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TRABAJOS EN ALTURAS
Implementar y controlar el sistema trabajos en alturas de LA EMPRESA con el fin de dar cumplimiento
a las normas y leyes establecidas para trabajos en alturas, asegurando la integridad física del personal
involucrado en este proceso.
1. ALCANCE
Este procedimiento seguro de trabajos en alturas (PSTA), aplica para todas las obras construidas por
LA EMPRESA y sus contratistas.
2. POBLACION OBJETO:
3.1. Nivel Administrativo: Gerencia, Coordinador Operativo, Maestro General de Obra.
3.2. Administrador del Procedimiento: Coordinador HSE
3.3. Supervisor HSE: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan trabajos
en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la autorización para
aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos asociados a dichos
peligros.
3.3.1 Relación de formatos
- Capacitar y entrenar al personal autorizado para el manejo del estándar, según la labor a realizar,
dejando los registros correspondientes (Formato F-TH-011 y F-MC-002).
- Verificar y autorizar al personal involucrado, para garantizar el cumplimiento del PSTA, dejando los
registros correspondientes (Formato F-O-013).
- Verificar las condiciones de seguridad de trabajos en altura, para garantizar medidas preventivas
en la obra, dejando los registros correspondientes (Formatos F-O-013, F-O-020 y F-O-009).
- Reportar los resultados de la implementación del PSTA Coordinador HSE.
3.4. Personal autorizado: Persona que después de recibir una capacitación, aprobarla y tener todos
los requisitos que establece la resolución, puede desarrollar trabajos en alturas.
3.5. Personal NO Autorizado: Son los trabajadores que por sus funciones, tareas y conocimiento no
está autorizado por la empresa para realizar Trabajos en alturas.
3. DEFINICIONES
Trabajo en Altura: Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se
realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
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Absorbente de choque: Equipo cuya función es disminuir las fuerzas de impacto en el cuerpo
del trabajador o en los puntos de anclaje en el momento de una caída.
Anclaje: Punto seguro al que se puede conectar un equipo personal de protección contra
caídas con resistencia mínima de 5000 libras (2.272 Kg) por persona conectada.
Arnés: Sistema de correas cosidas y debidamente aseguradas, incluye elementos para
conectar equipos y asegurarse a un punto de anclaje; su diseño permite distribuir en varias
partes del cuerpo el impacto generado durante una caída.
Baranda: Elemento metálico o de madera que se instala al borde de un lugar donde haya
posibilidad de caída, debe garantizar una resistencia ante impactos horizontales y contar con
un travesaño de agarre superior, uno intermedio y una barrera colocada a nivel del suelo para
evitar la caída de objetos.
Certificación: Constancia que se entrega al final de un proceso, que acredita que un
determinado elemento cumple con las exigencias de calidad de la norma que lo regula, o que
una persona posee los conocimientos y habilidades necesarias para desempeñar ciertas
actividades determinadas por el tipo de capacitación.
Conector: Cualquier equipo que permita unir el arnés del trabajador al punto de anclaje.
Distancia de Caída Libre: Desplazamiento vertical y súbito del conector para detención de
caídas, y va desde el inicio de la caída hasta que ésta se detiene o comienza a activarse el
absorbente de choque. Esta distancia excluye la distancia de desaceleración, pero incluye
cualquier distancia de activación del detenedor de caídas antes de que se activen las fuerzas
de detención de caídas.
Distancia de detención: La distancia vertical total requerida para detener una caída,
incluyendo la distancia de desaceleración y la distancia de activación.
Distancia de desaceleración: La distancia vertical entre el punto donde termina la caída libre
y se comienza a activar el absorbente de choque hasta que este último pare por completo.
Entrenador: Profesional certificado como persona competente y/o calificada, con
entrenamiento certificado en metodología de enseñanza, por una institución aprobada nacional
o internacionalmente. Con una experiencia certificada, en trabajo en alturas mínima de dos (2)
años continuos o cinco (5) años discontinuos.
Eslinga: Conector con una longitud máxima de 1.80 m fabricado en materiales como cuerda,
reata, cable de acero o cadena. Las eslingas cuentan con ganchos para facilitar su conexión al
arnés y a los puntos de anclaje; algunas eslingas se les incorpora un absorbente de choque.
