SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y NORMA DE CONTROL

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CONCEPTO FUNCIONES CARACTERISITICAS

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1

SISTEMA DE ABASTECIMIENTO Y NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA

EL ÁREA DE ABASTECIMIENTOS Y ACTIVOS FIJOS

Dr. Raúl Abarca Astete

2

Conjunto de procesos técnicos

interrelacionados, orientados al racional,

eficaz y eficiente suministro de bienes y

servicios no personales, para asegurar

el desarrollo de actividades y el logro de

metas programadas por la entidad.

Sistema de Abastecimiento

3

PROCESOS

TÉCNICOS

Etapas o actividades

especializadas del sistema de

abastecimiento

NORMAS

GENERALES

Orientaciones técnico - operativas para aplicar los procesos técnicos y facilitar la gestión del

abastecimiento

NORMAS TÉCNICAS

CONTROL INTERNO

Mecanismos de control interno del proceso de

abastecimiento, así como del uso,

conservación, custodia y protección de bienes.

SISTEMA DE ABASTECIMIENTO

INAP INAP

CONTRALORÍA

GENERAL

4

PROCESO TÉCNICO

SISTEMA DE ABASTECIMIENTO

CATALOGACIÓN

PROGRAMACIÓN

UBICACIÓN DE PROVEEDORES

ADQUISICIÓN

ALMACENAMIENTO

DISTRIBUCIÓN

CONTROL FÍSICO Y VALORADO

ACCIONES DE ALTAS Y BAJAS

5

PROGRAMACIÓN

¿Qué cantidad necesitamos?

¿Cuánto cuesta la cantidad que necesitamos?

¿Qué cantidad podemos adquirir con el

presupuesto asignado?

Sistema de Abastecimiento

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PROGRAMACION

AJUSTE TRIMESTRAL DE ¿Qué cantidad

PROGRAMACIÓN debo incluir o retirar

del plan ?

Sistema de Abastecimiento

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ADQUISICIÓN

PREVISIÓN PRESUPUESTAL ¿Cuánto dispongo efecti-

vamente para adquirir

medicamentos e insumos

médico quirúrgicos?

BASES O TÉRMINOS DE ¿Qué cantidad quiero

REFERENCIA adquirir?. Cuánto

estimo pagar?. Qué

cantidad, cuándo y dónde

lo requiero?.

Sistema de Abastecimiento

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ADQUISICIÓN

CONVOCATORIA, ADQUISI- ¿Cómo optimizar los re-

CIÓN Y FORMALIZACIÓN cursos, seleccionar la

calidad apropiada y precio

más bajo?

Sistema de Abastecimiento

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ALMACENAMIENTO

PROGRAMA DE RECEPCIÓN

¿Quién recepcionará los medicamento e insumos médico

quirúrgicos, qué cantidad?,

¿En qué fecha, qué recursos, espacio y medios de

almacenamiento requerido?

Sistema de Abastecimiento

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ALMACENAMIENTO

RECEPCIÓN O CONFOR- ¿Cómo asegurar que la fe-

FORMIDAD cha y lugar de entrega, calidad y

cantidad de medicamentos e

insumos corresponde a

la contratada?

UBICAR EN ÁREAS ¿Cómo almacenar

SEGURAS Y ADECUA- en el espacio y medio

DAS PARA SU CON- de almacenamiento previsto SERVACIÓN adecuado y seguro?

MANTENIMIENTO Programa de mantenimiento y evaluaciones, informes y estadísticas.

Sistema de Abastecimiento

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DISTRIBUCIÓN

PROGRAMA DE DISTRIBUCIÓN

¿A quién (es), cuándo, (de

acuerdo a stock disponible

y cómo y qué cantidad ?

(prioridades). ¿Qué

recursos necesito?

DISTRIBUCIÓN A CONFORMIDAD

¿ Cómo asegurar que

cantidad, tipo de

insumos y fecha

corresponde a la

prevista (método de

revisión física y

documental?.

(Vencimiento de medicinas)

Sistema de Abastecimiento

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CONTROL FÍSICO Y

VALORADO

¿Cómo controlar el movi-

miento de medicamentos

e insumos médico

quirúrgicos?

Sistema de Abastecimiento

Debemos

implementar un

control de los

movimientos de

medicinas e

insumos médico

quirúrgicos

Ya he

previsto

eso no se

preocupe,

va a ver

control

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REGISTRO Y CONTROL

PROCESO TÉCNICO INFORMACIÓN GENERADA

CATALOGACIÓN Catálogo de bienes y servicios, Informes Técnicos y Estadísticos.

