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INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES – INRENA INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES – INRENA INTENDENCIA DE AREAS NATURALES PROTEGIDASINTENDENCIA DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS
Blga. Ada Ruth Castillo OrdinolaIntendencia de Áreas Naturales Protegidas
Lima, Marzo de 2008
Administración de Áreas Marinas Administración de Áreas Marinas ProtegidasProtegidas
Marco conceptual sobre áreas protegidas marinas Protocolo para la conservación y administración de las áreas marinas y costeras protegidas Contexto mundial de las AMP El Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) y su administración De las áreas naturales protegidas en el ámbito marino y costero Marco legal de las áreas marinas protegidas Áreas marinas y costeras del SINANPE
CONTENIDO
¿ Qué son las Áreas Marinas Protegidas? Áreas inter o submareal en conjunto con el
cuerpo de agua que la cubre, la fauna y flora, así como las características culturales e históricas asociadas, que se encuentra protegida legalmente
UICN. 1999
Beneficios de las AMP Conservar la biodiversidad, especialmente hábitats críticos para especies
amenazadas. Conservar hábitats y especies marinas con interés y potencial para el
ecoturismo. Aumentar la productividad de la pesca al mantener reservas de recursos
hidrobiológicos a futuro, mejorando la densidad y el tamaño promedio de los especimenes, en beneficio principalmente de la pesca artesanal de consumo humano directo.
Ser centros de dispersión de propágulos y adultos, tener mejor mayor diversidad en la composición de especies, mayor estructura de edades y diversidad genética.
Contribuir a mejorar el conocimiento de la ciencia marina a través de la información con vínculos funcionales, implementación del principio precautorio y facilidades para la investigación.
Ser sitios testigo de los cambios inducidos por el ser humano y nodos potenciales para redes de monitoreo.
Ser un refugio para especies altamente extraídas, permitiendo mantener el recurso.
Proteger la diversidad genética de poblaciones expuestas a una alta presión por aprovechamiento.
Protocolo para la conservación y administración de las áreas marinas y
costeras protegidas del Pacífico Sudeste
Artículo I. ÁMBITO DE APLICACIÓN Artículo II. OBLIGACIONES GENERALES Artículo III. INFORMACIÓN SOBRE LAS ÁREAS PROTEGIDAS Artículo IV. CRITERIOS COMUNES Artículo V. REGULACIÓN DE ACTIVIDADES Artículo VI. ZONAS DE AMORTIGUACIÓN Artículo VII. MEDIDAS PARA PREVENIR, REDUCIR Y CONTROLAR LA
CONTAMINACIÓN DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS Artículo VIII. EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL Artículo IX. INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA, TÉCNICA, EDUCACIÓN AMBIENTAL Y
PARTICIPACIÓN COMUNITARIA Artículo X. NORMAS DE COOPERACIÓN Artículo XI. EDUCACIÓN AMBIENTAL Artículo XII. AUTORIDADES DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS Artículo XIII. CUMPLIMIENTO Y SANCIONES Artículo XIV. REUNIONES DE LAS ALTAS PARTES CONTRATANTES Artículo XV. SECRETARÍA EJECUTIVA DEL PROTOCOLO Artículo XVI. VIGENCIA Artículo XVII. DENUNCIA Artículo XVIII. ENMIENDAS Artículo XIX. ADHESIÓN Artículo XX. RESERVAS
Resolución Legislativa Nº 26468 (1995)
Obligaciones generales Adoptar las medidas apropiadas de acuerdo con las
disposiciones del presente Protocolo, para proteger y preservar los ecosistemas frágiles, vulnerables o de valor natural o cultural único, con particular énfasis en la flora y fauna amenazadas por agotamiento y extinción, mediante la realización de estudios orientados a la reconstrucción del medio o repoblamiento de fauna y flora en casos necesarios.
Para este fin, deberán establecer bajo su protección, en la forma de parques, reservas, santuarios de fauna y flora u otras categorías de áreas protegidas. En estas áreas se establecerá un manejo integro, basado en estudios e inventarios de sus recursos, con miras al desarrollo sostenido de ellos, y se prohibirá toda actividad que pueda causar efectos adversos sobre el ecosistema, fauna y flora así como su hábitat.
