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SEGUNDO INFORME DE SEGUIMIENTO A LA
RESOLUCIÓN DEFENSORIAL No 44 DE 2006 SOBRE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO EN SAN ANDRÉS
MARZO 25 DE 2010
1. ANTECEDENTES.
En septiembre de 2002, la Defensoría del Pueblo expidió la resolución defensorial seccional N° 004 sobre “El Servicio Público de Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos en la Isla de San Andrés”, documento en el que concluyó que los residuos sólidos depositados a cielo abierto en el botadero Magic Garden contaminan los recursos naturales y afectan la biodiversidad del sistema insular y vulneran los derechos a la salud, a la salubridad pública y al goce de un ambiente sano; por consiguiente, resultan quebrantados los derechos a la vida y a la vida digna así como el principio de igualdad y el concepto constitucional de desarrollo sostenible.
De otra parte, se determinó la vulneración al derecho a la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, en particular, porque pese a las acciones promovidas por la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y otras entidades, aún no se separaban en la fuente los residuos sólidos antes de su envío al Magic Garden. La flexibilidad en la aplicación de las resoluciones de la CRA en cuanto al cobro de tarifas generó denuncias por parte de miembros de las comunidades. A esto se sumó que los recaudos por concepto de la actividad de disposición y tratamiento no fueron invertidos por Trash Buster's SA ESP1 en la adecuación, mantenimiento y operación del sitio denominado Magic Garden, y se evidenció la recurrente omisión de la autoridad departamental en cuanto al apoyo financiero, técnico y administrativo así como en la coordinación de sus acciones con la empresa prestadora del servicio, hecho que afecta directamente los derechos de los pobladores de la isla.
Por ello, la Defensoría hizo algunas recomendaciones a las entidades concernidas, con la finalidad de emprender acciones concretas encaminadas a la terminación de los hechos vulneratorios de los derechos humanos, entre otras: i) a la gobernación del departamento y a la empresa Trash Buster's cumplir, sin dilación, los compromisos asumidos respecto del cierre de las zonas I y II del botadero Magic Garden y la adecuación de la zona III o de transición; ii) a las autoridades
1 Empresa que presta el servicio de recolección y transporte de basura.
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territoriales y ambientales, implementar el plan de manejo integral de residuos sólidos y adoptar una decisión en torno a la solución del sistema de disposición final y de tratamiento de los residuos sólidos en la isla; iii) a la Secretaría de Salud del Departamento, realizar estudios de mortalidad y morbilidad y su relación causa ‐ efecto con los impactos ambientales ocasionados por el deficiente saneamiento básico, tanto en San Andrés como en Providencia; iv) a las autoridades nacionales y locales, incluir en sus planes de desarrollo y en sus presupuestos anuales las apropiaciones presupuestales necesarias para solucionar definitivamente el problema de basuras del territorio insular; v) a las autoridades locales, invertir en programas de educación no formal y en campañas dirigidas a educar a la población sobre sus derechos y deberes relacionados con el goce de un ambiente sano y la salubridad pública; vi) a las autoridades departamentales, conformar un comité interinstitucional de apoyo y seguimiento al proceso de búsqueda de una solución al botadero Magic Garden, que promueva la participación de los usuarios, particularmente de los comerciantes y hoteleros.
En el año 2006, se expidió la resolución defensorial No 44 sobre la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico en San Andrés. En este documento se presentó un diagnóstico sobre la prestación de dichos servicios públicos en cuanto a cobertura, calidad y continuidad; usos y fuentes de abastecimiento de agua; oferta, demanda y déficit de agua potable en la isla; estado de la infraestructura para la prestación eficiente de dichos servicios, y apropiación e inversión de recursos económicos así como los aspectos problemáticos en la prestación de los servicios públicos, las condiciones de vinculación del operador especializado y sus metas previstas.
De acuerdo con la Encuesta de Calidad de Vida del año 2003, la cobertura de acueducto de San Andrés era de 49,7%2; sin embargo, los datos varían según las fuentes: el Conpes 3350 de 2005 señaló una cobertura aproximada del 27%; la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos indicó que en marzo de 2003 alcanzaba el 73% y en los datos del Censo DANE 2005 la cobertura estimada fue del 45%. Adicionalmente, según catastro, sólo se cobraba el servicio al 15% de las unidades de consumo de la isla3; esto, debido a la negligencia de la empresa y a la generación de la cultura de no pago.
En relación con la continuidad, según el mencionado documento Conpes, la población recibe el servicio de agua así: cada 18 días en temporada seca y cada 12 días en temporada de lluvias, durante tres horas.
Es preocupante la baja cobertura y la escasa continuidad, especialmente en época de verano, dadas las restricciones para captar agua de lluvia, principal fuente de abastecimiento, conjuntamente con los pozos domésticos. Según los cálculos de la Defensoría, en dicha época se presenta un déficit de agua de 241.053 m3 mensuales, tomando como parámetro el mínimo vital de 150 litros/día/persona.
En cuanto a la calidad del agua para consumo humano, tanto la Defensoría del Pueblo como la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) coincidieron en sus informes en que el suministro de agua en San Andrés no cumplía con las condiciones físico‐químicas y microbiológicas establecidas en el decreto 475 de 1998. Adicionalmente, el documento de diagnóstico del sistema de acueducto y alcantarillado en San Andrés4 señaló que “el agua producida desde los pozos del Valle del Cove es suministrada a los usuarios sin ningún tratamiento físícoquímico y solamente se
2 La ECV realiza un diagnóstico de percepción de la calidad en la prestación de los servicios e incluye las distintas fuentes de abastecimiento tales como agua de lluvia, agua embotellada, sistema de acueducto, agua de pozo, etc. 3 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. Oficio radicado con el Nº 20064200192801. Abril 4 de 2006. 4 SSPD. Diagnóstico del sistema de acueducto y alcantarillado en San Andrés isla. Bogotá, 2004. p. 11
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realiza la adición de una solución de hipoclorito de calcio, para control microbiológico, mediante un procedimiento bastante rudimentario que no da garantía de un adecuado tratamiento”.
La conducción y bombeo del sistema de almacenamiento que interconecta los tanques y las plantas de ablandamiento y la desalinizadora, no funcionaban en el momento de expedir la resolución defensorial. En tal sentido, se indicó que la optimización de los sistemas existentes y la construcción de una nueva planta desalinizadora eran muy importantes; lo mismo que la construcción de las redes de distribución, acometidas y medición –macro y micro‐, con el fin de contar con un sistema integral que facilite la prestación del servicio público domiciliario de acueducto, en condiciones apropiadas que garanticen una mejor calidad de vida de los habitantes de San Andrés.
Al margen de lo anterior, se sugirió a la SSPD definir cuál es la condición –en el marco de la Ley 142 de 1994‐ de los usuarios que utilizan los pozos de aguas subterráneas para abastecer sus necesidades particulares o las de servicios hoteleros, de comercio, o compran el recurso en carrotanques o embotellado. Lo anterior plantea un problema grave: la prestación de un servicio en forma “marginal” o complementaria que en la actualidad opera como un mercado de agua incontrolado. Por otra parte, en la medida en que se defina el carácter de las actividades que realizan dichos prestadores, las autoridades ambientales deberán regular en forma estricta la extracción y uso del agua subterránea en la isla.
También conviene recordar el tema de los 8 m3 de consumo básico, parámetro determinado para la asignación de subsidios en San Andrés. De acuerdo con la SSPD, este parámetro se estableció debido a las restricciones financieras del proceso y a que, dentro de la cultura raizal, los habitantes extraen agua de pozos o aljibes en las mismas áreas de las viviendas y la recolectan en tanques de aguas lluvias, lo que reduce la demanda del sistema convencional del acueducto5. Atribuye la SSPD la utilización de 8 m3 mensuales de agua en los hogares de San Andrés a una encuesta donde estimó en siete metros cúbicos el consumo mensual aparente del 74,44% de los hogares, con base en los sistemas de almacenamiento particular existentes en la isla. Para la Defensoría, si bien eso puede ser cierto, no corresponde a una práctica arraigada en la tradición cultural. Las necesidades de abastecimiento de agua, en gran proporción, se satisfacen con la compra de agua embotellada, los pozos domésticos y el agua de lluvia; este hecho ha acarreado la destinación de recursos adicionales para la satisfacción de las necesidades de abastecimiento del recurso por parte de los habitantes. Con ello, se está restringiendo, de entrada, el suministro del consumo básico de subsistencia establecido a nivel nacional, como parámetro para la asignación de subsidios.
Con la finalidad de tener subsidios equivalentes al resto del país, sería necesario suplir en dinero o en especie el tratamiento de aguas lluvias y la compra de agua embotellada. El Estado debe cumplir con la obligación de asegurar el suministro de agua en el mínimo vital que permita satisfacer sus necesidades de alimentación, higiene y producción de bienes de subsistencia, en condiciones de disponibilidad, accesibilidad y calidad.
Sobre el servicio de alcantarillado, los datos y las consecuencias de la baja cobertura se hicieron evidentes a lo largo del documento. Se señaló la necesidad de actuar con celeridad en la ampliación de la cobertura, la construcción del emisario submarino y el sistema de tratamiento primario de las aguas residuales.
La gobernación, en coordinación con la autoridad ambiental, debe desarrollar un programa para la prevención de los efectos negativos de los pozos sépticos, tanto en el ambiente como en las aguas subterráneas. Es indispensable el mantenimiento de dichos pozos, las adecuaciones para mitigar
5 SSPD. Oficio radicado con el Nº 20064200192801. Abril 4 de 2006.
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los efectos adversos en la salud, el ambiente y un componente cultural para el adecuado manejo de los mismos.
La prestación del servicio de aseo presenta graves problemas en la disposición final de residuos sólidos. De acuerdo con información que envió CORALINA a la Defensoría del Pueblo, entre los impactos ambientales más significativos está la afectación de las aguas superficiales, especialmente del humedal contiguo al predio en donde se encuentra ubicado el Magic Garden, las afectaciones de tipo paisajístico y la generación de olores ofensivos. No obstante, dice CORALINA, la información con que se cuenta en la actualidad es insuficiente para determinar a cabalidad el impacto ambiental ocasionado, puesto que la gobernación no ha diseñado e implementado la red de monitoreo correspondiente6.
Por su parte, el departamento archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina7, que actualmente tiene a su cargo la operación del sitio de disposición final de los residuos sólidos en la isla de San Andrés, manifestó que las zonas I y II fueron clausuradas y, por consiguiente, se construyó una zona de transición denominada zona III. De la misma manera, se aprobó ampliar el Plan de Manejo Ambiental de la zona III para un total de 1.2 hectáreas, por medio de la Resolución No 567 de 3 de octubre de 2002, expedida por CORALINA8.
Así mismo, informó la gobernación que está gestionando todo lo relacionado con la elaboración de los diseños y levantamientos topográficos que permitirán alargar la vida útil del relleno mientras se define la mejor alternativa para el tratamiento de los residuos sólidos de la isla; la planta deberá ser definida a través del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS).
Los logros más significativos se refirieron al diseño y elaboración del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) en la isla de San Andrés, conforme al decreto departamental 325 de 2003 (Plan de Ordenamiento Territorial), que contempló el subsistema para la recolección, tratamiento y disposición de residuos sólidos (capítulo X), en el cual el componente de disposición final se debe fijar en el Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos que se encuentra actualmente en etapa de finalización del documento de diagnóstico9.
En octubre de 2005, la gobernación contrató con el consorcio AVIFOR10 la elaboración del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos (PGIRS) para la isla de San Andrés; esto, en el marco del convenio No 194136 suscrito entre la gobernación y Fonade.
La Defensoría del Pueblo, por medio de la resolución defensorial No 44 de 2006, hizo varias recomendaciones al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, al Ministerio de Protección Social, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico, a la Contraloría General de la República, a la Gobernación del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del archipiélago de San Andrés, Providencia Y Santa Catalina, a las empresas prestadoras de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado y a la empresa de aseo domiciliario.
Dichas recomendaciones están dirigidas a la concertación de actividades para enfrentar la problemática económica, social y ambiental de la isla de manera integral en relación con la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico y la
6 CORALINA. Oficio radicado con el N° COR/SGA 0547. Abril 11 de 2006. 7 Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Oficio N° GOB/DDG – 0171. 8 Su ejecución se deberá realizar conforme a las recomendaciones establecidas por el documento RAS 2000 y las Guías de Manejo Ambiental de Rellenos Sanitarios expedidas por el Ministerio de Ambiente. 9 Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Oficio N° GOB/DDG – 0171. 10 Contrato No 2023329 con la firma Unión Temporal Avifor.
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ejecución de actividades de manera conjunta y coordinada con las entidades del orden nacional y local, pertenecientes a dicho sector.
En la labor de seguimiento, la Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente, así como la Defensoría Seccional de San Andrés, impulsaron, con el liderazgo de la gobernación, la conformación de una mesa interinstitucional que concertó una serie de compromisos en pro de mejores resultados en la gestión de los servicios públicos domiciliarios en la isla. La Defensoría del Pueblo ha convocado diferentes reuniones en Bogotá y tres reuniones en la isla de San Andrés; en ellas, las entidades concernidas han presentado sus acciones y avances en relación con el plan de acción concertado en la mesa. Esta funcionó desde el año 2006 hasta el 2008; no obstante, el liderazgo territorial quedó en la gobernación, la cual debería continuar la dinámica de seguimiento a los compromisos establecidos.
