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Reglamento Interno de Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2019 Reglamento Interno de Convivencia Escolar 2019 1) Disposiciones Generales. En cumplimiento con la disposición establecida por la Superintendencia de Educación el 20 del 6 de 2018, los cuales se fundan en la resolución Exenta n° 137 del 23 de febrero de 2018 y en lo prescrito en los artículos n° 48, 49, letra m y 100 letra g de la Ley n° 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia y su fiscalización. El Jardín Infantil Fabiola” establece el Reglamento Interno que comprende los siguientes instrumentos de gestión educacional: Manual de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, y Plan integral de Seguridad Escolar. El documento abraza el sentir y anhelos de quienes constituyen nuestra Comunidad Educativa del Jardín Infantil Fabiola, en conformidad a los valores plasmados en el Proyecto Educativo Institucional Pastoral con la finalidad de conocer y permitir el adecuado y correcto funcionamiento de nuestro establecimiento en el logro de los objetivos en las áreas académicas y formativas. Su contenido, expresa el cumplimiento efectivo de los derechos y deberes de quienes constituyen la comunidad educativa, que son los párvulos, padres, madres y apoderados, profesionales y asistentes de la educación, directivos y sostenedor educacional, a objeto de propender la regulación de sus relaciones e interacciones en el “vivir con otros”, enfatizando en las normas de funcionamiento de una buena convivencia y otros procedimientos generales del establecimiento. Objetivos. De lo anterior se desprende que cada miembro de la comunidad educativa está llamado a crear el mejor clima escolar que permita el adecuado desarrollo del pensamiento “Educar”, el crecimiento en la fe “Evangelizar” y el trabajo apostólico “Servir”, cada uno en sus diferentes roles y tareas específicas, orienta con su actuar el compromiso de todos en la consecución y logro de la Visión y Misión impresa en nuestro Proyecto Educativo Institucional Pastoral. Principios. El presente reglamento, ha sido elaborado acorde a estándares requeridos por el Ministerio de Educación y su normativa vigente, esto es plasmar los principios inspiradores del sistema educativo establecido en el artículo 3 de la Ley General de Educación, siendo particularmente relevante: 1.1. Dignidad del ser humano 1.2. Interés superior del niño, niña 1.3. Autonomía progresiva 1.4 No discriminación arbitraria 1.5 Participación 1.6 Principio de Autonomía y diversidad 1.7 Responsabilidad 1.8 Legalidad 1.9 Justo y racional procedimiento 1.10 Proporcionalidad 1.11 Transparencia

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Reglamento Interno de Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2019

Reglamento Interno deConvivencia Escolar 2019

1) Disposiciones Generales.

En cumplimiento con la disposición establecida por la Superintendencia de Educación el 20 del 6 de 2018, los cuales se fundan en la resolución Exenta n° 137 del 23 de febrero de 2018 y en lo prescrito en los artículos n° 48, 49, letra m y 100 letra g de la Ley n° 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Parvularia y su fiscalización. El Jardín Infantil Fabiola” establece el Reglamento Interno que comprende los siguientes instrumentos de gestión educacional: Manual de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, y Plan integral de Seguridad Escolar.

El documento abraza el sentir y anhelos de quienes constituyen nuestra Comunidad Educativa del Jardín Infantil Fabiola, en conformidad a los valores plasmados en el Proyecto Educativo Institucional Pastoral con la finalidad de conocer y permitir el adecuado y correcto funcionamiento de nuestro establecimiento en el logro de los objetivos en las áreas académicas y formativas. Su contenido, expresa el cumplimiento efectivo de los derechos y deberes de quienes constituyen la comunidad educativa, que son los párvulos, padres, madres y apoderados, profesionales y asistentes de la educación, directivos y sostenedor educacional, a objeto de propender la regulación de sus relaciones e interacciones en el “vivir con otros”, enfatizando en las normas de funcionamiento de una buena convivencia y otros procedimientos generales del establecimiento.

Objetivos.

De lo anterior se desprende que cada miembro de la comunidad educativa está llamado a crear el mejor

clima escolar que permita el adecuado desarrollo del pensamiento “Educar”, el crecimiento en la fe “Evangelizar” y el trabajo apostólico “Servir”, cada uno en sus diferentes roles y tareas específicas, orienta con su actuar el compromiso de todos en la consecución y logro de la Visión y Misión impresa en nuestro Proyecto Educativo Institucional Pastoral.

Principios.

El presente reglamento, ha sido elaborado acorde a estándares requeridos por el Ministerio de Educación y su normativa vigente, esto es plasmar los principios inspiradores del sistema educativo establecido en el artículo 3 de la Ley General de Educación, siendo particularmente relevante:

1.1. Dignidad del ser humano

1.2. Interés superior del niño, niña

1.3. Autonomía progresiva

1.4 No discriminación arbitraria

1.5 Participación

1.6 Principio de Autonomía y diversidad

1.7 Responsabilidad

1.8 Legalidad

1.9 Justo y racional procedimiento

1.10 Proporcionalidad

1.11 Transparencia

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2) Fundamentación.

Fuentes normativas de la obligación de los establecimientos de educación parvularia de tener reglamento interno.

La Política de Convivencia Escolar se sustenta y suscribe a los siguientes marcos legales y tratados internacionales:

1) Ley N° 20.529, que crea el Sistema Nacional de Aseguramiento de la calidad de la Educación Parvularia, básica y media y su Fiscalización (LSAC)

2) Ley N° 20.609, que establece medidas contra la discriminación

3) Ley N° 21.040, que crea el Sistema de Educación Pública (Ley NEP)

4) Ley 20.832, que crea la autorización de funcionamiento de establecimientos de Educación Parvularia (LCAF)

5) Ley 20.835, que crea la subsecretaria de Educación Parvularia, la intendencia de Educación Parvularia y modifica diversos cuerpos legales.

6) Ley 20.845, de inclusión escolar, que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientos educacionales que reciben aporte del estado ( ley de inclusión o LIE)

7) Ley 19.979, que modifica el régimen de jornada escolar completa diurna y otros cuerpos escolares.

8) Decreto con fuerza de Ley N°2 de 2009, del Ministerio de Educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 20.370 con las normas no derogadas del decreto con fuerza de Ley N°1 de 2005 (Ley general de Educación)

9) Decreto con fuerza de Ley N°2, de 1998 del ministerio de educación, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con

fuerza de Ley N°2, de 1996, sobre subvención del estado a establecimientos educacionales ( ley de subvenciones).

10) Decreto con fuerza de Ley N°1, de 1996, del Ministerio de Educación que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.070 que aprobó el estatuto de los profesionales de la educación, y las leyes que la complementan y modifican (estatuto docente).

11) Decreto N° 100, de 2005, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Constitución Política de la República de Chile (CPR)

12) Decreto N°830, de 1990, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)

13) Decreto N° 128, de 2017, del Ministerio de Educación, que reglamenta los requisitos de adquisición, mantención, y pérdida de la autorización de funcionamiento de establecimientos de educación parvularia, (reglamento de los requisitos de la AF).

14) Decreto supremo N° 315, de 2010, del Ministerio de Educación, que reglamenta requisitos de adquisición, mantención y pérdida de reconocimiento oficial del estado a los establecimientos educacionales de educación parvularia, básica y media (reglamento de los requisitos del RO)

15) Decreto Supremo N° 565, de 1990, del Ministerio de Educación, que aprueba reglamento general de centros de padres y apoderados para los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación.

16) Decreto N° 481, de 2018, del Ministerio de Educación, que aprueba bases curriculares de la educación parvularia y deja sin efecto decreto que indica.

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17) Decreto N° 215, de 2009, del Ministerio de educación, que reglamenta uso de uniforme escolar (reglamento uniforme escolar).

18) Resolución exenta N° 381, de 19 de Mayo de 2017, de la Superintendencia de Educación, que aprueba la circular normativa para establecimientos de Educación parvularia.

19) Ordinario Circular N° 1.663, de 16 de diciembre de 2016, de la Superintendencia de Educación, que informa sobre modelo de fiscalización con enfoque en derechos e instrumentos asociados.

20) Resolución exenta N° 137, de 23 de Febrero de 2018, de la Superintendencia de Educación, que aprueba bases del modelo de fiscalización con enfoque en derechos.

21) Ordinario Circular N° 0379, de 7 de Marzo de 2018, del Superintendente de Educación, que imparte instrucciones sobre aplicación progresiva del modelo de fiscalización con enfoque en derechos y deja sin efecto parcialmente el oficio N° 0182, de 8 de abril de 2014, del Superintendente de educación y su documento anexo, con las prevenciones que se indican.

22) Resolución exenta N° 2.515, de 2018, del Ministerio de Educación, que aprueba Plan Integral de Seguridad Escolar

23) Resolución Exenta N° 612, de 2018, de la oficina Nacional de emergencia del Ministerio de Interior y Seguridad Pública.

Desarrollar la Convivencia Escolar es un imperativo para el buen funcionamiento de la institución escolar. Así, se requiere que las comunidades educativas revisen permanentemente sus reglamentos y responder así a las nuevas demandas y requerimientos de la comunidad. En tal sentido, la Política de Convivencia Escolar constituye un instrumento relevante para la formación integral de niños y niñas, el cual es dinámico, por eso se requiere examinar sus énfasis y orientaciones de manera de posicionarla

como una política que oriente y dé cuenta de los procesos de interrelación que se desarrollan en el espacio escolar (MINEDUC,2011)

El presente reglamento interno, el que a su vez contiene las normas de convivencia escolar, tal como señala la Ley Nº 20.536, busca que nuestra Convivencia Escolar sea “la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los Párvulos”. Lo anterior, adquiere un sentido mucho más pro- fundo aun, cuando profesamos ser un Jardín católico. Esto, porque comprendemos que es en la comunidad, en donde se manifiesta el amor de Dios y nos proponemos como tarea diaria el reconocer su presencia allí en donde “dos o más se reúnen en su nombre”.

