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PRESIDENCIA DE LA REPUBLlCASecretaría General
Registro de Decretos y Acuerdos
Fecha de Ingreso __1_4:_ 0,_1 C_20_18_
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MINISTeRIO De fiNANZAS PUBLICASGUAT~MALA, C'..A.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO -----206-2018
Guatemala, 1 4 Die 2018
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO
Que la Constitución Política de la República de Guatemala preceptúa que el Presupuesto General deIngresos y Egresos del Estado aprobado para cada ejercicio fiscal, incluirá la estimación de todos losingresos a obtener y el detalle de los gastos e inversiones por realizar. La unidad del presupuesto esobligatoria y su estructura programática. Todos los ingresos del Estado constituyen un fondo comúnindivisible destinado exclusivamente a cubrir sus egresos.
CONSIDERANDO
Que la Contraloría General de Cuentas, con base en lo que establece el Decreto Número 31-2002 delCongreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica de la Contraloría General de Cuentas, Artículo13, literal f), remitió su Proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dos mildiecinueve, con el propósito de someterlo a consideración y aprobación del Organismo Ejecutivo porconducto del Ministerio de Finanzas Públicas.
CONSIDERANDO
Que se llenaron los requisitosNúmero 81.1 delPresupuesto, y la Resolución NúmeroFinanzas Públicas.
legale.1 tq¡;:r.eAP~59~ntes y que se cuenta con el DictamenUl\¡ , emitido por la Dirección Técnica del
del 1 3 - 1 2 - 2 O18 , del Ministerio de471
POR TANTO
En ejercicio de las funciones que le confiere la Constitución Política de la República de Guatemala, en elArtículo 183, literal e); y con fundamento en lo que preceptúa el DecretoNúmero 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 40,y Acuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 43;
ACUERDA
Artículo 1. Presupuesto de ingresos. Aprobar el Presupuesto de Ingresos de la Contraloría General deCuentas para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mildiecinueve, en el monto de QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOSSESENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q524,569,200), originado de los recursossiguientes:
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Hoja Número 2 del Acuerdo Gubernativo que aprueba elPresupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dosmil diecinueve de la Contraloría General de Cuentas, por elmonto de Q524,569,200.
MINIST~RIO D~ fiNANZAS PUBLICASGUATeMALA, C. A.
PRESUPUESTO DE INGRESOS(Montos en Quetzales)
CÓDIGO DESCRIPCIÓN ESTIMACIÓN
TOTAL: 524,569,200
11
90
INGRESOS NO TRIBUTARIOSMultasOtras Multas
27,500,00027,500,00027,500,000
6
13
30
VENTA DE BIENES Y SERVICIOS DELA ADMINISTRACIÓN PÚBLICAVenta de BienesPublicaciones, impresos oficiales y textos escolares
96,819,2003,000,0003,000,000
1
290
Venta de ServiciosOtros servicios
93,819,20093,819,200
151
RENTAS DE LA PROPIEDADIntereses
30 Por depósitos31 Por depósitos internos
2,800,0002,800,0002,800,0002,800,000
16
10
TRANSFERENCIAS CORRIENTESDel Sector PúblicoDe la Administración Central
354,450,000354,450,000354,450,000
2
17
10
TRANSFERENCIAS CAPITALDel Sector PúblicoDe la Administración Central
3,000,0003,000,0003,000,000
2
10
DISMINUCIÓN DE OTROS ACTIVOSFINANCIEROSDisminución de DisponibilidadesDisminución de caja y bancos
40,000,00040,000,00040,000,000
23
1
RESUMEN
TOTAL: 524,569,200
481,569,2003,000,000
40,000,000
INGRESOS CORRIENTESRECURSOS DE CAPITALFUENTES FINANCIERAS
Artículo 2. Presupuesto de egresos. Aprobar el Presupuesto de Egresos de la Contraloría General deCuentas para el Ejercicio Fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mildiecinueve, en el monto de QUINIENTOS VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOSSESENT A y NUEVE MIL DOSCIENTOS QUETZALES (Q524,569,200), distribuido en la forma
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siguiente: /jERRIM~ (.
