SOCIEDADES

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SOCIEDAD EN COMANDITA

POR ACCIONES(S.C.A.)

Es aquella en que uno (1) o más socios llamados gestores comprometen ilimitadamente su responsabilidad por las operaciones sociales y cinco (5) o más socios denominados comanditarios hacen sus aportes económicos que representan en acciones y limitan su responsabilidad al valor de las mismas. Para efectos fiscales se asimilan a las sociedades anónimas.

RÉGIMEN

La sociedad en comandita por acciones se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima, salvo lo dispuesto en el artículo siguiente. (Art. 196)

RAZÓN SOCIAL

La razón social se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o más de ellos, si fueren varios, y con el agregado obligatorio de la leyenda: y Compañía Sociedad en Comandita por Acciones, la cual podrá abreviarse: y Cía., S.C.A. (Art. 197)

En su constitución se observan los artículos 14 a 58 y 195 a 202 del Código de Comercio, y 14 a 58 y 48 del Código de Notariado.

La constitución se formaliza en escritura pública que deberá ser inscrita en el Registro Mercantil.

Las sociedades comanditarias por acciones están obligadas a auditar sus cuentas y depositarlas en el Registro Mercantil, aplicándoseles las mismas normas que a las sociedades anónimas

Un Profesional del Derecho (Asesor Legal –Abogado) debidamente colegiado deberá

inicialmente de:

Elaborar la escritura de la sociedad; registrarla en su protocolo y posteriormente llevarla al Registro Mercantil para iniciar los trámites respectivos

Para nombrar al Representante Legal y/o Gerente General, el abogado deberá solicitarles su Cedula de ciudadanía y Número de Identificación Tributaria (NIT) a las personas que han sido electas para estos cargos.

Elaborar acta de nombramiento de Representante Legal y Gerente General, (puede ser la misma persona quien represente a la empresa) y llevar la misma a registrar en el Registro Mercantil (Ver continuidad de procedimientos a seguir en las áreas específicas de REGISTRO MERCANTIL, y otras necesarias)

ESCRITURAEn la escritura de constitución de la sociedad comanditaria se deberá expresar: El nombre, apellidos y domicilio de

los socios. La razón social. El nombre y apellidos de los socios

a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social.

El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración.

La duración de la sociedad. Las cantidades que, en su caso, se

asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares.

Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.

PERFIL DE S.C.A

Es una forma social híbrida que combina la responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios colectivos con la limitación de la responsabilidad de los comanditarios al monto de sus respectivos aportes. Su tipicidad la asemeja a la anónima

Naturaleza:

Capacidad para asociarse:

El socio colectivo debe tener capacidad para ser sujeto pasivo de acciones de responsabilidad civil y penal puesto que le corresponde la administración del patrimonio y los negocios sociales. En cambio, el comanditario puede ser cualquier persona, y si es incapaz obra por intermedio de su representante legal.

Regularización:

Los comanditarios pueden o no comparecer a otorgar la escritura de constitución, pero en ésta ha de expresarse el nombre, domicilio y la nacionalidad de cada accionista, la cantidad de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada por cada suscriptor.La escritura debe inscribirse en el registro mercantil de la cámara de comercio del domicilio principal y de las sucursales si las tuviere.

Nombre comercial:

Se identifica con una razón social formada con el nombre completo o el solo apellido de uno o más socios colectivos con la expresión “y compañía” o la abreviatura “& Cía.” seguida de las letras S.C.A. Si éstas se omiten, la ley presume que la sociedad es colectiva y no se admite prueba en contrario.

 Aportaciones:

Los comanditarios solamente pueden aportar dinero o especies que tengan valor apreciable en dinero. Los gestores aportan básicamente industria, pero tal aportación no forma parte del capital social. Además, los gestores pueden suscribir acciones de capital sin perder la calidad de colectivos.

Capital social

El capital se representa en títulos valores corporativos o de participación de igual valor nominal que se llaman acciones. Estas deben ser siempre nominativas. Cuando se constituye la sociedad hay que pagar por lo menos la tercera parte del valor de cada acción que se suscriba. Y para pagar el saldo puede estipularse hasta un año, contado a partir de la fecha de la suscripción.

