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DECRETO Nº 791/19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Las Resoluciones: Nº 198/19, Nº 199/19, N° 201/19 N° 202/19 y
N° 204/19; sancionadas por el Señor Director Ejecutivo del Ente Descentralizado
Hospital Municipal “José María Gomendio”, Dr. Rubén H. Millán; y
CONSIDERANDO:
Que se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo por
parte del Departamento Ejecutivo Municipal; a los efectos de proceder a las
respectivas convalidaciones;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Convalídense las Resoluciones N° 198/19 y N° 199/19; sancionadas
por ---------------------- el Señor Director Ejecutivo del Ente Descentralizado
Hospital Municipal “José María Gomendio” de Ramallo Dr. Rubén H. Millán, de
fecha 14 de noviembre de 2019.-----------------------------------------------------------------------
----------------------
ARTÍCULO 2º) Convalídense las Resoluciones N° 201/19 y N° 202/19; sancionadas
por ---------------------- el Señor Director Ejecutivo del Ente Descentralizado
Hospital Municipal “José María Gomendio” de Ramallo Dr. Rubén H. Millán, de
fecha 19 de noviembre de 2019.-----------------------------------------------------------------------
----------------------
ARTÍCULO 3º) Convalídese la Resolución N° 204/19; sancionada por el Señor
Director ----------------------- Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Municipal
“José María Gomendio” de Ramallo Dr. Rubén H. Millán, de fecha 25 de
noviembre de 2019.----------
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
Personal --------------------- del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
--------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 792/19.- RAMALLO, 02 de diciembre de 2019.- V I S T O:
La Ordenanza Nº 5430/16, mediante la cual se crea en el
ámbito del partido de Ramallo “Programa de Educación No Formal de
Capacitación y Entrenamiento Laboral Juvenil”- ENOF; y
CONSIDERANDO
Que se ha implementado dentro de la modalidad de la
Educación No Formal, el Programa de “Música”, a cargo de un
capacitador/orientador que dictará clases de de Música en el Hogar Teresa de
Calcuta de la ciudad de Ramallo, con destino a jóvenes y/o adolescentes en
situación de vulnerabilidad.
Que a los fines de la implementación del presente programa
se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Crease dentro de la modalidad de la Educación No Formal, el
Programa -------------------- de “Música” a cargo de un
capacitador/orientador que dictará clases de Música en el Hogar Teresa de
Calcuta de la ciudad de Ramallo, con destino a jóvenes y/o adolescentes en
situación de vulnerabilidad.--------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el ARTICULO 1º) desígnese
como --------------------- capacitador del Programa de “Música” al
Sr. Nahuel Nicolás ESQUIVEL - D.N.I. N° 39.165.853.------------------------------------------
-------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°) Otórguese en concepto de honorarios al capacitador del
Programa de ----------------------- “Música, la suma de PESOS CINCO MIL
($ 5.000.-), a partir del 1º de diciembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de
2019, según lo estipulado en el art. 4°) la Ordenanza Nº 5430/16.------------------
--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°) El gasto que demande dar cumplimiento a lo establecido en el
artículo --------------------- precedente deberá imputarse a:
Jurisdicción: 1110101000 – Intendencia Programa: 53.00.00 “Apoyo Municipal a la Educación”
Fuente de Financiamiento: 131 – De Origen Municipal Objeto del Gasto: 3.4.9.0 “Otros”.------------------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 5°) Comuníquese a quienes corresponda, publíquese; cumplido, dése al Libro -------------------- de Decretos.-----------------------------------------------------------------------------------
Laura Teresita Castro Sabbattini
Subsecretaria de Educación
Mauro David Poletti
Intendente
Laura Teresita Castro Sabbattini
Subsecretaria de Educación
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
Municipalidad de Ramallo
Municipalidad de Ramallo
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 793/19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que a través de la Universidad Nacional de Hurlingham, se está
dictando en la ciudad de Ramallo la carrera: “Tecnicatura en Gestión Ambiental”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario conformar un equipo interdisciplinario para actuar
en el control y calidad del ambiente.
Que a futuro se proyecta que los miembros que integran el mismo
Equipo actúen como Fiscalizadores.
Que resulta necesario dictar el instrumento legal pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1º) Desígnense como Personal Temporario – Obrero Clase V a partir
del -------------------- 1° de diciembre de 2019, a los agentes que a continuación se
detallan:
BATISTA, Guadalupe Carolina Legajo N° 4068 D.N.I. 39.165.834
CAAMAÑO, Santiago Legajo N° 4069 D.N.I. 39.551.474
GRAFF, Julia Soledad Legajo N° 4070 D.N.I. 32.325.860.-------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el ARTÍCULO 1°) aféctense para
-------------------- desarrollar tareas en la Secretaría de Desarrollo Local y en la
Secretaria de Salud Municipal, a los estudiantes de la Carrera Tecnicatura en Gestión
Ambiental; quienes desarrollarán un trabajo de control y calidad del ambiente.-----------
------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, publíquese; cumplido, dése al
-------------------- Libro de Decretos.---------------------------------------------------------------------
---
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 794/19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto N° 1113/11 se fijan porcentajes en
“Concepto Premio a Conductores”; y
CONSIDERANDO:
Que a los fines antedichos resulta imprescindible el dictado del pertinente acto
administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1º) De acuerdo a lo determinado en el Artículo 1°) del Decreto N°
1113/11 --------------------- otorgase una Bonificación mensual, remunerativa habitual
y regular, del veinte por ciento (20%), “Premio a Conductores”, conforme la
Ordenanza Nº 2078/02 para los siguientes Agentes Municipales:
1) Jorge MENDOZA Legajo N° 0252 D.N.I. N°
23.685.943
2) Miguel GÓMEZ Legajo N° 0188 D.N.I. N°
22.939.103
3) Carlos A. SCANTAMBURLO Legajo N° 0299 D.N.I. N°
27.825.545
4) Cristian TISSERA Legajo N° 0355 D.N.I. N°
22.753.017
5) Jesús Diego ACUÑA Legajo N° 0466 D.N.I. N°
25.768.117
6) Pablo Germán OVEJERO Legajo N° 0639 D.N.I. N°
39.551.341
7) Emmanuel ARBUATTI Legajo N° 0649 D.N.I. N°
32.150.634
8) Pablo Ezequiel IMONELLI Legajo N° 0132 D.N.I. N°
34.359.731
9) Hugo Alejandro SILVEYRA Legajo N° 0608 D.N.I. N°
22.596.826
10) Damián REYNOSO Legajo N° 0120 D.N.I.
N°27.177.370
11) Julián PRAT Legajo N° 0439 D.N.I.
N°20.015.916
12) Osmar JARA Legajo N° 1446 D.N.I.
N°13.975.769
13) Juan Luis VELÁZQUEZ Legajo N° 0647 D.N.I. N°
30.785.701
14) Diego MEDINA Legajo N° 0250 D.N.I. N°
35.702.064
15) Jorge Daniel NIZ Legajo N° 0656 D.N.I. N°
22.216.808
16) Verónica Analía GONZÁLEZ Legajo Nº 0164 D.N.I. N°
22.879.897
17) Jonathan Nahuel FERREYRA Legajo N° 0237 D.N.I. N°
35.702.040.----------
ARTÍCULO 2º) El presente Decreto, regirá a partir del día 1º de diciembre de 2019.---
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ARTÍCULO 3º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón la
---------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.----------
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Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 795/19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el agente municipal Sr. Sergio Gustavo MONTES Legajo N°
0511, desarrollará tareas en el Hospital Municipal “José María Gomendio”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Operase la baja del agente municipal Sr. Sergio Gustavo MONTES
-------------------- - Legajo N° 0511 - D.N.I. 22.216.804, quien a partir del día 1° de
diciembre de 2019, pasará a cumplir funciones en el Ente Descentralizado Hospital
“José María Gomendio” de Ramallo.-------------------------------------------------------------------
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ARTÍCULO 2º) Comuníquese al mencionado Agente, tome razón la Oficina de
Personal --------------------- del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
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Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 796/19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La necesidad de afectar personal de la Administración Central al
Área de Tesorería del Hospital Municipal “José María Gomendio”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Afectase al Agente Municipal Sr. MARTÍNEZ SAAVEDRA, Héctor
Raúl – ------------------------- Legajo 489 – D.N.I. Nº 27.354.804, para prestar servicios
en el Área de Tesorería del Ente Descentralizado Hospital Municipal “José María
Gomendio”, a partir del día 1° de diciembre de 2019.--------------------------------------------
--------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al mencionado Agente, tome razón la Oficina de
Personal ------------------------- del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
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Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 797/ 19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La Ordenanza Nº 2991/06, del Honorable Concejo Deliberante de
Ramallo, mediante la cual se faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al
Personal Superior, Jerárquico, Profesional y Técnico Escalafonario o no un Adicional
por Función de carácter mensual; y
CONSIDERANDO:
Que en relación a lo antes expuesto, es necesario instituir y
reglamentar los distintos adicionales y bonificaciones a percibir por el personal
en el marco de las distintas normas aplicables;
Que a los fines antedichos resulta imprescindible el dictado del
pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Fijase en concepto de Adicional por Función, remunerativo,
habitual y ------------------- regular, el cuarenta por ciento (40%) mensual, del Sueldo
Básico, Complementos y Bonificaciones Remunerativas; conforme al Artículo 4º de la
Ordenanza Nº 2991/06, al Personal Jerárquico que a continuación se detalla:
Directora Asesoría Legal Jefe de Departamento “A” – Obras Sanitarias Jefe de División “A” – Secretaría de Gobierno.--------------------------------------------
ARTICULO 2º) El presente Decreto regirá a partir del 1° de diciembre de 2019.---------
----
ARTICULO 3°) Por Secretaría de Presupuesto y Hacienda de la Municipalidad de
-------------------- Ramallo, efectúense las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, con el objeto de dar cumplimiento a lo normado en el presente.-------
------------------------------
ARTICULO 4°) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón Dirección
Municipal ------------------- de Personal; dese al Libro de Decretos y deróguese
cualquier otra norma legal que se oponga al presente.--------------------------------------------
---------------------------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 798/19.-
RAMALLO, 02 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La desaparición física de la Sra. Olga Beatriz FLORENZANO, ocurrida el
día 11 de agosto de 2019; y
CONSIDERANDO:
Que Olga será recordada como una gran referente de la locución y
conducción.
Que ha participado en eventos importantes como el Ramallo Porá, desde
sus inicios.
Que era amante de los animales, carismática y solidaria.
Que la Comunidad de Ramallo se sintió acongojada por tal pérdida.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR TODO ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBE-RANTE DE RAMALLO EN USO DE SUS ATRIBUCIONES SANCIONA CON FUERZA DE;
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º) Concesiónese a perpetuidad en el Cementerio de Ramallo, el espacio ------------------- inhumatorio identificado como: Secc. II – 4 Fila – Planta Alta D – Nicho 2, donde descansarán los restos del extinta Olga Beatriz FLORENZANO.--------------------
ARTÍCULO 2º) Otórguese el Título de Concesión a favor de Roberto Daniel DIAZ -------------------- DNI N° 23.863.841, del espacio físico en el Cementerio local mencionado en el Artículo 1º.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) El presente instrumento se dicta ad-referéndum del Honorable Concejo
-------------------- Deliberante.------------------------------------------------------------------------------
--
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a quienes corresponda. Dése al Libro de Decretos.----------
Juan Carlos Maciel Mauro
David Poletti
Secretario de Gobierno Interino Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad
de Ramallo
DECRETO Nº 799/19.-
RAMALLO, 05 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Las Resoluciones: Nº 210/19 Nº 211/19 y N° 213/19;
sancionadas por el Señor Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital
Municipal “José María Gomendio”, Dr. Rubén H. Millán; y
CONSIDERANDO:
Que se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo por
parte del Departamento Ejecutivo Municipal; a los efectos de proceder a las
respectivas convalidaciones;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Convalídense las Resoluciones N° 210/19, N° 211/19 y N° 213/19
---------------------- sancionadas por el Señor Director Ejecutivo del Ente
Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio” de Ramallo Dr.
Rubén H. Millán, de fecha 28 de noviembre de 2019.-------------------------------------------
------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
Personal ----------------------- del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
--------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 800/19.-
RAMALLO, 05 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que los agentes dependientes a los sectores correspondientes a
Laboratorio, Hemoterapia y Diagnóstico por Imágenes, realizan tareas con una
tipología especial que implica la continua exposición a situaciones desfavorables
laboralmente, lo que conlleva una mayor contracción en el desempeño cotidiano; y
CONSIDERANDO:
Que debido a las características que presentan dichas tareas son
susceptibles de ser consideradas TAREAS DESAGRADABLES.
Que dicho reconocimiento ha sido objeto de permanente solicitud
por parte de los agentes y especialmente de las entidades gremiales – Asociación de
Trabajadores del Estado (ATE), las que se han expresado a través de notas y han
reclamado la asimilación de estos sectores a otros – agentes asignados al cementerio
municipal – que reciben una bonificación por similares tareas.
Que en virtud de lo antes mencionado se hace justo y necesario
otorgar un adicional a los agentes que conforman dichos sectores.
Que se impone el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Otórgase un adicional remunerativo a los agentes que desempeñen
------------------------- tareas en las Áreas de Laboratorio, Hemoterapia y Diagnóstico por
Imágenes, que se calculará en el 15% (QUINCE PORCIENTO) sobre la base
imponible de los haberes conformados, que será percibido mensualmente bajo el
Código de Liquidación 068, a partir del día 1º de diciembre de 2019.-------------------------
------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
Personal ------------------------ del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
--------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 801/19.-
RAMALLO, 05 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el Jefe Departamento “B” Recaudador de la Delegación
Municipal de El Paraíso, Sr. Osvaldo Daniel PORCEL – Legajo Nº 929 – D.N.I. Nº
20.015.949, ha solicitado Licencia por Enfermedad; y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de cubrir el correspondiente reemplazo, ha sido
propuesto el Agente Municipal, Sr. Sergio Lautaro ALCARAZ – Legajo Nº 1444 –
D.N.I. Nº 27.187.713, por lo que corresponde sea dictado el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Designar interinamente en el cargo de Jefe Departamento “B”
------------------------ Recaudador de la Delegación Municipal de El Paraíso, al Agente
Municipal, Sr. Sergio Lautaro ALCARAZ – Legajo Nº 1444 – D.N.I. Nº 27.187.713,
en reemplazo del titular Sr. Osvaldo Daniel PORCEL – Legajo Nº 929 – D.N.I. Nº
20.015.949; a partir del día 1º de diciembre de 2019 y hasta el día 16 de diciembre
de 2019 inclusive; el mismo quedará exceptuado de presentar fianza conforme lo
establecido en el Art. 223º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades.----------------------
-----
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a la Dirección Municipal de Personal; al
interesado, a ------------------------ quienes corresponda; cumplido
dese al Libro de Decretos.------------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 802/19.-
RAMALLO, 05 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que por Decreto Nº 552/19, se llamó a Concurso de Precios
N° 37/19, para la “Contratación de retropala excavadora con extensible para
excavación de conducto J. B. Justo – 1° Etapa” y que mediante Decreto N°
567/19 de fecha 20 de agosto de 2019 se adjudicó a la firma “GRUPO VIAL SRL”,
tramitado por Expediente Nº 4092 –20229/19; y
CONSIDERANDO:
Que razones operativas y administrativas no se llevará a cabo
la obra en cuestión; por lo que se aconseja dejar sin efecto el Concurso de Precios N°
37/19 y rescindir el Contrato celebrado el 23/08/2019.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1º) Dejase sin efecto el Concurso de Precios N°37/19, “Contratación de
--------------------- retropala excavadora con extensible para excavación de
conducto J. B. Justo – 1° Etapa” – Expediente Nº 4092 –20229/19, de acuerdo a
los considerandos expuestos en el presente.--------------------------------------------------------
----------------------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el artículo precedente, rescíndase el
-------------------- contrato de obra celebrado en fecha 23 de agosto del año 2019 entre
la Municipalidad de Ramallo y la firma: “GRUPO VIAL SRL”-----------------------------------
-------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a la Dirección Municipal de Compras y
Suministros ---------------------- Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la
Municipalidad de Ramallo, a quienes corresponda y dese al Libro de Decretos.----------
-----------------------------------------
Leandro Marcelo Torri
Secretario de Obras y Servicios Públicos
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 803/19.-
RAMALLO, 06 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La existencia de parcelas de terrenos, ubicados en el Partido de
Ramallo, a los que el Municipio viene brindando servicios ininterrumpidamente desde
hace muchos años sin poder obtener registros de persona a quien intimar el pago de
las Tasas;
Que sobre estos lotes, el Municipio de Ramallo ha provisto
infraestructura destinada al bienestar y el mejoramiento de la calidad de vida de la
Comunidad en su conjunto, como así también, el embellecimiento y seguridad del
lugar; y
C O N S I D E R A N D O:
Que se torna necesario arbitrar los medios y herramientas que brinda la normativa legal Nacional y Provincial vigente en la materia, a los fines de obtener seguridad jurídica sobre los terrenos aludidos precedentemente;
Que de la documentación que acompaña surge que el inmueble
ubicado en la CIRC. I - SECC. C – MZA. 208 - PARC. 1 - PARTIDA 2070 de Ramallo
en que se encuentra emplazado el Campo de Deportes del Club Atlético y Social
Paraná, enmarcada en el Artículo 4015 del Código Civil, dando estricto cumplimiento
a los principios allí consagrados;
Que la Ley Nacional 21.477 modificada por su similar 24.320
contempla este tipo de situaciones, favoreciendo la regularización de Títulos Jurídicos,
posibilitando la obtención por parte de esta Administración la declaración de la
PRESCRIPCION ADQUISITIVA de este inmueble;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE
MUNICIPAL DE RAMALLO EN USO DE SUS FACULTADES
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a iniciar los trámites
-------------------- administrativos necesarios, tendientes a declarar la PRESCRIPCION
ADQUISITIVA de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 4015 del Código Civil y Ley
Nacional 21.477, modificada por su similar 24.320 a favor de la MUNICIPALIDAD DE
RAMALLO, de una fracción de tierra ubicada en la Localidad Villa Ramallo, Partido de
Ramallo, Identificada Catastralmente como: CIRC. I - SECC. C – MZA. 208 - PARC. 1
- PARTIDA 2070, compuesta de una Superficie de CINCO MIL DOSCIENTOS DIEZ
con TREINTA Y OCHO (5210,38 m2).-----------------------------------------------------------------
----------
ARTICULO 2º) Autorízase a la ESCRIBANIA GENERAL DE GOBIERNO de la
--------------------- PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a extender la pertinente Escritura
Declarativa de Dominio de la referida tierra, para su ulterior inscripción en la Dirección
Provincial del Registro de la Propiedad.---------------------------------------------------------------
-----
ARTICULO 3º) Una vez regularizada la situación iníciense los tramites de donación
del -------------------- inmueble ubicado en CIRC. I - SECC. C – MZA. 208 -
PARC. 1 - PARTIDA 2070 de Ramallo a favor del Club Atlético y Social Paraná –
Personería Jurídica, Nº 4302 – Entidad de Bien Publico Nº 7282; para el
funcionamiento de su campo de deportes.----
ARTICULO 4º) Comuníquese a la institución, al departamento de Tierras, a quienes
-------------------- corresponda y dese al libro de Decretos.----------------------------------------
-----
Juan Carlos Maciel Mauro David Poletti
Secretario de Gobierno Interino
Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad
de Ramallo
DECRETO Nº 804/19.- RAMALLO, 06 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que el próximo 10 de diciembre del corriente año, se realizará el
Acta de Transmisión de Autoridades; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo.
POR TODO ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RAMALLO
EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Dispónese ASUETO ADMINISTRATIVO para el día 10 de diciembre
de --------------------- 2019, para toda la Administración Pública Municipal,
manteniéndose los servicios esenciales y guardias de emergencia.--------------------
---------------------------------
ARTÍCULO 2°) Exceptuar del asueto administrativo dispuesto por el artículo
precedente, ---------------------- a la Tesorería Municipal y Contaduría Municipal,
quienes deberán realizar el “Acta de Trasmisión de Administración”.-------------------------
---------------------------------------
ARTÍCULO 3°) Comuníquese a la Dirección de Personal, a quienes corresponda.
