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ESTUDIO EXPLORATORIO Y DESCRIPTIVO DE LA FRAGMENTACIÓN
PRESENTADA EN EL HUMEDAL EL BURRO DESDE MEDIADOS DEL SIGLO XX
HASTA PRINCIPIOS DEL SIGLO XXI Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN
AMBIENTAL
CHARLES R. SÁNCHEZ
CRISTIAN C. SIERRA
UNIVERSIDAD DISTRITAL FRANCISCO JOSÉ DE CALDAS
FACULTAD DE CIENCIAS Y EDUCACIÓN
PROYECTO CURRICULAR DE LA ESPECIALIZACIÓN EN EDUCACIÓN Y
GESTIÓN AMBIENTAL
BOGOTÁ D.C.
2017
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ESTUDIO EXPLORATORIO Y DESCRIPTIVO DE LA FRAGMENTACIÓN
PRESENTADA EN EL HUMEDAL EL BURRO DESDE MEDIADOS DEL SIGLO XX
HASTA PRINCIPIOS DEL SIGLO XXI Y SU RELACIÓN CON LA LEGISLACIÓN
AMBIENTAL
CHARLES R. SÁNCHEZ
CRISTIAN C. SIERRA
Trabajo de Grado como requisito para optar al título de
Especialista en Educación y Gestión Ambiental
Directora
MSc. ELSY YANETH CASTILLO ORDÓÑEZ
Universidad Distrital Francisco José de Caldas
FACULTAD DE CIENCIAS Y EDUCACIÓN
ESPECIALIZACIÓN EN EDUCACIÓN Y GESTIÓN AMBIENTAL
Bogotá D.C., Mayo de 2017
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Nota de Aceptación
_______________________________
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_______________________________
_______________________________
Firma del Presidente del Jurado
_______________________________
Firma del Jurado
_______________________________
Firma del Jurado
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La Universidad Distrital no se hace responsable de los conceptos
emitidos por los estudiantes en este trabajo investigativo. Las ideas
que se presentan son responsabilidad de los autores del mismo.
Acuerdo Nº 031, Junio 25 de 2014
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DEDICATORIA
Plantearse sueños y metas puntúalas hacen que la vida sea emocionante y llena de muchas
ilusiones, cada cosa que se hace busca construir y fortalecer un desarrollo profesional como
sujeto, encaminado en transformar para aportar en esta sociedad de manera positiva; por lo
tanto, este documento es fruto de un esfuerzo en conjunto el cual se lo dedicamos a la fuerza de
la vida que se nos concedió y nos mantiene cada día vivos para cumplir nuestros sueños, a
nuestras familias, amigos y todos los profesores con los cuales hemos podido aprovechar cada
minuto y segundo de su conocimiento y a Bogotá que es la ciudad que nos ha acogido y
queremos mucho. Por ellos y por nosotros es que se pudo lograr este trabajo que es producto de
una formación constante y dedicada.
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AGRADECIMIENTOS
Le agradecemos a la fuerza de la vida que nos dio la oportunidad de dejar une pequeña huella en
la vida.
A nuestras familias por estar presente en todo momento, en especial a nuestros padres como son
María del Carmen Pérez, Martha Patricia Rodríguez y Hermogenes Sierra.
A la gestora del humedal el Burro en su momento Angela Montoya por toda su colaboración.
A la profesora Elsy Yaneth Castillo Ordóñez nuestra Directora que nos orientó y nos apoyó hasta
el final de este trabajo.
A los profesores Jorge Gómez, Carmen Zamudio y en general a todos los profesores de la
Especialización en Educación y Gestión Ambiental.
A todos nuestros compañeros los cuales aportaron desde su quehacer indirectamente o
directamente para plasmar un trabajo con una mirada más holística.
A todas aquellas personas que siempre estuvieron ahí para apoyarnos y motivarnos para lograr
alcanzar nuestras metas, ilusiones y nuestros sueños.
GRACIAS.
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CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN ................................................................................................................. 9
2. ANTECEDENTES............................................................................................................... 11
3. PROBLEMA .......................................................................................................................... 6
3.1 Planteamiento del Problema ................................................................................................. 6
3.2 Descripción del Problema .................................................................................................... 6
3.3 Pregunta Problema ............................................................................................................... 6
4. JUSTIFICACIÓN .................................................................................................................. 8
5. CONTEXTO ........................................................................................................................ 10
5.1 DELIMITACIÓN ESPACIAL ........................................................................................... 10
6. OBJETIVOS ........................................................................................................................ 13
OBJETIVO GENERAL ......................................................................................................... 13
OBJETIVOS ESPECÍFICOS ................................................................................................ 13
7. MARCO TEÓRICO ............................................................................................................ 14
7.1 Gestión ambiental ......................................................................................................... 14
7.2 Humedal ........................................................................................................................ 15
7.3 Función .......................................................................................................................... 16
7.4 Humedal el Burro ......................................................................................................... 17
7.5 Clima ............................................................................................................................. 17
7.6 Suelos ............................................................................................................................. 18
7.7 Flora............................................................................................................................... 18
7.8 Fauna ............................................................................................................................. 18
7.9 La fotografía o imagen aérea....................................................................................... 22
7.10 La fotografía o imagen satelital .................................................................................. 23
7.11 Análisis geográfico........................................................................................................ 23
7.12 Fragmentación .............................................................................................................. 23
7.13 Política Ambiental que rige el Humedal el Burro ...................................................... 24
8. METODOLOGÍA ................................................................................................................ 35
8.1 Tipo de Investigación ................................................................................................... 35
8.2 Diseño Metodológico .................................................................................................... 36
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9. RESULTADOS Y ANÁLISIS ............................................................................................ 37
9.1 DÉCADA 1940 A 1950 ..................................................................................................... 37
9.2 DÉCADA 1950 A 1960 ..................................................................................................... 41
9.3 DÉCADA 1960 A 1970 ..................................................................................................... 44
9.4 DÉCADA 1970 A 1980 ..................................................................................................... 48
9.5 DÉCADA 1980 A 1990 ..................................................................................................... 51
9.6 DÉCADA DE 1990 A 2000 ............................................................................................... 53
9.7 DÉCADA 2000 A 2010 ..................................................................................................... 67
9.8 PERIODO 2010 A 2015 ..................................................................................................... 80
10. FICHAS RESUMEN DE ANÁLISIS Y FOTOINTERPRETACIÓN DÉ LAS DÉCADAS Y PERIODOS ......................................................................................................... 85
DÉCADA DE 1940 -1950......................................................................................................... 86
DESCRIPCIÓN ......................................................................................................................... 86
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES ........................................... 87
DÉCADA DE 1950-1960.......................................................................................................... 88
DESCRIPCIÓN ......................................................................................................................... 88
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES ........................................... 89
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO ............................................................ 89
DÉCADA DE 1960-1970.......................................................................................................... 90
DESCRIPCIÓN ......................................................................................................................... 90
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES ........................................... 91
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO ............................................................ 92
DÉCADA DE 1970-1980.......................................................................................................... 93
DESCRIPCIÓN ......................................................................................................................... 93
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES ........................................... 94
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO ............................................................ 95
DÉCADA DE 1980-1990.......................................................................................................... 97
DESCRIPCIÓN ......................................................................................................................... 97
11. CONCLUSIONES ............................................................................................................. 110
12. RECOMENDACIONES ................................................................................................... 111
13. BIBLIOGRAFÍA ............................................................................................................... 111
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1. INTRODUCCIÓN
Los humedales de Bogotá a través de la historia han estado influenciados por diversos factores y
disputas entre la sociedad civil, el Estado y las empresas constructoras, estas últimas con la
mentalidad de construir en cualquier terreno donde se pueda hacer un proyecto urbanístico lo
cual ha afectado a los humedales reduciendo su área de influencia, pero esta dinámica también ha
sido una respuesta de la densidad poblacional que con el tiempo ha ido en aumento ya sea por el
aumento de la tasa de natalidad o los desplazamientos que se dieron hacia Bogotá debido a las
dinámicas de violencia que se presentaron en municipios y ciudades aledañas. (Patiño Calderón,
2014).
Pero como también lo menciona (Patiño Calderón, 2014), al problema de los proyectos
urbanísticos como uno de los factores responsables de la fragmentación de los humedales se le
suma el desconocimiento por parte de la población en torno al manejo de las basuras, las
conexiones erradas y el valor ecosistémico de los humedales.
Pero ante esto no se ha podido mirar una relación de la normativa y política y cómo fue su
influencia en el desarrollo de estos procesos solo encontramos trabajos enfocados en mirar la
fragmentación y algunos hechos históricos que tuvieron influencia en ello, entre los trabajos
encontramos el de (Venegas, M. & Gómez, T, 2011) el que se mira una construcción histórica
del proceso de fragmentación de los Humedales de Bogotá y su relación con la percepción social
para poder generar una propuesta de manejo, lineamientos y protección de los humedales de la
ciudad mencionada, en este estudio obtuvieron fotografías aéreas y satelitales de los humedales
Juan Amarillo en los años 1940, 1984 y 2005 y del humedal el Burro en los años 1956, 1984 y
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2000 donde por fotointerpretación lograron concluir que el proceso de fragmentación se ha
hecho notable en los ecosistemas de humedal urbanos debido a la alta intervención, también nos
encontramos con el trabajo de (Jaramillo, 2006) donde estudian la degradación física de tres
humedales de Bogotá como son el Vaca, Burro y Techo, concluyendo también que la presión
constructora urbanística y la densidad poblacional son factores que afectaron mucho a los
humedales es por eso que en la actualidad se busca destacar la importancia de los humedales en
este caso el humedal el Burro siendo el Plan de Manejo Ambiental del Burro el documento más
completo hasta el momento sobre la caracterización del humedal, su situación socio ambiental,
su importancia y las acciones a tomar para su preservación y conservación que se pueden
complementar con trabajos como el de (González Bogotá, 2015) que busca destacar lo valores y
servicios ecosistémicos del humedal por lo tanto deben contarse como parte integral del
territorio.
En torno a lo anterior es que se ha estudiado como ha sido la fragmentación del humedal el Burro
y el presente trabajo buscara aportar más a los factores que pudieron mediar o afectar el avance
del proceso de fragmentación en el humedal el Burro.
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2. ANTECEDENTES
El proyecto nace de la necesidad de mirar como la política ambiental puede tener un efecto
positivo o negativo en el desarrollo del territorio ambiental de un espacio específico, para lo cual
nos enfocamos en el humedal el Burro siendo uno de los humedales que más reducción y
degradación ha tenido durante el tiempo hasta hoy, por lo que se hace necesario saber cuál ha
sido la evolución de la política ambiental a nivel nacional y local específicamente en Bogotá y su
localidad de Kennedy en el que ese encuentra ubicado el Humedal mencionado, relacionándolo
con un análisis de fotografías aéreas y satelitales obtenidas en el IGAC. Por ello para esta
revisión de los trabajos que anteceden nuestro proyecto de investigación, podemos encontrar los
siguientes trabajos:
En primera medida es necesario hablar del plan de manejo ambiental del humedal el Burro
realizado y publicado en el 2008 (Universidad Nacional de Colombia, Instituto de Estudios
Ambientales-IDEA-, 2008) en el que se encuentra un apartado donde se hace un análisis de los
cambios que ha tenido el Humedal entre los años 1956 a 2004 en cuanto a la cobertura vegetal
acuática y terrestre y donde utilizando el método de fotointerpretación analizan dicha cobertura
vegetal en fotos aéreas proporcionadas por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) de
los años 1956, 1976, 1985 y 2004 donde pudieron apreciar una disminución muy abrupta del
área del humedal y de la cobertura vegetal tanto acuática y terrestre de casi un 70%,
mencionando que los factores que pudieron incidir en dicho evento pudieron darse entre las
décadas de los 60 y 70 principalmente en donde se construyeran varias vías que llevarían al
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proyecto del aeropuerto de Techo que posteriormente lo trasladarían, dejando un gran territorio
que ya contaba con una infraestructura adecuada para urbanizar y que conllevaron a una
incentivación de la urbanización que afecto al humedal y constituyeron a Kennedy como una
ciudad dentro de la ciudad.
En el mismo sentido encontramos un trabajo realizado por (Venegas, M. & Gómez, T, 2011) en
el que hacen una reconstrucción histórica del proceso de fragmentación de los Humedales de
Bogotá y su relación con la percepción social para poder generar una propuesta de manejo,
lineamientos y protección de los humedales de la ciudad mencionada, en este estudio obtuvieron
fotografías aéreas y satelitales de los humedales Juan Amarillo en los años 1940, 1984 y 2005 y
del humedal el Burro en los años 1956, 1984 y 2000 donde por fotointerpretación lograron
concluir que el proceso de fragmentación se ha hecho notable en los ecosistemas de humedal
urbanos debido a la alta intervención antrópica por construcción de jarillones y vías en la década
de los 80, la parcelación de la tierra para construcción de vivienda, los rellenos ilegales y la
construcción de canales artificiales para desecar los humedales en la década de los 90 y
finalmente el rápido crecimiento urbano y la construcción de múltiples urbanizaciones a
principios del siglo XX. Y que estos sucesos son también consecuencia de la percepción que se
tiene de los humedales poniendo como ejemplo la gran importancia que tenían para los Muiscas,
como un lugar sagrado, en el que se hacían rituales, pasando a ver la importancia que le tenían
los españoles, como un lugar con función agrícola y les proveía de alimentos, por lo que eran
utilizados para la agricultura, la ganadería, la pesca, consumo de agua y paseos en familia, lo
anterior para contrastarlo con el siglo XX en el que los años 30, se llevó a cabo la gran expansión
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urbana en la ciudad de Bogotá y los humedales pasaron a ser lugares de estorbo para el proceso
de urbanización lo cual los afecto gravemente y que nuevamente desde la Constitución de 1991
Se le dio la importancia que tienen los Humedales en el desarrollo del territorio desembocando
en la promulgación de varias leyes y decretos para destacar la importancia de cuidarlos y
estudiarlos.
Otro trabajo a destacar es el de (Jaramillo, 2006) en el que estudian la degradación física de tres
humedales de Bogotá como son el Vaca, Burro y Techo y proponen lineamientos ecológicos y
paisajísticos para su gestión, en este estudio hacen uso de la bibliografía disponible y de la
fotointerpretación para concluir que la pérdida del área de estos humedales de Kennedy ha sido
muy grave debido al impacto de la presión constructora urbanística, pero esto no trajo como
consecuencia solo la pérdida del área sino de las funciones ecológicas, biológicas, químicas,
físicas y socioculturales, evidenciándose en una fragmentación de estos humedales quedando
como reto afrontar la conservación y cuidado de estos ecosistemas en un contexto urbano lo cual
lo hace más difícil. Además nos anexan imágenes muy ilustrativas de la pérdida de área que han
tenido estos humedales sacadas después de hacer la fotointerpretación correspondiente.
Lo anterior nos muestra que hay un campo que si se ha recorrido en el análisis de diferentes
factores sociales, urbanísticos, de percepción de la ciudadanía y de interés de desarrollo que han
influido en la degradación de los Humeadles de Bogotá y lo hacen principalmente mediante el
uso de la fotointerpretación pero ninguno de estos trabajos ha destacado la influencia que la
misma política pública ha tenido en estos procesos, solo mencionan muy brevemente el marco
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legal con un análisis poco profundo por lo que nuestro trabajo permitirá tener esta profundidad
que es necesaria para seguir protegiendo con bases bien informadas los Humedales.
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3. PROBLEMA
3.1 Planteamiento del Problema
La legislación ambiental en Colombia y en Bogotá, ha presentado cambios estructurantes desde
mediados de siglo XX hasta principio del siglo XXI, donde se puede evidenciar la ausencia de
un análisis sistémico de cómo posiblemente la ausencia de una legislación ambiental ha sido uno
de los factores que ha influido en la forma en que se concibe los humedales y los cambios que
han sufrido a través del tiempo, tal como se puede apreciar en el Humedal El Burro.
3.2 Descripción del Problema
Se evidencia la existencia de una legislación frente al cuidado y conservación de los espacios
naturales más específicamente de los humedales durante el último siglo, pero a pesar de ello, la
degradación de los humedales se hizo presente, por lo tanto es necesario mirar si la legislación
ambiental o ausencia de la misma ha tenido una influencia en los sucesos acontecidos en el
Humedal el Burro.
3.3 Pregunta Problema
¿La legislación ambiental ha sido uno de los factores que ha incidido en la fragmentación del
humedal el Burro desde mediados del siglo XX hasta principios del siglo XXI?.
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7
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4. JUSTIFICACIÓN
Los humedales tienen una importancia en cuanto a su funcionalidad y los valores que estos
proporcionan. En cuanto su funcionalidad se destaca en (Secretaría de la Convención de
Ramsar,2013. Manual de la Convención de Ramsar: Guía a la Convención sobre los Humedales
(Ramsar, Irán,1971), 6a. edición. Secretaría de la Convención de Ramsar, Gland (Suiza), 2013)
“las interacciones de los componentes físicos, biológicos y químicos de un humedal como parte
de la “infraestructura natural” del planeta” (p. 10), por lo tanto ofrece muchos beneficios
ecosistémicos, tales como reservorio de agua, amortiguación de inundaciones, regulación de los
niveles freáticos, controlador de sedimentos, hábitat de vida silvestre, regulador de los ciclos de
nutrientes, proveedor de alimento, estabilización de las condiciones climáticas locales y valor
paisajístico. Ramsar, 2013, p. 10).
En cuanto al valor que presentan los humedales según (Barbier, Acreman; Knowler. Oficina de
la convención de Ramsar, 1997) se encuentra que presentan beneficios económicos, como
abastecimiento de agua, pesca, agricultura, madera y otros materiales de construcción; recursos
energéticos, como turba y materia vegetal; recursos de vida silvestre; transporte; hierbas
medicinales; y posibilidades de recreación y turismo. Además de poseer valores religiosos,
cosmológicos, espirituales y arqueológicos para las culturas presentes.
Cabe resaltar que debido a la importancia que tienen estos humedales es necesario atender
algunas problemáticas que según el DAMA fragmentan los ecosistemas, afectan la conservación
y el uso sostenible de los humedales.
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1. Ignorancia acerca de los valores y funciones ecológicas de los humedales
2. Alteración antropogénicas que causa contaminación, desequilibrio de nutrientes perdida de la
biodiversidad.
3. Costo de la oportunidad del suelo frente a la demanda de espacio de vivienda generando un
estado de marginamiento social y cultural.
Es así como Julio y Hernández (2014) encuentran que existen factores que vienen afectando la
historia de los humedales en Bogotá, todo esto encaminado en el desarrollo de la sociedad civil y
en disputas del estado y las empresas constructoras enfocado en lograr la urbanización de la
ciudad, haciendo que cada vez más se requieran espacios para la población; esta creciente
urbanización es una de las principales causas transcendentales que en un principio han
fragmentado considerablemente estos ecosistemas ya que al aumentar la población, se tienen que
ir expandiendo las redes de servicio público y las vías de comunicación, ocupando de esta
manera zonas de los humedales.
