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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
PUBLICACIÓN EN SITIO WEB
Resolución A.G N° 134/17y/ Expediente N° 13-09417/16 /
LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL PODER
JUDICIAL DE LA NACIÓN COMUNICA EL LLAMADO A LICITACION PRIVADA N°
145/17, ENCUADRANDO DICHO PROCEDIMIENTO EN EL ART. 25 y 26 (LICITACION
PRIVADA) DEL REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL CONSEJO DE LA
MAGISTRATURA DE LA NACIÓN APROBADO POR RESOLUCIÓN N' 254/15 Y LA
RESOLUCIÓN A.G. N° 10/16.
OBJETO: CONTRATAR EL SERVICIO DE OBTENCIÓN TAQUIGRÁFICA DIFERIDA PARA
EL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL N° 3, SITO EN COMODORO PY
2002, PISO 7', C.A.B.A., EN EL MARCO DE LA CAUSA N° 1149/09 CARATULADA
"BERAJA, RUBEN EZRA Y OTROS S/ ASOCIACIÓN ILÍCITA Y OTROS", DURANTE EL
PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL)" DE MAYO DE 2017 0 LA FECHA EFECTIVA DE
RECEPCIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA SI ESTA FUERA POSTERIOR Y POR EL
TÉRMINO DE SEIS (6) MESES - MES CALENDARIO -.
U u_ O PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES: Sitio Web del Poder Judicial de la
o Nación (wo.w.p]n.acv.ar) o en el Departamento de Compras de la
Dirección General de Administración Financiera, sito en Sarmiento 877,'
6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (horario: de 8:00 a
13.00hs.). El costo de reproducción del pliego queda a cargo del
oferente.
En caso que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se obtenga
desde el sitio web, deberán acercarse' físicamente al lugar de apertura
de las ofertas, a efectos de dejar registrada la descarga del citado
Pliego, brindando la información establecida en el Artículo 70 del
R.C.C.M. (CUIT, domicilio, fax, correo electrónico).
APERTURA, LunAR y FECHA: 'Dirección General de Administración
Financiera, sito en Sarmiento 877, 1er subsuelo, (SALA DE APERTURAS),
Capital Federal, el día 17 de Marzo de 2017 a las 10:00 hs.-
GMC / 02 LSV
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Sres 9.rni
DIR. GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA
DEPARTAMENTO DE COMPRAS
La presente cotización se encuentra amparada en lo establecido
por el Reglamento de contrataciones del Consejo de la Magistratura
aprobado por Resolución 254/15 del Plenario de dicho Consejo y la
Resolución 10/16 de la Administración General.
Calle
Firma funcionario autorizado
Reng. ítem Descripción : C.Unitario $ (Número y letras) C.Total $ (Número y letras)
1 Para efectuar el servicio de obtención taquigráfica diferida para el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nr 3, sito en Comodoro Py 2002, piso 72, C.A.B.A., en el marco de la Causa N2 1149/09 caratulada "Beraja, Ruben Ezra y otros s/ asociación ilícita y otros", durante el período comprendido entre el 12 de mayo de 2017 o la fecha efectiva de recepción de la Orden de Compra si esta fuera posterior y por el término de seis (6) meses — mes calendario
COSTO MENSUAL.
$
Pesos
$
Pesos
Costo Total (N' y letras)
• Son Pesos
Costo Global IN° y letras) *Bonificación por adjudicación íntegra
Son Pesos
-
.
ORnANISMO SOLICITANTE: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3, Av. Comodoro Py 2002, Piso 7°, Te1.4032-7264
/7263.
NOTA: AL MOMENTO DE PROCEDER A EFECTUAR LA CONVOCATORIA SE AJUSTARÁ LA FECHA DE INICIO DE LA PRESTACIÓN - EN rA90 DE SER NECESARIO-, MEDIDA-111M ASIMISMO, Y DE SER MENESTER, SE ADOPTARA AL MOMENTO DE EMITIR LA PERTINENTE ORDEN DE COMPRA.
_
El pliego de bases y condiciones particulares forma parte de la planilla de cotización.
