Tarea ii.1

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Historia de España

El deseo constitucional de 1812

Por José Francisco Castillejo

Proceso constitucional de 1812

Desde el inicio de la Guerra de la Independencia, la España que no había sido invadida, trató de sentar las bases jurídicas para la modernización del país.

De esta manera, una vez terminada la Guerra, el rey debería de volver a España y aplicar las nuevas leyes que habían sido promulgadas por quien había luchado por su retorno.

El proceso de la convocatoria a las Cortes lo había iniciado la Junta Suprema Central. Dicha Junta traspasó sus poderes a un Consejo de Regencia que se estableció en Cádiz. Este Consejo sería el encargado de convocar las Cortes.

Formación de las Cortes de Cádiz

Los liberales consiguieron que la convocatoria se realizase mediante asamblea única. Con lo cual a cada diputado le correspondería un voto.

Constitución de Cádiz de 1812La Constitución fue promulgada el 19 de marzo de 1812, es conocida por la Constitución de la “Pepa” ya que coincidió con el día de San José.

En el texto constitucional se refleja el compromiso existente entre sectores de la burguesía liberal y los absolutistas.

Elementos de la Constitución:

1. Soberanía nacional: El poder está en el pueblo a través de sus representantes en las Cortes.

2. Derechos fundamentales: Libertad de expresión y prensa, la igualdad ante la ley y el derecho a la propiedad. Estos derechos son legítimos y naturales.

3. División de poderes: 1. Legislativo: Corresponde a las Cortes. El Rey no puede

suspenderlas ni disolverlas pero si sancionar y promulgar las leyes.2. Ejecutivo: Corresponde al Rey, pero está sometido a

ciertos límites. No es responsable, pero si sus ministros.3. Judicial: Recae en los tribunales de justicia.

4. Sufragio universal masculino indirecto: Los españoles serán ciudadanos con derechos. Los diputados se eligen por 2 años, puede serlo cualquier español mayor de 25 años.

Constitución de Cádiz de 18125. Estado confesional: La religión única y oficial será la católica, apostólica y romana. Esto implica una concesión a los absolutistas por parte de los liberales.

6. Igualdad ante la ley: Todas las personas podrán acceder a un cargo público siempre y cuando su capacidad sea la adecuada. Es el fin de los privilegios de la sociedad estamental. Con esta ley es obligatorio pagar impuestos de forma proporcional a las riquezas.

7. Milicia Nacional: Cuerpo armado de voluntarios para defender la Constitución.

8. Derecho de los españoles a la enseñanza primaria pública y obligatoria.

Finalmente, la situación de la guerra impidió su aplicación en el país y al final del conflicto Fernando VII frustró la experiencia liberal y retornó al absolutismo con lo que derogó la Constitución en 1814.

Artículos de la Constitución de 1812 que están vigentes en las Constituciones de 1837 y 1845

Son españolesEl artículo que he escogido hace referencia al hecho de quien se considera español, en la Constitución de 1812 este artículo se corresponde al artículo 5 que dice: “Son españoles: Primero. Todos los hombres libres nacidos y avecindados en los dominios de las Españas, y los hijos de éstos. Segundo. Los extranjeros que hayan obtenido de las Cortes carta de naturaleza. Tercero. Los que sin ella lleven diez años de vecindad, ganada según la ley en cualquier pueblo de la Monarquía. Cuarto. Los libertos desde que adquieran la libertad en las Españas”, he escogido este artículo ya que lo considero un avance por aquella época el poder permitir por ejemplo, la ciudadanía española a los extranjeros. También podemos observar que este artículo aparece en la Constitución de 1837 en el artículo 1 refiriéndose del siguiente modo: “Son españoles: Primero. Todas las personas nacidas en los dominios de España. Segundo. Los hijos de padre o madres españoles, aunque hayan nacido fuera de España. Tercero. Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza. Cuarto. Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía. La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey.”, en este caso el artículo aparece, pero podemos ver algunos cambios más generales, por ejemplo: en el Primero, ya no se dice todos los hombres sino dice todas las personas, también vemos un añadido que es, que todo hijo nacido en el extranjero se considera español si el padre o la madre son españoles. Por último vemos que en la Constitución de 1845 vuelve a aparecer en el mismo lugar, artículo 1, aunque se ha añadido una nueva linea: “Son españoles: Primero. Todas las personas nacidas en los dominios de España. Segundo. Los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España. Tercero. Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza. Cuarto. Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía. La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero, y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey. Una ley determinará los derechos que deberán gozar los extranjeros que obtengan carta de naturaleza o hayan ganado vecindad.”, vemos que este caso no ha evolucionado mucho, simplemente se ha añadido “Una ley determinará los derechos que deberán gozar los extranjeros que obtengan carta de naturaleza o hayan ganado vecindad”.

La potestad de aplicar las leyesEl artículo que he cogido hace referencia a quien tiene la potestad de aplicar las leyes, en la Constitución de 1812 este artículo se corresponde al artículo 242 que dice: “La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales pertenece exclusivamente a los tribunales.”, este artículo produce la ruptura total con la monarquía absolutista anterior. Bien, vemos como este artículo también aparece en la Constitución de 1837 en el artículo 63 y dice: “A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales, sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.”, aquí vemos que se ha completado un poco más, dando también esa función a los Juzgados no solo a los tribunales, también vemos que pasa del artículo 242 al 63. Por último vemos que en la Constitución de 1845 también aparece pero esta vez es el artículo 66, aunque su redacción no se ha modificado en ningún aspecto: “A los Tribunales y Juzgados pertenece exclusivamente la potestad de aplicar las leyes en los juicios civiles y criminales; sin que puedan ejercer otras funciones que las de juzgar y hacer que se ejecute lo juzgado.”

No podrá se allanada la casaEl artículo que he escogido hace referencia a que no podrá ser allanada la casa de ningún español salvo en los casos que determine la ley, en la Constitución de 1812 este artículo se corresponde al artículo 306 que dice: “No podrá ser allanada la casa de ningún español, sino en los casos que determine la ley para el buen orden y seguridad del Estado.”, con esto pienso que se nos dio un poco más de seguridad y privacidad ya que solo podría ser allanada en caso de seguridad del Estado. También vemos que este artículo aparece en la Constitución de 1837, pero esta vez en el artículo 7 y dice así: “No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa, sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.”, en este caso aparte de salir el artículo casi al principio de la Constitución, es más completo y nos da aún más libertad, vemos como ya ni podemos ser detenidos, ni presos, … a no ser que la ley lo prescriba. Por último vemos como en la Constitución de 1845 vuelve a aparecer en el mismo lugar, artículo 7, esta vez su redacción es igual a la de la Constitución de 1837: “No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.” . Vemos que este artículo evolucionó en la Constitución de 1837 y se mantiene tanto en lugar como en redacción en la Constitución de 1845.