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1 Carta de Servicios 2015-2018 Proteja el medio ambiente. No imprima si no es imprescindible Edita: MINHAP NIPO: 630-15-017-5 Subdelegación del Gobierno en Córdoba GOBIERNO DE ESPAÑA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÓRDOBA

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Subdelegación del Gobierno en Córdoba

Carta de Servicios2015-2018

Proteja el medio ambiente. No imprima si no es imprescindible

Edita: MINHAPNIPO: 630-15-017-5

Subdelegacióndel Gobiernoen Córdoba

GOBIERNODE ESPAÑA

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN ANDALUCÍA

SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CÓRDOBA

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Subdelegación del Gobierno en Córdoba

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ÍNDICE

I. DATOS IDENTIFICATIVOS Y FINES DE LA UNIDAD ..........................................................2II. RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS POR LA SUBDELEGACIÓN DEL GOBIERNO .....2

A. INFORMACIÓN Y REGISTRO. OFICINA O60. ....................................................................................... 2

B. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS ................................................................................3C. DERECHOS CIUDADANOS ................................................................................................4D. PROTECCIÓN CIVIL ..........................................................................................................6E. TRABAJO E INMIGRACIÓN ................................................................................................7F. INDUSTRIA Y ENERGÍA ......................................................................................................9G. EDUCACIÓN ....................................................................................................................9H. JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA .........................................................10I. UNIDAD CONTRA LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER .............................................................10J. AGRICULTURA (FONDO EUROPEO DE GARANTÍA AGRÍCOLA-FEGA) ....................................10

III. NORMATIVA REGULADORA .............................................................................................11IV. COMPROMISOS DE CALIDAD OFRECIDOS ...................................................................13V. INDICADORES ...................................................................................................................13VI. MEDIDAS DE SUBSANACIÓN ..........................................................................................14VI. DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS .........................................................14VIII. PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS ..................................................14IX. QUEJAS Y SUGERENCIAS ...............................................................................................15X. MEDIDAS QUE ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO, QUE ATIENDAN A LA DI-

VERSIDAD, QUE FACILITEN EL ACCESO AL SERVICIOY QUE MEJOREN LAS CON-DICIONESDELA PRESTACIÓN ............................................................................................. 15

XI. SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD, DE PROTECCIÓN AMBIENTAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL ...........................................................................16

XI. DIRECCIONES POSTALES, TELEFÓNICAS Y ELECTRÓNICAS ....................................17XIII. FORMAS DE ACCESO Y TRANSPORTE ..........................................................................18XIV. IDENTIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA UNIDAD RESPONSABLE DE LA CARTA .........19XV. OTROS DATOS DE INTERÉS ............................................................................................19

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I. DATOS IDENTIFICATIVOS Y FINES DE LA UNIDAD.

La Subdelegación del Gobierno de España en Córdoba es una unidad administrativa, dependien-te de la Delegación del Gobierno en Andalucía, adscrita al Ministerio de Hacienda y Administra-ciones Públicas.

Le compete gestionar en el ámbito provincial las competencias que ostenta la Administración General del Estado en Córdoba, de acuerdo con la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (LOFAGE). Asimismo ejerce, a través del Subdelegado del Gobierno, la dirección de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en la provincia.

Las Cartas de Servicios son documentos que constituyen un instrumento a través del que los órganos de la Administración del Estado informan a los ciudadanos sobre los servicios enco-mendados, derechos que les asisten en relación con estos y los compromisos de calidad en su prestación.

Dentro de un proceso continuo de transformación y modernización ha elaborado esta Carta de Servicios con la finalidad de informar a los ciudadanos de los servicios que presta, los derechos que le asisten, los compromisos adquiridos para mejorar su funcionamiento y las diferentes vías y medios de que disponen aquéllos para participar y colaborar en la mejora de estos. Se trata, en suma, de un documento en el que se informa de la labor que desarrolla la Subdelegación.

II. RELACIÓN DE SERVICIOS PRESTADOS POR LA SUBDELEGA-CIÓN DEL GOBIERNO.

A. INFORMACIÓN Y REGISTRO. OFICINA O60.

• Información electrónica a los ciudadanos a través de la oficina 060.• Ofertas de empleo público de la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas,

Administración Local y Unión Europea: información y recepción de solicitudes.• Tramitación de devoluciones de documentación personal extraviada en otros países.• Información general sobre becas, ayudas, premios y subvenciones.• Información general sobre servicios de las Administraciones Públicas (ubicación oficinas, telé-

fonos, competencias...).

