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Contrato No. 63/ 2016 CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO 63/ 2016, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V., EN ADELANTE EL "CONSEJO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MTRO. FRANCISCO JAVIER LUNA LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN INTERNACIONAL Y REPRESENTANTE LEGAL, Y POR LA OTRA, EXPERIENCIAS GENUI NAS S.A. DE C.V. EN ADELANTE EL "PROVEEDOR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. ANTONIO DEL ROSAL STANFORD, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES l. Declara el "CONSEJO" que: 1.1 Es una empresa de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública Federal, constituida mediante escritura pública número 39,873, de fecha 11 de octubre de 1999, pasada ante la fe del Notario Público Número 32 de la Ciudad de México, Lic. Francisco Jacobo Sevillano González, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, bajo el folio mercantil número 257,243, de fecha 9 de diciembre de 1999; con las atribuciones y facultades que le confieren los artículos 38 a 41 de la Ley General de Turismo; que tiene dentro de su objeto social el relativo a operar campañas de promoción turística a nivel nacional e internacional, y celebrar todos los actos y contratos necesarios para el cumplimento de sus fines. 1.2 El Mtro. Francisco Javier Luna López, acredita su personalidad con el testimonio del Poder Notarial Número 64,232 de fecha 7 de enero de 2016, pasado ante la fe del Notario Público Número 32 de la Ciudad de México, Lic. Francisco Jacobo Sevillano González, por lo que cuenta con las facultades legales para representar al "CONSEJO" en actos de administración, mismas que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna. 1.3 Firma el presente Contrat~ de prestación de servicios en su carácter de Director General Adjunto de Administración y Coordinación Internacional de conformidad con el artículo 45, fracciones XVI y XXXI del Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., designando para la administración y verificación de es te conh·ato al ARQ. DIEGO MUÑOZ JIMÉNEZ, Encargado del Despacho de la Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia del "CONSEJO", conforme a lo previsto en el penúltimo párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. . 1 \J \ S J f. 41; "Este Contrato se adjudica directamente, de conformidad con los artículos 22, fracción II; / '-. - . / · 26 ~ Jracción III; 40 y 41, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicir.o- _..._,,_ ..-- . -1a ' ' ,':l.r- 11 (.~ ~;.:7 id· ~~ :Sector Público y 72, fracción II de su Reglamento. 'ftf,:.>:;.-pl.., ..-. ,..1 -;¡;,} g \ i '-, Jupn·, ,c /ir-/ 63/ 2016 EXPERI ENCIAS GENUINAS S.A DE C. V. (Pr ese ncia de Marca)

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Contrato No. 63/2016

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO 63/2016, QUE CELEBRAN, POR

UNA PARTE, EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V., EN ADELANTE EL "CONSEJO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL MTRO. FRANCISCO

JAVIER LUNA LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE DIRECTOR GENERAL ADJUNTO DE

ADMINISTRACIÓN Y COORDINACIÓN INTERNACIONAL Y REPRESENTANTE LEGAL, Y POR LA OTRA, EXPERIENCIAS GENUINAS S.A. DE C.V. EN ADELANTE EL "PROVEEDOR", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL C. ANTONIO DEL ROSAL

STANFORD, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

DECLARACIONES

l. Declara el "CONSEJO" que:

1.1 Es una empresa de participación estatal mayoritaria de la Administración Pública

Federal, constituida mediante escritura pública número 39,873, de fecha 11 de octubre

de 1999, pasada ante la fe del Notario Público Número 32 de la Ciudad de México, Lic.

Francisco Jacobo Sevillano González, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, bajo el folio mercantil número 257,243, de fecha 9 de

diciembre de 1999; con las atribuciones y facultades que le confieren los artículos 38 a 41 de la Ley General de Turismo; que tiene dentro de su objeto social el relativo a operar

campañas de promoción turística a nivel nacional e internacional, y celebrar todos los

actos y contratos necesarios para el cumplimento de sus fines.

1.2 El Mtro. Francisco Javier Luna López, acredita su personalidad con el testimonio del Poder Notarial Número 64,232 de fecha 7 de enero de 2016, pasado ante la fe del Notario

Público Número 32 de la Ciudad de México, Lic. Francisco Jacobo Sevillano González, por lo que cuenta con las facultades legales para representar al "CONSEJO" en actos de administración, mismas que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma

alguna.

1.3 Firma el presente Contrat~ de prestación de servicios en su carácter de Director General

Adjunto de Administración y Coordinación Internacional de conformidad con el artículo

45, fracciones XVI y XXXI del Estatuto Orgánico del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V., designando para la administración y verificación de este conh·ato

al ARQ. DIEGO MUÑOZ JIMÉNEZ, Encargado del Despacho de la Dirección Ejecutiva

de Mercadotecnia del "CONSEJO", conforme a lo previsto en el penúltimo párrafo del artículo 84 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público .

. 1 ~ \J \ S J f.41; "Este Contrato se adjudica directamente, de conformidad con los artículos 22, fracción II; / '-. - .

/ · 26~Jracción III; 40 y 41, fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicir.o-_..._,,_..--. ~ -1a ' ' ,':l.r-11(.~~;.:7 id· ~~ :Sector Público y 72, fracción II de su Reglamento.

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Contrato No. 63 / 2016

I.5 Cuenta con la asignación presupuestaria y con la disponibilidad de recursos suficientes

para el pago de los servicios objeto de este Contrato, conforme a la Requisición de Compra con número de folio 385 del 21 de octubre de 2016, bajo la partida presupuestal

33901, emitida por el "CONSEJO" y de acuerdo al presupuesto aprobado por la H.

Cámara de Diputados para el ejercicio 2016.

I.6 Su Registro Federal de Contribuyentes es CPT-991022-DE7 y tiene su domicilio ubicado

en Viaducto· Miguel Alemán No. 105, colonia Escandón, delegación Miguel Hidalgo,

Código Postal 11800, Ciudad de México.

II. Declara el "PROVEEDOR" que:

II.1 Es una Sociedad Anónima de Capital Variable de nacionalidad mexicana legalmente

constituida conforme a las leyes mexicanas, según se hace constar en la escritura pública número 45,945 del 05 de noviembre de 2008, otorgada ante la fe del Lic. Ángel Gilberto

Adame López, Notario Público Número 233 del Distrito Federal, e inscrita en el Registro

Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, en el folio mercantil electrónico número 389622-1 y tiene como objeto, entre otros: ... "B.- Proporcionar toda

clase de servicios administrativos, de estudios o de mercado, de asesoría en materia de

comercio exterior, de tráfico de mercancías, de comunicación, de supervisión en

controles de calidad publicitarios y promocionales, a empresas en la República mexicana o en el extranjero. C.- Realizar investigaciones de mercado, campañas publicitarias y

promocionales."

II.2 Su representante legal se identifica con credencial para votar fotografía clave de elector

0811048586510 expedida a su favor por el Instituto Federal Electoral y acredita su

personalidad con la escritura pública número 45,945 del 05 de noviembre de 2008, ? otorgada ante la fe del Lic. Ángel Gilberto Adame López, Notario Público Número 233

de la Ciudad de México; por lo que está investido de las facultades legales suficientes para representar al "PROVEEDOR" en la suscripción del presente Contrato, mismas

facultades que no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna .

Il.3 Su representada tiene capacidad jurídica y cuenta con los elementos propios y suficientes para cumplir con las obligaciones que se deriven del presente Contrato en forma

eficiente, oportuna y en las mejores condiciones para el "CONSEJO", manifestando asimismo que conoce las características técnicas y alcances del servicio objeto de este

Contrato.

<v \J \SIO,bl~ Bajo protesta de decir verdad manifiesta que no se encuentra en alguno de los supuestos

( ~ " revistos en ,los_ artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

. ~'ti q \&~e-:f\el Sector Publico. l ~n~,,,!..) .., ~ "'-1'··· , ~v,..,¡;b~ - J.

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Contrato No. 63/2016

II.5 De manera previa a la formalización del presente Contrato y para los efectos del artículo

32-D del Código Fiscal de la Federación, manifiesta que está al corriente de sus

obligaciones fiscales.

II.6 Su registro federal de contribuyentes es EGE081105UHA y señala como domicilio para

todos los efectos legales del presente Contrato, el ubicado en Arteaga y Salazar No. 229, Interior 14, colonia Contadero, delegación Cuajimalpa de Morelos, C.P. 05500, Ciudad

de México.

Expuestas las Declaraciones que anteceden y reconocidas por las partes la personalidad con que

se ostentan tanto ellas como sus representantes, convienen sujetar sus compromisos al tenor de

las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO. El "PROVEEDOR" se obliga a prestar al "CONSEJO" el servicio de Organización, Promoción y Presencia de la Marca "MÉXICO" en el evento AdventureNEXT

México, San Luis Potosí que se llevará a cabo del 29 de noviembre al 01 de diciembre de 2016, de conformidad con las especificaciones y la temporalidad descritos en la Propuesta Técnica y

Económica presentada por el "PROVEEDOR", misma que se adjunta como Anexo Uno y que

fue aprobada por el "CONSEJO" con base en el Anexo Técnico del Procedimiento, que se integra

al presente como Anexo Dos.

El "PROVEEDOR" se obliga a observar las características descritas en la "Guía Breve de Uso de

Marca México/País", misma que se acompaña al presente instrumento marcada como Anexo

Tres. Documentos que, firmados por las partes, forman parte integrante del presente Contrato.

SEGUNDA. VIGENCIA. El presente Contrato estará vigente del 28 de octubre al 31 de

diciembre de 2016.

TERCERA. MONTO. El "CONSEJO" pagará al "PROVEEDOR" por la prestación de los

servicios objeto del presente Contrato, la cantidad de $1,293.103.45 (Un millón doscientos noventa y tres mil ciento tres pesos 45/100 M.N.), que agregado a la cantidad de $206,896.55 (Doscientos seis mil ochocientos noventa y seis pesos 55/100 M.N.) por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA), suman un total de $1,500,000.00 (Un millón quinientos mil pesos

00/100 M.N.), que se pagará sobre servicios prestados en una sola exhibición previa entrega de la factura y la comprobación correspondiente, de conformidad con la Propuesta Técnica y

Económica del "PROVEEDOR" y el procedimiento señalado en las Cláusulas Cuarta y Quinta.

