Post on 07-Aug-2015
Estudiantes,
Segundo semestre vespertino.
Cordial saludo. Para el examen final corresponde realizar el análisis de la decisión que se asigna a cada grupo señalando en la FICHA:
1. IDENTIFICACIÓN o CARACTERIZACIÓN DEL CASO (Tipo de Acción, Identificación del Fallo, Demandante, Demandado, Autoridad que decide, competencia)
2. ELEMENTOS Y TEMAS PRINCIPALES DEL CASO (hechos, pretensiones)
3. DERECHOS Y BIENES JURÍDICOS EN TENSIÓN (de quien demanda y de quienes defienden la norma, el acto o la actuación)
4. PROBLEMA(S) JURÍDICO(S). No sólo los de autoridad, los que reconoce el juez, sino los que usted ve como analista de la providencia.
5. SOLUCIÓN EN EL CASO CONCRETO. En este caso cree la concordancia. Los problemas jurídicos reconocidos deben ser absueltos aquí, según la ratio y la parte resolutiva.
6. Esquema de análisis empleado por la autoridad que decide, para la solución del caso: conceptos centrales.
7. Técnicas de aplicación del derecho y criterios hermenéuticos empleados por el tribunal o la autoridad relevantes para resolver el asunto: subsunción, ponderación, razonabilidad, test leve, intenso, intermedio, núcleo esencial del derecho, poder de configuración legislativa, uso del precedente, sistemas de interpretación comunes, etc.
8. Salvamentos de voto, aclaraciones o figuras similares que planteen disensos valiosos para reconocer el debate jurídico del caso (si los hay).
9. Destaque su análisis desde lo estudiado en el desarrollo del semestre referente a la estructura del derecho subjetivo, obligaciones correlativas que implica, contenido, problemas que puedan surgir desde la identificación y en general, lo que sea relevante desde su criterio jurídico señalar.
TEMA GRUPO SENTENCIATENER EN CUENTA
DERECHO AL AGUA
1 – Daniela Frías, Melody Jhonnys, Andrea Vergara,
Maxel Mazeo, Maria Fernanda Yanez, Yulissa
Jaimes
T-028-14
Uso del precedente
Descripción del carácter
autónomo del Derecho
Procedencia de la acción
2 – Daniela Varela, Katrina Gonzalez, Saby
T-232-98 Argumento de conexidad con otros derechos
Bravo, Maria Alejandra Nieto
Que derechos de tutelan?
3 – Adriana Luna, Carlos Vera,
Thalya Hernandez,
Daniela de la Rosa, Marbel
Rada
T-381-09
Argumento de conexidad con otros derechosNúcleo esencialProcedencia de
la acción
DERECHO A LA VIVIENDA DIGNA
(DESC)
4 – Alfonso Álvarez, Alexis
Melendez, Jesus David Torres, Eric
Ruiz Ortega
T-530-11
Derecho fundamental
autónomo (principios
usados para su descubrimiento
)Apertura del
sistema jurídicoElementos del
derecho
5 – Olga Pinedo, Rosa De la
Espriella, Daniela Puello, Juan
Camilo Perez, Laura Lavarez, Daniela Cano
T-045-14
Derecho fundamental
autónomo (principios
usados para su descubrimiento
)Apertura del
sistema jurídicoElementos del
derecho6 – Cristian
Paternina, Yoselin Lopez Alvear, Bryan Cabrera Salgado, Astrid
Preciado, Kimberly
Bermudez
T-036-10
Argumento de conexidad con otros derechosApertura del
sistema jurídicoElementos del
derecho
La ficha debe ser entregada antes de iniciar el examen y corresponde al 50% de la evaluación final.
La sustentación de la Ficha será el 25% nota grupas y 25% nota individual, para lo cual debe preparar los contenidos estudiados durante el curso.
Derechos en tensión: Derechos al agua potable, a la vida, a la dignidad, a la salud, y la salubridad pública; como también derechos a la libertad de empresa y la subsistencia, estos en el caso de la persona jurídica demandante. Bienes jurídicos en tensión: Bienes inmuebles rurales Finca de San Antonio, hoy Guayabamba, y Rocas de Sumapaz. Derechos y Bienes jurídicos en tensión de los demandantes Gloria Trujillo de Hodapp y otros: Derechos al agua potable, a la vida, a la dignidad, a la salud, y la salubridad pública; como también derechos a la libertad de empresa, y a la subsistencia. Y bienes inmuebles como Finca de San Antonio, hoy
Guayabamba, Rocas de Sumapaz, al proyecto que está en construcción: “condominio Town Houses- propiedad Horizontal”, hoy “la Gloria Country Club- Propiedad Horizontal”. Demandados Instituto Nacional de concesiones INCO, la sociedad concesionaria “concesión autopista Bogotá-Girardot S.A.” y la sociedad “Constructora Semaica”