Es en la comunidad educativa donde se desarrollan los aprendizajes y hacemos vida lo que indica nuestro Proyecto Educativo: Educar, Evangelizar y Servir. Ninguno de los integrantes se educa solo, se auto evangeliza y sirve así mismo, muy por el contrario, es en y con los demás cuando este trinomio adquiere su mayor riqueza.

3) Objetivos.

De lo anterior se desprende que cada miembro de la comunidad educativa: Párvulos, Educadoras, asistentes de la educación, directivos, padres y apoderados están llamados a crear el mejor clima escolar que permita el adecuado desarrollo del pensamiento (Educar), el crecimiento en la fe (Evangelizar) y el trabajo apostólico (Servir). Cada uno de nosotros tiene roles y tareas específicas, que en el presente reglamento se busca orientar y explicitar, a fin de asegurar el compromiso de todos en la consecución y logro de nuestro Proyecto Educativo Institucional. Nuestro quehacer educativo pastoral, se fundamente en tres núcleos: Educar, Evangelizar y Servir. A cada uno de estos núcleos corresponde a su vez algunos principios:

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Educar:

En nuestro Jardín, es el proceso dinámico que tiene como misión hacer fructificar todos los talentos y todas las capacidades de las personas; donde el educando es constructor de sus propios saberes en la búsqueda de su vocación.

Principios:

• Educamos a través de un proceso de aprendizaje enseñanza que permite el desarrollo integral de la persona.

• Educamos en la diversidad, como elemento que nos enriquece a todos.

• Educamos a niños en su relación con Dios, consigo mismo, con los demás y con su entorno.

• Educamos con docentes que son modelo de excelencia humana, católica y profesional.

• Educamos reconociendo a la familia como la primera responsable de la educación de sus hijos.

• Educamos desarrollando un proceso educativo sistemático que propicia aprendizajes significativos.

• Educamos para promover el desarrollo valórico y el crecimiento en la fe en Jesucristo.

Evangelizar:

En nuestro Jardín, es crear las condiciones que propicien el descubrir a Cristo en nuestro interior considerando las cosas cotidianas de la vida para anunciar y dar testimonio de su presencia.

Principios:

• Evangelizamos enriqueciendo el trabajo colaborativo de todos los miembros de la comunidad escolar, conscientes de que esta responsabilidad, es de todos.

• Evangelizamos entregando una formación en la religión Católica, sus principios, valores y doctrina

para desarrollar el encuentro con Jesucristo.

• Evangelizamos mediante el diálogo como miembros de una misma Iglesia.

• Evangelizamos a través de acciones pastorales dirigidas a los distintos miembros de la comunidad escolar.

Servir:

Todo cristiano está llamado a vivir en actitud permanente de servicio, es decir, a ofrecer sus capacidades y conocimientos en bien de los demás, contribuyendo al bienestar de toda la comunidad.

Principios:

• Servir, en nuestro Jardín, conlleva a una acción social planificada que oriente hacia la justicia social.

• Servir, en nuestro Jardín, es informar a la comunidad del quehacer educativo por medio de canales de comunicación expeditos y adecuados.

• Servir, en nuestro Jardín, implica que cada estamento de la comunidad vivencia el servicio a través de un quehacer comprometido con la buena gestión institucional.

• Servir, en nuestro Jardín, involucra saber vivir con los otros a través del conocimiento y respeto de nuestros deberes y derechos.

4) Regulaciones técnico-administrativa sobre la estructura y funcionamiento general del establecimiento.

4.1.- Niveles de enseñanza de cada establecimiento:

El Jardín Infantil “Fabiola”, trabaja con párvulos en los

Niveles y edades:

• Sala Cuna: de 84 días a 2 años.

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• Medio Menor: de 2 a 3 años.

• Medio Mayor: de 3 a 4 años.

• Nivel Transición NT2: 5 años cumplidos a Marzo

4.2.- Horarios de clases y funcionamiento del Jardín

Salas Cunas y niveles Medios

Lunes a Jueves : 08:30 a 17:00 hrs

• Viernes : 08:30 a 16:30 hrs.

Nivel de Transición

Lunes a Jueves : 08:30 a 13:55hrs.

Viernes de : 08:30 a 13:50 hrs.

El segundo viernes de cada mes salida a las 16:00 horas, se realizará sanitación y desinsectación de todas las dependencias del establecimiento para resguardo de la higiene y seguridad de las personas.-

Horarios de salida, sujetos a cambios de acuerdo a necesidades del establecimiento. (Talleres, Consejos u otros)

4.3.- Régimen de jornada escolar

Sala cuna y Jardín Infantil con Jornada escolar

Completa.

4.4.- Organigrama (anexo 6)

4.5.- Roles directivos, asistentes y auxiliares (definidos en reglamento interno de los trabajadores)

4.6.- Suspensión de actividades: El establecimiento educacional puede suspender clases o modificar alguna de las fechas establecidas en el calendario escolar por casos fortuitos o de fuerza mayor (condiciones de infraestructura, cortes de suministros básicos, catástrofes naturales u otra de similar naturaleza). La suspensión de clases puede ocurrir por un día o parte de la jornada.

4.7.- La agenda del colegio será el documento oficial de comunicación entre el Jardín Infantil y Apoderado.

5) Regulaciones referidas al proceso de admisión.

A) En caso del establecimiento que percibe financiamiento estatal.

El Proceso Admisión Escolar se realizará a través de una plataforma en internet, su implementación será gradual comenzando año escolar 2019 con el nivel, NT2 (kínder)

El establecimiento acogiendo la Resolución Exenta N° 3344 del 05-07-2018, donde se describe que, el Decreto 152 del 09 agosto de 2016, que aprueba Reglamento del Proceso de Admisión de los y las estudiantes de establecimientos educacionales que reciben subvención a la educación gratuita o partes del Estado, establece en su artículo 4° que una resolución expedida por el Ministerio de Educación determinará anualmente el calendario de admisión que establecerá las fechas de inicio y término de cada etapa que comprende el proceso de admisión, que será informado y publicado en el sitio WEB del establecimiento, en donde además se encuentra la publicación del Proyecto Educativo Pastoral y los documentos que son parte del Reglamento interno (Plan integral de Seguridad Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar.).

Al momento de la convocatoria, el Jardín informará:

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1) Número de vacantes ofrecidas en cada nivel

2) Criterios generales de admisión y programación del proceso.

3) Plazo de postulación y fecha de entrega de los resultados

4) Requisitos de los postulantes, antecedentes y documentación a presentar.

5) Proyecto Educativo pastoral del Jardín, indicando el sitio WEB donde se encuentra publicado.

6) Toma de conocimiento del Reglamento interno

B) En el caso de Jardín Fabiola. Sala Cuna.

Los párvulos de Sala Cuna y Niveles Medios deberán cumplir con la:

• Presentación del Certificado de Nacimiento del niño o niña

• Presentación certificado de estudio del apoderado si corresponde

• Presentación certificado de trabajo de la madre si corresponde (salas cunas deberán presentar liquidación de sueldo)

• Certificado de Programa de seguridad y oportunidad, Abriendo camino, SENAME si pertenece.

• Fotocopia de carne de Identidad si la madre es menor de edad.

• Para el caso de familias inmigrantes solo deben presentar fotocopias: acta de nacimiento y pasaporte del niño/a.

Llenado de Ficha de inscripción online, con posterioridad deben entregar documentación al jardín infantil.

Los alumnos de NT2 deberán presentar:

• Certificado de Nacimiento del niño o niña

• Carnet de Control Sano.

De acuerdo al Ord. 519 del 31 de julio de 2014, de la Superintendencia de Educación que informa sobre procesos de admisión: en los cuales destaca:

-Art 12: En los procesos de admisión de los establecimientos subvencionados o que reciban aportes regulares del Estado, que posean oferta educativa entre el primer nivel de transición y sexto año de la educación general básica, en ningún caso se podrá considerar en cada uno de estos cursos el rendimiento escolar pasado o potencial del postulante. Asimismo, en dichos procesos no será requisitos la presentación de antecedentes socioeconómicos de la familia del postulante.

-Art 13: Sin perjuicio de lo señalado en el artículo anterior, los procesos de admisión de alumnos deberán ser objetivos y transparentes, asegurando el respeto a la dignidad de los alumnos, alumnas y sus familias, de conformidad con las garantías establecidas en la Constitución y en los tratados suscritos y ratificados por Chile.

6) Regulaciones sobre uso de uniforme, ropa de cambio y de pañales.

Presentación Personal:

El Apoderado debe cuidar presentación personal del párvulo, permanentemente, dentro y fuera del Jardín. El uso completo del uniforme oficial obligatorio durante la jornada de clases y todo el año escolar, desde la ida al Jardín y regreso al hogar y al participar en actividades pastorales, culturales, deportivas, desfiles, visitas solidarias, u otras que impliquen representar al Jardín. Sin perjuicio de lo anterior, el director(a) por razones de excepción y debidamente justificada

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por los padres o apoderados, podrán eximir a los párvulos, del uso total o parcial del uniforme escolar.

El uniforme se puede adquirir en el lugar que más se ajuste al presupuesto familiar, no existe convenio con tiendas o proveedores para la venta, así como no se exigen marcas.

Uniforme:

Niveles Sala Cuna, Niveles Medios:

• Delantal (marcado)

• Muda completa de ropa (marcada)

• Pañales si procede (anexo 5)

Nivel Transición

• Delantal

• Polera Gris

• Buzo

En el caso de asistir el niño/a al jardín infantil con artículos de valor tales como joyas, pulseras, anillos, cadenas, aros, relojes, celulares, tablet, dinero en efectivo entre otros. El establecimiento educacional No se hará responsable de las pérdidas de dichas pertenencias. Por tanto, será de exclusiva responsabilidad del apoderado.

7) Regulaciones referidas al ámbito de la seguridad, la higiene y la salud

7.1.- Plan integral de Seguridad Escolar.

En función de la información de ONEMI y la metodología a utilizar (acceder), así como elementos mínimos. Anexo 1.

