Post on 01-Jul-2015
CAPITULO I
Organización y Administración
Definición de Municipalidad
Una municipalidad es una institución del estado que goza de autonomía por ser
sus autoridades escogidas por elección popular y por darse su propio
ordenamiento técnico y administrativo, para el cumplimiento de sus fines.
Se encarga de realizar y administrar los servicios que necesita un pueblo o
ciudad; sin embargo, indirectamente atiende las demandas de vecinos de otros
municipios que se encuentren cerca.
La municipalidad puede desempeñar sus funciones con entera libertad,
teniendo como una referencia su ley que es el Código Municipal1 y la
constitución de la Republica de Guatemala.
La municipalidad también puede hacer acopio de recursos propios y disponer
de ellos para atender los servicios públicos que demandan las comunidades.
Tiene la facultad para emitir todo tipo de ordenanzas y reglamentos que se de
adecuan al desarrollo pleno de la sociedad.
A partir de 1986 se hace obligatorio el aporte constitucional que el Estado debe
de otorgar a todas las municipalidades del país, de esta manera se hace
efectiva la autonomía de los gobiernos locales. Este fue uno de los importantes
logros de la ANAM2.
La máxima autoridad de municipio recae en el llamado Concejo Municipal, el
cual es electo popularmente conforme lo establecido en la Ley electoral. Es al
concejo municipal al que le corresponde discutir sobre los asuntos de la
comunidad y encontrar el consenso, decidir sobre la conveniencia de llevar a
cabo determinados proyectos.
1 Código Municipal, Decreto No. 12-2002 del Congreso de la República, Guatemala.
2 ANAM: Asociación Nacional de Municipalidades.
1
Además también administran los bienes colectivos y vela por los intereses y
desarrollo de su municipio.
Concejo Municipal
Definición, Función y Atribuciones
Definición
El Concejo Municipal es el órgano de deliberaciones y de decisiones de más
alto nivel del gobierno municipal. Emite los acuerdos y ordenanzas respectivas.
Funciona como un Congreso, pero en el ámbito municipal. Esta integrado por el
Alcalde, 10 concejales, 3 síndicos, electos popularmente mediante el numero
de votos obtenidos por los comités y partidos políticos legalizados. Su
integración depende del número de habitantes del municipio. El secretario
general es la única autoridad que no es elegida popularmente.
El alcalde de la Ciudad es la primera autoridad del municipio y el representante
legal de la Municipalidad, preside el concejo municipal y algunas instancias de
la institución.
Funciones más importantes del Concejo Municipal
· Tomar la iniciativa en los asuntos municipales según su prioridad, tomar
decisiones al respecto y vigilar que se ejecute lo que se haya resuelto. Esta
actividad requiere de una minuciosa concentración sobre cuales son los
asuntos de mayor importancia para las comunidades de cada municipio y que
tienen que ver con el bienestar y el mejoramiento de dichas comunidades.
· Elaborar ordenanzas y los reglamentos que permitan regular la buena marcha
de los asuntos municipales y tomar las medidas necesarias para que se
ejecuten, las que incluso tienen que ver con el régimen disciplinario en que se
pueda sancionar al vecino por su incumplimiento y multarlo.
2
· Aprobar, elaborar y ejecutar los planes de desarrollo urbano y rural del
municipio, buscando la coordinación con el plan nacional de desarrollo y con el
sistema de concejos de desarrollo rural y urbano.
· La elaboración, discusión previa a aprobación y ejecución de los reglamentos
y ordenanzas de urbanismo, tales como el control de construcción privada en el
interior del inmueble.
· La regulación de programas de vivienda y de renovación urbanística en
coordinación con las instituciones públicas y privadas correspondientes.
· La prestación del servicio de policía municipal y la acción directa para hacer
cumplir y ejecutar sus ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y
demás disposiciones y de ejercer para el efecto, el poder disciplinario de
conformidad con la ley mediante la comunicación permanente con los vecinos.
