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PLAN REGIONAL DE
EMERGENCIAS MINERAS
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REGIÓN DE VALPARAÍSO Versión I
08-09-2015
PLAN REGIONAL DE EMERGENCIAS MINERAS
“Plan de Operaciones para Situaciones de
Emergencia en la Pequeña Minería”
REGIÓN DE VALPARAÍSO
Actualizado por:
Comisión Plan
Emergencia CORESEMIN
VALPARAÍSO
Revisado Por:
CORESEMIN VALPARAÍSO
Aprobado Por:
INTENDENTE REGIÓN DE
VALPARAÍSO
Fecha: 08 de septiembre
de 2015
Fecha: 08 de septiembre de
2015
Fecha: 30 de septiembre
de 2015
PLAN REGIONAL DE
EMERGENCIAS MINERAS
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PRESENTACIÓN
La pequeña minería y minería artesanal de la Región de Valparaíso la componen en la
actualidad aproximadamente 250 faenas mineras en actividad permanente1, en la
que laboran como promedio 4 trabajadores directos por faena.
Esta minería se concentra principalmente en las provincias de Petorca y San Felipe, y
en menor medida en algunas comunas de las provincias de Los Andes y Quillota.
El presente documento viene a complementar el Plan Regional de Emergencia y su
propósito es contribuir a la prevención y atención de situaciones de emergencia que
puedan presentarse en la pequeña minería y minería artesanal, la cual desarrolla su
actividad en yacimientos de pequeño tamaño, los que muchas veces no cuentan con
estudios de su potencial que le permitan diseñar su explotación en forma óptima y
segura.
Este Plan es un protocolo que permite coordinar los aportes y ayuda disponibles,
públicos y privados, para concurrir en apoyo de situaciones de emergencias en la
pequeña minería y la minería artesanal.
1 Registro de faenas mineras, año 2015, Dirección Regional Sernageomin Zona Centro
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1. ANTECEDENTES GENERALES
El Decreto Supremo N°132 de 2002 y sus modificaciones, que fija el texto refundido,
sistematizado y coordinado del Decreto Supremo N°72 que establece el Reglamento
de Seguridad Minera, regula las acciones y condiciones en las que debe operar en
forma segura cualquier faena minera en Chile, tanto de la pequeña, mediana y gran
minería.
Respecto a las emergencias, la gran y mediana minería cuentan con los recursos
humanos, técnicos y financieros disponibles para enfrentarlas, lo que no sucede en la
pequeña minería, que requiere la concurrencia de aportes públicos y privados.
Un ejemplo que se destaca en este sentido, es la creación en el año 2013 de la Red de
Apoyo a la Emergencia Minera (RAEM) de los Bomberos de Putaendo, Llay-Llay y
Cabildo, lo que contó con el financiamiento del Gobierno Regional, la coordinación
de la Seremi de Minería y el apoyo de la empresa privada. Este apoyo consistió en
capacitación y equipamiento para 30 voluntarios (10 de cada cuerpo de bomberos)
para enfrentar emergencias de este tipo.
Este Plan de Operaciones para Situaciones de Emergencias Mineras en la región de
Valparaíso es una herramienta diseñada para apoyar la pequeña minería, quedando
por desarrollar los mecanismos y recursos que serán necesarios, tarea que junto al
CORESEMIN, deberán llevar adelante la Seremía de Minería y la Dirección Regional
Zona Central de SERNAGEOMIN.
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2. EMERGENCIA MINERA Y MARCO DE ACCIÓN
Las situaciones de emergencia en la pequeña minería se deben enfocar en dos
etapas:
Plan Básico: Consiste en la activación inmediata de los procedimientos y
protocolos de emergencia mínimos que debe poseer cualquier faena minera
para atender sus emergencias. Estos protocolos se deben basar en una
evaluación primaria de riesgos.
