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Escuela “Andrés Alcázar” 1
EscuEla “andrés alcázar”
Laja
Laja, 2018
Escuela “Andrés Alcázar” 2
TITULO 1
1. CONSIDERACIONES GENERALES:
A. La Escuela, como organización social tiene la intencionalidad de ser una escuela que eduque
con calidad a niños y niñas en lo académico, social, cultural, físico, ético y moral.
B. Posicionarnos como una escuela responsable por el niño o niña que educamos, reconocida por
la comunidad por ofrecer a sus estudiantes educación de calidad.
C. Formar personas con valores de amor y respeto por su familia, su entorno y su patria.
2. NORMATIVA LEGAL VIGENTE
A. Las Bases Curriculares son el documento principal del Curriculum Nacional. De acuerdo
a la Ley General de Educación (LGE) de 2009, fijan Objetivos de Aprendizaje que todos
los alumnos deben lograr.
B. Los Programas de Estudios ayudan al profesor en su labor pedagógica. Presentan una
organización temporal de los Objetivos de Aprendizaje (OA) en cuatro unidades. Contienen
la visión global del año, orientaciones didácticas, páginas resumen con los conceptos
básicos de cada unidad, indicadores de evaluación para cada uno de los aprendizajes,
ejemplos de actividades de evaluación, entre otros.
C. Los Planes de Estudios establecen la carga horaria en horas anuales pedagógicas. Queda a
libre elección de los Establecimientos la distribución semanal del total de horas anuales que
este plan constituye, según sus prioridades y Proyecto Educativo.
D. Los siguientes Decretos aprueban los Planes y Programas de Estudios:
PREBASICA DECRETO 289 - 2001
1º a 6º año DECRETO N° 2960/2012
7º a 8º año DECRETO N° 1363/2011
Integración DECRETO N° 170/ 2009
E. El Decreto 511 del 25 de mayo de 1997 aprueba las disposiciones sobre evaluación,
calificación y promoción escolar de niños y niñas de Enseñanza Básica, desde 1° a 8° año.
TITULO 2
DISPOSICIONES GENERALES:
ARTICULO 1:
Las disposiciones del presente Reglamento se aplicarán en la Escuela “Andrés Alcázar” de
Laja con funcionamiento de Régimen SEMESTRAL.
Para los efectos de evaluación y promoción de los estudiantes se considerarán los Planes de
Estudio emanados del Ministerio de Educación, vigentes para cada nivel de Enseñanza, que a
continuación se presentan:
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PLAN DE ESTUDIOS: 1° A 8° BÁSICO
Establecimientos Con JEC Asignatura Horas Anuales
1° a 4° Básico
Horas Anuales
5° y 6° Básico
Horas semanales
7° y 8° año
Lenguaje y Comunicación 304 228 6
Inglés - 114 3
Matemática 228 228 6
Historia, Geografía y Ciencias Sociales 114 152 4
Ciencias Naturales 114 152 4
Artes Visuales 76 57 -
Música 76 57 -
Educación Física y Salud 152 76 2
Orientación 19 38 1
Tecnología 38 38 1
Religión 76 76 2
Libre disposición 247 228 6
Educación Artística - - 3
Total tiempo escolar 1444 1444 38
Las horas de Libre disposición se distribuirán según las necesidades del Establecimiento, quedando
como sigue:
1º y 4º Año Básico
ASIGNATURAS HORAS SEMANALES
Lenguaje y Comunicación 8
Matemática (Se le agregó 1 hora) 7
Inglés (Se le agregó 3 horas) 3
Historia, Geografía y Ciencias Sociales 3
Ciencias Naturales 3
Artes Visuales 2
Música 2
Educación Física y Salud 4
Orientación (Se le agregó 1/2 hora) 1
Tecnología 1
Religión 2
Talleres (Ajedrez, Danzas) 2
Total Tiempo Escolar.