PROGRAMACÍON Cuadro Anual de Necesidades

Presupuesto Valorado

Plan de obtención y ajustes

Evaluaciones, reportes.

Sistema de Abastecimiento

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ACCIONES DE ALTAS Y BAJAS

Decreto Supremo N° 154-2001-EF Reglamento General de

Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal

Art 8° .- Definición del Comité de Gestión Patrimonial

Es el órgano de la entidad pública encargado de coordinar y realizar el

planeamiento del registro, administración, dependencia y control de los

bienes de propiedad estatal sobre los que la entidad pública ejercita algún

derecho real.

Arts 9° y 10° .- Conformación e integrantes del Comité de Gestión

Patrimonial.

Se conformará con funcionarios y personal de las Oficinas de Control

Patrimonial existentes en las entidades públicas o de la oficina que cumpla

sus funciones. Se nombrará mediante Resolución del Titular de la entidad

pública, a sus integrantes, con un mínimo de dos miembros, designando al

Presidente del mismo. En un plazo máximo de 10 días a partir de la

expedición de la Resolución mencionada, la entidad estatal deberá remitir

copia de la misma a la Superintendencia de Bienes Nacionales.

Sistema de Abastecimiento

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ACCIONES DE ALTAS Y BAJAS

Decreto Supremo N° 154-2001-EF Reglamento General

de Procedimientos Administrativos de los Bienes de

Propiedad Estatal

Art 122°.- El Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones.

Es el órgano responsable de evaluar las solicitudes de altas y bajas de los

bienes de las entidades públicas y organizar los actos de disposición de los

bienes muebles de su entidad. Sus integrantes son nombrados por la Alta

Dirección de la entidad.

Art 123°.- Conformación del Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones

Esta conformado, como mínimo, por un representante de cada una de las

siguientes áreas:

a)Administración

b) Contabilidad

c) Asesoría Legal

Sistema de Abastecimiento

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ACCIONES DE ALTAS Y BAJAS

.

Art 123°.- Conformación del Comité de Altas, Bajas y Enajenaciones

De no existir alguna de estas áreas la Alta Dirección nombrará el

representante necesario para completar el mínimo, de una de las áreas

existentes.

Art 129°.- La Baja

Es el procedimiento consistente en la extracción física y contable de bienes

muebles del patrimonio de las entidades públicas. Se autoriza mediante

Resolución administrativa con indicación expresa de las causales que la

originaron.

Art 134°.- El Alta

Es el procedimiento consistente en la incorporación física y contable de

bienes muebles al patrimonio de las entidades públicas, dentro de los 30

días de recepcionados por la entidad.

Sistema de Abastecimiento

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ACCIONES DE ALTAS Y BAJAS

Art 136°.- Causales para el Alta

Procede por las siguientes causales:

a) Saneamiento de bienes muebles

b) Permuta

c) Donación

d) Reposición

e) Fabricación, elaboración o manufactura de bienes muebles

f) Reproducción de semovientes

g) Cualquier otra causal, previa opinión favorable de la Superintendencia

de Bienes Nacionales

Sistema de Abastecimiento

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• RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 072-98-CG.

• RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 123-00-CG.

(MODIFICATORIAS).

• RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 155-2005,

del 30.MAR.05.

(MODIFICATORIAS).

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(Derogado por la Resolución de Contraloría Nº

320-2006-CG del 30.OCT.06, Publicado EL

03.NOV.06).

“Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría Nº

072-98-CG, que aprobó las Normas Técnicas de

Control Interno para el Sector Público, sus

modificatorias”.

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Las Normas de Control

Interno para el Sector

Público son guías

generales dictadas por

la Contraloría General

de la República, con el

objeto de promover una

sana administración de

los recursos públicos en las entidades en el marco

de una adecuada estructura del control interno. Estas

normas establecen las pautas básicas y guían el

accionar de las entidades del sector público hacia la

búsqueda de la efectividad, eficiencia y economía en

las operaciones.

DEFINICIÓN

LAS NORMAS

DE CONTROL,

FRENAN LA

CORRUPCIÓN.

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300 NORMAS DE CONTROL INTERNO PARA EL ÁREA DE

ABASTECIMIENTO Y ACTIVOS FIJOS 300-01 Criterio de economía en la compra de bienes y

contratación de servicios. 300-02 Unidad de almacén. 300-03 Toma de inventario físico. 300-04 Baja de bienes de activo fijo. 300-05 Mantenimiento de bienes de activo fijo. 300-06 Acceso, uso y custodia de bienes. 300-07 Control sobre vehículos oficiales del Estado. 300-08 Protección de bienes de activo fijo.