EXPEDIENTEN2 13-09417/16
DE
LA
POR
LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA: Dirección General de
Administración Financiera -Departamento de Compras- Sarmiento
PROCEDIMIENTO: ART. 25 y 26 (LICITACIÓN
PRIVADA) DEL REGLAMENTO
CONTRATACIONES DEL CONSEJO DE
MAGISTRATURA DEL P.J.N. APROBADO
RESOL. N° 254/15
1ICITACION PRIVADA 1.1° 145/17
•
•
877, ler subsuelo (Sala de Aperturas), Capital Federal, el día
17 de marzo de 2017 a las 10 hrs.
RETIRO DE PLIEGOS:
Sitio Web del Poder Judicial de la Nación (~.pin.gov.ar) o
en la Dirección General de Administración Financiera,
Departamento de Compras - Sarmiento 877, 60 piso, Capital
Federal, de lunes a viernes de 8:30 a 13 hs - El costo de
reproducción del pliego queda a cargo del oferente.
OFERENTE
DOMICILIO:
TELEFONO:
CUIT:
CORREO ELECTRONICO:
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL
PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES
CLAUSULAS PARTICULARES
Servicio de obtención de la versión taquigráfica diferida y su correspondiente transcripción de las audiencias mediante un ejemplar de la registración en soporte magnético en el marco de la Causa N°1149/09 con destino al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3.
ARTÍCULO 1°.- OBJETO Y DURACIÓN DEL CONTRATO. La presente contratación tiene por objeto contratar el servicio de obtención taquigráfica y su correspondiente transcripción literal en versión digital de las audiencias indicadas en el cuerpo principal y Especificaciones Técnicas y Cláusulas Particulares que componen el Pliego de Bases y Condiciones.
Las tareas descriptas en ningún caso podrán dar lugar a reconocimientos de mayores costos, gastos adicionales o incrementos en el importe adjudicado.
ARTICULO 2°.- ANTECEDENTES/ PRINCIPALES CLIENTES. De conformidad con lo establecido en• el Anexo A apartado 7 de la Resolución AG N° 10/16, los oferentes deberán adjuntar .a su oferta un listado detallado de al menos tres (3) principales clientes, los que deberán ser antecedentes de trabajos 1 efectuados en los últimos tres (3) años, de cornplejidád similar, con constancia escrita de haber realizado los mismos, y cualquier otro elemento de juicio-(contratos suscriptos, actas de recepción de trabajos, etc.) que demuestre la capacidad técnica y la responsabilidad de la firma.
ARTÍCULO 3°.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el-pleno conocimiento y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el presente procedimiento de selección, por lo que .no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la oferta. La oferta deberá cumplir con los requerimientos establecidos en las "Condiciones Generales de la Oferta y del Oferente" (artículo 40), en las "Condiciones de la Oferta Económica" (artículo 5°) y en las "Especificaciones técnicas", de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego.
La oferta es por renglón entero, por todos o por alguno de ellos.
Cada uno de los Reglamentos mencionados en las presentes, podráner consultados en el, 1 sitio web de este'Poder Judicial — wmv.oinidov.ar -
ARTICULO 4°.- CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA Y DEL OFERENTE.
Las ofertas se ajustarán a lo siguiente:
1. Serán redactadas en idioma naCional. Deberán encontrarse foliadas en todas sus fojas de manera correlativa, en dos (2) copias. Los sobres de las propuestas se presentarán perfectamente cerrados e indicarán en su cubierta la contratación a que corresponden, el día y hora de la fecha de apertura de ofertas y el nombre o razón social del oferehte;
2. Las propuestas deberán estar firmada S en todas sus fojas por el oferente o su representante legal autorizado. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de las propuestas deberán ser debidamente salvadas por el oferente o su representante legal autorizado.
3. El oferente, cuya oferta supere los PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000), deberá contar con el Certificado Fiscal pata Contratar ante el Estado vigente. En el caso de que el oferente no lo hubiese tramitado o no lo tuviere vigente, deberá presentar copia fiel de la nota presentada ante la AFIP, Según lo establecido en el Anexo A del apartado 70 del Aneto a la Resolución AG N° 10/16.