· Prestación de servicios de aseo, barrido de calles, recolección, disposición
final de los desechos y además el tratamiento de sólidos.
Atribuciones del Concejo Municipal
· Aprobar el plan, los programas y los proyectos de trabajo de la Municipalidad.
Esta actividad es una de las más importantes que debe realizarse desde el
inicio de la administración.
· Emitir acuerdos de asociación o de corporación con otras municipalidades,
instituciones públicas o privadas especialmente en lo que respecta a llevar a
cabo proyectos en forma conjunta.
· Adjudicar la contratación de obras, bienes, suministros y servicios que
requiera la municipalidad, sus dependencias, empresas y demás unidades
3
administrativas, de conformidad con la ley de la materia; exceptuando aquellas
que corresponde adjudicar al Alcalde.
· Mantener informada a la comunidad sobre las actividades de la municipalidad
e interesarla en la participación y solución de sus problemas.
Ordenanzas y Reglamentos
Todo Concejo Municipal necesita normar la buena marcha de la administración
municipal, también debe establecer la organización interna que tendrá y
señalar el funcionamiento de sus dependencias a través de los reglamentos y
ordenanzas que son emitidos por la misma corporación.
El Alcalde
Es la figura que representa a la Municipalidad, es el representante legal de la
misma, miembro también del concejo de desarrollo urbano y rural
departamental y es el presidente del concejo de desarrollo urbano y rural
municipal.
Funciones más importantes del alcalde 3 :
* A continuación se presenta una lista detallada de las funciones que después
de ser estudiadas pueden ser consideradas las más importantes, dichas
funciones se encuentran descritas para así poder entender la importancia del
alcalde para la Municipalidad de Guatemala.
- Dirigir la administración municipal.
3 Código Municipal, ob. cit.
4
- Representar a la municipalidad y al municipio.
- Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a
Sesiones ordinaria y extraordinaria establecido en el Código Civil.
- Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de
los Planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.
- Disponer gastos, dentro de los límites de su competencia; autorizar pagos y
rendir cuentas con arreglo al procedimiento legalmente establecido.
- Ejercer la jefatura de la policía municipal, así como el nombramiento y sanción
de sus funcionarios.
- Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia.
- Sancionar las faltas por desobediencia a su autoridad o por infracción de las
ordenanzas municipales, salvo en los casos en que tal facultad esté atribuida a
otros órganos.
- Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente
establecido, con excepción de los que corresponda contratar al Concejo
Municipal.
- Autorizar, a título gratuito, los matrimonios civiles, dando dentro de la ley las
mayores facilidades para que se verifiquen, pudiendo delegar esta función en
uno de los concejales.
- Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos y a los alcaldes,
comunitarios o auxiliares, al darles posesión de sus cargos.
5
- Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de
los bienes del municipio, dentro de los primeros quince días calendario del mes
de enero de cada año.
- Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal, las autoridades y
funcionarios públicos.
- Presentar el presupuesto anual de la municipalidad, el Concejo Municipal para
su conocimiento y aprobación.
- Remitir dentro de los primeros cinco días hábiles de vencido cada trimestre
del año, al Registro de Ciudadanos del Tribunal Supremo Electoral, informe de
los avecindamientos realizados en el trimestre anterior y de los vecinos
fallecidos durante el mismo período.
Síndicos y Concejales
Los Síndicos y Concejales son los representantes de la municipalidad cuando
sea necesario, ante los tribunales de justicia y oficinas administrativas.
Las funciones son las siguientes:
- Emitir dictamen en cualquier asunto en que el alcalde o la corporación
municipal se lo solicite.
- Proponer las medidas que tiendan a evitar abusos y cualquier asunto
relacionado con la corrupción en las oficinas de la municipalidad o en las
dependencias municipales.
6
- Desempeñar las funciones que se llevan acabo con el Ministerio Público
cuando proceda.