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• Recepción, registro, compulsa y remisión de todo tipo de documentación dirigida a cualquier Administración Pública.

• Asesoramiento y búsqueda de legislación.• Registro y emisión de los certificados de la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre (FNMT).• Información y tramitación de solicitudes de termalismo y vacaciones del IMSERSO.• Registro de edictos y anuncios enviados por los diferentes Organismos públicos de la Adminis-

tración General del Estado, para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.

B. AUTORIZACIONES ADMINISTRATIVAS.

• Elaboración y/o denegación apertura establecimientos obligados a tener medidas de seguridad (Entidades de créditos, joyerías, administraciones de lotería, estaciones de servicio, farma-cias...).

• Denegación y revocación de licencias de armas tipo E.• Autorización o denegación para dedicar un establecimiento a armería; talleres de fabricación

de cartuchería o productos pirotécnicos; establecimientos de venta de artículos pirotécnicos, depósitos comerciales de explosivos (capaci- dad máximo 10.000 Kg.); polvorines auxiliares de distribución a consumidores (capacidad máximo 50 Kg. ó 500 detonadores).

• Autorización o denegación para utilización habitual de explosivos con ámbito provincial consu-mo eventual de explosivos; voladuras Especiales (Demoliciones, Grandes voladuras, bajo el mar...); espectáculos pirotécnicos de más de 50 Kg. De mezcla explosiva; concursos y activi-dades con armas de fuego.

• Autorización o denegación de servicio de vigilancia privada con arma; armeros; servicios de seguridad en polígonos industriales o urbanizaciones; cambios de uniformidad del personal de empresas de seguridad.

• Autorización de vuelo de publicidad aérea.• Nombramiento del Delegado Gubernativo en espectáculos taurinos.• Control de orden público y de la seguridad vial en pruebas deportivas, actividades recreativas

y otras similares.• Expedición de certificaciones relativas a la habilitación como vigilantes de seguridad.• Excepción al deber de uniformidad de los policías locales, en casos excepcionales.• Instalación de videocámaras móviles en lugares públicos para fines previstos en la Ley Orgá-

nica 4/1997, de 4 de agosto.• Informar las solicitudes de licencias de armas tipo B.

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C. DERECHOS CIUDADANOS.

• Tramitación de procedimientos sancionadores por:a) Aplicación de la LO 1/1992, de 21 de febrero sobre protección de la seguridad ciudadana:

– Celebración de reuniones en lugares de tránsito público o manifestaciones incumpliendo lo establecido en los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la L.O. 9/83 de 15 de julio, reguladora del derecho de reunión, modificado por LO 9/1999 de 21 de abril.

– Negativa a disolver las manifestaciones y reuniones en lugares de tránsito público orde-nada por la autoridad competente en los casos del artículo 5 de la L.O. 9/83.

– Provocar reacciones en el público que alteren o puedan alterar la seguridad ciudadana.– Tolerancia del consumo ilegal o tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias

psicotrópicas en locales o establecimientos públicos o falta de diligencia para impedirlos. – Alegación de datos o circunstancias falsos para obtener la documentación prevista en la

LO 1/92.– La negativa de acceso, o la obstaculización del ejercicio de las inspecciones o controles

reglamentarios, conforme a la LO 1/92, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.– Originar desórdenes graves en las vías, espacios o establecimientos públicos o causar

daños graves a los bienes de uso público.– El consumo en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como la tenen-

cia ilícita de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas.– No obtener el documento nacional de identidad habiendo cumplido los 14 años de edad.– Negarse a entregar la documentación personal habiendo sido acordada su retirada o

retención.– Exhibir objetos peligrosos con la intención de intimidar.– Desobedecer los mandatos de la autoridad o de sus agentes dictados en aplicación de

la LO 1/92.– Alterar la seguridad colectiva u originar desórdenes en las vías, espacios o estableci-

mientos públicos.b) Aplicación de la LO 1/92, RD 230/98, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento

de Explosivos y RD 197/1993 por el que se aprueba el Reglamento de Armas.– La fabricación, reparación, almacenamiento, comercio, adquisición o enajenación, tenen-

cia o utilización de:• Armas prohibidas o explosivos no catalogados:• Armas reglamentarias o explosivos catalogados careciendo de la documentación o

autorización requeridos o excediéndose de los límites permitidos.