38
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5º y 8º Año Básico
ASIGNATURAS HORAS SEMANALES
Lenguaje y Comunicación (Se le agregó 1 hora) 7
Matemática (Se le agregó 1 hora) 7
Inglés 3
Historia, Geografía y Ciencias Sociales (Se le agregó 1 hora) 5
Ciencias Naturales 4
Artes Visuales (Se le agregó 1/2 hora) 2
Música (Se le agregó 1/2 hora) 2
Educación Física y Salud 2
Orientación 1
Tecnología 1
Religión 2
Talleres de Libre elección: (2 horas)
Orientados a fortalecer los aprendizajes a través de las
Actividades artístico Culturales, Científicas, Informáticas y
Deportes
2
Total Tiempo Escolar. 38
ARTICULO 2:
El presente artículo del Decreto 511/97, permite establecer un Reglamento de Evaluación
en cada Escuela, a propuesta del Consejo de Profesores, el cual será comunicado oportunamente a
todos los alumnos y apoderados a más tardar en el momento de la matrícula y una copia de este
Reglamento será enviado a la Agencia de Calidad de la Educación.
ARTICULO 3:
Para los efectos de programar, coordinar, desarrollar y retroalimentar los procesos
evaluativos, los profesores de la Escuela deberán integrarse a las reuniones técnicas, que se
realizarán:
1. Al inicio del año escolar, en periodo de planificación y organización.
2. Al término de cada semestre, para analizar y tomar acciones remediales en lo que se
refiere a rendimiento y desarrollo personal y social de los estudiantes.
3. Al término del año lectivo, como análisis del periodo de finalización.
4. Reuniones por departamentos de asignaturas y niveles al menos una vez al mes
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TITULO 3
DE LAS CALIFICACIONES Y EVALUACIONES
ARTICULO 4:
Los alumnos(as) de 1° a 8° año serán evaluados en todas las Asignaturas del Plan de
Estudios y para ello se utilizará un calendario de evaluaciones, en el cual el Profesor registrará las
fechas de las pruebas de acuerdo a su planificación semestral, con el fin de evitar que los alumnos
sean sometidos a más de una evaluación en un mismo día. (se exceptúan las evaluaciones
prácticas)
Los alumnos deberán tener conocimiento anticipadamente sobre los contenidos y fechas de
las evaluaciones que se le aplicarán.
En el caso de que un estudiante desde Prebásica a 8° año falte a una prueba disertación o
trabajo práctico, este debe presentar certificado médico o justificación acreditable en UTP, donde
se le entregará un pase para que pueda rendir su evaluación inmediatamente a la clase siguiente. Si
el o la alumna se ausenta con licencia médica por periodo prolongado, la evaluación se la
reprogramará el o la profesora de asignatura, a lo menos con dos días de anticipación.
En caso de que un alumno(a) no asista el día de una evaluación o sea retirado por su
apoderado y no presente certificado médico, ni justificación acreditable, deberá rendir la
evaluación a la clase siguiente, obteniendo como nota máxima un 6.0 o la evaluación tendrá
mayor un grado de exigencia
Los alumnos del nivel Parvulario serán evaluados en cada ámbito con los siguientes
conceptos:
Concepto Simbología
Logrado L
Medianamente logrado M/L
Por lograr P/L
Los alumnos obtendrán los siguientes tipos de calificaciones:
a. Notas Parciales : Corresponderá a las calificaciones que el alumno obtenga durante
cada semestre en las distintas Asignaturas
b. Promedios Semestrales : Corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones
asignadas durante el semestre en cada Asignatura
c. Promedios Finales : Corresponderán al promedio aritmético de las calificaciones
semestrales obtenidas por los alumnos de 1º a 8º año en cada Asignatura.
No obstante, en casos de notas limítrofes que incidan en la promoción de un alumno, se
considerará nota final, la obtenida en la prueba especial.( Artículo 14)
Las calificaciones que los alumnos y alumnas obtengan en cada una de las
asignaturas, se registrarán en una escala numérica de 2.0 a 7.0 hasta con un decimal.