Alcalde Auxiliar
Para el cargo de alcalde auxiliar, habrá un delegado del gobierno municipal
central en aldeas, caseríos, cantones, barrios, zonas, colonias y fincas, en
donde se considere necesario, quien contara con los alguaciles que sean
necesarios y designados, estos alguaciles son los encargados de llevar control
de todas las actividades.
El alcalde auxiliar tendrá un delegado del gobierno municipal en el lugar que se
encuentre4, quien por delegación, representa a la autoridad municipal y en tal
situación tendrá la misma autoridad que el alcalde auxiliar.
Funciones básicas del alcalde auxiliar 5 :
- Atención y administración de sus respectivos distritos conjuntamente con los
alguaciles y comités únicos de barrio6.
- Ejecución y supervisión de pequeñas obras en colonias y asentamientos.
- Impulsar y apoyar proyectos de infraestructura menor y equipamiento social.
- Promover actividades deportivas.
- Coordinar con las ONG7 e instituciones afines para lograr el financiamiento de
proyectos de equipamiento social.
4 Supra: Los lugares donde el alcalde se encuentre son descritos en el párrafo anterior.5 Documento Municipalidad de Guatemala.6 Comités encargados del cuidado y desarrollo del sector donde residen.7 Organismo No Gubernamental.
7
CAPITULO II
Funcionarios y Empleados Municipales
El Concejo Municipal hará los nombramientos de los cargos que sean
necesarios, provenientes de las ternas que para cada cargo proponga el
alcalde.
Funcionarios:
· Secretario
El Concejo Municipal contara con un secretario, el que a su vez lo será del
alcalde.
Funciones del Secretario:
- Dirigir y ordenar los trabajos de la oficina, bajo la supervisión inmediata del
alcalde, tomando en cuenta que los empleados cumplan con sus obligaciones
establecidas con anterioridad.
- Asistir a todas las sesiones del Concejo Municipal, como un participante
activo de la sesión pero sin voto, dándole cuenta de todos los expedientes,
diligencias y otros asuntos.
8
· Tesorero
Tiene a su cargo la recaudación, deposito y custodia de los fondos municipales,
así como la ejecución que conforme a ley8 puede desempeñar.
Funciones del Tesorero:
- Operar las cuentas en los libros autorizados para el efecto.
- Extender comprobantes a los contribuyentes en los formularios
autorizados y sellados por la Contraloría General de Cuentas.
- Efectuar los pagos que estén especificadas en las asignaciones del
presupuesto.
- Rendir cuentas al Concejo Municipal.
- Llevar el libro y registro de documentos del tesorero municipal.
- Hacer cortes de caja, examen de libros, registros y catastros.
- Hacer cada mes corte de caja y formar los estados financieros.
- Presentar la cuenta general del año anterior.
8 La ley que establece todo lo relacionado con la municipalidad es el Código Municipal.
9
· Registrador Civil
Esta persona es la encargada de llevar a cabo las inscripciones de
nacimiento, reconocimiento de hijos, defunciones y todo lo concerniente al
estado civil de las personas, el registrador civil será nombrado por el
Concejo Municipal y en donde no sea necesario ejercerá sus funciones el
secretario municipal.
· Empleados Municipales
Las relaciones laborales entre la municipalidad y sus funcionarios y
empleados se rigen por la Ley de Servicio Municipal, los reglamentos que
sobre la materia emita el Concejo Municipal, y los pactos y convenios
colectivos que suscriban de conformidad con la ley.
10
CAPITULO III
Finanzas Públicas Municipales
Existen dos fuentes básicas en los ingresos Municipales9
· Los ingresos propios (de origen local o de participación de ingresos del
estado).
· Los ingresos externos, no propios (del estado o de otras entidades,
públicas o privadas, nacionales o internacionales).
Principales Fuentes de Ingresos Municipales :
- Los Tributos Propios: Son aquellos ingresos municipales que se originan y
gestionan en el ámbito local y dentro de la potestad y capacidad de
actuación municipal. Entres estos cabe clasificar: tasa, contribuciones
especiales, impuestos, recargos exigibles sobre los impuestos del estado.
