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CONTENIDO
CAPÍTULO I
Principios y valores Institucionales
pág.4 Artículo 1. Misión
pág.4 Artículo 2. Visión
pág.4 Artículo 3. Valores
pág.4 Artículo 4. Principios
CAPITULO II
Nuestros símbolos
pág.5 Artículo 5. Bandera
pág.5 Artículo 6. Escudo
CAPITULO III
Nuestros estudiantes y egresados
pág.6 Artículo 7. Objetivo
pág.6 Artículo 8. Perfil del egresado
CAPITULO IV
Inscripciones y matrículas de los estudiantes
pág.7 Artículo 9. Inscripción
pág.7 Artículo 10. Matrícula
CAPITULO V
Derechos y Deberes de los estudiantes
pág.8 Artículo 11. Derechos
pág.8 Artículo 12. Deberes
CAPITULO VI
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
pág.9 Artículo 13. Faltas leves
pág.9 Artículo 14. Faltas graves
pág.9 Artículo 15. Faltas gravísimas
pág.9 Artículo 16. Sanciones
pág.10 Artículo 17. Agravantes
pág.10 Artículo 18. Atenuantes
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CAPITULO VII
PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE
pág.11 Artículo 19. Perdida de la calidad de estudiante
CAPITULO VIII
CANCELACIÓN VOLUNTARIA DE MATRICULA Y MATERIAS
pág.12 Artículo 20. Cancelación voluntaria de matrícula
pág.12 Artículo 21. Cancelación voluntaria de materias
pág.12 Artículo 22. Condiciones para su autorización
pág.12 Artículo 23. Matrícula sin ingreso a las actividades académicas
CAPITULO IX
REINGRESOS
pág.13 Artículo 24. Reingresos
CAPITULO X
FORMACIÓN ACADEMICA
pág.14 Artículo 25. Actividades académicas
pág.15 Artículo 26. Asistencia
pág.15 Artículo 27. Programación
pág.15 Artículo 28. Pre-requisitos
CAPITULO XI
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
pág.17 Artículo 29. Evaluación
pág.17 Artículo 30. Calificación
pág.17 Artículo 31. Revisión de calificación
pág.17 Artículo 32. Segundo calificador
CAPITULO XII
DISTINCIONES Y ESTIMULOS
pág.18 Artículo 33. Distinciones
pág.18 Artículo 34. Estímulos
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CAPÍTULO I
PRINCIPIOS Y VALORES INSTITUCIONALES
Artículo 1. Misión:
La Academia de Peritos Forenses es una institución educativa que forma
ciudadanos comprometidos con el país, innovadores, con espíritu crítico,
productivos, investigadores en su disciplina.
Artículo 2. Visión:
La Academia de Peritos Forenses será reconocida como una entidad de estudio
comprometida con la excelencia académica, con la sociedad y sus valores, así
como con el desarrollo científico y técnico.
Artículo 3. Valores:
Liderazgo:
Es ser visionario, innovador y con carisma para inspirar a los demás.
Rectitud:
Carácter de tener sentido ético y moral
Justicia:
Es actuar en base a la verdad, con equidad y bases equilibradas y
respetuosas.
Integridad:
Es la cualidad de tomar decisiones como un sujeto moral, con capacidad
de decidir responsablemente.
Solidaridad:
Es la capacidad de servir a otros individuos pensando en ellos como
semejantes.
Artículo 4. Principios:
Idoneidad profesional:
Es la reunión de las condiciones que se necesitan para desempeñar una
labor con aptitud y actitud.
Responsabilidad con la nación y la Ley:
Es el deber con el estado de cumplir y promover todos sus preceptos,
promoviendo su cumplimiento y sirviendo como auxiliares de la justicia.
Compromiso con la ciudadanía:
Es la actitud ante la sociedad de aportar para cumplir las exigencias del
colectivo que lo rodea.
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CAPITULO II
NUESTROS SÍMBOLOS
Artículo 5. Bandera:
El color azul representa la honestidad y el conocimiento.
El color verde representa la imaginación creadora.
El color azul acompañado del verde representan la sapiencia.
El color amarillo denota honor, lealtad e inteligencia.