La calificación mínima de aprobación será 4.0 (cuatro, cero) y el nivel de exigencia
será de un 60%
d. En el nivel Prebásico se evaluará cualitativamente el logro de los Objetivos de
Aprendizaje: parcial, semestral y anualmente
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ARTICULO 5:
a) Las calificaciones semestrales y finales serán calculadas con dos decimales. Si la
centésima es 5 o más, se aproximará a la décima inmediatamente superior.
b) Para efectos de premiación interna se calculará hasta con 4 decimales
c) Se asociará a las calificaciones, categorías, según niveles de logro asociados a los
Estándares de Aprendizajes, lo que permitirá tener una visión mas clara del rendimiento de cada
curso.
d) Las categorías asociadas a las calificaciones obtenidas por los alumnos y alumnas
será como sigue:
e) Las calificaciones semestrales de los alumnos(as) de Prebásica corresponderán al
promedio de los conceptos logrados por los estudiantes en los diferentes ámbitos
f) Los alumnos y alumnas que ingresen al Establecimiento después del inicio del año
escolar y que lleguen con notas parciales de régimen trimestral, deberán acogerse al
Régimen Semestral del Establecimiento.
g) Los talleres JEC se calificarán con nota de 2.0 a 7.0, no tendrán incidencia en la
promoción de los alumnos, no aparecerán en las actas y el promedio semestral y final
aparecerá en los Informes de Rendimiento semestral traducidos a conceptos según la
siguiente tabla:
NOTA CONCEPTO
2.0 a 3.9 Insuficiente
4.0 a 4.9 Suficiente
5.0 a 5.9 Bueno
6.0 a 7.0 Muy Bueno
h) A los alumnos extranjeros que ingresen al Establecimiento se les aplicará el siguiente
procedimiento:
▪ Se le solicitará matricula provisoria a la Agencia de Calidad de la
Educación
▪ Con el número de providencia emanado de esta Institución se solicitará
autorización para validar sus estudios, aplicándole pruebas en las
asignaturas que la Agencia determine, con la medición de habilidades
hasta el año anterior que curse el alumno(a)
▪ Las notas obtenidas por los alumnos se enviarán en una Acta especial en
triplicado y un certificado de Validación de Estudios a la Agencia de
Calidad de la Educación
▪ Este certificado será válido para el curso anterior al que se encuentre
cursando el alumno(a)
Nota Categoría
2.0 a 3.9 Insuficiente
4.0 a 5.5 Elemental
5.6 a 7.0 Adecuado
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ARTICULO 6:
A. El mínimo de calificaciones en cada semestre, en las distintas Asignaturas,
dependerá del Plan de Estudios de cada uno de ellas, como a continuación se
detalla:
Sólo se colocarán notas de coeficiente uno
Ninguna Asignatura podrá excederse de 8 calificaciones por semestre.
B. La Asignatura de Religión tiene carácter optativo para los alumnos, pudiendo
elegir entre Religión Católica, Religión Evangélica o no optar, siendo el
Apoderado quien haga esta elección al momento de la matrícula, quedando su
firma como evidencia.
La calificación de esta Asignatura no tendrá incidencia en la promoción de los alumnos y
se calificará en forma numérica, el promedio semestral y final se traducirá a conceptos según la
siguiente tabla:
NOTA CONCEPTO
2.0 a 3.9 Insuficiente
4.0 a 4.9 Suficiente
5.0 a 5.9 Bueno
6.0 a 7.0 Muy Bueno
Los alumnos que no optan por ningún tipo de religión deben permanecer en
el CRA del Establecimiento en el horario correspondiente.
ARTICULO 7:
El logro de Objetivos de Aprendizajes Transversales en los alumnos de 1° a 8° año, se
registrarán en un Informe de Desarrollo Personal, el que se entregará a los apoderados al término
de cada semestre: Anexo 1, página 12
El Establecimiento mantendrá informados a los Padres y Apoderados del rendimiento de
sus hijos, a través de :
- Informes de calificaciones parciales en cada semestre, el 30 de mayo y 30 de septiembre
respectivamente y al término de cada semestre de 1° a 8° año
- Informe al hogar de rendimiento semestral de los alumnos del Nivel Parvulario.