- Participación en tributos o ingresos generales del estado.
- Subvenciones o transferencias de gobierno a gobierno.
- El producto de operaciones de Crédito.
- Producto de multas y sanciones en el ámbito de las competencias
municipales.
9 ALONSO JIMENEZ, Caryl y Renzo LAUTARO ROSAL, La Municipalidad en Guatemala, ediciones Universidad Rafael Landivar, Guatemala, 1999, primera edición.
11
- Ingresos procedentes del patrimonio municipal y demás del derecho
público.
Impuestos Nacionales : 10
- Impuesto de la gasolina y derivados del petróleo, donde los municipios
participan con el 20% de la recaudación.
- El IUSI11 que es la ley que cambia el sistema de valores a partir del criterio en
base a zonas, sectores y tipos de construcción.
- El impuesto de circulación de vehículos con participación de 20% por parte de
los municipios.
- Arbitrios varios recaudados por el INFOM12 como aquellos locales como
algodón, hule, pesa, banano, y los generales sobre el café, aguardiente y
cerveza. Todos ellos de escasa incidencia (0.3% de los ingresos totales).
Donaciones
Las donaciones que se hicieran a La Municipalidad que también constituyen
parte del ingreso municipal están contempladas porque eventualmente se dan.
Generalmente son aportes económicos que hacen personas particulares, o
comités de vecinos que se han organizado para apoyar obras públicas.
10 Ídem.11 Impuesto Único Sobre bienes Inmuebles.12 Instituto de Fomento Municipal.
12
Rentas, Frutos y Productos de los Bienes Municipales
Estos ingresos son identificados como ingresos comerciales, se obtienen como
consecuencia de alquiler de casas e instalaciones municipales, productos de
ferias, diversiones municipales, baños municipales, venta de productos
agrícolas municipales y los ingresos por compra-venta de artículos, estos
artículos son aqueos que la municipalidad compra para luego vender al pueblo.
Recaudación
El Articulo No. 25513 de la Constitución Política le otorga la facultad a la
municipalidad a proveerse sus recursos económicos.
Catastros
Son todas aquellas unidades económicas, comerciales e industriales y de
servicio orden privado, que tienen calidad de contribuyentes en la
municipalidad.
Otra definición para la palabra:
- Registro público en el que se hace constar datos relativos a la propiedad
inmueble, con la finalidad de determinar las contribuciones imponibles14.
13 ARTICULO 255. Recursos económicos del municipio. Las corporaciones municipales deberán procurar el fortalecimiento económico de sus respectivos municipios, a efecto de poder realizar las obras y prestar los servicios que les sean necesarios.
14 OSSORIO, Manuel, Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, ediciones Datascan, Guatemala, primera edición electrónica.
13
Los catastros son básicamente un elemento para la aplicación del impuesto o
contribución, de manera que la función del departamento de Catastro es
controlar quien es el contribuyente.
Informe Diario de Tesorería
La comunicación entre el tesorero y el alcalde puede considerarse como
obligatoria durante las últimas horas del día.
Por este medio el Alcalde se entera del movimiento de Caja que se ha dado
durante el día, este es el medio también por el cual se revisar la disponibilidad
existente y la prioridad de los pagos a efectuar el día acordado.
Empresas Municipales
EMETRA
Es la empresa de la municipalidad que trabaja por lograr la eficiente prestación
de los diferentes servicios de transporte registrados, a través de un marco
jurídico, legal y ético, definiendo políticas de ordenamiento de tránsito, y
promoviendo la educación vial.15
EMPAGUA
Dotar de los servios16 de agua potable y alcantarillado a los habitantes del área
metropolitana de la Ciudad de Guatemala es una de las principales funciones
de EMPAGUA.