7.2.-Estrategia de prevención y protocolo de actuación frente a detección de situaciones de vulneración de derechos de los párvulos. (anexo2)

Cada año en el Plan de Gestión de Convivencia Escolar, incorporará estrategias de información y capacitación tendientes a prevenir situaciones de riesgo de vulneración de derechos en que puedan verse enfrentados los párvulos. El Plan de Gestión deberá identificar los medios necesarios para poder abarcar a los diferentes actores de la comunidad educativa.

En caso de identificar una posible vulneración de derecho se identifican las siguientes redes de apoyo. Se detalla el protocolo a seguir en caso de identificar una posible vulneración de derechos. Como referencia se utilizan los requerimientos mínimos establecidos en circular.

7.3.- Estrategias de prevención y protocolo frente a agresiones sexuales y hechos de connotación sexual que atenten contra la dignidad de los párvulos.

Protocolo de abuso sexual infantil.

A) Definición:

Es la imposición a un niño o niña, basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño. La utilización de la confianza o el afecto o cualquier otra forma de presión” (Barudy, J. 1998. El dolor invisible de la infancia)

Involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño/a, incluyendo, entre otras, las siguientes situaciones:

- Exhibición de sus genitales por parte del abusador/a al niño/a.

- Tocación de genitales del niño/a por parte del abusador/a.

- Incitación por parte del abusador/a la tocación de sus propios genitales.

- Contacto bucogenital entre el abusador/a y el

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niño/a.

- Penetración vaginal o anal, o intento de ella, con sus genitales, con otras partes del cuerpo o con objetos por parte del abusador/a.

- Utilización del niño/a en elaboración de material pornográfico.

- Exposición de material pornográfico a un niño/a.

- Promoción o facilitación de la explotación sexual infantil.

- Obtención de servicios sexuales de parte de un menor de edad a cambio de dinero u otras prestaciones.

B) Consideraciones a tener en cuenta frente al abuso sexual infantil.

- El abuso adquiere diversas formas, en todos los casos se destaca la posición de asimetría de poder y opera la coerción.

- Los niños/as nunca son culpables ni responsables de ser abusados/as, el responsable del abuso es el adulto.

- La erotización de la conducta del niño/a es una consecuencia del abuso, no una causa.

- Los abusos sexuales afectan a niños y niñas, no obstante, el porcentaje de niñas abusadas es mayor.

- Los abusos pueden afectar a niños/as de cualquier edad, siendo estadísticamente más

vulnerables los menores de 12 años.

- Muchas veces el abusador/a cuenta con prestigio social, lo que le otorga credibilidad y

admiración por parte del niño/a.

- El abuso sexual infantil puede ocurrir en espacios familiares, a cualquier hora del día y

enun alto porcentaje por personas conocidas por la víctima y que cuentan con la confianza de la familia.

-Tanto hombre como mujeres pueden cometer este delito.

- Los niños/as mantienen silencio frente al abuso sexual por miedo a las amenazas, por

dependencia afectiva, porque piensa que no les van a creer o porque no saben nombrar

como abuso los actos de los cuales son víctimas.

C) Lo que debe realizar el establecimiento educativo.

- Se debe dar inmediata credibilidad cuando el niño/a relata que es víctima de una situación de abuso o maltrato. Es preferible actuar frente a la sospecha antes que no realizar acciones y convertirse en cómplice de una vulneración de derechos.

- Se debe acoger y escuchar al niño/a o adolescente, haciendo sentir seguro y protegido.

- Se debe aplicar de manera inmediata el presente protocolo y lo contenido en el Reglamento de Convivencia Escolar.

- Se debe resguardar la intimidad e identidad del niño/a en todo momento, sin exponer su experiencia frente al resto de la comunidad educativa.

- Se debe derivar a las instituciones y organismos especializados.

- Se le debe aclarar al niño/a que no es culpable o responsable de la situación que lo afecta.

- Se debe promover la prevención y el autocuidado, propiciar la comunicación permanente con los padres, madres y apoderados y favorecer la confianza y acogida a los niños/as para pedir ayuda.

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- Se debe asegurar de que el hecho sea denunciado. Toda persona adulta que tome

conocimiento de una situación de vulneración de derechos tiene una responsabilidad ética

frente a la protección del niño/a, por lo que debe asegurarse de que efectivamente se

adoptaron medidas para protegerlo/a y detener la situación de abuso.

- No se debe actuar de forma precipitada ni improvisada.

- No se debe interrogar al niño/a.

- No se deben minimizar ni ignorar las situaciones de maltrato y abuso.

Cada año en el Plan de Gestión de Convivencia Escolar, incorporará estrategias de información y capacitación tendientes a prevenir hechos de connotación sexual y agresiones dentro del contexto educativo. El Plan de Gestión deberá identificar los medios necesarios para poder abarcar a los diferentes actores de la comunidad educativa.

En caso de identificar una posible agresión, se identifican las siguientes redes de apoyo de acuerdo a protocolo respectivo.

D) Protocolo Anexo 3

1 Detección de situación (ficha N°0)

2 Evaluación preliminar (ficha N°1)

3 Denuncia en carabineros, PDI o ministerio público (fichaN°2) si corresponde

4 Adopción de medidas de urgencia

5 Programa de intervención

7.4.- Protocolo de accidente escolar (Anexo N°4)

A) Definición:

Se entiende por accidente toda lesión que un estudiante sufra a causa o con ocasión de sus estudios, o de la realización de su práctica profesional o educacional, y que le produzca incapacidad o muerte.

B) No es accidente escolar:

Es importante indicar que en caso de comprobarse la participación y responsabilidad de un tercero en la lesión ésta no revestirá para efectos del seguro escolar el carácter de accidente escolar.

C) Seguro Escolar:

El seguro escolar es un beneficio que protege al estudiante que sufre un accidente o lesión a causa o con ocasión de sus estudios o durante la realización de su práctica profesional. Los estudiantes también quedan protegidos durante el trayecto entre su domicilio y el recinto educacional o el lugar donde realizan su práctica.

¿A quiénes protege?

A todos los alumnos regulares pertenecientes a establecimientos reconocidos por el Estado, de cualquier nivel de Enseñanza.

¿Duración de los beneficios?

Hasta la entera recuperación o mientras subsistan los síntomas de las secuelas producidas por el accidente.

¿Quién entrega las prestaciones médicas?

Las postas u hospitales del Servicio de Salud, en forma gratuita. Si el estudiante se atiende, por cualquier razón, en un establecimiento privado, regirán las condiciones de su plan de salud particular.

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7.5.- Medidas orientadas a garantizar la higiene del establecimiento educacional.

En este ámbito, el reglamento considera los lineamientos que se encuentran establecidos en el Reglamento de Orden Higiene y Seguridad, en relación con el aseo, desinfección, entre otras medidas que garantizan un establecimiento en óptimas condiciones de funcionamiento.

El jardín Fabiola debe incorporar las consideraciones de sala cuna

A) Medidas de higiene del personal que atiende a los párvulos, con especial én-fasis en el lavado de mano.

Materiales: jabón liquido, escobilla de uñas individual identificadas para cada funcionario, toallas desechables.

Procedimientos:

Sacarse joyas (anillos, argollas, relojes, pulseras)

Mojarse las manos y antebrazos

Proporcionar el jabón líquido

Jabonarse ante brazos y manos comprendiendo los espacios entre los dedos. Efectuar un lavado vigoroso con abundante espuma, restregando palmas y palmas con dorso. Utilizar escobillas de uñas, a objeto de eliminar sustancias orgánicas. De preferencia emplear agua tibia.

Enjuagar cuidadosamente bajo el chorro de agua.

Secar con toalla de papel desechable.

Después de efectuar el lavado no tocar las superficie del baño, a menos que sea con el papel desechable que se empleó en el secado de las manos evitando el contacto directo.

Frecuencia:

Después de llegar al establecimiento y ponerse el uniforme.

Después de ir a apoyar a los niños en el baño

Después de tener contacto con dinero o cualquier objeto sucio.

Después de toser o estornudar

Antes de las horas de ingesta de alimentos

Después de mudar

Después de tener contacto de secreciones corporales (saliva, vómitos, etc)

B) consideraciones sobre higiene al mo-mento de la muda y uso de los baños.

(Ver anexo 5 protocolo de mudas)

C) consideraciones sobre higiene en el mo-mento de la alimentación

La dirección del establecimiento será responsable de que todas las personas que manipulen alimentos, reciban una instrucción adecuada y continua en materia de manipulación higiénica de los mismos e higiene personal. Cualquier persona que trabaje a cualquier título y, aunque sea ocasionalmente, en un establecimiento donde se elaboren, almacenen, envasen, distribuyan o expendan alimentos, deberá mantener un estado de salud que garantice que no representa riesgo de contaminación de los alimentos que manipule

En el caso de las Manipuladoras de alimentos se deben regir por los manuales de operaciones y preparaciones. POE – POES. (Programa operacional estandarizado – programa operacional estandarizado de sanitización, higiene.) Lo cual debe ser supervisado por encargada de cocina del establecimiento.

Artículo 55: El personal que manipula alimentos

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deberá lavarse y cepillarse siempre las manos antes de iniciar el trabajo, inmediatamente después de haber hecho uso de los servicios higiénicos, después de manipular material contaminado y todas las veces que sea necesario.

Procedimiento de Alimentación.

• Organizar el espacio físico, verificando la iluminación, la ventilación y la temperatura, de acuerdo a las normas higiénicas y de seguridad. (manteles, servilletas)

• Preparar la presentación e higiene de los niños y niñas, antes de la realización de la actividad. Lavado de manos, pecheras y delantales según el nivel de atención.

• Informar a los niños y las niñas en relación al menú, en el caso de los niños y las niñas menores de 3 años, igualmente se les participa acerca del menú a servir, utilizando gestos y palabras que denoten gusto por los alimentos.

• Alimentar o apoyar la alimentación de la niña o el niño, propiciando la autonomía progresiva. Generar un ambiente afectivo y tranquilo, estableciendo interacciones positivas orientadas al desarrollo de un vínculo de apego seguro y considerando su propio ritmo y volumen de ingesta.

