúna los requisitos exigidos para ello y cumpla con las condiciones de aptitud y evaluación exigidas, de acuerdo con la reglamentación.

El cambio de especialidad puede ejercerse siempre que se reúnan los requisitos exigidos para ello y el personal cumpla con las condiciones de aptitud y evaluación exigidas, conforme lo establezca la reglamentación.

Capítulo VGrados

Art. 17.- El Escalafón General Policial se organiza en una categoría única que cuenta con los siguientes grados en orden creciente:

a) Oficial.b) Oficial Mayor.c) Subinspector.d) Inspector.e) Comisionado.f) Comisionado Mayor.g) Comisionado General.h) Superintendente.

Page 315: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 315 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

El cuadro de Oficiales Operativos está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Oficial y Oficial Mayor.

El cuadro de Oficiales Supervisores está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Subinspector e Inspector.

El cuadro de Oficiales de Dirección está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Comisionado y Comisionado Mayor.

El cuadro de Oficiales Superiores de Conducción está integrado por el personal con estado policial que alcance los grados de Comisionado General y Superintendente.

Art. 18.- Cada grado está comprendido por las fracciones que determine la reglamentación. Las distintas fracciones están conformadas por las especialidades adquiridas, los conocimientos alcanzados, el desarrollo de las aptitudes y la eficiencia acreditada en el desempeño de la función que, en su conjunto y a los efectos de esta Ley, se denominarán competencias.

El acceso a las distintas fracciones se obtendrá mediante la acreditación de las competencias requeridas para cada uno de ellos.

Capítulo VIDesignación de cargos

Art. 19.- La ocupación de los cargos orgánicos de la Policía Metropolitana, será resuelta de acuerdo con el mérito y los antecedentes de los/as candidatos/as y siguiendo los mecanismos de selección que se implementen a través de la reglamentación, los cuales deben regirse por los siguientes criterios:

a) La formación y capacitación profesional.b) El desempeño de la carrera profesional.c) Los antecedentes funcionales y disciplinarios.

La reglamentación determina los grados, el perfil profesional y/o las destrezas o formación profesionales para la ocupación de cada cargo orgánico de la Policía Metropolitana.

Capítulo VIIAscensos y promociones

Art. 20.- Los ascensos y promociones del personal con estado policial correspondientes al cuadro de oficiales de conducción son decretados por el/la Jefe/a de Gobierno, aquellos correspondientes al cuadro de oficiales de dirección son resueltos por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad y los de los cuadros de oficiales supervisores y operativos son dispuestos por el/la Jefe/a de Policía Metropolitana.

A tales efectos la reglamentación establecerá el régimen de calificaciones del personal con estado policial, los tiempos mínimos de permanencia en el grado y el régimen de promociones, con determinación de las condiciones de aptitud y formalidades para los ascensos y promociones.

Asimismo, la reglamentación debe prever mecanismos que habiliten la publicidad y el acceso a la información de los actos administrativos que dispongan los ascensos y promociones en la institución.

El/la Jefe/a de Gobierno debe presentar a sus candidatos/as para el ascenso al cuadro de oficiales superiores, publicando en el Boletín Oficial de la Ciudad y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad durante diez (10) días, el/los nombre/s y los antecedentes curriculares de la o las personas propuestas.

Page 316: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 316 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y haciendo mérito de las razones que abonaron la decisión tomada, el/la Jefe/a de Gobierno procede a dictar el decreto correspondiente.

Art. 21.- La reglamentación establece los mecanismos de la promoción y ascenso a un grado superior dentro de la carrera profesional, la que debe ajustarse a los siguientes requisitos:

a) La disponibilidad de vacantes en el grado al que se aspira.b) La acreditación de los conocimientos profesionales requeridos para el desempeño de las funciones o los cargos orgánicos correspondientes al grado a cubrir.c) La aprobación de los cursos de ascenso o nivelación que determine la reglamentación.d) La declaración de aptitud profesional establecida por un comité de evaluación conformado según la reglamentación.e) El tiempo mínimo de permanencia en el gradof) La acreditación de las condiciones psicofísicas necesarias.

Art. 22.- Sin perjuicio de las promociones y ascensos ordinarios, pueden determinarse promociones y ascensos del personal con estado policial que se distinguiese en actos de servicios debidamente acreditados, o falleciera a consecuencia de éstos, conforme lo establezca la reglamentación.

Art. 23.- Sin perjuicio de lo que se establezca en la reglamentación respectiva serán causales de inhabilitación para el ascenso y promoción:

a) Hallarse bajo sumario judicial con auto de procesamiento.b) Hallarse bajo sumario administrativo por falta grave hasta su resolución.c) No contar con la antigüedad mínima requerida en el grado conforme lo determine la reglamentación respectiva.d) No aprobar los cursos de capacitación o perfeccionamiento policial requeridos para el ascenso al grado superior inmediato.e) No reunir las condiciones psicofísicas necesarias para el ascenso.

Artículo 24.- A los efectos de acceder a los dos últimos grados de la carrera profesional o a los cargos orgánicos correspondientes es requisito ineludible poseer título universitario acorde con las funciones.

Capítulo VIII

Artículo 25.- La formación y capacitación del personal con estado policial de la Policía Metropolitana debe garantizar:

a) El desarrollo de las aptitudes y valores necesarios para el ejercicio responsable de las funciones y labores asignadas, con conciencia ética, solidaria, reflexiva y crítica.b) La propensión a un aprovechamiento integral de los recursos humanos y materiales existentes y asignados.c) El incremento y diversificación de las oportunidades de actualización y perfeccionamiento del personal con estado policial.d) El logro de la formación y capacitación especializada, científica y técnica general, procurando siempre el contenido humanístico, sociológico y ético de la misma.

Capítulo IXSuperioridad

Page 317: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 317 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 26.- El ejercicio de la superioridad en el ámbito de la Policía Metropolitana consiste en el ejercicio del mando a través de la emisión de una orden de servicio legal y legítima de parte de un superior y el cumplimiento estricto de la misma de parte de un subordinado, durante el desarrollo de las funciones propias del servicio y de acuerdo con las prescripciones y los límites establecidos por la presente ley y por las normas reglamentarias.

En el ámbito de la Policía Metropolitana el ejercicio de la superioridad puede tener tres modalidades diferenciadas:

a) La superioridad jerárquica, que es la que se ejerce sobre otro como consecuencia de la posesión de un grado superior o, a igualdad de grado, por la antigüedad en la misma y, a igualdad de antigüedad, por la fecha de ascenso al grado inmediato anterior y así sucesivamente, hasta el promedio de egreso del Instituto Superior de Seguridad Pública.b) La superioridad orgánica, que es la que se ejerce sobre otro como consecuencia de la ocupación de un cargo de la estructura orgánica de la Policía Metropolitana con funciones de dirección o conducción, independientemente de su grado.c) La superioridad funcional, que es la que se ejerce sobre otro durante el desarrollo de una misión, operación o actividad concreta y específica, ordenada por un superior y en la que se asigna responsabilidades y atribuciones precisas de mando a un efectivo que tiene un grado y/o un cargo inferior al de los demás integrantes de la misión, operación o actividad, siempre que medien razones de servicio que así lo justifiquen.

