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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA
CURSO. Tecnologa en Contabilidad !inan"a#!IC$A% &'()(*
CO+PETENCIA% AUDITORIA , CONTROL INTERNO
!ec-a% /ga0 Oct/b1e 2(32*('
De4ina 5/e e# A/dito1ia6
R//.
La auditora puede definirse como un proceso sistemtico para obtener y evaluar
de manera objetiva las evidencias relacionadas con informes sobre actividades
econmicas y otros acontecimientos relacionados, cuyo fn consiste en determinar
el grado de correspondencia del contenido informativo con las evidencias que le
diern orgen, as como establecer si dichos informes se han elaborado
observando los principios establecidos para el caso.
Por otra parte la auditora constituye una herramienta de control y supervisin que
contribuye a la creacin de una cultura de la disciplina de la organizacin y permite
descubrir fallas en las estructuras o vulnerabilidades eistentes en la organizacin.
!tro elemento de inter"s es que durante la realizacin de su trabajo, los auditores
se encuentran cotidianamente con nuevas tecnologas de avanzada en las
entidades, por lo que requieren de la incorporacin sistemtica de herramientas
con iguales requerimientos t"cnicos, as como de conocimientos cada vez ms
profundos de las t"cnicas informticas ms etendidas en el control de la gestin.
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27 C/al o c/ale# #on lo# ob8eti9o# de la A/dito1ia
R33 Ob8eti9o#%
:ene1ale#%
#elar por los cumplimientos de los controles internos establecidos $evisin de las cuentas desde el punto de vista contable, financiero,
administrativo y operativo. %er un asesor de la organizacin.
E#;ec4ico#%
$evisar y evaluar la efectividad, propiedad y aplicacin de los controles
internos. &erciorarse del grado de cumplimiento de las normas, polticas y
procedimientos vigentes. &omprobar el grado de confiabilidad de la informacin que produzca la
organizacin. 'valuar la calidad del desempe(o en el cumplimiento de las
responsabilidades asignadas. Promover la eficiencia operacional.
de4ina cada /na de
e8e?;lo#6
R3
)uditora financiera )uditora fiscal )uditora de control interno )uditora de gestin )uditora de cumplimiento )uditora administrativa )uditora de calidad
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A/dito1a 4inancie1a
&onsiste en el eamen y evaluacin de los documentos, operaciones, registros y
'stados *inancieros de la entidad, para determinar si "stos reflejan,
razonablemente, su situacin financiera y los resultados de sus operaciones, as
como el cumplimiento de las disposiciones econmico+financieras, con el objetivo
de mejorar los procedimientos relativos a las mismas y el control interno.
E8.%en este caso el )uditor da a conocer su opinin sobre la situacin financiera
de la empresa, este proceso solo es posible llevarlo a cabo a trav"s de un
elemento llamado evidencia de auditoria, ya que el auditor hace su trabajo
posterior a las operaciones de la empresa. asndose en los estados financieros
de la empresa
A/dito1a 4i#cal
&onsiste en la inspeccin, revisin y control que tiene como objetivo fiscalizar el
cumplimiento de ciertas normas y de la situacin tributaria. &uando una persona o
una empresa son sometidas a una auditora, el auditor se encarga de recopilar
datos y analizar procesos para presentar un informe que demuestre si el sujeto o
la compa(a estn en regla y dentro de los parmetros de la ley y que cumplen
con sus obligaciones.
E8. 'l auditor compara las declaraciones y los pagos de impuestos con las
finanzas del ente auditado para determinar si todo est en regla.
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)l llevar a cabo una auditora de tipo fiscal el profesional que la lleve a cabo debe
realizar un ehaustivo anlisis de la empresa en cuestin y de la informacin de la
misma. )s, ms concretamente, deber adquirir los mimos conocimientos sobre
la estructura de aquella entidad, las operaciones que lleva a cabo o lascondiciones econmicas que posee.
A/dito1ia de cont1ol inte1no
's una parte fundamental de control en grandes empresas y se estructura, dentro
de las mismas, como un departamento que funciona independientemente y
depende directamente de la gerencia.