Plan de Operaciones de Emergencias Mineras: Se aplica cuando una situación
derivada de una emergencia minera no puede ser controlada con los medios
disponibles en el Plan Básico, generándose una situación de emergencia. Este
plan debe considerar la aplicación de una fase de alarma, una fase de
respuesta, y una etapa de comunicaciones.
Dependiendo de la magnitud de la emergencia, será la Dirección Regional de
ONEMI quien coordinará las acciones y apoyos de recursos humanos y materiales
del Sistema de Protección Civil, que permitan responder adecuadamente a la
emergencia.
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3. PLAN DE OPERACIONES DE EMERGENCIAS MINERAS
3.1. OBJETIVO
Lograr una adecuada coordinación para movilizar recursos adscritos al Plan de
Emergencia con el fin de enfrentar exitosamente las emergencias mineras. Dada
su complejidad y condiciones geográficas en que se desenvuelve, requiere contar
con los medios y personal adecuado para dar una respuesta satisfactoria ante una
emergencia.
3.2. ALERTAS ESCALONADAS O FASE DE ALARMA
Una alerta, es una señal o sobre aviso que indica que podría existir o existe una
situación de emergencia, lo que determina la preparación y/o movilización de
recursos que sean necesarios orientados por los principios de ayuda mutua y uso
Escalonado de Recursos. Toda preparación y movilización de recursos adicionales,
que sobrepase la capacidad local, se encontrará bajo la coordinación de la
Dirección Regional de ONEMI.
El Plan de Operaciones para situaciones de emergencias mineras, considera dos
tipos de alertas para su aplicación:
3.2..1. Alerta Nivel 1
Esta alerta corresponde a una emergencia en donde se aplica el Plan
Básico, es decir, los recursos con que cuenta la faena minera son suficientes
para dar una respuesta inmediata y adecuada. Sin embargo, se debe dar
alerta a través del sistema de comunicaciones, de modo de mantener
informados a los distintos integrantes del sistema, quienes deben estar
preparados en caso que el desarrollo de la emergencia requiera apoyo de
recursos adicionales. Será responsabilidad del “dueño” o representante de
la faena y/o del trabajador responsable entrenado para estas situaciones,
dar la información correspondiente.
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3.2.2. Alerta Nivel 2
Esta alerta corresponde a una emergencia en donde los recursos disponibles
mediante el Plan Básico no son suficientes para dar una respuesta inmediata
y adecuada, por lo que se requiere la activación del apoyo inmediato de
los otros integrantes del sistema, por ejemplo, Bomberos, Servicio de Salud,
Mutualidades, Carabineros y otras empresas participantes. Se debe dar la
alerta a través del sistema de comunicaciones donde, de manera
inmediata, se deben activar los protocolos de respuesta de cada uno de los
integrantes del sistema. Será responsabilidad del “dueño” o representante
de la faena dar la alerta correspondiente.
3.2.3. Codificación de Emergencias
La codificación para los distintos tipos de emergencias es la siguiente:
• Clave 1: Personas atrapadas en faena minera de difícil acceso y que se
establezca la posibilidad de que estén con vida
• Clave 2: Personas atrapadas en zonas de acceso más fácil y que se
encuentren con vida
Clave 3: Rescate de Personas fallecidas
Clave 4: Emergencias que impliquen riesgos para la población cercana
(Colegios, hospitales, asentamientos, etc. )
Clave 5: Emergencias que impliquen riesgos para el medio ambiente
(Compromiso cursos de agua, emanación de gases, suelos, etc.)