Capítulo XSituaciones de revista

Art. 27.- Las situaciones de revista del personal con estado policial son:

a) Actividad: Es aquella que impone la obligación de desempeñar funciones policiales, en el destino o comisión que disponga la superioridad. Este personal forma el cuadro permanente de la Institución.b) Retiro: Es aquella en la cual, sin perder su grado ni estado policial, el personal proveniente del cuadro permanente cesa en el cumplimiento de funciones con carácter obligatorio por acceder al beneficio provisional, excepto en la situación prevista en el artículo 52.

Art. 28.- El personal con estado policial que revista en actividad, puede hallarse en las siguientes situaciones:

a) Servicio efectivo.b) Disponibilidad.c) Pasiva.

Art. 29.- El personal con estado policial revista en situación de servicio efectivo cuando ejerza ordinariamente las funciones y tareas propias de su cargo.

Art. 30.- El personal con estado policial revista en situación de disponibilidad cuando permanece separado de las funciones y tareas ordinarias que le corresponderían por su grado, por el lapso que se fije en la reglamentación y/o hasta la resolución de la causa que motivó su cambio de situación de revista.

Art. 31.- El personal con estado policial revista en situación de pasiva cuando, por las causas que se determinen en la reglamentación, no desempeña cargo o función alguna.

Art. 32.- El personal con estado policial usará obligatoriamente el uniforme reglamentario y su debida identificación en todos los actos de servicio, salvo en los casos de excepción, que por autorización expresa realice la superioridad y/u orden emanada de autoridad judicial.

Page 318: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 318 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Capítulo XILicencias

Art. 33.- El personal con estado policial tiene el derecho al uso de las siguientes licencias:

a) Licencia anual ordinariab) Licencias especialesc) Licencias extraordinarias

Art. 34.- La licencia anual ordinaria tiene por finalidad permitir el descanso periódico del personal con estado policial y, en todos los casos, es de utilización obligatoria y con goce de haberes, de acuerdo a la siguiente escala:

a) Hasta cinco (5) años de antigüedad, corresponden quince (15) días hábiles.b) Hasta diez (10) años de antigüedad, corresponden veintiún (21) días hábiles.c) Más de diez (10) años de antigüedad, corresponden treinta (30) días hábiles.

El personal ingresante o reingresante hará uso de la licencia siempre que con anterioridad a la iniciación del período haya prestado servicios por un lapso no inferior a tres (3) meses, en cuyo supuesto le corresponderá una licencia proporcional al tiempo trabajado.

Cuando se trate de oficiales casados, o unidos civilmente de acuerdo a la ley N° 1.004 y ambos revisten en la Policía Metropolitana, les será otorgada en forma simultánea, siempre que razones de servicio lo permitan.

Por razones del servicio, se podrá disponer su fraccionamiento, interrupción y transferencia íntegra o parcial al año siguiente.

Esta licencia podrá interrumpirse por afecciones o lesiones para cuya atención la autoridad sanitaria de la institución hubiere acordado más de cinco (5) días de licencia, o bien por maternidad, paternidad, adopción o fallecimiento.

Art. 35.- Las licencias especiales tienen por finalidad atender la inhabilitación temporaria para el desempeño de las funciones del personal con estado policial, a saber:

a) Licencia por enfermedad de tratamiento breveb) Licencia por enfermedad de tratamiento prolongadoc) Licencia por enfermedad profesional o accidente de trabajod) Licencia por maternidade) Licencia por paternidadf) Licencia por pérdida de gestacióng) Licencia por adopciónh) Licencia por hijo/a discapacitado/ai) Licencia por matrimonioj) Licencia por unión civil de acuerdo a la Ley N° 1.004.k) Licencia especial para controles de prevención del cáncer génito-mamario o del Antígeno Prostático Específico –PSA–, según el sexo.

Art. 36.- La licencia por enfermedad de tratamiento breve tiene por finalidad atender la incapacidad temporaria para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades o accidentes sufridos por causas ajenas al mismo, de corto tratamiento, incluidas las intervenciones quirúrgicas menores.

Se concede hasta cuarenta y cinco (45) días corridos por año calendario, en forma continua o discontinua, período durante el cual el personal con estado policial que haga uso de la misma tendrá goce de haberes.

Page 319: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 319 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Vencido el plazo señalado en el párrafo anterior, cualquier otra licencia por enfermedad de tratamiento breve que sea necesario otorgar al personal con estado policial durante el curso del año por las causales enunciadas, será revistando en disponibilidad sin goce de haberes.

Art. 37.- La licencia por enfermedad de tratamiento prolongado tiene por finalidad atender la incapacidad prolongada para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades graves, intervenciones quirúrgicas, excepto la cirugía menor, o accidentes graves sufridos por causas ajenas al mismo.

La licencia por enfermedad de tratamiento prolongado se concederá hasta doce (12) meses, en forma continua o discontinua, para una misma o distinta enfermedad o accidente grave, período durante el cual el personal con estado policial que haga uso de la misma revistará en situación de servicio efectivo con goce de haberes.

Agotado dicho término, previo dictamen médico laboral de la autoridad sanitaria de la institución, la misma podrá prorrogarse hasta doce (12) meses más, en forma continua o discontinua, para una misma o distinta enfermedad o accidente grave, período durante el cual el personal con estado policial que haga uso de la misma revistará en situación de disponibilidad y con goce del setenta y cinco (75%) de los haberes. Si, cumplido dicho término, el personal con estado policial no se hubiere recuperado, se revistará en situación de pasiva durante doce (12) meses más, percibiendo el cincuenta (50%) de los haberes.

Cuando el personal con estado policial que haga uso de la licencia por enfermedad de tratamiento prolongado no goce de estabilidad, el período de duración de la misma no quedará comprendido dentro del período condicional, debiendo continuarse con el cómputo de dicho lapso hasta su agotamiento a partir de la fecha en que aquél se reintegre al servicio.

Art. 38.- La licencia por enfermedad profesional o accidente de trabajo tiene por finalidad atender la incapacidad temporaria para el desempeño de las tareas habituales producida por enfermedades profesionales o accidentes de trabajo y se regirá por lo previsto en la Ley Nacional 24557 o por la norma que la sustituya.