El importe establecido en el párrafo anterior compensa plenamente al "PROVEEDOR" por sus

,~~ .. ;.J ~ti iú.¡hcn~orarios, materiales, tiempo empleado y en general, por cualquier cantidad y/o monto y/ o / ' ~ co~f\aprestación a que tenga derecho con motivo de la prestación de sus servicios, por lo que

: ~•í\ [~'\."1 \t~ iii-to podrá exigir o solicitar del "CONSEJO" mayor retribución que la aquí pactada. ::c.:Ft,\\.,¿;,D t, _: - .

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Contrato No. 63/2016

Todas las cantidades referidas en esta Cláusula deben ser entendidas con todos los impuestos

que genere la prestación de los servicios contratados. Por lo tanto, cada una de las partes se

obliga a dar cumplimiento a las obligaciones fiscales que les correspondan.

Queda expresamente establecido que el precio de los servicios del presente Contrato es fijo hasta

su total conclusión y por la vigencia del mismo, por lo que no estarán sujetos a ajustes de ningún

tipo y bajo ninguna circunstancia.

CUARTA. FORMA DE PAGO. El pago que haga el "CONSEJO" al "PROVEEDOR" se hará

sobre servicios prestados, dentro de los 20 (veinte) días naturales posteriores a la entrega de la factura y la comprobación correspondiente, debidamente autorizadas por la Dirección Ejecutiva

de Mercadotecnia, previa recepción de los servicios a entera satisfacción del "CONSEJO".

QUINTA. PAGO DE LOS SERVICIOS. El "PROVEEDOR" para validación de los servicios

deberá entregar en la Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia del "CONSEJO", de las 10:00 a las

14:00 horas en días hábiles, las facturas originales que emita y el soporte de los servicios objeto de este Contrato. Dichas facturas deberán estar emitidas de conformidad con la legislación fiscal

vigente e indicar el nombre del "PROVEEDOR", el número de contrato, la razón social y el

importe correspondiente.

El pago de los servicios prestados será cubierto en moneda nacional y se pondrá a disposición del "PROVEEDOR" mediante transferencia electrónica para abono en cuenta del mismo.

A tal efecto, el "PROVEEDOR" deberá proporcionar al "CONSEJO", por escrito y a la firma de

este instrumento, los siguientes datos para el pago de la contraprestación pactada en este

instrumento: i) nombre de la Institución Bancaria, plaza y número de la sucursal; ii) El número de cuenta y iii) la CLABE a 18 dígitos; asimismo, deberá entregar en la Dirección de Recursos Financieros del "CONSEJO" copia de la carátula del estado de cuenta bancario o bien del

Contrato de apertura de la propia cuenta.

SEXTA. FACTURACIÓN Y COMPROBACIÓN. Para el trámite de pago, el "PROVEEDOR"

deberá presentar la factura original con las comprobaciones correspondientes en los términos y condiciones establecidos en la Propuesta Técnica y Económica del "PROVEEDOR" y aceptada

por el "CONSEJO".

El "CONSEJO" se reserva el derecho de rechazar cualquier documento comprobatorio, facturación o justificación de gasto en el que no estén debidamente desglosadas las

características y atributos de los servicios realizados.

En caso de detectar algún error en la facturación, la Dirección de Recursos Financieros o en su

. ,Si'ó~ ~: los responsables de la validación o seguimiento de los servicios designados por el ~'v --..J '~ ON?EJO", remitirán al "PROVEEDOR" los documentos y/ o facturas con las observaciones

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cp iC.s/pndientes dentro de los 3 (tres) días h~b~~s sigui~nt~s a su recepción, mismos ~ue deberá

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AA(~t~ 'i~ y presentar de nueva cuenta para rermciar el trarmte de pago, por lo que el tiempo e

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transcurra por este motivo no se computará para efectos del plazo inicial de los 20 (veinte) días

naturales que se tenían para el pago de conformidad con el artículo 51 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El "CONSEJO" solamente

pagará los servicios objeto de este Contrato si los mismos hubiesen sido efectuados

debidamente.

La factura deberá desglosar los conceptos y las características detalladas de los servicios. El

precio de los servicios será presentado por el "PROVEEDOR" en términos netos.

SÉPTIMA. MODIFICACIONES AL CONTRATO. Las modificaciones que, por razones

fundadas, pudieran realizarse al presente Contrato deberán invariablemente formalizarse por escrito mediante la celebración del Convenio Modificatorio correspondiente, atento a lo previsto

por el artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

OCTAVA. SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS. Cuando en la prestación de los "Servicios" se

presente caso fortuito o de fuerza mayor, el "CONSEJO", bajo su responsabilidad, podrá re alizar

las gestiones conducentes a la suspensión de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán

aquellos servicios que hubiesen sido efectivamente prestados.

Cuando la suspensión obedezca a causas imputables al "CONSEJO", éste cubrirá los gastos no

recuperables durante el tiempo que dure esta suspensión. Dichos gastos serán aquéllos que se generen por la suspensión y siempre que estén comprobados y se relacionen directamente con

el objeto del Contrato. En ningún caso se pagarán servicios que no estén vinculados con el

Contrato.

El plazo de suspensión de los servicios materia del Contrato deberá pactarse entre ambas partes conforme al artículo 55 bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector

Público. En caso de continuar con la suspensión, podrá iniciarse la terminación anticipada del

Contrato.

NOVENA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. El "CONSEJO" podrá dar por

terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna cuando: i) concurran razones de interés general o bien

ii) cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente

contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al "CONSEJO", o iii) se determine la nulidad total o parcial

de los actos que dieron origen al Contrato mediante la resolución de una inconformidad emitida

por la Secretaría d e la Función Pública.

En estos supuestos, el "CONSEJO" reembolsará al "PROVEEDOR" los gastos no recuperables

:., -~\s,o-/{1 que haya incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y 4-"- ✓,fo~ -~smos se relacionen directamente con el presente Contrato.

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Contrato No. 63/2016

DÉCIMA. PRÓRROGAS. En casos excepcionales, por caso fortuito o de fuerza mayor o por

causas atribuibles al "CONSEJO", previa solicitud por escrito del "PROVEEDOR", el

"CONSEJO" podrá otorgar prórroga para la prestación de los servicios o su comprobación. Para

tal efecto, el "PROVEEDOR" deberá justificarlo por escrito, con anticipación al vencimiento de

las fechas pactadas en el presente Contrato.

Una vez agotado el plazo de prórroga y si no se hubieren prestado los servicios de conformidad

con el presente Contrato, el "CONSEJO" procederá a aplicar las penas convencionales o

deducciones al pago establecidas en las Cláusulas Décima Séptima y Décima Octava de este

contrato.

DÉCIMA PRIMERA. - GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el cumplimiento

de las obligaciones establecidas en el presente Contrato, el "PROVEEDOR", dentro de los 10

(diez) días naturales siguientes a su firma, deberá entregar al "CONSEJO" una fianza por el 10%

(diez por ciento) del monto total establecido en la Cláusula Tercera, sin incluir el IVA. Dicha

fianza deberá ser expedida por una Institución de Fianzas de Nacionalidad mexicana, de

acuerdo con las especificaciones que se señalan a continuación:

l. Ser expedida a favor del Consejo de Promoción Turística de México, S.A. de C.V.

11. Señalar la denominación o nombre del "PROVEEDOR".

111. Indicar el importe total garantizado con número y letra.

IV. Indicar el número, objeto y fecha del Contrato.

V. Referir que se otorga para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las

obligaciones a su cargo.

VI. Que se otorga en términos del Contrato de referencia y su anexo.

VII. Que se otorga para responder del debido cumplimiento del Contrato garantizado y su

anexo, así como de cualquier responsabilidad que resultare a cargo del fiado con motivo

de la ejecución del mismo.

VIII. Que, en caso de prórroga del Contrato, automáticamente la vigencia de la fianza se

prorrogará en los términos de dicha prórroga.

IX. Que sólo podrá ser cancelada mediante aviso por escrito del Consejo de Promoción

Turística de México, S.A. de C.V.

X. Que la Institución Afianzadora acepta expresamente sujetarse a lo dispuesto por los

•✓.,.,iitst~. artículos 178, 282 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor; para la / <~ •. efectividad de la presente garantía y por pago extemporáneo del importe de la póliza d

( ~ ~'7,,tp~~) fianza requerida. \ 8.f\a..~~.'!-- ~\!).'}~ :, ~~~p ...,c, I

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XI. Que la Institución Afianzadora se somete a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, renunciando a cualquier fuero que pudiera corresponderle en

razón de su domicilio o por cualquier otra causa.

XII. Que permanecerá en vigor desde la fecha en que se expida, durante la vigencia del Contrato y durante la substanciación de todos los recursos o juicios legales que se

interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva, de forma tal que su vigencia

no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del Contrato principal o fuente de las

obligaciones.

En el supuesto de que se acuerden incrementos en la prestación de los Servicios solicitados,

conforme a lo previsto en la Cláusula Séptima del presente Contrato, el "PROVEEDOR" se

obliga a elevar el importe de la garantía de cumplimiento en igual proporción que el incremento

otorgado.

La vigencia de la fianza deberá comprender hasta que el objeto del Contrato se cumpla en forma

plena a satisfacción por escrito del "CONSEJO", es decir, hasta que considere se haya cumplido

todas y cada una de las obligaciones contractuales contraídas. La fianza únicamente se podrá

cancelar mediante comunicación escrita del "CONSEJO".

Por lo anterior, la fianza deberá garantizar el cumplimiento total de las obligaciones durante la

vigencia del Contrato, así como con posterioridad al mismo, en el supuesto de quedar alguna

obligación pendiente a consideración del "CONSEJO".

DÉCIMA SEGUNDA. LIBERACIÓN DE LA GARANTÍA. Únicamente se podrá liberar la

garantía de cumplimiento de Contrato, a través de la Dirección General Adjunta de

Administración y Coordinación Internacional o a través de quien esta delegue, previa solicitud

por escrito de la Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia del "CONSEJO", por la que confirme el

cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones establecidas en el Contrato.

DÉCIMA TERCERA. CAUSALES DE RESCISIÓN. El "CONSEJO" podrá rescindir

administrativamente el presente Contrato, sin necesidad de intervención judicial, en caso de que

se presente cualquiera de los siguientes supuestos:

l. Por no presentar la garantía de cumplimiento en los tiempos que determina la ley.

Il. Si el "PROVEEDOR" suspende injustificadamente los servicios o se niega a corregir

los trabajos rechazados por el "CONSEJO".

