UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES
“UNIANDES”
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA
CARRERA DE DERECHO
TESIS DE GRADO PREVIO LA OBTENCION DEL TÍTULO DE ABOGADO DE
LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA
TEMA:
PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO
MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL
DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11
GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA.
AUTOR:Wilson Honorio Jácome Amores
ASESOR: Abg. Rodolfo Calle
Riobamba-Ecuador
2015
APROBACION DEL TUTOR
En mi calidad de Tutor de Tesis designado por disposición de la Cancillería de la
UNIVERSIDAD REGIONAL AUTONOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”.
CERTIFICO QUEel señor WILSON HONORIO JÁCOME AMORES, ha culminado con
su trabajo de tesis intitulado “PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL
REGLAMENTO DISCIPLINARIO MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS
DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA
DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11 GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA”,
cumpliendo con todos los requisitos exigidos, razón por la cual, autorizo la presentación de
este trabajo para la evaluación respectiva.
Abg. Rodolfo Calle Santander
TUTOR
DECLARACIÓN DE AUTORIA
Declaro que todos los resultados obtenidos en el presente informe de tesis, previo a la
obtención del Título de ABOGADO DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LA
REPÙBLICA, es absolutamente, original auténtico, y personal.
También me responsabilizo totalmente por los conceptos, opiniones, y propuestas emitidas
en la misma.
Wilson Honorio Jácome Amores
C.C. 1002026415
DEDICATORIA
A mí amada esposa y mis queridos hijos que con su amor, comprensión y apoyo me han
impulsado a terminar esta etapa en mi vida, a mis padres, porque siempre me enseñaron
el amor y la perseverancia
AGRADECIMIENTO
Gracias a mis maestros, que estuvieron en toda la etapa educativa, porque con sus
enseñanza lograremos ser grandes profesionales.
EL AUTOR
RESUMEN EJECUTIVO
EI Mandato Constitucional establece como rol fundamental de las FF.AA., la preservaci6n
del orden democrático, no se puede desestimar que estas tienen una formaciónsistemática
que fortalezca la opcióndemocrática y de vigencia de los DD.HH. Se ha evidenciado que
existe, dentro de algunos miembros de las FF.AA., una visión sobre los DD.HH., como un
tema politizado e ideologizado por la sociedad civil yen especial por las instituciones de
DD.HH. La brecha que se crea entre la sociedad y las FF.AA.
Los casos en los que es manifiesta la violencia con la que llegana actuar las fuerzas de
seguridad demuestran la existencia de unámbito en el cual el Estado y su acción coercitiva
y represiva seapartan o pueden apartarse de cualquier esquema jurídico propiode la lógica
de funcionamiento y garantías de un Estado deDerecho, dejando libradas tales acciones -de
extremo control estatala criterios de los organismos de seguridad y a
prácticaseventualmente arbitrarias de sus miembros cuyo interés exclusivoes obtener
resultados concretos en su “lucha” contra “enemigosinternos” construidos en el marco de
un discurso apuntalado, enunos casos, desde ideologías y objetivos geopolíticos
específicosy, en otros, desde visiones internas que enmarcan a los enemigoscoyunturales
como sujetos que deben ser sometidos a distintosniveles de coerción.
Por estas consideraciones las fuerzas armadas en su preparación tienen que someterse a
entrenamientos bruscos y a un sistema jerárquico con disposiciones que a veces son fuera
de contextos que al momento de acatar por parte del subordinado la disposición superior
esta adolece de pertinencia y lógica; peor aun cuando exista una desobediencia por parte
del militar a la orden dada, éste es sancionado con la respectiva privación de su libertad en
contra de su voluntad sin permitirle que goce de sus días de franco; siendo esto una clara
violación a los derechos humanos; considerando que nadie puede ser privado de su libertad
en contra de su voluntad. Es necesario indicar que el respaldo jurídico para éste atropello lo
tienen en el Reglamento Disciplinario Militar; que se ha constituido en la herramienta de
violación de derechos humanos al interior de las FFAA.
EXECUTIVE SUMMARY
EI Mandate Constitution establishes the fundamental role of the armed forces, the
preservaci6n of democratic order, you can not dismiss these have a systematic formaci6n
strengthen democratic choice and observance of HR has been shown to exist, within some
members of the military, a vision on HR as a politicized and ideological civil society and
especially institutions DD.HH. The gap created between subject and society Armed Forces
The cases in which there is evidence of violence that come to act the security forces show
the existence of an area in which the state and its coercive and repressive action deviate or
may deviate from any proper legal scheme logic operation and guarantees the rule of law,
leaving waged such actions-end state control criteria of the security agencies and possibly
arbitrary practices of its members whose sole interest is to obtain concrete results in their
"struggle" against "internal enemies" constructed in the context of a discourse
underpinned, in some cases, from ideologies and specific geopolitical objectives and in
others, from inner visions that frame circumstantial enemies as subjects to be subjected to
different levels of coercion.
For these reasons the armed forces in their preparation have to undergo abrupt workouts
and a hierarchical system with provisions that are sometimes out of context that when
abide by the subordinate top make this lacks relevance and logic; worse when there is
disobedience by the military in the order given, it is sanctioned by the respective
deprivation of liberty against their will without allowing enjoyment of their days off; this
being a clear violation of human rights; considering that no one can be deprived of their
liberty against their will. We must stress that the legal backing for this outrage they have in
the Military Disciplinary Regulations; which has become the tool of violation of human
rights within the armed forces.
ÍNDICE GENERAL
INTRODUCCION 1
Antecedentes de la Investigación ....................................................................................... 1
Situación Problèmica ......................................................................................................... 2
Problema Científico ............................................................................................................... 4
Objeto de Estudio ................................................................................................................... 4
Campo de Acción ................................................................................................................... 5
Línea de Investigación ........................................................................................................... 5
OBJETIVOS .......................................................................................................................... 5
a. Objetivo General ............................................................................................................ 5
b. Objetivos Específicos .................................................................................................... 5
Hipótesis ................................................................................................................................ 6
Justificación ........................................................................................................................... 6
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear ............................................... 6
Resumen de la estructura de la tesis ...................................................................................... 8
Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica en dependencia del
alcance de la tesis ............................................................................................................... 9
CAPITULO I ....................................................................................................................... 12
MARCO TEORICO ............................................................................................................ 12
El TEDH y el Derecho militar ............................................................................................. 12
Las relaciones entre DIH y derechos humanos. Posibles colisiones ................................... 15
Derechos Humanos y la Fuerza Terrestre ............................................................................ 18
Derechos Humanos, Fundamento Legal. ............................................................................. 18
Comportamiento y Derechos Humanos. .............................................................................. 25
CAPITULO II ...................................................................................................................... 31
MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA .................. 31
2.1 Enfoque. ......................................................................................................................... 31
2.2. Modalidad de Investigación. ......................................................................................... 31
2.3. Nivel o Tipos de Investigación. .................................................................................... 31
2.4. Población y Muestra. .................................................................................................... 31
2.5. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Investigación. ................................................... 31
2.6 Presentación de Resultados. ........................................................................................... 33
Autoridades Militares ........................................................................................................ 33
Casos Prácticos .................................................................................................................... 39
CAPITULO III ..................................................................................................................... 44
DESARROLLO DE LA PROPUESTA .............................................................................. 44
Justificación ......................................................................................................................... 44
Principio filosófico. ............................................................................................................. 45
Objetivos .............................................................................................................................. 45
Atribuciones ......................................................................................................................... 45
Composición ........................................................................................................................ 46
Financiamiento ..................................................................................................................... 46
Antecedentes ........................................................................................................................ 47
Considerandos ...................................................................................................................... 47
Validación de la Propuesta. ................................................................................................. 49
CONCLUSIONES ............................................................................................................... 50
RECOMENDACIONES ...................................................................................................... 51
BIBLIOGRAFIA ................................................................................................................. 52
1
INTRODUCCION
Antecedentes de la Investigación
En el Ecuador existe la normativa reguladora de la conducta del militar está dispersa, así
podríamos mencionar: el Código de Justicia Militar, Ley Orgánica del Servicio de Justicia
de las Fuerzas Armadas y el Reglamento de Disciplina Militar
Al referiremos a la materia disciplinaria militar, interpretamos que ella se conforma a la
materia de infracción legal sub-delictiva, donde muchas veces ocurren acciones
procedimentales que conducen a calificaciones de faltas como delitos o de delitos como
faltas, a consecuencias de malas o interesadas interpretaciones de las normas jurídicas.
La materia delictiva militar, no puede desvincularse de la sintonía que debe existir entre la
Normativa Internacional de Derechos Humanos, los Derechos consagrados en la
Constitución del Estado, el Código de Justicia Militar, el Reglamento de Disciplina
Militar, creado éste último dentro de la normativa del Código, para penalizar las faltas
militares en los términos que él mismo contempla.
Dentro de este mismo ámbito y considerando la importancia de revisar el cumplimientocon
este planteamiento en el Informe de la IIDH , pone a disposición en el informe un
conjunto de reflexiones e información sobre los derechos humanos que permiten no sólo la
comprensión conceptual del tema, sino su apropiación como valor central en la conducta
profesional y personal del militar, para que se respete sus derechos en el cumplimiento de
sus deberes y obligaciones, haciendo hincapié en la necesidad de que en cada institución
militar debe contar con un instrumento idóneo y práctico de apoyo a los esfuerzos que las
Fuerzas Armadas han emprendido en procura de la incorporación de los Derechos
Humanos en su doctrina y práctica profesionales.
Se inició un proceso de reforma del sector Defensa en el que tuvo un papel fundamental el
fortalecimiento del Ministerio de Defensa como órgano de conducción y control político de
las Fuerzas Armadas.
2
Un análisis de la aplicación del Principio de legalidad en procesos sancionatorios en
personal militar se puede profundizar con el estudio del documento denominado: “La
potestad disciplinaria militar en el marco de la Constitución” de Pedro Hernández del
Olmo, 1999, en donde se analiza laseguridad jurídica y el respeto a las opciones
legislativas de sanción de conductas situándolas a la validez constitucional de la aplicación
de las normas sancionadoras desde el prisma del principio de legalidad tanto en su respeto
al tenor literal del enunciado normativo, que marca en todo caso una zona indudable de
exclusión de comportamientos, como en su razonabilidad.
En el documento denominado “El maltrato en el servicio militar a través de la prensa” se
analiza las denuncias por maltrato a militares, Se hace un recuento del incremento de las
denuncias presentadas, los tipos de casos denunciados y las reacciones de las autoridades
estatales y la sociedad civil, todo este análisis en base a denuncias publicadas
principalmente en la prensa como un derecho constitucional a la Comunicación e
Información.
Situación Problèmica
En este contexto, diversos diagnósticos, como el Informe de la Comisión de
Reestructuración Integral de las Fuerzas Armadas (2002), las políticas novena y vigésimo
quinta del Acuerdo Nacional y el Informe Final de la Comisión de la Verdad y
Reconciliación (2003), llaman a determinar una política de personal racional y eficiente, y
a establecer mecanismos institucionales para salvaguardar los derechos fundamentales del
personal militar, de esta manera se emprendió el proyecto "Personal Militar en Situación
de Vulnerabilidad: Monitoreo e Incidencia desde la Sociedad Civil", desarrollado en
conjunto por el Instituto de Defensa Legal (IDL) y el Centro de Estudios y Promoción del
Desarrollo, gracias al auspicio de la Unión Europea (UE). Este proyecto buscaba catalizar
las capacidades de la sociedad civil para el monitoreo y la protección de los derechos
fundamentales del personal militar en situación de vulnerabilidad, así como poner en
marcha un sistema de seguimiento que permita colocar en el marco de protección y
respeto de los Derechos Humanos del personal militar con reformas aplicadas a sus
Código, Leyes y Reglamentos.
3
Debido a esto el personal militar debe contar con un Reglamento de Disciplina
conformado por un conjunto ordenado de principios y normas, las mismas que bien
entendidas constituyen un valioso apoyo en la conducción de los actos individuales y la
aplicación correspondiente dentro del ámbito del debido proceso y el respeto a los
derechos humanos.
La profesión militar exige que la disciplina sea firme, pero al mismo tiempo razonada, y
que todo rigor innecesario, todo castigo no determinado por las leyes o reglamentos, que
sea susceptible de producir un sentimiento contrario, al del cumplimiento del deber, toda
palabra, todo acto, todo ademán ofensivos, así como las exigencias que sobrepasen las
necesidades o conveniencias de la vida militar, y en general, todo lo que constituya una
extralimitación por parte del superior, hacia su subalternos, están estrictamente prohibidos
y serán severamente castigados.