Art. 39.- La licencia por maternidad se concederá por ciento cinco (105) días corridos, quedando prohibido el trabajo del personal durante los treinta y cinco (35) días anteriores al parto y hasta setenta (70) días corridos después del mismo, con goce de haberes. En caso de nacimiento múltiple el lapso previsto para el período de posparto se extenderá por el término de quince (15) días corridos por cada hijo/a nacido después del primero.

En caso de nacimiento múltiple el lapso previsto para el período de posparto se extenderá por el término de quince (15) días corridos por cada hijo/a nacido después del primero.

Art. 40.- La licencia por paternidad se concederá por nacimiento de hijo para el personal y será de diez (10) días corridos a partir de la fecha del nacimiento, con goce de haberes.

Art. 41.- La licencia por pérdida de gestación no inferior a tres (3) meses o de nacimiento sin vida de la criatura, se concederá por setenta (70) días corridos con goce de haberes.

Art. 42.- La licencia por adopción se concederá por noventa (90) días corridos con goce de haberes, a contar a partir del primer día hábil de tener al niño, al personal que acredite la guarda con fines de adopción.

Art. 43.- La licencia por hijo/a discapacitado/a se concederá por tres (3) meses desde la fecha de vencimiento del período de licencia por maternidad o desde que se presente la patología, con goce de haberes. Para hacer uso de esta licencia, el personal deberá presentar el Certificado

Page 320: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 320 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Único de Discapacidad, según lo establecido en los artículos 2º y 3º de la Ley Nacional Nº 22.431. Cuando la madre y el padre se desempeñaren en la institución, deberán optar por quien la utilizará o solicitar cada uno la mitad de la licencia en forma sucesiva.

Art. 44.- La licencia por matrimonio o unión civil será de diez (10) días hábiles a partir de la fecha del matrimonio civil, o de la inscripción prevista en el artículo 2° inciso a) de la Ley N° 1.004, con goce de haberes.

Art. 45.- El personal con estado policial puede usufructuar, bajo los términos y condiciones establecidas en el presente artículo, de las siguientes licencias extraordinarias:

a) Licencia por asuntos particulares no vinculados con la institución, hasta seis (6) días por año, con un máximo de dos (2) por mes, con goce de haberes.b) Licencia por exámenes en el sistema de enseñanza oficial, hasta veintiocho (28) días hábiles por año, fraccionables en tantos días como sean necesarios pero ninguno superior a cinco (5) días hábiles corridos, con goce de haberes.c) Licencia por estudios o investigaciones científicas, técnicas o culturales incluidos el usufructo de becas y la participación en conferencias, congresos o eventos académicos, tanto en el país como en el extranjero, tendientes a mejorar su preparación técnica, académica o profesional, se concederá por un período de hasta un (1) año.

Si la actividad en cuestión, a criterio del Instituto Superior de Seguridad Pública, estuviese relacionada con la función que desempeña el personal que la solicite, la licencia se concederá con goce de haberes. De lo contrario, se concederá sin goce de haberes y siempre que no obstaran razones de servicio o de conveniencia institucional.

d) Licencia por matrimonio o unión civil de hijo/a, será de dos (2) días hábiles, con goce de haberes.e) Licencia por fallecimiento de familiar tal como conviviente, cónyuge, hijos, padres o hermanos, será de cuatro (4) días hábiles corridos a partir, a opción del personal, del fallecimiento, de la toma de conocimiento del mismo en situaciones justificadas o de las exequias, con goce de haberes.f) Licencia por fallecimiento de abuelos, nietos, suegros o cuñados será de hasta dos (2) días hábiles corridos a partir, a opción del personal, del fallecimiento, de la toma de conocimiento del mismo en situaciones justificadas o de las exequias, con goce de haberes.g) Licencia por enfermedad de un familiar a cargo, conviviente o persona a cargo será de hasta diez (10) días hábiles por año, en forma continua o discontinua, con goce de haberes. Este plazo podrá prorrogarse sin goce de haberes hasta un máximo de sesenta (60) días corridos más.h) Licencia por donación de sangre será por el día de la donación, con goce de haberes, debiendo presentar el certificado de autoridad competente que la certifique.

Art. 46.- La autoridad de conducción y/o administración superior de la institución está facultada para conceder al personal con estado policial permisos y franquicias en el cumplimiento de la jornada de trabajo, de acuerdo con los plazos, naturaleza de la relación de empleo y demás condiciones que se establecen en la reglamentación del presente Estatuto.

Capítulo XIIExtinción de la relación de empleo

Art. 47.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana cesa en sus funciones por las siguientes causas:

a) Baja voluntaria

Page 321: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 321 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

b) Baja obligatoriac) Retiro

Art. 48.- La baja voluntaria es el derecho del personal a concluir la relación de empleo con la Policía Metropolitana a solicitud del interesado/a, pudiendo solicitar su reingreso a la Institución, con igual grado y antigüedad, hasta tanto no hubieren transcurridos 2 años de hecha efectiva dicha baja.

Art. 49.- La baja obligatoria importa la exclusión definitiva del personal y la consecuente pérdida de su estado policial.

La baja obligatoria será dispuesta en los siguientes casos:

a) Fallecimiento.b) Cesantía o exoneración, cualquiera fuese la antigüedad del personal. c) Enfermedad o lesión no causadas en actos de servicio, luego de agotadas las licencias para el tratamiento de la salud, cuando no pudiere acogerse a los beneficios previsionales.d) Cuando en los exámenes psicofísicos periódicos surgiera una disminución grave de las aptitudes profesionales y personales que le impidan el normal ejercicio de la función policial que le compete, y no pudiere ser asignado a otro destino ni acogerse a los beneficios previsionales.e) Cuando el promedio de las calificaciones durante tres (3) años consecutivos no supere el puntaje que determine la reglamentación.

Art. 50.- El retiro obligatorio del personal es para aquellos que alcancen los treinta (30) años de servicio, salvo que el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad o quien lo/a reemplace considere oportuno la continuidad del servicio por el término máximo de diez (10) más.

Art. 51.- La reglamentación fijará plazos mínimos de servicio o, en su caso indemnización, para el personal que luego de haber recibido capacitación solicite su baja voluntaria.

Art. 52.- El retiro voluntario puede ser solicitado por el personal que reúna la totalidad de los requisitos previstos en el régimen previsional para obtener el retiro o jubilación ordinaria.

Art. 53.- El personal en retiro tiene los deberes y derechos propios del personal en actividad, y estará sometido al mismo régimen disciplinario, con las limitaciones propias de su situación que establezca la reglamentación.

