Post on 22-Jan-2018
Evolución De La Educación SuperiorESTADISTICAS
RUBEN ESPINOZA DIMITRY RAYMOND
CESAR BARBA
EDUCACIÓN: BASE FUNDAMENTAL PARA EL PROGRESO DEL PAÍS
Un factor fundamental en el progreso de un país, es la preparación de sus recursos humanos, eso hace que la educación tenga un papel cada vez
más importante en la sociedad. Es por esta razón que el capítulo uno, permite mostrar, el desarrollo que ha tenido la educación en el país a través de los años, así como los principios fundamentales del Sistema Educativo y su respectiva estructura; además se presentan los diversos factores que
influyen en la elección de la carrera profesional.
• La educación es primordial, no sólo como uno de los instrumentos de la cultura que permite al hombre desarrollarse en el proceso de la socialización, sino también se lo consideraba como un proceso vital, complejo, dinámico y unitario que debe descubrir, desarrollar y cultivar las cualidades del estudiante, formar integralmente su personalidad para que se baste a si mismo y sirva a su familia, el Estado, y la sociedad.
• Al principio la educación era el medio para el cultivo del espíritu, de las buenas costumbres y la búsqueda de la "verdad"; con el tiempo las tradiciones religiosas fueron la base de la enseñanza. En la actualidad el aprendizaje significativo y la formación de un individuo reflexivo y crítico son algunos de los aspectos más relevantes que plantea el sistema educativo.
• Un elemento que es de principal importancia en la enseñanza es el educador, el cual requiere una comprensión clara de lo que hace, ya que su misión es la de orientar al educando mediante una forma de transmitir el saber que permita al estudiante poner en práctica todo lo que aprende.
• El desarrollo de la educación es importante porque promueve el bienestar y reduce las desigualdades sociales, permitiendo a las personas una oportunidad para alcanzar una vida libre y digna, como nos dice Epicteto “Solo las personas que han recibido educación son libres”.
• La mejora de la educación comienza en el tiempo colonial, donde el conquistador español instituyó una educación en dos direcciones: una elitista, destinada a preparar a los administradores de las posesiones de la colonia; y, otra, orientada a la cristianización de los indios. Los programas de enseñanza para esa época estaban impuestos, eran una copia de los esquemas europeos de carácter enciclopedista y libresco, bajo el signo de la religión cristiana. Esto era aplicado en los hogares de clase alta de españoles, criollos y mestizos, en las universidades, escuelas catequistas y escuelas de artes y oficios.
• Los pedagogos de las instituciones educativas de la colonia sostenían que el proceso enseñanza-aprendizaje debía ser el instrumento para sostener a la corona y el medio que la iglesia debía emplear “para servirle mejor a Dios”; esto era una tendencia alienante y autoritaria.
• Los padres franciscanos aportaron mucho a la educación de este periodo, entre las principales contribuciones a la educación tenemos que fueron los creadores de la primera escuela en Quito, en 1553 llamada San Andrés; también fomentaron la educación superior, fundando en esta ciudad la primera Universidad llamada San Fulgencio en 1596.
• La presencia de los jesuitas en el Ecuador, fue muy apreciada, ellos llegaron en 1568 a las colonias españolas en América. Sobresalieron indudablemente en el campo educativo, para este tiempo la educación era tarea exclusiva de la Iglesia, y los jesuitas supieron ganarse un lugar de privilegio y consideración. Fundaron en Quito el Colegio de San Luis en 1568, fue la primera institución de esta rama creada en esta ciudad, y la Universidad de San Gregorio en el año 1622, destinados a la formación de los criollos.
Los jesuitas se extendieron por los dominios de la corona española y trabajaron para que estos
progresen. En 1755 la imprenta llegó a la Real Audiencia, ubicándosela en Ambato, donde los
jesuitas tuvieron autoridad sobre ella; lo que dio inicio a divulgar los textos que en ese periodo se utilizaron. La expulsión de estos padres en 1767
provocó, en nuestro territorio, un desajuste en la educación de los criollos.