• Cuidar y corregir su posición postural del niño y la niña, de acuerdo a principios ergonométricos, de autocuidado y a las normas de seguridad y prevención de riesgos.

• Motivar al momento del reposo de los alimentos ingeridos según las características de cada nivel. (canciones, gestos, caminar, exploración libre).

• Ordenar y limpiar el espacio físico en colaboración con los niños y las niñas, de acuerdo a su nivel de autonomía y participación.

• Realizar procedimientos de higiene en los niños y niñas: Lavado de dientes, cara y manos, control

de esfínter si el niño y la niña lo desea.

D) Medidas que contemplan el orden, higiene, desinfección y ventilación de los distintos recintos del establecimiento.

El establecimiento educacional cuenta con un programa de sanitización de carácter mensual en todo los espacios físicos del jardín, bajo la supervición de una empresa especializada en control de plagas, desinfección. De acuerdo a los lineamientos de las instituciones gubernamentales.

Con respeto al orden, higiene y ventilación de aplica una rutina diaria en cada aula y baños del jardín infantil, de acuerdo a la planificación anual del establecimiento.

• El Jardín Infantil será sanitizado, desratizado 1 vez al mes. De acuerdo a planificación anual con empresa Truly-Noleen, empresa que determino el departamento de Adquisiciones de la institución.

• Se coordina con la Unidad de Servicios Generales la limpieza de los alrededores correspondiente a la Municipalidad de Concepción, cuando se requiere limpieza exterior. (Aceras y Calle).

• Se solicita a Fundación, mantención de áreas limpias de maleza, al exterior de cercos perimetrales del establecimiento

• El Equipo de Auxiliares de Servicio del Jardín deberán ejecutar todas las acciones necesarias para mantener el recinto en condiciones higiénicas óptimas, en todas las dependencias de este. (Baños, patios internos y externos, salones u otros.

• Se evaluará anualmente el estado de la infraestructura del espacio físico interno y externo a cargo de la Rectora encargada de Fiscalizar e Inspeccionar Infraestructura junto a coordinadora de Seguridad y Prevención del Jardín Infantil.

7.6.- medidas orientadas a resguardar la salud en el establecimiento.

Reglamento Interno de Convivencia Escolar y Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar 2019

A) la promoción de acciones preventivas: el jardín infantil se adhiere a todas las campañas masivas de acuerdo al Min-isterio de salud, en el cual la encargada de gestionar con los centros de salud respectivos es la Asistente social del es-tablecimiento.

B) Acciones frente al indicio u ocurrencia de enfermedades de alto contagio: informar a las autoridades competentes y esperar instrucciones de actuación (Servicio de salud y Ministerio de educación)

C) Procedimiento para suministro de me-dicamentos a niños y niñas por parte del personal del establecimiento. Los tratamientos médicos deberán ser in-formados mediante la presentación del Certificado Médico y debe ser realizados por los padres y/o apoderado en casa (Ninguna funcionaria del Jardín puede administrar medicamentos).

D) El procedimiento para el traslado de los párvulos a un centro de salud.

Si el niño o niña sufre un accidente durante la jornada de actividades, el apoderado deberá concurrir de inmediato al llamado de las educadoras y será derivado al Centro Asistencial (Hospital), donde será atendido y cubierto por el Seguro escolar. (De acuerdo a Protocolo existente).

8) Regulaciones referidas a la gestión pedagógica

8.1.- Regulaciones técnico pedagógicos.

El consejo TÉCNICO PEDAGÓGICO tendrá carácter no resolutivo en materias relacionadas con planificación curricular, evaluación del aprendizaje, supervisión pedagógica y coordinación de perfeccionamiento de los docentes y asistentes, entre otras.

8.2.- Regulación sobre evaluación y promoción

Evaluación y promoción

1.- 1.- Los niveles de Salas cunas y niveles medios son evaluados anualmente a través de tres tipos de evaluación:

1. Evaluación Inicial (Permite orientar la enseñanza, ajustar las planificaciones y las estrategias.

2. Evaluación formativa (Ocurre mientras se desarrolla el proceso de aprendizaje, permite visualizar los principales logros y dificultades del párvulo.

3. Evaluación final o sumativa (Permite verificar el logro de los objetivos de aprendizaje, posibilita contar con información valiosa acerca de lo que son, saben, conocen, y hacen los párvulos).

La evaluación se realiza continua y sistemáticamente durante el proceso educativo, seleccionando procedimientos e instrumentos de recolección de evidencias en coherencia con el núcleo y objetivos de aprendizaje intencionados y con la situación de evaluación, a través de Escalas de apreciación, registros de observación, informe al hogar u otros. Lo cual permitirá construir una conclusión evaluativa acerca del desempeño del párvulo a su vez tomar decisiones pedagógicas respecto de cómo apoyar mejor los aprendizajes de las niños y niños.

(Los objetivos de aprendizaje se seleccionan en cada nivel de atención de acuerdo a las bases curriculares educación Parvularia 2018.)

2.- Se promueve la Inclusión basándonos en la Ley N° 20.422, brindando igualdad de oportunidades en niños y niñas con capacidades diferentes, otorgando materiales y mobiliarios adecuados para

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lograr un desarrollo integral de sus aprendizajes. Contamos con el apoyo desde JUNJI con educadora diferencial.

3.-La Información de los procesos de evaluación se darán a conocer a los padres y apoderados de cada niño o niña a través de:

a. Trayectoria de aprendizaje de los niños y niñas – Informe al hogar.

b. Informe de avance de los aprendizajes en reuniones de apoderados.

c. Entrevista de retroalimentación con la familia con fines pedagógicos durante el año pedagógico.

4.- Los alumnos del Nivel TRANSICIÓN II serán evaluados a través de 3 evaluaciones anuales (Inicial, formativa, sumativa) según lo plantea la normativa actual para establecimientos que imparten educación parvularia.

5.-Dichas evaluaciones consideraran los aprendizajes contenidos en las Bases Curriculares de la Educación Parvularia 2018.

6.-La evaluación de cada alumno será en forma individual, y contemplara las estrategias metodológicas que consideren apropiadas para el alumno o alumna evaluada, considerando de ese modo la respuesta a la diversidad.

7.-La evaluación para los alumnos pertenecientes al Programa de Integración Escolar, será realizada por los profesionales específicos (fonoaudiólogo, educadora diferencial, pediatray neurólogo en caso que se requiera, según lo contemplado el decreto 170.)

8.-La información de los procesos de evaluación se darán a conocer a los padres y apoderados de cada alumno y nivel a través de:

a.- Informe al Hogar al término de cada semestre

b.- Reporte de avance a través de Reuniones de Apoderados y entrevistas personales durante el año pedagógico.

c.- Informe Individual en reunión y/o entrevista personal para los apoderados de alumnos pertenecientes al Programa de Integración Escolar al término de cada trimestre.

9.- Los párvulos deberán asistir diariamente al Jardín Infantil Fabiola, en caso contrario deberán justificar su inasistencia. Se realizara un seguimiento a través de:

a.- Llamar por teléfono al apoderado.

b.- Visita domiciliara.

c.- Registro de seguimiento a través del libro de clases y ficha de cada párvulo.

10.- La Promoción se realizara en forma automática desde los Niveles Sala Cuna, Medios y Transición. Los cuales se conformaran en sub niveles de atención.

a.- Las características que se consideraran para la configuración de los subniveles será la edad cronológica.

b.- Los periodos regulares en que se conformaran los grupos de niños serán anualmente. Considerando subniveles. (Sala cuna menor – sala cuna mayor –

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medio menor- medio mayor – transición II).

8.3.- Regulaciones sobre salidas pedagógicas.

Las salidas pedagógicas son todas aquellas actividades que impliquen la salida de los párvulos fuera del establecimiento, dentro o fuera de la comuna.

Debe ser una experiencia educativa planificada oportunamente que desarrolle aprendizajes en los niños y niñas.

Al planificar salidas pedagógicas junto a los niños y niñas se debe considerar los siguientes aspectos:

• Entrega de circular informativa de salida pedagógica a las familias, con anexo de firma del apoderado autorizando la participación del niño o niña a la actividad. Con 2 semanas de anticipación.

• Deben ser siempre en un bus contratado para la ocasión y que cumpla con los requerimientos para el transporte de personas, con sus revisiones y autorizaciones al día. (Debe salir del establecimiento y regresar al mismo)

• La contratación del transporte debe realizarla rectoría, preocupándose que cumpla con todas las normas.

• Se debe realizar una planificación detallada de la salida pedagógica considerando:

- Grupo de adultos que participarán en la actividad (Educadoras, técnicos, pa-dres, madres, apoderados que acom-pañen) resguardando la seguridad de los niños y niñas.

- Señalar lugar – horarios – locomoción –señalización – límites claros – condi-ciones – distancia del lugar – facilidad para el control y supervisión de los párvulos. Condiciones riesgosas (Ani-

males peligrosos, fuentes de agua sin protección, aglomeraciones de perso-nas).

- Organización de las responsabilidades de los adultos.

- Finalización: Que se adoptara con posterioridad a la realización., mencio-nando que se efectuara al regresar al establecimiento (Seguridad, higiene, actividad pedagógica, etc.)

- • Entrega de ruta a rectora y/o sostene-dor.

- • Entrega de identificación (Nombre y número de teléfono., nombre del estab-lecimiento, dirección)

- • Debe confeccionarse un listado con la nómina de los párvulos que salen la cual debe coincidir con las autor-izaciones enviadas desde el hogar.

- • Ningún alumno puede salir sin haber sido debidamente señalado en el regis-tro de asistencia.

- • Se debe portar un registro de númer-os telefónicos de emergencia, de la fa-milia de cada párvulo y de los celulares de estos.

- • Los párvulos deberán atenerse a las normas de convivencia escolar de la misma forma como lo hacen durante la jornada de clases.

- • Debe darse a conocer a secretaria la hora de salida y retorno al jardín infantil.

- • Todos deben portar credenciales; per-sonal, padres, madres y/o apoderados, niños y niñas.

