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DOCUMENTACIÓN CUYA ENTREGA A LOS REPRESENTANTES LEGALES DE LOS TRABAJADORES
ORDENA EL 3º CONVENIO COLECTIVO DE AIR EUROPA PARA SU PERSONAL DE TIERRA.
01/01/2014 Art 10. Regulación de Empleo “…La empresa comunicará semestralmente a la
representación legal de los trabajadores cuáles son las áreas existentes…”
01/01/2014 Art 66 Trabajadores sujetos a turnos. Trimestralmente la empresa realizará y hará
pública una programación orientativa, incluyendo vacaciones, los descansos y los turnos, a
efectos de conciliar la vida laboral con la vida familiar (1)
15/01/2014 Artículo 26. Jornada. Anualmente la dirección de recursos humanos publicará
antes del 15 de enero los días compensación convenio que corresponden por base
15/01/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal. (2)
31/01/2014 Art 26 Jornada Antes del día 31 de enero de cada año, la empresa hará público el
cómputo de horas trabajadas por cada trabajador con el fin de verificar que el cómputo anual
de horas trabajadas el año anterior no rebasa el máximo de horas pactadas.
31/01/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base. (3)
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15/02/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
28/02/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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01/03/2014 Artículo 22. Datos de plantilla. Antes del 1 de marzo de cada año y referido a 31
de diciembre inmediato anterior, la compañía entregará copia a los comités de centro o
representantes legales de los trabajadores de los escalafones
15/03/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
31/03/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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01/04/2014 Trabajadores sujetos a turnos Art 66. Trimestralmente la empresa realizará y hará
pública una programación orientativa, incluyendo vacaciones, los descansos y los turnos, a
efectos de conciliar la vida laboral con la vida familiar (1)
15/04/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
30/04/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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15/05/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
31/05/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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01/06/2014 Art 10 Regulación de Empleo“…La empresa comunicará semestralmente a la
representación legal de los trabajadores cuáles son las áreas existentes…”
15/06/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
30/06/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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01/07/2014 Trabajadores sujetos a turnos Art 66. Trimestralmente la empresa realizará y hará
pública una programación orientativa, incluyendo vacaciones, los descansos y los turnos, a
efectos de conciliar la vida laboral con la vida familiar (1)
15/07/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
31/07/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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15/08/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
31/08/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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15/09/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
30/09/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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01/10/2014 Trabajadores sujetos a turnos Art 66. Trimestralmente la empresa realizará y hará
pública una programación orientativa, incluyendo vacaciones, los descansos y los turnos, a
efectos de conciliar la vida laboral con la vida familiar
01/10/2014 Artículo 35.1 Publicación de la tabla de puntuación acumulada del año anterior
de cada trabajador y el orden de elección y la tabla del número máximo de trabajadores
coincidentes en un mismo período vacacional. (15 días para reclamaciones)
15/10/2014 Art 35.2.Comienzo de elección de los períodos de vacaciones.
15/10/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
31/10/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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15/11/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
15/11/2014 Art 35.3. Último día de elección de los períodos de vacaciones.
30/11/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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01/12/2014 Art 35.4.Publicación de la lista de los períodos de vacaciones asignados. (5 días
para reclamaciones)
15/12/2014 Art 27 Tiempo de trabajo, descanso entre jornadas y semanal a.1) La
programación de turnos para el personal fijo se realizará mensualmente, publicándose con
una antelación de 15 días de tal modo que cada día 15 del mes se haga pública una
programación del mes siguiente.
Los turnos publicados y los efectivamente trabajados se facilitarán a todos los comités de
centro o delegados de personal.
31/12/2014 Artículo 70. Primas y Comisiones. Prima de equipaje. Percibirán dicha prima
cuatro trabajadores por base, los dos que hayan cobrado más veces en concepto de exceso de
equipaje en el transcurso de un mes y los dos que mayor cantidad hayan recaudado por este
concepto en un mes. Mensualmente se publicará el listado de las cantidades y las veces
cobradas por cada trabajador por base.
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(1) En esta “programación orientativa” se diferencia claramente entre turnos, descansos y
vacaciones. La empresa sólo puede variar, con arreglo al convenio, unilateralmente los
turnos de trabajo (con 36 horas de antelación) . No las vacaciones ni los descansos.
(porque el mismo convenio prohíbe y porque si pudiera, la finalidad de conciliar la vida
laboral y la vida familiar sería inexistente.
(2) Los turnos publicados son los entregados a la representación legal de los trabajadores
el 15 de mes y todas sus variaciones, formalmente comunicadas al trabajador con el
preaviso mínimo de 36 horas. Ni es correcto publicar una programación mensual de
“libranzas”, ni variar los turnos de forma oral sin entrega a la RLT ni contar dentro del
preaviso de 36 horas los días de descanso del personal. Los turnos efectivamente
trabajados no son los turnos “que la empresa da por realizados” sino los fichajes del
reloj de fichar. Más aún cuando la ausencia o falta al puesto de trabajo es motivo de
falta.
(3) La publicación del listado de las cantidades y las veces cobradas no es la lista de los 4
trabajadores a los que la empresa va a abonar la prima de equipajes sino la causa de
dicho abono, a saber, las cantidades y las veces que se cobra en orden a poder verificar
por ambas parte, empresa y trabajadores, que no ha habido ningún error en la
designación de tales trabajadores ni en la imputación de un abono a los trabajadores
ni en la contabilización de dichos abonos. Por otra parte, el convenio no requiere
ninguna cantidad mínima de cobros por debajo de la cual no se cobra dicha prima
como tampoco figura ninguna cantidad máxima por encima de la cual se cobran dos o
más primas.
Cualquier error o falta de abono en algún concepto fijado por el convenio no sólo afecta al
neto que el trabajador debería de haber percibido correctamente. También afecta a las
retenciones de Hacienda y a las cotizaciones a la Seguridad Social que se deberían de haber
practicado antes de dicho abono, por lo que computar para su abono en nómina todos los
conceptos debidos excede el ámbito de la relación laboral entre trabajador-empresa
alcanzando a la relación entre trabajador-empresa-Hacienda-Seguridad Social
Los trabajadores sólo pueden reclamar de las cantidades pendientes de 1 año previo a dicha
reclamación.
Hacienda y la Seguridad Social pueden reclamar a los empresas y a los trabajadores cantidades
pendientes de 4 años previos a dicha reclamación