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Desarrollo , Tecnología y Planeación, S.A. de C.V.Desarrollo , Tecnología y Planeación, S.A. de C.V.
Cambios relevantes del Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma D.O.F. 28 de Julio de 2010 y nuevos lineamientos.
FFecha de publicación de lineamientos en el DOF 09 de Septiembre del 2010echa de publicación de lineamientos en el DOF 09 de Septiembre del 2010
Ing. Melesio Gutierrez PérezIng. Melesio Gutierrez Pérez
Dentro de los estatutos que norman al Colegio de Ingenieros Civiles de México, S.C. en sus objetivos destaca:
Capitulo II, Objetivos, Responsabilidades y Políticas del Colegio
Articulo 9° Responsabilidad del Colegio Ante la Sociedad
Párrafo 6, Promover la expedición y reforma de Leyes y Reglamentos relativos al Ejercicio Profesional de la Ingeniería Civil.
CONTENIDO
Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las mismas, que tienen una relación directa con los nuevos lineamientos. (28 de mayo de 2009).
Políticas, Bases y Lineamientos Generales.
Principales cambios al Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma. (28 de julio de 2010).
Lineamientos en Materia de Adquisiciones , Arrendamientos y Servicios y de obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma (9 de Septiembre 2010)
Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma (9 Agosto 2010)
Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas 1/2
Art 38 Permite utilizar puntos y porcentajes; en el caso de obras, se adjudica entre las propuestas solventes a la que asegure las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.
Art. 42 Invitación a cuando menos tres personas o por asignación directa.
XIII.- Cuando celebre alianza estratégica a fin de aplicar innovaciones tecnológicas en la infraestructura nacional.
XIV.- Servicios para elaborar o concluir los estudios, planes o programas que permitan licitar obra pública asociada a proyectos de infraestructura, cuando el precio no sea mayor al 4% del monto total del proyecto o bien a 40 millones de pesos, debiéndose adjudicar directamente al contrato respectivo. (ver lineamientos de la Función Pública).
Art. 48 Garantías - Montos menores según cumplimiento de los contratistas (fianza de cumplimiento).
Sin garantía de cumplimiento a juicio de la dependencia en casos de invitación a cuando menos tres o adjudicación directa dentro de los montos autorizados.
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Cambios relevantes a la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con las Mismas 2/2
Art. 74 Sistema Electrónico de Información Pública y gubernamental sobre OPySR
Define al contenido del sistema Incluye Registro Único de Contratistas.
Art. 74 bis Clasificará al registro único de contratistas par, entre otros:
Por actividad
Datos Generales
Nacionalidad
Historial en materia de contrataciones y su cumplimiento
Art. 74 Inhabilitación Temporal
Se incluye a los que se determinó que se inconformaron para retrazar o entorpecer el procedimiento
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Políticas, Bases y Lineamientos Generales.
De acuerdo con las Reformas de fines de mayo de 2009, a las LAASSP y a la LOPSRM, se facultó a la Secretaría de la Función Pública a emitir, en materia de adquisiciones al menos los siguientes lineamientos directrices:
• Lineamientos para la emisión de POBALINES.
• Lineamientos para la evaluación de propuestas a través de puntos y porcentajes.
• Lineamientos para determinar montos menores de garantías de cumplimiento que deben establecer los proveedores y contratistas.
• Lineamientos para la presentación de ofertas subsecuentes por medios electrónicos. Estos sólo resultan de aplicación en las contrataciones que regula la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
• Lineamientos para agilizar el pago a proveedores.
• Lineamientos para determinar los precios de los servicios que tengan por objeto elaborar o concluir los estudios, planes y programas para la contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura.
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Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
* Se desglosan y especifican mas los artículos incrementándose de 230 ( en el reglamento anterior de fecha 20 de agosto del año 2001) a 295( 28 de julio 2010) cambiando la correlación numérica en la mayoría de ellos .