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Gancho: Equipo metálico que es parte integral de los conectores y permite realizar conexiones
entre el arnés a los puntos de anclaje, sus dimensiones varían de acuerdo a su uso, los
ganchos están provistos de una argolla u ojo al que está asegurado el material del equipo
conector (cuerda, reata, cable, cadena) y un sistema de apertura y cierre con doble sistema de
accionamiento para evitar una apertura accidental que asegura que el gancho no se salga de
su punto de conexión.
Hueco: Espacio vacío o brecha con una profundidad mínima de 5 cms por debajo de la
superficie en donde se camina y/o trabaja.
Líneas de vida horizontales: Sistemas de cables de acero, cuerdas o rieles que debidamente
ancladas a la estructura donde se realizará el trabajo en alturas, permitirán la conexión de los
equipos personales de protección contra caídas y el desplazamiento horizontal del trabajador
sobre una determinada superficie.
Líneas de vida verticales: Sistemas de cables de acero o cuerdas que debidamente ancladas
en un punto superior a la zona de labor, protegen al trabajador en su desplazamiento vertical
(ascenso/descenso).
Mecanismo de anclaje: Equipos de diferentes diseños y materiales que abrazan una
determinada estructura o se instalan en un punto para crear un punto de anclaje. Estos
mecanismos cuentan con argollas, que permiten la conexión de los equipos personales de
protección contra caídas.
Medidas de prevención: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan
para advertir o evitar la caída de personas y objetos cuando se realizan trabajos en alturas y
forman parte de las medidas de control. Entre ellas están: sistemas de ingeniería; programa de
protección contra caídas y las medidas colectivas de prevención.
Medidas de protección: Conjunto de acciones individuales o colectivas que se implementan
para detener la caída de personas y objetos una vez ocurra o para mitigar sus consecuencias.
Mosquetón: Equipo metálico en forma de argolla que permite realizar conexiones directas del
arnés a los puntos de anclaje. Otro uso es servir de conexión entre equipos de protección
contra caídas o rescate a su punto de anclaje.
Persona competente: Persona capaz de identificar peligros, en el sitio en donde se realizan
trabajos en alturas, relacionados con el ambiente o condiciones de trabajo y que tiene la
autorización para aplicar medidas correctivas, lo más pronto posible, para controlar los riesgos
asociados a dichos peligros.
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Persona calificada: Persona que tiene un grado reconocido o certificado profesional y amplia
experiencia y conocimientos en el tema, que sea capaz de diseñar, analizar, evaluar y elaborar
especificaciones en el trabajo, proyecto o producto del tema.
Posicionamiento de Trabajo: Conjunto de procedimientos mediante los cuales se mantendrá
o sostendrá el trabajador a un lugar específico de trabajo, limitando la caída libre de éste a 2
pies (0.60 m) o menos.
Requerimiento de claridad: Espacio vertical libre requerido por un trabajador en caso de una
caída, en el que se exige que este no impacte contra el suelo o contra un obstáculo. El
requerimiento de claridad dependerá principalmente de la configuración del sistema de
detención de caídas utilizado.
Trabajos en suspensión: Tareas en las que el trabajador debe “suspenderse” o colgarse y
mantenerse en esa posición sin posibilidad de caída, mientras realiza su tarea o mientras es
subido o bajado.
4. REQUERIMIENTOS PARA LOS TRABAJADORES
De acuerdo al perfil de cargo y al procedimiento medico y de salud pública. Los exámenes que se
deben realizar para el personal autorizado están estipulados en el procedimiento médico y de salud
pública para cada perfil de cargo
5.1 Limitaciones de salud
- La existencia de patologías metabólicas, cardiovasculares, mentales neurológicas, que generen
vértigo o mareo,
- alteraciones del equilibrio, de la conciencia, de la audición que comprometan bandas
conversacionales
- ceguera temporales o permanentes, alteraciones de la agudeza visual o percepción del color y
de profundidad, que no puedan ser corregidas con tratamiento
- Se tendrá en cuenta el índice de masa corporal y el peso del trabajador.
- Los menores de edad y las mujeres en cualquier tiempo de gestación no pueden realizar
trabajo en alturas. Tampoco lo pueden realizar quienes tengan las restricciones, temporales o
permanentes.
