Tratado

Post on 17-Feb-2016

5 views 3 download

description

tratado convecion de viena

Transcript of Tratado

Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur

CONVENCION DE VIENA 1969

Docente : Integrantes :

Sairitupac Minaya , Leyla

Carrera : Administración de Empresas VIII

CAPITULO VII DEPOSITARIOS,NOTIFICACIONES,

CORRECIONES Y REGISTRO

Estados Negociadores

Uno o más Estados

Organización Internacional

Principal funcionario administrativo de tal

organización

• El depositario podrá ser :

Las funciones del depositario de un tratado son de carácter internacional y

el depositario esta obligado a actuar imparcialmente en el desempeño de ellas.

DEPOSITARIOS DE LOS TRATADOS

La designación del depositario de un tratado podrá efectuarse :

Custodiar el texto original del tratado.

Extender copias certificadas conformes del texto original y preparas todos los demás textos en otros idiomas.

Examinar si una firma, un instrumento o una notificación o comunicación están en debida forma.

Recibir las firmas del tratado, instrumentos, notificaciones y comunicaciones .

Registrar el tratado en la Secretaría de las Naciones Unidas.

Desempeñar las funciones especificadas en otras disposiciones de la presente Convención.

FUNCIONES DE LOS DEPOSITARIOS

Si surge alguna discrepancia entre un Estado y el depositario acerca del desempeño de las funciones

de este ,el depositario debe hacer llegar el problema a la organización internacional .

NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES

Lo que debe hacer cualquier Estado en virtud de la presente Convención :

Directamente a los Estados a que esté

destinada

Cuando haya sido recibida por el Estado al

que fue transmitida

Cuando éste haya recibido del depositario la

información prevista

CORRECCIONES DE ERRORES EN TEXTOS O EN COPIAS CERTIFICADAS CONFORMES

DE LOS TRATADOS

Después de la autenticación del texto de un tratado , los Estados signatarios y los Estados contratantes adviertan que contiene un error, este será corregido.

Cuando haya un depositario ,este notificara a los Estados signatarios y a los Estados contratantes el error y la propuesta de corregirlo .

Después de la autenticación del texto de un tratado , los Estados signatarios y los Estados contratantes adviertan que contiene un error, este será corregido.

• El texto corregido sustituirá al texto defectuoso.

• La corrección del texto de un tratado debe ser notificada en la Secretaria de las Naciones Unidas.

CAPITULO VIII Disposiciones Finales

El trigésimo día a partir de la fecha en que haya sigo depositador el trigésimo quinto instrumento de ratificación o adhesión.

Los instrumentos de ratificación se depositaran en poder del Secretario General de las Naciones Unidas.

Abierta a la firma de todos los Estados Miembros de las Naciones Unidas o miembros de algún Organismo Internacional.

FIRMA Ratificación

Quedara abierta a la adhesión de todo Estado perteneciente a una de las categorías mencionadas .

ADHESION Entrada en vigor

El original de la presente Convención ,cuyos textos en chino, español, francés, ingles y ruso son auténticos .

TEXTOS AUTENTICOS