Capital autorizado es el monto del valor de las acciones y comprende tanto las que se suscriben en el acto constitutivo como las que quedan en cartera para ser colocadas posteriormente. Y cuando se constituye la sociedad debe suscribirse por lo menos el 50% de las acciones en que se divida el capital autorizado.

Capital suscrito es la parte del capital autorizado representado en las acciones que los suscriptores se obligan a pagar.

Capital pagado es la porción del capital suscrito que ha ingresado efectivamente a la sociedad

Negociación de las acciones

Las acciones que un gestor tenga en la sociedad puede cederlas separadamente de su interés social como socio colectivo. Los comanditarios también pueden ceder sus acciones conforme a lo dispuesto para las sociedades anónimas. Por consiguiente, la libre negociabilidad de las acciones puede estar supeditada a las siguientes restricciones:

a. Si son privilegiadas, hay que acatar las normas sobre el particular;

b. Si son ordinarias, pero se ha pactado el derecho de preferencia en la negociación, rigen las pautas señaladas en los estatutos para tal efecto;

c. Si las acciones están gravadas con prenda, se requiere autorización del acreedor.

d. Si las acciones están sujetas a litigio, se necesita permiso del juez, y

e. Si las acciones están embargadas, son menester el permiso del juez y la autorización de la parte actora.

SOCIOS

Mínima: un socio gestor y cinco accionistas

La responsabilidad de los socios comanditarios frente a las deudas sociales está limitada a la aportación efectuada o, en su caso, comprometida.

Los nombres de los socios comanditarios no podrán figurar en el nombre de la sociedad.

DERECHOS DE LOS SOCIOS

Participar en la gestión de la sociedad, salvo que en el contrato social se estipule otro régimen de gestión.

Examinar en todo momento el estado de la administración y la contabilidad.

Participar en los beneficios.

DEBERES DE LOS SOCIOS

Participar en la gestión cuando así se estipule.

Contribuir con la aportación comprometida en el momento de constitución.

Abstenerse de hacer competencia a la sociedad.

Responder con su patrimonio frente a las deudas sociales.

FISCALIDAD

Las sociedades comanditarias tributan a través del Impuesto de Sociedades y no pueden acogerse al Régimen Simplificado ni al del Recargo de Equivalencia del Impuesto sobre el Valor Añadido.

VENTAJAS

La principal ventaja que presenta la sociedad comanditaria por acciones es la posibilidad de atraer inversores capitalistas, más probable que en la comanditaria simple.

Los socios colectivos pueden atraer el capital de otros sin que éstos interfieran en la gestión de la empresa.

Responsabilidad Limitada de los socios comanditarios.

INCONVENIENTES

La necesidad de contar con un capital mínimo de $100000000.

Trámites complicados en la vida social similares a los de las sociedades anónimas.

Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios colectivos administradores.

NORMATIVA

Sus relaciones jurídicas están reguladas por los artículos 145 al 150 del Código de Comercio, la Ley 19/1989 de 25 de julio, de reforma parcial y adaptación de la legislación mercantil, y los artículos 210 a 215 del Reglamento del Registro Mercantil, en lo referente a su inscripción.

PatrimonioPérez &cia

sca

capital

La sociedad PEREZ & CIA SCA CUENTA CON UN CAPITAL DE $500’000.000 DE PESOS EL CUAL SE DIVIDE EN CINCO

PERTES IGUALES DE ACCIONES CON UN VALOR NOMINAL DE $20.000 DE PESOS

CADA UNA.

