Una perspectiva técnica y práctica

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Impuesto a las Ganancias

Personas jurídicas

Una perspectiva técnica y práctica

Richard L. Amaro Gómez

Introducción

Marco normativo

Decreto N° 824/2019

Decreto N° 862/2019

Dos tipos de sujetos

Sujetos

Físicas

Sujetos empresas

RENTA DEL SUELO

RENTA DE CAPITAL

RENTA DE TERCERA

RENTA DE CUARTA

Persona física

Sujetos del impuesto

Sujetos empresas

Explotación unipersonal

Contratos Sociedades

Sujetos del impuesto

Teoría del

balance

Teoría de la

fuente

Devengado

CSJN – Compañía Tucumana de Refrescos

SA – 24/5/2011

Devengado jurídico

Devengado económico

Sujetos del impuesto

Especie

Género Sociedades

Personas Capital

Sujetos alcanzados – OPCIÓN

Su

jeto

s

Sociedades de personas

Fideicomisos transparentes

Sujetos del impuesto

Sociedad

Capital Personas

Socios Accionistas

LEY N° 27.541 (B.O.: 23/12/2019)

2018 2019 2020 2021

TRANSICIÓN

Técnica de

liquidación

Sujetos del impuesto

Ganancia contable

Ganancia impositiva

Hoja llave

Conceptos I II

Resultado Pérdida Ganancia Ajustes que aumentan la ganancia

o disminuyen la pérdida X

Ajustes que disminuyen la

ganancia o aumentan la pérdida X

Totales X X

Sumas y saldos

Activo y pasivo

Patrimonio neto

Resultados (ingresos y gastos)

TIPOS DE AJUSTES

Cuentas

Resultados Patrimoniales

Base de

liquidación

Base para liquidar el impuesto

EECC

Histórico

Sumas y saldos

Histórico

Base para la liquidación

SIN AJUSTE POR INFLACIÓN CONTABLE

Base para liquidar el impuesto

EECC

Ajustado por inflación

Sumas y saldos

Ajustado por inflación

Base para la liquidación

CON AJUSTE POR INFLACIÓN CONTABLE

Base para liquidar el impuesto

CON AJUSTE POR INFLACIÓN CONTABLE

AXI contable

AXI impositivo

Hoja llave

Conceptos I II

Resultado contable AXI Pérdida Ganancia

RECPAM contable X X

Resultado

contable

histórico

Circular (AFIP) N° 1/2019

Resultado contable histórico

Resultado contable ajustado

RECPAM Resultado contable histórico

RECPAM (activo y pasivo

monetarios)

RECPAM (resultados)

Resultado contable histórico

RECPAM (resultados)

Resultado

histórico MENOS

Resultado ajustado

Multas

Concepto y tipos

Multas

Contractuales

Extra contractuales

Multas extracontractuales

Multas extracontractuales

Fiscales No fiscales

Multas fiscales

Materiales Formales

Art. 145 (actual 227) DRLIG

Multas fiscales

MULTAS FISCALES

NACIONALES

MUNICIPALES PROVINCIALES

Art. 145 (actual art. 227) DR

.

.

. Multas

Administrativas

Directas (aplicadas a la

Compañía)

Indirectas (aplicadas a directivos y

representantes)

Fiscales

Incumplimientos materiales y

formales

Gastos de

representación

Gastos de representación

Art. 87 inciso “l” (actual art. 91), inciso “h”

Definición

Inclusión

Tope

DR art. 221

Gastos de representación

Definición

Exclusiones

1. Publicidad

2. Propaganda

3. Movilidad y viáticos

4. Muestras

5.Empleados (fin de año)

Gastos de representación

1,5% Sueldos Límite

Art. 141 (actual art. 221)

Gratificaciones

extraordinarias

Gratificaciones

Gratificaciones

Definición ¿Sueldo? ¿Art. 17 y 80

LIG?

Limitación ¿Devengado más pago?

