· Created Date: 10/13/2011 10:44:40 AM

3
MUNICIPAUDAD DISTRTTAL DE SAN JUANDEMIRAFLORES RESOLUCION DE ALCALDIA NO ?I' 2011-MDSJM-A SanJuan de Miraflores, 0 4 ABn. 2üll EL ALCALDE DE LA MUNIC¡PALIDAD DE SANJUAN DE MIRAFLORES: Visto, el lnforme No. 27 -2011-CEPAD/MDSJM de fecha siete de marzo del 2011,emitido por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de SanJuan de Miraflores; y, CONSIDERANDO: t j Oue, con el Oficio No 466-2010-SG-MDSJM, de fecha 02 de agostode 2010, la Gerencia Y Municipal pone en conocimiento del CEPADel Informe No 038-2010-MDSJM-OC| Infórme de Seguimiento de Medios Correctivos y de procesos judiciales Periodo julio 2010" , de la Actividad de ControlNo 2-2182-2010-02 realizada por la OCI como parte de su Plan Anual de Control a efectosde que la citada Comisiónprocedacon la calificación y pronunciamiento sobre la /r^p;D procedencia de aoertura del proceso disciplinario losfuncionarios responsables. :lo u[j-? Que, el organo de Control Institucional, procedió a revisar las recomendaciones resultantes de los ? | lT-J. ft', lnformes emitidos por el Sistema Nacional deControl, deconformidad con las normas de Auditoria i,".qi.qtrÍ".,j 1 Gubernamental que seencuntran ensituacin dependietes , enproceso y/o implementadas. ";*nuxtft,6|' "1'<o-5;1-*Ñ)i Que,del seguimiento de las medidas conectivas realizadas por el organode Control Institucional se desprende que al 30 de junio del 2010, del total de 108recomedaciones contenidas en 33 Informes, de los cuales si bienes cierto continuan los33 informes de seguimiento; sin embargo las recomedaciones pendientes se redujeron de 19 a 8, pese a ello segúnla OCI el proceso de implementación es lento portanto insuficiente lasacciones adoptadas. c¡'i-\ ''q-dp", del seguimiento de las medidas correctivas del ambito del CEPAD, de los cinco informes de i5Án,,imianfn ¡.lnc ca 6ñ^rrah+r6ñ ¿la imntamafa¡ian +' ^ ^^ñ¡;^Ál^^. t^ ^¡¡^ W !{éguimiento, dos se encuentran en proceso de implemetacion y tres pendientes; en lo que ""i::"..'.., -frÁcna¡fir¡n al áraa ¡{a Dranr rraÁ¡ rría Dr rhli¡a ltf ¡ ¡ni¡in¡l la¡ a¡¡i¡na¡ .{a imnl¡manta¡iÁ* ra üd;"' -ftspectivo al área de Procuraduría Publica Municipal, las acciones de implementación de .t D- -.os--Í'-oii¡lac ¡nrra¡firroo aofan ¡in amha¡¡^ ñrt i^¡;^^ ^,,^ i^h^^ -^^ri- E@,rilú'$t-edidas correctivas estan en proceso; sin embargó la oCl indicaque debán realizarse con eficiencia y eficacia con la finalidad de que la Municipalidad obtenga el resarmiento oportuno, dado que tal como se aprecia del cuadro demostrativo No03 del Informe de OCl, dos procesos fueron Archivados, unode ellos por prescripcion de la accion penal. Que, la LeyNo 27785 - LeyOrgánica del Sistema Nacionalde Controly de la Contraloría General de la Republica, establece lo siguiente en el articulo 60:El control gubernamental consiste en la supervision, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, asi como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, confines de su mejoramiento a través de la adopcion de acciones preventivas y correctivas pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente; igualmente en el Artículo 70 dice: "El control interno comprende las acciones de cautela previa simultánea y de verificación posterior que realiza la anetidad sujeta al control , con la finalidad que la gestión de su recursos, bienes y operaciones se efectúe correctay eficientement. Su ejercicio es previo, simultáneo y posterior. Av. Belisario Suárez No 1075 ZonaD .Teléfono: 276-6193 | 276-6224(Telefax) www.munrsJm.goD.pe

Transcript of  · Created Date: 10/13/2011 10:44:40 AM

MUNICIPAUDAD DISTRTTAL DESAN JUAN DE MIRAFLORES

RESOLUCION DE ALCALDIA NO ?I' 2011-MDSJM-A

San Juan de Miraflores, 0 4 ABn. 2üll

EL ALCALDE DE LA MUNIC¡PALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES:

Visto, el lnforme No. 27 -2011-CEPAD/MDSJM de fecha siete de marzo del 2011, emitido porla Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital deSan Juan de Miraflores; y,

CONSIDERANDO:

t j Oue, con el Oficio No 466-2010-SG-MDSJM, de fecha 02 de agosto de 2010, la GerenciaY Municipal pone en conocimiento del CEPAD el Informe No 038-2010-MDSJM-OC| Infórme de

Seguimiento de Medios Correctivos y de procesos judiciales Periodo julio 2010" , de la Actividadde Control No 2-2182-2010-02 realizada por la OCI como parte de su Plan Anual de Control aefectos de que la citada Comisión proceda con la calificación y pronunciamiento sobre la

/r^p;D procedencia de aoertura del proceso disciplinario los funcionarios responsables.