APORTE DE CAPITAL DE CADA SOCIO

CATHERIN AVILA- $100’000.000 DE PESOSJESUS HUERTAS- $100’000.000 DE PESOSVIVIAN ROBLES- $100’000.000 DE PESOSANA GUTIERREZ- $100’000.000 DE PESOSVICTOR CARRANZA- $100’000.000 DE

PESOS

CAPITAL

CAPITAL AUTORIZADO: 500’000.000CAPITAL PAGADO: 166’OOO.OOOCAPITAL SUSCRITO: 166’000.000

SOCIOS APORTE C/D SOCIO

ACCIONES

APORTE PAGADO

C/D SOCIO

DEUDA C/D SOCIO

CUOTAS MENSUALES POR

12 MESES

CATHERIN AVILA

100’000.000

5.000 33’000.000 67’OOO.OOO 5’500.000

JESUS HUERTAS

100’000.000

5.000 33’000.000 67’OOO.OOO 5’500.000

ANA GUTIERREZ

100’000.000

5.000 33’000.000 67’OOO.OOO 5’500.000

VIVIAN ROBLES

100’000.000

5.000 33’000.000 67’OOO.OOO 5’500.000

VICTOR CARRANZA

100’000.000

5.000 33’000.000 67’OOO.OOO 5’500.000

TOTAL 500’000.000

25’000.000

166’000.000

335’000.000 335’000.000

LEY 905 DE 2004

se entiende por micro las pequeñas y medianas empresas, toda unidad de explotación económica, realizada por persona natural o jurídica, en actividades empresariales, agropecuarias, industriales, comerciales o de servicios, rural o urbana, que responda a dos (2) de los siguientes parámetros:

1. Mediana empresa:a) Planta de personal entre cincuenta y uno

(51) y doscientos (200) trabajadores, o

b) Activos totales por valor entre cinco mil uno (5.001) a treinta mil (30.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

2. Pequeña empresa:a) Planta de personal entre once (11) y

cincuenta (50) trabaja-dores, ob) Activos totales por valor entre

quinientos uno (501) y menos de cinco mil (5.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes o,

3. Microempresa:a) Planta de personal no superior a los

diez (10) trabajadores o,b) Activos totales excluida la vivienda por

valor inferior a quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes

EMPRESA

Toda actividad económica organizada.

Es una entidad económica conformada por personas, bienes y capitales, organizados para producir bienes y servicios destinados a satisfacer necesidades humanas.

EMPRESACLASIFICACION

SEGÚN SU OBJETIVO

SEGÚN SU ACTIVIDAD ECONOMICA

SEGÚN LA PROCEDENCIA

DEL CAPITAL

SEGÚN EL

TAMAÑO

SEGÚN EL NUMERO DE PROPIETARI

OS

SEGÚN SU OBJETIVO

CLASIFICACION

CON ANIMO

DE LUCRO SIN

ANIMO DE

LUCRO

OTROS

CON ANIMO

DE LUCRO

Con el desarro

llo social preten

den una

utilidad

SIN ANIMO

DE LUCRO

El objeto social se

fundamente de un servicio

especifico, como salud,

educación y otros

OtrosCon el

desrrollo de su objeto

social pretenden

una utilidad. Sin

embargo, desde el punto de

vista legal, no se

encuentran constituida

s como sociedades.

Sector cooperativo.

Cajas de compensación

familiar.Fondos mutuos de

inversión.Fondos de empleados.

Asociaciones mutuas.

Sindicatos.Corporaciones

civiles.Fundaciones de beneficencia.

Personas naturalesPersonas Jurídicas

Sociedades comerciales

Instituciones del sector financiero y

asegurador.Instituciones del

mercado de valores.

Instituciones del mercado cambiario

Sociedades de hecho.

Cuentas en participación.

Patrimonio autonomo.Consorcio.Uniones

temporales

SEGÚN SU ACTIVIDAD ECONOMICA

Empresas

Agropecuarias

Empresas

minerales

Empresas

Industriales

Empresas Comercial

es

Empresas de

Servicios

Empresa Privada

Empresa de Economía

MixtaEmpresa Oficial y Publica

Según la procedencia del capital

SEGÚN EL NUMERO DE PROPIETARIOS

Personas Naturales: También son llamados empresas de propietario

único.

Empresa Unipersonal: Constituidos por una persona natural o jurídica , que al reunir los requisitos legales

para ejerce una actividad mercantil o no, destina parte de sus activos para

la realización de la misma

PERSONAS JURIDICAS

Son empresas constituidas por dos o mas personas

llamadas socios; ejemplo: JUAN & PEREZ.

CIA Ltda., de propiedad de Jaime David y julio Vélez.