III. En caso de incumplimiento del "PROVEEDOR" a cualquiera de sus obligaciones

previstas en este Contrato y sus Anexos.

Si resultare falsa alguna o algunas de las declaraciones hechas por el "PROVEEDO "

en el presente Contrato.

Cuando se agote el límite de p enas convencionales.

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VI. Si el "PROVEEDOR" no otorga las facilidades y datos necesarios para la inspección,

vigilancia y supervisión de los servicios.

VII. Si el "PROVEEDOR" proporciona información falsa y/ o actúa con dolo o mala fe en el procedimiento de contratación, en la celebración del Contrato o durante su

vigencia.

VIII. En caso de que la autoridad competente declare al "PROVEEDOR" en concurso mercantil, o exista alguna otra situación que afecte su patrimonio o situación, en

forma tal que le impida cumplir con sus obligaciones contraídas en virtud de este

Contrato.

IX. Por contravenir los términos y condiciones del presente Contrato o de las disposiciones de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector

Público, su reglamento y los demás ordenamientos legales que resulten aplicables.

DÉCIMA CUARTA. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. La rescisión administrativa del

Contrato se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

I. El procedimiento iniciará a partir de que le sea notificado al "PROVEEDOR" por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días

hábiles a partir de que haya recibido la notificación exponga lo que a su derecho

convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.

II. Transcurrido el término a que se refiere la fracción anterior, se resolverá considerando

los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.

III. La determinación de dar o no por rescindido el Contrato deberá ser debidamente fundada y motivada y deberá ser comunicada al "PROVEEDOR", dentro de los 15

(quince) días hábiles siguientes a lo señalado en la fracción II de esta Cláusula.

IV. Cuando se rescinda el Contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de

hacer constar los pagos que deba efectuar el "CONSEJO" por concepto de los bienes

recibidos o los servicios prestados hasta el momento de la rescisión.

Si previamente a la determinación de dar por rescindido el presente Contrato, se hiciere la prestación de los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y

verificación del "CONSEJO" de que continúa vigente la necesidad de los mismos, aplicando, en

su caso, las penas convencionales correspondientes.

El "CONSEJO" podrá determinar no dar por rescindido el Contrato, cuando durante el

SIO rocedimiento advierta que la rescisión del Contrato pudiera ocasionar algún daño o afectación ~'<, '1\ ~ 1 funciones que tiene encomendadas. En este supuesto el "CONSEJO" elaborará un dictamen • cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con . .-K<"--~

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rescisión del Contrato resultarían en perjuicio del "CONSEJO" en algún daño o afectación

mayor.

Al no dar por rescindido el Contrato, el "CONSEJO" establecerá con el "PROVEEDOR" otro

plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del

procedimiento. En su caso, deberá elaborarse el convenio modificatorio correspondiente para la

prórroga de los servicios, mismo que deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público.

Cuando por motivo del atraso en la prestación de los servicios, el procedimiento de rescisión se

ubique en un ejercicio fiscal diferente a aquél en que hubiere sido adjudicado el Contrato, el

"CONSEJO" podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad

de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal

vigente, debiendo modificarse la vigencia del Contrato con los precios originalmente pactados.

Cualquier pacto en contrario a lo dispuesto en esta Cláusula se considerará nulo.

Para los casos en que el "CONSEJO" determine no dar por rescindido el Contrato, porque ello le ocasione algún daño o afectación mayor, el establecimiento de otro plazo para subsanar el

incumplimiento será sin defecto de la aplicación de las penas a las que se hubiera hecho acreedor

el "PROVEEDOR" por incumplimiento.

DÉCIMA QUINTA. CONFIDENCIALIDAD. El "PROVEEDOR" se compromete a guardar

absoluta confidencialidad respecto de los servicios materia de este Contrato y, por ende, a no

divulgar ni dar a conocer a terceros distintos del "CONSEJO" documentación y/ o información

relacionada con el servicio, con excepción de los datos e informes que en su caso se le requieran, en apego a lo previsto por el artículo 57 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios

del Sector Público.

DÉCIMA SEXTA. PERMISOS. El "PROVEEDOR" será responsable de obtener y proveer por

su propia cuenta y cargo, cualesquiera licencias, autorizaciones o permisos de uso de imagen

que se requirieran para la prestación de los" Servicios".

DÉCIMA SÉPTIMA. PENAS CONVENCIONALES. Con fundamento en lo dispuesto por el

artículo 53 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 96 de su Reglamento, cuando el "PROVEEDOR" se atrase en la fecha de la prestación de los servicios

o incumpla con las obligaciones derivadas del Contrato por causas imputables a éste, se hará

acreedor a la aplicación de penas convencionales de conformidad con lo siguiente:

/~\$~ En el caso de atrasos en la prestación de los servicios en las fechas pactadas se aplicará

/~~ 't ~ na pena convencional del 1 % (uno por ciento) diario por cada día hábil de retraso sobr

f fv ~ ~ \ f?(("c 1 valor de los servicios no prestados a tiempo, sin incluir el IV A. , r\f"\,(.~ ~ .. ~~ ; ~;;.,n.,-.~.,p!:J e -

\'\ . t'v- -' 9z' ~ · -f ~• ~,,c--.•• · • \ ~ 63/2016 EXPERIENCIAS GEN UINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca)

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Contrato No. 63/2016

II. Las penas convencionales que se apliquen no podrán rebasar un monto máximo equivalente al 10% (diez por ciento) del importe total de los servicios contratados, sin

incluir el IV A.

III. La Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia del "CONSEJO", será la responsable de determinar y realizar el cálculo de la pena convencional, mismas que serán turnadas a

la Dirección de Recursos Financieros para que se aplique mediante nota de crédito en la

factura de pago correspondiente.

IV. El pago de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que el

"PROVEEDOR" deba efectuar por penas convencionales a las que se haga acreedor.

V. Para aplicar las penas convencionales a que se refiere esta Cláusula, el 11CONSEJO" notificará por escrito al "PROVEEDOR", mediante correo certificado o entrega personal

en su domicilio con acuse de recibo, con efectos de requerimiento, en la que señalará el

incumplimiento en que haya incurrido y las penas convencionales a que se ha hecho acreedor. El 11PROVEEDOR" en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles contados a

partir de la recepción del requerimiento, deberá subsanar su incumplimiento, manifestando en su caso, lo que a su derecho convenga. Hecho lo anterior, el 11CONSEJO" resolverá aplicando, en su caso, las penas convencionales que

correspondan, las cuales deberán ser comunicadas al "PROVEEDOR" mediante escrito fundado y motivado, en el que se le requerirá que en un plazo no mayor a 10 ( diez) días

hábiles presente la nota de crédito correspondiente, misma que se le descontará de las

facturas pendientes de pago.

VI. Si persiste el incumplimiento del 11PROVEEDOR", o bien una vez que se hubiere agotado el monto límite de aplicación de penas convencionales, el "CONSEJO" podrá iniciar el

procedimiento de rescisión de conformidad con la Cláusula Décima Cuarta.

DÉCIMA OCTAVA. DEDUCCIONES POR INCUMPLIMIENTO. De conformidad con lo

previsto en los artículos 53 Bis de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del

Sector Público y 97 de su Reglamento, en caso de un cumplimiento parcial o deficiente de los

servicios por parte del "PROVEEDOR11 respecto a los conceptos que integran el presente Contrato, el "CONSEJO" aplicará al "PROVEEDOR" deductivas por el retraso en la

comprobación de los servicios prestados, consistente en una deducción al pago del 5% (cinco por ciento) diario por cada día hábil de retraso sobre el valor de los servicios no comprobados

a tiempo, sin incluir el IV A.

Las deducciones al pago a las cuales se hace referencia en este apartado, en ningún momento

,.,-;:-qfst rán exceder el 10% (diez por ciento) del monto total establecido en el presente Contrato, s·

/1.e-<v in11m el IV A.

( r;;rAi'SJt".. vr .. o l . \ • y-- . ; , ·-. _,, .

63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca)

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Contrato No. 63/2016

Para aplicar las deducciones al pago a que se refiere esta Cláusula, el "CONSEJO" seguirá el

procedimiento descrito para la aplicación de penas convencionales referido en la Cláusula

Décima Séptima.

DÉCIMA NOVENA. VICIOS OCULTOS. El "PROVEEDOR" quedará obligado ante el

"CONSEJO" a responder de los defectos y vicios ocultos y de la calidad de los servicios, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido durante la prestación de los

servicios en los términos señalados en el presente Contrato, así como de la legislación aplicable.

Para efectos del presente instrumento se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en

los servicios proporcionados que los hagan impropios para los fines previstos en este Contrato.

VIGÉSIMA. ADMINISTRACIÓN Y VERIFICACIÓN DEL CONTRATO. El "CONSEJO"

por conducto de la Arq. Diego Muñoz Jiménez, Director Ejecutivo de Mercadotecnia del "CONSEJO", y en su caso, el servidor público que lo sustituya en el cargo o funciones, fungirá

como responsable de administrar y verificar el cumplimiento del Contrato.

Lo anterior, sin perjuicio del derecho que tiene el "CONSEJO" de efectuar revisiones en cualquier momento de la vigencia de este Contrato, por conducto de su Dirección General,

Dirección General Adjunta de Administración y Coordinación Internacional, Dirección

Ejecutiva de Administración y Finanzas, o por las personas que sean designadas para tal efecto,

para constatar la aplicación de los recursos, la comprobación de los mismos y los beneficios que

proporcione el "PROVEEDOR" para el "CONSEJO".

Asimismo, el "PROVEEDOR" deberá proporcionar la información y documentación que en su momento le requiera la Secretaría de la Función Pública y los órganos de fiscalización, con

motivo de las auditorías, visitas o inspecciones que practiquen.

VIGÉSIMA PRIMERA. RELACIONES LABORALES. "EL PROVEEDOR", como empresario

y patrón del personal que ocupa con motivo de los servicios materia del presente Contrato, será

el único responsable ante sus trabajadores y, por lo tanto, se obliga a asumir todas las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos jurídicos en materia laboral y de seguridad social a que tengan derecho. Asimismo, el "PROVEEDOR" se obliga a

responder de cualquier controversia o litigio que sus trabajadores presenten en su contra o en

contra del "CONSEJO", con motivo de los servicios objeto de este Contrato, y si aquél fuera condenado por laudo ejecutoriado a pagar o indemnizar a alguien, el "PROVEEDOR" se obliga

a proporcionar al "CONSEJO", dentro de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a que se le dé a

conocer el requerimiento de ejecución, los recursos necesarios para cumplimentar el laudo.