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– Negligencia en las medidas para garantizar la seguridad de las armas o explosivos.– Negligencia en la conservación de los documentos de armas o explosivos.– No denunciar la pérdida o sustracción de los documentos de armas o explosivos.

c) Aplicación de la LO 1/92 y otras disposiciones reglamentarias:– La carencia de registros exigidos en actividades con trascendencia para la seguridad

ciudadana como:• La de hospedaje.• El comercio o reparación de objetos usados.• El alquiler o desguace de vehículos a motor.• La compraventa de joyas y metales preciosos.

– Irregularidades en la cumplimentación de los registros establecidos en actividades con transcendencia para la seguridad ciudadana, y la omisión de los datos o comunicaciones obligatorias en los plazos establecidos.

d) Aplicación de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte:– El incumplimiento de las normas que regulan la celebración de los espectáculos depor-

tivos.– Alteración del aforo correspondiente.– Negligencia en la corrección de anomalías o defectos que supongan peligro para la se-

guridad de los recintos deportivos.– Participar en altercados, peleas o desórdenes en los recintos deportivos o sus aledaños.– Desobedecer las órdenes relativas a las condiciones de celebración de los espectáculos.– Incumplir las medidas de control de acceso, permanencia y desalojo, venta de bebidas e

introducción y retirada de objetos prohibidos.– Introducción y venta en los recintos deportivos de cualquier bebida incumpliendo las li-

mitaciones de los envases.– Introducción de bengalas o fuegos de artificio.– Acciones u omisiones contrarias a las normas y reglamentos aplicables a espectáculos

deportivos.• Tramitación de solicitudes de convocatorias de manifestaciones y concentraciones.• Atención y consulta de ciudadanos y Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado

(sobre tramitación de expedientes y cuestiones técnicas).• Resolución de los expedientes sancionadores en materia de carreteras, en caso

de faltas leves (Ley 25/1998, de 29 de julio y su Reglamento, aprobado por Real Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).

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D. PROTECCIÓN CIVIL.

• Colaborar con otras Administraciones Públicas en el análisis de riesgos en el ámbito provincial: naturales, tecnológicos y antrópicos.

• Elaboración y actualización de planes provinciales, protocolos, directrices e instrucciones de aplicación en emergencias.

– Planes de Emergencias.– Transporte de Mercancías Peligrosas.– Riesgos Sísmicos.– Fenómenos Meteorológicos Adversos.– Incendios Forestales.

• Asesoramiento, colaboración y elaboración de informes, certificaciones y notas técnicas a soli-citud de otras administraciones, instituciones, organismos y empresas.

• Tramitación de las solicitudes de subvenciones al amparo del Real Decreto 307/2005.

• Coordinación y actualización del Protocolo Provincial de Coordinación ante situaciones meteo-rológicas extremas.

• Organización y mantenimiento de la base de datos correspondiente al ámbito provincial relativa a riesgos, siniestrabilidad y recursos movilizables en caso de emergencia.

• Dirección y coordinación de la Red de Radio Emergencia en ámbito provincial.

• Elaboración, dirección y coordinación del Plan Mercurio en la Red de Radio Emergencia.

• Seguimiento de desarrollo y aplicación en la provincia de las Directrices Básicas y Planes Es-tatales de Riesgos.

• Participación en diferentes Comités y Grupos de Planes de Emergencias Provinciales.

• Asesoramiento técnico para el desarrollo, implantación y perfeccionamiento de Planes de Auto-protección en instalaciones de titularidad pública ubicadas en la provincia.

• Organización y participación en ejercicios y simulacros con los servicios, medios y recursos provinciales.

• Aplicación de las actuaciones urgentes contempladas en distintas disposiciones legales dicta-das ante emergencias de carácter extraordinarias.

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E. TRABAJO E INMIGRACIÓN.

A. Asesoramiento y gestión de cuestiones de emigración:• Emisión de certificados de emigrante retornado.• Ayudas destinadas a atender las situaciones de extraordinaria necesidad de los españoles

retornados.• Gestión de prestaciones asistenciales por ancianidad e invalidez y asistencia sanitaria a fa-

vor de españoles residente en el exterior y retornados• Prestaciones económicas a favor de los niños de la guerra.• Certificados de jornadas reales por trabajos efectuados en campañas agrícolas en el ámbito

de los países miembros de la Unión Europea ( El E-U-1, suple estos certificados y los solicita al país de prestación de servicios el Servicio Público de Empleo Estatal).

• Certificados históricos de salidas el extranjero.• Relaciones y gestiones diversas con Consejerías de Trabajo e Inmigración de las distintas

Embajadas del mundo.B. Inmigración:

• Resolución de expedientes sancionadores en materia de extranjería, instruidos por la Comi-saría Provincial de Policía y por la Inspección Provincial de Trabajo.