El 24 de Mayo de 1822 quedó el Ecuador independiente del dominio español e integrado a la Gran Colombia. El 27 de Junio el claustro Universitario reconoció el cambio de
Gobierno y acuerda borrar las armas españolas y sustituirlas por las de la República. El Intendente General de este periodo, el 18 de Julio de 1822 expresó, que era necesario ver el plan de estudios que seguían tanto la
Universidad como los Colegios y las Constituciones que los regían, con el fin de que todos los ramos de literatura se
establezcan, bajo un pie tan brillante que satisfaga los deseos del Gobierno y las esperanzas que debe prometerse
este país de su prosperidad y esplendor.
En los ocho años en que el Ecuador formó parte de la Gran Colombia, la Universidad hubo de
reconocer la legislación dictada en el año 1826 en el Congreso de Cundinamarca. Entonces ordenó
en el Capítulo séptimo, artículo 23: “En las capitales de los Departamentos de Cundinamarca,
Venezuela y Ecuador se establecerán Universidades Centrales que abracen con más
extensión la enseñanza de Ciencia y Artes”.
El Libertador Presidente de la Gran Colombia, Simón Bolívar dictó un Decreto el 12 de Diciembre de 1829, en el que se contemplaba la
administración de las Universidades, lo que dió fuerza a la instrucción pública, acorde con la religión católica que tenía el pueblo ecuatoriano.
En 1830, cuando el Ecuador se organiza como República soberana e independiente, las Constituciones han consagrado la obligación de
“promover” y “fomentar” la educación pública.
Es necesario citar algunas prescripciones constitucionales que ratifican el carácter nacional, conforme al espíritu de la sociedad en las distintas
etapas de la historia republicana que se analizaran a continuación:
PRESCRIPCIONES CONSTITUCIONALES QUE RATIFICAN EL CARÁCTER NACIONAL
Promover y fomentar la instrucción pública.Expedir planes generales de enseñanza para todo establecimiento de
instrucción pública.Dictar leyes generales de enseñanza para todo establecimiento de
instrucción pública.Libertad de fundar establecimientos de enseñanza privada.
La enseñanza primaria de carácter oficial es gratuita y obligatoria; y las artes y oficios deben ser costeadas por los fondos públicos.
La enseñanza es libre, sin más restricciones que las señaladas en las leyes.La educación oficial es laica.
La educación constituye una función del Estado.La educación pública debe tener unidad y cohesión en su proceso
integral.La ley asegura la estabilidad de los trabajadores de la enseñanza.
Fuente: Sistema Educativo Nacional del Ecuador.
Durante la primera Presidencia del General Flores, la Universidad Central siguió su marcha, sin cambiar de trayectoria. En este periodo presidencial se crearon
nuevas cátedras, que surgieron con el motivo de mejorar la educación del país.
Al General Flores sucedió Don Vicente Rocafuerte. El nuevo Presidente fue el primero que tuvo un concepto
cabal de la necesidad de la instrucción para un gobierno democrático. En su mensaje a la Constituyente de 1835 echó de menos la instrucción en la masa del pueblo y
atribuyó a la ignorancia la falta de moral cívica y la tendencia a las revoluciones, tratando de enfatizar que la
instrucción pública entra en los deberes esenciales del Gobierno; porque en el momento que el pueblo conoce
sus derechos, no hay otro modo de gobernarlo, sino el de cultivar su inteligencia y de instruirlo en el cumplimiento
de sus deberes.
Además que la instrucción de las masas afianza la libertad y destruye la esclavitud. Todo gobierno representativo
que saca su origen de la elección debe establecer un extenso sistema de educación nacional, gradual e
industrial, que arroje luz sobre la oscuridad de las masas.
Este planteamiento claro del problema educacional mereció la confianza plena de la Asamblea, la cual
mediante decreto sancionado el 25 de Agosto de 1835, autorizó al Gobierno la organización total de los estudios.