Información sobre las áreas protegidas Suministrar información respecto de la designación de áreas
protegidas, señalando al efecto los factores que se han tomando en cuenta para dicha determinación, como la importancia que revisten tales áreas desde el punto de vista científico, ecológico, económico, histórico, arqueológico, cultural, educativo, turístico, estético y otros.
La información suministrada hará referencia a los efectos que pueda tener sobre el ambiente, recursos costeros o su valor.
Cada Estado Parte procurará, en la medida de lo posible y antes de establecer sus áreas protegidas, intercambiar informaciones sobre el particular con los demás Estados Partes del Protocolo.
Cada Estado Parte informará a los demás, a través de la Secretaría Ejecutiva, sobre cualquier cambio que efectúe en el origen legal o en la delimitación de sus áreas protegidas.
La Secretaría Ejecutiva deberá llevar al día un catastro de las informaciones suministradas por los Estados Partes respecto de sus áreas protegidas así como de las medidas regulatorias que adopten para esas áreas. La Secretaría Ejecutiva transmitirá a las demás Partes, oportunamente, los informes recibidos.
Criterios comunes Adoptar criterios comunes para el
establecimiento de áreas bajo su protección. Para este efecto, si lo consideran conveniente, solicitarán en conjunto o individualmente, la asesoría y cooperación de los organismos internacionales competentes.
Regulación de actividades En las áreas protegidas se establecerá una gestión
ambiental integrada dentro de los siguientes lineamientos: Establecer un manejo de la fauna y flora, acorde con las
características propias de las áreas protegidas; Prohibir las actividades relacionadas con la exploración y
explotación minera del suelo y subsuelo del área protegida; Regular toda actividad científica, arqueológica o turística en
dicha área; Regular el comercio que afecte la fauna, la flora y su hábitat
en el área protegida; En general, prohibir cualquier actividad que pueda causar
efectos adversos sobre las especies, ecosistemas o procesos biológicos que protegen tales áreas, así como sobre su carácter de patrimonio nacional: científico, ecológico, económico, histórico, cultural, arqueológico o turístico.
Zonas de amortiguación Establecer, alrededor de las áreas
protegidas, zonas de amortiguación cuando ellas no existan, en las cuales los usos puedan ser regulados con el fin de asegurar el cumplimiento de los propósitos del Protocolo.
Medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación de las áreas protegidas Tomar todas las medidas para prevenir o reducir y controlar el
deterioro ambiental, incluyendo la contaminación en las áreas protegidas, proveniente de cualquier fuente de actividad, y se esforzarán para armonizar sus políticas al respecto.
Dichas medidas incluirán, entre otras, las destinadas a: Prohibir el vertimiento de sustancias tóxicas, perjudiciales o
nocivas especialmente las de carácter persistente, procedentes de fuentes terrestres, incluidos los ríos, estuarios, tuberías y estructuras de desagüe, desde la atmósfera o a través de ella.
Prevenir, reducir y controlar, en el mayor grado posible: La contaminación causada por buques, incluyendo medidas para
prevenir accidentes, hacer frente a casos de emergencia y prevenir el vertimiento, sea o no intencional;
El manejo y transporte de sustancias peligrosas; La introducción de especies de flora y fauna exóticas, incluyendo
transplantes; y Otras actividades susceptibles de producir deterioro ambiental.
Evaluación del impacto ambiental Efectuar la evaluación del impacto
ambiental de toda acción que pueda generar efectos adversos sobre las áreas protegidas, y establecerán un procedimiento de análisis integrado sobre el particular. Intercambiarán asimismo información sobre las actividades alternativas o medidas que se sugieran, a fin de evitar tales efectos.
Investigación científica, técnica, educación ambiental y participación comunitaria
Fomentar la investigación científica y técnica, la educación ambiental y la participación comunitaria, como base para la conservación y administración de las áreas protegidas.
Normas de cooperación Cooperar en la administración y conservación de las áreas
protegidas, intercambiando al efecto información sobre los programas e investigaciones desarrolladas en ellas, y las experiencias recogidas por cada una de éstas, en particular en los ámbitos científicos, legales y administrativos.