4. Deberán 'contener: 4.1. Las constancias de antecedentes por escrito, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 2° de las presentes Cláusulas Particulares. 4.2. Informe emitido por Contador Público Nacional con firma certificada por el
Consejo Profesional donde conste: • Nómina de empleados; • Que el libro de! Artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo se lleva en forma
legal; • Que los sueldos/jornales están liquidados correctamente y que se da
cumplimiento a las obligaciones de la seguridad social, 4.3. Listado de la ART del personal asegurado. 4.4. Los oferentes deberán acompañar junto con su oferta la información detallada
en el Anexo A del apartado 7 del Anexo de la Resolución N° 10/16 de la Administración General del Poder Judicial de la Nación.
4.5. Declaración jurada de habilidad para contratar con el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, según el Anexo B del apartado 7 del Anexo de la Resolución N° 10/16 de la Administración General del Poder Judicial de la Nación.
5. Serán objeto de desestimación sin más trámite:
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 136-DEI-J-USECTÁTDEnaVA-561
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL
5.1. Las que estuvieran escritas con lápiz o con un medio que permita el borrado y reescritura sin dejar rastros o que resultaren ilegibles;
5.2. Las que fueran formuladas por personas no habilitadas en los términos del artículo 78 del citado Reglamento;
5.3. Las que contuvieren condicionamientos que impliquen una contrapropuesta a las cláusulas del presente pliego de bases y condiciones particulares;
5.4. Las que presentaren raspaduras, enmiendas o interlineas en el precio, cantidades, plazo de mantenimiento, plazo de entrega o alguna otra parte que hiciere a la esencia del contrato, si no estuvieren debidamente salvadas;
5.5. Las que contuvieren cláusulas que se opongan a las normas que rigen la contratación;
5.6. Las ofertas en la que se cotizara precio excesivamente bajo de acuerdo con los criterios objetivos que surjan de los precios del mercado y de la evaluación de la capacidad del oferente que mereciere manifiestamente la calificación de irrisorio o no serio;
5.7. Las que hubiesen sido formuladas por un oferente inelegible en los términos del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 o que hubiese transgredido la prohibición de presentar dos ofertas en los términos del artículo 84 del mencionado Reglamento.
ARTÍCULO 5°.- CONDICIONES DE LA OFERTA ECONÓMICA.' El oferente • deberá completar la "Planilla de cotización" que forma parte del presente pliego. La cotización deberá. presentarse de acuerdo con lo previsto en las Especificaciones Técnicas y completarse con cada •uno de los datos • solicitados, haciendo constar el precio unitario y total, cierto, en letras y números. La moneda de cotización es en PESOS ARGENTINOS. Después de haber cotizado por renglón, el oferente podrá efectuar un descuento en el precio por el total de los renglones, sobre la base de su adjudicación íntegra.
ARTÍCULO 6°..- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA. Las ofertas deberán ter mantenidas por el término de sesenta (60) días corridos a contar desde la fecha de apertura de las propuestas.
El mantenimiento de la oferta se renovará atitomáticamente por igual plazo, de conformidad con lo establecido en el artículo 83 del Reglamento aprobado por la Resolución CM 254/15.
Cada uno de los Reglamentos mencionados en las presentes, podrán ser consultados en el 3 sitio web de este Poder Judicial — www.pin.dov,ar -
ARTICULO 70.- APERTURA DE OFERTAS Se recomienda a los señores oferentes arbitrar los medios a su alcance a efectos de que su oferta se encuentre ton la sufibiente anticipación a la hora prevista para la apertura ettel lugar indicado en "LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS". A partir de la hora fijada parala apertura 'del Acto no se aceptarán ofertas, aun cuando él acto no te haya iniciado.