La auditora interna surge con posterioridad a la auditora eterna por la necesidad
de mantener un control permanente y ms eficaz dentro de la empresa y de hacer
ms rpida y eficaz la funcin del auditor eterno. -eneralmente, la auditora
interna clsica se ha venido ocupando fundamentalmente del sistema de control
interno, es decir, del conjunto de medidas, polticas y procedimientos establecidos
en las empresas para proteger el activo, minimizar las posibilidades de fraude,
incrementar la eficiencia operativa y optimizar la calidad de la informacin
econmico+financiera. %e ha centrado en el terreno administrativo, contable y
financiero.
A/dito1a de ge#ti@n
's una evaluacin objetiva, concreta e integral de las actividades que realiza en
un rea o una empresa para cumplir sus fines y objetivos. entro de los objetivos
de esta auditora est evaluar la efectividad de las polticas internas, normas en
concordancia con su misin, objetivos y planes estrat"gicos.
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La auditora de gestin eamina en forma detallada cada aspecto operativo de la
compa(a, por lo que en la determinacin del alcance se debe considerar/ logro de
los objetivos de institucionales, estructura organizativa, participacin individual de
cada empleado, verificacin del cumplimiento de la normatividad general yespecfica, evaluacin de la eficiencia y economa, medicin del grado de
confiabilidad de la informacin financiera y atencin a la eistencia de
procedimientos ineficaces o ms costosos.
'ste tipo de auditora tiene un enfoque integral por tanto es considerada como una
auditora de economa y eficiencia.
EJ. Para aplicar la auditoria de gestin se debe tener en cuenta /
0&ul es la efectividad del desempe(o gerencial en el uso de los recursos y
la calidad de los controles gerenciales aplicados en cada una de las reas
de la organizacin1 02u" reas son crticas para la organizacin1 02u" impacto en la empresa1 0qu" responsabilidades tienen los directores de cada rea1
0qu" polticas, estrategias o acciones se necesitan introducir en la empresa
para mejorar la calidad de gestin administrativa1
A/dito1a de c/?;li?iento
La )uditora de &umplimiento es la comprobacin o eamen de las operaciones
financieras, administrativas, econmicas y de otra ndole de una entidad para
establecer que se han realizado conforme a las normas legales, reglamentarias,
estatutarias y de procedimientos que le son aplicables. 'sta auditoria se practicamediante la revisin de documentos que soportan legal, t"cnica, financiera y
contablemente las operaciones para determinar si los procedimientos utilizados y
las medidas de control interno estn de acuerdo con las normas que le son
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aplicables y si dichos procedimientos estn operando de manera efectiva y son
adecuados para el logro de los objetivos de la entidad.
'l objetivo de las pruebas de cumplimiento es proporcionar al contador p3blico
una seguridad razonable de que los procedimientos relativos a los controles
internos contables estn siendo aplicados tal como fueron establecidos
A/dito1a ad?ini#t1ati9a
's el revisar y evaluar si los m"todos, sistemas y procedimientos que se siguen en
todas las fases del proceso administrativo aseguran el cumplimiento con polticas,
planes, programas, leyes y reglamentaciones que puedan tener un impacto
significativo en operacin de los reportes y asegurar que la organizacin los este
cumpliendo y respetando La naturaleza de los procedimientos de control interno
contable y la evidencia disponible sobre su cumplimiento determinan,
necesariamente, la naturaleza de las pruebas de cumplimiento e influyen obre el
momento de ejecucin y etensin de tales pruebas.
Las pruebas de cumplimiento estn ntimamente interrelacionadas con las pruebassustantivas y, en la prctica, los procedimientos de auditora suministran, al mismo
tiempo, evidencia de cumplimiento de los procedimientos de control interno
contable, as como la evidencia requerida de las pruebas sustantivas.