Dése al --------------------- Libro de Decretos.----------------------------------------------------------
----------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 805/19.-
RAMALLO, 06 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La necesidad de contemplar la situación de aquellos cargos que
llevan implícita una mayor responsabilidad en el cumplimiento de sus tareas; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido por el artículo 6°, de la Ley
14656, el Departamento Ejecutivo Municipal podrá instituir otras bonificaciones;
Que se impone el dictado del acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Fíjase en concepto de Bonificación Remunerativa, de carácter
mensual, -------------------- regular y habitual por mayor responsabilidad (CÓDIGO
073); la suma de PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-), para la “Asesora Legal –
Secretaría de Desarrollo Local”.----------------------------------------------------------------------
-----------------------------------------
ARTÍCULO 2º) El presente decreto regirá a partir del 11 de diciembre de 2019.--------
-----
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal, a la interesada, a
--------------------- quien corresponda; y dese al Libro de Decretos.---------------------------
----
Juan Carlos Maciel Mauro David Poletti Secretario de Gobierno Interino Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad
de Ramallo
DECRETO Nº 806/19.-
RAMALLO, 06 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Las vacantes existentes en el Presupuesto de Gastos vigente de
la Administración Central para el Ejercicio 2019, aprobado por Ordenanza N° 5949/19
– Promulgada por Decreto N° 430/19; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Designase en la Planta Permanente de la Municipalidad de
Ramallo --------------------- dentro del Agrupamiento Personal
Administrativo Clase IV, a los Agentes que a continuación se detallan:
ÁREA DE SERVICIO – LIMPIEZA – MESA DE ENTRADA
ARELLANO, Gisela Itatí Legajo Nº 0354 D.N.I. N°
26.390.754
ÁREA DE MANTENIMIENTO EN EL PALACIO MUNICIPAL – CADETE
GAETO, Enrique Legajo N° 0220 D.N.I. N°
14.492.906
CORRALÓN RAMALLO – PAÑOL
SALVATIERRA, Matías Alberto Legajo N° 1021 D.N.I. Nº
26.042.121.---
ARTÍCULO 2°) Designase en la Planta Permanente de la Municipalidad de
Ramallo --------------------- dentro del Agrupamiento Personal Técnico
- Clase IV; al agente municipal:
MONITOREO – SECRETARÍA DE SEGURIDAD
MARTÍNEZ, Emilio Fabián Legajo N° 0976 D.N.I. N°
22.024.557
ARTÍCULO 3°) El presente decreto regirá a partir del día 1° de diciembre de
2019.----------
ARTÍCULO 4°) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los
interesados ----------------------- a quienes corresponda. Deróguese
cualquier otra norma que se oponga al presente; cumplido dese al Libro de
Decretos.--------------------------------------------------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 807/19.- RAMALLO, 06 de diciembre de 2019.-
VISTO:
Que al día de la fecha las partidas correspondientes a los Recursos Afectados de Origen Nacional del Estado de Ejecución de Recursos de la Administración Central se encuentran excedidas, fruto de una mayor recaudación; CONSIDERANDO:
Que resulta imperioso regularizar dicha situación conforme
lo dispuesto por la Ley 14.982 en lo atinente a los artículos 118º, 119º y 120º
de la LOM; realizando la adecuación presupuestaria correspondiente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE,
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Ampliase el Cálculo de Recursos vigente de la Administración Central en la suma -------------------- de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO C 23/100 ($ 59.090.558,23) en las siguientes partidas:
12.1.01.01 – Alumbrado, Barrido y Limpieza – De Ej. Anteriores $ 1.276.260,36
12.1.01.02 – Alumbrado, Barrido y Limpieza – Del Ejercicio $ 11.933.729,46
12.1.03.01 – Conservación y Mejorado de la Red Vial M. - De Ej Ant $ 55.184,93
12.1.03.02 - Conservación y Mejorado de la Red Vial M. - Del Ej. $ 1.008.933,98
12.1.05.01 – Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene-De Ej. Ant
$ 3.057.038,10
12.1.05.02 - Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene- Del Ej. $ 41.759.411,38
ARTÍCULO 2º) Con los fondos provenientes del Artículo anterior, ampliase el ------------------ Presupuesto de Gastos vigente de la Administración Central en PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES NOVENTA MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y OCHO C 23/100 ($ 59.090.558,23) en las siguientes partidas:
Jurisdicción: 1110101000 - Intendencia
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Apertura Programática: 01.00.00 - Conducción y Administración General
Objeto del Gasto:
1.1.1.2- Personal Jerárquico $ 63.642,30
1.1.1.5 - Personal Administrativo $ 258.009,18
1.1.1.8 - Reemplazos $ 1.025,86
1.1.4.0 - Sueldo anual complementario $ 83.348,66
1.1.7.0 - Complementos $ 3.630
1.2.6.0 - Contribuciones patronales $ 1.210
1.3.1.0 – Retribuciones Extraordinarias $ 25.476,20
1.4.0.0 – Asignaciones Familiares $ 54.002,00
2.6.1.0 – Productos de Arcilla y Ceramica $ 1.630
2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso $ 2.064
2.7.1.0 – Productos Ferrosos $ 46.736,50
2.7.2.0 – Productos no Ferrosos $ 25.816,00
2.7.5.0 – Herramientas Menores $ 716,09
2.8.4.0 – Piedra, arcilla y arena $ 775
3.9.9.0 - Otros $ 33.142,50
4.3.4.0 – Equipos de comunicación y señalamiento $ 6156
4.3.6.0 – Equipo para Computación $ 167.226,84
4.3.7.0 – Equipo de Oficina y Muebles $ 58.895
5.1.4.9 – Otras ayudas sociales a personas $ 10.000
5.2.4.0 – Transferencias a otras instituciones $ 466.283
5.1.7.6 – Otras Transferencias a Instituciones y Personas $ 200.000
Apertura Programática: 51.01.00 - Promoción del Deporte
Objeto del Gasto:
1.1.1.1 – Personal Superior $ 66.537,81
1.1.1.4 – Personal Técnico $ 1.036.197,36
1.1.1.5 – Personal Administrativo $ 23.620,66
1.1.1.8 – Reemplazos $ 34.852,99
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 111.183,74
1.1.4.0 – Sueldo Anual Complementario $ 75.003,89
1.1.6.0 – Contribuciones Patronales $ 247.966,15
1.1.7.0 – Complementos $8.321,43
1.4.0.0 – Asignaciones Familiares $ 25.450
2.1.1.0 – Alimentos para personas $13.719
2.5.5.0 – Tintas, pinturas y colorantes $38.048,89
2.6.2.0 – Productos de Vidrio $3.500
2.6.5.0 – Cemento, cal y yeso $ 18.589,28
2.6.9.0 - Otros $ 2.416,64
2.9.3.0 – Utiles y Materiales Electricos $ 1.045
2.9.4.0 – Utensillos de cocina y comedor $ 3.077
2.9.9.0 – Otros $ 140.630
3.1.1.0 – Energía Eléctrica $ 164.275,52
3.5.1.0 – Transporte $ 805.000
3.5.4.0 – Primas y gastos de seguros $63.512,17
3.5.9.0 - Otros $ 8.400
3.9.1.0 – Servicios de Ceremonial $ 10.600
3.9.9.0 – Otros $ 938.189,13
4.3.6.0 – Equipo para Computación $ 25.549
5.1.7.6 - Otras transferencias a instituciones y personas $ 439.603,98
5.2.4.9 – Transferencias a otras instituciones $ 335.420
5.4.2.0 – Transferencias a instituciones $ 100.000
Apertura Programática: 51.02.00 – Torneos Bonaerenses
Objeto del Gasto:
2.2.2.0 – Prendas de vestir $ 643.889
2.9.9.0 – Otros $ 256.200
3.4.7.0 – Servicios de Hoteleria $ 1.845.425
3.9.9.0 - Otros $ 660.202,94
Apertura Programática: 51.02.00 – Torneos Bonaerenses
Objeto del Gasto:
1.1.1.1 - Personal Superior
$ 641.917,21
1.1.1.5 - Personal Administrativo $ 621.888,97
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 278.106,98
1.1.4.0 – Sueldo Anual Complementario $ 111.813,23
1.1.6.0 – Contribuciones Patronales $ 272.847,66
1.1.7.0 - Complementos $ 325.694,42
3.1.1.0 – Energía Eléctrica $ 71.084,07
3.1.2.0 – Agua $ 11.513,30
3.1.4.0 – Telefonos, telex y telefax $ 12.628,69
3.2.9.0 - Otros $ 358.200
3.4.7.0 – Servicios de Hoteleria $ 24.600
3.4.9.0 - Otros $ 260.400
3.5.9.0 - Otros $ 475.100
3.6.1.0 - Publicidad $ 25.500
3.8.9.0 - Otros $ 30.000
3.9.9.0 - Otros $ 3.771.117,42
4.2.1.0 – Construcciones en bienes de dominio.. $ 73.300
5.1.7.6 – Otras Transferencias a instituciones y...
$ 329.615,01
Apertura Programática: 52.02.00 – Ramallo PORA
Objeto del Gasto:
3.9.9.0 - Otros $ 350.815
Apertura Programática: 53.00.00 – Apoyo Municipal a la Educación
Objeto del Gasto:
1.1.1.1 – Personal Superior $ 139.144,71
1.1.1.4 – Personal Técnico $ 92.443,58
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 146.350,77
1.1.6.0 - Contribuciones Patronales $ 96.701,58
2.1.1.0 – Alimentos para personas $ 120.831,50
2.2.2.0 – Prendas de Vestir $ 204.920
2.9.2.0 – Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 346.804
2.9.6.0 – Repuestos y accesorios $ 149.892,40
2.9.9.0 - Otros $ 9.100,00
3.1.1.0 – Energía Eléctrica $ 30.124,33
3.1.4.0 – Teléfono, telex y telefax $ 98.520
3.4.1.0 – Estudios Investigaciones y proyectos.. $ 150.000
3.5.4.0 – Primas y gastos de seguros $ 12.442,17
3.5.9.0 - Otros $ 61.000
2.6.1.0 - Publicidad $ 971.640
3.9.3.0 – Servicios de Vigilancia $ 805.920
3.9.9.0 - Otros $ 42.400
4.3.4.0 – Equipo de comunicación y señalamiento $ 3.900
4.3.6.0 – Equipo para computación $ 152.634,68
4.3.7.0 – Equipo de Oficina y Muebles $ 11.636
4.8.1.0 – Programas de computación $ 30.000
5.1.7.1 – Subsidio Biblioteca Fortunato Zampa $ 84.765,60
5.1.7.6 – Otras transferencias a instituciones y.. $ 178.957,19
5.3.7.9 – Otras Transferencias a Entes de Gobierno... $ 79.400
5.4.7.9 – Transferencias a Entes de Gobierno... $ 79.440,08
Secretaría de Gobierno $ 653.073,27
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Apertura Programática: 01.00.00 - Conducción y Administración de Gobierno
Objeto del Gasto:
1.1.1.1 – Personal Superior $ 998.654,31
1.1.1.2 – Personal Jerárquico $ 567.572,77
1.1.1.4 – Personal Técnico $ 114.520,67
1.1.1.5 – Personal Administrativo $ 222.039,96
1.1.1.6 – Personal Obrero $ 160.269,35
1.1.1.7 – Personal de Servicio $ 250.039,22
1.1.1.8 - Reemplazos $ 79.258,83
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 1.136.352,97
1.1.4.0 – Sueldo Anual Complementario $ 228.698,82
1.1.6.0 – Contribuciones Patronales $ 1.902.076,84
1.1.7.0 - Complementos $ 323.958,47
1.3.1.0 – Retribuciones Extraordinarias $ 288.198,66
1.4.0.0 – Asignaciones Familiares $ 316.986
1.6.0.0 – Beneficios y Compensaciones $177.744,78
2.1.1.0 – Alimentos para Personas $119.169,70
2.3.1.0 – Papel de Escritorio y Carton $ 401.333,50
2.3.4.0 – Productos de papel y carton $ 66.385,40
2.4.4.0 – Cubiertas y Camaras de aire $ 60.704,50
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 735.281,63
2.5.5.0 – Tiendas, pinturas y colorantes $ 47.758,41
2.5.6.0 – Combustibles y Lubricantes $ 503.440,96
2.9.1.0 – Elementos de Limpieza $ 98.105,59
2.9.2.0 – Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 126.509,03
2.9.3.0 – Útiles y Materiales eléctricos $ 316.548,21
2.9.6.0 – Repuestos y Accesorios $ 482.608,30
3.1.1.0 – Energía Eléctrica $469.804,25
3.1.4.0 – Telefonos, telex y telefax $ 281.860,29
3.1.5.0 – Correos y telégrafo $ 134.413,78
3.2.1.0 – Alquiler de Edificios y locales $ 54.428
3.2.2.0 – Alquiler de maquinaria, equipos y medios $ 51.196
3.2.3.0 – Alquiler de equipos de comunicación $ 1.871.534,73
3.2.4.0 – Alquiler de Fotocopiadoras $ 285.165,76
3.6.1.0 - Publicidad $ 234.950
4.2.1.0 – Construcciones en bienes de dominio $ 96.500
4.3.4.0 – Equipo de comunicación y señalamiento $ 26.426
4.3.6.0 – Equipo para computación $ 181.433,38
4.8.1.0 – Programas de computación $15.365,84
5.1.4.9 – Otras ayudas sociales a personas $ 11.000
5.1.7.6 – Otras transferencias a instituciones... $ 4.900
5.2.4.0 – Transferencias a otras instituciones $ 1.477.438,82
Apertura Programática: 53.00.00 – Delegación Villa Ramallo
Objeto del Gasto:
1.1.1.1 – Personal Superior $ 67.004,89
1.1.1.2 – Personal Jerárquico $ 185.562,58
1.1.1.4 – Personal Técnico $ 133.707,06
1.1.1.5 – Personal Administrativo $ 728.566,74
1.1.1.6 - Personal Obrero $ 1.554.434,09
1.1.1.7 – Personal de Servicio $ 115.648,11
1.1.1.8 - Reemplazos $ 26.224,98
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 796.622,81
1.1.4.0 – Sueldo Anual Complementario $ 74.483,46
1.1.6.0 – Contribuciones Patronales $ 1.329.339,72
1.1.7.0 - Complementos $ 105.572,64
1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo $ 2.064.267,85
1.2.2.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 112.000
1.2.5.0 – Contribuciones Patronales $ 370.293,91
1.3.1.0 – Retribuciones Extraordinarias $ 1.480.983,20
1.4.0.0 – Asignaciones Familiares $ 936.699
2.1.1.0 – Alimentos para personas $ 315.755,70
2.1.5.0 – Madera, corcho y manufacturas $ 153
3.1.1.0 – Energía Eléctrica $ 999.321,42
3.1.4.0 – Teléfonos, telex y telefax $ 29.390,25
3.5.4.0 – Primas y gastos de seguro $ 147.880,34
3.9.9.0 - Otros $ 20.240
Apertura Programática: 54.00.00 – Delegación Pérez Millán
Objeto del Gasto:
1.1.1.1 – Personal Superior $ 8.899,63
1.1.1.4 – Personal Técnico $ 111.144,65
1.1.1.5 – Personal Administrativo $ 147.974,78
1.1.1.6 – Personal Obrero $ 1.387.855,37
1.1.1.7 – Personal de Servicio $ 116.922,46
1.1.1.8 - Reemplazos $ 20.964,24
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 365.373,75
1.1.4.0 – Sueldo Anual Complementario $ 106.172,26
1.1.6.0 – Contribuciones Patronales $ 574.872,26
1.1.7.0 - Complementos $ 20.324,70
1.3.1.0 – Retribuciones Extraordinarias $ 928.305,48
1.4.0.0 – Asignaciones Familiares $ 416.241
3.1.1.0 – Energía Eléctrica $ 256.394,30
3.1.2.0 - Agua $ 3.475,26
3.1.3.0 - Gas $ 14.581,31
Secretaría de Gobierno
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Apertura Programática: 01.00.00 – Administración Financiera
1.1.1.1 – Personal Superior $ 63.472,70
1.1.1.2 – Personal Jerárquico $ 143.720,55
1.1.1.3 – Personal Profesional $ 18.245,77
1.1.1.4 – Personal Técnico $ 23.593,52
1.1.1.5 – Personal Administrativo $ 940.888,16
1.1.1.8 - Reemplazos $ 78.450,78
1.1.3.0 – Retribuciones que no hacen al cargo $ 1.073.969,24
1.1.4.0 – Sueldo Anual Complementario $ 113.615
1.1.6.0 – Contribuciones Patronales $ 1.587.129,34
1.1.7.0 - Complementos $ 752.372,52
1.6.0.0 – Beneficios y Compensaciones $ 433.185,86
3.1.3.0 - Gas $ 55.497,88
3.1.4.0 – Teléfonos, telex y telefax $ 133.272,75
3.4.6.0 – De informática y sistemas computarizados $ 178.885,88
3.5.3.0 – Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 12.785,61
3.5.4.0 – Prima y gastos de Seguro $ 88.288,09
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a Contaduría, a quienes corresponda y dése al Libro ------------------ de Decretos.----------------------------------------------------------------------------
Cr. Hernán H. Vázquez Mauro David Poletti Secretario de Presupuesto y Hacienda Intendente Municipalidad de Ramallo Municipalidad de
Ramallo
DECRETO Nº 808/19.-
RAMALLO, 06 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La necesidad de afectar personal de la Administración Central a la
“Oficina de Empleo – Villa Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aféctese a la Agente Municipal Sra. María Emilia CHERIANI – Legajo
Nº ------------------------- 470 – D.N.I. Nº 28.218.148, para desarrollar tareas en la
“Oficina de Empleo – Villa Ramallo”, a partir del día 1° de diciembre de 2019.------------
--------------------
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a la Dirección Municipal de Personal; a la interesada,
a ----------------------- quienes corresponda; cumplido dese al Libro de
Decretos.------------------
Juan Carlos Maciel
Secretario de Gobierno Interino
Municipalidad de Ramallo
Mauro David Poletti
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 809/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Cristian Alejandro MANSILLA,
al cargo de “Secretario de Coordinación y Relaciones Institucionales de la
Municipalidad de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Cristian Alejandro
MANSILLA ------------------------- Legajo Nº 278 - D.N.I. N° 23.863.783; a partir del día
10 de diciembre de 2019, al cargo de “Secretario de Coordinación y Relaciones
Institucionales de la Municipalidad de Ramallo”.-----------------------------------------------
-----------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 814/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Mariano Miguel VEIGA, al
cargo de “Secretario de Desarrollo Local de la Municipalidad de Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Mariano Miguel VEIGA -
------------------------- Legajo Nº 0484 - D.N.I. N° 12.208.258; a partir del día 10 de
diciembre de 2019, al cargo de “Secretario de Desarrollo Local de la
Municipalidad de Ramallo”.----------------------------------------------------------------------------
-------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 817/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Maximiliano Alejandro
CARIBONI, al cargo de “Subsecretario de Servicios Públicos de la Municipalidad
de Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Maximiliano Alejandro
------------------------- CARIBONI - Legajo Nº 481 - D.N.I. N° 23.067.986; a partir del día
10 de diciembre de 2019, al cargo de “Subsecretario de Servicios Públicos de la
Municipalidad de Ramallo”.----------------------------------------------------------------------------
------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 818/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. Laura Teresita CASTRO
SABBATTINI, al cargo de “Subsecretaria de Educación de la Municipalidad de
Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. Laura Teresita CASTRO
-------------------------- SABBATTINI – Legajo Nº 0595 - Nº D.N.I. N° 35.702.114, a partir
del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Subsecretaria de Educación de la
Municipalidad de Ramallo”.----------------------------------------------------------------------------
------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 819/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Marcos Federico HAEDO, al
cargo de “Subsecretario de Prensa y Comunicación de la Municipalidad de
Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Marcos Federico HAEDO
– --------------------------- Legajo Nº 554 - D.N.I. N° 23.863.665, a partir del día
10 de diciembre de 2019, al cargo de“Subsecretario de Prensa y Comunicación de
la Municipalidad de Ramallo”.-------------------------------------------------------------------------
---------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 820/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Carlos Antonio MONTIVERO,
al cargo de “Subsecretario de Modernización del Estado de la Municipalidad de
Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Carlos Antonio
MONTIVERO -------------------------- Legajo Nº 570 - D.N.I. N° 24.258.757, a partir del
día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Subsecretario de Modernización del
Estado de la Municipalidad de Ramallo”.----------------------------------------------------------
--------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 821/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Marcelo Andrés VERON, al
cargo de “Subsecretario de Deportes de la Municipalidad de Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Marcelo Andrés VERON
-------------------------- Legajo Nº 472 – D.N.I. N° 26.353.710, a partir del día 10 de
diciembre de 2019, al cargo de “Subsecretario de Deportes de la Municipalidad de
Ramallo”.------------------------------------------------------------------------------------------------------
-----
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 827/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Juan Agustín DI BUCCI de
ZAVALETA, al cargo de “Delegado Municipal de Villa Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Juan Agustín DI BUCCI
de ------------------------- ZAVALETA – Legajo Nº 0491 - D.N.I. N° 33.851.806, a
partir del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Delegado Municipal de Villa
Ramallo”.-------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 828/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Federico Andrés FLOCO, al
cargo de “Delegado de la Localidad de Pérez Millán”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Federico Andrés FLOCO -
------------------------- Legajo Nº 1974 - D.N.I. N° 26.913.432; a partir del día 10 de
diciembre de 2019, al cargo de “Delegado de la Localidad de Pérez Millán”.----------
-----
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 829/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Ramón Ariel GALARZA, al
cargo de “Delegado Interino de la Localidad de Villa Gral. Savio”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Ramón Ariel GALARZA -
------------------------- Legajo Nº 1372 - D.N.I. N° 24.258.520; a partir del día 10 de
diciembre de 2019, al cargo de “Delegado Interino de la Localidad de Villa Gral.
Savio”.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
-----
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 830/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. María Isabel PUCHET, al
cargo de “Delegada Clase II de la Localidad de El Paraíso”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. María Isabel PUCHET -
------------------------- Legajo N° 0679 - D.N.I. Nº 23.607.820; a partir del día 10 de
diciembre de 2019, al cargo de “Delegada Clase II de la Localidad de El Paraíso”.--
-----
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 831/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Claudio Ramón CARIBONI, al
cargo de “Director General Ramallo” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Claudio Ramón
CARIBONI - ------------------------- Legajo Nº 0583 – D.N.I. Nº 16.077.797; a
partir del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Director General Ramallo” sin
estabilidad.----------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 832/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Flavio Ariel CARNAZOLA, al
cargo de “Director de Supervisión y Control de Obras y Servicios Públicos de la
Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Flavio Ariel CARNAZOLA
- ------------------------- D.N.I. N° 24.524.598 - Legajo N° 809; a partir del día 10
de diciembre de 2019, al cargo de “Director de Supervisión y Control de Obras y
Servicios Públicos de la Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad.--------------------
-------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 833/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. Noelia Estefanía CASASSA,
al cargo de “Directora de Juventud de la Municipalidad de Ramallo” sin
estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. Noelia Estefanía
CASASSA - ------------------------- Legajo Nº 0550 - D.N.I. N° 33.413.007; a
partir del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Directora de Juventud de la
Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad.-------------------------------------------------------
------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 834/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. Fernanda Lorena
GUSMERINI, al cargo de “Directora de Cooperación, Planeamiento y Control de
Gestión de la Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. Fernanda Lorena
-------------------------- GUSMERINI – Legajo N° 1279 - D.N.I. N° 23.863.870; a partir del
día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Directora de Cooperación, Planeamiento
y Control de Gestión de la Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad.-----------------
-------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 835/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. Natalia Lorena HANGLIN, al
cargo de “Directora de Promoción Social y Derechos Humanos Zona 2 – Villa
Ramallo” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. Natalia Lorena HANGLIN
– ------------------------- Legajo N° 569 – D.N.I. N° 24.277.857, a partir del día 10
de diciembre de 2019, al cargo de “Directora de Promoción Social y Derechos
Humanos Zona 2 – Villa Ramallo” sin estabilidad.---------------------------------------------
---------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 836/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Pedro Nicolás LOCARDI, al
cargo de “Director de Monitoreo de la Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad;
y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Pedro Nicolás LOCARDI -
------------------------- Legajo Nº 0548 – D.N.I. Nº 33.851.736; a partir del día 10 de
diciembre de 2019, al cargo de “Director de Monitoreo de la Municipalidad de
Ramallo” sin estabilidad.--------------------------------------------------------------------------------
-----
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 837/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. Verónica Vanesa POPOVIC,
al cargo de “Directora de Promoción Social y Derechos Humanos Zona 3 – Pérez
Millán” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. Verónica Vanesa
POPOVIC -------------------------- Legajo N°1920 – D.N.I. Nº 26.660.485; a partir del día
10 de diciembre de 2019, al cargo de “Directora de Promoción Social y Derechos
Humanos Zona 3 – Pérez Millán” sin estabilidad.-----------------------------------------------
-------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 838/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la Sra. RAMÍREZ Rosana Patricia, al
cargo de “Directora de Fiscalización de Recursos Humanos de la Municipalidad
de Ramallo” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por la Sra. RAMÍREZ Rosana
Patricia - -------------------------- Legajo Nº 0698 - D.N.I. Nº 22.596.749; a partir
del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Directora de Fiscalización de
Recursos Humanos de la Municipalidad de Ramallo” sin estabilidad.------------------
---------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 839/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Juan Alberto VESSHEARELLI,
al cargo de “Director de Control de Obras en Villa Ramallo” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Juan Alberto
VESSHEARELLI ------------------------- Legajo N° 0655 - D.N.I. N° 11.361.773; a partir
del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Director de Control de Obras en Villa
Ramallo” sin estabilidad.--------------------------------------------------------------------------------
------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 840/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Sr. Osvaldo José VILLARREAL, al
cargo de “Director de Desarrollo Turístico Municipal” sin estabilidad; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Sr. Osvaldo José
VILLARREAL ------------------------- Legajo N° 0676 – D.N.I. N° 22.939.136; a partir del
día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Director de Desarrollo Turístico
Municipal” sin estabilidad.------------------------------------------------------------------------------
--------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 841/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Cr. Lucas Jesús REYIK, al cargo
de Director Administrativo (con Rango de Subsecretario Municipal) del
Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Cr. Lucas Jesús REYIK -
Legajo ------------------------- Nº 3127 – Clase 1977 - D.N.I. Nº 26.042.062, a partir del
día 10 de diciembre de 2019, al cargo de Director Administrativo (con Rango de
Subsecretario Municipal) del Organismo Descentralizado Hospital Municipal
“José María Gomendio”.---------------------------------------------------------------------------------
-----------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 842/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por el Dr. Rubén Horacio MILLAN, al
cargo de Director Ejecutivo (con Rango de Secretario Municipal) del Organismo
Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aceptase la renuncia presentada por el Dr. Rubén Horacio MILLAN
-------------------------- Legajo Nº 3055 – Clase 1954 - M.P. Nº 61534 – D.N.I. Nº
11.445.194, a partir del día 10 de diciembre de 2019, al cargo de “Director Ejecutivo
(con Rango de Secretario Municipal) del Organismo Descentralizado Hospital
Municipal “José María Gomendio”.------------------------------------------------------------------
--------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón
------------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.---
------
Mauro David Poletti
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 843/19.-
RAMALLO, 09 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que en la fecha culmina el Mandato Constitucional 2019 –
2023, en el cual ocupará la titularidad del Departamento Ejecutivo Municipal a partir
del día 10 de diciembre de 2019, el Intendente Municipal del Partido de Ramallo Prof.