Con lo anterior se hace evidente que los humedales ocupan un lugar importante en el desarrollo y
mantenimiento de la estructura ambiental de un territorio, como lo plantea el Plan de
Ordenamiento Territorial (POT) del Distrito del 2004, es así como el trabajo de investigación
pretende recopilar la legislación ambiental referente al Humedal el Burro desde mediados del
siglo XX y principios del siglo XXI, realizando una comparación y análisis entre esta legislación
y los cambios que se pueden apreciar en imágenes aéreas sacadas del Instituto Geográfico
Agustín Codazzi (IGAC), esto con el fin de lograr que este trabajo sirva de insumo y sea tenido
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en cuenta para la toma de decisiones futuras y construcción de nueva legislación relacionada con
el Humedal el Burro.
5. CONTEXTO
5.1 DELIMITACIÓN ESPACIAL
El Humedal del Burro está ubicado en el sector sur-occidental de la Localidad 8 de Kennedy
entre la Av. el Tintal y la Av. Boyacá, y entre la Av. Castilla y la Av. Las Américas, sobre el
valle aluvial del río Bogotá, en la actualidad el Humedal ocupan 179.807,1 m2. De acuerdo con
el cerramiento que se lleva a cabo actualmente, se incluyen las áreas de cesión de urbanizaciones
vecinas al costado oriental de la Biblioteca el Tintal (cerca de 9.248 m2), con lo que el área total
del humedal es de 189.055,49 m2 (Ingetec S.A, 2007). Actualmente el humedal esta fraccionado
en dos partes, la parte noroccidental (ubicada cerca de la Biblioteca El Tintal) y la suroriental
divididas por la Avenida Ciudad de Cali Figura I.
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Figura I . Imagen del humedal El Burro (Google Earth, 2014).
El Humedal se encuentra limitado en el extremo sur-occidental por los barrios: Tíntalá, Osorio II,
Osorio III, Patio Bonito III, Patio Bonito, Tairona, Vereda el Tintal entre otros”. Por el costado
oriental con los barrios “Castilla, Pío XII, Bavaría, Mandalay, Ciudad de Kennedy Norte, Villa
Alsacia. Por el norte limita con los barrios: El Castillo, Valladolid, el Vergel Oriental entre otros.
Por el costado sur limita con Ciudad Techo II, María Paz y Corabastos. El área circundante al
Humedal ésta conformada por complejos de unidades residenciales, en bloques de apartamentos
de cinco pisos, con dotación de todos los servicios públicos. Igualmente urbanizaciones
constituidas por múltiples conjuntos habitacionales, con casas de dos pisos, servicios públicos,
algunas calles pavimentadas y urbanísticamente organizadas, también se puede destacar la
alameda El Porvenir perimetral al costado sur-occidental del Humedal, construida por el IDU, y
el parque El Tintal, donde está la biblioteca del mismo nombre (Ingetec S.A, 2007). El humedal
El Burro perteneció a la extinta Laguna El Tintal y a la cuenca del río Fucha, pero en la
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actualidad debido a las obras para el manejo del drenaje urbano la conexión es inexistente,
presentándose fenómenos de crecientes. Actualmente por escorrentía, el humedal capta parte de
las aguas de su cuenca adyacente y recibe las aguas residuales de la zona oriental y nororiental
de los barrios Pío XII y Castilla a través del Canal Castilla. El Humedal presenta forma alargada
y en la actualidad ocupa 18 ha de área legal 0.2 ha de espejo de agua.
Está conformado por dos cuerpos de agua divididos por la Avenida Ciudad de Cali (Figura 3), e
interconectados por un Box Coulvert. El Canal Castilla atraviesa la vía a través de una
alcantarilla cajón de dos (2) celdas. Está fragmentación ocurre en dos porciones desiguales,
siendo la fracción oriental la más grande.
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6. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
• Realizar un análisis de la legislación ambiental desde mediados de siglo XX hasta
principio del siglo XXI y su posible relación con los eventos de fragmentación
presentados en el Humedal el Burro.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
• Desarrollar una exploración inicial de la legislación ambiental relacionada con el
Humedal el Burro desde mediados de siglo XX hasta principio del siglo XXI.
• Describir y analizar el fenómeno de fragmentación que ha sufrido el Humedal el Burro
desde mediados de siglo XX hasta principio del siglo XXI.
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7. MARCO TEÓRICO
7.1 Gestión ambiental
Conjunto de acciones que buscan orientar y alentar cambios en las actividades sociales y
económicas, además de lograr la máxima racionalidad en el proceso de decisión relativo a la
conservación, defensa, protección y mejora del ambiente, basándose en una información
multidisciplinar ciudadana coordinada. (Gándara, A.S. Instituto Nacional de Ecología, 2011).
La Gestión Ambiental se concibe también como un proceso que está orientado a resolver, mitigar
y/o prevenir los problemas de carácter ambiental, con el propósito de lograr un desarrollo
sostenible, entendido éste como aquel que le permite al hombre el desenvolvimiento dentro del
patrimonio biofísico y cultural y, garantizando su permanencia en el tiempo y en el espacio. Lo
cual incluye las mismas actividades económicas de donde radican los Sistemas de Gestión
Ambiental que buscan controlar los impactos ambientales significativos a través del continuo
mejoramiento del desempeño del sector empresarial a nivel técnico-comportamental, siguiendo
la línea de la política ambiental. (Lucio, 2010).
Dentro del área de la gestión ambiental se encuentra que esta misma está involucrada y ligada
íntimamente con aspectos como son la política ambiental, ordenación del territorio, evaluación
del impacto ambiental, contaminación, vida silvestre, educación ambiental y estudios de paisaje.
Lo anterior hace evidenciar que esta misma está relacionada y debe afrontarse desde aspectos
económicos, ecológicos y sociales. (EDSC, 2015).
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7.2 Humedal
El término Humedal hace referencia a una gran variedad de hábitats que sin duda son
cambiantes y variables, los cuales aportan de manera estratégica al ambiente, es así que en la
convención de (Ramsar, 2014) define a los Humedales como:
“las extensiones de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de aguas, sean éstas
de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces,
salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja
no exceda de seis metros”
De esta manera se aclara que el humedal es un ecosistema intermedio entre el medio acuático y
el terrestre en el cual existen diferentes zonas o porciones húmedas, semihúmedas y secas, que
caracterizan estos hábitats con un tipo de fauna y flora muy particular DAMA (Personeria de
Bogotá, D.C., 2003).
Es importante resaltar que en los humedales existe una zona de ronda hidráulica y una zona de
manejo y preservación ambiental; la primera es una franja que puede cubrirse de agua por
inundaciones constantes y la segunda es una franja de terreno paralela a la zona hidráulica en la
cual permite garantizar la permanencia de las fuentes hídricas naturales. (Empresa de Acueducto
y Alcantarillado de Bogotá (EAAB), 2015).
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7.3 Función
Los humedales se encuentran entre los ecosistemas más productivos de la tierra por todos los
beneficios ecosistémico y culturales; esto último está asociado a creencias religiosas y
cosmológicas y espirituales que tienen estos lugares, de esta manera (Barbier, Acreman;
Knowler. Oficina de la convención de Ramsar, 1997), los agrupan en componentes, funciones
y propiedades.
En cuanto a los componentes, este hace referencia a los rasgos bióticos y no abióticos, el suelo,
el agua las plantas y los animales. Las funciones en donde existe un ciclo de nutrientes y el
intercambio de aguas superficiales, subterráneas y por ultimo las propiedades que hacen
referencia a la diversidad de especies.
Es importante mencionar que para el contexto de Bogotá (Personeria de Bogotá, D.C., 2003)
distribuye los beneficios ecosistémico en del humedal en 4 categorías a saber.
1. La riqueza de especies de aves que circunda estos ecosistemas es importante ya que son
individuos migratorios en su gran mayoría que llegan a estos hábitats para su alimentación.
También los humedales son eslabones de una vasta red de sitios de parada, reproducción e
invernada de muchas especies migratorias. Los humedales presentan una variedad d especies que
no pueden habitar ningún otro ambiente alterno.
2. Los humedales se constituyen en reservorios de agua actuando como esponjas los cuales actúan
amortiguando las inundaciones, son reguladores de los niveles freáticos, controlan los
sedimentos.
3. Son importantes ecosistemas con incidencia ecológica, científica, recreacional y paisajística; en
este sentido (EAAB , 2014) lo cataloga como espacios pedagógicos para disfrutar.
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El humedal como un ecosistema en donde se encuentran inmersas gran variedad de riqueza de
fauna y flora endémica y migratoria.
7.4 Humedal el Burro
El humedal El Burro se encuentra ubicado en la localidad 8 de Kennedy, limitando por el
extremo nororiental con la avenida ciudad de Cali, barrio Monterrey y lotes privados; hacia el sur
– oriente con los barrios Las Dos Avenidas y Monterrey; por el costado oriental limita con el
barrio Pio XII y lotes privados; y por el costado occidental con los barrios castilla y Bavaria. Este
humedal hace parte de la subcuenca "El Tintal" que está ubicada en el sector suroccidental de la
ciudad, se caracteriza por presentar una forma alargada y en la actualidad tiene una extensión de
18.8 ha de área legal y 0,2 ha de espejo de agua. DAMA (Personeria de Bogotá, D.C., 2003)
DAPHNIA (citado por Venegas & Gómez ,2011) dice que el ecosistema se encuentra dividido
en dos fragmentos por la avenida ciudad de Cali, siendo el sector oriental el más grande.
Además el paso de la futura avenida Agoberto Mejía causará una nueva fragmentación del
ecosistema.
A continuación se describirán aspectos biofísicos que caracterizan a este Humedal.
7.5 Clima
Según el Plan de manejo ambiental del Humedal el Burro El clima es frío seco, con
temperatura promedio de 13ºC, evapotranspiración de 620 mm, humedad relativa del 80%; estos
datos muestran el peligro inminente en que se encuentra el humedal por su posición en el paisaje;
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experimenta un clima seco aunque mantiene la humedad gracias a la vegetación y a lluvias
esporádicas.
7.6 Suelos
Los suelos sobre los cuales se asienta el humedal corresponden a la Asociación RLOa,
perteneciente a los planos de inundación del río Bogotá, planicie fluviolacustre que recibió
aportes de cenizas volcánicas dando lugar a Inceptisoles bastante fértiles. (Universidad Nacional
de Colombia, Instituto de Estudios Ambientales-IDEA-, 2008).
7.7 Flora
La vegetación del humedal se describe a continuación iniciando con el nombre de la especie o
genero según corresponda, seguido del nombre común.: Pittosporum undulatum Jazmín,
Pennisetum clandestinum Kikuyo, Salix humboldtiana Sauce, Alnus acuminata Aliso, Sambucus
peruviana Sauco, Ulex europeaus Retamo espinoso, Acacia sp Acacia, Eucalyptus sp Eucalipto
7.8 Fauna
7.8.1 Artrópodos
En el humedal se encuentra seis (6) órdenes y diez (10) familias (Tabla 1). (PMA, 2008).
Tabla 1.
Artrópodos del Humedal el Burro
19
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMUN ARANEAE Arañas y Opiliones ARANEIDAE Arañas tejedoras SALTICIDAE Arañas saltadoras OPILIONIDAE Opiliones DIPTERA Moscas y Mosquitos CULICIDAE Zancudos SYRPHIDAE Moscas de las flores TABANIDAE Tábanos HYMENOPTERA Abejas, Abejorros, Avispas y Hormigas APIDAE Abejas ODONATA Libélulas AESCHINIDAE Caballitos de diablo ISOPODA Cochinillas PORCELLIONIDAE Marranitos AMPHIPODA Desconocido
7.8.2 Herpetofauna
En cuanto a la herpetofauna; el humedal presenta dos (2) familias (Hylidae y Colubridae)
representadas por dos (2) especies, Hyla labialis y Atractus crassicaudatus (Tabla 2). (PMA,
2008).
Tabla 2.
Herpetofauna del Humedal el Burro.
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMUN
Dendropsophus labialis Rana sabanera
Atractus crassicaudatus Culebra sabanera
20
7.8.3 Avifauna
La avifauna es el grupo de vertebrados más numeroso en el humedal, durante los diferentes
estudios se han podido registrar un total de 36 especies, pertenecientes a 21 familias (Tabla 3).
EAAB( Citado por PMA, 2008).
Tabla 3.
Avifauna presente del Humedal el Burro
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMUN ARDEIDAE GARZAS Ardeola ibis Garza bueyera Butorides striatus Garcipolo Nicticorax nicticorax Guaquito ANATIDAE PATOS Anas discors Pato chisgo CATHARTIDAE BUITRES Coragyps atratus Chulo ACCIPITRIDAE AGUILAS Y GAVILANES Elanus leucurus Gavilán maromero FALCONIDAE HALCONES Y CERNÍCALOS Falco sparverius Cernícalo RALLIDAE POLLAS DE AGUA Gallinula chloropus Tingua de pico rojo Porphyrula martinica Tingua azul SCOLOPACIDAE CHORLOS PLAYEROS Gallinago nobilis Caica Tringa flavipes Chorlo playero tTTringa solitaria Chorlo playero COLUMBIDAE PALOMAS Zenaida auriculata Abuelita PSITTACIDAE LOROS Y PERICOS Aratinga pertinax Carilucio CUCULIDAE ARDITEROS Y GARRAPATEROS Coccyzus americanus Bobito TROCHILIDAE COLIBRÍES Colibri coruscans Chupaflor TYRANNIDAE ATRAPAMOSCAS
21
Contopus virens Atrapamoscas Pyrocephalus rubinus Petirrojo, cardenal Tyrannus melancholicus Siriri Elaenia cf, flavogaster Atrapamoscas HIRUNDINIDAE GOLONDRINAS Hirundo rustica Golondrina pechirroja Notiochelidon murina Golondrina negra bogotana TROGLODYTIDAE CUCARACHEROS Troglodytes aedon Cucarachero MIMIDAE SINSONTES Mimus gilvus Mirla blanca TURDIDAE MIRLAS Turdus fuscater Mirla negra VIREONIDAE VERDERONES Vireo sp. Vireo ICTERIDAE ARRENDAJOS Chrysomus icterocephalus Monjita Molothrus bonariensis Chamon Sturnella magna Chirlobirlo PARULIDAE CERROJILLOS Dendroica fusca Jilguero gargantinaranja Mniotilta varia Parula negriblanca Wilsonia canadensis Parula del Canada EMBERIZIDAE GORRIONES Sicalis flaveola Canario basto Zonotrichia capensis Copetón FRINGILLIDAE GORRIONES Carduelis spinescens Chisga cabecinegra
7.8.4 Mastofauna
Se han registrado 3 especies de mamíferos, todas ellas pertenecientes a especies invasoras que
son además reconocidos vectores de enfermedades. S in embargo además de éstas especies, las
personas aledañas al humedal han afirmado haber visto comadrejas (Mustela frenata ) (Tabla 4).
EAAB (Citado por PMA, 2008).
22
Tabla 4.
Mastofauna presente en el Humedal el Burro
NOMBRE CIENTÍFICO NOMBRE COMUN MURIDAE RATONES Rattus rattus Rata doméstica Rattus norvegicus Rata doméstica Mus musculus Ratón doméstico MUSTELIDAE COMADREJAS Mustela frenata? Comadreja
7.9 La fotografía o imagen aérea
Según el (Departamento Nacional de Estadística (DANE), 2013) la fotografía aérea es una
imagen del terreno captada desde un avión con cámaras fotográficas especiales, donde se
registran los elementos que conforman el medio ambiente geográfico como el uso que se da al
suelo dando indicios del complejo de acciones que el hombre realiza en ese medio. Por lo tanto
las fotografías aéreas son una abstracción del terreno, en la que los aspectos naturales:
vegetación, cuerpos de agua, suelo, topografía, drenajes y los aspectos culturales: embalses, vías,
puentes, usos de la tierra, construcciones y en general todo elemento que pueda ser iluminado
directamente por el sol o por la luz reflejada en las nubes, aparece en la fotografía aérea, donde
se puede diferenciar estos elementos según a su tamaño, textura, color, tono y patrón. Este tipo
de fotografía es muy utilizada en los estudios de tipo cartográfico.
23
7.10 La fotografía o imagen satelital
Una imagen satelital es el producto obtenido por un sensor instalado a bordo de un satélite
artificial mediante la captación de la radiación electromagnética emitida o reflejada por un
cuerpo celeste, producto que posteriormente se transmite a estaciones terrenas para su
visualización, procesamiento y análisis. Esta información al dársele un tratamiento suele
diferenciarse de la fotointerpretación y se le denomina teledetección que es un sistema integral
de captura de información territorial. (García, C., Rogel, Á., & Pérez, C., 2004). (Teledet, 2015).
7.11 Análisis geográfico
Busca comprender las distintas variaciones de los fenómenos geográficos teniendo en cuenta un
análisis de los diversos aspectos fiscos y las implicaciones sociales que se presentan, además
tiene en cuenta los cambios y transformaciones que pueden existir en un territorio (Gomez
Piñeiro, 1995).
7.12 Fragmentación
Reducción de la cantidad total de tipos de hábitat en un paisaje y la división de los hábitats
remanentes en parches pequeños y aislados.
Los cambios físicos asociados con la fragmentación incluyen:
1. Reducción en el área total, recursos y productividad de los hábitat nativos.
2. Aumento de aislamiento de los fragmentos remanentes y sobre sus poblaciones locales.
24
3. Cambios significativos en las características ambientales de los fragmentos, incluyendo
cambios en la radiación solar, viento y flujos hídricos. Se refiere al proceso de destrucción
parcial del hábitat original (entendido éste como una comunidad vegetal) que deja remanentes de
menor tamaño esparcidos dentro y entre otros tipos de hábitat. La fragmentación puede ser
causada por actividades humanas (al construir una carretera) o mediante procesos naturales (un
tornado). (Gándara, A. S., 2011).
7.13 Política Ambiental que rige el Humedal el Burro
A continuación en la Tabla 5 se mencionara cual la normatividad empelada para este trabajo.
(Secretaria distrital de Ambiente, 2015).
25
Tabla 5. Normatividad enfocada en la reglamentación de los Humedales.
NORMA DESCRIPCIÓN AUTORIDAD
DECRETO 1381 de
1940
Sobre aprovechamiento, conservación y distribución de aguas nacionales de uso
público. Ministerio de Agricultura
DECRETO 1382 de
19 40
Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre aprovechamiento, distribución
y conservación de aguas nacionales de uso público. Ministerio de Agricultura
LEY 106 de 1946
Se consolida o se crea un instituto de Fomento Forestal el cual tenía como
objetivo estudiar, organizar y desarrollar los planes generales de conservación
plantación y explotación de los bosques del país.