El color negro representa la autoridad, fortaleza y ciencia.
Artículo 6. Escudo:
El águila es símbolo de libertad, dignidad, poder y fuerza.
La lupa representa la investigación y designa la búsqueda de la verdad.
La simbología básica del ojo es la luz, la sabiduría y el espíritu.
La unión de la balanza de la justicia y el símbolo de la medicina representa la
ciencia y la tecnología al servicio de la justicia.
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CAPITULO III
NUESTROS ESTUDIANTES Y EGRESADOS
Artículo 7. Objetivo:
Formar estudiantes que estén en capacidad de fortalecer y profundizar de forma
integral, investigativa y propositiva, los conocimientos de la criminalística y de la
ciencia penal de cara a los postulados del Estado Social y Democrático de
Derecho y el nuevo Sistema Penal Oral Acusatorio vigentes.
Artículo 8. Perfil del egresado:
El estudiante egresado de la Academia de Peritos Forenses, estará en capacidad
de:
Resolver problemas concretos en materia de criminalística.
Indagar y aportar por nuevas técnicas utilizadas en la criminalística.
Aplicar de manera crítica las leyes penales, teniendo en cuenta sus efectos
y orientada al respeto y vigencia de los derecho humanos bajo los
postulados éticos y jurídicos.
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CAPITULO IV
INSCRIPCIÓN Y MATRICULA DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 9. Inscripción de los aspirantes:
La Academia de Peritos Forenses llevará a cabo la admisión e inscripción de los
aspirantes que demuestren los requerimientos académicos, en su caso haber
culminado el grado noveno y haber tenido buen desempeño académico. El
proceso se realizará en igualdad de condiciones sin tener en cuenta condiciones
de orientación sexual, raza, religión, condición económica, etc. Sin embargo es
autónoma en la decisión de recibir los aspirantes que cumplan a mayor cabalidad
con los requerimientos mencionados.
Para realizar la inscripción se requiere el pago por los derechos de inscripción de
30.000 pesos, diligenciar el formulario, 1 fotografía 3x4cm en fondo blanco,
fotocopia del documento de identidad y copia del diploma o acta de grado o
certificado de haber culminado el grado noveno.
Artículo 10. Matrícula de los estudiantes:
Es el momento en el que el aspirante es admitido y de manera voluntaria realiza el
trámite correspondiente para ingresar como estudiante a la Academia de Peritos
Forenses.
Para realizar la matricula el estudiante debe hacer entrega del comprobante de
pago por el valor de la matrícula que para el año 2016 será por valor de 800.000
pesos junto al paz y salvo de la institución dentro de las fechas estipuladas.
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CAPITULO V
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
Artículo 11. Derechos de los estudiantes:
1. Conocer el reglamento estudiantil, programa académico, plan de estudios y
demás normatividad que se relacione con la actividad académica.
2. Recibir una formación íntegra con estándares altos de calidad académica y
humana.
3. Recibir trato respetuoso por parte de los directivos, docentes y empleados
de la institución.
4. Renovar la matrícula como estudiante dentro de los plazos establecidos, a
no ser que pierda la calidad como estudiante por alguna de las causas
establecidas en este reglamento.
5. Hacer reclamación oportuna con respecto a inconsistencias académicas e
inconvenientes con el personal u otros alumnos de la institución.
6. Formular a los docentes preguntas correspondientes a la temática de la
asignatura en el desarrollo de la clase.
7. Conocer oportunamente los resultados de las evaluaciones y las
actividades académicas.
8. Presentar reclamaciones u observaciones en un tiempo no mayor a 5 días
hábiles después de la presentación de la actividad académica y recibir
oportuna resolución.
Artículo 12. Deberes de los estudiantes:
1. Conocer y cumplir los derechos y deberes estipulados en el reglamento
estudiantil.
2. Tener un trato respetuoso a los directivos, docentes y otros estudiantes de
la institución.
3. Hacer pago oportuno y diligenciamiento de sus obligaciones.
4. Tener participación en los procesos de autoevaluación y gestión de calidad
de la institución.
5. Asistir cumplidamente a las actividades académicas.
6. Tener adecuada presentación y comportamiento dentro y fuera de la
institución.