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3.2.4. SISTEMA DE ACTIVACIÓN DEL PLAN DE OPERACIONES (FASE DE RESPUESTA Y
ETAPA DE COMUNICACIÓN)
Las comunicaciones para enfrentar situaciones de emergencias mineras se
canalizarán por la Red del Sistema de Comunicaciones Regional de
Emergencia y, preferentemente para las coordinaciones operativas, se
utilizarán los siguientes subsistemas para las tareas específicas que se indican:
a) Subsistema VHF BOMBEROS, coordinación operativa de terreno.
b) Subsistema VHF REGIONAL, coordinación del Centro Regional de Alerta
Temprana de la Dirección Regional de ONEMI con las Oficinas Comunales
y Provinciales de Emergencia y los Coordinadores de Emergencia
correspondientes.
c) Los refuerzos con red de teléfonos satelitales se analizará en detalle más
adelante.
El Centro Regional de Alerta Temprana de la Dirección Regional de ONEMI,
mantendrá los subsistemas indicados permanentemente activos y a
disposición del Coordinador Regional de Emergencia.
Para este efecto, se deberá alertar según el siguiente diagrama de flujo.
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a) Se da aviso a Bomberos del sector, indicando los antecedentes descritos a
continuación:
• Tipo de emergencia (breve descripción)
• Lugar (referencia geográfica, coordenadas UTM en Datum
WGS84, etc.)
• Hora de inicio de la emergencia
• Número de personas involucradas
• Nombre de la persona que llama
• Teléfono o correo de contacto
b) Bomberos que recibe la alerta, activará a los otros organismos integrantes del
sistema quienes activaran sus protocolos internos de respuesta y se dirigirán
al sector de la emergencia
No obstante, cualquier organismo que sea notificado en primera instancia, deberá
alertar a los otros organismos integrantes del sistema.
Emergencia
Bomberos
Carabineros Onemi Sernageomin Salud (Organismo
administrador, Samu)
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3.3. PUNTO DE ENCUENTRO
Es un lugar destinado por el coordinador de emergencia al cual deben concurrir
y concentrarse los recursos humanos y materiales para recibir instrucciones
específicas de las tareas a desarrollar y su distribución en la zona la emergencia.
Por la dispersión geográfica de las faenas mineras la ubicación del punto de
encuentro será decidida en un lugar de fácil acceso y que tenga puntos de
referencia conocidos. También se informará mediante sistema de coordenadas
UTM (Universal Transversal de Mercator) en Datum WGS 84.
4. ORGANIZACIÓN Y MEDIOS PARTICIPANTES
4.1. COORDINADOR DE EMERGENCIAS MINERAS
El Coordinador de Emergencias Mineras será el Director Regional de ONEMI o
quién lo represente. En caso que no sea posible, lo hará el Seremi de Minería o
el Director Regional SERNAGEOMIN Zona Central, en ese orden.
Será función del coordinador de emergencias mineras en forma permanente:
a) La verificación y evaluación de la situación con la Jefatura de emergencia y
con otros Jefes de Servicios y/o instituciones participantes en la emergencia
b) La coordinación de la movilización de los recursos humanos y materiales
disponibles que la situación aconseje y que le sean solicitados por el Jefe de
emergencia
c) Informar a la autoridad de Gobierno Interior sobre la situación, medidas
adoptadas, necesidades y toda otra información relativa a la emergencia
Evaluaciones de la situación permitirán al Director Regional de ONEMI modificar
la amplitud y/o cobertura para la movilización de recursos y área de aplicación
de la respectiva Alerta.
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Se considerará superada la situación de emergencia cuando los recursos utilizados
en ésta retornan a sus actividades habituales, acción que será reportada por el
Coordinador de Emergencias Mineras.
4.2 JEFE DE EMERGENCIA
Dado que el aviso inicial de la emergencia se dá al Cuerpo de Bomberos del
sector, en una primera instancia el Jefe de la Emergencia será el Comandante
del Cuerpo de Bomberos local o quien lo reemplace, quien tendrá el mando
operativo y la exclusiva responsabilidad de las acciones dirigidas a enfrentar la
emergencia minera, y quien deberá estar asesorado por un integrante de la
RAEM.
Una vez que se presente el SERNAGEOMIN en el lugar del suceso, se establecerá
un mando conjunto entre el jefe de la emergencia inicial y Sernageomin.