Congreso de Colombia
LEY 52 de 1948
Se declara como reserva nacional la Sierra denominada “La Macarena” y se crea
la estación Biológica “José Jerónimo Triana. Congreso de Colombia
Decreto 0541 de
1952
Por el cual se reorganiza la División de Recursos Naturales del Ministerio de
Agricultura con el fin de lograr la tecnificación y fortalecer las labores
relacionadas con la economía del suelo.
26
Decreto 3110 de
1954
Creándose la Corporación Autónoma Regional del Cauca como agencia de
desarrollo Regional, la cual tenía la misión de promover de manera coordinada el
desarrollo de la energía y los recursos hídricos en la cuenca del alto Cauca para
adecuarlas a las demandas regionales.
Decreto Legislativo
0376 de 1957
Por el cual se dictan normas específicas sobre la pesca en aguas Colombianas.
Congreso de Colombia
Decreto 2631 de
1960 con la
resolución 1119
En donde se decreta una reserva de un área de 700 Hectáreas para un parque
Nacional Natural y en la resolución se implanta una veda para los guacharos. Congreso de Colombia
Resolución 191 de
1964
Den donde se reservan y declaran como Parques Nacionales Naturales tres
sectores de en el Departamento del Magdalena. Nacional de Ecología y Cambio
Climático, 2016). Después de mirar un poco lo
Congreso de Colombia
Convención
RAMSAR, 1971
Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional
especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas.
Comunidad Internacional
Decreto-Ley 2811 de
1974
Código de los Recursos Naturales Renovables y Protección del Medio Ambiente
Art. 8, literal f- considera factor de contaminación ambiental los cambios
27
nocivos del lecho de las aguas.. Literal g, considera como el mismo de
contaminación la extinción o disminución de la biodiversidad biológica
.Art.9Se refiere al uso de elementos ambientales y de recursos naturales
renovables.
Art.137 Señala que serán objeto de protección y control especial las fuentes,
cascadas, lagos y otras corrientes de aguas naturales o artificiales, que se
encuentren en áreas declaradas dignas de protección.
Art 329. Precisa que el sistema de parques nacionales tiene como uno de sus
componentes las reservas naturales. Las reservas naturales son aquellas en las
cuales existen condiciones de diversidad biológica destinada a la conservación.
Investigación y estudio de sus riquezas naturales.
Congreso de Colombia
Decreto 1594 de
1984
Por el cual se reglamenta parcialmente el Título 1 de la Ley 09 de 1979, así
como el Capítulo II del Título VI - Parte III - Libro II y el Título III de la parte
III - Libro I - del Decreto 2811 de 1974 en cuanto a Usos del Agua y Residuos
Líquidos.
Ministerio de Agricultura
Acuerdo 6 de 1990 Por medio del cual se adopta el Estatuto para el Ordenamiento Físico del Distrito
Especial de Bogotá, y se dictan otras disposiciones”.
Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
28
Constitución Política
de Colombia, 1991
Artículo 58: Garantiza propiedad privada, siendo una función social que implica obligaciones.
Artículo 63:Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras
comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, patrimonio arqueológico
de la nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables,
imprescriptibles e inembargables.
Artículo 79.Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La
ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan
|afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente,
conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación
para el logro de estos fines.
Artículo 80.El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos
naturales, para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración
o sustitución.
Artículo 366. El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la
población son finalidades sociales del Estado. Será objetivo fundamental de su
actividad la solución de las necesidades insatisfechas de salud, de educación, de
saneamiento ambiental y de agua potable. Para tales efectos, en los planes y
Asamblea Nacional Constituyente
29
presupuestos de la nación y de las entidades territoriales, el gasto público social
tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación.
Acuerdo 31 de 1992
Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico y Social de Obra Públicas
de Santafé de Bogotá, Distrito Capital, para el periodo 1993 de 1995
El Concejo de Santa Fe de Bogotá,
D.C.
LEY 70 DE 1993 "Por la cual se desarrolla el artículo transitorio 55 de la Constitución Política. El Congreso de Colombia",
El Congreso de Colombia.
Ley 99 de 1993
Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el sector
público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los
recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental, SINA
y se dictan otras disposiciones Art.1. Dentro de los principios generales
ambientales dispone en el numeral 2 que la biodiversidad del país, por ser
patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida
prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.Art.116 lit. g, autoriza al
Presidente de la República para establecer un régimen de incentivos económicos,
Congreso de Colombia
30
para el adecuado uso y aprovechamiento del medio ambiente y de los recursos
renovables y para la recuperación y conservación de ecosistemas por parte
de propietarios privados.
Ley 165 de 1994.
Colombia Por medio de la cual se aprueba el "Convenio sobre la Diversidad
Biológica", hecho en Río de Janeiro el 5 de junio de 1992.
Congreso de Colombia
ACUERDO 5 DE
1.994
Por el cual se autoriza el cupo de endeudamiento para la Empresa de Acueducto
y Alcantarillado de Bogotá y se dictan otras disposiciones".
El Concejo de Santa Fe de Bogotá,
D.C.
Ley 357 de 1997
Por medio de la cual se aprueba la "Convención Relativa a los Humedales de
Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas",
suscrita en Ramsar el dos (2) de febrero de mil novecientos setenta y uno (1971).
Congreso de Colombia
Ley 388 de 1997
Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras
disposiciones. El Congreso de Colombia.
Resolución 245 de 1997
Por medio de la cual se determina la Reglamentación Ambiental para los
procedimientos de Construcción, Operación, Remodelación y Desmantelamiento
de las Estaciones de Servicio de Combustibles y afines en el Área Urbana del
Distrito Capital
El director del departamento técnico
administrativo del medio ambiente,
DAMA.
31
Acuerdo 13 de 1998
Por el cual se adopta el Trazado para la Avenida Longitudinal de Occidente
(ALO) en el tramo comprendido entre los límites con los municipios de Chía y
Mosquera y se dictan otras disposiciones.
El Concejo de Santa Fe de Bogotá,
D.C.
Decreto 683 de 1998
Por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa
Fe de Bogotá, D.C., ubicados en la Localidad No. 08 de Kennedy.
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
Decreto 831 de 1998
Por el cual se ordena la legalización de algunos asentamientos y barrios de Santa
Fe de Bogotá, D.C.. ubicados en las Localidades No. 05 de Usme, No. 08 de
Kennedy y No. 09 de Fontibón
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
Decreto 1504 de
1998
Por el cual se reglamenta el manejo del espacio público en los planes de
ordenamiento territorial
El Presidente de la República de
Colombia.
Acuerdo 6 de 1998
Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras
Públicas para Santa Fe de Bogotá, D.C., 1998 - 2001 -POR LA BOGOTÁ QUE
QUEREMOS.
El Concejo de Santa Fe de Bogotá,
D.C.
Decreto 1052 de
1998
Por el cual se reglamentan las disposiciones referentes a licencias de
construcción y urbanismo, al ejercicio de la curaduría urbana, y las sanciones
urbanísticas.
El Presidente de la República de
Colombia.
Decreto 984 de 1998 Por medio de la cual se reglamenta las competencias en materia de arborización
y manejo silvicultural en el espacio público de la ciudad de Santa Fe de Bogotá.
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
32
Decreto 1996 de
1999
Por el cual se reglamentan los artículos 109 y 110 de la Ley 99 de 1993
Sobre Reservas Naturales de la Sociedad Civil. Ministerio del Medio Ambiente.
DECRETO 619 DE
2000
Por el cual se adopta el Plan de Ordenamiento Territorial para Santa Fe de
Bogotá, Distrito Capital.
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
DECRETO 469 DE
2003
"Por el cual se revisa el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C." El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
DECRETO 61 DE
2003
Por el cual se adopta el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
ACUERDO 79 DE
2003
"POR EL CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE POLICÍA DE BOGOTÁ D.C." El Concejo de Santa Fe de Bogotá,
D.C.
DECRETO 190
DEL 2004
"Por medio del cual se compilan las disposiciones contenidas en los Decretos
Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003."
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
RESOLUCIÓN
0157 DE 2004
MAVDT
Por la cual se reglamentan el uso sostenible, conservación y manejo de los
humedales, y se desarrollan aspectos referidos a los mismos en aplicación de la
Convención Ramsar.
El Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial (MAVDT)
RESOLUCIÓN 196
DE 2006 MAVDT
Por la cual se adopta la guía técnica para la formulación de planes de manejo
para humedales en Colombia.
El Ministerio de Ambiente, Vivienda
y Desarrollo Territorial (MAVDT)
33
RESOLUCIÓN
1128 DE 2006
MAVDT
"Por la cual se modifica el artículo 10 de la Resolución 839 de 2003 y el artículo
12 de la Resolución 0157 de 2004 y se dictan otras disposiciones.
El Viceministro de Ambiente
encargado de las funciones del
despacho del Ministro de Ambiente,
Vivienda y Desarrollo Territorial
(MAVDT)
DECRETO 062 DE
2006:
"Por medio del cual se establecen mecanismos, lineamientos y directrices para la
elaboración y ejecución de los respectivos Planes de Manejo Ambiental para los
humedales ubicados dentro del perímetro urbano del Distrito Capital."
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
DECRETO 624 DE
2007:
Por el cual se adopta la visión, objetivos y principios de la Política de Humedales
del Distrito Capital
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
RESOLUCIÓN
4383 DE 2008
Por la cual se aprueba el plan de manejo ambiental del humedal el Burro y se
adoptan otras determinaciones. Secretaria Distrital de Ambiente.
DECRETO 456 DE
2008
"Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se
dictan otras disposiciones"
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
DECRETO 386 DE
2008
"Por el cual se adoptan medidas para recuperar, proteger y preservar los
humedales, sus zonas de ronda hidráulica y de manejo y preservación ambiental,
del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
34
DECRETO 509 DE
2009
"Por el cual se adopta el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental-PACA del
Distrito Capital 2009 – 2012 y se dictan otras disposiciones"
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
Resolución 0301 de
2010
Por la cual se crea el Comité Nacional de Humedales (CNH), y se adoptan otras
determinaciones.
El Ministro de Ambiente, Vivienda y
Desarrollo Territorial (MAVDT)
Acuerdo 489 del 12
de junio de 2012
POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO,
SOCIAL, AMBIENTAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA BOGOTÁ D.C.
2012-2016
El Concejo de Santa Fe de Bogotá,
D.C.
Decreto Local 012
de 2012
Por medio del cual se adopta el Plan Ambiental Local de Kennedy
El Alcalde Local de Kennedy.
Resolución 1238 de
2012
Por la cual se adoptan medidas de protección de un ecosistema y se toman otras
determinaciones. El Secretario Distrital de Ambiente
Decreto 597 de 2013 Por el cual se adopta el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental PACA - Bogotá
Humana-
El Alcalde Mayor de Santa Fe de
Bogotá, D.C.
Esta tabla ha sido tomada y modificada de la página web de la secretaria Distrital de ambiente de Bogotá
http://ambientebogota.gov.co/normatividad2
35
8. METODOLOGÍA
8.1 Tipo de Investigación
• Exploratoria descriptiva.
El presente estudio retoma elementos de la investigación exploratoria y descriptiva
entendiéndose cada una de ellas de la siguiente manera:
La investigación exploratoria busca una aproximación a los fenómenos desconocidos para lograr
entenderlos y así poder extraer algunas ideas concretas en el tema de investigación, para lograr
una acercarse al objeto de estudio estableciendo una metodología flexible y amplia del tema a
investigar ya que este tipo de investigación intenta o busca descubrir campos que no se han
estudiado o se han estudiado poco. (Danke, 1989).
Por otro lado el tipo de investigación descriptiva brinda una idea del fenómeno estudiado a partir
de sus características descritas y medidas particularmente de acuerdo al nivel de importancia
para final mente ser utilizadas como base para otros tipos de análisis. (Danke, 1989).
Por este motivo se decidió abordar este tipo de investigación puesto que se hace una
recopilación histórica de hechos normativos y fotografías que se interpretaran y analizaran.
36
8.2 Diseño Metodológico
OBJETIVO METODOLOGÍA ACTIVIDADES
Desarrollar una exploración
inicial de la legislación
ambiental relacionada con el
Humedal el Burro desde
mediados de siglo XX hasta
principio del siglo XXI.
Recolección y revisión de
documentos físicos y
virtuales.
Consulta de legislación
ambiental (Leyes, políticas
decretos), Bibliografía gris,
artículos científicos, libros,
páginas web, periódicos y
revistas.
Consolidación e
interpretación de la
legislación ambiental
relacionada con el Humedal
el Burro.
Describir y analizar el
fenómeno de fragmentación
que ha sufrido el Humedal
el Burro desde mediados de
siglo XX hasta principio del
siglo XXI.
Recopilación de las
imágenes aéreas del
Humedal el Burro.
Búsqueda de imágenes en el
instituto Geográfico Agustín
Codazzi (IGAC).
Consulta de imágenes de
referencia en Google Earth.
Utilización de los programas
Google Earth Pro y Arcgis
10.4.1
37
Comparación e
interpretación de las
fotografías áreas del
Humedal el Burro.
Realizar un cuadro
Comparativo relacionando
la legislación ambiental con
las fotografías áreas
obtenidas del Humedal el
Burro.
Elaboración de un cuadro
comparativo.
Interpretación y análisis del
cuadro comparativo
elaborado.
9. RESULTADOS Y ANÁLISIS
La legislación ambiental en este trabajo se muestra como una herramienta mediada por el
paradigma de una época por lo que el análisis buscara dilucidar la influencia de esta en periodos
de tiempo distribuidos en décadas:
9.1 DÉCADA 1940 A 1950
38
Antes de iniciar en este periodo de tiempo es importante destacar que desde principios del siglo
XX se empiezan a encontrar los primeros esbozos del surgimiento de una normatividad
ambiental como tal, la cual estaba enfocada en la protección de los bosques principalmente.
En ese sentido se puede decir que durante los siguientes diez años el estado colombiano se
enfocó en decretar y legislar sobre el recurso de bosque del País pero no existía ninguna norma
concreta en cuanto a humedales se trate; por lo tanto, para tener algunos principios concretos se
mencionaran algunos decretos relacionados con cambios en la protección conservación o
aspectos generales de la flora y fauna colombiana ya que la legislación empieza desde estos
aspectos y a medida que se vaya avanzando en cada década la legislación va a estar más
enfocada en humedales propiamente puesto que al pasar de los años se iba reconociendo estos
ecosistemas.
En ese sentido se iniciará con el año de 1940 con los Decretos 1381 y 1382 del Ministerio de
Agricultura en donde “Se dictan algunas disposiciones sobre aprovechamiento
disposición y conservación de aguas nacionales de uso público” y “ Por el cual se dictan
algunas disposiciones sobre aprovechamiento, distribución y conservación de aguas
nacionales de uso público”. Es importante señalar que para esta época el Ministerio de
Agricultura era la única autoridad encargada de los temas ambientales en ese entonces.
Durante 1941 y 1942 surgieron otros decretos encaminados en la defensa y reglamentación de
las actividades forestales, resaltando la importancia de reglamentar el uso forestal el comercio, y
las sanciones pertinentes en materia forestal.
Ya para el año de 1946, bajo la LEY 106 se consolida o se crea un instituto de Fomento Forestal
el cual tenía como objetivo estudiar, organizar y desarrollar los planes generales de conservación
39
plantación y explotación de los bosques del país, la cual permitirá redireccionar la forma de
explotar los recursos forestales.
Ya terminando la década, después de un proceso legislativo se declara como reserva nacional la
Sierra denominada “La Macarena” y se crea la estación Biológica “José Jerónimo Triana
mediante la LEY 52 de 1948.
Durante esta década la legislación o la normatividad ambiental estaba enfocada en el ámbito
nacional; por lo tanto, en el ámbito distrital y local no se consolidaron normas ambientales
enfocadas en los humedales ni de ningún aspecto concreto en materia ambiental, por lo tanto,
durante esta década la zona de la franja de los cerros o los humedales como ejemplos
ecosistémico no fueron tenidos en cuenta en ningún proceso de protección y de regulación de
los mismos; por lo tanto no existieron regulaciones inmediatas de estas estructuras ecológicas
principales durante esta década.
Un hecho importante durante esta década, es que la población Bogotana no superaba el millón
de habitantes (ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE
PLANEACIÓN, 2010). Por lo tanto, las necesidades propias de la población podrían ser
atendidas de forma más acertada y no se generarían mayores impactos ambientales en los
ecosistemas de la ciudad, en el caso particular de los humedales como es el del burro Figura
II.
40
Figura II. Aerofotografía del Humedal el Burro. (IGAC, 1940). Imagen aérea del Humedal el Burro (Marzo 1940).
La interpretación de la aerofotografía muestra un estimado del área total del Humedal el Burro entre 50 a 55 ha
propias de esté. Lo cual indicaba, que este ecosistema no presentaba una afectación clara a sus potencialidades
desde el análisis desarrollado.
Si bien, se realizaron diferentes actos legislativos durante esta década, todos fueron encaminados
hacia una sola vía de normatización ambiental la cual estaba enfocada en la de los recursos
boscosos, dando más importancia a esta riqueza y no prestando atención de manera holística a
las dinámicas ambientales y necesidades ambientales del País.
Lo único que se puede mencionar en términos de los humedales a nivel local, enfocándose
espacialmente hacia el sur-occidente de la capital, es la fragmentación de estos ecosistemas
iniciada en la década de 1930 con la construcción del autódromo de Techo y años más tarde, la
Avenida de las Américas, por lo tanto, todas estas obras hicieron que el desarrollo urbano fuera
41
hacia el occidente y muy seguramente afectaron los grandes lagos y humedales existentes,
debido a que el desarrollo urbano por diversos aspectos generó un fraccionamiento de la laguna
del Tintal en varios cuerpos de agua más reducidos, “formando de esta manera lo que
actualmente se conoce con los nombres de los humedales de Tibanica, La Vaca, El Burro, Techo
y el lago Timiza, fragmentación que no sólo afectó el área física del lago sino que modificó el
funcionamiento normal del sistema hídrico de la zona, afectando la flora y fauna natural”
(Secretaria Distrital de Ambiente [SDA], 2016), (Personeria de Bogotá, D.C., 2003).
9.2 DÉCADA 1950 A 1960
Al seguir analizando por décadas las dinámicas ambientales, se va dilucidando un
fortalecimiento o surgimiento cada vez más notorio de normas orientadas en reorganizar la
manera de aprovechar el territorio Nacional; es así, como se iba obteniendo un mayor control
sobre el recurso que provee la naturaleza en beneficio del ser humano.