Nº de horas por
asignatura
Mínimo de
Calificaciones
De 6 a 8 horas 6
De 4 a 5 horas 5
De 1 a 3 horas 4
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ARTICULO 8:
Durante el transcurso del año escolar, el profesor evaluará el logro de aprendizajes de los
alumnos y alumnas mediante los siguientes tipos de Evaluación:
a. Evaluación Diagnóstica: Tendrá como objetivo determinar la presencia o ausencia de
habilidades, conocimientos, destrezas o conductas previas requeridas para el inicio de un
determinado aprendizaje.
Esta evaluación se realizará en todas las Asignaturas al iniciar cada unidad de aprendizaje,
no será calificada y el primer diagnóstico del año se registrará en el libro de clases,
registrando los conceptos: L o NL según si el objetivo es Logrado o No logrado, los
objetivos evaluados y el % de logro de los mismos, a más tardar el 30 de marzo de cada año
b. Evaluación Formativa: Tendrá como objetivo determinar el dominio de los Objetivos de
Aprendizajes de una Unidad. Permitirá retroalimentar el proceso de aprendizaje de los
alumnos de manera permanente.
Esta evaluación no se calificará, sin embargo servirá de antecedente para que el Docente
tome decisiones respecto a la implementación de estrategias de apoyo para alumnos con
deficiencias en el logro de sus Aprendizajes
c. Evaluación Sumativa: Su objetivo será determinar el grado de logro de los Objetivos de
Aprendizajes de una Unidad y proporcionar antecedentes para la asignación de
calificaciones a los alumnos
Se aplicarán según calendario de evaluaciones establecido y dado a conocer a los alumnos,
padres y apoderados
Se consignarán en el libro de clases con valor numérico de 2.0 a 7.0, especificando la
unidad evaluada u objetivos de aprendizaje evaluados
Estas calificaciones deberán estar puestas en el libro de clases en un plazo no mayor a 15
días desde la fecha en que se aplicó la evaluación
El profesor debe informar previamente a los alumnos(as), las pautas o criterios y/o aspectos
que serán considerados en la evaluación
En caso de que un porcentaje significativo de alumnos de un curso (30%) no logre los
objetivos planteados en una evaluación, esta se considerará formativa, se reforzarán los
contenidos tratados y se aplicará una nueva evaluación.
Las asignaturas que evalúen con trabajos prácticos, deberán presentar a los alumnos y a
UTP los instrumentos evaluativos a utilizar, previo a la evaluación
d. Autoevaluación : Permitirá a los alumnos(as) regular continuamente su propio
aprendizaje y verificar formativamente sus vacíos, errores, dificultades y progresos
encontrados en el camino que deben recorrer para lograr los aprendizajes esperados, esta
nota será considerada como parte de una evaluación sumativa con un % determinado por el
docente, el cual no debe ser superior 30%
e. Coevaluación : Se utilizará en el trabajo cooperativo con el propósito de fortalecer
el compromiso de los estudiantes en la construcción de sus propios aprendizajes, esta nota
será considerada como parte de una evaluación sumativa con un % determinado por el
docente, el cual no debe ser superior 30%
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ARTICULO 9:
La Unidad Técnico Pedagógica evaluará semestralmente las metas propuestas por los
docentes al inicio del año y la cobertura curricular en las asignaturas de Lenguaje y Matemáticas
desde Prekinder a 8º año. Los resultados serán conocidos al término de cada semestre en el
Consejo de Evaluación y socializados con los Docentes que impartan estas asignaturas en cada
nivel.