Art. 54.- El personal retirado podrá ser convocado a prestar servicio activo por resolución fundada del Ministro de Justicia y Seguridad, cuando situaciones excepcionales lo ameriten. La reglamentación establecerá los recaudos y alcances que deberá contener el llamado. En todos los casos, la convocatoria revestirá el carácter de obligatoria para quien fuere llamado.

Capítulo XIIISueldos y asignaciones

Art. 55.- El personal de la Policía Metropolitana en actividad gozará del sueldo, bonificaciones, suplementos generales y particulares, viáticos, compensaciones e indemnizaciones que para cada caso determine la normativa que en el futuro se dicten al respecto. La suma que percibe el funcionario por los conceptos señalados precedentemente, excepto las indemnizaciones, se denominará haber mensual.

Art. 56.- El personal con estado policial que reviste en disponibilidad, percibirá el ciento (100) por ciento del haber mensual que le pudiera corresponder, más las asignaciones familiares.

Page 322: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 322 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 57.- El personal con estado policial que reviste en situación de pasiva, percibirá el cincuenta (50) por ciento del haber mensual que le pudieran corresponder, más las asignaciones familiares.

Art. 58.- La remuneración debe compensar la responsabilidad inherente al grado, al desempeño del cargo, la mayor atribución de competencias y el rendimiento efectivo en la tarea asignada, para lo cual la reglamentación podrá establecer un segmento de remuneración fija y otro variable.

Capítulo XIVPolíticas de género

Art. 59.- El personal de la Policía Metropolitana se integra de forma proporcional según lo dispuesto en el artículo 36º de la Constitución de la Ciudad y guarda una estricta representación de ambos géneros, favoreciendo la incorporación, participación y promoción de aquel que se encuentre más relegado, ya sea para el acceso efectivo a cargos de conducción, también en todos los niveles y áreas.

Art. 60.- A los efectos de dar cumplimiento a la totalidad del Capítulo IX de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se promoverá a través de la reglamentación de la presente, la modificación de los patrones socioculturales estereotipados, con el objeto de eliminar prácticas basadas en el principio de superioridad de cualesquiera de los géneros dentro de la Policía Metropolitana

Art. 61.- La reglamentación de la presente ley contemplará las siguientes cuestiones inherentes a favorecer y preservar las condiciones igualitarias entre ambos géneros:

a) Fomenta la plena integración de las mujeres a los puestos de mando y control respetando el régimen de carrera y el plan de ascensos establecidos a tal efecto.b) Instituye y fomenta las acciones y disposiciones legales concretas tendientes a garantizar la paridad entre el trabajo realizado y la remuneración recibida en su consecuencia, entre hombres y mujeres.c) Prohibirá todas las prácticas que impliquen cualquier forma de segregación y discriminación por estado civil o maternidad.

Capítulo XVRégimen disciplinario

Art. 62.- El personal integrante de la Policía Metropolitana, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal que los Códigos y Leyes Especiales determinan en su carácter de funcionarios públicos, para el caso de la violación a los deberes policiales establecidos en esta ley, demás decretos, resoluciones y disposiciones aplicables, será pasible de las siguientes sanciones disciplinarias:

a) Apercibimiento escrito.b) Suspensión de empleo.c) Cesantíad) Exoneración

Artículo 63.- Las faltas que cometa el personal con estado policial de la Policía Metropolitana son clasificadas como leves, graves y muy graves, según la reglamentación y pueden afectar:

a) La disciplina.b) La operatividad en el servicio.c) La imagen pública y/o el prestigio de la institución.d) La ética y honestidad del personal.e) Los principios básicos de actuación policial.

Page 323: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 323 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 64.- Toda sanción disciplinaria deberá tener por fundamento la transgresión a una norma vigente con anterioridad a la aplicación de la misma. Ningún acto u omisión es punible, administrativamente, sin una prohibición u orden anterior que se le opongan.

Art. 65.- Toda sanción disciplinaria debe ser impuesta en relación a la naturaleza y gravedad de la falta cometida y la circunstancia del lugar, tiempo, medio empleado y modo de ejecución. Para la graduación de las sanciones, se analizará también la personalidad y antecedentes del responsable.

Art. 66.- El apercibimiento consiste en el llamado de atención que se hará al/la responsable de la falta u omisión, el cual se podrá adelantar en forma verbal y se ratificará por escrito dentro de las veinticuatro (24) horas, a los efectos administrativos pertinentes.

Art. 67.- La sanción de suspensión de empleo consiste en la privación temporal del ejercicio de las funciones y la pérdida proporcional de la retribución que le corresponde.

Art. 68.- Las sanciones disciplinarias de cesantía y exoneración, constituyen medidas expulsivas que importan la separación de la Policía Metropolitana, con la pérdida del estado policial.

La cesantía implica la inhabilitación para el reingreso a la institución y no importa la pérdida del derecho al haber del retiro que pudiera corresponder al/la sancionado/a.

La exoneración implica la perdida del empleo, los derechos inherentes al mismo, el haber de retiro que correspondiere y la inhabilitación para el reingreso a la institución. Los derechohabientes conservan el derecho a percibir la pensión que les hubiere correspondido en caso de haber fallecido el/la causante a la fecha de la sanción.

Art. 69.- Todo personal de la Policía Metropolitana a quien se le hubiere impuesto una sanción disciplinaria que considere arbitraria, o excesiva en relación a la falta cometida, o ser el resultado de un error, puede elevar un formal recurso, solicitando se modifique o se deje sin efecto la sanción.

Art. 70.- Las sanciones de cesantía y exoneración son resueltas por el/la Ministro/a de Justicia y Seguridad a propuesta de la Auditoría Externa Policial previa instrucción del sumario administrativo correspondiente. En el caso de las sanciones de apercibimiento y suspensión de empleo, éstas son aplicadas conforme se reglamente al efecto.

Art. 71.- A los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones de la presente Ley, se reglamenta el procedimiento para la instrucción de los sumarios administrativos, las faltas administrativas y el procedimiento para su aplicación.

Art. 72.- En todo lo que respecta a recursos y sus procedimientos se aplican las disposiciones del Decreto Nº 1510/GCABA/1997 (BOCBA Nº 310).

Capítulo XVIRégimen previsional

Art. 73.- El personal con estado policial de la Policía Metropolitana está sujeto al régimen previsional que se establece en la presente ley.

Las contingencias cubiertas por este régimen son la vejez, la incapacidad y el fallecimiento.

Art. 74.- Para obtener el derecho a los beneficios previsionales por vejez establecidos, el personal debe computar un mínimo de:

Page 324: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 324 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

a) Veinte (20) años de servicios inmediatamente anteriores al período de retiro; b) Treinta (30) años de servicios continuos o discontinuos prestados en la Policía Metropolitana.