De esta manera, surgen varios decretos encaminados en el fortalecimiento de la legislación
ambiental. En ese sentido, surge el Decreto 0541 de 1952 en el cual se reorganiza la División
de Recursos Naturales del Ministerio de Agricultura con el fin de lograr la tecnificación y
fortalecer las labores relacionadas con la economía del suelo (Contraloria Bogotá, 2006). El
Decreto 3110 de 1954 creándose la Corporación Autónoma Regional del Cauca como agencia
de desarrollo Regional, la cual tenía la misión de promover de manera coordinada el desarrollo
de la energía y los recursos hídricos en la cuenca del alto Cauca para adecuarlas a las demandas
regionales (Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, 2016). El Decreto Legislativo
0376 de 1957 por el cual se dictan normas específicas sobre la pesca en aguas Colombianas
(Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, 2016). Un hecho importante durante esta
42
década fue lo sucedido en 1959 en el cual surge la Ley 2 por la cual se dictan normas específicas
sobre la economía forestal y conservación de recursos naturales renovables en donde se
delimitan 7 zonas de reserva forestal (Del Pacífico, Central, Río Magdalena, Sierra Nevada de
Santa Marta, Serranía de los Motilones, Amazonia) (Ley 2, 1959, pág. 1). Ya para el año de 1960
y para terminar esta década surge el Decreto 2631 y con esta la resolución 1119 en donde se
decreta una reserva de una área de 700 Hectáreas para un parque Nacional Natural y en la
resolución se implanta una veda para los guacharos. (aves con hábitos nocturnos) (Instituto
Nacional de Ecología y Cambio Climático, 2016).
Con lo anterior, se observa que durante la década de los 50S a los 60S,, la legislación
Colombiana en materia ambiental, no aborda la protección o conservación de los humedales a
nivel Nacional Distrital y Local; si bien, existen esfuerzos por incorporar aspectos normativos
ambientales a la agenda pública, dicho esfuerzo no había sido lo suficientemente amplio para
lograr vincular en la legislación ambiental la incorporación y reconocimiento de los Humedales
de forma directa, pues bien, si hubo la delimitación de algunos parques naturales en los cuales
estarían incorporados zonas de Humedales de manera indirecta, se deben tener claro que no se
presenta una legislación fundamentada para estos ecosistemas intermedios entre el medio
acuático y el terrestre (Secretaria Distrital de Ambiente [SDA], 2016). Estos ecosistemas al
carecer de alguna legislación que los cobijara concretamente, se empezaron a ver afectados poco
a poco por el crecimiento poblacional y las presiones que esto ejercerían en estas zonas de esta
manera en la Figura III si bien no se observa una reducción aparente del ecosistema se aprecia
construcción de caminos.
43
A B
Figura III. Aerofotografía del Humedal el Burro (IGAG, 1940 y 1952). La interpretación de la aerofotografía (a) la
cual fue tomada en marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias
de esté y la imagen (b) la cual fue obtenida en marzo de 1952 muestra un estimado del área total del humedal el
Burro entre 49 a 54 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para la década de 1950 comparativamente con la
década de 1940 no presentó ninguna transformación aparente en la reducción de su tamaño pero se empiezan a
apreciar más caminos.
Este desconocimiento de los Humedales y la falta de construcción de normativas adecuadas para
estos se debe en gran media o muy seguramente, a que en el ámbito internacional no se
contemplaba el reconocimiento de los Humedales como ecosistemas de importancia. Es hasta
principios de los años 60S en donde se empieza a tener en cuenta en las agendas académicas el
tema de los Humedales en donde por primera vez “ Los gobiernos, las ONG y los expertos en
Humedales piden la creación de un tratado internacional sobre estos ecosistemas y una lista de
Humedales de importancia internacional” (Ramsar, 1963).
44
9.3 DÉCADA 1960 A 1970
En esta década ocurre un gran acontecimiento en materia de Humedales ya que por primera vez
se exige la creación de un tratado internacional sobre humedales , la cual es formalizada en
1962 durante una conferencia que formaba parte del proyecto MAR (de “MARshes”,
“MARécages”, “MARismas”), este fue un programa incorporado para el año 1960 debido a toda
la preocupación despertada por la rápida transformación o destrucción de grandes extensiones
de marismas y otros humedales en Europa, observándose un descenso del número de aves
acuáticas (Ramsar, 1963).
Producto de esta conferencia en la cual participaron varias organizaciones de importancia
académica internacional, se empezó a consolidar y a negociar por los próximos 8 años en
reuniones internacionales de carácter técnico, el texto de la convención en cabeza del
Gobierno de los Países Bajos, Wetlands International y el profesor G.V.T. Matthews terminando
la última reunión en el año de 1970 (Ramsar, 1963). En un principio estas reuniones estaban
encaminadas por la conservación de las aves acuáticas y de esta manera poderles crear algunos
refugios, pero a medida que iban avanzando las reuniones y producto de las asesorías técnicas
de expertos en la materia, se propició por la conservación de los hábitat de los humedales
pasando a ser el enfoque primordial. Por lo tanto para 1971 el convenio fue acordado y
firmado por los representantes de 18 países en una reunión internacional desarrollada en Ramsar
en Irán. (Secretaría de la Convención de Ramsar,2013. Manual de la Convención de Ramsar:
Guía a la Convención sobre los Humedales (Ramsar, Irán,1971), 6a. edición. Secretaría de la
Convención de Ramsar, Gland (Suiza), 2013)
45
Con estos acontecimientos internacionales que en términos generales son muy recientes, se
empieza a tener otra perspectiva en materia ambiental para la conservación de diversos hábitats
de gran importancia Internacional, Nacional y Local.
Mientras esto sucedida a nivel Internacional en el contexto Nacional las dinámicas ambientales
se inclinaba hacia otros aspectos.
Es así como para 1961 se crean otras corporaciones autónomas Regionales como la de la sabana
de Bogotá, los valles de Ubaté y Chiquinquirá demostrando el Estado cada vez más la necesidad
de velar por su territorio preocupando por las transformaciones ambientales que se venían
desarrollando para la época (Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, 2016). También
surge para el año de 1964 la Resolución 191 en donde se reservan y declaran como Parques
Nacionales Naturales tres sectores de en el Departamento del Magdalena, para el año de 1968
se crea el INDIRENA (Instituto Nacional de los Recursos Naturales Renovables y del Ambiente)
como resultado de la reestructuración del Ministerio de Agricultura para el Fomento y Control
Nacional de los Recursos Naturales y del Manejo Ambiental (Instituto Nacional de Ecología y
Cambio Climático, 2016). Después de mirar un poco los acontecimientos Nacionales se puede
apreciar un panorama poco cambiante en relación a las anteriores décadas; si bien, se venían
consolidando cada vez más áreas protegidas y creando institutos, muy seguramente con el fin de
descentralizar el poder del Estado, todavía el control de la Nación por los recurso Naturales era
incipiente y poco abordado, demostrando un lento proceso normativo dejando al ambiente
carente de protección normativa eficaz y eficiente. Se podría decir en términos generales que el
tema ambiental en Colombia era muy bajo y no se le había dado la importancia que debería
tener.
46
Ya pasando al contexto distrital y local en Bogotá, el panorama ambiental no era distinto con
relación al del contexto nacional, es decir, la normatividad ambiental no era el tema de la
agenda distrital. Por lo tanto, los temas de conservación o regulación normativa para los
ecosistemas de la ciudad entre estos los Humedales no aparecen en normas puntuales; por lo
tanto, los Humedales que quedaban en ese momento se verían afectados por el crecimiento
urbano y la densificación de la población en algunas zonas de la ciudad (ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN, 2010). En ese sentido, muchas
de las zonas de Humedal se seguirán perdiendo o deteriorando sin ninguna regulación por parte
del distrito, esto se puede interpretar del acuerdo 01 DE 1961 en donde el distrito se da cuenta
que “El aumento de la población del Distrito ha traído como consecuencia el planteamiento de
problemas urbanos cada vez más complejos, entre los cuales se cuenta la dispersión de las áreas
urbanas” (Acuerdo 01, 1961) Es así que al momento de interpretar el acuerdo da a entender que
el aumento de la población acarrearía varias consecuencias para la ciudad sin un tipo de
planeación estratégica. En este punto el distrito se da cuenta que el crecimiento de la ciudad no
es fácilmente controlable y el enfoque que se le dio en su momento fue el de dejar expandir
urbanísticamente la ciudad pero en ningún momento contempló aspectos con corredores
ambientales o tener presente los Humedales dentro de esta organización inicial del territorio, en
la Figura IV se van observando algunos cambios en el crecimiento poblacional; aunque para
esta época el tamaño del Humedal no se vio muy afectado.
47
A B
Figura IV. Aerofotografías del Humedal el Burro (IGAG, 1940 y 1967). La interpretación de la aerofotografía A la
cual fue tomada en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del Humedal el Burro entre 50 a 55 ha
propias de esté y la imagen B la cual fue tomada en Enero de 1967 muestra un estimado del área total del humedal
el Burro entre 47 a 52 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para la década de 1960 comparativamente con
la década de 1940 presentó una disminución del 3.5% del área total, mostrando una mínima reducción del
Humedal. Lo importante a resaltar son las presiones que se van a ir generando ya que en la imagen (b) se aprecian
cada vez más nuevos caminos y un aumento de la población.
Para el año de 1968 con el acuerdo 50 se fortaleció al gobierno distrital para realizar los
proceso normativos en conjunto con la nación y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de
Bogotá para empalmar el Parque Nacional y el Parque de Los Cerros a las reservas forestales de
los cerros de Monserrate y Guadalupe (Acuerdo 50, 1968).
También para esta época se autorizado en desarrollar 11 parques entre estos el Parque y lago
de Córdoba, Parque La Florida, Parque Timiza (Acuerdo 50, 1968). Dándose a entender que
48
estos lugares que tenían condiciones de Humedales en un inicio pasaron a ser parque para el goce
y disfrute de la población capitalina, esto demuestra que para ese entonces existían un pleno
desconocimiento de las bondades que nos ofrecían los ecosistemas de Humedales para Bogotá.
9.4 DÉCADA 1970 A 1980
Después de haberse firmado el convenio de Ramsar en 1971 y entrada en vigor en 1975, se
observa que paulatinamente varios países se iban incorporando poco a poco en esta convención
a nivel internacional aunque por el lado Colombiano no es sino hasta 1998 que entró en vigor
para este País, por lo tanto, se puede decir que el tema ambiental en materia de Humedales
durante esta década era muy poco o casi nulo en Colombia. Por lo tanto, aunque se den varios
cambios importantes en materia ambiental ninguno estaba encaminado en la conservación,
protección, delimitación o alguna estrategia ambiental enfocada en los Humedales de Colombia.
Esto mismo sucedía a nivel Distrital, los Ecosistemas de Humedales no fueron tenidos en cuenta
seguían desprovistos de alguna legislación o normatividad clara que los regulara.
A continuación se van a mencionar de manera general algunos acontecimientos importantes en
materia ambiental a nivel Nacional y Distrital para esta década. .
Para el Año de 1971 bajo el acuerdo 0005 se declara zona de reserva forestal protectora y de
interés general la Hoya Hidrográfica de la Laguna de la Cocha y el Cerro de Patascoy ubicados
en el Municipio de Pasto (Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático, 2016). Es
importante resaltar que la Laguna de la Cocha es considerado como uno de los Humedales de
importancia Internacional desde el 2001 (Ramsar, 2014). Hasta el momento este se podría decir
que ha sido uno de los aspectos normativos más importantes para la fecha en materia de
Humedales propiamente dicho.
49
Se da en este mismo año el acuerdo 0006 por el cual se delimita el área del parque Nacional
Natural Sierra Nevada en el departamento del Magdalena, el acuerdo 022 Y 0024 reservándose
una zona forestal protectora y de bosques de interés el Páramo de Sumapaz ubicado en Bogotá
D.C y el Páramo de Chingaza en el Municipio de Fómeque Cundinamarca (Instituto Nacional de
Ecología y Cambio Climático, 2016).
Un hecho importante es el sucedido en 1973 por el cual el congreso le otorga facultades al
Presidente de la República para poder expedir el Código de Recursos Naturales y de Protección
al Medio Ambiente y es así como en 1974 surge el decreto Ley 2811 Por el cual se dicta el
Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente,
(Decreto 2811, 1974). En el cual faculta al estado por primera vez para orientar todos sus
esfuerzos en tener en cuenta al ambiente al momento de legislar sobre este, de esta manera la
explotación y el deterioro del ambiente ya no iba a seguir dándose de la misma manera si no que
ya existiría un decreto que lo avalara y protegiera.
Si bien surge este decreto ley que ha sido la reglamentación más importante para la fecha y con
actual vigencia en materia ambiental estos esfuerzos no habían sido los suficientes para defender
o tener en cuenta específicamente a los ecosistemas de Humedales a nivel Nacional ya que
ninguna ley, acuerdo, decreto o resolución estaba enfocado o encaminado en tener presente a
estos ecosistemas es así como para esta década al igual que en las anteriores los Humedales no
habían sido tenidos en cuenta de manera directa en los temas de conservación para reconocerles
su gran importancia como ecosistemas importantes para la vida de muchas especies (Secretaria
Distrital de Ambiente [SDA], 2016).
Por lo tanto los Humedales de Bogotá y en el caso particular del Humedal el burro tendría un
panorama desalentador puesto que el primer fraccionamiento ocurrido por la avenida las
50
américas atraería a más pobladores hacia las zonas de occidente de Bogotá es así como durante
esta década según la cartilla Bogotá ciudad estadística población y desarrollo (2010) Surgieron
varios barrios al occidente de la ciudad como Mandalay, Timiza, Class, Castilla: este último
ocupando terrenos que según el análisis de interpretación espacial pertenecían al Humedal el
burro. A continuación se presenta la Figura V que muestra las trasformaciones que se venían
dando en el Área del Humedal.
A B
Figura V. Aerofotografías del Humedal el Burro (IGAG, 1940 y 1976). La interpretación de la aerofotografía A la
cual fue tomada en marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias
de esté y la imagen B la cual fue tomada en septiembre de 1976 muestra un estimado del área total del humedal el
Burro entre 48 a 53 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para la década de 1970 comparativamente
presentó una disminución del 3.5% del área total igual que en la década de 1960, mostrando una mínima reducción
aparentemente del humedal la cual no es significativa en la reducción de su área. Lo importante a resaltar, es lo que
señala cada una de las flechas en rojo que muestra un crecimiento urbano cercano al humedal el Burro lo que indica
que se estaba presentando una expansión urbana hacia el occidente que en años siguientes presionarían la
extensión del Humedal.
51
9.5 DÉCADA 1980 A 1990
El hito más grande en cuanto a los Humedales se había desarrollado como se mencionó en la
década comprendida entre 1970 a 1980 con la Firma del convenio de Ramsar en 1971 el cual
contaba con 28 miembros para 1980, 34 miembros para 1984 , 44 miembros para 1987 y en
1990 ya se contaba con 59 miembros de los cuales Colombia aun no hacía parte de esta
convención internacional la cual tendría como misión “ la conservación y el uso racional de los
Humedales mediante acciones locales y nacionales " (Ramsar, 2014). A pesar de que a finales
de esta década ya se habían integrado varios países a este acuerdo indicando que cada vez más
empezaba a existir un mayor compromiso por parte de las naciones para buscar estrategias
encaminadas en el entendimiento del ambiente. Para el caso puntual de Colombia, como una de
las 12 Naciones más mega diversas del mundo (Colciencias, 2016) La adherencia de este
acuerdo debería haber sido casi de inmediato, pero en Colombia el tema ambiental estaba dando
sus primeros pasos hasta ahora, por ende, el tema de los Humedales en cuanto a su legislación
era nula; debido a esto, no hacía parte de la convención de Ramsar y en ese sentido estos
ecosistemas intermedios no harían parte de la agenda nacional ni mucho menos de la Distrital,
ocasionando un desconocimiento de la importancia de los Humedales para la Nación y el mundo
entero carente de legislación efectiva.
Este lento avance en materia ambiental se debió en gran medida por tener una constitución con
políticas del siglo XIX que para la época ya estaban algo desactualizadas y necesitaban cambios
urgentes, haciendo que Colombia viviera en un retraso jurídico en muchos aspectos y el
ambiental era uno de esos. De esta manera lo da a entender el libro de “HUMEDALES
52
Designación de sitios Ramsar en territorios de grupos étnicos en Colombia del 2004” el cual
menciona textualmente
Antes de 1997 no existían normas que consagraran y definieran legalmente el
concepto específico de humedal, ya que ni el Código Nacional de los Recursos
Naturales Renovables y Protección al Medio Ambiente -CNRNR- (Decreto-Ley
2811 de 1974), ni la Ley 99 de 1993, contienen ninguna disposición que utilice
esta denominación dentro de su texto (Ponce de Leon, 2004, pág. 5).
Es así como los Humedales habían sido relegados y abandonados por la normatividad
Colombiana a nivel nacional y de esta manera al no tener políticas nacionales claras la
normatividad ambiental a nivel distrital y local no hacia presencia muy seguramente por la no
existencia de una línea base sobre la cual poder construir.
Este abandono jurídico se puede observar claramente en la Figura VI ya que se observa una
reducción de casi el 60 % del área total Humedal con relación a la década de 1940-1950 este
ecosistema había perdido más espacio con respecto a las aerofotografías anteriores observándose
cambios en el tamaño propio del Humedal.
53
A B
Figura VI. Aerofotografías del Humedal el Burro (IGAC, 1940 y 1981). La interpretación de la aerofotografía A la
cual fue tomada en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias
de esté y la imagen B la cual fue tomada en Diciembre de 1981 muestra un estimado del área total del humedal el
Burro entre 22 a 27 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para la década de 1980 comparativamente
presentó una disminución de casi el 55% del área total con relación a la década de 1940, mostrando una reducción
significativamente alta del área del humedal. Esto por consecuencia de la expansión urbana y la presión que esta
generaba en estos ecosistemas desamparados de toda norma ambiental.
9.6 DÉCADA DE 1990 A 2000
Esta década puede denominarse como la década del fortalecimiento de la institucionalidad y
normatividad ambiental debido a que surgieron normativas de vital importancia en el ámbito
ambiental y también en específico de humedales. Esta década comienza primero a nivel distrital
con el acuerdo 6 de 1990 que se denomina el Estatuto para el Ordenamiento Físico del Distrito
54
Especial de Bogotá, que en otras palabras sería como el primer POT de la ciudad, donde se
puede evidenciar que se empieza a tomar medidas para tener en cuenta los espacios y cuerpos de
agua de la ciudad, donde se le da a la empresa de Acueducto y alcantarillado de Bogotá (EAAB)
la importante misión de acotar y delimitar dichos cuerpos de agua entre los que se encuentran los
humedales que en dicho documento denominan como chucuas, además encontramos que
menciona que cerca de estas áreas no se deben hacer proyectos ni urbanísticos ni viales, debido a
la función de rectificación, amortiguación, protección y equilibrio ecológico que tienen.
De manera un poco paralela nace la Constitución política de Colombia en 1991 donde
encontramos el capítulo 3 llamado de los derechos colectivos y del ambiente, que de manera muy
explícita menciona en su artículo 79 que todas las personas tienen derecho a gozar de un
ambiente sano y que la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que
puedan afectarlo, pero la parte que podríamos decir que está relacionada con los humedales lo
encontramos en donde dice que “es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del
ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el
logro de estos fines” por lo que aquí nace una institucionalidad aunque algo general muy
importante para el fomento del cuidado de los espacios de importancia ecológica como los
humedales.