7. Cuidar los bienes, documentos y material educativo de la institución.
8. Poner al tanto a los directivos o personal de la institución sobre hechos que
perjudiquen a la institución o demás miembros administrativos o
estudiantes.
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CAPITULO VI
RÉGIMEN DISCIPLINARIO
Artículo 13. Faltas leves:
1. No devolver oportunamente y/o descuidar el material empleado para
actividades académicas.
2. Incumplimiento de cualquiera de los deberes de los estudiantes
contemplados en este reglamento.
Artículo 14. Faltas graves:
1. No tener un adecuado comportamiento dentro y fuera la institución que
pueda afectar el buen nombre de la Academia de Peritos Forenses.
2. Irrespetar a los docentes, personal administrativo o estudiantes de la
institución.
3. Tener un comportamiento discriminativo por género, raza, orientación
sexual, religión o clase socioeconómica.
4. El consumo de licor o sustancias ilícitas en las instalaciones de la Academia
de Peritos Forenses o presentarse bajo sus efectos a la institución.
Artículo 15. Faltas gravísimas:
1. Incurrir en fraude en la presentación de alguna actividad académica, en
donde la calificación será 0.0 y el caso será estudiado por el Consejo
Directivo de la Academia de Peritos Forenses para determinar la conducta
a seguir con el estudiante.
2. Violar los derechos de autor en alguna actividad académica, se reconocerá
como plagio y será estudiado por el Consejo Directivo de la Academia de
Peritos Forenses para determinar la conducta a seguir con el estudiante.
3. Realizar agresión verbal o física contra el personal de la Academia de
Peritos Forenses o sus estudiantes.
4. Presentar documentación falsa a la institución.
5. Reiterar en faltas leves o graves.
Artículo 16. Sanciones:
1. Faltas leves:
a. Anotación demeritoria en la hoja de vida académica.
b. Retiro del salón de clases
c. Suspensión por el tiempo que determine la autoridad para acudir a
las actividades académicas.
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2. Faltas graves:
a. Matrícula condicional por el tiempo que reste en la institución.
3. Faltas gravísimas:
a. Cancelación de la matrícula y pérdida del cupo.
Parágrafo. La cancelación de la matrícula y pérdida del cupo no implica que
la Academia de Peritos Forenses deba reintegrar parcial o totalmente los
valores pagados por el estudiante por concepto de inscripción, matrícula y
demás valores estipulados para desarrollar sus actividades académicas.
Artículo 17. Agravantes:
1. Incumplir los acuerdos establecidos por el estudiante tras cometer alguna
falta.
2. Cometer más faltas para ocultar la falta inicial.
3. Reincidir en faltas cometidas
Artículo 18. Atenuantes:
1. Buen rendimiento académico.
2. Buenos antecedentes de conducta.
3. Anunciar la falta a los directivos de la institución en un tiempo oportuno.
4. Reparar la falta cometida por voluntad propia tras haber informado a los
directivos de la falta que cometió.
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CAPITULO VII
PERDIDA DE LA CALIDAD DE ESTUDIANTE
Artículo 19. Perdida de la calidad de estudiante:
Por la cancelación voluntaria de la matricula
Al no hacer la matricula dentro de los plazos definidos por la Academia de
Peritos Forenses.
Por sanción disciplinaria estipulada en el capítulo VI.
Cuando por motivos de salud no es conveniente su permanencia en la
institución, con dictamen de un profesional competente.
Por inasistencia injustificada a las clases y/o practicas académicas en el
periodo académico en un porcentaje igual o superior al 20%.
Por perder una misma asignatura 3 veces.
Por perder un mismo semestre 2 veces.
Por culminar satisfactoriamente sus estudios.
Por defunción.
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CAPÍTULO VIII
CANCELACIÓN VOLUNTARIA DE MATRICULA Y
MATERIAS
Artículo 20. Cancelación voluntaria de matrícula:
Se presenta cuando un estudiante por solicitud propia cancela el periodo lectivo y
es autorizado por la rectoría.