15 Pagina Municipalidad de Guatemala, www.muniguate.com16 Sic.
14
Direcciones y Dependencias Municipales
- Dirección de Abastos, dirección de la municipalidad de Guatemala encargada
de atender los centros de abastecimiento (mercados)17.
- Dirección de Atención al vecino, dirección encargada de la atención al vecino,
esta recibe comentarios, sugerencias o reclamos a través de las distintas mini
municipalidades18.
- Dirección Centro Histórico, esta dirección es la encargada de la recuperación
del Centro Histórico de la Ciudad de Guatemala.
- Dirección de control de la construcción urbana, dirección encargada del
control del desarrollo de la construcción en la ciudad.
- Dirección de Salud y bienestar, dirección que se encarga de todos lo asuntos
con relación a la salud de los vecinos.
- Dirección de Asuntos Jurídicos.19
- Dirección Policía Municipal, esta dependencia fue creada por la necesidad de
proteger los bienes y patrimonios de la Municipalidad, y para hacer cumplir las
ordenanzas ediles20.
- Secretaría de Asuntos Sociales, esta dependencia de la Municipalidad es la
encargada de las actividades sociales o eventos que celebra la Municipalidad
con los vecinos de los distintos sectores de la ciudad.
17 Sitio público destinado permanentemente, o en días señalados, para vender, comprar o permutar bienes o servicios.18 Sucursal de la Municipalidad de Guatemala que presta algunos de los servicios que presta la Municipalidad central.19 Infra, debido al enfoque del presente trabajo esta dependencia es tratada de manera más amplia en las páginas subsiguientes.20 Documento Municipalidad, Ob. cit, p 8.
15
- Bomberos Municipales, Institución creada por la municipalidad para que de
forma gratuita le garantice la certeza de contar con apoyo para proteger bienes
y salvar las vidas en peligro de los guatemaltecos al momento de surgir algún
incendio o emergencia de gran magnitud21.
- Consejo Cultural, dependencia de la Municipalidad encargada del desarrollo
de todo tipo de actividades culturales para los vecinos.
- Dirección de desarrollo Social, dirección que trabaja con todo tipo situación
que intervenga en el desarrollo de los vecinos en un ambiente agradable
- Dirección de Infraestructura, esta dirección se encarga de la revitalización del
asfalto, y la señalización de las calles.
- Dirección de Medio Ambiente, dirección encargada del cuidado de las areas
verdes y otras actividades como el cuidado de jardines de ciertos puntos de la
ciudad.
Dirección de Asuntos Jurídicos
Objetivos y funciones dentro de la Municipalidad : 22
La asesoría Jurídica, depende directamente del Alcalde a través de la
Secretaría General de la Municipalidad y está por el Jefe, Subjefe y el personal
profesional, técnico y administrativo que sea necesario, estando todos sus
miembros obligados a atender con la diligencia y eficacia los expedientes y
asuntos a su cargo.
21 Pagina Bomberos Municipales, http://www.cbm123.com/inicio/historia.htm22 Pagina Municipalidad, Ob. cit, p 13.
16
Entre sus funciones están la de asesorar al Alcalde23, Alcades24 Auxiliares, Jefe
de Departamentos y Sección, cuando el desarrollo de sus actividades ameritan
someterlo al conocimiento de la Administración Jurídica.
El objetivo del departamento es dictaminar respecto a los asuntos y
actuaciones que competen a esta dirección, sean estos concernientes
exclusivamente a la Municipalidad de Guatemala o a terceros en relación a la
Municipalidad en forma eficiente.
ENFOQUE DEL OBJETIVO A NIVEL :
- SOCIAL: Que el usuario o autoridad obtenga accesibilidad y claridad en su
trámite o petición a la dependencia
- ECONÓMICO: Colaborar con la economía procesal, para la pronta resolución
de casos concretos mediante la voluntad administrativa.
- AMBIENTAL: Dictaminar sobre leyes y acuerdos municipales que tienden a
proteger el ambiente donde se desarrollan los ciudadanos del Municipio.
23 Sic.24 Sic.
17