A/dito1a de calidad
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Proceso sistemtico, independiente y documentado para obtener evidencias de la
auditora y evaluarlas de manera objetiva con el fin de determinar la etensin en
que se cumplen los criterios de auditora.'isten unos estndares de gestin de la
calidad normalizados, es decir, definidos por un organismo normalizador, como4%!, 45 o '5, etc. que permiten que una empresa con un sistema de gestin de
la calidad pueda validar su efectividad mediante una auditora de una organizacin
u ente eterno.
7 $aga /n ;a1alelo ent1e la Le (' de (.B* la Le < de (.BB*. En
1elaci@n con la ;1o4e#i@n de la Contad/1a ;blica.6
CA+IOS CO+PARATIVOS ENTRE LA LE, (' DE (B* , LA LE, erminologa usada en el dictamen. )unque no es una diferencia significativa, en
la $evisora *iscal el profesional epresa su dictamen siempre en singular de
primera persona del singular. 'n la auditora independiente el dictamen se
redacta indistintamente en primera persona del singular o del plural seg3n sea
una persona natural o una persona jurdica.
*irma usada en el dictamen. 'n la $evisora *iscal es la firma autgrafa de
persona natural, &ontador P3blico. 'n la )uditora 'terna la firma autgrafa de
una persona natural, &ontador P3blico, generalmente a nombre de la persona
jurdica.
'jercicio personal. La $evisora *iscal se debe ejercer siempre en forma
personal, aunque se puede designar una firma de contadores en la $evisora*iscal, esta firma debe nombrar una persona natural para desempe(arse como
revisor fiscal. 'n la auditora independiente puede ejercerse por una persona
natural o jurdica.
((7 M/G c/alidade# debe tene1 /n Contado1 ;a1a 1eali"a1 #/ t1aba8o de
a/dito1ia> #egn el a1tc/lo & de la Le
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Pargrafo @o. Los &ontadores P3blicos y las sociedades de &ontadores P3blicos
no podrn, por si mismas o por intermedio de sus empleados, servir de
intermediarias en la seleccin y contratacin de personal que se dedique a las
actividades relacionadas con la ciencia contable en general en las empresas queutilizan sus servicios de revisora fiscal o de auditora eterna
8. 5ormas personales.
a. 'l eamen debe ser ejecutado por personas que tengan entrenamiento
adecuado y est"n habilitadas legalmente para ejercer la &ontadura P3blica en
&olombia.
b. 'l &ontador P3blico debe tener independencia mental en todo lo
relacionado con su trabajo, para garantizar la imparcialidad y objetividad de sus
juicios.
c. 'n la ejecucin de su eamen y en la preparacin de sus informes, debe
proceder con diligencia profesional.
@. 5ormas relativas a la ejecucin del trabajo.
a. 'l trabajo debe ser t"cnicamente planeado y debe ejercerse una
supervisin apropiada sobre los asistentes, si los hubiere.
b. ebe hacerse un apropiado estudio y una evaluacin del sistema de control
interno eistente, de manera que se pueda confiar en "l como base para la
determinacin de la etensin y oportunidad de los procedimientos de auditora.
c. ebe obtenerse evidencia vlida y suficiente por medio del anlisis,
inspeccin, observacin, interrogacin confirmacin y otros procedimientos deauditora, con el propsito de allegar bases razonables para el otorgamiento de un
dictamen sobre los estados *inancieros sujetos a revisin.
7. 5ormas relativas a la rendicin de informes.
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a. %iempre que el nombre de un &ontador P3blico sea asociado con estados
financieros, deber epresar de manera clara e inequvoca la naturaleza de su
relacin con tales estados. %i practic un eamen de ellos, el &ontador P3blico
deber epresar claramente el carcter de su eamen, su alcance y su dictamenprofesional sobre lo razonable de la informacin contenida en dichos estados
financieros.
b. 'l informe debe contener indicacin sobre si los estados financieros estn
presentados de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados
en &olombia.
c. 'l informe debe contener indicacin sobre si tales principios han sido
aplicados de manera uniforme en el perodo corriente en relacin con el perodo
anterior.
d. &uando el &ontador P3blico considere necesario epresar salvedades
sobre algunas de las afirmaciones gen"ricas de su informe y dictamen, deber
epresarlas de manera clara e inequvoca, indicando a cul de tales afirmaciones
se refiere y los motivos e importancia de la salvedad en relacin con los estados
financieros tomados en conjunto.
e. &uando el &ontador P3blico considere no estar en condiciones de epresar
un dictamen sobre los estados financieros tomados en conjunto deber
manifestarlo eplcita y claramente.