Titulo Primero: Disposiciones Generales
Art 2 Se aumentan de XIV a XXIX las definiciones , notándose la desaparición de definiciones como son: Prebases , y adicionado otros de nueva connotación como son : Área técnica, Avances Físico y Financiero , Estándar de desempeño, Inversionista contratista , MIPYMES, Obras de Gran complejidad , Precio de Mercado.
Art. 4 PARA LAS DEPENDENCIAS O ENTIDADES QUE FUNJAN COMO CONTRATISTAS En cumplimiento al párrafo cuarto del artículo 1 de la LOPSRM Se deberá tener como mínimo el 51% de capacidad para ejecutar la obra ó el servicio, en base al monto total del contrato.
Se podrá contratar por terceros el 49% restante
Para la asignación del contrato la parte contratante solicitará la documentación que acredite que cuenta con la capacidad técnica, materiales y humana para cumplir con el objetivo del contrato
Para cumplir con la totalidad de los trabajos la contratista se sujetará a la disposiciones de Ley y del presente reglamento
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Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
Articulo 12.- Reglas emitidas por las Secretaria de Economía
Las reglas que emita la Secretaría de Economía en términos del artículo 9 de la
Ley, podrán establecer mecanismos, criterios o medidas tendientes a promover la
participación de las MIPYMES en los procedimientos de contratación o su
intervención en la ejecución de obras o servicios.
Las MIPYMES podrán participar con ese carácter en los procedimientos de
contratación o intervenir en la ejecución de obras y servicios cuando presenten a la
dependencia o entidad convocante copia del documento expedido por autoridad
competente que determine su estratificación como micro, pequeña o mediana
empresa, o bien, un escrito en el cual manifiesten, bajo protesta de decir verdad,
que cuentan con es carácter, utilizando para tal fin el formato que al efecto
proporcione la convocante.
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Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
Cumplimiento de normas técnicas
Articulo 22 .- Objeto.-Las dependencias y entidades que, por las características,
complejidad y magnitud de las obras que realicen, cuenten o requieran de normas
técnicas para que se apliquen en sus especificaciones generales de construcción,
deberán exigir su cumplimiento
Comentarios.- En el reglamento anterior el texto era lo escrito en el párrafo
anterior.
En el nuevo reglamento se destaca :
* El cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas
* A la Falta de las NOM´s la aplicación de las Internacionales
* A la Falta de las Normas Internacionales la aplicación del art. 53 y 55 de la Ley
Federal Sobre Metrología y Normalización
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Proceso de concurso
Registro único de contratistas
Articulo 43 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior art. 25)
En esencia lo fundamental no cambia, sin embargo el nuevo reglamento es explicito
en procesos que ya se practicaban
Para el caso de funciones de la SFP para con las entidades y se define el tener un
historial del contratista
* En el último párrafo del articulo se menciona que los antecedentes que se
mencionen del contratista en este registro serán tomados como base para la
reducción de los montos de garantía de cumplimiento a que hace referencia el art.
48 de la LOPSRM
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Proceso de concurso
Contenido de las proposiciones de los licitantes
Articulo 44 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior art. 26)
En esencia lo fundamental no cambia, sin embargo el nuevo reglamento adiciona a
los ocho párrafos anteriores el “ IX” ; el cual dice:
“ Documentos que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de contratos
suscritos con dependencias ó entidades, en caso de haberlos suscrito de otra
manera el convocante manifestará por escrito la no existencia de dichos contratos.”
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Proceso de concurso
Sección II .- De los Testigos Sociales
Articulo del 49 al 58 del Nuevo Reglamento ( Reglamento anterior no existe)
Objeto .- Incorporación al proceso de Licitación Pública del testigo social Definición de Testigo Social .- Persona física ó Moral que cuenta con registro en el
respectivo padrón ( SFP) . Características .- Personas que acrediten contar mediante documentación,
experiencia de cuando menos tres años en la materia de contrataciones reguladas por Ley.