Al finalizar el año 2008, la Defensoría realizó un informe de seguimiento a las recomendaciones de la resolución defensorial y a los compromisos de la mesa interintitucional. En él, se presentaron los avances y las actividades individuales y conjuntas de cada una de las entidades que integraron la mesa interinstitucional. Como resultado, algunas recomendaciones originalmente formuladas por la Defensoría fueron anuladas, otras fueron modificadas y otras incluidas de acuerdo con los nuevos retos en la isla.
Uno de los logros más importantes de la mesa fue articular las entidades del orden nacional y territorial, así como algunas entidades territoriales entre sí. También se lograron gestionar algunos recursos económicos para la implementación del proyecto de viviendas saludables y para la adecuación y mejoramiento de la operación del sitio de disposición final de residuos sólidos. CORALINA y la secretaría de salud del departamento trabajaron en forma coordinada para hacer seguimiento a la calidad de agua de los pozos y a la que se suministra por carrotanque, con conclusiones bastante preocupantes en cuanto a la degradación de la del agua de los pozos, situación que quedó documentada en estudios de estas entidades y que esperamos hayan servido de punto de partida para estudios más detallados. Estas entidades también realizaron campañas educativas en relación con el manejo y mantenimiento de los pozos sépticos, buenos hábitos de manipulación del agua para consumo humano y programas ambientales para la conservación del recurso hídrico, entre otras.
Igualmente se avanzó en la cualificación del personal de la secretaría de salud para realizar las muestras necesarias de la calidad del agua para consumo humano. Se incluyó a San Andrés en la agenda de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que se realizara un control especial a las actividades de agua potable y saneamiento básico. El operador del servicio avanzó en el cumplimiento de sus compromisos contractuales, entre los que se rescata la recuperación de la planta de ablandamiento Duppy Gally y la construcción de la planta desalinizadora y del emisario submarino.
Quizá las mayores dificultades se han presentado en la operación del sitio de disposición final, el cumplimiento del plan de manejo ambiental de este sitio y la ejecución del Plan de Manejo de Gestión Integral de Residuos Sólidos.
A continuación se expondrá la evolución de la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y alcantarillado y se hará un recuento de las acciones y los avances, especialmente en los años 2008 y 2009, de las entidades concernidas y que han hecho parte del proceso de la mesa interintitucional.
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2. BREVE DIAGNÓSTICO DE LA EVOLUCIÓN DE LOS SERVICIOS.
2.1. Oferta y demanda de agua para consumo humano.
La Defensoría manifestó en el año 2006 su preocupación por un déficit de abastecimiento de agua de 8.035 m3/día en época de verano, mientras en invierno, con motivo de la producción de agua de lluvia, la isla se podría abastecer en su totalidad. En el año 2004, la firma Planeamiento y Gestión de Proyectos ltda11 calculó que en San Andrés eran necesarios alrededor de 145 lps, sin considerar las pérdidas de agua del sistema; esto,. para abastecer la demanda doméstica (100 lps), hotelera (21 lps), comercial (8 lps) y del sector oficial (16 lps). De tal forma, considerando la producción actual, sería necesario por lo menos aumentar la capacidad de producción en 33 lps, sin considerar las pérdidas de agua en el sistema. Actualmente, de acuerdo con los términos del contrato de operación, la capacidad de producción es de 86 lps ‐equivalente a 7430 m3/día‐ y se mantendrá constante en los próximos diez años. Este hecho podría restringir el suministro de agua en la medida en que se conecten nuevos usuarios al sistema; por ello, es fundamental realizar las proyecciones de nuevos usuarios y establecer en forma concreta cuál es la necesidad de producción de agua para abastecer en forma continua y segura a todos los habitantes en San Andrés, con la finalidad de suministrar el mínimo vital de agua y cumplir con el derecho humano al agua en la isla. La evolución de la capacidad de producción, de acuerdo con la gestión del operador, se muestra en la siguiente gráfica.
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
Un cálculo de la demanda de agua, sólo para uso doméstico y con base en la población de la isla y el suministro de un mínimo vital, arroja que es necesario tener una capacidad de producción de 86 lps, esto es, 223.920 m3 mes. Sin embargo, la isla tiene esta capacidad de producción para todas las actividades sociales y económicas y además hay perdidas de agua por encima del 70%. De tal forma, es urgente que las entidades responsables de garantizar la prestación del servicio y las entidades que actualmente controlan el sistema de acueducto, realicen los estudios y análisis necesarios para prever las necesidades de producción de agua en el corto, mediano y largo plazo.
2.2. Evolución de la cobertura de acueducto y alcantarillado.
De acuerdo con el número de usuarios reportados por el operador, se observan dos marcadas tendencias. La primera, de mayo del 2006 a septiembre del 2007, que señala cómo en 16 meses se lograron conectar 3.534 nuevos usuarios; la segunda, que termina en diciembre de 2009, que muestra un ritmo mucho más lento, al conectar en 26 meses tan sólo 529 nuevos usuarios.
11 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios. “Diagnóstico de acueducto y alcantarillado de San Andrés Isla”, Bogotá, junio de 2004. P. 4.
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No obstante, el operador ha cumplido con la meta en cuanto al número de suscriptores del servicio de acueducto. Es evidente que la suscripción del “Otrosí No 6” en el año 2008, tuvo influencia en la disminución del ritmo de expansión del servicio de acueducto. La firma de esta modificación al contrato ajustó la meta de usuarios de acueducto a partir del año 2008, restándole dinamismo y exigencia a la conexión de nuevos usuarios a este servicio.
Esto se puede observar en la siguiente gráfica. El número real de suscriptores residenciales del servicio de acueducto, la línea roja, pierde su dinámica a partir del año 2008. Y la brecha entre la línea azul o los usuarios esperados de acuerdo al “Otrosí No 6” y la meta de usuarios originalmente pactados en el contrato, línea verde, se comienza a ensanchar a partir de ese mismo año.
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
Independientemente de los argumentos del operador para ajustar las metas, este cambio le restó dinamismo al proceso de expansión del servicio de acueducto en la isla de San Andrés. El comportamiento de los usuarios residenciales muestra una variación acumulada de suscriptores mucho mayor en el estrato uno. El número de nuevos conectados en este estrato se duplicó en el año 2007. Durante los años siguientes, la variación fue muy lenta. El estrato cinco alcanzó una variación acumulada del 90%, el cual tuvo aumentos importantes por lo menos una vez al año. Le siguió el estrato dos, con incrementos acumulados del 80%, al igual que en el estrato uno, antes del año 2007. Por su parte, los estratos tres y cuatro han mostrado incrementos acumulados del 40%. El incremento total de usuarios residenciales de acueducto, línea azul celeste, es de 69%. En el caso del estrato seis se observa una variación porcentual negativa; sin embargo, al compararla con el estrato cinco se refleja una relación inversa. En tal sentido, se podría deducir que hubo un desplazamiento de los usuarios del estrato seis al estrato cinco. La siguiente gráfica muestra estos hechos.
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Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
En relación con el servicio de alcantarillado, la conexión de nuevos suscriptores ha sido un poco más problemática. En este tema, el “Otrosí No 6” produjo un ajuste a unas metas que se habían configurado como imposibles de cumplir. Así lo demuestra la tendencia de nuevos suscriptores reales que marca la línea roja de la siguiente gráfica. Como se observa, las metas originales marcadas por la línea verde sólo se alcanzaron en el primer año de operación; de tal forma, la nueva meta del contrato, línea azul, logró ajustar la tendencia de nuevos usuarios del operador. La tendencia de nuevos usuarios conectados al servicio de alcantarillado ha sido continua pero muy lenta: en 42 meses ha habido 1.048 nuevos suscriptores a este servicio. Una mejor ilustración se puede obtener en la siguiente gráfica.
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
Ahora, en relación con la variación o el incremento de nuevos usuarios, tal como se muestra en la siguiente gráfica, ha sido especialmente alta en los estratos uno y dos, en razón del fuerte rezago existente en la cobertura de este servicio. Los estratos tres, cuatro y cinco también han tenido incrementos considerables, por encima del 100%. En promedio, el sector residencial tuvo un incremento del 155% con base en los usuarios inicialmente entregados al operador del servicio. Ver la siguiente gráfica.
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Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
No obstante estos valores, es necesario decir que el rezago en la cobertura de alcantarillado es muy elevado y que las metas iniciales del contrato no debieron ser modificaciones en el año 2008. Más allá de las dificultades encontradas por el operador del servicio y el ejecutor de las inversiones, se debió realizar un mayor esfuerzo para no restringir las metas, ya fuera con un incremento en el monto de las inversiones o innovando en la conexión de nuevos suscriptores. La modificación del contrato dilata en el tiempo el mejoramiento de las condiciones sanitarias de los ciudadanos de la isla, en contraposición a los problemas de contaminación del acuífero, las condiciones de salud y la salubridad pública. La siguiente gráfica muestra, de manera conjunta, la evolución de los nuevos usuarios de acueducto y alcantarillado. Es evidente que el servicio de acueducto ha tenido un mayor dinamismo y que la diferencia entre ambos servicios es todavía muy alta.
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
2.3. Cobertura de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.
La Encuesta de Calidad de Vida del Año 2003 mostró que el acceso al servicio de energía eléctrica en la isla era del 100%, el de recolección de basuras de 93,6%, y el de teléfono de 50%; coberturas muy similares a las que se presentan en las cabeceras municipales del territorio nacional. En oposición, los servicios de acueducto y alcantarillado presentan una cobertura muy inferior y en extremo preocupante frente a los datos de las cabeceras municipales en el país. El acceso al servicio de acueducto es de 49,7% y el de alcantarillado de 7,8%, en comparación con las coberturas en las cabeceras municipales de la totalidad del país, que son de 97,6% en acueducto y de 90,5% en alcantarillado. No se tienen datos del servicio de gas natural.
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Esta misma encuesta arroja en el año 2008 un cobertura de acueducto del 25,5% y de alcantarillado del 11,8%. En energía eléctrica, la cobertura sigue en el 100%, y en recolección y transporte de aseo ascendió al 98,8%. De tal forma, hay una corrección a la baja en el servicio de acueducto y un aumento de cuatro puntos porcentuales en la cobertura de alcantarillado, en relación con el año 2003. Esta información se muestra en la siguiente gráfica:
Fuente: Encuesta de calidad de vida 2008.
Una pregunta de control que realiza la Encuesta de Calidad de Vida es ¿de dónde proviene el agua con la cual cocina los alimentos en su hogar? En el año 2003, el 40% de los hogares se abastecía mediante agua embotellada, el 33% de agua de lluvia, el 19% mediante acueducto público, y el 7% mediante pozo, con o sin bomba. Los resultados del año 2008 muestran que el 43,6% de los hogares se abastecía con agua de lluvia, el 43% con agua embotellada, el 5,9% con agua de acueducto público y el 3% mediante pozo. De tal forma, los resultados de esta encuesta indican una disminución del porcentaje de hogares que usan el agua de acueducto público para preparar sus alimentos. Por el contrario, el agua de lluvia muestra un aumento, así como el agua embotellada. Los resultados del año 2008 se muestran en la siguiente gráfica.
Fuente: Encuesta de calidad de vida 2008.
Otra de las preguntas de control de la Encuesta de Calidad de Vida es ¿a qué está conectado su inodoro? En el año 2003, el 90% de los hogares estaba conectado a un pozo séptico, en el año 2008 este porcentaje bajó al 83,6%. Los hogares conectados al alcantarillado subieron del 7,8% al 10,2%. Los resultados generales se muestran en la siguiente gráfica:
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Fuente: Encuesta de calidad de vida 2008.
El operador del servicio, Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP, presentó por su lado algunos datos. De acuerdo con esta información, en el año 2008 la cobertura de acueducto en la isla era del 49,79%, con 7.971 conectados12, una diferencia de aproximadamente 4.289 hogares entre ambas fuentes de información. En la siguiente gráfica se reflejan los resultados suministrados por el operador.
Fuente: Proactiva Aguas del Archipiélago S.A. E.S.P.
En contraste con la cobertura de alcantarillado de 11,8% de la ECV, el operador mostró una cobertura de 22,96% en el año 2008. La evolución de este servicio desde el año 2005 se observa en la siguiente gráfica.
Fuente: Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP.
12 Según los datos de la Encuesta de Calidad de Vida los hogares conectados son 3.682.
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2.4. Calidad del agua para consumo humano.
Otro factor fundamental, tanto para el cumplimiento del derecho humano al agua como para una eficiente y adecuada prestación del servicio público de acueducto, es la calidad del agua destinada al consumo humano. De acuerdo con el Decreto 1575 de 2007, la secretaría de salud del departamento deberá ejercer el control y la vigilancia sobre el suministro de agua para consumo humano.
Dicha secretaría informó que en el año 2009 se tomaron 85 muestras. De estas,76 fueron aptas para consumo humano y nueve no lo fueron. En promedio, el Índice de Riesgo de Calidad del Agua para Consumo Humano fue de 3,98, esto es, por debajo del límite de cinco puntos que señala la norma como límite para que el agua se declare sin riesgo en cuanto a su consumo. Un resumen de estos datos está en la siguiente tabla.
Resumen de toma de muestras en el año 2009 No Muestras tomadas 2009 85
No Muestras aptas 76
No Muestras no aptas 9
No muestras aptas que incumplen parámetro 21
% IRCA ANUAL 2009 3,98
Fuente: Secretaría de Salud Departamental. El Índice de Riesgo del Agua para Consumo Humano (IRCA), mes a mes, en el año 2009 se puede observar en siguiente gráfico. De acuerdo con la Resolución 2115 de 2007, el agua con un IRCA por encima de cinco puntos presenta algún riesgo para la salud humana. De acuerdo con los resultados de las muestras en diferentes sectores de la isla de San Andrés, durante los meses de mayo, junio, septiembre y diciembre, se presentó un riesgo bajo por la presencia parámetros físico‐químicos o microbiológicos; los otros meses, el IRCA no presentó riesgo para la salud humana:
Fuente: Secretaría de Salud Departamental. Los parámetros encontrados en las muestras en San Andrés son, especialmente, cloro residual y microbiológicos como coliformes totales. Otros parámetros inclumplidos son PH, dureza total y alcalinidad total. El siguiente cuadro resume los hallazgos.