Rocafuerte, dictó el 20 de Febrero de 1836, el decreto orgánico de enseñanza pública, que establece la Dirección
General de Estudios y las Subdirecciones e Inspectoríasde Instrucción: el primero como organismo regulador y los segundos como instancias encargadas de cumplir y
hacer cumplir las regulaciones.
La instrucción pública se da en establecimientos fiscales y de órdenes religiosos, denominados escuelas primarias,
escuelas secundarias y universidades.
En el último año de su mandato inauguró la Escuela Militar y el Instituto Agrario, los que tenían por objeto
brindar la especialización adecuada en las ramas militar y la ciencia del cultivo.
En el vasto plan de la educación, Rocafuerte tuvo en cuenta también a la mujer; por lo que realizó con la
autoridad eclesiástica un Instituto de Educación Femenina, donde se proporcionó educación a las
señoritas de sociedad, y a las pocas huérfanas, hijas de los mártires de la independencia.
El aspecto educacional comenzó a preocupar al Gobierno como una de las finalidades de la administración política.
Se establecen escuelas de enseñanza gratuita como iniciativa de los municipios. El método pedagógico que se
adoptase en este tiempo era el Sistema Lancasteriano, cuya creación estuvo a cargo del inglés Joseph Lancaster. Este método promovía la educación mutua, en el cual el alumno más provechoso enseñaba a sus compañeros,
bajo el cuidado de un inspector.
El Ministro Mata en su informe del 19 de Septiembre de 1857, en el anhelo de mejorar la instrucción, opina: ”no hay otro medio que hacer de la pedagogía una profesión
honrosa y lucrativa, estableciendo en cada una de las capitales de distrito una escuela normal de profesores”, esto dio inicio a la creación de establecimientos en los
cuales se prepararían a los maestros.
Artículos Que Tratan El Tema De la Educación En Las Diferentes
Constituciones Políticas Del Ecuador
Año Articulo Año Articulo
1878
Art. 17: da la libertad de fundar establecimientos de
enseñanza privada. La enseñanza primaria obligatoria, y la de las artes y oficios, deben ser costeadas por
fondos públicos.1945
Art. 143: la educación oficial es laica y gratuita en
todos sus grados. Ni el estado puede subvencionar otra educación de esta; pero los servicios serán
suministrados, sin diferencia alguna, a todos los alumnos que lo necesiten.
1884
Art. 34 Cualquiera puede fundar establecimientos de
Enseñanza, sujetándose a las leyes de Instrucción Pública.
La enseñanza primaria es gratuita y obligatoria, sin prejuicio del derecho de los padres para darla tuvieren
a bien. dicha enseñanza y la de artes y oficios serán costeadas de los fondos públicos
1946
Art. 171:La educación de los hijos es deber y derecho
primarios de los padres o de quienes los representen. El Estado vigilará
el cumplimiento de ese deber y facilitará el ejercicio de este derecho.
Art 172: Las Universidades, tanto oficiales como particulares, son
Autónomas. Para la efectividad de esta autonomía en las
Universidades oficiales, la Ley Propenderá a la creación del patrimonio universitario.
1897
Art. 36: La enseñanza es libre; en consecuencia,
cualquiera puede fundar establecimientos de educación e instrucción,
sujetándose a las leyes respectivas.
1967
Art. 37: Los extranjeros serán admitidos en el
Ecuador y gozarán de las garantías constitucionales en tanto que respeten la
Constitución y las leyes de la República. Exceptuase la inmigración de
comunidades religiosas; y ningún eclesiástico que no fuere ecuatoriano de nacimiento,
podrá ejercer prelacía ni servir beneficio en la Iglesia ecuatoriana, ni
administrar los bienes de los Institutos monásticos existentes en la República.
1906
Art. 16: La enseñanza es libre, sin más restricciones
que las señaladas en las leyes respectivas; pero la enseñanza oficial y la
costeada por las Municipalidades, son esencialmente seglares y laicas. Ni
el Estado ni las Municipalidades subvencionarán ni auxiliarán, en forma
alguna, otras enseñanzas que no fueren la oficial y la municipal.
1979
Art. 27: La educación es deber primordial del Estado.
