- 1. Reforma Educativa Cambio o continuacin? Anlisis del
Anteproyecto de Ley de Educacin Nacional
2. 3. Convocatoria
4. Presentacin
- Este documento no se referir a temas ya tratados por otras
leyes, como los relativos a:
- la enseanza tcnico- profesional.
- O el financiamiento educativo,
5. Otra vez sopa!!!!! 6. Presentacin
- Tampoco a las universidades
- O al sistema cientfico-tcnico
- Para Privado promete otra ley. pg. 47
7.
- Status poltico que propone desde el ordenamiento poltico una
doble condicin:
Ciudadana 8. El ciudadano se educa
- La nica manera de hacer de un sbdito un ciudadano es la de
otorgarle el derecho a educarse.
9. La tradicin de la Escuela Pblica Argentina 10. Ciudadana
Implica acceso abienes
11.
Derechos constitucionales 12. Rol del Estado
- El Estado concurre en auxilio de la institucin o agenteprivado
que slo no puede.
13. Ley Federal
- Art. 4Las acciones educativas son responsabilidad de la
familia, como agente natural y primario de la educacin,del Estado
Nacional como responsabilidad principal, de las Provincias, los
Municipios, la Iglesia Catlica, las dems confesiones religiosas
oficialmente reconocidas y las organizaciones sociales.
14. Reforma
- En este marco es preciso reafirmar quelas acciones educativas
son responsabilidad primaria de la familia, como agente natural y
primario de la educacin , del Estado nacional como responsable
principal, de las Provincias, de los Municipios, la Iglesia
Catlica, las dems confesiones religiosas oficialmente reconocidas y
las organizaciones sociales
15.
- Art. 6. El estado garantiza el ejercicio del derecho
constitucional de ensear y aprender.Son responsables de las
acciones educativasel Estado Nacional, Las Provincias y la Ciudad
Autnoma de Buenos Aires, en los trminos fijados por el art. 4 de
esta ley,los municipios, las confesiones religiosas reconocidas
oficialmente, las organizaciones de la sociedad y la familia, como
agente naturaly primario.
16. 17. Ley Federal
- Art. 2.El Estado Nacional tiene la responsabilidad principal e
indelegable de fijar y controlar el cumplimiento de la poltica
educativa
- Art. 3 El estado nacional, las provincias y la Municipalidad de
la Ciudad de Buenos Aires,garantizan el acceso a la educacin en
todos los ciclos, niveles y regmenes especiales, a toda la
poblacin,mediante la creacin, sostenimiento, autorizacin y
supervisin de los servicios necesarios,con la participacin de la
familia, la comunidad, sus organizacionesy la iniciativa
privada.
18. Continuacin de doc. de reforma
- Las Provincias yla Ciudad Autnoma de Buenos Aires deben
concurrir con esta responsabilidad delEstado Nacional, con el
propsito de garantizar el acceso a la educacin de todos los ciclos,
niveles y regmenes especiales, a toda la poblacin, mediante la
creacin,sostenimiento , autorizacin y supervisin de los servicios
necesarios,con la participacin de la familia, la comunidad y las
organizaciones responsables de unidades educativas reconocidas o
autorizadas de gestin privada.
19. Ley de Educacin Nacional
- Art. 4. El Estado Nacional, Las Provincias y la ciudad Autnoma
de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable
deproveer una educacin integral, permanente y de calidad para todos
los habitantesde la Nacin y garantizar la igualdad, gratuidad y
equidaden el ejercicio de este derecho ,con la participacin de las
organizaciones sociales y las familias.(art. 3 LEF)
20. Desigualdad Natural
- Primaria 20 hs. Art. 28 LEN
- Secundaria 25 hs. Art. 33 LEN
- El mnimo es la Jornada simple
- Y para los que puedan propone:
- Art 29 Las autoridades educativas jurisdiccionales o
institucionales arbitrarn los medios que posibiliten ampliar la
experiencia educativa de la infancia ms all del mbito escolar,
generando lneas de accin tendientes a favorecer que los alumnos/as
conozcan la variada geografa del territorio nacional, gocen de
actividades deportivas y al aire libre y tengan acceso a las
actividades culturales de su localidad y otras.
21.
- Art. 33. El Consejo Federal de Educacin fijar las disposiciones
necesarias para que las distintas Jurisdicciones garanticen
- Inc.c) La creacin de espacios extracurriculares, fuera del
horario escolar, para el conjunto de los estudiantes y jvenes de la
comunidad, orientados al desarrollo de actividades ligadas al arte,
los deportes, la recreacin, la vida en la naturaleza y la
apropiacin crtica de las distintas manifestaciones de la ciencia y
la cultura.
22.
- Art. 89. El estado debe garantizar las condiciones materiales y
culturales para que todos los alumnos/as logren aprendizajes
comunes de buena calidad,independientemente de su origen social,
radicacin geogrfica, gnero o cultural.
- Aqu hace cargo a la Escuela de crear igualdad o desigualdad,
desconoce otros factores que son los que generan la
desigualdad.
- Destaca importancia de la Educ. Inicial y Especial pero no la
financia.
23. Yahora qu le pasar a miMaestra? 24. Rol del Estado:
- Midelos resultados una o dos veces.
- Criterios fijados por MEC y T en el maraco del CFE y las
Jurisdicciones aplican la evaluacin.
- Carrera docente : alica y directiva.
- Capacitacin una dimensin.
- Estabilidad ligada a su desempeo satisfactorio de conformidad
con la normativa vigente. Art. 72, inc. F.
- Derecho a la Libertad de ctedra. Inc.c.
- Concurso para pblico y no para privados.
25. Impacto en el rol docente:
- del Profesional Respetado
26. Impacto institucional:
- La competencia frente a la integracin al sistema de
Programas.
- Fragmentacin de la red institucional en sus cuerpos
acadmicos.
- Expulsin del sistema por falta de acreditacin.
27. Forma de Gobierno
- Centralizada en el PE Nac.
- Descentralizacin financiera.
- Centralizacin de recursos especficos de programas.
- Tendencia a la privatizacin
28. Quin toma las decisiones?
- La estructura acadmica. Niveles, cursos, duracin de la
obligatoriedad, requisitos de acceso?
- Establece las condiciones para obtener ttulos, quin los
expide?
- El currculo, objetivos, contenidos, mtodos yEvaluacin?
- Supervisa, inspecciona y Evala el SE?
29.
- Prctica poltica de cooptacinsegn articulado:
- 121 inc. b: (El PEN) asegura el cumplimiento de la ley a travs
de la planificacin, ejecucin, supervisin y evaluacin de polticas,
programas y resultados educativos y someter al dictamen del CFE los
casos de controversia
- 125. Las resoluciones del CFE sern de cumplimiento obligatorio,
cuando la asamblea as lo disponga
- 138. para la implementacin de los programas, actividades y
acciones de carcter obligatorio se requiera acceder a los recursos
la Provincias y Bs.As. Debern dar cumplimiento a los requisitos que
establezca la reglamentacin de la presente ley.
30. 31. Quin fue??????????? 32. Los autores.