Los docentes deberán considerar acciones remediales para mejorar los ejes de menos logros
ARTICULO 10:
A. Durante el desarrollo de las actividades lectivas el Profesor para Evaluar el proceso
de Enseñanza Aprendizaje utilizará:
1. Procedimientos evaluativos:
Pruebas, investigaciones, disertaciones, informes, guías, producción de textos,
portafolios, interrogaciones orales, experimentos, innovaciones, trabajos prácticos,
creaciones libres, entre otros
2. Instrumentos Evaluativos:
Lista de Cotejo, Escala de Apreciación numérica, Escala de Apreciación descriptiva,
Pauta de Evaluación, Pauta de Corrección o Rúbrica
3. Evaluación diferenciada cuando corresponda : Anexo Nº 2, Página 13
DE LA PROMOCION
ARTICULO 11:
Serán promovidos todos los alumnos de 1º a 2º y de 3º a 4º que hayan asistido a lo
menos el 85% de las clases considerándose que se dispone de dos años completos para el
cumplimiento de los Objetivos de Aprendizaje, correspondientes a estos niveles.
No obstante, el Director del Establecimiento en conjunto con el Profesor Jefe podrán
autorizar la promoción de los alumnos con porcentajes menores de asistencia, fundados en
razones de salud u otras causas debidamente justificadas.
ARTICULO 12:
Para la promoción de los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 8º año, se considerarán
conjuntamente el logro de los Objetivos de Aprendizaje de las Asignaturas del Plan de Estudio
y la Asistencia a clases.
1. RESPECTO AL LOGRO DE LOS OBJETIVOS:
Serán promovidos:
a. Los alumnos que hubieran aprobado todas las Asignaturas del Plan de Estudio.
b. Serán promovidos los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 8º año , que no hubieren
aprobado una Asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a
un promedio de 4,5 o superior, incluida la Asignatura reprobada.
c. Igualmente serán promovidos los alumnos de 2º a 3º año y de 4º hasta 8º, que
no hubieren aprobado dos Asignaturas de aprendizaje, siempre que su nivel
general de logro corresponda a un promedio 5,0 (cinco coma cero) incluidas las
Asignaturas reprobadas.
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2. RESPECTO A LA ASISTENCIA:
Para ser promovidos los alumnos deberán asistir a lo menos al 85% de las clases
establecidas en el Calendario Escolar Anual.
No obstante, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas con documentos
entregados oportunamente (en un plazo máximo de 72 horas) por el apoderado y profesor jefe, el
Director podrá autorizar la promoción a los alumnos de 2º a 3º y de 4º a 5º con porcentajes
menores de asistencia. En el segundo ciclo básico (5º a 8ª año) esta autorización debe ser
refrendada por el Consejo de Profesores.
3. LOS ALUMNOS DE 2º Y 4º AÑO que no cumplan con los requisitos de promoción indicados
en los puntos 1 y 2 de este artículo, deberán repetir el 2º o el 4º año, según corresponda.
Los Profesores jefes de 1° y 3° año deberán presentar una carpeta con evidencias de entrevistas
con el apoderado y estrategias tratadas con los alumnos(as) reprobados, durante cada semestre,
además de emitir un informe en que quede claramente especificado el tratamiento que se le dio al
alumno(a) reprobado
ARTICULO 13:
El Director del Establecimiento con el (o los ) profesor (es) respectivo (s) deberán resolver
las situaciones especiales de evaluación y promoción de los alumnos de 5º a 8º año. Esta
resolución deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores. Entre otros, resolverán los casos de
alumnos que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un
período determinado, finalizar el año anticipadamente u otros semejantes.
Todas las situaciones de evaluación de los alumnos de 1º a 8º año deberán quedar resueltas
dentro del Período Escolar correspondiente, según el Calendario Regional del año.
ARTICULO 14:
Los alumnos que al término del año escolar obtengan un promedio 3,9 ( tres coma nueve)
en una Asignatura y que esta sea causal de repitencia se le aplicará una Prueba Especial en la fecha
que el Establecimiento determine, cuya nota final no podrá ser superior a 4,0 (cuatro, cero)
ARTICULO 15:
La situación final de promoción de los alumnos deberá quedar resuelta al término del año
escolar.