Parámetros que superan el límite establecido en la norma. PARÁMETRO INCIDENTE %
PH 17
13
CLORO RESIDUAL 30
DUREZA TOTAL 8
ALCALINIDAD TOTAL 15
MICROBIOLÓGICOS 30
Fuente: Secretaría de Salud Departamental. La secretaría de salud del departamento resalta que San Luis es el sector más afectado por la presencia de componentes en el agua para consumo humano que podrían afectar la salud. Además, señala sectores como el residencial, hotelero, de cabañas, y Brigth Electrosan Bajo y Linvial Alto, donde se pudieron presentar dichos parámetros en alguna de las muestras evaluadas. También se indica que el agua provendría tanto de la planta desalinizadora como de la de ablandamiento.
OBSERVACIONES
Sector más afectado SAN LUIS
Sectores afectados RESIDENCIAL, SAN LUIS, HOTELERO, CABAÑAS, BIGHT ELECTROSAN BAJO, LINVAL ALTO
Parámetro afectado pH, cloro esidual, coliformes totales y mesofilos
Tanque incidente Cliff, San Luis y La Loma
Planta incidente Desalinizadora y ablandamiento
% IRCA 2009 3,98
Fuente: Secretaría de Salud Departamental.
Además del control que hace la Secretaría de Salud al agua del acueducto, también realiza análisis a cisternas, pozos, carrotanques, bebidas y alimentos. Los resultados de ese monitoreo son alarmantes en el caso de las cisternas, pozos y carrotanques. En el siguiente gráfico se muestran los resultados de estas muestras. Los numerales tres y cuatro del eje horizontal del gráfico, presentan el resultado de las pruebas bacteriológicas y físico‐químicas, respectivamente, en relación con esas actividades. En el caso de los parámetros bacteriológicos, el 58% de las muestras fueron aptas para consumo humano; en el caso de los parámetros físico‐químicos, los resultados fueron alarmantes ya que sólo el 19% de las muestras resultaron aptas para consumo humano. Una vez más se alerta sobre los riesgos del agua que se transporta en carrotanques, así como el consumo del agua de los pozos, que no tienen tratamiento previo.
Fuente: Secretaría de Salud Departamental.13
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# ACTIVIDAD
1 Análisis bacteriológico de las muestras del acueducto de acuerdo a lo establecido en el Dec. 1575 y Res. 2115 de 2007.
2 Análisis fisicoquímico de las muestras del acueducto de acuerdo con lo establecido en el Dec. 1575 y Res. 2115 de 2007.
3 Análisis bacteriológico de agua de cisternas, pozos y carrotanques.
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En conclusión, en cuanto a la calidad del agua para consumo humano durante el año 2009 se aprecia una notable mejoría. El agua que suministra el acueducto no presenta riesgo para la salud humana en la mayoría de los meses; en algunos hubo un riesgo bajo, por los resultados encontrados especialmente en el sector de San Luis. Los parámetros más habituales fueron cloro residual y coliformes totales. Una vez más hay problemas en la calidad del agua que suministran los carrotanques y el agua de los pozos14, antes de recibir tratamiento.
2.5. Facturación y recaudo.
La facturación es un tema neurálgico tanto para los usuarios de los servicios, por las implicaciones del pago en la capacidad adquisitiva de las familias, como para el operador, que ofrece viabilidad y sostenibilidad a los sistemas que administra. Como es conocido, las tarifas en la isla se definieron en forma contractual, de tal forma que existe un referente fijo al cual el operador deberá acogerse. No obstante, se puede observar la evolución de las facturaciones totales realizadas por el operador. En este sentido, en el sector de acueducto el mayor valor facturado se presentó en diciembre del año 2007 y a partir de esa fecha hubo una marcada disminución de cuatro meses y posteriormente una estabilidad que se debilitó a la baja en el año 2009. Por el contrario, el sector de alcantarillado ha presentado una tendencia alcista en forma constante, con unos picos en los años 2008 y 2009. Estos resultados se muestran en el siguiente gráfico.
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
Merece la pena mirar el recaudo en cada uno de los servicios: el cargo fijo del acueducto muestra una tendencia estable en todo el período de análisis; por el contrario, el cargo por consumo tuvo una tendencia alcista en forma constante, hasta alcanzar un aumento del 99% en el período. No es posible establecer una correlación entre la conexión de nuevos usuarios y el incremento en la facturación del servicio. Se podría decir que los aumentos en los recaudos, por tarifas, están más relacionados con el aumento de consumo. En la siguiente gráfica se muestra este comportamiento:
4 Análisis fisicoquímico de agua de cisterna pozos y carrotanques. 5 Análisis microbiológico y fisicoquímico de bebidas y alimentos.
14 Con base en estudios de CORALINA, este tema fue ampliamente documentado en el primer informe de seguimiento a la resolución No 44 de 2006. Allí se muestra una fuerte contaminación de algunos acuíferos y la consecuente presencia de microorganismos en el agua.
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Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA. El recaudo por concepto del servicio de alcantarillado tuvo un comportamiento similar: un recaudo por cargo fijo estable y un recaudo por cargo de consumo, con una constante tendencia al alza, que alcanzó un aumento del 93% en el período. Así se observa en la siguiente gráfica:
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
Al mirar el comportamiento del recaudo de manera conjunta en ambos servicios y en términos porcentuales en relación con los valores facturados por el operador, se observa una constante volatilidad en varios meses, con recaudos del 70% de los valores facturados, y en otros, al finalizar el año 2009, por encima del 100%. Sin embargo, también hay varios meses con recaudo del 20% y 30%. Al mirar la tendencia, se puede notar que hasta diciembre del 2007 disminuía, pero cambió a partir del año 2008, comenzó a aumentar en forma sostenida hasta alcanzar en el año 2009 el mejor promedio de recaudo en cuatro años. Este comportamiento se muestra en la siguiente gráfica:
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Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
De tal forma, la facturación de los servicios de acueducto y alcantarillado ha aumentado en forma constante como resultado de mayores consumos; por su parte, el recaudo presenta variaciones constantes tanto, a la bajo como al alza. Sin embargo, en los últimos años puede verse una fuerte tendencia a un mayor recaudo en facturación. Se podría intuir una mejoría en las condiciones financiaras de la empresa, así como un arraigo de la cultura de pago del servicio, deteriorada antes de que el nuevo operador firmara el contrato.
2.6. Índice de agua no contabilizada.
El Índice de Agua No Contabilizada (IANC) se incluyó como indicador de cumplimiento de las metas del contrato de operación en el “Otrosí No 6” del año 2008. De acuerdo con la información del supervisor, en noviembre del año 2007 las pérdidas o el agua no contabilizada en San Andrés era del 73%; al terminar el año 2009 este valor se incrementó al 76%. Sufrió un deterioro del 3% en un período que, de acuerdo con las metas pactadas, debió avanzar 11 puntos en la disminución de este índice.
Tal como se muestra en la siguiente gráfica, a partir de septiembre del año 2008 los valores reales del IANC comenzaron a divergir de las metas pactadas en el contrato, sin cumplir la meta del 62% de IANC, pactada para diciembre del año 2009.
Fuente: Informe de supervisión al contrato de operación. Unión Temporal PGP S.A. CYDEP LTDA.
Actualmente, el índice de agua no contabilizada configura el único factor para aumentar el volumen de agua real que pudiera suministrarse a los usuarios en San Andrés. Como se mostró al comienzo de este capítulo, en la isla existe un déficit de abastecimiento de agua, especialmente en
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tiempo seco o de verano. De ahí la importancia de mejorar, en forma decidida y rápida, el IANC en San Andrés.
2.7. Obras e inversiones.
Según el acta de audiencia pública consultiva del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, dentro de las metas planteadas en el Plan Departamental de Agua se espera aumentar la cobertura del acueducto a un 80% y del alcantarillado a un 70%, para lo cual se requieren aproximadamente $100.000 millones de pesos, recursos con los que no se cuenta en su totalidad. Sin embargo, se dice que lo más importante es que se tiene una planeación respecto de las necesidades del departamento. Es necesario gestionar los recursos para cumplir con las metas programadas y generar un impacto positivo en la salud humana y el desarrollo económico. Dentro de las fuentes de financiación del PDA hay $24.000 millones como aporte de la nación y $40.000 millones del departamento. La asignación de recursos de Audiencias Públicas para el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, ha presentado un crecimiento importante. En el cuatrienio 2003‐2006 fue de $14.216 millones y en el de 2007‐2010 de $33.600 millones, por lo que hubo un incremento del 136%. De igual forma, los recursos del Sistema General de Participaciones asignados al departamento han tenido un crecimiento importante. En el 2007 hubo un aumento de más del 100% respecto de los años anteriores, con recursos por más de $2.890 millones. En el año 2008 se tiene una proyección preliminar de $2.845 millones.
3. SEGUMIENTO A LAS RECOMENDACIONES DEFENSORIALES.
Con base en las repuestas remitidas por cada una de las entidades concernidas y a las cuales la Defensoría del Pueblo realizó recomendaciones, se establecerán las acciones ejecutadas, especialmente en los años 2008 y 2009.
La Defensoría del Pueblo, por medio de la resolución defensorial No. 44 de 2006, y en el informe se seguimiento a dicha resolución ratificó e hizo nuevas recomendaciones al Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT), al Ministerio de Protección Social, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), a la Contraloría General de la República, a la Gobernación del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a la Corporación para el Desarrollo Sostenible del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, a las empresas prestadoras de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado y a la empresa de aseo domiciliario. A continuación se hará un recuento del avance en el cumplimiento de las recomendaciones reiteradas y adicionadas por la Defensoría a cada uno de los actores involucrados, partiendo de los componentes de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, así como de la situación actual de la prestación de dichos servicios.
3.1. Conformación de la mesa interinstitucional.
La mesa interinstitucional funcionó desde el año 2006 hasta el año 2008, como recomendación de la Defensoría del Pueblo. Su finalidad fue atender en forma integral los problemas relacionados con el suministro de agua potable y saneamiento básico, el inadecuado manejo de las aguas residuales y los pozos sépticos, los impactos ambientales en las aguas costeras y subterráneas y, debido a la fuerte desarticulación institucional que se evidenció en el momento del estudio, la coordinación y articulación de acciones en pro de la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios. La recomendación en forma literal expresó:
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Primero, APREMIAR a las autoridades locales y del orden nacional –entre otros, a la Gobernación del departamento de San Andrés, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Ministerio de la Protección Social, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), el Departamento Administrativo Nacional de Estadística y a la Corporación Autónoma para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (CORALINA) a conformar una mesa interinstitucional para que, en un plazo máximo de dos meses contados a partir de la comunicación de esta resolución, se definan las prioridades, un plan de acción y un cronograma de actividades, para dar una solución integral a la problemática de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, en San Andrés isla.
La mesa interinstitucional, constituida en torno a las recomendaciones defensoriales de la resolución No 44 de 2006, obedeció a la concertación entre las entidades concernidas con la prestación de los servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico. En forma integral, pretendió analizar las dificultades para la adecuada prestación de dichos servicios en la isla y planteó un plan de acción para la solución de los problemas allí identificados.
La mesa interinstitucional la lideró la Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, y la integran el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, el Ministerio de Protección Social, la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la Consejería Presidencial para la isla de San Andrés, la Contraloría General de la República, la Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago (CORALINA), Aguas de San Andrés ESP, Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP, Trash Búster SA ESP, la Procuraduría Judicial Ambiental del Departamento, la Defensoría Seccional de San Andrés y la Defensoría Delegada para los Derechos Colectivos y del Ambiente. La Defensoría del Pueblo ha actuado como facilitador del proceso.
Las entidades integrantes de la mesa interinstitucional adquirieron una serie de compromisos, en el ámbito de sus competencias, que se enmarcaron en un plan de acción compuesto por 60 actividades, cada una con su respectivo responsable y con un tiempo definido para su ejecución. Estas se agrupan en siete temas principales: i) la búsqueda y asignación de mayores recursos para el departamento; ii) la formulación e implementación del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos y su adecuada disposición final; iii) la capacitación para el manejo adecuado de los pozos subterráneos domésticos y los pozos sépticos; iv) la vigilancia sanitaria del suministro de agua en sus diferentes canales de distribución (acueducto, agua embotellada, carrotanques); v) la regulación de la distribución del agua en carrotanques; vi) la ampliación de las metas de cobertura en acueducto y alcantarillado y la priorización de los grupos de especial protección (escuelas, colegios, hospitales, cárceles, ancianatos y población raizal); así como, vii) una divulgación efectiva de las obras e inversiones del operador de los servicios de acueducto y alcantarillado.
No obstante, en los últimos dos años no se realizaron reuniones en torno a la mesa interinstitucional sino que cada una de las entidades adquirió compromisos muy precisos en pro de una prestación eficiente de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.
3.2. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
Tanto las recomendaciones defensoriales como los compromisos de la mesa interinstitucional, con respecto a este ministerio, giraron en torno a la consecución de mayores recursos económicos para la isla y el suministro de apoyo y asesoría técnica a las entidades locales para la adecuada formulación del PGIRS, la optimización del relleno sanitario Magic Garden y, en general, para
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mejorar los procesos de gestión de los servicios de acueducto y saneamiento básico en la isla. A continuación se transcriben las recomendaciones defensoriales vigentes.
