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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento
de la Educación”
Curso: Derecho Administrativo Tema: Reglamento de UNMSM Profesor: Edwin Vásquez Mansilla Alumna: Núñez Calle Karim G. Aula: 206-Tarde E.A.P: Administración
2015
TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1°.- La Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) es persona
jurídica de derecho público interno, tiene autonomía normativa, académica,
administrativa, económica y de gobierno de conformidad con la Constitución Política
del Estado y la Ley Universitaria vigentes, sin injerencia de intereses que distorsionen
sus principios y fines. La jurisdicción sobre la cual ejerce sus competencias es de nivel
nacional.
Artículo 2°.- El ámbito de aplicación de las normas contenidas en el presente
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) comprende a todos los órganos y
unidades orgánicas de la UNMSM.
Artículo 3°.- Las funciones generales de la UNMSM son las siguientes:
A. Formar humanistas, científicos y profesionales del más alto nivel y de acuerdo
con las necesidades priorizadas del país.
B. Organizar y conducir la investigación como función obligatoria.
C. Mantener permanentemente relaciones con otras universidades y con las
D. Entidades públicas y privadas que hacen labor de investigación, a fin de
coordinar sus actividades.
E. Participar en los organismos encargados de formular la política nacional de
ciencia y tecnología.
F. Cooperar con el Estado realizando por iniciativa propia o por encargo de éste,
de acuerdo con las posibilidades, estudios y proyectos de investigación que
contribuyan a resolver los problemas de la región o del país.
G. Extender su acción educativa a la comunidad, organizando actividades de
promoción y difusión de cultura general y estudios de formación técnica.
H. Establecer relaciones con otras instituciones culturales, sociales y económicas
con fines de cooperación, asistencia y conocimiento recíproco.
I. Participar en la actividad educativa y cultural que desarrollan los medios de
comunicación social del Estado.
J. Prestar servicios profesionales en beneficio de la sociedad.
K. Ofrecer a sus miembros y servidores programas y servicios de salud, bienestar,
recreación y apoyar a aquellos que surjan de su propia iniciativa y esfuerzo.
L. Fomentar las actividades culturales, artísticas y deportivas de los miembros de
la comunidad universitaria.
M. Atender con preferencia la necesidad de libros y materiales de estudio de
profesores y estudiantes.
N. Organizar estudios de Post Grado.
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O. Impulsar el desarrollo permanente de sus cuadros docentes y administrativos.
P. Otras que se le asignen y aquellas que le correspondan por ley.
Artículo 4°.- La Base Legal que regula el funcionamiento general de la Institución es la
siguiente:
Ley Universitaria –Ley N° 23733
Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos – Resolución
Rectoral N° 78337 Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que establece los
Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) por parte de las entidades de la
Administración Pública.
Ley de Modernización del Estado – Ley N° 27658.
Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos aprobado por 104636.
Resolución Rectoral N° 03316-R-05 que resuelve crear el Vicerrectorado de
Investigación y la Dirección General de Administración. Sistema Nacional de
Inversión Pública (SNIP) y su normatividad vigente.
Ley Nº 27806 Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
Resolución de Contraloría General Nº 459-2008-CG Reglamento de los
Órganos de Control Institucional.
Ley 28740 – SINEACE. Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación
y Certificación de la Calidad Educativa.