5 PLAN DE FORMACION
La capacitación debe realizarse a dos tipos de población objeto: las personas que realizan labores de
tipo administrativo (Coordinador HSE, Coordinador Operativo, Supervisor HSE) y a las personas que
realizan labores operativas (Maestro General de Obra, Oficial de Obra, Ayudante Practico y Ayudante
de Obra). Esta capacitación debe ser realizada por entrenadores certificados.
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Las disposiciones sobre capacitación de este capítulo, son de obligatorio cumplimiento para quienes
realicen dicho proceso: Empleadores, Administradoras de Riesgos profesionales e instituciones o
empresas legalmente constituidas que ofrezcan este tipo de capacitación.
El empleador tiene la obligación de verificar la certificación al inicio de labores y recertificación de los
trabajadores que realicen trabajo en alturas, mínimo una vez al año.
NINGÚN TRABAJADOR PODRÁ TRABAJAR EN ALTURAS SIN CONTAR CON LA
CERTIFICACIÓN RESPECTIVA QUE ACREDITE LAS COMPETENCIAS LABORALES, DEL NIVEL
PARA EL CUAL FUE CERTIFICADO.
6. MARCO LEGAL Y NORMATIVIDAD
Circular Unificada 2004
Resolución 1409 de 2012
Resolución 2400 de 1979
Resolución 2413 de 1979
Resolución 3673 de 2008
Resolución 2309 de 1986
Resolución 1348 De 2009 (Abril 30)
Proyecto Norma Construcción 2009
reglamentan las disposiciones
generales en materia de Salud
Ocupacional para el Sector de la
Construcción
ICONTEC 2021 y 2037
ICONTEC NTC 2234 - Andamios
Colgantes
ICONTEC NTC 1560 - Andamios
NTC 1641, 1642, 1735 (Andamios)
GNTC 1646: Maderas aserradas para
construcción
6.2 NORMATIVIDAD DE ANDAMIOS
R E G UL AC IONE S AR T IC UL OS C ONT E NID O
RESOLUCION 2400/79: C AP ÍT UL O III. ANDAMIOS Y E S C AL E R AS . AR TÍC UL O 628. 629, 630, 631, 632, 633, 649, 650, 652, 653, 656, 659, 660
R equis itos generales para el arme y des arme de andamios , caracterís ticos de los materiales , s is temas de barandales
RESOLUCION 2413 /79 3.8 DE L OS ANDAMIOS . AR T . 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 39,
D efinic ión, ins pecc ión, caracterís ticas , plataformas de trabajo, barandas , rodapiés , des arme de andamios
RESOLUCION 3673/08: C AP ÍT UL O VAR TÍC ULO 15
S is temas de acces o para alturas
R E G UL AC IONE S AR T IC UL OS C ONT E NID O
RESOLUCION 2400/79: C AP ÍT UL O III. ANDAMIOS Y E S C AL E R AS . AR TÍC UL O 628. 629, 630, 631, 632, 633, 649, 650, 652, 653, 656, 659, 660
R equis itos generales para el arme y des arme de andamios , caracterís ticos de los materiales , s is temas de barandales
RESOLUCION 2413 /79 3.8 DE L OS ANDAMIOS . AR T . 26, 27, 28, 29, 30, 31, 33, 39,
D efinic ión, ins pecc ión, caracterís ticas , plataformas de trabajo, barandas , rodapiés , des arme de andamios
RESOLUCION 3673/08: C AP ÍT UL O VAR TÍC ULO 15
S is temas de acces o para alturas
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6.3 NORMATIVIDAD COLOMBIANA ESCALERAS
AUTORIDAD NORMA CONTENIDO
Instituto Colombiano de Normas
Técnicas
NTC 4145 Accesibilidad de las personas
al medio físico. Edificios.
Escaleras.
Instituto Colombiano de Normas
Técnicas
NTC 1700 Escaleras
AUTORIDAD NORMA REGLAMENTACION ARTICULOS CONTENIDO
Ministerio de
la Protección
Social
Resolución
2400 de 22
Mayo de
1979
Por la cual se
establecen algunas
disposiciones sobre
vivienda, higiene y
seguridad en los
establecimientos de
trabajo.