C. Patrimonio Sindical y extinguido Fondo Nacional de Protección al Trabajo.• Gestión del Patrimonio: Información a los agentes sociales y tramitación de solicitudes de

uso de locales en esta provincia. Seguimiento del estado de los edificios, pagos de impues-tos y otros asuntos relacionados con dicho patrimonio.

• Seguimiento y gestión de los préstamos subsistentes del extinguido Fondo Nacional de Pro-tección al Trabajo. Tramitación y cancelación de escrituras de hipotecas.

D. Salarios de tramitación.• Reconocimiento o denegación, en vía administrativa, de la responsabilidad del Estado sobre

los salarios de tramitación y las correspondientes cuotas de la Seguridad Social.E. Medalla al mérito en el trabajo.F. Oficina de Extranjería.

• Atención al público e información general sobre régimen de extranjería.• Resolución de expedientes de devolución y expulsión del territorio nacional, instruidos por la

Comisarías de Policía.• Tramitación y resolución de:

– Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea.

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– Autorizaciones de residencia temporal no lucrativa.

– Autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales.

– Autorizaciones de residencia temporal por reagrupación familiar.

– Autorizaciones de residencia temporal a menores tutelados, nacidos en España, o hijos de residente legal.

– Autorizaciones de residencia temporal y trabajo de régimen general.

– Autorizaciones de residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones trasna-cionales.

– Excepciones a la autorización de trabajo.

– Modificaciones de situaciones de extranjeros.

– Autorizaciones para trabajar.

– Autorizaciones de residencia de larga duración.

– Prórrogas de estancia.

– Renovaciones de autorizaciones de estancia para investigación y estudios.

– Cédulas de inscripción a indocumentados.

– Autorizaciones de regreso.

• Emisión de informes:

– En expedientes de solicitudes de visado para autorización inicial de estancia por es-tudios.

– En expedientes de desplazamientos temporales de menores con fines de tratamiento médico, disfrute de vacaciones y escolarización.

– Conformidad al informe de idoneidad del órgano competente de la Comunidad Autó-noma, con fines de adopción.

• Control de tasas devengadas por la concesión de autorizaciones y envío, en su caso, a la vía de apremio.

• Tramitación y/o resolución de recursos administrativos.

• Expedición de certificados.

• Elaboración de estadísticas en materia de extranjería e inmigración.

• Negociado Documentación Extranjeros. Expedición y entrega de tarjeta de identidad de ex-tranjero y de certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

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F. INDUSTRIA Y ENERGÍA.

• Informes sobre autorizaciones en el ámbito tanto del Reglamento de Explo- sivos (RD 230/1998) como del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería (RD 563/2012), tales como in-formes sobre consumidores habituales y eventuales de explosivos, abastecimiento, almacena-miento y fábricas de explosivos, almacenamiento y talleres de pirotecnia y de cartuchería, loca-les de venta de artículos pirotécnicos, armerías, campos, galerías y polígonos de tiro, así como espectáculos pirotécnicos en los que se superen los 100 Kg de mezcla explosiva y pirotécnica.

• Expedición de certificados de aptitud para el manejo de explosivos (cartilla de artillero) de arti-ficios pirotécnicos para la realización de espectáculos pirotécnicos (carnet de disparador piro-técnico), y de experto para la utilización de artículos pirotécnicos de categoría P2.

• Autorización de suministro de explosivos (pedido de explosivos).

• Información pública e instrucción administrativa de expedientes relativos a proyectos de trans-porte primario de energía eléctrica e hidrocarburos (infraestructuras energéticas de competen-cia estatal).

• Puesta en servicio de las instalaciones indicadas en el punto anterior.

• Comprobación de inversiones en las ayudas del Ministerio de Industria destinadas a Sectores Estratégicos Industriales y a la Reindustrialización.

G. EDUCACIÓN.

• Homologación y convalidación de estudios extranjeros no universitarios.• Homologación de títulos extranjeros de educación superior.• Información sobre acreditaciones de títulos universitarios ante la Unión Europea o Espacio Eco-

nómico Europeo a efectos profesionales.• Información sobre reconocimiento de títulos universitarios de la Unión Europea, o el Espacio

Económico Europeo, a efectos profesionales, en supuestos que son competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

• Espacio Económico Europeo, a efectos profesionales, en supuestos que son competencia del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

• Información de equivalencias de estudios españoles extinguidos respecto de los estudios vi-gentes.

• Registro y entrega de títulos universitarios españoles, previa petición del interesado en el centro docente donde finalizó los estudios.