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GUATE::MALA, C. A.
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR PROGRAMA Y CATEGORÍA EQUIVALENTE(Montos en Quetzales)
CÓDIGO APROBADODESCRIPCIÓN
01111299
TOTAL: 524,569,200
Actividades CentralesFiscalización GubernamentalFormación de Recurso HumanoPartidas no Asignables a Programas
175,622,820346,805,650
1,840,730300,000
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR TIPO Y OBJETO DEL GASTO(Montos en Quetzales)
CÓDIGO APROBADODESCRIPCIÓN
A.
o011012013014015029041051055063071072073
1111112113114121122131133134
TOTAL (A + B): 524,569,200
521,569,200
411,610,722194,306,410
1,981,104324,600
6,376,500133,258,700
8,737,9202,500,000
21,658,8847,922,180
576,00016,621,20716,921,217
426,000
FUNCIONAMIENTO
SERVICIOS PERSONALESPersonal permanenteComplemento personal al salario del personal permanenteComplemento por antigüedad al personal permanenteComplemento por calidad profesional al personal permanenteComplementos específicos al personal permanenteOtras remuneraciones de personal temporalServicios extraordinarios de personal permanenteAporte patronal al IGSSAporte para clases pasivasGastos de representación en el interiorAguinaldoBonificación anual (Bono 14)Bono vacacional
SERVICIOS NO PERSONALESEnergía eléctricaAguaTelefoníaCorreos y telégrafosDivulgación e informaciónImpresión, encuadernación y reproducciónViáticos en el exteriorViáticos en el interiorCompensación por kilómetro recorrido
75,250,5002,463,000
686,0002,107,000
307,600400,000805,000150,000
4,086,2001,999,000
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· ' -Hoja Número 4 del Acuerdo Gubernativo que aprueba elPresupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dosmil diecinueve de la Contraloría General de Cuentas, por elmonto de Q524,569,200.
MINIST~RIO D~ fiNANZAS PUBLICASGUATeMALA, C'..A.
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
136 Reconocimiento de gastos 380,000141 Transporte de personas 300,000153 Arrendamiento de máquinas y equipos de oficina 1,100,000158 Derechos de bienes intangibles 5,414,500162 Mantenimiento y reparación de equipo de oficina 101,500165 Mantenimiento y reparación de medios de transporte 1,066,500171 Mantenimiento y reparación de edificios 731,500183 Servicios jurídicos 9,990,000184 Servicios económicos, financieros, contables y de auditoría 29,970,000188 Servicios de ingeniería, arquitectura y supervisión de obras 5,220,000189 Otros estudios y/o servicios 4,800,000191 Primas y gastos de seguros y fianzas 1,500,000195 Impuestos, derechos y tasas 287,600196 Servicios de atención y protocolo 200,000199 Otros servicios 492,000
Resumen de otros renglones del grupo 693,100
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 6,000,000211 Alimentos para personas 1,701,800241 Papel de escritorio 222,500243 Productos de papel o cartón 262,600253 Llantas y neumáticos 170,000262 Combustibles y lubricantes 1,006,300266 Productos medicinales y farmacéuticos 500,000267 Tintes, pinturas y colorantes 586,700268 Productos plásticos, nylon, vinil y P.V.C. 101,000291 Útiles de oficina 268,500292 Productos sanitarios, de limpieza y de uso personal 285,800297 Materiales, productos y accesorios eléctricos, cableado estructurado de
redes informáticas y telefónicas 248,300298 Accesorios y repuestos en general 108,400
Resumen de otros renglones del grupo 538,100
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 8,143,958411 Ayuda para funerales 200,000412 Prestaciones póstumas 450,000413 Indemnizaciones al personal 5,943,958415 Vacaciones pagadas por retiro 600,000423 Prestaciones por incapacidad temporal 350,000426 Gastos de entierro 300,000472 Transferencias a organismos e instituciones internacionales 300,000
9 ASIGNACIONES GLOBALES 20,564,020913 Sentencias judiciales 2,393,020991 Créditos de reserva 18,171,000
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MINISTeRIO De fiNANZAS PUBLICASGUATeMALA' c.' A'