En dicha regulación militar, se presentan gran cantidad de principios violados para la
ejecución y efectividad tanto de las sanciones como en el campo procedimental para dar un
verdadero enfoque a las normas sustanciales y procesales en la justicia castrense, se ha
podido ver la irregularidad al quebrantar las normas constitucionales vigentes como por
ejemplo:
Derecho a la igualdad
Existen prácticas institucionales arraigadas en la Brigada de Caballería Blindada, en donde
el nivel jerárquico prepotentemente irrespeta los derechos humanos del personal
subordinado, muchas veces condicionados por factores de exclusión y discriminación
como la condición socioeconómica, el origen étnico, el nivel educativo, la lengua de
origen, el género, entre otras, que se exacerban en una relación jerarquizada.
Principio de la legalidad
La legalidad o primacía de la ley es un principio fundamental conforme al cual todo
ejercicio del poder público debería estar sometido a la voluntad de la ley y de su
jurisdicción y no a la voluntad de las personas, para que exista una Ley disciplinaria que no
contraponga las disposiciones constitucionales se debe reformar el reglamento de
4
disciplina así como también establecer políticas y procedimientos que coadyuven a la
aplicación sancionatoria correcta.
En la actualidad no existe un procedimiento sancionatorio definido para todas las unidades,
existe diversificación de procedimientos, no se toma en cuenta plazos de vencimiento, no
se sigue el debido proceso en mucho de los casos sin que el denominado infractor pueda
presentar las pruebas de descargo objetivas que justifiquen su actuación dentro de un
proceso justo sino que de manera inmediata se dictamina la sanción a aplicarse, la
documentación no cuenta con sustento legal suficiente, afectando directamente al personal
involucrado y poniendo en riesgo la institucionalidad de la Brigada de Caballería Blindada.
Derecho a la educación
No se respeta el derecho a la educación contemplada en la Constitución derecho de las
personas a lo largo de suvida y un deber ineludible e inexcusable del estado constituyendo
un área prioritaria de la política pública y de la inversión estatal, garantía de la igualdad e
inclusión social y condición indispensable para el buen vivir.
Muchas veces este derecho se ha visto afectado porque no se respetan los horarios de
estudio que realiza el personal, no se tienen ningún lineamiento o política institucional
enmarcada en la ley para poder garantizar el permiso por estudios y no se da la atención
debida ni se prioriza las necesidades que tiene el personal subordinado para la asistencia a
los centros educativos en donde se encuentren legítimamente matriculados.
Problema Científico
¿Cómo lograr que el Reglamento de Disciplina Militar precautele los Derechos Humanos
del personal subordinado de la Brigada de Caballería Blindada No. 11 Galápagos del
Cantón Riobamba?
Objeto de Estudio
Reglamento de Disciplina Militar
5
Campo de Acción
Derechos del personal Subordinado de la Brigada de Caballería Blindada No.11
Galápagos del Cantón Riobamba
Línea de Investigación
Protección de derechos y garantías constitucionales
OBJETIVOS
a. Objetivo General
Elaborar un proyecto de Ley Derogatoria al Reglamento de Disciplina militar para que
respeten los Derechos humanos del Personal de Subordinados de la Brigada de
Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón Riobamba.
b. Objetivos Específicos
Identificar las normas legales referentes a Derechos Humanos del Personal de
Subordinados de la Brigada de Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón
Riobamba.
Realizar un diagnóstico de la vulneración de los derechos humanos del personal de
subordinados de la Brigada de Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón
Riobamba.
Establecer los mecanismos para la elaboración delareforma a la normativa jurídica para
que no vulnere los derechos humanos del personal de subordinados de la Brigada de
Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón Riobamba
Validar la propuesta por expertos en el área.
6
Hipótesis
La elaboración de un proyecto de Ley Derogatoria al Reglamento de Disciplina militar
precautelará los Derechos Humanos del Personal de Subordinados de la Brigada de
Caballería Blindada No.11 Galápagos del Cantón Riobamba.
Justificación
La violación de los DDHH a los miembros de FF.AA., es permanente en la Institución,
cuya estructura es jerarquizada, constituyendo una de las principales causas para la
violación de los derechos, lo que no permite el libre ejercicio de los DDHH ratificados en
la actual Constitución del Estado. La Constitución de la República al tratar de los
Derechos, Deberesy Garantías, los Derechos Políticos, y sobre la Fuerza Pública y su
colaboración para el desarrollo económico y social del país. EI objetivo principal es
conocer cuál es la situación actual de la práctica de los DDHH en la institución Armada.
Por lo tanto esta investigación pretende demostrar que la violación a los DDHH en las
FFAA prevalece sobre los Reglamentos militares, por lo que no se puede hablar de
transparencia, ni legalidad, esta situación ha propiciado la falta de credibilidad sobre el
tratamiento adecuado a los DDHH centro de FFAA.
Breve explicación de la metodología investigativa a emplear
• Método del Nivel Empírico
Observación científica
Análisis documental
• Método del Nivel Teórico
Dentro de esta clasificación la investigación se enmarcará en los siguientes métodos:
• Método Hipotético- Deductivo:
Este método consiste en partir de un supuesto o afirmación por demostrar para luego llegar
a descomponer en sus variables y a continuación deducir los indicadores de cada uno de
ellos con la finalidad de recoger información a partir de los indicadores.
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Se parte de un supuesto, como es la vulneración de los derechos humanos del personal
subordinado de la Brigada de Caballería Blindada No.11 Galápagos con la aplicación del
Reglamento de Disciplina Militar.
• Método Deductivo
Es el fenómeno universo por el cual se parte de lo general o universal para llegar a lo más
específico pero de una manera lógica que tiene en cuenta la secuencia y el orden para ir
desmenuzando sus diferentes elementos.
La investigación partirá de un análisis de la ley para poder aplicar derogatorias y reformas
al reglamento de disciplina militar.
• Método Histórico – Lógico
Este método se utilizará para poder analizar los diversos problemas que se presentan con
la inadecuada aplicación del Reglamento de Disciplina, que se ha originado por prácticas
institucionales arraigadas y normalizadas en las Fuerzas Armadas por la idea de no
aplicación en él de políticas públicas de promoción de derechos universales y marcos
garantistas para la persona,
Con el método histórico se analizará la cuestión evolutiva de este fenómeno y con el
Método Lógico se podrá identificar los resultados previsibles que se pueden dar con
afectación directa tanto al personal militar a quien se le violente sus derechos o a la
institución, en este caso a la Brigada de Caballería Blindada ante posibles demandas que
puedan ser interpuestas por abusos por parte de las condiciones jerárquicas y la
consecuente incorrecta aplicación de sanciones en el régimen disciplinario.
Técnicas
En la Investigación Social y Jurídico Social, la recolección de datos se refiere al proceso de
obtención de información empírica que permita la medición de las variables en las
unidades de análisis, a fin de obtener los datos necesarios para el estudio del problema o
aspecto de la realidad social motivo de investigación, tomando en consideración que es un
tema eminentemente documental se utilizarán las siguientes técnicas:
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• Análisis de contenido
Con esta técnica se procederá a reducir y sistematizar la información acumulada que se
obtenga de documentos escritos, films, grabaciones; en datos o respuestas que estén
relacionadas a las variables del estudio, es decir documentación relacionada a la normativa
que enmarca al régimen militar y el respeto a los Derechos Humanos.
• Lectura científica
Con esta técnica se podrá seguir un proceso de significación y comprensión de la
información que se logre obtener a través de la documentación soporte vinculada al tema
de estudio.
• La entrevista no dirigida o no estructurada
Se aplicará al personal militar de la Brigada de Caballería Blindada Galápagos como
informantes, al ser una entrevista no estructurada y con muy pocas preguntas, permitirá
obtener experiencias del personal, conocer opiniones.
Instrumentos de recolección de datos
Para la aplicación de estas técnicas es necesario la implementación de algunos
instrumentos, así se utilizarán los siguientes:
• Fichas de libros
• Fichas correspondientes a la Legislación
• Formulario de Entrevista.
Resumen de la estructura de la tesis
Consta de tres capítulos:
El CAPITULO I intitulado MARCO TEÓRICO, en el que se realiza una descripción
detallada de la teoría considerada dentro de la problemática investigada, tratando de
9
enmarcar todos los puntos de vista de diferentes autores para que tenga un valor científico
el marco en referencia.
El CAPITULO II que se titula MARCO METODOLÓGICO, permite detallar la modalidad
de la investigación como también el tipo y los métodos, técnicas aplicadas en el proceso
investigativo; también permite presentar resultados en base a cuadros estadísticos.
El CAPITULO III cuyo título es VALIDACION Y/EVALUACION DE RESULTADOS
DE SU APLICACION, presenta el desarrollo de la propuesta y la validación de la misma,
encaminada a dar solución al problema determinado.
Elementos de novedad, aporte teórico y significación práctica en dependencia del
alcance de la tesis
Un Estado comprometido con sus obligaciones en materia de derechos humanos debe
mirar a la Corte Penal Internacional como un reto para fortalecer las administraciones
de justicia nacionales. Ello incorpora obligaciones implícitas a la protección de los
derechos humanos, prevención de violaciones, investigación de casos de violación, sanción
a responsables y reparación a las víctimas de violaciones de derechos humanos.
Respecto al tema que voy a tratar, considero importante enfatizar en tres puntos, en
primer lugar haré referencia a la Jerarquía de los tratados internacionales de derechos
humanos en el ordenamiento jurídico ecuatoriano. En segundo lugar, resumiré el
procedimiento establecido por la Constitución Política del Ecuador para la aprobación
y ratificación de los tratados internacionales en general y del Estatuto de Roma de
creación de la Corte Penal Internacional en particular. Finalmente trabajaré la
relación entre las obligaciones del Estado ecuatoriano en materia de derechos
humanos y la aprobación y ratificación del Estatuto de Roma.
La jerarquía de los tratados internacionales en el ordenamiento nacional Respecto de la
jerarquía de los instrumentos internacionales de derechos humanos y el derecho
interno de cada país la doctrina ubica básicamente cuatro tendencias. A saber, la supra
constitucionalizaciòn; el rango constitucional; la sub constitucionalidad o rango supra
legal y la equiparación legal. En el Ecuador hay juristas que sostienen que la jerarquía
de los tratados internacionales en nuestro ordenamiento jurídico está por debajo de
10
la Constitución pero por sobre la ley. Para sustentar dicha afirmación citan el Art. 163 de la
CPE que dice: “Las normas contenidas en los tratados y convenios internacionales una vez
promulgados en el Registro Oficial, formarán parte del ordenamiento jurídico de la
República y prevalecerán sobre leyes y otras normas de menor jerarquía”
No obstante, otra tendencia afirma que la Constitución vigente asigna a los tratados
internacionales, específicamente de derechos humanos, un rango constitucional.
Personalmente coincido con esta afirmación a partir de los argumentos que a continuación
expondré. La Constitución vigente en el Ecuador desde octubre del 2008, constituye un
paso importante en favor de los derechos humanos (al menos desde lo normativo formal),
en este sentido se señala como el más alto deber del Estado el respetar y hacer respetar
los derechos humanos y se reconoce en materia de relaciones internacionales que “el
derecho internacional es norma de conducta de los Estados en sus relaciones recíprocas y
promueve la solución de controversias por métodos jurídicos y pacíficos”. En este contexto
y considerando que dentro de la doctrina desarrollada sobre interpretación constitucional se
dice que “La Constitución debe interpretarse como un conjunto armónico, en el cual el
significado de cada parte debe determinarse en armonía con el de las partes
restantes; ninguna disposición debe ser considerada aisladamente, y siempre debe
preferirse la interpretación que armonice y no la que coloque en pugna a las distintas
cláusulas de la ley suprema” se hace necesario un análisis integral del texto constitucional
ecuatoriano para determinar la jerarquía de los tratados internacionales, particularmente
de derechos humanos.
Así, al referirse nuestra Carta Fundamental a la supremacía de la Constitución,
“prevalece sobre cualquier otra norma legal. Las disposiciones de leyes orgánicas y
ordinarias, decretos leyes, decretos, estatutos, ordenanzas, reglamentos, resoluciones y
otros actos de los poderes públicos, deberán mantener conformidad con sus
disposiciones…”” No se señala expresamente que la Constitución prevalece sobre tratados
internacionales vigentes.