Capítulo III de
los Andamios
y escaleras
Artículos
634 al 663
Escaleras de
mano, normas de
seguridad,
apoyos,
materiales,
mantenimiento,
prohibiciones y
capacidades
Ministerio de
la Protección
Social
Resolución
2413 de 22
Mayo de
1979
Por la cual se dicta el
Reglamento de Higiene
y Seguridad para la
Industria de la
Construcción
Del 42 al 47 Ubicación
Escaleras,
Distancias,
Normas de
seguridad,
Tamaños,
Espacios
Travesaños,
prohibiciones
Ministerio de
la Protección
Social
Resolución
3673 de
Septiembre
26 de 2008
Por el cual se establece
el Reglamento Técnico
de Trabajo seguro en
alturas
Capitulo V
Sistemas de
acceso para
Trabajos en
altura
Artículos 15 y
16
Requerimientos
Mínimos para los
sistemas de
acceso
Lineamientos para
el uso seguro de
los sistemas de
acceso
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7. ACTIVIDADES DONDE SE DESARROLLAN TRABAJOS EN ALTURAS
ACTIVIDAD SUBPROCESO TAREA TAREA
R N.R.
Excavaciones Adecuación de pasillos y
zona de acceso:
Adecuación de
Pasillos
Vacíos, rampas
Escaleras, barandas
x
Cimentación Fundida de muros Trabajos en
palomeras x
Estructura
Armado de columna Trabajo en andamios
Tubulares x
Sistemas pasivos
Escaleras x
Placas de entrepiso Trabajos en vacío x
Mampostería interior Trabajo con borriquetes x
Armado de placa
Trabajos a borde de
placa x
Cargue de materiales y
escombros
Trabajos con plumas x
Verificación de cumplimiento
de especificaciones
Inspección x
Izaje de cargas Torre grúa
(Manejo y
mantenimiento)
x
Mampostería exterior Andamios colgantes x
Trabajo en cubiertas Instalar tejas
Estructura de Vigas y
columnas
Acabados
Limpieza de fachada Silla X
Pintura externa Andamio colgante X
Instalación de ventanería Restricción de
movimiento X
Mantenimiento
Pintada de Fachadas X
Limpieza de canales X
Limpieza de vidrios X
Mantenimiento de equipo aire
acondicionado
X
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8. CLASIFICACION DE LOS FACTORES DE RIESGO EN ESTA ACTIVIDAD (TRABAJOS EN
ALTURAS)
FISICOS QUIMICOS PSICOSOCIAL ERGONOMICO
-Ruido.
-Iluminación.
-Temperatura
extrema.
-Vibraciones.
-Radiaciones
ionizantes.
-Humedad.
-Polvo.
-Gases y
vapores.
-Líquidos.
-Sólidos.
-Carga de trabajo.
-Relaciones
interpersonales.
-Turnos y sobre
tiempo.
-Aislamiento.
Esfuerzo (Levantamiento y transporte de carga). Postura (Diseño de puesto de trabajo y de herramienta).
MECANICOS ELECTRICOS SEGURIDAD
LOCATIVOS
-Material en
movimiento
-Maquinas y
herramientas.
-Transporte
mecánico.
-Partes en
movimiento.
-Material
proyectado
-Sistema de
conducción.
-Contacto
directo/indirecto.
-Caída de Alturas.
-No uso del arnés.
-Andamios mal
armados
-Mal uso de escalera.
-Falta de protección
de vacíos.
-Diseño de áreas de trabajo.
-Construcción y mantenimiento de
vías de acceso.
-Condición de cubiertas y muros.
-Falta de orden y aseo.
-Almacenamiento inadecuado.
9. BARANDAS
9.1. Baranda: Elemento metálico o de madera que se instala al borde de un lugar donde haya
posibilidad de caída, debe garantizar una resistencia ante impactos horizontales y contar con un
travesaño de agarre superior, uno intermedio y una barrera colocada a nivel del suelo para evitar la
caída de objetos. Se requieren en aquellos lugares donde haya peligro de caída al vacío
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Partes de la Baranda
9.3. Requerimientos que Debe Cumplir
TIPO DE REQUERIMIENTO MEDIDA
Resistencia estructural de la baranda Mínimo 200 libras (90.8
Kg)
Alturas de la baranda (Desde la superficie
en donde de camina y/o trabaja hasta el
borde superior del travesaño superior)
Entre un (1) m y 1.20
m (máximo)
Ubicación de travesaños intermedios Deben ser ubicados a 40
cm. entre ejes, medidos
desde el borde superior
del travesaño superior de
la baranda
Separación entre soportes verticales Un (1) m o aquella que
garantice la resistencia
mínima solicitada.