Fundamento .- Art. 27 Bis Fracción III Inciso “f” de la LOPSRM Función.-El Testigo Social participará en todas las etapas de la licitación
¿ Quien lo asigna ? .- El Comité de Testigos Sociales ( formado por 5 servidores de la SFP y a invitación de ésta, por cinco representantes de la cámara competente, asociaciones empresariales ó colegios de profesionales)
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Proceso de concursoSección IV .- De la Evaluación de las proposiciones
Articulo del 63 ( Reglamento anterior lo definía de otra forma sin tener un artículo tan explicito como en el actual)
Objeto .- Mecanismos de evaluación de la solvencia de las proposiciones
1.- Binario : Determina la solvencia a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante.
Supuestos de aplicación de este mecanismo:
a).- Cuando las Dependencias y entidades que contraten de manera ocasional no cuenten con áreas ó estructuras especializadas para tal fin.
b).- Tratándose de obras y servicios cuyo monto máximo no exceda los diez mil días de salario mínimo del DF elevado la mes.
c).-En los casos en que atendiendo a la complejidad , características y magnitud, el área licitante justifique la conveniencia de aplicar este mecanismo.
2.- De Puntos y Porcentajes : Determina la solvencia de las propuestas a partir del número de puntos ó unidades porcentuales que obtengan las proposiciones conforme a lo estipulado en la licitación
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Proceso de concursoSección IV .-ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Articulo del 67 ( Reglamento anterior art. 37 A)
Reglamento anterior .- El criterio estaba definido en la bases de concurso y se tomaba el cumplimiento de los requisitos técnicos como base pero lo que realmente terminaba definiendo el concurso era la propuesta solvente mas económica.
Reglamento actual .- L A ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS SE LE ASIGNA A LA PROPUESTA QUE EN BASE A LO DISPUESTO POR LAS BASES DE CONVOCATORIA DE FIJEN COMO MECANISMOS ES DECIR :
1.- LA PROPUESTA QUE OFERTE EL PRECIO MAS BAJO PARA EL MECANISMO DETERMINADO POR EL SISTEMA BINARIO.
2.- LA PROPUESTA QUE HUBIERA OBTENIDO EL PUNTAJE MAS ALTO CUANDO SE APLIQUE EL MECANISMO POR PUNTOS Ó PORCENTAJES.
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Capitulo tercero
Del contratoArticulo del 79 al 88 ( Reglamento anterior art. 49 al 58 )
Entre el Reglamento anterior y el actual no existe diferencia sustancial lo que si se retira del articulado es el art. 52 en donde se define el pago de gastos no recuperables al contratista en cuando el contrato no sea firmado por la dependencia, no con esto se debe entender que se renuncia por parte del contratista a este derecho
De las garantíasArticulo del 89 al 98 ( Reglamento anterior art. 59 al 68 )
Entre el Reglamento anterior y el actual destaca :
Art.90 del nuevo reglamento en el cual se define la reducción del porcentaje de la garantía de cumplimiento en función de la actuación en contratos previos a la licitación de la obra , estos parámetros varían en reducir desde un 10% y hasta el 50% de la garantía de convocatoria.
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Capitulo cuarto
Sección II.- De la Bitácora
Art. 122.- Obligación de uso de la bitácora sin cambio
Art. 123.- Reglas de uso ( electrónicas y conv.) modificada
La modificación consiste en alterar el orden de los
incisos y el de desglosar en 13 los procesos que antes eran 12.
Art.- 124.-Uso de bitácoras convencionales sin cambio
Art.- 125.- Registro en la bitácora mediante nota se incluye
Se define de manera puntual que es lo que se debe
Registrar por :
a).- Residente ( 11 aspectos)
b).- Superintendente (07 aspectos)
c).- Supervisión (04 aspectos)
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Capitulo cuarto
Sección IV.- De los Anticipos
( artículos del 138 al 143 antes del 108 al 113 )
Cambios ó adiciones : No hay cambios sustanciales solamente se define que en caso
de que se requiera dar un anticipo superior al 50 % del monto total de contrato, se
deberá solicitar a la SFP autorización previo a su entrega, debiendo el área
solicitante presentar la justificación correspondiente.
