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PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN URBANA

HIRIA ANTOLATZEKO PLAN OROKORRA

CRITERIOS, OBJETIVOS Y ALTERNATIVAS

ANEXO 1:

PROGRAMA DE

PARTICIPACION CIUDADANA

Programa de Participación Ciudadana para la tramitación del Plan General de Ordenación Urbana

AVANCE

ARRIGORRIAGAKO UDALA

Iraila, 2010

Índice

Página

1.  INTRODUCCIÓN......................................................................................... 3 

2.  OBJETIVOS GENERALES.............................................................................. 5 

3.  OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................... 8 

4.  MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN...............................................................10 

4.1  Presentaciones del Avance en el seno del Ayuntamiento........................10 

4.2  Información sobre el lanzamiento del programa de participación

ciudadana ......................................................................................11 

4.3  Consejo Asesor de Planeamiento .......................................................11 

4.4  Web municipal ................................................................................11 

4.5  Buzón específico de sugerencias en la web municipal ............................12 

4.6  Carpa Informativa ...........................................................................12 

4.7  Distribución de material divulgativo....................................................12 

4.8  Presentación del Avance al Pleno Municipal..........................................13 

4.9  Presentación del Avance a los agentes económicos y sociales del

municipio .......................................................................................13 

4.10  Sesión explicativa abierta al público ...................................................13 

5.  SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA .............................................15 

ARROGORRIAGAko UDALA. Programa de Participación Ciudadana 3

1. INTRODUCCIÓN Próximo a iniciarse el expediente para la tramitación y aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de Arrigorriaga, se presenta el siguiente Programa de Participación Ciudadana, que deberá acompañar al documento de Avance y ser cumplimentado durante toda la tramitación del procedimiento hasta su aprobación definitiva. El Programa de Participación Ciudadana resulta una necesidad inesquivable, por exigencia de lo dispuesto en el artículo 108 de la Ley del Parlamento Vasco nº 2/2006, de Suelo y Urbanismo, cuyo tenor textual establece:

“Artículo 108.- Programa de Participación Ciudadana en el Plan

General.-

El acuerdo municipal de inicio de la formulación, modificación o

revisión de cualquier figura de planeamiento de ordenación estructural

deberá estar acompañada de un programa de participación ciudadana

en el que, según las características del municipio, se establecerán los

objetivos, estrategias y mecanismos suficientes para posibilitar a los

ciudadanos y ciudadanas y entidades asociativas el derecho a

participar en el proceso de su elaboración. Entre estos mecanismos

figurarán:

a) Sesiones abiertas al público explicativas del contenido del avance,

en especial de las decisiones estratégicas de construcción de la ciudad

y las posibles alternativas presentadas en la tramitación del

expediente.

b) Posibilidad de celebrar consulta popular municipal, según la

regulación establecida en la legislación básica de régimen local, en

caso de graves controversias ciudadanas sobre alguno de los aspectos

incluidos en el plan.

c) Material divulgativo, que deberá prepararse junto con los

documentos legalmente exigidos para los instrumentos urbanísticos, al

objeto de facilitar su difusión y comprensión.”

ARROGORRIAGAko UDALA. Programa de Participación Ciudadana 4

El precepto transcrito no deja espacio para la duda en cuanto a la necesidad del Programa de Participación en el supuesto en el que nos encontramos, puesto que se trata de la elaboración del instrumento básico para la ordenación urbanística integral del municipio. Por lo demás, en cuanto al contenido del Programa, la Ley habla de establecer “...objetivos, estrategias y mecanismos...” que posibiliten el derecho a participar. Manteniendo el espíritu de la norma, y en la constatación de que la diferencia entre “objetivos” y “estrategias” puede ser una cuestión de grado, se opta por distinguir entre: a) objetivos generales, b) objetivos específicos, y c) mecanismos de participación.