Una vez finalizado el proceso anual, el establecimiento educacional entregará a todos los
alumnos:
▪ Certificado Anual de Estudios, que indicará las Calificaciones Finales obtenidas en cada
Asignatura, el Promedio General, el Porcentaje de Asistencia y la Situación Final.
▪ Certificado anual de Desarrollo personal.
▪ En el área de Prebásica se entregará un Informe anual del Logro de los ámbitos de
aprendizaje
El Certificado Anual de Estudios no podrá ser retenido por ningún motivo.
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ARTICULO 16:
Las situaciones de Evaluación y Promoción no prevista en el presente Reglamento, serán
resueltas en la Super Intendencia de Educación respectiva dentro de la esfera de su competencia.
.
ARTICULO 17:
Cualquier situación no prevista en el presente Reglamento y que necesite ser resuelta en
forma inmediata, será competencia del Consejo de Profesores de la Escuela, quien en Consejo
Extraordinario, citado por la Directora del Establecimiento, determinará la situación final del
problema o imprevisto presentado, basado en la legislación vigente.
DE LA DOCUMENTACION FINAL
ARTICULO 18:
El Establecimiento cuenta con un Software de Gestión Escolar (Mateo.Net), donde están
registrados todos los alumnos y cada Docente ingresa las calificaciones, las asistencias diarias y las
anotaciones obtenidas por éstos y las evaluaciones del Informe de Desarrollo Personal.
Desde este Software se pueden generar informes de notas parciales para la entrega a los
Apoderados, Certificado anual de Estudios e Informes de Personalidad.
Una vez terminado los procesos de colocación de Notas a los alumnos del Establecimiento,
se traspasan estos datos a la Plataforma SIGE, quien entrega un certificado de recepción conforme.
El certificado de recepción conforme de Actas es enviado al DAEM, quedando una copia
de las Actas de calificaciones y una copia de las Actas de Desarrollo Personal en el
Establecimiento
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Anexo Nº1 ESCUELA “ANDRES ALCAZAR”
LAJA
INFORME DE DESARROLLO PERSONAL
NOMBRE DEL ALUMNO__________________________________ CURSO _____________
FORMACION ETICA Y MORAL
S CS AV N
1. Es veraz y auténtico
2. Es respetuoso con los miembros de la Unidad Educativa
3. Respeta las normas establecidas en la Unidad Educativa
4. Cumple con sus deberes escolares
5. Mantiene buenas relaciones con sus compañeros
6. Dialoga y escucha a los demás
CRECIMIENTO Y AUTOFORMACION PERSONAL
1. Mantiene hábitos de higiene y presentación personal
2. Reconoce sus errores y trata de corregirlos
3. Posee un alto espíritu de superación personal y es capaz de
tomar sus propias decisiones
4. Es capaz de comunicar sus ideas, opiniones o sentimientos con
respeto y claridad
5. Se recrea adecuadamente de acuerdo a su etapa de desarrollo
6. Demuestra aprecio por su familia y reconoce lo que esta hace
por él (ella)
7. Cumple normas sociales y de disciplina
AREA SOBRE LA PERSONA Y SU ENTORNO
1. Demuestra respeto por los valores patrios
2. Participa activamente en los trabajos grupales
3. Actúa respetando la igualdad de derechos de todos
4. Escucha y respeta ideas y creencias de otros
5. Muestra respeto por el medio ambiente
6. Ejecuta actos de generosidad y solidaridad
CONCEPTOS
S : Siempre
CS : Casi Siempre
AV : Algunas Veces
N : Nunca
_____________________ ___________________
Nombre y Firma Profesor Jefe Nombre y Firma Director
Laja,______ de, ________________ de 201__
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Anexo Nº2
Respecto a la adecuación curricular
Fundamentos
Como plantea el decreto 83/2015, que aprueba criterios y orientaciones de Adecuación Curricular
para estudiantes con NEE de Educación Parvularia y Educación Básica, las adecuaciones
curriculares (AC) son los cambios diferentes al curriculum, que se traducen en ajustes que guiarán
la planificación en el aula. Esta considera las diferencias individuales de los estudiantes que
presentan Necesidades Educativas Especiales (NEE) y su objetivo es asegurar la participación y
progreso en el sistema escolar.