Alturas de los rodapiés De 15 a 20 cm, medidos
desde la superficie en
donde se camina y/o
trabaja
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10. Tapas o plafones
Las tapas o plafones de protección son una medida técnica de seguridad contra la caída de altura.
Con ellas se tapan aberturas horizontales y cortes, pero también revestimientos que no sean
resistentes a la pisada (suelos, techos, tejados, lucernarios etc.) asegurando de esta manera que
durante el trabajo no se produzca una caída en o a través de las mismas.
Las tapas tienen que estar aseguradas contra el deslizamiento para que las aberturas, cortes etc. no
puedan quedarse al descubierto involuntariamente.
Las Tapas en madera tienen que estar marcadas con la palabra “Hueco” y tienen que estar
aseguradas para prevenir desplazamiento que pueden ocasionar accidente.
Las tapas tienen que poder aguantar por lo menos dos veces la carga máxima anticipada de los
trabajadores, Materiales y equipo.
Los bordes de las tapas deben poder resistir completamente el peso de la carga en los bordes
de los cuatro lados.
11. ESTANDARES ESPECIFICOS PARA TRABAJOS EN ALTURAS:
Los estándares son niveles de referencia aceptados, que contienen condiciones mínimas de seguridad
que se deben tener en cuenta en los procedimientos y métodos de trabajos seguros y nos permitan
guiar a los trabajadores a realizar estas actividades, sin arriesgar su integridad personal y el patrimonio
de la empresa.
Los estándares nos permiten identificar, si los trabajadores cumplen con los lineamientos de la buena
práctica de trabajo.
Los estándares deben ser necesarios, claros, concretos para poder cumplir su objetivo.
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11.1 ESCALERA
1 mts
¼ H
H
Los párales de madera de una escalera de mano y sus peldaños estarán hechos de madera seca, libres de nudos, de podredumbre u otros defectos que la hagan insegura
Las escaleras portátiles se colocarán de manera tal que la distancia del pie de la escalera a la superficie de apoyo no sea menor a un ¼ con respecto a la longitud del punto de apoyo. Cuando haya necesidad de colocar la escalera más vertical deberá amarrarse para impedir que se resbale hacia los lados o que oscile hacia atrás.
Siempre que se requiera usar escaleras en terrenos inestables deberá anclarse la base
10 c
ms
5 cms
PARAL
5
X 5
c
ms
2
.5 X
5 cm
s
PELDAÑO
IGUALADORR
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11.2 ANDAMIOS TUBULARES
Pasamano
Las barandas tendrán 5 cm x 10 cm a 1.06 m. en su barandal medio.
Cerrojo de
brazo
Deben utilizarse para unir y
mantener las secciones del
andamio
Soportes de tornillo En superficies onduladas
permiten mejorar nivelación
Guardapie
Cubrirá la totalidad perimetral
del andamio y tendrá 10 cms de
altura mínima
Base
Los andamios deben estar apoyados firmemente en superficies planas y
niveladas.
Cruceta
Deben asegurarse a los andamios con pines
resistentes y completos.
Tablado de
madera Las tablas tendrán un espesor mínimo de 5 cm y 26 cm de ancho sin nudos y sin rajaduras. Se amarrarán al andamio
EN LOS ANDAMIOS SOLO SE ALMACENARÁN LOS MATERIALES Y HERRAMIENTAS QUE SE UTILIZARÁN EN LA TAREA A
REALIZAR, PARA EVITAR SOBRECARGAS
Seguro
Los andamios se asegurarán a
una estructura fija.
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Los frenos deben estar colocados cuando un andamio rodante se encuentra en uso
Rodachín con freno
Todas las partes de los andamios (Crucetas, cuerpos, rodachines, niveladores), deben estar libres de oxido, rotura, dobleces, grietas o secciones que muestren debilidad.
La altura máxima de los andamios rodantes será tres veces su sección más corta.
Las plataformas del andamio rodante deben estar libres de personal cuando se este movilizando.
TODOS LOS ANDAMIOS DEBEN ESTAR ANCLADOS A UNA ESTRUCTURA FIJA O
ARRIOSTRADOS CON VIENTOS
Los andamios deben tener las crucetas completas y en buenas condiciones (libres de corrosión y sin fisuras)
RECOMENDACIONES
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11.4 ANDAMIO COLGANTE
Los andamios colgantes deberán ser sólidamente construidos con tablones de madera fuertes que resistan al menos 3 veces el peso de los trabajadores y de los materiales que se han de poner.