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Capitulo cuarto Sección VII.- Rescisión administrativa de contrato
( artículos del 154 al 163 antes del 124 al 134 )
Cambios ó adiciones :
* Art. 155.- Si el contratista es quien decide iniciar el proceso de rescisión de contrato , tendrá que acudir ante la autoridad judicial federal y obtener la declaración correspondiente
* Art. 157 fracción XI.- Incumpla el compromiso de confidencialidad ó reserva de la información ó documentación proporcionada por la dependencia para la ejecución de los trabajos.
*Art. 158 .- Se elimina el párrafo en donde iniciado el proceso de rescisión del contrato se pueda detener el proceso , ante un proceso de conciliación.
*Art. 159 fracción X.- En el acta circunstanciada de rescisión de los trabajos se debe agregar una “ Constancia “ de que el contratista entrego toda la documentación necesaria para que la dependencia pueda hacerse cargo y continuar con los trabajos.
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Capitulo Noveno
De las obras Públicas asociadas a proyectos de Infraestructura.
Artículos del 234 al 248 ( antes no existía )
Cambios ó adiciones :
* Se adicionan desde los art. 234 hasta el 248 las descripciones, contenidos, planes, disposiciones, responsables , aportaciones , obligaciones y forma de contratación de las obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura.
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Titulo Cuarto , quinto y sexto Cuarto .-“De la Información y verificación”
Quinto .- “ De las Infracciones y sanciones”
Sexto .- “De la solución de controversias”
Artículos del 264 al 295 ( antes 217 al 230 )
Cambios ó adiciones :
* Se incorpora en su totalidad el titulo cuarto
Se incorporan las infracciones
* Se desglosa de manera diferente las sanciones, sin modificar radicalmente la forma en que se venían aplicando.
* Se incorpora el termino controversia
* Se definen tiempo para la aportación de información y la entrega de fianzas para garantizar daños y perjuicios.
* La forma de concluir el proceso de conciliación sigue siendo el mismo
I.- La celebración de un convenio
II.- La determinación de cualquiera de las partes de no conciliar
III.- El desistimiento de la solicitud de conciliación.
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Titulo Sexto
Sexto .- “De la solución de controversias”
Artículo 295 ( antes no existía )
Cambios ó adiciones :
Se adiciona el art. 295 que al texto dice:
“El servidor público facultado para determinar la conveniencia de incluir la clausula arbitral ó firmar el convenio correspondiente, en los términos del art. 99 de la LOPSRM deberá tener nivel jerárquico de director general en las dependencias ó equivalente en las entidades.”
Nuevo Reglamento de la Ley de Obras Publicas y Servicios (28 de julio de 2010).
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Capitulo Segundo.-
De los Lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos ó porcentajes en los procedimientos de contratación
Sección primera ( Disposiciones generales)
Art. Segundo .- Se emiten los lineamientos generales
Inciso primero.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer las disposiciones y los criterios que deberán observar los sujetos a que se refieren los art. 1 fracción I a V de la LOPSRM para utilizar el criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos o porcentajes en los procedimientos de contratación de licitaciones públicas y de invitaciones a cuando menos tres personas.