El artículo 66 de la Constitución Política establece en su numeral 3 que el Estado
reconocerá y garantizará a las personas el derecho a la integridad personal. Además
prohíbe las penas crueles, las torturas; todo procedimiento inhumano, degradante o que
11
implique violencia física, psicológica, sexual o coacción moral y la aplicación y
utilización indebida de material genético humano.
Con la implementación de reformas de la normativa legal referida en el Reglamento de
Disciplina Militar, así como al procedimiento para la aplicación de las sanciones que
ameriten, actuando dentro del respeto a los preceptos de Derechos Humanos se pretende
conseguir mejoras sustanciales en la situación actual de índole social y cultural, cuya
finalidad es apoyar al militar mejorando aspectos como el desarrollo personal y profesional
enmarcado dentro un ambiente de trabajo ordenado, disciplinado y de respeto entre quienes
conforman la institucionalidad militar.
Adicionalmente al estudio que puntualiza la vulnerabilidad de los derechos del personal
subordinado, con el análisis de la teoría existente y con la experiencia propia del régimen
militar, también sería necesario realizar una investigación que aborde la problemática en el
respeto a los derechos del personal enlistado en el Servicio Militar y el personal militar
femenino, que también son más propensos a que sus derechos se vean afectados.
Este fenómeno está condicionado por diversos factores; entre ellos, prácticas
institucionales arraigadas y normalizadas dentro de las Fuerzas Armadas y, relacionado
con esto, una percepción de excepcionalidad del sector Defensa, según la cual éste estaría
exento de la aplicación de políticas públicas de promoción de derechos universales y
marcos garantistas para la persona.
La vida institucional militar retroalimenta prácticas y establece normas informales que
ponen en peligro el ejercicio de derechos básicos y condiciones de desarrollo humano para
los soldados y las mujeres militares, en virtud de su ubicación en una organización
jerárquica y predominantemente masculina como son los institutos armados.
12
CAPITULO I
MARCO TEORICO
El TEDH y el Derecho militar
Los derechos humanos han conquistado dos enclaves diferentes dentro del derecho militar.
El primero de ellos consiste en dar plena entrada a los derechos fundamentales en la vida
militar. Tribunales Constitucionales y el TEDH han conseguido que el personal militar
pueda gozar con cierta plenitud del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad
ideológica, de asociación o de expresión dentro del ámbito castrense. Las restricciones que
el TEDH ha admitido a derechos como el de asociación o expresión han tenido que pasar el
test de proporcionalidad construidos1. La batalla se ha desarrollado en el derecho militar de
países con tanta cultura democrática como el Reino Unido donde a finales de los años
noventa los soldados homosexuales eran expulsados del ejército porque al parecer su
presencia, tal como se esforzaba en demostrar el gobierno británico, minaba la disciplina y
la moral militar2. El lema a tenor del cual los militares no son sino ciudadanos con
uniforme, condensa muy bien el espíritu que mueve el avance de los derechos
fundamentales en este primer frente y en el siguiente. De lo que se trata es, de un lado, de
garantizar la aplicación del Convenio a los militares, dando entrada, de otro, a las
especificidades de la vida militar, en el ejercicio de ponderación que lleva consigo la
delimitación del contenido del derecho fundamental.
El segundo terreno a conquistar, que aquí interesa mucho más, ha sido el del derecho penal
militar en sentido amplio, esto es derecho disciplinario y derecho penal material y procesal
1Al respecto de la libertad de expresión vid por ejemplo Rekvényi (1999) donde no se considera contrario al
Convenio el art. 40 B de la Constitución Húngara que prohibe a los miembros de las fuerzas armadas, de la
policía y de los servicios civiles de seguridad nacional que sean miembros de partidos políticos o ejerzan una
actividad política. La medida no se considera desproporcionada habida cuenta de la historia reciente de
Hungría y la posibilidad de realizar ciertas actividades políticas. Sobre las restricciones admisibles en
diversos países a la UE, vid los diversos repports nacionales en Nolte (ed) EuropeanMilitaryLawSystems, Be
Gruyter, Berlin, 2003, para un análisis de conjunto Nolte/Krieger, Comparison of
EuropeanMilitaryLawSystem, p. 74 ss. Un análisis detenido de la jurisprudencia del TEDH en materia
militar, en Peñarrubia Iza, Las principales decisiones del Tribuanal Europeo de derechos humanos sobre el
personal militar, Revista española de derecho militar, XXX, p. 29 ss. Más detalles sobre la libertad ideológica
y religiosa, en Herbón Costas, Libertad ideológica y religiosa en las fuerzas armadas, Revista española de
derecho militar, XXX, p. 235 ss. 2Sobre la incompatibilidad del Convenio con la expulsión de los homosexuales de las fuerzas armadas vid.
los asusntosLusting Prean (1999), Smith y Grady (1999), Grady Beck y otros (2002)
13
militar. La batalla del derecho disciplinario da comienzo con el leader case en toda esta
materia: Engel (1976). Al día de hoy quizás el aspecto más sobresaliente de esta sentencia
es que con ella el Tribunal comenzó a construir el concepto de sanción penal a los efectos
del art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, no condicionando la aplicación de
las garantías del Convenio al nomen iuris que cada Estado miembro eligiera. Ello supone
que en el ámbito del derecho disciplinario militar, sobre todo en aquellos casos en que las
sanciones penales revisten una cierta gravedad, como es el caso de los arrestos, resultan de
aplicación las garantías consagradas en los art. 6 y 7 del Convenio para el derecho penal.
Dicho esto como ha puesto de manifiesto el importante estudio de derecho comparado
llevado a cabo por George Nolte existen aún numerosos puntos negros en el derecho
disciplinario militar3.
En parte relacionada con el derecho disciplinario ha estado la jurisprudencia del TEDH
relativa a la conformación de la jurisdicción militar. Su actividad se ha dirigido a
garantizar principalmente la independencia de la jurisdicción militar. Se trataba con ello de
despojarla de uno de sus rasgos tradicionales más característicos, la unión entre jerarquía y
función judicial, en virtud de la los propios superiores jerárquicos o personas designadas
por ellos, y por tanto subordinadas, realizaban funciones jurisdiccionales. Dicho de otro
modo, se trataba de recorrer la larga distancia existente entre la dependencia jerárquica y la
independencia que constituye la esencia de la función judicial y de civilizar un derecho
penal que se parecía mucho a un derecho disciplinario, dotando además de las garantías
básicas del convenio a éste último4.
En este trascendental punto las sentencias del TEDH se han concentrado en dos tipos de
problemas.
3Mas detalles en Nolte/Krieger, Comparison of EuropeanMilitaryLawSystem, p. 141 ss, donde se constata
como algunos derechos disciplinarios como el danés, siguen permitiendo la imposición de sanciones
disciplinarias sin la existencia de procedimiento contradictorio (“punishmentwithour trial”); Francia y España
tienen formuladas sendas reservas a los art. 5 y 6 del Convenio en relación a las medidas disciplinarias que se
adoptan en el seno de las fuerzas armadas, si bien en el derecho español los problemas de derechos
fundamentales que plantea el derecho disciplinario militar (bis in idem, principio de legalidad), son similares
al civil; igualmente Italia plantea problemas de acceso a los tribunales ordinarios y de tutela judicial efectiva
en relación al derecho disciplinario 4Para España vid. las monografías de Gil García, La jurisdicción militar en la etapa constitucional, Marcial
Pons, Barcelona, 1999; Doig Díaz, Jurisdicción militar y Estado de Derecho. Garantías constitucionales y
organización judicial. Publicaciones Universidad de Alicante, 2003. Ambos comparten los perfiles críticos
que aún presenta la jurisdicción militar en nuestro país, pese al indudable esfuerzo realizado para ajustarla a
los parámetros
14
El primero de ellos se planteaba a la hora de garantizar el derecho al habeas corpus a que
se refiere el art. 5.3 del CEDH en virtud del cual toda persona detenida preventivamente o
internada tiene derecho a ser conducida sin dilaciones en presencia del juez o de una
autoridad habilitada por la ley para ejercer funciones judiciales. Los casos más importantes
Duinhof y Dujif (1984), Jong (1984) y Hood (1986) se plantearon en el marco del proceso
penal militar holandés, donde los detenidos, en manos de los superiores jerárquicos, no
eran puestos en presencia de autoridad judicial alguna, pues en primer término de la
detención se informaba al jefe de unidad, que sin ver al detenido autorizaba la detención, y
si esta se prorrogaba el autoridad competente era el auditor militar que realizaba la
instrucción. Aunque el TEDH aunque realiza una interpretación funcional del término juez,
en el sentido de que lo importante es no tanto el nombre de esta autoridad como las
características y circunstancias en la que desempeña su cargo, siendo esencial la
independencia, la necesidad de oír personalmente al individuo, la capacidad de examinar el
conjunto de circunstancias que concurren tanto en contra como a favor de la detención y la
posibilidad de pronunciarse en derecho acerca de la existencia de las razones que la
justifican y, en caso contrario, ordenar la libertad. Similares problemas tuvo en este punto
en Hood (1996) y Jordan (2000) el derecho penal militar inglés, en donde la persona
encargada de convalidar la detención, desempeñaba después un papel determinante en el
procedimiento.
En lo que concierne a la independencia judicial en la fase del juicio oral el TEDH la ha
asentado con rasgos enteramente similares a las del proceso civil. Sus decisiones en este
punto han de situarse en dos tramos diferentes. En primer y elementar tramo sus decisiones
se enfrentaron con tribunales militares que estaban muy lejos de cumplir con las garantías
de un juez imparcial. El prototipo de este grupo de sentencias es el asunto Findlay (1997)
en el que el Tribunal se enfrenta con la marcial courtsdel RU, órgano con una enorme
impronta jerárquica, en la cual el instructor del proceso – el oficialconvocante – designaba
a los miembros del tribunal o tenía una relación jerárquica con los mismos, lo que además
ocurría también con el fiscal y el abogado defensor. Las cortes marciales británicas no solo
carecían de imparcialidad sino que además sus decisiones no podían ejecutarse
directamente, lo cual, como bien señala el TEDH impide entender que sean un auténtico
15
tribunal, pues “el poder de dictar resoluciones obligatorias no susceptibles de modificación
por una autoridad no judicial es inherente a la función misma de Tribunal”5.
En el segundo tramo de decisiones, compuesto por Castillo Algar (1998) y Garrido
Guerrero (2000), el TEDH se ocupa de problemas de imparcialidad más “civiles”, en el
sentido de que no tienen que ver con la unión entre jerarquía y jurisdicción. En ambos
procedimientos, por diversos avatares organizativos, miembros del tribunal sentenciador
toman parte en otros tramos del proceso penal. El TEDH señala en este punto que el simple
hecho de que un juez haya tomado decisiones antes del proceso no pude justifica por sí
solo los temores en cuanto a la imparcialidad, a menos que estas decisiones muestren un
grado de compromiso peligroso con el fallo final, que de algún modo lo prejuzgue. Dentro
de este nivel de normalidad el TEDH en relación al proceso penal militar se ha ocupado de
otras garantías fundamentales, como el derecho a un procedimiento sin dilaciones
indebidas – Jordan (2002).
Las relaciones entre DIH y derechos humanos. Posibles colisiones
Tal como antes advertía el segundo bloque de este trabajo analiza la aplicación de los
derechos humanos a situaciones de conflicto bélico y dentro de este apartado, la primera
cuestión a abordar es la relación entre derechos humanos y derecho internacional
humanitario. El problema no es exclusivamente europeo, pues en general tanto la Corte
Interamericana de Derechos Humanos como la Comisión de derechos del hombre, en el
marco de Naciones Unidas, se plantean por los límites de la aplicación de los derechos
humanos en el marco de conflictos internacionales, nacionales y misiones de paz.