Promover programas de asistencia científica, técnica, legal, educativa, y de otra índole, para las áreas protegidas.
Esta asistencia comprenderá, entre otras: Formación de personal científico y técnico; Participación en los programas respectivos; Provisión de expertos y equipos; Prestación de facilidades y servicios de asesoramiento para programas
de investigación, vigilancia, educación, turismo y otros; Organización de un archivo técnico de la legislación especializada en
cada uno de los Estados Partes; Difusión de información especializada sobre las áreas protegidas.
Educación ambiental Fomentar la educación ambiental y la
participación comunitaria en la conservación y manejo de las áreas protegidas.
Autoridades de las áreas protegidas Las Altas Partes Contratantes se
comprometen a proporcionar, a través de la Secretaría Ejecutiva, información sobre: La organización y autoridades nacionales
competentes en la administración de las áreas protegidas.
Programas de investigación en las áreas protegidas.
Contexto mundial de las AMP
Hay actualmente más áreas protegidas a nivel mundial: abarcan el 12% de las tierras pero menos del 1% de los mares.
Debería asignarse alta prioridad al establecimiento de nuevas iniciativas en sistemas marinos.
El hecho de que menos del 0,5% de los oceános estén protegidos representa, en opinión de muchos, un indicio condenatorio de nuestro fracaso en cuanto a protección de los océanos.
El llamado al desarrollo de APM se ve particularmente respaldado por el derrumbe del sector pesquero mundial y los daños y perturbaciones ambientales consiguientes para las estructuras y funciones de los ecosistemas.
El estado actual de áreas protegidas en el mundo
Plan de acción de Durban, 2003
Congreso Latinoamericano de Parques Nacionales y otras Áreas Protegidas Somos conscientes de que existen importantes vacíos,
especialmente en la protección de los ambientes marinos y de los ecosistemas interiores de agua dulce y que existen sesgos importantes en la conservación de la biodiversidad terrestre en las diferentes regiones.
Preocupa el atraso en la cobertura de áreas marinas protegidas que sólo representa alrededor de 0.5% de la superficie marina de la región.
Existe una baja tasa de creación de nuevas áreas marinas protegidas y vacíos importantes en la representación de los ecosistemas, especialmente en el Pacífico sudeste y en el Atlántico sur oeste.
Vemos que será muy difícil cumplir con el compromiso internacional del 2012 si no se hacen intensos esfuerzos en el corto plazo.
Declaración de Bariloche 2007
Declaración de Bariloche Instar a que los gobiernos declaren el período
2008 – 2018 como la Década de las Áreas Marinas Protegidas, priorizando en Latinoamérica la creación de redes nacionales y regionales de áreas marinas protegidas y la gestión integrada de los océanos para cumplir con los compromisos de alcanzar las metas del 2012 y 2015.
Es prioritario incrementar durante este decenio el número y la superficie de las áreas marinas protegidas en la región, tanto en las Zonas Costeras como en Alta Mar, que contribuyan a la conservación de la biodiversidad y procesos marinos, a su manejo integrado y al mantenimiento de las pesquerías sostenibles.
COP VII/28 de la CDBPlan de trabajo sobre Áreas
protegidas La finalidad general del programa de
trabajo sobre áreas protegidas es apoyar el establecimiento y mantenimiento al 2010 para las zonas terrestres y al 2012 para las zonas marinas de sistemas nacionales y regionales completos, eficazmente gestionados y ecológicamente representativos de áreas protegidas.
Adoptar con urgencia, para 2006 en las zonas terrestres y para 2008 en el entorno marino medidas conducentes a responder a la deficiente representación de ecosistemas marinos y de aguas continentales en los actuales sistemas nacionales y regionales de áreas protegidas, tomándose en consideración los ecosistemas marinos situados más allá de la jurisdicción nacional, de conformidad con el derecho internacional aplicable, y los ecosistemas de aguas continentales transfronterizos.