TÍTULO II: DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA,
FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Artículo 5º.- Para el cumplimiento de sus fines, funciones y objetivos, la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) cuenta con la estructura orgánica siguiente:
1. ÓRGANOS DE ALTA DIRECCIÓN
1.1. LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA
1.2. EL CONSEJO UNIVERSITARIO
1.3. EL CONSEJO DE FACULTAD
1.4. RECTORADO Y ÓRGANOS DE APOYO DEPENDIENTES
1.4.1. Oficina de Secretaria Administrativa
1.4.2. Oficina de Coordinación Técnica
1.4.3. Secretaria General
1.4.4. Oficina General de Imagen Institucional
1.4.5. Oficina General de Cooperación y Relaciones Interinstitucionales
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1.4.6. Oficina Central de Admisión
1.4.7. Oficina de Comisiones Permanentes y Transitorias
1.4.8. Oficina de Seguridad y Vigilancia
1.4.9. Centro de Informática
1.4.10. Administración de la red telemática
1.4.11. Radio y televisión de San Marcos
1.5. VICERRECTORADO ACADÉMICO Y ÓRGANOS DEPENDIENTES
1.5.1. Oficina Administrativa
1.5.2. Centro preuniversitario
1.5.3. Oficina general del sistema de bibliotecas y biblioteca central
1.5.4. Sistema único de matrícula (SUM)
1.5.5. Centro de producción editorial e imprenta (CEPREDIM)
1.5.6. Centro de producción librería y distribución (CENPROLID)
1.5.7. Centro de producción fondo editorial
1.6. VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y ÓRGANOS DEPENDIENTES
2. ÓRGANOS CONSULTIVOS
2.1. COMISIONES DE LA ASAMBLEA UNIVERSITARIA
2.2. COMISIONES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO
3. ÓRGANOS DE CONTROL
3.1. ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
3.1.1. Oficina de Planeamiento y Asesoría Técnica
3.1.2. Oficina de Auditoria Financiera
3.1.3. Oficina de Auditoria de Gestión
4. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO
4.1. OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN
4.1.1. Oficina de Planes y Programas
4.1.2. Oficina de Presupuesto
4.1.3. Oficina de Racionalización
4.1.4. Oficina de Estadística e Informática
4.1.5. Oficina de Coordinación de Centros de Producción
4.2. OFICINA GENERAL DE ASESORIA LEGAL
4.2.1. Oficina de Asuntos Administrativos
4.2.2. Oficina de Asuntos Civiles
4.2.3. Oficina de Asuntos Penales
4.2.4. Oficina de Asuntos Laborales y Seguridad Social
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4.2.5. Oficina de Transparencia y Acceso a la Información.
4.3. OFICINA CENTRAL DE CALIDAD ACADÉMICA Y ACREDITACIÓN
4.3.1. Oficina de Promoción e Investigación de la Calidad
4.3.2. Oficina de Evaluación de la Calidad Universitaria
4.3.3. Oficina de Gestión de la Calidad
4.3.4. Oficina de Capacitación
5. ÓRGANOS DE APOYO
5.1. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN (DGA) Y ÓRGANOS
DEPENDIENTES
5.1.1. Oficina Administrativa
5.1.2. Oficina de Control Previo y Fiscalización
5.1.3. Oficina General de Bienestar Universitario (OGBU)
5.1.4. Oficina General de Economía
5.1.5. Oficina General de Recursos Humanos
5.1.6. Oficina General de Infraestructura Universitaria
5.1.7. Oficina General de Servicios Generales, Operaciones y Mantenimiento
(OGSGOM)
5.1.8. Unidad de fincas
5.1.9. Clínica universitaria
6. ÓRGANOS DE LÍNEA
6.1. FACULTADES
6.2. ESCUELA DE POSGRADO “Dr. Pedro Alejandro Fernández Álvarez”
7. OTROS ÓRGANOS ACADÉMICOS
7.1. OFICINA TÉCNICA DEL ESTUDIANTE (OTE)
7.2. CENTRO CULTURAL
7.3. INSTITUTO RAÚL PORRAS BARRENECHEA
7.4. SEMINARIO DE HISTORIA RURAL ANDINA
7.5. MUSEO DE HISTORIA NATURAL
7.6. JARDINES BOTÁNICOS Y JARDÍN ECOLÓGICO
Artículo 6º.- Los Órganos de Alta Dirección de la UNMSM están conformados por:
1.1. La Asamblea Universitaria
1.2. El Consejo Universitario
1.3. El Consejo de cada Facultad
1.4. Rectorado
1.5. Vice Rectorado Académico
1.6. Vice Rectorado de Investigación
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TÍTULO III: DE LAS RELACIONES
INTERINSTITUCIONALES
Artículo 236º.- El Rector de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos integra la
Asamblea Nacional de Rectores (ANR) y la Comisión de Coordinación Inter-
universitaria.