Art. 87 inciso “g” (actual art. 91 inciso “f”)

2020

Pago

2021

Mayo

Art. 139 (actual art. 219)

Requisito del pago

Requisito del pago

Deducible Antes o

después del vto.

Requisito

Pago

Antes En 2020

Después En 2021

Honorarios

directores

y

socios

administradores

Sujetos alcanzados

Art. 87 inciso “j” (actual art. 91 inciso “i”)

Directores

Miembros del CV

Socios administradores

Retribución

Honorarios Honorarios

profesionales Sueldo

Conceptos alcanzados

Requisitos para la deducción

Tipo Concurrentes

2 requisitos

Formal

Sustancial

2020

Asignación

2021

Mayo

Art. 142 (actual art. 222)

1. Requisito formal

1. Requisito formal

Deducible Antes o

después del vto.

Requisito

Asignación

Antes En 2020

Después En 2021

2. Requisito sustancial

Topes Tipo

Cuantitativo

$ 12.500 por cada

perceptor

25% de la utilidad

contable

2. Requisito sustancial – 25% del RC

RC 25% Tope

RC de los EECC después del

impuesto a las ganancias

2. Requisito sustancial – fórmula

circular

RC – Espacio de Diálogo AFIP – Entidades profesionales. Fecha: 6/11/2019.

2. Requisito sustancial – fórmula

circular

2. Requisito sustancial – 25% del RC

Resultado antes de impuesto

Impuesto a las

ganancias

Resultado contable

Resultado contable

25% Tope

2. Requisito sustancial

Topes Tipo

Cuantitativo

(el mayor)

$ 12.500 por cada

perceptor

25% de la utilidad

contable

1. Provisión de honorarios

.

RC antes de impuestos y

de la provisión de honorarios

.

TFN

Causa: Egon Zehnder

International SA.

Fecha: 4/7/2011

2. Fórmula circular para calcular los

honorarios deducibles

2. Fórmula circular para calcular los

honorarios deducibles

Deudores

incobrables

Concepto - malos créditos

Malos créditos

Créditos incobrables

Créditos dudosos

Art. 87 inciso “b” (actual art. 91) LIG Art. 133 (actual art. 214) DRLIG

Devengado

Método de la deducción

Método de la deducción

Base real

Previsión

Créditos incobrables – base real

Requisitos

1. Índice de incobrabilidad

2. Escasa significación

1. Índices de incobrabilidad

Índices

a) Verificación del crédito en el concurso preventivo.

b) Declaración de la quiebra del deudor.

c) Desaparición fehaciente del deudor.

d) Iniciación de acciones judiciales tendientes al cobro.

e) Paralización manifiesta de las operaciones del deudor.

f) Prescripción Art.136 DR

(actual art.

217) Consulta Vinculante (SDG TLI) N° 58 /2019.

2. Índices de incobrabilidad

Escasa significación

a) Importe igual e inferior a $ 45.000.

b) Morosidad mayor a 180 días.

c) Haber notificado al deudor y reclamado el pago.

d) Haber dejado de operar con el cliente

Art.136 DR

(actual art.

217)

Recupero de créditos incobrables

Incobrables

Recupero Deducción

Informe de abogados

Método de la deducción

Método de la deducción

Base real

Previsión

Método de la previsión

Previsión

Se debe comunicar a

la AFIP

No se puede modificar sin autorización

Art. 133 (actual art. 214) DRLIG

Art. 134 (actual art. 215) DRLIG

Art. 135 (actual art. 216) DRLIG

Método de la previsión

Art. 133 (actual art. 214) DRLIG

Art. 134 (actual art. 215) DRLIG

Art. 135 (actual art. 216) DRLIG

Promedio de los últimos 3 ejercicios

Incobrables / Créditos por

ventas (al inicio)

Aplicaciones contra

incobrables

Excesos (gravados) o

defectos (deducibles)

Implantación

Malos créditos

Créditos incobrables

Créditos dudosos

Concepto

• En general, los que sean justificables en cantidades razonables según los usos y costumbres.