MEDIANAS EMPRESASEntre 51 y

200 trabajadores.Activo total

entre 5,001 y 15,000 salarios

mínimos.

MICROEMPRESAS

10 TRABAJADOR

ES.Activos

inferiores a los 501 salarios

mínimos.

PEQUEÑAS EMPRESAS

Entre 11 y 50 trabajadores.

Activos totales entre 501 y menos

de 5,001 salarios

mínimos.

GRAN EMPRESA

Tienen mas de 200

trabajadores y cuenta con

activos totales que superan los

15,000 salarios mínimos

SEGUN SU TAMAÑO

CONCLUSIONES

  

1.) Manejar y identificar los tipos de sociedades comerciales para así formas empresas

 

2.) En la sociedades comanditas simple , conoceremos su referencia histórica, definición, cual es la administración, la causa de disolución y algo muy importante, la función por la cual fue creada

 

3.) En la sociedad colectiva en conclusión Como es una sociedad de personas, quienes la constituyen suelen tenerse mutua confianza y saben que la misma funcionara siempre con los mismos socios

 

4.) En la sociedad anónima también pude ver, como es que se componen las diferentes obligaciones de cada socio para así asumir sus responsabilidades en cuestión del porcentaje de sus acciones que estos tengan.

MAPAS CONCEPTUALES

DE CADA SOCIEDAD

¿POR QUE LOS CENTROS DE ATENCION CAE?

Con los Centros de Atención Empresarial, el empresario notará la ostensible mejora del servicio y sentirá el paso de una serie de trámites aislados a un proceso unificado que facilita de manera radical la creación y constitución de empresas. Asimismo, los empresarios ya existentes que quieran surtir los trámites de legalización y obtener los beneficios que conlleva la formalización, podrán hacerlo en los CAE’s.

Los CAE’s operan en las mismas sedes de las Cámaras de Comercio del país, ofreciendo a los empresarios beneficios tangibles tales como:

>> Reducción de trámites y tiempos en el proceso de formalización de su empresa. >> Reducción de costos, al suprimir los servicios de intermediación en cada uno de los pasos para constituir empresa.

3. Haber realizado la Consulta de Uso del Suelo conforme

al Plan de Ordenamiento

Territorial (P.O.T.) de la ciudad. Esta

Consulta se hace a través de los

asesores de la Secretaría de

Planeación Distrital presentes en los

CAE’s. 

Pasos Previos a la Creación de Empresas

4. Haber realizado las Consultas

correspondientes a la normatividad

exigida para: Seguridad

Industrial, Política Ambiental, Normas de

Urbanismo y Sanidad. Estas Consultas se

pueden realizar a través de la

página en Internet del CAE o en

nuestros Terminales de Auto consulta.

1.)Registra los establecimientos de comercio que requiera (si es el

caso).

2.) Obtiene la matrícula

mercantil de su empresa. Obtiene el

certificado de existencia y

representación legal o el

certificado de matrícula mercantil.

3.)Radica la solicitud de

Registro de los Libros exigidos

por la ley y paga los derechos

correspondientes ante la Cámara de Comercio.

Opcionalmente, la Cámara de Comercio de Cartagena, a través de los

CAE’s, ofrece el servicio de venta

de Libros a los usuarios.

Proceso para la Creación y Constitución de la Empresa

4.) Se registra ante la DIAN

obteniendo su NIT (Número de

Identificación Tributaria) y RUT (Registro Único

Tributario). 5.) Se registra ante la Secretaría

de Hacienda Distrital

obteniendo el Registro

Tributario.

6.) Una vez creada y

constituida la empresa, desde

los CAE’s, se realiza la

Notificación de Apertura de

Establecimiento de Comercio a: Secretaría de Planeación

Distrital, Control Urbano, Alcaldías

Locales, Bomberos, DADIS (Departamento Administrativo

Distrital de Salud) y EPA

(Establecimiento Público

Ambiental).