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• Registro y entrega de títulos de especialidades sanitarias, expedidos por el Ministerio de Edu-cación, Cultura y Deporte.

• Entrega de credenciales de homologación y convalidación de estudios extranjeros.• Tramitación de expedientes de contratación, sustituciones, altas y bajas en Seguridad Social,

etc., del profesorado de religión destinado en centros públicos de educación infantil y primaria de Córdoba y provincia.

• Tramitación de la selección de personal de apoyo para la gestión de unidades de becas.• Tramitación de la devolución de ingresos indebidos.• Información y atención al público sobre diversas materias relacionadas con Educación.

H. JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN FORZOSA.

Fijación del justiprecio de los bienes expropiados en caso de discrepancias entre la Administra-ción del Estado expropiante o la beneficiaria de la expropiación y los expropiados; resolución de los recursos de reposición interpuestos contra el acuerdo de fijación de justiprecio.

I. UNIDAD CONTRA LA VIOLENCIA SOBRE LA MUJER.

Tiene por finalidad coordinar toda la información y recursos existentes destinados a proteger a las mujeres víctimas de violencia de género en situación de riesgo. Entre otras actuaciones, rea-liza un seguimiento individualizado de la víctima y recaba información de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y de las Instituciones Penitenciarias.

J. AGRICULTURA (FONDO EUROPEO DE GARANTÍA AGRÍCOLA-FEGA).

Elaboración de informes a solicitud de los servicios centrales del Ministerio correspondiente e inspecciones para la distribución de ayuda humanitaria.

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III. NORMATIVA REGULADORA.

A. Organización y competencias.

a) Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

b) Real Decreto 617/1997, de 25 de abril, de Subdelegados del Gobierno y Directores Insula-res de la Administración General del Estado.

c) Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de integración de servicios periféricos y de estruc-tura de las Delegaciones del Gobierno.

d) Orden de 7 de noviembre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 1330/1997, de 1 de agosto, de Integración de Servicios Periféricos y de Estructura de las Delegaciones del Gobierno.

B. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públi-cas y del Procedimiento Administrativo Común.

C. Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, desarrollada parcialmente por el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.

D. Autorizaciones Administrativas.

a) Real Decreto 23/1998, de 16 de febrero, por el que se el Reglamento de explosivos (BOE nüm. 61, de 12-03-98, redactado conforme a las modificaciones introducidas por el Real Decreto 277/2005, de 11 de marzo (BOE núm. 61, de 12-03-05). Modificado por la Orden PRE/252/2006, de 6 de febrero (BOE núm. 34, de 9 de febrero), por la Orden PRE/848/2006, de 21 de marzo (BOE núm. 72, de 25 de marzo) y por la Orden PRE/174/2007, de 31 de enero (BOE núm. 30, de 3 de febrero).

b) Real Decreto 137/1993, de 29 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Armas (BOE núm. 55, de 5 de marzo), modificado por el Real Decreto 540/1994, de 25 de marzo (BOE núm. 73, de 26 de marzo) y por el Real Decreto 316/2000, de 3 de marzo (BOE núm. 55, de 4 de marzo).

c) Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, de Protección de la Seguridad Ciudadana (BOE núm. 46, de 22 de febrero) en su redacción dada por la Disposición Adicional Cuarta de la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto (BOE núm. 186, de 5 de agosto) y por la Ley 10/1999, de 21 de abril (BOE núm. 96, de 22 de abril).

d) Real Decreto 563/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería.

e) Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, que aprueba el Reglament ode Seguridad Pri-vada (BOE núm. 8, de 10 de enero), redactado conforme a las modificaciones introducidas por el Real Decreto 938/1997, de 20 de junio (BOE núm. 148, de 21 de junio), por el Real Decreto 1123/2001, de 19 de octubre (BOE núm. 281, de 23 de noviembre), por el Real

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Decreto 277/2005, de 11 de marzo (BOE núm. 61, de 12 de marzo), por Sentencia de 30 de enero de 2007, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (BOE núm. 55, de 5 de marzo) y por el Real Decreto 4/2008, de 11 de enero (BOE núm. 11, de 12 de enero) y por la Sen-tencia de 15 de enero de 2009, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo (BOE núm. 52, de 2 de marzo).

f) Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, por el que se modifica y se da nueva redacción al Reglamento de Espectáculos Taurinos.

g) Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

h) Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos.

i) Orden de 20 de diciembre de 1966 sobre reglamentación de la propaganda comercial aérea.