Art.136 DR

(actual art.

217)

Banco Francés SA. Fecha: 9/11/2010

Los hechos demuestran la

cierta insolvencia para cumplir

sus obligaciones.

CSJN

Telefónica de Argentina SA.

Fecha: 14/2/2012

No hace falta esperar a agotar las vías judiciales

para que el crédito sea

dudoso.

CSJN

Aguas Argentinas SA. Fecha: 11/10/2016

Falta de pruebas suficientes ya que el sólo hecho de

asignar los créditos a

estudios jurídicos no es eficaz.

CSJN

Activos y

pasivos en

moneda

extranjera

Activo y pasivo en moneda extranjera

Saldos contables Criterios de valuación

impositivos

Saldos impositivos

TIPOS DE AJUSTES

Cuentas

Resultados Patrimoniales

Saldos contables

Activo

Valuación impositiva

Activo

Pasivo

Valuación impositiva

Pasivo

CONTABLE

IMPOSITIVO

Criterios de valuación impositiva

Generales

Especiales

Criterios

Sujetos alcanzados – art. 49 (actual art. 53)

Su

jeto

s

Sociedad de capital

Resto de sociedades

Fideicomisos transparentes

Explotaciones unipersonales

Auxiliares de comercio

Criterio especial de valuación

Concepto Norma de medición

Depósitos, créditos y

deudas en moneda

extranjera y las

existencias de la misma

Art. 96 (actual art. 107)

inciso “a”

De acuerdo con el último valor

de cotización (tipo comprador o

vendedor según corresponda)

del BNA a la fecha de cierre del

ejercicio, incluyendo el importe

de los intereses que se hubieran

devengado a dicha fecha

Criterio especial de imputación

Concepto Norma de medición

Depósitos, créditos y

deudas en moneda

extranjera y las existencias

de la misma

Art. 97 (actual art. 108)

inciso “c”

Se imputará la diferencia de valor

que resulte de comparar la

cotización de la moneda extranjera

al cierre del ejercicio con la

correspondiente al cierre del

ejercicio anterior o a la fecha de

adquisición, si fuera posterior,

relativas a los depósitos,

existencias, créditos y deudas en

moneda extranjera.

Diferencia de cambio

EI Adiciones EF DC

EI Adiciones EF DC

1. Ajuste cuentas de resultados

Conceptos I II

Resultado contable histórico Pérdida Ganancia

Diferencia de cambio contable (ganancia)

X

Diferencia de cambio impositiva

(ganancia) X

Totales X X

2. Ajuste cuentas patrimoniales

Conceptos I II

Resultado histórico Pérdida Ganancia

EF contable X

EF impositiva X

EI contable X

EI impositiva X

Alta

Activo

impositivo

EF

Baja

Activo

impositivo

EI

Amortización de

bienes de uso

Amortización de bienes de uso

Bien de uso

Mueble Inmueble

Bienes inmuebles

Método Trimestre de

alta

Vida útil Construcción

Art. 83 (actual art. 87)

Bienes muebles

Método Año de alta

Vida útil Excepciones

Art. 84 (actual art. 88)

Jurisprudencia

CSJN

Oleoducto Trasandino

Argentina SA - 2008

Telec. Int. Telintar SA - 2012

Antecedente administrativo

AFIP Instrucción General N°

7/2012

Ley de ganancias antes de reform

Deducciones tercera = art. 82 inciso “f” (actual art. 86)

Amortización

Degaste

Agotamiento

Ley N° 27.430 / 2017

Art. 82 inciso “f” (actual art. 86)

Amortización

Degaste

Agotamiento

Obsolescencia

Régimen de nuevas actualizaciones

Art. 89 (actual art. 93)