Segundo, URGIR a la Nación y al departamento a asignar mayores recursos financieros para cumplir con las obligaciones del Estado en cuanto al derecho humano al agua.
Sexto, SOLICITAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la difusión de normas técnicas para la construcción, operación y mantenimiento de los pozos sépticos. Así como, el impacto y los riesgos en la salud y el medio ambiente, por el inadecuado uso, construcción y mantenimiento de dichos pozos.
Vigésimo Segundo, EXHORTAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial a hacer seguimiento de las recomendaciones del Conpes 3350 de 2005 y a propiciar el cumplimiento de las metas y expectativas de operación del servicio de acueducto y alcantarillado en San Andrés Isla.
Desde junio del año 2006, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial se mostró interesado en la gestión de recursos económicos ante el Fondo Nacional de Regalías para la ejecución del proyecto Viviendas Saludables, formulado en forma conjunta por la Organización Panamericana de la Salud y el Ministerio de Protección Social, con el apoyo del MAVDT. Este proyecto busca la construcción de viviendas conformadas por módulos sanitarios alternativos para la prevención de factores de riesgo del dengue y enfermedades gastrointestinales de origen hídrico en San Andrés. El proyecto, finalmente, fue presentado ante la Comisión Nacional de Regalías y se obtuvo la aprobación de aproximadamente $2.900 millones para su ejecución, la cual la realizó la Gobernación de San Andrés. Los resultados se mostrarán más adelante.
En el sector de aseo, el MAVDT brindó su apoyo técnico para conformar el comité asesor del Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos –(GIRS) y optimizar y adecuar el actual sitio de disposición final, denominado Magic Garden. En el proceso de optimización y adecuación del sitio de disposición final, de acuerdo con la información suministrada por el MAVDT, en convenio con Acción Social, se destinaron recursos por $800 millones, cuyo propósito fue “contratar una herramienta que sirva de apoyo a la gobernación para vincular un operador especializado en las actividades de aprovechamiento, tratamiento, valorización y disposición final de residuos sólidos generados en la isla de San Andrés”, y contar con estudios más detallados a nivel de diseño, que permitirán aclarar los detalles de inversión de cada una de las alternativas, así como consolidar la mejor de ellas a corto, mediano y largo plazo para la gestión de los residuos en el archipiélago de San Andrés y Providencia.
Así mismo, el MAVDT informó que en la valoración del actual sitio de disposición final, denominado Magic Garden, realizada en conjunto con la gobernación y CORALINA, se estiman recursos por $2´300 millones para dar cumplimiento al Plan de Manejo Ambiental de dicho sitio. Con el fin de realizar las obras prioritarias y adelantar en forma técnica la disposición final de basuras, el ministerio destinó $550 millones provenientes del anterior convenio con Acción Social, y, además, se suscribió un convenio de apoyo financiero entre el Ministerio y la gobernación por valor de $999 millones. Actualmente, se entregó la operación del sitio de disposición final a la firma Parque Ambiental del Caribe SA ESP.
En el sector de agua potable y alcantarillado, tras la vinculación del operador especializado en octubre de 2005, la nación ha realizado inversiones por $7.200 millones, y falta invertir $7.100 millones del mismo origen, según el Plan de Obras e Inversiones acordado con la Gerencia de
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Aguas de San Andrés y el operador. Más adelante se mirarán los compromisos adquiridos por Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP, actual operador de dichos servicios. Esos dineros fueron destinados a la construcción y puesta en marcha de la planta desalinizadora, con una producción de 40 lps, la construcción del emisario submarino, el acondicionamiento y puesta en marcha de la planta de ablandamiento con capacidad de 40 lps y la ampliación de la cobertura del sistema de alcantarillado.
Cabe anotar que Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP solicitó la renegociación de las metas del contrato, por considerar una sobrevaloración del número de suscriptores potenciales en la isla. Dicha renegociación de metas estaría soportada en el estudio de catastro de usuarios que adelanta el operador, que corresponde a un compromiso del mismo con la mesa interinstitucional.
Actualmente, en concordancia con la política pública a escala nacional, el archipiélago se acogió a esta política e implementó el Plan Departamental de Agua (PDA), el cual se desarrolla en dos fases: en la primera se suscribe un convenio entre el MAVDT y el departamento, en donde se comprometen a iniciar el plan, acoger la política establecida y focalizar los recursos. En la segunda fase se implementan las estructuras operativas, el esquema fiduciario, y se desarrollan el esquema financiero y demás acciones tendientes a alcanzar las metas del PDA.
Bajo la ordenanza 11 se facultó al gobernador para formular e implementar el PDA y se comprometieron recursos para el desarrollo de dicho plan en el período comprendido entre los años 2009 y 2019. De igual forma, en caso de ser necesario, se dejó abierta la posibilidad de comprometer más recursos para el cierre financiero, y también se creó una comisión para el seguimiento de las acciones, que faculto la mencionada ordenanza.
En el proceso de implementación del PDA se llevó a cabo la audiencia pública en diciembre de 2008, en la cual se socializaron los proyectos por realizar, de acuerdo con las necesidades del sector de agua y saneamiento básico.
De igual forma, en el caso del archipiélago ya fue firmado el convenio Fase II, que es un convenio interadministrativo de uso de recursos. Se establecieron el comité directivo15, el gestor del PDA16, la gerencia asesora del plan17, los municipios18 que hacen parte de este y los recursos aprobados. Los recursos del Plan Departamental de Agua de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, en febrero de 2009, son los siguientes:
Proveniencia Condiciones Monto
Nación De acuerdo con el Decreto 3170 de 2008.
$24.648.377.746
Departamento Pignoración del 100% del Sistema General de Participaciones de San Andrés, desde el 2009 hasta el 2019.
$4.275.000.000
Municipio Pignoración del Sistema General.de Participaciones de San Andrés desde el año 2009 hasta el 2019.
$9.894.000.000
15 El comité directivo está integrado por el gobernador del archipiélago, un delegado del gobernador, un responsable de los asuntos relacionados con servicios públicos, un delegado del MAVDT y un delegado del Departamento Nacional de Planeación. Como miembros permanentes asisten: el gestos del plan, la gerencia asesora, un representante del esquema fiduciario, y el vicepresidente o su delegado. 16 En el acta de definición de estructuras y el esquema fiduciario para el manejo de recursos, del 11 de diciembre, se estableció que el gestor del PDA será la gobernación, a través de la Unidad de Servicios Públicos del Departamento. 17 La gerencia asesora del PDA está a cargo de la empresa Aguas de San Andrés SA ESP. Entre otras funciones, está encargada de atender las solicitudes para los proyectos y darles viabilidad. 18 El Departamento está conformado por dos municipios: la isla de San Andrés y las islas de Providencia y Santa Catalina. En el acta de diagnóstico se incluyen las necesidades tanto de San Andrés como de Providencia y Santa Catalina. Sin embargo, sólo se ha firmado convenio con el primero.
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Total $38.818.377.746Fuente: actas plan departamental de agua (MAVDT).
Las inversiones van a ser canalizadas de la siguiente forma en proyectos de acueducto, alcantarillado y aseo, según las necesidades identificadas:
PROYECTO DESCRIPCIÓN
Optimización y mejoramiento del sistema
de acueducto.
Pozos Duppy Gully: optimización de las unidades de bombeo y sus componentes, adecuación de pozos que no cuentan con servidumbre y están en explotación, estudio del acuífero. Planta desalinizadora: optimización de la planta, de equipos de pozos y de infraestructura, suministro de laboratorio. Planta de ablandamiento Duppy Gully: optimización de equipos de bombeo de agua tratada y dosificación, suministro de laboratorio, reparaciones eléctricas. Tanques de almacenamiento: impermeabilización de seis tanques. Optimización y sectorización de redes de acueducto: optimización de redes secundarias, sectorización de red de acueducto, optimización de válvulas, conexiones a clandestinos. Macromedición: instalación de macro medidores en la plata y en los pozos. Ampliación de la capacidad de producción de los pozos Duppy Gully y la planta desalinizadora.
Optimización y mejoramiento del sistema de alcantarillado urbano.
Optimización de redes de alcantarillado y de sistemas de bombeo. Redes de recolección y ampliación de bombeo de aguas residuales. Emisario submarino: medidas de compensación.
Aseo
Restauración ambiental del sitio de disposición final Magic Garden de acuerdo con los parámetros establecidos por la autoridad ambiental, optimización de los componentes de recolección y transporte en la isla de San Andrés.
Componente institucional
Vinculación del operador que manejará el componente de disposición final de los residuos sólidos de la isla, con la entrada del sistema de generación energética. Componente de fortalecimiento institucional para la operación de acueducto, alcantarillado y aseo.
Estudios y diseños
Catastro de redes de acueducto:‐Plan Maestro. ‐Levantamiento y apiques. ‐Equipos. Estudios del emisario submarino. Diseños e interventorías de sistemas de acueducto y alcantarillado.
Fuente: actas plan departamental de agua (MAVDT).
La estimación de inversiones, de acuerdo con el Plan Departamental de Agua de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se muestra en el siguiente cuadro.
COMPONENTE INVERSIONES ESTIMADAS Total Corto plazo Mediano plazo Largo plazo
Acueducto $8.613.254 $7.479.044 $16.092.299Alcantarillado $44.432.518 $22.165.781 $66.598.2999Aseo y disposición final $806.700 $806.700Institucional $1.209.600 $1.209.600 $2.419.200Estudios y diseños $2.659.636 $3.263.299 $5.927.935Total municipio $ 56.915.008 $ 34.924.424 $ 91.839.432
Fuente: actas plan departamental de agua (MAVDT). Así las cosas, el MAVDT ha participado en forma activa en la gestión de recursos financieros y en la transferencia de apoyo técnico, especialmente en el tema de aseo; sin embargo, es necesaria la transferencia de mayores recursos para la obtención de mejores coberturas tanto en acueducto como en alcantarillado, así como para el manejo adecuado de los pozos sépticos y los pozos
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domésticos. En relación con este último punto, si bien se había expresado la intención de expedir la norma técnica para el adecuado manejo de estos sistemas, no se ha informado a la mesa sobre los avances en ese sentido. Por ello, se insiste en la importancia de reglamentar la materia y realizar acciones conjuntas con el Viceministerio de Ambiente.
3.3. Ministerio de Protección Social.
Además de la recomendación hecha por la Defensoría en la resolución defensorial No 44 de 2006, este ministerio adquirió unos compromisos que fueron cumplidos en su totalidad. Estos compromisos se resumen a continuación:
‐ Entregar el documento “Minimización de los Factores de Riesgo por Enfermar por Dengue y Enfermedades Gastrointestinales de Origen Hídrico en San Andrés Isla”, como insumo de trabajo y como sustento del proyecto Viviendas Saludables.
‐ En coordinación con el MAVDT, requerir mayores recursos económicos para dar continuidad al proyecto de Viviendas Saludables en su segunda fase: la construcción de 600 módulos sanitarios en la isla de San Andrés. Como se dijo anteriormente, el Comité Nacional de Regalías asignó recursos por $2.900 millones, lo que impulsa la ejecución de la segunda fase del proyecto.
‐ Se instó al INVIMA para que continuara adelantando su tarea de vigilancia de la calidad del agua embotellada en la isla de San Andrés. Se visitaron las cinco embotelladoras de agua en la isla y se constató que dicha agua no reporta riesgo para la salud humana. No obstante, la Secretaría de Salud del departamento continuó realizando las visitas de inspección como medida preventiva y de control.
‐ Logró que el Instituto Nacional de Salud revisara el programa de toma de muestras de la isla y capacitara a los funcionarios de la Secretaría de Salud del departamento en la toma de muestras microbiológicas y físico‐químicas.
‐ Informó a la mesa interinstitucional sobre el programa: Lineamientos Nacionales para la Aplicación de Entornos Saludables, que define un esquema integral de calidad de vida. Así mismo, se comprometió a considerar a San Andrés como región prioritaria para la ejecución de dicho programa. Esto se formalizó en el mes de julio del año 2008 mediante el compromiso de llevar a la isla esta capacitación en entornos saludables, que estará dirigida a funcionarios de la gobernación, CORALINA, la Defensoría Seccional de San Andrés y líderes comunitarios con capacidad de réplica en su comunidad.
3.4. Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
Por el elevado consumo de agua proveniente de fuentes complementarias al suministro del acueducto y las bajas coberturas en la prestación de este servicio, se recomendó a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico regular lo correspondiente a las actividades complementarias de prestación del servicio de agua potable y, en especial, al agua distribuida en carrotanques. Esta recomendación dice literalmente:
Octavo, SOLICITAR a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la regulación de lo correspondiente a las actividades complementarias del servicio público de acueducto, como la venta de agua en carrotanques proveniente de pozos subterráneos, dadas las particularidades de la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en San Andrés.
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En lo concerniente a la anterior recomendación, la CRA, en el año 2007, elaboró y discutió el proyecto de resolución “Por la cual se resuelve por vía general que es necesario expedir un reglamento técnico de carrotanques y se hace una solicitud en tal sentido al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial”. Sin embargo, la comisión concluyó que era necesario revisar el tema para analizar la posibilidad de reglamentar esta propuesta por vía de un decreto, por lo cual recomendó no expedir la resolución que tenía prevista ese año. Hasta el momento, no se conocen avances sobre dicho decreto. En la fecha, no se ha expedido.
3.5. Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
En el marco de sus competencias, en la resolución defensorial No 44 de 2006, se realizaron cinco recomendaciones a la SSPD dirigidas a (i) vigilar las actividades complementarias como la venta de agua en carrotanques, (ii) prestar atención a la inclusión de parámetros no equitativos y que discriminen el suministro de agua suficiente a los todos los usuarios, (iii) revisar las metas del contrato que propendan por la universalización de los servicios, (iv) examinar la estratificación socio‐económica en la isla y (v) separar contablemente el servicio de aseo del resto de cuentas del departamento.