En Diciembre del año 1992 con el Acuerdo 31 de 1992, por el cual se adopta el Plan de
Desarrollo Económico y Social de Obra Públicas de Santafé de Bogotá, Distrito Capital, para el
periodo 1993 de 1995, se menciona en su artículo 76 que dentro del desarrollo del territorio debe
haber programas de protección de áreas especiales, donde el DAMA promoverá iniciativas
55
encaminadas a proteger y recuperar los ecosistemas naturales, mencionándose que “se
identificará las zonas de humedales críticos y se elaborará un plan de demarcación, protección y
manejo de dicha áreas, con el fin de proteger su biodiversidad en flora y fauna y recuperar su
capacidad para regular las aguas lluvias para controlar las inundaciones”.
En mayo del siguiente año con el Acuerdo 2 de 1993 por el cual se dictan medidas para la
protección del suelo, se menciona que los Alcaldes Locales vigilarán e informarán
trimestralmente al Secretario de Gobierno y a la CAR sobre el estado en que se encuentran los
humedales, chucuas, lagunas, canales, vallados, zonas de ríos, lagunas de amortiguación, y
cañadas en cada una de las jurisdicciones.
En agosto de este mismo año con la Ley 70 de 1993, por la cual se desarrolla el artículo
transitorio 55 de la Constitución Política, que básicamente habla sobre el reconocimiento de las
comunidades negras en tierras baldías, se argumenta en el artículo 21 que los territorios parte de
la propiedad colectiva de esta comunidad tendrán que asegurar un uso adecuado de su territorio y
la persistencia de ecosistemas especialmente frágiles, como los manglares y humedales,
protegiendo y conservando las especies de fauna y flora silvestre, sobretodo las amenazadas o en
peligro de extinción.
Volviendo al ámbito distrital, encontramos que como consecuencia de la función que se le otorgó
al EAAB en el acuerdo 6 de 1990, nace una serie de resoluciones expedidas por la misma
entidad, donde ya encontramos por primera vez que se menciona de manera específica al
Humedal el Burro que es en la resolución 003 de 1993, por la cual la EAAB acota y establece los
56
límites del Humedal el Burro, lo cual es un paso importante para reconocerlo dentro de la
constitución georeferencial de Bogotá. Paralelamente en este mismo año nace una
importantísima ley que por primera vez a nivel nacional regularía las actividades que afectarían
el ambiente y a su vez gestionaría todo lo relacionado con el mismo, esta es la Ley 99 de 1993
por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de
la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el
Sistema Nacional Ambiental, SINA, y se dictan otras disposiciones, aunque en esta ley no
encontramos directamente la mención de los humedales si le otorga al recién creado Ministerio
de Medio Ambiente las funciones relacionadas con la formulación, concertación y adopción de
políticas orientadas a regular las condiciones de conservación y manejo de ciénagas, pantanos,
lagos, lagunas y demás ecosistemas hídricos continentales dentro de los cuales podríamos ubicar
a los humedales, además a nivel de Distrito Capital nos encontramos que en él y en los
municipios esta la obligación de promover y ejecutar programas y políticas regionales y
sectoriales articuladas con las nacionales que tengan relación con el ambiente y los recursos
naturales que impulsen el cuidado y conservación del mismo donde enmarcaríamos como parte
de este gran conjunto a los humedales. (Personeria de Bogotá, D.C., 2003).
Dado el papel que ahora tiene EAAB en la gestión de los humedales en Junio del siguiente año a
nivel Distrital con el Acuerdo 5 de 1.994, se autoriza el cupo de endeudamiento para la Empresa
de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá y se dictan otras disposiciones, donde se dispone entre
otras cosas que con dicho rubro se debe mejorar las condiciones ambientales del sistema hídrico
urbano, organización de las áreas forestales protectoras de las rondas de los ríos, quebradas,
humedales.
57
En este mismo año casi a finales de Noviembre en el ámbito internacional se manifiesta otra
importantísima Ley como es la 165 de 1994, más conocida como la ley que aprueba el
“Convenio sobre la Diversidad Biológica", hecho en la Cumbre de Río de Janeiro el 5 de junio
de 1992. Aunque dentro del mismo texto no se mencionan a los humedales de una manera
explícita, se puede decir que están inmersos estos ecosistemas ya que de manera general estaría
como estrategia de protección y conservación de la biodiversidad, el promover el desarrollo de
planes para defender estas zonas donde también encontramos gran cantidad de biodiversidad.
(Personeria de Bogotá, D.C., 2003).
En el mismo año nos encontramos que en Bogotá en el mes de Diciembre se firma el Acuerdo
19 de 1994, por el cual se declaran como reservas ambientales naturales a los Humedales del
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones que garanticen su cumplimiento. Aquí nos
encontramos que dentro de los humedales que se declaran como reserva ambiental se presenta al
humedal del Burro por lo tanto se ordena a toda la institucionalidad ambiental del momento
hacer todo lo necesario para recuperar, preservar y mantener las respectivas áreas de los terrenos
y cuerpos de agua mencionados, dándose un gran paso para evitar a pasos agigantados la
fragmentación del humedal de este estudio. Entre la institucionalidad encargada encontramos al
Departamento Administrativo del Medio Ambiente, DAMA, que sería encargado de actuar como
ente ejecutor y coordinador ante las diferentes Alcaldías Locales, entidades administrativas y de
policía, estando vigilados estos procesos para su cumplimiento por la Veeduría Distrital y la
Personería Distrital.
58
Un año después en Junio nos encontramos con el decreto 295 de 1995 por el cual se adopta el
Plan de Desarrollo Económico Social y de Obras Públicas para Santa Fe de Bogotá, D.C., en el
periodo de 1995 a 1998. Aquí en el título 2 en cuanto a las seis prioridades y sus estrategias y
metas para lograrlo encontramos que en materia de medio ambiente mencionado en el capítulo 2
se tiene a los humedales como objetivo de saneamiento además de otros ecosistemas del Distrito
siendo el eje estructurador de este saneamiento el río Bogotá dado su deterioro. También
encontramos en su título 5, megaproyectos de recuperación del río Bogotá, en el que se
encuentra la descontaminación hídrica y la recuperación de los humedales.
En este mismo año en el mes de septiembre nos encontramos con el Acuerdo 22 de 1995 por el
cual se da cumplimiento al artículo 61 de la Ley 99 de 1993; que autoriza a la Administración
para desarrollar un parque y se dictan otras disposiciones; mencionándose que hasta tanto el
Concejo de Santa Fe de Bogotá reglamente el uso del suelo en el perímetro del Distrito Capital,
en relación con la aplicación de la Ley 99 de 1993, no se expedirán licencias de construcción o
urbanismo o parcelación, en predios o zonas que puedan afectar los Cerros Orientales de la
Capital de la República, las Chucuas, humedales, o zonas que correspondan al Sistema Hídrico
de Bogotá.
En concordancia con el anterior acuerdo aparece el Acuerdo 19 de 1996, donde se establece un
sistema de áreas protegidas dentro de los cuales aunque no se mencionan directamente, estarían
los humedales. El objetivo de ello es lograr que con la conservación de estas áreas, se fortalezca
el funcionamiento de los ecosistemas, la conservación de la fauna y la flora silvestre y la
59
evolución de la cultura en el Distrito Capital. Además de ello es importante mencionar que se
hace un importante esfuerzo por unir institucionalmente las entidades ambientales en el Sistema
ambiental del Distrito Capital (SIAC), siendo este el conjunto de orientaciones, normas,
actividades, recursos, programas e instituciones que estarían a cargo de lograr los objetivos
ambientales propuestos en este acuerdo. (Personeria de Bogotá, D.C., 2003).
En este mismo año se expide el Acuerdo 26 de 1996, donde se adopta el plan de ordenamiento
físico del borde occidental de Bogotá, se adoptan medidas urbanísticas y de preservación,
protección y adecuado uso de las áreas que conforman el sistema. (Ministerio Nacional de
Ambiente, 2001). Basando este acuerdo en el artículo 61 de la ley 99 de 1993 donde se establece
que los páramos, aguas, valles aledaños, es importante anotar que a pesar de que esta
Convención se dio en 1971 solo 26 años después Colombia se adhiere a este, estando ya muchos
países latinoamericanos en este importante acuerdo, posiblemente porque no se tenía la
maquinaria ambiental necesaria en su tiempo para poder crear la legislación correspondiente, con
la entrada de Colombia a esta Convención se inscriben varios ecosistemas que en la actualidad
son seis:
Tabla 1. Humedales RAMSAR en Colombia.
Nombre Lugar Fecha de inscripción
Estuario del Río Magdalena Ciénaga Grande Sta. Marta 18/06/98
Laguna de la Cocha Departamento de Nariño 08/01/01
Delta del Río Baudó Departamento del Chocó 05/06/04
60
Sistema de Humedales Laguna del Otún
Departamento de Risaralda 25/06/08
Sistema Lacustre de Chingaza Cundinamarca y Bogotá 25/06/08
Estrella Fluvial del río Inírida Departamento del Guainía 08/07/14
(Cancilleria Nacional, 2015)
Lo importante como tal de la adhesión es que se reconoce las necesidades que se presentaron
durante la Convención, en donde encontramos un reconociendo de la interdependencia del
hombre y de su medio ambiente, se consideran las funciones ecológicas fundamentales de los
humedales como reguladores hídricos y como hábitat de una fauna y flora características,
especialmente de aves acuáticas que en sus migraciones pueden atravesar fronteras por lo tanto
son de interés internacional, también se constituye estos ecosistemas como un recurso de valor
económico, cultural, científico y recreativo, cuya pérdida sería irreparable. Con todo lo anterior
las partes que se adhieren deben trabajar en políticas nacionales que tengan una acción
internacional coordinada.
Lo anterior llega en un momento donde la política e institucionalidad ambiental está tomando
fuerza además de que hay un sistema coordinado que pudo hacer que posteriormente se
presentaran muchas más políticas que pudieran ayudar al cuidado y conservación de los
humedales.
En abril de este mismo año aparece la Resolución 245 de 1997, Por medio de la cual se
determina la Reglamentación Ambiental para los procedimientos de Construcción, Operación,
61
Remodelación y Desmantelamiento de las Estaciones de Servicio de Combustibles y afines en el
Área Urbana del Distrito Capital, prohibiéndose el depósito de lodos producto de lavado de
vehículos a menos de 500 metros en todo lo relacionado con cuerpo de aguas como son los
humedales, quebradas entre otros, estando escrito el manejo de los mimos en el respectivo
estudio de impacto ambiental.
Mas tarde en el mes de Julio aparece una importantísima norma como es la Ley 388 de 1997, por
la cual se actualiza la manera como se organiza el territorio en concordancia con la constitución
política de Colombia, modificando la Ley 9 de 1989, aquí los humedales se mencionan en
cuanto a que se denominan como terrenos de protección ambiental, o localizados en zonas
calificadas como de riesgo, por lo que la construcción o urbanización en estas zonas acarreará
multas establecidas en esta misma ley además de un incremento de la misma multa en un ciento
por ciento (100%) sobre estas multas.
Al siguiente año (1997) en el mes de mayo dado el vencimiento del Decreto 295 de 1995 aparece
el Acuerdo 6 de 1998, por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras
Públicas para Santa Fe de Bogotá, D.C., de 1998 a 2001, en su título 3 encontramos que entre los
principales proyectos prioritarios está el megaproyecto número 4 que es la conformación del
sistema distrital de parques, donde se integrarán áreas naturales como los humedales como
estrategia para ampliar la oferta ambiental y recreativa de la ciudad de Bogotá. Se propone poner
a los humedales dentro de la denominación de ecosistemas estratégicos o de especial
significancia donde se adelantarían acciones de conservación, recuperación y protección, para
facilitar la recreación activa y pasiva de los bogotanos. Dentro de este proyecto se destinó
62
$271.785 millones para la construcción de este sistema distrital de parques, siendo los
responsables de la ejecución de este proyecto el IDRD, el DAMA y la EAAB.
En junio de 1998 aparece el Decreto 1052 de 1998, en el que se reglamentan las disposiciones
referentes a licencias de construcción y urbanismo, al ejercicio de la curaduría urbana, y las
sanciones urbanísticas; mencionándose que si la construcción, urbanización o parcelación se
desarrolla en terrenos de protección ambiental, o localizados en zonas calificadas como de
riesgo, tales como humedales, rondas de cuerpos de agua o de riesgo geológico, se incurrirá a
multas que se incrementará hasta en un ciento por ciento (100%) sobre las sumas que se
mencionan en este decreto, sin perjuicio de las responsabilidades y sanciones legales a que haya
lugar.
En agosto de este año con el Decreto 683 de 1998 en el que se ordena la legalización de algunos
asentamientos y barrios ubicados en la Localidad octava de Kennedy de Bogotá y que continúa
posteriormente en octubre con el Decreto 831 de 1998, en estos dos se mencionan que la
legalización no se podrá dar en asentamientos cerca a Áreas de primer nivel de zonificación en
los que encontramos los humedales como ecosistema importante perteneciente al sistema hídrico
del Distrito.
En el mismo mes de agosto con el Decreto 1504 de 1998, por el cual se reglamenta el espacio
público en el POT, aquí los humedales se manifiestan como áreas para la conservación y
preservación del sistema hídrico dentro de los elementos constitutivos naturales.
63
En octubre de este año aparece el Acuerdo 13 de 1998, por la cual se adopta el Trazado para la
Avenida Longitudinal de Occidente (ALO) en el tramo comprendido entre los límites con los
municipios de Chía y Mosquera, aquí apreciamos que toman medidas frente a los efectos que
podría tener esta construcción en los humedales pero solo mencionan que el DAMA, la Empresa
de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, El Jardín Botánico, Planeación Distrital, el IDU y
todas las entidades que ofrecen servicios públicos, adelantarán a partir de la expedición de la
respectiva licencia ambiental los trabajos para la preservación, mitigación, recuperación,
compensación de los humedales, entre otros ecosistemas además de que si llega a afectar
humedales se compensará con tierras cercanas según establezca la autoridad ambiental.
En noviembre de 1998 nos encontramos con el Decreto 984 de 1998, por medio de la cual se
reglamenta las competencias en materia de arborización y manejo silvicultural en el espacio
público de la ciudad de Santa Fe de Bogotá; donde se menciona que la EAAB será responsable
de la arborización y de las prácticas silviculturales y del mantenimiento de los mismos al interior
de las rondas de ríos, canales y humedales, donde tendrá que elaborar planes de manejo
ambiental aprobados por el DAMA y podrá trabajar en conjunto con el Jardín Botánico de
Bogotá y en el caso de que estas zonas estén en un parque distrital la responsabilidad del
mantenimiento se delegaría en su gran parte al IDRD.
Finalmente para terminar la década nos encontramos que en octubre de 1999 aparece el Decreto
1996 de 1999 por el cual se reglamentan los artículos 109 y 110 de la Ley 99 de 1993 sobre
Reservas Naturales de la Sociedad Civil, en el que básicamente habla de la manera como se
deben registrar estas áreas, encontramos entonces que en artículo 4 de este, aparecen los
64
humedales como áreas que se deben clasificar como zonas de amortiguación y manejo especial
que en el caso de los humedales serian áreas especiales para la protección de yacimientos de
agua, pero dice que puede estar expuesta a actividades agropecuarias y extractivas sostenibles, de
regular intensidad, lo cual podría verse como algo perjudicial el contenido de este artículo frente
al cuidado y mantenimientos de estos ecosistemas en el tiempo.
A B Figura VI. Imágenes aéreas del humedal el Burro. La interpretación de la aerofotografía A la cual fue tomada en
Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la
imagen B la cual fue tomada en Enero del 2001 muestra un estimado del área total del humedal de 23 ha.
Indicando, que el humedal para la década de 1990 a 2000 comparativamente presentó una disminución de un
poco más del 57% del área total en relación a la década de 1940, mostrando una reducción significativamente
alta del área del humedal. Lo anterior es consecuencia de la todavía progresiva expansión urbana y de diversos
proyectos urbanísticos en el sector.
Visto lo anterior encontramos que esta década se concibe como crucial en materia de ambiental
para Colombia porque aparecen normativas que se tornan como referente para la expedición de
otras normativas entre las que encontramos la ley 99 de 1993 que organiza y reorganiza
65
mecanismos, herramientas, estrategias y entidades para trabajar en el fortalecimiento de la
gestión ambiental, también vemos que el país se empieza a adherir y adoptar normativas
resultado de una voluntad política internacional en beneficio del ambiente con la Ley 165 de
1994 que retoma los elementos y acuerdos llegados en la Cumbre de Rio sobre biodiversidad
biológica en 1992 y también la adopción de la Ley 357 de 1997, por medio de la cual se aprueba
la "Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como
Hábitat de Aves Acuáticas", suscrita en Ramsar el 2 de febrero de 1971 un hecho que sin duda
fue el detonante que posteriormente llevaría a tomar verdaderas acciones para la protección de
los humedales en el país.
También podemos apreciar que a nivel distrital en las diferentes disposiciones referentes a la
ordenación del territorio aparecen los humedales como parte importante del sistema hídrico del
territorio y aparece por primera vez de manera explícita el nombre de Humedal el Burro siendo
la EAAB en un principio la principal entidad gestora del cuidado y gestión de este humedal entre
otros, para lo que posteriormente se unirían entidades como el DAMA, El Jardín Botánico de
Bogotá, El IDRD y Planeación Distrital.
Por último y no menos importante siendo los humedales parte importante del sistema hídrico, las
normas urbanísticas y de manejo industrial empiezan a tener disposiciones en cuanto a que se
debe regular la actividad de las mismas de tal manera que no afecten a los ecosistemas que son
parte del sistema hídrico entre los que encontramos a los humedales, pero a pesar de ello como se
aprecia en la Figura VI las construcciones siguen apareciendo alrededor del humedal acortando
66
cada vez más su extensión por lo que la sola normativa hasta el momento no parece ser eficiente
para aminorar este procesos de infraestructura en función de un aumento de la población.
Pero cabe destacar que la normativa no es la única solución que existe ante las problemáticas
que en este caso son ambientales sino que también se conciben como herramientas que
posteriormente son usadas en dinámicas sociales por lo que cabe destacar que para este periodo
en lo relativo a lo social encontramos el surgimiento de movimientos sociales que al ver la
problemática ambiental que se presenta en su alrededor e inspirados por otros movimientos que
nacen por ejemplo en su época la fundación del humedal la Conejera, pero que en este caso se
manifestó en beneficio de ayudar al agonizante humedal el Burro, encontramos la conformación
del grupo denominado ASINUS que nace con el fin de ayudar en los procesos de recuperación
del humedal el Burro, que en entrevistas hechas a uno de sus integrantes de la época como es
Alejandro Torres y que se concibe hoy como líder del grupo cuenta en las entrevistas hechas en
algunos trabajos realizados al respecto, que el grupo conformo grupos de veeduría con personas
jóvenes y adultas, también realizaban recorridos que ayudaban a conocer dicho ecosistema y que
tal fue el impacto que se concibieron como referente de defensa del humedal el Burro que en su
época hicieron parte de la red de Humedales de la Sabana y lograron participar en lo que se
mencionara en la siguiente década que es la formulación de la Política Distrital de Humedales.