ARTICULO 8°.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS. Previo a la evaluación económica de las ofertas, se analizará la información aportada por los oferentes a fin de determinar el cumplimiento de las especificaciones de cada renglón y las cláusulas del presente pliego con el propósito de considerar la admisibilidad de las ofertas. Serán desestimadas aquellas ofertas que se encuentren comprendidas entre las causales de desestimación establecidas expresamente por el presente pliego. Asimismo, se desestimarán aquellas ofertas que se encuentren comprendidas entre las causales detalladas en el articulo 103 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15.
Cuando proceda la Comisión de Preadjudicaciones o el Departamento de Compras intimará al oferente a subsanar los errores u omisiones (Art. 104, Resolución CM N° 254/15) dentro del término de cinco (5) días hábiles, La no subsanación dentro del plazo establecido acarreará la desestimación de la oferta. De las empresas consideradas admisibles y convenientes, la Comisión de Preadjudicaciones determinará el orden de mérito teniendo en cuenta el precio, la calidad y la idoneidad del oferente. Asimismo, se aplicarán las leyes de Compra a MIPYME y Compre Trabajo Argentino (arts. 112 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 y 8 del Pliego Único de Bases y Condiciones, Anexo II de la Resolución CM N° 254/15) en los casos que corresponda. El dictamen de preadjudicación se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes mediante correo electrónico o notificación electrónica. Cuando no fuera posible notificar mediante dichos medios, podrá utilizarse cualquiera de los medios de notificación previsto en el artículo 68 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15. Los interesados podrán formular impugnaciones al dictamen dentro de los cinco (5) días hábiles de su notificación. Los oferentes deberán constituir garantías en los casos de impugnaciones contra el Dictamen de Preadjudicación, en aquellos casos en que hubieren presentado más de dos (2) impugnaciones contra dictámenes de preadjudicación en un (1) ano calendario. En esos supuestos el importe de la garantía será equivalente al uno por ciento (1%) de la oferta del impugnante. En ningún caso el depósito podrá ser
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA 1 PODER .1 u 55-17611X‘liES
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL
inferior a la suma de pesos doscientos ($200). Dicho depósito se efectuará en el Banco de Depósitos Judiciales a la orden del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, en la cuenta N° 250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales) denominada "PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impug.Lic-Gtia".
ARTÍCULO 9°.- ADJUDICACIÓN. 1. La presente contratación queda sujeta a la existencia de créditos y recursos al momento de la adjudicación. 2. El consejo de la Magistratura adjudicará por renglón, por grupo de renglones o adjudicación íntegra. 3. La adjudicación será notificada a todos los oferentes dentro de los tres (3) días a contarse desde el dictado del acto respectivo por los medios de notificación previsto en el artículo 68 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15.
ARTÍCULO 10.- EMPLEO DE PERSONAL: El adjudicatario está obligado a asegurar a su personal contra accidentes de trabajo de acuerdo a las reglamentaciones vigentes. A tal efecto, deberá en el plazo máximo de 48 horas hábiles de recibidaS la correspondiente orden de compra, ante la intendencia del edificio involucrado o, a falta de .ésta, .ante la habilitación pertinente, presentar la póliza que certifique .dicha obligación, como así también la nómina del personal afectado al servicio en la cual constarán sus nombres.y apellidos, tipo y . .número de documento de identidad y número de legajo; no pudiendo ingresar ningún personal, ni por ende, ejecutar tarea alguna, hasta cumplir con el requisito enunciado. Deberá informar las altas y bajas correspondientes. Ante el supuesto de producirse altas, ese trabajador sólo podrá ingresar luego de tenerse por acreditado tal extremo en los términos enunciados en el presente pliego.
El oferente deberá mantener al día los pagoá de las pólizas de ART respecto de tales empleados. En efecto, al momento de requerir la conformidad del servicio prestado, deberá hacer entrega al Poder Judicial de la Nación de la constancia de pago mensual de dicha cobertura.