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Sección tercera ( Contratación de Obra)Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentualesArt. Noveno .- Contratación de Obra.* Propuesta Técnica 50 puntos ( para no ser desechada mín. 37.5 )* Propuesta económica 50 puntos
Art. Decimo .- Contratación de servicio relacionados con la Obra ( Distintos a consultorías, asesorías , estudios e investigaciones ).* Propuesta Técnica 60 puntos ( para no ser desechada mín. 45)* Propuesta económica 40 puntos
Art. Decimo Primero .- Contratación de servicio relacionados con la Obra de consultorías, asesorías , estudios e investigaciones . ( para no ser desechadas deben acumular el 75% del puntaje total de la propuesta técnica)
Tipo de Propuesta A ( Estandarizados ) B ( Personalizados ) C (Especializados)*Propuesta Técnica 70 puntos 80 puntos 90 puntos*Propuesta Económica 30 puntos 20 puntos 10 puntos
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Sección tercera ( Contratación de Obra)Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentualesRubros a considerar Art. Noveno “ Contratación de Obra “Propuesta Técnica “ TPT “ ( 50 puntos)1.- Calidad de la Obra mín. 15 puntos máx. 20 puntos2.- Capacidad del licitante mín. 10 puntos máx. 20 puntos3.- Experiencia y especialidad del licitante mín. 10 puntos máx. 15 puntos4.- Cumplimiento de contratos mín. 03 puntos máx. 06 puntos5.- Contenido Nacional mín. 03 puntos máx. 05 puntos6.- Capacitación y transferencia de conocimientos mín. 03 puntos máx. 06 puntos
Propuesta Económica “ TPE “ ( 50 puntos)1.- Precio mín. 40 puntos máx. 50 puntos2.- Financiamiento mín. 0 puntos máx. 10 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Sección tercera ( Contratación de Obra)Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentualesRubros a considerar Art. Decimo “ Contratación de servicios relacionados con Obras “Propuesta Técnica “ TPT “ ( 60 puntos)1.- Capacidad del Licitante mín. 12 puntos máx. 24 puntos2.- Propuesta de trabajo mín. 06 puntos máx. 12 puntos3.- Experiencia y especialidad del licitante mín. 12 puntos máx. 18 puntos4.- Cumplimiento de contratos mín. 06 puntos máx. 12 puntos
Propuesta Económica “ TPE “ ( 40 puntos)1.- Precio 40 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Sección tercera ( Contratación de Obra)Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentualesRubros a considerar Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e investigaciones “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 70 puntos)A.- Servicios estandarizados.- Aquellos que impliquen el desarrollo de soluciones ó metodologías eficientes para resolver problemas comunes.1.- Capacidad del licitante min. 35 % máx. 45 % 2.- Experiencia y especialidad del licitante min. 7.5% máx. 15 %3.- Propuesta de trabajo min. 30% máx. 45%4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos min. 03% máx. 09 %5.- Cumplimiento de contratos min. 10% máx. 20 %
Propuesta Económica “ TPE “ ( 30 puntos)1.-Precio ( propuesta económica mas baja) 30 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj ) = TPT + TPE
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Sección tercera ( Contratación de Obra)Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentualesRubros a considerar Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e investigaciones “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 80 puntos)B.- Servicios personalizados.- Los que desarrollan soluciones ó metodologías eficientes diseñadas ó creadas ex profeso para resolver problemas específicos no comunes en la Administración Pública Federal.1.- Capacidad del licitante min. 35 % máx. 45 % 2.- Experiencia y especialidad del licitante min. 7.5% máx. 15 %3.- Propuesta de trabajo min. 30% máx. 45%4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos min. 03% máx. 09 %5.- Cumplimiento de contratos min. 10% máx. 20 %
Propuesta Económica “ TPE “ ( 20 puntos)1.-Precio ( se le asigna a la propuesta mas baja) 20 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj. ) = TPT + TPE
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Sección tercera ( Contratación de Obra)Lineamientos para la evaluación por puntos ó unidades porcentualesRubros a considerar Art. Decimo primero “ Contratación de servicios de consultoría, asesorías , estudios e investigaciones “
Propuesta Técnica “ TPT “ ( 90 puntos)C.- Servicios Especializados.- Los trabajos que requieren alta especialización y se relacionan con un determinado sector ó área de conocimiento para desarrollar soluciones o metodologías eficientes para resolver problemas complejos y que puedan tener un alto impacto social.1.- Capacidad del licitante min. 35 % máx. 45 % 2.- Experiencia y especialidad del licitante min. 7.5% máx. 15 %3.- Propuesta de trabajo min. 30% máx. 45%4.- Capacitación ó transferencia de conocimientos min. 03% máx. 09 %5.- Cumplimiento de contratos min. 10% máx. 20 %
Propuesta Económica “ TPE “ ( 10 puntos)1.-Precio ( se le asigna a la propuesta mas baja) 10 puntos
Formula para la aplicación de la puntuación Total ( PTj. ) = TPT + TPE
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Capitulo tercero.- Lineamientos para la reducción de los montos de garantía de cumplimiento que deban constituir para los proveedores y contratistas
Art. Tercero.-Se expiden los lineamientos para reducir los montos de las garantías de cumplimiento que deben de otorgar los proveedores y contratistas en los términos siguientes:
Primero.- Los presentes lineamientos tienen por objeto establecer la disposición que deben observar los sujetos a que se refiere el artículo 1 fracción I a VI de la LOPSRM
Tercero.- Para la reducción de los montos de garantía de cumplimiento de los contratos, las dependencias y entidades deberán considerar la información sobre el historial de cumplimiento favorable de los proveedores y contratistas que contengan los registros conforme a las disposiciones emitidas por la SFP
Cuarto.- Para la reducción de los montos de las garantías de cumplimiento de los contratos se realizará en función del grado de cumplimiento de contrataciones que asignen los registros de la SFP.