Art. 75.- A los efectos de determinar el haber de retiro móvil que corresponda, se computan todas remuneraciones sujetas a aportes que perciba el/la oficial al momento de acogerse al beneficio.

Art. 76.- El haber de retiro será proporcional al tiempo de servicio de acuerdo con la siguiente escala:

Años de servicio

Porcentaje

20 65

21 69

22 73

23 77

24 81

25 85

26 88

27 91

28 94

29 97

30 100

A los efectos del haber de retiro, la fracción superior a seis (6) meses se computa como año entero, siempre que el/la oficial hubiere alcanzado el tiempo mínimo para el retiro voluntario.

Page 325: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 325 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Art. 77.- Los haberes de retiro o pensión serán móviles, y la movilidad es de aplicación numérica y regulada por las remuneraciones con aportes que, por todo concepto, correspondan al personal en actividad.

Art. 78.- Los servicios correspondientes a otros regímenes previsionales se acreditan de acuerdo a los procedimientos que sean de aplicación en el régimen de reciprocidad vigente y se computan cuando el peticionante alcance los plazos mínimos establecidos en el artículo 72° de la presente ley.

Art. 79.- Tiene derecho al haber de retiro ordinario o extraordinario:

a) El personal que solicita el retiro ordinario, cuando tenga computados o computables veinte (20) años de servicio como mínimo.b) El personal que fuera declarado en situación de incapacidad total y permanente, en la forma que disponga la reglamentación.c) El personal que fuera separado por cesantía, cuando tenga computados o computables veinte (20) años de servicio como mínimo o por disposición fundada de la propia institución.d) En caso de fallecimiento del personal incluido en el presente régimen, sus derechohabientes tendrán derecho a los beneficios que éste otorga, cualquiera fuere la antigüedad en la Policía Metropolitana.

Art. 80.- Los porcentajes de aporte para el personal en actividad y de contribución patronal serán los que rijan en el régimen general del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones para el personal que se desempeña en relación de dependencia.

Art. 81.- El haber de la pensión es equivalente al setenta y cinco (75) por ciento del haber de retiro de que gozaba el/la causante o en caso de encontrarse en actividad, de la última remuneración sujeta a aportes y contribuciones. Los haberes de pensión se mantendrán actualizados respecto de los haberes en cuya relación se encuentran establecidos.

Art. 82.- En relación al régimen previsional son de aplicación supletoria aquellas disposiciones que surjan de los convenios respectivos que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar.

Art. 83.- Los beneficios emergentes de la presente ley son liquidados y abonados por el ente que establezca el convenio respectivo que el Poder Ejecutivo está facultado a realizar. Supletoriamente, serán liquidados y abonados por el Ministerio de Justicia y Seguridad.

Art. 84.- Los aportes y contribuciones a que se refiere el artículo 76° de la presente ley son retenidos y depositados en el ente al que hace mención el artículo precedente y afectados al pago de beneficios comprendidos en esta norma.

Título IIIPersonal sin estado policial

Capítulo IEspecialidades

.

Art. 85.- El personal sin estado policial de la Policía Metropolitana cumple tareas de apoyo al accionar del personal con estado policial, según las distintas actividades y funciones que la reglamentación determine para cada especialidad.

Capítulo II

Page 326: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 326 LEGISLATURA 27 de noviembre de 2008 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Ingreso

Art. 86.- Además de las condiciones generales de ingreso a la Policía Metropolitana establecidas en la Ley de Seguridad Pública, la reglamentación establece las condiciones particulares que se requieran para cada especialidad.

Capítulo IIINombramientos y cese de funciones

Art. 87.- El/la Ministro/a de Justicia y Seguridad designa al personal sin estado policial de las distintas especialidades a través de la realización de concursos público de oposición, y antecedentes que al efecto se establezcan. En caso de necesidad fundada, el Ministro podrá designar personal transitorio.

Art. 88.- El personal sin estado policial cesa en sus funciones:

a) Por renuncia.b) Por jubilación.c) Por cesantía o exoneración.d) Por fallecimiento.

Art. 89.- Al personal que cesa en sus funciones por renuncia, se le podrá requerir, por razones de servicio, permanecer en el cargo por el término de treinta (30) días si antes no fuera reemplazado o aceptada su dimisión o autorizado a cesar en sus funciones.

Art. 90.- La reglamentación fijará plazos mínimos de servicio o, en su caso, indemnización, para el personal que luego de haber recibido capacitación solicite su baja voluntaria.

Capítulo IVEstabilidad

Art. 91.- Respecto de la estabilidad del personal sin estado policial de la Policía Metropolitana, el mismo adquiere estabilidad trascurridos los seis (6) meses de efectiva prestación de servicios. Por lo demás son aplicables las disposiciones establecidas en el Capítulo III de la presente ley.

Capítulo VDerechos, deberes y prohibiciones

Art. 92.- El personal sin estado policial goza de los mismos derechos y tiene los mismos deberes y prohibiciones que en esta ley se determinan para el personal con estado policial, salvo aquellos que devienen necesariamente de la posesión del estado policial según se establezca en la reglamentación respectiva.

Capítulo VILicencias

Art. 93.- El personal sin estado policial tiene el derecho al uso de las mismas licencias que tiene el personal con estado policial según lo establecido en el Título II, Capítulo XI de la presente ley.

Capítulo VIIRetribuciones

Art. 94.- El personal en situación de actividad gozará del sueldo mensual, suplementos y asignaciones que para cada caso determine la reglamentación correspondiente.

Capítulo VIII

Page 327: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

33ª Sesión Ordinaria LEGISLATURA VT 42 - Pág. 327 * Texto pendiente de aprobación por el Cuerpo *

Régimen Disciplinario

Art. 95.- El personal sin estado policial de la Policía Metropolitana está sujeto a las disposiciones contenidas en la presente ley en todo lo que refiere al régimen disciplinario, como a las reglamentaciones que al efecto se dicten.

Capítulo IXRégimen Previsional

Art. 96.- El personal sin estado policial de la Policía Metropolitana se encuentra alcanzado por las previsiones determinadas en la Ley Nacional 24241 y sus modificatorias.

Cláusula Transitoria Primera

Para el caso del personal proveniente de otras fuerzas de seguridad nacionales o provinciales que se incorporen a la Policía Metropolitana hasta diciembre de 2011 y que no cumplan con lo establecido en el inciso c) del Artículo 46 de la Ley 2894, la reglamentación establecerá plazos para que dicha exigencia sea cumplimentada.

Cláusula Transitoria Segunda

El requisito exigido en el Artículo 24 no será operativo hasta tanto la primera promoción de oficiales egresados del Instituto de Seguridad Pública estén en condiciones de acceder a los dos últimos grados de la carrera profesional.

Art. 97.- Comuníquese, etc.