Sujeto

Aplicación Bienes

Venta de bienes

de uso

Venta de bienes de uso

Bien de uso

Mueble Inmueble Intangibles

Venta de bienes de uso

Costo computable

Mueble VR

Inmueble VR

Intangible

VR

Costo

Artículo 40

(actual art. 43)

de la LIG

Génesis del

instituto

Corte suprema de justicia de la nación

2015

Naturaleza penal

Proyecto (origen)

Marco sancionatorio

Ley N° 11.683/1933

Multa por omisión - art. 45

Multa defraudación – art. 46

Multa de no ingresó – art. 48

Principio de capacidad contributiva

Otras de las críticas es que el no permitir el computo de gastos necesarios para la obtención, conservación y manutención de la fuente de ganancias gravadas, desnaturaliza la propia mecánica de liquidación del impuesto distorsionando la base imponible tornándola en ficta, en lugar de la ganancia real, la que en definitiva busca gravar el gravamen:

◦ Hermitage SA

◦ Mera Migual Ánguel

Principales

Doctrina Críticas

Casos especiales

Los siguientes casos

merecen algunas

consideraciones

especiales en cuanto a la

aplicación del artículo en

cuestión:

- BIENES DE CAMBIO.

- BIENES DE USO.

- SUELDO /

GRATIFICACIONES.

- TARJETA DE CRÉDITO O

TARJETAS CORPORATIVAS.

- RETENCIÓN EN DEFECTO.

Deducción de

determinaciones

de oficio

Criterio para la deducción

Tipo de renta

Criterio actual

Criterio anterior

Rentas que tributan por lo

devengado (primera y

tercera categoría)

Exigibilidad

Determinación

Rentas que tributar por lo

percibido (segunda y

cuarta)

Percibido

Percibido

Ley N° 27.346 / 2016

2015 y anteriores

Determinación

Exigibilidad 2016 en adelante

Constitución de previsiones

impositivas

Previsión Exigibilidad Deducción

Previsiones

Conceptos previos

Tres conceptos

Deudas

Provisiones

Previsiones

Previsiones

Características

Hecho generador

Importe

Tipos de previsiones

Tipos

Regularizadora de activo

De pasivo

Tipos de previsiones

Tipos

Contingencia negativa

Contingencia positiva

Tres momentos

Constitución

Tres momentos

Recupero

Tres momentos

Aplicación

Aplicación

Evolución de las previsiones

Provisiones

Conceptos previos

Tres conceptos

Deudas

Provisiones

Previsiones

Provisiones

Características

Hecho generador

Importe

Tipos de provisiones

Tipos

De activo Resultado

Dos momentos

Constitución

Dos momentos

Aplicación

Provisión

Real En exceso En

defecto

Dos momentos

Provisión real

Dos momentos

Provisión en exceso

Dos momentos

Provisión en defecto

Valuación de

bienes de

cambio

Fundamento del ajuste

Costo de la mercadería

Contable

Impositiva

CMV

EI Compras EF CMV

CMV

EI Compras EF CMV

1. Ajuste cuentas de resultados

Conceptos I II

Resultado contable histórico Pérdida Ganancia

CMV (contable)

CMV (impositivo)

Totales X X

2. Ajuste cuentas patrimoniales

Conceptos I II

Resultado histórico Pérdida Ganancia

EF contable X

EF impositiva X

EI contable

EI impositiva

Alta

Activo

impositivo

EF

Baja

Activo

impositivo

EI

Normas de valuación

Art. 52 (actual art. 56)

Normas de valuación

Bienes muebles

Últimas compras

Mercadería de reventa

Materias primas

Materiales

Art. 52 (actual art. 56)

Normas de valuación

Bienes muebles

Precio de venta menos gastos menos

margen de utilidad

Productos elaborados (sin sistema de costeo)

Art. 52 (actual art. 56)

Normas de valuación

Bienes muebles

Precio última compra = costo de

producción

Productos elaborados (con sistema de

costeo)

Art. 52 (actual art. 56)

Normas de valuación

Art. 55 (actual art. 59)