Gustavo Haroldo PERIÉ; y
CONSIDERANDO:
Que como resultante del veredicto popular expresado en las
urnas, en la Elección General celebrada el día 27 de octubre de 2019, ha resultado
electo para desempeñarse en el cargo de Intendente Municipal del Partido de Ramallo,
el Ciudadano Prof. Gustavo Haroldo PERIE.
Que se ha dado cumplimiento a las prescripciones de la Constitución de la Provincia
de Buenos Aires, la Ley Electoral, el Decreto – Ley Nº 6769 / 58 “Ley Orgánica de
las Municipalidades” y el Art. 48º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones
de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires y
Normas Complementarias;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Hacer formal entrega del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL al
Electo --------------------- Intendente Municipal del Partido de Ramallo, Prof.
Gustavo Haroldo PERIE; Clase 1972 – D.N.I. Nº 22.939.029, a partir del día 10 de
diciembre de 2019, con ajuste a las normativas prescriptas por la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires, la Ley Electoral, el Decreto – Ley Nº 6769 / 58 “Ley
Orgánica de las Municipalidades” y el Art. 48º del Reglamento de Contabilidad y
Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos
Aires y sus Normas Complementarias.----------------------------------------------------------------
--------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tomen razón la
Contaduría
-------------------- Municipal y la Dirección Municipal de Despacho General; cumplido
dése al Libro de Decretos.---------------------------------------------------------------------------------
----------
Mauro David
Poletti
Intendente
Municipalidad
de Ramallo
DECRETO Nº 844/19.-
RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.-
VISTO:
Que en la fecha se inicia el Mandato Constitucional 2019 –
2023 de la Municipalidad de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
Que a través de la sanción del Decreto Municipal Nº 843/19
del día 09 de diciembre de 2019, el saliente Intendente Municipal Señor Mauro
David Poletti, hace formal entrega del DESPACHO OFICIAL, al suscripto Intendente
Municipal del Partido de Ramallo para el período constitucional que hoy se inicia;
Que en orden a la transmisión de esta Administración
Municipal, se ha dado cumplimiento a las prescripciones de la Constitución de la
Provincia de Buenos Aires, la Ley Electoral, el Decreto – Ley Nº 6769/58 “Ley
Orgánica de las Municipalidades” y el Art. 48º del Reglamento de Contabilidad y
Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de
Buenos Aires y Normas Complementarias;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE,
EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Hacerse cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL, a partir
de la
-------------------- fecha, con ajuste a las normativas prescriptas por la Constitución
de la Provincia de Buenos Aires, la Ley Electoral, el Decreto – Ley Nº 6769 / 58
“Ley Orgánica de las Municipalidades” y el Art. 48º del Reglamento de
Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la
Provincia de Buenos Aires y sus Normas Complementarias.-------------------------------
-----------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tomen razón la
Contaduría
----------------------- Municipal y la Dirección Municipal de Personal; dése al Libro de
Decretos.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
-----
Sr.
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipal
de Ramallo
DECRETO Nº 845/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.- V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Secretario de ---------------------- Gobierno de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Silvio Norberto GAETO - Legajo N° 1902 – DNI N° 22.939.160 con los deberes y atribuciones que el cargo implica.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.----------------
Sr. Gustavo Haroldo Perié
Intendente Municipal de
Ramallo
DECRETO Nº 846/19.-
RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto N° 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretario ---------------------- Legal y Técnica de la Municipalidad de Ramallo al Dr. José Luis TORRIANI - Legajo N° 1877 – DNI N° 20.015.960
- Tomo VI – Fº 186 – C.A.S.N. – Tomo 91 – Fº 199 – C.S.J.N., con los deberes y atribuciones que el cargo implica---------------------------
ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 847/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Secretario de --------------------- COORDINACION DE GABINETE de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Roberto Alejandro BORSELLI - Legajo N° 1975 – DNI N° 23.389.474 con los deberes y atribuciones que el cargo implica------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 848/19. - RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.- V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que, en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de diciembre de 2019, como Secretaria de ---------------------- DESARROLLO HUMANO Y PROMOCION DE LA SALUD de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. María Soledad, AGOTEGARAY - Legajo N° 675 – DNI N° 25.162.929 con los deberes y atribuciones que el cargo implica-------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos. ------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 849/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.- V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO: Que, en virtud de la inminencia del acto de entrega del
Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE
EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de diciembre de 2019, como Secretaria de ---------------------- OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. María Gloria, RAMACCIOTTI - Legajo N° 4079 – D.N.I. N° 33.851.712 con los deberes y atribuciones que el cargo implica.-------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos. -------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 850/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Secretario de ---------------------- HACIENDA de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Pablo Alejandro ACOSTA - Legajo N° 318 – DNI N° 18.239.333, con los deberes y atribuciones que el cargo implica-------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 851/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO: Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del
Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Secretario de --------------------- SEGURIDAD CIUDADANA, EDUCACION VIAL y DEFENSA CIVIL de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Alejo Ernesto GIOVANELLI - Legajo N° 1831 – D.N.I. N° 22.435.673 con los deberes y atribuciones que el cargo implica------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tomé razón Dirección -------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.-------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 852/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.- V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretaria ---------------------- de Gobierno de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. Verónica Analía LEONETTI - Legajo N° 4081 – DNI N° 25.171.023, con los deberes y atribuciones que el cargo implica----------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 853/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretario de ---------------------- CULTURA de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Elías Martín GEORGETTI - Legajo N° 4071 – DNI N° 34.778.268 con los deberes y atribuciones que el cargo implica------------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Gustavo Haroldo Perié
Secretario de Gobierno Municipalidad de Ramallo
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 854/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.- V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19 el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretario de ---------------------- DESARROLLO LOCAL de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Marcos Antonio PRO - Legajo N° 4076 – DNI N° 25.341.314 con los deberes y atribuciones que el cargo implica---------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección -------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.-------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 855/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretaria ---------------------- de COMUNICACION de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. Gisela FIORI - Legajo N° 601 – DNI N° 26.762.922, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.-----------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 856/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretario de ---------------------- TURISMO de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Felipe Daniel LOPEZ - Legajo N° 4080 – DNI N° 23.863.241 con los deberes y atribuciones que el cargo implica.- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 857/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretaria del ---------------------- MENOR y la FAMILIA de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. Paula SAN FILIPPO - Legajo N° 502 – DNI N° 31.717.834 con los deberes y atribuciones que el cargo implica.----------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 858/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretaria de ---------------------- OBRAS PUBLICAS Y ORDENAMIENTO URBANO de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. Florencia Antonella
LIMA - Legajo N° 4072 – DNI N° 31.717.875 con los deberes y atribuciones que el cargo implica----------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 859/19.- RAMALLO, 10 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Director de ---------------------- JUVENTUD - sin estabilidad de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Julián SAN FILIPPO - Legajo N° 435 – DNI N° 34.359.708 con los deberes y atribuciones que el cargo implica.---------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 860/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Director de ----------------------- Coordinación de DESARROLLO HUMANO Y PROMOCION DE LA SALUD – sin estabilidad de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Mauro Hernán PETUNCHI - Legajo N° 4073 – DNI N° 27.826.784 con los deberes y atribuciones que el cargo implica------------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 861/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Director de ----------------------- LOGÍSTICA Y CAMINOS RURALES - sin estabilidad de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Gustavo Fabián REPETTO - Legajo N° 4075 – DNI N° 21.434.302, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.---------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 862/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Director de ----------------------- Coordinación de Intendencia - sin estabilidad de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Martín Alfonso Esteban SALAZAR - Legajo N° 4078 – DNI N° 25.768.033, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.-----------------------------------
ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 863/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Director de ----------------------- MESA DE ENTRADA Y AUDIENCIAS - sin estabilidad de la Municipalidad de Ramallo a la Sra. Marina HATTEMER - Legajo N° 680 – DNI N° 32.325.842, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.----------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 864/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretario de ----------------------- Educación de la Municipalidad de Ramallo, al Sr. Juan Ignacio GAMITO - Legajo N° 4082 – DNI N° 29.727.665, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.------------------------------------------------------------------------------------------------------ ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 865/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Delegado Clase I ---------------------- de la ciudad de Villa Ramallo al Sr. César Jorge COSTOYA - Legajo N° 1608 – DNI N° 24.258.704, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.----------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 866/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Delegado Clase I ---------------------- de la localidad Pérez Millán al Sr. Juan Pablo DÍAZ - Legajo N° 4074 – DNI N° 23.096.149, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 867/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Delegado Clase II ---------------------- de la localidad de El Paraíso al Sr. Claudio Alfredo MOREIRA - Legajo N° 1712 – DNI N° 17.320.932, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.-----------
ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón ------------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 868/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Delegado Clase II ---------------------- de la localidad Villa General Savio, al Sr. Pablo Guillermo MENA - Legajo N° 4077– DNI N° 30.458.556, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón Dirección --------------------- Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 869/19.- RAMALLO, 10 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de Diciembre de 2019, como Subsecretario de --------------------- Deportes de la Municipalidad de Ramallo, al Sr. Kevin SALVATIERRA - Legajo N° 1020 – DNI N° 36.467.532, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón ------------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 870/19.-
RAMALLO, 11 de
diciembre de 2019.-
V I S T O:
La necesidad de determinar responsable del órgano rector del
Sistema Administrativo implementado en el Decreto 2980/2000 “DISPOSICIONES DE
ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS FINANCIEROS Y REALES PARA LOS
MUNICIPIOS”; y
CONSIDERANDO:
Que cada uno de los sistemas implementados deben estar a
cargo de un agente que actuará como órgano rector, y asumiendo las
responsabilidades del dictado y la observancia del cumplimiento de las normas y
procedimientos establecidos en las citadas disposiciones.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RAMALLO EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Establécese como responsable del Módulo RAFAM, Artículo 30º –
Decreto ------------------- 2980/2000, según se detalla a continuación:
Sistema de Presupuesto:
Desde el 10/12/2019 - Secretario de Hacienda.---------------------------------------------------
-----
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a quien corresponda y remítase copia del presente a la
------------------- Delegación zonal respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas.--------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 871/19.-
RAMALLO, 11 de
diciembre de 2019.-
V I S T O:
Lo establecido en el Artículo 191º de la L.O.M. y Artículo 72º del
Decreto Nº 2980/00 y Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la
Provincia de Bs. As.; y
CONSIDERANDO:
Las atribuciones conferidas al Intendente Municipal en cuanto a la
suscripción de cheques.
Que es decisión del Intendente, autorizar al Secretario de
Hacienda de la Municipalidad de Ramallo, a firmarlos en su reemplazo juntamente con
el Tesorero Municipal.
Que dicha autorización, abarca también al endoso de todos los
valores que ingresen al Tesoro Municipal para su depósito en las respectivas cuentas
bancarias existentes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires – Sucursal Ramallo
y Banco Nación – Sucursal Villa Ramallo y Pérez Millán;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Autorizase al Secretario de Hacienda, a suscribir a partir
--------------------- del 10 de diciembre de 2019, los cheques que emita la Municipalidad
de Ramallo juntamente al Tesorero Municipal.------------------------------------------------------
----------
ARTÍCULO 2º) Autorizase al Secretario de Hacienda, al endoso de los valores que
--------------------- ingresen al Tesoro Municipal para su depósito en las respectivas
Cuentas Corrientes del Banco de la Provincia de Buenos Aires – Sucursal Ramallo y
Banco Nación – Sucursal Villa Ramallo y Pérez Millán .------------------------------------------
-------------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quien corresponda. Dése al Libro de Decretos.----------
------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 872/19.-
RAMALLO, 11 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La sanción de los Decretos N° 577/06 y N°578/06, que
establecen las competencias de la Dirección de Tributos y de la Dirección de
Personal respectivamente; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Ratificase en todos sus términos el Decreto N° 577/06,
sancionado con ----------------------- fecha 28 de septiembre de 2006----
------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°) Ratificase en todos sus términos el Decreto N° 578/06,
sancionado con ----------------------- fecha 28 de septiembre de 2006.---
------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°) Comuníquese a quienes corresponda; cumplido dese al Libro
de ----------------------- Decretos.---------------------------------------------------
--------------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 873/19.- RAMALLO, 11 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
El pedido formulado por la Secretaria de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud, mediante el cual solicita un adelanto de PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-); importe que será destinado a solventar los gastos que demandarán el traslado de pacientes ambulatorios durante el mes de diciembre de 2019, a las ciudades de Buenos Aires/ La Plata; y CONSIDERANDO:
Que resulta oportuno dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Por Contaduría y Tesorería Municipal líbrese en concepto de
--------------------- “adelanto de dinero” a la SECRETARIA DE DESARROLLO
HUMANO Y PROMOCION DE LA SALUD de la Municipalidad de Ramallo, Sra.
María Soledad, AGOTEGARAY - Legajo N° 675 – DNI N° 25.162.929, por la suma de
PESOS VEINTICINCO MIL ($ 25.000.-), importe que será destinado a solventar los
gastos que demandarán el traslado de pacientes ambulatorios durante el mes de
diciembre de 2019, a las ciudades de Buenos Aires/La Plata.----------------------------------
----------------------------------
ARTÍCULO 2º) El gasto que demande dar cumplimiento a lo descripto por el Artículo
1º --------------------- deberá ser imputado a:
Jurisdicción: 1110109000 – “Desarrollo Humano”
Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal
Programa: 31.05.00 – Ayuda Social a Indigentes
Objeto del Gasto:
3.7.2.0 “Viáticos”.------------------------------------------------------------------------------------------
-----
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, tomen razón Tesorería
Municipal; ------------------- dese al Libro de Decretos.----------------------------------------------
-------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 874/19.-
RAMALLO, 10 de diciembre de
2019.-
VISTO:
Que en la fecha y mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se
hace cargo del DESPACHO MUNICIPAL: dando inicio al MANDATO
CONSTITUCIONAL 2019 - 2023 de la Municipalidad de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
La vacante existente en el Presupuesto de Gastos del Ente
Descentralizado Hospital “José María Gomendio”, para el ejercicio Fiscal Año 2019 s/
La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente de la Administración Central
para el Ejercicio 2019, Ordenanza N° 5949/19 – promulgada por Decreto N° 430/19;
dentro del Agrupamiento Personal Jerárquico: “Director Administrativo” de dicho
Nosocomio;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto, resulta
necesario proceder a la designación del funcionario que estará a cargo de dicha
Dirección;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE,
EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Desígnase a partir del día 10 de diciembre de 2019, en el cargo
de ------------------- Director Administrativo (con Rango de Subsecretario
Municipal) del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María
Gomendio”, al Sr. Germán Eusebio MAURI - Legajo Nº 2580 - D.N.I. Nº 17.851.198,
con las atribuciones y deberes inherentes al mismo, en un todo de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Nº 4401/12: “Reglamento de los Efectores Municipales
de Salud de Ramallo”.---------------------
ARTÍCULO 2º) En cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 206º del DECRETO
-------------------- LEY Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”, elévese
copia del presente instrumento legal a fin de prestar acuerdo a la designación
producida, el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo.---------------------------------------
-----------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
Personal -------------------- del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dése al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
----------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 875/19.-
RAMALLO, 11 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que en la fecha y mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se
hace cargo del DESPACHO MUNICIPAL: dando inicio al MANDATO
CONSTITUCIONAL 2019 - 2023 de la Municipalidad de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
La vacante existente en el Presupuesto de Gastos del Ente
Descentralizado Hospital “José María Gomendio”, para el ejercicio Fiscal Año 2019 s/
la vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente de la Administración Central
para el Ejercicio 2019, Ordenanza N° 5949/19 – promulgada por Decreto N° 430/19;
dentro del Agrupamiento Personal Jerárquico: “Director Ejecutivo” de dicho
Nosocomio;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto, resulta necesario
proceder a la designación del funcionario que estará a cargo de dicha Dirección;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Desígnase a partir del día 10 de diciembre de 2019, en el cargo
de --------------------- “Director Ejecutivo” (con Rango de Secretario Municipal) del
Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”, al Dr.
Guillermo Van Kemenade - Legajo Nº 2206 – M.P. N° 62.164 - D.N.I. N° 11.801.417,
con las atribuciones y deberes inherentes al mismo, en un todo de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Nº 4401/12: “Reglamento de los Efectores Municipales
de Salud de Ramallo”.--------------------------------------------------------------------------------------
----------------------
ARTÍCULO 2º) En cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 206º del DECRETO
--------------------- LEY Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”, elévese
copia del presente instrumento legal a fin de prestar acuerdo a la designación
producida, el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo.---------------------------------------
-----------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
---------------------- Personal del Organismo Descentralizado Hospital Municipal
“José María Gomendio”; dése al Libro de Decretos.---------------------------------------------
--------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 876/19.-
RAMALLO, 11 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que en la fecha y mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se
hace cargo del DESPACHO MUNICIPAL: dando inicio al MANDATO
CONSTITUCIONAL 2019 - 2023 de la Municipalidad de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
La vacante existente en el Presupuesto de Gastos del Ente
Descentralizado Hospital “José María Gomendio”, para el ejercicio Fiscal Año 2019 s/
la vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente de la Administración Central
para el Ejercicio 2019, Ordenanza N° 5949/19 – promulgada por Decreto N° 430/19;
dentro del Agrupamiento Personal Jerárquico: “Director Médico” de dicho Nosocomio;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto, resulta necesario
proceder a la designación del funcionario que estará a cargo de dicha Dirección;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Desígnase a partir del día 10 de diciembre de 2019, en el cargo
de --------------------- “Director Médico” (con Rango de Subsecretario Municipal)
del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”, al Dr.
Juan Manuel DESPÓSITO – D.N.I. Nº 14.947.839 - M.P. Nº 62.590 – Legajo Nº 2465,
con las atribuciones y deberes inherentes al mismo, en un todo de acuerdo a lo
establecido en la Ordenanza Nº 4401/12: “Reglamento de los Efectores Municipales
de Salud de Ramallo”.--
ARTÍCULO 2º) En cumplimiento de lo preceptuado por el Art. 206º del DECRETO
--------------------- LEY Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”, elévese
copia del presente instrumento legal a fin de prestar acuerdo a la designación
producida, el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo.---------------------------------------
-----------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
---------------------- Personal del Organismo Descentralizado Hospital Municipal
“José María Gomendio”; dése al Libro de Decretos.---------------------------------------------
--------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 877/19.-
RAMALLO, 12 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La Reforma Administrativa implementada en el Municipio de Ramallo, a partir del Año 2001; y
CONSIDERANDO:
Que en dicha reforma aparece la figura de las “Unidades Ejecutoras” como responsables de cada categoría programática;
Que es necesario designar los funcionarios responsables de
cada unidad como así también prever los casos en los cuales el responsable de la Unidad ejecutora puede nombrar a un suplente para la firma de la documentación del proceso de Compras y Contabilidad;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; D E C R E T A
ARTICULO 1º) Establécese en el ámbito de la Administración Central, a
partir del 10 de
-------------------- diciembre de 2019, los siguientes responsables de Unidades
Ejecutoras:
Jurisdicción 1110101000 – Intendencia
Programa 01.00.00 - Conducción y Administración General
Unidad Ejecutora: Intendente.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Secretario de Gobierno.
Programa 51.01.00 - Promoción del Deporte
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Deportes.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Intendente.
Programa 51.02.00 - Torneos Bonaerenses
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Deportes.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Intendente.
Programa 52.01.00 - Promoción de la Cultura
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Cultura.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Intendente.
Programa 52.02.00 - Ramallo PORA
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Cultura.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Intendente.
Programa 53.00.00 - Apoyo Municipal a la Educación
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Educación.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Intendente.
Jurisdicción 1110102000 – Secretaría de Gobierno
Programa 01.00.00 - Conducción y Administración de Gobierno
Unidad Ejecutora: Secretario de Gobierno.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 53.00.00 - Delegación de Villa Ramallo
Unidad Ejecutora: Secretario de Gobierno.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 54.00.00 - Delegación de Pérez Millán
Unidad Ejecutora: Secretario de Gobierno.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 55.00.00 - Delegación de El Paraíso
Unidad Ejecutora: Secretario de Gobierno.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 56.00.00 - Delegación de Villa General Savio Unidad Ejecutora: Secretario de Gobierno.
Habilitado para la firma en caso de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 58.00.00 - Bromatología Unidad Ejecutora: Secretario de Gobierno.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Jurisdicción 1110103000 – Secretaría de Hacienda
Programa 01.00.00 - Administración Financiera
Unidad Ejecutora: Secretario de Hacienda.
Habilitado para la firma en casos de ausencia: Secretaria de Gobierno
Programa 92.00.00 - Erogaciones Figurativas
Unidad Ejecutora: Secretario de Hacienda
Habilitado para la firma en casos de ausencia: Secretaria de Gobierno
Programa 93.00.00 - Devolución de Tributos Unidad Ejecutora: Secretario de Hacienda
Habilitado para la firma en casos de ausencia: Secretaria de Gobierno
Jurisdicción 1110104000 – Secretaría de Obras y Servicios Públicos
Programa 01.00.00 - Conducción y Administración de Obras Públicas Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 16.00.00 - Prestación de Servicios de Cementerio
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 17.00.00 - Provisión de Agua Potable
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.01.00 - Alumbrado Público Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.02.00 - Recolección Residuos Domiciliarios
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.03.00 - Otros Servicios Urbanos Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.04.00 - Servicio de Barrido
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.05.00 - Servicio de Riego
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.06.00 - Servicio Recolección de Residuos Vegetales
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.07.00 - Mantenimiento Espacios Verdes
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 18.08.00 - Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 19.00.00 - Prestación del Servicio de Cloacas
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 21.00.00 - Obras con Fondos Municipales Afectados Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 22.00.00 - Obras con Fondos Provinciales Afectados Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 23.00.00 - Obras con Fondos Nacionales Afectados Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 25.01.00 – PAVIMenTAR – Fondos Municipales Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 25.02.00 – PAVIMenTAR – Fondos Provinciales
Unidad Ejecutora: Secretario de Obras y Servicios Públicos
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Las solicitudes de pedido de cada programa podrán ser suscriptas por el
delegado de cada localidad previamente coordinado con el responsable de la
unidad ejecutora. En ningún caso el mencionado delegado podrá suscribir las
respectivas solicitudes de gastos. Estas serán firmadas por el responsable en
cada caso mencionado.
Jurisdicción 1110107000 – Servicios de la Deuda
Programa 01.00.00 - Intereses de la Deuda Consolidada Unidad Ejecutora: Secretario de Hacienda.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Intendente.
Programa 94.00.00 - Deuda Flotante al Cierre Ejercicio Anterior
Unidad Ejecutora: Secretario de Hacienda.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Intendente.
Programa 95.00.00 - Deuda Consolidada
Unidad Ejecutora: Secretario de Hacienda.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Intendente.
Jurisdicción 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Local
Programa 01.00.00 - Conducción y Administración Desarrollo Local
Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Local.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Subsecretario de Desarrollo
Sustentable y Medio Ambiente
Programa 42.00.00 - Promoción del Turismo
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Turismo
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Subsecretario de Desarrollo Local.
Programa 43.00.00 - Viva las Pampas
Unidad Ejecutora: Subsecretario de Turismo
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Subsecretario de Desarrollo Local.