Para 2006 los análisis de lagunas del sistema de áreas protegidas a nivel nacional y regional en base a los requisitos de sistemas representativos de áreas protegidas que adecuadamente conservan la diversidad biológica y los ecosistemas terrestres, marino y de aguas continentales. Deberían además elaborarse medidas provisionales para proteger, siempre que sea necesario, zonas muy amenazadas o de gran valor. En los análisis de lagunas debería tenerse en cuenta el Anexo I del Convenio sobre la Diversidad Biológica y otros criterios pertinentes tales como la imposibilidad de reemplazar los componentes deseados de la diversidad biológica, los requisitos de magnitud mínima efectiva y viabilidad, los requisitos de migración de especies, la integridad, procesos ecológicos y servicios a los ecosistemas.
Para 2009, designar las áreas protegidas según se las identificara mediante el análisis de lagunas nacionales o regionales (incluyendo mapas precisos) y terminar para 2010 en el área terrestre, y 2012, en los ambientes marinos, la creación de sistemas de áreas protegidas nacionales y regionales amplios y ecológicamente representativos.
Recomendaciones de Actividades sugeridas para las Partes de la CBD
VII/5. Diversidad biológica marina y costera: programa de trabajo ampliado sobre diversidad biológica marina y costera
Elemento 1 del programa: Aplicación de la gestión integrada de las zonas marinas y costeras (GIZMC)
Elemento 2 del programa : Recursos vivos marinos y costeros
Elemento 3 del programa: Áreas protegidas marinas y costeras
Elemento 4 del programa: Maricultura Elemento 5 del programa: Especies exóticas
invasoras Elemento 6 del programa. Generalidades
Elemento 3 del programa: Áreas protegidas marinas y costeras Meta:. Establecer y mantener zonas marinas y
costeras protegidas cuya gestión se haga de manera eficaz y con bases ecológicas y contribuir a una red mundial de áreas marinas y costeras protegidas, a partir de los sistemas nacionales y regionales, que comprenda una gama de distintos niveles de protección, en que las actividades humanas se regulen, particularmente a través de la legislación nacional, programas y políticas regionales, prácticas tradicionales y culturales y acuerdos internacionales, para mantener la estructura y funcionamiento de toda la gama de ecosistemas marinos y costeros, para brindar beneficios a las generaciones presentes y futuras.
Objetivos Objetivo operativo 3.1: Establecer y consolidar sistemas
nacionales y regionales de las áreas protegidas marinas y costeras integrados en una red mundial y como contribución a los objetivos convenidos mundialmente.
Objetivo operativo 3.2: Mejorar la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica en áreas marinas fuera de los límites de la jurisdicción nacional
Objetivo operativo 3.3: Lograr la gestión eficaz de las áreas protegidas marinas y costeras existentes
Objetivo operativo 3.4: Proporcionar ayuda y facilitar la supervisión de sistemas nacionales y regionales de áreas protegidas marinas y costeras
Objetivo operativo 3.5: Facilitar las actividades de investigación y supervisión que reflejan lagunas de conocimientos, generales e identificadas, y las necesidades de información prioritarias para la gestión de las áreas protegidas marinas y costeras
Actividades sugeridas 3.1 Crear, marcos de gestión efectiva de la diversidad biológica
marina y costera, según lo indicado en el apéndice siguiente, que abarque todas prácticas y medidas de gestión sostenibles para proteger la biodiversidad en un medio ambiente marino y costero más amplio, incluidas las redes integradas de áreas protegidas marinas y costeras constituidas por:
i) Áreas protegidas marinas y costeras en las que se administran las amenazas para fines de conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica y en las que pudieran no permitirse usos extractivos; y
ii) Áreas protegidas marinas y costeras representativas de las que se excluyen o reducen a un mínimo los usos extractivos y otras presiones humanas significativas para mantener o recuperar la integridad, estructura y funcionamiento de los ecosistemas.
Al establecer estos marcos, el país de que se trate seleccionaría un equilibrio apropiado entre las categorías (i) e (ii).