Sr. Ritondo.- Pido la palabra.Señor presidente: quiero agradecerle al diputado Cabandié por retirar los nombres a

que había hecho referencia en el período de las manifestaciones; se ha portado como un caballero.

FINALIZACIÓN

Sr. Presidente (Santilli).- Se levanta la sesión.

- Es la hora 23 y 11.

Oscar Ángel RochaDirector General de Taquígrafos

Page 328: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

V.T. 42

APÉNDICE I

27 de noviembre de 2008

Sobre la crisis de la educación - Informes de UTE y ADEMYS

Inserción solicitada por la diputada Walsh

Dirección General de Taquígrafos

Page 329: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

27 de noviembre de 2008 Apéndice I VT 42 - Pág. 3

S U M A R I O

Sobre la crisis educativa - Informe de UTE y ADEMYS 4

Inserción solicitada por la diputada Walsh 4

Page 330: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 4 Apéndice I 27 de noviembre de 2008

Sobre la crisis educativa - Informe de UTE y ADEMYS

Inserción solicitada por la diputada Walsh

La lucha continúa

A un año de gestión de Macri quedó demostrado, en el marco del conflicto docente, que la nueva política de la que él hablaba junto a Larreta y Michetti, no existe, era sólo un discurso para su campaña electoral. La realidad muestra que Mauricio Macri profundiza la política de vaciamiento de la Escuela Pública. Política iniciada en tiempos de la dictadura y continuada por el pseudo progresismo de Ibarra y Telerman.

Con el Gobierno de Macri, se acelera la caída del salario, se pretende instalar nuevamente la aceptación de salario en negro, aumenta la flexibilización de los docentes que fueron contratados hace años, se manifiesta la continuidad de la crisis edilicia y el desprecio hacia los alumnos de los barrios populares cancelando becas u otorgándolas en montos miserables. En este escenario, se consolida la privatización del sistema público de enseñanza que se venía dando en los últimos años.

También queda demostrada la responsabilidad, del Gobierno Nacional que impulsa una política salarial que no se hace cargo de las problemáticas y demandas de cada jurisdicción. La crisis del sistema público de enseñanza es de carácter local y nacional, y requiere respuestas tanto del Gobierno de la Ciudad, como del Gobierno Nacional.

Balance y propuesta:

Macri mintió, miente y seguirá mintiendo. Durante el conflicto quedó demostrado que los recursos para responder a las exigidas, existen, lo que no existe es la decisión política de aplicarlos. Quiso confrontar, para desgastar al movimiento docente, amenazando con el descuento por los días deparo y la extensión del ciclo lectivo, reprimiendo a los docentes y diciendo “no tenemos plata”; pero no lo logró.

Creyó que la lucha se iba a terminar, contando con la complicidad de ciertos dirigentes, que claudicaron en forma vergonzosa, al firmar un acuerdo que nada tiene que ver con losa reclamos que estamos llevando a cabo. No fue así, ya que el paro del 18 y 19 de noviembre tuvo una adhesión del 75 por ciento, a pesar de las presiones del Ministerio y la traición de algunos dirigentes.

Ademys cumplió con el mandato de las bases que exigían al plan de lucha con unidad sindical.

Unidad para la lucha y lucha para el logro de nuestras reivindicaciones. El camino de la unidad es un camino difícil, pero absolutamente necesario parta lograr el éxito de nuestras demandas. La división sectaria es funcional al macrismo. Desde el punto de vista de los reclamos existieron éxitos parciales: con la lucha de los estudiantes se obtuvo para el 2009 un nuevo proyecto de becas estudiantiles; pero lo consideramos insuficiente. Muchos de los problemas que tenemos en las escuelas públicas ya se conocen y hay muchos más para dar a conocer. El macrismo fue desenmascarado. “Plata en la ciudad hay”, lo que no se quiere, es invertir en educación o salud. En lo inmediato es necesario lograr, con la

Page 331: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

27 de noviembre de 2008 Apéndice I VT 42 - Pág. 5

movilización permanente, la continuidad laboral de los compañeros contratados. Lucha que debe comprometer al conjunto de los docentes. El gran desafío es profundizar la unidad y el protagonismo de los docentes de la Ciudad. Ademys, en tal sentido, se compromete a impulsar la conformación del cuerpo de delegados por escuelas, que tomando en cuenta el fallo de la Corte Suprema integre a afiliados y no afiliados. Ademys, desde su autonomía del Estado, la patronal y los partidos políticos, reafirma su compromiso en defensa de la Escuela Pública, y enfrenta el proyecto privatista del gobierno.

En febrero de 2009, el Gobierno de la ciudad prometió una propuesta salarial para el ciclo lectivo que se inicia. Ademys, someterá la aprobación o rechazo de aquélla a su asamblea de afiliados coordinando acciones con los diferentes sindicatos y agrupaciones docentes de la ciudad.

Consejo Directivo Ademys

Resoluciones de la reunión del Consejo Directivo del 20 de noviembre de 2008-12-04

Martes 25 de noviembre 15 horas. Movilización a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, para exigir la estabilidad y titularización de los contratados. Lunes 1º de diciembre 16 horas. Movilización al Ministerio de Educación. Paseo Colón 255, en apoyo a los contratados asistentes celadores y por su estabilidad laboral.Sábado 29 de noviembre 10 horas en Venezuela 1455 “9”. Charla con Susana Vior - “La educación que tenemos, la educación que queremos”.Viernes 12 de diciembre 15 horas. Marcha de la CTA “contra el hambre y la desocupación” - de Parque Rivadavia a Plaza de Mayo.Sábado 13 de diciembre 9 horas. Asamblea General de Afiliados con mandato por escuela. Temario: continuidad del plan de lucha. Santiago del Estero 443.Proponer a los diferentes sindicatos provinciales realizar una acción conjunta frente al Palacio Pizzurno, para plantear el reclamo de un salario básico nacional unificado ante las próximas paritarias nacionales.

Convocamos a la Comunidad Educativa para continuar las acciones en “Defensa de la Escuela Pública” y por el “Derecho Social a la Educación”:

Acto de fin de curso. Frente a la Jefatura de Gobierno. Jueves 27 de Noviembre 18 hs.

Los días de clases no se garantizan con bravuconadas mediáticas sino aumentando la inversión en Educación

Desde el día en que asumió, el gobierno de Macri está inmerso en una monumental pelea. Él parece creer que su batalla es contra los docentes de la ciudad. Sin embargo, se está enfrentando a toda la comunidad educativa que sostiene obstinadamente la educación pública para todos y todas. Cada paso que da en su batalla contra lo público, se hunde en el barro de la soberbia, la ineficiencia y el autoritarismo. Y de ese barro no se salva con una tarima como la que  usó en su campaña electoral para mostrarse en una villa.