Jurisdicción 1110109000 – Secretaría de Desarrollo Humano
Programa 01.00.00 - Conducción Desarrollo Humano
Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.01.00 - Desarrollo Humano sin Discriminar
Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.02.00 - Gastos Área Promoción de la Infancia Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.03.00 - Gastos para Desarrollo y Crecimiento Comunitario
Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.05.00 Ayuda Social a Indigentes Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.06.00 - Discapacitados Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.10.00 - Plan Solidaridad Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.11.00 - Emergencia Habitacional Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.12.00 - Ley 13163 – Fondo de Fortalecimiento Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.14.00 - Familia y Protección de Derechos Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Programa 31.15.00 - PROINIC
Unidad Ejecutora: Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario de Hacienda.
Jurisdicción 1110110000 – Secretaría de Seguridad
Programa 01.00.00 – Coordinación Secretaria de Seguridad
Unidad Ejecutora: Secretario de Seguridad
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretaria de Gobierno.
Programa 57.00.00 – Ayuda a la Prevención y Monitoreo Público Urbano
Unidad Ejecutora: Secretario de Seguridad.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretaria de Gobierno.
Jurisdicción 1110112000 – Secretaría de Coordinación de Gabinete
Programa 01.00.00 – Coordinación Secretaria de Coordinación de Gabinete
Unidad Ejecutora: Secretario de Coordinación de Gabinete.
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Intendente Municipal.
Jurisdicción 1110200000 – H.C.D
Programa 61.00.00 - Legislación
Unidad Ejecutora: Presidente del Concejo
Habilitado para firmar en casos de ausencia: Secretario del Concejo.-----------------
----------------
ARTICULO 2º) Los Secretarios de cada área podrán firmar todos los
formularios que se --------------------- relacionen con los programas y
actividades del área; y en ausencia de cualquiera de los responsables de las
Unidades Ejecutoras firmará el Señor Intendente Municipal.------------------------
----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º) Establécese que a los efectos de la liquidación de haberes
de cada ---------------------- jurisdicción serán los responsables los
secretarios de cada área según corresponda.---------------------------------------------
----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º) Deróguese cualquier otra norma que se oponga al presente.----
---------------
ARTICULO 5º) Comuníquese a quienes corresponda, dése al Libro de
Decretos y ---------------------- oportunamente archívese.------
--------------------------------------------------------
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 878/19.-
RAMALLO, 12 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La Circular del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires, referente a los procedimientos a seguir en lo atinente a la aprobación de
fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”; y
CONSIDERANDO:
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los
Arts. 218° y 219° de la “Ley Orgánica de las Municipalidades” (DECRETO – LEY
6769/58);
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Crease y Fijase el importe de CAJA CHICA, correspondiente a la
---------------------- Intendencia Municipal, a partir del día 12 de diciembre de 2019,
por la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-), para atender gastos menores.------------
--------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el Artículo 1º, por Dirección de
Tesorería, ---------------------- dispóngase lo necesario para hacer entrega y
responsable al Sr. Martín Alfonso Esteban SALAZAR – Director de Coordinación
de Intendencia – sin estabilidad - D.N.I. Nº 25.768.033 - Legajo Nº 4078.---------------
-----------------------------------
ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder las sumas ----------------------- establecidas en el Anexo I – INSTRUCTIVO PARA GASTOS POR CAJA CHICA - LÍMITE DE GASTOS del Decreto 484/18. Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a Tesorería, a la Dirección de Contaduría, a quienes
----------------------- corresponda y remítase copia del presente a la Delegación Zonal
respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas, cumplido dese al Libro de Decretos.-----
-----
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 879/19.- RAMALLO, 13 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Expediente Nº 4092–20661/19, por el que se gestiona la
regularización del inmueble de vecinos del Partido de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
Que el proceso de regularización dominial del Inmueble
comprendido, resulta de Interés Social, teniendo en cuenta el nivel socio-económico
de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de
dominio sobre el mismo.
Que según lo dispuesto en el Artículo 4º, inciso d) de la ley
Nº 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires,
se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Declarase de INTERÉS SOCIAL, la Escrituración en el marco de la
Ley ---------------------- 10830 del Inmueble cuya nomenclatura catastral es la
siguiente: Circ. I - Secc. A – Mza. 135 - Parcela 2 a – Partida Inmobiliaria Nº 3.306 –
Matrícula 12.293/2015; a favor de la Sra. María Alejandra TIONI – D.N.I. Nº
17.851.155; domiciliada en calle Eva Perón Nº 1155, de la Ciudad de Ramallo.----------
--------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Requiérase la intervención a la Escribanía General de Gobierno
de la --------------------- Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la
Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.----------
------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido dese al Libro de
--------------------- Decretos.--------------------------------------------------------------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 880/19.-
RAMALLO, 13 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Las vacantes existentes en el Presupuesto de Gastos vigente de la
Administración Central para el Ejercicio 2019, aprobado por Ordenanza N° 5949/19 –
Promulgada por Decreto N° 430/19, dentro del Agrupamiento Personal Temporario
Obrero Clase V, Personal Temporario Administrativo Clase IV y Personal
Temporario Técnico Clase IV; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO
DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; a los
Agentes --------------------- que a continuación se detallan:
DELEGACIÓN VILLA GENERAL SAVIO
1. CARRERAS, Carla Solange Legajo N° 0312 D.N.I. N°
34.778.177
PERSONAL – SECRETARÍA DE GOBIERNO
2. TOSCO, Florencia Paola Legajo N° 0215 D.N.I. N°
34.489.181
INTENDENCIA
3. SERRALTA, Luciano Matías Legajo N° 4093 D.N.I. N°
25.341.279
SECRETARÍA DE DESARROLLO HUMANO
4. DONELLI, Vanesa del Valle Legajo Nº 0901 D.N.I. N°
26.390.819
5. AZORÍN, Graciela Legajo N° 0686 D.N.I. N°
20.514.315
DESARROLLO LOCAL
6. LAMAS, Franco Nicolás Legajo N° 0625 D.N.I. N°
37.218.831.----
Los mismos serán afectados para realizar tareas administrativas, en las
diferentes áreas enumeradas precedentemente.------------------------------------------
-------------------------------------
ARTÍCULO 2°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; a las
Agentes --------------------- que a continuación se detallan:
ÁREA DE SERVICIO – LIMPIEZA
1. LAMBERTI, Norma Beatriz Legajo Nº 1849 D.N.I. N°
06.153.391
Las mismas serán afectadas para realizar tareas de Servicio en el Palacio
Municipal.-------
ARTÍCULO 3°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; para
desarrollar -------------------- tareas en el área de la “Guardia Urbana del
Partido de Ramallo” – GUR – Secretaría de Seguridad, a los Agentes que a
continuación se detallan:
1. ACOSTA, Macarena Legajo N° 0602 D.N.I. Nº 39.962.260
2. BIZGARRA, Ramona Alicia Legajo Nº 0144 D.N.I. N° 25.016.948
3. RODRÍGUEZ, María Noelia Legajo Nº 0537 D.N.I. N° 31.113.148.----
ARTÍCULO 4°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; para
desarrollar --------------------- tareas en el área de Monitoreo – Secretaría de
Seguridad, a los Agentes que a continuación se detallan:
1. RODRÍGUEZ, Jesica Legajo Nº 0544 D.N.I. N° 32.898.468.----
ARTÍCULO 5°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; a los
Agentes --------------------- que a continuación se detallan:
SERVICIOS URBANOS Y RURALES - SECRETARÍA DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS
1. HERNANDEZ, Armando Gabriel Legajo N° 0561 D.N.I. N° 36.467.444
2. IRIGOITIA, Prospero Domingo Legajo N° 0620 D.N.I. N° 10.073.240
3. LEGUIZAMÓN, Ceferino Damián Legajo Nº 0522 D.N.I. N° 30.458.416
4. MARTINEZ, Pablo David Legajo Nº 0821 D.N.I. N°
32.898.208
5. SALINAS, Andrés Roberto Legajo Nº 0516 D.N.I. N° 13.075.151
DELEGACIÓN PÉREZ MILLÁN
6. FLORES, Bernarda Beatriz Legajo Nº 0467 D.N.I. N°
27.652.742
7. VALDÉZ, Nahuel Alejandro Legajo Nº 0955 D.N.I. N°
37.185.751
8. VELÁZQUEZ, Víctor Hugo Legajo Nº 0954 D.N.I. N°
37.185.756
SERVICIO DE BARRIDO
9. GARCIA, Francisco Osmar Legajo Nº 0551 D.N.I. N°
31.609.770
CORRALÓN VILLA RAMALLO
10. SALVATORI, Diego Legajo N°0571 D.N.I. Nº
39.962.261
CORRALÓN RAMALLO
11. BARBONA, Silvio Abel Legajo N° 0702 D.N.I. N°
18.574.194
12. JUNCO, Luis Roberto Legajo Nº 0701 D.N.I. Nº
13.075.043
13. LEGUIZAMÓN, José Gabriel Legajo Nº 0700 D.N.I. Nº
29.427.801
14. BARTOMIOLI, Roberto Legajo Nº 0306 D.N.I. Nº
31.717.734
15. CORREA, Lucio Legajo N° 0710 D.N.I. Nº
40.189.313
CORRALÓN PÉREZ MILLÁN
16. FARÍAS, María Ramona Legajo N° 704 D.N.I. N°
24.801.828
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
17. LIMA, María de los Ángeles Legajo N° 1211 D.N.I. N°
23.389.486
DELEGACIÓN EL PARAÍSO
18. CORREA, Luis Alberto Legajo N° 0684 D.N.I. N°
24.450.145
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS – VILLA RAMALLO
19. AYALA, Ricardo Legajo N° 0842 D.N.I. N°
34.569.877
20. FERNÁNDEZ, José Luis Legajo N° 0725 D.N.I. N°
27.937.898.----
ARTÍCULO 6°) Designar como Personal Temporario Administrativo - Clase
IV; a los --------------------- Agentes que a continuación se detallan:
LICENCIAS DE CONDUCIR – SECRETARÍA DE GOBIERNO
1. FERNÁNDEZ, Eugenia Legajo Nº 0286 D.N.I. N° 37.218.720
CEMENTERIO MUNICIPAL - RAMALLO
2. SPEZIALE, María Victoria Legajo Nº 0146 D.N.I. N° 27.742.647
BROMATOLOGÍA – SECRETARÍA DE GOBIERNO
3. VERGARA, Lorena Alejandra Legajo Nº 1961 D.N.I. N° 34.359.724.----
ARTÍCULO 7°) El presente decreto regirá a partir del día 10 de diciembre de
2019 y ---------------------- hasta el día 31 de diciembre de 2019
inclusive.---------------------------------
ARTÍCULO 8°) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los
interesados --------------------------- a quienes corresponda. Deróguese
cualquier otra norma que se oponga al presente; cumplido dese al Libro de
Decretos.---------------------------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 881/19.- RAMALLO, 13 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del 10 de diciembre de 2019, como DIRECTORA -------------------- DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE - Sin Estabilidad de la Municipalidad de
Ramallo, a la Sra. Camila FERNÁNDEZ - Legajo N° 4092 – DNI N° 38.588.693, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.--------- ARTICULO 2°) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 882/19.-
RAMALLO, 13 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente de
la Administración Central para el Ejercicio 2019 – Ordenanza N° 5949/19 –
promulgada por Decreto N° 430/19; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; a los
Agentes --------------------- que a continuación se detallan:
RAMALLO APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO
DESDE HASTA LEGAJO
1. ACUÑA, FRANCO 39.285.097 1998 10/12/2019 31/12/2019 2. AGUILAR, JUAN JOSE 34.000.373 0822 10/12/2019 31/12/2019 3. AVILA, JOSE EDUARDO 30.257.796 1944 10/12/2019 31/12/2019 4. CARBALLO, JUAN ANGEL 22.939.085 0986 10/12/2019 31/12/2019 5. CARBALLO, JUAN MANUEL 32.325.602 0786 10/12/2019 31/12/2019
6. CARDENIA, CRISTIAN GERMAN 33.240.526 1537 10/12/2019 31/12/2019
7. CASTRO, BRIAN NAHUEL 36.087.939 0754 10/12/2019 31/12/2019 8. CASTRO, FRANCO DAMIAN 37.680.926 0753 10/12/2019 31/12/2019 9. CASTRO, JUAN 35.221.295 1685 10/12/2019 31/12/2019 10. CONTRERA,S MARTIN 25.341.265 1997 10/12/2019 31/12/2019 11. CORIA, CAROLINA 34.760.079 1999 10/12/2019 31/12/2019 12. DELFANTE, ALICIA 30.458.484 1041 10/12/2019 31/12/2019 13. DIAZ, LUCAS 37.218.888 0827 10/12/2019 31/12/2019 14. FERRARI, SOLEDAD 30.785.538 1910 10/12/2019 31/12/2019
15. FERREYRA, JONATAN DAVID 37.934.396 0346 10/12/2019 31/12/2019
16. GIRALDI, NANCY 28.573.020 0831 10/12/2019 31/12/2019 17. GONZALEZ, MARIA ANGELICA 17.519.893 1626 10/12/2019
31/12/2019 18. GUTIERREZ, GASTON 30.785.794 0978 10/12/2019 31/12/2019 19. LESCANO, GUILLERMO 37.440.217 1876 10/12/2019 31/12/2019
20. MACIAS, NICOLAS ANTONIO 25.320.007 1538 10/12/2019 31/12/2019
21. MAIDANA, MARIO 16.081.172 1039 10/12/2019 31/12/2019 22. MIRANDA, RICARDO ARIEL 24.162.961 1967 10/12/2019 31/12/2019 23. NIZ, MISAEL 34.452.466 1708 10/12/2019 31/12/2019 24. ORTEGA, ROMINA 31.717.831 0918 10/12/2019 31/12/2019 25. PAUL, RICARDO 24.873.403 0792 10/12/2019 31/12/2019 26. POSADAS, AYRTON 37.934.464 0928 10/12/2019 31/12/2019 27. POSADAS, CRISTIAN 32.793.464 0934 10/12/2019 31/12/2019 28. RODRIGUEZ, DIEGO 35.702.005 1121 10/12/2019 31/12/2019 29. ROMA, CESAR AGUSTIN 39.284.934 1988 10/12/2019 31/12/2019
30. SICILIANO, LEONARDO DAVID 34.907.920 1869 10/12/2019 31/12/2019
31. SILVA, JOSE 22.753.285 1625 10/12/2019 31/12/2019
VILLA GENERAL SAVIO APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO DESDE HASTA
1. GALLEGO, PABLO ALBERTO 32.898.201 1238 10/12/2019 31/12/2019
2. CARIAGA, SILVIO CARLOS 28.978.199 0987 10/12/2019 31/12/2019
3. TABORDA, CARLOS 16.594.651 0970 10/12/2019 31/12/2019
4. TABORDA, HERNAN 39.961.747 0769 10/12/2019 31/12/2019
5. RODRIGUEZ, MATIAS ARIEL 30.683.101 1929 10/12/2019 31/12/2019
LEGAJO
VILLA RAMALLO APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO DESDE HASTA
1. ARIZMENDI, JOSE ALBERTO 29.727.630 4029 10/12/2019 31/12/2019
2. ASTUDILLO, CELESTE 37.680.952 0784 10/12/2019 31/12/2019
3. AVALOS, MELINA 40.670.407 4053 10/12/2019 31/12/2019
4. BANEGAS, MAURICIO 40.057.354 1033 10/12/2019 31/12/2019
5. BARBONA, SANTIAGO 40.057.453 0731 10/12/2019 31/12/2019
6. CAMELINO, RAMON 37.218.734 0389 10/12/2019 31/12/2019
7. CISNEROS, FLORENCIA 39.962.359 1314 10/12/2019 31/12/2019
8. CISNEROS, MARTIN 29.234.726 0952 10/12/2019 31/12/2019
9. CORDOBA, FABIAN 17.310.114 1050 10/12/2019 31/12/2019
10. CHOCOBAR, JAQUELINA 37.218.716 0733 10/12/2019 31/12/2019
11. FORLINO, HECTOR ARIEL 16.864.790 1052 10/12/2019 31/12/2019
12. GUTIERREZ, ESTEBAN 34.044.301 4055 10/12/2019 31/12/2019
13. IBARRA, JOSE ROBERTO 34.778.180 1324 10/12/2019 31/12/2019
14. IBARRA, ROMINA 39.962.295 4056 10/12/2019 31/12/2019
15. IMONELLI, GABRIEL 35.999.486 0732 10/12/2019 31/12/2019
16. LAGORIO, WALTER 29.472.442 4028 10/12/2019 31/12/2019
17. LEGUIZAMO, DANIEL OSMAR 13.975.620 1325 10/12/2019 31/12/2019
18. LUNA, JUAN JOSE 30.257.676 0202 10/12/2019 31/12/2019
19. LUNA, VALERIA 27.177.405 0806 10/12/2019 31/12/2019
20. MACIAS, MARIELA 33.413.183 0984 10/12/2019 31/12/2019
21. MARTINEZ, YANINA 31.717.876 0858 10/12/2019 31/12/2019
22. MEDINA, ABRIL 43.591.389 4064 10/12/2019 31/12/2019
23. MEDRANO, ALBERTO JAVIER 41.055.746 4057 10/12/2019 31/12/2019
24. MIÑO, HUGO 35.702.030 4058 10/12/2019 31/12/2019
25. MIÑO, NICOLAS 37.680.858 4052 10/12/2019 31/12/2019
26. OCAMPO, ABEL 24.258.717 4059 10/12/2019 31/12/2019
27. PEREZ, MAIRA 39.617,679 1075 10/12/2019 31/12/2019
28. ROMAGNIOLI, PRISCILA 39.551.475 4063 10/12/2019 31/12/2019
29. RUIZ, DANIEL OMAR 21.525.435 0851 10/12/2019 31/12/2019
30. RUIZ, LILIANA 28.218.239 0861 10/12/2019 31/12/2019
31. ROSA, EDUARDO 42.539.115 1008 10/12/2019 31/12/2019
32. SAN JUAN, MANUEL 35.999.401 4065 10/12/2019 31/12/2019
33. TEVEZ, ROGELIO 29.423.914 1874 10/12/2019 31/12/2019
34. TOLINI, JUAN BAUTISTA 42.773.281 4060 10/12/2019 31/12/2019
35. MACIAS, JESUS 35.702.027 1007 10/12/2019 31/12/2019
36. MAINENTE, EMILIO ADRIAN 24.258.723 1326 10/12/2019 31/12/2019
PÉREZ MILLÁN APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO DESDE HASTA
1. QUIROGA, ALAN ALBERTO 38.405.576 4062 10/12/2019
31/12/2019.----------- ARTÍCULO 2°) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los
interesados a
--------------------- quienes corresponda. Deróguese cualquier otra norma que se
oponga al presente; cumplido dese al Libro de Decretos.-------------------------------
----------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 883/19.-
RAMALLO, 13 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Los Decretos Nº 874/19, 875/19 y 876/19; y
CONSIDERANDO:
Que se omitieron en los decretos mencionados, la reserva
de los cargos correspondientes a los agentes del Ente Descentralizado Hospital
“José María Gomendio”, que cumplirán las funciones de: “Director
Administrativo”, “Director Ejecutivo” y “Director Médico” respectivamente.
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el
acto administrativo pertinente,
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Resérvese el cargo como Personal Jerárquico - Director de
Contaduría,
--------------------- a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta tanto el Sr. Germán
Eusebio MAURI - Legajo Nº 2580 - D.N.I. Nº 17.851.198, finalice sus funciones como
“Director Administrativo” (con Rango de Subsecretario Municipal), del
Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”,
designado s/ Dec. 874/19.----------------------------------------------------------------
----------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Resérvese el cargo como Personal Profesional Hospital “A” 24 hs.,
---------------------- a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta tanto el Dr.