VIGÉSIMA SEGUNDA. PROPIEDAD INTELECTUAL. El "PROVEEDOR" asume cualquier ----&\S10A,i~ro de responsabilidad por las violaciones que pudieran darse en materia de patentes, marcas ¡ ~«, o d~[echos de autor, con respecto a la ejecución de sus servicios materia de este Contrato; por lo

/ .t> ~liit~j._i;le presentarse alguna reclamación al "CONSEJO" con ese motivo, durante la vigencia ,_yz---, . ,q t1J, lo . \I~~ . •. ¡;' ~,:l~gl>~ f

.,, .. ~- ... ' ~ ~ .,--~ . .. .....

63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca) 11 .

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Contrato No. 63 /2016

mismo o con posterioridad a ella, el "PROVEEDOR" conviene desde ahora en pagar cualquier

importe que de ello se derive y sacar a salvo y en paz de tales reclamaciones al "CONSEJO".

De igual forma queda expresamente establecido que, de conformidad con el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor y demás relativos de la Ley de la Propiedad Industrial, el

"CONSEJO" será el único titular de los derechos de autor y de propiedad industrial que en su

caso se generen con motivo de los servicios materia de este Contrato.

VIGÉSIMA TERCERA. SUBCONTRATACIÓN. El "PROVEEDOR" no podrá contratar con

terceros la prestación total o parcial de los servicios objeto del presente Contrato, y por lo tanto,

será el único responsable ante el "CONSEJO" por la prestación de los servicios en los términos aquí establecidos. No obstante lo anterior, derivado de la naturaleza de los servicios, y de la

operación del "PROVEEDOR, no se entenderá por subcontratación aquella relación contractual

que tenga el "PROVEEDOR" para la contratación de servicios de tercerización de personal (outsourcing), en términos de los artículos 15-A, 15-B, 15-C y demás aplicables de la Ley Federal

del Trabajo, así como cualquiera otra contratación que lleve a cabo el "PROVEEDOR" por la

naturaleza de su operación normal.

VIGÉSIMA CUARTA. CESIÓN. Los derechos y obligaciones que se deriven del Contrato no

podrán cederse en forma parcial ni total a favor de cualquier otra persona, con excepción de los

derechos de cobro a favor de un intermediario financiero, mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas, conforme a lo previsto en las disposiciones

generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración

Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional

Financiera S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.

VIGÉSIMA QUINTA. ENTREGABLES. El "PROVEEDOR" se obliga a proporcionar al Q "CONSEJO" a través de la Coordinación de Mercadotecnia del "CONSEJO" en caso de ser

requerido y por el medio en que le sea solicitado, cualquier información relacionada con sus

servicios materia de este Contrato, aun cuando hubiera concluido su vigencia.

Asimismo, "EL PROVEEDOR" se compromete a entregar a la Dirección Ejecutiva de

Mercadotecnia del "CONSEJO", como servicios contratados y efectivamente prestados lo

siguiente:

l. Programa AdventureNEXT México en formato de Excel con el detalle de cada sesión.

2. Documento detallado describiendo la forma en que los F AM' s deberían de ser ofrecidos a compradores e invitados, operados por estados o TO' s especializados .

. ·'i~'~ Base de datos de tour operadores aprobados para ser considerados para ofrecer FAM's ( Q; ·· . -~ de alta calidad en AdventureNEXT México.

! 0i t.~9._r. \~~. Lista de ponentes nacionales e internacionales que cubrirán las sesiones concurrentes \~"'f;;;pi.~ . así como las plenarias que abarca el programa académico de AdventureNEXT Mé · o. ~~

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Contrato No. 63/2016

5. Base de datos de hasta 40 compradores internacionales registrados para el evento.

6. Base de datos de 15 medios internacionales registrados para el evento.

7. Calendario de citas de negocios de compradores internacionales.

8. Gafetes de acceso al evento.

9. Screen shots de réplicas de las noticias relevantes a AdventureNEXT México.

El "CONSEJO" por conducto del titular de la Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia, realizará la verificación de las especificaciones y aceptación de los servicios y el "PROVEEDOR" en este

acto otorga su conformidad de que hasta que ello no se cumpla, éstos no se tendrán por recibidos

o aceptados.

VIGÉSIMA SEXTA. ENLACES Y COMUNICACIONES. Las comunicaciones entre las partes

se deberán realizar por escrito, a la atención de cuando menos uno de los enlaces designados

conforme a lo siguiente:

l. Por el "CONSEJO" se designa como enlaces al Arq. Diego Muñoz Jiménez y al Lic. Juan Muciño Ábrego y los correos electrónicos [email protected] y

[email protected] por correo con acuse de recibo al domicilio del "CONSEJO" mencionado en la declaración I.6 del presente Contrato y se entenderán realizadas el día

de su recepción por parte del destinatario, previa comprobación o confirmación. II. Por parte del "PROVEEDOR" se designa como responsable a la C. Antonio del Rosal

Stanford, al correo electrónico [email protected] y por correo con

acuse de recibo al domicilio del "PROVEEDOR" mencionado en la declaración II.6 del

presente Contrato y se entenderán realizadas el día de su recepción por parte del

destinatario, previa comprobación o confirmación.

En el supuesto de que cualquiera de las partes modifique o incorpore enlaces o direcciones

electrónicas, bastará una notificación por escrito a la otra parte, con cuando menos 5 (cinco) días naturales de anticipación, para quedar debidamente formalizado el cambio. En caso de no dar

aviso de cambio de domicilio, todas las notificaciones y comunicaciones que se realicen de

conformidad con esta Cláusula se tendrán por efectuadas.

VIGÉSIMA SÉPTIMA. CONCILIACIÓN. En cualquier momento las partes podrán presentar

ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas

del cumplimiento del presente Contrato, de conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 77 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del

Título Sexto, Capítulo Segundo del Procedimiento de Conciliación de su Reglamento.

En el supuesto de que las partes lleguen a un acuerdo durante la conciliación, el Convenio

..,.....-·{si°o·~ espectivo obligará a las mismas, y su cumplimiento podrá ser demandado por la vía judicial ,.,..,.t,~ /¡:7 ·• d. A , · d 1 S , d 1 F . , P ' bl' . d / ~ correspon 1ente. s1 mismo, y to a vez que a ecretana e a unc1on u ica es quien a

I · ¡:, rJ .r~Í ~ imiento a los acuerdos de voluntades, las partes deberán remitir un informe sobre el av

"0:_,t'A~:~ '.\·,:,--• _; ' J ~ • 6'.1/2016 EXPERIENCIAS GEN UINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca) 13 - \ Y

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Contrato No. 63/2016

de cumplimiento del mismo, en términos del artículo 135 del Reglamento de la Ley de

Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

En caso de no existir acuerdo de voluntades, las partes podrán optar por cualquier vía de

solución a su controversia.

VIGÉSIMA OCTAVA. CIERRE DE CONTRATO. La Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia

del "CONSEJO" efectuará, al término de la vigencia del Contrato, una conciliación con el

"PROVEEDOR" a efecto de realizar las siguientes actividades:

• Revisión de facturas pagadas;

• Revisión de facturas pendientes de pago;

• Revisión de facturas en trámite, y

• Saldo pendiente de pago conforme al presupuesto asignado en el Contrato o convenio.

La Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia del "CONSEJO" conjuntamente con el

"PROVEEDOR", realizará una reunión en la que se levantará un acta de entrega de los servicios

objeto del Contrato, así como de no adeudo de los pagos, misma que turnará para conocimiento

de la Dirección de Recursos Materiales.

Una Copia de las conciliaciones a que se refiere la presente Cláusula y del acta de entrega de los

servicios objeto del Contrato deberán ser turnadas a la Dirección de Recursos Financieros de la

Dirección Ejecutiva de Administración y Finanzas.

VIGÉSIMA NOVENA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Para todo lo relacionado con la interpretación y cumplimiento de este Contrato, las partes se someten expresamente a lo

dispuesto en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su q Reglamento y, en caso de controversia sobre su interpretación y cumplimiento, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales, sitos en la Ciudad de

México, renunciando a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de su

domicilio o nacionalidad presentes o futuros o por cualquier otra causa.

TRIGÉSIMA. ANEXOS. Las partes reconocen que el presente Contrato se encuentra integrado por treinta (30) Cláusulas y 3 (tres) Anexos, mismo que firmados por las partes se agregan a este

Contrato, forman parte integrante del mismo y se describen a continuación:

ANEXO CONTENIDO

UNO PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL "PROVEEDOR"

·-. . ' ' . DOS ANEXO TÉCNICO

63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca)

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Contrato No. 63/ 2016

TRES GUÍA BREVE DE USO DE MARCA MÉXICO/ PAÍS

Leído que fue por las partes el presente Contrato y enteradas las mismas de su contenido y alcance legal, lo firman por quintuplicado en la Ciudad de México, el día 01 de noviembre de

2016.

P REL ~ ~EJO"

•Tl"'l'::.......,.T'VIER LUNA LÓPEZ

Director Gen eral Adjunto de Administración y Coordinación Internacional y Representante

Legal

1v1UÑOZ JTMÉNEZ Encargado de Despacho de la Dirección

Ejecutiva de Mercadotecnia Responsable de Administrar y Verificar el

Cumplimiento del Contrato

Encargado espacho de la Dirección -;,-,slo-, Eje va de Asuntos Jurídicos ~~ 1\1,

\

POR EL "PROVEEDOR"

C. ANTONIO DEL ROSAL STANFORD Representante Legal

~ Q _,.,. "l'.-Q

·. AAi~}di:\~}A ES PARTE INTEGRANTE DEL CONT_RATO J?E PRESTACl<?N DE SERVICIOS NÚMERO 63/2016

\

l CELEBRijbO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCION TURISTJCA DE MEXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENCIAS GE~N¡RIAS S.A. DE C.V., DE FECHA 01 DE NOVIEMBRE DE 2016.

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63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C. V. (Presencia de Marca) 15

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Contrato No. 63/2016

ANEXO UNO

DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO. 63/2016 CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENCIAS

GENUINAS S.A. DE C.V.

..

PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL "PROVEEDOR"

POR EL "CONSEJO"

MIRO. FRANfu~ L~A LÓPEZ Director General Adjunto de Administración y

Coordinación Internacional y Representante Legal

1UÑOZ JIMÉNEZ Encargado del Desp cho de la Dirección Ejecutiva

de Mercadotecnia Responsable de Administrar y Verificar el

Cumplimiento del Contrato

POR EL "PROVEEDOR"

C. ANTONIO DEL ROSAL STANFORD Representante Legal

·., ~ 1 \ 5 i O A·;-,.,_ ~.,,. " 'V "-.,

' <:).. \; .

( ' ~ ¡p,,--!~ ~~"'.;:,~~ '- .,pt:i

. "t' / '!.!!__Rl~ A HOJA ES PARTE INTEGRANTE DEL CON1:RATO J:?E PRESTACIC¡N DE SERVICIOS NÚMERO 63/2016

· CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCION TURISTICA DE MEXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENCI GENUINAS S.A. DE C.V., DE FECHA 01 DE NOVIEMBRE DE 2016.

63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca) 16 .

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Contrato No. 63/2016

ANEXO DOS

DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO. 63/2016 CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENCIAS

GENUINAS S.A. DE C.V.

ANEXO TÉCNICO

POR EL "CONSEJO"

MTRO. FRAN~ R ¡UNA LÓPEZ Director General Adjunto de Administración y

Coordinación Internacional y Representante Legal

ARQ. DIEG Encargado del Des cho de la Dirección Ejecutiva

de Mercadotecnia Responsable de Administrar y Verificar el

Cumplimiento del Contrato

POR EL "PROVEEDOR"

C. ANTONIO DEL ROSAL STANFORD Representante Legal

ESTA HOJA ES PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO 63/2016 CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENC GENUINAS S.A. DE C.V., DE FECHA 01 DE NOVIEMBRE DE 2016.

63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca) 17

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Contrato No. 63 /2016

ANEXO TRES

DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NO. 63/2016 CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENCIAS

GENUINAS S.A. DE C.V.

GUÍA BREVE DE USO DE MARCA MÉXICO/PAÍS

POR EL "CONSEJO"

..

Director General A Junto de Adnúnistración y Coordinación Internacional y Representante

Legal

ZJIMÉNEZ Encargado del Desp cho de la Dirección Ejecutiva

de Mercadotecnia Responsable de Adnúnistrar y Verificar el

Cumplimiento del Contrato

POR EL "PROVEEDOR"

C. ANTONIO DEL ROSAL STANFORD Representante Legal

ESTA HOJA ES PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS NÚMERO 63/2016 CELEBRADO ENTRE EL CONSEJO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE MÉXICO, S.A. DE C.V. Y EXPERIENC GENUINAS S.A. DE C.V., DE FECHA 01 DE NOVIEMBRE DE 2016.

63/2016 EXPERIENCIAS GENUINAS S.A DE C.V. (Presencia de Marca) 18

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Resumen:

-Este documento resalta las expectativas de la relación entre Experiencias Genuinas S.A. de C.V., representante en América Latina de la Asociación Mundial de Turismo de Aventura (ATTA), y el Consejo de Promoción Turística de México ("México") en relación a los servicios de organización, promoción y presencia de marca México en el evento AdventureNEXT México, San Luis Potosí; como elemento de una estrategia de varios años y tiene como objetivo posicionar a México como un destino de turismo de aventura competitivo. Las partes colaborarán como se cita a continuación.

Definición de la Promoción:

Como parte de este convenio con la empresa Experiencias Genuinas, México recibirá los beneficios, servicios y oportunidades, que se mencionan a continuación; ·

• Acceso al HUB de ATTA como fuente de información del Segmento de Aventura y Naturaleza y presencia de marca en página web a partir de la fecha de firma del contrato y hasta e] 31 de diciembre de 2016.

México proporcionara un único pm1to de contacto con el fin de garantizar la consistencia y entrega oportuna de los beneficios de Ja promoción. Experiencias Genuinas, proporcionará a un único punto de contacto para México con el fin de garantizar Ja consistencia y entrega oportuna de los beneficios. Ambas partes respetarán y cumplirán con los tiempos de entrega de] otro y fechas límite para recibir materiales a tiempo para las promociones, colocación de anuncios, etc., o perderá esas oportunidades.

Al vencimiento, la relación puede ser re-extendida por ambas partes sobre mutuo acuerdo.

En e] caso que uno de los socios citados en este acuerdo se declare en quiebra, disuelva o por lo demás dejara de operar, este acuerdo es nulo y las partes restantes tendrán que renegociar un nuevo acuerdo.

Experiencias Genuinas proporcionará los siguientes beneficios, servicios y oportunidades:

1) AdventureNEXT México (en San Luis Potosí): colaboración con el CPTM para lograr los siguientes puntos.

a. DesarrolJo de contenido (programa académico) - Identificación de ]os temas relevantes para los operadores y diseño de la estructura del programa: Contenido temático basado en más de 12 años de n experiencia organizando eventos con audiencia similar. Contenido relevante y actual para Tour · --( Operadores (TO 's) Mexicanos. El documento final será el programa del evento con temas identificados para cada sesión.

• Entregable: Programa AdventureNEXT México en fonnato de Excel con el detalle de cada sesión.

b. Un documento estableciendo lineamientos para la operación de F AM:

CONFIDENTIAL

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• Entregab]e: Documento detaUado describiendo Ja forma en que los FAM's deberían de ser ofrecidos a compradores e invitados, operados por estados o TO's especializados.

c. Una lista de tour operadores nacionales y asesores de viaje de alta calidad aprobada para ser considerados para operar los F AM' s;

• Entregable: Base de datos de tour operadores aprobados para ser considerados para ofrecer F AM' s de alta calidad en AdventureNEXT México.

d. Participación de ponentes internacionales y educadores de AdventureEDU y Experiencia Genuinas reclutará ponentes nacionales y de otros países para la obtención de contenido específico y apropiado para el evento, incluyendo capacitación para los mismos y acuerdos para asegurar su participación: 2 a 3 ponentes plenarios incluidos dentro del total de 8 ponentes para el evento.

• Entregable: Lista de ponentes nacionales e internacionales que cubrirán las sesiones concurrentes, así como las plenarias que abarca el programa académico de AdventureNEXT México.

e. Supervisión del evento y selección de compradores y medios especializados - Experiencias Genuinas proveerá supervisión/dirección y planeación estratégica: Presencia permanente y asistencia al comité organizativo, a través de llamadas telefónicas, así como presencia fisica en reuniones del comité agendadas mensualmente. ·

Para asegurar a los mejores compradores posibles se revisará que cada uno de· los compradores cumplan con el siguiente perfil:

l. Que tengan al menos 3 años en la industria turistica

2. Página web en funcionamiento

3. Han comprobado que venden México exitosamente y están interesados en vender aventura, o han comprobado que venden aventura exitosamente y están interesados en vender México

4. Son los dueños/fundadores de la empresa o especialistas en la región, o algún otro miembro clave con poder de decisión

5. Han completado la forma de registro especificando cuáles son sus intereses especiales para asistir al evento.

6. Que no se encuentran en la "lista negra" de ATTA (compradores que no cumplen con los requisitos para acceder al evento).

• Entregable: Base de datos de hasta 40 compradores internacionales registrados para el evento.

f. Selección e invitación de 15 medios y prensa internacionales -se buscará asegurar los mejores medios posibles. -

• Entregable: Base de datos de 15 medios internacionales registrados para el evento c:p g. Supervisión del "Marketplace" -Experiencias Genuinas supervisará los trabajos de la empresa operadora

del Marketplace en la coordinación de los horarios de reuniones de trabajo entre los proveedores locales Y i los compradores internacionales. ,,e-

• Entregable: Calendario de las citas de negocios de compradores internacionales. ~ h. Presencia de tres (3) ejecutivos de Experiencias Genuinas en el destino con propósitos de planeación.~

CONFIDENTIAL

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• Entregable: Gafetes de acceso al evento;

i. RRPP de la Industria:

1. Acciones de consultoría .globales de RRPP para el evento.

• · Entregable: Screen shots de réplicas de las noticias relevantes a AdventureNEXT México.

Contribuciones de México:

El costo de estos servicios asciende a s· 1,500,000~00 (un millón quinientos mil pesos IVA incluido) Experiencias Genuinas generará la factura correspondiente a la fecha de entrega de los compromisos especificados en este documento.

En caso de que México desee incluir programas adicionales de entretenimiento o promoción en el marco del evento, podrá hacerlo cubriendo los gastos adicionales relacjonados con las actividades elegidas.

Sr. Antonio del Rosal Director General Experiencias Genuinas S.A. de C.V. Representante de A TI A en América Latina

Fecha: _ _ J'f-#i-~_c:r--;/2,_1_6 _____ _

r oNJ?TnV.NTT A T.

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#,

SECTUR MeXICO S l CRETARÍA DE TURISMO Consejo de Promoción Turística

DIRECCIÓN EJECUTIVA DE MERCADOTECNIA

Ciudad de Méxicó a 14 de octubre, 2016

Anexo Técnico para la contratación de los servicios de organización, promoción y presencia de marca México en el evento AdventureNEXT Mexico, San Luis Potosí que se llevará a cabo del 29 de novierr:,bre al 1 de diciembre del presente.

1. OBJETO Y ALCANCE DE LOS SERVICIO~~ C~,!i~~R '\; f/'"f .~, · 1 h-i h ~ ~ :, ,,,, Anexo Técnico para la contrata~LG!( d'(~o' · dil Jt_9A ziit':Jromo$T Xtllr;e~ncia de marca México en el evento AdventureNEXT,Mex1co·tan'J. ,,"'P o~(ql.Je se llevará ·a,.?abo d,~n,:~f n~iJ1~rpbre al 1 de diciembre del presente. / 3:. 1\#' · · ,· ·,f, ,~ .... ,.,. ·

~!:-::,:·}~~-:; ,,-:, ... ir.~,,.."!r.;.../1:•r,..t:,r.,,..i ··;,1 •J~;-~, -•·•.'

r .•,• · ·: . ... • ~ :,r•-~~-:.. ~[ \,...,.:....,.·:..•,-,., ... ~:.~· ;..-:tt;.,~:i,,.., ·· :~--.a:,,:·_:·~ -:~,

Lo anterior, sigujfndo.\ u't;:a'' estrategia p ~i!.riot,ª-P.,;. -·"'a'.~~"ib-'a~"4S~~!J1entc/'dff~Tu_ri$.iri~ _de Aventura y Naturaleza, gwe;_-;t,j~..:Q~µ'bmo "je~ivo ¡.0' . . fit~~~~~ - -........ · - ih~~f t.~;!smo de.~áv1,ft'túr~º;;ºmpetitivo,

de la manoci~t~_:)mpre\ll .✓en~ ~~~1 i ,:~,<~:':s;:,:·\\. t,~ . ,,.:. " .