(27 En /n O1ganig1a?a E?;1e#a1ial /bi5/e en 5/e ;a1te de la ?i#?a #e
enc/ent1a la A/dito1ia la Re9i#o1a !i#cal> K$aga Un O1ganig1a?a de /na
E?;1e#a.
R33
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(
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interpretacin de la informacin financiera de las empresas o los individuos y la
preparacin de informes sobre la correspondiente situacin financiera, sobre los
cuales se basen las decisiones de los empresarios, inversionistas, acreedores,
dems terceros interesados y el 'stado acerca del futuro de dichos enteseconmicos. 'l &ontador P3blico como depositario de la confianza p3blica, da fe
p3blica cuando con su firma y n3mero de tarjeta profesional suscribe un
documento en que certifique sobre determinados hechos econmicos. 'sta
certificacin, har parte integral de lo eaminado.
'l &ontador P3blico, sea en la actividad p3blica o privada es un factor de actividad
y directa intervencin en la vida de los organismos p3blicos y privados. %u
obligacin es velar por los intereses econmicos de la comunidad, entendi"ndose
por "sta no solamente a las personas naturales o jurdicas vinculadas
directamente a la empresa sino a la sociedad en general, y naturalmente, el
'stado.
La conciencia moral, la aptitud profesional y la independencia mental constituyen
su esencia espiritual. 'l ejercicio de la &ontadura P3blica implica una funcinsocial, especialmente a trav"s de la *e P3blica que se otorga en beneficio del
orden y la seguridad en las relaciones econmicas entre el 'stado y los
particulares, o de estos entre si.
)$>4&?L! 7=. La sociedad en general y las empresas en particular son unidades
econmicas sometidas a variadas influencias eternas C el &ontador P3blico en el
desarrollo de su actividad profesional deber utilizar en cada caso los m"todos de
evaluacin ms apropiados para la situacin que se presenta, dentro de loslineamientos dados por la profesin y podr, adems, recurrir a especialistas de
disciplinas diferentes a la contadura p3blica y la utilizacin de todos los elementos
que las ciencias y la t"cnica ponen a su disposicin.
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(7 C/Fle# #on lo# ;1inci;io# bF#ico# de la tica P1o4e#ional del Contado1
Pblico
R33
)$>4&?L! 7E. 'n consecuencia, el &ontador P3blico debe considerar y estudiar
al usuario de sus servicios como ente econmico separado que es, relacionarlo
con las circunstancias particulares de su actividad, sean "stas internas o eternas,
con el fin de aplicar, en cada caso, las t"cnicas y los m"todos ms adecuados
para el tipo de ente econmico y la clase de trabajo que se le ha encomendado,
observando en todos los casos los siguientes principios bsicos de "tica
profesional/
8. 4ntegridad.
@. !bjetividad.
7. 4ndependencia.
6. $esponsabilidad.
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9. $espeto entre colegas.
8:. &onducta "tica.
Los anteriores principios bsicos debern ser aplicados por el &ontador P3blicotanto en el trabajo ms sencillo como en el ms complejo, sin ninguna ecepcin.
e esta manera contribuir al desarrollo de la &ontadura P3blica a trav"s de la
prctica cotidiana de su profesin. Los principios de "tica anteriormente
enunciados son aplicables a todo &ontador P3blico por el solo hecho de serlo, sin
importar la ndole de su actividad o la especialidad que cultive, tanto en el ejercicio
independiente o cuando act3e como funcionario o empleado de instituciones
p3blicas o privadas, en cuanto sean compatibles con sus funciones.