Según la tesis tradicional derechos humanos y derecho internacional humanitario
constituyen cuerpos normativos excluyentes. Los derechos humanos tendrían vigencia en
tiempos de paz, y una vez declarada una situación de conflicto cederían su paso al DIH. De
hecho dos textos tan próximos en el tiempo como los Convenios de Génova (1949) y la
Declaración de derechos del hombre de naciones unidas (1948) se ignoran mutuamente, lo
cual probablemente sea comprensible tanto atendiendo a razones históricas, como al papel
5Vid. Peñarrubia Iza, Las principiales decisiones, p. 40 ss. y Rowe, MilitaryLaw in theUnitedKingdom, en
Nolte (ed), EuropeanMilitaryLaw, op. cit, p. 873 ss con indicaciones acerca de la nueva situación legal tras
Findlay y Hood
16
contra bellumque pretendía jugar UN6. A parte de precedentes más o menos cercanos, el
punto de inflexión a partir del cual la conexión entre ambos cuerpos normativos se
encuentra en la AdvisoryOpinion del Tribunal Internacional de Justicia sobre las armas
nucleares, y posteriormente, en su opinión acerca del muro que Israel pretende construir en
la frontera Palestina. Recogiendo lo que constituía ya una opinión bastante generalizada en
la doctrina, y en muchos informes, el TIJ indica que ambos cuerpos legales no se excluyen
mutuamente, los derechos humanos resultan de aplicación en situaciones de conflicto
bélico. En este marco, continúa diciendo, son de aplicación ambos cuerpos normativos, si
bien el DIH tiene carácter de lexespecilis. Dejando de lado esta afirmación, que ha
levantado una gran polémica doctrinal, lo cierto es que la unión entre ambos cuerpos
normativo tienen notables ventajas7
En primer lugar sirve para evitar algo bochornoso que las masacres, torturas,
desapariciones y violaciones que se producen en situaciones de conflicto armado y que son
absolutamente contrarías al DIH no se consideren a su vez violaciones graves de los
derechos humanos. En este sentido la violación de las reglas de derechos internacional
humanitario, en cuanto que resaltan su especial gravedad.
En lo que concierne a las declaraciones de derechos humanos pueden detectarse dos
grandes espacios vacíos. El primero de ellos afecta a la compatibilidad con los derechos
humanos de determinados métodos de guerra como las armas nucleares o las minas
antipersona. A través de una interpretación sistemática de ambos cuerpos puede llegar a
considerar, por ejemplo, que la fabricación de minas antipersona es contraria al derecho a
la vida, a la salud o incluso la prohibición de tortura que se contiene en las declaraciones
de derechos humanos. De aquí resultaría, por ejemplo, que sería contrario al Convenio la
legislación de un Estado que permitiera la fabricación de este tipo de armas, o que – aun
prohibiéndolas formalmente- no hiciera nada en la práctica con el fin de acabar con su
6 Más detalles en Kolb, The relationship between international humanitarian law and human rights law: a
brief histoy of the 1948 Universal Declaration of Human Rights and the 1949 Geneve Conventions, IRRC, nª
324, p. 409 ss. 7 Legality of the Treta of Use of Nuclear Weapons, Advisory Opinion, 1996, y Legal consequences of the
construction of a wall in the Occupied Palestinian Territory, 2004 ambas pueden encontrarse en
http://www.icj-cij.org. Sobre lo que sigue vid. por ejemplo Heintze, On the relationship between human
rights law protection and international humanitarian law, IRRC, 2004, Vol 86, p 790 ss; Lubell, Challenges
in applying human rights law to armed conflict, IRRC, 87, 2005, p. 737 ss; O’Donell, Trens in the
application of international humanitarian law by United Nations human rights mechanismus, IRRC, 1998, p.
481 ss.
17
fabricación clandestina. El segundo espacio vacío es el que tiene que ver con la violaciones
de derechos humanos ocasionadas por grupos guerrilleros, terroristas, paramilitares o
actores no gubernamentales. Mientras que estos actores se encuentran dentro del DIH, sus
comportamientos caen fuera de la esfera de los derechos humanos. La razón es sencilla,
estos están pensados como derechos frente al Estado y no contra aparato de poder no
estatales. Como señalan por ejemplo los Informes de Naciones Unidas que se han
informado sobre la situación en el Salvador, las ejecuciones extrajudiciales realizadas por
la guerrilla constituyen no solo violaciones de DIH, sino también de Derechos humanos, en
cuanto a los grupos guerrilleros tienen el control efectivo parte del territorio y ejercen en
ella de hecho funciones similares a las estatales. El DIH puede servir a las Convenio de
derechos humanos para concretar el contenido de algunos derechos. Derecho humanitario y
derechos humanos se necesitan mutuamente en relación a aquellos derechos humanos
absolutos en el sentido de que no pueden ser en modo algunos derogados en caso de
guerra. Lo que en el CEDH (art. 15.2) comprende el derecho a la vida – salvo las muertes
legales conformes al derecho de la guerra – la prohibición de malos tratos y tortura, la no
sumisión a esclavitud y el principio de legalidad penal. En lo que se refiere al derecho a la
vida existe una remisión expresa al DIH por parte del Convenio europeo, pero igualmente
conductas contrarias al DIH como los atentados a la libertad sexual, podrían considerase en
virtud de esta “interpretación armónica” como contrarios a la prohibición de malos tratos.
En este mismo marco, el de la suspensión de los derechos humanos, el DIH puede actuar
también como freno de emergencia, pues las declaraciones de suspensión del convenio no
pueden contradecir las obligaciones internacionales de los estados, como por ejemplo las
Convenciones relativas a los prisioneros de guerra8. Más también el DIH se beneficia de su
conexión con los Derechos humanos. Ello ocurre sobre todo en el área gris de los
conflictos no internacionales, a los que se refiere el art. 3 común a todos estos Convenios,
donde, por ejemplo, se prohíben las ejecuciones extrajudiciales y se requiere que los
procesos se desarrollen con las garantías reconocidas como indispensables por las naciones
civilizadas. En estos casos donde las reglas del derecho internacional humanitario no son
tan concretas o simplemente no resulta clara su aplicación, la conjunción con los derechos
humanos pueden resultar beneficiosa. La conjunción es especialmente útil por ejemplo en
la aplicación garantías judiciales en los casos de detención de prisioneros de guerra.
8 Grabenwarter, Europäische Menchschenrechtskonvention, 2 Auf, Beck, 2005, § 2, marg. 11
18
Derechos Humanos y la Fuerza Terrestre
Derechos Humanos, Fundamento Legal.
Sobre los Derechos Humanos, se han elaborado diferentes instrumentos jurídicos de
carácter internacional tales como: Cartas; Convenios; Declaraciones, Convenciones, y
Pactos. Los mismos que han sido ratificados por el Ecuador e incorporados en su
Constitución y en general en el ordenamiento jurídico del Ecuador.
Los Derechos Humanos nacen de la naturaleza del hombre, cuyas distintas doctrinas son la
característicamás relevante en su universalidad, por cuanto rigen para todo ser humano
cualquiera sea su condición. De igual forma se encuentran dentro de la categoría de JUS
COGENS, en vista de que sus principios morales y fundamentales, son considerados
esenciales para la existencia de la comunidad internacional.
EI no acatamiento de los principios de los Derechos Humanos por parte de cualquier
estado afecta a toda la comunidad internacional, cuyo restablecimiento dentro del nuevo
derecho de gentes faculta la intervención como un medio lícito para obligar ha dicho
Estado, a su cumplimiento. Debe entenderse que la obligación de los Estados Partes de los
instrumentos legales internacionales relacionados con Derechos Humanos, no se limita al
acatamiento de los principios que engloba, sino que también implica, que a todas las
personas sometidas a su jurisdicción se les garantiza el goce efectivo de tales derechos y
los principios que contiene.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, proclamada par la Asamblea General
de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), de fecha 10 de diciembre de 1948,
sintetiza todos los principios y preceptos básicos que sobre Derechos Humanos se han
incluido en los diferentes instrumentos jurídicos de carácter internacional, los mismos que
no han perdido vigencia, al haber transcurrido más de 50 años desde su elaboración y
aprobación.
Es necesario aclarar que entre los vanos derechos que tienen los hombres se encuentra el
de la vida e integridad personal (libertad), el cual no debe ser violentado par ninguna
persona ni bajo ninguna condición o circunstancia.
19
En la citada declaración se establece como principio básico, en su artículo 5 que: Nadie
será sometido a esclavitud, servidumbre, trata de esclavos, torturas, penas o tratos crueles,
inhumanos o degradantes.9 De igual forma sobre este principio el tratadista. Dr. Julio Prado
Vallejo expresa: "Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos
o degradantes. Por tortura se entiende todo acto por el cual se infrinja intencionalmente a
una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicas o mentales, con el fin de obtener
de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya
cometido o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona u otras,
o por cualquier razón basada en otro tipo de discriminación, cuando dichos dolores o
sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de
funciones públicas, a instigación suya, con su consentimiento o aquiescencia."10
En concordancia el artículo 7 del Pacto Internacional de DerechosCiviles y Políticas
adoptado el 16 de diciembre de 1966 y que entró en vigor el 23 de marzo de 1976,
textualmente prescribe:
.. Art. 7.-Nadie será sometido a torturas ni a penas 0 tratos crueles, inhumanos 0
degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a
experimentos médicosocientíficos11.
Se establece entonces, la obligación de los estados de inc1uir en su legislación nacional, la
normatividad que contemple todas las medidas para que en su jurisdicción no se presenten
casos en los cuales personas hayan sufrido cualquier tipo de tortura, por lo que de
presentarse una denuncia de tortura debe seguirse el debido proceso y sancionar a los
culpables, sin que se pueda alegar circunstancias excepcionales que los exoneren de la
pena correspondiente, así lo entiende el Dr. Julio Prado Vallejo al manifestar.
.. Las denuncias de torturas o malos tratos deben ser investigadas pronta y
eficazmente por las autoridades competentes. Los culpables deben ser castigados
con penas adecuadas y las victimas deben disponer de recursos legales, inclusive
del derecho de obtener debida reparación, La tortura constituye una forma
9JULIO PRADO VALLEJO, Documentos básicos de Derechos Humanos (civiles y políticos. Edit. Casa de la
Cultura Ecuatoriana. Quito 1.985 10NESTOR ROCHA, Los Derechos Humanos en el siglo XXI, Rio de Janeiro .Octubre de 1.986 11CARLOS von CLAUSEWTZ, De la Guerra, tomo II, Ministerio de Defensa Nacional. Quito, 1.958
20
agravada y deliberada de trato 0 pena cruel, inhumanos 0 degradantes y todas
esas categorías de tratamientos inhumanos han sido determinados como una
ofensa a la dignidad humana y considerados como violación a los principios de la
Carta de la Naciones Unidas y de los Derechos Humanos y libertades
fundamentales ··12.
Más adelante, el 10 Diciembre de 1984 mediante resolución 39/46 la Asamblea General de
las Naciones Unidades, adopta La Convención contra la tortura y otros tratos o penas
crueles, inhumanos o degradantes, la misma que entra en vigor el 26 de junio de 1987,
estableciendo en sus Artículos 1 y 10 lo siguiente:
Artículo 1.1.
A los efectos de la presente Convención se entenderá por tortura todo acto por el
cual se inflija intencionalmente a una persona, dolores o sufrimientos graves, ya
sea físicos o mentales, con el fin de ella o de un tercero información o una
confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha
cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona u otras, o por cualquier razón
basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos
sean infringidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de
funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No
se consideraran torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia
únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a estas,…
El presente artículo se entenderá sin perjuicio de cualquier instrumento internacional
olegislación nacional que contenga o pueda contener disposiciones de mayor alcance.
Articulo 10.1.-
Todo Estado Parte velara por que se incluya una educación y una información
completa sobre la prohibición de la tortura en la formación profesional del
personal encargado de la aplicación de la Ley, sea esta civil o militar, del personal
médico, de los funcionarios públicos y otras personas que puedan participar en la
12Revista de las Fuerzas Armadas del Ecuador N° 123 Quito, Octubre 1.998
21
custodia, el interrogatorio o el tratamiento de cualquier persona sometida a
cualquier forma de arresto, detención oprisión.
2.-Todo Estado Parte incluirá esta prohibición en las normas o instrucciones que
se publiquen en relación con los deberes y funciones de dichas personas.13
Además la Convención en análisis, prescribe en su Art. 17 la conformación de un comité
contra la tortura, quien conoce los informes que presenten los estados partes de la
convención, relacionados a las medidas que han adoptado para dar cumplimiento a las
normas que sobre la materia prescriben la instrumentación internacional.
En el ámbito nacional, la Constitución del Ecuador, trata sobre los derechos, garantías y
deberes, en cuyo capítulo I se legisla sobre sus principios generales. Trataremos en forma
sumaria, estudiar los Artículos de mayor trascendencia para el presente trabajo.
EI art. 16 prescribe como el más alto deber del Estado, el respetar y hacer respetar los
Derechos Humanos que garantiza la carta política, conviene citar el texto del art. 17.