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2. OBJETIVOS GENERALES Es necesario subrayar el particular énfasis con el que las nuevas normas legales en materia de suelo y urbanismo han tratado la cuestión de la participación ciudadana en relación con el ejercicio de la función pública urbanística. Así, la Ley vasca 2/2006 de Suelo y Urbanismo, ya en su exposición de motivos, recoge entre los objetivos de dicha ley, la garantía del derecho a la participación ciudadana a través de la figura de los programas de participación ciudadana obligatorios en los planes de ordenación estructural y del Consejo Asesor del Planeamiento obligatorio en determinados municipios. De la misma manera, entre los principios generales del urbanismo, consignados en el Capítulo II del Título I, el de participación ciudadana, dedicando al mismo el artículo 8, cuyo apartado nº 1 dispone que “La ordenación urbanística se formulará, tramitará, aprobará y ejecutará favoreciendo y facilitando la participación en todas sus formas, de las personas físicas o jurídicas, con garantía de las expresamente previstas en esta Ley”. La dicción resulta lo suficientemente significativa en cuanto que ordena la necesaria operatividad del principio de participación en la totalidad de las fases en las que se despliega la función urbanística. Además, llama la atención que el legislador ha distinguido el principio de “participación ciudadana” (artículo 8) del conexo, pero en absoluto idéntico, “principio de información pública” (artículo 9), lo que en primer término significa que la participación en modo alguno puede pretender ser reducida a la existencia de los consabidos y clásicos trámites formales de exposición e información pública. Ciertamente, la participación presupone una debida y correcta información, pero, evidentemente, va mucho más allá de los contenidos de ésta. Lo anterior aboga por el carácter material, y no meramente formal, de la participación ciudadana. A ello alude, sin duda, la expresión “participación efectiva” que utiliza el legislador estatal cuando en el apartado e) del artículo 4 de la Ley 2/2008, de Suelo, incluye entre los derechos del ciudadano el de “...e) participar efectivamente en los procedimientos de elaboración y

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aprobación de cualesquiera instrumentos de ordenación del territorio o de ordenación y ejecución urbanísticas y de su evaluación ambiental mediante la formulación de alegaciones, observaciones, propuestas, reclamaciones y quejas y a obtener de la Administración una respuesta motivada, conforme a la legislación reguladora del régimen jurídico de dicha Administración y del procedimiento e que se trate.”. Hay que parar mientes en que además del deber de asegurar el derecho a una participación efectiva de la ciudadanía, el ejercicio práctico de tal derecho puede revestir muy variadas formas (“....alegaciones, observaciones, propuestas, reclamaciones y quejas...”), para lo cual habrá que instrumentar mecanismos hábiles y eficaces. Así las cosas, intentando engarzar con las nuevas prescripciones legales en la materia, los objetivos generales a perseguir por el Programa de Participación Ciudadana en la elaboración del Plan General, que ahora nos ocupa, deben quedar establecidos como a continuación se relaciona:

a) Instrumentar un marco eficaz que haga posible el ejercicio efectivo del derecho de participación ciudadana en la elaboración del planeamiento general previsto.

b) Transmitir a la ciudadanía, en modo adecuado, la propuesta de

la Administración sobre el diseño de planeamiento que se pretende.

c) Superar una concepción estrecha de la participación ciudadana

que reduzca ésta a contenidos puramente formales o de mero trámite procedimental.

d) Procurar la disolución de la falsa identidad entre participación e

información, propiciando un ejercicio efectivo de la primera a partir de la segunda.

e) Invertir la tendencia a considerar los trámites y mecanismos de

participación como un “obstáculo en el procedimiento”, poniendo, por contra, en valor la voluntad de implicación directa de los ciudadanos/as en algo que les atañe muy directamente.

f) Ayudar a que, al menos, la parte más activa de la ciudadanía

pueda pasar de considerarse mera destinataria de una norma

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dictada por la Administración a considerarse en cierto modo copartícipes de unas decisiones que les afectan.

g) Colaborar en el ejercicio de una democracia participativa,

posibilitando una profundización en la praxis de dicho concepto.

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3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS La concreción de lo anteriores objetivos generales, nos conduce a precisar los siguientes objetivos específicos:

a) Posibilitar que la ciudadanía tenga una comprensión adecuada sobre la propuesta de la Administración de redacción del planeamiento general, tanto en: a) los contenidos (las actuaciones que en detalle se prevén); b) las razones y motivos en base a los que se fundamentan las actuaciones antedichas; c) las consecuencias y repercusiones de las mismas (beneficios que cabe esperar, y en su caso, posibles consecuencias negativas y modo de evitarlas); d) las posibles alternativas a las actuaciones propuestas.

b) Dar acceso a la información anterior no sólo a los

ciudadanos/as que participan el tejido asociativo local, sino también a aquellas personas que se encuentran al margen del mismo, estableciendo mecanismos de conexión con estos últimos y posibilitando que se pronuncien sobre el particular planteado.

c) Impulsar, de diversas formas, el ejercicio real por los

ciudadanos/as de su derecho de participación, pasando de una actitud pasiva por parte de la Administración (de simple espera a las alegaciones que puedan formularse) a una actitud activa en la que se exhorte a la presentación de ideas, opiniones, sugerencias, discrepancias, alentando, en particular, el uso efectivo por la ciudadanía de los trámites de información pública y alegaciones.

d) Vencer la posible insuficiencia de los trámites formales de

información previstos en la Ley, entendiendo siempre estos como mínimos, susceptibles de ser mejorados y ampliados.

e) Procurar una conexión de los responsables municipales con la

ciudadanía, permitiendo que los primeros tengan vías de conocimiento directo de las inquietudes, opiniones y posibles propuestas sobre la redacción del planeamiento que se pretende, a la luz de las cuales puedan considerar –y, en su caso, reconsiderar- las decisiones municipales al respecto.