Artículo 21. Cancelación voluntaria de materias:
Se presenta cuando un estudiante por solicitud propia cancela una asignatura sin
que necesariamente se cancele el periodo lectivo y es autorizado por la rectoría.
Artículo 22. Condiciones para su autorización:
La cancelación de una materia o matricula podrá ser autorizada si la
solicitud se hace antes del último mes de culminación actividades
académicas, la autorización no implica para la Academia de Peritos
Forenses la obligación de hacer restitución parcial o total de dinero.
Si se hace la cancelación de una materia o matricula antes de la
presentación del primer parcial según el calendario académico, se guardará
el 80% del valor pagado, para cursar el siguiente periodo académico.
La cancelación de la matrícula por motivos de salud certificados por un
profesional médico de la EPS a la que esté vinculado el estudiante,
permitirá que se guarde el 100% del valor pagado, para cursar el siguiente
periodo académico.
Artículo 23. Matrícula sin ingreso a las actividades académicas:
Si se hace el pago de la matrícula pero no se presenta para iniciar el
periodo académico, se guardará el 80% del valor pagado, para cursar el
siguiente periodo académico.
Si se hace el pago de la matrícula pero no se presenta para iniciar el
periodo académico por motivos de fuerza mayor, se hará devolución del
100% del valor pagado. Entre estos casos se contemplan los estudiantes
que ingresen a prestar servicio militar y los demás casos serán estudiados
por el consejo directivo de la Academia de Peritos Forenses.
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CAPÍTULO IX
REINGRESOS
Artículo 24. Reingresos:
Es la solicitud de un estudiante que culminó al menos un periodo académico y no
se matriculó en el siguiente periodo académico. Para poder realizar un reingreso
debe haber tenido buen rendimiento académico y no haber presentado faltas
disciplinarias, para poder solicitarlo el estudiante se debe ajustar al plan de
estudios vigente en la Academia de Peritos Forenses y requiere aprobación de
rectoría.
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CAPÍTULO X
FORMACIÓN ACADÉMICA
Artículo 25. Actividades académicas:
Clases magistrales:
Se llevan a cabo en un aula de clase dirigida por un profesor acreditado,
cuyo fin es impartir conocimientos a partir de una explicación, son
necesarias para llevar de manera ordenada los conceptos y así después
ser aplicados en la práctica.
Prácticas académicas:
Es un método de aprendizaje activo para que los alumnos desarrollen un
modelo mental y perfeccionen sus conocimientos, de esta forma se extrae
todo el potencial de los alumnos, y así presentar mejores aptitudes
profesionales. En la Academia de Peritos Forenses contamos con
convenios institucionales que permiten que dichas prácticas se desarrollen
en el contexto profesional en el que después se desenvolverán, se le dará
especial énfasis otorgando un mínimo del 50% de la duración de la materia
a dichas prácticas.
Prácticas profesionales:
Son las actividades que desarrollarán los estudiantes después de tener una
amplia gama de conocimientos y se les dará énfasis en el aprendizaje
basado en los problemas y el entrenamiento laboral. Les dará
oportunidades de ganar experiencia en el campo laboral y así mismo ganar
méritos.
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Artículo 26. Asistencia:
El estudiante que tenga inasistencias igual a mayor al 20% de la asignatura
obtendrá una calificación de 0.0 y esta materia será cancelada por inasistencia, la
inasistencia a las prácticas académicas o prácticas profesionales que conlleve a la
misma medida será de un 10%.
Cuando se presenten estos casos de manera injustificada el consejo académico
definirá la permanencia del estudiante en la institución.
Parágrafo. En los casos en que exista un soporte que respalde la inasistencia del
estudiante, esta no se tendrá en cuenta. Cuando se trate de incapacidad médica,
solo se tienen en cuenta las constancias expedidas por la EPS del estudiante o
una Institución Prestadora de Salud.
Artículo 27. Programación:
Los estudiantes estarán sujetos a las fechas que estipula el consejo directivo para
la realización de las actividades académicas, entre las que se encuentran, las
clases magistrales, prácticas académicas, evaluaciones, culminación de semestre
y matriculas.