La educación oficial es laica y gratuita en todos sus niveles.
Se garantiza la educación particular. Se reconoce a los padres el derecho de dar a sus hijos la educación
que a bien Tuvieren.
1929
Art. 151: 21. La libertad de educación, de enseñanza; y
la de propaganda. La enseñanza es libre, sin más restricciones que las
señaladas en las leyes; pero la enseñanza oficial y la costeada por las
Municipalidades son esencialmente seglares y laicas.
La enseñanza primaria y la de artes y oficios, de carácter oficial, son
gratuitas y, en consecuencia, no se podrá cobrar derecho alguno ni
aun a título de matrículas. Además, la primera es obligatoria., sin
perjuicio del derecho de los padres para dar a sus hijos la enseñanza
que a bien tuvieren.
1998
Art. 67: La educación pública será laica en todos sus
niveles; obligatoria hasta el nivel básico, y gratuita hasta el bachillerato o
su equivalente. En los establecimientos públicos se proporcionarán, sin
costo, servicios de carácter social a quienes los necesiten. Los estudiantes en
situación de extrema pobreza recibirán subsidios específicos.
El estado garantizara la igualdad de oportunidad de acceso a la educación superior. Ninguna persona podrá ser privada de acceder a
ella por razones económicas; para el efecto, las entidadesde educación superior establecerán programas de crédito y becas”
(Art. 77).
Esta serie de dilemas jurídicos forman parte del espíritu lenitivo de una Constitución que, tras su apariencia conciliadora, anulo uno de
los aspectos que hacen a la dimensión pública de la educación superior.
Finalmente, tales disposiciones vendrán acompañadas por una serie de reformas respecto a la composición del campo que resulta
significativo señalar. Así, el Art 74 indica que “la educación superior estará conformada por universidades, escuelas politécnicas e institutos superiores técnicos y tecnológicos. Será planificada,
regulada y coordinada por el consejo nacional de educación superior [CONESUP], cuya integración, atribuciones y obligaciones constarán
en la ley”.
Esto supone incorporar por primera vez a los institutos superiores técnicos y tecnológicos en la educación
superiorPero, como veremos, esta inclusión asumirá un carácter
ambiguo.Por un lado, porque si bien se fijan las funciones de las universidades nada se dice de los institutos. Por el otro,
porque a través de una disposición transitoria se estableció que constituya el CONESUP tales institutos
dependerían del Ministerio de Educación.
Lo que sucedió fue que esta situación transicional se extendió y los institutos terminaron funcionando bajo
una bicefalia: académicamente se ubicaron bajo el CONESUP pero administrativa y presupuestariamente siguieron funcionado bajo la órbita del Ministerio de
Educación.
Esto último generara importantes problemas a la hora de establecer de manera coherente la pertenencia de
los institutos al sistema de educación superior, la especificidad de su oferta educativa dentro de la
modalidad técnica y tecnológica superior y la integración y articulación con los niveles menores del
sistema educativo nacional.
La constitución de 1998 también crea un sistema “sistema autónomo de evaluación y acreditación”. Este sistema de acuerdo al Art. 70 funcionaría de
manera independiente y en cooperación y coordinación con el CONESUP pero en los hechos
terminó subordinado a éste.
Por último, la Carta Política dedica toda una secciona la temática de la ciencia y la tecnología (Sección novena). Por primera vez se Incorpora un artículo sobre el papel
del Estado en el desarrollo de la ciencia, se le da un peso preponderante a las universidades, escuelas politécnicas,
centros de investigación e institutos en el campo de la investigación científica y tecnológica y aparece una articulación entre éstas instituciones y los sectores
productivos.
Pero a diferencia de anteriores Constituciones, no se dará en el marco de
las necesidades de desarrollo del país. No es un dato menor la desaparición en
el texto constitucional del Consejo Nacional de Desarrollo.
La ley de educación superior exigirá al máximo a las universidades del país, tanto en la infraestructura como en lo
académico.Para muchos esta ley tiene algunas falencias, tal vez si las tenga pero recordemos que la misma ayudara a que nuestros jóvenes
y las futuras generaciones tengan una educación de la más alta calidad.