Asimismo, el oferente deberá notificar a Poder Judicial de la Nación la nómina y el número de CUIL de todo el personal afectados al servicio en el Poder Judicial de la Nación y entregará mensualmente del 1 al 10 de cada mes las constancias de pago de las remuneraciones y copia firmada de los comprobantes de pago mensuales al sistema de seguridad social, a fin de poder percibir los .pagos de los servicios devengados
La falta de cumplimiento por parte del oferente de !al obligaciones detalladas en la presente cláusula, facultará al Poder Judicial de la Nación, a dar por rescindido el
Cada uno de los Reglamentos mencionados en las presentes, podrán ser corisultados en el 5 sitiomeb de este Poder Judicial — www.pin.gov.ar -
contrato que se suscriba por exclusiva culpa del oferente, previa intimación fehaciente para que cese en su incumplimiento en el plazo de 5 (cinco) días hábiles a contarse desde la recepci6n de linotificación.
Se deja expresamente establecido que el Poder Judicial de la Nación no tendrá ningún tipo o forma de relación de dependencia con el personal que el oferente contrate para la prestación del servicio objeto de la presente contratación. El contratista será el único y exclusivo responsable de todas las obligaciones laborales, fiscales, previsionales, de la seguridad social y sindicales frente a los empleados afectados a la prestación del servicio. Asimismo, el contratista será responsable ante incumplimientos de las obligaciones derivadas de la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19.587 y su Decreto Reglamentario de Higiene y Seguridad N° 911/96.
Se deja expresamente establecido que para el supuesto que algún dependiente del oferente formulase algún reclamo judicial y/o extrajudicial contra Poder Judicial de la Nación, con origen en la relación laboral desempeñada en cumplimiento de la presente contratación, estarán a exclusivo cargo del contratista el pago de la totalidad de los• importes reclamados, así como también de todos los gastos y honorarios judiciales y extrajudiciales, asumiendo expresamente el oferente la obligación de mantener indemne al Poder Judicial de la Nación por cualquier reclamo judicial o extrajudicial con origen en el contrato.
ARTICULO 11°.- RECEPCIÓN. A los fines de la recepción provisoria y definitiva será aplicable lo dispuesto en el presente artículo y en los artículos 137, 138 y 139 del "Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación", aprobado por la Resolución C. M. N° 254/15.
La recepción provisoria y definitiva se realizará conforme a los requisitos establecidos en este Pliego de Bases y Condiciones.
La recepción provisoria y definitiva se otorgará mediante remito suscripto por el Organismo correspondiente, indicando la fecha, firma y sello aclaratorio.
11.1. Recepción definitiva.
La recepción definitiva se otorgará según lo indicado en el cuerpo principal mediante la presentación de las facturas debidamente conformadas de acuerdo a lo previsto en el articulo 141 del "Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación", aprobado por la Resolución C. M. N° 254/15 que forman parte del Pliego de Base y Condiciones que rige la presente contratación.
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA -P-ODER'JUDICIAL DE 'LA RTÁ—C-1-6-Ñ'
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL
A fin de obtener la recepción definitiva el contratista deberá presentar a la Habilitación/Intendencia la siguiente documentación:
o DD.JJ. Formulario 931 y comprobantes de pagos. o Comprobantes de pagos de Planes con detalles de cuotas (MIS
FACILIDADES) si hubiere. o ART. con Nómina de Empleados o Nominativo AFIP de Empleados. o Recibos de Sueldo. o Listado de Empleados que prestan servicio en PJN.
ARTÍCULO 12°.- RESPONSABILIDADES.
El Poder Judicial de la Nación no se responsabiliza por el riesgo que puedan generar los servicios prestados por el co-contratante, ni por ninguna reclamación de terceros en virtud de éstos, siendo el contratista en todos los casos el único responsable. El adjudicatario se hará responsable de los perjuicios, desapariciones, robos, hurtos, daños intencionales y/o accidentales que por causas imputables a él o a su personal pudieran sufrir los bienes de la' dependencia judicial. Probada la culpabilidad, el adjudicatario debe responder por lo desaparecido o dañado o bien reintegrar el importe que al efectadetermine la autoridad judicial. •
El contratista es responsable de tomar todos los recaudos necesarios para la protección contra• riesgos laborales del tipo: choque eléctrico, trabajos con agua a presión, caída de personas y cosas, golpes contra objetos por falta de iluminación, vapores y gases, etc., así como de impedir la posibilidad de transmitir enfermedades contagiosas o afectar sanitariamente el medio.