Los componentes básicos del andamio colgantes son: Anclaje: Debe ser capaz de soportar el peso muerto de 2400 Kg por persona al menos. Para este anclaje se puede utilizar una viga o cualquier estructura sólida del edificio. Sistema de enganche de cables de elevación: Es una estructura que se utiliza para instalar los andamios, la cual debe ser resistente y calculada para resistir el peso del andamio, trabajadores y los materiales. Cables: Deben estar constituidos por torones y alambres y alma. Se recomienda que resista como mínimo 4.2 Tn. La resistencia del cable será 6 veces superior al peso de la carga máxima levantada.
Anclaje
Enganch
e
Cables
Los trabajadores deben revisar las condiciones de los andamios que utilicen en su trabajo, para cerciorarse que se encuentran en buen estado y aptos para realizar el trabajo. Asi mismo, caminarán cuidadosamente por los andamios y usarán el arnés de seguridad o se sujetarán por medio de líneas de vida.
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11.5 TRABAJO CON PLUMAS
*Utilizar el sistema de detección de caídas:
*Utilizar los E. P.P.
*Punto de anclaje que garantice 2253 Kg.
*Línea de vida que se encuentre por encima de sus hombros
*La eslinga de 1,2 m.
*Tener un arnés de posicionamiento
**El sistema de detección de caídas deberá garantizar la distancia del *trabajador al vacío de 0,5
m.
*No se debe anclar el trabajador a la pluma o al sistema que soporta la *pluma.
*La pluma se debe anclar a la losa (placa) con pases y/o anclajes en forma *de U.
*Revisar el funcionamiento y posible desgaste del cable, polea, frenos
*Señalizar el área de trabajo parte baja.
11.7 ESTÁNDAR PROTECCIÓN CONTRA CAÍDAS
El arnés debe ser de cuerpo entero.
Debe contar con: una argolla D dorsal para detención de caída o restricción, dos argollas D laterales para posicionamiento y una argolla D frontal para ascenso y descenso.
Correa de sujeción pectoral ajustable.
El ancho de las reatas debe ser de 45mm.
Los mosquetones de las eslingas deben tener doble seguro
La longitud máxima de la eslinga debe ser de 1.80m
Según la altura que se realiza la actividad se debe escoger el largo de la eslinga
La eslinga para posicionamiento no tiene absorción de caída
La línea de vida vertical debe ser suficientemente larga para cubrir toda la extensión de la caída.
En la línea de vida horizontal la distancia máxima entre los puntos de anclajes será de 6.0m
La línea de vida debe estar sobre el punto de trabajo.
Los puntos de anclajes deben estar fijados a un elemento estructural diferente al punto de trabajo.
El punto de anclaje debe tener una resistencia de 5.000lbras por persona.
Se debe tener contacto permanente con las personas que se encuentran realizando esta clase de actividades.
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Los sistemas anti caídas se deben inspeccionar antes de ser usados.
El cinturón linero no se debe utilizar en trabajos en alturas.
El arnés debe ser usado por personas con un peso combinado (ropa, herramientas, zapatos) no mayor de 140Kg.
Los equipos deben estar adecuadamente almacenados y limpios para así poder detallar fallas.
Si el equipo fue impactado por una restricción de caída debe desecharse y no reutilizarse (En lo
posible destruirlo).
Antes de usar el arnés de seguridad revíselo, para detectar defectos y fallas.
Recuerde que, la adecuada colocación del arnés es fundamental para evitar la caída libre
hasta el piso.
12. PROCEDIMIENTO DE RESCATE
Para este efecto se ejecutarán técnicas de descenso controlado utilizando V invertidas para hacer
descensos en diagonal utilizando las hebillas del arnés y líneas de vida estáticas ancladas por encima
de la cabeza del trabajador en problemas.
Descenso controlado:
Se utilizan polipastos que permitan descenso vertical y manipulación solo con cuerdas ancladas al
arnés de trabajo, además, cuerdas y nudos con ojos (como el 8).
Se ejecutará el transporte con camilla rígida.
Asegure al compañero en la camilla y proceda al descenso.
Cuando tenga controlada la situación informe al coordinador de la regional para que el paciente
sea remitido a la ARP.