Es imprescindible la presencia de personal especialista del SERNAGEOMIN,
especialistas de la SEREMI de Minería y del dueño de la faena, de manera de
poder entregar la información técnica específica para dar un apoyo adecuado.
4.3. MEDIOS PARTICIPANTES
En toda circunstancia actúan prioritariamente los recursos de Bomberos, a
quienes les corresponde como tarea normal y fundamental, la responsabilidad
del rescate; SERNAGEOMIN, quienes deben brindar el apoyo técnico necesario
para enfrentar la emergencia y los recursos de, Seremi de Minería, Carabineros
de Chile y Empresas que colaboren con recursos y personal, a quienes
corresponden acciones de apoyo.
Las principales Instituciones y Organismos que apoyan a Bomberos en las tareas
de rescate y en la administración global de la emergencia son las siguientes:
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Comité de Operaciones de Emergencia Comunal (municipalidades
involucradas)
Carabineros de Chile con sus respectivas unidades especializadas
Policía de Investigaciones
Brigadas de rescates (apoyo de empresas mineras)
Servicio de Atención Médica de Urgencia (SAMU)
Servicio de Salud
Sector Obras Públicas (Vialidad y Concesiones)
Fuerzas Armadas (Armada, Ejército, FACH)
Defensa Civil
Cruz Roja Chilena
Otros
Dependiendo de las características de la emergencia, no necesariamente
actuará la totalidad de las entidades anotadas.
Las tareas de coordinación, para el alistamiento y movilización de recursos
solicitados por el jefe de emergencia, son efectuadas por el Centro Regional de
Alerta Temprana de la Dirección Regional de ONEMI, en caso de no ser posible,
el SEREMI de Minería o Director Regional de Sernageomin.
Sin perjuicio de las funciones propias de cada Organismo o Institución para la
atención de emergencias mineras en cumplimiento del presente plan, se
definen las tareas específicas para cada uno de ellos según anexo 1
4.4. MOVILIZACIÓN DE RECURSOS A LA ZONA DE LA EMERGENCIA
Una vez que se ha notificado la emergencia al Cuerpo de Bomberos, ellos
notificarán a los otros organismos y designará al Jefe de Emergencias inicial.
Aquellas Instituciones y Organismos cuyos recursos no sean movilizados de
inmediato, se les notificarán que la Alerta está en práctica, a fin de estar listos en
caso de ser requerido.
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Las jefaturas a cargo de los recursos movilizados reconocerán en el Jefe de
Emergencia a la autoridad técnica a cargo de dirigir todas las acciones como,
asimismo, las que correspondan para los efectos de la desmovilización de los
recursos involucrados en la emergencia.
5. INFORMES DE EMERGENCIA
Todo mensaje generado a partir de una emergencia Minera y comunicado al
Director Regional de ONEMI y que contenga información útil para la toma de
decisiones, se denominará Informe de Emergencia Minera.
Estos informes de emergencia se canalizarán por el Sistema de Comunicaciones de
Emergencia.
En la Fase de Emergencia, los informes oficiales serán aquellos que se canalicen y
se entreguen por la red de mando.
5.1. INFORME PRELIMINAR DE EMERGENCIA MINERA
Los Informes Preliminares son reportes desde el lugar de ocurrencia de una
emergencia minera emitidos por el jefe de Emergencia, donde se indica
superficie afectada además de proporcionar la amenaza y proyección que
posea este evento, el cual será comunicado a su respectiva Central de
Coordinación. Estos informes permitirán conformar una visión general de la
evolución de la situación de emergencia.
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5.2. INFORME DE EMERGENCIA MINERA
Un informe de Emergencia Minera tiene por objetivo transmitir a través del
Director Regional de ONEMI a la autoridad de Gobierno Interior, información
esencial para su evaluación y configuración de la situación en el menor tiempo
posible.