Únicamente podrán ser sujetos de reducción de montos en las garantías de cumplimiento de contratos los contratistas que obtengan un grado de cumplimiento entre el 80% y el 100 %
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Los porcentaje de reducción de los montos de garantía de cumplimiento de los proveedores que se ubiquen en el rango serán :
Grado de cumplimiento Porcentaje de reducción
Asignado en los registros de la garantía de cumplimiento
80 a 8410%
85 a 8920%
90 a 9430%
95 a 9940%
100 50%
La reducción del monto de garantía de cumplimiento se determinará y aplicará una vez que se haya emitido el fallo correspondiente, al participante a quien se le haya adjudicado el contrato, debiendo la dependencia dejar constancia en el expediente del calculo que dio el grado de cumplimiento asignado.
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Capitulo Sexto.- Lineamientos para la determinación de los precios de los servicios que tengan por objeto elaborar ó concluir los estudios, planes y programas para la contratación de obras públicas asociadas a proyectos de infraestructura (Art. 42 Fracción 14 de la LOPySRM).Art. Primero.-Finalidad de los lineamientos :
I.- Complementar los estudios, planes y programas presentados en términos del párrafo sexto del artículo 18 de la mencionada ley.
II.- Elaborar los estudios , planes o programas que requieran directamente las dependencias para ejecutar dichas obras.
Art. Cuarto.- Forma de evaluación
Las dependencias realizarán las evaluaciones económicas del costo de los servicios considerando las disposiciones relativas a los “ Servicios relacionados con la Obra Pública “ previstos en el RLOPSRM. ( art. 63 evaluación por el método de puntos y porcentajes)
Art. Quinto .- Cuando el costo de los servicios no sea aceptable en términos de la LOPSRM y su reglamento, la dependencia llevará a cabo reuniones con el interesado a fin de acordar el importe total de las mismas.
Art. Sexto .- El monto total de los servicios no excederá del 4% del monto total del proyecto ó 40 Millones de pesos , lo que resulte menor
Comentario :- Los artículos anteriores se aplican para supuestos de servicios por asignación directa en caso de exceder los limites ( 4% y 40 Millones ) se tendrá que recurrir a otro medio de asignación ( licitación a cuando menos tres participantes ó licitación pública.)
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Lineamientos en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios y de obra pública y servicios relacionados con la misma. ( DOF 9 de Septiembre 2010)
Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
( DOF 9 Agosto 2010)
Objetivo .- Incrementar la eficiencia de los procesos y procedimientos que en materia de obra pública y servicios relacionados con la misma lleven a cabo las dependencias y entidades , a fin de desarrollar la infraestructura necesaria en el tiempo y con el costo y calidad previstos.
Alcances :
1.- Planeación de proyectos de obra pública y servicios relacionados con las mismas.
2.- Licitación y contratación.
3.- Ejecución de los trabajos.
Comentarios .- El presente manual es una guía para los servidores públicos con ejemplos y tomas de decisiones de aspectos frecuentes en el desarrollo de contratos de obra pública y de servicios, en los cuales se pretende estandarizar el criterio del funcionario al momento de interpretar la Ley y el Reglamento de la materia.
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