Normas de valuación

Bienes inmuebles

Costo histórico

Inmuebles adquiridos

Art. 55 (actual art. 59)

Normas de valuación

Bienes inmuebles

Costo histórico

Inmuebles construidos

Art. 55 (actual art. 59)

Normas de valuación

Bienes inmuebles

Costo histórico

Obras en construcción

Art. 55 (actual art. 59)

Normas de valuación

Bienes inmuebles

Costo histórico

Mejoras

Art. 55 (actual art. 59)

Normas de valuación

Art. 56 (actual art. 60)

Valuación tope

Art. 56 (actual art. 60) LIG

Tope Costo

en plaza

Art. 85 (actual art. 146) DRLIG

Valuación tope

Art. 56 (actual art. 60) LIG

Productos deteriorados

o con defectos

Valor de realización

menos gastos

Art. 85 (actual art. 146) DRLIG

Gastos y

amortización de

automóviles

Concepto

.

Automóvile

s

Universo de

automotores

Art. 149 DRLDT

Automotores

para el

transporte de

personas de

hasta ocho

plazas,

excluido el

conductor, con

cuatro ruedas

o más ruedas y

los de tres

ruedas que

excedan los

mil kilogramos

de peso.

¿Kangoo?

¿Vehículos utilitarios?

¿4x4?

Excepciones

Art. 88 inc. “i” (actual art. 92)LIG

100% deducibles

Bienes de cambio

Auto objeto: taxis, remises, alquiler, viajantes de comercio y similares

Gastos de automóviles

Art. 88 inc. “i” (actual art. 92)LIG RG (AFIP) N° 94/1998

Gastos de Mantenimiento

Tope

$ 7.200 Individual

Gastos de amortización

Art. 88 inc. “i” (actual art. 92)LIG

Amortización Tope

$ 20.000 Individual

Régimen de actualización

Intereses

presuntos

Concepto

Art. 73 (actual art. 76) LIG

Intereses presuntos

Sociedad de capital

Disposición de fondos o bienes

No realizado en interés del

ente

Presunción iure et de iure

Art. 69

(actual art.

73) LIG

Sujetos alcanzados

Art. 73 (actual art. 76) LIG

Terceros

Personas físicas y SI

Sujetos empresas

Cuantificación

Art. 73 (actual art. 76) LIG

Préstamos

Fondos Costo

financiero total o interés anual

Bienes 8% o 20%

anual

EXCEPCIONES

Excepciones

Art. 103 (actual art. 169)

DRLIG

Disposición de fondos o bienes

Pautas de mercado

Certificación de contador

público

Reglamentación de AFIP

Excepciones

Art. 103 (actual art. 169) DRLIG

Anticipos

Directores, Síndicos, y mcv

NO ACCIONISTAS

No exceda el importe de la

asamblea

Caso contrario: intereses presuntos

Excepciones

Art. 66.7 (actual art. 124) DRLIG

Anticipos

Directores, Síndicos, mcv y socios

administradores, TÍTULARES

No exceda el importe de la

asamblea

Caso contrario:

1) Utilidad ficta o,

2) Intereses presuntos

Excepciones

Liberalidad Donación.

Art. 88 (actual art. 92) inciso

“i”) LIG

Art. 103 (actual art. 169)

DRLIG

Excepciones

Empresas vinculas

Operaciones

Pautas de mercado

Art. 103 (actual art. 169) DRLIG

DIVIDENDOS O

UTILIDADES

FICTAS

Dividendo o utilidad ficta

Personas físicas (o sucesiones indivisas)