Se con;eftl1?t~tw1;~rticipa\lg~'f r'"''mt"\;~~ÓJ~i!:ic~.~i º.~{1i~~(~.-l~iií ... '.~J1~lQRS en -;~:s.~Nipra.,,Y venta de pr~J[ucto~i'turísticos para el nt~f.Jpt1i .... ~ ,.. ~•; y¡~~,~{fJtPc!e~.a;, ·,1~--R~e es ''l!A-ª' excelente opodiinitlád !para los destinos .9i· .,_;, . za{Vá'f-9.~t~,)ri~~ihit ,; , _r,)sh~'l,{IÍil}ó .. de: turistas interesados en el segTe~f~! al rn_ísmo . tie~pti~-:~~'#res~,p\~;;;~a;N ;-~~~,~~/ 1i{7;~P~t!~-~/~~~ de ~ posicion~rse en el . mercado intefhati9na l como una op~fürfa'ltamenlé.~cpmpef itivá aéntro\de-1seg(be_nfo. - i·;. .

2. VIGENCIA DE _LOS 5,~~~-~-~~tí!:;~":::•jt ~:.:<i~-}-~:-,;,\:ji,i'i\it~~'.t, . ·- ·· ;_}, . ': : •· .· < ? . • Los s(.Jf}tios de,~:t~n s~'ftpltsta~f ~ #"i~'i1~Í)~<~, ·4;,.,i, ,,,~,1}a~1i~ic;,é)ón;;~,':~~~tei~f;i~f de d iciery,bre de 20{§) .ti, el ente~,g_i~o ~e\q~ ~~'a v'~_,¡.rlí\,<tl~Ii9hé!l~ "· pifv~¡,1fgt ,-,9uedá ob./.lgá~'o:'~a_}'hacer :~ñtrega de to~t>.,s:::y~cada uno ªé·' fbS);f.éP'O'Res""d"e"'ljeÚ~iQ.~::t>~'rtf·n~ . · ,, ,', . ehtr1,tl.g:t ,l!ffhperi.odo gue,•nó:'.exceda de JO días na'tüóii'€s a partir•d~ 1alo'rf\1L~Lón;~,.~~ventok(f'éi'i/tf.rciJHl_1:lf,p._e1,~f'~~~~~~r:-< . . . .. '/·

: .- . . .'. : ' . . . . -: .-}t:-:.:t.:. ( 'J.} -.;~ ;;-j_ . . -.... . ~ ;:·=·... . · .. · .

3. ESPÉCIFICACIONES DElOS' SERVlflOS ti'",:::~., · · -,<~. -- - .

Los servÍciÓs contemplan lo'siguliJtrn::~ t .. ··. a. Desarrollo d~ rnntfnid9! {trogr;ma· aC:adémi_fo) _.:-- .f~i:ntifl~a-~ión de !os temas relevantes para los

operadores y dise~c{<:le la e~tr:;u~ffura:qel,programa~ContenicfrHematico basado en .más de 12 años de experiencia orga;iz'iiid~ eveQtos coh :áudiincia si_rnilar. -~otfrenido relevanteyactüal para Tour Operador.e$ (TO' s) meti~~Qq,s. \ El documÉthto final sera, el programa del .evento con temas identificados para cad;·se"sió~ '(ponencia·sespecializadas enTúrismo· de Aventura y Naturaleza).

b. Un documento estableciendo lineamientos para la operación de viajes de familiarización pa r los compradores internácionáte'~:(FAM's).

c. Una lista de tour operadores nacionales y asesores de viaje de a!ta calidad aprobada para ser considerados para operar los FAM's .

110.IA I DE J

Viarl11e10 Miguel i\lem;ín 105. piso S. Col. Esc"ndim. C.P. 11$00. Miguel Hi rlalgo. México. D.F. Tel.: [;\25;\) 52784200

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SECTUR Mex1co SfCRETARÍA DE TURISMO Consejo de Promoción Turistica

d. Participación de ponentes internacionales y educadores de AdventureEDU y Experiencia Genuinas reclutará ponentes nacionales y de otros países para la obtención de contenido específico y apropiado para el evento, incluyendo capacitación para los mismos y acuerdos para asegurar su participación: 2 a 3 ponentes plenarios incluidos dentro del total de 8 ponentes para el evento.

e. Supervisión del evento y selección de compradores y medios especializados - Experiencias Genuinas proveerá supervisión/dirección y planeación estratégica: Presencia permanente y asistencia al comité organizativo, a través de llamadas telefónicas, así como presencia física en reuniones del comité agendadas mensualmente.

Para asegurar a los mej9~s,w.¡oo~pr~de{,fS ,¡Jlg,sibles se revisará que cada uno de los "'.f{ t!\ ~ %{[¿ ~'") '\;

compradores CUlllflª\:~º't eltw)g,;· ent~ ~ erfi!} •~~ · 11 _,,'! ~ \_ '1 , ~- ~ /~ j f:, :J 4~--

1. oJ\~tetiga ),.ªl~e· s '• a ños",t~··1a·irrd1'stri~l~is,tfl .} ,-,,_ '

,/!\ •~~~} .,.=.,,,....&,., e, :, ~,:i"\· . l "''l\)".:~!~ágina web en funcr-g;t ,at~;.::·=~:~;~ %~, """''.s:,~".:,c<ú ~~ -

,;f~~J~t;~,~) ~·~~ .. ~ ~an com¡tj~. ::~;;~~\i~:, ~ ·•. t;tfty estZ%--i~f;:~ ~1~a·o,~ en vender r •. - -.;: .¡;:~ .A, ~ <.: ~~ _,.:q ........ ·~ ~'~ • 'I'~ •~ - \ , ,. . ,,.,

_,;¡<\;,,I..,, };. 4f4á~nt~4 · .. <!,0:(oor-0"-b~p~q;µ~Ve-h,' 1.1t'l;ira1selitosament~ y están

"'~l;Y ,~~i;~. ,~r~r;J li\i· \,ss~:::\ ··· ·· . . ... · · .. <·:; •. ,,.-~. ':, 4. Sori'lo:i,~;}Jfñ9~~Y91~~pNf f.é1~,:-~P1t>:f¾~S~,B~~~~~~1~Jis\ás,,en la región; ó algún otro

miem_bto' tl? lf ';~:~;~~Pf~r;'~t~fdsión ~~:i:]3''./:> , : _ . . 5 . . Han completall~ l.a\:f9(-tn~ -déregistro esj:retificarid<? cuáles son sus intereses

''"'"4 .,1

"... ., :,t:~:.::{:~~~;ttN~\f t, ,,\\ ·· .. · .. <l~ ,:;¡; ., , ·· .. ·; . ·• ·. · {J¡jÍ ,.l '\ :flu~,,,¡¡-,eii:1'l . . . ~]f~~t,fzr7,,tf ~!, ATT\ .(c~pi~~?9º~es q~e no cum,pt~.n

f{tf¡f '· q>r¡ \Q.g:l~.gü!~~l \~~'1tG,~~-~t~1l?f QE-01~<'.'.'<· : . · . - .· . . ,, .\ , L:;;;~:, ·• .~.·· · · .·· · : ~•a.'":(-,Ji,:_;'gi~~~! h:~\~~¾t,\ ·,,:\/ <.::;~~;~°'•/;;,:'.':/\., . '· ? ')rt Selecc¡qn e . iriv,itación\7.p,e, _15 mea:Íossy'~prehia intiún'á.cipr,ra!e;s:•,,i.1_,;:e\1ento .-se buscará é3SegUrar los

__ \· y{:' mejonE-rned}~s.'~:os·i~J~~: u ,. >. _ \\-):'. '.'\ :; ·--.·:~~:'.;:;:~:~~?/::}•, :· .. -·· ·. t g'. Supervisión · d-el ) ' rv1a f.k~tpl'ªq~?Fl·;$e*p~riericias'""'GeñJ.1_iria~ .... ~·1tp~isará ·1os trabajos de .Ja empresa

}:.-~t~~eradora ~e} ÍA~'rk,l;}f pJ_a;~f n T~~.ii.;~J~~ PL1'8i_~~-;¡,tst Ml?~rJ,ps:-~.e) r:~unio~~s · de trál~ajb ent;e los

.· .. -~~veedores l~cales y lo{~bM15t~qr,esjflteiri~cionales. -:-- · ~ • e ~ ~-t. •. ·"..,· : . ~ ... ,.,. ., • _,'t.,• :,_~ ;,/ ;"_ ·' . •_;: _ ,, •• '

h-. :; g(é~encia de tres \ (3f '·@1et µ_tiv9,s.._ de . Exp'eriendás Genüi"r:J(!~/ eni,'.~1- ·destino con · propósitos de ~ .;- ; •· ." · ' •. - . •• . :<, !'/. :-1\::: r;••- ,~~•••, ~ •; . . •.,-:

pt~neación.

i. RRPP de la Industria: Acciones de consultoría globales de RRPP para e l evento.

4 . REPORTES Y COMPROBACIÓN

El proveedor es responsable de coordinar todas las acciones realizadas al amparo del presente contrato Y

someter, en todo momento, a aprobación de la Dirección Ejecutiva de Mercadotecnia del Consejo, las

decisiones que afecten o influyan directa o indirectamente en la imagen de México y del destino turístico.

1-10.lt\ 2 DE J Viarlue10 Miguel A lemán 105. piso 8. Col. Esc andón. C.P. 11800. Miguel Hirlalµo. Mésico. D.F. Tel.: (5255) 52784200

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, SECTUR MeXICO S.ECRETARiA 'DE TURISMO Consejo de Promoción Turistica

Deberá comprobar mediante reportes, la ejecución de los servicios descritos en el punto anterior y presentar

los entregables, y documentación soporte que requiera El Consejo relativo a la presente contratación dentro

de 30 días naturales a partir de la conclusión del evento.

