Modelo Poder Especial Ultima Risa s.a. - Juana Villanueva

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modelo de escrtiura poder especial

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PODER GENERAL AMPLIO OTORGADO POR LA SEORITA --------------------------- A FAVOR DE LA SEORA -------------------------------

PODER ESPECIAL.- De conformidad con la reunin de la Junta Directiva de ULTIMA RISA S.A., sociedad inscripta en el Registro Pblico bajo Ficha ., Documento.., el . de (mes) de 2015, y formada bajo las leyes de la Repblica de Panam (la compaa), convocada y celebrada el . de (mes) de (ao) y bajo los trminos del Pacto Social la Compaa, la Junta Directiva por este medio otorga poder especial a JUANA VILLANUEVA (nombre completo y documento de identidad paraguayo), para que en nombre y representacin de la empresa denominada ULTIMA RISA S.A., entidad legalmente organizada y existente bajo las leyes de la Repblica de Panam, un poder especial y suficiente, cual en derecho se requiere y que por ningn concepto podr alegarse insuficiencia del mismo para que firme todos los documentos que sean necesarios y estn relacionados con la venta y transferencia de un inmueble de propiedad de la empresa poderdante, adquirido en la ciudad de Asuncin, Capital de la Repblica del Paraguay, en virtud a la Escritura Pblica No. 10 (Diez) de fecha 14 de enero de 2011, pasada ante el Notario Pblico Jos Luis Coscia Cueto, y situado en el Distrito de La Recoleta, lugar denominado Villa Aurelia, compuesto de 2 (dos) lotes designados segn ttulo- en el plano de loteamiento aprobado por la Municipalidad de la Capital- Resolucin No. 1082 O.P. del ao 1959, y designados como Lotes No. 18 y 19 de la Manzana C, con Cuentas Corrientes Catastrales No. 14-0294-18 y 14-0294-19 respectivamente, e inscriptas en la Direccin General de los Registros Pblicos, Seccin Primera Inmuebles, como Matrculas No. 6369-U-A05 y 6370-U-A05, en fecha 31 de mayo de 2011.- Al efecto, la empresa poderdante faculta a la apoderada proceda a ofrecer en venta el inmueble objeto de la presente procuracin, a terceras personas sean fsicas o jurdicas-, publicando u ofreciendo por otros medios o por terceros; suscribir los contratos privados y escrituras pblicas de transferencia a favor de terceros adquirientes -sean estas personas fsicas o jurdicas-; ofrecer en el precio establecido por la empresa poderdante, fijar plazos, forma de pago y dems condiciones que juzgue la empresa poderdante; percibir su importe al contado o en cuotas, en dinero en efectivo o en cheque o a travs de transferencia electrnica, por s y para la empresa poderdante y con obligacin de la apoderada de depositar o gerenciar la transferencia electrnica del importe de la venta, en la cuenta de la empresa ULTIMA RISA S.A.; otorgar recibo o carta de pago en forma; hacer entrega de lo vendido; otorgar las cancelaciones del caso; aceptar constitucin de garanta hipotecaria; negociar los costos en todo concepto de la escrituracin de la transferencia del inmueble objeto de este mandato con el/los comprador/es; reclamar, cobrar y percibir, ya sea judicial o extrajudicialmente, toda suma de dinero, efectos y otros valores exigibles en el presente o a futuro, sobre saldos adeudados a la empresa poderdante por la enajenacin del inmueble de referencia; otorgar los poderes generales o especiales necesarios que crea conveniente, pudiendo revocarlos, sustituirlos o ampliarlos segn el caso.- En fin, practicar cuantos ms actos, gestiones, trmites y diligencias fueren menester para el mejor cumplimiento del presente mandato.- , suscriba la escritura pblica de VENTA Y TRANSFE-RENCIA de dos inmuebles de propiedad del poderdante, situados en el DISTRITO DE FERNANDO DE LA MORA, individualizados como LOTES Nos. 16 y 17, con una SUPERFICIE de TRESCIENTOS SESENTA ME-TROS CUADRADOS (360 mts2.) cada lote, con CUENTAS CORRIENTES CATASTRALES Nos. 27-1542-07 Y 27-1542-08 respectivamente, e ins-criptos en la Direccin General de los Registros Pblicos, como FINCA No. 27.357, a favor de personas fsicas o jurdicas, con las que se llegue a convenir su enajenacin.- Y practicar en fin, cuantos ms actos, gestiones y diligencias requieran el desempeo del presente mandato con la obliga-cin del apoderado de rendir cuenta detallada de todas sus actuaciones a su poderdante cuando ste as lo requiera.- CUMPLIMIENTO TRIBUTARIO: El poderdante no es contribuyente del Fisco segn la constancia que me exhibe y entrega para ser agregado a este protocolo, dando as cumplimien-to a la Resolucin General S.E.T. No. 44/2014, Artculo 2. Inc. b.3.- Pre-via lectura de esta escritura al compareciente, ste ratifica su contenido y la firma ante m, de todo lo cual; y de haber recibido personalmente su ma-nifestacin de voluntad, doy fe.- FDO: CHRISTOPHER KILCOURSE.- ANTE M: MARA RAQUEL ARTECONA DE BEZ.- NOTARIA Y ESCRIBANA PBLICA.- ESTN MI FIRMA Y SELLO.- ACOMPAA HOJA DE SEGURIDAD No. 5187032.- SERIE AY.------------------------------CON///