Art. 17.-El Estado garantizará a todos su habitantes, sin discriminación alguna el
libre y eficaz ejercicio y el goce de los derechos humanos establecidos en esta
Constitución y en las declaraciones, pactos, convenios y más instrumentos
internacionales vigentes. Adoptará, mediante planes y programas permanentes y
periódicos, medidas para el efectivo goce de estos derechos.
Del contenido del Art. 20, se deduce que las instituciones del Estado, sus delegatarios y
concesionarios tiene la obligación de indemnizar a los particulares por los perjuicios que
les irroguen como consecuencia de los actos de sus funcionarios y empleados en el
desempeño de sus cargos.
Cabe hacer referencia al Art. 185 de la Constitución, el que en su parte pertinente, dispone
que las autoridades de la Fuerza Públicaserán responsables por las órdenes que impartan,
pero su obediencia no eximede responsabilidad a quienes las ejecuten, por todo tipo de
violación delos derechos garantizados por la Constitución y la Ley.
13KRISHNAMURTl J. Solo recto pensar conduce a la paz. Editorial Orion, Mexico 1.974.
22
Finalmente, el Art. 2 de la Ley de Seguridad Nacional, fija como función primordial del
Estado el asegurar la vigilancia de los Derechos fundamentales del hombre. El Art. 23
prescribe que el Estado a más de los derechos establecidos en la Constitución y demás
instrumentos internacionales vigentes, reconocerá y garantizará a las personas la integridad
personal, prohibiendo las penas crueles, las torturas y todo procedimiento inhumano,
degradante o que implique violencia física, psicológica, sexual o coacción moral.
Formación y Comportamiento de los Miembros de la F.F.A.A en relación a los
Derechos Humanos
La Formación Integral de los Miembros de FF.AA., Considerando Principios de
Carácter Humanístico, Científico, Técnico, Tecnológico.
Las FF.AA. como instrumento fundamental del Estado, desempeñan un papel primordial
en la política de la Defensa Nacional, razón por la que los mandos de las FF.AA. modernas
se encuentran capacitados y preparados de acuerdo a las exigencias del tiempo, con la
misión y visión de una educación y formación integral para sus miembros, estrategia
encaminada a fomentar el respeto hacia los derechos humanos del hombre en tiempos de
paz como de guerra; respeto que ref1eje y mantenga una férrea unidad, firme mentalidad
de triunfo y tenacidad, como principio primordial la solidaridad ( servicio y ayuda solidaria
, altruista a víctimas de conflicto, epidemias, desastres, otras) el salvaguardar la integridad
de las personas, cualquier violación directa o indirecta de los derechos ; respeto a la vida
seguridad, libertad, bienestar social, protección a la población y bienes civiles, culturales.
Aporta con gran eficacia y capacidad técnica en grandes sectores de la economía siendo su
misión especial el ser un elemento dominador del desarrollo del país y un eficiente
articulador de las demandas en las clases medias, su objetivo primero es el ser responsable
de que reine la paz, justicia, valor patriótico, evitar muertes inútiles por defender el
territorio ante la amenaza.
Al ser una institución social que se desenvuelve en condiciones espaciotemporales
especificas constituye un verdadero factor del desarrollo humano, ya que participa con
señalado éxito en grandes campos de la Educación, la Industria, Tecnología, Agricultura,
Minería, Forestación, Agricultura, Transporte y como función principal es la de
23
constituirse en un organismo protector de apoyo a los grupos marginados urbanos y
rurales.
A la luz mundial el campo humanístico esta manejado por la diplomacia, no es un campo
exclusivamente militar, interesa a toda la humanidad. En las FF.AA., el humanitarismo es
el eje de las operaciones militares, pues somos un pueblo de paz, trabajo y libertad,
características importantes de las que se desprenden visos de paz entre los pueblos; el
respeto y conservación a la vida son valores que deben priorizar en la conciencia de todos,
atribuye gran importancia al bienestar y a la seguridad de sus miembros y familiares en los
campos de los derechos económicos, sociales, culturales relacionados con salud, vivienda,
alimentación, motivación laboral y familiar, garantizándoles una vida digna; lejano está del
armamentismo causante de la pérdida de nobles sentimientos de paz, disputa entre países
vecinos, desequilibrio interno y económico.
Las FF.AA. mantienen la formación profesional, tomando en cuenta los campos científico,
militar, tecnológico, a través de una preparación continua de todos sus miembros quienes
ante todo deben mantener una moral alta, firme e inquebrantable, muy lejos de estimular e
impulsar aventuras belicistas.
La formación de los institutos militares se enfocan al áreahumanística y pluralista, lo que
se demuestra en la composición social de los cuadros de oficiales y tropa, también es
democrática ya que tienen acceso a los institutos de formaciónjóvenes ecuatorianos de
todos los estratos sociales, sin más requisitos que los de una estricta preparación
intelectual, intachable conducta, altísima moral y ante todo deben estar conscientes deque
su deber es defender la integridad territorial, la soberanía, la libertad, el desarrollo
socioeconómico del país y el apoyo permanente a la comunidad.
La preparación para desempeñarse satisfactoriamente en las diversas jerarquías, como para
ejercitarles en conocimientos, prácticas especiales que acrecienten los conocimientos
adquiridos y que vayan acordes con los adelantos técnico - científicos de la época,
preparación que ha formado investigadores críticos y creativos capaces de generar ciencia
y tecnología. El Plan Carrera del personal optimiza la organización y ayuda a mantener la
proyección y el profesionalismo del militar para alcanzar niveles máximos que produzcan
estabilidad en el trabajo, objetivos personales claros y bien definidos.
24
La Fuerza Terrestre como parte constitutiva de las Fuerzas Armadas para el cumplimiento
de su misión y visión determinada por la Constitución y Leyes de la República requiere del
mejor recurso humano, personal convencido de su real vocación por la carrera militar,
garantizado por una rigurosa selección.
La Fuerza Terrestre prepara al cadete y al soldado, lo capacita, 1oentrena para que pueda
desempeñarse como oficial y voluntario, labrando en el su personalidad, carácter, como su
real vocación por la carrera de las armas.
Para sobrevivir es necesario encontrar caminos que lleven a anticiparse a los cambios, así
mismo es razonable encontrar los medios para sacar utilidades de ellos. El personal que
labora se encuentra motivado porque comprende que el éxito depende de los esfuerzos de
todos y cada uno de sus miembros, estas relaciones inciden positivamente en altos índices
de crecimiento institucional.
La tecnología ha constituido un factor de cambio importante que permite mejorar la
calidad de información, brindando confianza e información clara, segura y oportuna.
El cambio ha brindado nuevas oportunidades y ha motivado el desarrollo de mejores
prácticas administrativas que estimulan a sus miembros y los comprometen en alto grado
con la Institución.
Las metas de desarrollo individual estáníntimamente relacionadas con las escalas de
valores que cada uno posee, mientras que para unos es el prestigio, para otros es el estatus,
la estabilidad, desarrollo profesional, son factores que no están dentro de las motivaciones
personales. (La motivación constituye un patrón de cambio).
No existen dos personas iguales, el tratamiento del proceso de personal opera casi a nivel
individual, es importante no crear falsas expectativas en el personal, en cuanto a
ofrecimientos de pases, incentivos, es necesario fomentar lazos afectivos de identificación
individual y grupal en cada unidad, para afianzar el espíritu de cuerpo, colaboración y
comprometimiento, para luchar por una causa justa y solidaria que tenga como ente
principalla comunidad.
25
La eficiencia y efectividad dependerá de la habilidad de los líderes de abrazar el cambio, el
líder eficaz es un eslabónen la cadena de mando, con visión amplia para guiar la
institución, actúa con propósitos bien definidos, irradia confianza mutua al actuar con ética
y capacidad de trabajo.
Las Fuerzas Armadas siempre han tratado de mantener el respeto, control y defensa de
principios constantes en los tratados relacionados con los derechos humanos expuestos en
varias convenciones.
Comportamiento y Derechos Humanos.
a) Comportamiento.
EI hombre no es ningún ser aislado, encerrado en sí mismo, que por sí mismo pueda vivir y
desarrollarse. El hombre está vinculado al mundo y al ambiente que le rodea y necesita del
mismo. Su misma existencia como organismo tiene por premisa un intercambio de
materias entre él y la naturaleza. Su comportamiento está determinado por la interrelación
de su organismo, de su estructura, con el medio circundante, está determinado por la
cantidad de estímulos que recepta y procesa, y su existencia y bienestar físico y mental
igualmente está supeditado a la cantidad de necesidades que satisface, es así como en el
proceso de su evolución histórica el número de necesidades crece cada vez más.Los
motivos de la actividad humana son un reflejo de los instintos objetivos de 1a conducta
humana que devienen máso menosadecuadamente conscientes. Las necesidades e intereses
de 1a personalidad nacen y se desarrollan con las relaciones recíprocasdel ser humano, con
respecto a su medio ambiente, en el cualcambian y se despliegan. Por lo tanto, se trata de
fenómenos históricos, estos se desarrollan, se cambian y se transforman. E1desarrollo y la
transformación de las necesidades y de los intereses ya existentes están enlazados con 1a
aparición, 1a formación y el desarrollo de otras nuevas. Así la orientación de la persona se
pone de manifiesto en múltiples tendencias que cada vez van siendo más extensas y
abundantes, y que son el origen o 1a fuente de una actividad rica y polifacética. En el curso
de la actividad varían los motivos de los cuales se derivan y se enriquecen por contenidos
cada vez nuevos.
b) Las Necesidades.
26
La personalidad humana, es ante todo, un ser VIVO de carne y hueso, que como tal tiene
sus necesidades.
Estas necesidades ponen de manifiesto sus re1aciones prácticas con respecto a1 mundo y
su dependencia de éste, La existencia de necesidades o deseos demuestra que el ser
humano siente necesidad de algo que se halla fuera de él, ya sean objetos externos o bien
otro ser humano. Al mismo tiempo las necesidades son los impulsos primarios de su
actividad, por estos y en ellos aparece como ser vivo y actuante. En las necesidades esta
por lo tanto, contenido todo el hombre como un ser que siente una necesidad y que
simultáneamente es un ser actuante y doliente pero a la vez activo apasionado.
Toda la historia evolutiva de la personalidad humana está vinculada a la historia de las
necesidades humanas. Las necesidades humanas le estimularon a la actividad y ala
búsqueda de la satisfacción para procurarse el bienestar.
Todas las necesidades del ser humano son en su contenido y en su manifestación concretos
necesidades históricas en el sentido de que, condicionadas por la evolución histórica del
hombre, quedan implicadas en ella, desarrollándose y nidificándose en su curso, las
necesidades del ser humano pueden ser clasificadas en necesidades materiales y
espirituales en el sentido más estricto de la palabra, como por ejemplo la necesidad de
alimento por una parte y la de libros y música por otra. Ambos tipos de necesidades están
vinculados entre sí, penetrándose mutuamente si bien son distintas una de otra.
Pertenecen a las necesidades materiales las orgánicas, es decir las necesidades que en su
origen están vinculadas a la vida orgánica y a sus experiencias, las necesidades de
alimento, calor, etc.
Las necesidades del alimento y también las del hogar y de ropas para proteger al cuerpo
contra el frio son necesidades perentorias del ser humano. Estas necesidades hacen
indispensable el trabajo, la organizada producción social, que forman parte de toda la
existencia histórica del ser humano.
El comportamiento humano determinado por la satisfacción de necesidades exigentes crea
también, nuevas necesidades al producir nuevos objetos para su satisfacción. De esta
27
manera se desarrollan las necesidades orgánicas dentro del proceso de su satisfacción
misma.
Pero las necesidades del ser humano no se limitan, ni mucho menos, a las que se relacionan
directamente con la vida orgánica, sino que tienen relacióncon las necesidades de
aprobación, buen trato, consideración, reconocimiento, estima, respeto, deseo de
superación.
c) Los Intereses.
A cada nuevo contacto más extenso con el mundo que le rodea, en el cual el ser humano va
entrando, se encuentra con nuevos objetos y aspectos de la realidad.
Estos entran en cualquier forma en contacto con él y el con ellos. Si por cualquier
circunstancia alguna cosa tiene un significado para el hombre, ella puede despertar su
interés, es decir, producir una orientación específica de la personalidad.
El carácterespecífico del interés, que le distingue a las demás tendencias de la
personalidad, consiste en la concentración de los pensamientos o ideas e intenciones de la
personalidad hacia un determinado objeto o situación. De ahí que los intereses sean los
motivos específicos de la actividad cultural, y en especial de la cognoscitiva, del ser
humano.