La SSPD declaró que no tenía competencia para vigilar y controlar actividades complementarias, por cuanto no se había regulado la materia y, por tal razón, dichos servicios complementarios no podrían reconocerse como servicios públicos domiciliarios. Consideró que es responsabilidad del ente departamental garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios, en todas sus modalidades.
En cuanto a la estratificación socioeconómica expresó que no tiene competencia alguna para adelantar tal actualización y ella es función del ente territorial, con base en la metodología expedida por el DANE.
Por esta razón, el informe de seguimiento a dicha resolución formuló nuevas recomendaciones, que se transcriben a continuación:
Décimo séptimo, APREMIAR al DANE, a la Gobernación de San Andrés y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que revisen y actualicen la estratificación socio‐económica de San Andrés, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, teniendo en cuenta que en la actualidad el municipio carece de más de dos servicios públicos básicos. INSTAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que controle y vigile la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de conformidad con las obligaciones del Estado relacionadas con el derecho humano al agua, en que cada uno de los componentes accesibilidad, disponibilidad y calidad.
SUGERIR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la capacitación de los usuarios en aspectos relacionados con el debido proceso y trámites en sede de la empresa.
De acuerdo con la información enviada por la Superservicios, las acciones de vigilancia y control a Trash Busters SA ESP, a la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos (UAECS) y a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP se han efectuado en forma continua en la isla de San Andrés.
En este sentido, en el año 2008, se firmaron dos acuerdos de mejoramiento; uno, con Trash Buster SA ESP con el propósito de optimizar las condiciones en la prestación del servicio de aseo en la isla de San Andrés; y el segundo, con la Gobernación del Archipiélago de San Andrés, Providencia y
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Santa Catalina con la finalidad de garantizar la adecuada prestación de la actividad de disposición final de residuos sólidos.
El plan de acción del primer acuerdo de mejoramiento fue firmado el 13 de agosto de 2008 y su duración era de ocho meses, por lo cual se espera conocer los avances y el cumplimiento de los compromisos. Entre otros, algunos de estos son: la medición de los residuos sólidos de los usuarios comerciales, la gestión de las solicitudes de la opción tarifaria para multi usuarios, la gestión de la cartera y su recuperación, el desarrollo y fortalecimiento del cobro ejecutivo o coactivo mediante un programa de financiación a los morosos, la aplicación del cronograma de las operaciones contables, la revisión del catastro de usuarios producto del convenio de facturación y la información a la comunidad sobre las características de prestación del servicio, la garantía de adecuadas condiciones operativas de rutas de recolección y transporte y la realización de un reporte oportuno y con calidad al Sistema Único de Información.
El acuerdo de mejoramiento con la gobernación, firmado el 14 de mayo de 2008, con una duración de ocho meses, contempló actividades de desempeño administrativo y adecuación de la infraestructura de la zona III. Los compromisos puntuales son: realizar una prestación eficiente de la actividad de disposición final, de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 142 de 1994; realizar la separación contable de la actividad de disposición final, que hace parte del servicio público de aseo, de la contabilidad de la Gobernación; efectuar el reporte de la información financiera, técnico operativa y administrativa al SUI, para la vigencia 2006 y 2007; adelantar las gestiones necesarias para adecuar el sitio de disposición final, según lo previsto en el plan de manejo ambiental y así poder realizar el cobro de esta actividad, de conformidad con la regulación tarifaria vigente. Poner en funcionamiento la báscula de pesaje de los residuos sólidos, construir la vía interna de acceso a la zona III, dar mantenimiento y continuidad a la operación de la celda de trabajo así como cobertura final a los residuos de las terrazas ya conformadas en la zona tres; construir y optimizar un sistema de drenaje de aguas lluvias en la zona III y suspender la actividad de separación de residuos en el frente de trabajo.
En la fecha, no se conoce el grado de cumplimiento de estos acuerdos de mejoramiento, por lo cual se esperará que la superintendencia informe los resultados en la audiencia pública programada para el 25 de marzo en San Andrés.
Respecto de la recomendación de realizar vigilancia y control especial a la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, la SSPD, en forma continúa desde el año 2006, ha realizado visitas de inspección a la prestación de los mencionados servicios. Así como ha hecho seguimiento al cumplimiento de la metas del contrato del operador de los servicios de acueducto y alcantarillado.
Finalmente, en relación con la sugerencia de capacitar a los usuarios en aspectos relacionados con el debido proceso y trámites en la sede de la empresa, la superintendencia manifestó que realizaría una visita en el mes de noviembre del año 2009, para cumplir con dicha sugerencia.
3.6. Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
De acuerdo con el ordenamiento jurídico, la gobernación y la asamblea departamental son las instituciones encargadas de garantizar la prestación eficiente de los servicios públicos domiciliarios en la isla de San Andrés. Por ello, es la gobernación la encargada de liderar los procesos emprendidos en la isla para la prestación de los servicios de agua potable y saneamiento básico.
En la resolución, las recomendaciones defensoriales estaban dirigidas a la asignación de mayores recursos para los servicios de acueducto y alcantarillado, a un mayor control de los pozos sépticos y más capacitación para el manejo adecuado de los mismos, así como a mayor control y vigilancia
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a la calidad del agua, a la organización empresarial del sitio de disposición final de residuos sólidos y a su manejo adecuado, junto al cumplimiento del plan de manejo ambiental del mismo, y, finalmente, al respeto de los compromisos adquiridos en virtud de la declaratoria, por parte de la UNESCO, del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina como Reserva de la Biosfera. Las recomendaciones vigentes se presentan a continuación.
Segundo, URGIR a la Nación y al departamento a asignar mayores recursos financieros para cumplir con las obligaciones del Estado en cuanto al derecho humano al agua. Quinto, INSTAR a la Secretaría de Salud Departamental y a CORALINA a la definición y ejecución de un plan de contingencia para el manejo y mantenimiento de los pozos sépticos, así como a la capacitación y educación masiva sobre los mismos, de fácil acceso y comprensión para todos. Undécimo, APREMIAR a la Secretaría de Salud Departamental a hacer los muestreos establecidos en el Decreto 1575 de 2007, con el propósito de verificar la calidad del agua en sus componentes físico‐químico y microbiológico. Lo anterior se recomienda también a todas las personas prestadoras que suministran agua para consumo humano en la isla.
Décimo quinto, SOLICITAR al Departamento Archipiélago de San Andrés la adecuada y técnica operación y mantenimiento del sitio de disposición final y la planta de tratamiento de residuos sólidos, teniendo en cuenta las características del ecosistema insular, lo mismo que el cumplimiento del plan de manejo ambiental.
Vigésimo, INSTAR a la Gobernación de San Andrés y a CORALINA a dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en virtud de la declaratoria por parte de la UNESCO del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina como Reserva de la Biosfera.
SOLICITAR a la Gobernación de San Andrés la ejecución de programas de separación en la fuente, reducción y reutilización‐reciclaje de las basuras, involucrando a las cooperativas de recicladores.
APREMIAR a la Gobernación Archipiélago de San Andrés la separación contable del servicio de aseo del resto de las cuentas del departamento, de conformidad con el artículo 6° de la Ley 142 de 1994.
Adicionalmente, en torno a la mesa interinstitucional, la gobernación adquirió los siguientes compromisos: i) dar continuidad al proyecto Viviendas Saludables en su segunda etapa, ii) definir las estrategias y acciones para la implementación del PGIRS, iii) socializar la guía de diseño de pozos y tanques sépticos, iv) controlar y vigilar el manejo del sitio de vertimiento de los carrotanques sépticos, v) suministrar un listado de carrotanques sépticos y verificar las condiciones sanitarias de los mismos, vi) suministrar la información que requieran los organismos de vigilancia y control y de regulación para el desarrollo de las actividades a su cargo, vii) tomar muestras periódicas de la calidad del agua embotellada en la isla, viii) informar periódicamente los resultados del muestreo de la calidad del agua potable en el sistema de distribución, en puntos cercanos y lejanos, ix) realizar vigilancia sanitaria a los carrotanques que distribuyen agua para
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consumo humano, x) plantear el proyecto para ampliar la zona III y cerrar el lote del relleno sanitario “Magic Garden”, xi) presentar el proyecto para optimizar la planta de reciclaje, xii) reactivar el programa Limpiemos a San Andrés para la Erradicación de Botaderos Clandestinos, y
xiii) organizar jornadas de chatarrización.
En relación con el proyecto de Viviendas Saludables19, presentaba en diciembre de 2009 una ejecución del 45%. Una vez la gobernación realice el segundo desembolso a la Organización Panamericana de la Salud, en el marco del proyecto, se incrementarán los productos nuevos y se profundizarán los ejecutados.
El proceso de mejoramiento de las viviendas comenzó en abril, seleccionando algunas viviendas piloto, lo que permitió ajustar el proceso. Esto también sirvió para implementar la estrategia educativa de viviendas saludables, que ha contribuido a formar facilitadores y agentes comunitarios raizales.
De acuerdo con los ejecutores del proyecto, en diciembre de 2009, se tenían 128 viviendas recibidas por la interventora de la Gobernación de San Andrés y OPS, de las cuales 35 cuentan con sanitario seco, y quedan pendientes por entregar y recibir 27 viviendas –siete con sanitario seco‐ , para completar las ciento cincuenta y cinco casas fijadas como meta. Se entregaron 204 filtros domésticos, de agua de un total de 305, entre las familias objeto de intervención. Además, se han instalado trampas de grasa en todas las viviendas intervenidas, como una solución alternativa en el uso, manejo y disposición final adecuada de las aguas grises.
Igualmente, se fortaleció la infraestructura y capacidad tecnológica de la secretaria de salud, a través de la dotación del laboratorio departamental de salud pública, el laboratorio de entomología, y el programa de enfermedades transmitidas por vectores o elementos de protección personal. Además, en torno al programa de vigilancia y control integrado del dengue y leptospira, se han desarrollado talleres de capacitación al personal médico y paramédico de diferentes instituciones de salud en diagnóstico, tratamiento, vigilancia y control de esas patologías, así como la vigilancia, entomológica, epidemiológica, virológica y serológica tanto para dengue como para leptospirosis.
En años pasados, el sitio de disposición final Magic Garden ha sido objeto de pleitos jurídicos y administrativos (sanciones, multas, fallos judiciales, imposición de actos administrativos por la autoridad ambiental y por parte de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios) por el manejo antitécnico durante casi todo su período de operación. La SSPD firmó un acuerdo de mejoramiento20 con la Unidad Administrativa Especial de Control de Servicios Públicos (UAECS), con el fin de corregir aspectos administrativos, financieros, comerciales y técnico‐operativos, dentro de los cuales se destacan la separación contable de las cuentas propias del departamento y el mejoramiento del sitio de disposición final. Sin embargo, no se han presentado los avances del acuerdo y se teme un incumplimiento.
Para cumplir el PGIRS y el plan de manejo ambiental del sitio de disposición final “Magic Garden”, la gobernación manifiesta21 que adjudicó el contrato, por medio de un proceso de selección abreviada,22 al operador privado `Parque Ambiental del Caribe SA ESP`, para que desempañara la actividad de disposición final en la isla. El contrato se formalizó el once de diciembre del 2008. En cuanto al avance del mismo, se inició la construcción del muro perimetral y de las zanjas, la
19 Informe Desarrollo de Productos. Proyecto San Andrés Saludable Fase II. Diciembre de 2009. 20 El acuerdo de mejoramiento fue firmado en el mes de mayo de 2008. 21 Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Oficio GOB/DDG‐0187 de febrero de 2009. 22 Cuyo objeto fue: “Contratar la adecuación y optimización de la zona III del sitio de disposición final denominado relleno sanitario Magic Garden en la Isla de San Andrés, así como la operación y mantenimiento de la zona de disposición final”.
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estabilización de las vías de acceso, las instalaciones luminarias, el sitio de transición y el frente y la remodelación del sistema sanitario, entre otras labores. La Defensoría del Pueblo considera conveniente realizar un control permanente de la operación del sitio de disposición final, con el fin de garantizar que se cumplan los lineamientos establecidos. En relación con la recomendación de realizar la separación contable del sitio de disposición final, manifiesta la gobernación que ha desarrollado actividades como la actualización del plan de cuentas de la empresa de servicios públicos, la verificación de la información de las transacciones de los últimos periodos, la creación de tres centros de costos, y el registro de la propiedad, planta y equipos utilizados para la prestación del servicio de aseo23. Dentro de los compromisos del acuerdo de mejoramiento firmado por la Gobernación de San Andrés (UAESC), se incluyó la separación contable. No obstante, la SSPD manifiesta que no se ha cumplido este compromiso. Según la Contraloría General de la República, pese a las inversiones realizadas en materia de saneamiento básico para la adecuada disposición de los residuos sólidos del archipiélago de San Andrés, este sigue siendo fuente de contaminación y generando impactos negativos tanto al ambiente como a la comunidad. De igual forma, manifiesta que, por falta de políticas concretas, los habitantes del sector Haines Cay24 no tienen el servicio de recolección, y son ellos mismos los encargados del manejo, transporte y disposición final de los residuos sólidos, hasta la parte insular de San Andrés25. La Secretaría de Salud,26 a través de la Unidad de Salud Ambiental, manifiesta que en los centros educativos ha desarrollado procesos de “educación sobre el adecuado manejo del agua” y enfermedades asociadas al consumo de agua contaminada27. Se realizaron nueve jornadas en el año 2008 y no se tiene información del número de jornadas y de la comunidad beneficiada en el año 2009. Por ello, la Defensoría reitera la necesidad de que la comunidad esté informada y tenga herramientas para evaluar el servicio que se le presta. En cumplimiento de la recomendación, la Secretaría de Salud realizó 75 visitas en el año 2008 a hoteles y restaurantes para verificar las condiciones de agua, limpieza de cisternas, desinfección y manejo de aguas servidas. Según lo reportado, sin embargo, no se conoce la continuidad que se dio es estas actividades en el año 2009. Del mismo modo, realizó campañas educativas y a la vez desinfecciones en establecimientos con condiciones especiales, como el ancianato Hogar San Pedro Claver y la cárcel Nueva Esperanza. Es importante que las entidades competentes continúen con el proceso de educación y que la comunidad se comprometa a reproducir los conocimientos adquiridos. En los procesos llevados a cabo por la secretaría se evidenció la necesidad de incrementar los programas de control de vectores, vacunación de mascotas y fumigación; crear una cultura que permita el manejo adecuado de los residuos sólidos, ampliar la cobertura de los servicios de recreación y deportes, educación sexual y salud oral y seguir adelante con los procesos comunitarios, siempre partiendo de la importancia de la gestión social.