Actividades sugeridas 3.2 Prestar apoyo a cualesquiera trabajos de
la Asamblea General de las Naciones Unidas para determinar los mecanismos apropiados en el futuro establecimiento y gestión eficaz de áreas protegidas marinas fuera de los límites de la jurisdicción nacional
Actividades sugeridas 3.3 Lograr la gestión efectiva de las áreas protegidas marinas y
costeras comprenden la buena gobernabilidad, marcos jurídicos o consuetudinarios claros para evitar las actividades perjudiciales, el cumplimiento e imposición efectivos de las normas, la capacidad para controlar las actividades externas que afectan el área protegida marina y costera, la planificación estratégica, la creación de capacidades y la financiación sostenible.
Afrontar, mediante enfoques apropiados de gestión integrada de zonas marinas y costeras, todas las amenazas, incluso las provenientes de fuentes terrestres (p. ej., calidad del agua, sedimentación) y del embarque/transporte, para reforzar al máximo la eficacia de las áreas protegidas marinas y costeras y las redes para alcanzar sus objetivos de diversidad biológica marina y costera, tomando en cuenta los posibles efectos del cambio climático como el aumento del nivel del mar.
Facilitar la participación de los interesados directos y las comunidades indígenas y locales pertinentes como componente esencial para poner en ejecución el objetivo operativo 3.2.
Actividades sugeridas 3.4 Proporcionar apoyo activo en materia financiera, técnica y demás, para la
creación de un sistema mundial de redes de áreas protegidas marinas y costeras y para la aplicación dentro del mismo de las disposiciones pertinentes que figuran en este objetivo, incluso la identificación y eliminación de barreras para la creación de áreas protegidas marinas y costeras, y la eliminación de incentivos perjudiciales para actividades no sostenibles en el medio ambiente marino y costero, en cumplimiento de la decisión VI/15 sobre incentivos, dentro del marco del derecho internacional pertinente relativo al mar.
Proporcionar y mantener, en colaboración con el Centro Mundial de Vigilancia de la Conservación del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y con las organizaciones y autoridades pertinentes, información actualizada sobre las áreas protegidas marinas y costeras, con el fin de ofrecer una base para la evaluación del avance realizado en la ejecución del objetivo operativo.
Fomentar la transferencia de la tecnología apropiada y colaborar estrechamente con iniciativas regionales para financiar actividades tales como las de vigilancia destinada a la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica marina y costera.
Actividades sugeridas 3.5 Colaborar con las organizaciones pertinentes en la
preparación de las propuestas de proyectos para facilitar las prioridades de investigación y supervisión indicadas en el Apéndice 4.
Identificar y poner en ejecución un mecanismo apropiado para desarrollar asesoramiento relacionado con el diseño de red y la coherencia ecológica de redes.
Mediante el mecanismo de facilitación, ayudar al intercambio de información sobre investigaciones, cuestiones y problemas relativos a la gestión (incluidos los incentivos) entre los administradores de las áreas marinas protegidas, facilitar el mejoramiento continuo de la eficacia de la gestión en toda la red mundial de áreas marinas protegidas.
Plan de acción de Durban Crear una red representativa de áreas protegidas marinas para 2012, tal
como se declara en el Plan de Aplicación de la CMDS. Acción: se desarrollará un sistema abierto de presentación de informes
sobre la distribución mundial, extensión y situación de las áreas protegidas marinas en el mundo, con amplia difusión de la información recogida, fomentando la participación y comentarios a nivel internacional. Coordinación: CMAP a través del consorcio mundial de la base de datos sobre áreas protegidas, y el WCMC del PNUMA.
Acción: con miras a perfeccionar la presentación de informes sobre áreas protegidas marinas, se reconsiderará la definición existente de la UICN de área protegida marina, en particular contemplando la exclusión de los sitios costeros / intermareas si éstos no incluyen aguas infralitorales. Este tema deberá ser examinado en preparación de una presentación ante la próxima Asamblea General.
Acción: se actualizará la base de datos de áreas protegidas marinas incluyendo sitios que no corresponden a la nomenclatura de categorías de la UICN (por ej. reservas de caza, reservas gestionadas por colectividades).
Acción: se desarrollarán contactos con el sector pesquero y de administración de la pesca, para apoyar el desarrollo de áreas protegidas marinas en aguas costeras, alta mar y ZEE. Coordinación: Grupo de Trabajo de la CMAP sobre el alta mar.
El Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas
por el Estado (SINANPE)
Administración del SINANPE
• Es el conjunto de áreas naturales protegidas que representan la muestra representativa de la diversidad biológica del país (terrestres y marinas)
• También incluye: componente social y el cuerpo legal que lo sustenta
¿ Qué es el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas?
INRENAORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA CREADO POR DECRETO LEY Nº 25902 (Noviembre 1992)
MISION:
Realizar y promover las acciones necesarias para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, la conservación de la diversidad biológica silvestre y la protección del medio ambiente rural, mediante un enfoque de ordenamiento territorial por cuencas y su gestión integrada estableciendo alianzas estratégicas con el conjunto de actores sociales y económicos involucrados.
CONTAR CON UN SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS QUE CONSTITUYA UNA MUESTRA REPRESENTATIVA DE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA DEL PERÚ, EFICAZMENTE MANEJADO, DE MODO QUE GARANTICE EL APORTE DE SUS BENEFICIOS AMBIENTALES, SOCIALES Y ECONÓMICOS PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL PAÍS.
Objetivo a largo plazo del SINANPE
Es el órgano del INRENA encargado de proponer
políticas, planes, programas, proyectos y normas para la adecuada gestión y manejo
de las áreas naturales protegidas que conforman el SINANPE y la supervisión de aquellas que no forman parte de este Sistema, incluyendo
las Zonas de Amortiguamiento.
la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas
Parque Nacional Coordillera Azul Parque Nacional Coordillera Azul
63 ANP del SINANPE en 22 departamentos, 14.04% del territorio nacional
3 Áreas de Conservación Regional: Cordillera Escalera (San Martín), Humedales de Ventanilla (Callao) y Albufera de Medio Mundo (Lima).
11 Áreas de Conservación Privada
SINANPE
ANP (Acumuladas por quinquenio)
2 3
1117
26
35 37
45
6063
0
10
20
30
40
50
60
70
60-65 66-70 71-75 76-80 81-85 86-90 91-95 96-00 00-05 06-O8
NNiivveell ddee UUssoo Protección estricta Uso sostenible de recursos
naturales
AArreeaass ddee UUssoo II nnddiirreeccttoo
Parques Nacionales (I I ) Santuarios Nacionales (I I I ) Santuarios Históricos
AArreeaass ddee UUssoo DDiirreeccttoo
Reservas Nacionales (VI ) Bosques de Protección (VI ) Reservas Comunales (Vi) Reservas Paisajísticas (V) Refugios de Vida Silvestre (IV) Cotos de Caza (VI )
SSII NN
AANN
PP EE
AArreeaass ddee EEssttuuddiioo Zonas Reservadas
AArreeaass ddee RReeccoonnoocciimmiieennttoo II nntteerrnnaacciioonnaall
Reservas de Biosfera Sitios de Patrimonio Mundial
Sitios Ramsar
Niveles de Administración del SINANPE
Marco legal de las áreas marinas protegidas
Mandato constitucional
““El Estado está obligado a El Estado está obligado a promover la conservación de promover la conservación de la diversidad biológica y de la diversidad biológica y de
las Áreas Naturales las Áreas Naturales Protegidas”Protegidas”
Art 68°, Constitución Política del Perú
Ley Nº 28611 – Ley General del Ambiente El Estado, respecto de las zonas marinas y
costeras, es responsable de promover el establecimiento de áreas naturales protegidas con alto potencial de diversidad biológica y servicios ambientales para la población.
Artículo 101°
Ley de Áreas Naturales ProtegidasLey N° 26834 – 1997
Esquema General de la Ley
Titulo I. Disposiciones Generales(definición, objetivos, niveles de administración)
Título II. De la Gestión del Sistema(El SINANPE, autoridad competente, competencias de la autoridad del sistema, instancias de coordinación, áreas del sistema y complementarias, de los jefes de ANP, comités de gestión)
Título III. De los instrumentos de manejo(del Plan Director, de los Planes Maestros, de las categorías de las áreas del sistema, de la zonificación)Título IV. De la Utilización Sostenible de las ANPs.