Sociedad de personas, fideicomisos NT y

explotaciones unipersonales

Art. 149.7 (actual art. 241) DRLIG

Art. 46 bis (actual art. 50) LIG

Realidad jurídica

Realidad económica

Fundamento

Elementos

Objetivo Subjetivo Cuantitativo

Elementos del dividendo o

utilidad ficta

Elementos

Objetivo Subjetivo Cuantitativo

Elementos del dividendo o

utilidad ficta

Retiro de fondos

Concepto - Art. 66.3 (actual 120) DR

Interés de la empresa - Art. 66.4 (actual 121) DR

Devolución total o parcial- Art. 66.5 (actual 122) DR

Aspecto objetivo

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “a” LIG

Use o goce de bienes

Título oneroso

Título gratuito

Aspecto objetivo

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “b” LIG

Garantías directas e indirectas

Retribución razonable- Art. 66.6 (actual 123) DR

Aspecto objetivo

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “c” LIG

Ventas o compras

por debajo de su valor

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “d” LIG

Aspecto objetivo

Gastos realizados a favor de

los titulares

Aspecto objetivo

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “e” LIG

Honorarios, sueldos u otras remuneraciones

Anticipos sueldos, honorarios u otras remuneraciones. Art.

66.7 (actual art. 124) DR

Aspecto objetivo

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “f” LIG

Elementos

Objetivo Subjetivo Cuantitativo

Elementos del dividendo o

utilidad ficta

Titulares, propietarios, socios, accionistas, cuotapartistas, fiduciantes o beneficiarios

Cónyuge o conviviente

Ascendientes y descendientes dentro del 1 y 2 grado de afinidad y consanguinidad

SU

JE

TO

S

Elementos

Objetivo Subjetivo Cuantitativo

Elementos del dividendo o

utilidad ficta

Dos niveles de comparación

Art. 66.2 bis (actual art. 119) DR

Ganancias

Contables

Impositivas

Dos niveles de comparación

Art. 66.2 bis (actual art. 119) DR

Ganancias

Contables

Impositivas

LÍM

ITE

1

Ganancia contable

Acumulada del ejercicio anterior

% de participación

Límite de la presunción

Art. 46 bis (actual art. 50) inciso “e” LIG

Ganancias acumuladas no distribuidas, incluyendo las utilidades líquidas y

realizadas, las reservas de esas utilidades y primas de emisión.

Límite de la presunción

Art. 66.2 bis (actual art. 119) DR

¿Dividendos ajustados por inflación?

LÍM

ITE

II

Excedente

Acumulada del ejercicio en curso

Vto. de la DDJJ del sujeto perceptor

Límite de la presunción

Art. 66.3 bis (actual art. 120) DRLIG

Utilidades históricas al 31/12/2017

Las posteriores que tiene AXI contable

¿Reexpresadas?