(Patiño Calderón, 2014) (Bonilla Martínez, 2011).
67
9.7 DÉCADA 2000 A 2010
A principios de esta década nos encontramos a nivel Distrital con muchos cambios en la
estructura organizacional de la Ciudad de Bogotá en primera instancia porque se plantea un
nuevo Plan de Ordenamiento Territorial por el Decreto 619 de 2000 donde los humedales toman
un papel importante dentro del desarrollo Distrital, como continuación del acuerdo 19 de 1994
donde los humedales se declaran como reservas ambientales naturales, en este nuevo decreto
encontramos que humedales como El Burro aparecen como parte importante de este desarrollo
llamándolos Parques Ecológicos Distritales que se definirían como áreas de alto valor escénico
y/o biológico que se destinaría a la preservación, restauración y aprovechamiento sostenible de
sus elementos biofísicos para educación ambiental y recreación pasiva, siendo responsables de
ellos la EAAB, para lo cual adelantarán estudios que les permitirá gestionar dichos espacios
naturales.
Además de lo anterior se definen a los humedales como parte de la estructura ecológica
principal, que como como lo dice el mismo decreto, sería la red de espacios y corredores que
sostienen y conducen la biodiversidad y los procesos ecológicos esenciales a través del territorio,
en sus diferentes formas e intensidades de ocupación, dotando al mismo de servicios ambientales
para su desarrollo sostenible.
También vemos que se habla de la creación de senderos peatonales en el perímetro del humedal
el Burro con el fin de integrar las urbanizaciones de manera equilibrada con el ecosistema,
además se evidencia que se proyectan algunos proyectos en el periodo comprendido entre 2004 y
68
2007 entre los que encontramos la intervención para realizar procesos de restauración y
equipamiento.
El anterior es apoyado también por el Decreto 1143 de 2000, Por la cual se asigna el Tratamiento
Especial de Incorporación al predio Rústico denominado Hacienda Techo Lote 8, ubicado en
Área Suburbana de Expansión de la Localidad Número 08 de Kennedy, aquí se menciona al
Humedal el Burro como área no urbanizable y de zona de manejo y preservación ambiental que
correspondería a una franja de 15 metros al lado de la ronda hidráulica.
Al mismo tiempo a Nivel nacional aparece un gran avance en cuanto a legislación de humedales
que fue la Política Nacional para Humedales interiores de Colombia, donde se manifiestan
algunas estrategias sobre su conservación y uso sostenible, por lo tanto su objetivo es propender
por la conservación y el uso sostenible de los humedales interiores de Colombia con el fin de
mantener y obtener beneficios ecológicos, económicos y socioculturales, como parte integral del
desarrollo del País, nos muestra un panorama de los humedales en el país y plantea lograr su
objetivo con el planteamiento e implementación de tres estrategias, la primera de Manejo y uso
sostenible, la segunda de Conservación y recuperación y la última de concientización y
sensibilización. Además también se plantea el fortalecimiento de la institucionalidad, la
legislación, la investigación, la transferencia tecnológica y la cooperación y negociación
internacional. Cabe resaltar que para lograr cada una de las estrategias, se plantearon acciones
puntuales que se deben realizar, siendo esto un gran avance en el cuidado y preservación de
humedales a nivel nacional.
69
Un año después el Decreto 619 del 2000 es revisado en la alcaldía de Antanas Mockus con el
Decreto 469 de 2003 donde se agregan más detalles a los elementos ya expuesto en el anterior
decreto, la primera cosa que se evidencia es que aparece una clasificación de los Parques
Ecológicos Distritales, siendo unos de Montaña y otros de Humedal, estando el humedal el Burro
dentro de este último. También se explica en más detalle los proyectos que se proponen dentro
del lapso del 2004 a 2007 en la Estructura Ecológica Principal donde se encuentra la
recuperación del humedal el Burro, que se lograra con la adecuación hidráulica, restauración
ecológica, saneamiento ambiental y obras de rehabilitación de la zona de manejo y preservación
ambiental (ZMPA). También aparecen Directrices para el desarrollo de las operaciones
estratégicas, dentro de la cual encontramos una operación en la centralidad de Corabastos que es
la de la recuperación de los humedales que se encuentran en esta UPZ como son la Vaca, Techo
y finalmente el Burro. Un año después en la alcaldía de Luis Eduardo Garzón, se hace una
recopilación de lo expuesto en los Decretos 619 del 2000 y 469 de 2003, dentro del Decreto 190
del 2004, donde no aparecen novedades en cuanto a los proyectos que se propusieron hacer en
los humedales, solo organiza la información en los decretos anteriores a este.
En el mismo año 2003, en el mes de enero se expide el Acuerdo 79 de 2003 que corresponde al
código de policía de Bogotá D.C. Es interesante cómo en este acuerdo los humedales tienen un
papel esencial en cuanto a que deben ser cuidados y preservados como lo dice su artículo 55 los
humedales son una parte del patrimonio colectivo y, por tanto, su preservación y conservación es
de primordial interés para toda la comunidad, además de que la biodiversidad de la ciudad deberá
ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible. En su artículo 58 explica que
se debe cuidar de los humedales como ecosistemas con gran cantidad de recurso agua y en el
70
artículo 66 estos hacen parte de los elementos que constituyen el espacio público. Es muy
importante ver que se le dedica todo un capítulo (capítulo 3) a los humedales donde se muestran
las funciones que cumplen y los comportamientos que favorecen su conservación y protección,
como son la no inserción de especies foráneas, no desarrollo de proyectos urbanísticos, no
vertimiento de desechos, no parcelación, no construcción de barreras ni de rellenos artificiales
entre otras acciones que pueden ser castigados por la autoridad policial.
En este mismo año nos encontramos con el Decreto 61 de 2003, Por el cual se adopta el Plan de
Gestión Ambiental del Distrito Capital, siendo esto un gran paso para la gestión pública en cada
uno de los aspectos que componen la calidad ambiental, los recursos naturales y el efecto de
estos factores sobre el desarrollo de Bogotá y su región, pudiendo ser lo anterior medible por
indicadores, en este se menciona en su artículo 9 los Programas del Plan de Gestión Ambiental,
en el que está el Programa de ecosistemas estratégicos y biodiversidad, que contiene el
subprograma recuperación de humedales urbanos, evidenciando a su vez la incorporación a nivel
distrital de lo que se propone en la ley 99 de 1993.
Un año después se expide por el entonces llamado Ministerio de Ambiente, Vivienda, y
Desarrollo Sostenible (MAVDT) la Resolución 0157 DE 2004, por la cual se reglamentan el uso
sostenible, conservación y manejo de los humedales, y se desarrollan aspectos referidos a los
mismos en aplicación de la Convención Ramsar. Aquí se menciona un compendio interesante de
lo que son los humedales y se establece que el MAVDT expidió unas guías técnicas con los
cuales guiar la creación de los planes de manejo ambiental de los humedales y que a partir de la
expedición de los mismos las distintas municipalidades y departamentos deberán crear los planes
71
de manejo de los humedales que se encuentren en su territorio, entre los que se deberá considerar
datos como son las características biofísicas, ecológicas, socioeconómicas y culturales de los
humedales, además de una zonificación y delimitación de los mismos, también nos habla de los
humedales que se deben considerar de importancia internacional y como es el proceso de
inscripción en Ramsar.
Como bien se mencionaba esta resolución trajo como consecuencia la expedición de la
Resolución 196 de 2006 de la MAVDT, Por la cual se adopta la guía técnica para la
formulación de planes de manejo para humedales en Colombia, en base a que los países parte del
convenio Ramsar, deberán elaborar y aplicar su planificación de forma que favorezca la
conservación de los humedales y en la medida de lo posible el uso racional de los humedales de
su territorio, esta guía a grandes rasgos nos detalla todos los elementos que debe tener un PMA
como son un Preámbulo-Política, Descripción, Evaluación, Zonificación, Objetivos y un Plan de
acción. La parte de Preámbulo-Política debe contener toda la política desde lo internacional hasta
lo local que rige el humedal de estudio, la descripción consta de tres niveles el primero que
permite identificar los complejos de humedales o humedales que se encuentran dentro de cada
región y/o ecoregión, el segundo que se describen a mayor detalle el complejo de humedales y el
último nivel que describe características de cada humedal en el complejo mencionado. Dentro de
la evaluación encontramos que se clasifica en tres ítems como son la evaluación ecológica,
socioeconómica-cultural y la problemática ambiental y confrontación de intereses, esta parte se
realiza para identificar las características que son importantes para el plan de manejo. La
zonificación no solo se refiere a la georeferenciación sino también a los aspectos sociales y
culturales que rodean la geografía del mismo. Los objetivos que tienen como propósito
72
establecer medidas integrales de manejo para el humedal de acuerdo a sus características actuales
y potenciales y por último y tal vez más importante el Plan de acción que cuenta con ítems como
la duración, los programas y proyectos que se proponen, el plan de trabajo anual y cómo se
evaluarán y la revisión final de todo el proceso.
Lo anterior repercute casi que inmediatamente a nivel Distrital al expedirse el Decreto 062 de
2006, Por medio del cual se establecen mecanismos, lineamientos y directrices para la
elaboración y ejecución de los respectivos Planes de Manejo Ambiental para los humedales
ubicados dentro del perímetro urbano del Distrito Capital. En este documento encontramos
varias definiciones que nos adelantan las posibles acciones que se tomen para la recuperación de
los humedales, para la formulación de los PMA se mantiene la estructura que establece la
Resolución 196 de 2006, aquí se define dentro del régimen de usos de los humedales como
espacios de conservación de la biodiversidad, la investigación científica regulada, la educación
ambiental y como usos condicionados la recreación pasiva contemplativa, también encontramos
que en la construcción de los PMA se tendrá en cuenta la participación social en el manejo y
protección de los humedales, se establecerá un control de vertimientos de aguas residuales, se
habla de la revegetalización y adecuación hidromorfológica de los humedales, además establece
algunos cuidados en cuanto al manejo de aguas subterráneas y superficiales, la vegetación
acuática y el suelo. En este documento se toman como principales responsables de la ejecución
de los PMA a la EAAB y el DAMA.
73
En este mismo año nivel distrital otro gran avance en política de humedales surge y es el la
Política de Humedales del Distrito Capital, el cual tiene como propósito el “conservar los
ecosistemas de humedal por el valor intrínseco de la vida que sustentan, y los
bienes y servicios que ofrecen, siendo todo ello imprescindible para el desarrollo sustentable de
la ciudad y la región” con ello lo que también buscan es dar a conocer estos ecosistemas como
ejes para el desarrollo armónico de la ciudad y la región siendo constructores de redes
ecosistémicas, sociales y culturales mostrando la interrelación que hay entre los seres vivos y el
ambiente; es interesante también conocer los principios de esta política como son:
• El agua como eje articulador de la vida y derecho fundamental de la humanidad.
• Integralidad.
• Corresponsabilidad y articulación de la gestión ambiental Regional (urbano-rural regional).
• Ordenamiento Ambiental Territorial
• Precaución.
• Prevalencia de lo Público y colectivo en lo "Bien Ambiental" sobre lo privado y lo
Particular.
• Estos principios son fundamentales porque están basados bajo el criterio de democracia,
complejidad e importancia del agua en todo proceso en la tierra.
Esta política está organizada en la apuesta a 5 estrategias, siendo la primera la investigación
participativa y aplicada sobre los humedales del distrito capital y sus componentes
socioculturales, la segunda la educación, comunicación y participación para la construcción
social del territorio, la tercera la recuperación, protección y compensación, la cuarta el manejo y
uso sostenible y la quinta la gestión institucional, cada una con sus líneas programáticas, metas y
74
acciones a realizar; pero además de esto también muestran los instrumentos de gestión que se
usarán para lograr las metas de cada estrategia entre los que encontramos instrumentos
científico-técnicos, de participación, jurídico normativos, económicos, compensatorios y
financieros. Un año después por el Decreto 624 de 2007 se adopta la visión, objetivos y
principios de esta Política.
En el 2008 aparece el Decreto 386 de 2008, por el cual se adoptan medidas para recuperar,
proteger y preservar los humedales, sus zonas de ronda hidráulica y de manejo y preservación
ambiental, del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones. En este apreciamos más que todas
prohibiciones de construcción, urbanización, rellenos, disposición de tierra o escombros y
cualquier otra conducta que atente contra los humedales, sus zonas de ronda hidráulica y de
manejo y preservación ambiental, del Distrito Capital. además de que no se reconocerán las
construcciones en Catastro Distrital de aquellas que ante la secretaría de Ambiente no tengan las
respectivas licencias y los que no hagan el debido proceso y se encuentren dentro del área de un
parque ecológico distrital de humedal, por lo que se ordenara su sellamiento o desmantelamiento.
También hay promoción de vigilancia y control institucional (SDA y EAAB) junto con las
alcaldías y procesos de participación social.
En este año también ocurre una reforma del plan de gestión ambiental de Bogotá, con el Decreto
456 de 2008: Por el cual se reforma el Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital y se dictan
otras disposiciones. Derogando el Decreto 61 de 2003. Se mencionan que los PGA tendrán un
plazo de ejecución de 30 años y se revisaran cada 10 años, en este aparecen por primera vez
algunos Instrumentos operativos de planeación ambiental como son el PACA y PIGA que
75
posteriormente repercutirá directamente en la legislación de humedales; en este plan vemos que
aparecen los humedales en cuanto a que son objetivo para el cumplimiento de uno de los
objetivos de calidad ambiental como es el de Calidad de agua y regulación hidrológica donde se
pretende contribuir en la recuperación y mantenimiento de la calidad fisicoquímica y biológica
del agua en los humedales y otros ecosistemas conforme a las normas vigentes.
A B
Figura VII. Imágenes aéreas del humedal el Burro. La interpretación de la aerofotografía A la cual fue
tomada en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha
propias de esté y la imagen B la cual fue tomada en Febrero del 2006 muestra un estimado del área
total del humedal de 20 ha. Indicando, que el humedal para la década de 2000 a 2010
comparativamente presentó una disminución de casi el 59% de su extensión en relación al área
presente en la década de 1940, mostrando una reducción significativamente alta del área del
humedal. Lo anterior es consecuencia de la todavía progresiva expansión urbana, de diversos
proyectos urbanísticos y en la parte noroeste del mismo se empieza a evidenciar que parte del mismo
se utiliza como área de parqueo para camiones de carga y de enormes contenedores.
76
Toda esta explosión de políticas nacionales y distritales fueron necesarias porque como se
aprecia en la Figura VII empiezan a aparecer ciertas actividades en área de humedal que se logra
apreciar como parqueadero de camiones y de contenedores de los mismos lo que cual influye en
que se disminuya el área del humedal y empiecen a haber desequilibrios ecosistémicos en el
mismo, pero no todo es malo porque gracias a esta aparición de normas sobre todo en el ámbito
de los PMA a nivel nacional por la Resolución 196 de 2006 y Distrital por el Decreto 062 de
2006 repercute a nivel local en cuanto a que se crea el Plan de Manejo Ambiental del Humedal
El Burro, siendo el encargado de su elaboración el Instituto de Estudios Ambientales (IDEA),
dicho documento se aprueba posteriormente por la Resolución 4383 de 2008, este se concibe
como el mayor esfuerzo para direccionar todas las acciones que se deben tener en cuenta para
reformar, recuperar y mantener en el tiempo este ecosistema, teniendo como objetivo “Recuperar
las condiciones físicas, ecológicas y paisajísticas del Humedal El Burro que permitan restablecer
la provisión de servicios ambientales, recreativos y educativos a las comunidades ubicadas en el
área influenciada y el cumplimiento de las funciones ecológicas del mismo”.
Como bien lo dice la normativa referente a la construcción de PMAs se debe tener en cuenta
elementos como son un Preámbulo-Política, Descripción, Evaluación, Zonificación, Objetivos y
un Plan de acción, el cual cumple a cabalidad, mostrándose una caracterización del ecosistema
en cuanto a aspectos climáticos, geológicos, geomorfológicos, ecosistémicos, hídricos y una
descripción de algunos aspectos socioeconómicos, ambientales y de infraestructura.
77
En cuanto a la zonificación el PMA dividió el humedal en cuatro zonas con reglas sobre lo que
está permitido y lo que no está permitido en estas. Dichas zonas son: Zonas para la protección y
preservación ambiental estricta, Zonas para la conservación, Zonas para la recuperación y Zonas
de control. En las zonas de conservación solo se permitirá el uso del espacio para desarrollar
procesos investigativos y de educación ambiental; en las zonas de recuperación ecológica las
cuales están destinadas para reemplazar la cobertura vegetal por una propia del humedal, se
permitirá el uso de esta para la recreación pasiva, investigación y procesos de educación
ambiental y por ultimo las zonas de control que son aquellas ubicadas al interior del humedal
ocupadas por plantas de tipo invasivo como las eneas, kikuyo y retamo que aceleran el proceso
de terrerización, además de limpieza y descontaminación, permitiéndose usar la zona para
procesos de investigación, mantenimiento del ecosistema y recreación pasiva de manera algo
restringida, finalmente las zonas de protección y preservación ambiental que se utilizaran para
mantener el hábitat y la biodiversidad intacta y solamente se podrá acceder con fines
investigativos.
Lo más importante del PMA es la formulación de 5 programas los cuales están respaldados con
sus respectivos proyectos para cumplir con el objetivo principal del PMA, dentro de los
programas encontramos los siguientes:
Programa No. 1: Investigación Participativa y Aplicada: sus proyectos están enfocados a estudiar
el flujo y patrones hidrológicos en el humedal buscando relaciones, estudio y mediciones de
variables hidroclimatológicas y sedimentológicas para empezar a monitorearlas de manera
constante, fomentar la silvicultura de especies nativas en la revegetalización como estrategia de
78
educación ambiental, seguimiento y valoración del impacto de las actividades de restauración
sobre el humedal, caracterización de la fauna y flora del humedal y las relaciones existentes entre
estos.
Programa No. 2: Educación, Comunicación y Participación para la Construcción Social del
Territorio: entre sus proyectos esta la estructuración del aula ambiental para mantener procesos
pedagógicos principalmente de educación ambiental, reconstrucción de la memoria colectiva
ambiental, consolidación y fortalecimiento de las redes sociales alrededor de la gestión ambiental
y el fomento de estrategias de comunicación para apoyar los procesos de recuperación del
humedal.
Programa No. 3: Recuperación, protección y Compensación: Aquí encontramos también varios
proyectos entre los que están la reestructuración hidrogeomorfológica, diseño de alternativas
para la gestión y control de los residuos sólidos, control de conexiones erradas, adecuación de la
infraestructura de descarga fluvial, construcción de sistema de biotratamiento, construcción y
mantenimiento de estructuras hidráulicas, reconstrucción de la estructura del paisaje y
revegetalización para controlar especies invasoras y favorecer el crecimiento de especies nativas.