Hoja Número 5 del Acuerdo Gubernativo que aprueba elPresupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dosmil diecinueve de la Contraloría General de Cuentas, por elmonto de Q524,569,200,
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
B. INVERSIÓN 3,000,000
3,000,000842,880104,980255,500800,500660,500335,640
3 PROPIEDAD, PLANTA, EQUIPO E INTANGIBLES322 Mobiliario y equipo de oficina323 Mobiliario y equipo médico-sanitario y de laboratorio324 Equipo educacional, cultural y recreativo326 Equipo para comunicaciones328 Equipo de cómputo329 Otras maquinarias y equipos
PRESUPUESTO DE EGRESOS POR FUENTE DE FINANCIAMIENTO(Montos en Quetzales)
CÓDIGO DESCRIPCIÓN APROBADO
TOTAL: 524,569,200
11313241
Ingresos corrientesIngresos propiosDisminución de caja y bancos de ingresos propiosColocaciones internas
332,450,000127,119,20040,000,00025,000,000
Artículo 3. Distribución analítica del presupuesto. Se aprueba la distribución analítica delPresupuesto de Ingresos y Egresos de la Contraloría General de Cuentas para el Ejercicio Fiscal dos mildiecinueve, con base en los montos autorizados en este Acuerdo.
Artículo 4. Presupuesto analítico de sueldos. La máxima autoridad de la institución, es responsable deaprobar para el ejercicio fiscal dos mil diecinueve, el presupuesto analítico de sueldos del personal concargo al renglón de gasto 011 Personal permanente, debiendo remitir copia del mismo y de su resoluciónaprobatoria, a la Oficina Nacional de Servicio Civil -Onsec- y a la Dirección Técnica del Presupuesto,durante enero.
Artículo 5. Creación de puestos. La creación de puestos para el personal permanente y temporal, sólopodrá autorizarse por el órgano superior de la Institución, cuando se trate de servicios que se requieranpara incremento de la cobertura por disposición legal vigente y que se encuentren vinculados con losprogramas estratégicos de Gobierno, siempre que para ello exista el estudio técnico y financierocorrespondiente. En todo caso, ningún sueldo podrá ser superior al inicial de acuerdo con la escala desalarios vigente.
Artículo 6. Gastos de representación. La asignación y modificación de' gastos de representación, seráaprobada por medio de Resolución .del Ministerio de Finanzas Públicas, conforme a lo establecido en elAcuerdo Gubernativo Número 540-2013, Reglamento de la Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 91.
Artículo 7. Modificaciones del grupo de gasto O Servicios Personales y redistribución de los",~~i.'J~.or~;;~réditosde reserva. La máxima autoridad de la institución, aprobará las modificaciones presupuestarias
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MINIST~RIO D~ fiNANZAS PUBLICASGUAT~MALA e A .
Hoja Número 6 del Acuerdo Gubernativo que aprueba elPresupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dosmil diecinueve de la Contraloría General de Cuentas, por elmonto de Q524,569,200.
que impliquen aumento o disminución de las asignaciones programadas en el grupo de gasto O ServiciosPersonales, para lo cual, deberá fundamentarse en las disposiciones técnicas y legales vigentes enmateria de recursos humanos. Asimismo, autorizará las modificaciones que redistribuyan los créditosasignados en el renglón de gasto 991 Créditos de reserva, para atender gastos prioritarios.
Artículo 8. Modificaciones a la red de categorías programáticas. Cuando sea necesario modificar laestructura programática establecida, deberá solicitarse a la Dirección Técnica del Presupuesto, la cualprevio análisis informará sobre la procedencia o ajustes a la misma, para que posteriormente laInstitución emita la Resolución aprobatoria correspondiente e incorpore los cambios en el Sistema deContabilidad Integrada -Sicoin-, remitiendo copia de dicha documentación a la citada Dirección. Lacreación de nuevas categorías programáticas, tendrá que incluir la asignación de metas físicas, en elnivel correspondiente a dicha estructura.