E. Protección Civil.

a) Ley 2/1985, de 25 de enero, sobre Protección Civil (BOE nº 22 de 25 de enero).

b) Real Decreto 407/1992, de 16 de junio por el que se aprueba la Norma Básica de Protec-ción Civil ( BOE nº 105 de 1 de mayo de 1992).

c) Resolución de 31 de enero de 1995 de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dis-pone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones.

d) Resolución de 5 de Mayo de 1995, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se dis-pone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se aprueba la Directriz Básica de Planificación de Protección Civil ante el Riesgo Sísmico.

e) Real Decreto 387/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba la Directriz Básica de Plani-ficación de Protección Civil ante el Riesgo de accidentes en los transportes de mercancías peligrosas por carretera y ferrocarril.

f) Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza ca-tastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión (BOE nº 67 de 19 de marzo).

g) Real Decreto 477/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 30/2005, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión (BOE nº 90 de 14 de abril).

h) Orden INT/1200/2006, de 6 de abril, por la que se desarrolla el Real Decreto 307/2005 por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

i) Real Decreto 893/2013, de 15 de noviembre, por el que se aprueba la Directiva Básica de Planificación de Protección Civil de emergencia por incendios forestales.

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IV. COMPROMISOS DE CALIDAD OFRECIDOS.

La relación de servicios prestados por la Subdelegación, según se plasman en la Carta de Ser-vicios, así como los derechos concretos de los ciudadanos que se recogen en esta última, se prestarán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

1. Tiempo de espera de las llamadas telefónicas inferior a dos minutos.

2. Consultas presenciales atendidas, antes de diez minutos.

3. Contestación de los escritos recibidos antes de diez días hábiles.

4. Quejas y sugerencias contestadas en un plazo máximo de quince días hábiles.

5. Documentación presentada al amparo de la Ley de Procedimiento Administrativo Común, artículo 38, tramitada en un plazo máximo de veinticuatro horas.

6. Establecimiento de un servicio de cita previa para la atención en materia de extranjería: plazo máximo de cinco días hábiles desde su solicitud.

V. INDICADORES.

A fin de poder comprobar el nivel de cumplimiento de los objetivos antes citados, se establecen los siguientes indicadores del nivel de calidad de los servicios prestados por la Subdelegación:

1. Porcentaje de llamadas telefónicas atendidas antes de dos minutos.

2. Porcentaje de consultas presenciales atendidas antes de diez minutos.

3. Porcentaje de escritos contestados en un plazo inferior a diez días hábiles.

4. Porcentaje de quejas y sugerencias contestadas en menos de quince días hábiles.

5. Porcentaje de documentación presentada al amparo de la Ley de Procedimiento Adminis-trativo Común, arículo 38, tramitada antes de las veinticuatro horas.

6. Porcentaje de citas concedidas, en relación con las materias gestionadas por la Oficina de Extranjeros, atendidas antes de cinco días hábiles.

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VI. MEDIDAS DE SUBSANACIÓN.

Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos declarados en esta carta pueden dirigirse a la unidad responsable de la misma. En caso de incumplimiento, el titular de la Subde-legación remitirá al ciudadano carta de disculpas, informando, en su caso, de las medidas adop-tadas en relación con las deficiencias observadas, sin que ello implique reconocimiento alguno de responsabilidad patrimonial de la Administración.

VI . DERECHOS DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS.

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los ciudadanos tienen dere-cho a obtener información y orientación acerca de los requisitos jurídicos o técnicos que las dispo-siciones vigentes impongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.Así pues, con carácter general, los ciudadanos tienen derecho:

• A poder identificar con claridad y prontitud la unidad administrativa que, dentro de la Subde-legación, es competente para la prestación del servicio requerido. Para ello, los ciudadanos podrán exigir de los responsables de aquélla la plena implantación del “Manual de Imagen Institucional de la Administración General del Estado (AGE), en particular en lo referente a imagen corporativa, escritos dirigidos a particulares, cartelería y directorios.

• A recibir información administrativa general de manera presencial, telefónica, o electrónica, todo ello de forma eficaz y rápida.

• A ser atendidos con deferencia, de forma directa y personalizada.• A una información administrativa real, veraz y pública.• A una orientación positiva.• A ser auxiliados en la redacción formal de documentos administrativos que dirijan a las au-

toridades administrativas de la AGE conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

VIII. PARTICIPACIÓN DE LOS CIUDADANOS Y USUARIOS.

Los ciudadanos y los usuarios de la Subdelegación podrán colaborar en la prestación de sus servicios a través de los siguientes medios:

a) Mediante la expresión de sus opiniones en las encuestas que periódicamente se realicen.b) Mediante la formulación de quejas y sugerencias conforme a lo previsto en esta Carta.

