2. Accesos restringidos

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Acceso restringidos

Charlas de Cinco Minutos

Accesos restringidosLa restriccin de acceso a reas o instalaciones, es un control operacional cuyo propsito es evitar que personas sin entrenamiento, conocimiento y competencia tcnica se vean expuestas a peligros desconocidos tanto en actividades rutinarias como no rutinarias.

Las reas con accesos restringidos, se clasifican en funcin de sus requisitos de ingreso en; reas de restriccin permanente y reas de restriccin temporal. En las reas de acceso restringido permanente, sus instalaciones no sufren modificaciones en el tiempo, su contorno se encuentra debidamente cercado y sealizado con letreros indicando la condicin de peligro, su acceso principal se encuentra permanentemente cerrados con candado y su ingreso est permitido slo a personas autorizadas por la administracin superior (ej. Subestaciones Elctricas, Polvorines).

En cambio, en las reas de restriccin temporal, la condicin de riesgo puede variar tanto en el tiempo, como en el espacio fsico donde se realiza la actividad generadora de peligros. Tal es el caso de las sectores de tronadura, reas relacionadas con mantenimiento de equipos en terreno, frentes de produccin activa, zonas de excavacin, rutas o caminos con trabajos de mantenimiento, reas de circulacin de camiones de gran tonelaje y equipos de movimiento de tierra, accesos a botaderos no operativos, reas expuestas a cadas de materiales por trabajos en niveles superiores no protegidos, zonas afectadas por accidentes ambientales, etc.

Dependiendo del lugar, extensin y caractersticas especficas de la tarea que se desarrolla, el ingreso al rea restringida esta sujeto a la autorizacin del Supervisor a cargo del rea o en quien ste hubiera delegado tal responsabilidad, previo cumplimiento de los requisitos y medidas de control exigidos por el rea y conocimiento de las condiciones de peligro temporal existentes, por parte de la persona que ingresa al sector.

Las reas restringidas de carcter temporal, deben sealizarse mediante dispositivos porttiles, que adviertan la condicin de acceso restringido temporal (Letreros, cintas de peligro, conos, neumticos o bermas). La persona que instale un dispositivo provisorio para advertir una condicin de peligro, debe tener en cuenta lo siguiente:

Usar el dispositivo adecuado, en funcin de las condiciones del lugar, equipos que circulan en el rea y de las caractersticas del peligro que se desea advertir.

Ubicar el dispositivo de sealizacin en un lugar visible, para toda persona que circule por la ruta de acceso al rea restringida. Comunicar de la restriccin a los potenciales afectados por los medios adecuados. Una vez concluida la tarea que gener la condicin de peligro o este ha sido eliminado totalmente, se debe retirar los elementos de advertencia del lugar.

Ante cualquier duda, respecto a la presencia de alguno de los elementos de seguridad de advertencia en caminos, pasillos, o reas de trnsito habitual de personas, se debe consultar al Supervisor del rea, antes de ingresar al rea.