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- • En caso de que un niño o niña no pre-sente la autorización del padre, madre y/o apoderado, no puede salir del es-tablecimiento quedando al cuidado de técnico (s) en educación parvularia, la cual será designada por rectoría de ac-uerdo a la cantidad de niños y niñas sin autorización.

- • En caso de accidente de un párvulo durante la visita pedagógica las profe-sionales responsables se deben regir por el protocolo de accidentes respecti-vo del establecimiento.

Las actividades deben ser informadas con al menos 15 días de anticipación a sostenedor, JUNJI y MINEDUC, a través de una carta ad-juntando autorizaciones de los párvulos según corresponda por nivel de atención.

9) Normas de permanencia en el Jardín

Deberes y derechos de los Párvulos.

Nuestro Establecimiento pretende crear un clima propicio para el aprendizaje que facilite el desarrollo de las aptitudes, competencias, habilidades e intereses como también la adquisición de actitudes y valores. Propendemos a lograr el desarrollo integral de la persona para que actúe en forma plena y libre, manteniendo el respeto por los derechos de los demás.

9.1.- Derechos.

Los párvulos tienen derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral; a no ser discriminados arbitrariamente; a estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y a que se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos, a participar en la vida pastoral, cultural, deportiva y recreativa del jardín y a asociarse entre ellos en

beneficio de la comunidad.

Asimismo, tienen derecho a:

1) Participar en momentos de Oración y celebración de la Fe.

2) Usar los servicios y espacios educativos del Establecimiento, según los requisitos que este determine.

3) Ser escuchado por cualquier instancia del Jardín, dentro de un marco de respeto.

4) Recibir una educación de calidad.

5) Ser tratado de igual forma que sus pares, respetando sus diferencias individuales.

6) Solicitar que se cumplan las disposiciones establecidas en el presente Reglamento Interno.

9.2.- Deberes.

Los párvulos solo tienen derechos, de acuerdo a la convención de los derechos de los niños y las niñas. Por tanto, los padres deben asumir los deberes.

9.3.- Derechos y deberes del Jardín.

Derechos.

1) Exigir a los padres el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el reglamento interno del Jardín.

2) Realizar reuniones y entrevistas con los padres y/o apoderados.

3) Suspender clases y/o cambiar actividades, con previo aviso a la familia a través de circular interna emanada de rectoría y autorización respectiva al estamento superior.

Deberes.

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1) Desarrollar al máximo las potencialidades de nuestros párvulos. En colaboración con la familia, buscamos una formación integral basada en los valores del evangelio de Jesucristo, con la capacidad de servir y de transformar a nuestra sociedad en una más justa, humana y solidaria, en un régimen de característica semestral.

2) Adscribirnos a las bases curriculares del Estado de Chile, donde se establecen los contenidos mínimos a trabajar y los objetivos de aprendizaje a lograr, desde el nivel de sala cuna a kínder, buscando de forma sistemática y permanente la excelencia en el aprendizaje.

3) Entregar una formación, que desarrolla las capacidades y valores de los párvulos, aspiramos a ser reconocidos como referentes de una educación católica de calidad que contribuye a la sociedad con personas que hacen síntesis de fe, cultura y vida.

4) Brindar apoyo pedagógico a nuestros párvulos y derivar a especialistas internos y/o externos cuando se pesquisen dificultades de aprendizaje y conductuales de relevancia, según Informe del equipo multidisciplinario o sicosocial del jardín.

5) En caso de accidente de un alumno(a), cumplir con el protocolo interno y las disposiciones establecidas por la ley en lo referente a accidentes escolares.

6) Entregar la información que el apoderado requiera de su hijo(a).

7) Atender adecuadamente las inquietudes de los apoderados.

8) Disponer de un plan de prevención y seguridad escolar y socializarlo con toda la comunidad educativa.

9) Mantener permanente comunicación con el hogar a través de la Agenda Escolar, las entrevistas, reuniones de microcentros, página web, correo

electrónico (cuando lo amerite), circulares y comunicaciones, las cuales deberán ser firmadas por la familia acusando recibo de las mismas.

10) El Establecimiento dará orientación a los apoderados en cuestiones pedagógicas/pastorales generales o específicas de cada materia, así como permitirá la consulta de lineamientos y disposiciones, a través de un calendario de reuniones con las educadoras o con profesionales encargado del área requerida.

9.4.- Derechos y deberes de los apoderados.

Los Padres en la formación de sus hijos, se transforman en los principales responsables de la labor formativa en que el Jardín les colabora. Ellos están obligados a prestar una constante atención a todo lo relacionado con la vida escolar de su hijo/a.

Los padres son los primeros educadores de sus hijos siendo su responsabilidad la formación de valores, de la fe, de hábitos y responsabilidad escolar en coherencia con el Proyecto Educativo-Pastoral Institucional del Jardín.

Derechos.

Los apoderados tienen el derecho de:

1) Solicitar una educación de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Educativo- Pastoral Institucional.

2) Manifestar, a quien corresponda (Conducto regular), cualquier situación o problema que atañe directamente a su hijo /hija.

3) Participar de las actividades educativas y pastorales a las cuales el Establecimiento le convoque en su calidad de apoderado.

4) Solicitar entrevistas en el horario que el Establecimiento ha destinado para ello, el que será comunicado en la primera reunión de apoderados del año académico.

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5) Efectuar la renovación de matrícula dentro de los plazos establecidos.

6) Ser informados acerca de los principios, normativas y reglamentos que regulan la vida escolar, tales como el de Manual de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar.

7) A recibir un trato digno y respetuoso, o en su defecto, presentar sus inquietudes por escrito, respetando el conducto regular.

8) A participar en organizaciones de Directiva de curso o Centro de Padres acorde a normativa y requerimiento establecidos por los mismos

Deberes.

En relación a los párvulos, los apoderados tienen el deber de:

1) Educar y formar a sus hijos e hijas.

2) Cautelar que su hijo/a comprenda, respete y cumpla con las obligaciones y deberes que le impone especialmente este Manual de Convivencia.

3) Inculcar y desarrollar normas y valores acordes al Proyecto Educativo Pastoral.

4) Velar por la asistencia de su hijo a clases y a cualquier otra actividad que el Establecimiento convoque.

5) Evaluar el desarrollo integral y el proceso escolar, del párvulo a través del esfuerzo y compromiso de los estudiantes, cautelando el resultado de sus evaluaciones y fortaleciendo la seguridad en sí mismo.

6) Orientar y apoyar el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades, de su hijo/a, estimulándole una actitud autónoma en la realización de tareas y trabajos.

7) Aplicar medidas justas, motivadoras y oportunas

a su hijo/a, con la finalidad de obtener un mejor desempeño de él.

8) Identificar y aceptar las capacidades y limitaciones de su hijo/a, favoreciendo el reconocimiento de su propia identidad.

9) Cuidar que sus hijos/as den un trato correcto a las instalaciones, equipos y, en general, a los recursos del Establecimiento.

10) Revisar diariamente la Agenda Escolar, firmando las comunicaciones o citaciones que realice el Jardín, tomando conocimiento de tareas, deberes y evaluaciones que deba cumplir su hijo/a.

11) Recoger a sus hijos/as a más tardar dentro de la media hora inmediatamente siguiente al término de la Jornada Escolar o de las actividades que son organizadas por el Establecimiento y previamente informadas a los apoderados.

12) Proceder al retiro de su hijo/a de la jornada de clases, cuando estos se encuentren Enfermos, a solicitud del Establecimiento.

13) Justificar personalmente toda inasistencia a clases de su hijo/a presentando Certificado médico (dentro de las 48 horas) cuando corresponda.

14) Firmar las autorizaciones solicitadas para actividades que se realizarán fuera del establecimiento, porque el párvulo no puede salir sin la autorización del apoderado.

En relación con el colegio, los apoderados tienen el deber de:

1) Conocer, participar y apoyar el Proyecto Educativo Pastoral con su reglamentación interna.

2) Mantener un trato respetuoso en su relación con las Educadoras, Asistentes de la Educación, párvulos y otros Apoderados.

3) Apoyar al Establecimiento para el logro del proceso y objetivos educativos, brindando su

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colaboración a la comunidad educativa.

4) Aceptar y valorar las indicaciones del Establecimiento, así como adoptar las medidas correspondientes que vayan en beneficio de la mejora de los aprendizajes y aspectos conductuales.

5)Abstenerse de intervenir en aspectos técnico-pedagógicos o administrativos, los que son de exclusiva responsabilidad del jardín.

6) Confiar en la idoneidad profesional del personal docente del Jardín, y asumir que la labor de ellos es fundamental en la formación de su hijo e hija.

7) Cooperar con la educadora en el proceso educativo de su hijo(a), porque está consciente que el establecimiento y el hogar deben actuar en conjunto para concretar el Proyecto Educativo Pastoral cual voluntariamente se adhiere.

8) Mantenerse permanentemente informado de la conducta, del proceso aprendizaje - enseñanza y educativo - pastoral de sus pupilos, partiendo de la premisa de que los apoderados forman parte de este y no deben estar ajenos a él.

9) Respetar el conducto regular cada vez que requiera comunicarse con el jardín.

10) Verificar periódicamente y en forma personal, la marcha del proceso educativo de su hijo(a), canalizando objetiva y responsablemente sus inquietudes a través de la educadora, quien derivará a su vez a las instancias pertinentes.

11) Acoger con prontitud las indicaciones del Jardín referentes a la necesidad de evaluaciones de profesionales externos (Psicólogo, educadora diferencial, Fonoaudiólogo, etc.) presentando los informes de atención en los plazos consignados en entrevista. Entregar dicha información al Establecimiento para apoyar el trabajo con los párvulos.

12) Asistir a las reuniones fijadas por el

Establecimiento, así como a las entrevistas personales cuando sea citado.

13) Firmar las actas de entrevistas de apoderado en las que se registra fecha, temática tratada, acuerdos, compromisos.

14) Las inasistencias deben ser justificadas por el apoderado presencialmente dentro de las 48 horas ocurridas la inasistencia.

