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Centro de Estudios Fiscales
IMPUESTO SOBRE ALCOHOL Y ESPECIES
ALCOHÓLICAS
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CONTENIDO
1. Reforma de la Ley de Impuesto Sobre Alcohol yEspecies Alcohólicas.
2. Impuestos y Tarifas3. Providencia Administrativa 00174. Providencia Administrativa 00185. Providencia Administrativa que establece la
Prorroga.6. Implicaciones técnicas7. Conclusiones.
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AMPLIO CONCEPTO DE ARTESANO
PVP MARCADO
FIJAR ALÍCUOTAS
EJECUTIVO NACIONAL
NORMAS DE CONTROL
ADMINISTRACIÒN TRIBUTARIA NACIONAL
ELIMINACIÓN DEL PLAZO DE 90 DÍAS PARA EL PVP
ELIMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA
EXPEDICIÓN
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La LISAEA contempla solamente tres impuestosa saber:
1. Impuesto a la Producción.
2. Impuesto a la Importación. (Interno)
3. Impuesto sobre el PVP
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Especie Art. Tarifa UT Base Imp.
Alcohol Etílico 11 0,009 AA
Bebidas Alcohólicas (distintas a Cervezas y Vinos Naturales)
11 0,0135 AA
Bebidas Alcohólicas Artesanales (único) 11 0,0054 VR
Cerveza 12 0,0006 VR
Vinos Naturales (hasta 14º GL), Mistelas fermentadas y Sangrías
13 0,00015 VR
Vinos Licorosos o Compuestos y Sangrías adicionadas de alcohol
13 0,009 AA
Vinos Licorosos o Compuestos y Sangrías adicionadas de alcohol Artesanales(único)
13 0.0018 VR
Impuesto a la Producción.
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Especie Art. Tarifa UT Base Imp.
Ron y Aguardiente procedente de la caña de azúcar 14-1 0,012 VR
Licores amargos, secos y dulces, y otras bebidas no especificadas
14-2 0,0153 VR
Brandy, coñac, güisqui o whisky, ginebra y otras bebidas alcohólicas no provenientes de la caña
14-3 0,102 VR
Alcohol etílico 14-4 0,018 AA
Cerveza 14-5 0,0025 VR
Impuesto a la Importación.
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CERVEZA •15% CON PAGO INMEDIATO
VINOS NATURALES
•35% CON PAGO INMEDIATO
DEMAS BEBIDAS ALCOHOLICAS
•50% CON PAGO INMEDIATO
Impuesto Sobre el PVP.
¡¡ARTESANOS!! ¿QUE BASE LEGAL LOS EXONERA?
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PAGO INMEDIATO(PREVIO)
LIQUIDACIÓN Y PAGO DEL IMPUESTO Y DE LAS
BANDAS
MANIFIESTO DE LIQUIDACIÓN, VERIFICADO Y VISADO POR
FUNCIONARIO (PRODUCTORES)
LIQUDACION POR PARTE
DE TRIBUTOS O ADUANAS
PAGO EN BANCO Y
RETIRO DE LAS BANDAS DE GARANTÍA
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PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA 0018
de fecha 24/02/2015
Gaceta Oficial de la república bolivariana de Venezuela N°40.656, de fecha 8 de mayo de 2015
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PROV. 0018
AGENTES DE PERCEPCION del IVA
FABRICANTES Y ARTESANOS
IMPORTADORES
• INCLUIR DOSCOLUMNAS EN ELLIBRO DE VENTA.
• NO SERANOBJETO DERETENCION DEIVA.
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• El monto total facturado por los productoreso los importadores (incluyendo los impuestosasociados) forman parte del costo. Elloimplica que:
• No hay crédito fiscal en la compra.
• No hay retención pues se entiende que elimpuesto pagado es costo.
• No habrá debito fiscal en la venta.
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De acuerdo a los artículos 5, 6 ,7 y 9, el proceso para declarar y pagar lascantidades percibidas, se realizará a través de la siguiente opción:
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Se coloca el correspondiente periodo y se selecciona laDeclaración del Impuesto Percibido en Ventas Realizadas(Ítem 65).
