Garantizar la seguridad de los datos personales contenidos o destinados a ser contenidos en bancos de datos personales, mediante medidas de seguridad que protejan a los bancos de datos personales, de conformidad con la Ley N° 29733 y su reglamento.
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1. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Dirección General de Protección de Datos Personales2. Ministerio de Justicia. http://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2013/04/DS-3-2013-JUS.REGLAMENTO.LPDP_.pdf
Objetivos que debe de cumplir el titular del banco de datos personales.a) Brindar lineamientos para
determinara las condiciones de seguridad.
b) Brindar lineamientos para determinara las medidas organizativas.
c) Brindar lineamientos para determinara las medidas legales.
d) Brindar lineamientos para determinara medidas técnicas.
1. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Dirección General de Protección de Datos Personales2. Ministerio de Justicia. http://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2013/04/DS-3-2013-JUS.REGLAMENTO.LPDP_.pdf
La Ley N° 29733 y su reglamento son aplicable a los bancos de datos personales de administración pública o privada de acuerdo a lo establecido según la ley y su reglamento.
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1. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Dirección General de Protección de Datos Personales2. Ministerio de Justicia. http://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2013/04/DS-3-2013-JUS.REGLAMENTO.LPDP_.pdf
Se toma en cuenta la atribución de responsabilidades, desde el origen hasta la disposición de los datos personales, que debe tomarse en cuenta para mantener la coherencia y la concordancia de la actuación de quienes participan en la protección de los datos personales con los objetivos y medidas de seguridad a implementar.
Esta directiva, que entró en vigencia en Perú desde el 8 de mayo de 2015, exige la obligatoriedad de la protección de los datos personales así como el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales Ley 29733 y su Reglamento
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1. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Dirección General de Protección de Datos Personales2. Ministerio de Justicia. http://www.minjus.gob.pe/wp-content/uploads/2013/04/DS-3-2013-JUS.REGLAMENTO.LPDP_.pdf
El Incumplimiento de la Ley y el Reglamento puede acarrear multas de hasta 100UITs, además de arriesgar el posicionamiento de la marca infractora.
Caso Datosperu.orgDatosperu.org multada con S/.228 mil por violar ley de datos
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