Trámites de Funcionamientode la Empresa

Trámites de FuncionamientoNo son necesarios para todas las empresas, sino que dependen del funcionamiento de la misma. Dichos trámites se refieren a permisos y registros por parte de otras instituciones como:

 Recuerde que las licencias de funcionamiento, así como los certificados previos en materia sanitaria, de bomberos o uso del suelo, no son de carácter obligatorio para la creación y constitución de la empresa

 DADIS: Departamento Administrativo de Salud Distrital.EPA: Establecimiento Público Ambiental de Cartagena. BOMBEROS: Cuerpo de Bomberos de Cartagena (seguridad industrial).INVIMA: Instituto Nacional de Vigilancia y Control de Medicamentos y Alimentos.SAYCO ACINPRO: Sociedad Colombiana de Autores y Compositores.DITUR: Dirección General de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Trámites de Seguridad Laboral de la Empresa

Trámites de Seguridad LaboralLos requisitos que se describen a continuación deben realizarse una vez la empresa entra en funcionamiento para garantizar la seguridad social de sus empleados, así:

1.) Inscribirse ante una empresa Administradora de Riesgos Profesionales –ARP- (Privada o ISS). Así mismo, es necesario que el empleador inscriba a sus empleados en:

a.) Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): Con la obligación de pagar el 3% del valor de la Nómina. 

b.)Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): Con la obligación de pagar el 2% del valor de la Nómina. 

c.)Cajas de Compensación Familiar: Con la obligación de pagar el 4% del valor de la Nómina. Se recomienda consultar la Ley 590/00, artículo 43.

2. Afiliar a los trabajadores al Sistema de Seguridad Social y de Pensiones ante las Entidades Promotoras de Salud (EPS) y Fondo de Pensiones. 

3. Afiliar a los trabajadores a los Fondos de Cesantías. 

4. Inscribirse a un programa de seguridad industrial.

Tarifas de Registro Mercantil para el Año 2008

El Gobierno Nacional, mediante el Decreto 393 de 2002 estableció los derechos por registro y renovación de la matrícula mercantil, establecimientos de comercio, sucursales o agencias, derechos de cancelaciones y mutaciones y derechos por inscripción de libros y documentos, así como el valor del formulario y los certificados expedidos por las Cámaras.

CUESTIONARIO

•Los socios gestores, si llegan a suscribir acciones de capital ¿Qué pasaría?1. Pierden la calidad de colectivos 2. Ya hacen parte de socios comanditarios3. No pierden la calidad de colectivos *4. Todas las anteriores •La sociedad comandita por acciones no podrá constituirse y funcionar con menos de: 1. Dos accionistas 2. Cinco accionistas *3. Seis accionistas4. No hay limite de accionistas

•Cual es el plazo del pago de los instalamientos pendientes, a partir de las fechas suscritas?1. 15 días 2. Mas de un año3. un año *4. 2 años •En la sociedad comandita por acciones tiene la obligatoriedad de constituir : 1. Limitaciones del derecho de voto 2. Órganos administrativos3. Órganos de fiscalización *4. Órganos de soberanía

•En el articulo 202 del código de comercio se habla de: 1. Que los socios comanditados no tienen derecho al voto por las

acciones que le corresponden *2. La asamblea general3. Que los socios comanditados aporta y administran el capital4. Todas las anteriores

 •Que es un socio comanditario? 1. El que aporta el capital2. El que aporta industria 3. El capitalista y representante legal4. El que tiene con exclusividad la administración de la sociedad *

•La administración de la sociedad esta a cargo de : 1. Del socio comanditario2. Del socio comanditado *3. Del socio cooperativo4. Del fiscal •La característica de la sociedad comanditaria consisten: 1. En que los administradores pueden ser removidos por la

asamblea general2. En que el capital social se divide y presenta por títulos llamados

acciones *3. Repartir las utilidades liquidas a los socios como a los accionistas4. Que todos los socios tienen derecho a tener voz y voto

•Que es lo que regirá a la sociedad comandita por acciones? 1. Se regirá por las reglas relativas a la sociedad anónima *2. Se regirá por las normas a la sociedad simplificada3. Se regirá por las leyes a la sociedad comanditas simples4. Respuesta A y C    • Cual es la abreviatura de la sociedad comandita por acciones: 1. LTDA2. S.en.C3. S.en .C.A o S.C.A. *4. S.em .C.A