De acuerdo a lo expuesto en la normativa, se debe brindar una respuesta educativa que favorezca
la diversidad, siendo el Diseño Universal para el Aprendizaje (DUA) una estrategia que se debe
utilizar al interior del aula, cuyo fin es maximizar las oportunidades de aprendizaje de todos los
estudiantes.
Dentro del Establecimiento, se da respuesta a lo anterior trabajando de nivel parvulario a sexto
año básico con el Diseño Universal de aprendizaje como primera herramienta, no obstante si esta
no fuese suficiente se utiliza la adecuación curricular, en donde se plasma el tipo de adecuación
que se aplicará siendo esta concordante con su necesidad de apoyo, en esta instancia se decide si
las evaluaciones serán diferenciadas considerando la evaluación psicopedagógica del estudiante.
Estudiantes que pueden requerir una adecuación curricular
1) Estudiantes que pertenezcan al programa de integración escolar y que al diversificar la
enseñanza como primera respuesta educativa, esta no sea suficiente para progresar en el
curriculum. Es importante destacar que la toma de decisión de aplicar una adecuación curricular
es consecuencia del análisis de la evaluación.
2) Todos los estudiantes, pues las adecuaciones curriculares son universales, por ende podrán
ser empleadas en algún momento de la trayectoria escolar, sin embargo estas deben ser
justificadas mediante un proceso acucioso de evaluación pedagógica para fundamentar y
determinar el tipo de adecuación que el estudiante requiera.
Tipos de adecuaciones curriculares
1) De Acceso: Son aquellas que intentan reducir o incluso eliminar las barreras que se
presenten en la etapa escolar del estudiante, facilitando el progreso de aprendizaje y equiparando
condiciones con los demás estudiantes.
En las adecuaciones de acceso se considerarán los siguientes criterios
a) La presentación de la información
b) Diversas formas de respuesta
c) Entorno
d) Organización del tiempo y el horario
2) Adecuaciones de objetivos: Se entenderá por adecuación de objetivos, aquella
modificación que permite ajustar los objetivos de las bases curriculares en función de los
requerimientos de los estudiantes.
Las adecuaciones curriculares de objetivos pueden considerar los siguientes criterios
a) Graduación del nivel de complejidad
b) Priorización de objetivos de aprendizaje y contenidos.
c) Temporalización
d) Enriquecimiento del curriculum
e) Eliminación de aprendizajes
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3) La tipología y criterios de la adecuación curricular deben quedar plasmados en la
adecuación proporcionada por el establecimiento, siendo coherente con el proceso de evaluación
y contemplando que en primera instancia la diversificación de la enseñanza, si al utilizar esta
medida los resultados no fueran favorables, se emplea la adecuación de acceso antes de afectar
los objetivos de aprendizaje curriculares.
4) Las adecuaciones de los estudiantes transitorios se realizarán cuando las estrategias del
DUA no fuesen suficientes, considerando solamente para ello las adecuaciones de acceso.
5) Con respecto a los estudiantes permanentes, las adecuaciones se realizarán cuando ya se
hubieran aplicado los principios del DUA, asimismo se determinarán adecuaciones de acceso y de
objetivo.
6) Se efectuará una adecuación de acceso en caso de que los estudiantes que por algún
impedimento de salud no puedan realizar ejercicios físicos, para esto deben seguir el siguiente
procedimiento:
• El Apoderado presentará a UTP el Certificado Médico que acredite la exención de las
actividades físicas y el tiempo de duración de la Licencia
• UTP informará al profesor de Educación Física de dicha licencia, para realizar una
adecuación de acceso, para que él o la alumna sea evaluada en forma diferenciada con trabajos
prácticos y disertaciones relacionadas con los Objetivos de Aprendizajes tratados en el curso,
liberándolo(a) de actividades físicas pero no curriculares.