15) Justificar previamente vía Agenda Escolar las inasistencias a las reuniones de curso.

16) Cancelar el costo de las reparaciones o adquisiciones de elementos que el jardín haya realizado debido a destrozos intencionales o que (por descuido realice su hijo/a.)

17) Responsabilizarse por las opiniones que emitan respecto a problemas institucionales y del Personal vinculado al Jardín y que provoquen un perjuicio a su imagen privada, pública y/o a su prestigio. El Jardín o la persona podrán seguir las acciones legales que la ley establece con el objeto de reparar el mal causado.

18) Mantener actualizados los datos personales del apoderado y párvulos, referidos a: números telefónicos (fijos y móviles), dirección particular, correo electrónico y otros. Cualquier modificación al respecto, debe hacerla el apoderado a la brevedad posible.

19) El ingreso de apoderados al Jardín Infantil es sólo a aquellos espacios delimitados.

9.5.-Derechos y deberes del personal:

El personal tiene el derecho a:

a) Contar con materiales e implementos necesarios para impartir adecuadamente sus clases.

b) Un trato respetuoso por parte de los alumnos, apoderados, pares y superiores.

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c) Solicitar las dependencias del jardín a quien corresponda. La persona encargada resolverá la aceptación o denegación de la petición.

d) Solicitar el cumplimiento fiel de todos sus derechos contractuales y los establecidos por la ley.

e) A participar en instancias de organización, acorde a normativa y requerimiento del funcionamiento del establecimiento.

El personal tiene el deber de:

a) Entregar una educación de acuerdo a lo establecido en el Proyecto Educativo Institucional Pastoral.

b) Utilizar un vocabulario y actitudes adecuadas a la edad y etapa evolutiva de los alumnos, favoreciendo con ello el crecimiento y desarrollo personal de cada párvulo.

c) Promover una actitud participativa y de colaboración que favorezca el auto-aprendizaje y la labor cooperativa entre el alumnado.

d) Respetar y cumplir las disposiciones del jardín.

e) Dar a conocer a sus párvulos las disposiciones especiales del subsector que imparte.

f) Propiciar vías de comunicación efectivas con apoderados y alumnos, de tal forma de subsanar situaciones conflictivas y estimular las conductas positivas.

g) Citar a entrevistas al párvulo y apoderados, cuando sea pertinente.

h) Favorecer un clima de aprendizaje armónico y afectivo.

i) Hacer correcto uso de la información que atañe al buen funcionamiento del Jardín.

j) Atender a los apoderados, según entrevista

acordada.

k) Derivar oportunamente al párvulo a las instancias pertinentes del Jardín.

l) Mantener una comunicación fluida, respetuosa y afectiva entre sus pares.

m) Llamar la atención verbalmente al párvulo que incurra en una falta. Si éste reincide, registrar la observación en la hoja de vida del libro de clases o ficha del párvulo.

n) Estimular, según la escala de estímulos definida en este reglamento, todas aquellas conductas que lo ameriten.

9.6.- Asistencia e inasistencia

Asistencia y Puntualidad

La Asistencia al Jardín es Obligatoria, conforme a la normativa del Mineduc, en el caso niveles de Transición, siendo este, el porcentaje de asistencia exigido del 85% y conforme a la programación del Jardín, para los niveles de S. Cuna y Niveles Medios Menores y Mayores. Por lo que, toda inasistencia debe ser justificada por el apoderado con el equipo de sala, (cabe señalar, que el certificado solo certifica la inasistencia, no la elimina).

La asistencia a actividades programadas por el Jardín Infantil, entendiéndose estas por veladas, eventos culturales, pastorales, actividades extra programáticas u otras. Son de carácter obligatorio.

La autorización para ausentarse de clases o retirarlos durante la jornada debe ser solicitada por el apoderado personalmente a la educadora o asistentes ya que debe firmar Registro de Salidas.

En el caso que el niño o niña deba ser retirado por una persona distinta o no autorizada, el

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apoderado tendrá que avisar personalmente, por teléfono o escrito, a la Educadora e identificar a la persona que lo retira, No se entregara al párvulo sin previo aviso de lo anterior, aunque el párvulo lo identifique.

No se entregara el párvulo a menores de 14 años.

Dentro de las actividades normales del Jardín, los párvulos realizarán visitas programadas y/o salidas pedagógicas, las que serán avisadas oportunamente, debiendo el apoderado firmar la autorización respectiva de su hijo o hija.

- PUNTUALIDAD.

La Puntualidad es una actitud que se adquiere desde los primeros años de vida, mediante la formación de hábitos en la familia, donde las normas y costumbres establecen horarios para la realización de actividades.

A la vez en la Entrada y Salida, cuidar la puntualidad como aspecto educativo y también velar por el buen funcionamiento interno del jardín, ser respetuoso con el tiempo de los demás. Por lo que se establece en este reglamento interno, lineamientos que deben ser respetados por todos los actores que forman parte de la comunidad educativa Fabiola.

ENTRADA:

a) La entrada al Jardín de los niños y niñas, es a las 8:30 horas, resguardada por dos

funcionarios del jardín, es deber de todos los padres y apoderados llegar a la hora.

b) Desde las 9:30 horas en adelante el in-greso se realizara de acuerdo al proto-colo (Tocar timbre, identificarse y dar a conocer el motivo del atraso, serán aten-didos por la secretaria, que los derivará a sus salas)

c) Los ingresos por atrasos y fuera de horario, deberán ser informados por los padres y/o apoderados, a las educado-ras que corresponda a su nivel, dando a conocer el motivo de este.

d) El ingreso de padres y/o apoderados será solo para dejar a su hijo e hija, no deben deambular por pasillos, ni a las salas a menos que exista un motivo y previa autorización.

e) Al ingresar alguna persona extraña o en calidad de visita, será registrada por la secretaria en el registro de visitas, dis-ponible en esa oficina.

SALIDA:

a) La salida de niños y niñas, será en el horario estable-cido.

b) La salida de los párvulos será res-guardada en la puerta, por dos fun-cionarios del Jardín y apoyo de sec-retaria, que velará por la seguridad del retiro de niños y niñas.

c) El retiro de los párvulos será efectu-

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10) Reconocimiento a los alumnos por rendimiento académico y conductas que fortalecen la convivencia escolar.

Nuestro Establecimiento desea incentivar el esfuerzo y la contribución de sus párvulos en la construcción de una convivencia escolar basada en los valores de nuestro Proyecto Educativo. El reconocimiento personal de una sana convivencia y/o a la contribución del fortalecimiento de las relaciones humanas en la comunidad, nivel o Jardín, se realizará a través de las siguientes modalidades:

Distinciones generales:

a) Felicitación verbal pública o privada al párvulo.

b) Felicitación de la conducta destacada en la Hoja de Vida del Libro de Clases.

c) Reconocimiento público del comportamiento destacado entre sus pares.

d) Entrega de Estímulos y/o Diplomas y/o Publicar en un cuadro de honor al párvulo destacado/a.

e) Reconocimiento de sus logros en el Informe de Desarrollo Personal y Social enviado al hogar.

f) Reconocimiento en Ceremonias de Premiación a nivel de curso, Ciclo u otros actos.

Tipos de distinciones especiales:

Premiación Semestral y Licenciatura

a) Excelencia Académica:

-Mejor alumno del Nivel; párvulos que logren objetivos de aprendizajes.

b) Área de Formación:

- Premio al alumno integral: Los párvulos que mejor manifiesten los Valores que desarrolla nuestro Proyecto Educativo Institucional los cuales se consideran fundamentales en nuestra vida escolar, ellos son: En Educar: Respeto, responsabilidad y Perseverancia - En Evangelizar; Alegría y Coherencia y en Servir Solidaridad y Justicia.

- Premio al Compromiso Pastoral: Los párvulos que den muestra de su compromiso a la Iglesia y al prójimo, reflejado en las acciones pastorales organizadas por el curso y el Jardín.

- Mejor Compañero: Constituye un reconocimiento al párvulo, cuya relación directa con sus pares, tanto en lo personal como en lo académico y pastoral, demuestra siempre respeto empatía y preocupación por ellos y estar dispuesto siempre a la ayuda fraterna.

- Premio a la Perseverancia: Se otorga al párvulo sobresale por su esfuerzo y dedicación a pesar de las dificultades que pudiera manifestar.

tuado solo por sus padres o por las personas autorizadas

d) Los párvulos serán entregados por el personal de sala personalmente a cada padre y/o apoderado.

e) El retiro de su hijo e hija dentro de la

jornada antes de finalizar ésta, debe

ser registrado y firmado en Registro

de Salidas. En caso niveles de Tran-

sición en Secretaría y los otros niveles

en sus respectivas salas.

f) Al estar asistiendo en los Talleres, deben ser retirados a la hora previamente in-formada.

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- Premio a la trayectoria: párvulos que estuvieron una permanencia desde sala cuna a transición 2 en el jardín infantil.

Premio a la Asistencia y puntualidad a clases 100%.

11) REGULACIONES REFERIDAS AL AMBITO DE LA CONVIVENCIA Y BUEN TRATO

11.1.- Composición y funcionamiento del Consejo de Educación Parvularia.

De acuerdo con la Ley Sobre Violencia Escolar, corresponde al Consejo de educación parvularia, promover una buena convivencia y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos. Cualquier hecho que revista peligro a la integridad física, psicológica y moral de alguno de los miembros que integran la comunidad escolar, el denunciante o afectado deberá remitirse en primera instancia a la educadora de aula, Encargado de Convivencia y Asistente Social del establecimiento, donde informará los hechos ocurridos quienes deberán atender, escuchar, cobijar y tratar de solucionar el problema presentado por el denunciante

Asimismo, de acuerdo con lo señalado en la Ley Nº 20.536 sobre Violencia Escolar, en su artículo 1, letra b, el Jardín cuenta con un Encargado de Consejo de Educación Parvularia responsable de la confección de un Plan de Gestión e implementación de las sugerencias, iniciativas y medidas que proponga el Consejo de Educación Parvularia, tendientes a fortalecer y/o promover la convivencia escolar. También su función será recoger la información acerca de la situación de violencia, identificar a los involucrados y aplicar el respectivo Protocolo de Actuación.