Artículo 9. Gestiones presupuestarias ante el Ministerio de Finanzas Públicas. Las gestionespresupuestarias que requieran opinión previa del Ministerio de Finanzas Públicas, deben acompañarse dela documentación siguiente:
a. La solicitud de la autoridad superior;b. La justificación detallada de los movimientos presupuestarios solicitados y la documentación de
soporte que corresponda; y,c. Los comprobantes de modificación presupuestaria del Sicoin a nivel de solicitado, avalados por las
autoridades superiores de la Institución.
Artículo 10. Reprogramación de obras. La reprogramación de obras, podrá autorizarse por resolucióno disposición equivalente de la máxima autoridad de la Institución y deberá cursarse copia de la misma ydel comprobante de modificación física -C02F-, durante los siguientes diez días hábiles de haberseaprobado, a la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia -Segeplan-.
Artículo 11. Actualización de la información de la ejecución física. La Institución queda obligada aactualizar las variaciones de metas físicas que se deriven de la aprobación de las modificacionespresupuestarias y registrar mensualmente el avance de metas de producción de bienes y servicios, en lasherramientas que pongan a disposición el Ministerio de Finanzas Públicas y la Secretaría dePlanificación y Programación de la Presidencia. Cuando se modifiquen las metas físicas en el transcursodel ejercicio fiscal, se tendrá que emitir el comprobante de modificación física -C02F-, el cual seráaprobado por la autoridad superior mediante la resolución de reprogramación de metas correspondiente.
Artículo 12. Clasificadores temáticos. La Institución con base al Decreto Número 101-97 del Congresode la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 17 Quáter, es responsable de laejecución presupuestaria por clasificador temático, para lo cual debe utilizar el módulo disponible en elSistema de Contabilidad Integrada -Sicoin-. En caso de requerir asesoría respecto a los temas estipuladosen el Artículo en mención, podrán avocarse al ente rector de cada tema.
Artículo 13. Disposiciones generales. La ejecución de los créditos presupuestarios que se aprueban conel presente Acuerdo, está sujeta a lo que para el efecto estipulen el Decreto Número 101-97 delCongreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto y el Acuerdo GubernativoNúmero 540-2013, Reglamento de la citada Ley; los manuales, procedimientos y cualquier otradisposición emanada de los entes rectores correspondientes para regular la ejecución presupuestaria, asícomo las normas aplicables contenidas en el Decreto que regirá el Presupuesto General de Ingresos yEgresos del Estado para el Ejercicio Fiscal dos mil diecinueve.
Hoja Número 7 del Acuerdo Gubernativo que aprueba elPresupuesto de Ingresos y Egresos para el Ejercicio Fiscal dosmil diecinueve de la Contraloría General de Cuentas, por elmonto de Q524,569,200, '
MINIST~RIO D~ fiNANZAS PUBLICASGUATeMALA, c. A.
El Ministerio de Finanzas Públicas, en su calidad de órgano rector de la ejecución presupuestaria,establecido en el Decreto Número 114-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley delOrganismo Ejecutivo, artículos 23 y 35, podrá consultar la programación y ejecución de los créditospresupuestarios aprobados, por medio de las diferentes herramientas informáticas del Sistema Integradode Administración Financiera -SIAF-.
Con el fin de llevar a cabo la consolidación de cuentas del Sector Público a que hace referencia elDecreto Número 101-97 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto,Artículo 8, la Contraloría General de Cuentas deberá proporcionar la información que se requiera y darlas facilidades necesarias, conforme lo preceptuado en la Constitución Política de la República deGuatemala, Artículo 134, literales e) y e).
Para utilizar los saldos de efectivo, deberá observarse lo que establece el Decreto Número 101-97 delCongreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Presupuesto, Artículo 38 y el AcuerdoGubernativo Número 540-2013, Reglamento de la citada Ley, Artículo 42.
Artículo 14. Vigencia. El presente Acuerdo empieza a',\egir el uno de enero de dos mil diecinueve yconcluirá el treinta y uno de diciembre del mismo a~~\ y deberá publicarse en el Diario de CentroAmérica. \ l'
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