Guillermo Van Kemenade - Legajo Nº 2206 – M.P. N° 62.164 - D.N.I. N° 11.801.417,
finalice sus funciones como “Director Ejecutivo” - con Rango de Secretario
Municipal, del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María
Gomendio”, designado s/ Dec. 875/19.--------------------------------------------------------------
------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) Resérvese el cargo como Personal Profesional Hospital “B” 36 hs.,
---------------------- a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta tanto el Dr. Juan
Manuel DESPÓSITO – D.N.I. Nº 14.947.839 - M.P. Nº 62.590 – Legajo Nº 2465,
finalice sus funciones como “Director Médico” (con Rango de Subsecretario
Municipal) del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María
Gomendio”, designado s/ Dec. 876/19.--------------------------------------------------------------
------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
---------------------- Personal del Organismo Descentralizado Hospital Municipal
“José María Gomendio”; dése al Libro de Decretos.---------------------------------------------
--------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 884/19.-
RAMALLO, 13 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La Circular del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires, referente a los procedimientos a seguir en lo atinente a la aprobación de
fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”; y
CONSIDERANDO:
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los
Arts. 218° y 219° de la “Ley Orgánica de las Municipalidades” (DECRETO – LEY
6769/58);
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Fijase a partir del día 10 de diciembre de 2019, los importes
máximos ----------------------- de las CAJAS CHICAS correspondientes a las
dependencias de esta comuna, de acuerdo al siguiente listado:
1. Delegación Villa Ramallo $ 8.000.-
2. Delegación Pérez Millán $ 8.000.-
3. Delegación Villa General Savio $ 8.000.-
4. Delegación El Paraíso $ 8.000.-
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el Artículo 1º, por Dirección de
Tesorería, ----------------------- dispóngase lo necesario para hacer entrega y
responsable al titular de cada área, dependiente de la Municipalidad de Ramallo.-------
---------------------------------------
ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder las sumas ------------------------ establecidas en el Anexo I – INSTRUCTIVO PARA GASTOS POR CAJA CHICA - LÍMITE DE GASTOS del Decreto Nº 484/18. Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos.------------------------------------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 4º) Comuníquese a Dirección de Tesorería, Dirección de Contaduría, tome ------------------------ razón las distintas Dependencias Municipales y remítase copia del presente a la Delegación Zonal respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas, cumplido dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------------------------------------
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 885/19.-
RAMALLO, 16 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el Jefe Departamento “B” Recaudador de la Delegación
Municipal de El Paraíso, Sr. Osvaldo Daniel PORCEL – Legajo Nº 929 – D.N.I. Nº
20.015.949, ha solicitado Licencia por Enfermedad; y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de cubrir el correspondiente reemplazo, ha sido
propuesto el Agente Municipal, Sr. Sergio Lautaro ALCARAZ – Legajo Nº 1444 –
D.N.I. Nº 27.187.713, por lo que corresponde sea dictado el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Designar interinamente en el cargo de Jefe Departamento “B”
------------------------ Recaudador de la Delegación Municipal de El Paraíso, al Agente
Municipal, Sr. Sergio Lautaro ALCARAZ – Legajo Nº 1444 – D.N.I. Nº 27.187.713,
en reemplazo del titular Sr. Osvaldo Daniel PORCEL – Legajo Nº 929 – D.N.I. Nº
20.015.949; a partir del día 17 de diciembre de 2019 y hasta el día 31 de diciembre
de 2019 inclusive; el mismo quedará exceptuado de presentar fianza conforme lo
establecido en el Art. 223º, de la Ley Orgánica de las Municipalidades.----------------------
-----
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a la Dirección Municipal de Personal; al
interesado, a ------------------------ quienes corresponda; cumplido
dese al Libro de Decretos.------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 886/19.-
RAMALLO, 16 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que resulta necesario designar personal para la puesta en marcha de un Programa de Seguridad de Playas (Ordenanza N° 3588/08), durante la Temporada Estival 2019/2020 en el Complejo “Viva el Río” y “Zona Costera de Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente a los efectos de subsanar dicho error.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Designase como Personal Temporario Técnico - Clase IV,
----------------------- “Guardavidas” a partir del día 10 de diciembre de 2019 al día 14
de abril de 2020 inclusive, para la puesta en marcha de un “Programa de Seguridad
de Playas” (Ordenanza N° 3588/08), durante la Temporada Estival 2019/2020 en
nuestra Zona Costera a los Agentes Municipales que a continuación se detallan:
1. ALDERETTE, Hernán Emilio Legajo Nº 4066 - D.N.I. Nº 25.016.491 2. BELARD, Damián E. Legajo N° 0408 - D.N.I. Nº 32.129.618 3. FARRONI, Lautaro Legajo Nº 0409 - D.N.I. Nº 33.851.877 4. MARTÍNEZ, Diego Sebastián Legajo Nº 0669 - D.N.I. Nº 26.126.980 5. PACCHIONI, SOFÍA Legajo Nº 4067 - D.N.I. Nº 37.934.394 6. SBAFFO, Jonás Legajo N° 0422 - D.N.I. Nº
35.404.701.---------------
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los
interesados; a --------------------- quienes corresponda; cumplido dese al Libro
de Decretos.---------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 887/19.-
RAMALLO, 16 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el Agente Municipal Sr. Hugo Alejandro GUERRINA –
Legajo Nº 1123 – D.N.I. Nº 13.553.753, “Director de Bromatología”, ha solicitado
Licencia Anual Reglamentaria; y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de cubrir el correspondiente reemplazo ha sido
propuesta la Sra. María Soledad STEGMAN – Legajo N° 1440 – D.N.I. Nº
14.947.850, por lo que corresponde sea dictado el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Designase como Directora de Bromatología Interina, a la Sra. María
---------------------- Soledad STEGMAN – Legajo N° 1440 – D.N.I. Nº 14.947.850, a
partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta el día 20 de diciembre de 2019
inclusive, en reemplazo del titular Sr. Hugo Alejandro GUERRINA – Legajo Nº 1123
– D.N.I. Nº 13.553.753, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.---------------
--------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal, a la interesada, a
---------------------- quien corresponda; y dese al Libro de Decretos.---------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 888/19.-
RAMALLO, 16 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Las vacantes existentes en el Presupuesto de Gastos vigente de
la Administración Central para el Ejercicio 2019, aprobado por Ordenanza N° 5949/19
– Promulgada por Decreto N° 430/19, dentro del Agrupamiento Personal Temporario
Obrero Clase V; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el acto
administrativo pertinente;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; a los
Agentes --------------------- que a continuación se detallan:
CAMPANARI, Nelson Ariel Legajo N° 4083 - DNI N°
24.258.526
COSSY, María de los Ángeles Legajo N° 0775 - DNI N°
26.195.281
NIZ, Thomas Maximiliano Legajo N° 4084 - DNI N°
43.733.215.--------
ARTÍCULO 2°) El presente decreto regirá a partir del día 10 de diciembre de
2019 y ---------------------- hasta el día 31 de diciembre de 2019
inclusive.---------------------------------
ARTÍCULO 3°) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los
interesados ----------------------- a quienes corresponda. Deróguese
cualquier otra norma que se oponga al presente; cumplido dese al Libro de
Decretos.--------------------------------------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 889/19.- RAMALLO, 18 de diciembre de
2019.- V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho
Oficial al Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES; D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del día 12 de diciembre de 2019, como Delegado ---------------------- Clase II – Parque Industrial COMIRSA de la Municipalidad de Ramallo al Sr. Walter Ariel SANTALLA – Legajo Nº 1338 - D.N.I. Nº 14.850.087, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.-------------------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 2°) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda, tome razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 890/19.-
RAMALLO, 18 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La Circular del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires, referente a los procedimientos a seguir en lo atinente a la aprobación de
fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”; y
CONSIDERANDO:
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los
Arts. 218° y 219° de la “Ley Orgánica de las Municipalidades” (DECRETO – LEY
6769/58);
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Crease y Fijase el importe de CAJA CHICA, correspondiente a la
---------------------- Subsecretaría de Desarrollo Local, a partir del día 18 de diciembre
de 2019, por la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-), para atender gastos
menores.---------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el Artículo 1º, por Dirección de
Tesorería, ---------------------- dispóngase lo necesario para hacer entrega y
responsable al Sr. Marcos Antonio PRO - Subsecretario de DESARROLLO
LOCAL - D.N.I. Nº 25.341.314 Legajo Nº 4076.----------------------------------------------------
-----------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder las sumas ----------------------- establecidas en el Anexo I – INSTRUCTIVO PARA GASTOS POR CAJA CHICA - LÍMITE DE GASTOS del Decreto 484/18. Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a Tesorería, a la Dirección de Contaduría, a quienes
----------------------- corresponda y remítase copia del presente a la Delegación Zonal
respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas, cumplido dese al Libro de Decretos.-----
-----
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 891/19.-
RAMALLO, 18 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La Circular del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires, referente a los procedimientos a seguir en lo atinente a la aprobación de
fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”; y
CONSIDERANDO:
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los
Arts. 218° y 219° de la “Ley Orgánica de las Municipalidades” (DECRETO – LEY
6769/58);
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Crease y Fijase el importe de CAJA CHICA, correspondiente a la
---------------------- Subsecretaría de Educación, a partir del día 18 de diciembre de
2019, por la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-), para atender gastos menores.----
-------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el Artículo 1º, por Dirección de
Tesorería, ---------------------- dispóngase lo necesario para hacer entrega y
responsable al Sr. Juan Ignacio GAMITO - Subsecretario de Educación – Legajo
N° 4082 - D.N.I. N° 29.727.665.-------------------------------------------------------------------------
--------------------------------
ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder las sumas ----------------------- establecidas en el Anexo I – INSTRUCTIVO PARA GASTOS POR CAJA CHICA - LÍMITE DE GASTOS del Decreto 484/18. Con excepción de Gastos
para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a Tesorería, a la Dirección de Contaduría, a quienes
----------------------- corresponda y remítase copia del presente a la Delegación Zonal
respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas, cumplido dese al Libro de Decretos.-----
-----
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 892/19.- RAMALLO, 18 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La renuncia presentada por la agente Natalia GRAMONDI - Legajo N° 0488; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar el
acto administrativo pertinente de formal aceptación de la renuncia presentada;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RAMALLO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES
D E C R E T A ARTÍCULO 1°) Acéptese la renuncia presentada por la agente Sra. Natalia
GRAMONDI - --------------------- Legajo N° 0488 - D.N.I. Nº
26.042.031 - Personal Administrativo Clase IV, a partir del 10 de diciembre
de 2019.------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón ---------------------- Dirección Municipal de Personal; dese al Libro de Decretos.------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perie Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 893/19.- RAMALLO, 18 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Los fondos recibidos por parte del Ministerio de Infraestructura de
la Provincia de Buenos Aires a favor de la Municipalidad de Ramallo, en concepto de
Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano del
Interior del País, en un todo de acuerdo a lo determinado en el Artículo 125º de la Ley
27467.
CONSIDERANDO:
Que se trata de una remisión de fondos no prevista ni
acordada al inicio del ejercicio, pero ingresada de manera periódica y regular.
Que es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal su
administración y otorgamiento en función del nivel de cumplimiento de las
concesiones, nivel de tarifas, frecuencias y demás obligaciones de las
concesionarias.
La autorización de ingreso presupuestario según Decreto N°
765/19 de fecha 14 de Noviembre de 2019 correspondiente a los montos
transferidos con fechas 26 de setiembre de 2019, 15 de octubre de 2019 y 27
de noviembre de 2019
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Transfiérase la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE
MIL ----------------------- SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS CON
OCHENTA CENTAVOS ($ 187.636,80-) a la Empresa de
Colectivos Ramallo SRL – Línea 500 - prestataria del Servicio Público de
Pasajeros, desde Ramallo hacia Villa Ramallo y viceversa; conforme a los
parámetros de distribución informados por la Subsecretaria de Transporte de la
Provincia de Buenos Aires.----------------------------------------------------------------------
---------------
ARTÍCULO 2º) Transfiérase la suma de PESOS OCHENTA Y OCHO MIL
DOSCIENTOS ---------------------- NOVENTA Y NUEVE CON SESENTA Y
OCHO CENTAVOS ($ 88.299,68.-) a la Empresa Martí, Roberto Daniel –
prestataria del Servicio Público de Pasajeros desde y hacia la localidad de
Pérez Millán, pasando por las localidades de Ramallo y Villa Ramallo; conforme
a los parámetros de distribución informados por la Subsecretaria de Transporte
de la Provincia de Buenos Aires.---------------------------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda, cumplido dese al libro de
Decretos.-
Cr. Pablo A. Acosta
Secretario de Presup. y Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perie
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 894/19.-
RAMALLO, 18 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La necesidad de afectar personal para realizar tareas en el área
de la “Subsecretaría de Educación”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aféctese a la Agente Municipal Sra. Mariangeles LUCCHESI –
Legajo ------------------- Nº 1926 - D.N.I. N° 32.129.744, para desarrollar
tareas en la “Subsecretaría de Educación”; a partir del día 17 de diciembre de
2019.-------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda. Tome razón la
--------------------- Dirección de Personal, dése al Libro de Decretos.--------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perie Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 895/19.-
RAMALLO, 18 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La necesidad de afectar personal para realizar tareas en el área
de la Secretaría de Seguridad Municipal; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aféctese al Agente Municipal Sr. Fabián Adolfo D´AMELIO – Legajo
---------------------- Nº 1610 - D.N.I. N° 21.843.549, “Jefe de División A – Plan PIBES”,
para desarrollar tareas en la “Secretaría de Seguridad”, a partir del día 17 de
diciembre de 2019.----------------------------------------------------------------------------------------
---------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda. Tome razón la
--------------------- Dirección de Personal, dése al Libro de Decretos.--------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perie Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 896/19.- RAMALLO, 18 de diciembre de 2019.- V I S T O:
Que con motivo de la celebración de las tradicionales Fiestas de Navidad y Año Nuevo, se ha propuesto acordar asueto al Personal Municipal de la Administración Central y del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”, para los días 24 de diciembre del corriente año y 31 de diciembre de 2019; y
CONSIDERANDO:
Que la factibilidad de acceder a lo propuesto no altera de manera alguna el desenvolvimiento administrativo comunal, en tanto sean garantizados en su prestación todos los servicios esenciales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Declárase asueto para todo el Personal Municipal dependiente de la --------------------- Administración Central y del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”, durante los días 24 de diciembre de 2019 y 31 de diciembre de 2019; respectivamente, debiéndose mantener las prestaciones de todos los servicios esenciales y guardias de emergencia.---------------------------------------------------------- ARTICULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón Dirección de Personal --------------------- y Jefatura de Personal del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”; cumplido dése al Libro de Decretos.------------------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 897/19.-
RAMALLO, 19 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La Circular del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Buenos Aires, referente a los procedimientos a seguir en lo atinente a la aprobación de
fondos destinados a gastos menores o “Cajas Chicas”; y
CONSIDERANDO:
Que se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en los
Arts. 218° y 219° de la “Ley Orgánica de las Municipalidades” (DECRETO – LEY
6769/58);
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Crease y Fijase el importe de CAJA CHICA, correspondiente a la
---------------------- Secretaría de Gobierno, a partir del día 19 de diciembre de 2019,
por la suma de PESOS OCHO MIL ($ 8.000.-), para atender gastos menores.------------
--------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el Artículo 1º, por Dirección de
Tesorería, ---------------------- dispóngase lo necesario para hacer entrega y
responsable al Sr. Silvio Norberto GAETO - Secretario de Gobierno - Legajo N°
1902 – D.N.I. N° 22.939.160.-----
ARTÍCULO 3º) El monto máximo de cada pago no podrá exceder las sumas ----------------------- establecidas en el Anexo I – INSTRUCTIVO PARA GASTOS POR CAJA CHICA - LÍMITE DE GASTOS del Decreto 484/18. Con excepción de Gastos para Inscripción de Vehículos, Gastos para Residencia Universitaria y Gastos por Servicios e Impuestos.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a Tesorería, a la Dirección de Contaduría, a quienes
----------------------- corresponda y remítase copia del presente a la Delegación Zonal
respectiva del Honorable Tribunal de Cuentas, cumplido dese al Libro de Decretos.-----
-----
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 898/19.-
RAMALLO, 19 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La necesidad de afectar personal municipal, para realizar tareas
en “Mesa de Entrada”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Afectase a la agente municipal Sra. Diana CÓCERES – D.N.I.
N° ---------------------- 14.947.840 - Legajo N° 1859, Personal
Administrativo Clase III, a partir del día 16 de diciembre de 2019, para
desarrollar tareas en “Mesa de Entrada” – Despacho General - de la
Municipalidad de Ramallo.-------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la Dirección de Personal, a quienes corresponda;
------------------------ cumplido dése al Libro de Decretos.-------------------------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 899/19.-
RAMALLO, 19 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
El Decreto N° 211/18, de fecha 22 de marzo de 2018 y el Decreto N° 874/19 de fecha 27 de diciembre de 2018; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario realizar modificaciones a los decretos mencionados recedentemente.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Autorizase a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la
-------------------- Municipalidad de Ramallo, a otorgar una prórroga para la
“Presentación de Planos”, de aquellos inmuebles donde se solicite la
habilitación y/o renovación de un comercio, empresa o industria.
La mencionada prórroga podrá ser otorgada UNICAMENTE a aquellos
comercios que posean TODAS sus tasas municipales al día, y su plazo
quedará sujeto a lo determinado por la mencionada Secretaría, conjuntamente
con la Dirección de Habilitaciones, según la actividad que desarrolle, el capital
inversión, la situación socio-económica e ingresos de los titulares de los
comercios, industrias, servicios y otras actividades, de acuerdo al siguiente
detalle:
CATEGORIA I:
De 0-3 empleados Hasta UN (1) año de prórroga.
CATEGORIA II:
II.1: De 3-6 empleados Hasta UN (1) año de prórroga.
II.2: De 7-20 empleados Hasta NOVENTA DÍAS (90) de
prórroga.
CATEGORIA III:
De 20-50 empleados Hasta NOVENTA DÍAS (90) de
prórroga.
CATEGORIA IV:
De 50-1100 empleados Hasta NOVENTA DÍAS (90) de
prórroga.
CATEGORIA V:
Más de 1101 empleados e Ingresos Hasta NOVENTA DÍAS (90) de
prórroga.----
ARTÍCULO 2°) Autorizase a la Dirección de Habilitaciones de la Municipalidad
de Ramallo -------------------- a otorgar “Certificados Provisorios” de
habilitaciones por el mismo plazo de prórroga otorgado oportunamente. ----------
------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°) De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 1°), estarán sujetas al
pago -------------------- de las tasas y derechos municipales
que se establecen en la Ordenanza Fiscal e Impositiva para el ejercicio en
curso.-------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°) Deróguese el Decreto N° 211/18 de fecha 22 de marzo de 2018
y el -------------------- Decreto 874/19 de fecha 27 de diciembre de
2018.-------------------------------
ARTÍCULO 5°) Exclúyase de los plazos de prorroga otorgados en el Articulo 1°
a los comercios de esparcimiento nocturno.------------------------------------------------
---------------------
ARTÍCULO 6°) Comuníquese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a
la --------------------- Dirección de Habilitaciones, a quienes
corresponda. Cumplido dése al Libro de Decretos.---------------------------------------
---------------------------------------------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 900/19.-
RAMALLO, 19 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
Las vacantes existentes en el Presupuesto de Gastos vigente de
la Administración Central para el Ejercicio 2019, aprobado por Ordenanza N° 5949/19
– Promulgada por Decreto N° 430/19 dentro del Agrupamiento Personal
Administrativo; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Promover al agente municipal de la Administración Central de la
----------------------- Municipalidad de Ramallo, de Personal Obrero Clase V a Personal
Administrativo Clase IV; a partir del día 1º de enero de 2020, al Sr. Fernando
Daniel ALÍ – Legajo N° 0182 – DNI N° 20.015.968.-----------------------------------------------
---------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en ARTÍCULO 1°) Aféctese al agente
---------------------- municipal Sr. Fernando Daniel ALÍ – Legajo N° 0182 – DNI N°
20.015.968, para desarrollar tareas en la “Secretaría de Seguridad”, a partir del día
1° de enero de 2020.---------------------------------------------------------------------------------------
---------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda. Tome razón la
--------------------- Dirección de Personal, dése al Libro de Decretos.--------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perie Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 901/19.-
RAMALLO, 20 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo, en Sesión
Extraordinaria del día 19 de diciembre de 2019, ha dado sanción a la siguiente
ORDENANZA: Nº 6021/19: Declarando la Emergencia Económica, Administrativa
y Financiera en la Municipalidad de Ramallo, a partir del día 11 de diciembre de
2019 y hasta el día 31 de diciembre de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal,
promulgar o vetar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante, conforme los
alcances del Art. 108º - Ap. 2 - del Decreto - Ley Nº 6769 / 58 “Ley Orgánica de las
Municipalidades”;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Promulgar la ORDENANZA Nº 6021/19, sancionada por el Honorable
----------------------- Concejo Deliberante de Ramallo, en Sesión Extraordinaria del día
19 de diciembre de 2019.--------------------------------------------------------------------------------
----------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, publíquese, dese al
Libro
----------------------- de Decretos.-------------------------------------------------------------------------
--------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 902/19.-
RAMALLO, 20 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo, en Sesión
Ordinaria de Prórroga del día 19 de diciembre de 2019, ha dado sanción a la
ORDENANZA Nº 6022/19: Dando de baja las “Becas Estudiantiles Municipales (BEL
Y BEZ)” y ORDENANZA Nº 6023/19: Convalidando en todos sus términos los
Decretos Nº 874/19, Nº 875/19 y Nº 876/19; y
CONSIDERANDO:
Que es atribución del Departamento Ejecutivo Municipal,
promulgar o vetar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante, conforme los
alcances del Art. 108º - Ap. 2 - del Decreto - Ley Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las
Municipalidades”;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Promulgar las ORDENANZAS: Nº 6022/19 y Nº 6023/19, sancionadas por ---------------------- el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo, en Sesión Ordinaria de Prórroga del día 19 de diciembre de 2019.----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, publíquese, dese al Libro de
---------------------- Decretos.--------------------------------------------------------------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 904/19.-
RAMALLO, 23 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que la Directora de Cómputos, Sra. Griselda Susana
CHIAPPARI – Legajo Nº 1072 – D.N.I. Nº 13.975.764, ha solicitado Licencia por
Enfermedad; y
CONSIDERANDO:
Que a los efectos de cubrir el correspondiente reemplazo al frente
de la citada Dirección, ha sido propuesto el Sr. Andrés BURGUÉS – Legajo Nº 230 –
D.N.I. Nº 35.702.164.