El último de esos pasos, lo coloca, además, en el ridículo. El ministerio de Educación de la ciudad anunció que las clases finalizarán el 5 de diciembre, excepto en

Page 332: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 6 Apéndice I 27 de noviembre de 2008

aquellas escuelas que hayan perdido días de clases por paros u otros motivos. En esos establecimientos los directores “podrán”definir un cronograma propio para recuperar los días perdidos extendiendo el ciclo lectivo “hasta el 12 de Diciembre”. Con esta decisión el ministro Narodowski intenta ponerse en línea con su jefe y actuar como patrón de estancia. Piensa que de esta manera, al tiempo que gana impacto mediático, castiga a los docentes que ejercieron, en el marco de la Constitución Nacional, el derecho a huelga, no sólo por sus condiciones de trabajo sino por el derecho social a la educación. Los que le ponemos el lomo todos los días a la escuela pública tenemos algunas consideraciones que hacer al respecto.

En primer lugar, esta medida no perjudica a los docentes que continuamos, como todos los años, concurriendo a las escuelas durante los días hábiles del mes de diciembre. Atenta sí, contra nuestros alumnos que, en el hipotético caso de que tal medida fuera realizable, deberían concurrir a clases en edificios que no tienen las condiciones necesarias para soportar el clima de diciembre. Tampoco tendrán resuelto, en las escuelas de jornada completa, el servicio del comedor, ya que los contratos con los concesionarios de comedores  vencen el 5 de diciembre. Además los alumnos que necesiten concurrir a las clases destinadas a prepararse para rendir exámenes (Boletín Abierto), deberán hacerlo en la última semana del año perdiendo días por las fiestas. Es decir: si a alguien castiga Macri es a nuestros pibes. Como ya lo ha hecho durante el año, eliminando el kit de útiles, reduciendo las becas o quitándoles la comida de las viandas.

En segundo lugar,  el anuncio es impracticable. Evidentemente el desconocimiento de la vida cotidiana en las escuelas llevó al ministro a no hacerse preguntas elementales. Las escuelas que perdieron días de clases porque el gobierno no solucionó sus problemas edilicios, ¿recuperarán también esos días?, ¿seguirán concurriendo hasta mediados de enero? Los alumnos que no tuvieron suplentes por la nula voluntad del gobierno para hacer frente a la emergencia educativa, ¿cómo recuperarán sus cientos de días sin clases? Y si sólo se tuvieran en cuenta los días de paros, que precisamente se hicieron para denunciar estos hechos, imaginemos un caso concreto. La maestra de quinto grado de Lengua y Sociales hizo los paros. Su paralela de Matemática y Naturales, no. ¿Cómo recuperan los días esos alumnos? ¿Van sólo en algunos horarios? Y en esa misma escuela, ¿tercer grado termina las clases un día y séptimo dos semanas después? ¿Y los profesores de materias curriculares? Se ve que si el ministro alguna vez pisó una escuela pública en los últimos 20 años fue para sacarse una foto.

En tercer lugar, esta resolución ubica como responsables de realizar lo irrealizable a los directores de escuela. El gobierno, habituado a las prácticas empresariales intenta utilizarlos como capataces. Sin embargo, el personal de conducción de las escuelas, está conformado por docentes de carrera y no por militantes políticos-partidarios. Precisamente por eso, porque son docentes, los directivos, como ya lo han demostrado a lo largo del año frente a diversas medidas de coerción que intentó la gestión Macri-Narodowski, no funcionarán como correa de transmisión de los aprietes gubernamentales.

Los días de este ciclo lectivo en los que se defendió la educación pública en las calles no son días perdidos. Son tan importantes como los que se luchó en el aula. Si el gobierno de la ciudad persiste en su política de vaciamiento educativo, como demuestra el presupuesto enviado a la legislatura para el 2009, perderá más que algunos días. Porque pierde el tiempo quien cree que se puede pisotear un derecho tan valorado por el conjunto de la sociedad como es el derecho social a la  educación.

Page 333: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

V.T. 42

APÉNDICE II

27 de noviembre de 2008

Sobre denuncia de ataque sufrido por dos jóvenes

Inserción solicitada por el diputado Romagnoli

Dirección General de Taquígrafos

Page 334: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

27 de noviembre de 2008 Apéndice II VT 42 - Pág. 3

S U M A R I O

Sobre denuncia de ataque sufrido por dos jóvenes 4

Inserción solicitada por el diputado Romagnoli 4

Page 335: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 4 Apéndice II 27 de noviembre de 2008

Sobre denuncia de ataque sufrido por dos jóvenes

Inserción solicitada por el diputado Romagnoli

La crónica reproducida a continuación es un ejemplo reciente de hechos ocurridos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los que se evidencia que el funcionamiento de las instituciones policiales se ha convertido –desde hace mucho tiempo- en parte del problema de la inseguridad pública más que un elemento para su solución.

Crítica de la Argentina – 26/11/2008

Dos muchachos heridos y arrestados tras una espectacular persecución

Un “tiroteo” con jóvenes desarmados

La Policía Federal sostiene que son ladrones que eludieron controles; sus familiares dijeron que los chicos iban a una fiesta de egresados y que los confundieron. Asuntos Internos inició una investigación. Hubo un suboficial lesionado.

Un policía y dos jóvenes que iban en moto resultaron heridos tras una persecución de 25 cuadras por las calles de Palermo. Hay dos versiones de lo ocurrido a las 2.30 de la madrugada: para la Policía Federal, los chicos eran ladrones que burlaron controles policiales y querían escapar a los tiros. Pero sus familiares aseguran que iban a una fiesta de egresados y fueron confundidos con delincuentes. Sostuvieron que no tenían armas, que no frenaron porque tuvieron miedo y que la herida sufrida por el suboficial es una esquirla que salió de su arma reglamentaria. “A los chicos los policías les tiraron a mansalva. Los confundieron con ladrones. Nunca les dieron la voz de alto. Los persiguieron más de 30 patrulleros y un helicóptero, como si buscaran a Bin Laden”, dijo la madre de uno de los muchachos, Liliana Maccarrone.

Los dos chicos están internados en el Hospital Fernández. Uno de ellos fue baleado por la policía en la pierna izquierda y el otro sufrió golpes. Pese a que la policía dijo que los motociclistas estaban armados, no les encontró ni pistolas ni revólveres. Los detenidos quedaron a disposición de la jueza de menores porteña Laura Leiras por el delito de “resistencia a la autoridad, disparo de arma de fuego y lesiones”. El policía fue hospitalizado en el Churruca con una herida en el párpado derecho.