Estos informes serán entregados por los siguientes organismos e instituciones y en
las materias que se indican:
a) Bomberos: Información general de la emergencia Minera como
identificación, ubicación, horarios, recursos humanos y materiales
participantes, daños, lesionados y en general toda información relacionada
con la situación de emergencia de la Emergencia Minera
b) SERNAGEOMIN: Características de las faenas y causas preliminares de la
emergencia. Por normativa, Sernageomin debe efectuar posteriormente, el
informe oficial de las causas de la emergencia
c) Servicio de Salud: Cuantificación y caracterización de las personas lesionadas
productos de la emergencia
d) Carabineros de Chile: Información de carácter policial relacionada con el
evento
Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección Regional de ONEMI, de no ser posible, el
SEREMI de Minería, y/o Bomberos, podrá solicitar a estos organismos e
instituciones u otros participantes toda información derivada de la emergencia
con el propósito de configurar la información necesaria para la confección de
informes finales.
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5.3. INFORME ESTADO DE SITUACIÓN DE UNA EMERGENCIA MINERA
Este informe registra en forma resumida toda aquella información susceptible de
tabular y que permite determinar la severidad de la emergencia minera,
anexándose toda información aclaratoria o complementaria. La información
permanente permite observar en el tiempo la evolución de la emergencia y los
efectos de las decisiones adoptadas.
Estos informes son preparados por el Centro Regional de Alerta Temprana de la
Dirección Regional de ONEMI y transmitidos diariamente a la Intendencia Regional,
como también al Ministerio del Interior, a través del Nivel Central de ONEMI, para
mantenerlos informados respecto de lo que sucede, lo que se está haciendo y
eventuales necesidades en el área afectada.
Toda emergencia minera requerirá de informes por separado, pudiendo incluirse
en un sólo mensaje a las autoridades correspondientes.
5.4. INFORME A LA POBLACIÓN
La información a la población tiene por objetivo disminuir la incertidumbre, la
ansiedad y la conmoción natural, devolviéndole en parte la tranquilidad al poder
conocer y dimensionar en su justa medida la situación de la emergencia minera.
La información técnica relativa a los trabajos producto de la emergencia minera
será entregada por los organismos técnicos competentes en la materia, es decir,
SEREMI de Minería, Sernageomin o por el cuerpo de bomberos de la comuna
respectiva.
La información oficial sobre emergencia minera será difundida a través de los
medios de Comunicación Social por el Director Regional de ONEMI, delegando si lo
estima, en parte, a los organismos técnicos pertinentes.
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ANEXO Nº 1: FUNCIONES DE LAS INSTITUCIONES Y ORGANISMOS
Sin perjuicio de las tareas propias de cada Institución y Organismo para la atención de
emergencias mineras en situación de emergencia, se definen las siguientes funciones:
1. Coordinador de la Emergencia
Representar al Intendente, velando por una eficiente y eficaz coordinación y su
correcta aplicación en los correspondientes niveles del presente Plan
Verificar y evaluar la situación con el Mando Técnico en Terreno
Coordinar la movilización de los recursos humanos y materiales disponibles que
la situación aconseje y que le sean solicitados por el Jefe de la Emergencia
Informar a la Autoridad de Gobierno Interior sobre la situación, medidas
adoptadas, necesidades y toda otra información relativa a la emergencia
Mantener permanentemente activos los sistemas de comunicaciones previstos
en el presente Plan
Preparar los Informes de Estado de Situación por emergencia minera para su
transmisión por los canales regulares de Gobierno Interior
Realizar, en general, todas aquellas tareas previstas en el Plan Regional de
Emergencia y aplicables a las Situaciones de Emergencias mineras (reuniones de
coordinación antes, durante y después de situaciones derivadas de