Responsables de la adecuación curricular
1) En las asignaturas en que asista la profesora de educación diferencial, la adecuación
curricular será responsabilidad del equipo de aula, pues esta debe ser realizada en horarios de
planificación conjunta.
2) Si en la asignatura en el que el estudiante requiere una adecuación curricular, no contará
con apoyo de Profesora de Educación Diferencial es responsabilidad del docente efectuar la
adecuación.
Evaluación Diferenciada
Los instrumentos evaluativos se adecuarán de acuerdo a la necesidad que requiera el o la
estudiante, contemplando las recomendaciones de otros profesionales y su adecuación curricular.
La evaluación diferenciada será realizada por la profesora de educación diferencial y el profesor
de asignatura, siempre y cuando la especialista asista a aula en dichas materias. En el caso
contrario es responsabilidad del profesor de asignatura.
Todos los documentos del o la estudiante que tengan relación con el proceso de evaluación
diferenciada deben estar anexado en su carpeta personal, a cargo de cada profesor jefe
Procedimiento para optar a la Evaluación Diferenciada.
Si frente a las Necesidades Educativas y agotando los medios anteriores los estudiantes no pueden
ser evaluados en forma regular en uno o más áreas y/o asignaturas, los apoderados, profesores
jefes y el Equipo de Integración, podrán requerir Evaluación Diferenciada, realizando la
evaluación pertinente:
- Informe pedagógico del docente
- Informes del o los especialistas tratantes con solicitando evaluación diferenciada.
- Evaluación Diferenciada y compromiso de la familia con los apoyos sugeridos por el
establecimiento.
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En general, la situación de evaluación Diferenciada se considera de carácter temporal, dado que
las Necesidades Educativas Especiales se proyectan como potencialmente superables, cuando se
han aplicado las estrategias de apoyo adecuadas. La Evaluación Diferenciada puede ser solicitada
o determinada por los docentes hasta el 30 de marzo de cada año y se otorga como máximo hasta
Marzo del siguiente año lectivo, periodo en el que los profesionales deben realizar nuevamente el
procedimiento de solicitud.
Los padres se comprometerán a mantener el tratamiento especializado del niño o niña (se
entiende por mantener el tratamiento a: asistencia del estudiante a clases, asistencia del apoderado
a citaciones con especialistas, asistencia a controles médicos, asistencia a tratamiento con
especialistas: psicólogo/a, fonoaudiólogo/a, educador/a diferencial y kinesiólogo/a hasta la
superación de las dificultades y/o hasta que el desempeño de su hijo o hija esté dentro de los
rangos requeridos.
Eximición de asignatura
Los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales Permanentes, en la Asignatura de Inglés
podrán eximirse del habla, no así de los contenidos y evaluaciones, que en este caso serán
diferenciadas, cuando la Profesora Especialista así lo solicite, después de haber recopilado los
antecedentes que la situación amerite en cada caso. (Evaluación Psicopedagógica, Evaluación
Psicológica u otros).
En tales casos, se aplicará evaluaciones diferenciadas realizadas por el o la profesora de
asignatura si la situación lo amerita, el Director dictará una resolución de eximición de la
Asignatura, quedando una copia en archivo de Secretaría.
Los alumnos(as) con hipoacusia podrán eximirse de Música, específicamente del aprendizaje de
instrumentos musicales, no así de contenidos y evaluaciones diferenciadas.
Disposiciones Generales.
Se deberá dejar una copia del instrumento aplicado en una carpeta para tener respaldo de los
apoyos otorgados al estudiante, pues tanto la adecuación curricular como los instrumentos son
evidencias para la promoción de los estudiantes.