El interés es una manifestación de la orientación de la personalidad, un motivo que actúa
por su significación devenida consciente y por su fuerza de atracción emocional. Todo
interés contiene por regla general estos dos aspectos, pero la relación entre ellos puede ser
distinta en los diferentes planos de la toma de conciencia. Si el nivel general de la toma de
conciencia o la toma de conciencia especial de un determinado interés, no es elevado,
predomina entonces una fuerza de atracción emocional de la que se ha tornado poco
conocimiento. En el plano de la toma de conciencia, a la pregunta de por qué interesa
precisamente esto, solamente puede responderse de la siguiente forma: interesa por el solo
hecho de interesar y complacer porque le gusta.
Cuanto más alto sea el nivel de la toma de conciencia, tanto mayor será la función que
desempeña la toma de conciencia de la objetiva significación de las tareas en las cuales el
28
ser humano queda implicado en su consciente actividad. A cada persona con su
individualidad le caracterizan sus intereses, que en algunos casos pueden ser compartidos y
en otros no, en el grupo tan heterogéneo como es el grupo militar es de esperarse en el
personal diferentes intereses, ya sea culturales, técnicos, deportivos, académicos, etc.
En este grupo el estado emocional está vinculado al acceso que el personal tenga a cubrir
sus intereses, si no se satisfacen aquellos la vida se hace difícil y sobrevendrá la
frustración. Pero si los intereses son cultivados la vida se hará feliz y placentera.
d) Los Ideales.
Sea cual fuere la importancia o significación que se quiera atribuir a las necesidades y a los
intereses, no son, evidentemente, suficientes para los motivos de la conducta humana. La
orientación de la personalidad no se puede atribuir solamente a ellos. No hacemos
solamente lo que experimentamos como una inmediata necesidad, ni nos ocupamos
solamente de lo que nos interesa. Tenemos ideas morales sobre nuestros deberes, que son
las que regulan nuestra conducta.
El deber se contrapone, por una parte, al individuo, en tanto se toma conciencia,
independientemente de este, como lo social y común significativo, que no está supeditado
a su objetiva voluntad.
Los ideales se forman bajo el influjo social, se determinan por la ideología y por la
filosofía o concepto del mundo. Toda épocahistórica posee sus ideales, asítambién el
soldado.
La personalidad y el comportamiento quedan esencialmente caracterizados por el nivel en
que se hallan sus necesidades, intereses y tendencias en general. Con ella se fija o
comprueba ante todo la mayor o menor significación o mezquindad de su carácter interno.
Algunos individuos sólo conocen algunos intereses primitivos y elementales. En la
personalidad dichos intereses están totalmente subordinados; sobre ellos se eleva todo un
mundo de intereses, los cuales están vinculados o relacionados.
La variedad de intereses también determina la distinta base de la vida espiritual del
hombre, la íntima relación con el nivel y la abundancia de las necesidades e intereses de la
29
persona es esencialmente significativo para la estructura de la personalidad delsoldado,
consideremos que la personalidad es al mismo tiempo universal y unitaria, sus necesidades
e intereses no solamente son sustanciales y en este sentido abundantes, como también
multiformes, y sin embargo concentrados alrededor de un centro, el cual representa al
mismo tiempo el auténtico centro de la vida espiritual de la personalidad. Como ideal
tenemos ante nosotros una personalidad universal y armoniosamente desarrollada.
Con estas afirmaciones anteriores no cabe duda señalar que el comportamiento del soldado
ha estado supeditado y determinado par la satisfacción de sus necesidades, sus intereses y
el acercamiento a sus ideales.
En los inicios de la institución armada seguramente no se pensó en aquello, quizá
solamente satisfacer las necesidades de los soldados, sin embargo, con el transcurrir del
tiempo se han venido dando un sinnúmero de cambios y la institución armada ha
evolucionado y es así como actualmente nuestro personal satisface la mayoría de sus
necesidades, atiende sus intereses y sigue sus ideales.
Actualmente ya se han implementado la mayoría de servicios para el personal y su familia
en los aspectos que se refiere a salud, vivienda, alimentación, los servicios de bienestar
social y de personal están en casi toda la geografía, creemos haber superado el déficit de
vivienda pues no existe un regimiento en donde no haya vivienda fiscal, así mismo hemos
garantizado la accequibilidad a la salud del personal y sus dependientes, nuestros
hospitales tienen profesionales capacitados en el país y en el extranjero y están equipados
con tecnología de punta.
Todo soldado tiene un ideal y la institución ha proporcionado gran coyuntura para que este
persiga sus ideales pues la política que ahora se ha establecido es que el personal al egresar
de la institución tenga un instrumento, profesión u ocupación que le permita desenvolverse
en la vida civil y seguir aportando al desarrollo econòmico del País.
Seguramente la gente se preguntara que tiene que ver esto con los derechos humanos, pues
la respuesta es simple; el velar por el bienestar, del soldado, el procurarle buenas
condiciones de vida para él y su familia, el permitirle el acceso a los servicios antes
mencionados, eso es precautelar y respetar sus DERECHOS HUMANOS, el darle la
31
CAPITULO II
MARCO METODOLOGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA
2.1 Enfoque.
La investigación brinda un correcto sistema de seguridad personal referente a los DD.HH
con calidad y eficiencia. Los cuales presentarán un apoyo de seguridad, al personal de la
BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA NUMERO 11 “GALAPAGOS”.
2.2. Modalidad de Investigación.
La modalidad que corresponde al ámbito de la investigación es de carácter bibliográfico,
documental los cuales les permitirá tener un criterio de comparación de características de
aplicación de DD.HH dentro de la institución Militar; siendo de carácter Cualitativo.
2.3. Nivel o Tipos de Investigación.
Esta investigación se lo realiza de forma exploratoria ya quese determina las características
de la violación de los DD.HHen el interior de la Brigada Blindada Galàpagos.
2.4. Población y Muestra.
Se aplicará una encuesta a los comandantes de la Brigada Blindada Galápagos que no
sobrepasan de cincuenta por lo que se encuestará a todos ellos; pues, no sobrepasan de los
doscientos para el cálculo correspondiente de la muestra. Por otro lado se realiza análisis
de casos prácticos de violación de Derechos Humanos por parte de las FF. AA.
2.5. Métodos, Técnicas e Instrumentos de Investigación.
Métodos
Analítico: Este método se aplica en el análisis de los DD.HH, revisando cada una de los
casos de cada uno de los años.
Sintético: Se utiliza en esta investigación al exponer las conclusiones de la investigación.
32
Deductivo: Cuando se realiza el razonamientos de carácter general para terminar en
razonamientos particulares, como el caso de los DD.HH en las Fuerzas Armadas.
Inductivo: Permite determinar la violación del derecho humano en la institución y las
falencias que presenta el sistema de las fuerzas armadas.
Descriptivo: Permite describir términos y conceptos científicos como también los
procedimientos aplicados por la institución militar.
Técnicas
Observación: Se puede observar documentos y expedientes parael análisis correspondiente
y que fueron prestados por las autoridades Militares demanera reservada.
Científico: Facilita pasos sistemáticos para la elaboración de la presente investigación y en
el uso y explicaciones de lasfórmulas científicas.
Documental:Documentos reservados solo paraautoridades y personal Militar que son las
fuentesprimarias para la investigación.
Bibliográfico: Se ha considerado documentos o principios devarios autores.
Fuentes
En la presente investigación se utilizaron las fuentes primarias y secundarias.
Fuentes primarias.
Corresponde a la información obtenida de primera mano; en el caso, del actuar de los
militares estableciendo la responsabilidadde los Funcionarios.
Fuentes secundarias.
Estas fuentes se relacionan con el contenido científico de textos y obras de DD.HH, se
aplican también las normas y principios; así como el conocimiento impartidopor la
Universidad en el proceso de enseñanza
33
2.6 Presentación de Resultados.
Autoridades Militares
Encuestas dirigidas a las Autoridades Militares de la Brigada Blindada Galápagos de la
ciudad de Riobamba, quienes contestaron a un cuestionarios compuesto de seis preguntas,
mediante los cuales se logra recaudar información relevante para la propuesta; siendo las
preguntas las siguientes:
Tabla # 1.
Ítem 1: La institución militar tiene responsabilidad en el área de DD.HH.
No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE
1 Si 30 60
2 No 20 40
TOTAL 50 100,00
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Según se aprecia en el Cuadro 1 y Gráfico 1; del universo de 50autoridades Militares, que
equivalen al 100% del universo encuestado, solamente el 60% manifiestan que la Institución
60%
40%
Gráfico 1. RESPONSABILIDAD EN EL AREA DE DD.HH
SI NO
34
armada está sujeta a cumplir sus funciones respetando los DD.HH conforme al Código
Militar, Tratados internacionales y la Constitución de la república.
Tabla # 2.
Ítem 2: Existen mecanismos de control interno en las FF.AA. para la no vulneración
de DD.HH.
No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE
1 Si 45 90
2 No 5 10
TOTAL 50 100,00
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
En el Cuadro 2 y Gráfico 2; el 90 % del universo encuestado, indican que existen dos
mecanismos que se aplican actualmente, los mismos que se encuentran tipificado en el
Código Militar o Disciplinariosiendo éstos y Jueces ordinarios. Mientras que el 5 % de los
encuestados desconocen de estos mecanismos.
90%
10%
Gráfico 2. MECANISMO DE CONTROL INTERNO DE LAS FF.AA PARA LA NO VULNERACION EN EL AREA DE DD.HH
SI NO
35
Tabla # 3.
Ítem 3: En la Institución Militar existe educación en DD.HH.
No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE
1 Si 35 90
2 No 15 10
TOTAL 50 100,00
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
EL 70% de los Encuestados responden que existe una capacitación pero que adolece de
continuidad por cuanto solamente se lo realiza eventualmente a los directivos de alto
mando; y, a los de rango inferior se lo realiza una leve difusión de DD.HH. y Derechos
Internacionales.
70%
30%
Gráfico 3. EDUCACION DE LAS FF.AA EN DD.HH
SI NO
36
Tabla # 4.
Ítem 4: Reciben entrenamiento de aplicación de DD.HH.
No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE
1 Si 0 0
2 No 50 100
TOTAL 50 100,00
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
EL 100% de los Encuestados responden que no existe un entrenamiento sobre la aplicación
y respeto a los derechos Humanos, sino que solamente se han dedicado a difundir simples
cartillas de DD.HH o a su vez cursos cortos que no permiten práctica alguna permitiendo
que los militares de rangos superiores violen indiscriminadamente el derecho de sus
subalternos.
0%
100%
Gráfico 4. ENTRENAMIENTO EN DD.HH
SI NO
37
Tabla # 5.
Ítem 5: Realizan prácticas operacionales de DD.HH
No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE
1 Si 0 0
2 No 50 100
TOTAL 50 100,00
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
No existenprácticas operacionales, conforme lo manifiestan el 100% de los encuestados
quedando de esta manera desprotegido el personal Militar y la sociedad Civil
correspondiente.
0%
100%
Gráfico 5. PRACTICAS OPERACIONALES
EN DD.HH
SI NO
38
Tabla # 6.
Ítem 6: Considera que existe una cultura de respeto de DD.HH al interior de las
FF.AA.
No. ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE
1 Si 0 0
2 No 50 100
TOTAL 50 100,00
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
Fuente: Comandantes de la BCBG 11
Elaboración: Wilson Jácome Amores
De acuerdo con el Cuadro 6 y Gráfico 6, el 100% de los encuestados han manifestado que no
existe una cultura de respeto a los derechos humanos sino que se aplica la subordinación al
estado de Derecho y de DD.HH.
0%
100%
Gráfico 6. CULTURA DE RESPETO DE DD.HH
SI NO
39
Casos Prácticos
Con los resultados que sobre derechos humanos brevemente se ha analizado, se puede
realizar el estudio de casos en los cuales ha existido tortura o maltrato en el personal de
conscriptos, los mismos que se han presentado en la Fuerza Terrestre. Se transcribirá
textualmente los casos que para el estudio es de importancia.
En primer lugar el informe presentado por el señor Crnl. de E.M.C. CARLOS
VASCO C., sobre el Caso del Conscripto GUALPA PERALTA EDGAR LEONIDAS.