El proveedor deberá presentarlos un entregable que incluya todos los puntos que se mencionan a continuación:

1. Programa AdventureNEXT México en formato de Excel con el detalle de cada sesión. 2. Documento detallado describiendo la forma en que los FAM's deberían de ser ofrecidos a

compradores e invitados, op d,~<s i adb~. T(¿}!,s~especializados.

3. Ba~e de datos de ~puf( 6~ o\s . t: aj~s Ja/'J~{~~r con}' e~~g?s para ofrecer FAM's de alta calidad en Advenfu~N~~ .cg..,,,.,,=1' '\,.,_t, ,.,,,,,.,;;• J ti✓J~·F ti~.<.,

4. Lista de P(l.Rtntes nift~ial 'se internacionales que cubrirárNat;i'fs ~ COf?furrentes, así como las

plena~ lt!~arca el programa acadér;ai~~"d~"~d:Y~~e~EXT M' ~)~~ f~,.,.'.;· .. ,. S. Base41e ~ie~~~ hasta 4? c~~p¿ad &ll .,; gA.~~\r'e~~~~-dos par<a!Jfve.~tó: 6. ~,as~,tdaJ :>s de 15 med1os.1 te¡o!-~ ~ tr:~f.~s,e_~_ri$J~nto ··~ .... _,,,~.-' 7. ,7~~1q~~ de á~J~tas >d,e;: . io~~:i€iA',l}\a .. ': lgit~;:il,~:1ºtl~1~r ,,~.,.. .

- ,•,

8. G'áfatei de a N • ..al e"#intg.-"""'1 ~ l \ · \,~ ;'ít % i, ~-/''·~·~, :,;_,""-;.>•~-. ·,(~, .

... 9\ }§!~ shots <,~tf~~i ~t,~~'.}~~~,i.. .. . El Co~sejo.,~_~J eserva el derecho:·~·~;¡~tctpát~~~,1~ . ,· ?$:~~~rviilt'~ª~:J);E,ti,~i'.ff:#:é)'6~:$e~icioS en 'tualquier mom§nto dúrante,:_la,_vigenci~0.,del_:Eoñtra~o./e~rfrnn .• " '• tl~:•1~,..0,tré~Eié:n;G~r-i,t(~I, lif1:1lar de.1 Organo Interno de Corifrol~ 'c:>irección· Geheral{Ádjrinta de' idhMíttiJt •· 1 .c~?0'foi'ri'acióh·.ihte'rnad0nál y/o Dirección General Adjµnta de Mercadot~{:~ia1:yp~omoción :p\>ir:¡1~J;pets$,\1~~,:q~~.P-?ra tá)es ef~~tos s°e~n designadas.

' ' i•'})i~-;~jt):~;~::/' ., .. . .,.,,:, ·-·• .. , -•···· .. ,, ;;, ':i.. -,,,,•,~l('bC:lra_,. '-{,

:\$~t~~'':

110 .1/\Jl)[ J

Viad1tclo Mi~1tel Alemán 105. piso S. Col. Escandón. C.P. 11800. Mi~tttl Hidol~o. México. D.F. Tel.: (52:i.i) 527~~200

9

t

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@

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Guía breve de uso de Marca México/ País

Introducción

... México, país de luz, fusión de culturas, sonrisa eterna de su gente ...

1 Introducción

~ ~:u

1.1 Imagen ante el mundo

1.2 Cómo usar esta guía

1.3 Posicionamiento

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cu u ·-"'C e: ,_

~ --'--o

1

2

■ flflll1I

Propiedades

2.1 La Marca

2. 2 Áreas de protección y tamaño

2.3 Marca en blanco y negro

2.4 Marca simplificada. Dos tintas

2.5 Marca simplificada. Una tinta con pantallas

2.6 Marca simplificada. Una tinta sólida

2.7 Paleta principal de color de la Marca

2.8 Tipografía

2.9 La Marca con razón social

2.10 La Marca con lema

2.11 Usos incorrectos 1 y 2

Guía breve de uso d e la Marca México/ País

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o "'C e: ::::s

E -a, a, ..., e: n:s e: a, bD n:s E

1

La oferta de benefi cios a nivel mundial ha

generado en cada país la necesidad de trabajar

intensamente en la proyección de sus bondades

hacia el extranjero. El Consejo de Promoción

Turística de México ha querido reforzar su

posición ante el mundo evolucionando su imagen

gráfi ca en busca de una mayor proyección entre

las naciones.

La idea es desarrollar una identidad de marca

que comunique la actualidad de nuestro país,

que evoque de forma sencilla nuestra fortaleza

y que rompa estereotipos ante e l mundo.

Con el fi n de estandarizar y reglamentar el

tratamiento visual y la aplicación gráfica de la

marca México/País y t omando en cuenta los

alcances de la misma, se propone este Manual

de Uso de Marca, cuyo objetivo es servir de

instrumento y de orientación para todas

aquellas organizaciones que participen de los

esfuerzos de comunicación del Consejo de

Promoción Turística.

Confiamos en t ransmitir, a través de este

manual, la inspiración que motivó la propuesta

de renovación y el impacto que se busca para

expresar nuestro presente, a través de una

imagen sólida y memorable ante todas las

poblaciones del mundo.

Es indispensable leer detenidamente las páginas

de este Manual de uso de Marca para

~~ 0 '' b,e,e de "'ºdela Mana Mé,ico / eais

1

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ro ,_ :l bO ro .... V, a, L. ro V, :l o E 'º u

1

familiarizarse con su contenido de forma que se

apliquen correctamente las normas establecidas

en ella.

Este documento contiene aplicaciones específi

cas y reglas necesarias para evitar cualquier

error que altere el diseño original o disminuya

los alcances de comunicación de esta

Marca/País.

Es importante señalar que los elementos gráficos y

metodológicos del presente manual no pueden ser

reproducidos con fi nes distintos a los del Consejo de

Promoción Turística de México.

Para cualquier duda sobre la aplicación correcta

de la Marca México, deberá hacerse una

consulta al responsable de la Gerencia de Marca

del Consejo de Promoción Turística a la siguiente

dirección de e-mail: gerenciademarca@visitme

xico.com

Al fi nal de este Manual se encuentra un CD que

incluye los documentos digitales de la Marca

México para utilizarse en impresión.

Noto: Los colores impresos en esto guía no deberán ser

tomados como base para reproducción, por lo que se

deberá consultar la guía oficial Pantone Matching

System o las equivalencias de Selección de Color

{CMYK/ que se encuentran indicadas en este

documento.

~ ~ ~ oia ,,,.e de oso de la Ma,ra Mé,iw / Pais

2

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~

o ..., C1) e: ·-E t0 e: o ·-u ·-VI o Q.

1 -México'!':~ M!!~!!:!~~

El Consejo de Promoción Turística de México

(CPTM) identificó la oportunidad de revisar y

renovar la imagen de marca México como

destino turístico para proyectar una imagen

distintiva, apropiada y relevante al mercado

nacional e internacional y representar la oferta

global del país de forma consistente y unificada.

México se posiciona en el mundo como un país

único y diverso, más allá de la hospitalidad.

México es una cultura milenaria y una sociedad

original; rico en historia, tradiciones y

naturaleza; gente simpática e ingeniosa. México en un país de luz, rico en colores y sabores. México es un puente de encuentro entre la tradición ancestral y la vanguardia

moderna.

México también es:

• Un lugar de mezcla, de fusión, de diálogo y

deadaptación.

• Una tierra de oportunidades y certidumbre.

• Un sitio de productos originales y

solucionesinnovadoras.

La combinación: diversidad cultural, fl exibilidad

y adaptación, posiciona a México como un país

con raíces (tradición) y con aspiraciones

(modernidad).

La síntesis de ambas dimensiones brinda una

imagen potente y favorable para obtener benefi

cios en los intercambios de la globalización.

Guía breve de uso de la Marca México/ País

~ -0

3

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Propiedades

... México, país diverso y vobrante, casa de

gente alegre, hospitalaria y viva ...

~ ~ -o

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1 1 Méxiió~?' -~ :¡ ~arca ~~~s -~·_;

~~ ' . _ , \ de la Marca México/ País -V Guía breve de uso .

5

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1

El concepto de la Marca México busca proyectar

o la inmensa diversidad de nuestro país en

u términos de riqueza, calidez y alegría. La ·-X identidad de nuestra patria se basa en el •(IJ resultado de la intersección de realidades a

~ través del tiempo, que van desde nuestra

ro milenaria herencia prehispánica, la riqueza de la u etapa virreinal, hasta la moderna propuesta .... ro contemporánea dentro de una tierra fértil y llena

~ de bondades.

ro ..J 1 La Marca México se compone de un arreglo

tipográfi co de la palabra México en una

combinación de altas y bajas con acento

(elemento gráfico propio de nuestra lengua) que

contiene una serie de elementos distintivos de

nuestra evolución, que con el tiempo se han

consolidado como identificadores inconfundibles

de nuestra patria.

México es también color y de ahí la gama de

valores cromáticos de temperaturas encontradas

(cálidos, estridentes y vivos) que proyectan la

riqueza visual de nuestro país; el rojo, color

patrio, símbolo de pasión y sangre; magenta

(llamado rosa mexicano), pigmento generado por

nuestros ancestros y símbolo del carisma

mexicano; amarillo, color de luz, energía, riqueza,

calidez, brillo; morado, color popular de misterio

y magia; verde, color de abundancia y vida y fi

nalmente el color turquesa, color propio de

nuestras costas.

La Marca México es proyección de vida, alegría,

diversidad y hospitalidad.

~

~ . --e) Goia b,e~ deoso de la Ma,ca Mé,ico / Pais

6

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~ ~

--0

1

Debido a la gran cantidad de participantes en los

esfuerzos de comunicación de la Marca México

como las diferentes entidades federativas,

patrocinadores y/o socios comerciales, se le ha

asignado el área de protección, que deberá ser

respetada en su aplicación cuando comparta

espacio con ellos.

Ya que la estructura visual de la Marca México

tiene una construcción que parte de su propia

composición tipográfi ca, se ha tomado como

unidad de medida de protección la letra "x", la

cual establece las medidas de alto y ancho que

componen el espacio mínimo que deberá

proteger la Marca México de sus acompañantes

en cualquier pieza de comunicación tanto

impresa como digital o de medios.

Guía breve de uso de la Marca México/ País

7

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o E -e ,_ E o ic ro E ro +" > e

•O ·-u u (JJ ..., o s... o. <l)

"0 (1)

ro QJ ....