La Estrategia Nacional sobre Diversidad Biológica (DS Nº 102-2001-PCM) En su Objetivo Estratégico Nº 2.3.,
propone “promover el uso sostenible de los recursos acuáticos, pesquerías y los cuerpos de agua” y da prioridad a “establecer reservas para conservar la diversidad biológica acuática incluyendo las islas y puntas guaneras, para contribuir a una red nacional e internacional de áreas protegidas”.
De las áreas naturales protegidas en el ámbito marino y
costero
Avances de acciones relacionados con el Protocolo
Propósito El Estado promueve el establecimiento de
Áreas Naturales Protegidas del SINANPE en el ámbito marino y marino-costero, con el propósito principal de conservar la diversidad biológica marina y costera. Las islas localizadas dentro del territorio nacional son susceptibles de ser declaradas como Áreas Naturales Protegidas.
Artículo 65º
Estrategia de la Red de Áreas Naturales Protegidas en el ámbito marino y costero En el marco del Plan Director, el INRENA
tiene a su cargo el desarrollo de la estrategia de la Red de Áreas Naturales Protegidas en el Ámbito Marino y Costero. En dicha estrategia se definen los lineamientos de planificación y gestión de estas Áreas Naturales Protegidas, se analizan los tipos de hábitat de las mismas así como las medidas necesarias para conservar y completar la cobertura ecológica requerida.
Artículo 67º
Octava disposición complementaria.- El INRENA administra las Áreas Naturales Protegidas en el ámbito marino y costero las que debido a su especial naturaleza, hacen necesario evitar la superposición de funciones y duplicación de actividades mediante el establecimiento de las coordinaciones institucionales necesarias bajo el principio de conservación de dichas Áreas Naturales Protegidas. El objetivo general de estas coordinaciones institucionales es establecer los procedimientos mediante los cuales el cumplimiento de las diferentes funciones y competencias de los sectores que la conforman se complementen.
Areas marinas y costeras del SINANPE
Hoy sólo se cubre sólo algunos de los hábitats marinos y costeros del Perú
Cubren alrededor de 76 Km de costa, y el 1.86% del territorio nacional protegido por el SINANPE.
Areas marinas protegidas en el SINANPE
Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes DS Nº 018-88-AG 2 972.00 ha
Reserva Nacional de Lachay DS Nº 310-77-AG 5070.00 ha
Refugio de Vida Silvestre Los Pantanos de Villa DS Nº 055-2006-AG 263.27 ha
Zona Reservada Humedales de Puerto Viejo DS Nº 064-2008-AG 275.81 ha
Santuario Nacional Lagunas de Mejía DS Nº 015-84-AG 690.60 ha
Reserva Nacional de Paracas DS Nº 1281-75-AG 335 000.00 ha
ACR Humedales de Ventanilla DS Nº 074-2006-AG 275,45 ha
ACR Albufera de Medio Mundo DS Nº 006-2007-AG 687,71ha
SANTUARIO NACIONL LOS MANGLARES DE TUMBES Objetivos de creación: Proteger el Bosque de
Manglar, así como la gran diversidad de especies de flora y fauna terrestres y acuáticas, en especial a Rhizophora mangle, Avicenia germinans, Laguncularia racemosa, Conocarpus erectus, que albergan una gran diversidad de invertebrados acuáticos de importancia económica.
RESERVA NACIONAL PARACAS Objetivo: Conservar una muestra representativa de los paisajes
funcionales y la diversidad biológica de las ecorregiones de la Corriente de Humboldt y del Desierto Costero.
RESERVA NACIONAL LACHAY Su objetivo es proteger una muestra del
ecosistema de Lomas costeras y contribuir al desarrollo de las poblaciones locales.
REFUGIO DE VIDA SILVESTRE PANTANOS DE VILLA Objetivo: Conservar una muestra representativa de
los pantanos del Desierto Pacífico Subtropical, incluyendo importantes comunidades vegetales representativas de los pantanos costeros, así como la avifauna migratoria y residente, haciendo principal énfasis en las especies con algún grado de amenaza.
SANTUARIO NACIONAL LAGUNAS DE MEJIA Objetivos de creación: Se protege particularmente la fauna
ornitológica migrante y endémica en peligro de extinción, así como las asociaciones de flora silvestre propias de los ecosistemas acuáticos del litoral.