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f) Implicar a la ciudadanía –al menos a su parte más activa- en el proceso de toma de decisiones municipales en relación con la redacción del planeamiento proyectada, favoreciendo su toma de conciencia como colaboradores, y en cierta medida copartícipes, de la misma.

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4. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN El más arriba transcrito artículo 108 de la Ley 2/2006 señala distintos mecanismos participativos que, en todo caso, debe contener el Programa de Participación Ciudadana. Con respecto al señalado en la letra a) (relativo a sesiones explicativas abiertas al público) hay que advertir que el tenor textual del precepto se refiere precisamente al Avance del plan, precisando que se trata, como lo es en este caso, de lo que concierne a las grandes “...decisiones estratégicas de construcción de la ciudad...”. Con respecto al mecanismo señalado en la letra b) del citado artículo 108 (referido a la posibilidad de consulta popular), resulta claro que la previsión legal se hace para el supuesto de “graves controversias ciudadanas sobre alguno de los aspectos incluidos en el Plan”, lo que se entiende que en absoluto es el caso, razón por la cual no se prevé inicialmente en este Programa dicho mecanismo, aunque, obviamente, habría que cumplir la determinación de la Ley en el poco probable supuesto de que se apreciara la concurrencia de las extraordinarias circunstancias previstas en la misma. Finalmente, la ley establece un tercer mecanismo referido al material divulgativo, que deberá prepararse junto con los documentos legalmente exigidos para los instrumentos urbanísticos, al objeto de facilitar su difusión y comprensión. Teniendo en cuenta lo anterior, así como la eficacia que se persigue con los instrumentos de participación, para el cumplimiento de los objetivos propuestos, se proponen los siguientes mecanismos:

4.1 Presentaciones del Avance en el seno del Ayuntamiento

Durante el mes de julio de 2010, desde el Área de Urbanismo, se hizo llegar tanto a los miembros del equipo de gobierno como a representantes de la oposición, el documento de Avance del Plan para su análisis. Posteriormente, una vez finalizado el periodo estival, se han organizado tres sesiones de presentación de los contenidos del Avance y del programa de participación ciudadana diseñado al efecto. En concreto, las reuniones han sido las siguientes:

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• 15 de septiembre: Presentación del Avance al equipo de

gobierno. • 22 de septiembre: Presentación del Avance al resto de la

Corporación. • 28 de septiembre: Presentación del Avance a los responsables

de las distintas áreas municipales con incidencia en el planeamiento.

Para el desarrollo de dichas sesiones, se ha preparado una presentación en formato ppt en la que se han recogido las principales orientaciones de dicho documento de Avance.

4.2 Información sobre el lanzamiento del programa de participación ciudadana

Así mismo, en el número correspondiente al mes de octubre del periódico municipal, Arrigorriaga Gaur, se incorporará a la revista información detallada sobre la puesta en marcha del programa de participación ciudadana así como sobre las principales orientaciones y contenidos del Avance del Plan.

4.3 Consejo Asesor de Planeamiento Con el objetivo de informar de primera mano sobre las principales orientaciones del Avance del Plan, está prevista una reunión con el Consejo Asesor de Planeamiento el día 6 de octubre de 2010 para poner en conocimiento del mismo la información relativa al Avance.

4.4 Web municipal A partir del 15 de octubre de 2010 se colgará de la página web municipal la documentación relativa al Avance del Plan para que pueda ser consultado directamente por los y las ciudadanas interesadas. En este sentido, toda aquella información y documentación de análisis utilizada para la elaboración del Documento de Avance estará a disposición de las personas interesadas en la Oficina Técnica municipal.

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4.5 Buzón específico de sugerencias en la web municipal

Asociado al punto anterior, y como apartado específico del actual buzón de sugerencias existente en la Web municipal, se abrirá un apartado específico referido al Avance del Plan. A través de un cuestionario de aportaciones y sugerencias, la ciudadanía podrá aportar su opinión respecto a los contenidos del Avance del Plan.

4.6 Carpa Informativa El 18 de Octubre, se pondrá en marcha de manera oficial el proceso de participación ciudadana, a través de la instalación en la plaza del Ayuntamiento, de una carpa informativa. A través de esta carpa, que quedará instalada en la plaza del Ayuntamiento desde el 18 de octubre al 19 de noviembre, la ciudadanía de Arrigorriaga dispondrá de un espacio en el que consultar el Avance informativo del futuro instrumento de planificación urbanística municipal. Ello permitirá a los vecinos y vecinas conocer de primera mano los contenidos del Avance del nuevo Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), actualmente en fase de redacción. La carpa dispondrá de personal cualificado para solventar las dudas que se susciten sobre el proyecto así como facilitar cualquier tipo de información sobre el desarrollo del avance del futuro PGOU, que sustituirá a las Normas Subsidiarias actualmente en vigor.