emergencias mineras)
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2. Carabineros de Chile
Disponer de patrullajes por el área de influencia de la emergencia
Disponer de medidas especiales de tránsito cuando la emergencia minera así lo
amerite, en coordinación con la administración de rutas concesionadas,
cuando corresponda
Controlar el acceso al lugar de la emergencia
Todo lo anterior en coordinación oportuna con la Dirección Regional de ONEMI
3. Cuerpos de Bomberos
Informar diariamente a ONEMI, vía correo electrónico y/o radial, los recursos
disponibles para enfrentar la emergencia, indicando la cantidad de Material
Mayor (Carros Convencionales, Rescate y Cisternas) disponibles, además de
indicar la cantidad disponible para apoyar a otros Cuerpos de Bomberos
Ejecutar las tareas de rescate y evacuación de personas y bienes en el área
afectada
Toda solicitud de apoyo que genere el Cuerpo de Bomberos que participa en la
emergencia debe ser validada por el Jefe de la emergencia
Informar oportunamente a ONEMI, respecto de la movilización de recursos
propios y/o de otros Cuerpos de Bomberos de la Región involucrados
Solicitar apoyo a Cuerpos de Bomberos de otra Región, sólo a través del
Consejo Regional de Cuerpos de Bomberos de la Región de Valparaíso, quien
actuará en estricta coordinación con ONEMI Regional
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4. Servicio de Salud
Asumir la Regulación Médica en terreno
Disponer de ambulancias al área de la emergencia minera para
tratamiento y evacuación de heridos que resultaren de esta, a
requerimiento del Director Regional de ONEMI o CAT Regional
Atender en sus establecimientos los casos derivados de la emergencia
Informar al Coordinador de Emergencia sobre la cuantificación e
identificación de personas atendidas, tipo de lesión y gravedad, producto
de la emergencia, como las derivadas a centros asistenciales
Coordinar la atención en el área de la emergencia con los recursos que
disponga la Municipalidad y Cruz Roja
5. Sernageomin
Liderar la emergencia en conjunto con el Jefe de Emergencias.
Asesorar técnicamente al jefe de emergencias
Reunir la información disponible de la faena minera, tales como
proyectos, Autorizaciones, Planos, etc.
Evaluar la seguridad y estabilidad físico-química de las instalaciones
involucradas en la emergencia
Realizar evaluaciones de riesgos de las instalaciones involucradas en la
emergencia y definir las medidas de control necesarias para enfrentar
exitosamente la emergencia
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Planificar y elaborar procedimientos específicos para enfrentar la
emergencia
Investigar las causas que produjeron la emergencia y definir las medidas
correctivas para que esta no vuelva a suceder
Disponer el cierre total o parcial de la faena hasta que finalice la
investigación
6. Seremi de Minería
Catastrar, mantener y gestionar los recursos que disponen las empresas
privadas que aportaran a la emergencia
Coordinar las brigadas de rescate de empresas mineras, que participarán
en la emergencia
Revisar y actualizar el plan de emergencia
Actualizar trimestralmente la base de datos del plan de emergencia
7. Otros Organismos e Instituciones
Las Mineras que comprometan su apoyo a la emergencia minera serán
representadas por un especialista de su empresa, con la finalidad de asesorar
directamente al Jefe de la Emergencia en materias relacionadas con los
recursos dispuestos por la empresa y las labores en las que ellos colaboren.
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ANEXO 2: AFICHE DE FAENA
En caso de
Emergencia
Llamar a bomberos de xxxx
Teléfono: xxx-xxxxxxx
Debo Informar:
- Nombre de la faena (mina) y empresa o
productor minero titular
- Ubicación geográfica donde se encuentra
(sector, pueblo, comuna)
- Descripción de lo ocurrido
- Cantidad de personas afectadas
- Nombre completo de quien declara la
emergencia
- Teléfono de contacto
Mi faena es: Mina xxx
El Titular de mi faena es: xxx xxxx xxxx
Las coordenadas de mi faena son:
Norte: x.xxx.xxx Este: xxx.xxx