La eplicacin de los principios bsicos de la "tica profesional es la siguiente/
8. 45>'-$4) 'l &ontador P3blico deber mantener inclume su integridad
moral en el ejercicio profesional. e "l se espera/ rectitud, probidad, honestidad,
dignidad y sinceridad en toda circunstancia.
)$>. 7E.8 4ntegridad
'l &ontador P3blico deber mantener inclume su integridad moral, cualquiera
que fuere el campo de su actuacin en el ejercicio profesional.
&onforme a esto, se espera de "l rectitud, probidad, honestidad, dignidad y
sinceridad en cualquier circunstancia.
entro de este mismo principio quedan comprendidos otros conceptos afines que,
que sin requerir una mencin o reglamentacin epresa, pueden tener una
relacin con las normas de actuacin profesional establecidas. >ales conceptos
pudieran ser los de conciencia moral, lealtad en los distintos planos, veracidad
como reflejo de una realidad incontrastable, justicia y equidad con apoyo en el
derecho positivo.
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@. !J'>4#4) Para el &ontador P3blico, objetividad representa/ imparcialidad,
desinter"s y actuacin si prejuicios en todos los asuntos que corresponden al
campo de su actuacin profesional.
)$>. 7E.@ !bjetividad
La !bjetividad representa ante todo imparcialidad y actuacin si perjuicios en
todos los asuntos que le corresponden al campo de accin profesional del
&ontador P3blico. Lo anterior es especialmente importante cuando se trata de
certificar, dictaminar u opinar sobre los estados financieros de cualquier entidad.
'sta cualidad va unida generalmente a los principios de integridad e
independencia y suele comentarse conjuntamente con esto.
7. 45'P'5'5&4) 'l &ontador P3blico en el ejercicio profesional deber tener y
demostrar absoluta independencia mental y de criterio con respecto a todo enteres
que pudiera considerarse incompatible con los principios de integridad y
objetividad, junto a los cuales la independencia de criterio es esencial yconcomitante.
)$>. 7E.7 4ndependencia
'n el ejercicio profesional, el &ontador P3blico deber tener y demostrar absoluta
independencia mental y de criterio con respecto a cualquier inter"s que pudiera
incompatible con los principios de integridad y objetividad, con respecto a los
cuales la independencia, por las caractersticas peculiares de la profesin
contable, debe considerarse esencial y concomitante.
6. &!AP'>'5&4) K &?4)! P$!*'%4!5)L 'l &ontador P3blico deber
contratar solamente trabajos para los cuales "l o sus asociados o colaboradores
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cuenten con la capacidad e idoneidad necesarias para que los servicios
comprometidos se realicen en forme eficaz y satisfactoriamente obligado a
actualizar los conocimientos necesarios para su actuacin profesional y
especialmente aquellos requeridos par el bien com3n y los imperativos deprogreso social y econmico. 'l &ontador P3blico actuara con la intencin,
cuidado, diligencia de un profesional responsable consigo mismo y con la
sociedad, asumiendo siempre una responsabilidad personal indelegable por los
trabajos por "l ejecutados o realizados bajo su direccin.
)$>. 7E.6 $esponsabilidad
%in perjuicio de reconocer que la responsabilidad, como principio de la "tica
profesional, se encuentra implcitamente en todas y cada una de las normas de
tica y reglas de conducta del &ontador P3blico, es conveniente y justificada su
mencin epresa como principio para todos los niveles de la actividad contable.
'n efecto, de ella fluye la necesidad de la sancin, cuyo reconocimiento en
normas de "tica promueve la confianza de los usuarios de los servicios de
&ontador P3blico, compromete indiscutiblemente la capacidad calificada,
requerida por el bien com3n de la profesin.
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un compromiso responsable, leal y aut"ntico, el cual impone la ms estricta
reserva profesional.
=. !%'$#)5&4) ' L)% 4%P!%4&4!5'% 5!$A)>4#)% 'l &ontador P3blico
debe realizar su trabajo cumpliendo las normas t"cnicas y profesionales
promulgadas por el &olegio de &ontadores de olivia. 'n ausencia de estas para
alg3n caso especfico deber actuar de conformidad con las normas t"cnicas y
profesionales promulgadas por la *ederacin 4nternacional de &ontadores H4*)&F.