Las universidades deberán contar con docentes de cuarto nivel en cada una de sus aéreas para que la enseñanza sea la mejor,
no estamos diciendo que los actuales docentes no están capacitados para enseñar a los estudiantes sino que así como se
va a exigir mas a los estudiantes de la misma manera los profesores deben capacitarse mas y mas para que estén acorde
a las exigencias de esta nueva ley.
El gobierno nacional busca con esta ley que los estudiantes egresados no salgan siendo ingenieros,
arquitectos u otra especialidad para trabajar de taxistas o cobradores en los buses, sino que salgan a aportar con sus conocimientos a la sociedad y ayudar a mejorarla así como también a mejorar nuestro país.
Además de que ahora si habrá un estricto control en las carreras que se ofertan al estudiantado ya que en
la actualidad existen universidades que crean carreras sin saber para que mismo o en que ámbito se van a desempeñar los profesionales que de ellas surgan.
Una cosa que es muy importante recalcar es que aquellas universidades que en su momento fueron
calificadas con categoría E con la nueva ley no serán eliminadas, todo lo contrario se les entregaran nuevos estándares de calidad los cuales deberán cumplir para
seguir el mismo rumbo que las demás ahora han tomado.
Elaboramos la nueva normativa del sistema de educación superior en el país
Nuevos
reglamentos para
la implementación
de la LOES
Reglamento de
Creación, Intervención
y Suspensión de
Universidades y Escuelas
Politécnicas
Reglamento de
Carrera y Escalafón
del Profesor e
Investigador del Sistema
de
Educación Superior
Reglamento de
Creación, Intervención
y Suspensión de
Universidades y Escuelas
Politécnicas
Reglamento de
presentación y
aprobación de Proyectos
de Carreras y Programas de
Grado y Postgrado de las
Universidades y Escuelas
Politécnicas
Gasto Público
• En comparación con países de economías similares, Ecuador es el que mas invierte en educación superior (UNESCO 2010)
Nueva fórmula de distribución de recursos para las universidades que premia la excelencia.
CRITERIOS DE FORMULA
INCREMENTO DE LA CALIDAD
EFICIENCIAADMINISTRATIVA
INVESTIGACIONEFICIENCIA
ACADEMICA
Antes de la formula: ASIGNACION PROMEDIO POR ESTUDIANTE SEGUN LA CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD
Después de la formula: ASIGNACION PROMEDIO POR ESTUDIANTE SEGÚN CALIDAD DE LA UNIVERSIDAD
Incremento del mínimo salarial de los docentes de las instituciones de educación superior
CATEGORIA MIN. MIN. INCREMENTO
PRINCIPAL $1280 $2967 231%
AGREGADO $611 $2034 332%
CATEGORIA $481 $1676 343%
Con el nuevo reglamento de carrera y escalafón del profesor e investigador del sistema de educación superior, al establecer un mínimo salarial se valoriza el trabajo de los docentes en las IES
La educación superior es un “bien público social” y un derecho de todas y todos los ecuatorianos que se rige por criterios de calidad, excelencia, pertinencia y equidad.
La tasa de no matricula en educación superior por motivos económicos a disminuido en un 18% desde el 2007 hasta la actualidad.
la tasa neta de asistencia de la población entre 18 y 24 años a una IES en el 2012 aumentó diez puntos porcentuales respecto al 2006 y la tasa bruta aumento doce puntos en el mismo período.
Desde el primer proceso piloto del examen nacional de educacion superior en febrero del 2012, ah aumentado significativamente el numero de postulantes provenientes de familias que reciben el bono de desarrollo humano.
ANTES
Del total de postulantes que aprobaron el ENES, un 13% proviene de familias que reciben el bono de desarrollo humano (BDH) DESPUES
los postulantes BDH tendrá una beca equivalente a ½ remuneración básica unificada por el periodo de nivelación y 1 remuneración básica unificada a partir del primer año de su carrera
43% de las personas que aprobaron la nivelación especial GAR están estudiando en elexterior. Tasa de éxito elevada para universidades de excelencia.
