Impuestos taller aplicativos y ley

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SIFERE WEB

NORMATIVA LEGAL

R.G 11/2014: La Comisión Arbitral notificará la fecha a partir de la cual deberán comenzar a operar de modo obligatorio por medio del nuevo sistema. Hasta que se verifique dicha circunstancia, los contribuyentes deberán continuar utilizando el aplicativo Sifere.

NORMATIVA LEGAL

RG 2/2015

Amplia el uso obligatorio para aquellos contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de Junio de 2015.

OPERATORIA

1) Ingresar al sitio Web de la (AFIP),2) Colocar Cuit y Clave Fiscal, agregar relación3)

OPERATORIA

MODULO DDJJ

Generación de Declaraciones Juradas Mensuales (CM03 y CM04) y Anuales (CM05).

Las declaraciones juradas transmitidas se considerarán presentadas cuando el sistema otorgue el número de transacción, en la fecha y hora que conste en el mismo.

Confección de una DDJJ

estado “1 – BORRADOR”. estado “2 – CERRADA”. estado “3 – PENDIENTE PRESENTACION

ANTE AFIP” estado “4 – PRESENTADA” estado “5 – RECHAZADA

MODALIDAD DE PAGO

Una vez presentada la declaración jurada, se habilitarán las modalidades de pago:

(VEP); o volante de pago por Jurisdicción para abonar en entidades bancarias habilitadas. 

Permite la confección de volantes de pago -para intereses, recargos, multas y planes de regularización.

MODULO CONSULTAS

Datos padrón Web Consultas sobre DDJJ Mensuales y Anuales

presentadas. Los pagos mensuales realizados. Detalle de las Retenciones y Percepciones

sufridas. Implementado a partir del 1 de Noviembre de 2012, con la RG 6/12 C.A.

Trámites del Padrón Web

Consulta de DDJJ Anual (CM05)

E-SICOL (Agip)

Funcionalidad Básica

Este Aplicativo desarrollado por la AGIP del GCABA, en entorno WEB permite generar de modo on-line la Declaración Jurada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para el Universo de Contribuyentes Locales.

El ingreso a la aplicación se efectuará por intermedio de la página WEB: www.agip.gob.ar la validación del Usuario se realizara por medio de la Clave Ciudad.

Declaración Jurada

Para lograr presentar una Declaración Jurada se deben completar como mínimo los

siguientes Ítems: Determinación del anticipo: Información para el Cálculo del impuesto: Liquidación del Impuesto, Presentación Liquidación del Impuesto y Presentación:

Menú Declaraciones Juradas

El Sistema mediante este menú permitirá conocer el Estado y Tipo de las DJ ingresadas por el Usuario en el transcurso de su utilización, clasificadas según su Estado en:

· Declaraciones Juradas Abiertas: · Declaraciones Juradas Presentadas: · Declaraciones Juradas Pendientes: · Declaraciones Juradas Rechazadas:

Saldo del Impuesto

Rubro 1 Determinación del anticipo

Rubro 2 Determinación del saldo del anticipo

Saldo Resultante

Formas de Pago

Pagar con VEP

Pagar con medios de excepción

DDJJ WEB (ARBA)

DDJJ WEB – ARBA

Objetivo: Implementación de un aplicativo vía web para la presentación de las declaraciones juradas, dejando sin efecto la utilización del sistema integrado de aplicaciones (SIAP).

Aprueba la implementación de un nuevo mecanismo para la presentación de declaraciones juradas y pagos por parte de los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos.

Están exceptuados del mismo los contribuyentes inscriptos bajo el régimen de liquidación Arbanet.

No se aplica para aquellos contribuyentes inscriptos bajo el régimen de convenio multilateral.

Resolución 41/13

Resolución 25/14

Reglamenta el funcionamiento del nuevo mecanismo para la presentación de declaraciones juradas y pagos.

Implementación gradual del mismo, por grupos de contribuyentes, teniendo en cuenta el código de actividad así como también la categoría de riesgo fiscal.