3.7. Corporación para el Desarrollo Sostenible del Archipiélago (CORALINA). La problemática en materia ambiental tiene básicamente dos focos de acción: el primero corresponde a la contaminación de las aguas costeras y el acuífero, debido al constante aporte de aguas residuales sin tratamiento; el segundo se refiere a los impactos del sitio de disposición final
23 Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Oficio GOB/DDG‐0187 de febrero de 2009. 24 Haynes Cay Córdoba es un cayo o islote colombiano ubicado en la Costa Oriental de la Isla de San Andrés, en el Departamento y Archipiélago de San Andrés y Providencia. 25 Contraloría General de la República. Oficio 2009EE8757 de febrero 19 de 2009. 26 Gobernación del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Oficio GOB/DDG‐0187 de febrero de 2009. 27 Las jornadas de educación se hicieron con énfasis en hepatitis A, dengue y leptopirosis, pues son las enfermedades más recurrentes en el departamento.
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que, si bien tiene su plan de manejo ambiental, no ha sido acatado por la gobernación del Archipiélago de San Andrés. En tal sentido, las recomendaciones a la autoridad ambiental fueron las siguientes:
Quinto, INSTAR a la Secretaría de Salud Departamental y a CORALINA la definición y ejecución de un plan de contingencia para el manejo y mantenimiento de los pozos sépticos, así como a la capacitación y educación masiva sobre los mismos, de fácil acceso y comprensión para todos. Séptimo, APREMIAR a CORALINA a continuar con su programa “la concesión”, para la adjudicación y el monitoreo de los pozos subterráneos. E incluir, especialmente, las disposiciones del artículo 28 del Decreto 1575 de 2007.
Duodécimo, EXHORTAR a CORALINA a asesorar, apoyar y facilitar la concesión de permisos y licencias ambientales que se requieran para mejorar la infraestructura de acueducto, alcantarillado y aseo. Vigésimo, INSTAR a la Gobernación de San Andrés y a CORALINA a dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en virtud de la declaratoria por parte de la UNESCO del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina como Reserva de la Biosfera.
INSTAR a CORALINA para que, en forma conjunta con el operador del servicio público domiciliario de alcantarillado, realice un inventarío detallado de las condiciones actuales de los pozos sépticos en la isla e implemente las medidas que sean necesarias para un adecuado manejo de dichos pozos, así como la mitigación de los efectos contaminantes de los mismos sobre los acuíferos en San Andrés.
APREMIAR a CORALINA para que realice la geo referenciación de los pozos que se encuentran contaminados y adoptar las medidas a que haya lugar.
Con base en los informes suministrados por CORALINA, la Defensoría del Pueblo alertó sobre la contaminación del acuífero y recomendó poner especial atención al mantenimiento de los pozos sépticos, al monitoreo de las aguas subterráneas y al cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la declaratoria de reserva de la biosfera al archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Igualmente, a la realización de programas pedagógicos y educativos. Así mismo, dado el antecedente de la planta de tratamiento de aguas residuales que nunca entró en funcionamiento, se exhortó a la corporación a que asesorara, apoyara y facilitara la concesión de permisos y licencias tendentes a mejorar la infraestructura de acueducto, alcantarillado y aseo. En relación con las actividades pedagógicas, la corporación se comprometió a diseñar y realizar campañas lúdicas en tres temas: el primero, en relación con normas técnicas para la construcción de pozos y tanques sépticos, así como el manejo y el mantenimiento adecuado de los mismos; el segundo, sobre los riesgos que corre la salud por el consumo de agua contaminada y el manejo adecuado de las aguas lluvias, y el tercero sobre los hábitos de reciclaje y la presentación de residuos sólidos. Si bien estos compromisos fueron asumidos por CORALINA, la implementación de campañas de este tipo involucran otras entidades como la Secretaría de Salud, la Secretaría de Educación, la Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos Domiciliarios, adscritas a la
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gobernación del archipiélago, y la empresa Trahs Búster SA ESP , prestadora de los servicios de recolección y transporte de residuos sólidos en la isla.
Respecto del manejo de aguas subterráneas, CORALINA divulgó su plan llamado La Concesión, cuyo objeto es difundir la importancia del instrumento y permitir la explotación de pozos sólo cuando ello no implique alto riesgo de salinización; este programa tiene como base la Resolución 198 de 1995 “por la cual se dictan medidas de preservación y control de las aguas subterráneas de la isla de San Andrés”. Es importante señalar la importancia que CORALINA da al agua de pozo, por representar casi el 82% de la que se usa en las viviendas de San Andrés; no obstante, el 70% del agua utilizada está muy contaminada por aguas residuales domésticas28. Por tal razón, CORALINA viene haciendo un constante monitoreo a los caudales de los pozos y a la calidad de los mismos, obligación que se contempla en los actos que otorgan concesión de pozos subterráneos.
Se resalta el reciente estudio que, en forma conjunta, realizaron CORALINA y la Secretaría de Salud del departamento con el fin de monitorear el agua extraída de pozos subterráneos y la transportada por carrotanques, con miras al planteamiento de acciones coordinadas para el control de la calidad del recurso.
La metodología de este estudio se cuidó de tal manera que las muestras de agua para analizar en el laboratorio de los 24 pozos comerciales con concesión vigente ante CORALINA y de los 21 carrotanques inventariados, se recolectaron de manera simultánea y de acuerdo con los protocolos de toma de muestras de los respectivos laboratorios.
Las tomas las recogieron las dos instituciones al mismo tiempo y de manera conjunta, y el análisis se hizo en cada laboratorio, permitiendo con ello tener resultados que sirvieran como contra muestras y, por consiguiente, mayor validez de los mismos.
Este estudio arrojó los siguientes resultados: la contaminación de los pozos analizados (24) en los parámetros microbiológicos indica que el 91,67% de los pozos presentó coliformes totales, el 70,8% coliformes fecales, el 50% enterococos y el 100% aerobios mesófilos.
Por su lado, de los 22 carrotanques analizados, el 63,6% mostró coliformes totales, el 54,5% coliformes fecales, el 50% enterococos y el 90,9% aerobios mesófilos29.
Se concluyó que el agua de los pozos tiene mayor contaminación que la transportada en carrotanques, situación que se da especialmente en los parámetros coliformes totales y coliformes fecales, lo cul significa que en algunos casos se está realizando algún tipo de desinfección al agua antes de ser almacenada en los vehículos distribuidores. Pero también se registra el caso contrario, cuando el agua se contamina al ser almacenada en el carrotanque, en especial en los parámetros coliformes fecales ‐13,6% de las muestras comparativas‐ y enterococos ‐22,7% de las muestras comparativas‐.
Este estudio ofrece nuevos análisis en relación con la manipulación del agua que se extrae de los pozos subterráneos. Tal como se dijo, en algunos casos se realizan procesos de desinfección, eliminando los efectos contaminantes del agua para su posterior venta y, en otros sucede el caso contrario, pues la contaminación del agua sucede en el almacenamiento y el transporte de la misma. Preocupa en especial el último caso, por la inadecuada manipulación del recurso y la contaminación antrópica en el proceso de distribución. En relación con las labores de desinfección previa a la distribución en carrotanque, tal actividad debería ser obligatoria para todas las personas que explotan el recurso con fines comerciales, con el fin de que el agua se distribuya en condiciones aptas para su consumo, ya sea doméstico o humano.
28 CORALINA, La Concesión, San Andrés, 2003, p. 2. 29 A un carrotanque, del total de los 22 analizados, no se le realizó esta muestra.
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Un resultado importante del estudio fue la expedición del Decreto 0205 de 2007 por la gobernación de archipiélago, “por medio del cual se regula la venta de agua mediante el servicio de carro tanque”. Así mismo, los resultados de dicho estudio concluyen con un plan de acción para CORALINA y la Secretaría de Salud.
Quizá, un factor determinante de los resultados del anterior estudio es que alrededor del 89% de las viviendas en la isla utiliza pozos sépticos; la instalación de servicio sanitario es inapropiada, favorece la rápida propagación de enfermedades, debido al mal mantenimiento y operación, lo que genera riesgo de contaminación de las aguas subterráneas y de los alimentos. Es importante que la comunidad sea consciente del impacto que está generando y de las consecuencias que puede acarrear el inadecuado manejo de las aguas residuales. Teniendo en cuenta la recomendación décimo tercera30 de la resolución No. 44, es evidente que, aunque se han realizado acciones aisladas, es importante desarrollar un trabajo mancomunado entre la autoridad ambiental, la empresa prestadora y la Secretaría de Salud. Proactiva manifiesta que ha oficiado a la corporación ambiental Coralina para llevar a cabo un trabajo conjunto que permita determinar cuáles son los inmuebles que están utilizando los pozos sépticos, con o sin concesión, para invitarlos a que se conecten al servicio público de alcantarillado en caso de tener cobertura.
3.8. Proactiva Agua del Archipiélago SA ESP.
Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP –el operador‐ suscribió un contrato el ocho de septiembre de 2005, por un período de 15 años, con Aguas de San Andrés SA ESP –el contratista‐, con el objeto de operar la infraestructura destinada a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado en la isla de San Andrés. Para el efecto, deberá mantener, rehabilitar y reponer la infraestructura destinada a la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado y diseñar y construir las obras requeridas para adicionar y completar la infraestructura, de acuerdo con lo definido en el mismo contrato; así mismo, deberá cumplir con las metas de cobertura, calidad y continuidad31. Vale la pena recordar que en septiembre del año 2008 se suscribió un “Otrosí” al contrato, el cual modifica las metas. Aquí se presentaran los avances en las recomendaciones de la Defensoría y se expondrán las principales modificaciones del contrato. Las recomendaciones en su forma literal se muestran a continuación.
Décimo sexto, APREMIAR a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP y a Aguas de San Andrés ESP SA, para que revisen las metas de calidad, continuidad y cobertura del contrato en el marco del derecho humano al agua, con especial atención a los grupos poblacionales en condición de vulnerabilidad y a los raizales, sin que ello implique una modificación de la tarifa a los usuarios finales para lo cual se recomienda gestionar mayores aportes de la Nación, el departamento y otras fuentes de cooperación internacional. Así mismo, cualquier modificación a las condiciones contractuales inicialmente establecidas debe considerar metas de acceso universal y cumplimiento progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales involucrados.
Décimo noveno, EXHORTAR a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP a realizar y divulgar entre los usuarios, un cronograma de actividades y el plan de inversiones de corto, mediano y largo plazo para facilitar el
30 “Décimo tercero, PEDIR a las autoridades concernidas, cada una dentro del ámbito de su competencia, que informen a la comunidad sobre los riesgos para la salud por el suministro de agua no apta para el consumo humano; las mejores formas de potabilización del agua según las fuentes de captación; el manejo adecuado de los pozos subterráneos; la adecuada construcción y el mantenimiento de pozos sépticos; los riesgos contaminantes del inadecuado uso de los pozos sépticos y la importancia de la prevención de los riesgos ambientales.” 31 Contrato de operación. Cláusulas 2 y 4.
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seguimiento de las mismas, de acuerdo con lo previsto para el cumplimiento del contrato de operación. INSTAR a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP a que suministre en forma oportuna la información requerida por la mesa interinstitucional y las entidades que la conforman. Así como a divulgar el plan de obras e inversiones y su ejecución, de conformidad con el cronograma aprobado. Adoptar las medidas de seguridad industrial de este tipo de obras, con el fin de prevenir posibles accidentes.
En relación con las metas contractuales, la empresa había manifestado que estas fueron establecidas en el contrato adjudicado por la empresa contratante Aguas de San Andrés SA ESP y que no tiene autonomía para modificarlas. No obstante, por solicitud suya y en razón de una serie de dificultades en la operación de los servicios, se firmó el ”Otrosí No 6”. Dentro de las modificaciones que se hicieron al contrato mediante el “Otrosí No. 6”, aunque se dejó el mismo número total de suscriptores al finalizar el contrato (12.000), se modificó sustancialmente la cantidad de suscriptores por año, lo cual afecta el ritmo de conexión de nuevos usuarios y dilata por más tiempo la posibilidad de que nuevos hogares tengan acceso al agua potable. En las modificaciones al contrato no se asume la recomendación defensorial de propender por un acceso universal a los servicios de agua potable y alcantarillado. En contradicción con las recomendaciones de la resolución defensorial No 44 y al principio de progresividad en el cumplimiento de los derechos humanos, esta modificación postergó en el tiempo la conexión de nuevos usuarios, de tal forma que el Plan Departamental de Agua debe considerar metas de acceso universal y prontitud en la conexión de nuevos usuarios del sistema de acueducto. A continuación se observa el efecto de las modificaciones del “Otrosí No 6”: en la primera gráfica, con una línea azul, aparecen los usuarios del acueducto pactados en el contrato original, y con una línea roja los usuarios según las modificaciones hechas en el “Otrosí No 6”.El número de usuarios que deben conectarse en el año 15 de operación permaneció inmodificado; de hecho, el umbral deberá cumplirse en el año 12. Sin embargo, a partir del año tercero se presenta una dilación de los suscriptores que deben conectarse al finalizar cada año de operación, de tal forma en este año se tendrían 1.800 suscriptores menos que los originalmente pactados, así como en los años cuarto, quinto y sexto el número de suscriptores por debajo de la meta originalmente propuesta será de 2100.