-<C

.~

1

De igual manera, se sugiere tomar la medida que

existe desde la base de la letra X {de la Marca)

hasta su primer vértice interno como medida de

altura de las mayúsculas para los textos que

formen parte de la Razón Social o textos

comerciales, como slogans.

Es importante señalar que el interletraje de las

palabras que forman la Razón Social deberá

ajustarse al largo de la marca México,

exceptuando su aplicación en los idiomas: inglés,

alemán y japonés (esto debido a que la extensión

es muy corta).

Uno de los factores importantes en el desarrollo

de la Marca México es el de reducción. Aunque

es recomendable no utilizar la Marca en su

tamaño mínimo, sí se propone una reducción

crítica (cuya altura es de 5 mm.) para aquellos

casos en que sea absolutamente necesario.

~ Guia breve de uso de la Marca México/ País

1

1 ConseJo--a·ePromocíon Turística =-~7r..11..L11 _r~11TÍli-u.11J.J .. tJ. .1L.L!. H _J__j__JL.J •.. li.

~

Me~'tlCO ··•x ?] ,.,,

8

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o '-bO QJ e > o u e nl -.e e QJ nl u :i... nl

2

\~ -~ ~ ' -()

1

El contexto de la Marca México también

contempla aplicaciones en blanco y negro, para

su inserción en medios como el periódico

(prensa). Tomando en cuenta esto, se ha

desarrollado una versión de la Marca para

aplicarse en escala de grises (contemplando la

ganancia de punto de este sistema de

impresión) para aplicarse tanto en fondo blanco

como sobre fondo negro.

Guía breve de uso de la Marca México/ País

#

9

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1

~ -~

--0 Guía breve de uso de la Marca México/ País

F.;,,,nd~, Bl:mcu:Fo0do Negro·

Negr,, 100%8IB¡HX>

N~:gw 60%Negrn 20·;1-l □

10

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~

~

1

Se han contemplado también las limitantes de impresión a las que se podría enfrentar la Marca México, así como los distintos

#

■, MeXICO® #

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"'-O Guía breve de uso de la Marca México/ País

PMS 1795C Negro25%

PAN10NE Process Magenta Ne9ro l 0%

PMS 130C Negro 15%

PM5248C Negro25%

PM5376C Negro20%

PM57467C Negro25%

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presupuestos que dictan las condiciones de reproducción de algunas piezas de comunicación.

La Marca México cuenta con algunas variantes de simplificación en té rminos de número de t intas y los sistemas de impresión

comunmente conocidos.

Una de estas variantes es la que depende de dos tintas únicamente, para la cual se propone emplear una de las 6 tintas directas de la

Marca al 100% y un porcentaje de negro que sobre imprima para generar las texturas como se muestra en estos ejemplos.

Es necesario observar que cuando la marca se imprima en rojo 1795, en morado 248 o en verde turquesa 7467, el porcentaje de negro

deberá ser del 25%, mientras que en los otros colores deberá ser del 20%, excepto en el amarillo 130 que será 15%.

Nota: Los colores impresos en esta guía no deberán ser tomados como bose para reproducción, por lo que se deberá consultar la guía oficial Pan tone Motching

System o las equivalencias de Selección de Color /CMYK) que se encuentran indicadas en esta página.

-V Guía breve de uso de la Marca Méxiw / País

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Otra de estas variantes es la que depende de una tinta únicamente. En este caso se propone gel')erar las texturas con el empleo de un

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--Q Guia breve de uso de la Marca México / País

PM51795C PMS 1795 C o/ 65%

PANTONE Process Magenro PAi/TONE Process Magenw al 65%

PMS 130( PMS 130Col65%

PM5148C PMS 148 Col 65%

PM5376C PM5 376( o/65%

PMS 7467C PMS 7467C o/65%

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porcentaje del 65% de tinta, de forma que la Marca conserve la viveza del color sin perder la comunicación de los elementos gráficos.

Nota: Los colores impresos en esta guía no deberán ser tomados como base para reproducción, por fo que se deberá consultar fa guía oficial Pantone Matching

System o las equivalencias de Selección de Color {CMYK) que se encuentran indicadas en esta página.

Guía breve de uso de la Marca México/ País

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~ ·-'() Guia breve de uso de la Marca México/ País

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Una más de las posibles aplicaciones es la que se refi

ere a aquellos casos en los que no se pueda emplear

color.

Esta variante cubre los requerimientos para

aplicaciones especiales como grabados ciegos (sin

tinta), ya sea sobre piel o superfi cies de papel.

Existe también la posibilidad de generar altos y bajos

relieves si así se desea o bien emplear esta variante

para su impresión en Hot Stamping.

--V Guía breve de uso de la Marca México/ País

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Pantone So/id

PMS1795 C

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Tomando en cuenta la variedad de procesos y sistemas, tanto de impresión como

de comunicación digital, se ha seleccionado una paleta de color que distinga a

nuestro país y que sea consistente en luminosidad dependiendo el medio en que se

aplique. De ahí que la Marca México se deberá aplicar con las siguientes

propiedades de color para impresión (tintas directas o selección de color cmyk).

Noto: Los colores impresos en esta guía no deberán ser tomados como bose para reproducción,

por lo que se deberá consultar la guía afi cial Pan tone Matching System o las equivalencias de

Selección de Color /CMYK) que se encuentran indicadas en esta página.

coated

PMS130C

PMS201 C PMS676C PMS158C

C:O M:100 Y:90 K:O

C:O M:100 Y:90 K: 25

PMS248C PMS376C PMS7467C

PMS512C PMS377C PMS322C

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Pantone So/id uncoated

PMS1795 U PMS Process Magenta U PM5130U

PMS201 U PMS676U PMS158U

PMS248U PMS376 U PMS7467U

PMS512U PMS377U PM5322U

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C:O .,m C:50

M:100 M:40 M:100 M:O

Y:O Y: 100 Y:O Y: 100

K:O ---- K:O K:O K:O

■'" lllil" .,. . ,,. M:100 1.1,60 M:100 M:O Y:O Y:100 Y:O Y: 100

K:25 K:O K:20 K:25

Process CMYK

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Una parte importante en los esfuerzos de

comunicación es la personalidad que se

proyecte en todos los textos y comunicados que

tengan que ver con la Marca México, para ello

se ha seleccionado una familia tipográfi ca

desarrollada por Adobe Systems: "Myriad Pro"

(formato OpenType), la cual deberá ser

empleada para componer textos de cualquier

tipo, ya sean títulos, subtítulos, llamadas o

cuerpo de texto para comunicados extensos.

Myriad cuenta con una personalidad cálida y una

excelente lectura debido al tratam ientode las

letras, así como a sus proporciones.

La estructura abierta de Myriad permite

componer ajustes precisos de textos así como

una lectura cómoda y variada, lo cual favorece a

la Marca México, dándole una identidad fresca y

actual.

-V Guía breve de uso de la Marca México/ País

Myriad Pro Black

ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXVZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 0123456789

Myriad Pro Bold ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXVZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 0123456789

Myriad Pro Semibold ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXVZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 0123456789 Myriad Pro Regular ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyz 0123456789

Myriad Pro Light ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ abcdefghijklmnopqrstuvwxyz

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0123456789 Espafiol Francés

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MeXICO'~ Consejo de Promoción Turística Conseil de Promotion Touristique

Ingles ltolicmo

# Mex 1co(•) Tourism Board Ente per la Promozione Turistica

Portu()vés lapo11c,

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MeXICO #

MeXICO"' Conselho de Promo~ao Turistica

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La Razón Social de la Marca México es: "Consejo de

Promoción Turística de México". Pensando en las

diferentes traducciones para otros países en donde

el Consejo de Promoción Turística tenga

actividades, se han creado las variantes de la

Marca con su Razón Social en varios idiomas.

Alemcin

# Me~1co·, Fremdenverkehrsbüro

Es importante señalar que el interletraje de las

palabras que forman la Razón Social deberá

ajustarse al largo de la marca México, exceptuando

su aplicación en los idiomas: inglés, alemán y japonés (esto debido a que la extensión es muy corta).

-V Guía breve de uso de la Marca México / País

Holandes

Een wereld vol verbeelding

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El Consejo de Promoción Turística cuenta con campañas de publicidad que refuerzan la imagen de México como destino t urístico a nivel

mundial y se ha desarrollado la solución gráfica para este propósito.

Para efectos de mayor impacto en el lema de campaña o slogan, a diferencia

de la razón social (CPTM), se propone aumentar el tamaño del puntaje de

este texto en base al trazo de la letra para aumentar visibilidad y lectura en

anuncios de publicidad.

El tamaño de texto asignado corresponde a la altura de las letras 1,b,h o

cualquier letra de caja baja (minúsculas) desde su base de fuste hasta el

límite del ascendente alineado a la base del trazo superior de la greca que se

encuentra en la letra M y se usará siempre al mismo puntaje con la

posibilidad de traducir los lemas al idioma que se requiera.

Vive hoy, vive lo tuyo

Vive hoy, vive lo tuyo

-V Guía breve de uso de la Marca México/ País

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Marca Paísr.:!~ ~ .. --:r:,d,-...,_d."'!:

Es imporrante ajustarse a los lineamientos de

esta guía de uso de Marca, de modo que la

proyección de la imagen de nuestro país sea

consistente y adecuada.

Cualquier alteración en posición, tamaño, em­

pleo de colores en la Marca México resultaría en

una comunicación desfavorable hacia el público

objet ivo.

Con el fin de evitar malas interpretaciones y

ejecuciones defectuosas, se han seleccionado

algunos ejemplos de usos incorrectos de la

Marca México como se muestran en esta página

y en la siguiente.

---U Guia breve de uso de la Marca México/ País

Vive hoy, vive lo tuyo Vive hoy, vive lo tuyo

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Es impor tante ajustarse a los lineamientos de

esta guía de uso de Marca, de modo que la

proyección de la imagen de nuestro país sea

consistente y adecuada.

Cualquier alteración en posición, tamaño, em­

pleo de colores en la Marca México resultaría en

una comunicación desfavorable hacia el público

objetivo.

Con el fin de evitar malas interpretaciones y

ejecuciones defectuosas, se han seleccionado

algunos ejemplos de usos incorrectos de la

Marca México como se muestran en esta página

y en la siguiente.

-'-0 Guía breve de uso de la Marca México/ País

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Vive hoy, vive lo tuyo

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