El Consejo de educación Parvularia estará integrado por el Encargado de Convivencia, Rectoría, , un representante del sostenedor, Asistente social, del Comité de Seguridad Escolar; asistentes de la educación, personal docente y del Centro de Padres, representante de Pastoral,

El Consejo de educación parvularia será presidido por el Rector/a y sesionará como mínimo (en forma bimensual.) 4 veces y debe, formalizar su constitución dentro de los tres primeros meses del año lectivo.

Dentro de un plazo no superior a 10 días hábiles a partir de la fecha de constitución del Consejo, el sostenedor hará llegar al Departamento Provincial del Ministerio de Educación una copia del acta constitutiva del Consejo de Educación Parvularia, la que deberá indicar:

a) Identificación del establecimiento

b) Fecha y lugar de constitución del Consejo

c) Integración del Consejo Escolar

d) Funciones informativas, consultivas y otras que hayan quedado establecidas

e) Su organización, atribuciones, funcionamiento y periodicidad. Cualquier cambio en los miembros del Consejo deberá ser informado al Departamento Provincial del Ministerio de Educación para la actualización del acta respectiva.

Las atribuciones del Consejo de Educación Parvularia son de carácter propositivo, especialmente en el ámbito de la prevención. Estos temas sólo están relacionados con la convivencia escolar. Este Consejo no es resolutivo ni tiene atribuciones sobre materias técnico - pedagógicas, las que son responsabilidad de la Coordinación Académica, Consejo Directivo o de Gestión.

El Consejo de Educación Parvularia tendrá, como principales atribuciones:

a) Proponer medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

b) Cautelar la actualización anual del Reglamento Interno.

c) Monitorear el cumplimiento del Plan de (Ac-

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Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento de Convivencia Escolar será resuelta en última instancia por el Rector, asesorado por el Consejo Directivo.

El Consejo será informado, a lo menos, de las siguientes materias, en las oportunidades y con los requisitos que a continuación se señalan:

a) Los logros de aprendizaje de los párvulos. El Director del establecimiento deberá informar, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar y/o mediciones de la calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento

b) Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación. Esta información será comunicada por el Director en la primera sesión del Consejo luego de realizada la visita;

c) Del informe de ingresos efectivamente percibidos y de los gastos efectuados. Esta información la entregará el sostenedor, cada cuatro meses, debiendo especificar detalle de cuentas o ítem.

11.2.- Encargado de Convivencia Escolar.

Es el profesional de la educación que es responsable de implementar las medidas que determina el Consejo de educación parvularia, según corresponda, y las cuales deberán estar

consideradas en el Plan de Gestión de Convivencia Escolar (Circular Superintendencia 20/06, 2018).

En marzo de cada año el establecimiento, deberá designar al encargado de convivencia escolar, con sus funciones y carga horaria. Para acreditar lo anterior es posible realizar vía: anexo de contrato o nombramiento interno.

11.3.- Regulaciones relativas a la existencia y funcionamiento de instancias de participación y los mecanismos de coordinación entre estas y establecimientos.

El establecimiento reconoce y propicia expresamente el resguardo del derecho de asociación de los párvulos, padres y apoderados, personal docente y asistentes de la educación, promoviendo la creación de Centros de Padres y Apoderados, Consejo de educadoras, Consejo de educación parvularia y Comité de Seguridad Escolar, garantizando que las instancias de participación se desarrollen adecuadamente, generando espacios para su funcionamiento e impidiendo todo obstáculos al mismo.

El establecimiento se reunirá de manera semestral, con cada uno de los estamentos existentes al interior del Jardín. (Debe definir el rector o por lineamiento de oficina central)

11.4.- Plan de Gestión de Convivencia Escolar.

El Plan de Gestión es el instrumento que contienen las iniciativas del Consejo de educación parvularia o de otras instancias de participación para promover la buena convivencia escolar, el cual debe estar disponible a la comunidad y contemplar la calendarización de actividades, objetivos, lugar, fecha y responsables.

El Plan de gestión debe incorporar de manera obligatoria capacitación a todos los funcionarios del establecimiento, en ámbitos de promoción de la buena convivencia escolar, así como, manejo de

ción) Gestión de Convivencia Escolar.

d) Ser informado del catastro de protocolos ac-tivados

e) Ser informado del cumplimiento (del) de los Plan de intervención.

f) (Evaluar el clima de convivencia escolar: mejo-ra o deterioro.)

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situaciones de conflicto.

11.5.- restricciones en la aplicación de medidas disciplinarias en el nivel de educación parvularia

El nivel de educación parvularia, la alteración de la sana convivencia entre niños y niñas, como a si mismo entre un párvulo y un integrante de la comunidad educativa, no da a lugar a la aplicación de ningún tipo de medida disciplinaria en contra del niño y la niña que presenta dicho comportamiento, por cuanto, este de encuentra en pleno proceso de formación de sus personalidad, de autorregulación y de aprendizaje de las normas que regulan su relación con otro. En esta etapa, es clave el aprendizaje de la resolución pacífica de conflictos, lo que implica aprender a compartir, a jugar y relacionarse con el entorno social y cultural.

11.6.- Descripción de los hechos que constituyen faltas a la buena convivencia, medidas y procedimientos.

ACCIONES FORMATIVAS:

EL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR, es un instrumento orientador, establece un orden, protege la convivencia entre los párvulos y entre toda la Comunidad Educativa promueve valores, asegura un clima adecuado para que el jardín Infantil Fabiola desarrolle su función y logre sus objetivos:

Se trabaja en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, no atentando contra la integridad física, psicológica y moral de todos los integrantes de la comunidad educativa (interna-externa), respetando la diversidad donde no hay ningún tipo de discriminación (credo, raza, impedimento físico, mental etc.) habiendo un trato respetuoso y reciproco entre pares. Apoyándose en el proyecto de valores que se trabaja en el Programa de Educación Parvularia del Jardín Infantil Fabiola.

El Jardín realiza charlas expositivas en las reuniones de Apoderados, dando a conocer acciones preventivas sobre los distintos tipos de maltratos, genero, vida saludable drogas y sus autores.

La Rectoría del Jardín designa funciones y responsabilidades a los trabajadores, siendo estos responsables de su ejecución y reporte, todos los actores están convocados a empoderarse activamente de su rol y gestión, promoviendo una cultura de compromiso y participación de todos los agentes que forman la comunidad educativa del jardín Infantil Fabiola.

Ninguna medida es excesiva a la hora de Prevenir, y de otorgar la seguridad, de mantener una sana convivencia, que nuestros niños y niñas deben tener. Ante la eventualidad de que un hecho se presente, se debe actuar con calma y de acuerdo al Protocolo y procedimientos establecidos.

PROCEDIMIENTOS Y ESTRATEGIAS FORMATIVAS

ANTE FALTAS LEVES Y GRAVES.

¯ CLASIFICACION DE FALTAS LEVES.

1. Perturbar el normal desempeño de las actividades

2. Llevar juguetes o accesorios que interfieran con el adecuado desarrollo de las actividades.

3. Utilizar lenguaje soez.(inadecuado para su edad)

PROCEDIMIENTOS PARA LAS FALTAS LEVES

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1. A la primera falta leve se dialogará con el niño o niña, establecerán acuerdos y compromisos.

2. Si no se observan cambios en el comportamiento del niño o niña, se informará al padre y/o al apoderado para

que dialogue con el niño y haga un acompañamiento que le permita no repetir la falta

3. Registrar en la ficha o libros de vida del párvulo la situación, seguimiento y acompañamiento.

CLASIFICACION DE FALTAS GRAVES:

1.- Daños intencionados a la planta física, material didáctico, muebles y enseres de la sala

2.- Agredir repetitivamente, de forma verbal o física a sus pares, educadoras, tías asistentes, personal en general.

PROCEDIMIENTOS PARA LAS FALTAS GRAVES

1.- A la primera falta grave, se citará al padre y/o apoderado para informarle sobre el comportamiento del niño.

2.- Cuando hay daños físicos y materiales, se analizará si son intencionados, para que se haga la reposición o reparación pertinente, por parte del apoderado.

3.- Ante las agresiones constantes y graves, la educadora iniciará un diálogo reflexivo con el niño y si el comportamiento persiste, seguirá las siguientes estrategias:

• Llamado de atención verbal y escrito en la ficha o libro de vida de parte del observador de la acción.

• Dialogo con el niño o niña, se le explica la situación con pedagogía, serenidad y buenos términos por parte de la educadora.

• Se cita a padre y/o apoderado para informarle la situación y establecer compromisos y posibles estrategias de corrección para el niño o niña.

• Se trabaja la autorregulación y el respeto, además se realiza un trabajo a la par con la familia.

Si es necesario, se remitirá al padre o madre a un psicólogo para una asesoría que le permita orientar y modificar la conducta inadecuada del menor.

DENUNCIAS Y RECLAMOS

a) Rectoría. Educadoras o encargadas de convivencia escolar deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y/o que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros, Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas de conocido el hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

¯ MANEJO DE CONFLICTOS Y CASOS DIFÍCILES:

PROCEDIMIENTO EN SITUACIONES DE CONFLICTO Y CASOS DIFÍCILES.

Los niños y niñas tienen derecho a que se les aplique las garantías del debido proceso en todas las actuaciones en que se encuentren involucrados.

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Es deber del Jardín garantizar el seguimiento del conducto regular para la solución de los conflictos que se presenten, con la participación de los entes de la comunidad educativa, encargados del proceso educativo y Consejo de Educación Parvularia.

Para tal efecto, se requiere que haya una comunicación permanente y respetuosa entre el Jardín, el párvulo y la familia, con el fin de garantizar un adecuado seguimiento y acompañamiento.

En todos los casos deberá llevarse a cabo el siguiente procedimiento:

1.-Cuando surja una conducta que amerite intervención de la institución educativa, se escuchará la versión del hecho, su intencionalidad, lugar y personas implicadas para establecer la verdad de los mismos.