Participa en el estudio y coordinación de las actividades universitarias del país, con
otras instituciones.
Artículo 237º.- La Universidad Nacional Mayor de San Marcos para los fines que le
son propios, mantendrá relaciones directas con universidades públicas y privadas
nacionales y del extranjero. Integra la Alianza Estratégica conformada también por la
Universidad Nacional de Ingeniería (UNI) y la Universidad Nacional Agraria La Molina
(UNALM).
Artículo 238°.- La Universidad Nacional Mayor de San Marcos en ejercicio de su
autonomía, mantiene relación de coordinación funcional con organismos nacionales e
internacionales.
TÍTULO IV: DEL RÉGIMEN LABORAL
Artículo 239º.- El Personal Administrativo y de Servicio de la Universidad Nacional
Mayor de San Marcos está conformado por los trabajadores que cumplen actividades
administrativas profesionales, técnicas o de servicio, que no son propias de la
docencia y sirven de apoyo para el cumplimiento de los planes de la Universidad.
Artículo 240º.- El Personal Administrativo y de Servicio de la Universidad está sujeto
al régimen legal de los servidores públicos. Excepcionalmente habrá personal
dedicado a labores de producción de bienes y/o servicios, que no son propios de la
docencia, y sirven de apoyo para el cumplimiento de los planes de la Universidad.
El régimen laboral, está normado por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y
de Remuneraciones del Sector Público - Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM.
El Jueves 19 de febrero de 2004 se publica la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo
Público - con la finalidad de establecer los lineamientos generales para promover,
consolidar y mantener una administración pública moderna, jerárquica, profesional,
unitaria, descentralizada y desconcentrada, basada en el respeto al Estado de
Derecho, los derechos fundamentales y la dignidad de la persona humana, el
desarrollo de los valores morales y éticos y el fortalecimiento de los principios
democráticos, para obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal y el logro
de una mejor atención a las personas.
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TÍTULO V: DEL RÉGIMEN ECONÓMICO
Artículo 241º.- La Autonomía de la Universidad es el principio básico que rige la
utilización social y efectiva de sus recursos y la ejerce de acuerdo a una estructura de
servicios normados por el presente Reglamento de Organización y Funciones ( ROF )
velando por el buen uso de los recursos financieros y económicos, dentro de las
disposiciones normativas vigentes.
Artículo 242º.- El Estado tiene la obligación de otorgar los recursos económicos
adecuados para el cumplimiento de los fines y objetivos de la Universidad.
TÍTULO VI: DE LAS DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS Y FINALES
PRIMERA.- El proceso de Autoevaluación de la Calidad Académica y Acreditación de
la UNMSM se desarrolla dentro del marco del Reglamento del Sistema Nacional de
Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa – SINEACE y la Ley
N° 28740.
SEGUNDA.- La Alta Autoridad de la UNMSM, a través de la Oficina General de
Planificación, debe velar por la permanente evaluación y actualización del presente
Reglamento de Organización y Funciones (ROF).
TERCERA.- El presente Reglamento establece la organización de la UNMSM hasta el
tercer nivel organizacional. Las Oficinas Administrativas contempladas en la estructura
académico-administrativa de la Universidad deben confeccionar sus Manuales de
Organización y Funciones y de procedimientos operativos, de conformidad con las
normas generales aprobadas por el Consejo Universitario a propuesta de la Oficina
General de Planificación (Art.º 300º del Estatuto de la UNMSM).
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