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DERECHO COMERCIAL

• UNA VISION DESDE LA PROMOCION Y ORGANIZACION EMPRESARIAL EN EL PERU

Lic. Adm. BENJAMN CONDOR NUÑEZ Experto en Gestión Organizacional

Esperanza de un nuevo amanecer…

Establecimiento de Empresas en el Perú

• Existen diversos tipos societarios que pueden ser utilizados por los inversionistas para la puesta en marcha de un negocio (Empresa – Organización) en el Perú.

• Las formas más utilizadas por los inversionistas nacionales o extranjeros son las siguientes:

1 Sociedades Anónimas• Se requiere un mínimo de dos accionistas. Los accionistas no domiciliados

deben elegir un representante para firmar los estatutos. El capital para la inversión inicial, ya sea en moneda nacional o extranjera, debe ser depositado en un banco local. No existe un importe mínimo exigido por ley; sin embargo, las instituciones financieras tienen como costumbre pedir un monto mínimo de S/.1, 000 de capital inicial (aproximadamente US$385).

• Características:

• - Responsabilidad limitada: la responsabilidad de los accionistas se encuentra limitada al valor de las acciones que poseen.

• - Administración centralizada: Junta General de Accionistas, Directorio y Gerencia.

• - Transferencia de acciones: la transferencia de acciones es libre; sin embargo, en el caso de Sociedades Anónimas Cerradas, los accionistas tienen un derecho de adquisición preferente en el caso que se transfieran las acciones a un tercero.

• - Continuidad: la muerte, enfermedad, bancarrota, y/o retiro o resignación de los accionistas no causa la disolución de la sociedad.

2 Sociedades Anónimas Cerradas

• La Sociedad Anónima Cerrada mantiene la responsabilidad limitada de sus socios y tiene un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios participacionistas. Las acciones no pueden ser listadas en bolsa.

• • Características:• - Responsabilidad limitada: la responsabilidad de los accionistas se

encuentra limitada al valor de las acciones que poseen.• - Administración: la Junta General de Accionistas (que puede ser

celebrada sin la presencia física de los accionistas) y el Gerente General. El Directorio es opcional.

• - Transferencia de acciones: los accionistas tienen el derecho de adquisición preferente en el caso que se transfieran las acciones a un tercero. Este derecho puede ser eliminado en el estatuto

3 Sociedades Anónimas Abiertas

• Este tipo societario está diseñado básicamente para compañías con un gran número de accionistas (más de 750 accionistas) o por las que se haya hecho una oferta pública primaria de acciones o tengan obligaciones convertibles en acciones. Deben estar inscritas en el Registro de Sociedades que listan en bolsa.

• • Características:• - Responsabilidad limitada: la responsabilidad de los accionistas se

encuentra limitada al valor de las acciones que poseen.• - Administración centralizada: Junta General de Accionistas,

Directorio y Gerente General.• - Supervisión: las Sociedades Anónimas Abiertas están sujetas a

supervisión por la Superintendencia de Mercado de Valores (SMV).• - Transferencia de acciones: es libre. No se permite restricción o

limitación alguna.

4 Sociedades Comerciales de Responsabilidad Limitada

• La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada está organizada con un mínimo de 2 y un máximo de 20 socios participacionistas.

• Este tipo societario no emite acciones. Los requisitos para su constitución son los mismos que se exigen para las demás sociedades.

• • Características:

• - Responsabilidad limitada: los socios no son solidariamente responsables con la sociedad.

• - Administración centralizada: Junta General de Accionistas, Directorio y Gerente General.

• - Transferencia de participaciones: la transferencia de participaciones a terceros está sujeta a la autorización previa de los socios existentes (el derecho de adquisición preferente es mandatorio) y debe ser inscrita en el Registro Público de Sociedades.

• - Continuidad: la muerte, enfermedad, bancarrota, y/o retiro o resignación de los accionistas no causa la disolución de la sociedad.

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5 Sucursales

• El acuerdo para constituir una sucursal, efectuado por la sociedad matriz debe ser legalizado por el consulado peruano y certificado por el Ministerio de Relaciones Exteriores en el Perú, de corresponder, o en su defecto ser apostillado en el país de donde proceda, antes de ser elevado a escritura pública y ser inscrito

Gracias por su atención…

Lic. Adm. BENJAMN CONDOR NUÑEZ Experto en Gestión Organizacional

celapp@gmail.comCell. 997662440