Post on 16-Sep-2015
MATRIZ DE CONSISTENCIA
MODELO DE PROYECTO DE TESISPROBLEMAOBJETIVOSHIPOTESISVARIABLEINDICADORESMARCO TERICO
Problema Principal:
En qu medida el tratamiento legal del delito de tortura previsto en el artculo 321 del Cdigo Penal Peruano vigente resulta adecuado con el tratamiento que le dan los instrumentos internacionales?
Objetivo General:
Explicar de qu manera el tratamiento del artculo 321 del Cdigo Penal resulta o no coherente con el tratamiento que le da al delito de tortura la normativa internacional.
Hiptesis General:
La criminalizacin de la tortura en el Cdigo Penal peruano (artculo 321) resulta parcialmente adecuada con lo establecido en las normas internacionales sobre la materia.V. Independiente:
Normatividad internacional sobre delito de
Tortura
V. Dependiente:
Artculo 321 del Cdigo Penal PeruanoX1: Normativa sobre el delito de tortura en el sistema universal
X2: Normativa sobre el delito de tortura en el sistema regional
Y1: estructuracin del tipo penal
Y2: sancin penal aplicableANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIN
En los ltimos cincuenta aos, la lucha contra la tortura ha sido uno de los principales temas de inters del derecho relativo a los derechos humanos.El Estado peruano ha visto por conveniente prohibir de manera explcita la prctica de la tortura en diversas normas de su ordenamiento jurdico interno, tales como la Constitucin Poltica, el Cdigo penal y las normas que regulan la actividad policial, as es de vital importancia referir que con la entrada en vigor de la ley N 26926 se incluy la figura de la tortura en el Cdigo Penal, dentro del Captulo III del incorporado Ttulo XIV A, denominado Delitos contra la Humanidad.
Problemas Especficos:
a) La situacin actual del derecho internacional junto con los instrumentos de derecho humanitario y de derechos humanos ofrece un marco normativo y procedimental suficiente para la prevencin, prohibicin y represin de todo acto de tortura?b) Cul es el tratamiento especfico que le dan los instrumentos internacionales al delito de tortura?c) Cul es la receptividad que le da la descripcin legal del delito de tortura contenido en el artculo 321 a la normatividad internacional existente sobre el delito de tortura?d) Cul es el tratamiento jurdico penal del delito de tortura en la legislacin comparada?Objetivos Especficos:
a. Explicar de que manera el derecho internacional junto con los instrumentos de derecho humanitario y de derechos humanos ofrece un marco normativo y procedimental suficiente para la prevencin, prohibicin y represin de todo acto de tortura.
b. Explicar cual es el tratamiento especifico que le dan los instrumentos internacionales al delito de tortura.
c. Explicar cual es la receptividad que le da la descripcin legal del delito de tortura contenido en el articulo 321 a la normatividad internacional existente sobre el delito de tortura.
d. Explicar cual es el tratamiento jurdico penal del delito de tortura en la legislacin comparadaHiptesis Especficas:
1) La normatividad internacional sobre derechos humanos, si ofrece un marco normativo y procedimental suficiente para la prevencin, prohibicin y represin de todo acto de tortura.
2) Los instrumentos internacionales especficos en materia de tortura ofrecen un tratamiento amplio y cabal sobre su regulacin.
3) La recepcin interna de la normatividad internacional sobre el delito de tortura resulta incompleta por lo que se requiere de una norma interna que reformule la existente integrando las normas y fallos internacionales al ordenamiento jurdico nacional y permitan una correcta tipificacin del tipo penal de tortura.4) El tratamiento jurdico penal del delito de tortura establecido en la legislacin comparada es amplioV. Independiente:
Instrumentos internacionales
Variable Dependiente: Prohibicin, prevencin y represin de la tortura
Variable Independiente:
Instrumentos internacionales especfico en materia de tortura
Variable Dependiente: tratamiento del delito de tortura
Variable Independiente: normatividad internacional de derechos humanosVariable Dependiente: receptividad del artculo 321 del Cdigo PenalVariable Independiente: legislacin comparada
Variable Dependiente: tratamiento del delito de tortura en algunos pasesX1: mbito de aplicacin de los instrumentos universales.
X2: observancia del cumplimiento de la normatividad internacionalY1: prohibicin absoluta
Y2: prevencin adecuada
Y3: aseguramiento de la sancin
Y4: proporcionalidad de la sancin
X1: instrumentos universales en materia de tortura
X2: instrumentos regionales en materia de tortura
Y1: amplitud de la regulacin
Y2: mecanismos de cumplimiento de sus disposiciones
Y1: jerarqua de los tratados de derechos humanos
Y2: carcter auto aplicativo de los tratados de derechos humano
X1: elementos objetivos del delito de tortura
X2: elementos subjetivos del delito de tortura
X1: rango jerrquico de la norma que regula el delito de tortura
X2: proscripcin absoluta de la tortura
Y1: ubicacin sistemtica del tipo penal de tortura
Y2: modalidades previstas en los ordenamientos internosCONCEPTO BSICO
La tortura se define como dolor, angustia, pena o afliccin grandes. Segn seala Grima Lizandra, se habla de tortura cuando dicho sufrimiento es causado por un funcionario del Estado a cualquier detenido o preso, o cuando es causado a un detenido o preso por un particular en connivencia o a instigacin de un funcionario del Estado.MARCO HISTRICO DEL DELITO DE TORTURA El origen de la tortura se pierde en los inicios del tiempo y de la historia. La examinacin del alcance de la ocurrencia de la prctica de la tortura revela que ella ha existido a travs de todos los periodos de la historia expandindose en cada una las civilizaciones en el mundo. En algunos tiempos y algunos lugares la prctica fue ms frecuente y ms expandida que en otros, pero el fenmeno tena una similitud remarcable a travs de la historia y geografa.DIMENSIN NORMATIVA EN EL PER
El Estado peruano ha considerado conveniente prohibir de manera explicita la practica de la tortura en diversas normas de su ordenamiento jurdico, tales como la Constitucin Poltica, el Cdigo Penal y las normas que regulan la actividad policial.