La beca esta direccionada a aquellas personas registradas como aspirantes para ingresar a una
Institución de Educación Superior (IES) que después de haber rendido la Evaluación Nacional para la
Educación Superior (ENES) promovida por el Sistema Nacional de Nivelación y Admisión (SNNA) se ubiquen
dentro de los mejores puntuados y pasen a formar parte del Grupo de Alto Rendimiento (GAR).
Las Bases del Programa es el documento legal en el cual se especifica: el objeto, características, modalidades y condiciones de la beca, es
indispensable leerlas detenidamente para que tengas conocimiento de los derechos, obligaciones y el proceso administrativo en el que se encuentre
inmerso el componente de beca.
A continuación, podrás encontrar las Bases del Programa vigentes para el componente de becas
Grupo de Alto Rendimiento (GAR):
• Sean entregado más de 50 becas que los últimos siete gobiernos.
•
• Inversión ComprometidaAcumulada 2007 – 2013
• Millones De Dólares
Plan De ContingenciaSalvamento social y académico
El Consejo de Educación Superior (CES) implementó el Plan de Contingencia, quegarantiza la continuidad y la calidad de estudios par los estudiantes de las 14universidades que fueron suspendidas definitivamente.
Invertimos USD 60 millones para garantizar la continuidad de 37.080 estudiantesen el sistema de educación superior
INCRIPCION EN EL PLANMATRICULA IES TASA DE CONTINUIDAD
TOTAL
42.317 37.080 87%
9 de cada 10 estudiantesmatriculados en el Plan deContingencia, actualmenteestán estudiando en unaIES
CONTINUIDAD
La Ciudad del Conocimiento Yachay cuenta con un Plan Maestro elaborado por la firma Coreana IFEZ (Incheon Free Economic Zone), la misma que entregó
la totalidad de los estudios en el mes de noviembre de 2013. El Plan Maestro define los lineamientos fundamentales para la construcción de una ciudad
planificada, diseñada para brindar comodidad al ser humano, en armonía con la naturaleza y con espacios adecuados para la generación de conocimiento.
El Plan Maestro tuvo un proceso de validación realizado con el apoyo de treinta expertos internacionales del área de urbanismo, pertenecientes a
diversas instituciones como Harvard, Yale, Cambridge, UCL, entre otras. Los aportes de dichos especialistas se efectuaron durante el evento “Think Tank:
Yachay: Ciudad del Conocimiento, estrategias futuras para el desarrollo”, realizado en el mes de agosto de 2013 y cuya continuidad se efectuó en enero de 2014. Durante estos eventos se abordaron temáticas de análisis estratégico
como: ecología urbana, manejo de suelos, movilidad y forma urbana e integración cívica.
Desde la perspectiva del nuevo urbanismo, en la Ciudad del Conocimiento Yachay, se plantea la unidad vecinal a través de la integración de las funciones propias urbanas
(vivienda – empleo – comercio – servicios), con el propósito de estimular las relaciones humanas y el
desarrollo comunitario a través de la revalorización de los espacios públicos como lugares de encuentro.
Además, se prioriza las actividades del peatón sobre el automóvil. El habitante de Yachay no está condicionado a recorrer largas distancias para llegar a su lugar de destino ya que, la planificación urbana impulsa el uso mixto del suelo, es decir, ‘tener todo cerca’. Esta iniciativa busca
consolidar una ciudad del Buen Vivir: solidaria, caminable, interactiva, incluyente, sustentable, viva y
democrática.
• La construcción de la Ciudad del Conocimiento “Yachay” promueve el trabajo en equipo, mediante un Pacto Nacional que integra voluntades públicas, privadas y académicas, transparencia y esfuerzo mancomunado para lograr el Buen Vivir. Conozca los Proyectos que se llevan a cabo por parte de la Empresa Pública Yachay EP, creada el 13 de marzo del año 2013, para gestionar la construcción y el desarrollo de la primera ciudad planificada de Ecuador.