Impuesto de igualación

Art. 102 (actual art. 165) DRLIG

Utilidades acumuladas 20.000,00

Utilidad del ejercicio

15.000,00

Ejercicio 2017

Ejercicio 2018

RETIRO DE

FONDOS $ 45.000

SUPONGAMOS QUE LAS UTILIDADES EXPUESTAS

SON LAS QUE PERTENECEN A UN ACCIONISTA

Ejemplo

Ejercicio Utilidad del ejercicio Retiro Tratamiento

2017 20.000,00 20.000,00 Igualación

2018 15.000,00 15.000,00 Dividendo 7%

Sin imputar 10.000,00 Art. 73

Totales 35.000,00 45.000,00

Ejemplo

Dos niveles de comparación

Art. 66.2 bis (actual art. 119) DR

Ganancias

Contables

Impositivas

Impositivas al 35%

Impositivas al 30%

Impositivas al 25%

Utilidades impositivas stock

Art. 66.2 bis (actual art. 119) DR

RESUMEN

Aspecto objetivo

Dividendo o utilidad ficta

Impuesto de igualación

Impuesto al dividendo

Dividendo no computable

Disposición de fondos

Venta activos

financieros de

renta variable

Renta financiera - concepto

Valores financieros

Rendimiento Resultado por la

enajenación

Tipos de valores financieros

Valores financieros

Renta fija Renta variable

Activos financieros variables

Tipificación Art. 61

(actual art. 65) LIG

Valuación Costo

histórico

Enajenación

Costo computable

Costo histórico

actualizado

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2018

Ejercicio en el que no aplica AXI

Actualización por IPC

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2018

Ejercicios en los que no se aplica AXI

Actualización por IPC

2019

SUPUESTO: EN 2019 NO APLICA EL AXI

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2019

Ejercicio en el que se aplica AXI

NO goza actualización

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2019

Ejercicio en el que se aplica AXI

NO goza actualización

2018

Ejercicios en los que se aplica AXI

Actualización por IPC

2019

EN 2019 APLICA EL AXI

Precio de ventaMenos

Costo computable + actualización al

31/12/2018

AXI estático

Compra Venta

Venta activos

financieros de

renta fija

Renta financiera - concepto

Valores financieros

Rendimiento Resultado por la

enajenación

Tipos de valores financieros

Valores financieros

Renta fija Renta variable

Activos financieros de renta fija

Tipificación Art. 96

(actual art. 107) LIG

Valuación Valores

corrientes

TIPOS DE AJUSTES

Cuentas

Resultados Patrimoniales

Valuación impositiva

Activo

Valuación impositiva

Activo

Activo

Valuación impositiva

Activo

CONTABLE

IMPOSITIVO

Diferencia cotización

Criterios de valuación impositiva

Generales

Especiales

Criterios

Sujetos alcanzados – art. 49 (actual art.

53)

Su

jeto

s

Sociedad de capital

Resto de sociedades

Fideicomisos transparentes

Explotaciones unipersonales

Auxiliares de comercio

Criterio especial de valuación Concepto Norma de medición

Títulos valores

Art. 96 (actual art. 107)

inciso “c”

Al último valor de cotización a la

fecha de cierre del ejercicio. Los

que no se coticen se valuarán por su

costo incrementado, de

corresponder, con el importe de los

intereses, actualizaciones y

diferencias de cambio que se

hubieran devengado a la fecha de

cierre del ejercicio. El mismo

procedimiento de valuación se

aplicará a los títulos valores emitidos

en moneda extranjera.

Criterio especial de imputación Concepto Norma de medición

Títulos valores

Art. 97 (actual art. 108)

Se imputará como ganancias o

pérdidas, según corresponda, del

ejercicio que se liquida, el importe de las

actualizaciones legales, pactadas o

fijadas judicialmente, en la parte que

corresponda al período que resulte

comprendido entre las fechas de inicio o

las de origen o incorporación de los

títulos valores, si fueran posteriores, y la

fecha de cierre del respectivo ejercicio

fiscal. Tratándose de títulos valores

cotizables, se considerará su respectiva

cotización.

Enajenación

Costo computable

Valuación al cierre

del ejercicio anterior

Venta y

reemplazo

Venta y reemplazo

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Bienes

Muebles amortizables

Inmuebles

Fundamentó técnico

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Venta de un bien de uso (mueble)

Precio de venta 80.000,00 Costo de venta 60.000,00 Resultado 20.000,00

Compra de un bien de uso (mueble)

Precio de compra 100.000,00 Vida útil 5 años 5,00

Amortización histórica

Ej. 1 20.000,00

Ej. 2 20.000,00

Ej. 3 20.000,00

Ej. 4 20.000,00

Ej. 5 20.000,00

100.000,00

Fundamentó técnico

Sin aplicar venta y reemplazo

Rentas Ej. 1 Ej. 2 Ej. 3 Ej. 4 Ej. 5 Total Rdo. de venta 20.000 20.000 Amortización -20.000 -20.000 -20.000 -20.000 -20.000 -100.000 Resultado final 0 -20.000 -20.000 -20.000 -20.000 -80.000

Fundamentó técnico

Aplicando venta y reemplazo

Rentas Ej. 1 Ej. 2 Ej. 3 Ej. 4 Ej. 5 Total Rdo. de venta 0 0 Amortización -16.000 -16.000 -16.000 -16.000 -16.000 -80.000 Resultado final -16.000 -16.000 -16.000 -16.000 -16.000 -80.000