Artículo 28. Pre-requisitos:
Son aquellas asignaturas que por su importancia en la formación del estudiante y
en el adecuado desarrollo de las competencias de las materias del siguiente nivel,
requieren ser aprobadas para matricular las materias del próximo nivel académico.
Serán definidos en cada programa académico.
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CAPÍTULO XI
EVALUACIÓN Y CALIFICACIÓN
Artículo 29. Evaluación:
Parciales: Son las pruebas que se realizan durante el periodo académico,
estas pruebas podrán ser orales, escritas o trabajos.
Finales: Son los que se presentan al término de cada asignatura y pueden
versar sobre todo el tema desarrollado en la asignatura.
Supletorios: Son los que se presentan en reemplazo de las pruebas
parciales o finales que por causa de fuerza mayor comprobada no se
presenta en la fecha establecida, se debe presentar dentro de los 3 días
hábiles anteriores o posteriores a la fecha de evaluación programada.
Habilitación: Es la que puede presentar el estudiante cuando haya obtenido
en el cómputo final de la materia una nota entre 2.9 y 2.0. Por lo que no se
autoriza la presentación de esta en estudiantes con nota inferior a 2.0 o que
hayan perdido el semestre en cuyo caso es la pérdida de 3 asignaturas en
un mismo semestre u obtener el cómputo final de todas las materias inferior
a 3.0.
Artículo 30. Calificación:
Las actividades académicas evaluativas serán expresadas de forma cuantitativa
con un decimal, con un valor mínimo de 0.0 y un máximo de 5.0. La calificación
representa aprobación cuando sea igual o superior a 3.0.
Parágrafo. Las habitaciones evalúan todo el contenido de la asignatura y se
aprueban con un valor igual o mayor a 3.0. No obstante en el registro de
calificaciones se pondrá la calificación con la indicación de que la materia fue
habilitada, junto a la calificación que obtuvo durante el periodo académico.
Artículo 31. Revisión de calificación:
Cuando los estudiantes tengan inconformidad con la calificación podrán solicitar al
docente dentro de dos (2) días hábiles después de la entrega de la calificación, la
revisión de la evaluación.
Artículo 32. Segundo calificador:
Sólo se aplica para evaluaciones escritas, se debe solicitar de forma escrita dentro
de los cuatro (4) días hábiles después de la entrega de la calificación.
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CAPÍTULO XII
DISTINCIONES Y ESTIMULOS
Artículo 33. Distinciones:
1. Medalla “Hans Gross”
Es la máxima distinción que se le otorgará al estudiante que haya obtenido
el más alto promedio en la carrera de la promoción de grado en cada
programa, se otorga siempre y cuando el estudiante tenga un promedio
superior a 4.5 y se haya distinguido por su buen comportamiento.
2. Distintivo al mérito académico
Se le otorgará a todos los estudiantes de una promoción que presenten al
momento del grado un promedio superior a 4.5 en cada programa, se
otorga si no han presentado faltas disciplinarias.
3. Mención honorífica
Se le otorga al momento del grado de cada programa al estudiante que se
distinga por cumplir a cabalidad con los valores y principios institucionales,
los estudiantes postulados serán escogidos por los docentes de la
institución y los otros estudiantes y será seleccionado por el consejo
directivo de la Academia de Peritos Forenses.
Artículo 34. Estímulos:
1. Estudiantes Becarios
Al estudiante que presente la mejor calificación entre todos los estudiantes
de cada programa, siempre y cuando tenga un promedio superior a 4.5 se
le otorgará una beca del 100% del valor de la matrícula.
2. Diploma de honor a la excelencia académica
Se le otorgará a todos los estudiantes de una promoción que presenten al
momento del grado un promedio superior a 4.5 en cada programa, se
otorga si no han presentado faltas disciplinarias.
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Vigencia y reformas
Las reformas al presente reglamento serán propuestas al consejo directivo por el
cuerpo directivo, administrativo y estudiantil con las supresiones o adiciones que
se recomienden y serán sometidas a consideración. El presente reglamento rige a
partir de la fecha de su publicación hasta que se le haga una posterior reforma en
caso de ser necesario.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Presidente del Consejo Directivo
Martha Galeano González
Rector
Fabio Avendaño Ayala