Asimismo, será responsable de los daños que pudieran ocasionarse a bienes de propiedad del Poder Judicial de la Nación o a terceros. A estos efectos extremará los recaudos para prevenir siniestros capaces de producir lesiones a personas, tanto se trate de personal.del Poder Judicial •de.la Nación, de terceras personas o a bienes muebles .e inmuebles de aquel o de. terceros..
ARTÍCULO 13°.- PAGO. El pago del servicio se realizará una vez que éste haya sido prestado de conformidad, a los treinta (30) días de presentada la factura, de acuerdo con lo previsto en el artículo 141 del "Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del PoderJudicial de la Nación", aprobado por la Resolución C.- M. N° 254/15. Las facturas deberán presentarse .de lunes a viernes de 8 a 13 hs. en Sarmiento 877, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cada uno de los Reglamentos mencionados en las presentes, podrán ser consultados en el 7 sitio web de este Poder Judicial — wwwpinmov.ar -
No se dará curso a la facturación que no reúna los recaudos exigidos por las disposiciones legales vigentes y que no se presente acompañada de la certificación de recepción definitiva, la que debe ser otorgada por funcionario, con sello aclaratorio y anteponiendo la leyenda "Provisión prestada de conformidad", la fecha de recepción y de otorgamiento de la recepción definitiva. A.tal fin el contratista acompañará el remito -que acredite la fecha de terminación de las tareas que componen la prestación contratada.
A los efectos del impuesto al valor agregado (IVA), el Estado deberá ser considerado como consumidor final.
ARTICULO 14°.- PENALIDADES. Sin perjuicio de lo establecido en las Especificaciones Técnicas, ante incumplimientos en el desarrollo del procedimiento de selección o en la ejecución del contrato, los co-contratantes serán pasibles de las penalidades establecidas en los artículos ,148 a 152 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N°254/15. Para la aplicación de las sanciones no será necesario que existan varias quejas, bastará solamente el incumplimiento del servicio en una oficina, circulación, etc.
ARTICULO 15°.- PROVISIÓN DE HERRAMIENTAS E INSUMOS. El adjudicatario deberá proveer todo elemento manual, mecánico o de cualquier índole necesario para efectuar la registración.
ARTICULO 16°.- CONFIDENCIALIDAD. El adjudicatario se comprometerá formalmente a mantener en reserva y a no divulgar o poner en conocimiento de terceros toda la documentación que llegue directa o indirectamente a su poder como consecuencia del servicio prestado. A tal fin preparará a su personal para que responda adecuadamente al compromiso antedicho.
Con una anticipación de 15 días al comienzo de sus actividades proporcionará a las autoridades judiciales, los datos personales de aquellos, debiendo esperar la autorización de las mismas para su incorporación a las tareas. Idéntico criterio se seguirá para el ingreso de nuevo personal.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA .,trit, PODER JUDICIAL DE LA NACION
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL
ARTICULO 17°.- CONOCIMIENTO DE REGLAMENTACIONES.
Por el sólo hecho de presentarse a este procedimiento de contratación el oferente declara que conoce y dará estricto cumplimiento a las normativas nacionales, provinciales y municipales vigentes que regulen la materia, como asimismo los correspondientes a Servicios Públicos nacionales, provinciales o privados, se encuentren o no referidos en el pliego y a todo otro reglamento técnico que sea de aplicación.
ARTICULO 18°.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE CRÉDITO.
Quedan expresamente prohibidas las cesiones de créditos generados en virtud del objeto de la presente contratación.