Programa No. 4: Manejo y Uso Sostenible: En este ítem encontramos varios proyectos entre los
que hay de diseño de infraestructura que se adapte a las condiciones de ubicación en el que esta,
entre los que está un diseño que no sea afectado por la avenida que lo atraviesa, barreras de
insonorización y contaminación, diseño de nuevos tramos de senderismo, construcción de
plataformas de observación, instalación de postes y luminarias, construcción de área de
administración y auditorio, todo esto con el fin de que haya una apropiación social del humedal,
sea visible los valores paisajísticos y escénicos y mantener los procesos de educación ambiental.
79
Programa No. 5: Gestión Interinstitucional: dentro de sus proyectos está el fortalecimiento de la
coordinación interinstitucional y colectivos sociales.
Finalmente se aclara que este PMA fue hecho con ayuda de la Junta de Acción Comunal con los
barrios aledaños, comunidades educativas y organizaciones ambientales locales.
Un año después aparece el Plan de Acción Cuatrienal Ambiental del Distrito Capital (PACA)
2009- 2012, adoptado por el Decreto 509 de 2009, apareciendo el humedal el Burro como parte
del canal Cundinamarca, que drena a este humedal y también al humedal la Vaca y Techo, esto
dentro del marco territorial de la ciudad. Dentro del plan está la recuperación de 50 hectáreas de
humedal, además de la planificación de la ejecución en gran porcentaje de los planes de manejo
ambientales vigentes.
Un punto importante que aparece en el Decreto que aprueba el PACA es que aparece otro
instrumento operativo de planeación ambiental como son los Planes Ambientales Locales (PAL),
que son instrumentos que a partir del diagnóstico ambiental local, se priorizan y proyectan las
acciones e inversiones de la gestión ambiental a ejecutar en las localidades del Distrito Capital
durante el cuatrienio, en el marco del Plan de Desarrollo Local. Dentro de los componentes que
lo conforman están un Diagnóstico ambiental local, Priorización de acciones ambientales; y
Formulación del plan. Este plan mas adelante jugara un papel fundamental en cuanto a que se
crean acciones mas puntuales para la protección del humedal el Burro.
Para finalizar la década a modo de recopilación ser evidencia que la normativa ambiental que
surgió en la década pasada a nivel nacional impulso la política distrital la cual a su vez ira
80
impulsando la local, fruto de ello nace el plan de gestión ambiental PGA 2008-2038, que será la
base para formular la nueva política ambiental en el país y el distrito capital nacen los Planes de
gestión ambiental cuatrienales en base al ya mencionado, donde los humedales son parte
importante en cuanto a que hacen parte de la red hidromorfológica, todo lo mencionado fueron
factores importantes para finalmente dar a conocer el PMA del humedal el Burro en el ultimas es
el esfuerzo mas grande que se ha hecho para dar a conocer las directrices que se deben seguir
para cumplir con todos los objetivos de recuperación y conservación del humedal el burro.
9.8 PERIODO 2010 A 2015
A principios de este lapso de tiempo se puede decir que a nivel Nacional hay un evento positivo
en el ámbito de la organización para la protección y recuperación de los humedales porque se
conforma el Comité Nacional de Humedales (CNH), mediante la Resolución 0301 de 2010 el
cual lo presenta como el órgano asesor del Sistema Nacional Ambiental, para la toma de
decisiones sobre las acciones que se deben seguir para la conservación y uso racional de
humedales en concordancia con la Política Nacional de Humedales Interiores y la aplicación de
la Convención Ramsar. Además de lo anterior debe apoyar al Ministerio de Ambiente en la
formulación de políticas, normas, planes y programas a ser desarrollados en materia de
humedales y ayudar en el desarrollo de aspectos científicos, técnicos, de educación y
participación y de gestión relacionados con humedales. Este evento también es importante
porque involucra a varios actores entre los que encontramos a universidades públicas y privadas,
a Colciencias y autoridades como Asocars y el Ministerio de Ambiente pudiendo ser visibles
todas las perspectivas que se deban tomar alrededor de este tema.
81
Por otro lado a nivel distrital hay que tener en cuenta que en el 2012 se propone un nuevo Plan
de Desarrollo Distrital adoptado por el Acuerdo 489 del 12 de junio de 2012, el cual contaba con
tres ejes, uno de los cuales con una proyección de inversión de alrededor del 33% del
presupuesto distrital se denominó “un territorio que enfrenta el cambio climático y se ordena
alrededor del agua” en el que se encontraba un programa de “recuperación, rehabilitación y
restauración de la estructura ecológica principal y de los espacios del agua” evidenciándose en
uno de sus proyectos la recuperación y renaturalización de los espacios del agua, entre los que se
encuentran los humedales como El Burro, con una proyección de inversión del 3% del total de
presupuesto del eje en el que se encuentra.
En el mismo ámbito encontramos que en concordancia con el Plan de Desarrollo Bogotá
Humana y el PGA 2008-2038 se propone un nuevo Plan de Acción Cuatrienal Ambiental PACA
2012- 2016 como instrumento de planeación ambiental de largo plazo adoptado por el Decreto
597 de 2013 y que debe elaborarse durante cada periodo de gobierno, en este intervienen las 18
entidades del SIAC y de manera adicional en esta ocasión se integraron la Secretaría Distrital de
Desarrollo Económico y la Secretaría Distrital de Hábitat, en este encontramos que hay un fuerte
proyecto de intervención integral de 40 hectáreas de humedales con intervención también de las
afluentes y efluentes que se encuentran relacionados con los humedales, siendo las principales
entidades responsables de esto la Secretaría Distrital de Hábitat, Secretaría Distrital de Ambiente
y EAAB. Lo anterior nos muestra que hay una articulación eficaz con el plan de manejo
ambiental, debido a que se llevó a cabo algunos de los proyectos a mediano plazo propuestos
como son los de la adecuación hidromorfológica de la franja acuática y semiacuática del
82
Humedal El Burro cuyo proceso de ejecución fue encargado a la EAAB, con esto la entrada al
Humedal fue cerrada a todo público desde mediados del mes de Julio del 2014 debido a la
intervención con maquinaria pesada y vehículos de carga, pero a pesar de ello los procesos de
participación ambiental llevados por el JBB en convenio con la EAAB no fueron interrumpidos;
esta obra es entregada el 5 de junio de 2015, el cual se inauguró con una visita guiada a la
misma.
A B
Figura VIII. Imágenes aéreas del humedal el Burro. La interpretación de la aerofotografía A la cual fue tomada
en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la
imagen B la cual fue tomada en Marzo del 2015 muestra un estimado del área total del humedal de 19 ha.
Indicando, que el humedal para la década de 2000 a 2010 comparativamente presentó una disminución
aproximada del 60% de su extensión en relación al área presente en la década de 1940 y perdiendo casi una
hectárea a comparación de la década anterior. Lo anterior es consecuencia de la todavía progresiva expansión
urbana, de diversos proyectos urbanísticos y en la parte noroeste del mismo se el área de parqueo de camiones
de carga y de enormes contenedores se recupera pero se pierde área hacia las zonas sureste y suroeste
convirtiéndose en área de construcción de parques y urbanizaciones.
83
El resultado de la adecuación hidromorfológica se puede apreciar en la Figura VIII donde vemos
que se amplió el cuerpo de agua del humedal, se retiró mucha de la vegetación acuática que
tapaba el cuerpo de agua y parte de esta misma vegetación se utilizó para recrear islotes con el
propósito de que las aves pueden anidar tranquilas sin el acecho de depredadores ajenos al
humedal. También se puede apreciar la terminación proyectos de construcción como fueron el
conjunto residencial la Armonía y algunos conjuntos denominados senderos de castilla que
empezaron sus obras cuando todavía habían ciertas debilidades en la normativa ambiental pero
debido a los permisos ya concedidos no se pudo evitar que avanzaran lo cual afecto un poco al
humedal debido a que se construyeron muy cerca, pero a pesar de ello el humedal ahora es más
estable en cuanto a que ya hay un área que se precisa de protección y que se reglamenta en varias
normativas.
Este positivo proceso también de alguna forma estuvo ligado a la presencia a nivel local de un
instrumento operativo de planeación ambiental como es el Plan Ambiental Local (PAL) de
Kennedy, que fue aprobado por el Decreto Local 012 de 2012 y diseñado para primero, conocer
la situación ambiental de la localidad y las acciones que se deben tener en cuenta para mejorar en
este ámbito que en este caso sería durante el periodo 2013-2016 mediante la proposición de
proyectos y presupuestos que están ligados al Plan de desarrollo local de Kennedy 2013-2016 en
uno de los tres ejes que este mismo propone y que son los mismos del Plan de Desarrollo
Distrital 2012-2016 que es el denominado “un territorio que enfrenta el cambio climático y se
ordena alrededor del agua”, en el vemos que hay una fuerte preocupación por los humedales
donde se involucra la alcaldía con los procesos de EAAB y el JBB y se invierte dinero para
84
fomentar proyectos de fortalecimiento de la gestión Ambiental participativa de las
organizaciones socio ambientales vecinas al humedal y generando espacios para la capacitación
y fortalecimiento Institucional.
En este documento también se visibiliza el proceso llevado en la declarada Área de Protección
Ambiental “El Burrito”: que fue determinada mediante Resolución 1238 de 2012 emanada por la
Secretaria Distrital de Ambiente, .el cual es importante debido a que queda muy cerca del
humedal el Burro y si se llega a recuperar parte de la zona que los separan podría llegar a ser
parte del humedal el Burro ampliando el área de conservación y protección del mismo.
Ya viendo el gran proceso de recuperación en la periodo actual (2010-2015), se puede decir que
el avance en la protección, la participación ambiental, las acciones administrativas y la
preocupación política en torno al humedal El Burro fueron grandes debido a la legislación
ambiental y los instrumentos operativos de planeación ambiental que fueron puestos en acción y
mencionados anteriormente, además de los intereses del mandato en el cual fueron desarrollados,
como fue la alcaldía distrital del momento y también a una alcaldía local con igual preocupación
por el tema de los humedales como parte del desarrollo de ciudad.
85
10. FICHAS RESUMEN DE ANÁLISIS Y FOTOINTERPRETACIÓN DÉ LAS
DÉCADAS Y PERIODOS
86
DÉCADA DE 1940 -1950
Figura II. Aerofotografía del Humedal el Burro. (IGAC, 1940). Imagen aérea del Humedal el Burro (Marzo 1940).
La interpretación de la aerofotografía muestra un estimado del área total del Humedal el Burro entre 50 a 55 ha
propias de esté. Lo cual indicaba, que este ecosistema no presentaba una afectación clara a sus potencialidades desde
el análisis desarrollado.
DESCRIPCIÓN
Durante esta década la población de Bogotá no sobrepasaba el millón de habitantes (ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN, 2010) , por tal
motivo se puede decir que debido a esto el desarrollo urbanístico en Bogotá era incipiente y
poco desarrollado, por lo tanto, muchos de los ecosistemas entre ellos el de Humedal el Burro no
presentaron mayor impacto ambiental al principio de este periodo, más sin embargo, para el año
de 1944 se presenta el primer fraccionamiento del humedal producto de la construcción de la
87
avenida de las américas, la cual, deja al Humedal al finalizar esta década con 54ha llegado hasta
la avenida de las américas en dirección NW-SE (Personeria de Bogotá, D.C., 2003)
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
No existían normas
ambientales claras frente a los
humedales.
Normas enfocadas en manejo
de bosques y creación de
reservas forestales, pero nada
enfocado a humedales
propiamente.
No existía ninguna norma o
legislación ambiental en
referencia a los humedales de la
capital.
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
Se puede decir que en la ciudad de Bogotá durante esta década no se redactó o construyó
ninguna norma enfocada al bienestar de los humedales.
OBSERVACIONES: En la década de 1940 a 1950 se aborda el tema a más detalle.
88
DÉCADA DE 1950-1960
A. B.
Figura III. Aerofotografía del Humedal el Burro (IGAG, 1940 y 1952). La interpretación de la
aerofotografía A la cual fue tomada en marzo de 1940 muestra un estimado del área total del
humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la imagen B la cual fue obtenida en marzo
de 1952 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 49 a 54 ha propias de esté.
Indicando, que el humedal para la década de 1950 comparativamente con la década de 1940 no
presentó ninguna transformación aparente en la reducción de su tamaño pero se empiezan a
apreciar más caminos.
DESCRIPCIÓN
Durante esta década la población de Bogotá no sobrepasaba el millón de habitantes, siendo un
total de 648.424 personas para Bogotá según el X11 Censo Nacional de Población y el I de
Vivienda (ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE
PLANEACIÓN, 2010) por tal motivo al igual que en la década anterior, el desarrollo urbanístico
89
y de infraestructura vial de Bogotá era incipiente y poco desarrollado, por lo tanto, muchos de los
ecosistemas del perímetro urbano y entre ellos el del humedal el Burro no presentaron mayor
impacto ambiental durante este periodo, más sin embargo, durante esta década empieza a
aumentar el área urbana (ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE
PLANEACIÓN, 2010)Se podría afirmar que hasta el momento el único fraccionamiento directo
al humedal el Burro ha sido el ocasionado por la construcción de la avenida las Américas.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
No existían normas
ambientales claras frente a
los humedales.
Normas enfocadas en la
consolidación de más zonas
protegidas para la
conservación.
No existía ninguna norma o
legislación ambiental con
referencia a los humedales de
Bogotá.
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
Se puede decir que en la ciudad de Bogotá durante esta década no se redactó o construyó
ninguna norma enfocada en la conservación protección o delimitación clara de los humedales de
Bogotá.
OBSERVACIONES: En la década de 1950 a 1960 se aborda el tema con un poco más detalle.
90
DÉCADA DE 1960-1970
A. B.
Figura IV. Aerofotografías del Humedal el Burro (IGAG, 1940 y 1967). La interpretación de la aerofotografía
A la cual fue tomada en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del Humedal el Burro entre 50 a
55 ha propias de esté y la imagen B la cual fue tomada en Enero de 1967 muestra un estimado del área total
del humedal el Burro entre 47 a 52 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para la década de 1960
comparativamente con la década de 1940 presentó una disminución del 3.5% del área total, mostrando una
mínima reducción del Humedal. Lo importante a resaltar son las presiones que se van a ir generando ya que
en la imagen (b) se aprecian cada vez más nuevos caminos y un aumento de la población.
DESCRIPCIÓN
Durante esta década la población de Bogotá presentaba un total de 1.697.311 personas
según el XIII Censo Nacional de Población y el II de Vivienda. Por tal motivo, el
crecimiento de la población a diferencia de la década anterior va jalonando el crecimiento
de Bogotá cada vez más hacia el Sur, Norte y Occidente; en este último, con un crecimiento
se desarrolla un crecimiento de tipo radial el cual propicia la generación de zonas vacías
que al pasar el tiempo se fueron ocupando con el crecimiento urbano (ALCALDÍA
91
MAYOR DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN, 2010). Como
bien se sabe, el desarrollo urbanístico trae consigo la construcción de infraestructura vial
o viceversa es de esta manera como se iba ampliando cada vez más la ciudad hacia el Sur,
Norte y Occidente ocupando más escenarios para el crecimiento de la población. En el caso
particular del humedal el burro aún este tipo de desarrollo urbano y vial era incipiente y
poco desarrollado, por lo tanto, muchos de los ecosistemas del perímetro urbano ubicados
en el occidente de la ciudad y entre ellos el humedal el Burro no presentaron mayor
impacto ambiental o algún tipo de fraccionamiento durante este periodo, más sin embargo
durante esta década se aprecia un crecimiento poblacional mayor, lo que podría indicar a
futuro un aumento de la población en áreas que corresponderían al humedal el burro.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
Durante esta década se
empezó a consolidar y a
negociar durante 8 años el
documento base para la
conservación de los hábitat de
los humedales pasando a ser
el enfoque primordial. Dicho
acuerdo se consolida en la
siguiente década el cual es
firmado por 18 países.
Al igual que en la década
anterior, las normas se
enfocaron en la
consolidación de más zonas
protegidas para la
conservación. Lo cual
demuestra poco a poco la
necesidad de tener en
cuenta el ambiente en el
desarrollo del País. Un
No existía ninguna norma o
legislación ambiental con
referencia a los humedales
de Bogotá.
92
hecho importante fue
logrado en 1968 con la
creación del INDERENA,
demostrando de esta
manera que el tema
ambiental iba teniendo más
importancia en la agenda
Nacional pero era un poco
incipiente.
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
Se puede decir que en la ciudad de Bogotá durante esta década no se redactó o construyó
ninguna norma enfocada en la conservación protección o delimitación clara de los
humedales de Bogotá.
OBSERVACIONES: En la década de 1960 a 1970 se aborda el tema con un poco más
detalle.
93
DÉCADA DE 1970-1980
A. B.
Figura V. Aerofotografías del Humedal el Burro (IGAG, 1940 y 1976). La interpretación de la aerofotografía
A la cual fue tomada en marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55
ha propias de esté y la imagen B la cual fue tomada en septiembre de 1976 muestra un estimado del área total
del humedal el Burro entre 48 a 53 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para la década de 1970
comparativamente presentó una disminución del 3.5% del área total igual que en la década de 1960,
mostrando una mínima reducción aparentemente del humedal la cual no es significativa en la reducción de
su área. Lo importante a resaltar, es lo que señala cada una de las flechas en rojo que muestra un crecimiento
urbano cercano al humedal el Burro lo que indica que se estaba presentando una expansión urbana hacia el
occidente que en años siguientes presionarían la extensión del Humedal.
DESCRIPCIÓN
Durante esta década la población de Bogotá pasó de 1.697.311 a 2.571.548 habitantes
según el XIV Censo Nacional de Población y el III de Vivienda. Este aumento de la
94
población de casi un millón de personas continuaría generando presión en la ciudad de
Bogotá lo promoviendo de esta manera que en 1972 Bogotá se dividiera en 16 circuitos
llamados hoy día Localidades. Es así como el crecimiento urbano empieza a darse en la
periferia de la ciudad especialmente en dos zonas; hacia el sur occidente con la
construcción de Ciudad Kennedy y hacia el noroccidente con la Ciudadela Niza.
(ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ -SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN,
2010). Es así como para esta década surgen barrios que antes no existían o no estaban
legalizados en su totalidad Barrios como Timiza, Mandalay, Class, Carvajal, Castilla
(Personeria de Bogotá, D.C., 2003). Se podría decir según el análisis y la interpretación
fotográfica, que esté barrio se conformaría en terrenos del humedal el Burro. Esta y otras
edificaciones generaron presiones ambientales que lograrían fraccionar el humedal en años
siguientes. El crecimiento de la población hacia el occidente empezaba a presionar poco a
poco al humedal puesto que el crecimiento descontrolado de la población se evidenciaba
por la no existencia de una política Nacional de población que actualmente no existe
propiamente dicha. Por lo tanto la ciudad seguiría creciendo y con ella el surgimiento de
necesidades básicas para ser resueltas y la construcción de más vías, colegios, hospitales
entre muchas otras necesidades. Este crecimiento empezaría a afectar el Ecosistema del
humedal de manera negativa sin normas claras que lo defendieran y sin la mano del Estado
que realizara alguna intervención pronta.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
Al principio de esta Década Un acontecimiento No existía ninguna norma o
95
se firma el convenio Ramsar
en 1971 entrando en
vigencia en 1975 para los 18
países firmantes. Para el caso
particular de Colombia no se
aplicó puesto que no hacía
parte de los 18 países ya que
no tenía estos temas dentro de
su agenda Nacional.
importante fue dado en
1971 bajo el acuerdo 0005
que se declara zona de
reserva forestal protectora y
de interés general la Hoya
Hidrográfica de la Laguna
de la Cocha y el cerro de
Patascoy ubicados en el
Municipio de Pasto. Este
hecho fue un gran adelanto
para la protección de
Ecosistemas de gran
importancia Nacional e
Internacional.
Surge el decreto ley 2811
Código Nacional de
Recursos Naturales
Renovables y de Protección
al Medio Ambiente.
Decreto importante para la
defensa ambiental.
legislación ambiental en
referencia a los humedales
de Bogotá. Se puede
mencionar que en 1972
mediante el Acuerdo 26 se
crearon las primeras 16
alcaldías de la ciudad
(Usaquén, Chapinero,
Santafé, San Cristóbal,
Usme, Bosa, Ciudad
Kennedy, Fontibón,
Engativá, Suba, Barrios
Unidos, Teusaquillo, Los
Mártires, Antonio Nariño y
Puente Aranda) y en 1977 se
incorporaron otras 2
mediante el acuerdo 8 la
Alcaldías de La Candelaria
y Rafael Uribe Uribe.
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
96
Se puede decir que en la ciudad de Bogotá durante esta década no se redactó o construyó
ninguna norma enfocada en la conservación protección o delimitación clara de los
humedales de Bogotá.
OBSERVACIONES: En la década de 1970 a 1980 se aborda el tema con un poco más
detalle.
97
DÉCADA DE 1980-1990
A. B.
Figura VI. Aerofotografías del Humedal el Burro (IGAC, 1940 y 1981). La interpretación de la
aerofotografía A la cual fue tomada en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el
Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la imagen B la cual fue tomada en Diciembre de 1981 muestra un
estimado del área total del humedal el Burro entre 22 a 27 ha propias de esté. Indicando, que el humedal para
la década de 1980 comparativamente presentó una disminución de casi el 55% del área total con relación a la
década de 1940, mostrando una reducción significativamente alta del área del humedal. Esto por
consecuencia de la expansión urbana y la presión que esta generaba en estos ecosistema desamparados de
toda norma ambiental.
DESCRIPCIÓN
Durante esta década la población de Bogotá pasó de 2.571.548 a 3.982.941 habitantes
según el XV Censo Nacional de Población y el V de Vivienda. Este aumento de la
población de más de un millón de personas en comparación a la década anterior continuaría
generando una mayor presión en la ciudad de Bogotá. Es así como en términos
urbanísticos, el crecimiento de la ciudad se desbordó hacia la periferia occidental
98
especialmente en las zonas de Bosa y Kennedy. (ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ -
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN, 2010). Mostrando esta urbanización un
fuerte crecimiento en la zona donde se encuentra ubicado el humedal el Burro que sería la
Localidad de Kennedy. Según la fotointerpretación realizada el crecimiento empezó a
generar una gran presión en los terrenos del humedal puesto que poco a poco se venían
reduciendo producto del crecimiento poblacional. Este efecto generarían presiones
ambientales que disminuirían significativamente el área toral del humedal, pasando de un
poco más de 50ha en la década de 1940 a un estimado de 22 a 27 ha para la década de 1980
con barrios y urbanizaciones que se construyeron total o parcialmente en el humedal como
es el caso de las urbanizaciones como Bosques de Los Ángeles, Castilla la nueva, Parque
de los Ángeles, los Ángeles, camino de los Ángeles y Pórtico de los Ángeles entre otros
(Secretaria Distrital de Ambiente [SDA], 2016). Estas construcciones en predios del
humedal lo fraccionaron reduciendo su tamaño considerablemente durante esta década
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
No se destacó durante estos años ninguna norma clara en materia de protección,
preservación o de algún aspecto claro para la protección de los humedales de la ciudad.
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
El convenio Ramsar
finalizando la década de
1990 contaba con 59
miembros de los Cuales
Colombia aún no hacía
parte.
Durante esta década
no se presentaron
avances significativos
en materia ambiental y
no se presentó ninguna
legislación en
No existió ninguna norma o
legislación ambiental en referencia a
los humedales de Bogotá durante esta
década. Lo que se puede mencionar
es la creación en 1983 mediante el
Acuerdo 14 la Alcaldía de Ciudad
99
De esta manera
Colombia llevaba casi 20
años después de haber
entrado en vigencia este
convenio del cual no
hacia parte.
referencia a los
humedales de
Colombia.
Bolívar, y en 1986 mediante el
acuerdo 9 la de Sumapaz. Esta
creación de esta Alcaldías se traduce
en más zonas urbanizadas que
necesitaban de control político para
satisfacer todas las necesidades de la
población, indicando que la ciudad
seguía creciendo sin ningún control ni
orden preestablecido.
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
Se puede afirmar que en la ciudad de Bogotá durante esta década al igual que en las
anteriores 4 no se redactó o construyó ninguna norma enfocada en la conservación,
protección o delimitación clara de los humedales de Bogotá. Se llevaba más de medio siglo
alterando los ecosistemas de la capital sin ninguna regulación concreta.
OBSERVACIONES: En la década de 1980 a 1990 se aborda el tema con un poco más de
detalle.
100
DÉCADA DE 1990-2000
Figura VI. Imágenes aéreas del humedal el Burro. La interpretación de la aerofotografía A la cual fue tomada
en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la
imagen B la cual fue tomada en Enero del 2001 muestra un estimado del área total del humedal de 23 ha.
Indicando, que el humedal para la década de 1990 a 2000 comparativamente presentó una disminución de un
poco más del 57% del área total en relación a la década de 1940, mostrando una reducción significativamente
alta del área del humedal. Lo anterior es consecuencia de la todavía progresiva expansión urbana y de diversos
proyectos urbanísticos en el sector.
DESCRIPCIÓN
En esta década la población de Bogotá sigue creciendo uno por la natalidad de la población y
otro por el conflicto armado que se presenta que obliga a muchas personas a desplazarse a la
ciudad de Bogotá y hacer una nueva vida, siguen evolucionando los proyectos de vivienda
alrededor del humedal reduciendo el tamaño del mismo, además de que también para la época
la localidad de Kennedy era epicentro donde viviría las personas que trabajarían en la zona
industrial.
Fue una década clave para impulsar la legislación en el ámbito de lo ambiental
A.
B
101
mencionándose por primera vez en ella al humedal el Burro como parte de áreas protegidas y
de valor en el desarrollo del territorio por los servicios ecosistémicos que ofrece .a la ciudad
de Bogotá por lo que se obliga a que acoten su área real, por lo tanto las 23 hectáreas que se
obtuvieron por parte de la fotointerpretación deberían ser protegidas e inmodificables, pero a
pesar de ello esto no ocurre porque aún falta mucha implementación.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
Ley 165 de 1994
Ley 357 de 1997
Constitución política de Colombia en 1991
Ley 70 DE 1993
Ley 99 de 1993
Ley 388 de 1997
Decreto 1504 de 1998
Decreto 1052 de 1998
Decreto 1996 de 1999
Acuerdo 6 de 1990
Acuerdo 31 de 1992
Acuerdo 2 DE 1993
Acuerdo 5 DE 1.994
Acuerdo 19 de 1994
decreto 295 de 1995
Acuerdo 22 de 1995
Acuerdo 19 de 1996
Decreto 689 DE 1996
Acuerdo 26 de 1996
Resolución 245 de 1997
Acuerdo 13 de 1998
Decreto 683 de 1998
Decreto 831 de 1998
Acuerdo 6 de 1998
Decreto 984 de 1998
102
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
Esta década se concibe como crucial en materia de ambiental para Colombia porque aparecen
normativas que se tornan como referente para la expedición de otras normativas entre las que
encontramos la ley 99 de 1993 que organiza y reorganiza mecanismos, herramientas,
estrategias y entidades para trabajar en el fortalecimiento de la gestión ambiental, también
vemos que el país se empieza a adherir y adoptar normativas resultado de una voluntad
política internacional en beneficio del ambiente con la Ley 165 de 1994 que retoma los
elementos y acuerdos llegados en la Cumbre de Rio sobre biodiversidad biológica en 1992 y
también la adopción de la Ley 357 de 1997, por medio de la cual se aprueba la "Convención
Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves
Acuáticas", suscrita en Ramsar el 2 de febrero de 1971 un hecho que sin duda fue el
detonante que posteriormente llevaría a tomar verdaderas acciones para la protección de los
humedales en el país.
Se apreciar que a nivel distrital en las diferentes disposiciones referentes a la ordenación del
territorio aparecen los humedales como parte importante del sistema hídrico del territorio y
aparece por primera vez de manera explícita el nombre de Humedal el Burro siendo la EAAB
en un principio la principal entidad gestora del cuidado y gestión de este humedal entre otros,
para lo que posteriormente se unirían entidades como el DAMA, El Jardín Botánico de
Bogotá, IDRD y Planeación Distrital. Por lo anterior siendo los humedales siendo parte
importante del sistema hídrico, las normas urbanísticas y de manejo industrial empiezan a
tener disposiciones en cuanto a que se debe regular la actividad de las mismas de tal manera
que no afecten a los ecosistemas.
103
OBSERVACIONES: En el apartado denominado Década de 1990 a 2000 parte de los
resultados y el análisis de este trabajo, se aborda el tema con un poco más de detalle.
104
DÉCADA DE 2000-2010
Figura VII. Imágenes aéreas del humedal el Burro. La interpretación de la aerofotografía A la cual fue tomada
en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la
imagen B la cual fue tomada en Febrero del 2006 muestra un estimado del área total del humedal de 20 ha.
Indicando, que el humedal para la década de 2000 a 2010 comparativamente presentó una disminución de casi el
59% de su extensión en relación al área presente en la década de 1940, mostrando una reducción
significativamente alta del área del humedal. Lo anterior es consecuencia de la todavía progresiva expansión
urbana, de diversos proyectos urbanísticos y en la parte noroeste del mismo se empieza a evidenciar que parte
del mismo se utiliza como área de parqueo para camiones de carga y de enormes contenedores.
DESCRIPCIÓN
Para la fecha la población de Bogotá se estimaba con unos 6,7 millones de habitantes según
reporto el DANE para el año 2005, lo cual es preocupante ya para una ciudad densamente
poblada, las dinámicas de construcción siguen su curso y como se aprecia en la fotografía hay
una área del humedal que fue invadido como por una especie de parqueadero de carga y
descarga de camiones, ya para esta fecha el área total del humedal se estimó por las 20
hectáreas, lo que quiere decir que perdió alrededor de 3 hectáreas y empiezan a apreciarse
A.
B
105
nuevos proyectos de construcción a la periferia del mismo a pesar de la normativa ambiental
que ya protege de manera rigurosa a los humedales.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
Resolución 0157 DE 2004 MAVDT
Resolución 196 DE 2006 MAVDT
Resolución 1128 DE 2006 MAVDT
Decreto 619 de 2000
Decreto 469 de 2003
Decreto 61 de 2003
Acuerdo 79 de 2003
Decreto 190 de 2004
Decreto 062 de 2006:
Decreto 624 de 2007:
Resolución 4383 de 2008
Decreto 456 de 2008
Decreto 386 de 2008
Decreto 509 de 2009
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
Fue una década clave para impulsar la legislación en el ámbito de lo ambiental a nivel
Distrital debido a que en el plan de ordenamiento territorial llegando a un compendio final
con el Decreto 190 de 2004 donde aparecen como Parques Distritales de Humedal haciendo
parte de la estructura ecológica principal y de la red hidrogeológica, con este aparecen a su
vez los instrumentos operativos de gestión ambiental como son los PACA, PIGA y casi al
final de la década los PAL. También se da a lugar toda la normativa relacionada sobre la
estructuración de los planes de manejo ambiental a nivel nacional y distrital tanto como
106
resultado en el 2008 el Plan de Manejo Ambiental del humedal el Burro diseñado por el
IDEA de la _universidad Nacional.
OBSERVACIONES: En el apartado denominado Década de 2000 a 2010 parte de los
resultados y el análisis de este trabajo, se aborda el tema con un poco más de detalle.
107
PERIODO DE 2010-2015
Figura VIII. Imágenes aéreas del humedal el Burro. La interpretación de la aerofotografía A la cual fue tomada
en Marzo de 1940 muestra un estimado del área total del humedal el Burro entre 50 a 55 ha propias de esté y la
imagen B la cual fue tomada en Marzo del 2015 muestra un estimado del área total del humedal de 19 ha.
Indicando, que el humedal para la década de 2000 a 2010 comparativamente presentó una disminución
aproximada del 60% de su extensión en relación al área presente en la década de 1940 y perdiendo casi una
hectárea a comparación de la década anterior. Lo anterior es consecuencia de la todavía progresiva expansión
urbana, de diversos proyectos urbanísticos y en la parte noroeste del mismo el área de parqueo de camiones de
carga y de enormes contenedores se recupera pero se pierde área hacia las zonas sureste y suroeste
convirtiéndose en área de construcción de parques y urbanizaciones.
DESCRIPCIÓN
Para esta época ya se estima que en el ciudad de Bogotá hay alrededor 7.800.856 de
habitantes de la cual alrededor del 14% de esta vive en la localidad de Kennedy, siendo la
localidad más habitada y que repercute en que haya más proyectos de vivienda (Secretaria
General de Educación de Bogotá., 2015) por ello se puede apreciar en la imagen, la
terminación de proyectos de construcción como fueron el conjunto residencial la Armonía y
A.
B
108
algunos conjuntos denominados senderos de castilla que empezaron sus obras cuando todavía
habían ciertas debilidades en la normativa ambiental pero debido a los permisos ya
concedidos no se pudo evitar que avanzaran lo cual afecto un poco al humedal debido a que
se construyeron muy cerca, pero a pesar de ello el humedal ahora es más estable en cuanto a
que ya hay un área que se precisa de protección y que se reglamenta en varias normativas.,
también nos encontramos con la terminación del proyecto llamado “adecuación
hidromorfológica de la franja acuática y semiacuática del humedal el Burro” que fue
entregado a la ciudad el 5 de Junio de 2015 y que empezó a mediados de Octubre de 2014. Se
puede apreciar que se amplió el cuerpo de agua del humedal, se retiró mucha de la vegetación
acuática invasora que tapaba el cuerpo de agua y parte de esta misma vegetación se utilizó
para recrear islotes con el propósito de que las aves pueden anidar tranquilas sin el acecho de
depredadores ajenos al humedal.
LEGISLACIÓN AMBIENTAL REFERENTE A HUMEDALES
INTERNACIONAL NACIONAL DISRITAL/LOCAL
Resolución 0301 de 2010
Acuerdo 489 de 2012
Decreto 597 de 2013
Decreto Local 012 de 2012
Resolución 1238 de 2012
CAMBIOS OCURRIDOS A NIVEL LEGISLATIVO
En esta década aparece la Resolución 0301 de 2010 por la que se conforma el Comité
Nacional de Humedales (CNH), mediante la Resolución 0301 de 2010 el cual lo presenta
como el órgano asesor del Sistema Nacional Ambiental, para la toma de decisiones sobre las
acciones que se deben seguir para la conservación y uso racional de humedales, pero esta
109
década también fue clave para impulsar la legislación ambiental a nivel local donde por
medio de instrumentos operativos de gestión ambiental como es el Plan Ambiental Local
(PAL), que se materializa por medio del Decreto Local 012 de 2012 y fue diseñado para
primero, conocer la situación ambiental de la localidad y las acciones que se deben tener en
cuenta para mejorar en este ámbito durante el periodo 2013-2016 mediante la proposición de
proyectos y presupuestos que están ligados al Plan de desarrollo local de Kennedy 2013-2016
en uno de los tres ejes que este mismo propone y que son los mismos del Plan de Desarrollo
Distrital 2012-2016 que es el denominado “un territorio que enfrenta el cambio climático y
se ordena alrededor del agua”
También hay que destacar que dentro del PAL y el Plan de Desarrollo Local mencionado, ya
se menciona un terreno que se denomina “El Burrito” el cual se nombra mediante Resolución
1238 de 2012, pero que aún está por definir si se une al área total del humedal El Burro.
OBSERVACIONES: En el apartado denominado periodo 2010 a 2015 parte de los
resultados y el análisis de este trabajo, se aborda el tema con un poco más de detalle.
110
11. CONCLUSIONES
• Al analizar la legislación o normatividad ambiental durante mediados del siglo XX y
principios del siglo XXI, se evidencia que una de las posibles causas de la fragmentación
y disminución del Humedal el Burro es la ausencia de una normatividad ambiental clara
y específica para los humedales durante el siglo XX. Por lo tanto; esta inexistencia
jurídica propició que se permitieran construcciones o desarrollos urbanos dentro del
humedal lo que condujo a una pérdida de territorio que lo afectaría directamente en su
tamaño y generando su deterioro.
• Al interpretar las secuencia de fotografías aéreas del Humedal El Burro en una línea de
tiempo desde 1940 hasta el 2015, se evidencia una clara fragmentación del ecosistema y
disminución de su área a través del tiempo, pasando de tener aproximadamente 54
hectáreas en 1940 a la actualidad con aproximadamente 19 hectáreas y esto
definitivamente sucedió por diversos factores entre los que se encuentra la falta de una
legislación clara a mediados del siglo XX.
• Otra dinámica fruto del análisis es que la normatividad ambiental de ámbito
internacional muchas veces no se implementa en el momento exacto de su aparición,
pudiendo tardarse a veces hasta años para que llegue a causar impacto a nivel nacional y
distrital y eso genera que los procesos se retrasen por mucho tiempo.
• Es importante resaltar que a finales del siglo XX y principios del siglo XXI se fortalece la
legislación ambiental relacionada con humedales que conlleva a la protección y
111
delimitación del Humedal el Burro desatacándose el trabajo realizado por el IDEA de la
Universidad Nacional, el cual estableció programas y proyectos de los cuales aún faltan
muchos por desarrollar.
12. RECOMENDACIONES
Debido a que en este trabajo se realizó un análisis orientado hacia el ámbito normativo y la
influencia que está generaría en la fragmentación del humedal el Burro se recomienda
ahondar más en aspectos históricos de tipo social, económicos y culturales que pudieron
incidir en lo mismo para complementar este trabajo y hacerlo más integral.
También se recomienda extrapolar este estudio del humedal el Burro hacia otros humedales
del Distrito.
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