"EI comando con oficio No. 980082-BS-57-1 remite el acta del consejo de disciplina
seguido en contra del Sr. SGTO. de INT. ESPINOZA GRANDA GERVIS por maltrato al
personal de conscriptos, documento este que fue tramitado a la Dirección de Personal de la
F.T. con oficio No. 980300-19-BS-l de fecha 08 de junio de 1998 para que el Consejo
Superior de Tropa apruebe la sanción que se recomienda, para lo cual me permito adjuntar
copias de los oficios, actas, informes del personal e informes médicos como también las
crisis que existen en los archivos del HG-19 en los cuales se puede extraer que el
conscripto presenta un cuadro médico de enfermedades como también que el Cpto. Gualpa
Edgar antes de ingresar a cumplir el Servicio Militar Obligatorio había tenido un accidente
automovilístico.
Durante la permanencia del Cpto. Gualpa Edgar en el HB-19 se le hatratado por las
enfermedades, LUMBALGIA POSTRAUMATICA, PALUDISMO, HEMIPLEJIA
DERECHA Y PROBLEMAS PSICOLOGICOS, este caso fue tratado por el Dr. Jimenez
Eddy Psicólogo del HB-19 quien recomienda que el Cpto. se ha evacuado al HG-l por dos
oportunidades siendo atendido en el Servicio de Psiquiatría desde el cual en base a los
exámenes realizados manifiestan que el problema de su enfermedad es PSICOLOGICO a
lo cual recomiendan que por la naturaleza de su patología se la considera NO APTO
PARA CONTINUAR EN EL SERVICIO MILITAR motivo este para con oficio No.
980337-19BS-l de fecha 29 de julio de 1998 se solicita a la Dirección de Personal de laF.T.
se dé la baja por enfermedad.
Al servicio de Psiquiatría del HB-l se ha solicitado un informe ampliatorio sobre el caso
del Cpto. Gualpa Edgar el mismo que no ha sido atendido a esta fecha para poder adjuntar
a este informe a fin que permita determinar si las causas de la enfermedad del Cpto, son
40
por el maltrato que recibió en el mes de Mayo o por el problema psicológico que indican
los médicos.
De igual forma el informe que presenta el señor TNTE. ING. FAUSTO E. ERAZO F. al
señor Tcrn.. FERNANDO HIDALGO Comandante sobre el caso del Conscripto
RODRIGUEZ CHIRIBOGA LUIS MARINO.
"El día jueves 16 de julio de 1998 a las 17h20 aproximadamente, el bus que transportaba al
personal de conscriptos, fue emboscado, luego encapuchados los conscriptos fueron
trasladados al lugar donde se había previsto el campo de prisioneros.
La instrucción se dio inicio con gimnasias y aproximadamente a las 18HOO se empezó a
llamar a los conscriptos de uno en uno para ponerles la consabida corriente con el teléfono
de campaña, Cuando lo toco alconscripto RODRIGUEZ CHIRIBOGA LUIS MARINO,
fue puesto una vez y se lo mando a la fila, como no se fue a la carrera se le llamo
nuevamente y a la segunda vez que se intentó tomarle de las manos el mencionado
conscripto por falta de decisión se tiró hacia atrás para evitar ser cogido, cayendo de
espaldas en la laguna; luego de la caída no daba muestra de reaccionar, por lo que
inmediatamente se lo retire del agua para evitar que se ahogue. Sucedido esto se llamó a
los enfermeros que se encontraban en ellugar, acudiendo el Sr. Sgop. Villa y Sr. Cbos.
Quiñónezdecisión, los mencionados procedieron a revisarlo y lo retiraron del filo de la
laguna con los cuidados que para el caso se recomiendan, (transportarlo entre cuatro
personas y levantarlo todos a la vez), hacia un sector más alejado. Ya en este lugar me
acerque a preguntar que es lo que pasaba, a esto me respondieron que el Cpto. manifestaba
que no podía mover las piernas, pregunte al Sr. Sgop. Villa sobre su situación y me indico
que efectivamente no podía mover las piernas pero que si teníasensación leve y que lo
dejara descansar un momento.
Casi a las 231100 llegaron al lugar usted mi Coronel y el resto de Srs. Oficiales, se dio
parte de lo acontecido y el ejercicio continuo hasta aproximadamente la 01H30 de la
mañana del día viernes 17 de julio de 1998, finalizado con la evasión y escape mientras
tanto el Cpto. Fue conducido al policlínico en la ambulancia."
41
Finalmente el informe que presenta el señor TCRN. DE E.M. MIGUEL A. FUERTES R.,
Comandante del BI-20 "CAPT. DIAZ", al señor CRNL. DE E.M.C., CARLOS
MONCAYO G. sobre el caso del Conscripto PISCULIA CHERREZ WALTER.
"En la O.G. del Batallón fue designado para cumplir las funciones de Jefede Cuartel del
díaMiércoles 05 de Agosto de 1998, el Sr. Capt. de I.BRAVO MARCELO
EFREN.Durante el relevo de guardia del díamiércoles 05 de agosto del año encurso a las
12H30 aproximadamente, el Sr. Capt. Bravo Marcelo, llama la atención al grupo de
guardia entrante por no realizar el manejo de los fusiles y la sacada del pie en la formación
de una manera uniforme e igual, luego del relevo del mismo y una vez terminado todos los
movimientos, procede a ordenar el grupo de guardia se dé la vuelta a la pista,
determinándose de que cierta cantidad de Conscriptos, se cruzaban por medio del estadio
acortando el recorrido del mismo, situación por la cual manifestó el Capt. Que la forma
correcta de cumplir la orden era por el exterior del Estadio; nuevamente dio la orden de
que se dieran la vuelta a la pista, pudiendo detectar de que el Cpto. PISCULIA CHERREZ
WALTER VLADIMIR, venia al paso, dando la impresión de que no quería cumplir la
orden de una manera eficaz, situación por la cual el Sr. Capt. MARCELO BRAVO, se
acerca donde el Cpto. a la altura del Aula Quiroz, y observando que venía al paso, procede
a golpearlo tras del cuello (GUACHO), y a cruzarle el pie motivo por el cual le hace perder
el equilibrio y cae sobre el piso lastrado, como consecuencia de la caída o posiblemente del
enredo que este sufre con el armamento entregado en calidad de dotación, el mencionado
Cpto. es afectado en su cadera y extremidad inferior derecha, permaneciendo inmóvil,Ante
la situación presentada el Sr. Capt. BRAVO MARCELO, ordena que el enfermero de
servicio Sldo.deSnd. TRUJILLO SORIA MARIO, le atienda para determinar la gravedad
de la caída, el mismo que recomienda que el Cpto., sea trasladado en camilla hacia el
Policlínico.
Al parte de las 14H30, el Sr. SGOP. DE SND. NARVAEZ SALINAS JOSE, da parte al Sr.
MAYO. DE Y. LUIS VELARDE, sobre la situación en la que se encontraba el Cpto., el
mismo que ordena que se lo valore en el Hospital, para determinar algún tipo de lesión que
pudiera haber traído como consecuencia de la caída del Cpto., el mismo que es atendido
por la Sra. Dra. SANDRA TANDAZO, quien extiende el certificado en el cual indica el
diagnostico presentado por elpaciente (se adjunta Certificado Médico). El día jueves 06 de
agosto a las 06H30, el Sr. CBOP. DE SND. GAIBOR ROLANDO, da parte al Sr. MYO.
42
DE I. VELARDE LUIS SEGUNDO COMANDANTE DEL BATALLON, de que el Cpto.
PISCllLIA WALTER, continuaba con dolor en el Policlínico, dirigiéndose personalmente
el Sr. MAYO. DE I. VELARDE LUIS, hacia el mismo, a fin de determinar y verificar la
novedad mencionada, el CPTO. PISCULIA WALTER, al ser preguntado manifestó que el
día anterior, luego del relevo de guardia, corriendo la pista este había sido golpeado por el
Sr. Capt. Bravo Marcelo, cayéndose al suelo y luego trasladado al Policlínico de la Unidad.
Ante el cuadro clínico que presentaba el Cpto. PISCULIA WALTER, se ordena de que sea
trasladado al Hospital., para su evaluación correspondiente, puesto que se conocía que en
días anteriores el mencionado Cpto., había sido tratado en el HB-11, siendo hospitalizado
por 07 días por presentar dolor a nivel fosa Iliaca derecha y cadera sin causa alguna; siendo
dado de alta y retornando a la Unidad sin ningún certificado médico de descanso
olimitación para la ejecución de ejercicios físicos, según Hoja de Transferencia emitida por
el HB-11. Posteriormente el SR. MAYO. DE I. VELARDE LUIS, procede a hacer las
investigaciones sobre el accidente ocurrido con el Cpto., llegándose a determinar de que el
Cpto. PINCAY VERA RODOLFO JOSE CI. No. 0918371217., se encontraba corriendo
junto con el Cpto. PISCULIA WALTER, yque este había manifestado de que "YA NO
JALO MAS"., en ese momento se acercó el Capt. Bravo Marcelo, el cual procedió a
empujarlo haciéndole caer al suelo.
Luego de verificar los hechos el Sr. MAYO. DE I. VELARDE LUIS,ordena que el
señorCapt. Bravo Marcelo, proceda a realizar un informesobre el accidente ocurrido, al
igual que el Cpto. PINCAY RODOLFO, losmismos que son adjuntados los informes
correspondientes para suconocimiento.
De los casos citados, podemos deducir que si existen circunstancias en las cuales se han
violado los Derechos Humanos en las Fuerzas Armadas, y en forma concreta lo prescrito
en el Artículo 5 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en concordancia
con los Artículo 7 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y Articulo 1 de
la Convención Contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes, por cuanto existen indicios, de que se han cometido actos mediante los cuales
se han infligido en forma intencional, maltratos físicos opsicológicos a los señores: Cpto.
RodríguezChiriboga Luis Marino; Cpto. Gualpa Peralta Edgar Leónidas; y, Cpto.
PisculiaCherrez Walter Vladimir. Ocasionándoles dolores o sufrimientos físicos y
43
mentales, por loque se han iniciado las acciones legales correspondientes dentro de la
jurisdicción penal militar.
44
CAPITULO III
DESARROLLO DE LA PROPUESTA
PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO
MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL
DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11
GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA
Justificación
La labor que desarrolla las FF.AA. viene siendo constantemente obstaculizada por una
serie de denuncias y acusaciones contra los miembros de 11 BCB Galápagos, que muchas
de las cuales carecen de sustento y no tienen asidero moral ni legal alguno.
Los gastos psicológicos, morales y económicos que estas denuncias causa, así como
también los procesos judiciales que se generan como consecuencia de los hechos que son
irreversibles. Las primeras víctimas son sus hijos y los familiares del militar que tienen que
afrontar situaciones verdaderamente angustiosas y para sufragar todos los gastos que el
proceso legal implica.
EI principio constitucional de "Presunción de Inocencia" que debe acompañar a todo
implicado en un proceso penal, es omitido deliberadamente cuando se trata de juzgar al
militar, puesto que la opinión pública, los ONG'S de Derechos Humanos y las propias
autoridades militares y estatales se apresuran en juzgar, sancionar o castigar sin un proceso
justo y una sentencia equitativa.
Pero no son solo los ámbitos judiciales los que establecen estas restricciones de
desigualdad, sino también dentro de la propia institución. A veces se toman medidas
institucionales que en determinadas circunstancies producen en el militar un efecto de
shock depresivo que terminen creando un entorno adverso en su trabajo y perjudicial
propicio para que se produzca algún desafuero o para simplemente forzar a que el miembro
de la institución presente la solicitud de retiro de las filas de FF.AA.
Frente a esta situación la propia Institución como tal no ha podido hacer mucho por
solucionar estos problemas, en parte debido a la naturaleza legal del marco Institucional y
45
por otra la falta de recursos propios que permitan mejorar y crear un ambiente de seguridad
justicia y económica dentro del cual se desenvuelvan las difíciles actividades del militar.
Principio filosófico.
Las FF.AA. tienen como misión fundamentalla conservación de la soberanía nacional, la
defensa de la integridad e independencia del Estado y la garantía de su ordenamiento
jurídico, velando siempre los principios consagrados en la Constituciónde la República.
Para la ejecución de esa misión no solo necesitamos un militar profesionalmente
preparado, consciente de sus graves y delicadas responsabilidades, sino un ser humano,
que para el cumplimiento de este noble fin se sienta suficientemente protegido y
garantizado en el goce de sus propios derechos. Nadia puede proteger con eficiencia los
derechos de los otros en condiciones que desconocen los suyos.