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Cada uno de los Reglamentos mencionados en las presentes, podrán ser consultados en el 9 sitio web de este Poder Judicial — www,pjn.00v.ar -
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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN
DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA JUDICIAL
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Servicio de obtención de la versión taquigráfica diferida y su correspondiente transcripción de las audiencias mediante un ejemplar de la registración en soporte magnético en el marco de la Causa N° 1149/09 con destino al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3
1. COTIZACIÓN.
La cotización será presentada en los renglones detallados a continuación:
RENGLÓN 1: Para efectuar el servicio de obtención de la versión taquigráfica diferida y su correspondiente transcripción de las audiencias mediante un ejemplar de la registración en soporte magnético en el marco de la Causa N° 1149/09 con destino al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 3, sito en Comodoro Py 2002, piso 7°, durante el período comprendido entre el 1° de mayo de 2017 o la fecha efectiva de recepción de la Orden de Compra si esta fuera posterior y por el término de seis (6) meses — mes calendario —
2. FRECUENCIA LOS TRAÍ3AJOS'
La frecuencia de los trabajos será todos los Martes y Miércoles por medio de cada mes con un horario estimado de 10 hs. a 18 hs.
El texto de la registración será puesto a disposición del Organismo requirente en el plazo de entrega que será acordado con el Funcionario responsable del mismo previamente a la iniciación de los trabajos.
Durante el mes de Enero de 2017 no se realizaran Audiencias.
,Cada uno de 101 Reglamentót.mericioriados en las presentes, podrán ser consultados en el 11 sitio web de este Poder Judicial — www.pjn.gov.ar -
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Oferente
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fiscal vigente)
Lo verifica
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Compras
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el
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Contable general Contador
Nacional'
correspondiente. . al cortiricado
último ejercicio Consejo
anterior a la foOlui de Profesional
prementació'n
Datos del certificado
fiscal pera •
Contratar vigente
Datos del lbalmilpe Balance firmado por
Público
por el
de
Ciencias Económicas ,
de
le juriediooión
de oferte que Corresponda
Copia flel del
Denominaolón, lugmr compüorni50 de
leche y constituol6n
con la
objeto del compromiso correspondiente
de , inscripción m'II Ion
cons1;Itoción y datoe regintroé públicos
de ineeriPoión correspondlentee o
registral o del constancia de inicio
tramite r ajé/motivo de tramité
DOmiCiliOr real o declara el
eepeelal, oferente con la
presentación do la
nümero de teléfono y oferta
dlrloción de corroo
electrónico
Lo constate el
. ailmexo de Clave ónice Departamento da
General de Compras •
dentlfloaolón
Triutarla (CUITI mediante inte'rnet
Copia fiel del
Identleloación de o aomOrOmiso de
emproe constituclén—
Individuales o
peñones jukdlci(w
que lo. Integran
Copia fiel . del
IdintificoolOn de las Contrato mocita_ de
personar, que cacle
lampreo/ sus
infigran nada emprwea modllloacioétal
Información sobre 101
prinelpale,
olientes del vector bo declara
pnblioo y oferente cOnlle
privIdo, ampón el presentación do la
montó de Oferta,
fecturoolon en
3.0
nitimos tras (3)
Año,
V ente
Traneltoxiee
Consocoloa
a
Coopereoión
eviaiona
ADMJNTRACIONGUNEPAL
lm#omitiva Patos de la
presentada ante
la ArIP a los fines
solicitar
el Certificado
para Contratar
Mota Copia fiel u original
da la nata presentada de ante la Atip (este
dato no SS necesario
Dialal al posee certificado
fiscal vigente)
Datos del certificado
fiscal para •
contratar vigente
CPntable
Dalos del
gen'eral balance
Co pi fiel del acta
da aaamble&
constitutiva
estatutos u otros
Denominación
CONSEJO PE LA MAGISMTUU Pabfflic575ÁTIPITialt-
coreespondiente
último ejjrcjil0 -
3 la fecha de Presentación
de la oferta
Lo Verifica el
DepartaMento de
Compras
Mediante íntarnet.