4.7 Distribución de material divulgativo Tanto en la carpa como en la revista municipal (en su número de octubre) se incorporarán hojas informativas tipo díptico o similar resumiendo las actuaciones que se proponen con el Avance, y las razones consideradas para tales propuestas, incluyendo alguna información gráfica de fácil comprensión.

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4.8 Presentación del Avance al Pleno Municipal Está previsto que en el Pleno del mes de octubre se haga nuevamente una presentación de los contenidos del Avance del Plan.

4.9 Presentación del Avance a los agentes económicos y sociales del municipio

Durante las dos primeras semanas de noviembre está prevista la realización de una sesión de presentación de los contenidos del Avance a los principales agentes económicos y sociales del municipio. En dicha sesión, a celebrar previsiblemente en la carpa informativa, y en convocatoria con publicidad adecuada, se expondrán los contenidos más importantes del Avance y se posibilitará que todas las personas interesadas expongan su opinión y propuestas al respecto. Se utilizarán materiales gráficos y resúmenes de contenidos lo suficientemente expresivos para posibilitar una comprensión adecuada por los asistentes. Durante dicha sesión se dedicará un tiempo suficiente para que los asistentes puedan intervenir y formular preguntas, aclaraciones, sugerencias, quejas, opiniones, propuestas, alegaciones y alternativas.

4.10 Sesión explicativa abierta al público Así mismo, durante la primera quincena de noviembre, se desarrollará una sesión abierta al público, previsiblemente en la propia carpa y en convocatoria con publicidad adecuada. En la misma se explicarán los contenidos de las actuaciones concretas que prevé el Avance del Plan, así como las razones y fundamentos de tales propuestas, valorando las consecuencias de tales actuaciones y los beneficios que cabe esperar de las mismas. Se utilizarán materiales gráficos y resúmenes de contenidos lo suficientemente expresivos para posibilitar una comprensión adecuada por los asistentes.

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Durante dicha sesión se dedicará un tiempo suficiente para que los asistentes puedan intervenir y formular preguntas, aclaraciones, sugerencias, quejas, opiniones, propuestas, alegaciones y alternativas.

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5. SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

Para asegurar la puesta en práctica del Programa de Participación, así como el efectivo cumplimiento de las determinaciones que lo integran y, por otro lado, para poder evaluar el grado de eficacia del Programa en orden a la satisfacción de los objetivos señalados, se propone la adjudicación de las labores de aplicación, seguimiento y evaluación del Programa a entidad externa cualificada e independiente. Como garantía de imparcialidad, y de cara a dotar de credibilidad a las actuaciones de aplicación, seguimiento y evaluación del Programa, dichas actuaciones serán realizadas –mediando el contrato correspondiente- por una entidad externa a la Administración municipal, de carácter independiente y cualificación acreditada para dicho objeto. Se propone como posible adjudicatario y prestador del servicio a LKS, S. Coop. El agente externo encargado del seguimiento y evaluación del Programa, desarrollará las actuaciones que se precisan en los tres apartados siguientes.

1. Definición y desarrollo de la metodología de aplicación del Programa.

Se tratará, inicialmente, de precisar la metodología y formas de actuación concreta y cuestiones de diseño y detalle de todos y cada uno de los mecanismos de participación propuestos en el aparatado 4 de este programa así como de coordinar y dinamizar todas aquellas actuaciones previstas en el mismo.

2. Seguimiento de la aplicación práctica del Programa de Participación.

El cumplimiento del Programa de Participación será objeto de seguimiento en todas sus actuaciones, y de manera específica se verificará el grado de cumplimiento, tanto en los contenidos como en las formas, de cada una de las actuaciones previstas como mecanismos concretos de participación, señalando, en su caso deficiencias, incorrecciones o insuficiencias, y verificando, en la medida que sea posible, el grado de eficacia de cada actuación o mecanismo de participación concreto ejecutado.

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3. Informe de Evaluación del Programa de Participación.

Concluido el proceso, se elaborará y presentará un Informe final de Evaluación del Programa de Participación desarrollado durante esta fase, que necesariamente deberá tener como contenido mínimo el siguiente:

• a) Resumen detallado sobre la aplicación y el resultado de cada una de las actuaciones del Programa y, hasta donde sea posible, expresión del grado de eficacia de las mismas.

• b) Conclusiones sobre la validez y eficacia del Programa en su

Conjunto, y de su aplicación, evaluando razonadamente la suficiencia o insuficiencia del mismo en orden a la consecución de los objetivos pretendidos.

• c) Análisis de las alegaciones, sugerencias y reclamaciones formuladas a título de participación ciudadana.