PROCEDIMIENTO

Carga de datos ingresando en la web de ARBA – MI ARBA con CUIT y CIT – Presentación DDJJ – DDJJ WEB

PROCEDIMIENTO

PARTICULARIDADES

Permite visualizar el total de las percepciones y retenciones declaradas por los agentes, pudiendo modificarse.

GENERALES

Permite realizar carga parcial de datos Retenciones y percepciones se pueden

cargar en forma individual o mediante lotes de información.

Una vez validados todos los datos, permite la presentación de la declaración jurada.

Modalidad de pago: V.E.P. o boleta.

IMPLEMENTACIÓN GRADUAL

Resolución 31/14: Primera etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzadas las actividades relacionadas con los juegos de azar.

Resolución 42/14: Segunda etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzados los servicios de productores y asesores de seguros.

IMPLEMENTACIÓN GRADUAL

Resolución 55/14: Tercera etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzadas la venta al por menor de combustibles y lubricantes y la venta al por menor de productos farmacéuticos y de herboristería.

Resolución 66/14: Cuarta etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzadas la venta al por mayor de bebidas; venta al por menor de cámaras y cubiertas, baterías, partes, piezas y accesorios, artículos para el hogar, iluminación, bazar.

IMPLEMENTACIÓN GRADUAL

Resolución 6/15: Quinta etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzados los servicios de salud, profesionales, servicios de limpieza de edificios, servicios de envase y empaque, servicios empresariales, servicios de publicidad.

Resolución 22/15: Sexta etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzados la venta al por menor de indumentaria, aberturas, artículos de ferretería, servicios de peluquería, tratamientos de belleza.

IMPLEMENTACIÓN GRADUAL

Resolución 39/15: Séptima etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzados los servicios de mudanza, transporte, servicios inmobiliarios, enseñanza, servicios de consultoría informática.

Resolución 49/15: Octava etapa de implementación del mecanismo web para la presentación de declaraciones juradas y pagos. Quedan alcanzadas las actividades de cultivo, cría, tapizado y retapizado, ventas al por mayor en comisión o consignación, montajes industriales.

Ley de MecenazgoUna oportunidad para contribuyentes de IIBB en CABA

¿Qué es el Mecenazgo? Régimen de promoción cultural que le permite a

un contribuyente de IIBB de CABA destinar su aporte (por este impuesto) a un proyecto cultural.

Los proyectos deben ser declarados de interés cultural por el Consejo de Promoción Cultural y aprobados por el Ministerio de Cultura.

Se pueden consultar en: http://www.buenosaires.gob.ar/cultura/

mecenazgo/proyectosaprobados

Instructivo para seleccionar un proyecto y generar boleta de pago

Ingresar al subportal Web de la Dirección de Rentas con Clave AGIP

En Trámites On line, Título “Ingresos Brutos”, solapa “Ley de Mecenazgo”

Seleccionar la opción “Obtenga la Boleta de Depósito”

Informar el CUIT y la Clave AGIP del representante legal de la persona jurídica.

¿Cómo habilitar el Servicio “Mecenazgo”?

Seleccionar la opción “Asignar Servicio”

Elegir el servicio “Mecenazgo”.a. En Representado, se debe informar la cuit de la empresa.b. En Representante, la cuit del apoderado legal.c. Servicio: Mecenazgo

¿Cómo generar la boleta de pago?

Modalidad de Pago

Importes inferiores a $ 1.000:el pago debe efectuarse en efectivo, tarjeta de débito del Banco de la Ciudad o cheque.

Importes de $ 1.000 o más:el pago debe efectuarse con tarjeta de débito del Banco de la Ciudad o cheque. Confección del chequeEl cheque debe ser librado a nombre del Banco de la Ciudad de Buenos Aires Al dorso deberá colocarse la siguiente leyenda:“Para ser imputado al pago de la Ley Nº 2.264 – Régimen de Promoción Cultural –Resolución Nº ………………….”. (la misma figura en la boleta de pago)

Modelo de Boleta que generará el Sistema para realizar el aporte en el Banco Ciudad

¡Muchas gracias!