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300-01 CRITERIO DE ECONOMÍA EN LA COMPRA

DE BIENES Y CONTRATACION DE SERVICIOS

En toda transacción de bienes o

servicios, así como en las demás

actividades de gestión, deberá

tenerse presente, el criterio de

economía.

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Cada entidad debe practicar anualmente

inventarios físicos de los activos fijos, con

el objeto de verificar su existencia física y

estado de conservación.

300-03 TOMA DE INVENTARIO FÍSICO

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300-05 MANTENIMIENTO DE BIENES

DE ACTIVO FIJO.

La administración de la entidad debe

preocuparse en forma constante por el

mantenimiento preventivo de los bienes de

activo fijo, a fin de conservar su estado

óptimo de funcionamiento y prolongar su

periodo de vida útil.

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300-06 ACCESO, USO Y CUSTODIA DE

LOS BIENES.

Solamente el personal autorizado debe

tener acceso a los bienes de la entidad, el

que debe asumir responsabilidad por su

buen uso, conservación, y custodia, de ser

el caso.

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300-07 CONTROL SOBRE VEHÍCULOS

OFICIALES DEL ESTADO

Debe cautelarse que los vehículos de

propiedad de la entidad, sean utilizados

exclusivamente en actividades oficiales,

salvo autorización expresa del titular.

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300-08 PROTECCIÓN DE BIENES DE

ACTIVO FIJO.

Deben establecerse procedimientos para

detectar, prevenir, evitar, y extinguir las

causas que pueden ocasionar daños o

pérdidas de bienes públicos.

¡ SEGURIDAD !

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NORMAS GENERALES DEL

SISTEMA DE ABASTECIMIENTO

RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 118-80-INAP/DN

Aprueba las siguientes Normas Generales del Sistema de

Abastecimiento, las mismas que forman parte de la

presente Resolución:

SA.01 Aplicación de criterios de eficiencia y eficacia.

SA.02 Integridad de Administración del Abastecimiento.

SA.03 Actualización y utilización de información para el

Abastecimiento.

SA.04 Unidad de Adquisiciones de bienes y servicios.

SA.05 Unidad en el Ingreso Físico y custodia temporal de

bienes.

SA.06 Austeridad del Abastecimiento.

SA.07 Verificación del estado y utilización de bienes

servicios.

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SA.01 APLICACIÓN DE CRITERIOS DE EFICIENCIA

Y EFICACIA.

En toda previsión, solicitud, obtención, suministro o

administración de bienes y/o servicios, se precisarán y

aplicarán criterios de calidad, cantidad, oportunidad,

lugar y costo: este último cuando sea pertinente.

(Derogada por el D. S. Nº 039-98-PCM. - Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley

Nº 26850).

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SA.02 INTEGRIDAD DE ADMINISTRACIÓN DEL

ABASTECIMIENTO.

El planeamiento, organización, dirección y control de

Abastecimiento abarcará tanto a los bienes como a los

servicios; y se ejecuta a través de los procesos técnicos.

(Derogada por el D. S. Nº 039-98-PCM. - Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – Ley

Nº 26850).

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Los encargados y los usuarios de la función de

abastecimiento son responsables de actualizar y emplear

permanentemente la información necesaria para orientar

la aplicación de los procesos técnicos.

(Derogada por el D. S. Nº 039-98-PCM. - Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – Ley

Nº 26850).

SA.03 ACTUALIZACIÓN Y UTILIZACIÓN DE

INFORMACIÓN PARA EL ABASTECIMIENTO.

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Toda adquisición de bienes y/o servicios será realizada

por la Oficina de Abastecimiento. Cuando para casos

específicos temporalmente se encargue a un órgano

diferente, lo hará aplicando normas que emita el de

Abastecimiento.

(Derogada por el D. S. Nº 039-98-PCM. - Reglamento de la

Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Ley

Nº 26850).

SA.04 UNIDAD EN LAS ADQUISICIONES DE BIENES

Y SERVICIOS.

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En toda previsión, solicitud, obtención, suministro,

utilización y/o administración de bienes y servicios, se

aplicarán los criterios e instrumentos pertinentes de

austeridad que establezca la entidad a propuestas del

órgano de Abastecimiento.

SA.06 AUSTERIDAD DEL ABASTECIMIENTO.

39

Las entidades públicas formularán y aplicarán normas

para verificar la existencia, estado y condiciones de

utilización de los bienes y/o servicios de que dispone la

entidad.

SA.07 VERIFICACIÓN DEL ESTADO Y UTILIZACIÓN

DE BIENES Y SERVICIOS.

40

¡ Muchas Gracias !