Objetivos de creación: Conservar la flora y fauna silvestre, la belleza escénica y los valores asociados, así como contribuir al desarrollo de la región mediante el aprovechamiento sostenible de sus recursos naturales.
ZONA RESERVADA HUMEDALES DE PUERTO VIEJO
Área de Conservación Regional Albufera de
Medio Mundo
Objetivos de creación: conservar la biodiversidad del ecosistema de humedal.
Objetivos de creación: Conservar una muestra representativa de los humedales presentes en la ecorregión del Desierto Pacífico Subtropical incluyendo los valores asociados y ecosistemas frágiles que constituyen el hábitat de la avifauna migratoria y residente y otras especies de fauna y flora local.
Área de Conservación Regional Humedales de
Ventanilla
Propuesta de país: Reserva Nacional de Islas
y Puntas Guaneras comprenden:11 puntas 16 islas, islotes y grupos
de islas guaneras + 2 millas alrededor de las mismas.
Representan 114 660.75 ha La propuesta técnica ha
sido elaborada en coordinación con las diferentes instituciones y sectores relacionadas con el tema y se presentó a la PCM desde el año 2004 y está siendo revisada
Reserva Nacional Islas y Puntas - Antecedentes La Ley Nº 28793 de Protección, Conservación y Repoblamiento de las Islas,
rocas y Puntas Guaneras del País (21 Julio 2006) declara de interés nacional la protección, conservación y repoblamiento de las islas, rocas y puntas guaneras del país. Encarga al MINAG, incorpore las islas y puntas guaneras del país, como ANP, dentro del SINANPE.
Las islas y puntas guaneras de la costa peruana fueron identificadas como áreas prioritarias para la conservación de la diversidad biológica en el Plan Director de las ANP desde 1993.
El art. 65º del RLANP (DS Nº 038-2001-AG) señala que el Estado promueve el establecimiento de ANP del SINANPE en el ámbito marino costero, con el propósito de conservar diversidad biológica marina y costera, siendo las islas localizadas dentro del territorio nacional, susceptibles de ser declaradas como ANP.
Quinta Disposición del RLANP: El INRENA en coordinación con el Ministerio de Pesquería, propondrá los expedientes técnicos justificatorios que se requieren para la creación, en las Islas y Puntas Guaneras. Dichas ANP son establecidas mediante Decreto Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y refrendado por el Ministro de Pesquería y el Ministro de Agricultura.
Reserva Nacional Islas y Puntas – Objetivo general Conservar una muestra representativa de
la diversidad biológica de los ecosistemas marino costeros del mar frío de la corriente de Humboldt, asegurando la continuidad del ciclo biológico de las especies que ella habitan, así como su aprovechamiento sostenible con la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos.
Reserva Nacional Islas y Puntas – Objetivos específicos Proteger las poblaciones de aves y mamíferos marinos que se refugian en
las islas, islotes y puntas guaneras o las utilizan en sus rutas de migración. Manejar de manera sostenible los recursos naturales que albergan estos
espacios, a través de actividades compatibles tales como el turismo, la recreación, la pesca responsable, el aprovechamiento del guano y la maricultura sostenible, esta última con la participación de la inversión privada, así como buscando la participación de las poblaciones locales y usuarios tradicionales, a fin de lograr una justa y equitativa distribución de los beneficios que de su aprovechamiento se deriven.
Proteger los stocks de peces e invertebrados marinos y mantener los procesos naturales que proveen las islas, islotes y puntas guaneras y aguas circundantes.
Contribuir a la recuperación de los recursos pesqueros dentro y fuera de los espacios protegidos.
Considerar la investigación científica como prioritaria, que contribuya al mejor conocimiento y monitoreo de la diversidad biológica del ecosistema marino costero peruano.
Promover el desarrollo de la educación ambiental y la investigación aplicada para el desarrollo de la tecnología pesquera y de maricultura a favor de la población local que aprovecha los recursos de la Reserva.
Proceso de actualización del Plan Director de las ANP – Sitios Prioritarios para la Conservación de la
Diversidad Biológica
GRACIAS