Marco General y Registro Nacional de Proveedores RNP

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Marco General y Registro Nacional de Proveedores RNP

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MARCO GENERAL Y

REGISTRO NACIONAL DE

PROVEEDORES

Docente: Dra. Mariela Nereida Sifuentes Huamán.

UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIA POLITICA

R.D N° 1004-D-FD-2015

Marco General

TEMA 1

Entidades del Estado

• Adquirir bienes

• Contratar servicios

• Contratar ejecución de obras

Cumplimiento de metas

institucionales

• Utilización de fondos públicos

• ProcedimientosFunción

administrativa

Ley N° 30225 y su Reglamento

El 11 de julio de 2014 se publicó en el Diario Oficial El Peruano laLey N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, con el fin deregular un nuevo marco normativo de compras del Estado. Esta Leytiene por objeto un enfoque de gestión por resultados.

Esta nuevo enfoque pretende maximizar el valor de los recursospúblicos que se invierten en bienes, servicios y obras, dándole másprerrogativas a los funcionarios logísticos a efectos de lograr unacompra que satisfaga la real necesidad de la Entidad.

Esta norma estará vigente a partir del 9 de enero de 2016.

Objetivo de la Ley (Decreto Legislativo N° 1017)

• Maximizar el valor del dinero del contribuyente en lascontrataciones que realicen las Entidades del Estado, usoeficiente y transparente de recursos públicos.

• Permitir que las entidades contraten en forma oportuna,de la calidad requerida y a precio razonable.

• Nota: Se ha emitido la Ley N° 30225 y su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, los cualesestarán vigentes a partir del 9 de enero de 2016.

Aplicación

• Contratación de bienes, servicios y obras, quereúnan las siguientes condiciones:

- Que sean brindados por terceros.

- Que la contraprestación sea pagada por laentidad con fondos públicos.

Supuestos excluidos del ámbito de aplicación

Supuestos excluidos del ámbito de aplicación sujetos a

supervisión.

Artículos 4 y 5 de Ley N° 30225.

Supuestos de inaplicación de la Ley N°30225

Sirven como parámetro de actuación de los operadores.

Tienen como finalidad garantizar que el Estado obtenga

productos de la calidad requerida, oportunamente, y a

precios o costos adecuados.

Sirven como criterio interpretativo e integrador de la

normativa.

Principios que inspiran lacontratación pública

Principios

• Promoción del DesarrolloHumano

• Moralidad

• Libre concurrencia ycompetencia

• Imparcialidad

• Razonabilidad

• Eficiencia

• Publicidad

• Transparencia

• Economía

• Vigencia Tecnológica

• Trato Justo e Igualitario

• Equidad

• Sostenibilidad Ambiental

Con la vigencia de la Ley N° 30225 se eliminarán los

siguientes principios:

Principio de promoción del desarrollo humano

Principio de moralidad

Principio de imparcialidad

Principio de razonabilidad

Principio de economía

Impedimentos

Absoluto

Presidente

Congresistas

Vocales

Jurisdicción

Regional

Local

Entidad

Funcionarios

Empleados de confianza

Servidores

En proceso de selección

Características

V. Referencial

Bases

Proceso

Familiares

Cónyuge

Consangüinidad

Afinidad

Socios

Más de 5%

12 meses antes

Por acción propia

Transformación social

Testaferros

Artículo 248 del nuevo Reglamento

Duodécima Disposición Complementaria Final del nuevo

Reglamento

Adicionalmente …

Proveedores - Obligaciones

Inscribirse en el RNP y no encontrarse impedido ni

inhabilitado

En el caso de ejecución o consultoría obras tener capacidad máxima de

contratación o especialidad.

Cumplir las reglas fijadas en las bases integradas.

Actuar con sujeción al principio de moralidad

Funcionarios y dependencias responsables

Titular de la Entidad.

Área Usuaria.

Órgano encargado de

las contrataciones.

Comité Especial.

REGISTRO NACIONAL DE PROVEEDORES

Registros del RNP

Registro de proveedores de bienes

Registro de proveedores de servicios

Registro de consultores de obras

Registro de ejecutores de obras

Registro de inhabilitados para contratar con el Estado

Un (1) año de vigencia.

Categorización: Asigna a los

ejecutores de obras una capacidad máxima de

contratación.

Especialidades:Asigna a los

consultores de obras una o

varias especialidades.

Proveedores de bienes y servicios

No se les otorga categorías ni

especialidades.

Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores

Participante Postor Otorgamiento de la Buena Pro

Contratista

Debe estar inscrito en el

RNP y no estar inhabilitado

para contratar con el Estado

Requisito para participar en procesos de selección y/o suscribir contratos

A tener en cuenta:

• Bienes y servicios:

Aprobación automática.

• Ejecutores y consultores de obras:

Evaluación previa.

Se emite constancia para ser participante y postor con unavalidez de 30 días hábiles.

Constancia no permite suscribir contratos.

Limitaciones a la inscripción en el RNP

• Personas naturales o jurídicas con sanción vigente deinhabilitación o que tengan suspendido su derecho a participaren procedimientos de selección, procedimientos paraimplementar o mantener catálogos electrónicos de acuerdomarco no pueden inscribirse ni renovar su RNP, ni aumentarCMC ni ampliar especialidad.

• Falsa declaración por literales a) y k) del artículo 11 de Ley N°30225, así como literales a) y c) del art. 249 del Proyecto deReglamento, se declara nulidad del acto administrativo.

Actualización de información en el RNP

• Debe comunicarse la variación de:

Domicilio, nombre, razón o denominación social, transformación societaria,capital social o patrimonio, *(representante legal, apoderados, socios,accionistas, participacionistas o titular, órganos de administración, distribuciónde acciones, participaciones y aportes).

• Plazo:

Dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente de ocurrida lavariación.

Se permite regularización por comunicación extemporánea.

• Consecuencia de no realizar actualización:

Si por denuncia el RNP advierte incumplimiento de los casos de (*),cancela la vigencia de la inscripción o renovación de inscripción.