)dems, deber observar las instrucciones recibida de su cliente o delos
funcionarios competentes del ente que requiere sus servicios, siempre que estas
sean compatibles con los principios de integridad, objetividad e independencia, as
como los dems principios y normas de "tica y reglas formales de conducta y
actuacin aplicables a las circunstancias.
)$>. 7E.= !bservancia de las disposiciones normativas
'l &ontador P3blico deber realizar su trabajo cumpliendo eficazmente las
disposiciones profesionales promulgadas por el 'stado aplicando los
procedimientos adecuados debidamente establecidos. )dems, deber observar
las recomendaciones recibidas de sus clientes o de los funcionarios competentes
del ente que requiere sus servicios, siempre que estos sean compatibles con los
principios de integridad, objetividad e independencia, as como los dems
principios de las normas de "tica y reglas formales de conducta y actuacin
aplicables en las circunstancias. Meclarado ineequible por la %entencia &+
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)$>. 7E.E &ompetencia y actualizacin profesional
'l &ontador P3blico slo deber contratar trabajos para los cuales "l o sus
asociados o colaboradores cuenten con las capacidades e idoneidad necesaria
para que los servicios comprometidos se realicen en forma eficaz y satisfactoria.
4gualmente, el &ontador P3blico, mientras se mantenga en ejercicio activo, deber
considerarse permanentemente obligado a actualizar los conocimientos
necesarios para su actuacin profesionalmente y especialmente aquellos
requeridos por el bien com3n y los imperativos del progreso social y econmico.
G. &!AP!$>)A4'5>! P$!*'%4!5)L aF 'l &ontador P3blico deber
abstenerse de realizar actos que afecten negativamente la reputacin de la
profesin. Para ello el &ontador P3blico debe tener siempre presente que la
sinceridad, buena fe y lealtad para con sus colegas, son las condiciones bsicas
para el ejercicio libre y honesto de la profesin y para la convivencia pacifica,
amistosa y cordial de sus miembrosC as como tambi"n para con sus clientes, con
terceros y p3blico en general. bF 's deber de todo &ontador P3blico el servicio a
su patria en justa retribucin al esfuerzo que hizo por su educacin. 'sta
retribucin ser un servicio social que le obligara a tener presente siempre los
intereses de pueblo al cual se debe. 'n tal virtud le sea obligatorio luchar, en su
medio, por la superacin de su pueblo y deber participar en las actividades
practicas y sociales organizadas que permitan la obtencin de estos fines.
)$>. 7E.G ifusin y colaboracin
'l &ontador P3blico tiene la obligacin de contribuir de acuerdo con susposibilidades personales, al desarrollo, superacin y dignificacin de la profesin,
tanto a nivel institucional como en cualquier otro campo que, como los de la
difusin o docencia le sean, asequibles.
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&uando quiera que sea llamado a dirigir instituciones para la ense(anza de la
&ontadura P3blica o a regentar ctedras en las mismas, se someter a las
normas legales y reglamentarias sobre la materia, as como a los principios y
normas de la profesin y a la "tica profesional. 'ste principio de colaboracinconstituye el imperativo social profesional.
7E.9 $espeto entre colegas
'l &ontador P3blico debe tener siempre presente que la sinceridad, buena fe y la
lealtad para con sus colegas son condiciones bsicas para el ejercicio libre y
honesto de la profesin y para convivencia pacifica, amistosa y cordial de sus
miembros.
7E.8: &onducta "tica
'l &ontador P3blico deber abstenerse de realizar cualquier acto que pueda
afectar negativamente la buena reputacin o repercutir de alguna forma en
descr"dito de la profesin, tomando en cuenta que, por la funcin social que
implica el ejercicio de su profesin, est obligado a sujetar su conducta p3blica y
privada a los ms elevados preceptos de la moral universal.