Los tres están fuera de peligro. El jefe de la Policía Federal, comisario Néstor Vallecca, dispuso que Asuntos Internos investigara la actuación policial.La versión de los familiares y amigos de Fabricio Maccarrone (19 años) y Lucas (17, su apellido se mantiene en reserva porque es menor) es distinta a la que dio la policía. Dijeron que los chicos iban en una moto scooter a una fiesta de egresados del colegio Instituto Vocacional Argentino en el boliche Mint, en Costanera norte. Manejaba Fabricio, quien es repartidor de pizza.

Page 336: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

27 de noviembre de 2008 Apéndice II VT 42 - Pág. 5

“Se reunieron en la plaza Guadalupe, en Salguero y Charcas. Se sacaron una foto en el mismo momento que la embajada de Estados Unidos denunció a la policía que dos hombres en moto sacaban fotos a puntos estratégicos.

Todos los móviles de las comisarías de la zona acudieron a esa denuncia”, dijo Ángelo Maccarrone, padre de Fabricio.

Los familiares también denunciaron que los policías golpearon a los chicos. “Cuando llegué al hospital, mi hijo estaba en una camilla esposado y ensangrentado. Recibió golpes por todo el cuerpo, hasta le pisaron la cabeza. La bala 9 milímetros le destrozó la pierna”, dijo Ángelo.

De confirmarse la versión de los familiares de los chicos, se estaría ante un caso similar al ocurrido el 5 de marzo, cuando en Monte Castro dos oficiales de la División Robos y Hurtos de la Federal mataron a un suboficial de la Comisaría 43ª e hirieron a otro porque, según dijeron, los confundieron con dos ladrones.

Según fuentes policiales, la persecución por Palermo se inició cuando un policía que custodia la embajada de Chile, en Tagle entre las avenidas Figueroa Alcorta y Salguero, avisó a la Comisaría 53ª que “dos sospechosos merodeaban la zona”. “Pese a la voz de alto siguieron a toda velocidad por Salguero hasta la calle Chonino, donde doblaron por Cavia hasta Figueroa Alcorta. Al pasar por el cuartel de Policía Montada salieron los policías que estaban al tanto de la huida. Creemos que ahí hirieron al policía y uno de los jóvenes fue baleado por otro suboficial. Huyeron hacia Figueroa Alcorta, tomaron Salguero a contramano y en el cruce con Santa Fe chocaron contra una Fiat Fiorino. Los policías dispararon porque los chicos empezaron el tiroteo”, dijo una fuente policial. Una vecina confirmó el relato de los familiares de Fabricio: “Cuando salí al balcón había 17 patrulleros y vi cómo los policías les pegaban con bastones a dos chicos que estaban tirados en el piso. Estuvieron una hora sobre el asfalto sin que viniera una ambulancia”.

Page 337: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

V.T. 42

APÉNDICE III

27 de noviembre de 2008

Régimen para bienes muebles y útiles de las escuelas de la Ciudad

Inserción solicitada por el diputado de Andreis

Dirección General de Taquígrafos

Page 338: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

27 de noviembre de 2008 Apéndice III VT 42 - Pág. 3

S U M A R I O

Régimen para bienes muebles y útiles de las escuelas de la Ciudad 4

Inserción solicitada por el diputado De Andreis 4

Page 339: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

VT 42 - Pág. 4 Apéndice III 27 de noviembre de 2008

Régimen para bienes muebles y útiles de las escuelas de la Ciudad

Inserción solicitada por el diputado De Andreis

Señor Presidente: Como Vicepresidente de la Comisión de Educación y Vocal de la Comisión de

Ecología de esta Legislatura, he intentado tener como un hilo conductor de los proyectos que impulsé este año aquellos que se refieran a temáticas propias de ambas comisiones.

El proyecto que hoy consideramos no es una excepción a esto, ya que se trata de una iniciativa que hemos elaborado en estrecha relación con el Ministerio de Educación y la Agencia de Protección Ambiental.

Se trata de una problemática que muchas veces pasa por alto pero de una implicancia trascendental a la hora de evaluar las consecuencias generadas por la falta de una legislación adecuada hasta la fecha, y que es el retiro de todo los residuos generados por la actividad desarrollada en los talleres de los colegios técnicos de la Ciudad de Buenos Aires.

Esta problemática la hemos detectado a partir de un trabajo sistemático de visitas a los mismos y entrevistas con sus directivos y demás personal. Allí encontré que en muchos de estos colegios existen depósitos, a veces aulas y más de una vez hasta pasillos y otros ámbitos similares, llenos de pertrechos que provienen de los trabajos realizados, pero que nunca más volverían a utilizar.

Esos residuos, por sus características, pueden ocasionar graves accidentes. Se trata de material oxidable, contaminante, o en muchos caso, de Residuos Peligros, sustancias vencidas, etc., que dada su permanencia dentro del establecimiento escolar colocan en serio riesgo la salud de todos los que concurren o se desempeñan en cada colegio.

Pensemos que estos establecimientos educativos están preparados para dictar aquellos cursos técnicos de los que provienen estos desechos, pero en ningún caso cuentan con medios para deshacerse de esta basura, mucho menos de medios de transporte propios y adecuados para llevarlas a otro lugar o poder darles un tratamiento adecuado por lo elevados que pueden ser los costos de acuerdo a cada material de que se trate.

Hasta hoy, la Ordenanza 47205/93 solo permitía que esos elementos pudieran ser dados de baja con dos fines: 1) ser cedidos en carácter de donación a las asociaciones cooperadoras, o; 2) ser donados a escuelas provinciales, de fronteras o establecimientos de bien público debidamente reconocidos.

Esto significa que el Ministerio no podía retirar ningún tipo de residuo de las escuelas, dicha norma no lo autorizaba. Es por eso que a través del presente buscamos generar una herramienta mucho más versátil, derogando la Ordenanza mencionada, agregando como novedad la posibilidad de un nuevo destino para los bienes muebles, útiles y elementos de consumo de los colegios, cual es categorizarlos como rezagos y así permitir que sea la Autoridad de Aplicación y no el colegio quien pueda retirarlos y realizar una correcta disposición final.

Desde ya que se trata de una reglamentación que a esta altura resultaba indispensable para la administración de estos residuos por parte del Ministerio y de las escuelas, por lo que tengo que dar un agradecimiento especial al cuerpo por haber

Page 340: - En Buenos Aires, en el recinto de sesiones de la …dianamaffia.com.ar/archivos/vt42-2008pendiente-de... · Web viewQue por licitación pública 37, CBAS 2006, se inició la construcción

27 de noviembre de 2008 Apéndice III VT 42 - Pág. 5

comprendido esta importancia y haberle dado rápido tratamiento que ha merecido el proyecto.

Muchas gracias.