:lo u[j-? Que, el organo de Control Institucional, procedió a revisar las recomendaciones resultantes de los

? | lT-J . ft', lnformes emitidos por el Sistema Nacional de Control, de conformidad con las normas de Auditoriai,".qi.qtrÍ".,j 1 Gubernamental que se encuntran en situacin de pendietes , en proceso y/o implementadas.";*nuxtft,6|'"1'<o-5;1-*Ñ)i Que, del seguimiento de las medidas conectivas realizadas por el organo de Control Institucional

se desprende que al 30 de junio del 2010, del total de 108 recomedaciones contenidas en 33Informes, de los cuales si bien es cierto continuan los 33 informes de seguimiento; sin embargo lasrecomedaciones pendientes se redujeron de 19 a 8, pese a ello según la OCI el proceso deimplementación es lento por tanto insuficiente las acciones adoptadas.

c¡'i-\''q-dp", del seguimiento de las medidas correctivas del ambito del CEPAD, de los cinco informes de

i 5 Á n , , i m i a n f n ¡ . l n c c a 6 ñ ^ r r a h + r 6 ñ ¿ l a i m n t a m a f a ¡ i a n r ¡ + ' ^ ^ ^ ñ ¡ ; ^ Á l ^ ^ . ^ ñ t ^ ^ ¡ ¡ ^W !{éguimiento, dos se encuentran en proceso de implemetacion y tres pendientes; en lo que"" i : : " . . ' . . , - f rÁcna¡f i r¡n al áraa ¡{a Dranr rraÁ¡ rr ía Dr rhl i ¡a l t f ¡ ¡ni¡ in¡ l la¡ a¡¡ i ¡na¡ .{a imnl¡manta¡ iÁ* raüd;"' -ftspectivo al área de Procuraduría Publica Municipal, las acciones de implementación de

. t D- - .os--Í ' -oi i ¡ lac ¡nrra¡f i r roo aofan ¡ in amha¡¡^ t¡ ñrt i^¡ ;^^ ^, ,^ i^h^^ -^^r i -E@,rilú'$t-edidas correctivas estan en proceso; sin embargó la oCl indica que debán realizarse coneficiencia y eficacia con la finalidad de que la Municipalidad obtenga el resarmiento oportuno,dado que tal como se aprecia del cuadro demostrativo No 03 del Informe de OCl, dos procesosfueron Archivados, uno de ellos por prescripcion de la accion penal.

Que, la Ley No 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Controly de la Contraloría Generalde la Republica, establece lo siguiente en el articulo 60: El control gubernamental consiste en lasupervision, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención algrado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos ybienes del Estado, asi como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos depolítica y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con finesde su mejoramiento a través de la adopcion de acciones preventivas y correctivas pertinentes. Elcontrol gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral ypermanente; igualmente en el Artículo 70 dice: "El control interno comprende las acciones decautela previa simultánea y de verificación posterior que realiza la anetidad sujeta al control , conla finalidad que la gestión de su recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta yeficientement. Su ejercicio es previo, simultáneo y posterior.

Av. Belisario Suárez No 1075 ZonaD .Teléfono: 276-6193 | 276-6224 (Telefax)www.munrsJm.goD.pe

--------_l

/UNICIPALIDAD DISTRITAL DESAN JUAN DE MIRAFLORES

Que, del Informe No 038-2010-MDSJM y sus anexos del organo de Control Institucional, setiene que la Gerencia Municipal a cargo de la ex funciorrariá abogaoa-cecilia paoia L;ay;áPinedo no ha implementado las Recomendaciones del organo djControt derivadas del:- tnforme 002-2008-2-2182 (Recom. 01),- Informe 001-2009-2-2192,,(Recom.01 y 04),- Informe 011.-2007-2-2192 (Recom.12y 13),- Informe 006-2007-2-2182. (Recom. 2).

Que, igualmente del mismo Inform.e se tiene que el ex Procurador publico Municipal, OrlandoYupanqui Zamudio no ha cumplido con imp'lementar las siguientes Recomendaciones delOrgano de Controlderivadas del:tnforme 001 -2008-2-2i 82. (Recom. 01),Informe OOS-2OOT-2-21 82. (Recom. Oíj.