('7 C/Fle# #on la# 1elacione# del Contado1 Pblico con lo# /#/a1io# de#/# #e19icio#.
R33' L)% $'L)&4!5'% 'L &!5>)!$ PL4&! &!5 L!% ?%?)$4!%...
L'K 67 ' 899:
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)$>Q&?L! 68. 'l &ontador P3blico en el ejercicio de las funciones de $evisor
*iscal yIo auditor eterno, no es responsable de los actos administrativos de las
empresas o personas a las cuales presta sus servicios.
)$>Q&?L! 6@. 'l &ontador P3blico rehusar la prestacin de sus servicios para
actos que sean contrarios a la moral y a la "tica o cuando eistan condiciones que
interfieran el libre y correcto ejercicio de su profesin.
)$>Q&?L! 67. 'l &ontador P3blico se ecusar de aceptar o ejecutar trabajos
para los cuales "l o sus asociados no se consideren idneos.
)$>Q&?L! 66. 'l &ontador P3blico podr interrumpir la prestacin de sus
servicios en razn a los siguientes motivos/
aF 2ue el usuario del servicio reciba la atencin de otro profesional que ecluya la
suya.
bF 2ue el usuario del servicio incumpla con las obligaciones convenidas con el
&ontador P3blico.
)$>Q&?L! 6
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se etiende por el t"rmino de seis H=F meses contados a partir de la fecha de su
retiro del cargo.
)$>Q&?L! 6G. 'l &ontador P3blico no podr prestar servicios profesionales como
asesor, empleado o contratista a personas naturales o jurdicas a quienes haya
auditado o controlado en su carcter de funcionario p3blico o de $evisor *iscal.
'sta prohibicin se etiende por el t"rmino de un a(o contado a partir de la fecha
de su retiro del cargo.
)$>Q&?L! 69. 'l &ontador P3blico que ejerza cualquiera de las funciones
descritas en el artculo anterior, rehusar recomendar a las personas con las
cuales hubiere intervenido, y no influir para procurar que el caso sea resuelto
favorable o desfavorablemente. 4gualmente no podr aceptar ddivas,
gratificaciones o comisiones que puedan comprometer la equidad o independencia
de sus actuaciones.
)$>Q&?L! Q&?L!
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$'L)&4!5'% 'L &!5>)!$ PL4&! &!5 %?% &!L'-)%
&)P4>?L! 8: R &O4-! ' >4&) P$!*'%4!5)L ' L!% &!5>)!$'%PL4&!%
$'L)&4!5'% '5>$' &!5>)!$'% PL4&!%
8:.8 >odo &ontador P3blico evitara esmeradamente que en sus relaciones con
sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los agrupa, se
menoscabe la dignidad profesional.
8:.@ 5ing3n &ontador P3blico podr ser, simultneamente socio de mas de unasociedad, profesional que se dedique a la misma actividad y dentro del territorio
nacional.
8:.7 'l &ontador P3blico se abstendr de hacer comentarios negativos sobre
otros colegas, cuando dichos comentarios perjudiquen la reputacin de su colega
y el prestigio de la profesin en general, salvo cuando declare ante el >ribunal de
Donor o en instancias judiciales.
8:.6 'l &ontador P3blico podr consultar o intercambiar criterios con otros colegas
en cuestin de doctrina e interpretacin, pero nunca proporcionar datos que
identifiquen a las personas o negocios de que se trate, a menos que sea con
consentimientos de los interesados.
8:.< 'l &ontador P3blico deber otorgar a sus colaboradores el trato que les
corresponde como profesionales y vigilara su adecuado entrenamiento,
superacin y justa retribucin, seg3n su categora.
8:.= 'l &ontador P3blico no deber ofrecer trabajo directo o indirectamente a
empleados o socios de otros contadores, si no es con el previo consentimiento de
estos, pero podr contratar libremente a aquellas personas que por iniciativa o en
respuesta a un anuncio de b3squeda le soliciten empleo voluntariamente.