Paiance firmado por
Contador PóblIco
Nacional Y
cettificado por al
Consejo
Profesionaa de
Ciencia Ebonómicas
de la jurisdicción
que corresponda
Lugar, fecha objeto
duración dei
natrUmento
constitutivo y datos de la
inscripción regiettal
Cop a fiel del ac
de asamblea
conatitutiva
estatutos u otros
y sus modificatorias
'situadas Generales nnmero 'de tele fono y
dirección de . correo trepe
electrónico
Domicilio,. ro Cooporativam
especial, 1 o declara el
oferente con la
presentación de la
oferta
o /4
4 /gs
'hinme o de Clave única
de
Identificación
Tr1bUtelri4 (MC)
Lo constata el
DepartaMentd de
Compras
mediante Internet
Nómina dejos actuales Copia fiel del acta
)3
integrantes de asamblea u otros
Información Pobrt los
principales
clientes del secton Lo declara
páblito y oterents•,con
privado, segón el presentación de
la
montada oferta :
facturaclen en vs
últimos tres (31
Anos_
Copla fiel, u original
de la nota prese'ntada
ante la ACIP (ente
dato n'e ps necesario
si posee certificado
fiscal .vigente)
Lo :verifica el
Departamento de
Compras .
median't4 internar,
Impositiva Datos de la nota
Y presentada ante
la AVIP a loe fines de
plannsion 1 solicitar
el Certificado Fiscal
pareContratar
Datos del certificado
fiscal pare
contratar vigente
Contable
Datos del
balance
general
correspondiente al
último ejercicio
anterior I In fecha de
presentación
de la oferta
BalanCe domado por
Contador Publico
Waclon'al y
ertiliado por el
Consejo- •
oresional de
Ciencias: Económicas
de 14 jurisdicción
que corresponda
;,.
CONSEJO DE:LA MAGISTRA,1 /411.912A POD1R JUDICIAL IDE LA Nnia51-
' ADMINISTRACION GENERAL
ANEXO O -apartado / DECLAMO/6N 'TORADA DM IULDILtDAP PARA OONDRATAA.O00 1114 00019E:0 DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN
Nombra y apellIdo o reson'eboiali
cUIT'
1/1a qua suscribe, declara bajo . juramento que no se encuentre incurso en
ningunas da los .causales de inhabilidad pera COntrALAt establecidas en el
artículo 18 del Reglamento !is' Contrataciones del Concejo de la Magistratura
del poder Judicial da lo Nación aprobado por la Reholucien CM N 25 4 /15,
"ARTICULO 78: PERSONAS NO HARILITAbAl, No Podrán Contratar con 41 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DM LA NACIÓN' 1.- las personas huMona, o Jurldlead Sancionadas con' suspensión o inhábilltecah .ptir le OrrcIÑA NACIONAL DE cONIUTACEONEEN 2.- Las Pernil-lee borbolleo o luridicah con canciones vigen€ea en el ámbito del PODER JUDICIA1, 0$ LA CIAC1OPH
1,- Los magistrados,. gunciOnarlos y empleados públicos del' Sector Público Racional y ,lee poi-eones jurídico,' en 'las cueles aquellos tuvieran partlaipociJ9n aufiolemle pera formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido ec , la Ley n' 25.188 de hice Públloal 4.- Loa proceie'doa y condenado, por delitos de .lesa humanidad' .
5,- Loe condonado., por delitos dolosos, por un plato igual al 'dobla de 'la condene;
6.- Loe fallidos, ooncorendoe e interdictos, mientras no sean rehabilitados' 1,- Lee personas que es enoontralren . prociesadaa , pot d'altos contra la Admlnistreolon Público Nacional u otras entidedee del seotOr, público nacional, provinctal y municipal o contri' la le pública o por deliros tipificados por la
Convención Znteremekicana Contra le CorruPción, eei como lee persones
jouldicas cuyo* 'integrantes se encuentran en d'Una, situaciones, 8,- Les personas hwnenas o juridicae que 'no hubieren cumplido con sus obligecionse eribularini y provisionales'
- Los persones humanas o juridiona que no hubieran cumplido en tiempo
oportuno con les exígenolee eeteblooidee por el último pérrafo del articulo 8' da la Ley n' 24.156;
10,- Loe empleadores incluirlos en el Registro Público. de Empleadores con
Menciones Laborales 'REPSAL) durante el tiempo que permaneacan en el mismo".
= o o
• u U. o o
19
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