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IX. QUEJAS Y SUGERENCIAS.

a) Mediante formularios habilitados en los registros de recepción y salida de documentos de la Administración General del Estado, de acuerdo con los dispuesto en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Ad-ministración General del Estado, pudiendo utilizarse cualquier otro formato o carta.

b) Por correo postal, dirigido a la Subdelegación del Gobierno, con domicilio en Plaza de la Cons-titución, 1, 14004 - Córdoba.

c) Mediante correo electrónico dirigido a la siguiente dirección: [email protected]

En este último caso, las quejas y sugerencias deberán estar suscritas con la firma electrónica del interesado.

d) A través de la plataforma ACCEDA de la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Admi-nistraciones Públicas.

X. MEDIDAS QUE ASEGUREN LA IGUALDAD DE GÉNERO, QUE ATIEN-DAN A LA DIVERSIDAD, QUE FACILITEN EL ACCESO AL SERVI-CIOY QUE MEJOREN LAS CONDICIONESDELA PRESTACIÓN.

En la Subdelegación existen otros aspectos facilitadores de la atención al público, los cuales son no sólo unas reglas de atención con un sustrato jurídico (artículo 35 de la Ley 30/1992), sino tam-bién un compromiso ético de actuación de los empleados públicos de esta unidad administrativa.

a) Reglas de atención al público. En cada una de las modalidades de atención al público, los funcionarios se guiarán por las siguientes reglas de actuación con los ciudadanos:

* Se identificarán adecuadamente.

* Escucharán y/o atenderán activamente al público.

* Utilizarán un lenguaje comprensible para el ciudadano.

* Tratarán de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible.

* Preguntarán al interesado si ha obtenido lo que deseaba.

* Le despedirán con amabilidad.

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b) Compromiso ético de actuación de nuestros empleados. El personal que presta servicios en la Subdelegación asume como valores éticos del servicio público la integridad, la neutralidad, la imparcialidad, la transparencia en la gestión, la receptividad, la responsabilidad profesional y el servicio a los ciudadanos. Además, en el desarrollo de su trabajo diario velarán porque los ciudadanos sean tratados con la mayor consideración, con arreglo a los principios de máxima ayuda, mínima molestia, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado.

Estos valores se extremarán en la atención a las personas que tengan algún tipo de discapa-cidad. Para estas personas existen tres rampas específicas, una de ellas para el acceso a la puerta de entrada del público y las otras dos para sortear los dos tramos de escalones que se encuentran en el hall si se accede por la puerta principal del edificio. Este cuenta también con un ascensor para el uso del público y del personal.

En lo que se refiere a los ciudadanos extranjeros, en la entrada del público tienen a su disposi-ción folletos redactados en varios idiomas, siempre que no se hayan acabado las existencias, así como los diversos modelos de impresos de solicitudes que se tramitan en la Oficina correspon-diente de esta Subdelegación del Gobierno

XI. SISTEMAS DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD, DE PROTEC-CIÓN AMBIENTAL Y DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL.

• La Subdelegación cuenta con un sistema de aseguramiento de calidad de los servicios que presta, especialmente en relación con la información que tiene como objeto, de una parte, la integridad de las bases de datos y, de otra parte, la actualización de la información que en ellas se contiene. Dicho sistema consta de los siguientes elementos:

a) Plan de revisión de bases de datos e información.b) Plan de encuestas.c) Libro-Registro Informático de Actos de atención al Público.

• La Subdelegación se compromete además a disponer de los sistemas de aseguramiento de la calidad medioambiental y de seguridad e higiene propios del Departamento al que está adscrito. En la Subdelegación del Gobierno se encuentra la sede del Comité de Seguridad y Salud de los Servicios Periféricos de la Administración General del Estado en la provincia de Córdoba.

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XI . DIRECCIONES POSTALES, TELEFÓNICAS Y ELECTRÓNICAS.