Que la Dirección de Personal, omitió en fecha la confección
del acto administrativo pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Designase Director de Cómputos Interino de la Municipalidad de
----------------------- Ramallo al Sr. Andrés BURGUÉS – Legajo Nº 230 – D.N.I. Nº
35.702.164, a partir del día 29 de noviembre de 2019 y hasta el día 06 de diciembre
de 2019 inclusive, en reemplazo de la titular Sra. Griselda Susana CHIAPPARI –
Legajo Nº 1072 – D.N.I. Nº 13.975.764, con los deberes y atribuciones que el cargo
implica.------------
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a la Dirección Municipal de Personal; al
interesado; a ----------------------- quienes corresponda; cumplido dese al
Libro de Decretos.-------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 905/19.- RAMALLO, 26 de diciembre
de 2019.- V I S T O:
Que la Dirección Municipal de Personal, ha informado a este Departamento Ejecutivo Municipal las Licencias por diferentes motivos solicitadas por Agentes Municipales comprendidos dentro del Agrupamiento Personal Administrativo, Personal Obrero y Personal de Servicio; y
CONSIDERANDO: Que resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;
mediante el cual se designe al Personal que cubrirá dichos reemplazos por el término establecido en el articulado del presente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES; D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Designase al Sr. Jorge CARBALLO - Legajo Nº 654, a partir
del ---------------------- día 10 de diciembre de 2019 y hasta el día 31
de diciembre de 2019 inclusive; quien percibirá un Sueldo Mensual
equivalente a la Remuneración Personal Administrativo Clase IV, en
reemplazo del Sr. Leonel Ezequiel AMAYA – Legajo N° 186, quien se
desempeña como Secretario del Honorable Concejo Deliberante, con
reserva de cargo.-----------------------------------------------------------------------------------
--------------
ARTÍCULO 2º) Otorgase Licencia por Enfermedad (del 12/12/19 al 13/12/19 inclusive y --------
----------- del 16/12/19 al 20/12/19 inclusive) y Licencia Anual Reglamentaria (10/12/19 al
11/12/19 inclusive y del 23/12/19 al 31/12/19 inclusive), a la Sra. María Emilia CHERIANI -
Legajo Nº 0470. Designase para cubrir dicho reemplazo a la Sra. Beatriz TRISTAN – Legajo Nº
646. La misma percibirá un Sueldo Mensual equivalente a la Remuneración Personal
Administrativo - Clase IV.-----------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) Designase al Sr. Carlos SÁNCHEZ – Legajo N° 310, a partir del día 10 de ----------
--------- diciembre de 2019 y hasta el día 31 de diciembre de 2019 inclusive, en reemplazo del
Agente Municipal Sr. Roberto Oscar MANCINI - Legajo Nº 1432, quien se desempeña como
Concejal de esta Comuna con Reserva al Cargo. El mismo percibirá un Sueldo equivalente a la
Remuneración Personal Obrero – Clase V.--------------------------
ARTÍCULO 4°) Otorgase Licencia por Enfermedad al Sr. Mario MAIDANA – --------
------------ Legajo Nº 1358, a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta el día 31 de
diciembre de 2019 inclusive. Designase para cubrir dicho reemplazo al Sr. Enrique José
POLETTI – Legajo Nº 771. El mismo percibirá un Sueldo Mensual equivalente a la
Remuneración Personal Obrero - Clase V.-----------------------------------------
ARTÍCULO 5°) Otorgase Licencia por Enfermedad al Sr. Jorge MARUN – ------------
--------- Legajo Nº 1362, a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta el día 31 de diciembre
de 2019 inclusive. Designase para cubrir dicho reemplazo al Sr. Fernando Pio POLETTI – Legajo
Nº 770. El mismo percibirá un Sueldo Mensual equivalente a la Remuneración Personal
Obrero - Clase V.-----------------------------------------
ARTÍCULO 6°) Otorgase Licencia por Enfermedad al Sr. Germán MAMBERTO – --
------------------ Legajo Nº 1756, a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta el día 31 de
diciembre de 2019 inclusive. Designase para cubrir dicho reemplazo al Sr. Rafael Ezequiel
RUIZ DIAZ – Legajo Nº 693. El mismo percibirá un Sueldo Mensual equivalente a la
Remuneración Personal Obrero - Clase V.---------------------------------------------------------
ARTÍCULO 7°) Comuníquese a los interesados, tome razón la Dirección Municipal --------
----------- de Personal; dese al Libro de Decretos.--------------------------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 906/19.- RAMALLO, 26 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La ordenanza N° 6021/19 del día 19 de Diciembre de 2019; Que autoriza al D.E.M. a desafectar de su destino de origen los
saldos disponibles al Acto Administrativo; y
CONSIDERANDO:
Que a los fines antedichos resulta imprescindible el dictado del
pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Desaféctese de su destino de origen los siguientes montos que a ---------------------- continuación se detallan: 12.9.01.00 – Fondo Municipal de la Vivienda $ 7.432.695,00 12.9.12.00 – Fondo Municipal de Apoyo a la Educación $ 5.000.000,00 TOTAL $ 12.432.695,00.---------- ARTÍCULO 2°) A los efectos de la implementación del Articulo Anterior, establézcanse los --------------------- respectivos fondos en su carácter de Libre Disponibilidad, a saber: 12.9.21.00 – Fondo Municipal de la Vivienda $ 7.432.695,00 12.9.22.00 – Fondo Municipal de Apoyo a la Educación $ 5.000.000,00 TOTAL $ 12.432.695,00.---------- ARTÍCULO 3°) Comuníquese a Contaduría, a quienes corresponda y dese al Libro de ---------------------- Decretos.-------------------------------------------------------------------------------------
Pablo Alejandro Acosta Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente
Municipalidad de Ramallo
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 907/19.-
RAMALLO, 26 de diciembre de 2019.- V I S T O:
Que al día de la fecha algunas partidas del Estado de Ejecución del Presupuesto de Recursos y Gastos de
la Administración Central se encuentran excedidas; Que lo dispuesto por la Ley 14.062 en lo atinente a los artículos 118º, 119º y 120º de la L.O.M.; y
CONSIDERANDO:
Necesario efectuar los ajustes presupuestarios correspondientes durante el ejercicio 2019 más aún
dejando constancia de un mecanismo de ajuste trimestral que redundará en más beneficiosa a los trabajadores municipales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Ampliase el Cálculo de Recursos vigente de la Administración Central en la suma de PESOS TREINTA Y SEIS --------------------- MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE C/94/100 ($ 36.268.667,94.-) en las siguientes Partidas:
12.1.01.02 - Del Ejercicio $ 1.163.902,78
12.1.03.02 - Del Ejercicio $ 1.784.061,77 12.1.05.02 - Del Ejercicio $ 6.843.701,41
12.1.14.02 - Del Ejercicio $ 1.734.771,01
12.2.10.00 - Patentes $ 4.199.442,19
12.6.01.00 - Multas por Contravenciones $ 3.206.036,83
12.6.02.00 - Infracciones a las Obligaciones y Deberes Fiscales $ 2.642.185,83
12.9.21.00 - Fondo Municipal de la Vivienda $ 7.432.666,46
12.9.22.00 - Fondo Municipal de Apoyo a la Educación $ 5.000.000,00
16.2.03.00 - Intereses por Depósitos a Plazo Fijo $ 2.261.899,66 ARTÍCULO 2º) Con los fondos provenientes del Artículos anterior, ampliase el Presupuesto de Gastos vigente en las siguientes part idas: Jurisdicción: 1110101000 – Intendencia Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Conducción y Administración General Objeto del Gasto:
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 500,00 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 245,00 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 5.100,00 2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 464,62 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 925,00 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 859,60 2.9.9.0 - Otros $ 21.341,00 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 2.247,68 3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 7.500,00 3.2.9.0 - Otros $ 49.000,00 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 9.800,00 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 54.054,00 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 7.018,00 3.3.4.0 - Mantenimiento y reparación de vías de comunicación $ 7.865,00 3.3.9.0 - Otros $ 3.270,00 3.5.1.0 - Transporte $ 85.000,00
3.5.9.0 - Otros $ 3.600,00 Programa: 51.01.00 – Promoción del Deporte Objeto del Gasto: 2.2.9.0 - Otros $ 1.450,00 2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 242,09 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 29,29 2.4.9.0 - Otros $ 585,00 2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 200,00 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 1.265,07 2.7.9.0 - Otros $ 58.529,47 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 17.367,48 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 1.307,20 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 480,00 3.4.7.0 - Servicios de hotelería $ 9.450,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 13.310,77 3.6.1.0 - Publicidad $ 2.000,00
3.7.2.0 - Viáticos $ 1.000,00 Programa: 51.02.00 – Torneos Bonaerenses Objeto del Gasto: 2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 3.360,00 2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 990,00 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 945,00 2.7.9.0 - Otros $ 26.342,00 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 5.500,00
3.7.2.0 - Viáticos $ 34.459,92 Programa: 52.01.00 – Promoción de la Cultura Objeto del Gasto: 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 17.689,11 2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 521,00 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 4.557,57 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 270,75 2.7.9.0 - Otros $ 12.571,05 2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 286,84 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 32.665,00 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 2.356,00 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 42.203,46 3.1.2.0 - Agua $ 11.513,30 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 14.715,15 3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 2.550,00 3.2.9.0 - Otros $ 358.200,00 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 5.904,19 3.4.7.0 - Servicios de hotelería $ 24.600,00 3.4.9.0 - Otros $ 260.400,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 9.865,54 3.5.9.0 - Otros $ 427.300,00 3.6.1.0 - Publicidad $ 25.500,00 3.8.9.0 - Otros $ 30.000,00 3.9.9.0 - Otros $ 3.764.317,42 4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 73.300,00 4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento $ 6.760,00 4.3.6.0 - Equipo para computación $ 3.868,15 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 18.000,00
5.1.7.6 - Otras Transferencias a Instituciones y Personas $ 296.855,00 Programa: 53.00.00 – Apoyo Municipal a la Educación Objeto del Gasto: 2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 48.397,00 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 1.348,50 2.3.9.0 - Otros $ 600,00 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 10.570,15 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 1.000,00 2.7.9.0 - Otros $ 1.025,00 2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 2.200,00 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 2.610,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 26.220,42 3.2.4.0 - Alquiler de fotocopiadoras $ 1.795,60 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 5.400,00 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 2.400,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 13.175,80 3.6.1.0 - Publicidad $ 890.640,00 5.1.5.0 - Transferencias a instituciones de enseñanza $ 3.900,00
Jurisdicción: 1110102000 – Secretaria de Gobierno Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00–Conducción y Administración de Gobierno Objeto del Gasto: 2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 33.672,00 2.2.9.0 - Otros $ 881,87 2.3.5.0 - Libros, revistas y periódicos $ 2.900,00 2.4.9.0 - Otros $ 460,00 2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 287,93 2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 5.220,00
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 6.028,93 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 18.947,84 2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana $ 9.596,67 2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso $ 7.830,58 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 10.548,79 2.6.9.0 - Otros $ 5.259,70 2.7.9.0 - Otros $ 18.867,99 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 29.451,12 2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 1.447,00 3.1.5.0 - Correos y telégrafo $ 36.961,22 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 124.014,83 3.4.7.0 - Servicios de hotelería $ 36.092,15 3.5.1.0 - Transporte $ 8.650,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 28.157,43 3.8.1.0 - Impuestos indirectos $ 400,00 3.8.4.0 - Multas, recargos y gastos judiciales $ 3.000,00 3.9.1.0 - Servicios de ceremonial $ 19.620,00
4.3.9.0 - Equipos varios $ 3.200,00 Programa: 52.01.00 – Promoción de la Cultura Objeto del Gasto: 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 1.161,38
Programa: 53.00.00 – Delegación de Villa Ramallo Objeto del Gasto: 2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 4.417,00 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 375,26 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 7.373,11 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 1.189,78 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 2.825,00 2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 6.858,30 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 4.316,04 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 253.032,99 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 585,16 3.2.4.0 - Alquiler de fotocopiadoras $ 16.225,60 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 15.600,00 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 1.000,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 110.818,57 3.7.2.0 - Viáticos $ 3.490,23 4.3.6.0 - Equipo para computación $ 131.093,38
4.8.1.0 - Programas de computación $ 13.000,00 Programa: 54.00.00 – Delegación de Pérez Millán Objeto del Gasto: 2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 97,32 2.7.9.0 - Otros $ 320,42 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 3.479,08 3.1.3.0 - Gas $ 855,68 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 8.229,08 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 35.088,68 4.3.6.0 - Equipo para computación $ 111.257,65 4.8.1.0 - Programas de computación $ 51.000,00
Programa: 55.00.00 – Delegación de El Paraíso Objeto del Gasto: 2.2.3.0 - Confecciones textiles $ 675,00 2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 1.496,75 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 6.135,00 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 6.779,44 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 3.100,00
3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 20.000,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 65.525,52
Programa: 56.00.00 – Delegación de Villa General Savio Objeto del Gasto: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 27.249,80 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 2.179,40 2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 1.812,20 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 30.946,00 2.7.9.0 - Otros $ 940,00 2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 9.423,70
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 920,00 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 16.040,00 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 339.018,29 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 1.073,76 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 328.743,85
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 36.046,00 Programa: 58.00.00 – Bromatología Objeto del Gasto: 2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 1.592,00 2.2.3.0 - Confecciones textiles $ 1.153,60 2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 1.455,00 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 2.430,00 2.5.7.0 - Específicos veterinarios $ 6.103,00 2.5.9.0 - Otros $ 294,00 2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 2.660,00 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 657,08 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 795,00 2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 210,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 5.675,53
5.1.7.6 - Otras Transferencias a Instituciones y Personas $ 46.000,00 Jurisdicción: 1110103000 – Secretaria de Hacienda Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Administración Financiera Objeto del Gasto: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 2.377,30 2.3.3.0 - Productos de artes gráficas $ 243,66 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 1.083,99 2.5.9.0 - Otros $ 520,00 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 1.576,92 2.6.9.0 - Otros $ 4.641,00 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 81,18 2.7.9.0 - Otros $ 9.147,50 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 914,00 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 36.027,00 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 36.156,73 3.1.3.0 - Gas $ 58.219,34 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 84.831,74 3.4.6.0 - De informática y sistemas computarizados $ 61.942,88
3.5.1.0 - Transporte $ 786,50 3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 12.785,61 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 384.214,59 3.5.5.0 - Comisiones y gastos bancarios $ 165.003,19 3.5.9.0 - Otros $ 2.782.040,48 3.6.1.0 - Publicidad $ 11.100,00 3.7.2.0 - Viáticos $ 31.335,32 3.9.9.0 - Otros $ 22.769,39 4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento $ 6.086,00 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 12.880,00
Jurisdicción: 1110104000 – Secretaria de Obras y Servicios Públicos Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Conducción y Administración de Obras Públicas Objeto del Gasto: 2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 1.000,00 2.7.9.0 - Otros $ 460,00 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 235,00 2.9.9.0 - Otros $ 3.098,00 3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad $ 59.902,88 3.4.9.0 - Otros $ 233.000,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 28.890,52 3.5.9.0 - Otros $ 33.495,00 4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento $ 2.748,00 4.3.6.0 - Equipo para computación $ 5.200,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 28.870,00 Programa: 16.00.00 – Prestación de Servicios de Cementerio Objeto del Gasto: 2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 120,00 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 1.915,00 2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 240,00 2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 2.322,00 $ 448,50
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 296,32 2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 450,00 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 7.410,00 2.7.9.0 - Otros $ 1.627,20 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 12.270,00 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 9.267,84 3.1.2.0 - Agua $ 31.077,23 3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 7.522,89
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 38.849,68 Programa: 17.00.00 – Provisión de Agua Potable Objeto del Gasto: 2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 101.157,00 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 4.384,00 2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 3.855,50 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 3.300,00 2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 180,00 2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 898.187,80 2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 20.144,66 2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 36.365,00 2.7.5.0 - Herramientas menores $ 12.504,80 2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 64.780,67 2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 3.402,60 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 211.920,00 2.9.9.0 - Otros $ 1.076,97 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 4.679.497,79 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 14.000,00 3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 125.205,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 77.813,67 3.5.9.0 - Otros $ 14.526,00 4.3.1.0 - Maquinaria y equipo de producción $ 161.600,00 4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 6.600,00
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores $ 255.151,00 Programa: 18.01.00 – Alumbrado Público Objeto del Gasto: 2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 2.380,00 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 12.207.437,48 3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 6.500,00 3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 1.300,00 3.5.9.0 - Otros $ 24.764,00 3.9.9.0 - Otros $ 974.092,87
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio público $ 311.252,17 Programa: 18.02.00 – Recolección Residuos Domiciliarios Objeto del Gasto: 2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 192.357,24 2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 1.020,00 2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 912,00 2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 381.418,00 2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 1.830,00 2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 2.766,00 2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 281.020,92 2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 35,00 2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 2.128,00 2.7.9.0 - Otros $ 5.254,01 2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 3.304,00 2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 2.963,00 3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 122.347,30 3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 378.700,00 3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 117.200,00 3.3.7.0 - Limpieza, aseo y fumigación $ 415.282,00 3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 83.503,01 3.6.1.0 - Publicidad $ 180.000,00 3.8.1.0 - Impuestos indirectos $ 7.593,20
3.9.3.0 - Servicios de vigilancia $ 560.784,00 Programa: 18.03.00 – Otros Servicios Urbanos Objeto del Gasto:
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 2.979,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 6.441,03.- ARTÍCULO 3°) Comuníquese a Contaduría, a los efectos de su imputación y dése al Libro de Decretos.-------------------------------------------
Pablo Alejandro Acosta Secretario de Hacienda Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 908/19.- RAMALLO, 26 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
El Expediente Municipal Nº 4092-20811/19 “Mantenimiento y Reposición de Alumbrado Público en Ramallo. Meses de Noviembre y Diciembre de 2019”; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente se manifiesta una situación particular y única donde claramente no se verifica un acto intencional que perjudique al Erario Municipal;
Que claramente es un servicio contratado en forma normal, habitual y consecutivo, comprobándose también de esa manera, la existencia de un error involuntario;
Que a la Oficina de Compras, le resulta imposible emitir la correspondiente Orden de Compra y, por las averiguaciones que se hicieron a la mesa de Ayuda de RAFAM se sugiere la confección de un registro de compromiso;
Que la confección del mencionado Registro de Compromiso
no causa perjuicio alguno a la Hacienda Municipal, razón por la cual se ha considerado como una alternativa única en la solución de este problema involuntario;
Que es necesario efectuar los actos administrativos correspondientes;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1º) Autorizase a la Dirección de Contaduría, la emisión de los “Registros de ---------------------- Compromiso” a nombre de la Empresa “COOSPRAL”, por un monto de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO C/94/100 ($ 189.591,94.-), correspondiente al mes de noviembre de 2019 y PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO C/94/100 ($ 189.591,94.-), correspondiente al mes de diciembre de 2019.----------------------------------------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quien corresponda, tome razón la Dirección de ---------------------- Contaduría. Dese al Libro de Decretos.----------------------------------------------
Pablo Alejandro Acosta Secretario de Hacienda Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 909/19.-
RAMALLO, 26 de
diciembre de 2019.-
V I S T O:
La Ordenanza Nº 4217/11, sancionada por el Honorable
Concejo Deliberante en fecha 04 de agosto de 2011; y
CONSIDERANDO:
Que por la referida norma se establece el ascenso en
forma automática de los empleados municipales escalafonados a la categoría
inmediata superior correspondiente a cada agrupamiento; tanto de la
Administración Central como del Ente Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio“;
Que la Ordenanza Nº 4217/11, faculta al
Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias
que resulten menester a los fines de cumplimentar la misma;
Que dicho ascenso requiere el concurso del Honorable
Concejo Deliberante para adecuar la Planilla de Cargos correspondiente al año
en curso;
Que en función de todo lo antedicho, resulta necesario
dictar el acto administrativo que establezca los cambios de categorías
propuestos para cada agente y que disponga las imputaciones presupuestarias
imprescindibles para financiar dichas promociones, todo ello ad referéndum del
Honorable Concejo Deliberante;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Promover ad referéndum del Honorable Concejo Deliberante,
que deberá ------------------- adecuar y aprobar la planilla de cargos
correspondiente al Ejercicio 2019 que como: Anexo I forma parte integral del
presente, a los agentes municipales de la Administración Central que a
continuación se detalla:
Jefe de Departamento “A” - Registro Patrimonial y Archivo a “Director Registro Patrimonial y Archivo”
RAFFO, Claudia Jorgelina DNI N° 23.389.442 - Legajo N° 1512 De Personal Administrativo Clase “I” a Personal Administrativo Clase “A” MOLINARI, Andrea Vanina DNI N° 24.714.755 - Legajo N° 1612
De Personal Administrativo Clase “III” a Personal Administrativo Clase “II” ABELLA, María Victoria DNI N° 30.785.501 - Legajo N° 1716
MACEIRA, Manuel Alejandro DNI N° 25.341.383 - Legajo N° 1619
De Personal Obrero Clase “V” a Personal Obrero Clase “IV” ROMA, Martín Enrique DNI N° 31.717.816 - Legajo N° 1747
SISTERNA, Rubén Omar DNI N° 26.913.435 - Legajo N° 0367
De Personal Obrero Clase “IV” a Personal Obrero Clase “III” AYALA, Antonio Cándido DNI N° 13.309.876 - Legajo N° 1800 AYALA, Ramón Omar DNI N° 21.620.524 - Legajo N° 1811
MAGGI, Pedro Alcibíades DNI N° 16.864.956 - Legajo N° 1066
MENDOZA, Luis DNI N° 18.239.286 - Legajo N° 1875
VELO, Guillermo DNI N° 27.825.879 - Legajo N° 1895
De Personal Obrero Clase “III” a Personal Obrero Clase “II” GONZALEZ, Roberto DNI N° 16.864.826 Legajo N° 1359
GUERRERO, Adrian Gustavo DNI N° 26.012.183 Legajo N° 1647
NEIRA, Jesús Alfredo DNI N° 18.239.201 Legajo N° 1643 YACUZZI, Orlando DNI N° 13.975.593 Legajo N° 1277
De Personal Obrero Clase “II” a Personal Obrero Clase “I” AZORIN, Carlos Marcelo DNI N° 13.075.109 - Legajo N° 1316
BANEGAS, Elbio Ramón DNI N° 14.612.607 - Legajo N° 1457
CEJAS, Guillermo DNI N° 24.258.655 - Legajo N° 1335
LEGUIZAMON, Raúl DNI N° 24.574.073 - Legajo N° 1789
MARCHIO, Carlos Alberto DNI N° 22.596.702 - Legajo N° 1520
MEDINA, Delfín Fabián DNI N° 27.981.642 - Legajo N° 1790
De Personal Obrero Clase “I” a Personal Obrero Clase “A” BIZGARRA, José Antonio DNI N° 23.863.776 - Legajo N° 1854
SANCHEZ, Carlos DNI N° 21.434.361 - Legajo N° 1031
TORRES, Juan Pablo DNI N° 12.239.257 - Legajo N° 1254
De Personal Servicio Clase “III” a Personal de Servicio Clase “II” GOMEZ, Julio DNI N° 21.843.573 - Legajo N° 1853
MANSILLAN, María Cristina DNI N° 11.298.692 - Legajo N° 1672.----------
---------------
ARTÍCULO 2°) El presente decreto regirá a partir del 10 de diciembre de
2019.--------------
ARTÍCULO 3°) Comuníquese a la Dirección de Personal, a los interesados, a
quienes --------------------- corresponda, regístrese y archívese.
Dése al Libro de Decretos.----------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perié Intendente
Municipalidad de Ramallo
ANEXO I Decreto N° 909/19
Ordenanza N° 5949/19
PERSONAL MUNICIPAL PLANTA PERMANENTE
EJERCICIO 2019 MOD. ASCENSO AUTOMÁTICO DICIEMBRE/2019
DENOMINACION N° DE CARGOS
SUELDOS INDIVIDUALES 489
PERSONAL SUPERIOR 42
Intendente 1
Secretarios 10
Subsecretarios 12
Delegado Clase I 2
Delegado Clase II 3
Directores Políticos 14
PERSONAL JERARQUICO 57
Contador Municipal 1
Tesorero Municipal 1
Director de Compras 1
Directores 24
Jefe de Departamento A 10
Jefe de Departamento B 6
Jefe de División A 13
Jefe de División B 1
PERSONAL PROFESIONAL 3
Clase I 3
PERSONAL TECNICO 45
Técnico Clase A 4
Clase I 2
Clase II 4
Clase III 3
Clase IV 32
PERSONAL ADMINISTRATIVO 103
Administrativo Clase A 25
Clase I 8
Clase II 10
Clase III 18
Clase IV 42
PERSONAL OBRERO 216
Obrero Clase A 39
Clase I 20
Clase II 13
Clase III 37
Clase IV 36
Clase V 71
PERSONAL DE SERVICIO 23
Servicio Clase A 4
Clase I 3
Clase II 3
Clase III 4
Clase IV 9
DECRETO Nº 910/19.-
RAMALLO, 26 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Decreto N° 805/19; y la Ordenanza N° 6021/19; y
CONSIDERANDO:
La difícil situación económica, administrativa y financiera por la que atraviesa la Municipalidad de Ramallo;
Que se ha declarado la Emergencia económica,
administrativa y financiera por Ordenanza N° 6021/19 en todo el Partido de Ramallo.
Que es necesario expedirse sobre la capacidad económica de la Comuna para afrontar cargas imposibles de ser satisfechas económica y financieramente por el Erario Municipal con la posibilidad cierta de generar desequilibrio financiero.
Que con esta distribución de Adicionales y/o Bonificaciones se genera una distorsión al derecho de igualdad de los trabajadores municipales.
Que de acuerdo al Artículo 6° de la Ley 14656, interpretado con parcialidad, establece que el Municipio puede instituir con carácter permanente o transitorio, general o sectorial otras bonificaciones, y no individuales.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Dejase sin efecto el Decreto N° 805/19, a partir del 11 de diciembre
de --------------------- 2019, de acuerdo a los considerandos de la presente
norma legal.----------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda. Tome razón la
---------------------- Dirección de Personal. Cumplido dese al Libro de Decretos.-------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 911/19.-
RAMALLO, 27 de diciembre de 2019.- VISTO: El Decreto N° 745/19 del 31 de Octubre de 2019, y la Ordenanza N° 6021/19 de fecha 19 de diciembre de 2019, promulgada mediante Decreto N° 901/19; y CONSIDERANDO:
Que por la Ley 14656 se aprueba la Ley Marco del Empleo Público de los Empleados Municipales de la Provincia de Buenos Aires.
Que las relaciones de empleo público se rigen por las ordenanzas dictadas por los Departamentos Deliberativos y por los Convenios Colectivos de Trabajo. Que por el Decreto 745/19, se genera un régimen de ascensos arbitrarios, con una desigualdad manifiesta en la carrera del personal municipal, lo cual implica una grave distorsión de los principios establecidos en la relación con el empleo público, afectando sus derechos y deberes y atentando contra los recursos municipales por lo que resulta necesario un análisis y control pormenorizado de su legalidad toda vez que se advierten prima facie irregularidades en el procedimiento que llevó a cabo su dictado.
Que la ausencia de respaldo presupuestario para asumir el costo que exige la implementación del Decreto N° 745/19 podría constituir un vicio en la causa y en el procedimiento del mencionado acto que merece un análisis detallado de lo actuado a fin de evitar una violación de la ley aplicable (artículo 11° y 12 de la Ley N° 14.656).
Que el art. 11 de la Ley 14656 establece taxativamente cuál es el mecanismo de la carrera administrativa y cuáles son las bases para el mismo, estableciendo el principio de igualdad de oportunidades.
Que, asimismo, la mencionada ley, establece que la selección del personal se realizará mediante sistemas que aseguren la comprobación fehaciente de la idoneidad, méritos, competencias y actitudes laborales adecuadas para el ejercicio de las funciones
Que resulta menester garantizar el principio igualdad y de oportunidad de todos los empleados municipales, generar una verdadera transparencia en lo relativo a los ascensos de carrera administrativa.
Que la presente medida se dicta con el objeto de procurar un buen gobierno y la imperiosa necesidad de proceder al ordenamiento de la Administración Pública. Que es deber del Departamento Ejecutivo velar por el buen funcionamiento de la Administración Pública Municipal, procurando optimizar y coordinar los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros con los que cuenta.