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Se coloca el monto total de las percepciones realizadas en elperiodo.
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El sistema genera el compromiso de pago (en AZUL)
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Planilla de pago para enterar en las Oficinas Receptoras deFondos Nacionales Autorizadas.
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PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA 0017
de fecha 24/02/2015
Gaceta Oficial de la república bolivariana de Venezuela N°40.656, de fecha 8 de mayo de 2015
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• Marcaje
• PVP
Formalidades
• PVP+IMP
• = valor marcado
Envases o etiquetas
PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA 0017
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Los Expendios atenderán a esteprecio, pudiendo vender(dependiendo del eslabón en lacadena comercial) a precios menoresal marcado, nunca a preciossuperiores.
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Implicaciones Técnicas
(Prov. 0018 y 0017)
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• La percepción de IVA es obligatoria desdeel momento que entró en vigencia laProvidencia 0018.
• El marcaje del precio en los envases,aunque prorrogado debe calcularse segúnla Providencia 0017, los productores debenentregar precios para ser colocados enlugar visible y los expendios estánobligados a ello.
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PRODUCTOR 650
costo 500 IVA (DF) 78
MG 30% 150 PERCEPCIÒN (23,4+30,42) 53,82
PVP 650 IVA 78 DF ISPVP 164,78
DISTRIBUIDOR O MAYORISTA ISPROD 5
650 Total 951,6
MG1 30% 195,00
IVA
PERCEPCION 23,4 a
845
MINORISTA Total Impuestos
MG2 845 78
30% 253,50
IVA
PERCEPCION 30,42 b 23,4
PVP 1098,5 30,42
TRIBUTOS 164,78 Impuesto sobre alcohol art 18 ley (cervezas 15%) 164,78
5 Impuesto de producciòn art 11 ley 5
78 IVA 301,6
53,82 IVA PERCIBIDO
PVENTA A PAGAR =
PRECIO VENTA AL
PÙBLICO
(PVP+TRIBUTOS) PVPAGAR 1400,1
PRECIO MARCADO EN ENVASE 1400,10-951,6 448,5
a+b 195+253,5 448,50
Monto a percibir 100% sobre base imponible de la
Diferencia entre precio marcado etiqueta y precio
total facturado por el responsable art 2 Prov 0018
SUMATORIA
Factura productor
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FACTURACIÒN
PRODUCTOR CERVEZA 845
IMPUESTOS NACIONALES 301,6
CERVEZA 650
IVA (DF) 78
PERCEPCIÒN 23,4+30,42 53,82 SUB TOTAL 1146,6
ISPVP 164,78 E 0
ISPROD 5 TOTAL 1141,6
TOTAL FACTURA 951,6
FACTURA MINORISTA
CERVEZA 1098,5
IMPUESTOS NACIONALES 301,6
SUB TOTAL 1400,1
E 0
TOTAL 1400,01
FACTURA PRODUCTOR
FACTURA DISTRIBUIDOR
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Productor / Importador
• En las verificaciones o las fiscalizacionesdebemos ver si los productos estánsaliendo con el precio marcado o con loslistados de precios, y si estos coincidencon lo declarado.
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Productor / Importador
• El IVA percibido se obtiene a partir de losincrementos calculados como margen deganancia de los eslabones posteriores decomercialización.
• Esos márgenes forman parte de la basede cálculo del impuesto sobre el PVP.
• El libro de venta debe incluir doscolumnas adicionales una para elimpuesto percibido y otro para la base.
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Generalidades Expendios
• Libros Especiales coincidentes con losingresos y despachos reflejados en lasGuías o facturas según sea el caso.
• Lista de precios en lugar visible• Venta de bebidas conforme a las listas, en
caso contrario, fiscalizaciones en materiade IVA. Diferencia de lo percibido en fuentevs venta sobre el precio.
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MUCHAS GRACIAS