Que, Finalmente la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios presidida por' la entonces gerente municipal cecilia Paola Loayza Pinedo no na impteinentado las accionesv tendientes a superar ras recomendaciones derivadas der:- Informe 001-2009-2_21 82 (Recom. 01),- Informe 002-2008-2_2182 (Recom. 0i),- Informe 007-2009-2_2i82 (Recom. 01).

DIRECTIVA No 014-2000-CG/8150 que establece los procedimientos ,,Verificación ySeguimiento de lmplementación de Recomendaciones Derivadas de lnformes de Accionesde.Control" a probada por Resolución de Contraloría No 27g-2000-CG de fecha 29 dediciembre del 2000, que estabtece: "F. DlspostctoNEs FTNALES: 1- Et titrl", o! l"entidad es el responsable de disponer las acciones que aseguren la implementación delas recomendaciones contenidas en los Informe de'Controi emitidos

'por rór G"nó,conformantes del Sistema Nacional de Control.

Resolución de Contraloría. No 141-99-CG, que incorpora la NAGU 4.60 ',seguimiento deRecomendaciones de Auditorias, la misma que en el numeral 1 establece to éiguiente: iaadministración de la entidad auditada es la responsable de superar las recomendacionesmediante la implementación de las recomendaciones y be mantener un procesopermanente para efectuar el seguimiento contribuir a que se cumpla de mejor m"ner"

"onsus responsabilidades de gestión. Corresponde al titular Ce la entidad auditada dictar lasdisposiciones necesarias para la aplicación de las recomendac¡ones toimuJá¿á"-un "rlnforme, cautelando su cumplimiento.

Ley de bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del sector publico -Decreto Legislativo No 276. Articuto 21.- Soi OOtigaciones de los seruidores: a) Cumptirpersonal y diligentemente los deberes que impone el seruicio publicct.

Que, teniendo en consideracion las observaciones expuestas, se concluye: que se hadeterminado que al 30 de junio del 2010, la Municipalioad o¡str¡tat de San Juán deMiraforestiene 33 informes con ocho (8) recomendaciones del Organo de Control pendientes deimplemetación, hechos que .s.e han originado por una déficiente gestión del funcionarioencargado en la implementación de las citadas recomendaciones, al nó haberse aooptááo tasT"i9i:: necesarias para su implementación además de mantenerse un significativó numerode recomendaciones en proceso. Estas recomendaciones no fueron debidamentefnPlementadas por la ex gerente Municipaly Presidenta del CEpAD Cecil ia paola Loayza

Av. Belisario suárez No 1075 ZonaD Tetéfono: 276-61931276-6224 (Telefax)wwwmuntsjm.gob.pe

/U ¡{ICIPALIDAD DISTRITAL DESAN JUAN DE MIRAFLORES

dililñ;s.l¡u-u""""'r

\.-

Pinedo y Ex procurador Publico Municipal Orlando Yupanqui Zamudio, incurriendo en faltaadministrativa disciplinaria conforme prevé el articulo 28 de la Ley de bases de la CarreraAdministrativa y de Remuneraciones del sector Publico - Decreto Legislativo No 276.

Estando a los hechos expuestos y a las normas mencionadas y de acuerdo a lo dispuesto porel artículo 1670 del Decreto Supremo No 005-90-PCM, así como por el inciso 6 ) del artículo20o, de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley No. 27972;

SE RESUELVE:

ARTIGULO lo.- INSTAURAR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO. contra CeciliaPaola Loayza Pinedo ex Gerente Municipal y Presidenta del CEPAD y contra OrlandoYupanqui Zamudio ex Procurador Publico Municipal de la Municipalidad de San Juan deMiraflores.

, ARTICULO 2o.- GONCEDER a los ex funcionarios públicos mencionados en el artículo1 precedente, el plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada'la

presente resolución, a fin de que presente sus descargos respectivos, otorgándole paradicho caso todas las facilidades.

ARTICULO 30.- ENCARGAR a la Comisión Especialde Procesos Administrativos Disciplinariosde ésta Municipalidad, llevar a cabo el Proceso Administrativo Disciplinario pertinente a los exfuncionarios, luego de sus conclusiones, procedan a elevar el informe respectivo al titular delpliego.

ART¡CULO 4o.- ENCARGAR a la Secretaria General la notificación de laconforme a ley.

REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE

EECREIARIA G$IÉRAI

resolución

s,tlclPALl0AD DlsJ,ITAL CE

Av. Belisario Suárez No 1075 ZonaD Teléfono: 276-61931276-6224 (Telefax)www.munlsjm.goo.pe