Metas Acueducto - Contrato vs. Otro Sí -
0
2000
4000
6000
8000
10000
12000
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
Año
Susc
ripto
res
Acue
duct
o
Contrato Otro Sí
Fuente: Contrato de operación y “Otrosí No. 6”. En relación con el servicio de alcantarillado, la meta contempla un número de nuevos suscriptores por año. En este sentido, tal como se observa en la siguiente gráfica, contrario al contrato originalmente pactado, representado por la línea azul, donde el mayor número de nuevos usuarios se conectaría en los cinco primeros años, el “Otrosí No 6” incluye un número bajo de usuarios
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nuevos en los primeros tres años y posteriormente un número homogéneo por año, con lo cual la meta original pactada para el año quinto, en los nuevos términos sólo llegará a cumplirse en el año 12 de operación.
Metas alcantarillado - Contrato Vs. Otro Sí -
0
500
1000
1500
2000
2500
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
Años
Nue
vos
usua
rios
año
Contrato Otro Sí
Fuente: Contrato de operación y “Otrosí No. 6”. Un factor importante de las metas es la continuidad. Los términos originales del contrato mencionaban que Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP debe mantener una disponibilidad en el suministro de agua potable de manera continua, las 24 horas del día, a todos los usuarios del acueducto del sector de North End en los circuitos de Centro, Hotelero, Sarie Bay y San Luis a partir del mes (36) treinta y seis, en caso de haber entrado a operar el servicio, con presión mínima de 10 mca en los días corrientes y con presión mínima de 5 mca en los días de temporada alta. La medición de las presiones se deberá hacer en diferentes puntos de la red de distribución, por medio de puntos de medición pitométrica. En los otros sectores, diferentes a los anteriormente previstos, la empresa debe mantener una disponibilidad en el suministro que permita satisfacer el consumo básico hasta de ocho metros cúbicos de los usuarios del servicio. Para verificar dicha continuidad, la empresa deberá efectuar una medición del caudal, durante las veinticuatro horas, a la entrada y a la salida de las plantas de tratamiento de la red, durante cada mes de operación. El “Otrosí” aclaró que la continuidad debería cumplirse a partir del mes (60) sesenta y dispuso de una tabla para que se cumpliera en forma progresiva. La tabla se muestra a continuación:
HORAS DE CONTINUIDAD DÍA
SECTOR MESES
42 48 54 60 Hotelero 18 24 24 24 Sarie Bay 18 24 24 24 Residencial 8 18 24 24 San Luis 12 12 24 Fuente: “Otrosí No 6”.
Los otros sectores tendrán una frecuencia de suministro de acuerdo con la siguiente tabla:
Suministro de agua en sectores con discontinuidad
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FUENTE SECTOR
FRECUENCIA DE SUMINISTRO DE SERVICIO
POR SEMANA* Desalinizadora Natania 1 Desalinizadora Almendros 1 Duppy Gully Cove 2 Duppy Gully Loma Todos los días **
* Esta frecuencia de suminsitro se garantizará a todos los subsectores y barrios del respectivo sector que tengan red disponible.
** Para el caso de La Loma se atenderá diariamente por subsectores, de manera que cada subsector o barrio tenga una frecuencia mínima de una vez cada 20 días, que será mejorada según la disponibilidad de agua. Fuente: “Otrosí No 6”.
De tal forma, en el tema de continuidad también se dio más flexibilidad al cumplimiento de las metas originalmente pactadas. Para compensar los mayores plazos otorgados, se incluyó en las metas del contrato el Índice de Agua No Contabilizada(IANC). Este índice es muy alto en la isla, pues alcanzó el valor de 94% en el 2005 y al finalizar el año 2009 se ubicó en un 73,9%. No se conocen los estudios que soportan un IANC tan alto; sin embargo, esto puede deberse a las dificultades del operador para reparar en forma oportuna y eficiente las fallas en las redes de distribución del servicio de acueducto, al mal estado de la redes de distribución y al deterioro causado por las obras del plan 2.500 por parte del Instituto Nacional de Vías, que obliga al operador a reparar los daños ocasionados. Reducir este indicador es fundamental para optimizar la capacidad de producción del sistema de acueducto, así como para evitar la sobre explotación y el derroche de agua en la isla. Las metas señalan que el IANC deberá alcanzar el 37% en el año 15 de operación. El año ocho deberá bajar del 50%. La siguiente gráfica muestra la evolución que deberá presentar este indicador. La línea roja muestra el porcentaje autorizado para transferirlo a los usuarios vía tarifas, de acuerdo con la metodología tarifaria expedida por la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico.
Fuente: “Otrosí No. 6” al contrato de operación. La supervisión ha requerido al operador, de manera reiterada, la presentación del indicador por sectores de servicios, para corroborar la coherencia y efectividad del plan de acción y la consistencia del indicador en relación con el cumplimiento de otros compromisos de la operación como el suministro mínimo a los usuarios no medidos. Con el fin de reducir al máximo este índice, en el ”Otrosí No. 6” se estableció que los recursos aportados por la nación se deben destinar exclusivamente a ejecutar obras de construcción,
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rehabilitación, expansión y reposición del sistema que sean requeridas para cumplir los indicadores de cobertura, calidad, continuidad e índice de agua no contabilizada. Cumplimiento de la metas del contrato. En relación con el cumplimiento de metas, como se evidenció en el diagnóstico, se mostrará el indicador del nivel del servicio (INS), que verifica el progresivo cumplimiento de las metas contractuales según cuatro indicadores básicos: (i) la capacidad de producción de agua, (ii) las conexiones domiciliarias al sistema de acueducto, (iii) los nuevos suscriptores al servicio de alcantarillado y (iv) el nivel del Índice de agua no contabilizada. Hasta noviembre del año 2007, la evolución ha sido satisfactoria en cuanto a la producción de agua y a la conexión de suscriptores al servicio de acueducto; sin embargo, el INS se ha visto fuertemente influenciado, en forma negativa, por el indicador de nuevas conexiones al sistema de alcantarillado32, que se encuentra rezagado respecto de las metas. Con las modificaciones del “Otrosí No 6”, el INS comenzó a cumplirse en forma continua, pero es necesario señalar que no se ha cumplido con las metas del IANC. La siguiente gráfica muestra el comportamiento del indicador del nivel del servicio (INS) consolidado desde el primer año de operación:
Comportamiento del Índice de Nivel de Servicio
0
0.1
0.2
0.3
0.4
0.5
0.6
0.7
0.8
0.9
1
May-06
Jul-0
6
Sep-06
Nov-06
Ene-07
Mar-07
May-07
Jul-0
7
Sep-07
Nov-07
Ene-08
Mar-08
May-08
Jul-0
8
Sep-08
Nov-08
Ene-09
Mar-09
May-09
Jul-0
9
Sep-09
Nov-09
Evolución esperada de INS Evolución real del INS Fuente: Informe de supervisión al contrato. De acuerdo con esta gráfica, el operador incumplió este indicador los dos primeros años del contrato, en el tercero lo cumplió pero en el cuarto año volvió a incumplirlo. En cuanto a las recomendaciones relacionadas con la implementación de campañas educativas, Proactiva SA ESP manifiesta que ha trabajado en campañas de educación con estudiantes de diferentes colegios, se formó el club Defensores del Agua y se llevan a cabo campañas de lavado y desinfección de tanques, y se ha solicitado a la secretaría de salud del departamento información sobre el número de enfermedades detectadas por el consumo de agua no potable, con el fin de iniciar campañas educativas con la comunidad. Las enfermedades más frecuentes que se relacionan con la ingesta de agua no apta para consumo humano son las gastrointestinales agudas, la paratifoidea, la fiebre tifoidea y las parasitosis intestinales. La diarrea es uno de los problemas de salud más frecuentes. Un aspecto a favor es que la empresa prestadora cuenta con un laboratorio para hacer los análisis físico ‐ químicos y microbiológicos en cada una de las plantas de tratamiento, con el fin de
32 Adicionalmente, los nuevos suscriptores al servicio de alcantarillado tienen un peso de 50 puntos sobre 100, que mide el indicador del nivel de satisfacción del servicio. La producción de agua: 20 puntos, y las conexiones domiciliarios al servicio de acueducto: 30 puntos.
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establecer de manera inmediata con qué características se suministra el agua a la población. En este sentido, se ha cumplido con los parámetros de calidad para consumo humano.
Finalmente, el supervisor del contrato realizó una serie de recomendaciones que nos permitimos transcribir33:
“Como resultado del análisis de la información generada durante el tercer año de operaciones del sistema de acueducto y alcantarillado, y tomando como referente las metas trazadas por el contratante se realizarán las siguientes recomendaciones, tendientes a cumplir con los objetivos y metas planteados: Es necesario que el operador mejore la infraestructura del sistema de pozos, en especial el componente eléctrico con el fin de evitar los continuos robos que terminan por afectar la confiabilidad del sistema y de esa manera poder mantener la producción de agua. Igualmente, es necesario que tome las medidas necesarias para garantizar la pronta recuperación de los pozos cuando salgan de operación por problemas en sus equipos. Conocedores de la limitante de explotación del sistema de pozos del Valle del Cove, se reitera al operador para que realice las gestiones ante la Corporación CORALINA, con el fin de incrementar el caudal de explotación de algunos pozos, que por su historial son factibles de mayor producción, y así promover una gestión del recurso hídrico que permita maximizar su eficiente y sostenible aprovechamiento, para la formalización real y efectiva de la explotación de los 40 lps. Se mantiene la consideración efectuada, que no es racional económicamente presionar la inversión en expansión del sistema de producción, sin antes lograr un mejor control del agua no contabilizada. Es fundamental que, en cumplimiento del otrosí No. 6, el operador despliegue una amplia gestión técnica y operativa para lograr una significativa reducción del nivel de agua no contabilizada. Se reitera al operador la importancia y necesidad de la implementar el programa de reducción de agua no contabilizada, con el fin de disminuir las pérdidas en el sistema de acueducto, y aprovechar la limitada capacidad disponible del recurso agua en la isla. Es de anotar, que los resultados preliminares del IANC están arrojando un valor promedio de 77% para el último semestre del año 2008, valor que se encuentra por encima del valor establecido para la meta del cuarto año. Es indispensable que el operador haga una significativa y eficiente gestión ante el contratista del Emisario Submarino, orientada a implementar las obras de estabilización del sistema de anclaje, con el fin de minimizar los riesgos inherentes al sistema que se generan por este aspecto. Abonado al hecho que la obra no presenta un recibido a satisfacción final por parte del operador, y por ende no se han emitido las pólizas de garantía para mantener protegida la inversión. Es necesario que el operador mantenga una alta gestión de planificación que facilite la definición de prioridades y alcances de las obras. Desde el primer año de operación el Operador reconoce la importancia y utilidad del Plan Maestro, sin embargo, al inicio del cuarto año, aun no cuenta con esta herramienta. Es necesario que el operador no solamente formule y aplique planes de contingencia para minimizar o mitigar efectos de vertimientos, sino que planifique y programe las obras que den solución definitiva a este problema. Se recomienda al operador que estudie nuevas estrategias para mejorar la gestión comercial, debido a que en el último año tan sólo se trabajó con los grupos de usuarios, como son los industriales y comerciales, descuidando al sector residencial, quienes se rezagaron y generan una cartera morosa bastante alta.
33 UNIÓN TEMPORAL PGP S.A. CYDEP LTDA. Informe Anual 16 Enero 08 ‐ 31 Diciembre 08. Febrero 15 de 2010.
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La revisión tarifaria, para bajar el costo al usuario, puede ser una estrategia de penetración de buena aceptación por parte de las comunidades”.
3.9. Aguas de San Andrés ESP.
Aguas de San Andrés ESP es la empresa creada por la gobernación del archipiélago para prestar los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en la isla. As{i mismo, firmó el contrato de operación con Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP y es la interventora del mismo. Por ello, se recomendó a esta entidad revisar las metas de calidad, continuidad y cobertura del contrato. La recomendación es la siguiente:
Décimo sexto, APREMIAR a Proactiva Aguas del Archipiélago S.A. E.S.P. y a Aguas de San Andrés ESP SA, para que revisen las metas de calidad, continuidad y cobertura del contrato en el marco del derecho humano al agua, con especial atención a los grupos poblacionales en condición de vulnerabilidad y a los raizales, sin que ello implique una modificación de la tarifa a los usuarios finales para lo cual se recomienda gestionar mayores aportes de la Nación, el departamento y otras fuentes de cooperación internacional. Asimismo, cualquier modificación a las condiciones contractuales inicialmente establecidas debe considerar metas de acceso universal y cumplimiento progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales involucrados.
SOLICITAR a Aguas de San Andrés ESP la presentación de los informes trimestrales de supervisión del contrato de operación a la mesa interinstitucional.