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Déjase sin efecto el DECRETO N° 745/19, de fecha 31 de octubre de --------------------- 2019, conforme las consideraciones ut supra mencionadas y a partir del 1° de Enero de 2020.--------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los interesados; a --------------------- quienes corresponda; cumplido des al Libro de Decretos.----------------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 912/19.-
RAMALLO, 26 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Las vacantes existentes en el Presupuesto de Gastos vigente de
la Administración Central para el Ejercicio 2019, aprobado por Ordenanza N° 5949/19
– Promulgada por Decreto N° 430/19 dentro del Agrupamiento Personal
Administrativo, Personal Obrero, Personal de Servicio; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto 745/19, se genera un régimen de ascensos
arbitrarios, con una desigualdad manifiesta en la carrera del personal municipal, lo cual
implica una grave distorsión de los principios establecidos en la relación con el empleo
público, afectando sus derechos y deberes y atentando contra los recursos
municipales por lo que resulta necesario un análisis y control pormenorizado de su
legalidad toda vez que se advierten prima facie irregularidades en el procedimiento
que llevó a cabo su dictado.
Que en virtud de lo expuesto se hace necesario dictar el
pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Promover a los Agentes Municipales de la Administración Central
de la ----------------------- Municipalidad de Ramallo, a partir del día 1º de enero
de 2020 y que a continuación se detallan:
De Personal Servicio Clase “I” a Personal Servicio Clase “A”
1. CARIBONI, Noemí Águeda - Legajo 1320 – D.N.I. Nº 11.297.699 – Afectada a la “Secretaría de Desarrollo Humano”.
De Personal Servicio Clase “IV” a Personal Servicio Clase “III”
1. SABBATINI, Marta – Legajo 1903 – D.N.I. Nº 16.600.974 – Afectada al
“Madre Teresa de Calcuta”.
De Personal Servicio Clase “II” a Personal Servicio Clase “I”
1. ROLÓN, María del Carmen – Legajo 1605 - D.N.I. Nº 21.800.154 – Afectada
a la “Secretaría de Desarrollo Humano de Villa Ramallo”.
De Personal Administrativo Clase “I” a Personal Administrativo Clase “A”
1. CARUCCIO, Marisa Luz – Legajo 1410 - D.N.I. Nº 21.464.937 – Afectada a
la “Secretaría de Obras Públicas”.
2. NADAL, Valeria – Legajo 1483 – D.N.I. Nº 23.863.877 – Afectada a la “Dirección
de Tributos”.
3. DYSIEWICZ, Darío – Legajo 1398 – D.N.I. Nº 27.825.543 - Afectado a la
“Dirección de Despacho - Mesa de Entrada”.
De Personal Obrero Clase “V” a Personal Obrero Clase “IV”
1. GONZÁLEZ, Verónica – Legajo 164 – D.N.I. Nº 22.879.897 - Afectada a la Secretaría de Gobierno – Chofer”
2. GÓMEZ, Carlos – Legajo N° 1896 - D.N.I. Nº
28.001.863 – Afectado a la “Recolección de Residuos Ramallo”. 3. MEDINA, Diego Alberto - Legajo N° 250 – DNI N°
35.702.064 – Afectado al Corralón Municipal de Ramallo.
De Personal Técnico Clase “III” a Personal Técnico Clase “II”
1. BURGUÉS, Andrés – Legajo 230 – D.N.I. Nº 35.702.164 - Afectado a la
“Dirección de Cómputos”
De Personal Obrero Clase “I” a Personal Obrero Clase “A”
1. ABELLA, Eduardo – Legajo 965 - D.N.I. Nº 12.072.058 – Afectado al “Museo
Municipal”.
De Personal Obrero Clase “III” a Personal Obrero Clase II”
1. BLANCO, Segundo – Legajo 1778 – D.N.I. Nº 16.236.796 - Afectado al
“GIRSU”. 2. CORREA, Jorge Rubén – Legajo 1736 - D.N.I. Nº 22.596.790 - Afectado al “GIRSU”. 3. PAVONI, José Luis – Legajo 1451 - D.N.I. Nº 18.239.218 - Afectado al “GIRSU”. 4. SALINAS, Rubén – Legajo 1775 - D.N.I. Nº 20.514.343 - Afectado al “GIRSU”.
De Personal Obrero Clase “II” a Personal Obrero Clase “I”
1. MACIAS, Mario Antonio – Legajo N° 1305 – DNI N° 11.783.398 – Afectado al
Cementerio Ramallo.
ARTÍCULO 5º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Dirección
----------------------- Municipal de Personal; cumplido dese al Libro de Decretos.----------
------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 913/19.- RAMALLO, 30 de diciembre de 2019.- V I S T O:
Que con motivo de celebrarse la tradicional Fiesta de Año Nuevo, se ha propuesto acordar asueto al Personal Municipal de la Administración Central y del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”, para el día 30 de diciembre del corriente año, a partir de las 11:30 a.m.; y
CONSIDERANDO:
Que la factibilidad de acceder a lo propuesto no altera de manera alguna el desenvolvimiento administrativo comunal, en tanto sean garantizados en su prestación todos los servicios esenciales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1º) Declarase asueto para todo el Personal Municipal dependiente de la ------------------------ Administración Central y del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”, para el día 30 de diciembre de 2019 a partir de las 11:30 a.m., debiéndose mantener las prestaciones de todos los servicios esenciales y guardias de emergencia.---------------------------------------------------------------------------------------- ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón Dirección de Personal ---------------------- y Jefatura de Personal del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”; cumplido dese al Libro de Decretos.----------------------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 914/19.- RAMALLO, 30 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
Que mediante Decreto Nº 844/19, el suscripto se hace cargo del DESPACHO OFICIAL MUNICIPAL; dando inicio al MANDATO CONSTITUCIONAL 2019 - 2023; y CONSIDERANDO:
Que en virtud de la inminencia del acto de entrega del Despacho Oficial al
Intendente Municipal electo, resulta necesario dictar el acto administrativo
pertinente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Desígnese a partir del día 1º de Enero de 2020, como Subsecretaria de ------------------------ Desarrollo Humano y Promoción de la Salud de la Municipalidad de Ramallo, a la Sra. María Guadalupe POGGI - Legajo N° 4094 – D.N.I. N° 29.973.732, con los deberes y atribuciones que el cargo implica.---------------------------------------------------- ARTÍCULO 2°) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda, tome razón ------------------------ Dirección Municipal de Personal, dese al Libro de Decretos.-------------
Silvio Norberto Gaeto Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 915/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Que el Honorable Concejo Deliberante de Ramallo, en
Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes del día 27 de diciembre de 2019,
ha dado sanción a la ORDENANZA: Nº 6024/19 – Aprobatoria del texto ordenado de
la Ordenanza Fiscal e Impositiva – Año 2020; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario establecer un período de revisión
general de la nueva norma, a fin de proceder conforme las determinaciones del Art.
108º - Ap. 2 - del Decreto - Ley Nº 6769 / 58 “Ley Orgánica de las
Municipalidades”;
Que en virtud de lo expuesto, se hace necesario prorrogar la Ordenanza Fiscal e
Impositiva correspondiente al Ejercicio 2019, para dar lugar a la correcta evaluación
de cada una de las áreas;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTICULO 1º) Prorrógase la vigencia de la ORDENANZA Nº 5919/19 – Fiscal
----------------------- e Impositiva 2019, para el Ejercicio 2020, hasta la promulgación o
veto por parte del Departamento Ejecutivo Municipal correspondiente a la Ordenanza
Fiscal e Impositiva – Ejercicio 20200; conforme al Art. 108º, Ap. 2 del Decreto Ley
Nº 6769/58 “Ley Orgánica de las Municipalidades”.-------------------------------------------
---------------------
ARTICULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, publíquese, dese al
Libro
-------------------- de Decretos.-------------------------------------------------------------------------
-------
Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo H. Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 916/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
Las Resoluciones: Nº 215/19; Nº 216/19 y Nº 217/19,
sancionadas por el Señor Director Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital
Municipal “José María Gomendio”, Dr. Guillermo VAN KEMENADE; y
CONSIDERANDO:
Que se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo por
parte del Departamento Ejecutivo Municipal; a los efectos de proceder a las
respectivas convalidaciones;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE EN
USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Convalídense la Resolución N° 215/19; Resolución N° 216/19 y
----------------------- Resolución N° 217/19; sancionadas por el Señor Director
Ejecutivo del Ente Descentralizado Hospital Municipal “José María Gomendio”
de Ramallo Dr. Guillermo VAN KEMENADE, de fecha 11 de diciembre de 2019.------
--------------------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón la Oficina de
Personal ------------------------ del Organismo Descentralizado Hospital Municipal “José
María Gomendio”; dese al Libro de Decretos.-------------------------------------------------------
--------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 917/19.- RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Expediente Nº 4092–19899/19, por el que se gestiona la
regularización del inmueble de vecinos del Partido de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
Que el proceso de regularización dominial del Inmueble
comprendido, resulta de Interés Social, teniendo en cuenta el nivel socio-económico
de los adquirentes y la necesidad de otorgar seguridad jurídica a la titularidad de
dominio sobre el mismo.
Que según lo dispuesto en el Artículo 4º, inciso d) de la ley
Nº 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires,
se encuentra facultada para intervenir en casos como el presente;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS FACULTADES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Declarase de INTERÉS SOCIAL, la Escrituración en el marco de la
Ley ---------------------- 10830 del Inmueble cuya nomenclatura catastral es la
siguiente: Circ. IX - Secc. A – Mza. 6 - Parcela 2 “b” – Partida Inmobiliaria Nº
22.136; a favor del Sr. María Juan Cruz DOMENECHE – D.N.I. Nº 36.467.403;
domiciliado en calle Azopardo Nº 1024, de la Localidad de Pérez Millán, Partido de
Ramallo.---------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º) Requiérase la intervención a la Escribanía General de Gobierno
de la --------------------- Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la
Escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el Artículo anterior.----------
------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a quienes corresponda. Cumplido dese al Libro de
--------------------- Decretos.--------------------------------------------------------------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 918/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Contrato de Locación de Obra celebrado entre la Municipalidad
de Ramallo y la Sra. Cecilia DE ANGELIS, a los 27 días del mes de noviembre del año
en curso; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo no se encuentra debidamente perfeccionado,
careciendo de fecha cierta, no ha sido pasado debidamente al libro de Contratos, ni
elevado al HCD para su aprobación, descartando por ende la posibilidad de existencia
de derechos adquiridos de parte de la contratante dado que el acto administrativo no
se encuentra perfeccionado.
Que en el marco de la Ordenanza N° 6021/19, se declaró la
EMERGENCIA ECONÓMICA, ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA en la
Municipalidad de Ramallo de fecha 19/12/19, promulgada por Decreto N° 901/19,
en su artículo 4°) se otorga facultades al Departamento Ejecutivo a los efectos de
rescindir contratos suscripto con anterioridad a la vigencia de la presente
ordenanza.
Que la clausula sexta del mismo contrato establece la facultad del Municipio de
rescindir el contrato por razones de servicio.
Que en el caso de marras se está evaluando fecha y modo en el
que se van a continuar los edificios educativos emprendimientos para el cual ha sido
contratada la arquitecta De Angelis, resultando inoportuno e inapropiada efectuar una
erogación de dinero a partir de los recursos de las arcas municipales a favor de un
profesional que carece a la fecha de la posibilidad de efectuar con las tareas
establecidas en el contrato.
Que en virtud de lo expuesto, se torna necesario dictar el siguiente
acto administrativo;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
DECRETA
ARTÍCULO 1º) Rescíndase el Contrato de Locación de Obra celebrado con fecha 27
de --------------------- noviembre de 2019; con la Sra. Cecilia DE ANGELIS – D.N.I. Nº
32.412.377, fundado ello en la Ordenanza N° 6021/19, de Emergencia Económica,
Administrativa y Financiera en la Municipalidad de Ramallo, por razones de
servicio conforme lo previsto en la Clausula Sexta del Contrato y en el hecho que el
acto administrativo en cuestión no ha sido debidamente cumplimentado.-------------------
------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, tome razón Dirección de
Compras --------------------- y Suministros; cumplido dese al libro de Decretos.---------
-----------------------
Silvio Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 920/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Decreto N° 793/19; y
CONSIDERANDO:
Que se omitió en el decreto mencionado el cese de los agentes
designados como personal temporario.
Que resulta necesario realizar modificaciones al artículo 1° del mismo,
dictando el acto instrumento legal pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A ARTÍCULO 1º) Modifíquese el ARTÍCULO 1°) del DECRETO N° 793/19, el que en
-------------------- adelante quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 1°)
“Desígnense como Personal Temporario – Obrero Clase V a partir del 1° de
diciembre de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2019, a los agentes que a
continuación se detallan:
BATISTA, Guadalupe Carolina Legajo N° 4068 D.N.I. 39.165.834
CAAMAÑO, Santiago Legajo N° 4069 D.N.I. 39.551.474
GRAFF, Julia Soledad Legajo N° 4070 D.N.I. 32.325.860”.------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda, publíquese; cumplido, dése al
-------------------- Libro de Decretos.---------------------------------------------------------------------
---
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 921/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre
de 2019.-
V I S T O:
La vacante existente en el Presupuesto de Gastos vigente de
la Administración Central para el Ejercicio 2019 – Ordenanza N° 5949/19 –
promulgada por Decreto N° 430/19; y
CONSIDERANDO:
Que en virtud de ello, resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Designar como Personal Temporario Obrero - Clase V; a los
Agentes --------------------- que a continuación se detallan:
RAMALLO APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO
DESDE HASTA LEGAJO
32. ACUÑA, FRANCO 39.285.097 1998 01/01/2020 31/01/2020 33. AGUILAR, JUAN JOSE 34.000.373 0822 01/01/2020 31/01/2020 34. AVILA, JOSE EDUARDO 30.257.796 1944 01/01/2020 31/01/2020 35. CARBALLO, JUAN ANGEL 22.939.085 0986 01/01/2020 31/01/2020 36. CARBALLO, JUAN MANUEL 32.325.602 0786 01/01/2020 31/01/2020 37. CASTRO, FRANCO DAMIAN 37.680.926 0753 01/01/2020 31/01/2020
38. CASTRO, JUAN 35.221.295 1685 01/01/2020 31/01/2020 39. DELFANTE, ALICIA 30.458.484 1041 01/01/2020 31/01/2020 40. DIAZ, LUCAS 37.218.888 0827 01/01/2020 31/01/2020 41. FERRARI, SOLEDAD 30.785.538 1910 01/01/2020 31/01/2020
42. FERREYRA, JONATAN DAVID 37.934.396 0346 01/01/2020 31/01/2020
43. GIRALDI, NANCY 28.573.020 0831 01/01/2020 31/01/2020 44. GONZALEZ, MARIA ANGELICA 17.519.893 1626 01/01/2020
31/01/2020 45. GUTIERREZ, GASTON 30.785.794 0978 01/01/2020 31/01/2020
46. MACIAS, NICOLAS ANTONIO 25.320.007 1538 01/01/2020 31/01/2020
47. MAIDANA, MARIO 16.081.172 1039 01/01/2020 31/01/2020 48. MIRANDA, RICARDO ARIEL 24.162.961 1967 01/01/2020 31/01/2020 49. POSADAS, AYRTON 37.934.464 0928 01/01/2020 31/01/2020 50. POSADAS, CRISTIAN 32.793.464 0934 01/01/2020 31/01/2020 51. RODRIGUEZ, DIEGO 35.702.005 1121 01/01/2020 31/01/2020 52. ROMA, CESAR AGUSTIN 39.284.934 1988 01/01/2020 31/01/2020
53. SICILIANO, LEONARDO DAVID 34.907.920 1869 01/01/2020 31/01/2020
54. SILVA, JOSE 22.753.285 1625 01/01/2020 31/01/2020
VILLA GENERAL SAVIO APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO DESDE HASTA
6. GALLEGO, PABLO ALBERTO 32.898.201 1238 01/01/2020 31/01/2020
7. TABORDA, HERNAN 39.961.747 0769 01/01/2020 31/01/2020
8. RODRIGUEZ, MATIAS ARIEL 30.683.101 1929 01/01/2020 31/01/2020
LEGA VILLA RAMALLO APELLIDO Y NOMBRE D.N.I. LEGAJO DESDE HASTA
37. ASTUDILLO, CELESTE 37.680.952 0784 01/01/2020 31/01/2020
38. AVALOS, MELINA 40.670.407 4053 01/01/2020 31/01/2020
39. CAMELINO, RAMON 37.218.734 0389 01/01/2020 31/01/2020
40. CISNEROS, FLORENCIA 39.962.359 1314 01/01/2020 31/01/2020
41. CISNEROS, MARTIN 29.234.726 0952 01/01/2020 31/01/2020
42. CORDOBA, FABIAN 17.310.114 1050 01/01/2020 31/01/2020
43. CHOCOBAR, JAQUELINA 37.218.716 0733 01/01/2020 31/01/2020
44. FORLINO, HECTOR ARIEL 16.864.790 1052 01/01/2020 31/01/2020
45. GUTIERREZ, ESTEBAN 34.044.301 4055 01/01/2020 31/01/2020
46. IBARRA, JOSE ROBERTO 34.778.180 1324 01/01/2020 31/01/2020
47. IBARRA, ROMINA 39.962.295 4056 01/01/2020 31/01/2020
48. LEGUIZAMO, DANIEL OSMAR 13.975.620 1325 01/01/2020 31/01/2020
49. MACIAS, MARIELA 33.413.183 0984 01/01/2020 31/01/2020
50. MARTINEZ, YANINA 31.717.876 0858 01/01/2020 31/01/2020
51. MIÑO, HUGO 35.702.030 4058 01/01/2020 31/01/2020
52. MIÑO, NICOLAS 37.680.858 4052 01/01/2020 31/01/2020
53. ROMAGNIOLI, PRISCILA 39.551.475 4063 01/01/2020 31/01/2020
54. RUIZ, DANIEL OMAR 21.525.435 0851 01/01/2020 31/01/2020
55. RUIZ, LILIANA 28.218.239 0861 01/01/2020 31/01/2020
56. TOLINI, JUAN BAUTISTA 42.773.281 4060 01/01/2020 31/01/2020
57. MACIAS, JESUS 35.702.027 1007 01/01/2020 31/01/2020
58. MAINENTE, EMILIO ADRIAN 24.258.723 1326 01/01/2020 31/01/2020.-----------
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a Dirección Municipal de Personal; a los
interesados a
--------------------- quienes corresponda. Deróguese cualquier otra norma que se
oponga al presente; cumplido dese al Libro de Decretos.-------------------------------
----------------------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 922/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Decreto Nº 157/18 y Decreto N° 159/19;
CONSIDERANDO:
Que a la fecha existe una nueva reestructuración administrativa.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Suprímase la denominada figura de “Responsable de Filmaciones y
------------------------ Proyecciones – Subsecretaría de Cultura y Comunicación,
Municipalidad de Ramallo”, a partir del día 01 de enero de 2020, designado
mediante Decreto Nº 157/18 – Artículo 1º).-----------------------------------------------------------
------------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el ARTÍCULO 1°) exclúyase del pago
de ----------------------- la Bonificación Remunerativa de carácter habitual y
regular por mayor responsabilidad (CÓDIGO 073) -“Responsable de Filmaciones y
Proyecciones – Subsecretaría de Cultura y Comunicación, Municipalidad de
Ramallo” – DE PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS ($ 8.200.-), otorgado mediante
Decreto N° 159/19 – Artículo 1°), a partir del día 01 de enero de 2020.----------------------
--------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a los interesados, a quienes corresponda, Tome razón
la ------------------------ Dirección de Personal, dese al Libro de Decretos.----------------
--------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 923/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Decreto N° 074/19 y N° 075/19; y la Ordenanza N° 6021/19; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Desaféctese a la Agente Municipal Sra. Verónica Andrea Zoilo –
Legajo ---------------------- Nº 0526 - D.N.I. Nº 25.492.609, Personal Administrativo
Clase IV, como “Auditora de Tesorería y Descentralización Tributaria” designada
mediante Decreto Nº 074/19 – Artículo 1º), a partir del día 01 de enero de 2020.---------
------------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el ARTÍCULO 1°) exclúyase del pago
de ---------------------- la Bonificación Remunerativa de carácter habitual y regular por
mayor responsabilidad (CÓDIGO 073) - “Auditora de Tesorería y Descentralización
Tributaria” – DE PESOS DIECIETE MIL ($ 17.000.-), fijado oportunamente por
Decreto Nº 075/19 - Artículo 1º), a partir del día 01 de enero de 2020.-----------------------
----------------
ARTÍCULO 3º) De acuerdo a lo determinado en el ARTICULO 1º) exclúyase del pago
de ---------------------- la Bonificación No Remunerativa Transitoria (CÓDIGO 065)
- “Bonificación Especial No Remunerativa” de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-), a
favor del siguiente cargo “Auditora de Tesorería y Descentralización Tributaria”,
fijado oportunamente por Decreto Nº 075/19 - Artículo 2º), a partir del día 01 de enero
de 2020.--
ARTÍCULO 4º) Comuníquese a la interesada, a quienes corresponda. Tome razón la
---------------------- Dirección de Personal. Cumplido dese al Libro de Decretos.-------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 924/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La difícil situación económica, administrativa y financiera por la que atraviesa la
Municipalidad de Ramallo; y
CONSIDERANDO:
Que se ha declarado la Emergencia económica, administrativa y financiera por
Ordenanza N° 6021/19 en todo el Partido de Ramallo.
Que es necesario expedirse sobre la capacidad económica de la Comuna para
afrontar cargas imposibles de ser satisfechas económica y financieramente por el
Erario Municipal con la posibilidad cierta de generar desequilibrio financiero.
Que con esta distribución de Adicionales y/o Bonificaciones se genera una distorsión
al derecho de igualdad de los trabajadores municipales.
Que de acuerdo al Artículo 6° de la Ley 14656, interpretado con parcialidad,
establece que el Municipio puede instituir con carácter permanente o transitorio,
general o sectorial otras bonificaciones, y no individuales.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Exclúyase del pago de la Bonificación Remunerativa de carácter
habitual ---------------------- y regular por mayor responsabilidad (CÓDIGO 073) a partir
del día 01 de enero de 2020, a:
“Encargada Oficina Municipal de Información al Consumidor” (OMIC) - PESOS SEIS MIL DOSCIENTOS ($ 6.200.-).
“Responsable Secretaría de Presupuesto y Hacienda – Seguimiento de Trámites” - PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-).
“Encargada de las Tareas Administrativas en el Área de Personal” - PESOS DOS MIL SEISCIENTOS ($ 2.600.-).
“Responsable de Eventos Culturales” - PESOS DIEZ MIL ($ 10.000.-).
“Confección de Guías” - Delegación Villa Ramallo - PESOS CINCO MIL ($ 5.000.-).
“Responsable Taller de Deportes Municipal” - PESOS CUATRO MIL QUINIENTOS ($ 4.500.-).
“Responsable del Área Rafam – Secretaría de Gobierno” – PESOS DIEZ MIL ($ 10.000).
“Secretaria del D.E.M. – AUDIENCIAS – Municipalidad de Ramallo” – PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS ($6.300.-).
“Secretaria del D.E.M – MESA DE ENTRADA – Municipalidad de Ramallo” - PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS ($ 6.900.-)
ARTÍCULO 2º) Derogase cualquier norma que disponga Bonificación Remunerativa de
--------------------- Código 073 para dichos cargos.---------------------------------------------------
------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese a los interesados, a quienes corresponda. Tome razón
la -------------------- Dirección de Personal, dese al Libro de Decretos.------------------
--------------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 925/19.- RAMALLO, 30 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La falta de tratamiento al 31/12/2019 por parte del Honorable
Concejo Deliberante del proyecto de Presupuesto de Recursos y Gastos para el año
2019 elevado por el Departamento Ejecutivo Municipal con fecha 29/11/2019; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades contempla dicha
situación en sus Artículos 37 y concordantes.