Objetivos
1) Permitir que la Defensoría de FF.AA. proporcione al militar los medios jurídicos y
económicos necesarios para que ejerza su derecho de defensa en condiciones de igualdad,
para evitar atropellos a su dignidad ya la de su familia.
2) Concientizar a la ciudadanía de que los Derechos Humanos protegen a todos los
ciudadanos, incluido a los miembros de laInstitución Militar.
Atribuciones
La Defensoría de los derechos del militar tendrán las siguientes atribuciones:
1) Defender y excitar de oficio oa petición de parte la observancia de los Derechos
Humanos consagrados en el derecho interno e internacional en favor de los miembros de la
Institución Militar, así como también la Defensa por el mejoramiento de las condiciones de
trabajo.
2) Intervenir como Mediador en conflictos entre miembros de la Institución cuando a ellos
solicitaren las partes.
46
3)Establecer mecanismos de cooperación y coordinación con las organizaciones
defensorasdelosDerechos Humanos,conlos diferentes mediosde comunicación colectiva
yconotrasagrupaciones de la Sociedad Civil, a fin de crear un marco común
deentendimiento en esta materia.
Composición
Sin olvidar que las FF.AA se sustentan en orden estrictamente jerárquico, es necesario se
genere una comisión conformada con Oficiales con estudios en DD.HH preferentemente y
un equipo de Asesores Jurídicos.
EI Directorio estará conformado por un Oficial General en servicio pasivo de las FF.AA.;
un Oficial Superior en servicio activo, diplomado en DD.HH.; un Oficial Superior de cada
Fuerza y un Empleado Civil Abogado o un Oficial de Justicia.
EI Presidente de la Comisi6n será uno de los Generales en servicio pasivo. Habrá un
Director Administrativo que se encargará del manejo económico; un Director Jurídico que
se encargue de coordinar todos los asuntos relacionados con el área jurídica y además
elabore y presente el Plan de Trabajo para la aprobación del Directorio y se encargara de la
ejecución del mismo, bajo supervisión del Director. Se debe contar con un grupo
profesional de apoyo que deberán ser abogados jóvenes, comprometidos con los objetivos
que persigue la Comisión y Oficiales Superiores en servicio activo diplomado en DD.HH.
Financiamiento
EI financiamiento puede venir de tres fuentes:
1) A través de le creación de una partida presupuestaria directa.
2) A través de las aportaciones directas del militar, mediante eldescuento de su sueldo.
3) Conaportacióndirecta de Organismos Internacionales, que poseen Programas de
Promoción de DDHH (ALDHU).
47
Antecedentes
Las FF.AA. es de aquellas Instituciones en donde la buena voluntad, la mística y el don de
servicio a la comunidad ha compensado las carencias logísticas y la falta de recursos en el
difícil desempeño de mantener la seguridad externa y en algunos casos cuando se le ha
requerido la seguridad interna y el orden público de nuestro País.
No obstante, el cumplimiento de sus actividades específicashan enfrentado una serie de
obstáculos y cuestionamiento de toda índole, entre los cuales se encuentra los relacionados
con los Derechos Humanos. En este aspecto, la opiniónpública ha sido demasiado dura y
muy severa en sus apreciaciones, unas veces con razón, pero en la mayoría de los casos el
juicio crítico realizado a FF.AA. ha sido demasiado ligero y humanamente injusto, sea por
mala fe o por ignorancia la realidad es que estamos sujetos a una interpelación diaria de la
opinión ciudadana que se guía por un desconocimiento casi total de la naturaleza de
nuestras actividades y por las graves distorsiones generadas principalmente por algunos
medios de comunicación masivos.
Las instituciones de la Fuerza Pública, tienen aciertos y debilidades como las tienen otras
instituciones del Estado. y precisamente por tener esa conciencia urge la necesidad de
corregir esas falencias através de mecanismos que tengan como eje de toda atención al
ciudadano y al militar como tales, puesto que ellos son los fines y no los medios de todala
actividad militar.
Considerandos
Que el replanteo de las concepciones estratégicas generadas en nuestros países impone
organizar la defensa atendiendo no solo a la amenazas de orden estrictamente local.
Que las FF.AA deben cumplir rigurosamente dos principios básicos: El principio de
legalidad y el principio de razonabilidad, que el primero sostiene la necesidad de que el
ejercicio del poder militar se ajuste al orden jurídico establecido en las normas internas e
internacionales; que, a su vez, el principio de razonabilidad preserve el valor de la justicia
en el contenido de todo acto de poder militar.
48
Que las FF.AA; comprometidas en situaciones de conflictos, deben sujetarse a las normas
contenidas en los DDHH.
Que las FFAA tienen que identificar los mecanismos que han obtenido mayor resultado en
el control y fiscalización de las actividades en protección de los DD.HH.
Resolutiva
En Ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, expide el siguiente:
PROYECTO DE LEY DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO
MILITAR PARA PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL
DE SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11
GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBA
Artículo 1.- Derogatoria.- En cumplimiento de lo que dispone los Artículo 88,89 y
siguientes de la ERJAFE, deróguese en forma expresa del REGLAMENTO DE
DISCIPLINA MILITAR.
Artículo 2.- Remítase al Departamento de Asesoría Jurídica de la Comandancia General
del Ejercito la presente Resolución para que en el término de 90 días elabore un nuevo
Reglamento de Disciplina Militar conforme a las recomendaciones que se dejan realizadas.
DISPOSICION UNICA
El Reglamento de Disciplina Militar entrará en vigencia a partir de su aprobación por parte
del Ministro de Defensa.
Dado y suscrito en la sede del Ministerio de Defensa Nacionaldel Distrito Metropolitano
de Quito, provincia de Pichincha, a los ……………….. del mes de…………..de
……………………
PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA SECRETARIO
49
Validación de la Propuesta.
Riobamba, 16 de Marzo del 2015
Abogado
José Cazar
ABOGADO EN LIBRE EJERCICIO PROFESIONAL
Presente
De mi Consideración
Por medio del presente tengo a bien remitir el estudio denominado PROYECTO DE LEY
DEROGATORIA AL REGLAMENTO DISCIPLINARIO MILITAR PARA
PRECAUTELAR LOS DERECHOS HUMANOS DEL PERSONAL DE
SUBORDINADOS EN LA BRIGADA DE CABALLERIA BLINDADA Nº 11
GALAPAGOS DEL CANTON RIOBAMBApara que proceda con el análisis y la
validación correspondiente.
Por la favorable atención que se sirva dar a la presente, anticipo mi agradecimiento.
Atentamente;
Sr. Wilson Jácome Amores
CI. 1002026415
50
CONCLUSIONES
Una de las tareas más nobles y permanentes de la humanidad ha sido promover y
hacer efectivos los derechos inherentes a la persona humana. Largos y penosos
años de lucha, sacrificios, angustias y dolores han precedido para que se abra paso
y consagre una nueva concepci6n de vida cimentada y enaltecida por los Derechos
Humanos.
Existen leyes, reglamentos y bases jurídicas que no sólo protegen al ser humano y
por ende a los Derechos Humanos, sino que también establecen sanciones para
aquellos que de alguna u otra manera violan lo que jurídicamente se ha realizado y
se ha puesto en ejecución como es el caso de los Convenios de Ginebra, la
dec1aración Universal de los Derechos Humanos, entre otros, que de acuerdo a
muchos criterios, si bien se los ha plasmado en el campo jurídico, muchos de ellos
no han sido respetados.
Existen circunstancias en los que han sido violados los Derechos Humanos en la
Fuerza Terrestre, en forma concreta loque se establece en el Artículo 5 de la
Declaración Universal de los Derechos Humanos en concordancia con los Artículos
7 del Pacto internacional de los Derechos Civiles y Políticos y Articulo 1 de la
Convención Contra la Tortura, infringiendo en forma intencional maltratos
físicosopsicológicos.
51
RECOMENDACIONES
Proteger y fomentar los derechos humanos, consagrado en la Carta de las Naciones
Unidas, en los convenios internacionales y en la Constitución de la República del
Ecuador.
Impartir disposiciones a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, a fin de
salvaguardar y fomentar los derechos humanos y las libertadas básicas dentro y
fuera de la institución.
Concientizar, dentro de las Fuerzas Armadas, los principios fundamentales que
cimentan los derechos humanos derogando las sanciones impuestas a los militares
por atentar la seguridad del ser humano.
52
BIBLIOGRAFIA
JULIO PRADO VALLEJO, Documentos básicos de Derechos Humanos (civiles y
políticos. Edit. Casa de la Cultura Ecuatoriana. Quito 1.985
NESTOR ROCHA, Los Derechos Humanos en el siglo XXI, Rio de Janeiro
.Octubre de 1.986
CARLOS von CLAUSEWTZ, De la Guerra, tomo II, Ministerio de Defensa
Nacional. Quito, 1.958 04 Revista de las Fuerzas Armadas del Ecuador N° 123
Quito, Octubre 1.998.
KRISHNAMURTl J. Vivir de instante en instante, Editorial Orión México 1.983 06
KRISHNAMURTl J. Solo recto pensar conduce a la paz. Editorial Orión México
1.974.
KRISHNAMURTl J. Respuesta al reto actual, Editorial Orion México 1.981 08
COLEMAN J. Sicología contemporánea, Editorial el manual moderno,1.977
Declaración Universal de los Derechos Humanos 1.948, Naciones Unidas, New
York 1.988. 10 Manual de Mecanismos para la Defensa de los Derechos Humanos
ALDHU Quito.l.995.
*P. Ricoeur, "Fundamentos filosóficos de los Derechos Humanos", en 60 AA.VV.
Los fundamentos filos6ficos de los derechos humanos, Barcelona, Serval/Unesco,
1985, 9-31.
Abrahamsson, Bengt (1972). “La profesión militar y el poder político: Los recursos
y su movilización”. En: Bañon, Rafael. La institución militar en el estado
contemporáneo. Madrid: Alianza Editorial.
Agamben, Giorgio (2005). State of Exception. Chicago: University of Chicago.
Agüero, Felipe (1995). Militares, civiles y democracia. La España post franquista
en perspectiva comparada. Madrid: Alianza editorial.
Agüero, Felipe (2003). “30 años después: La ciencia política y las relaciones
fuerzas armadas, estado y sociedad”. Revista de ciencia política. Vol. 23, No.2, pp.
251-272.
Agüero, Felipe y Eric Hershberg (2005). Memorias militares sobre la represión en
el cono sur. Visiones en disputa en dictadura y democracia. Madrid: Siglo XXI
Editores.
53
Alegría, Ciro (2003). “Bases para un modelo de relaciones entre el poder político y
el mando militar desde una perspectiva democrática”. En: Tamayo, Ana María;
Alegría, Ciro y Narcís Serra. Bases para un control civil democrático de la fuerza
armada en el Perú. Lima: IDL.
Alegría, Ciro (2008). “Crisis del concepto de defensa interior y transformación de
la fuerza armada”. En: Tamayo, Ana María (ed). Conocer la Guerra, Construir la
Seguridad. Aproximaciones desde la sociedad civil. Lima: IDL.
Ames, Rolando (2005).”Violencia, Verdad…¿Reconciliación en el Perú?” En:
Idehpucp. El incierto camino de la transición: A dos años del Informe Final de la
Comisión de la Verdad y reconciliación. Lima: Idehpucp.
92
Arce, Gerardo (2007). “El rol del sistema de inteligencia en un régimen
democrático”. Quehacer #167, Julio-Agosto 2007, pp. 60-67.
Arce, Gerardo y Ana María Tamayo (2008). “La burocracia estratégica y la política
pública de la defensa en el Perú”. En: Tamayo, Ana María (ed.). Conocer la Guerra,
Construir la Seguridad. Aproximaciones desde la sociedad civil. Lima: IDL.
Arce, Gerardo (2008). “Los riesgos de militarizar la lucha contra el narcotráfico:
Algunos apuntes sobre el plan VRAE”. Coyuntura #17, marzo-abril 2008, pp.18-
21.
Arce, Gerardo y Ana María Tamayo (2009). "Análisis del trabajo de la Comisión
de Defensa Nacional del Congreso de la República del Perú". En: Parlamento y
defensa en América Latina: El papel de las comisiones. Vol. II: Bolivia, Colombia,
Ecuador, Perú y Venezuela. Buenos Aires: RESDAL (en prensa).
Basombrío, Carlos (2001). “Impunidad y castigo. Un dilema actual”. En: Mora,
Daniel et al. Las fuerzas armadas en la transición democrática en el Perú. Lima:
IEP.
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