Aguas de San Andrés ha suministrado en forma oportuna los informes trimestrales de supervisión que realiza la empresa Unión Temporal PGP SA – CYDEP Ltda., que si bien, de acuerdo con la empresa, están disponibles para las instancias que los requieran, no hay un mecanismo de divulgación permanente de los mismos. En el marco del proceso de implementación del plan departamental de agua de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, se tomó la decisión de liquidar a Aguas de San Andrés SA ESP con la finalidad de crear una entidad con mayor fortaleza técnica y operativa para realizar la gerencia al mencionado plan. En este sentido, se deberá hacer claridad sobre la sucesión de responsabilidades contractuales y de interventoría en relación con el cumplimiento del contrato de operación de los servicios de acueducto y alcantarillado.
3.10. Contraloría General de la República.
Debido a las cuantiosas inversiones en agua potable y saneamiento básico en la isla, se sugirió a la Contraloría General de la República realizar un control especial de la ejecución de los recursos del Sistema General de Participaciones con destinación específica en este sector:
Tercero, SUGERIR a la Contraloría General de la República el ejercicio de un control especial de la ejecución de los recursos financieros del Sistema General de Participaciones y del presupuesto nacional, con destinación a los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.
De acuerdo con la información suministrada por la Contraloría General de la República, dentro del Plan General de Auditorías del año 2008 se hizo auditoría gubernamental con enfoque integral, en
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la modalidad especial, a los recursos del Sistema General de Participaciones, propósito general, para las vigencias de 2006 y 2007. La Contraloría anota que la entidad territorial obtuvo un concepto desfavorable, con 31 hallazgos administrativos. En materia de servicios públicos, la auditoria encontró deficiencias administrativas en la ejecución de los recursos destinados al relleno sanitario Magic Garden, ya que no se evidenció la disminución del impacto ambiental generado por el mismo y, de igual forma, presuntas irregularidades en la contratación34 relacionada con la optimización del sistema de acueducto de las islas de Providencia y Santa Catalina y el arrendamiento de maquinaria.
3.11. Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE).
En el proceso de diagnóstico se evidenció que los habitantes de San Andrés carecen de acceso a más de dos servicios públicos domiciliarios en varios sectores. Por ello, se apremió al DANE para que, por medio del grupo de estratificación socio‐económica, revisara la correcta aplicación de la metodología de estratificación en la isla. La recomendación se expidió de la siguiente forma:
Décimo séptimo, APREMIAR al DANE, a la Gobernación de San Andrés y a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que revisen y actualicen la estratificación socio‐económica de San Andrés, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, teniendo en cuenta que en la actualidad el municipio carece de más de dos servicios públicos básicos.
En cumplimiento de esta recomendación, el DANE manifestó que en el proceso de actualización de la estratificación se tuvo en cuenta lo dispuesto en la Ley 142 de 1994, artículo 102,35 referente a que ninguna zona residencial que carezca de la prestación de por lo menos dos servicios públicos domiciliarios básicos podrá ser clasificada en un estrato superior al cuatro (4). Teniendo en cuenta lo anterior, no se clasificó en el estrato 4 a predios en que no se prestarán dichos servicios. Así mismo, en las zonas residenciales urbanas clasificadas en los estratos cinco y seis, se facturan los tres servicios públicos. De tal forma, el DANE concluyó que en San Andrés no se está incumpliendo lo dispuesto por dicho artículo. Para actualizar la estratificación, la gobernación y Comité Permanente de Estratificación (CPE) estuvieron al tanto de los requerimientos y solicitudes de la comunidad y manifestaron que las reclamaciones se mantuvieron en un nivel normal, teniendo en cuenta el tamaño de la población y las características de San Andrés. Del mismo modo, no atribuyen las tarifas elevadas de los servicios públicos a un problema con la estratificación, sino a los altos costos de prestación de los servicios en el archipiélago. Por su parte, ga Gobernación indica que la última actualización de la estratificación socioeconómica se llevó a cabo en el año 2004 y en ella se tuvo en cuenta a los nuevos asentamientos urbanos, como son: Alto del Bigth, La Paz, Nixon Hill, MIchell Hill, Vista Hermosa, Nuevo Bosque, Las Palmas, Morris Landing, Villa Morelia, entre otros. Como resultado, se conformaron 39 manzanas nuevas y 215 lados de manzanas, en cumplimiento del Decreto 2220 de 199336. 34 CONTRALORIA GENERAL DE LA REPÚBLICA ‐ Oficio 2009EE8757 de febrero 19 de 2009. 35 Artículo 102. Estratos y metodología. Los inmuebles residenciales a los cuales se provean servicios públicos se clasificarán máximo en seis estratos socioeconómicos así: 1) bajo‐bajo, 2) bajo, 3) medio‐bajo, 4) medio, 5) medio alto, y 6) alto. Para tal efecto se emplearán las metodologías que elabore el Departamento Nacional de Planeación, las cuales contendrán las variables, factores, ponderaciones y método estadístico, teniendo en cuenta la dotación de servicios públicos domiciliarios. Ninguna zona residencial urbana que carezca de la prestación de por lo menos dos servicios públicos domiciliarios básicos podrá ser clasificada en un estrato superior al cuatro (4). 36 Decreto 2220 de 1993, que en su artículo 7 dispone: Los Municipios y Distritos organizarán autónomamente un organismo o sistemas que permitan velar por la adecuada aplicación de las metodologías de que trata este Decreto, sugerir o proponer modificaciones a la estratificación antes de su adopción, vigilar el debido cumplimiento del decreto que la adopte y proponer la estratificación de nuevos usuarios. Para tal efecto, se podrá prever la participación de la Secretaria de Planeación o de la Oficina que haga sus veces, del Personero Municipal o Distrital, de los Gerentes de las Empresas que prestan servicios públicos en el respectivo territorio y de representantes de la comunidad.
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3.12. Trash Búster SA ESP. Esta empresa no se incluyó en las recomendaciones de la resolución defensorial No 44; sin embargo, se integró a la mesa interinstitucional y adquirió compromisos relacionados con la implementación de campañas para incentivar la selección de las basuras en la fuente, continuar con las rutas de recolección vegetal y apoyar las jornadas de chatarrización.
De acuerdo con la información suministrada por la empresa, Trash Búster SA ESP viene realizando una campaña piloto en cuatro barrios de la isla para incentivar la selección en la fuente; además, implementó rutas especiales de recolección y transporte material vegetal y de residuos sólidos seleccionados en la fuente.
En relación con la campaña de chatarrización, la empresa apoyó esta actividad de la gobernación en el mes de diciembre del año 2006.
Como se observa, la isla de San Andrés ha tenido importantes avances en la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo. Las instituciones del orden nacional y territorial han hecho importantes esfuerzos para alcanzar esos resultados; sin embargo, se debe continuar con la ampliación de la cobertura de acueducto y alcantarillado, el manejo ambiental del relleno sanitario, y el control y la vigilancia a la calidad del agua para consumo humano así como avanzar en el manejo de los pozos sépticos y continuar con los programas de educación ambiental, entre otras actividades. Hay preocupación por la supuesta inequidad en la ejecución de las inversiones, ya que casi cinco años después de comenzar las obras del contrato de operación con inversión, la población raizal expresa no alcanzar unos beneficios equiparables a los obtenidos por otros sectores en la isla. En ese sentido, se realizarán las gestiones necesarias para analizar el desarrollo de las inversiones y para que se tomen los correctivos necesarios. A esto se suma la necesidad de implementar mecanismos de participación como la consulta previa, cuando se realicen obras en territorios étnicos.
En razón de lo anterior, la Defensoría del Pueblo, con la finalidad de continuar acciones positivas en pro de una mejor calidad de vida para los habitantes de San Andrés, reitera las siguientes:
4. RECOMENDACIONES.
Segundo, URGIR a la nación y al departamento a asignar los recursos financieros que permitan el cumplimiento de las obligaciones del Estado en cuanto al derecho humano al agua.
Tercero, SUGERIR a la Contraloría General de la República el ejercicio de un control especial de la ejecución de los recursos financieros del Sistema General de Participaciones y del presupuesto nacional, con destinación a los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo.
Quinto, INSTAR a la Secretaría de Salud Departamental y a CORALINA la definición y ejecución de un plan de contingencia para el manejo y mantenimiento de los pozos sépticos, así como a la capacitación y educación masiva sobre los mismos, de fácil acceso y comprensión para todos.
Octavo, SOLICITAR a la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) la regulación de lo correspondiente a las actividades complementarias del servicio
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público de acueducto, como la venta de agua en carrotanques proveniente de pozos subterráneos, dadas las particularidades de la prestación de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado en San Andrés.
Duodécimo, EXHORTAR a CORALINA a asesorar, apoyar y facilitar la concesión de permisos y licencias ambientales que se requieran para mejorar la infraestructura de acueducto, alcantarillado y aseo.
Décimo tercero, PEDIR a las autoridades concernidas, cada una dentro del ámbito de su competencia, que informen a la comunidad sobre los riesgos para la salud en el suministro de agua no apta para el consumo humano; las mejores formas de potabilización del agua según las fuentes de captación; el manejo adecuado de los pozos subterráneos; la adecuada construcción y el mantenimiento de pozos sépticos; los riesgos contaminantes del inadecuado uso de los pozos sépticos y la importancia de la prevención de los riesgos ambientales.
Décimo quinto, SOLICITAR al departamento archipiélago de San Andrés la adecuada y técnica operación y mantenimiento del sitio de disposición final y la planta de tratamiento de residuos sólidos, teniendo en cuenta las características del ecosistema insular, lo mismo que el cumplimiento del plan de manejo ambiental.
Décimo noveno, EXHORTAR a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP a realizar y divulgar entre los usuarios un cronograma de actividades y el plan de inversiones de corto, mediano y largo plazo para facilitar el seguimiento de las mismas, de acuerdo con lo previsto para el cumplimiento del contrato de operación.
Vigésimo, INSTAR a la Gobernación de San Andrés y a CORALINA a dar cumplimiento a los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en virtud de la declaratoria por parte de la UNESCO del archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina como Reserva de la Biosfera.
Vigésimo Segundo, EXHORTAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial a hacer seguimiento de las recomendaciones del Conpes 3350 de 2005 y a propiciar el cumplimiento de las metas y expectativas de operación del servicio de acueducto y alcantarillado en San Andrés Isla.
Modificadas por el primer informe de seguimiento:
Sexto, SOLICITAR al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial la difusión de normas técnicas para la construcción, operación y mantenimiento de los pozos sépticos. Así como, el impacto y los riesgos en la salud y el medio ambiente, por el inadecuado uso, construcción y mantenimiento de dichos pozos.
Séptimo, APREMIAR a CORALINA a continuar con su programa “La Concesión”, para la adjudicación y el monitoreo de los pozos subterráneos. E incluir, especialmente, las disposiciones del artículo 28 del Decreto 1575 de 2007.
Undécimo, APREMIAR a la Secretaría de Salud Departamental a hacer los muestreos establecidos en el Decreto 1575 de 2007, con el propósito de verificar la calidad del agua en sus componentes físico‐químico y microbiológico. Lo anterior se recomienda también a todas las personas prestadoras que suministran agua para consumo humano en la isla.
Décimo sexto, APREMIAR a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP y a Aguas de San Andrés ESP SA a que revisen las metas de calidad, continuidad y cobertura del contrato en
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el marco del derecho humano al agua, con especial atención a los grupos poblacionales en condición de vulnerabilidad y a los raizales, sin que ello implique una modificación de la tarifa a los usuarios finales para lo cual se recomienda gestionar mayores aportes de la nación, el departamento y otras fuentes de cooperación internacional. Así mismo, cualquier modificación a las condiciones contractuales inicialmente establecidas debe considerar metas de acceso universal y cumplimiento progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales involucrados.
Adicionadas en el primer informe de seguimiento:
INSTAR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para que controle y vigile la prestación de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo de conformidad con las obligaciones del Estado relacionadas con el derecho humano al agua, en que cada uno de los componentes: accesibilidad, disponibilidad y calidad.
SOLICITAR a la Gobernación de San Andrés la ejecución de programas de separación en la fuente, reducción y reutilización‐reciclaje de las basuras, que involucren a las cooperativas de recicladores.
APREMIAR a la Gobernación Archipiélago de San Andrés la separación contable del servicio de aseo del resto de las cuentas del departamento, de conformidad con el artículo 6° de la Ley 142 de 1994.
INSTAR a CORALINA a que, en forma conjunta con el operador del servicio público domiciliario de alcantarillado, realice un inventarío detallado de las condiciones actuales de los pozos sépticos en la isla e implemente las medidas que sean necesarias para un adecuado manejo de dichos pozos, así como la mitigación de los efectos contaminantes de los mismos sobre los acuíferos en San Andrés.
SOLICITAR a Aguas de San Andrés ESP la presentación de los informes trimestrales de supervisión del contrato de operación a la mesa interinstitucional.
INSTAR a Proactiva Aguas del Archipiélago SA ESP a que suministre en forma oportuna la información requerida por la mesa interinstitucional y las entidades que la conforman. Así como a divulgar el plan de obras e inversiones y su ejecución, de conformidad con el cronograma aprobado. Igualmente, a adoptar las medidas de seguridad industrial de este tipo de obras, con el fin de prevenir posibles accidentes.
SUGERIR a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la capacitación de los usuarios en aspectos relacionados con el debido proceso y trámites en la sede de la empresa.
OFICIAR a todas las autoridades y entidades públicas y privadas citadas en este informe, sobre la posibilidad de consultarlo en la página web de la Defensoría del Pueblo: www.defensoría.org.co