Que el propio artículo mencionado establece que al vencimiento
de la fecha otorgada (31 de Diciembre), el Intendente deberá regirse por el vigente
para el año anterior.
Que en el mismo sentido, la materia presupuestaria expuesta se
encuentra regulada en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en su artículo
192 inciso 5°.
Que a los fines de asegurar el correcto funcionamiento de la
administración municipal, es menester dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE RAMALLO QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Prorróguese el Presupuesto 2019 para su ejecución en 2020 hasta
tanto --------------------- se sancione el correspondiente al año en curso.------------
-----------------------
ARTÍCULO 2º) Autorícese a la Secretaría de Hacienda a realizar las modificaciones
---------------------- presupuestarias correspondientes a efectos de dar debido
cumplimiento a lo establecido en las normas legales imperantes.------------------------------
-----------------------
ARTICULO 3°) Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante, áreas intervinientes y
--------------------- quienes corresponda.----------------------------------------------------------------
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Pablo Alejandro Acosta
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 926/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La creación de “Bonificaciones Remunerativas” y
“Bonificaciones No Remunerativas Transitorias”; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 6°) último párrafo de la Ley 14.656 establece que:
“El Departamento Ejecutivo podrá instituir con carácter permanente o transitorio,
general o sectorial, otras bonificaciones”.
Que se torna oportuno dictar el pertinente acto administrativo.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE
SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Fíjase en concepto de Bonificación Remunerativa - Código 063 - -------------------- “Bonificación Transitoria Extraordinaria” de PESOS DIECISEIS MIL ($ 16.000.-), a partir del día 10 de diciembre de 2019 y hasta el día 14 de abril de 2020 inclusive, para los agentes designados en el “Programa de Seguridad de Playas” durante la Temporada Estival 2019/2020 y que a continuación se detallan:
1. ALDERETTE, Hernán Emilio Legajo Nº 4066 - D.N.I. Nº 25.016.491 2. BELARD, Damián E. Legajo N° 0408 - D.N.I. Nº 32.129.618 3. FARRONI, Lautaro Legajo Nº 0409 - D.N.I. Nº 33.851.877 4. MARTÍNEZ, Diego Sebastián Legajo Nº 0669 - D.N.I. Nº 26.126.980 5. PACCHIONI, SOFÍA Legajo Nº 4067 - D.N.I. Nº 37.934.394 6. SBAFFO, Jonás Legajo N° 0422 - D.N.I. Nº
35.404.701.---------------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a la Dirección de Personal, a los interesados, a quienes
------------------- corresponda, cumplido dese al Libro de Decretos.-----------------------------
------
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 927/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La necesidad de adecuar los diferentes adicionales de los
Funcionarios Políticos de la comuna; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el art. 4 de la Ordenanza N° 2991/06 del 4 de
abril de 2006, el Departamento Ejecutivo Municipal está facultado para otorgar
bonificaciones de hasta un setenta por ciento (70 %) al personal excluido del Estatuto
del Personal Municipal (Artículo 67º de la Ley 14.656);
Que se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
------------------------ por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual del cuarenta por ciento (40%)
para los Secretarios que a continuación se detallan:
1. Secretario de Gobierno
2. Secretario de Hacienda
3. Secretario de Obras y Servicios Públicos
4. Secretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud
5. Secretario de Coordinación de Gabinete
6. Secretario de Seguridad Ciudadana, Educación Vial y Defensa Civil.---------------------
ARTÍCULO 2º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
------------------------ por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual del cuarenta por ciento (40%)
para los Subsecretarios que a continuación se detallan:
1. Subsecretario de Gobierno
2. Subsecretario de Obras Públicas y Ordenamiento Urbano
3. Subsecretario del Menor y la Familia
4. Subsecretario de Deportes
5. Subsecretario de Turismo
6. Subsecretario de Comunicación
7. Subsecretario de Desarrollo Local
8. Subsecretario de Cultura
9. Subsecretario de Ingresos Públicos
10. Subsecretario de Desarrollo Humano y Promoción de la Salud.---------------------------
ARTÍCULO 3º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
------------------------ por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual del sesenta por ciento (60%)
para los Subsecretarios que a continuación se detalla:
1. Subsecretario de Educación
2. Subsecretario Legal y Técnico.-----------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
------------------------ por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual del cuarenta por ciento (40%)
para los Directores Sin Estabilidad que a continuación se detallan:
1. Director de Juventud
2. Director de Logística y Caminos Rurales
3. Director de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable.----------------------------------------
ARTÍCULO 4º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
------------------------ por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual del sesenta por ciento (60%)
para los Directores Sin Estabilidad que a continuación se detallan:
1. Director de Mesa de Entrada y Audiencias
2. Director de Coordinación de Intendencia
3. Director de Coordinación y Promoción de la Salud.--------------------------------------------
ARTÍCULO 5º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
------------------------ por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual del cuarenta por ciento (40%)
para los Delegados que a continuación se detallan:
1. Delegado Villa Ramallo - Clase I
2. Delegado Pérez Millán - Clase I
3. Delegado Villa General Savio - Clase II
4. Delegado El Paraíso - Clase II
5. Delegado del Parque Industrial COMIRSA - Clase II.-------------------------------------
ARTÍCULO 6°) Deróguese cualquier otra norma que se oponga al presente Decreto. -
-----
ARTÍCULO 7°) Comuníquese a quienes corresponda; Cumplido, dése al Libro de
---------------------- Decretos.--------------------------------------------------------------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 928/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de 2019.-
V I S T O:
La necesidad de adecuar los diferentes adicionales de los
Funcionarios Políticos de la comuna; y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con el art. 4 de la Ordenanza N° 2991/06 del 4 de
abril de 2006, el Departamento Ejecutivo Municipal está facultado para otorgar
bonificaciones de hasta un setenta por ciento (70 %) al personal excluido del Estatuto
del Personal Municipal (Artículo 67º de la Ley 14.656);
Que se torna necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR TODO ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE
SUS ATRIBUCIONES,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Fíjase a partir del 10 de diciembre de 2019 en concepto de Adicional
----------------------- por Función sobre el Sueldo Básico, Complementos y
Bonificaciones Remunerativas, un porcentaje mensual para los Directores que a
continuación se detallan:
7. Director Ejecutivo del Hospital José María Gomendio (70%) 8. Director Médico del Hospital José María Gomendio (40%) 9. Director Administrativo del Hospital José María Gomendio (40%).-------------
------
ARTÍCULO 2º) Comuníquese a quienes corresponda; cumplido, dése al Libro de
----------------------- Decretos.-------------------------------------------------------------------------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 929/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Decreto N° 403/16 y N° 523/16; y
CONSIDERANDO:
Que el agente Sr. Jesús Esteban LESCANO – Legajo Nº 1363, no
viene realizando las tareas asignadas durante o fuera del horario de la Administración
Municipal.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Desaféctese al Agente Municipal Sr. Jesús Esteban
LESCANO – Legajo ----------------------- Nº 1363 – D.N.I. Nº 23.863.662, para
desarrollar tareas como “Recaudador Municipal, Habilitaciones e
Inspección”, a partir del día 1º de enero de 2020, designado mediante
Decreto N° 403/16 – Artículo 1°).-----------------------------------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el ARTÍCULO 1°) exclúyase del pago
en ----------------------- concepto de “Fallo de Caja”, una Bonificación mensual,
remunerativa habitual y regular del quince por ciento (15%), conforme la Ordenanza Nº
2078/02, a partir del día 1º de enero de 2020, otorgada mediante Decreto Nº 523/16.--
----------------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda. Tome razón la
----------------------- Dirección de Personal. Cumplido dese al Libro de Decretos.------------
-----
Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 930/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
El Decreto N° 527/18 y N° 528/18; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente.
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Desaféctese al Agente Municipal Sr. Daniel Alberto
LARRIERA – Legajo ----------------------- N° 1848 - D.N.I. Nº 29.234.653, para
desarrollar tareas como “Encargado de Fotografías y Videos de los Juegos
Bonaerenses”, a partir del día 1º de enero de 2020, designado mediante
Decreto N° 527/18 – Artículo 1°).-----------------------
ARTÍCULO 2º) De acuerdo a lo determinado en el ARTÍCULO 1°) exclúyase del pago
de ----------------------- la Bonificación Remunerativa de carácter habitual y
regular por mayor responsabilidad (CÓDIGO 073) - “Encargado de Fotografías y
Videos de los Juegos Bonaerenses” - PESOS TRES MIL ($ 3.000.-), a partir del día
1º de enero de 2020, otorgada mediante Decreto Nº 528/18.-----------------------------------
----------------------------------
ARTÍCULO 3º) Comuníquese al interesado, a quienes corresponda. Tome razón la
----------------------- Dirección de Personal. Cumplido dése al Libro de Decretos.------------
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Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO Nº 931/19.-
RAMALLO, 30 de diciembre de
2019.-
V I S T O:
La necesidad de afectar personal para realizar tareas en el Área
Municipal de “Habilitaciones - Ramallo”; y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar el pertinente acto administrativo;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Aféctese al Agente Municipal Sr. Manuel Alejandro MACEIRA - Legajo --------------------- N° 1619 - D.N.I. N° 25.341.383, para
desarrollar tareas en el Área Municipal de “Habilitaciones - Ramallo”, a partir del día 10 de diciembre de 2019.-------------
ARTÍCULO 2°) Comuníquese a la Dirección Municipal de Personal; al interesado, a
----------------------- quienes corresponda; cumplido dese al Libro de Decretos.--------------
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Silvio Norberto Gaeto
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié
Intendente
Municipalidad de Ramallo
DECRETO N° 932/19.- RAMALLO, 30 de diciembre de 2019.- V I S T O:
Que al día de la fecha algunas partidas del Estado de Ejecución
del Presupuesto de Recursos y Gastos de la Administración Central se encuentran excedidas;
Que lo dispuesto por la Ley 14.062 en lo atinente a los artículos 118º, 119º y 120º de la L.O.M.; y
CONSIDERANDO:
Necesario efectuar los ajustes presupuestarios correspondientes durante el Ejercicio 2019 más aún dejando constancia de un mecanismo de ajuste trimestral que redundará en más beneficiosa a los trabajadores municipales;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL QUE SUSCRIBE, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º) Ampliase el Cálculo de Recursos vigente de la Administración Central en la suma ---------------------- de PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA C/53/100 ($ 54.479.290,53.-) en las siguientes Partidas:
11.4.01.00 - Ley 10559 $ 21.977.856,29
11.4.02.00 - Bingos y Casinos $ 622.540,18
11.4.03.00 - Ley 9226 $ 13.414.006,71
11.4.04.00 - Inmobiliario Rural $ 3.431.498,78
11.4.06.00 - Impuesto sobre los Ingresos Brutos $ 33.389,57
17.5.01.09 - Aportes no reintegrables Tesoro Provincial $ 14.999.999,00.
ARTÍCULO 2º) Con los fondos provenientes del Artículos anterior, ampliase el ------------------ Presupuesto de Gastos vigente en las siguientes partidas: Jurisdicción: 1110104000 – Secretaria de Obras y Servicios Públicos Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 18.03.00 – Otros Servicios Urbanos Objeto del Gasto:
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 362.404,90
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 4.528,00
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 442.550,00
2.5.1.0 - Compuestos químicos $ 19.425,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 210,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 18.561,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 61.397,50
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 6.774.405,18
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 60.859,76
2.5.9.0 - Otros $ 3.094,24
2.6.3.0 - Productos de loza y porcelana $ 1.070,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 1.779,02
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 14.420,18
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 10.247,78
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 43.479,04
2.7.9.0 - Otros $ 11.768,22
2.8.9.0 - Otros $ 83.440,64
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 17.142,04
2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 1.113,25
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 3.535,28
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 386.550,09
3.2.1.0 - Alquiler de edificios y locales $ 97.433,80
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 3.676.390,17
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 259.329,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 3.113,00
3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 3.000,00
3.4.1.0 - Estudios, investigaciones y proyectos de factibilidad $ 294.700,00
3.5.1.0 - Transporte $ 61.452,40
3.5.3.0 - Imprenta, publicaciones y reproducciones $ 9.895,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 558.158,29
3.5.9.0 - Otros $ 52.282,80
3.7.2.0 - Viáticos $ 8.711,00
3.8.1.0 - Impuestos indirectos $ 2.219,20
3.9.9.0 - Otros $ 3.800,00
4.3.9.0 - Equipos varios $ 4.200,00 Programa: 18.04.00 – Servicio de Barrido Objeto del Gasto:
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 1.716,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 615.145,34
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 342,24
2.6.9.0 - Otros $ 360,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 1.997,78
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 1.344,33
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 8.000,00
2.7.9.0 - Otros $ 239.364,91
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 38.425,15
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 99.523,08
2.9.9.0 - Otros $ 9.820,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 1.026.208,79
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 7.270,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 17.746,10
3.5.9.0 - Otros $ 6.171,00 Programa: 18.05.00 – Servicio de Riego Objeto del Gasto:
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 9.550,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 1.298.179,44
2.5.9.0 - Otros $ 2.520,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 1.965,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 45.068,57
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 1.945.367,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 14.618,74 Programa: 18.06.00 – Servicio Recolección de Residuos Vegetales Objeto del Gasto:
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 4.814,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 12.090,80
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 4.710,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 588,00
2.7.9.0 - Otros $ 48,99
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 138.051,07
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 2.227.700,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 3.760,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 22.528,00 Programa: 18.07.00 – Mantenimiento Espacios Verdes Objeto del Gasto:
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 50,00
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 8.900,00
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 4.980,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes
$ 10.112,46
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 213.698,04
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 129,64
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 676,40
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 9.046,50
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 37.472,74
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 69,21
2.7.9.0 - Otros $ 28.021,00
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 1.780,11
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 827,38
2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 980,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 86.195,00
2.9.9.0 - Otros $ 430,04
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 37.088,74
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 114.713,46
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 81.929,00
3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 932.839,65
3.5.9.0 - Otros $ 39.329,00
5.1.9.2 - Otras transferencias $ 12.000,00 Programa: 18.08.00 – Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Objeto del Gasto:
2.4.4.0 - Cubiertas y cámaras de aire $ 417.402,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 3.381,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 194.442,94
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 50,00
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 85,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 154.193,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 187.458,00
5.3.8.9 - Otras transferencias a municipalidades y otros entes comunales $ 60.827,41 Programa: 19.00.00 – Prestación del Servicio de Cloacas Objeto del Gasto:
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 2.556,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 4.704,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 54.306,90
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 5.078,17
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 350,00
2.7.9.0 - Otros $ 13.926,33
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 3.928,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 50.641,42
3.8.9.0 - Otros $ 3.269,00 Programa: 22.00.00 – Obras con Fondos Provinciales Afectados Objeto del Gasto:
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 445.785,00
5.3.7.9 - Otras transferencias a Entes de Gobiernos Provinciales $ 535.124,18 Programa: 25.01.00 – Fondos Municipales Objeto del Gasto:
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 1.324,85
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 12,50
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 347,13
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 240,00
2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 845,00
2.9.9.0 - Otros $ 1.181,00
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 338.999,03
3.3.4.0 - Mantenimiento y reparación de vías de comunicación $ 18.720,00
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio público $ 22.037.513,88
4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores
$ 71.500,00
5.1.7.6 - Otras Transferencias a Instituciones y Personas $ 47.025,64
5.1.9.2 - Otras transferencias $ 60.732,22 Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Local Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Conducción y Administración Desarrollo Local Objeto del Gasto:
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 198,00
2.6.2.0 - Productos de vidrio $ 950,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 175,00
2.7.9.0 - Otros $ 200,00
2.9.2.0 - Utiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 993,20
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 15.231,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 41.968,40
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 104.577,06
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 39.626,23
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 3.700,00
3.4.6.0 - De informática y sistemas computarizados $ 25.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 56.581,20
3.5.9.0 - Otros $ 4.000,00
3.9.1.0 - Servicios de ceremonial $ 7.530,00
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 99.484,56
5.3.8.2 - Transferencias a PLAN COMIRSA $ 322.461,30 Programa: 42.00.00 – Promoción del Turismo Objeto del Gasto:
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 460,00
2.5.1.0 - Compuestos químicos $ 65,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 230,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 703,21
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 6.641,34
2.5.9.0 - Otros $ 211,63
2.6.2.0 - Productos de vidrio $ 200,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 367,00
2.6.9.0 - Otros $ 380,00
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 573,00
2.7.2.0 - Productos no ferrosos $ 8.263,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 697,00
2.7.9.0 - Otros $ 5.542,60
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 350,00
2.9.3.0 - Utiles y materiales eléctricos $ 650,86
2.9.9.0 - Otros $ 12.090,00
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 72.050,23
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 26.098,28
3.2.4.0 - Alquiler de fotocopiadoras $ 2.031,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 5.800,00
3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 62.650,00
3.9.9.0 - Otros $ 60.400,00 Jurisdicción: 1110109000 – Secretaría de Desarrollo Humano Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Conducción Desarrollo Humano Objeto del Gasto:
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 7.648,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 34.038,87
3.8.1.0 - Impuestos indirectos $ 41.885,20
3.9.1.0 - Servicios de ceremonial $ 4.500,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 22.133,00
5.2.4.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro $ 10.000,00
Programa: 31.01.00 – Desarrollo Humano sin Discriminar Objeto del Gasto:
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 2.250,00
2.7.9.0 - Otros $ 250,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 1.480,00
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 23.571,63
3.2.4.0 - Alquiler de fotocopiadoras $ 1.225,60
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 14.400,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería $ 6.955,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 18.862,15
3.7.9.0 - Otros $ 44.000,00
3.9.9.0 - Otros $ 7.710,74 Programa: 31.02.00 – Gastos Área Promoción de la Infancia Objeto del Gasto:
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 6.455,59
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 1.681,00 Programa: 31.03.00 – Gastos para Desarrollo y Crecimiento Comunitario Objeto del Gasto:
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 101.007,96
5.2.4.0 - Transferencias a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro $ 20.000,00 Programa: 31.05.00 – Ayuda Social a Indigentes Objeto del Gasto:
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 975,00
3.5.1.0 - Transporte $ 450,00
3.7.2.0 - Viáticos $ 189.168,48
5.1.4.1 - Transporte $ 28.200,00
5.1.4.3 - Subsidio por Salud $ 232.961,70
5.1.4.7 - Sepelios $ 191.395,00
5.1.4.9 - Otras ayudas sociales a personas $ 979.682,92
5.1.7.6 - Otras Transferencias a Instituciones y Personas $ 10.000,00 Programa: 31.06.00 – Discapacitados Objeto del Gasto:
5.1.4.9 - Otras ayudas sociales a personas $ 18.000,00 Programa: 31.11.00 – Emergencia Habitacional Objeto del Gasto:
3.9.9.0 - Otros $ 220.000,00 Programa: 31.12.00 – Ley 13163. Fondo Fortalecimiento Objeto del Gasto:
2.1.5.0 - Madera, corcho y sus manufacturas $ 150,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 12.067,50
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 4.199,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 6.565,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 19.480,00
2.5.9.0 - Otros $ 1.750,00
2.6.2.0 - Productos de vidrio $ 1.600,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 1.320,00
2.7.9.0 - Otros $ 750,00
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 10.355,70
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 843,00
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 9.250,00
2.9.9.0 - Otros $ 245,00
3.3.5.0 - Mantenimiento de espacios verdes y del arbolado $ 13.500,00
5.1.4.5 - Ayuda Alimentaria $ 1.985.165,03 Programa: 31.14.00 – Familia y Protección de Derechos Objeto del Gasto: 2.2.3.0 - Confecciones textiles $ 3.950,00
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 750,00
2.5.4.0 - Insecticidas, fumigantes y otros $ 460,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 1.049,92
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 56.354,16
3.1.3.0 - Gas $ 40.567,75 Jurisdicción: 1110110000 – Secretaría de Salud Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Coordinación Secretaria de Salud Objeto del Gasto:
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 6.576,32 Jurisdicción: 1110111000 – Secretaría de Seguridad Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Coordinación Secretaria de Seguridad Objeto del Gasto:
2.2.1.0 - Hilados y telas $ 138,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 1.646,00
2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes $ 3.491,94
2.5.8.0 - Productos de material plástico $ 999,00
2.5.9.0 - Otros $ 1.090,00
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 324,00
2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 9.097,00
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 5.380,00 Programa: 57.00.00 – Ayuda a la Prevención y Monitoreo Público Urbano Objeto del Gasto:
2.1.9.0 - Otros $ 55.390,00
2.2.2.0 - Prendas de vestir $ 175.352,00
2.2.3.0 - Confecciones textiles $ 49.192,00
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 26.272,02
2.3.4.0 - Productos de papel y cartón $ 391,39
2.4.3.0 - Artículos de caucho $ 425,00
2.4.9.0 - Otros $ 395,00
2.5.2.0 - Productos farmacéuticos y medicinales $ 165,00
2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes $ 48.240,71
2.5.7.0 - Específicos veterinarios $ 8.750,00
2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica $ 846,30
2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso $ 4.556,05
2.7.1.0 - Productos ferrosos $ 325,00
2.7.5.0 - Herramientas menores $ 1.737,19
2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena $ 891,09
2.9.1.0 - Elementos de limpieza $ 5.508,54
2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza $ 6.864,65
2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos $ 32.059,28
2.9.4.0 - Utensilios de cocina y comedor $ 300,00
2.9.6.0 - Repuestos y accesorios $ 69.393,54
3.1.3.0 - Gas $ 16.152,84
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 62.274,33
3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte $ 23.450,00
3.2.9.0 - Otros $ 12.000,00
3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales $ 18.956,00
3.3.2.0 - Mantenimiento y reparación de vehículos $ 3.975,00
3.3.3.0 - Mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo $ 990,00
3.4.7.0 - Servicios de hotelería $ 26.880,00
3.4.9.0 - Otros $ 19.000,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 35.847,75
3.6.1.0 - Publicidad $ 264.000,00 3.7.2.0 - Viáticos $ 1.060,00
4.2.1.0 - Construcciones en bienes de dominio privado $ 76.407,50
4.2.2.0 - Construcciones en bienes de dominio público $ 238.273,00
4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo $ 7.996,00
4.3.6.0 - Equipo para computación $ 116.522,00
4.3.7.0 - Equipo de oficina y muebles $ 4.830,00 Jurisdicción: 1110112000 – Secretaría de Coordinación de Gabinete Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 01.00.00 – Coordinación Secretaría de Coordinación de Gabinete Objeto del Gasto:
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 3.533,65 Jurisdicción: 1110200000 – H.C.D Fuente de Financiamiento: 110 – Tesoro Municipal Programa: 61.00.00 – Legislación Objeto del Gasto:
2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón $ 30.629,33
3.1.1.0 - Energía eléctrica $ 343,93
3.1.4.0 - Teléfonos, telex y telefax $ 13.940,97
3.2.4.0 - Alquiler de fotocopiadoras $ 48.400,00
3.5.4.0 - Primas y gastos de seguros $ 38.763,13.
ARTÍCULO 3°) Comuníquese a Contaduría, a los efectos de su imputación y dese al Libro de --------------------- Decretos.-------------------------------------------------------------------------------------------------
Pablo Alejandro Acosta Secretario de Hacienda Municipalidad de Ramallo
Gustavo Haroldo Perié Intendente Municipalidad de Ramallo