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8:.E 'l &ontador P3blico en el ejercicio independiente de la profesin se
abstendr de ofrecer sus servicios a clientes de otro colega. 's contrario a la tica
profesional ofrecer directa o indirectamente servicios profesionales a quienes no lo
hayan solicitado. %in embargo, se le reconoce el derecho de atender a quienesacudan a el en demanda de sus servicios o consejos.
8:.G 'l &ontador P3blico, a quien otro colega le solicite su intervencin para
prestar servicios especficos a un cliente de este, deber actuar eclusivamente
dentro de los lineamientos convenidos entre ambos. 'n el caso de que el cliente
solicite una ampliacin de los servicios originalmente establecidos para el
&ontador P3blico llamado a colaborar, este no deber comprometerse a actuar en
forma alguna sin antes obtener la anuencia del &ontador P3blico por cuyo
conducto recibi las instrucciones originales.
8:.9 &uando un &ontador P3blico sustituya a otro en su trabajo profesional, esta
obligado a informrselo. 'l profesional sucedido no podr negar informacin a su
sucesor cuando le sea requerida.
8:.8: %i es esencial que los intereses legtimos de los propietarios queden
protegidos, tambi"n es importante que el profesional en el ejercicio de la auditoriaindependiente que sea llamado a sustituir a otro, tenga la oportunidad de averiguar
si eisten razones profesionales por las que no deba aceptar el trabajo. 'sta
aceptacin no debe realizarse sin comunicacin directa con el auditor actuante. 'n
ausencia de un requerimiento especfico para ello este 3ltimo no debe ofrecer
voluntariamente informacin acerca de los asuntos del cliente.
8:.88 La comunicacin permite al auditor averiguar si las circunstancias en las que
se propone el cambio son tales que puede aceptar con propiedad el encargo, ytambi"n si desea llevarlo a cabo. )dems tal comunicacin ayuda a preservar las
relaciones en armona que deben eistir entre todos los auditores, en quienes
confan los clientes para que se les preste asistencia y asesoramiento profesional.
7/24/2019 trab auditoria resuelto
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8:.8@ 'l &ontador P3blico reconoce al usuario el derecho de solicitar la
presentacin de los servicios que mejor responda a sus necesidades. Por tanto, el
&ontador P3blico podr presentar en concurso una propuesta de sus servicios
profesionales siempre y cuando "l solicite epresamente o por invitacin publica yno recurra a procedimientos que vayan en contra de la profesin y de algunos de
los postulados establecidos en este &digo. 'n caso de ser favorecido, con su
eleccin, debe poner en manifiesto, si la misma supone la sustitucin de otro
auditor ya que antes de su aceptacin definitiva, necesita tener la oportunidad de
tomar contacto con el auditor sustituido a objeto de investigar, si eisten o no
razones profesionales por las que el encargo no debiera ser aceptado. 8:.87'l
&ontador P3blico que fuera requerido para informar o dictaminar sobre estadosfinancieros a una misma fecha que haya sido informado o dictaminado por otro
&ontador P3blico, solo podr opinar sobre aspectos distintos de los dictaminados
por el otro profesional.
%'-5 L'K 67 ' 899:
)$>Q&?L!
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)$>Q&?L! odo disentimiento t"cnico entre &ontadores P3blicos deber ser
dirimido por el &onsejo >"cnico de &ontadura P3blica y de otro tipo por la Junta
&entral de &ontadores.
)$>Q&?L! Q&?L! Q&?L! =:. 5ing3n &ontador P3blico podr sustraer la clientela de sus colegas
por medios desleales.
)$>Q&?L! =8. >odo &ontador P3blico que act3e ante un cliente por cuenta y
orden de otro &ontador P3blico, deber abstenerse de recibir cualquier clase de
retribucin sin autorizacin epresa del &ontador P3blico por cuya cuenta
interviene.
)$>Q&?L! =@. 'l &ontador P3blico no podr ofrecer trabajo a empleados o sociosde otros &ontadores P3blicos. %in embargo, podr contratar libremente a aquellas
personas que por iniciativa propia le soliciten empleo
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