Subdelegación del Gobierno. Plaza de la Constitución, 1. 14004 Córdoba.– Centralita: Teléfono: 957 989 000

Información General (horario ininterrumpido de 9 a 17’30 horas, de lunes a viernes; de 9 a 14 horas los sábados):– Teléfono: 957 989 201 / 989 000.– Correo electrónico: [email protected]

Registro (el mismo horario de Información General):– Teléfono: 957 989 201– Correo electrónico: [email protected]

Sección de Autorizaciones Administrativas:– Teléfono: 957 989 242– Correo electrónico: [email protected]

Sección de Derechos Ciudadanos:– Teléfono: 957 989 211– Correo electrónico: [email protected]

Oficina de Extranjería:– Teléfono: 957 989 000– Correo electrónico: [email protected]

Prensa:– Teléfono: 957 989 202– Correo electrónico: [email protected]

Protección Civil:– Teléfono: 957 989 255– Correo electrónico: [email protected]

Administraciones Territoriales:– Teléfono: 957 989 274

Dependencia de Trabajo e Inmigración:– Teléfono: 957 989 204– Correo electrónico: [email protected]

Dependencia de Industria:– Teléfono: 957 989 263

Jurado Provincial de Expropiación Forzosa:– Teléfono: 957 989 236

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Personal (Servicio de Recursos Humanos):– Teléfono: 957 989 216– Correo electrónico: [email protected]

Educación:– Teléfono: 957 989 254

Unidad contra la Violencia sobre la Mujer:– Teléfono: 957 989 000 – Correo electrónico: [email protected]

Archivo:– Teléfono: 957 989 247

XIII. FORMAS DE ACCESO Y TRANSPORTE.

A la Subdelegación del Gobierno se pue- de acceder mediante transporte público, a través de varias líneas de autobuses urbanos que tienen parada en la Avenida del Conde de Vallellano (líneas 2, 6 y 9) y en la Avenida del Aeropuerto (líneas 5, 7 y 0-1), vías entre las cuales se ubica la Subdelegación.

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XIV. IDENTIFICACIÓN Y DIRECCIÓN DE LA UNIDAD RESPONSA-BLE DE LA CARTA.

La Secretaría General de la Subdelegación del Gobierno, a través de su titular, será la unidad encargada de velar por el cumplimiento de los compromisos proclamados en la Carta y de impul-sar las pertinentes acciones de mejora. Esta unidad, además, en el ejercicio de sus atribuciones legalmente reconocidas, impulsará el Plan de revisión de bases de datos e información, impul-sará el Plan de encuestas, contestará las quejas y sugerencias que los ciudadanos le dirijan y prestará un trato personalizado a todos aquellos ciudadanos que muestren un interés especial por conocer el funcionamiento de cualesquiera de los servicios prestados por la Subdelegación y el grado de ejecución de los compromisos adquiridos en esta Carta en relación con los mismos.Su dirección es la siguiente: Plaza de la Constitución, 1. 14004- Córdoba.

(correo electrónico: [email protected]).

XV. OTROS DATOS DE INTERÉS.

A) Medios humanos y materiales de atención al público.* Los servicios que presta la Subdelegación del Gobierno en Córdoba se gestionan ante los

ciudadanos en su sede de la plaza de la Constitución, donde igualmente desarrollan su trabajo los empleados públicos adscritos a la misma tras el proceso de integración inicia-do con la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado (“Lofage”). Se ha cumplido así con los principios constitucionales, y de la propia LOFAGE, de eficiencia y economía como principios inspiradores de la ejecución del gasto público, subyacentes asimismo al citado proceso de integración de servicios en que se encuentra inmersa la Administración General del Estado, a través del máximo aprovechamiento posi-ble del patrimonio inmobiliario de titularidad estatal en la capital.

* La atención al público ha visto incrementada su calidad con la adecuación de la Oficina de Registro y Atención al Ciudadano y de la Oficina de Extranjería a las necesidades que re-quiere una provincia como Córdoba.

B) Aviso sobre el contenido de la información proporcionada y de “Copyright”.* La información administrativa que se facilita al público normalmente deberá ser considerada

como completa, exhaustiva, exacta y actualizada; sin embargo, únicamente se consideran auténticos los textos legales publicados en las ediciones impresas de los Boletines y Diarios Oficiales.

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* Del mismo modo, aunque los servicios de la Subdelegación utilizan fuentes documentales de tipo oficial, sus bases de datos no pueden ser consideradas como fuente de derecho, ni sus trabajos utilizados para oponerse jurídicamente a la Administración Pública.

* Con carácter general, se autoriza la reproducción de los contenidos informativos de esta Carta, del Catálogo de Servicios y de la información administrativa que se proporciona en esta Subdelegación, excepto con fines comerciales, siempre que se cite la fuente y se comunique a la unidad responsable de la Carta (Secretaría General de la Subdelegación).

DIRECCIÓN, TELÉFONO Y FAX

GENERAL: Plaza de la Constitución, 1. - 14004 Córdoba

Telf: 957 98 90 00 - Fax: 957 98 92 95