2.-Se acudirá a un diálogo sobre la situación en particular y se procederá a establecer compromisos a través de una asamblea de convivencia con niños y niñas, la cual debe quedar registrada en las observaciones de la planificación de la semana.

3.-En caso de que los párvulos reincidan en la conducta o falta, se procede a citar a los padres y/o apoderados y se les deberá poner al tanto de la situación y acordarán compromisos institucionales y familiares para el mejoramiento de la misma. De este encuentro debe quedar acta firmada por los presentes. A partir de este momento, el seguimiento a los compromisos quedará registrado en la ficha o libro de vida del párvulo.

4.-En el caso de daños materiales o físicos, no deberá esperarse a la reincidencia en la falta y se convocará a la familia para acordar la actividad o conducta a implementarse al niño o niña como consecuencia de su falta, adicionalmente la reposición o reparación pertinente.

5.-Si pese a la implementación de estrategias pedagógicas por parte de la institución y la familia no se observan cambios conductuales, se podrá recomendar el acceso a apoyo Psicopedagógico u otro profesional.

6.-Las actas de entrevista con los padres deben quedar registrada en ficha o libro de vida , deben ser firmadas por ambas partes. Para ello, se deberá dar a conocer la recomendación ante el comité de convivencia, que basado en las pruebas, analizará la pertinencia de este proceso y citará a la familia a mesa de conciliación, la cual está conformada por:

• Rectora.

• Padre y/o apoderado del niño o niña.

• Educadora encargada del niño o niña.

• Asistente social del establecimiento.

• Delegado del comité de convivencia escolar.

En esta instancia se explica las razones de la recomendación y se levanta acta del encuentro con firma de todos los presentes.

Agotado lo anterior, si no se observan cambios en la conducta del niño o niña y si los seguimientos apuntan a la falta de compromiso familiar, la rectoría y el Comité de Convivencia, garantizaran en todo momento un justo procedimiento para aplicar medidas disciplinarias. Que serán de acuerdo a la gravedad de la falta, dado esto se debe llevar a cabo el siguiente procedimiento:

1.- Notificación escrita a la familia, de acuerdo a los testimonios, pruebas de la decisión tomada por la Institución. Esta notificación se hará al padre o madre del párvulo que tenga la calidad de apoderado, ante la Institución educativa.

2.- La indicación de un término (3 días hábiles) durante el cual la familia puede formular por

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escrito sus descargos. Si pasado este tiempo no se recibe comunicado de la familia, se dará por aceptada la decisión de la Institución.

3.- Estudio de descargos y emisión de respuesta final por parte de la rectoría.

4.- El resultado podrá ser apelado por la familia dentro de los 3 días hábiles siguientes a su notificación, mediante comunicación escrita dirigida a la rectora, quien la pondrá en conocimiento del ente superior Sostenedor, quienes en el término de 3 días hábiles emitirá una decisión final.

5.- La presentación de los padres y/o apoderados a las citaciones son de carácter obligatorio, no delegables. Para casos urgentes el padre o apoderado notificará por escrito el inconveniente indicando el día y la hora en que se presentará en la institución sin ser superior a 48 horas hábiles.

6.- Cuando las situaciones sean generalizadas en un grupo, se realizará reunión con todos los padres de familia elaborándose un acta general para tratar el problema, rigiéndose el jardín por el mismo procedimiento.

7.- Conviene señalar, que en cualquiera de las acciones expuestas, se hará el respectivo registro de los hechos por parte de la institución.

• SITUACIONES CON LAS FAMILIAS

La Familia es considerada parte esencial del proceso formativo de los niños y niñas. Ante la falta reiterativa a los deberes familiares consignados en el Reglamento Interno, deberá procederse de la siguiente manera:

1.- Anotación en la ficha del alumno, de las circunstancias sobre el compromiso familiar y recomendaciones para el mejoramiento.

2.- Socialización de hallazgos en la reunión de entrega de informes.

3.- Si la situación persiste, la Educadora procederá a citar extraordinariamente a los padres y en compañía de la Rectora, deberán exponer los motivos del encuentro.

En este espacio deberá otorgarse la oportunidad de escuchar las razones de la familia y se acordarán compromisos para el mejoramiento de la situación. De este encuentro debe quedar acta firmada por los presentes.

4.- De continuar las dificultades, será el comité de convivencia quien convoque a la familia a una mesa de conciliación para realizar el seguimiento a los compromisos.

• SITUACIONES CON EDUCADORAS

Cuando los miembros de la familia consideran que hay dificultades relacionadas directamente con las Educadoras, Asistentes Técnicos, se requiere que se siga el siguiente conducto regular:

1.- Solicitud de entrevista con la Educadora, para exponer la situación y buscar solución. De este encuentro debe quedar acta firmada por las partes.

2.-Solicitud de entrevista con la rectora, para exponer la situación y el manejo del conflicto.

Las acciones desarrolladas en las instancias del Jardín deberán quedar documentadas de manera que sirvan de probatorios en caso de aplicarse un proceso disciplinario, tal y como está consignado en el Manual interno de convivencia escolar del Jardín.

El seguimiento del conducto regular implica que si no se han agotado las instancias, a la luz del

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procedimiento, es deber de cualquier funcionario del Jardín abstenerse de emitir juicio y proceder a la orientación para que lleve a cabo un buen trámite.

Cualquier otra situación, no contenida en el presente regramento será revisada por la rectora, asesorada por las educadoras en conjunto al equipo de gestión del establecimiento.

Los establecimientos educacionales deben promover una convivencia inclusiva, participativa y respetuosa entre los integrantes de la comunidad escolar con el propósito de contribuir a la formación integral y aprendizaje de los estudiantes. (SUPERDUC.)

11.7.- Procedimientos de gestión colaborativa de conflictos.

En el presente Reglamento se consideran como mecanismos colaborativos de solución de conflictos, la mediación y la conciliación. La participación en estas instancias será de carácter voluntario para los involucrados en el conflicto; pudiendo cualquiera de las partes, y en todo momento, expresar su voluntad de no perseverar en el procedimiento, el que se dará por terminado dejándose constancia de dicha circunstancia.

La mediación conlleva la participación de un tercero imparcial y la solución nace de los involucrados; en la conciliación, el tercero, también imparcial, propone a las partes, una solución.

12) Estrategias de prevención y protocolo de actuación a situaciones de maltrato o acoso escolar o violencia entre miembros de la comunidad educativa.

En el plan de gestión de convivencia escolar deberá incorporar estrategias de información y capacitación para prevenir el maltrato, violencia física o psicológica, manifestada a través de cualquier medio, material o digital.

13) Aprobación, actualización y vigencia.

El reglamento interno debe modificarse a lo menos 1 vez al año, con la finalidad de ajustarse a los lineamientos emanados por los órganos competentes en el ámbito de educación. Al momento de modificar el reglamento interno, se deberá consultar al consejo escolar. El Rector tendrá 30 días para entregar respuesta a las observaciones planteadas por el Consejo.

El reglamento interno, así como su modificación deberán estar disponibles en la página web del establecimiento. El reglamento considerado válido es aquel que se dio a conocer a la comunidad escolar en la plataforma que el Ministerio de Educación determina.

14) Difusión.

El establecimiento deberá entregar una copia del Reglamento Interno y sus documentos anexos a los padres, madres y apoderados, al inicio del año escolar, quedando constancia de aquello.

El Reglamento deberá siempre identificar al año académico en curso y establecimiento al cual pertenece, por medio del logo con nombre del establecimiento. Además el Reglamento deberá estar numerado y/o foliado.

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ANEXOS

Anexo 1Niveles de enseñanza y cantidad de estudiantes por curso

NIVELES A B TOTALSALA CUNA 20 20 40

MEDIO MENOR 32 32 64MEDIO MAYOR 32 32 64

NT2 KÍNDER 35 - 35

Anexo 2Horario de clases y funcionamiento

Sala Cuna: Lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas. / Viernes de 08:30 a 16:30 horas.Medio Menor y Medio Mayor: Lunes a jueves de 08:30 a 17:00 horas. / Viernes de 08:30 a 16:30 horas.NT2 Kínder: Lunes a jueves de 08:30 a 13:55 horas/ Viernes de 08:30 a 13:50 horas.

OBSERVACIÓN: El segundo viernes de cada mes salida a las 16:00 horas, se realizará sanitación y desinsectación de todas las dependencias del establecimiento para resguardo de la higiene y seguridad de las personas.

Horarios de salida, sujetos a cambios de acuerdo a necesidades del establecimiento. (talleres, reuniones, consejos u otros).

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Anex

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Anexo 4Uniforme obligatorio según curso de los estudiantes

NIVELES UNIFORMESALA CUNA • Delantal (marcado)

• Muda completa de ropa (marcada) • Pañales si procede (anexo 5)

MEDIO MENORMEDIO MAYOR

NT2 KÍNDER• Delantal • Polera Gris • Buzo

OBSERVACIONES: El Apoderado debe cuidar presentación personal del párvulo, permanentemente, dentro y fuera del Jardín. El uso completo del uniforme oficial obligatorio durante la jornada de clases y todo el año escolar, desde la ida al Jardín y regreso al hogar y al participar en actividades pastorales, culturales, deportivas, desfiles, visitas solidarias, u otras que impliquen representar al Jardín. Sin perjuicio de lo anterior, el director(a) por razones de excepción y debidamente justificada por los padres o apoderados, podrán eximir a los párvulos, del uso total o parcial del uniforme escolar. El uniforme se puede adquirir en el lugar que más se ajuste al presupuesto familiar, no existe convenio con tiendas o proveedores para la venta, así como no se exigen marcas. En el caso de asistir el niño/a al jardín infantil con artículos de valor tales como joyas, pulseras, anillos, cadenas, aros, relojes, celulares, tablet, dinero en efectivo entre otros. El establecimiento educacional No se hará responsable de las pérdidas de dichas pertenencias. Por tanto, será de exclusiva responsabilidad del apoderado.