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7/26/2019 Ensayo Daño Patrimonial
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Ensayo daño Patrimonial
El daño moral se debe pagar según sección tercera del consejo de
estado, para realizar la tasación de dichos daños se debe aplicar el
test de proporcionalidad, esta tabla define la indemnización que se
debe pagar según convivencia, sin convivencia, pero con relaciones
de cercanía y sin convivencia y sin relación de cercanía simple
presunción de registro civil!"
El #est es una norma de optimización para garantizar los $erechos
%undamentales, aunque esa garantía puede llegar a ser subjetiva
dependiendo del criterio judicial"
&echos' El señor (orge Edic )arvajal *ómez, +uz arina prieto rojas
y los menores (hon &arly, aritza -iviana y &eliana (imena )arvajal
Prieto, contra *$. /ngenieros +tda" e /nmuebles industriales 0eta
+tda"en liquidación!
.olito pago de'
• +ucro )esante /ncapacidad permanente' 123"345"672 calculada
desde 84 de diciembre del 97 hasta el :4 de marzo del 9;,• /ngreso mensual'544"444
• +ucro cesante pasado' entre :4 de marzo del 9; y la fecha d
pago de la obligación"• +ucro cesante futuro' incapacidad laboral permanente por
1:;8"644"444 < :4 años vida productiva/ngreso actual de 12"4:7"444
• *astos de servicios m=dicos, drogas, silla de rueda, muletas,
etc"<12"844"444• $año moral' equivalente a 2"444 *r" $e oro, en momento del
pago"
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precios al consumidor, y adicionando a esa suma un interHs puro o
lucrativo del %I anual3: 12393 Adicionarla en el sentido de condenar a la
sociedad @3*3S3 nenieros !tda3: y a la sociedad #".E+!ES
#*.S$RA!ES BE$A !$*A3 E# !D.*AC# 1a cancelar por concepto
de da?o moral subjetivo a !u5 "arina Prieto Rojas la suma de cincomillones de pesos, y a J8on arly, "arit5a /iviana y Eliana Kimena
Carvajal Prieto la suma de dos millones de pesos a cada uno de ellos:3
23(3 Adicionarla para condenar solidariamente a las sociedades
demandadas a paar a Jore Edic Carvajal @óme5 la suma de
LG'M'''3'''3'', a título de da?o a la vida de relación, lo cual deber-
reali5arse al día siuiente de la ejecutoria del )allo3 23=3 !as costas de la
seunda instancia ser-n de caro de las sociedades demandadas3 &3
Revocar el numeral %< de la sentencia de 9' de octubre de &''&pro)erida por el Ju5ado Sexto Civil del Circuito de +oot-3 !as costas del
recurso extraordinario ser-n de caro de @*S #@E#ERS !$*A3 Sin
costas para los demandantes, por la prosperidad de la impunación3
Cópiese, noti)íFuese y devuHlvase al $ribunal de orien3 C3J3/3C3 Exp3
22''292'9''%2GG>'G9&>'2 >( AR$.R S!AR$E R*RN@.EB