CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION LEY Nº 045 ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA...

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CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACION

LEY Nº 045

ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Ministerio de CulturasViceministerio de Descolonización

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos…» (Art. 1 Declaración Universal

de Derechos Humanos)

Promulgada el 8 octubre de 2010

OBJETO:

Establecer MECANISMOS y PROCEDIMIENTOS para la PREVENCION y SANCION de actos de Racismo y toda forma de Discriminación.

OBJETIVOS:

•Eliminar conductas de Racismo y consolidar Políticas Públicas de Protección y Prevención.

ALCANCE Y APLICACIÓN:Todo el territorio Nacional.No reconoce inmunidad.Se aplica a: Bolivianos, nacionalizados estantes y habitantes, Autoridades y Servidores Públicos, FF.AA., Personas Naturales y Jurídicas, Organizaciones Sociales, Misiones Diplomáticas, etc

QUIEN CUMPLE LA LEY? Todas las autoridades …

* EDUCATIVO.* ADMINISTRACIÓN PUBLICA.* COMUNICACIÓN.* ECONÓMICO.

El Estado debe adoptar políticas públicas de Prevención y lucha contra el Racismo  

ART 6

LEY 045

COMITÉ NACIONAL CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN (Art. 7)

Está conformado por:a)Instituciones públicas: 1. Órgano Ejecutivo: Ministerio de Culturas, Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Justicia, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Educación, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio de Planificación del Desarrollo y Ministerio de Defensa; 2. Órgano Judicial; 3. Órgano Electoral; 4. Órgano Legislativo: Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados; 5. Gobiernos Autónomos Departamentales; 6. Gobiernos Autónomos Municipales; 7. Autonomías Indígena Originaria Campesinas.b)Organizaciones Sociales.c)Organizaciones Indígena Originaria Campesinas.d)Comunidades Interculturales y Comunidades Afrobolivianas.e)Organizaciones defensoras de los derechos f)Otras instituciones y/o organizaciones defensoras de los Derechos Humanos y de la sociedad civil.g)La Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Bolivia y la Defensoría del Pueblo como órganos observadores y de acompañamiento técnico.

1. Dirigir, elaborar un Diagnóstico y el Plan 2. Implementar Políticas Públicas de Prevención.3. Precautelar la Igualdad y no discriminación en Proyectos

de Ley 4. .RECONOCIMIENTO PÚBLICO a personas por luchar contra

la discriminación racial.5. Velar por que los reglamentos internos de personal,

disciplinarios y otros (Adm Pub, Pol y FFAA) incluyan como causales las faltas.

6. Promover en todas las entidades publicas la creación de instancias de prevención y recepción de denuncias.

ART 9

VICTIMA

La ADMINISTRATIVA

o DISCIPLINARIA

La CONSTITUCIONAL,

La PENAL .

ART 12

ART 13

1. Agresiones VERBALES 281 bis y ter CP

2. NEGAR ACCESO a un servicio

3. Maltrato FISICO, PSICOLOGICO, SEXUAL

4. Acciones DENIGRANTES

VIA : ADMINISTRATIVA o DISCIPLINARIA

Deben : Modificar

Reglamento

ART 13, 14

Prohibido colocar carteles restringiendo el ingreso de personas a locales públicos Sanción de clausura: Por GMA --- reglamento especial

Obligatorio para todo local público tener un cartel que diga: “Todas las personas son iguales ante la Ley”

“Todas las personas son iguales ante la Ley”

ART 15

Autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible a SANCION ECONOMICA y de SUSPENSIÓN DE LICENCIA según Reglamento.

ART 16

OBLIGACION DE DENUNCIAR

Todo servidor Público tiene

obligación de denunciar

hechos de racismo.

ART 17

RACISMO DISCRIMINACIÓN INCITACIÓN AL RACISMO INSULTOS O AGRESIONES VERBALES ORGANIZACIONES O ASOCIACIONES

RACISTAS

ART 21, 22, 23

Se modifica el:Art. 20.- DELITOS DE ACCION PRIVADA “Son delitos: el giro de cheque en descubierto, desvío de clientela, etc., ……..insultos y otras agresiones verbales por motivos racistas o discriminatorios”

GRACIAS… 

ART 24