Resultado venta 20.000,00 Compra nuevo bien 100.000,00 Costo amortizable 80.000,00 Vida útil 5 años Amortización anual 16.000,00

Fundamentó técnico

Bienes muebles

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Bienes de uso

Bienes muebles

amortizables

Sin limitación: tiempo de afectación

Limitación: mueble por

mueble

Bienes muebles

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Origen: bien

mueble Destino

Destino: bien

mueble

Bienes inmuebles

Inmueble

Bienes de uso

Locación o arrendamiento

Cesiones onerosas de derechos reales

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Bienes inmuebles

Inmueble

Bienes de uso (mueble e inmueble)

Locación o arrendamiento

Cesiones onerosas de derechos reales

Incluye terrenos y campos

Consulta Vinculante (SDG TLI) N° 70/2019

Lapso temporal

Compra

1 año

Venta

Venta

1 año

Compra

No cumplimiento del lapso temporal

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Compra o venta

1 año

Venta o compra

Actualización de la utilidad art. 89 (actual art. 93)

Bienes inmuebles - construcción

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Venta Construcción Finalización

construcción

1 año 4 años

Bienes inmuebles - construcción

Art. 67 (actual art. 71) LIG

Construcción Venta Finalización

construcción

1 año

4 años

% de reinversión inmueble

Art. 96 y 113 (actual art. 161 y 184)

Precio de compra

Precio de venta

% inversión

Resultados % inversión

1 Se afecta el 100% de la utilidad al nuevo

bien

> 1 Se afecta el 100% de la utilidad

< 1 Se afecta en la respectiva proporción

Actualización de precios

Determinación del resultado de la

venta

Art. 96 (actual art. 159) DRLIG

Precio de venta

Costo computable

Resultado de la venta

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2018

Ejercicio en el que no aplica AXI

Actualización por IPC

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2018

Ejercicios en los que no se aplica AXI

Actualización por IPC

2019

SUPUESTO: EN 2019 NO APLICA EL AXI

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2019

Ejercicio en el que se aplica AXI

NO goza actualización

Aplicación art. 89 (actual art. 93) LIG

2019

Ejercicio en el que se aplica AXI

NO goza actualización

2018

Ejercicios en los que se aplica AXI

Actualización por IPC

2019

EN 2019 APLICA EL AXI

Precio de ventaMenos

Costo computable + actualización al

31/12/2018

AXI estático

Compra Venta

Afectación hacia atrás – bien

mueble

Compra Cierre de

ejercicio

Venta

1 año

Amortización en exceso

REINTEGRO DE

AMORTIZACIÓN

¡Actualización?

Anticipos

Determinación

RG (AFIP) N° 4034/2017

Impuesto determinado

Deducciones

Base de cálculo

RG (AFIP) N° 4034/2017

Deducciones

1. Reducción por regímenes de promoción

regionales, sectoriales o especiales

vigentes.

2. Retenciones y percepciones computables.

3. Pagos a cuenta sustituto de retenciones.

4. ITC como pago a cuenta.

5. Tax credit.

6. IGMP como pago a cuenta.

RG (AFIP) N° 4034/2017

Base de calculo

Primer anticipo: 25%

9 restantes: 8,33%

RG (AFIP) N° 4034/2017

Anticipos cuya base de cálculo es el impuesto determinado por un ejercicio anual y deben ser ingresados a cuenta

del gravamen correspondiente a un ejercicio de duración inferior a 1 año.

Los anticipos se determinan como siempre pero

el número de anticipos a ingresar será igual a

los meses de duración del ejercicio irregular

menos 1.

RG (AFIP) N° 4034/2017

Anticipos cuya base de cálculo es el impuesto determinado por un ejercicio de duración a 1 año.

Base de calculo

x 12

N° de meses del ejercicio irregular

Muchas gracias

CO

NTA

CT

O

Email: richardamarogomez@gmail.com